implementación del nuevo sistema de justicia penal. análisis

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Implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal Análisis prospectivo de impacto Bernardino Esparza Martínez y Alejandra Silva Carreras

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Page 1: Implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal. Análisis

Si bien es cierto que aún es pronto determinar de forma precisa las conse-cuencias de la aplicación del sistema penal acusatorio en México, debido a las reformas y cambios de gran calado que deben implementarse tanto en la infraestructura como en los miembros del Poder Judicial, este libro ofrece una perspectiva de los posibles alcances que puede tener la implantación del nuevo sistema penal.

En Implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, Bernardino Esparza y Alejandra Silva ofrecen una valiosa base de datos mediante la cual podemos establecer un primer criterio para evaluar los alcances, li-mitaciones, fortalezas y debilidades de la puesta en marcha del sistema mencionado, además de un panorama de los efectos que, en materia federal y en delitos de alto impacto del fuero común, puede provocar el sistema.

Definir la viabilidad y posible efectividad del sistema acusatorio no es tarea menor, sobre todo si se tienen en cuenta las dudas y resistencias que han albergado diversos actores sociales a partir de la reforma penal de 2008. Los autores han llevado a buen puerto dicha tarea mediante un análisis que permite ver la reforma penal a futuro desde un observatorio privilegiado.

Implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal Análisis prospectivo de impacto

Implementación del Nuevo Sistema de Justicia PenalAnálisis prospectivo de impactoBernardino Esparza Martínez y Alejandra Silva Carreras

BErnArdino ESPArzA MArtínEz

Es doctor en derecho Apto Cum Laude por la Universidad Complutense de Madrid, España. Maestro en derecho Constitucional y Ciencia Po-lítica por el Centro de Estudios Constitucionales del Ministerio de la Presidencia en España. Es-pecialista en desarrollo de la Función directiva por el instituto nacional de Administración Pú-blica de España. Entre sus actividades académicas predomina la de conferencista en diversos foros nacionales e internacionales, y la de profesor de diversas instituciones públicas y privadas expo-niendo temas relacionados con el derecho consti-tucional y penal. Entre sus publicaciones destacan las siguientes obras: Los delitos federales en Mé-xico. Prontuario (Porrúa) y Constitucionalización de los delitos electorales en la legislación mexica-na. 1812-2009 (inacipe). Actualmente es miembro del Sistema nacional de investigadores, nivel ii, Profesor-investigador de tiempo completo en el instituto nacional de Ciencias Penales y profesor de la facultad de derecho en la Universidad La Salle. también es comentarista especializado en temas jurídicos y políticos en medios de comuni-cación.

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ALEJAndrA SiLvA CArrErAS

Es Licenciada en Estudios Humanísticos y Socia-les por la Universidad de Monterrey. Maestra en Letras (Mexicanas) por la Universidad nacional Autónoma de México. Actualmente se desempe-ña como Asistente de investigador en el instituto nacional de Ciencias Penales en donde también funge como profesora de las materias de Argu-mentación jurídica; redacción, interpretación y argumentación jurídica; Metodología de la inves-tigación, argumentación e interpretación norma-tiva; y Comunicación para Juicio oral y sistema acusatorio. también ha participado como ponente y conferencista en diversos foros nacionales e in-ternacionales de crítica jurídica y análisis del de-recho desde el enfoque lingüístico comunicativo.

Entre sus publicaciones jurídicas destacan “La revaloración de la argumentación jurídica en el juicio oral” y la coautoría del texto “Bases Constitucionales de las Funciones del Ministerio Público de la Federación” en el Manual Básico para las Funciones del Ministerio Público de la Federación.

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TEMAS SELECTOS

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DIRECTORIO

Jesús Murillo KaraMProcurador General de la República

y Presidente de la H. Junta de Gobierno del Inacipe

Mariana Benítez tiBurcioSubprocuradora Jurídica y de Asuntos Internacionales de la pgr

y Secretaria Técnica de la H. Junta de Gobierno del Inacipe

rafael estrada MichelDirector General

del Instituto Nacional de Ciencias Penales

aleJandro Porte PetitEncargado de la Secretaría General Académica

Jorge Martínez iglesiasEncargado de la Secretaría General de Extensión

alfonso Jesús Mostalac ceciliaEncargado de la Dirección de Publicaciones

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BERnARDInO ESpARzA MARTínEzALEjAnDRA SILvA CARRERAS

IMpLEMEnTACIón DEL nuEvO SISTEMA DE juSTICIA pEnALAnálisis prospectivo de impacto

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primera edición, 2013

Edición y distribución a cargo del Instituto nacional de Ciencias [email protected]

D.R. © 2013 Instituto nacional de Ciencias penales Magisterio nacional 113, Col. Tlalpan, Del. Tlalpan, C.p. 14000, México, D.F.

