i. “cero cero” - infodf · la publicidad y difusión del programa denominado “cero-cero”....

25
EXPEDIENTE: RR.1773/2011 Héctor Gutiérrez Quintana FECHA RESOLUCIÓN: 24/11/2011 Ente Público: Delegación Álvaro Obregón MOTIVO DEL RECURSO: Inconformidad con la respuesta del Ente Público. SENTIDO DE LA RESOLUCIÓN: El Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, Resuelve: se MODIFICA la respuesta emitida por la Delegación Álvaro Obregón, y se le ordena que emita una nueva se modifica la respuesta emitida por la Delegación Álvaro Obregón, y se le ordena que emita una nueva respuesta, debidamente fundada y motivada en la que: I. Se pronuncie respecto de cada uno de los rubros y tipos de programas que conforman la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales colocó publicidad de todos sus programas institucionales.

Upload: others

Post on 21-Apr-2020

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Héctor Gutiérrez Quintana FECHA RESOLUCIÓN: 24/11/2011

Ente Público: Delegación Álvaro Obregón

MOTIVO DEL RECURSO: Inconformidad con la respuesta del Ente Público.

SENTIDO DE LA RESOLUCIÓN: El Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, Resuelve: se MODIFICA la respuesta emitida por la Delegación Álvaro Obregón, y se le ordena que emita una nueva se modifica la respuesta emitida por la Delegación Álvaro Obregón, y se le ordena que emita una nueva respuesta, debidamente fundada y motivada en la que:

I. Se pronuncie respecto de cada uno de los rubros y tipos de programas que conforman

la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”.

II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales colocó

publicidad de todos sus programas institucionales.

Page 2: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

1

En México, Distrito Federal, a veinticuatro de noviembre de dos mil once.

VISTO el estado que guarda el expediente identificado con el número RR.1773/2011,

relativo al recurso de revisión interpuesto por Héctor Gutiérrez Quintana en contra de la

Delegación Álvaro Obregón, se formula resolución en atención a los siguientes:

R E S U L T A N D O S

I. El cuatro de agosto de dos mil once, a través del sistema electrónico “INFOMEX”,

mediante la solicitud con folio 0401000097211, el particular requirió en medio

electrónico gratuito:

“… Por este conducto me permito requerirle a la Delegación Álvaro Obregón, información detallada respecto de la difusión de todos los programas institucionales realizada durante la actual administración, a través de bardas y muros de inmuebles públicos y privados, muros de contención, bajo puentes etcétera: 1.- Cuantas pintas se han realizado a) A la fecha que cantidad que se ha gastado en la totalidad de las pintas b) Desglose por contratos, números de contrato 2.- Ubicación exacta de las bardas (con referencias) y descripción de acción de gobierno o último programa difundido. 3.- En la mayoría de los casos se ha realizado la difusión de diversos programas o acciones de gobierno (ejemplo "00:00 cero horas 0 venta de alcohol", "0 riesgos" "0 perreos", "la mona te mata", "el que la hace la paga, etcétera) en una barda, muro o bajo puente; Establecer durante que plazo se difundió cada uno de los programas así como su ubicación exacta. …” (sic)

II. El once de agosto de dos mil once, mediante un oficio sin número, de la misma

fecha, a través del sistema electrónico “INFOMEX”, el Ente Público previno al solicitante

en los siguientes términos:

Page 3: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

2

“… En atención a su solicitud de Información Pública No. 0401000097211 de fecha 3 de agosto de 2011 y de conformidad con el artículo 47 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y conforme a lo requerido por esta Unidad Departamental de Acceso a la Información Pública, se hace de su conocimiento que dicha solicitud no es precisa respecto de sus cuestionamientos; por lo que me permito reproducir en sus términos la misma: [Transcripción de la solicitud de información] De ahí que resulta impreciso, de la simple lectura de su petición, determinar el alcance de su solicitud, dado que resulta necesario para dar una eficaz, pronta y expedita atención a la misma, especifique de manera exacta qué tipo de "información detallada" requiere, toda vez que no acota el nivel de detalle que desea. Asimismo, respecto del inciso b), señale a qué tipo de contratos se refiere. En concordancia con lo anterior y con base en lo establecido por el artículo 47 de la Ley en cita, se le previene para que aclare su petición, dado que si al ser presentada la solicitud, ésta no es precisa o no contiene todos los datos requeridos, el Ente Público prevendrá al solicitante para que complemente o aclare el sentido de su solicitud y para el caso de no cumplir con la prevención en los 5 días hábiles siguientes, se tendrá por no presentada la solicitud. …” (sic)

III. El quince de agosto de dos mil once, el particular desahogó la prevención referida en

el Resultando que antecede, en los siguientes términos:

“… En atención a la prevención realizada por la Oficina de Información Pública de la Delegación Álvaro Obregón me permito señalar que la solicitud de información es precisa en cuanto a la información detallada que requiero, sin embargo a fin de lograr mayor claridad comparezco a exponer:

Dentro de la solicitud de información se pidieron datos a detalle respecto de la difusión de todos los programas institucionales realizada durante la administración del Lic. Eduardo Santillán Pérez, a través de bardas de inmuebles públicos y privados, muros de contención, bajo puentes etcétera. En la citada solicitud de información se focalizaron los rubros sobre los cuales se requería información:

Page 4: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

3

1. - Número de pintas A) Que cantidad se ha destinado para la totalidad de las pintas realizadas a la fecha B) Desglose por contratos (Me refiero a los contratos llevados a cabo por la Delegación para la realización de las pintas objeto de la presente solicitud, de acuerdo a lo contemplado por el artículo 14 fracción XVII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal:

"XVII. Respecto de los convenios y contratos celebrados por el ente público, un listado que relacione el número de contrato, su fecha de celebración, el nombre o razón social del proveedor, objeto, el monto del valor total de la contratación, el plazo de ejecución, los mecanismos de vigilancia y suspensión, incluyendo, en su caso, estudios de impacto urbano e impacto urbano-ambiental"

Este caso particularmente es información pública de oficio que el ente debería publicar, pero ante su omisión en la publicación de la totalidad de los contratos es que se solicitó por este medio.

2.- Ubicación exacta de las bardas (con referencias) y descripción de acción de gobierno o último programa difundido.

3.- Establecer durante que plazo se difundió cada uno de los programas." …” (sic)

IV. El veintitrés de septiembre de dos mil once, a través de un correo electrónico, el

Ente Público notificó la siguiente respuesta:

“… Al respecto le remito el oficio DAO/DGA/1057/11, signado por el C. Héctor Manuel Ávalos Martínez, Director General de Administración, ver archivo adjunto denominado "Respuesta 97211 Control 1100" …” (sic)

Al correo electrónico referido, el Ente Público adjuntó las siguientes documentales:

Copia simple del oficio DAO/DGA/1057/11, del veintidós de septiembre de dos mil once, dirigido a la Jefa de Unidad Departamental de Acceso a la Información y suscrito por el Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales, del cual se desprende lo siguiente.

Page 5: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

4

“… Al respecto informo lo siguiente:

1.- Número de pintas: se contesta con el anexo número 1.

A) Que cantidad se ha destinado para la totalidad de las pintas realizadas a la fecha: se contesta con el anexo número 1.

B) Desglose por contrato (Me refiero a los contratos llevados a cabo por la Delegación para la realización de las pintas objeto de la presente solicitud, de acuerdo a lo contemplado por el artículo 14 fracción XVII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal:

"XVII. Respecto de los convenios y contratos celebrados por el ente público, un listado que relacione el número de contrato, su fecha de celebración, el nombre o razón social del proveedor, objeto, el monto del valor total de la contratación, el plazo de ejecución, los mecanismos de vigilancia y suspensión, incluyendo, en su caso, estudios de impacto urbano e impacto urbano-ambiental"

Se contesta con el anexo número 1

2.- Ubicación exacta de las bardas (con referencias) y descripción de acción de gobierno o último programa difundido: se contesta con anexo número 2.

3.- Establecer durante que plazo se difundió cada uno de los programas.": Al respecto informo que los plazos son variables debido a que en algunos casos son bardas o muros de espacios públicos que en ocasiones otras instituciones de gobierno, instituciones públicas o privadas y/o los particulares ocupan, es un caso similar en las bardas o fachadas de inmuebles particulares en el que el dueño del predio otorga permiso para pintar y despintar la misma, sin embargo el tiempo promedio es de 30 días naturales. …” (sic)

Copia simple del documento con el encabezado “ROTULACIÓN DE MUROS”, con los rubros “NUM. DE CONTRATO”, “NÚM. DE SOLICITUD”, “CELEBRACIÓN DE CONTRATO”, “PROVEEDOR”, “TIPO DE EVENTO”, “TOTAL DE BARDAS”, “MONTO TOTAL DEL CONTRATO”, “MONTO EJERCIDO DEL CONTRATO”, “VIGENCIA DEL CONTRATO” y “MECANISMOS DE VIGILANCIA”.

Copia simple del documento con el encabezado “BARDAS ROTULADAS 2da SEMANA NACIONAL DE SALUD", con los rubros “No.”, “UBICACIÓN” y “CONCEPTO”.

Page 6: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

5

Copia simple del documento con el encabezado “SEMANA DE VACUNACIÓN ANTIRRÁBICA", con los rubros “No.”, “UBICACIÓN” y “CONCEPTO”.

Copia simple del documento con el encabezado “PROGRAMA 0-0 ESPACIOS LIBRES DE TABACO", con los rubros “No.”, “UBICACIÓN” y “CONCEPTO”.

Copia simple del documento con el encabezado “PRIMERA SEMANA DE VACUNACION 2011", con los rubros “No.”, “UBICACIÓN” y “CONCEPTO”.

Copia simple del documento con el encabezado “RELACIÓN DE BARDAS ROTULADAS 1ra SEMANA NACIONAL DE SALUD", con los rubros “No.”, “UBICACIÓN” y “CONCEPTO”.

Copia simple del documento con el encabezado “RELACION DE BARDAS ROTULADAS 1ra SEMANA DE SALUD BUCAL", con los rubros “No.”, “UBICACIÓN” y “CONCEPTO”.

Copia simple del documento con el encabezado “RELACIÓN DE BARDAS ROTULADAS", con los rubros “No.”, “UBICACIÓN” y “CONCEPTO”.

Copia simple del documento con el encabezado “RELACIÓN DE BARDAS ROTULADAS CERO RIESGOS", con los rubros “No.”, “UBICACIÓN” y “CONCEPTO”.

