ii cumbre de internacionalización: medidas adoptadas y conclusiones

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DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO E INVERSIONES II CUMBRE DE INTERNACIONALIZACIÓN Medidas adoptadas y conclusiones A lo largo del presente documento se recogen las propuestas de la II Cumbre de Internacionalización celebrada el 24 de Mayo de 2012, así como los avances y el estado actual de las actuaciones llevadas a cabo y las medidas implantadas para la consecución de los objetivos de las citadas propuestas

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DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO E INVERSIONES

II CUMBRE DE INTERNACIONALIZACIÓN

Medidas adoptadas y conclusiones

A lo largo del presente documento se recogen las propuestas de la II Cumbre de Internacionalización celebrada el 24 de Mayo de 2012, así como los avances y el estado actual de las actuaciones llevadas a cabo y las medidas implantadas para la consecución de los objetivos de las citadas propuestas

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II CUMBRE DE INTERNACIONALIZACIÓN – MEDIDAS ADOPTAD AS Y CONCLUSIONES

1. INTRODUCCIÓN

En Mayo de 2012 tuvo lugar en Madrid la II Cumbre de Internacionalización, organizada por el Club de Exportadores e Inversores Españoles, la Asociación de Marcas Renombradas Españolas y la Asociación Española de Directivos con un doble objetivo: subrayar el papel crucial que debe jugar el sector exterior en la superación de la crisis en la que la economía española se encuentra inmersa y resaltar la necesidad de que se instrumenten políticas que potencien la competitividad internacional de las empresas y del capital humano español, que afronten los problemas que sufren las empresas en su actividad exterior y que posibiliten el crecimiento de la actividad internacional empresarial.

En esta II Cumbre de Internacionalización se presentaron una serie de propuestas, todas ellas planteadas con el ánimo de favorecer de la competitividad exterior de las empresas españolas, enmarcadas en cuatro grandes áreas: medidas financieras, medidas fiscales, medidas comerciales y de imagen y, por último, capital humano y gestión del talento. Todas estas propuestas tenían en cuenta los condicionamientos presupuestarios del Gobierno e iban encaminadas tanto a la realización de cambios estructurales y modificaciones regulatorias, como a la adopción de pequeños ajustes en la aplicación de instrumentos existentes para mejorar su eficacia.

Con posterioridad a la II Cumbre de Internacionalización se crearon cuatro grupos de trabajo, uno por cada grupo de medidas, que en los últimos meses han desarrollado una labor de gestión, implantación y seguimiento de las medidas propuestas.

A lo largo del presente documento se recogen las propuestas de la II Cumbre así como los avances y el estado actual de las actuaciones llevadas a cabo y las medidas implantadas para la consecución de los objetivos de las citadas propuestas.

2. MEDIDAS FINANCIERAS

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Como consecuencia del credit crunch en que se encuentra inmersa la economía española, las medidas financieras propuestas en el marco de la II Cumbre de Internacionalización tenían como principal objetivo el establecimiento de mecanismos que permitiesen una recuperación de los créditos a la exportación de los bancos comerciales. Estas medidas, que fueron definidas en función del organismo al que afectan, han sido implementadas en su práctica totalidad:

a. Banco de España

En el ámbito del Banco de España se proponían dos actuaciones: en primer lugar, se solicitaba la aceptación de activos con cobertura CESCE como colateral para la emisión de cédulas de internacionalización.

Esta medida fue adoptada en el marco del Real Decre to-ley 20/2012 1 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestar ia y de fomento de la competitividad y se mejora y completa con la creaci ón de los Bonos de Internacionalización en el proyecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización .

En la actualidad, se encuentra en proceso el desarrollo reglamentario por parte de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, que se espera esté preparado coincidiendo con la aprobación de la Ley

Adicionalmente, se proponía que los activos con estructuras de créditos a la exportación cubiertos por un seguro de CESCE actuando por cuenta del Estado fueran descontables ante el Banco de España o el Banco Central Europeo.

Son las cédulas las que serán descontables ante el Banco de España y el Banco Central Europeo, por lo que se podrán usar co mo colateral si bien deberían ser colocables entre inversores privados.

b. CESCE

Las tres medidas propuestas en relación a CESCE se encuentran implementadas o en fase de implementación.