Se prohíbe la reproducción parcial o total, sin importar el medio, de cualquier capítulo o información de esta obra, sin previa y expresa autorización del Instituto nacional de Ciencias penales,titular de todos los derechos.

ISBn 978-607-7882-87-9

Coordinación editorial: Marysol Morán Blanco/Alfonso jesús Mostalac Cecilia

Impreso en México • Printed in Mexico

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COnTEnIDO

Presentación ................................................................................ 9

Advertencia ................................................................................. 11

Introducción ................................................................................ 13planteamiento ......................................................................... 16Objetivos ................................................................................ 16

Generales, 16; Específicos, 16.

Justificación ............................................................................ 17Metodología ........................................................................... 18

PanoraMa general del PosiBle efecto ProsPectivo soBre la aPlicación del nuevo

sisteMa de Justicia Penal en Materia federal y en delitos de alto iMPacto del fuero coMún

Generalidades ............................................................................. 23Criterios de oportunidad ......................................................... 24Formas anticipadas de terminación del proceso ..................... 26

Los acuerdos reparatorios, 27; La suspensión condicional del proceso, 27; El proceso simplificado, 28; El proceso abreviado, 28.

Parte I. Ámbito federal ............................................................... 31Análisis normativo por tipo penal del Código penal Federal 32

Criterios de oportunidad, 32; Los acuerdos reparatorios, 33; La suspensión condicional del proceso, 34; El proceso simplifica-do, 35; El proceso abreviado, 36; El juicio oral, 37.

Incidencia delictiva actual ...................................................... 38

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Parte II. Ámbito local en materia de delitos de alto impacto ..... 45Delitos de alto impacto del fuero común ............................... 45Análisis normativo ................................................................. 47

Casos específicos en los cuales puede llegar a proceder alguna de las figuras procesales alternas al juicio oral, 47.

Incidencia delictiva actual ...................................................... 49

Observaciones finales ................................................................. 53

Bibliografía ................................................................................. 55Hemerografía .......................................................................... 55

Anexo I. ....................................................................................... 57

Anexo II. ...................................................................................... 175

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pRESEnTACIón

A fin de determinar los costos y beneficios de la aplicación de la Refor-ma penal de 2008, la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del nuevo Sistema de justicia penal (Setec) solicitó un análisis prospectivo de las consecuencias que implica la puesta en marcha del sistema penal acusatorio. De esta manera, se llevó a cabo el presente proyecto, el cual parte de las reglas estable-cidas en el proyecto de Código Único de la Setec, que se discute hoy en el Congreso de la unión, que establece una relación con los tipos penales federales a efecto de explorar las formas alternas al juicio oral en resolución de conflictos penales.

por ser éste un trabajo de carácter prospectivo, los resultados que se ofrecen son exploratorios y radiográficos, mas no determinantes, ya que ofrecen una primera aproximación a las posibilidades del sistema en cuanto a su aplicación y desahogo del ámbito penal en México.

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ADvERTEnCIA

Los objetivos del presente análisis son:

Generales• Realizar un análisis de impacto prospectivo sobre la aplicación

del nuevo sistema de justicia penal a nivel federal y en delitos con agravantes pertenecientes al fuero común, en una muestra que incluye 10 entidades federativas y el Distrito Federal.

Específicos• Determinar qué tipos penales en específico pueden ser resueltos

mediante vías alternas al juicio oral.• Analizar los tipos penales más recurrentes a nivel federal, de

conformidad con las estadísticas delictivas y aquellos delitos graves del fuero común.

• Determinar si los delitos recurrentes pueden resolverse mediante mecanismos alternativos al juicio oral.

• Establecer una primera valoración porcentual sobre las repercu-siones de la reforma en el ámbito federal.

El presente proyecto presenta las siguientes limitantes• Falta de acceso a información estadística pertinente y específica.• Constituye un estudio a mediano plazo realizado en un periodo

corto.• Insuficiencia documental concreta.

A pesar de lo anterior, se realiza un informe preliminar generaliza-do de sus alcances.