Copia simple del documento con el encabezado “RELACIÓN DE BARDAS ROTULADAS CUIDA EL AGUA", con los rubros “No.”, “UBICACIÓN” y “CONCEPTO”.

Copia simple del documento con el encabezado “RELACIÓN DE BARDAS ROTULADAS REGENERACIÓN DE MINAS", con los rubros “No.”, “UBICACIÓN” y “CONCEPTO”.

Copia simple del documento con el encabezado “RELACIÓN DE BARDAS ROTULADAS KIOSKO DIGITAL", con los rubros “No.”, “UBICACIÓN” y “CONCEPTO”.

Copia simple del documento con el encabezado “BARDAS ROTULADAS RECUPERACIÓN DE VIALIDADES", con los rubros “No.”, “UBICACIÓN” y “CONCEPTO”.

Page 7: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

6

Copia simple del documento con el encabezado “TERCERA SEMANA DE SALUD 2009", con los rubros “No.”, “UBICACIÓN” y “CONCEPTO”.

V. El veintinueve de septiembre dos mil once, el particular presentó recurso de revisión

expresando como agravios los siguientes:

i. Que el Ente Público no remitió la información de todos los programas difundidos, como “la mona te mata”, “cero perreos”, “cero robo a bordo de transporte público” además de los programas contra las adicciones.

ii. Que no proporcionó la totalidad de las direcciones.

VI. El cuatro de octubre de dos mil once, la Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo de

este Instituto, admitió a trámite el recurso de revisión interpuesto, asimismo, acordó la

admisión de las constancias de la gestión realizada en el sistema electrónico

“INFOMEX” a la solicitud de información y las documentales aportadas por el particular.

Del mismo modo, con fundamento en el artículo 80, fracción II de la Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se ordenó requerir

al Ente Público el informe de ley respecto del acto impugnado.

VII. El trece de octubre de dos mil once, el Ente Público rindió el informe de ley que le

fue requerido por este Instituto a través del oficio JDAO/ OIP/1420/2011, de la misma

fecha, en el que se señaló lo siguiente:

La respuesta otorgada por la Dirección General de Administración estaba apegada a derecho y la misma se encontraba debidamente fundada y motivada, toda vez que se apegó al principio de exhaustividad y máxima publicidad, previsto en el artículo 4, fracción XII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, en razón de que atendió todos y cada

Page 8: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

7

uno de los puntos en cuestión, tan es así que la Dirección citada, proporcionó la estructura de la información de manera comprensible para el solicitante, a través de cuadros, en los cuales se plasmaron los datos que fueron solicitados.

VIII. El diecisiete de octubre de dos mil once, la Dirección Jurídica y Desarrollo

Normativo de este Instituto, tuvo por presentado al Ente Público rindiendo el informe de

ley que le fue requerido.

Asimismo, con fundamento en el artículo 80, fracción IV de la Ley de Transparencia y

Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se ordenó dar vista al recurrente

con el informe de ley rendido por el Ente Público para que manifestara lo que a su

derecho conviniera.

IX. Mediante un correo electrónico del veinticinco de octubre de dos mil once, el

recurrente desahogó la vista dada con el informe de ley del Ente Público, manifestando

que la respuesta impugnada no abarcaba la totalidad de la difusión, ya que sólo

proporcionó información incompleta e imprecisa.

X. Por acuerdo del veintiocho de octubre de dos mil once, se tuvo por presentado al

recurrente desahogando la vista dada con el informe de ley rendido por el Ente Público.

Por otra parte, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 80, fracción IX de la Ley

de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se otorgó un

plazo común de tres días a las partes para que formularan sus alegatos.

XI. El tres de noviembre de dos mil once, mediante un correo electrónico de la misma

fecha, el recurrente formuló sus alegatos reiterando los argumentos expuestos, tanto en

Page 9: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

8

su escrito inicial, como en el desahogo de la vista dada con el informe de ley rendido

por el Ente Público.

XII. Mediante acuerdo del ocho de noviembre de dos mil once, la Dirección Jurídica y

Desarrollo Normativo de este Instituto tuvo por presentado al recurrente formulando sus

alegatos; no así al Ente Público, quien se abstuvo de formular consideración alguna, por

lo que, con fundamento en el artículo 133 del Código de Procedimientos Civiles del

Distrito Federal, ordenamiento de aplicación supletoria a la ley de la materia, se declaró

precluído su derecho para tal efecto.

Finalmente, se decretó el cierre del periodo de instrucción y se ordenó elaborar el

proyecto de resolución correspondiente.

En razón de haber sido debidamente substanciado el presente recurso de revisión y

que las pruebas integradas al expediente consisten en documentales, que se

desahogan por su propia y especial naturaleza, con fundamento en el artículo 80,

fracción VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito

Federal, y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. Este Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos

Personales del Distrito Federal es competente para resolver el presente recurso de

revisión con fundamento en lo establecido en los artículos 1, 2, 9, 63, 70, 71, fracciones

II, XXI y XLIV, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82 y 88 de la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito

Page 10: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

9

Federal el veintiocho de marzo de dos mil ocho; y 2, 3, 4, fracción IV, 12, fracciones I y

XXIV, 13, fracción VII y 14, fracción III de su Reglamento Interior.

