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Inclusión del adulto mayor, en el programa “Litros de amor” del Municipio de Medellín 1 Resumen El agua es un elemento fundamental, y el acceso a cantidades mínimas determina la calidad de vida de la población en condiciones dignas; por esto muchos países en el mundo han establecido el Mínimo Vital de Agua como una forma de garantizar el derecho de sus habitantes, y promover el desarrollo sostenible de sus territorios. En Colombia, los adultos mayores como personas especialmente protegidas por la Constitución, y principalmente los que están clasificados como población en situación de vulnerabilidad y pobreza, deben contar con un Mínimo Vital de Agua Potable para su subsistencia. El Municipio de Medellín con su Programa Litros de Amor, otorga hasta 2.5 m 3 por mes del servicio público de acueducto, a cada uno de los usuarios identificados en los hogares cuyos miembros se encuentre en situación de vulnerabilidad y pobreza, según clasificación del SISBEN (Sistema de identificación de potenciales beneficiarios de programas sociales), y estén en los programas de acompañamiento familiar de la Secretaría de Bienestar Social. En el presente escrito se analiza el fundamento normativo que dio origen al Programa Litros de Amor y los resultados de su aplicación, con el fin de identificar la posibilidad de inclusión de los 1 Artículo presentado para optar al título de Especialista en Servicios Públicos Domiciliarios, Facultad de Derecho, Universidad de San Buenaventura Seccional Medellín, 201. Asesor Hernán Dario Martínez y Carlos Augusto Giraldo. Margarita María Fernández Correa [email protected] Carlos Mauricio Velásquez Ochoa [email protected]

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Page 1: Inclusión del adulto mayor, en el programa “Litros de amor ......Inclusión del adulto mayor, en el programa “Litros de amor” del Municipio de Medellín1 Resumen El agua es

Inclusión del adulto mayor, en el programa “Litros de amor” del Municipio

de Medellín1

Resumen

El agua es un elemento fundamental, y el acceso a cantidades mínimas determina la

calidad de vida de la población en condiciones dignas; por esto muchos países en el mundo han

establecido el Mínimo Vital de Agua como una forma de garantizar el derecho de sus habitantes,

y promover el desarrollo sostenible de sus territorios.

En Colombia, los adultos mayores como personas especialmente protegidas por la Constitución,

y principalmente los que están clasificados como población en situación de vulnerabilidad y

pobreza, deben contar con un Mínimo Vital de Agua Potable para su subsistencia.

El Municipio de Medellín con su Programa Litros de Amor, otorga hasta 2.5 m3 por mes del

servicio público de acueducto, a cada uno de los usuarios identificados en los hogares cuyos

miembros se encuentre en situación de vulnerabilidad y pobreza, según clasificación del

SISBEN (Sistema de identificación de potenciales beneficiarios de programas sociales), y estén

en los programas de acompañamiento familiar de la Secretaría de Bienestar Social.

En el presente escrito se analiza el fundamento normativo que dio origen al Programa Litros de

Amor y los resultados de su aplicación, con el fin de identificar la posibilidad de inclusión de los

1 Artículo presentado para optar al título de Especialista en Servicios Públicos Domiciliarios, Facultad de Derecho,

Universidad de San Buenaventura Seccional Medellín, 201. Asesor Hernán Dario Martínez y Carlos Augusto

Giraldo.

Margarita María Fernández Correa

[email protected]

Carlos Mauricio Velásquez Ochoa

[email protected]

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INCLUSIÓN DEL ADULTO MAYOR, EN EL PROGRAMA “LITROS DE AMOR” DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN 2

adultos mayores registrados en el SISBEN con puntaje hasta 47.99, pertenecientes a estratos 1 y

2 en el Municipio de Medellín.

Palabras claves: Mínimo vital de Agua, Adulto mayor, derecho, bienestar

Abstract

Water is an essential element, and access to minimum determines the quality of life of

people with dignity; that's why many countries in the world have established the Minimum

Living Water as a way to ensure the right of the people, and promoting sustainable development

of their territories.

In Colombia, the elderly and persons specially protected under the Constitution, and especially

those who are classified as vulnerable population and poverty, must have a Minimum Drinking

Water Vital for subsistence.

The City of Medellin with liters of Love Program, provides up to 2.5 m3 per month aqueduct

public service, to each of the users identified in households whose members are in a situation of

vulnerability and poverty, as classified by the SISBEN (System identification of potential

beneficiaries of social programs), and are in family support programs of the Ministerio de

Protección Social.

In this paper we analyze the normative foundation that gave rise to Liters of Love program and

the results of its application, in order to identify the possibility of inclusion of older adults

recorded in the SISBEN to score until 47.99, belonging to levels 1 and 2 in the Municipality of

Medellín.

Keywords: Vital Minimum Water, Elderly, right, welfare

Introducción

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INCLUSIÓN DEL ADULTO MAYOR, EN EL PROGRAMA “LITROS DE AMOR” DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN 3

Teniendo en cuenta el agua como recurso indispensable para la vida del ser humano, que

determina la calidad de vida de la población, el Concejo de Medellín en el año 2011 consideró la

Observación General Nº 15 del Comité de Naciones Unidas, donde se afirma que el agua es un

derecho humano, un bien social y cultural, no un bien económico, y expidió el Acuerdo 11 en el

que se aprueba el programa “Litros de amor” para el abastecimiento de unas cantidades básicas

de agua potable a la población en situación de vulnerabilidad y pobreza del Municipio de

Medellín, y así garantizar el derecho a la vida en condiciones dignas.