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InTRODuCCIón

A cinco años de haberse aprobado la reforma Constitucional en mate-ria penal, la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del nuevo Sistema de justicia penal (Setec) creó un nuevo proyecto de Código del procedimiento penal para la República mexicana, el cual tiene por objetivo central remplazar la norma actual vigente tanto federal como en el Distrito Federal, a fin de configurar una sola legislación adjetiva que regule el proceso de implementación del sistema acusatorio a nivel nacional.

Dicho proyecto busca otorgar congruencia, rapidez, eficacia y transparencia al nuevo sistema de justicia. Su importancia estriba jus-tamente en la pretensión de establecer una única norma adjetiva que, además de homogeneizar criterios, ayude a solventar los vicios actua-les en materia de procuración y administración de justicia.

En tal sentido, el código único no sólo incorpora los principios de la reforma constitucional en materia de derechos humanos, también establece de manera clara y concisa los mecanismos con los cuales actúan las distintas figuras procesales regidas bajo las vías alternas de solución de conflictos.

De conformidad con lo anterior, el Código prevé el desarrollo del procedimiento penal en tres etapas centrales:

1. La investigación inicial. Comienza cuando se presenta una de-nuncia o querella, y concluye con el ejercicio de la acción penal en los tribunales correspondientes.

2. El proceso. Inicia con el ejercicio de la acción penal y culmina con la sentencia.

3. La segunda instancia. Son los actos tendientes a resolver los me-dios de impugnación.1

1 Sandra Alicia García García, “El procedimiento penal”, El nuevo sistema de justicia penal acusatorio desde la perspectiva constitucional, México, Suprema Corte de justicia de la nación, 2011.

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A su vez, la etapa del proceso se divide en: a) Control previo; b) Investigación formalizada; c) Fase intermedia, y d) juicio oral.2 Estas cuatro constituyen el centro de proceso penal.

Entre las innovaciones del nuevo sistema se encuentra la inclusión de diversas figuras procesales que permiten la interrupción del pro-ceso antes de que éste llegue al juicio oral. Ello, a fin de desahogar el sistema por medio de vías alternas, que prevén sanciones penales distintas a la pena privativa de libertad y pretenden despejar el con-gestionado sistema actual, reducir el gasto público en materia de pro-curación de justicia y dar celeridad al proceso. Es decir, una vez que el sistema se encuentre en operación, no todos los casos llegarán a la etapa de juicio oral, sino que pueden ser resueltos con antelación. Ta-les medios son: i) criterios de oportunidad; ii) acuerdos reparatorios; iii) suspensión condicional de proceso; iv) proceso simplificado, y v) proceso abreviado.

En principio, dichas figuras resultan pertinentes para lograr efica-cia, eficiencia y celeridad en la impartición de justicia, aunque a la fecha no se conoce de manera concreta cuál es su ámbito de proce-dencia; en otras palabras, no se conocen con claridad los alcances de cada una de ellas.

por lo anterior, el presente estudio ofrece un panorama general del posible efecto prospectivo sobre la aplicación del nuevo Sistema de justicia penal en materia federal y en delitos de alto impacto del fuero común; es decir, es un estudio radiográfico exploratorio que analiza los distintos tipos penales y su posible impacto a escala federal para determinar, en primer término, el total de tipos penales que pudieran resolverse a partir su procedencia.

La información que se reúne permite contar con una base de datos numéricos y porcentuales que impide la especulación, puesto que no se trata sólo de referir los posibles beneficios del sistema, sino que permite observar de manera general sus posibles repercusiones.

por otra parte, también resulta pertinente establecer una relación entre la situación delictiva actual y la posible aplicación de las figuras anteriormente referidas para observar si a escala federal existe la posi-bilidad de un desahogo efectivo del sistema. Es decir, de conformidad con los datos de incidencia delictiva, convendría detectar cuáles son los delitos más recurrentes y referir, en concordancia con el análisis

2 Ibidem.

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INTRODUCCIÓN 15

del Código penal Federal, si en éstos procede o pudiera proceder al-guna de las figuras procesales.

A su vez, puesto que el Código pretende homologar toda la norma procesal en cada una de las entidades federativas y en el Distrito Fe-deral, se realiza un estudio muestra de procedencia en 10 Estados y en la capital del país, que fueron elegidos —por su alto nivel de violencia o porque ya están funcionando bajo el sistema penal acusatorio— con la idea de establecer un primer panorama radiográfico de alcance local que arroje resultados pertinentes sobre la materia del presente estudio. Es importante aclarar que en el ámbito local sólo se trabajó con deli-tos graves o de alto impacto y con algún tipo penal que se encuentra íntimamente relacionado con tales tipos penales.