SEGUNDO. Previo al análisis de fondo de los argumentos formulados en el recurso que

nos ocupa, este Instituto realiza el estudio oficioso de las causas de improcedencia, por

tratarse de una cuestión de orden público y de estudio preferente, atento a lo

establecido por la Jurisprudencia número 940, publicada en la página 1538, de la

Segunda Parte del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, que a

la letra señala:

IMPROCEDENCIA. Sea que las partes la aleguen o no, debe examinarse previamente la procedencia del juicio de amparo, por ser una cuestión de orden público en el juicio de garantías.

Una vez analizadas las constancias integradas al presente recurso de revisión no se

desprende que el Ente Público haya hecho valer causal de improcedencia alguna y este

Órgano Colegiado tampoco advirtió la actualización de alguna de las previstas por la

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal o su

normatividad supletoria, por lo que resulta conforme a derecho estudiar el fondo del

presente recurso de revisión.

TERCERO. Realizado el estudio de las constancias integradas al expediente en que se

resuelve, se desprende que la resolución consiste en determinar si la respuesta emitida

por el Ente Público, transgredió el derecho de acceso a la información pública del

particular y, en su caso, si resulta procedente ordenar la entrega de la información

solicitada, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Distrito Federal.

Page 11: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

10

Por razón de método, el estudio y resolución del cumplimiento de la obligación del Ente

Público de proporcionar la información solicitada se realizará en un primer apartado y,

en su caso, las posibles infracciones a la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Distrito Federal, en uno independiente.

CUARTO. Con el objeto de ilustrar la controversia planteada y lograr claridad en el

tratamiento del tema en estudio, resulta conveniente analizar la solicitud de información,

la respuesta del Ente Público y los agravios del recurrente de la siguiente forma:

Solicitud de Información Respuesta del Ente Público Agravio

Respecto de la difusión de todos los programas institucionales realizada durante la actual administración, a través de bardas y muros de inmuebles públicos y privados, muros de contención, bajo puentes etcétera: 1. Cuantas pintas se han

realizado: a) A la fecha ¿qué cantidad que se ha gastado en la totalidad de las pintas b) Desglose por contratos, números de contrato

2. Ubicación exacta de las bardas (con referencias) y descripción de acción de gobierno o último programa difundido.

Documento con el encabezado “ROTULACIÓN DE MUROS”, el cual contiene los rubros “NUM. DE CONTRATO”, “NÚM. DE SOLICITUD”, “CELEBRACIÓN DE CONTRATO”, “PROVEEDOR”, “TIPO DE EVENTO”, “TOTAL DE BARDAS”, “MONTO EJERCIDO DEL CONTRATO”, “VIGENCIA DEL CONTRATO” y “MECANISMOS DE VIGILANCIA”.

i. No proporcionó la totalidad de las direcciones en donde se habían pintado bardas.

Page 12: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

11

3. Establecer durante qué plazo se difundió cada uno de los programas así como su ubicación exacta. (ejemplo “00:00 cero horas” “0 venta de alcohol", “0 riesgos”, “0 perreos”, “la mona te mata”, “el que la hace la paga”, etcétera).

Documento con los encabezados “BARDAS ROTULADAS 2da SEMANA NACIONAL DE SALUD”, “SEMANA DE VACUNACIÓN ANTIRRÁBICA”, “PROGRAMA 0-0 ESPACIOS LIBRES DE TABACO", “PRIMERA SEMANA DE VACUNACION 2011”, “RELACIÓN DE BARDAS ROTULADAS 1ra SEMANA NACIONAL DE SALUD”, “RELACION DE BARDAS ROTULADAS 1ra SEMANA DE SALUD BUCAL”, “RELACIÓN DE BARDAS ROTULADAS”, “RELACIÓN DE BARDAS ROTULADAS CERO RIESGOS”, “RELACIÓN DE BARDAS ROTULADAS CUIDA EL AGUA”, “RELACIÓN DE BARDAS ROTULADAS REGENERACIÓN DE MINAS”, “RELACIÓN DE BARDAS ROTULADAS KIOSKO DIGITAL”, “BARDAS ROTULADAS RECUPERACIÓN DE VIALIDADES”, “TERCERA SEMANA DE SALUD 2009”, todos ellos con los rubros “No.”, “UBICACIÓN” y “CONCEPTO”.

ii. No se remitió la información de todos los programas difundidos, como “la mona te mata”, “cero perreos”, “cero robo a bordo de transporte público” y de los programas contra las adicciones.

Los datos señalados se desprenden del “Acuse de solicitud de acceso a la información

pública”, de las documentales generadas por el Ente Público como respuesta a la

misma y del “Acuse de recibo de recurso de revisión”, todas éstas contenidas en el

sistema electrónico “INFOMEX”.

