Í n d i c e administraciÓn pÚblica de la...

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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México VIGÉSIMA ÉPOCA 11 DE DICIEMBRE DE 2017 No. 216 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Delegación Cuauhtémoc Acuerdo por el que se declaran y dan a conocer los días que se suspenderán la Atención, Trámites, Servicios y Procedimientos que se realizan en la Dirección General Jurídica y de Gobierno 4 Delegación Xochimilco Acuerdo por el que se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los Establecimientos Mercantiles ubicados dentro del perímetro que comprende el barrio de San Estaban de la Delegación Xochimilco, durante los días indicados 5 Acuerdo por el que se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los Establecimientos Mercantiles ubicados dentro del perímetro que comprende el Barrio de Belem de la Delegación Xochimilco, durante los días indicados 7 Instituto para la Seguridad de las Construcciones Acuerdo modificatorio mediante el cual se determina un periodo de días hábiles para el año dos mil diecisiete, para efectos de los Actos y Procedimientos competencia de la Unidad de Transparencia del Instituto para la Seguridad de las Construcciones en el Distrito Federal 9 Escuela de Administración Pública Aviso por el cual se da a conocer el Reglamento General Académico de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal mediante la dirección electrónica donde podrá consultarse 11 Continúa en la Pág. 2

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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México

VIGÉSIMA ÉPOCA 11 DE DICIEMBRE DE 2017 No. 216

Í N D I C E

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Delegación Cuauhtémoc

Acuerdo por el que se declaran y dan a conocer los días que se suspenderán la Atención, Trámites, Servicios y

Procedimientos que se realizan en la Dirección General Jurídica y de Gobierno 4

Delegación Xochimilco

Acuerdo por el que se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus

graduaciones en los Establecimientos Mercantiles ubicados dentro del perímetro que comprende el barrio de San

Estaban de la Delegación Xochimilco, durante los días indicados 5

Acuerdo por el que se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus

graduaciones en los Establecimientos Mercantiles ubicados dentro del perímetro que comprende el Barrio de

Belem de la Delegación Xochimilco, durante los días indicados 7

Instituto para la Seguridad de las Construcciones

Acuerdo modificatorio mediante el cual se determina un periodo de días hábiles para el año dos mil diecisiete,

para efectos de los Actos y Procedimientos competencia de la Unidad de Transparencia del Instituto para la

Seguridad de las Construcciones en el Distrito Federal 9

Escuela de Administración Pública

Aviso por el cual se da a conocer el Reglamento General Académico de la Escuela de Administración Pública del

Distrito Federal mediante la dirección electrónica donde podrá consultarse 11

Continúa en la Pág. 2

2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de Diciembre de 2017

Índice

Viene de la Pág. 1

Instituto Local de la Infraestructura Física Educativa de la Ciudad de México

Aviso por el cual se da a conocer la segunda adición al Programa Anual de Obra Pública 2017, publicado en la

Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el día 26 de octubre de 2017 12

Instituto Electoral de la Ciudad de México

Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, por el que se determinan los Topes

de Gastos de Precampaña para la Jefatura de Gobierno, las Diputaciones del Congreso Local y las Alcaldías, en el

Proceso Electoral Ordinario 2017-2018 13

Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

Acuerdo tomado en Sesión Plenaria de fecha veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete 25

Aviso por el cual el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México da a conocer los días inhábiles

para el año 2018 26

Tribunal Unitario Agrario

Acuerdo 3/2017 del Tribunal Unitario Agrario, Distrito 8, con sede en Ciudad de México, relativo a cambio de

domicilio 27

CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS

Sistema de Transporte Colectivo.- Aviso de Fallo de diversas Licitaciones Públicas 28

Sistema de Movilidad 1.- Licitaciones Públicas Números SM1/LP-004/17 a SM1/LP-006/17.- Convocatoria No.

E-003/17.- Enajenación de bienes 31

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.- Licitaciones Públicas Nacionales Números

TSJCDMX/LPN-007/2018 y TSJCDMX/LPN-008/2018.- Convocatoria 008/2017.- Adquisición de vales de

despensa (tarjeta electrónica) y servicio de mantenimiento preventivo y correctivo a la infraestructura de audio y

video de salas orales 33

Aviso 35

11 de Diciembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3

4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de Diciembre de 2017

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Delegación Cuauhtémoc

Acuerdo por el que se declaran y dan a conocer los días que se suspenderán la atención, trámites, servicios y procedimientos

que se realizan en la Dirección General Jurídica y de Gobierno.

Dr. Ricardo Monreal Ávila, Jefe Delegacional del Órgano Político Administrativo en Cuauhtémoc, con fundamento en los

artículos 87, párrafo tercero, 104, 105 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, párrafo tercero, 3 fracción

III, 7, 10, fracción VI, 11 párrafo séptimo, 38, 39, fracción XIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del

Distrito Federal; y 1, 120, 121, 122, fracción I, 122 bis, fracción VI inciso a), 123, fracciones I y XIV y 124 fracciones III,

XX y XXVII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito federal; 11, 71 fracción ix, 73 y 74 de la ley

de procedimiento administrativo del distrito federal

Federal y demás aplicables en la Ciudad de México.

Considerando

Derivado del sismo ocurrido el día diecinueve de septiembre del año en curso, se realizará una remodelación en el Edificio

Delegacional, debido a las observaciones hechas por la Dirección de Protección Civil para eficientar y mejorar la ciudadana

y mantener al público en las mejores condiciones de seguridad.

Que la suspensión de términos en las dependencias, delegaciones y órganos desconcentrados se lleva a cabo de conformidad

con la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal hoy Ciudad de México, deben hacerse del conocimiento

público mediante el acuerdo que para tal efecto se publique en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, he tenido a bien

expedir el siguiente.

Acuerdo por el que se declaran y dan a conocer los días que se suspenderán la atención, trámites, servicios y procedimientos

que se realizan en la Dirección General Jurídica y de Gobierno.

Único.- Los días 4, 5, 6, 7, 8, 11, 12, 13, 14 y 15 de diciembre de 2017, se declaran inhábiles para la atención, trámites,

servicios y procedimientos de la Dirección General Jurídica y de Gobierno, así como los que ingresan por Ventanilla Única

Delegacional y en el Centro de Servicios y Atención Ciudadana vinculados con la Dirección General Jurídica y de

Gobierno, del Órgano Político Administrativo en Cuauhtémoc, como consecuencia de lo anterior y para efectos legales o

administrativos en el cómputo de los términos, no deberán contarse como hábiles los días citados en el párrafo precedente.

Transitorios.

Primero.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México.

Segundo.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Gobierno de la Ciudad México, como lo prevé el artículo 11 de la Ley de

Procedimiento Administrativo del Distrito Federal hoy Ciudad de México. Delegacional del Órgano Político Administrativo

en Cuauhtémoc, Dr. Ricardo Monreal Ávila.

(Firma)

Dr. Ricardo Monreal Ávila

Jefe Delegacional del Órgano Político

Administrativo en Cuauhtémoc

01 de diciembre de 2017

11 de Diciembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5

DELEGACIÓN XOCHIMILCO

ACUERDO POR EL QUE SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENDER BEBIDAS

ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS GRADUACIONES EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES

UBICADOS DENTRO DEL PERÍMETRO QUE COMPRENDE EL BARRIO DE SAN ESTABAN DE LA

DELEGACIÓN XOCHIMILCO, DURANTE LOS DÍAS INDICADOS.

Avelino Méndez Rangel, Jefe Delegacional en Xochimilco, en ejercicio de la facultad que me confiere el “Acuerdo por el

que se delega en los Titulares de los Órganos Políticos Administrativos la facultad de ordenar mediante acuerdos generales,

la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles

ubicados en el territorio de sus respectivas demarcaciones territoriales”, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México, el día 23 de junio de 2016, el artículo 5º, fracción II, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito

Federal, el artículo 55-TER, fracción VI, de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal, con

fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 12 fracción III, 87 párrafo primero y tercero, 104, 105 y 117 del Estatuto de

Gobierno del Distrito Federal; artículos 1, 2 párrafo tercero y 3 fracción III, 10 fracción I, 11 párrafo primero y segundo, 36,

37, 38, 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 1 párrafo segundo, 3

fracción III, y 120 y 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y

C O N S I D E R A N D O

Que la Administración Pública de la Ciudad de México, cuenta con Órganos Político-Administrativos desconcentrados en

cada demarcación territorial, con autonomía funcional en acciones de gobierno.

Que los Titulares de los Órganos Político-Administrativos, pueden suscribir los contratos y demás actos jurídicos relativos

al ejercicio de sus atribuciones, así como aquellos que le sean señalados por delegación o les correspondan por suplencia,

delegados por el Jefe de Gobierno.

Que es facultad del Jefe de Gobierno instrumentar acciones tendientes a simplificar los procedimientos administrativos que

realizan las diferentes áreas de la Administración Pública Local, a fin de cumplir de manera ágil y oportuna las atribuciones

y obligaciones que le corresponden.

Que con fecha 23 de junio de 2016, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el “Acuerdo por el que se

delega en los Titulares de los Órganos Políticos Administrativos la facultad de ordenar mediante acuerdos generales, la

suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles

ubicados en el territorio de sus respectivas demarcaciones territoriales.”

Que de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, y el Acuerdo

Delegatorio antes citado, el Jefe Delegacional en Xochimilco tiene la facultad para ordenar mediante Acuerdo, la

suspensión de actividades en los establecimientos mercantiles, que operen alguno de los giros que requieran Aviso o

Permiso para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles, en fechas u horas determinadas, con el objeto de que no

se altere el orden y la seguridad pública.

Que de conformidad con lo dispuesto por la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal queda

estrictamente prohibida la venta de cualquier tipo de bebida alcohólica, así como de bebidas en general en envase de vidrio,

o en envases similares en la feria a las que se refiere este artículo.

Que las actividades relacionadas con la venta de bebidas alcohólicas en los establecimientos mercantiles al ser de alto

impacto social, podrían traer consecuencias negativas para la seguridad pública, si se desarrollan en días en los que con

motivo de festividades populares tradicionales existen grandes concentraciones de personas.

Que mediante oficio XOCH13/203/2307/2017, firmado por el Director de Gobierno, se informa que se llevará a cabo la

celebración de la Fiesta Patronal del Barrio de San Esteban el día 26 de Diciembre del 2017, en el Barrio de San Esteban de

la Delegación Xochimilco, por lo que en prevención de posibles actos que pudieran trastornar dicho evento y con el fin de

salvaguardar la seguridad e integridad física de participantes y público en general, he tenido a bien expedir el siguiente:

6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de Diciembre de 2017

ACUERDO

PRIMERO.- Se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, de las 00:00

horas a las 24:00 horas durante el día 26 de Diciembre del 2017, en los establecimientos mercantiles ubicados dentro del

perímetro que comprende las calles Canal, Av. Nuevo León, Cda. Orquídea, Canal Seco, Josefa Ortiz de Domínguez y Cda.

Dalia del Barrio de San Esteban en la Delegación Xochimilco, que operen como vinaterías, tiendas de abarrotes,

supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales, y en cualquier

otro establecimiento mercantil similar, en el que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen

temporalmente con motivo de las ferias, festividades y tradiciones populares en la vía pública; así como en los

establecimientos mercantiles con giro de impacto vecinal previstos en el artículo 19, fracciones II y III, de la Ley de

Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, siendo restaurantes y establecimientos de hospedaje, así como cantinas,

pulquerías, bares, cervecerías, peñas, cabarets, centros nocturnos, discotecas, salones de baile, salas de cine con venta de

bebidas alcohólicas, fondas y cualquier otro similar, en el que se expendan o consuman bebidas alcohólicas de cualquier

graduación, o que se instalen temporalmente con motivo de esa festividad en la vía pública.

SEGUNDO.- Queda prohibido dentro del perímetro que comprende el Barrio de San Esteban en la Delegación Xochimilco,

en las fecha señalada, la venta y expendio gratuito de bebidas alcohólicas en el interior de ferias, romerías, kermeses,

festejos populares y otros lugares en que se presenten eventos similares.

TERCERO.- Las violaciones al presente Acuerdo serán sancionadas de conformidad con las disposiciones de la Ley de

Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- La presente convocatoria entrará en vigor el mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México.

SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y a través de la Delegación Xochimilco, en un diario

de circulación nacional.