El Alcalde de Medellín acatando la voluntad del Concejo expresada en el Acuerdo, expide el

Decreto 1889 de 2011, y determina los criterios de aplicación, los cuales benefician a una parte

de la población, sin embargo limitan y excluyen la participación de otras personas en el

programa. Por lo anterior se pretende evaluar la aplicación de la política pública “Litros de

Amor”, para identificar la posibilidad de inclusión de los adultos mayores de los estratos 1 y 2,

que estén incluidos en el SISBEN con puntaje hasta 47.99 según lo definido en el decreto.

Para el análisis se parte de la documentación del Programa “Litros de Amor”, las

consideraciones y fundamentos del Acuerdo 6 de 2011 y el Decreto 1889 de 2011, la

exploración de sentencias de tutela sobre el mínimo vital de agua, el sistema de identificación de

potenciales beneficiarios de programas sociales (SISBEN), e informes sobre la ejecución del

programa Litros de Amor, su presupuesto y beneficios otorgados; con el fin de determinar la

posibilidad de aumentar la cobertura e incluir otros beneficiarios.

Partiendo del análisis del agua como recurso fundamental, determinante en la calidad de vida y

el desarrollo sostenible de las naciones, se evoluciona al concepto de Mínimo Vital de Agua

Potable (MVAP) como una obligación del estado y elemento garante de la sostenibilidad a largo

plazo, hasta llegar al análisis particular de su aplicación como política pública en la ciudad de

Medellín.

El agua como recurso y su importancia para el hombre

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INCLUSIÓN DEL ADULTO MAYOR, EN EL PROGRAMA “LITROS DE AMOR” DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN 4

De acuerdo con MASSARUTTO (2008), (como se cita en Barba, 2011), el agua es vida,

el hombre está compuesto en un 90% de agua, la tierra en un 70%, los océanos concentran el

95% del agua total. De acuerdo con San Diego Natural History Museum. (s.f.), en el artículo

“Importancia del Agua para la vida”, el agua es necesaria para la vida del hombre, los animales y

las plantas, sin ella moriríamos en pocos días. La mayor parte de nuestro cuerpo está constituido

por agua, necesitamos agua para casi todas nuestras acciones: preparar alimentos, aseo del

hogar, aseo personal, agricultura, fabricación de productos, generación de energía, y para otros

fines industriales. El artículo también indica que después del aire, el agua es el elemento más

importante para la existencia del hombre, ayuda a regular el clima de la tierra conservando

temperaturas adecuadas, limpia la atmósfera de contaminantes a través de la lluvia, es parte de la

riqueza de un país, escasea en la medida que la población aumenta y debemos propender por su

cuidado y conservación como un bien para las futuras generaciones.

De acuerdo con Barba (2011), el agua es un elemento imprescindible para la subsistencia de

otros seres vivos, animales y plantas; en un sentido social el agua es fundamental para el

desarrollo sostenible, la ONU en particular la reconoce para la integridad del medio ambiente, la

erradicación de la pobreza y el hambre; es indispensable para la salud y el bienestar humano.

Como lo indica Almirón, E. (s.f.), en su artículo “El agua como elemento vital en el desarrollo

del hombre”, la mayor parte de la superficie de la Tierra está compuesta de agua,

aproximadamente el 2% es agua dulce, que en su mayor parte se encuentra en los polos en

estado de hielo, o en depósitos subterráneos muy profundos. Las aguas dulces existentes en la

superficie del planeta, que se pueden usar de forma económicamente viable y sin generar

grandes impactos negativos en el ambiente, corresponde a menos del 1% del agua total. De este

modo, el agua constituye un insumo indispensable para la vida humana, extremadamente escaso.

Desde sus orígenes, la humanidad ha generado acciones que alteran la naturaleza, siendo el

período de la Revolución Industrial cuando más se aumentaron las dinámicas de producción, los

desarrollos científicos y los avances tecnológicos, superando los límites de producción en el

entorno (Díaz et al., 2009). Almirón (s.f.) indica que el aumento del consumo de agua se ha

multiplicado por seis en un siglo, mientras que la población ha crecido tres veces. Según la ONU

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INCLUSIÓN DEL ADULTO MAYOR, EN EL PROGRAMA “LITROS DE AMOR” DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN 5

(como se cita en Almirón, s.f.), 80 países del mundo sufren debido a la falta de agua. En 25

países de Oriente Medio y del norte de África, la escasez crónica del líquido vital produce luchas

y conflictos permanentes. Almirón también indica que es probable que la causa principal de los

conflictos en el futuro ya no sean el petróleo y la conquista de nuevos territorios, sino el agua

dulce.

En los años setenta inició una preocupación mundial por los recursos naturales dada su rápida

disminución, escasez y extinción en algunas partes del planeta (Díaz et al., 2009). Esto fue

dando lugar a la formulación de iniciativas de los gobiernos, agremiaciones y grupos

ambientalistas para el cuidado de los recursos naturales y garantizar su sostenibilidad. De

acuerdo con Díaz et al. la Comisión Brundlandt (Comisión Mundial para el Medio Ambiente y

el Desarrollo, 1987), fue el primer acercamiento al concepto de desarrollo sostenible, y lo

identificó como el desarrollo que satisface las necesidades actuales, sin comprometer las de

futuras generaciones. Según Daly, H. (1997), una sociedad sostenible es aquella en la que los

recursos no se deben utilizar a un ritmo superior al de su regeneración. En el 2000, la Asamblea

General de las Naciones Unidas redefinió el desarrollo sostenible como el que pretende

garantizar la sostenibilidad del medio ambiente y la protección de los recursos naturales

(Naciones Unidas, 2009).