Dichas documentales son valoradas conforme lo dispuesto por los artículos 374 y 402

del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, ordenamiento de

aplicación supletoria a la ley de la materia, así como con apoyo en la siguiente Tesis

Jurisprudencial sustentada por el Poder Judicial de la Federación:

Novena Época Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: III, Abril de 1996 Tesis: P. XLVII/96 Página: 125

Page 13: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

12

PRUEBAS. SU VALORACIÓN CONFORME A LAS REGLAS DE LA LÓGICA Y DE LA EXPERIENCIA, NO ES VIOLATORIA DEL ARTÍCULO 14 CONSTITUCIONAL (ARTÍCULO 402 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL). El Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, al hablar de la valoración de pruebas, sigue un sistema de libre apreciación en materia de valoración probatoria estableciendo, de manera expresa, en su artículo 402, que los medios de prueba aportados y admitidos serán valorados en su conjunto por el juzgador, atendiendo a las reglas de la lógica y de la experiencia; y si bien es cierto que la garantía de legalidad prevista en el artículo 14 constitucional, preceptúa que las sentencias deben dictarse conforme a la letra de la ley o a su interpretación jurídica, y a falta de ésta se fundarán en los principios generales del derecho, no se viola esta garantía porque el juzgador valore las pruebas que le sean aportadas atendiendo a las reglas de la lógica y de la experiencia, pues el propio precepto procesal le obliga a exponer los fundamentos de la valoración jurídica realizada y de su decisión. Amparo directo en revisión 565/95. Javier Soto González. 10 de octubre de 1995. Unanimidad de once votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Luz Cueto Martínez. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el diecinueve de marzo en curso, aprobó, con el número XLVII/1996, la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. México, Distrito Federal, a diecinueve de marzo de mil novecientos noventa y seis.

Por su parte, al rendir su informe de ley el Ente Público argumentó que la respuesta

otorgada por la Dirección General de Administración se encontró apegada a derecho,

estando debidamente fundada y motivada, toda vez que se apegó al principio de

exhaustividad y máxima publicidad, previsto en el artículo 4, fracción XII de la Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, en razón de que

atendió todos y cada uno de los puntos en cuestión, tan es así que dicha Dirección

estructuró y entregó la información de manera comprensible para el solicitante a través

de cuadros, en los cuales se plasmaron los datos que fueron solicitados por el

particular.

Expuestas en los términos anteriores las posturas de las partes, es evidente que el

recurrente se inconformó únicamente de la atención brindada por el Ente Público a los

Page 14: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

13

requerimientos contenidos en los numerales 2 y 3, ello al no manifestar inconformidad

alguna de la manera en que el Ente Público atendió el primer cuestionamiento motivo

por el cual, se concluye que se encuentra satisfecho con esta última atención y, en

consecuencia, el análisis de su legalidad queda fuera del estudio planteado,

apoyándose este razonamiento en la Jurisprudencia y la Tesis Aislada cuyo rubro y

sumario expresan:

No. Registro: 204,707 Jurisprudencia Materia(s): Común Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta II, Agosto de 1995 Tesis: VI.2o. J/21 Página: 291 ACTOS CONSENTIDOS TÁCITAMENTE. Se presumen así, para los efectos del amparo, los actos del orden civil y administrativo, que no hubieren sido reclamados en esa vía dentro de los plazos que la ley señala. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO. Amparo en revisión 104/88. Anselmo Romero Martínez. 19 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Álvarez. Amparo en revisión 256/89. José Manuel Parra Gutiérrez. 15 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna. Amparo en revisión 92/91. Ciasa de Puebla, S.A. de C.V. 12 de marzo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Álvarez. Amparo en revisión 135/95. Alfredo Bretón González. 22 de marzo de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Zapata Huesca. Amparo en revisión 321/95. Guillermo Báez Vargas. 21 de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Zapata Huesca.

No. Registro: 219,095 Tesis aislada Materia(s): Común Octava Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Page 15: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

14

IX, Junio de 1992 Tesis: Página: 364 CONSENTIMIENTO TÁCITO DEL ACTO RECLAMADO EN AMPARO. ELEMENTOS PARA PRESUMIRLO. Atento a lo dispuesto en el artículo 73, fracción XII, de la Ley de Amparo, el juicio constitucional es improcedente contra actos consentidos tácitamente, reputando como tales los no reclamados dentro de los plazos establecidos en los artículos 21, 22 y 218 de ese ordenamiento, excepto en los casos consignados expresamente en materia de amparo contra leyes. Esta norma jurídica tiene su explicación y su fundamento racional en esta presunción humana: cuando una persona sufre una afectación con un acto de autoridad y tiene la posibilidad legal de impugnar ese acto en el juicio de amparo dentro de un plazo perentorio determinado, y no obstante deja pasar el término sin presentar la demanda, esta conducta en tales circunstancias revela conformidad con el acto. En el ámbito y para los efectos del amparo, el razonamiento contiene los hechos conocidos siguientes: a) Un acto de autoridad; b) Una persona afectada por tal acto; c) La posibilidad legal para dicha persona de promover el juicio de amparo contra el acto en mención; d) El establecimiento en la ley de un plazo perentorio para el ejercicio de la acción; y e) El transcurso de ese lapso sin haberse presentado la demanda. Todos estos elementos deben concurrir necesariamente para la validez de la presunción, pues la falta de alguno impide la reunión de lo indispensable para estimar el hecho desconocido como una consecuencia lógica y natural de los hechos conocidos. Así, ante la inexistencia del acto de autoridad faltaría el objeto sobre el cual pudiera recaer la acción de consentimiento; si no hubiera una persona afectada faltaría el sujeto de la acción; si la ley no confiere la posibilidad de ocurrir en demanda de la justicia federal, la omisión de tal demanda no puede servir de base para estimar la conformidad del afectado con el acto de autoridad, en tanto no pueda encausar su inconformidad por ese medio; y si la ley no fija un plazo perentorio para deducir la acción de amparo o habiéndolo fijado éste no ha transcurrido, la no presentación de la demanda no puede revelar con certeza y claridad la aquiescencia del acto de autoridad en su contenido y consecuencias, al subsistir la posibilidad de entablar la contienda. CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo en revisión 358/92. José Fernández Gamiño. 23 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Mauro Miguel Reyes Zapata. Secretaria: Aurora Rojas Bonilla. Amparo en revisión 421/92. Rodolfo Aguirre Medina. 19 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Leonel Castillo González. Secretario: J. Jesús Contreras Coria. Amparo en revisión 704/90. Fernando Carvajal. 11 de octubre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Leonel Castillo González. Secretario: Jaime Uriel Torres Hernández. Octava Época, Tomo VI, Segunda Parte-1, página 113.