Ciudad de México al trigésimo día del mes de septiembre de 2017.

ATENTAMENTE

JEFE DELEGACIONAL EN XOCHIMILCO

Con fundamento en el artículo 25 del Reglamento

Interior de la Administración Pública del Distrito

Federal por ausencia del Jefe Delegacional en

Xochimilco firma el Director General Jurídico y de

Gobierno.

AVELINO MÉNDEZ RANGEL

(Firma)

LIC. GUSTAVO ALONSO CABRERA

RODRÍGUEZ

11 de Diciembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7

DELEGACIÓN XOCHIMILCO

ACUERDO POR EL QUE SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENDER BEBIDAS

ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS GRADUACIONES EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES

UBICADOS DENTRO DEL PERÍMETRO QUE COMPRENDE EL BARRIO DE BELEM DE LA DELEGACIÓN

XOCHIMILCO, DURANTE LOS DÍAS INDICADOS.

Avelino Méndez Rangel, Jefe Delegacional en Xochimilco, en ejercicio de la facultad que me confiere el “Acuerdo por el

que se delega en los Titulares de los Órganos Políticos Administrativos la facultad de ordenar mediante acuerdos generales,

la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles

ubicados en el territorio de sus respectivas demarcaciones territoriales”, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México, el día 23 de junio de 2016, el artículo 5º, fracción II, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito

Federal, el artículo 55-TER, fracción VI, de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal, con

fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 12 fracción III, 87 párrafo primero y tercero, 104, 105 y 117 del Estatuto de

Gobierno del Distrito Federal; artículos 1, 2 párrafo tercero y 3 fracción III, 10 fracción I, 11 párrafo primero y segundo, 36,

37, 38, 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 1 párrafo segundo, 3

fracción III, y 120 y 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y

C O N S I D E R A N D O

Que la Administración Pública de la Ciudad de México, cuenta con Órganos Político-Administrativos desconcentrados en

cada demarcación territorial, con autonomía funcional en acciones de gobierno.

Que los Titulares de los Órganos Político-Administrativos, pueden suscribir los contratos y demás actos jurídicos relativos

al ejercicio de sus atribuciones, así como aquellos que le sean señalados por delegación o les correspondan por suplencia,

delegados por el Jefe de Gobierno.

Que es facultad del Jefe de Gobierno instrumentar acciones tendientes a simplificar los procedimientos administrativos que

realizan las diferentes áreas de la Administración Pública Local, a fin de cumplir de manera ágil y oportuna las atribuciones

y obligaciones que le corresponden.

Que con fecha 23 de junio de 2016, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el “Acuerdo por el que se

delega en los Titulares de los Órganos Políticos Administrativos la facultad de ordenar mediante acuerdos generales, la

suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles

ubicados en el territorio de sus respectivas demarcaciones territoriales.”

Que de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, y el Acuerdo

Delegatorio antes citado, el Jefe Delegacional en Xochimilco tiene la facultad para ordenar mediante Acuerdo, la

suspensión de actividades en los establecimientos mercantiles, que operen alguno de los giros que requieran Aviso o

Permiso para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles, en fechas u horas determinadas, con el objeto de que no

se altere el orden y la seguridad pública.

Que de conformidad con lo dispuesto por la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal queda

estrictamente prohibida la venta de cualquier tipo de bebida alcohólica, así como de bebidas en general en envase de vidrio,

o en envases similares en la feria a las que se refiere este artículo.

Que las actividades relacionadas con la venta de bebidas alcohólicas en los establecimientos mercantiles al ser de alto

impacto social, podrían traer consecuencias negativas para la seguridad pública, si se desarrollan en días en los que con

motivo de festividades populares tradicionales existen grandes concentraciones de personas.

Que mediante oficio XOCH13/203/2307/2017, firmado por el Director de Gobierno, se informa que se llevará a cabo la

celebración de la Fiesta Patronal del Barrio de Belem el día 25 de Diciembre del 2017, en el Barrio de Belem de la

Delegación Xochimilco, por lo que en prevención de posibles actos que pudieran trastornar dicho evento y con el fin de

salvaguardar la seguridad e integridad física de participantes y público en general, he tenido a bien expedir el siguiente:

8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de Diciembre de 2017

ACUERDO

PRIMERO.- Se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, de las 00:00

horas a las 24:00 horas durante el día 25 de Diciembre del 2017, en los establecimientos mercantiles ubicados dentro del

perímetro que comprende las calles de Av. 16 de Septiembre, Francisco I. Madero, Violeta y Canal de Circunvalación del

Barrio de Belem en la Delegación Xochimilco, que operen como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con

licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales, y en cualquier otro establecimiento

mercantil similar, en el que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente con

motivo de las ferias, festividades y tradiciones populares en la vía pública; así como en los establecimientos mercantiles con

giro de impacto vecinal previstos en el artículo 19, fracciones II y III, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito

Federal, siendo restaurantes y establecimientos de hospedaje, así como cantinas, pulquerías, bares, cervecerías, peñas,

cabarets, centros nocturnos, discotecas, salones de baile, salas de cine con venta de bebidas alcohólicas, fondas y cualquier

otro similar, en el que se expendan o consuman bebidas alcohólicas de cualquier graduación, o que se instalen

temporalmente con motivo de esa festividad en la vía pública.

SEGUNDO.- Queda prohibido dentro del perímetro que comprende el Barrio de Belem en la Delegación Xochimilco, en las

fechas señaladas, la venta y expendio gratuito de bebidas alcohólicas en el interior de ferias, romerías, kermeses, festejos

populares y otros lugares en que se presenten eventos similares.

TERCERO.- Las violaciones al presente Acuerdo serán sancionadas de conformidad con las disposiciones de la Ley de

Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- La presente convocatoria entrará en vigor el mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México.

SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y a través de la Delegación Xochimilco, en un diario

de circulación nacional.

Ciudad de México al trigésimo día del mes de septiembre de 2017.

ATENTAMENTE

JEFE DELEGACIONAL EN XOCHIMILCO

Con fundamento en el artículo 25 del Reglamento

Interior de la Administración Pública del Distrito

Federal por ausencia del Jefe Delegacional en

Xochimilco firma el Director General Jurídico y de

Gobierno.

AVELINO MÉNDEZ RANGEL

(Firma)

LIC. GUSTAVO ALONSO CABRERA

RODRÍGUEZ

11 de Diciembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9

INSTITUTO PARA LA SEGURIDAD DE LAS CONSTRUCCIONES

ACUERDO MODIFICATORIO MEDIANTE EL CUAL SE DETERMINA UN PERIODO DE DÍAS HÁBILES

PARA EL AÑO DOS MIL DIECISIETE, PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS

COMPETENCIA DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO PARA LA SEGURIDAD DE LAS

CONSTRUCCIONES EN EL DISTRITO FEDERAL.

DR. EN ING. RENATO BERRÓN RUIZ, Director General, con fundamento en los artículos 6 y 16 párrafo segundo, de

la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 54, Fracción I de la Ley Orgánica de la Administración de

la Ciudad De México, 5 y 9, fracción VII de la Ley del Instituto para la Seguridad de las Construcciones del Distrito

Federal; 5 y 10 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de

México, 11 y 71 fracción IX de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 32, 33, 38 y 40 de la Ley de

Protección de Datos Personales del Distrito Federal, y:

CONSIDERANDO

Que el artículo 5 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de

México, establece como uno de sus objetivos, el proveer lo necesario para que toda persona pueda tener acceso a la

información pública gubernamental, mediante procedimientos sencillos, expeditos y gratuitos, en concordancia con su

artículo 10 que prevé que en todas aquellas cuestiones relacionadas con el procedimiento no previstas en dicho

ordenamiento, se aplicará la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y, en su defecto, el Código de

Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

Que el 19 de septiembre de 2017 en la Ciudad de México, se presentó un sismo de 7.1 grados en la escala de Richter , por

tal motivo el Jefe de Gobierno de esta Ciudad emitió la Declaratoria de Emergencia, publicada el 20 de septiembre de 2017,

en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en cuyo artículo 6 establece la suspensión de todos los términos y

procedimientos administrativos a cargo de las Dependencias, Entidades, Órganos Desconcentrados y Delegaciones de la

Ciudad de México, hasta en tanto se publique en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el término de la Declaratoria.

Que acorde con las atribuciones a cargo esta Entidad, entre otras, la establecida en el artículo 1° de su Ley que le da origen

relativa su objeto y con atribuciones específicas en materia de seguridad estructural, toda actividad de este Instituto se

encuentra concentrada en la evaluación estructural de inmuebles, así como el proceso de organización, control y manejo de

la información que se está generando con motivo de las Inpecciónes Post Sísmicas Evaluaciones Rápidas, así como acciones

posteriores de evaluación estructural de inmuebles, encontrándose en una situación de administración de acciones y

documentación atípica a la usual, motivo por el cual el 18 de octubre de dos mil diecisiete este Instituto publicó por este

mismo medio el “ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DETERMINA UN PERIODO DE DÍAS INHABILES,

PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS COMPETENCIA DE LA UNIDAD DE

TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO PARA LA SEGURIDAD DE LAS CONSTRUCCIONES EN EL DISTRITO

FEDERAL, PARA LOS EFECTOS QUE SE INDICAN, DERIVADO DEL FENÓMENO SÍSMICO DEL

DIECINUEVE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE EN LA CIUDAD DE MÉXICO”.

Que, si bien es cierto el gobierno de la ciudad a realizado acciones de transparencia proactiva con la publicación de la

información generada con motivo de los hechos que afectaron a esta ciudad en la plataforma

http://www.reconstruccion.cdmx.gob.mx/, información que se actualiza de forma sistemática, conforme a su generación,

además también es considerada como sujeto obligado en transparencia. Este Instituto a efecto de generar certidumbre y

fortalecer la transparencia en este momento de transición documental, que genera detenta y administra respecto de todas las

actividades de las unidades administrativas de esta Entidad, motivo por el cual resulta necesario establecer un periodo de

días hábiles intermedio que permita, atender las obligaciones de transparencia, relativas a las solicitudes de información

pública y derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales.

Que el artículo 71, fracción IX de la Ley del Procedimiento Administrativo para el Distrito Federal, las actuaciones y

diligencias previstas en esta Ley se practicarán en días y horas hábiles, los días en que se suspendan las labores, se harán del

conocimiento público mediante acuerdo del titular de la dependencia, entidad o delegación respectiva, que se publicará en la

Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de Diciembre de 2017

Que a efecto de brindar certeza jurídica a los ciudadanos con trámites y procedimientos sustanciados durante los días

declarados hábiles para la Unidad de Transparencia, así como todos los demás actos y procedimientos competencia de esta

Entidad; por las consideraciones y fundamentos anteriormente expuestos, se emite el siguiente:

ACUERDO MODIFICATORIO MEDIANTE EL CUAL SE DETERMINA UN PERIODO DE DÍAS HÁBILES

PARA EL AÑO DOS MIL DIECISIETE, PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS

COMPETENCIA DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO PARA LA SEGURIDAD DE LAS

CONSTRUCCIONES EN EL DISTRITO FEDERAL.

PRIMERO.- Para efectos de los plazos establecidos para la atención de solicitudes de acceso a la información pública, así

como de acceso, rectificación, cancelación y oposición de solicitudes de datos personales, que de manera manual o

electrónica se tramitan en el sistema INFOMEXDF; los plazos establecidos para la substanciación, resolución y seguimiento

de los recursos de revisión, así como de los demás procedimientos administrativos que se tramitan ante la Unidad de

Transparencia; así como todos los demás actos y procedimientos competencia de esta Entidad y de la Unidad de

Transparencia del Instituto para la Seguridad de las Construcciones en el Distrito Federal, se consideran hábiles del 11 al 15

de diciembre de 2017.

SEGUNDO.- Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, y en el sitio de Internet del

Instituto para la Seguridad de las Construcciones en el Distrito Federal, para los efectos conducentes.

TERCERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Ciudad de México, 05 de diciembre de 2017

EL DIRECTOR GENERAL

(Firma)

DR. EN ING. RENATO BERRÓN RUIZ

11 de Diciembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11

ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

MTRO. LEÓN ACEVEZ DÍAZ DE LEÓN, Director General de la Escuela de Administración Pública del Distrito

Federal y Secretario Técnico de la Junta de Gobierno de esta entidad, con fundamento en los artículos 54, fracción I, y 71,

fracción IX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 29, fracción VIII, y 32, fracciones I y II,

de la Ley Orgánica de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal; 13, fracciones XI y XIII, del Estatuto

Orgánico de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal, y en cumplimiento al Acuerdo No.