1 http://www.boe.es/boe/dias/2012/07/14/pdfs/BOE-A-2012-9364.pdf

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Por una parte, se han desarrollado las posibilidades de cobertura a través de CESCE, añadiendo al seguro emitido por CESCE la garantía a primera demanda, emitida igualmente por CESCE por cuenta del Estado, mediante el ya mencionado Real Decreto-ley 20/2012.

Además, se ha desarrollado la cobertura de CESCE en moneda local, permitiendo la financiación directa de operaciones también por parte de bancos filiales en el país deudor.

Finalmente, se está llevando a cabo una revisión del texto del condicionado de las pólizas de CESCE existentes, con el fin de adecuarlo a las nuevas necesidades de los mercados y la banca, promoviendo su efectiva utilización.

Por último, es importante subrayar que se continúa avanzando en el proceso de privatización de CESCE, que conlleva un cambio de la normativa que regula la cobertura del riesgo de int ernacionalización por cuenta del Estado. Este proceso, y el ajuste de la normativa relevante pretenden mejorar el funcionamiento de este instrum ento de apoyo a la internacionalización, partiendo de la elevada calid ad con que ha funcionado tradicionalmente el seguro de crédito a la exportación por cuenta del Estado .

c. Instituto de Crédito Oficial (ICO)

A través de la Línea ICO Exportadores 2013 2 y de la Línea ICO Internacional 2013 3 se hace frente a dos de las medidas demandadas en el ámbito del Instituto: el establecimiento de una línea de financiación para la operativa de financiación de exportaciones a través del ICO y la reactivación de la participación del Instituto como un banco más en financiaciones de crédito a la exportación a cualqu ier plazo, especialmente para aquellos casos en los que la sin dicación de una operación pueda ser complicada.

Otra de las medidas propuestas en el marco de la II Cumbre de Internacionalización consistía en establecer cauces para la compra a la banca, por parte del ICO, de cartera existente de operaciones con cobertura de CESCE, siempre que el banco vendedor se comprometa a inyectar esa liquidez al mercado vía nuevos créditos a la exportación. Si bien el ICO está poniendo

2 http://www.ico.es/webcomercial/portal/productos/adjuntos/LINEA_ICO_EXPORTADORES.pdf

3 http://www.ico.es/webcomercial/portal/productos/adjuntos/LxNEA_ICO_INTERNACIONAL_2013_15_01_.pdf

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en marcha varias líneas dedicadas a apoyar exportaciones y a financiar inversiones, como las ya mencionadas, la compra de cartera no está ahora mismo en su agenda.

En relación al Convenio de Ajuste Recíproco de Intereses, CARI, se proponía revisar su condicionado para que en un esquema de tipos fijos los bancos tuviesen la posibilidad de asegurar un margen superior al que venía siendo reconocido por el ICO. Esto ya es posible para refinanciaciones y para nuevas operaciones.

En el proyecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización se incluye una revisión del CA RI4 facilitando su

4 En su artículo 55: Convenio de Ajuste recíproco de Intereses (CARI).

1. Los créditos que concedan las entidades financieras, destinados a la financiación de la exportación de

bienes y servicios españoles, podrán ser ajustados en las condiciones y en la forma que

reglamentariamente se establezca a través del Instituto de Crédito Oficial mediante un convenio de

ajuste recíproco de intereses.

2. A los efectos señalados en el apartado anterior, se consideran entidades financieras las cooperativas

de crédito calificadas, las cajas de ahorro españolas, los bancos españoles, el Instituto de Crédito Oficial

y las entidades de crédito extranjeras.

3. El Ministerio de Economía y Competitividad deberá autorizar la formalización de estos convenios, o su

cesión, en el caso de los ya firmados. Cuando de la valoración de una contrapartida del ICO en el sistema

CARI puedan derivarse riesgos o incertidumbres adicionales para el citado sistema, la Secretaría de

Estado de Comercio podrá requerir a la entidad participante, como condición previa a la autorización del

convenio, o su cesión, la constitución de garantías que permitan cubrir dichos riesgos adicionales. En

todo caso la autorización tendrá carácter singular cuando sea el Instituto de Crédito Oficial quien

asimismo financie la operación de exportación.