En consecuencia, este Órgano Colegiado únicamente se pronunciará sobre la legalidad

de la respuesta combatida en lo que se refiere a la ubicación exacta de las bardas (2) y

Page 16: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

15

la difusión de los programas institucionales cero-cero, como son: “la mona te mata”,

“cero perreos”, “cero robo a bordo de transporte público”, así como de los programas

contra las adicciones (3).

Previo al estudio de la procedencia de los agravios formulados por el ahora recurrente,

se estima necesario precisar que de la revisión al portal de Internet de la Delegación

Álvaro Obregón1 se advierte la existencia del Boletín DAO/CCS/035/11, del trece de

marzo de dos mil once, y cuyo contenido refiere la existencia de los programas “Cero-

Cero”, consistentes en “A las Cero Horas, Cero Venta de Alcohol”, “Cero Venta de

Activo a Menores de Edad. La mona Mata” y “Cero abusos-Cero Riesgos”.

Ahora bien, respecto del contenido de información relacionado con la ubicación de las

bardas de difusión (cuestionamiento identificado con el numeral 2, para efectos de la

presente resolución), del estudio realizado a los diferentes listados que conformaron la

respuesta, este Órgano Colegiado advierte que ninguno cuenta con información

completa respecto de la ubicación [espacio físico] precisa en la cual se encuentran las

bardas en las que se colocó publicidad respecto de los programas implementados por la

Delegación Álvaro Obregón.

En relación a las direcciones proporcionadas por el Ente Público, respecto de la

ubicación de las bardas, se advierte que en los numerales 11 de la relación

“PROGRAMA 0-0 ESPACIOS LIBRES DE TABACO”, 11 de la relación “PRIMERA

SEMANA DE VACUNACION 2011" y 5 de la relación “RELACIÓN DE BARDAS

ROTULADAS KIOSKO DIGITAL", cuentan con información respecto a la Colonia en la

cual se ubica la barda; asimismo, el numeral 14 de la relación “BARDAS ROTULADAS

1 http://www.dao.gob.mx/del_delegado/boletines/detalleBoletines.php?id_boletin=310

Page 17: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

16

RECUPERACIÓN DE VIALIDADES”, cuenta con el número del inmueble de la barda en

la cual se colocó la publicidad, en consecuencia, se estima que el Ente recurrido está

en posibilidad de proporcionar mayor información respecto de la ubicación específica de

las bardas en las cuales colocó publicidad de sus programas institucionales.

En ese sentido, el agravio del recurrente identificado con el numeral i, consistente en

que no se proporcionó la totalidad de las direcciones en donde se habían pintado bardas,

se considera fundado, toda vez que el Ente Público incumplió y no observó los

principios de congruencia y exhaustividad contenidos en el artículo 6, fracción X de la

Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, ordenamiento de aplicación

supletoria a la ley de la materia, que a la letra señala:

Artículo 6º.- Se considerarán válidos los actos administrativos que reúnan los siguientes elementos: … X. Expedirse de manera congruente con lo solicitado y resolver expresamente todos los puntos propuestos por los interesados o previstos por las normas. …

Del precepto trascrito, se advierte que todo acto de autoridad debe cumplir con los

principios de congruencia y exhaustividad, entendiendo por ello, el que se pronuncie

expresamente sobre cada uno de los puntos solicitados, es decir, que las respuestas

atiendan de manera puntual, expresa y categórica, cada uno de los contenidos de

información requeridos por el particular, a fin de satisfacer la solicitud correspondiente,

lo que en el caso concreto no ocurrió.

En el mismo sentido, se ha pronunciado el Poder Judicial de la Federación en la

siguiente Jurisprudencia:

Novena Época

Page 18: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

17

Registro: 178783 Instancia: Primera Sala Jurisprudencia Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXI, Abril de 2005 Materia(s): Común Tesis: 1a./J. 33/2005 Página: 108 CONGRUENCIA Y EXHAUSTIVIDAD EN SENTENCIAS DICTADAS EN AMPARO CONTRA LEYES. ALCANCE DE ESTOS PRINCIPIOS. Los principios de congruencia y exhaustividad que rigen las sentencias en amparo contra leyes y que se desprenden de los artículos 77 y 78 de la Ley de Amparo, están referidos a que éstas no sólo sean congruentes consigo mismas, sino también con la litis y con la demanda de amparo, apreciando las pruebas conducentes y resolviendo sin omitir nada, ni añadir cuestiones no hechas valer, ni expresar consideraciones contrarias entre sí o con los puntos resolutivos, lo que obliga al juzgador, a pronunciarse sobre todas y cada una de las pretensiones de los quejosos, analizando, en su caso, la constitucionalidad o inconstitucionalidad de los preceptos legales reclamados. Amparo en revisión 383/2000. Administradora de Centros Comerciales Santa Fe, S.A. de C.V. 24 de mayo de 2000. Cinco votos. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretaria: Leticia Flores Díaz. Amparo en revisión 966/2003. Médica Integral G.N.P., S.A. de C.V. 25 de febrero de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretaria: Guadalupe Robles Denetro. Amparo en revisión 312/2004. Luis Ramiro Espino Rosales. 26 de mayo de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Humberto Román Palacios. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretario: Miguel Enrique Sánchez Frías. Amparo en revisión 883/2004. Operadora Valmex de Sociedades de Inversión, S.A. de C.V. 3 de septiembre de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretario: Francisco Javier Solís López. Amparo en revisión 1182/2004. José Carlos Vázquez Rodríguez y otro. 6 de octubre de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretario: Miguel Enrique Sánchez Frías. Tesis de jurisprudencia 33/2005. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de treinta de marzo de dos mil cinco.

Asimismo, se concluye que la respuesta en estudio no cumplió con los principios de

legalidad, certeza jurídica, información, transparencia y máxima publicidad, que deben

atender los entes públicos al emitir actos relacionados con el ejercicio del derecho de

Page 19: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

18

acceso a la información de los particulares, lo anterior, de conformidad con lo ordenado

por el artículo 2 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del

Distrito Federal.

Por otro lado, en cuanto al estudio del numeral 3, identificado así para efectos de la

presente resolución, este Instituto advierte respecto de las documentales que

constituyeron la respuesta impugnada, que el Ente Público proporcionó información

relacionada con los programas “00 Espacios libres de Tabaco” y “CERO-RIESGOS”, lo

cual, denota que no todos los programas con la denominación “cero” están en la

relación denominada “CERO-CERO”, razón por la cual se estima que la respuesta

combatida por esta vía no genera certidumbre al particular respecto de si se

proporcionó la totalidad de la información relativa a los rubros que conforman los

programas “CERO-CERO”, como “A las Cero Horas, Cero Venta de Alcohol”, “Cero

Venta de Activo a Menores de Edad. La mona Mata” y “Cero abusos-Cero Riesgos”.

En ese sentido es pertinente establecer que de la investigación efectuada por este

Instituto respecto del programa denominado “CERO-CERO”2, se puede establecer que

éste constituye la promoción y fomento a la cultura de la legalidad, prevención de la

violencia, el delito y las adicciones en la Delegación Álvaro Obregón que permitirá

establecer las bases para una mejor calidad de vida de las y los habitantes de dicha

demarcación territorial, en un marco irrestricto de respeto a los derechos humanos.

Asimismo, establece que tiene como objetivos específicos los siguientes:

Cumplir con los ordenamientos legales y administrativos en la Delegación Álvaro Obregón.

Disminuir los niveles de violencia, delito y adicciones. 2 http://dao.gob.mx/del_delegado/Cero_Cero_Discurso.pdf

Page 20: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

19

Favorecer la participación activa y consciente de la comunidad en su propio desarrollo.

Informar, sensibilizar y movilizar a la comunidad, con la participación especial de las nuevas generaciones en acciones de prevención social.

Coordinar y aprovechar al máximo esfuerzos interinstitucionales de instancias públicas de los tres órdenes de gobierno, organismos sociales, privados y de servicio.

Hacer más eficientes los recursos, programas y servicios.

Contribuir en la mejora de la calidad de vida de las comunidades en dicha demarcación territorial.

Finalmente, establece que dentro de sus componentes el Programa “Cero-cero” es el

resultado de la demanda ciudadana por rescatar los espacios públicos y de evitar la

venta e ingesta indiscriminada de alcohol, principalmente por las y los jóvenes de la

Delegación Álvaro Obregón, ocasionada por la falta de cumplimiento de la ley, por lo

que promueve diversas acciones que conforman una política integral que

contribuye a generar Comunidades Sanas y Seguras con mejores condiciones de vida

de los habitantes de Álvaro Obregón, entre las que se pueden mencionar, las

siguientes:

1. Publicación del Acuerdo.

2. Campaña de Información y sensibilización.

3. Captación y atención de la denuncia ciudadana.

4. Verificación de establecimientos mercantiles.

5. Clausura y aplicación de multas.

Page 21: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

20

6. Operativos estratégicos de seguridad pública y prevención del delito, alcoholímetro y campaña contra el juguete bélico, etc.

7. Gira Delegacional de Prevención Social de la Violencia, el Delito y las Adicciones.

8. Detección oportuna para la conformación de grupos de autoayuda y canalización de casos de alcoholismo a instituciones de atención especializada.

En ese sentido, es claro que al formar parte de un programa dirigido principalmente a

los habitantes de la Delegación Álvaro Obregón (jóvenes), para solucionar problemas

sociales y promocionar e informar una política integral de fomento a la cultura de la

legalidad, el Ente recurrido se encuentra en posibilidad de informar de todos los rubros

de difusión que conforman dicho programa social.

Por lo tanto, este Instituto considera que el agravio identificado con el numeral ii, en

donde el recurrente se inconformó porque no se remitió la información de todos los

programas difundidos, como son “la mona te mata”, “cero perreos”, “cero robo a bordo

de transporte”, “el que la hace la paga”, es fundado.