JG/SO/03/03/2017, aprobado por los miembros de la Junta de Gobierno de este organismo descentralizado, en la Tercera

Sesión Ordinaria, celebrada el veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete, emito el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL REGLAMENTO GENERAL ACADÉMICO DE LA ESCUELA

DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL MEDIANTE LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA

DONDE PODRÁ CONSULTARSE.

El Reglamento General Académico de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal estará disponible para su

consulta y descarga en el sitio web de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal, www.eap.cdmx.gob.mx, en

el siguiente enlace:

http://www.eap.cdmx.gob.mx/formacion-y-capacitacion/reglamento-general-academico

En términos del artículo segundo transitorio del Reglamento General Académico de la Escuela de Administración Pública

del Distrito Federal, entrará en vigor al día siguiente de la publicación del presente Aviso por el cual se da a conocer.

TRANSITORIO

ÚNICO. Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Ciudad de México a 30 de noviembre de 2017.

(Firma)

MTRO. LEÓN ACEVES DÍAZ DE LEÓN

Director General y Secretario Técnico de la

Junta de Gobierno de la Escuela de

Administración Pública del

Distrito Federal

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

INSTITUTO LOCAL DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

DIRECCIÓN GENERAL

Lic. David Arturo Zorrilla Cosío, Director General del Instituto Local de la Infraestructura Física Educativa del Distrito Federal, con fundamento en los artículos:

2 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1 y 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; y 21 de la

Ley de Obras Públicas del Distrito Federal; emite el siguiente:

Aviso por el cual se da a conocer la segunda adición al Programa Anual de Obra Pública 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 26 de

octubre de 2017:

Clave Presupuestal Proyecto Escuela Recursos Importe 2017 Importe 2018 Importe

Total

Importe

Recursos

7 36PDIF 253460 5EB73

61212100

O36PF 7003 Rehabilitación de

techumbre, reforzamiento

e impermeabilización de

edificios A y C de talleres,

impermeabilización de

edificio de aulas, en el

Centro de Capacitación

para el Trabajo Industrial

No. 4.

FEDERAL 1’326,588.30 3’095,372.70 4’421,961.00 4’421,961.00

Los datos de este programa son de carácter informativo por lo que no implica compromiso alguno de contratación y se podrá modificar, adicionar, diferir o

cancelar sin responsabilidad para el Instituto Local de la Infraestructura Física Educativa de la Ciudad de México.

Transitorios

PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

SEGUNDO.- Este aviso se adiciona a las claves presupuestales publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México los días 26 de octubre y 21 de noviembre

de 2017.

Ciudad de México, a 04 de diciembre de 2017

ATENTAMENTE

(Firma)

DIRECTOR GENERAL

Lic. David Arturo Zorrilla Cosío

11 de Diciembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13

Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, por el que se determinan los Topes de

Gastos de Precampaña para la Jefatura de Gobierno, las Diputaciones del Congreso Local y las Alcaldías, en el

Proceso Electoral Ordinario 2017-2018.

Antecedentes:

I. El 10 de febrero de 2012, el Consejo General del otrora Instituto Electoral del Distrito Federal aprobó el acuerdo por

el que se determinaron los topes de gastos de campaña para Jefatura de Gobierno, Diputaciones a la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y Jefaturas Delegacionales, en el Proceso Electoral Ordinario 2011-2012

(PEO 2011-2012), identificado con la clave ACU-21-12.

II. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (Diario Oficial) el Decreto por el que se

reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos (Constitución), en materia política-electoral.

III. El 23 de mayo de 2014, se publicó en el Diario Oficial el Decreto por el que se expidieron la Ley General de Partidos

Políticos (Ley de Partidos) y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Ley General).

IV. El 9 de enero de 2015, el Consejo General del otrora Instituto Electoral del Distrito Federal aprobó el acuerdo por el

que se determinaron los topes de gastos de campaña para Diputaciones a la ALDF y Jefaturas Delegacionales, en el

Proceso Electoral Ordinario 2014-2015 (PEO 2014-2015), identificado con la clave ACU-05-15.

V. El 29 de enero de 2016, se publicó en el Diario Oficial el Decreto por el que se declararon reformadas y derogadas

diversas disposiciones de la Constitución, en materia política de la Ciudad de México.

VI. EI 7 de septiembre de 2016, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (Instituto Nacional), mediante

acuerdo identificado con la clave INE/CG661/2016, aprobó el Reglamento de Elecciones y sus anexos.

VII. El 5 de febrero de 2017, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (Gaceta Oficial) el Decreto por el

que se expidió la Constitución Política de la Ciudad de México (Constitución Local).

VIII. El 7 de junio de 2017, se publicó en la Gaceta Oficial el Decreto que contiene las observaciones del Jefe de Gobierno

de la Ciudad de México respecto del diverso por el que se abroga el Código de Instituciones y Procedimientos

Electorales del Distrito Federal y la Ley Procesal Electoral del Distrito Federal (Decreto) y se expide el Código de

Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México (Código) y la Ley Procesal Electoral para la

Ciudad de México (Ley Procesal), entre otros.

IX. El 20 de julio de 2017, el Consejo General del Instituto Nacional, mediante acuerdo identificado con la clave

INE/CG328/2017, aprobó la demarcación territorial de los distritos electorales uninominales locales en que se divide

la Ciudad de México y sus respectivas cabeceras distritales.

X. El 24 de agosto de 2017, mediante oficio IECM/DEAP/0170/17; la Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas

(Dirección Ejecutiva), solicitó a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Geoestadística (Dirección de

Organización) que proporcionara el número de ciudadanos inscritos en el padrón electoral con corte al 31 de octubre

de 2014 (padrón electoral utilizado para el cálculo de los topes de campaña de la elección inmediata anterior, PEO

2014-2015), que les hubiera correspondido a cada uno de los 33 distritos electorales uninominales en que se divide la

Ciudad de México, según lo previsto en el acuerdo INE/CG328/2017.

XI. El 28 de agosto de 2017, el Consejo General del Instituto Nacional emitió la resolución INE/CG386/2017, mediante

la cual aprobó, entre otros, ejercer la facultad de atracción para ajustar, a una fecha única, la conclusión del periodo

de precampañas, así como para establecer las fechas para la aprobación del registro de candidatas y candidatos por

las autoridades competentes para los Procesos Electorales Locales concurrentes con el Proceso Electoral Federal

2018.

14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de Diciembre de 2017

XII. El 30 de agosto de 2017, a través del oficio IECM/DEOEyG/0314/2017, la Dirección de Organización remitió a la

Dirección Ejecutiva el número de ciudadanos inscritos en el padrón electoral con corte al 31 de octubre de 2014.

XIII. El 6 de septiembre de 2017, el Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (Consejo General)

aprobó la Convocatoria dirigida a la ciudadanía y partidos políticos a participar en el Proceso Electoral Ordinario

2017-2018 (PEO 2017-2018), para elegir Jefa o Jefe de Gobierno; Diputadas y Diputados del Congreso de la Ciudad

de México; Alcaldesas y Alcaldes, así como Concejales de las dieciséis demarcaciones territoriales, cuya jornada

electoral se celebrará el primero de julio de 2018, según el acuerdo identificado con la clave IECM/ACU-CG-

038/2017.

XIV. EI14 de septiembre de 2017, el Consejo General, con el acuerdo identificado con la clave IECM/ACU-CG-040/2017,

aprobó el ajuste de las fechas y plazos para recibir la documentación necesaria para el registro de candidaturas en el

PEO 2017-2018.

XV. El 21 de noviembre de 2017, la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas aprobó el proyecto de “Acuerdo del

Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, por el que se determinan los Topes de Gastos de

Precampaña para la Jefatura de Gobierno, las Diputaciones del Congreso Local y las Alcaldías, en el Proceso

Electoral Ordinario 2017-2018”, con el objeto de someterlo a consideración de este Consejo General, a efecto de que

resuelva lo conducente.

Considerando:

1. Que conforme a los artículos 50, párrafo primero de la Constitución Local; y, 30 y 36, párrafo primero del Código, el

Instituto Electoral de la Ciudad de México (Instituto Electoral) es autoridad en materia electoral encargada de la

organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Jefatura de Gobierno,

Diputaciones al Congreso Local y Alcaldías de la Ciudad de México.

2. Que en apego al artículo 2, párrafos primero y segundo del Código, el Instituto Electoral está facultado para aplicar,

en su ámbito competencial, las normas establecidas en el referido ordenamiento y para interpretar las mismas,

atendiendo a los criterios gramatical, sistemático y funcional, y a los Derechos Humanos reconocidos en la

Constitución y en los Tratados Internacionales, de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 14

de la Constitución.

3. Que de acuerdo con los artículos 2, párrafo tercero y 34, fracciones I y II del Código, el Instituto Electoral, para el

debido cumplimiento de sus atribuciones, rige su actuación en los principios de certeza, legalidad, independencia,

inclusión, imparcialidad, máxima publicidad, transparencia, rendición de cuentas y objetividad. Asimismo, para el

desempeño de sus funciones, debe observar los principios rectores de la función electoral y velar por la estricta

observancia y cumplimiento de las disposiciones electorales.

4. Que atento a lo previsto en el artículo 33 del Código, el Instituto Electoral se rige para su organización,

funcionamiento y control, por las disposiciones establecidas en la Constitución, las Leyes Generales, la Constitución

Local, la Ley Procesal, el Código y demás leyes aplicables.

5. Que acorde con lo previsto en el artículo 36, fracciones I, II, III y IV del Código, los fines y acciones del Instituto

Electoral se orientan, entre otros aspectos, a contribuir al desarrollo de la vida democrática, fortalecer el régimen de

las asociaciones políticas, asegurar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el

cumplimiento de sus obligaciones, así como garantizar la celebración periódica, auténtica y pacífica de las elecciones

de los integrantes del Congreso Local, de la Jefatura de Gobierno y Alcaldías.

6. Que de acuerdo con el artículo 50, fracciones I y II, incisos b), c) y d), y XXVII del Código, el Consejo General

tiene, entre otras atribuciones, implementar las acciones conducentes para que el Instituto Electoral pueda ejercer las

atribuciones conferidas en la legislación electoral aplicable; aprobar las normas que sean necesarias para hacer

operativas las disposiciones que emanen, entre otras, de las leyes locales en la materia; aprobar la normativa y

procedimientos referentes a la organización y desarrollo de los procesos electorales; aprobar, previo cumplimiento de

11 de Diciembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15

los requisitos legales, el registro de las candidaturas a Jefatura de Gobierno y las listas de candidatas(os) a

Diputaciones de representación proporcional y, en forma supletoria, a las candidaturas a Diputaciones de mayoría

relativa y Alcaldías; y determinar los topes máximos de gastos de precampaña.

7. Que en términos de lo previsto en los artículos 52, 59, fracción I y 60, fracción I del Código, el Consejo General

cuenta con el auxilio de Comisiones Permanentes, entre las que se encuentra, la de Asociaciones Políticas, la cual

tiene la atribución de supervisar el cumplimiento de las obligaciones de las asociaciones políticas y candidatos sin

partido, así como lo relativo a sus derechos y prerrogativas, entre otras.

8. Que de acuerdo con los artículos 93, fracción II y 95, fracción XV del Código, el Instituto Electoral cuenta con la

Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas, que es la encargada de elaborar y someter a la aprobación de la

Comisión Permanente de Asociaciones Políticas, el anteproyecto de Acuerdo del Consejo General por el que se

determinan los topes de precampaña de los procesos electorales que correspondan.

9. Que conforme a lo previsto por el artículo 239, párrafo segundo del Código, en el ámbito local se reconocen, como

asociaciones políticas, las siguientes: agrupaciones políticas locales, partidos políticos locales y partidos políticos

nacionales.

10. Que acorde con los artículos 242 y 257, párrafo segundo del Código, los partidos políticos nacionales y locales

tienen el derecho a participar en los procesos electorales de esta Ciudad, para elegir a diputadas o diputados Locales

por los principios de mayoría relativa y representación proporcional, al titular de la Jefatura de Gobierno y Alcaldías,

así como a los Concejales por dichos principios, en los términos que establecen los ordenamientos aplicables.

