importancia jurídica del contrato social eddy urgilés albán

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  • 7/24/2019 Importancia Jurdica Del Contrato Social Eddy Urgils Albn

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  • 7/24/2019 Importancia Jurdica Del Contrato Social Eddy Urgils Albn

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    de todo cuanto est" a su alcance, sino de todo cuanto

    posee % puede llegar a poseer en base a las reglas

    establecidas en el contrato, as se garantiza el derecho a

    las posesiones del hombre % la confrontacin entre los

    miembros de la sociedad, lo que trae paz social al Estado. 3Establece tres requisitos esenciales a la hora de constituir

    un Estado0 poblacin, territorio % poder soberano, el cual

    emana de los ciudadanos, en sentido amplio, esto implica

    que cada persona tiene como atributo el poder

    soberano, mismo que constitu%e la voluntad general % el

    pacto o contenido normativo.-

    El 1ontrato 2ocial % su in3uencia en el (erecho

    El siglo 45666 tra'o consigo la lucha por la reivindicacin

    del hombre frente a sus opresores0 6glesia % Estado feudal

    cierto era que el feudalismo como sistema econmico

    estaba pr7imo a fenecer, el descontento burgu$s % las

    grandes polarizaciones entre opulencia % miseria

    entra8aban la necesidad de cambios en la estructura del

    Estado. 2iguiendo los lineamientos del 1ontrato 2ocial, a

    medida que se avanza en la lectura el autor analiza

    constantemente las relaciones de poder, entre opresores %

    oprimidos, % las contrasta con lo que podra ser, a su 'uicio

    una forma m"s racional de coe7istencia humana.9

    El concepto tradicional de soberana pierde vigencia en el

    pensamiento de Rousseau, a partir de ese momento, %a no

    ser" el re% quien detente el poder en su m"7ima e7presin,sino el concierto de personas que integren un Estado, % la

    forma en que ha de e7presarse su voluntad ser" a trav$s

    del sufragio % de las le%es que estos e7pidan para regular

    sus mismos actos.:

    En manos del soberano recae la facultad de crear le%es,

    surgiendo la !gura del legislador, pero esta prerrogativa

    1.ROUSSEAU Juan Jacobo, El Contrato Social, Editorial Campos, 1969,pg.66.2.Esta fras nac n l transcurso d la r!oluci"n francsa, tambi#ns l lma o$cial d la Rp%blica d &rancia.3.ROUSSEAU Juan Jacobo, Op. Cit., pgs. '9(6).

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    no deber" nunca e7tralimitarse al punto de crear la norma

    % aplicarla Rousseau establece una dualidad en esta

    cuestin, pues no slo hace referencia a la independencia

    de las funciones del Estado tal como lo conocemos en la

    actualidad, pues nos dice que #la ley considera a lossbditos en cuerpo y las acciones como abstractas, jams a

    un hombre como individuo y una acci!n particular&, es

    decir que la le% no debe estar dirigida al hombre en

    particular, sino al con'unto de estos.;

    El 1ontrato 2ocial presenta tres formas de gobierno0

    democracia, aristocracia % monarqua #el gobierno

    democrtico conviene a los Estados peque"os, laaristocracia a los medianos, y la monarqu#a a los grandes&.

    Respecto a la democracia nos dice que quien hace la le%

    #sabe mejor que nadie c!mo debe ser ejecutada o

    interpretada&, esto se e7plica de la siguiente manera0 el

    pueblo sabe lo que le conviene, incluso Rousseau a!rma

    que #al pueblo no se le corrompe nunca&, 'am"s decidir"

    algo que va%a en contra de sus intereses se podra decir

    que e7iste una relacin dial$ctica entre Estado %ciudadano.

    Relaciona el fracaso de un Estado con el e7ceso de

    funcionarios

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    #1uando el prncipe no administra %a el Estado segn las

    le%es % usurpa el poder soberano&, en el desaparece el

    vnculo entre este % el pueblo para qui$n se convierte en su

    amo o tirano.+>

    #1uando el Estado se disuelve, el abuso del gobierno,

    cualquiera que sea $ste, toma el nombre comn de

    anarqua&, % establece que un tirano puede no ser d$spota,

    pero un d$spota siempre ser" tirano.++

    Esta clasi!cacin es importante porque al desaparecer el

    Estado, el pueblo recupera todo el poder que le entreg al

    gobernante, % depuesto este, #cesa toda 'urisidiccin, el

    poder e'ecutivo queda suspendido, porque donde se

    encuentra el representado %a no ha% representante&, a su

    vez reconoce que puede fallar el e'ecutivo, pero el

    legislativo es el corazn del Estado, % si el corazn falla

    todas las funciones del cuerpo cesan.+/

    1lasi!ca las le%es en polticas o fundamentales las cuales

    organizan la estructura del Estado, civiles las que reglan

    las relaciones entre los particulares % entre $stos con elEstado, % las le%es criminales que se encargan de

    sancionar todas las dem"s. 2i comparamos entre la

    clasi!cacin que nos da Rousseau % las e7istentes en la

    actualidad es posible a!rmar que son un remoto

    antecedente del (erecho 1onstitucional, 1ivil % Penal

    respectivamente.+?