Finalmente, cabe precisar que no pasa desapercibido para este Instituto el hecho de

que el Ente Público, en su oficio de respuesta, haya referido que se hace de su

conocimiento que dicha solicitud no es precisa respecto de sus cuestionamientos; por lo

que me permito reproducir en sus términos la misma: [Transcripción de la solicitud de

información] De ahí que resulta impreciso, de la simple lectura de su petición,

determinar el alcance de su solicitud, dado que resulta necesario para dar una eficaz,

pronta y expedita atención a la misma, especifique de manera exacta qué tipo de

"información detallada" requiere, toda vez que no acota el nivel de detalle que desea…

Page 22: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

21

Asimismo, respecto del inciso b), señale a qué tipo de contratos se refiere, por lo que

este Instituto se ve en la necesidad de hacer la siguiente observación:

Que tratándose de solicitudes de información, en términos de lo dispuesto en el

artículo 4, fracción IX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Pública del Distrito Federal, toda la información que detente es pública, salvo

aquella clasificada como de acceso restringido.

En ese sentido, se conmina al Ente Público para que en lo sucesivo sea diligente al

momento de atender las solicitudes de información y se abstenga de formular

prevenciones innecesarias, lo anterior, a fin de cumplir con el principio de máxima

publicidad, previsto en el artículo 4, fracción XII de la ley de la materia.

Por lo expuesto a lo largo del presente Considerando, con fundamento en el artículo 82,

fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito

Federal, se modifica la respuesta emitida por la Delegación Álvaro Obregón, y se le

ordena que emita una nueva respuesta, debidamente fundada y motivada en la que:

III. Se pronuncie respecto de cada uno de los rubros y tipos de programas que

conforman la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”.

IV. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales colocó publicidad de todos sus programas institucionales.

La respuesta que se emita en cumplimiento a este fallo deberá ser notificada al ahora

recurrente en el medio señalado para tal efecto, en un plazo de cinco días hábiles,

contados a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación

correspondiente.

QUINTO. Este Instituto no advierte que en el caso que nos ocupa, los servidores

públicos del Ente Público hayan incurrido en posibles infracciones a la Ley de

Page 23: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

22

Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, por lo que no ha

lugar a dar vista a la Contraloría General del Distrito Federal.

Por los anteriores argumentos, y fundamentos legales, se:

R E S U E L V E

PRIMERO. Por las razones señaladas en el Considerando Cuarto de esta resolución, y

con fundamento en lo dispuesto por el artículo 82, fracción III de la Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se MODIFICA la

respuesta emitida por la Delegación Álvaro Obregón, y se le ordena que emita una

nueva en el plazo y conforme a los lineamientos establecidos en el Considerando

inicialmente referido.

SEGUNDO. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 90 de la Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se instruye al Ente

Público para que informe a este Instituto por escrito sobre el cumplimiento a lo

ordenado en el punto Resolutivo Primero, dentro de los cinco días posteriores a que

surta efectos la notificación de la presente resolución, anexando copia de las

constancias que lo acrediten. Asimismo, se le apercibe respecto a que en caso de no

dar cumplimiento dentro del plazo referido, se procederá en términos del artículo 91 de

la ley de la materia.

TERCERO. En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 88, segundo párrafo de la Ley

de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, se informa al

Page 24: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

23

recurrente que en caso de estar inconforme con la presente resolución, puede

interponer Juicio de Amparo ante los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa.

CUARTO. Se pone a disposición del recurrente el teléfono 56 36 21 20 y el correo

electrónico [email protected] para que comunique a este Instituto

cualquier irregularidad en el cumplimiento de la presente resolución.

QUINTO. La Dirección Jurídica y Desarrollo Normativo de este Instituto dará

seguimiento a la presente resolución llevando a cabo las actuaciones necesarias para

asegurar su cumplimiento y, en su momento, informará a la Secretaría Técnica.

SEXTO. Notifíquese la presente resolución al recurrente en el medio señalado para tal

efecto y por oficio al Ente Público.

Así lo resolvieron, por unanimidad, los Comisionados Ciudadanos presentes del

Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del

Distrito Federal: Oscar Mauricio Guerra Ford, Areli Cano Guadiana, Salvador Guerrero

Chiprés y Agustín Millán Gómez, en Sesión Ordinaria celebrada el veinticuatro de

noviembre de dos mil once, quienes firman para todos los efectos legales a que haya

lugar.

OSCAR MAURICIO GUERRA FORD

COMISIONADO CIUDADANO PRESIDENTE

ARELI CANO GUADIANA COMISIONADA CIUDADANA

Page 25: I. “CERO CERO” - INFODF · la publicidad y difusión del programa denominado “CERO-CERO”. II. Proporcione la ubicación exacta de la totalidad de las bardas en las cuales

RECURSO DE REVISIÓN

RECURRENTE: HÉCTOR GUTIÉRREZ QUINTANA

ENTE PÚBLICO: DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN

EXPEDIENTE: RR.1773/2011

Calle de La Morena No. 865, Local 1, “Plaza Narvarte”, Col. Narvarte Poniente, Delegación Benito Juárez, Distrito Federal.

Teléfono: 56 36 21 20

24

SALVADOR GUERRERO CHIPRÉS COMISIONADO CIUDADANO

AGUSTÍN MILLÁN GÓMEZ COMISIONADO CIUDADANO