11. Que en apego a lo establecido en el artículo 27, apartado B, numeral 4 de la Constitución Local, la selección de las

candidaturas se hará de conformidad con lo que dispone la Constitución, la legislación electoral y los estatutos de los

partidos políticos y se salvaguardarán los derechos políticos de las ciudadanas y los ciudadanos, garantizando en los

procesos de selección, la postulación de personas jóvenes e integrantes de pueblos y comunidades indígenas.

12. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Código, el derecho de solicitar el registro como candidata o

candidato a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, Diputaciones al Congreso Local, Alcaldesa o Alcalde y

Concejales, ante la autoridad electoral, corresponde a los partidos políticos y a los y las ciudadanas(os) que cumplan

con los requisitos, condiciones y términos que establezca la Constitución, los Tratados Internacionales, la

Constitución Local, el Código y demás normatividad aplicable.

13. Que en términos del artículo 274, fracción V del Código, las precampañas son actividades de carácter

propagandístico que forman parte de los procesos de selección interna de candidaturas y que tienen por objeto influir

en la decisión de aquellos que integran el universo de votantes que eligen o designan a las candidatas y candidatos a

cargos de elección popular en determinada circunscripción. Estos actos o actividades deben realizarse dentro del

periodo establecido por el Código y están sujetos a lo previsto en ese mismo ordenamiento y en el Estatuto y demás

normatividad interna de los partidos políticos.

14. Que atento a lo dispuesto por el artículo 289, fracción III del Código, durante los procesos de selección interna de

candidaturas, queda prohibido a las precandidatas, precandidatos y a los partidos políticos, erogar más del veinte por

ciento del monto total fijado como límite de los topes de gastos de campaña para la elección respectiva, autorizados

para el proceso electoral ordinario inmediato anterior de que se trate.

15. Que a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 289, fracción III del Código, para la determinación de

los topes de gastos de precampaña para la Jefatura de Gobierno, las Diputaciones del Congreso Local y las Alcaldías,

en el PEO 2017-2018, deberán de tomarse como base de cálculo los topes de gastos de campaña para la elección

respectiva, autorizados para el proceso electoral ordinario inmediato anterior de que se trate, por tanto:

a) Para la elección de la Jefatura de Gobierno concerniente al proceso electoral ordinario inmediato anterior, que

para el caso que nos ocupa corresponde al PEO 2011-2012, el Consejo General del otrora Instituto Electoral del

Distrito Federal, mediante acuerdo identificado con la clave ACU-21-12, determinó el tope de gastos de campaña

siguiente:

16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de Diciembre de 2017

Tope de Gastos de Campaña

para la Jefatura de Gobierno

en el PEO 2011-2012

$27’876,000.57

b) De igual modo, para la elección de las Diputaciones de la ALDF atinente al proceso electoral ordinario inmediato

anterior, que en este caso, se trata del PEO 2014-2015, en el acuerdo identificado con la clave ACU-05-15, se

establecieron los topes de gastos de campaña para ese tipo de elección.

Ahora bien, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos Vigésimo Primero Transitorio de la Constitución Local, en

relación con el Décimo Séptimo Transitorio del Código, el Instituto Nacional, mediante acuerdo identificado con la

clave INE/CG328/2017, llevó a cabo el proceso de redistritación para ajustar la geografía electoral a lo que establece

la Constitución Local, que será aplicable a partir del PEO 2017-2018.

En consecuencia de dicha redistritación, no es factible utilizar los topes de gastos de campaña para las Diputaciones

de la ALDF, autorizados en el PEO 2014-2015, como base de cálculo para los topes de precampaña para las

Diputaciones del Congreso Local en el PEO 2017-2018.

Para hacer posible la determinación de los topes de precampaña para las Diputaciones del Congreso Local en el PEO

2017-2018, resulta necesario calcular los topes de gastos de campaña que les hubiesen correspondido a cada una de

las Diputaciones de los actuales 33 distritos electorales uninominales en el PEO 2014-2015. En ese sentido, se

requieren dos factores para dicho cálculo:

El primero, la cantidad de ciudadanos que les hubiera correspondido a cada uno de los actuales 33 distritos

electorales uninominales, según el padrón electoral con corte al 31 de octubre de 2014, que fue el empleado para la

determinación de los topes de campaña para las Diputaciones de la ALDF, en el PEO 2014-2015.

Al respecto cabe recordar que, si bien derivado de la nueva redistritación se realizó un ajuste a los límites de los

distritos electorales preexistentes, que tuvo como consecuencia una disminunción de distritos (de 40 a 33), lo cierto

es que, el número de secciones electorales sigue siendo el mismo en toda la Ciudad de México (5,539), por lo que

con la finalidad de contar con un parámetro objetivo que genere certeza para determinar los topes de precampaña

para las Diputaciones al Congreso Local para el PEO 2017-2018, la Dirección de Organización desarrolló un cuadro

de equivalencias basado en las secciones electorales que integran los nuevos distritos electorales, mismo que fue

proporcionado mediante oficio IECM/DEOEyG/0314/2017, y es el siguiente:

Distrito Padrón electoral

Electoral 31/octubre/2014

01 231,285

02 261,873

03 237,734

04 276,497

05 258,273

06 296,339

07 194,395

08 187,535

09 235,913

10 258,156

11 258,783

11 de Diciembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17

Distrito Padrón electoral

Electoral 31/octubre/2014

12 250,322

13 213,397

14 212,431

15 255,308

16 243,565

17 235,345

18 254,115

19 201,658

20 241,822

21 205,672

22 198,204

23 261,771

24 255,774

25 210,655

26 227,245

27 209,268

28 202,454

29 200,388

30 228,762

31 202,007

32 245,433

33 195,926

Total 7,648,305

El segundo factor es el costo por ciudadano [que es el resultado de dividir el monto del tope de gastos de campaña

que le correspondió a la elección de Diputaciones en el PEO 2014-2015 ($33,212,875.95), entre el número de

electores que integraron el padrón electoral con corte al 31 de octubre de 2014 del otrora Distrito Federal

(7,648,305)] determinado para los topes de gastos de campaña del PEO 2014-2015, el cual fue calculado en el

Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, por el que se determina el Tope de Gastos

de Campaña para Diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y Jefes Delegacionales, en el Proceso

Electoral Ordinario 2014-2015, identificado con la clave ACU-05-15, y que equivale a $4.34 (cuatro pesos 34/100

M.N.). Resulta importante precisar que el costo por ciudadano se determina considerando el padrón electoral a nivel

Entidad, motivo por el cual la disminución o aumento de distritos electorales uninominales no afecta su cálculo.

En ese orden de ideas, multiplicando ambos factores, se obtienen los topes de gastos de campaña que les hubiesen

correspondido a cada una de las Diputaciones de los actuales 33 distritos electorales uninominales en el PEO 2014-

2015, como se indica a continuación:

Distrito Padrón Costo por Tope de Gastos de Campaña

Electoral

electoral Ciudadano * que le hubiese correspondido a cada

31/octubre/2014 PEO 2014-2015 uno de los actuales Distritos Electorales

en el PEO 2014-2015

01 231,285 $4.34251457675916 $1,004,358.49

02 261,873 $4.34251457675916 $1,137,187.32

03 237,734 $4.34251457675916 $1,032,363.36

04 276,497 $4.34251457675916 $1,200,692.25

18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de Diciembre de 2017

Distrito Padrón Costo por Tope de Gastos de Campaña

Electoral

electoral Ciudadano * que le hubiese correspondido a cada

31/octubre/2014 PEO 2014-2015 uno de los actuales Distritos Electorales

en el PEO 2014-2015

05 258,273 $4.34251457675916 $1,121,554.27

06 296,339 $4.34251457675916 $1,286,856.43

07 194,395 $4.34251457675916 $844,163.12

08 187,535 $4.34251457675916 $814,373.47

09 235,913 $4.34251457675916 $1,024,455.64

10 258,156 $4.34251457675916 $1,121,046.19

11 258,783 $4.34251457675916 $1,123,768.95

12 250,322 $4.34251457675916 $1,087,026.93

13 213,397 $4.34251457675916 $926,679.58

14 212,431 $4.34251457675916 $922,484.72

15 255,308 $4.34251457675916 $1,108,678.71

16 243,565 $4.34251457675916 $1,057,684.56

17 235,345 $4.34251457675916 $1,021,989.09

18 254,115 $4.34251457675916 $1,103,498.09

19 201,658 $4.34251457675916 $875,702.81

20 241,822 $4.34251457675916 $1,050,115.56

21 205,672 $4.34251457675916 $893,133.66

22 198,204 $4.34251457675916 $860,703.76

23 261,771 $4.34251457675916 $1,136,744.38

24 255,774 $4.34251457675916 $1,110,702.32

25 210,655 $4.34251457675916 $914,772.41

26 227,245 $4.34251457675916 $986,814.73

27 209,268 $4.34251457675916 $908,749.34

28 202,454 $4.34251457675916 $879,159.45

29 200,388 $4.34251457675916 $870,187.81

30 228,762 $4.34251457675916 $993,402.32

31 202,007 $4.34251457675916 $877,218.34

32 245,433 $4.34251457675916 $1,065,796.38

33 195,926 $4.34251457675916 $850,811.51

TOTAL 7,648,305 $33,212,875.95

*En el costo por ciudadano, se empleó la mayor cantidad de números después del punto, para que la sumatoria de

los topes de campaña de los distritos electorales, correspondiera con el monto total del tope de gastos de campaña

por tipo de elección (Diputaciones de la ALDF), determinado en el ACU-05-15.

c) Para la elección de las Jefaturas Delegacionales respecto al proceso electoral ordinario inmediato anterior, que en

este caso corresponde al PEO 2014-2015, mediante acuerdo identificado con la clave ACU-05-15, se

determinaron los topes de gastos de campaña para este tipo de elección.

A continuación se muestran los montos a los que ascendieron dichos topes:

11 de Diciembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19

Delegaciones

Tope de Gastos de Campaña

para las Jefaturas Delegacionales

en el PEO 2014-2015

Álvaro Obregón $2,623,113.30

Azcapotzalco $1,667,078.32

Benito Juárez $1,575,429.55

Coyoacán $2,492,572.97

Cuajimalpa de Morelos $667,244.73

Cuauhtémoc $2,111,482.57

Gustavo A. Madero $4,629,094.48

Iztacalco $1,563,856.75

Iztapalapa $6,399,854.68

La Magdalena Contreras $850,811.51

Miguel Hidalgo $1,413,518.89

Milpa Alta $428,102.46

Tláhuac $1,230,434.14

Tlalpan $2,327,453.20

Venustiano Carranza $1,789,637.11

Xochimilco $1,443,191.29

TOTAL $33,212,875.95

Al respecto, los artículos Vigésimo Segundo Transitorio de la Constitución Local, en relación con el Décimo Octavo

Transitorio del Código, establecen que por única ocasión la elección de las Alcaldías en el año 2018, se realizará con

base en la división territorial de las 16 demarcaciones territoriales de la Ciudad de México vigente al inicio del PEO

2017-2018; en tal virtud, los topes de gastos de campaña relacionados en el cuadro que antecede, servirán de base de

cálculo para los topes de precampaña para la elección de las Alcaldías.

Cabe aclarar, que conforme a lo establecido en el artículo 53, Apartado A, numeral 1 de la Constitución Local, en

relación con el artículo 16 del Código, las alcaldías son órganos político administrativos que se integran por un

alcalde o alcaldesa y un concejo, electos por votación universal, libre, secreta y directa para un periodo de tres años,

por medio de planillas de entre siete y diez candidatos, según corresponda, ordenadas en forma progresiva, iniciando

con la persona candidata a alcalde o alcaldesa y después con las y los concejales, en consecuencia, el tope de gastos

de precampaña se determina por alcaldía y no por cada una de las figuras que la integran.