4. El ajuste a que se refiere el apartado 1 de este artículo, cubrirá la diferencia entre el coste de mercado

de los recursos necesarios para financiar la operación de exportación y el producto que la entidad

financiera obtenga como consecuencia de la misma, más el margen porcentual anual sobre la cuantía

del préstamo. Reglamentariamente se establecerá el margen anual y el procedimiento para determinar

el coste de los recursos y el producto de la entidad financiera antes aludidos.

5. Para aquellas operaciones contratadas bajo el sistema Convenio de Ajuste Recíproco de Intereses

(CARI) que cuenten con una cobertura del seguro por cuenta del Estado de CESCE en un porcentaje

superior al 95%, los ajustes de intereses a favor del ICO que deriven de importes no abonados por el

deudor de un crédito y no cubiertos por el seguro de CESCE, podrán ser cancelados en el caso de que

hayan transcurrido más de 110 días desde la fecha en que se produjo el vencimiento y éste permanezca

impagado.

6. Anualmente, en la Ley de presupuestos Generales del Estado, se dotará al Ministerio de Economía y

Competitividad con el correspondiente crédito ampliable, para atender a las finalidades previstas en la

presente Ley. Igualmente, en los Presupuestos de ingresos y gastos del Instituto de Crédito Oficial se

establecerán los correspondientes conceptos presupuestarios para recoger las operaciones derivadas de

estos ajustes.

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gestión por parte del ICO y abriendo las puertas a una fijación de los márgenes más atractiva para los Bancos.

Respecto a la posibilidad de implementar liquidez específicamente en dólares estadounidenses, se reconoce que la carencia de dólares tiene ahora mismo difícil arreglo. No obstante, CESCE ofrece cobertura en moneda distinta al euro, pero hay poco crédito en otras monedas, por lo que no se puede considerar en ningún caso que sea el cuello de botella.

El proyecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores y s u Internacionalización también incorpora una serie de mejoras en la gestión del FIEM, que permitirán la aportación de r ecursos a fondos de inversión o de garantías, así como reforzar la gest ión del fondo con una más estrecha colaboración con CESCE y COFIDES.

Finalmente se consideraba aconsejable establecer líneas con empresas (PYMES) para facilitar emisiones de avales y garantías para suplir las carencias de la banca.

En este sentido está operativa la Línea ICO Garantí a SGR 2013, que permite solicitar préstamos a autónomos, y empresas domiciliadas en España o en el extranjero si tienen mayoría de capi tal español, siempre que cuenten con el aval de una SGR.

d. COFIDES

Las tres propuestas realizadas en la II Cumbre de I nternacionalización en relación a COFIDES han sido ya implementadas con éx ito.

Se ha ampliado el rango de operaciones financiables por parte de COFIDES al reducir a 75.000 euros el límite inferior y aumentar a 30 millones de euros el superior, tratando de que ninguna empresa con un proyecto de inversión viable se quede sin posibilidad de apoyo específico. Adicionalmente, se ha reforzado la posición de COFIDES como única entidad especializada en la financiación de inversiones españolas en el exterior, continuando el apoyo vía capital o cuasi-capital a PYMES y grandes empresas en el extranjero, con muy buenos resultados, e impulsado líneas de colaboración y gestión compartida para los

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fondos disponibles en FIEM y en FONPRODE en aquellos casos en los que tengan como finalidad la financiación de inversiones españolas en el exterior.

El proyecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización profundiza en la flexibilización de los criterios de inversión de COFIDES y FIEX, permitiendo explícitamente la participación en fondos de inversión cuyo objetivo sea favorecer la internacionalización de empresas españolas.

e. Organismos multilaterales

El proyecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores y s u Internacionalización incorpora dos artículos (56 y 57) que explícitamente establecen el objetivo de aumentar la participación de empresas españolas en los proyectos financiados por las Inst ituciones Financieras Internacionales y los instrumentos de ayuda externa de la Unión Europea.

3. MEDIDAS FISCALES

En la II Cumbre de Internacionalización se quiso hacer hincapié en una serie de medidas ligadas con la fiscalidad que, sin reducir la recaudación, podrían mejorar el clima para la internacionalización de las empresas españolas. Los objetivos últimos de las diferentes medidas propuestas pasaban por evitar que el factor tributario reste competitividad y dificulte la internacionalización, promocionar la imagen país, evitar la doble imposición en países de destino de la inversión española y favorecer las uniones entre empresas españolas y extranjeras.