Según la Organización Mundial de la Salud (2010) en su informe “Estrategias para la gestión sin

riesgos del agua potable para el consumo humano”, la calidad del agua potable es un

condicionante de la salud y es la base de la prevención y el control de las enfermedades

transmitidas. Promover el acceso al agua potable y el saneamiento básico de la población, ejerce

un efecto importante en la reducción de la mortalidad. Desde 1990, la Organización Mundial de

la Salud (OMS) y el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), en un programa

conjunto de monitoreo al abastecimiento de agua potable, evalúan cada dos años, los adelantos

logrados por los países en un marco general del desarrollo que abarca la salud pública. Como

resultado del monitoreo se calcula que un 10% de la carga mundial de morbilidad, podría

evitarse mediante el mejoramiento del suministro de agua, saneamiento, higiene y gestión de los

recursos hídricos. (Organización Mundial de la Salud, 2010).

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INCLUSIÓN DEL ADULTO MAYOR, EN EL PROGRAMA “LITROS DE AMOR” DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN 6

El Informe sobre Desarrollo Humano de la ONU del 2006 (como se cita en Aguado, 2006),

indica que 1.100 millones de personas carecen de acceso al agua y 2.600 millones no disponen

de servicios mínimos de saneamiento. La ONU también advierte sobre las consecuencias

económicas y sociales que se derivan de la crisis mundial del agua y sugiere que se reconozca

como un derecho humano, el acceso gratuito a 20 litros de agua potable por persona/día, a

quienes carecen de recursos suficientes para pagar.

El agua como derecho

El acceso al agua se constituye en un derecho dentro de lo contenido en los derechos

económicos, sociales y culturales, mediante la creación de condiciones de accesibilidad, calidad

y preservación por parte de la sociedad (Díaz et al., 2009). De acuerdo con las Naciones Unidas,

tal como se cita en el artículo “Desarrollo Sostenible y el agua como derecho en Colombia”:

Los recursos hídricos constituyen los cimientos sobre los que se asienta el tan

reclamado y publicitado desarrollo sostenible, al mismo tiempo que los

ecosistemas y el sustento humano dependen de un uso eficiente y racional de este

líquido vital y cada vez más escaso y precioso. Por lo tanto, no sólo es necesario

preservar el agua, sino hacer también una distribución más equitativa y mejorar su

calidad. (Díaz et al., 2009, p. 88).

De acuerdo con Barba (2011), el derecho al agua es un derecho social relacionado con un

derecho fundamental, por afectar el mínimo vital de un sujeto específico en una realidad

concreta.. No es posible hablar de dignidad de la persona si ésta carece del recurso mínimo

destinado a cubrir las necesidades básicas, el derecho al agua forma parte del contenido mínimo

del derecho a la dignidad humana, de la misma manera que la ausencia del agua para beber o

para la higiene personal, se traduce en baja calidad de vida; por consiguiente, el concepto

mínimo de propiedad del agua condicionaría la calidad de vida (Restrepo, 2008).

Entre el derecho de propiedad y el principio de la dignidad humana se presenta un problema que

se puede resolver mediante la tutela del agua, atendiendo al principio de dignidad humana,

resaltando la importancia de los derechos fundamentales (Barba, 2011). La Corte Constitucional

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INCLUSIÓN DEL ADULTO MAYOR, EN EL PROGRAMA “LITROS DE AMOR” DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN 7

en Colombia, ha acogido como regla jurisprudencial que el agua es un derecho fundamental,

esencial para la vida, que contribuye a la salud y a la salubridad pública (Restrepo, 2008).

La evolución jurisprudencial de la Corte Constitucional desde 1992, ha llegado al

reconocimiento de un derecho fundamental al agua a través del mecanismo de tutela, aplicando

los referentes internacionales para materializar a los individuos sus derechos.

El acceso al agua potable como un derecho humano, y las incidencias del Estado Colombiano en

la protección de este recurso hídrico, dan prioridad al agua potable como elemento determinante

para el desarrollo de Colombia. En 1995 se dieron los primeros fallos de la Corte Constitucional

para reconocer un mínimo vital de agua potable, a través de la acción de tutela. A partir de esta

década se identifican cuatro etapas muy marcadas en la jurisprudencia de la Corte

Constitucional: la primera etapa, de 1992 a 1995, se da el surgimiento tímido de la teoría del

mínimo vital; la segunda etapa, de 1995 a 2005 es la etapa del reconocimiento del derecho

humano al agua en conexidad con otros derechos; la tercera etapa, de 2006 a 2009 se caracteriza

por un reconocimiento al mínimo vital de agua en reiteradas decisiones; la cuarta etapa, del 2010

en adelante, establece el derecho humano al agua potable, en interpretación del Bloque de

Constitucionalidad-observación número 15 de la ONU (Motta, 2011).

El mínimo vital se define como un derecho fundamental innominado o Derecho a la

Subsistencia, son unas condiciones mínimas para tener una existencia digna, garantizada a su

vez por la observancia de otros derechos. En Colombia, como se cita en Mota (2011) :

La Corte Constitucional (desarrolló el concepto del mínimo vital como un mínimo

de condiciones necesarias de cualquier persona para vivir en dignidad, y como

consecuencia de eso la jurisprudencia sobre el mínimo vital ha favorecido a

diversas minorías en el Estado social de derecho. La primera sentencia de la Corte

Constitucional relacionada con el concepto del mínimo vital es la T-426 de 1992.