16. Que conforme a los topes de gastos de campaña descritos en los cuadros del Considerando anterior, y de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 289, fracción III del Código, los topes de gastos de precampaña para la

Jefatura de Gobierno, las Diputaciones del Congreso Local y las Alcaldías, en el PEO 2017-2018, corresponderán al

equivalente del 20 por ciento de los montos aprobados para gastos de campaña de dichas elecciones en el proceso

electoral ordinario inmediato anterior de que se trate, quedando como sigue:

A B

(B=Ax20%)

Tope de Gastos de Campaña Tope de Gastos de Precampaña

para la Jefatura de Gobierno para la Jefatura de Gobierno

en el PEO en el PEO

2011-2012 2017-2018

$27’876,000.57 $5,575,200.11

20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de Diciembre de 2017

Distrito

Electoral

A B

Tope de Gastos de Campaña (B=Ax20%)

que le hubiese correspondido a cada Tope de Gastos de Precampaña

uno de los actuales Distritos Electorales para las Diputaciones del Congreso

en el PEO 2014-2015 en el PEO

2017-2018

01 $1,004,358.49 $200,871.70

02 $1,137,187.32 $227,437.46

03 $1,032,363.36 $206,472.67

04 $1,200,692.25 $240,138.45

05 $1,121,554.27 $224,310.85

06 $1,286,856.43 $257,371.29

07 $844,163.12 $168,832.62

08 $814,373.47 $162,874.69

09 $1,024,455.64 $204,891.13

10 $1,121,046.19 $224,209.24

11 $1,123,768.95 $224,753.79

12 $1,087,026.93 $217,405.39

13 $926,679.58 $185,335.92

14 $922,484.72 $184,496.94

15 $1,108,678.71 $221,735.74

16 $1,057,684.56 $211,536.91

17 $1,021,989.09 $204,397.82

18 $1,103,498.09 $220,699.62

19 $875,702.81 $175,140.56

20 $1,050,115.56 $210,023.11

21 $893,133.66 $178,626.73

22 $860,703.76 $172,140.75

23 $1,136,744.38 $227,348.88

24 $1,110,702.32 $222,140.46

25 $914,772.41 $182,954.48

26 $986,814.73 $197,362.95

27 $908,749.34 $181,749.87

28 $879,159.45 $175,831.89

29 $870,187.81 $174,037.56

30 $993,402.32 $198,680.47

31 $877,218.34 $175,443.67

32 $1,065,796.38 $213,159.28

33 $850,811.51 $170,162.30

TOTAL $33,212,875.95 $6,642,575.19

11 de Diciembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21

Demarcación A B

Tope de Gastos de Campaña (B=Ax20%)

Territorial

para las Jefaturas Delegacionales Tope de Gastos de Precampaña

en el PEO 2014-2015 para las Alcaldías, en el

PEO 2017-2018

Álvaro Obregón $2,623,113.30 $524,622.66

Azcapotzalco $1,667,078.32 $333,415.66

Benito Juárez $1,575,429.55 $315,085.91

Coyoacán $2,492,572.97 $498,514.59

Cuajimalpa de Morelos $667,244.73 $133,448.95

Cuauhtémoc $2,111,482.57 $422,296.51

Gustavo A. Madero $4,629,094.48 $925,818.90

Iztacalco $1,563,856.75 $312,771.35

Iztapalapa $6,399,854.68 $1,279,970.94

La Magdalena Contreras $850,811.51 $170,162.30

Miguel Hidalgo $1,413,518.89 $282,703.78

Milpa Alta $428,102.46 $85,620.49

Tláhuac $1,230,434.14 $246,086.83

Tlalpan $2,327,453.20 $465,490.64

Venustiano Carranza $1,789,637.11 $357,927.42

Xochimilco $1,443,191.29 $288,638.26

TOTAL $33,212,875.95 $6,642,575.19

Por lo expuesto y fundado, este Consejo General:

Acuerda:

PRIMERO. Se determina que el tope de gastos de precampaña para la Jefatura de Gobierno en el PEO 2017-2018, que

podrán erogar las y los precandidatos(as), ascenderá a $5,575,200.11 (Cinco millones quinientos setenta y cinco mil

doscientos pesos 11/100 M.N.).

SEGUNDO. Se determina que los topes de gastos de precampaña por distrito electoral uninominal para las Diputaciones

del Congreso Local por el principio de mayoría relativa, en el PEO 2017-2018, que podrán erogar las y los

precandidatos(as), ascenderán a:

Distrito

Electoral

Tope de Gastos de Precampaña para las Diputaciones del Congreso Local en el PEO

2017-2018

01 $200,871.70

(Doscientos mil ochocientos setenta y un pesos 70/100 M.N.)

02 $227,437.46

(Doscientos veintisiete mil cuatrocientos treinta y siete pesos 46/100 M.N.)

03 $206,472.67

(Doscientos seis mil cuatrocientos setenta y dos pesos 67/100 M.N.)

04 $240,138.45

(Doscientos cuarenta mil ciento treinta y ocho pesos 45/100 M.N.)

05 $224,310.85

(Doscientos veinticuatro mil trescientos diez pesos 85/100 M.N.)

22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de Diciembre de 2017

Distrito

Electoral

Tope de Gastos de Precampaña para las Diputaciones del Congreso Local en el PEO

2017-2018

06 $257,371.29

(Doscientos cincuenta y siete mil trescientos setenta y un pesos 29/100 M.N.)

07 $168,832.62

(Ciento sesenta y ocho mil ochocientos treinta y dos pesos 62/100 M.N.)

08 $162,874.69

(Ciento sesenta y dos mil ochocientos setenta y cuatro pesos 69/100 M.N.)

09 $204,891.13

(Doscientos cuatro mil ochocientos noventa y un pesos 13/100 M.N.)

10 $224,209.24

(Doscientos veinticuatro mil doscientos nueve pesos 24/100 M.N.)

11 $224,753.79

(Doscientos veinticuatro mil setecientos cincuenta y tres pesos 79/100 M.N.)

12 $217,405.39

(Doscientos diecisiete mil cuatrocientos cinco pesos 39/100 M.N.)

13 $185,335.92

(Ciento ochenta y cinco mil trescientos treinta y cinco pesos 92/100 M.N.)

14 $184,496.94

(Ciento ochenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y seis pesos 94/100 M.N.)

15 $221,735.74

(Doscientos veintiún mil setecientos treinta y cinco pesos 74/100 M.N.)

16 $211,536.91

(Doscientos once mil quinientos treinta y seis pesos 91/100)

17 $204,397.82

(Doscientos cuatro mil trescientos noventa y siete pesos 82/100 M.N.)

18 $220,699.62

(Doscientos veinte mil seiscientos noventa y nueve pesos 62/100 M.N.)

19 $175,140.56

(Ciento setenta y cinco mil ciento cuarenta pesos 56/100 M.N.)

20 $210,023.11

(Doscientos diez mil veintitrés pesos 11/100 M.N.)

21 $178,626.73

(Ciento setenta y ocho mil seiscientos veintiséis pesos 73/100 M.N.)

22 $172,140.75

(Ciento setenta y dos mil ciento cuarenta pesos 75/100 M.N.)

23 $227,348.88

(Doscientos veintisiete mil trescientos cuarenta y ocho pesos 88/100 M.N.)

24 $222,140.46

(Doscientos veintidós mil ciento cuarenta pesos 46/100 M.N.)

25 $182,954.48

(Ciento ochenta y dos mil novecientos cincuenta y cuatro pesos 48/100 M.N.)

26 $197,362.95

(Ciento noventa y siete mil trescientos sesenta y dos pesos 95/100 M.N.)

27 $181,749.87

(Ciento ochenta y un mil setecientos cuarenta y nueve pesos 87/100 M.N.)

28 $175,831.89

(Ciento setenta y cinco mil ochocientos treinta y un pesos 89/100 M.N.)

29 $174,037.56

(Ciento setenta y cuatro mil treinta y siete pesos 56/100 M.N.)

30 $198,680.47

(Ciento noventa y ocho mil seiscientos ochenta pesos 47/100 M.N.)

11 de Diciembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23

Distrito

Electoral

Tope de Gastos de Precampaña para las Diputaciones del Congreso Local en el PEO

2017-2018

31 $175,443.67

(Ciento setenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y tres pesos 67/100 M.N.)

32 $213,159.28

(Doscientos trece mil ciento cincuenta y nueve pesos 28/100 M.N.)

33 $170,162.30

(Ciento setenta mil ciento sesenta y dos pesos 30/100 M.N.)

TERCERO. Se determina que los topes de gastos de precampaña para las Alcaldías, en el PEO 2017-2018, que podrán

erogar las y los precandidatos(as), ascenderán a:

Demarcación

Territorial Tope de Gastos de Precampaña para las Alcaldías en el PEO 2017-2018

Álvaro Obregón $524,622.66

(Quinientos veinticuatro mil seiscientos veintidós pesos 66/100 M.N.)

Azcapotzalco $333,415.66

(Trescientos treinta y tres mil cuatrocientos quince pesos 66/100 M.N.)

Benito Juárez $315,085.91

(Trescientos quince mil ochenta y cinco pesos 91/100 M.N.)

Coyoacán $498,514.59

(Cuatrocientos noventa y ocho mil quinientos catorce pesos 59/100 M.N.)

Cuajimalpa de Morelos $133,448.95

(Ciento treinta y tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho pesos 95/100 M.N.)

Cuauhtémoc $422,296.51

(Cuatrocientos veintidós mil doscientos noventa y seis pesos 51/100 M.N.)

Gustavo A. Madero $925,818.90

(Novecientos veinticinco mil ochocientos dieciocho pesos 90/100 M.N.)

Iztacalco $312,771.35

(Trescientos doce mil setecientos setenta y un pesos 35/100 M.N.)

Iztapalapa $1,279,970.94

(Un millón doscientos setenta y nueve mil novecientos setenta pesos 94/100 M.N.)

La Magdalena Contreras $170,162.30

(Ciento setenta mil ciento sesenta y dos pesos 30/100 M.N.)

Miguel Hidalgo $282,703.78

(Doscientos ochenta y dos mil setecientos tres pesos 78/100 M.N.)

Milpa Alta $85,620.49

(Ochenta y cinco mil seiscientos veinte pesos 49/100 M.N.)

Tláhuac $246,086.83

(Doscientos cuarenta y seis mil ochenta y seis pesos 83/100 M.N.)

Tlalpan $465,490.64

(Cuatrocientos sesenta y cinco mil cuatrocientos noventa pesos 64/100 M.N)

Venustiano Carranza $357,927.42

(Trescientos cincuenta y siete mil novecientos veintisiete 42/100 M.N.)

Xochimilco $288,638.26

(Doscientos ochenta y ocho mil seiscientos treinta y ocho pesos 26/100 M.N.)

CUARTO. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que, de inmediato, se publique este Acuerdo en los estrados del

Instituto Electoral, tanto en oficinas centrales, como en sus Direcciones Distritales, así como en el portal oficial del

Instituto.

QUINTO. Notifíquese personalmente este Acuerdo a las y los representantes de los partidos políticos acreditados(as) ante

este Consejo General, dentro de los cinco días siguientes a su entrada en vigor.

24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de Diciembre de 2017

SEXTO. Remítase el presente Acuerdo a la Gaceta Oficial para su difusión, dentro del plazo de cinco días hábiles contados

a partir de su aprobación.

SÉPTIMO. Este Acuerdo entrará en vigor al momento de su publicación en los estrados de las oficinas centrales del

Instituto Electoral.

OCTAVO. Realícense las adecuaciones procedentes en virtud de la determinación asumida por el Consejo General, en el

apartado de Transparencia de la página de Internet www.iecm.mx y, difúndase la misma en las redes sociales de este

Instituto Electoral.

Así lo aprobaron por unanimidad de votos de las Consejeras y los Consejeros Electorales del Instituto Electoral, en sesión

pública el treinta de noviembre de dos mil diecisiete, firmando al calce el Consejero Presidente y la Secretaria del Consejo

General, quien da fe de lo actuado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 77, fracción VII y 79, fracción V, del

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.

(Firma) (Firma)

Mtro. Mario Velázquez Miranda Lic. Delia Guadalupe del Toro López

Consejero Presidente Secretaria del Consejo designada mediante el

oficio IECM/PCG/066/2017

11 de Diciembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25

TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

LIC. OFELIA PAOLA HERRERA BELTRÁN, Secretaria General de Acuerdos (I), con fundamento en artículo 17

fracción IX y el artículo 62 fracción I y XXVIII del Reglamento Interior del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del

Distrito Federal vigente, en términos del artículo cuarto transitorio de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia

Administrativa de la Ciudad de México, emito el siguiente:

ACUERDO TOMADO EN SESIÓN PLENARIA DE FECHA VEINTINUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL

DIECISIETE.