En consecuencia, desde el grupo de trabajo de medidas fiscales, se propusieron al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas una serie de medidas concretas, que hacían referencia a diferentes cuestiones relacionadas con el impulso de la internacionalización de la empresa española:

a. En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades se propusieron las siguientes modificaciones o adiciones al texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS):

i. Deducción por la contratación de personal con la cualificación técnica necesaria para el departamento de comercio exterior o internacionalización de la empresa (adición de un artículo 40 bis al TRLIS).

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ii. Deducción por lanzamiento de productos, apertura y prospección de mercados en extranjero, gastos para la participación en ferias comerciales, y por formación para las PYME (adición de un artículo 37 al TRLIS).

iii. Ampliación del ámbito objetivo de la reducción de ingresos procedentes de determinados activos intangibles (modificación del artículo 23 del TRLIS).

iv. Deducción destinada a fomentar las aportaciones a los fondos de entidades de capital riesgo establecidos con el fin de promover la internacionalización de las PYME (adición de un artículo 36 bis al TRLIS).

v. Incentivos a la creación de sistemas de colaboración entre empresas españolas y extranjeras con el objetivo principal de desarrollar conjuntamente procesos de internacionalización y aumentar la competitividad de las empresas españolas (modificación del artículo 48.2 del TRLIS).

b. Relacionadas con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se ha tratado de adicionar o modificar determinados artículos de la Ley del IRPF (LIRPF). Más específicamente, se propuso:

i. Regulación de un régimen especial para trabajadores expatriados que gocen de una especial cualificación (adición de un artículo 93 bis a la LIRPF).

ii. Favorecer la internacionalización de las empresas mediante un tratamiento fiscal favorable a la movilidad internacional de trabajadores (modificación del artículo 7. letra p), de la LIRPF).

c. Finalmente, en el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido se propuso la reducción de la carga fiscal de los servicios prestados por empresas españolas a clientes no establecidos en la Unión Europea (a través de la supresión del artículo 70.dos de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, BOE de 29 de diciembre).

No obstante, tanto por razones económicas como por dificultades de compatibilidad con el derecho comunitario, no han s ido finalmente incluidas en el proyecto de Ley de Apoyo a los Empr endedores y su Internacionalización .

4. MEDIDAS COMERCIALES Y DE IMAGEN

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Entre los principios rectores de las recomendaciones de la II Cumbre de Internacionalización en lo referente a medidas comerciales y de imagen destacan:

• Redirección de los instrumentos de apoyo hacia las necesidades concretas de la empresa, frente a la tradicional promoción sectorial o genérica.

• Definición amplia del concepto de “interés”, incorporando conceptos de outsourcing, offshoring, innovación y servicios, entre otros.

• Potenciación del servicio exterior de apoyo a la internacionalización, introduciendo técnicas modernas de gestión de recursos humanos y sistemas de evaluación y control de eficiencia de los programas, y modernización del marco institucional hacia conceptos de ventanilla única y modelos avanzados de PPP.

• Apoyos a la empresa, en particular a la PYME, con particular énfasis en la consolidación del tamaño necesario para exportar y en la adquisición de activos intangibles como el capital humano, tecnológico y comercial o el valor de marca de la empresa exportadora.

En gran medida, los principios propuestos por la II Cumbre para la reorientación de las políticas de promoción en cues tiones comerciales y de imagen han sido recogidos por las instituciones competentes en la materia en la reorganización de sus instrumentos y en sus nuevas actuaciones, y particularmente por ICEX España Expo rtación e Inversiones como entidad destinataria de la mayor p arte de las propuestas. La restricción presupuestaria impide, n o obstante, el desarrollo de alguna de las medidas propuestas.

Las medidas específicas que se proponen para la consecución de los objetivos expuestos y el seguimiento reciente de las mismas por parte del sector público se resumen a continuación:

a. Potenciación de los programas de iniciación y desar rollo de la exportación .

• ICEX-NEXT es el nuevo programa de apoyo al proceso de internacionalización, continuación del extinto programa PIPE5. El

5 Actualmente el PIPE solamente está en vigor para las empresas que han entrado en el Programa hasta

el año 2011

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programa responde a la necesidad de no dependencia de las posibilidades presupuestarias de las instituciones previamente financiadoras del programa, a la ampliación de conceptos elegibles para el apoyo, al aseguramiento de un alto nivel de cofinanciación por parte de la empresa y a la utilización de consultoría especializada externa para la labor de internacionalización de la pyme adherida al programa.