(Motta, 2011, p. 55)

Según se cita Motta (2011), la sentencia T-578 de 1992 reconoce el agua como un derecho

fundamental por ser fuente de vida, e indicó:

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INCLUSIÓN DEL ADULTO MAYOR, EN EL PROGRAMA “LITROS DE AMOR” DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN 8

El agua constituye fuente de vida y la falta del servicio atenta directamente contra

el derecho fundamental a la vida de las personas. Así pues, el servicio público

domiciliario de acueducto y alcantarillado en tanto que afecte la vida de las

personas, la salubridad pública o la salud, es un derecho constitucional

fundamental y como tal ser objeto de protección a través de la acción de

tutela…(Mota, 2011, p. 56).

La sentencia T-717 de 2010 de la Corte Constitucional establece unas condiciones que impiden

suspender el servicio cuando el tutelante sea una persona especial, debiendo éste informar a la

empresa de servicios públicos, la concurrencia de tres condiciones: “1) que la suspensión

recaería sobre un sujeto de especial protección constitucional, 2) que de esa suspensión podría

sobrevenir un desconocimiento de sus derechos fundamentales, y 3) que el incumplimiento se

produjo por circunstancias involuntarias, insuperables e incontrolables” (Motta, 2011, p. 62).

Existen hogares y personas en estado de vulnerabilidad que no cuentan con el suministro de agua

y acuden a vías como la tutela, como amparo a un derecho constitucional. En las consideraciones

finales del trabajo “La protección judicial del derecho humano al agua a través de la acción de

tutela”, se indica que:

La acción de tutela es procedente para la protección del derecho al acceso y

suministro de agua potable a través de redes físicas domiciliarias, sin embargo, es

necesario para su eficacia que en el supuesto de hecho existan condiciones de

debilidad manifiesta de los afectados y que el mínimo vital gratuito de agua

potable o la orden de garantizar la continuidad del servicio, constituyen una

medida recurrente en las decisiones y consideraciones de los jueces de primera y

segunda instancia, lo cual comporta una garantía eficaz del derecho humano al

acceso y suministro de agua potable (Restrepo, 2008, p. 15).

Adulto Mayor

Sobre el término adulto mayor, existen varias definiciones: una de ellas indica que son

aquellas personas que alcanzan una edad en la que deben abandonar formalmente el trabajo;

haciendo referencia a la población que ha dedicado su vida a trabajar y al cabo de un tiempo

debe jubilarse. Otra es la que el gobierno determina por ley, una vez se cumplan los requisitos de

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edad y tiempo de trabajo; en Colombia hacen parte de este grupo las personas que cumplen 60

años. Existe también el significado sociocultural, que en Colombia se ve afectado no solo por su

proceso evolutivo sino por las circunstancias sociopolíticas del país, en este caso se inicia mucho

antes de los 40 años. También un sector de la población, asocia al adulto mayor, así no lo sea,

como una persona anciana, enferma, limitada, que ya no siente, no piensa, no sueña, no desea y

solo espera la muerte (Ochoa, 2008).

Muchos autores están de acuerdo en que la salud, es el factor que mayor peso tiene en la

percepción de calidad de vida por parte de los ancianos, y que los déficits de salud constituyen el

primer problema para ellos (Estrada et al., 2011).

Como lo indica Ochoa (2008), el tema del adulto mayor ha generado gran preocupación en

nuestro país en los últimos años, lo que tiene directa relación con el progresivo envejecimiento

de la población. Esto ha llevado a la necesidad de preocuparse de problemas de toda índole que

afectan a este grupo y que ahora se manifiestan en toda su magnitud.

Según el documento elaborado por la Confederación Colombiana de Organizaciones No

Gubernamentales, y la Asociación Interdisciplinaria de Gerontología para la Asamblea Mundial

sobre el Envejecimiento, que se llevó a cabo en Madrid en abril de 2002, (como se cita en

Ochoa, 2008):

Colombia, como todos los países latinoamericanos se encuentra con rápidas

transformaciones poblacionales, culturales, epidemiológicas, ecológicas,

tecnológicas, con un ambiente poco propicio para lograr objetivos, a causa de la

inestabilidad política, la incertidumbre institucional, la inseguridad jurídica, la

violencia y los desplazamientos forzosos que dejan como secuelas el

envejecimiento de la población a un ritmo mayor que en el primer mundo.

La situación en Colombia aún más crítica como consecuencia del negocio del

narcotráfico, la guerrilla, la inestabilidad del país a causa de la violencia tanto en

los campos como en la ciudad, la disminución del empleo y la incapacidad de

obtenerlo después de cumplir los 35 años de edad, los diferentes regímenes de

pensión, los desplazamientos ocasionados por la violencia, el aumento de mujeres

pobres cabeza de familia y el aumento cada vez mayor de la pobreza y la miseria

absoluta (Ochoa, 2008, Situación Nacional, párr. 1).