En tal sentido, este trabajo hace una primera aproximación para dar respuesta a las cuestiones aquí planteadas con la finalidad de crear bases sólidas de análisis sobre la norma adjetiva por aplicarse. De este modo, elabora un estudio preliminar por tipo penal contenido tanto en el Código penal Federal como en los Códigos estatales, también inten-ta aproximarse a la situación delictiva actual, tal y como las diversas estadísticas lo refieren, a fin de establecer la viabilidad y posible efec-tividad del nuevo sistema.

Es importante resaltar que el presente estudio requiere comple-mentarse con una investigación de largo alcance, pues para lograr un panorama certero que muestre las consecuencias de la aplicación del nuevo sistema a nivel federal y local es necesario analizar las 47 leyes federales que castigan los actos delictivos. A su vez, para obtener una relación sustancial estadística del total de delitos cometidos en los últimos años por tipo penal específico resulta pertinente contar con datos numéricos específicos que no están del todo disponibles.

por cuestiones de tiempo y limitaciones, este análisis constituye apenas una primera aproximación exploratoria que muestra resultados generales. En cuanto al ámbito federal, se abordan únicamente los tipos penales contenidos en el Código penal Federal, con los datos de incidencia delictiva de la procuraduría General de la República (Pgr) de 2012.

por lo que toca al estudio por entidad federativa, se hace un análi-sis de delitos de alto impacto (homicidio doloso, secuestro, extorsión, robo de vehículo y robo con violencia) en el cual se tienen en cuenta las agravantes, atenuantes y calificadas a fin de determinar las diversas

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punibilidades. A su vez, se observa la posibilidad de que alguno de los criterios procesales pudiera llegar a aplicarse de conformidad con los distintos tipos penales contenidos en los 11 códigos aquí analiza-dos, los cuales pertenecen a los estados de Baja California, Distrito Federal, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Guerrero, Estado de México, Michoacán, Tamaulipas, veracruz y zacatecas.

El presente estudio no constituye un trabajo de corte dogmático o crítico, sino que responde a un análisis específico que tiene relación con la situación social actual y los posibles cambios que pudieran de-sarrollarse a partir de la entrada en vigor del sistema acusatorio a nivel federal.

PlanteaMiento

Teniendo como punto de partida el proyecto de Código del procedi-miento penal para toda la República mexicana, se trata de realizar un estudio prospectivo por medio del cual se pueda dilucidar el impacto que la aplicación del nuevo sistema de justicia penal que tendrá en el ámbito federal y local, y en lo que toca a los delitos de alto impacto del fuero común. Lo anterior, a fin de crear un primer panorama que permita conocer los alcances de la reforma y, sobre todo, conocer las figuras procesales previstas para tal proyecto.

oBJetivos

Generales

• Realizar un análisis de impacto prospectivo sobre la aplicación del nuevo sistema de justicia penal a nivel federal y en delitos de alto impacto del fuero común en una muestra de 11 entidades federativas

Específicos

• Determinar qué tipos penales en específico pueden ser resueltos mediante vías alternas al juicio oral.

• Analizar los tipos penales más recurrentes a nivel federal, a par-tir de las estadísticas delictivas.

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INTRODUCCIÓN 17

• Determinar si los delitos recurrentes pueden resolverse mediante mecanismos alternativos al juicio oral.

• Establecer una primera valoración porcentual sobre las repercu-siones de la reforma en el ámbito federal.

Justificación

Si bien a nivel dogmático o normativo es claro que las soluciones alternativas al juicio oral parecen suponer una vía idónea que permite reducir los gastos públicos, lo cierto es que poco o nada se conoce so-bre la posible implementación de los 1) acuerdos reparatorios; 2) los criterios de oportunidad; 3) la suspensión condicional del proceso; 4) el proceso abreviado, y 5) el proceso simplificado (pues, ¿cuántos son los tipos penales que permiten tal solución?).

En relación con ello, habrá que referir qué tipo de delitos son recu-rrentes en todo el país y, de acuerdo con las atenuantes y agravantes, cuáles de ellos, siendo de alto impacto y del fuero común, pueden ser resueltos mediante vías alternativas al juicio oral.

En este sentido, el presente análisis permite ofrecer una respuesta general a ésta y otras interrogantes. A través de un estudio concreto de los tipos penales, la normativa propia del Código Setec y la estadísti-ca delictiva, se plantea una radiografía que muestra una panorámica general, de ahí su importancia.