• Por otra parte, el nuevo programa ICEX-Integra tiene como principal objetivo aumentar el número de empresas españolas que proveen sus productos y servicios a otras empresas españolas adjudicatarias de proyectos en el exterior. Se pretende así facilitar la labor de arrastre de la oferta exportadora de las grandes empresas a las pequeñas y medianas empresas españolas; así, el programa apunta en este sentido a la vertebración de la PYME en las cadenas de valor de las grandes empresas exportadoras como otro instrumento esencial de promoción “indirecta” de la internacionalización de la PYME.

b. Creación de plataformas de internacionalización en destino . • La propuesta de fomento de clusters de intereses compartidos en

destino es viable en la medida en que no suponga apoyos financieros directos a la constitución de los mismos.

• La política de apoyo a los consorcios es objeto de revisión por parte de ICEX, aunque es altamente dependiente de la disponibilidad presupuestaria para apoyar planes de empresa, inexistente en el corto plazo.

• Recientemente se ha puesto en marcha por parte de ICEX el programa ICEX Sourcing, diseñado para proporcionar a las empresas extranjeras contactos de empresas españolas que puedan satisfacer sus necesidades. La finalidad de este servicio es resolver de manera personalizada y directa las solicitudes recibidas en las Oficinas Comerciales, de manera que puedan proporcionar a las empresas españolas nuevas oportunidades de exportación en esos mercados.

c. Intensificación de servicios en destino . El programa de servicios personalizados va en esta dirección desde su lanzamiento y se ha reforzado recientemente mediante la creación de una bolsa de presupuesto para poder subcontratar determinadas actividades para la prestación de estos servicios. Otras iniciativas de acercamiento a las necesidades en destino de la empresa y de son los nuevos programas

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de ICEX-Gran distribución o los puentes tecnológicos de start-ups exportadoras.

d. Potenciación de la imagen país . El pasado año se creó el Alto Comisionado de la Marca España, presentándose de su web y habiéndose aprobado recientemente su Plan Anual 2013 y encontrándose ya en fase de preparación el Plan Anual 2014.

e. Nuevo enfoque de los sistemas de información adecuá ndolo a las necesidades de la empresa .

• El proyecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización establece, en su artículo 51.2, que el ICEX canalizará las consultas, solicitudes, iniciativas o demandas de las empresas o instituciones interesadas en conocer o acceder a los instrumentos de apoyo relacionados con la internacionalización. Ello implica que el ICEX pasa a tener la consideración de ventanilla única en aquellos aspectos relacionados con la internacionalización.

• Por otra parte, se ha aprobado una Estrategia de Seguridad Nacional que incluiría dentro de una de sus líneas de acción estratégica el sistema de inteligencia económica.

f. Apoyo a las Marcas de Alto Potencial Internacional (MAPI). Ante la imposibilidad, por falta de recursos, de apoyar nuevos programas, ICEX colaborará con el Foro de Marcas Renombradas Españolas en la identificación de empresas susceptibles de refuerzo de su política marquista.

g. Protección de la propiedad industrial .

• Los IPRs se han incluido como gastos elegibles en los programas de apoyo (planes de empresa e ICEX Next).

• Además, en la reorganización de ICEX se ha creado una división de tecnología para la búsqueda de soluciones para las empresas innovadoras.

• Finalmente, la línea de ayuda del CDTI Innternacionaliza tiene por objeto potenciar la explotación internacional de los resultados de las actividades de I+D realizadas por las empresas españolas. Entre los conceptos financiables destaca especialmente la internacionalización de la propiedad industrial, que incluye aspectos como los costes previos a la concesión del derecho en

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la primera jurisdicción o los costes de defensa de la validez del derecho.

h. Reforma de los planes de empresa y racionalización del gasto en

promoción sectorial . • ICEX ha puesto en marcha esta racionalización, muy complicada

por el papel de las asociaciones de exportadores y la CEOE, introduciendo elementos de temporalidad de la ayuda, reduciendo los porcentajes de apoyo al gasto de promoción financiable de los planes sectoriales y limitando la financiación y las comisiones de gestión en actividades de agrupación en ferias.