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Específicamente para la población considerada como Adulto Mayor, personas con más de 60

años, que coincide con la edad de retiro en la mayoría de los países (Zavaleta, 2012), la

Constitución Política Colombiana de 1991, a través de varios de sus artículos, especialmente en

el 46, define protección especial y asistencia, a este grupo poblacional como obligación del

Estado, sin embargo como lo indica Ochoa (2008), muchos de los países que están en vía de

desarrollo, escasamente pueden afrontar su situación actual y no han contemplado políticas

necesarias para legislar, ni estrategias para asumir el crecimiento de este grupo poblacional, que

en el año 2025 llegará a ser cuatro veces mayor a lo esperado. Los Adultos Mayores son el grupo

que crece más rápidamente en la población, utiliza con mucha frecuencia los servicios sanitarios,

tiene menos probabilidad de contar con grupos sociales "naturales" de apoyo y es más

vulnerable a diversos peligros físicos, psicológicos, económicos y sociales (Ochoa, 2008).

El envejecimiento es un proceso directamente relacionado con la forma como la persona

satisface sus necesidades a través de todo su ciclo vital. Toda persona es un ser de necesidades

múltiples e interdependientes y la satisfacción de estas es lo que condiciona su calidad de vida y

a su vez el bienestar social, identificado con el desarrollo económico, la riqueza familiar o

individual, el nivel de vida, el estado de salud, la calidad de los servicios médicos, los ingresos y

la satisfacción de necesidades y deseos (Ochoa, 2008).

Como lo indica Ochoa (2008), las Naciones Unidas elaboró la "Carta de los Derechos de las

personas mayores" que estipula varios derechos, entre los cuales se destacan los siguientes:

Las personas de edad deberán poder vivir con dignidad y seguridad, y verse libres

de explotaciones y malos tratos físicos o mentales.

Las personas de edad, deberán tener acceso a medios apropiados de atención

institucional, que les proporcionen protección, rehabilitación y estímulo mental y

social en un entorno humano y seguro.

Las personas de edad, deberán tener acceso a servicios sociales y jurídicos que les

aseguren mayores niveles de autonomía, protección y cuidado.

Teniendo en cuenta el agua como elemento vital para el bienestar y desarrollo de las personas, y

la definición de los adultos mayores como grupo poblacional de especial protección en la

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INCLUSIÓN DEL ADULTO MAYOR, EN EL PROGRAMA “LITROS DE AMOR” DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN 11

Constitución Política de Colombia, se deben revisar los mecanismos para que este grupo

poblacional quede incluido en el auspicio del mínimo vital otorgado por el Municipio de

Medellín y así contribuir a garantizar el derecho a la vida en condiciones dignas.

A continuación se presentan los datos de los adultos mayores reportados en la base de datos del

SISBEN Medellín, con corte a agosto de 2013, clasificados en los rangos de puntaje hasta 47.99

de acuerdo con el requisito definido para ser beneficiario del Programa de Mínimo Vital de

Agua Potable.

Se observa que el 66.26% (83.597) de los adultos mayores de 60 años, se encuentran en estratos

1 y 2, lo que complejiza su situación, ya que están en situación de vulnerabilidad y pobreza

según metodología SISBEN, y tienen una clasificación socioeconómica baja, de acuerdo con la

metodología DANE, que considera otras variables asociadas a la vivienda, el entorno, y por

ende, a su calidad de vida.

Frente al acceso a los servicios públicos, se tiene que 148.843 de los 201.274 adultos mayores

registrados en el SISBEN, cuentan con servicio de acueducto, es decir que 52.451 adultos

mayores, que representan un 26.05% no tienen este servicio.

Tabla 1. Adultos Mayores de 60 años registrados en el SISBEN

1 2 3 4 5 6 Total

Total 23,288 60,309 34,049 1,040 85 7,396 126,167

% 18.46% 47.80% 26.99% 0.82% 0.07% 5.86% 100%

Total Urbano 22,080 55,096 33,511 1,032 81 6,815 118,615

Total Rural 1,208 5,213 538 8 4 581 7,552

FUENTE: Departamento Administrativo de Planeación de Medellín. Subdirección de Información, Seguimiento y Evaluación Estratégica. 2013

Estrato

Rango Puntaje: 0.01 - 47.99

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INCLUSIÓN DEL ADULTO MAYOR, EN EL PROGRAMA “LITROS DE AMOR” DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN 12

Programa Mínimo Vital Agua

Según la Organización Mundial de la Salud, (como se cita en el documento Municipio de

Medellín, 2010) el promedio de consumo mensual de agua de una persona, está representado en:

500 litros en aseo personal, 500 litros en preparación de alimentos y consumo de líquido, 833

litros en aseo del hogar y 667 litros en lavado de ropa. De lo anterior se estima que la cantidad

mínima de agua potable para cada persona equivale a 2.500 litros (2.5 m3), dato que fue

considerado para la definición del Mínimo Vital de Agua Potable en el Municipio de Medellín

(Municipio de Medellín, 2010).

En el Plan de Desarrollo 2008 - 2011 “Medellín Solidaria y Competitiva”, se define el programa

“Medellín Solidaria” para la atención de la población en extrema pobreza, a través de la Red

JUNTOS y “Familias en Acción”, cuyo objetivo es acompañar los hogares más vulnerables de la

ciudad para contribuir a la mejora de sus condiciones de vida, por medio del acceso preferente a

los programas de salud, educación, bienestar y desarrollo, promocionando su autonomía y

ayudando a mejores formas de convivencia familiar y social.

Con el Plan de Desarrollo 2008 – 2011, la ciudad de Medellín se puso a la vanguardia en el país

al entregarle a estos hogares que están en situación de vulnerabilidad, el apoyo del Mínimo Vital

de Agua Potable. Con este beneficio las familias tienen la oportunidad de mejorar sus

condiciones de vida en materia de salud, desarrollo y condiciones económicas, ya que el ahorro

que pueden hacer en su cuenta de servicios públicos, representa alrededor del 12% de su ingreso

mensual. Esto permite a las familias beneficiadas, contar con agua potable y cubrir otras

necesidades básicas de su hogar (Municipio de Medellín, 2008).