“En el primer punto de asuntos generales, por unanimidad de votos, por acuerdo del Pleno General de la Sala Superior de

este Tribunal se tiene por recibida la petición hecha por el Doctor René Israel Salas Morales, Apoderado General para la

Defensa Jurídica de la Dirección General de Regularización Territorial, en atención a esto y con fundamento en lo

dispuesto por el artículo 7 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México se suspenden

los términos de Ley previstos con efectos retroactivos al día diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete, y solo para

aquellos juicios en los que sea parte demandada la solicitante en virtud de la imposibilidad jurídica y material que le asiste a

dicha autoridad, ello a fin de evitar que ésta no quede en estado de indefensión, hasta en tanto dicha autoridad manifieste

expresamente el domicilio y la reanudación de recepción de documentos y notificaciones relacionados con los juicios

tramitados ante este Órgano Jurisdiccional. Se ordena la publicación del presente acuerdo en la Gaceta Oficial de la Ciudad

de México.

CIUDAD DE MÉXICO 1° DE DICIEMBRE DE 2017.

ATENTAMENTE

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN

(Firma)

LIC. OFELIA PAOLA HERRERA BELTRÁN

SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS (I)

26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de Diciembre de 2017

TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

LIC. OFELIA PAOLA HERRERA BELTRÁN, Secretaria General de Acuerdos (I), con fundamento en el artículo 7 de

la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, artículo 21 de la Ley de Justicia

Administrativa de la Ciudad de México y los artículos 17 fracción IX y 62 fracciones I y XXVIII del Reglamento Interior

del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal de conformidad con lo dispuesto por el artículo cuarto

transitorio último párrafo de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, emitió el

siguiente:

A V I S O

POR EL CUAL EL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO DA A

CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES PARA EL AÑO 2018.

Con fundamento en el artículo 7 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México y

artículo 21 de la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México y aprobado por el Pleno Jurisdiccional de la Sala

Superior en Sesión Plenaria del día veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete, se declaran días inhábiles los días del año

dos mil dieciocho que a continuación se indican:

ENERO

FEBRERO LUNES 5

MARZO LUNES 19, LUNES 26, MARTES 27, MIÉRCOLES 28, JUEVES 29 Y VIERNES 30

ABRIL

MAYO MARTES 1

JUNIO LUNES 18

JULIO DEL LUNES 16 AL VIERNES 27, REANUDANDO LABORES EL LUNES 30

(PRIMER PERIODO VACACIONAL)

AGOSTO

SEPTIEMBRE VIERNES 14

OCTUBRE VIERNES 12

NOVIEMBRE JUEVES 1, VIERNES 2 Y LUNES 19

DICIEMBRE DEL LUNES 17 DE DICIEMBRE AL VIERNES 4 DE ENERO DEL 2019 INCLUSIVE,

REANUDANDO LABORES EL LUNES 7 DE ENERO DE 2019.

(SEGUNDO PERIODO VACACIONAL)

ASIMISMO, SE HACE DEL CONOCIMIENTO QUE LOS DÍAS DECLARADOS COMO INHÁBILES A LOS QUE SE

HACE REFERENCIA, SUSPENDERÁN LOS PLAZOS Y TÉRMINOS RESPECTIVOS, PARA LA ATENCIÓN,

REGISTRO, TRÁMITES Y NOTIFICACIÓN DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN PÚBLICA; ASÍ COMO A LAS

DE ACCESO , RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN Y OPOSICIÓN DE DATOS PERSONALES, COMPETENCIA DE

LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE ESTE TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA

CIUDAD DE MÉXICO; TODO LO CUAL, EN SU CASO, SURTIRÁ EFECTOS HASTA EL PRIMER DÍA HÁBIL

SIGUIENTE.

Ciudad de México, a 29 de noviembre de 2017

ATENTAMENTE

(Firma)

SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS

LIC. OFELIA PAOLA HERRERA BELTRÁN (I)

11 de Diciembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27

TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO, DISTRITO 8, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO

ACUERDO 3/2017 DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO, DISTRITO 8, CON SEDE EN CIUDAD DE MEXICO,

RELATIVO A CAMBIO DE DOMICILIO.

Lic. Marisol Méndez Cruz, Secretaria de Acuerdos. El Tribunal Unitario Agrario, Distrito 8, con sede en la Ciudad de México, con

fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 fracción XIX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de

conformidad con lo establecido en el artículo 1° fracción I, de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, así como el 367 del

Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley Agraria;

C O N S I D E R A N D O

1.- Que derivado del sismo ocurrido el 19 (diecinueve) de septiembre de 2017 (dos mil diecisiete), mediante SEGUNDO AVISO

el Tribunal Superior Agrario, decretó la suspensión de labores, tanto en el mismo, así como de este Tribunal Unitario Agrario,

Distrito, 8, al ocupar el mismo inmueble, respecto del cual se encontraba pendiente de emitir dictamen valuatorio necesario, que

avalara su funcionalidad y estabilidad.

2.- Del mismo modo con fecha 29 (veintinueve) de septiembre de 2017 (dos mil diecisiete), el Tribunal Superior Agrario, a través

de un TERCER AVISO, estableció mantener la suspensión de labores decretada.

3.- Al haberse informado el 10 (diez) de octubre de 2017 (dos mil diecisiete), que el inmueble antes referido, presentó falla

estructural, lo que implicaría el cambio de domicilio que ocupaba este Tribunal Unitario Agrario, Distrito 8, se emitió acuerdo

correspondiente por medio del cual se reiteró la suspensión de labores, hasta en tanto se instale de nueva cuenta este Tribunal.

4.- Que ha sido autorizado por el Oficial Mayor del Tribunal Superior Agrario, el contrato de arrendamiento y adecuaciones al

inmueble ubicado en Calle Vermont, número 28, esquina con Colorado, Colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, Ciudad de

México, código postal 03810.

Por lo antes expuesto, con fundamento en los preceptos legales señalados al rubro, se emite el siguiente ACUERDO:

PRIMERO.- Se determina el cambio de domicilio del Tribunal Unitario Agrario, Distrito 8, con sede en Ciudad de México.

SEGUNDO.- El nuevo domicilio del Tribunal Unitario Agrario, Distrito 8, será el ubicado en Calle Vermont, número 28, esquina

con Colorado, Colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México, código postal 03810.

TERCERO.- Este Órgano Jurisdiccional iniciará sus funciones en su nuevo domicilio el día VEINTISIETE DE NOVIEMBRE DE

DOS MIL DIECISIETE.

CUARTO.- A partir de la fecha señalada en el punto anterior, se reiniciará el computo de los plazos que la ley establece y de los

que se hayan fijado por este Tribunal; así mismo toda correspondencia, trámites y diligencias relacionadas con los asuntos de la

competencia de este Tribunal, deberán de dirigirse y realizarse en el domicilio precisado en el punto “SEGUNDO”, del presente

acuerdo.

QUINTO.- El presente acuerdo entrará en vigor el día 22 (veintidós) de noviembre de 2017 (dos mil diecisiete) y deberá ser

publicado en el Diario Oficial de la Federación; Gaceta Oficial de Ciudad de México; en uno de los diarios de mayor circulación

en esta Ciudad; en las instalaciones del inmueble que antes se ocupaba ubicado en Calle Avena, número 630, Colonia Granjas

México, Delegación Iztacalco, código postal 08400, en esta Ciudad; así como en la página web de los Tribunales Agrarios.

Así lo acordó y firma el Magistrado del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 8, Doctor JORGE J. GOMEZ DE SILVA CANO,

ante la presencia de la Licenciada MARISOL MENDEZ CRUZ, Secretaria de Acuerdos, que autoriza y da Fe. A los 17

(diecisiete) días de noviembre de 2017 (dos mil diecisiete).

(Firma)

LIC. MARISOL MÉNDEZ CRUZ

SECRETARIA DE ACUERDOS

28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de Diciembre de 2017

CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO

AVISO DE FALLOS DE LICITACIONES PÚBLICAS

El Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz, Subdirector General de Mantenimiento del Sistema de Transporte Colectivo, en

cumplimiento a las disposiciones que establece la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal en su artículo 34 y de

conformidad con lo establecido en el artículo 29 Fracción XX del Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo,

así como al Manual Administrativo del Sistema de Transporte Colectivo, informa acerca de los fallos de las siguientes

licitaciones:

Convocatoria 01.- Licitación número SDGMLP-N1-2017, Renovación de la estación Balbuena de la Línea 1 del Sistema

de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa), con periodo de ejecución del 16 de febrero al 14 de agosto de 2017 cuyo fallo

fue emitido el 01 de febrero de 2017 a favor de la empresa Karisma Ingeniería, S.A. de C.V. con registro federal de

contribuyente número KIN-960110-SE4 , por un monto de $34’899, 865.12 (Treinta y cuatro millones ochocientos noventa

y nueve mil ochocientos sesenta y cinco pesos 12/100 M.N.) sin incluir el IVA, y con domicilio en Calle Quintana Roo

Número 6, Colonia Roma Sur, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, Código Postal 06760

Convocatoria 02.- Licitación número SDGMLP-N2-2017, Renovación de la estación Cuauhtémoc de la Línea 1 del

Sistema de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa), con periodo de ejecución del 16 de febrero al 14 de agosto de 2017 cuyo

fallo fue emitido el 01 de febrero de 2017 a favor de la empresa, Concoar, S.A. de C.V., con registro federal de

contribuyente número CON-780711-9A9, por un monto de $32’284,482.76 (Treinta y dos millones doscientos ochenta y

cuatro mil cuatrocientos ochenta y dos pesos 76/100 M.N.) sin incluir el IVA, y con domicilio en Av. San Jerónimo Número

120-7° Piso, Colonia Jardines del Pedregal, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Código Postal 04500

Convocatoria 03.- Licitación número SDGMLP-N3-2017, Renovación de la estación Salto del Agua de la Línea 1 del

Sistema de Transporte Colectivo. (Segunda Etapa), con periodo de ejecución del 16 de febrero al 14 de agosto de 2017 cuyo

fallo fue emitido el 01 de febrero de 2017 a favor de la empresa Grupo Constructor FBD, S.A. de C.V. con registro federal

de contribuyente número GCF-121022-9P5, por un monto de $32’770,443.34 (Treinta y dos millones setecientos setenta

mil cuatrocientos cuarenta y tres pesos 34/100 M.N.), sin incluir el IVA y con domicilio en Olímpica Número 3, Colonia del

Valle Sur, Delegación Iztapalapa, Ciudad de México, Código Postal 09819

Convocatoria 04.- Licitación número SDGMLP-N4-2017, Renovación de la estación Sevilla de la Línea 1 del Sistema de

Transporte Colectivo. (Segunda Etapa), con periodo de ejecución del 16 de febrero al 14 de agosto de 2017 cuyo fallo fue

emitido el 01 de febrero de 2017 a favor de la empresa Impulsora de Desarrollo Integral, S.A. de C.V., con registro federal

de contribuyente número IDI-930119-FX2, por un monto de $33'613,890.93 (Treinta y tres millones seiscientos trece mil

ochocientos noventa pesos 93/100 M.N.) sin incluir el IVA y con domicilio en Presa Tepuxtepec Número 40, Colonia

Lomas Hermosa, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México, Código Postal 11200

Convocatoria 05.- Licitación número SDGMLP-N5-2017, Renovación de la estación Merced de la Línea 1 del Sistema de

Transporte Colectivo. (Segunda Etapa), con periodo de ejecución del 16 de febrero al 14 de agosto de 2017 cuyo fallo fue

emitido el 01 de febrero de 2017 a favor de la empresa Gargo Ingeniería, S.A. de C.V., con registro federal de contribuyente

número GIN-970304-MJA, por un monto de $25’593,461.13 (Veinticinco millones quinientos noventa y tres mil

cuatrocientos sesenta y un pesos 13/100 M.N.) sin incluir el IVA, y con domicilio en Carretera Picacho Ajusco Número 154

Piso 5 Oficina 502, Colonia Jardines de la Montaña, Delegación Tlalpan, Ciudad de México, Código Postal 14210

Convocatoria 13.- Licitación número SDGMLP-N13-2017, Renovación de la estación Pino Suárez de las Línea 1 y 2 del