• Respecto a los planes de empresa, se ha reformado el sistema hacia un plan integral único (junto a un segundo plan de apoyo a la participación en licitaciones) que dependerá de la disponibilidad presupuestaria.

i. Adaptación de los Planes Integrales de Desarrollo d e Mercado

(PIDM) a las necesidades de las empresas . Se ha definido una nueva lista de países prioritarios (Australia, Indonesia, Singapur y Sudáfrica) por parte de la SEC respecto a los cuales, junto a los PIDM originales, se están desarrollando actuaciones y programas específicos que además tendrán en cuenta las necesidades específicas de las empresas. Los PIDM ajustados pasarán a ser incorporados en su momento al Plan Estratégico de Internacionalización previsto en el proyecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización.

j. Participación de las empresas en los programas de c ooperación . • El anteproyecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores y su

Internacionalización dispone, en su artículo 47.1 que la dimensión internacional de la economía española […] se extiende asimismo a la acción económica institucional en foros bilaterales y multilaterales y a las acciones de fomento de la inversión extranjera en España y de España en el Exterior.

• En este ámbito, la AECID comparte el objetivo de una mayor participación de las empresas en los programas de cooperación, si bien apunta la dificultad de alcanzar este objetivo en el corto plazo en un contexto dominado por la necesidad de reorganización derivada de la reducción presupuestaria a la que ha tenido que enfrentarse en los últimos ejercicios.

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k. Participación del sector privado en los organismos públicos de promoción de la internacionalización . El Comité de Orientación Estratégica de ICEX recoge esta recomendación.

l. Extensión de los programas de CECO en materia de internacionalización . Se espera que la integración del CECO en ICEX genere sinergias en este sentido y favorezca dicha extensión.

5. CAPITAL HUMANO Y GESTIÓN DEL TALENTO

Las recomendaciones recogidas bajo esta rúbrica pueden agruparse en tres grandes grupos: aquellas en el ámbito del sistema educativo, las referidas a la gestión empresarial y, finalmente, aquellas relacionadas con la mejora de los procesos administrativos. Todas ellas se centran en los factores que pueden contribuir a que los españoles puedan tener un papel más relevante en el proceso de internacionalización. En el presente documento se recogen los avances experimentados en el marco del sistema educativo y en el de la mejora de los procesos administrativos6.

a. Sistema Educativo

Tal y como se señala en el documento de propuestas de la II Cumbre de Internacionalización, en el ámbito del sistema educativo no sólo se necesita una especialización en materia internacional en cuanto a la configuración curricular, sino también en materia de cultura de internacionalización desde edades tempranas y aprendizaje de idiomas. Los jóvenes no solo tienen que desarrollar competencias, sino también valores relacionados con la experiencia internacional. También es una imperiosa necesidad que los jóvenes, tras el paso por el sistema educativo, hayan alcanzado el nivel de inglés que les permita trabajar en la mayor parte de los mercados.

En este ámbito, dentro del primer grupo de recomendaciones, se destaca la necesidad de fomentar el aprendizaje del inglés a todos los niveles. El “Informe de Evaluación del Programa de Educación Bilingüe en España”, de 2010, evalúa positivamente el programa desde su inicio a nivel estatal (1996), si bien solamente se centra en los resultados de este programa y no realiza comparaciones con otros programas internacionales. Lo que se puede concluir es que, si bien el fomento del aprendizaje del inglés a todos los niveles

6 Por el ámbito estrictamente privado de las recomendaciones referidas a la gestión empresarial, estas

no son tratadas aquí.

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educativos en España puede ser mejorable, desde que se inició este programa existe una sensibilidad de la Administración por solventar este problema. La exigencia de elevar el nivel de inglés a través del sistema educativo requiere unos recursos humanos, técnicos y una cultura social que admita que esto sea posible mediante una reforma educativa7.

Cabe destacar la existencia el programa That´s Engl ish, de la Escuela Oficial de Idiomas. Este programa se inició en 1992 en colaboración con la Oxford University y es el único programa oficial español homogéneo en estos momentos para todo el Estado, salvo la Com unidad de Murcia y Cataluña, que parece estar creando su programa prop io. Es un programa a distancia, si bien los alumnos tienen que estar m atriculados en un Centro de la Escuela Oficial en su Comunidad Autóno ma.