General

(Puntaje hasta 100)

Registrados con

servicio de Acueducto

Registrados con puntaje

hasta 47.99

TOTAL 201,274 148,843 126,167

Urbano 183,864 135,747 118,615

Rural 17,410 13,096 7,552FUENTE: Departamento Administrativo de Planeación de Medellín. Subdirección de Información, Seguimiento y Evaluación Estratégica. 2013

Tabla 2. Adultos Mayores reportados en el SISBEN a agosto 2013

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INCLUSIÓN DEL ADULTO MAYOR, EN EL PROGRAMA “LITROS DE AMOR” DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN 13

Según el Municipio de Medellín (2008) la población en situación de pobreza que participa en el

programa Medellín Solidaria presenta características como:

Necesidades básicas insatisfechas

Altos niveles de desempleo

Condiciones críticas de hacinamiento

Sin ingresos económicos fijos

Problemas en la documentación de identificación

La mayoría de los hogares tienen jefatura femenina

Personas mayores de 60 años sin ingresos (2,4%)

Niños menores de 5 años que no reciben atención integral en primera infancia (3,5 %)

Las familias no conocen las características de los servicios financieros (ahorros, crédito,

microseguros, entre otros), ni la forma de acceder a ellos (76,7%)

Los niños no duermen separados de los adultos (74,6 % de las viviendas)

Personas sin acceso a programas de promoción y prevención de la salud (19,6%)

Como una medida para permitir a la población en situación de vulnerabilidad y pobreza del

Municipio de Medellín, el acceso a cantidades básicas de agua potable para garantizar el derecho

a la vida en condiciones dignas, y en cumplimiento del Plan de Desarrollo Medellín 2008 –

2011, se definió entregar a más de 45 mil hogares, beneficiando a más de 180 mil personas, el

apoyo denominado Mínimo Vital de Agua Potable (Acuerdo 6, 2011) - Plan Litros de Amor,

representado en 2.500 litros de agua potable (2.5 m3) por persona al mes, cantidad mínima

estimada para atender las necesidades básicas (Municipio de Medellín, 2010).

El 19 de noviembre de 2012 en sesión plenaria, el Concejo de Medellín pide mayor cobertura en

el programa del mínimo vital de agua potable, y facilitar el acceso al beneficio para contribuir a

la problemática de la desconexión, ya que en algunas comunas el número de desconectados es

mayor que la cifra de personas beneficiadas (Concejo de Medellín, 2012).

Algunas de las conclusiones del debate se orientaron a resaltar las acciones de la

Administración Municipal de Medellín en el cumplimiento del Acuerdo 06 de 2011 y a la vez

Page 14: Inclusión del adulto mayor, en el programa “Litros de amor ......Inclusión del adulto mayor, en el programa “Litros de amor” del Municipio de Medellín1 Resumen El agua es

INCLUSIÓN DEL ADULTO MAYOR, EN EL PROGRAMA “LITROS DE AMOR” DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN 14

plantear la necesidad de revisar y ajustar el acuerdo, y el decreto reglamentario, para garantizar

el derecho humano que tienen 7.113 hogares que a pesar de estar inscritos no reciben el auspicio

por su situación de morosidad con la empresa prestadora del servicio, implementar mecanismos

de comunicación para que la totalidad de los 39.652 hogares que cumplen los requisitos dentro

de Medellín Solidaria, reciban el auspicio. Adicionalmente se recomienda incluir en las tareas de

sensibilización y orientación, la asesoría jurídica para que mientras se dé la modificación del

acuerdo, las personas accedan al derecho al agua mediante acción de tutela. El programa debe

incluir tareas de investigación y conocimiento que posibiliten su mejora y extensión hacia otros

servicios públicos domiciliarios, en los que también puede tener éxito (Concejo de Medellín,

2012).

Resultados de aplicación del Mínimo Vital de Agua Potable en el año 2012

El Municipio de Medellín asignó una partida presupuestal de 10.447 millones de pesos

para la aplicación del MVAP, en las facturas de servicios públicos domiciliarios de viviendas

autorizadas por la Alcaldía de Medellín, iniciando su aplicación en febrero de 2012 y hasta

diciembre del mismo año. En la etapa inicial se estimaba beneficiar 45.000 hogares (180.000

personas).

En agosto de 2012 se hizo una revisión a la ejecución del programa y dado su comportamiento,

se tomó la decisión por parte del Municipio de modificar el valor a 4.450 millones de pesos,

teniendo en cuenta la proyección de ejecución a diciembre de 2012, y así liberar el resto del

presupuesto para ser invertido en otro proyecto.

A continuación se relaciona la ejecución mensual del programa en cuanto a hogares

beneficiados, y valor del auspicio aplicado desde marzo de 2012 hasta febrero de 2013:

Page 15: Inclusión del adulto mayor, en el programa “Litros de amor ......Inclusión del adulto mayor, en el programa “Litros de amor” del Municipio de Medellín1 Resumen El agua es

INCLUSIÓN DEL ADULTO MAYOR, EN EL PROGRAMA “LITROS DE AMOR” DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN 15

Fuente: Informe de Aplicación Mínimo Vital – EPM

Se observa que en promedio se están beneficiando con el Mínimo Vital de Agua, 20.195 hogares

al mes, cifra equivalente al 44.8% de la meta definida por el Municipio (45.000 hogares).