Sistema de Transporte Colectivo, con periodo de ejecución del 19 de junio al 31 de diciembre de 2017 cuyo fallo fue

emitido el 01 de junio de 2017 a favor de la empresa Compañía Constructora y Prefabricadora de México, S.A. de C.V., con

registro federal de contribuyente número CPM-090105-2K1, por un monto de $85’654,866.20 (Ochenta y cinco millones

seiscientos cincuenta y cuatro mil ochocientos sesenta y seis pesos 20/100 M.N.), sin incluir el IVA y con domicilio en

Managua Número 697-303, Colonia Lindavista Norte, Delegación Gustavo A. Madero, Código Postal 07300

11 de Diciembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29

Convocatoria LO-909009999-E3-2017.- Mantenimiento y Rehabilitación de vías de la Línea 9, con periodo de ejecución

del 17 de agosto al 31 de diciembre de 2017 cuyo fallo fue emitido el 28 de julio de 2017 a favor de la empresa TSO-NGE

México, S.A. de C.V. con registro federal de contribuyente número TME-140702-8Q5, por un monto de $39’920,406.35

(Treinta y nueve millones novecientos veinte mil cuatrocientos seis pesos 35/100 M.N.) sin incluir el IVA y con domicilio

en Avenida Insurgentes Sur 813 piso 2 despacho 201-8, Colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México,

Código Postal 03810

Convocatoria LO-909009999-E4-2017.- Mantenimiento y Rehabilitación de vías de la Línea A, con periodo de ejecución

del 17 de agosto al 31 de diciembre de 2017 cuyo fallo fue emitido el 28 de julio de 2017 a favor de la empresa Comsa

Emte, S.A. de C.V., con registro federal de contribuyente número CEM-090305-AM7, por un monto de $38'231,141.00

(Treinta y ocho millones doscientos treinta y un mil ciento cuarenta y un pesos 00/100 M.N.) sin incluir el IVA y con

domicilio en Avenida Insurgentes Sur 664 Piso 9, Colonia del Valle, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México, Código

Postal 03810

Convocatoria LO-909009999-E6-2017.- Estudios de Pre-Inversión para un Sistema Ferroviario de Trenes Eléctricos para

Transporte Urbano de Pasajeros Exprés, que conecte al Nuevo Aeropuerto con la Ciudad de México, con periodo de

ejecución del 18 de septiembre de 2017 al 28 de junio de 2018 cuyo fallo fue emitido el 31 de agosto de 2017 a favor de la

empresa Ingeniería, Servicios y Sistemas Aplicados, S.A. de C.V. en conjunto con Desarrollo Tecnología y Planeación, S.A.

de C.V., HH & Asociados Consultoría Especializada, S.C. y Consultoría Integral en Transporte CITRAN, S.C., con registro

federal de contribuyente número ISS-911211-PB6, por un monto de $74’347,826.36 (Setenta y cuatro millones trescientos

cuarenta y siete mil ochocientos veintiséis pesos 36/100 M. N.) sin incluir el IVA y con domicilio en Calzada de Tlalpan

No. 1137 1-B, Colonia San Simón Ticumac, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México, Código Postal 03660

Convocatoria LO-909009999-E8-2017.- Estudios y Proyecto Ejecutivo para la Ampliación de la Línea 9 del Metro del

sistema de Transporte Colectivo (STC) de la Ciudad de México, Tramo Tacubaya-Observatorio y su conexión con las

Líneas 1 y 12 del Metro y con el Tren Interurbano México-Toluca (Estudios), con periodo de ejecución del 04 de

septiembre de 2017 al 30 de julio de 2018 cuyo fallo fue emitido el 23 de agosto de 2017 a favor de la empresa Consultoría

Integral en Ingeniería, S.A. de C.V. en conjunto con Integración de Procesos de Ingeniería, S.A. de C.V. y Dirección

Responsable y Consultoría, S.A., con registro federal de contribuyente número CII-871116-SU9, por un monto de

$155’973,790.94 (Ciento cincuenta y cinco millones novecientos setenta y tres mil setecientos noventa pesos 94/100 M. N.)

sin incluir el IVA y con domicilio en

Convocatoria LO-909009999-E9-2017.- Proyecto Integral (Sexta Etapa) a precio alzado para resolver la accesibilidad a

personas con discapacidad a base de 4 (cuatro) elevadores en estaciones de la Línea 3 de la Red del Sistema de Transporte

Colectivo, con periodo de ejecución del 18 de septiembre al 31 de diciembre de 2017 cuyo fallo fue emitido el 06 de

septiembre de 2017 a favor de la empresa Sinergman, S. de R. L. de C.V., con registro federal de contribuyente número

SIN-150807-M39, por un monto de $10'155,172.41 (Diez millones ciento cincuenta y cinco mil ciento setenta y dos pesos

41/100 M. N.) sin incluir el IVA y con domicilio en Calle Agustín González de Cossío Número 23 Bis, Colonia Del Valle,

Delegación Benito Juárez, Ciudad de México, Código Postal 03100

Convocatoria LO-909009999-E10-2017.- Proyecto Integral (Sexta Etapa) a precio alzado para resolver la accesibilidad a

personas con discapacidad a base de 4 (cuatro) elevadores en estaciones de la Línea 5 de la Red del Sistema de Transporte

Colectivo, con periodo de ejecución del 18 de septiembre al 31 de diciembre de 2017 cuyo fallo fue emitido el 06 de

septiembre de 2017 a favor de la empresa Spahilli Construcciones e Instalaciones Electromecánicas, S.A de C.V., con

registro federal de contribuyente número SCE-110811-2H6, por un monto de $9'121.656.47 (Nueve millones ciento

veintiún mil seiscientos cincuenta y seis pesos 47/100 M.N.) sin incluir el IVA, y con domicilio en Calle Rafael Martínez

Número 63, Colonia Colonial Iztapalapa, Delegación Iztapalapa, Ciudad de México, Código Postal 09270

Convocatoria 22.- Licitación número SDGMLP-N22-2017, Tratado, sellado e inyección de filtraciones en la Red del

Sistema de Transporte Colectivo, con periodo de ejecución del 23 de octubre al 31 de diciembre de 2017, cuyo fallo fue

emitido el 09 de octubre de 2017 a favor de la empresa Especialistas en Acabados Profesionales, S.A. de C.V., con registro

federal de contribuyente número EAP-000106-BW7, por un monto de $13’777,587.67 (Trece millones setecientos setenta y

siete mil quinientos ochenta y siete pesos 67/100 M.N.) sin incluir el IVA y con domicilio en Calle Alborada 136 Interior

801, Colonia Parque Del Pedregal, Delegación Tlalpan, Ciudad de México, Código Postal 14010

30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de Diciembre de 2017

Convocatoria 23.- Licitación número SDGMLP-N23-2017, Colocación de techumbre en transición de túnel a superficie,

en el tramo Mixhiuca-Velódromo de la Línea 9 del Sistema de Transporte Colectivo, con periodo de ejecución del 23 de

octubre al 31 de diciembre de 2017, cuyo fallo fue emitido el 09 de octubre de 2017 a favor de la empresa Calapa

Construcciones, S.A. de C.V., con registro federal de contribuyente número CCO-100211-E18, por un monto de

$11’548,801.40 (Once millones quinientos cuarenta y ocho mil ochocientos un pesos 40/100 M.N.), sin incluir el IVA y con

domicilio en Calle Izquitecatl No. 125, Colonia Adolfo Ruíz Cortines, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Código

Postal 04630

Convocatoria 24.- Licitación número SDGMLP-N24-2017, Renovación de techumbres, canalones y bajadas de agua

pluvial en Línea B del Sistema de Transporte Colectivo, con periodo de ejecución del 23 de octubre al 31 de diciembre de

2017, cuyo fallo fue emitido el 09 de octubre de 2017 a favor de la empresa Construcciones Orense, S.A. de C.V., con

registro federal de contribuyente número COR-170131-6K3, por un monto de $8’191,591.07 (Ocho millones ciento noventa

y un mil quinientos noventa y un pesos 07/100 M.N.) sin incluir el IVA, y con domicilio en Andador Tamaulipas No. 110,

Colonia Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, Ciudad de México, C.P. 05000

Convocatoria 25.- Licitación número SDGMLP-N25-2017, Rehabilitación de plintos en tramo elevado de la Línea B del

Sistema de Transporte Colectivo, con periodo de ejecución del 23 de octubre al 31 de diciembre de 2017, cuyo fallo fue

emitido el 09 de octubre de 2017 a favor de la empresa Consultoría Metropolitana de Ingeniería, S.A. de C.V., con registro

federal de contribuyente número CMI-860228-TR8, por un monto de $14’550,349.37 (Catorce millones quinientos

cincuenta mil trescientos cuarenta y nueve pesos 37/100 M.N.), sin incluir el IVA y con domicilio en Av. Yucatán No. 20

Mezzanine 1, Colonia Roma, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México Código Postal 06700

Convocatoria 26.- Licitación número SDGMLP-N26-2017, Obra Civil para ampliación de Talleres La Paz para la revisión

general de los trenes de la Línea A del Sistema de Transporte Colectivo, con periodo de ejecución del 23 de octubre al 31 de

diciembre de 2017, cuyo fallo fue emitido el 09 de octubre de 2017 a favor de la empresa, Impulsora de Desarrollo Integral,

S.A. de C.V., con registro federal de contribuyente número IDI-930119-FX2, por un monto de $18’615,22 4.39 (Dieciocho

millones seiscientos quince mil doscientos veinticuatro pesos 39/100 M.N.) sin incluir el IVA y con domicilio en Presa

Tepuxtepec Número 40, Colonia Loma Hermosa, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México, C.P. 11200

Convocatoria 27.- Licitación número SDGMLP-N27-2017, Obra electromecánica para ampliación de Talleres La Paz para

la revisión general de los trenes de la Línea A del Sistema de Transporte Colectivo, con periodo de ejecución del 23 de

octubre al 31 de diciembre de 2017, cuyo fallo fue emitido el 09 de octubre de 2017 a favor de la empresa Concoar, S.A. de

C.V., con registro federal de contribuyente número CON-780711-9A9, por un monto de $21’450,009.05 (Veintiún millones

cuatrocientos cincuenta mil nueve pesos 05/100 M.N.), sin incluir el IVA, y con domicilio en Av. San Jerónimo Número

120-7° Piso, Colonia Jardines del Pedregal, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Código Postal 04500

El lugar donde se podrán consultar las razones de adjudicación y rechazo es en la Subdirección de Concursos y

Estimaciones de la Gerencia de Obras y Mantenimiento, sita en Av. Balderas N° 58, segundo piso, Colonia Centro, Código

Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México

Ciudad de México, a 01 de diciembre de 2017.

(Firma)

Ing. Jorge J. Jiménez Alcaraz

Subdirector General de Mantenimiento

SISTEMA DE MOVILIDAD 1 (SISTEMA M1)

CONVOCATORIA No. E-003/17

Mtro. Raúl Gerardo Lemus Soto, Director Ejecutivo de Administración y Finanzas del Sistema de Movilidad 1 (Sistema M1), con fundamento en lo dispuesto en

el Artículo 134 Constitucional, Artículo 57 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público, la Circular Uno 2015 emitida por la Oficialía Mayor del

Gobierno de la Ciudad de México y el Artículo 25 del Estatuto Orgánico del Sistema de Movilidad 1 (Sistema M1):

CONVOCA

A las personas físicas y morales interesadas en participar en las Licitaciones Públicas SM1/LP-004/17, SM1/LP-005/17 y SM1/LP-006/17 para la enajenación de

bienes de acuerdo a lo siguiente:

Licitación Pública P.M.V. Aclaración de Bases Acto de Apertura de Ofertas Acto de Fallo

SM1/LP-004/17

“Un lote de 180 Unidades Obsoletas, integrado por 176

Autobuses de Transporte de Pasajeros, 2 Motocicletas y 2

Automóviles Utilitarios”

$9´000,000.00

por lote

18/12/2017

11:00 horas

21/12/2017

11:00 horas

28/12/2017

11:00 horas

Licitación Pública Aclaración de Bases Acto de Apertura de Ofertas Acto de Fallo

SM1/LP-005/17

“Un lote de aproximadamente 51,916 kilogramos

de Desecho Ferroso”, integrado en 2 partidas.

18/12/2017 15:00 horas 21/12/2017 15:00 horas 28/12/2017

12:00 horas

No. Partida P.M.V. Descripción

1 $3.60 por kg. Un lote de Aproximadamente 49,868 kilogramos de Desecho Ferroso Vehicular.