No obstante, es destacable el hecho de que no cuentan prácticamente con demanda de colectivos de empresa, a pesar de que se les podría ofrecer ciertas facilidades administrativas. En este sentido, si bien resulta indispensable mejorar el nivel de inglés antes del comienzo de la vida laboral, es también muy necesario y quizás más urgente en la coyuntura actual, inculcar a través de las empresas la necesidad de aprender inglés en la sociedad española. Este programa podría asegurar el alcanzar un nivel intermedio-avanzado, y las empresas buscar alternativas para los niveles altos (negociación, presentaciones en inglés, etc.,). La ventaja del programa That´s English es su bajo coste. Además, se considera que se podría elevar el nivel de enseñanza con una colaboración público – privada en la materia.

Lo que se ha descrito para el inglés es válido también para la introducción de contenidos de internacionalización en distintas car reras universitarias . Son las Universidades las que deben fomentarlo y las empresas las que debieran solicitarlo8.

En este ámbito merece la pena destacar la existencia de programas de prácticas en el extranjero, aunque quizás sean insuficientes, en el marco de la Unión Europea . Sin embargo, pretender enviar a recién licenciados al extranjero a trabajar depende de que existan acuerd os bilaterales firmados por la Unión Europea y, si no los hay, de las leyes de inmigración del país de destino , que difieren mucho y no se tiene posibilidad 7 Que, en cualquier caso sería competencia del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

8 No obstante, todo parece indicar que, salvo que se desarrolle un sistema de aprendizaje on – line

masivo y que las Universidades no se pongan de acuerdo en determinados contenidos básicos, no se

podrán introducir estas materias de forma generalizada.

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de modificar. Esto también es aplicable a que los cónyuges puedan trabajar en el extranjero.

b. Mejora procesos administrativos y de las actuaci ones para la internacionalización de profesionales españoles

En relación a este objetivo destacan las medidas in cluidas en el proyecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacio nalización.

En concreto, la Sección 2ª (“Movilidad Internacional”) del Título V de dicho proyecto, tiene por objeto regular un nuevo marco específico y especializado sobre inmigración cualificada para favorecer así la movilidad internacional de profesionales y directivos y atraer inversión extranjera, en aras de mejorar la competitividad y la capacidad de innovación de nuestras empresas. Es decir, dota de prisma económico a la regulación de la entrada de extranjeros en España, incluyendo el sector de las telecomunicaciones y sociedad de la Información.

En este sentido, se establece un nuevo marco jurídico de visados o permisos de residencia para una serie de categorías relacionadas con dicho objetivo:

• Inversores de cuantía económica significativa o de interés general • Emprendedores en una actividad de carácter innovador con especial

interés económico • Profesionales altamente cualificados y • Extranjeros que se desplacen a España en el marco de una relación

laboral, profesional o por motivos de formación profesional, por una duración igual a la del traslado.

Por tanto, las empresas del sector de las telecomunicaciones y de la sociedad de la información estarían beneficiadas de estas medidas ya que afecta a los traslados intraempresa, así como a personas altamente cualificadas.

Además, este nuevo marco jurídico viene acompañado de una simplificación y agilización de la tramitación del permiso de residencia ya que se efectuarán a través de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE), perteneciente a la Dirección General de Migraciones. El plazo máximo de resolución de las tramitaciones será de veinte días desde la presentación de la solicitud.

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El proyecto de Ley también contempla que la tramitación de la autorización de residencia de los familiares (cónyuges e hijos menores de 18 años) se realice de forma simultánea (artículo 58).

6. CONCLUSIONES

En definitiva, se puede afirmar que muchos de los principales objetivos y medidas planteadas a raíz de la II Cumbre de Intern acionalización se han cubierto de manera general, con determinadas excepc iones, principalmente en materia fiscal, justificadas esen cialmente por cuestiones presupuestarias.

No obstante lo anterior, es importante ser conscientes de que queda trabajo por hacer. El apoyo a las empresas españolas en su proceso de internacionalización, tan necesario en una coyuntura económica como la actual, constituye y debe seguir constituyendo uno de los ejes fundamentales de la política económica de cualquier gobierno. Por ello, y dado el éxito de las dos Cumbres de Internacionalización que hasta la fecha se han celebrado, se puede concluir que contar con un foro de diálogo, debate y cooperación como la Cumbre de Internacionalización es, no sólo deseable, sino también profundamente útil y constructivo.