Limitantes

para llevar a cabo un análisis de impacto prospectivo en el que se re-lacione la procedencia de la figura procesal con la incidencia delictiva resulta necesario conocer de manera concreta los tipos penales que las estadísticas de incidencia delictiva contienen. Esto se debe a que la figura procesal analizada funciona de manera específica en cada tipo penal; si no se conocen los tipos exactos, no es posible determinar de manera concreta el ámbito de aplicación o la posible procedencia en la situación social concreta.

A su vez, resulta necesario establecer los tipos penales más recurren-tes a nivel federal para observar si el análisis de un tipo en particular puede ser representativo de la situación social, según su permanencia

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histórica. por ello, tanto por la premura de la investigación como por la falta de acceso a datos específicos, no es posible realizar un estudio concreto y exhaustivo del ámbito de aplicación del nuevo sistema de acuerdo con la realidad social. Únicamente es posible referir un esti-mado porcentual que relaciona la procedencia de una figura con los grupos de delitos más recurrentes en el ámbito federal.

por lo que corresponde a los delitos del fuero común sólo se trabaja con una muestra de 10 entidades y el Distrito Federal.

Metodología

para la elaboración del estudio se toman como base el proyecto de Có-digo del procedimiento penal para la República mexicana, así como las estadísticas de incidencia delictiva de la procuraduría General de la República.

A partir de tal información, se lleva a cabo una investigación de índole exploratoria y transversal en la que recogen diversos datos es-tadísticos a fin de establecer una aproximación prospectiva del posible impacto, a reserva de las limitantes antes referidas.

A su vez, para determinar en materia normativa la posibilidad de procedencia de las figuras procesales aquí analizadas se preparó una base de datos en la cual se organizan los distintos delitos federales según su punibilidad, si se persiguen por oficio o por querella, y su clasificación como graves o no graves.3

Dicha figura se organiza de la siguiente manera:

3 Cabe hacer mención que para la elaboración de esta investigación se toma como base la metodología empleada en el libro Los delitos Federales en México. Prontua-rio, de Bernardino Esparza Martínez, de la editorial porrúa, México, 2013.

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INTRODUCCIÓN 19

Algunos artículos del Código penal Federal tienen en cuenta más de un tipo penal. Por ello, la figura, más que transcribir todos los artículos, separa la información legal por tipos penales. Así, la casi-lla Artículo se refiere al lugar donde se encuentra contenido el tipo penal.

La celda denominada Delito o tipo contiene las características de cada uno de los tipos penales del Código, mientras que la de Grave/No grave establece, de conformidad con las reglas del proyecto de Código, la clasificación del mismo.

La casilla Oficio/Querella refiere si la persecución del delito proce-de de oficio o mediante querella.

A su vez, la Sanción se divide en tres: privativa, pecuniaria y otras. Algunos tipos penales no prevén pena privativa de libertad, por lo cual, además de la pena pecuniaria y la privativa, prevé otras medidas como la destitución del cargo, la suspensión del derecho de tutela, el trabajo en favor de la comunidad, etcétera.

La Media aritmética se incluye porque resulta necesaria para deter-minar la procedencia de la suspensión del proceso.

una vez expuestas las generalidades de tipo, se determina la posibi-lidad de poner en operación cada una de las figuras analizadas. Así, las casillas se encuentran marcadas con ✓� o con �, con el fin de indicar la procedencia de la figura. Puesto que, como ya se aclaró, se trata de una primera aproximación exploratoria, únicamente se indica si procede o no, de tal manera que no se resumen las especificidades que sólo pueden observarse en un hecho delictivo determinado.

Es importante señalar que la figura está marcada con diversas no-menclaturas que refieren aspectos específicos de cada uno de los ru-bros. por ello, en el Anexo I hay una nomenclatura de abreviaturas que permiten referir el significado de las mismas.

Relativo al estudio de incidencia delictiva, en relación con la po-sibilidad de aplicación de las figuras procesales del Código, se toma-ron como base los datos estadísticos que a escala federal recopiló la Pgr. De éstos, únicamente se trabaja con aquellos referentes al Código penal Federal, los cuales suponen 55% del total de delitos federales ocurridos en 2012. A su vez, tal información porcentual se trabaja bajo las posibilidades que la misma permite, de conformidad con las limi-tantes del presente estudio.

Referente a los delitos de alto impacto del fuero común, se realizó la misma metodología para la elaboración de la figura. También se

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tomaron algunas estadísticas de la Setec respecto de la incidencia de tales delitos cometidos en las entidades federativas y el Distrito Fede-ral aquí estudiadas, con el objeto de relacionar la incidencia delictiva con la procedencia de las figuras.

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