2 $3.10 por kg. Un lote de Aproximadamente 2,048 kilogramos de Desecho Ferroso de Segunda.

Licitación Pública P.M.V. Aclaración de Bases Acto de Apertura de Ofertas Acto de Fallo

SM1/LP-006/17

“Un lote de 3,695 piezas integrado por: 860 piezas de

mobiliario y equipo; 978 piezas de equipo informático, 257

piezas de herramienta maquinaria y equipo; 8 motores; 42

monoblocks; 78 transmisiones; 1,402 piezas de herramienta

manual y 70 colchones, todo en calidad de desecho”.

$300,000.00

por lote

18/12/2017 16:30

horas

21/12/2017 16:30 horas 28/12/2017

13:00 horas

El costo de las bases de la Licitación Pública No. SM1/LP-004/17 es de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 M.N.) cada una, I.V.A. incluido; para las bases de

las Licitaciones Públicas No. SM1/LP-005/17 y SM1/LP-006/17, el costo es de $2,000.00 (dos mil pesos 00/100 M.N.) cada una, I.V.A. incluido, importes

que podrán pagar mediante efectivo, cheque de caja o certificado a nombre de “Sistema de Movilidad 1 (Sistema M1)”, mismo que depositarán en la caja general

del Organismo ubicada en Versalles Número 46 quinto piso, Col. Juárez, C. P. 06600, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, previa presentación de la

cédula de identificación fiscal respectiva. Cabe mencionar que las bases de las Licitaciones podrán ser revisadas por los interesados, previo al pago de las

mismas, las cuales se pondrán a la venta del 11 al 13 de diciembre de 2017 de 9:30 a 13:30 y de 15:30 a 17:00.

Todos los actos relativos a las licitaciones, se llevarán a cabo en la sala de juntas de la Gerencia de Comercialización, Enajenación y Licitación de Bienes,

ubicada en Versalles Número 46 quinto piso, Col. Juárez, C. P. 06600, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México. Para mayor información, comunicarse al

teléfono 1328-6300 ext. 6371.

Los bienes referentes a las Licitaciones Públicas objeto de este documento podrán inspeccionarse, no sin antes haber adquirido las bases de Licitación y el pase

de acceso, cabe mencionar que no se permitirá ingresar a los Módulos o Centros de Acopio sin este documento. La visita se realizará el 14 de diciembre de

2017 de 9:30 a 13:30 y de 15:30 a 17:00 horas y el 15 de diciembre del mismo año de 9:30 a 14:30 horas en los Módulos Operativos donde se encuentran

resguardados los bienes de las licitaciones en cuestión, los cuales se describen a continuación:

Módulo Domicilio Teléfono Módulo Domicilio Teléfono

4 Braulio Maldonado no. 100, Col. Consejo

Agrarista Mexicano, C.P. 09760. del

Iztapalapa

54-28-29-6454-28-

03-40

4-A Av. Telecomunicaciones s/n,

Col. Ejército Constitucionalista,

C.P. 09220, Del. Iztapalapa.

Los licitantes deberán garantizar la seriedad de sus propuestas, mediante efectivo, cheque certificado o de caja, expedido por una institución de banca y crédito, o

fianza expedida por institución afianzadora legalmente autorizada, a favor de “Sistema de Movilidad 1 (Sistema M1)” por un monto equivalente al 10% de su

oferta. La garantía de sostenimiento presentada se considerará como respaldo de cumplimiento y se reintegrará al término del retiro de bienes.

En la presente convocatoria, así como en la determinación y aplicación de sanciones derivadas de incumplimiento al contrato que en su oportunidad se asigne,

queda prohibida cualquier forma de discriminación, sea por acción u omisión, por razones de origen étnico o nacional, genero, edad, discapacidad, condición

social, condición de salud, religión, opiniones, preferencia o identidad sexual o de género, estado civil, apariencia exterior o cualquier otra análoga.

Por lo anterior, se entenderá por discriminación, toda distinción, exclusión o restricción que tenga por efecto u objeto anular o menoscabar el reconocimiento,

goce o ejercicio, de los derechos y libertades fundamentales, así como la igualdad real de oportunidades de las personas, o que atente contra la dignidad humana

o produzca consecuencias perjudiciales para los grupos en situación de discriminación.

Ciudad de México, a 05 de diciembre de 2017

(Firma)

MTRO. RAÚL GERARDO LEMUS SOTO

DIRECTOR EJECUTIVO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

SISTEMA DE MOVILIDAD 1 (SISTEMA M1)

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

CONVOCATORIA DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Convocatoria 008/2017

El Contador Público Israel Soberanis Nogueda, Oficial Mayor del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, con fundamento en el artículo 134 de

la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y conforme a lo dispuesto en los artículos 27 Fracción I inciso a), 39 del Acuerdo General 36-36/2012

emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (antes Distrito Federal) y Artículo 182 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior del

Distrito Federal (hoy Ciudad de México), el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, convoca a través de la Oficialía Mayor a todos los interesados

en participar en la Licitación Pública Nacional de conformidad con el calendario siguiente:

No. de Licitación Concepto del Procedimiento Venta y Costo de

las Bases

Junta de

Aclaración

de Bases

Primera Etapa: Presentación de

Propuestas y Apertura del sobre

único que contiene la

documentación Legal y

Administrativa, Propuesta

Técnica y Económica

Segunda Etapa:

Dictamen y Técnico

Emisión de Fallo

TSJCDMX/LPN-

007/2018

Adquisición de Vales de Despensa

(Tarjeta Electrónica) para el Tribunal

Superior de Justicia y el Consejo de la

Judicatura, ambos de la Ciudad de

México.

11, 12 y 13 de

diciembre de 2017 diciembre, 15 diciembre, 20 diciembre, 22

$1,739.00 10:00 hrs. 10:00 hrs. 12:00 hrs.

TSJCDMX/LPN-

008/2018

Servicio de Mantenimiento Preventivo

y Correctivo a la Infraestructura de

Audio y Video de Salas Orales.

11, 12 y 13 de

diciembre de 2017 diciembre, 15 diciembre, 20 diciembre, 22

$1,739.00 13:00 hrs. 13:00 hrs. 13:00 hrs.

No. de Licitación Descripción General (Cantidades y unidades de medida detalladas en los anexos de las bases)

TSJCDMX/LPN-007/2018 Adquisición de Vales de Despensa (Tarjeta Electrónica) para el Tribunal Superior de Justicia y el Consejo de la Judicatura,

ambos de la Ciudad de México.

TSJCDMX/LPN-008/2018 Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo a la Infraestructura de Audio y Video de Salas Orales.

Se comunica que las bases y anexos técnicos están a disposición de los interesados para su consulta en la Dirección de Adquisiciones perteneciente a la

Dirección Ejecutiva de Recursos Materiales, ubicada en Río de la Plata No. 48. primer piso Aula “A”, Colonia y Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500,

Ciudad de México, los días 11, 12 y 13 de diciembre de 2017, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, así mismo podrán consultarlas a través del portal de

Internet www.poderjudicialcdmx.gob.mx, en la opción de Trámites y Servicios (Licitaciones).

Pago de Bases: Según el calendario previsto de la licitación, el costo de las bases es de $1,739.00 (MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS

00/100 M.N.), que deberá cubrirse mediante pago electrónico realizado en los kioscos y cajeros, mediante la tarjeta única emitida por el Tribunal Superior de

Justicia de la Ciudad de México, misma que está a la venta en la Planta Baja de los Inmuebles Principales del propio Tribunal; posteriormente, y una vez que

cuente con su ticket de pago, es necesario lo presente el mismo día de su adquisición para su validación y entrega de las bases en las oficinas de la

Dirección de Adquisiciones, ubicada en el domicilio antes indicado.

Las Propuestas: Deberán ser idóneas y solventes, redactarse en idioma español y cotizar precios fijos y firmes en moneda nacional.

El plazo de la entrega de los bienes se realizará de conformidad al lugar y calendario establecido en bases.

Los pagos: serán por los servicios entregados dentro de los 20 días naturales siguientes a la fecha de aceptación de la factura y documentación soporte,

mismas que deberán estar con la verificación y validación de la Dirección Ejecutiva de Recursos Humanos, Dirección Ejecutiva de Gestión Tecnológica,

ambas del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.

Anticipo: el Tribunal no contempla otorgar anticipo.

La Junta de Aclaración de Bases, la Presentación y Apertura del sobre único que contenga la Documentación Legal y Administrativa, Propuesta Técnica,

Económica y Emisión de Fallo, se efectuarán en las fechas señaladas, en la sala de usos múltiples de la Dirección Ejecutiva de Recursos Materiales del

Tribunal, ubicada en la calle de Rio de la Plata No. 48, segundo piso (sala 2), Colonia y Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500, previo registro.

En la junta de aclaraciones únicamente podrán participar quienes hayan adquirido las bases de la licitación.

ATENTAMENTE

CIUDAD DE MÉXICO A 05 DE DICIEMBRE DE 2017

OFICIAL MAYOR DEL TRIBUNAL SUPERIOR

DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

(Firma)

C.P. ISRAEL SOBERANIS NOGUEDA

11 de Diciembre de 2017 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 35

AVISO

PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa;

Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, los requisitos que

habrán de contener los documentos para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, siendo los siguientes:.

1. El documento a publicar deberá presentarse ante la Unidad Departamental de Publicaciones para su revisión, autorización y según el

caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera sea publicado, esto para el caso de

las publicaciones ordinarias, si se tratase de las inserciones urgentes a que hace referencia el Código Fiscal del Distrito Federal,

estas se sujetarán a la disposición de espacios que determine la citada Unidad Departamental, esto en el horario de 9:00 a 13:30

horas, acompañado de la solicitud de inserción dirigida al titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.

El documento a publicar tendrá que presentarse en original legible y debidamente firmado, señalando el nombre y cargo de quien lo

suscribe, asimismo, deberá ser rubricado en todas las fojas que lo integren.

2. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como

publicaciones se requieran.

3. La información a publicar deberá ser grabada en disco compacto, siendo un archivo generado en procesador de texto Microsoft Word

en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:

I. Página tamaño carta;

II. Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;

III. Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3;

IV. Tipo de letra Times New Roman, tamaño 10;

V. Dejar un renglón como espacio entre cada párrafo, teniendo interlineado sencillo;

VI. No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento;

VII. Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas generadas en Word;

VIII. Rotular el disco con el título del documento;

IX. No utilizar la función de Revisión o control de cambios, ya que al insertar el documento en la Gaceta Oficial, se generarán cuadros

de dialogo que interfieren con la elaboración del ejemplar;

X. No utilizar numeración o incisos automáticos, así como cualquier función automática en el documento; y

XI. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación

Es importante destacar que la ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México son de

estricta responsabilidad de los solicitantes.

4. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, deberá solicitarse por escrito, con 3 días hábiles de

anticipación a la fecha de publicación, para el caso de publicaciones ordinarias, si se trata de publicaciones urgentes, será con al menos un

día de antelación a la publicación, en el horario establecido en el segundo numeral de este aviso.

SEGUNDO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea

Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que a

partir de la primera emisión que se efectué a partir del 2 de febrero de 2016, de este Órgano de Difusión Oficial, la Época inserta en el

Índice será la Décima Novena.

TERCERO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea

Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la

publicación de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se realizará de lunes a viernes, en días hábiles, pudiéndose habilitar, a juicio de

esta Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, tantos números extraordinarios como se requieran, así como emitir

publicaciones en días inhábiles para satisfacer las necesidades del servicio.

AVISO IMPORTANTE

Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados,

por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.

36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11 de Diciembre de 2017

DIRECTORIO

Jefe de Gobierno de la Ciudad de México

MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA

Consejero Jurídico y de Servicios Legales

MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS

Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos

CLAUDIA ANGÉLICA NOGALES GAONA

Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios

FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA

Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones

EDGAR OSORIO PLAZA

Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios

JUAN ULISES NIETO MENDOZA

INSERCIONES

Plana entera ...................................................................................... $ 1,824.00

Media plana ............................................................................................ 981.00

Un cuarto de plana ................................................................................. 610.70

Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo,

C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.

Consulta en Internet

www.consejeria.cdmx.gob.mx

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Impresa por Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V.

Calle General Victoriano Zepeda No. 22, Col. Observatorio C.P. 11860,

Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México.

Teléfono: 55-16-85-86 con 20 líneas.

www.comisa.cdmx.gob.mx

(Costo por ejemplar $26.50)