Fuente: Informe de Aplicación Mínimo Vital - EPM

Mar-12 Abr-12 May-12 Jun-12 Jul-12 Ago-12 Sept-12 Oct-12 Nov-12 Dic-12 Ene-13 Feb-13

Hogares Beneficiados 16,656 30,546 21,613 20,040 20,106 19,663 19,805 19,938 20,237 19,970 20,247 20,331

Meta Hogares 45,000 45,000 45,000 45,000 45,000 45,000 45,000 45,000 45,000 45,000 45,000 45,000

16,656

20,331

45,000

-

5,000

10,000

15,000

20,000

25,000

30,000

35,000

40,000

45,000

50,000

Ho

ga

res

Gráfico 1. Hogares Beneficiados

Hogares Beneficiados Meta Hogares

Mar-12 Abr-12 May-12 Jun-12 Jul-12 Ago-12 Sept-12 Oct-12 Nov-12 Dic-12 Ene-13 Feb-13

Total aplicado $ 298 $ 296 $ 316 $ 335 $ 349 $ 352 $ 353 $ 353 $ 361 $ 452 $ 463 $ 468

Ppto. Inicial $ 871 $ 871 $ 871 $ 871 $ 871 $ 871 $ 871 $ 871 $ 871 $ 871 $ 871 $ 871

Ppto. Modificado $ 371 $ 371 $ 371 $ 371 $ 371 $ 371 $ 371 $ 371 $ 371 $ 371 $ 371 $ 371

$ 298

$ 468

$ 871

$ 371

$ -

$ 100

$ 200

$ 300

$ 400

$ 500

$ 600

$ 700

$ 800

$ 900

$ 1,000

Va

lores

en

Mil

lon

es

Gráfico 2. Valores Aplicados Mínimo Vital

Page 16: Inclusión del adulto mayor, en el programa “Litros de amor ......Inclusión del adulto mayor, en el programa “Litros de amor” del Municipio de Medellín1 Resumen El agua es

INCLUSIÓN DEL ADULTO MAYOR, EN EL PROGRAMA “LITROS DE AMOR” DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN 16

Fuente: Informe de Aplicación Mínimo Vital - EPM

Fuente: Convenios Aplicación Mínimo Vital - EPM

De los anteriores gráficos se evidencia una subejecución del programa, tanto en cobertura

(hogares beneficiados) como en el valor del auspicio otorgado, frente a las metas establecidas.

Igualmente se observa una tendencia decreciente en la asignación de recursos por parte del

Municipio de Medellín para el Programa Mínimo Vital.

La cuenta típica de acueducto y alcantarillado, incluyendo subsidios, en estrato 1 es de $17.767

y en estrato 2 es de $27.710, que corresponde en promedio a 12 m3 (EPM, julio de 2013). Si se

$ -

$ 50

$ 100

$ 150

$ 200

$ 250

$ 300

$ 350

$ 400

$ 450

$ 500

-

5,000

10,000

15,000

20,000

25,000

30,000

35,000

Mar-12 Abr-12 May-12 Jun-12 Jul-12 Ago-12 Sept-12 Oct-12 Nov-12 Dic-12 Ene-13 Feb-13

Gráfico 3. Hogares Beneficiados - Valores Aplicados

Total aplicado Hogares Beneficiados Lineal (Total aplicado)

$ 871

$ 371

$ 754 $ 682

$ -

$ 100

$ 200

$ 300

$ 400

$ 500

$ 600

$ 700

$ 800

$ 900

$ 1,000

Convenio 1 Convenio 1 Modificado Convenio 2 Convenio 3 (tramite)

Presu

pu

est

o e

n M

illo

nes

Gráfico 4. Aplicación Mínimo Vital Agua

Presupuesto Promedio Mes

Page 17: Inclusión del adulto mayor, en el programa “Litros de amor ......Inclusión del adulto mayor, en el programa “Litros de amor” del Municipio de Medellín1 Resumen El agua es

INCLUSIÓN DEL ADULTO MAYOR, EN EL PROGRAMA “LITROS DE AMOR” DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN 17

tiene en cuenta que se otorga un beneficio de 2.5 m3 por persona para un hogar de 4 integrantes

en promedio, se estaría cubriendo casi la totalidad del agua requerida en el inmueble, si se

refuerzan los programas de educación y sensibilización sobre uso eficiente del servicio, se

lograría mantener el beneficio y así mejorar las condiciones de vida de estas familias.

Gráfico 5. Cuenta Típica por servicio Estratos 1 y 2

Proyección de ejecución del programa con otros beneficiarios

Teniendo en cuenta que en Medellín se tiene registro de aproximadamente 201.274

adultos mayores en situación de vulnerabilidad y pobreza, según reporte del SISBEN a agosto de

2013, y que tanto en el Acuerdo 6 como en el Decreto 1889 de 2011, fundamentos normativos

del Mínimo Vital de Agua Potable aplicable en el Municipio de Medellín, se establece la

condición de aumentar la cobertura conforme aumenta la capacidad administrativa y técnica,

para las personas que según clasificación del SISBEN, se encuentren en situaciones de

Fuente: Área Operación Comercial Transmisión y Distribución

Subdirección Gestión Regulatoria Aguas

Área Transacciones Gas

Gas, $ 7,070,

18%15.47 M3

Agua Potable, $ 8,462,

21%12.22 M3

Agua Residual, $ 9,305,

23%12.00 M3

Energia, $ 15,013,

38%101 kWh

Estrato 1

Total $39.850

Gas, $ 8,916, 15%

15.61 M3

Agua Potable, $ 13,082,

22%12.81 M3

Agua Residual, $ 14,628,

24%12.68 M3

Energia, $ 23,322,

39%126 kWh

Estrato 2

Total $59.948

Page 18: Inclusión del adulto mayor, en el programa “Litros de amor ......Inclusión del adulto mayor, en el programa “Litros de amor” del Municipio de Medellín1 Resumen El agua es

INCLUSIÓN DEL ADULTO MAYOR, EN EL PROGRAMA “LITROS DE AMOR” DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN 18

vulnerabilidad y pobreza, que es posible reconsiderar la población beneficiaria para el

otorgamiento del auspicio, y que según los informes del Programa Mínimo Vital de Agua existe

subejecución en su otorgamiento y la cobertura proyectada, se verificó la viabilidad de

ampliación de la cobertura a los hogares donde haya presencia de estos adultos mayores inscritos

en el SISBEN pertenecientes a estratos 1 y 2, y que en la actualidad no están siendo

beneficiarios.

En Medellín existen 126.167 adultos mayores registrados en el SISBEN con calificación hasta

47.99 puntos, de los cuales 83.587 están en estratos 1 y 2. Realizando un ejercicio de

proyección para evaluar el costo mensual de entrega del auspicio del mínimo vital en estos dos

escenarios, se tiene como resultado:

De acuerdo con las cifras arrojadas, se puede evidenciar que es posible la inclusión de la

población de adultos mayores dentro del programa, teniendo en cuenta la sub ejecución que en la

actualidad se está presentando y los compromisos adquiridos por el Municipio de Medellín para

mejorar la calidad de vida de las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad.

Conclusiones

De acuerdo con la información analizada, se puede concluir que los datos

correspondientes al presupuesto asignado y las condiciones para ser beneficiario del programa

de mínimo vital de agua, dan cuenta de las dimensiones del programa y su relevancia en el

aporte a la construcción de mejores condiciones de vida, para sujetos de especial protección,

disminuyendo causas de morbilidad, mediante el mejoramiento del suministro de agua y

NRO

PERSONAS

HOGAR

M3 /

PERSONA

VALOR

M3 AGUA (INCLUYE

SUBSIDIO)

VALOR M3

ALCANTARILLADO

(INCLUYE SUBSIDIO)

TOTAL

TOTAL 126,167 -

EN ESTRATO 1 23,288 438.72 657.25 255,229,494

EN ESTRATO 2 60,309 658.09 992.47 995,436,230

1,250,665,724

4 2.5

TOTAL BENEFICIO HOGARES CON ADULTOS MAYORES ESTRATOS 1 Y 2

ADULTOS MAYORES

EN SISBEN

Tabla 3. Proyección costo entrega del auspicio mínimo vital

Page 19: Inclusión del adulto mayor, en el programa “Litros de amor ......Inclusión del adulto mayor, en el programa “Litros de amor” del Municipio de Medellín1 Resumen El agua es

INCLUSIÓN DEL ADULTO MAYOR, EN EL PROGRAMA “LITROS DE AMOR” DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN 19

saneamiento, ya que su carencia produce efectos multiplicadores, con impactos altos en el

desarrollo humano, que afectan a millones de personas, conducen a la pobreza en la edad adulta

y reducen las oportunidades educativas en la infancia.

Podría decirse, de manera general, que la ejecución del presupuesto asignado ha sido inferior a

las metas establecidas tanto en valor monetario como en familias beneficiadas, por lo que se

deben emprender acciones por parte de la dependencia encargada del programa en el Municipio,

para dar cumplimiento a lo indicado en el Acuerdo Municipal y en el decreto reglamentario,

sobre la obligatoriedad de aumentar la cobertura conforme aumenta la capacidad administrativa

y técnica, para garantizar el acceso al servicio público domiciliario de acueducto, de las personas

que según clasificación del SISBEN se encuentren en situaciones de vulnerabilidad y pobreza.

Igualmente implementar mecanismos de comunicación para que la totalidad de los hogares que

estén registrados en Medellín Solidaria, reciban el auspicio, y analizar otras alternativas para el

otorgamiento del beneficio como una modalidad de prepago del servicio de agua, más que tener

la condición de estar al día en el pago de los servicios para obtener el beneficio, de esta manera

las familias contarían con una cantidad fija mensual de agua para sus necesidades básicas, con

control de consumos excedentes que deben ser cancelados por ellos.

Finalmente, se evidencia la posibilidad de incluir los hogares en los que residan los adultos

mayores de estratos 1 y 2, registrados en el SISBEN con un puntaje inferior o igual a 47.99,

considerando la disponibilidad de recursos del programa que no están siendo ejecutados y la

obligatoriedad de ampliación de cobertura, contemplada como esencia de la norma. En las

lecturas que bien pueden hacerse de esta, hay una expresa intención de mejorar la calidad de

vida de la población en estado de vulnerabilidad y pobreza, contribuyendo de igual manera a la

preservación del mandato constitucional que define los adultos mayores como sujetos

especialmente protegidos, evitando que tengan que hacer uso de una acción de tutela para el

reconocimiento de sus derechos.

Referencias bibliográficas

Page 20: Inclusión del adulto mayor, en el programa “Litros de amor ......Inclusión del adulto mayor, en el programa “Litros de amor” del Municipio de Medellín1 Resumen El agua es

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