guía referencia contable tributaria 2011 colombia
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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2011
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actualicese.comFundador y CEO: Jos Hernando Zuluaga M.Lder de Negocios: Juan Fernando Zuluaga C.Lder de Contenidos: Mara Cecilia Zuluaga C.Lder Logstica: Luz Stella Cardona G.
PublicacinGUA DE CONSULTA Y REFERENCIA TRIBUTARIA
PARA CONTADORES PBLICOS 2011ISBN 78-958-98635-9-6Editora actualicese.com
Autor: Jos Hernando Zuluaga Marn Colaboradores: Diego H. Guevara, Miriam vila Q.Coordinacin Editorial: Mara Cecilia Zuluaga C.Diagramacin: Sandra J. Torres S.Cartula: Gustavo LoperaImpresin: Litocencoa
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Se prohbe la reproduccin total o parcial de esta publicacin con fines comerciales.
Esta publicacin se imprimi en Santiago de Cali en Enero de 2011.
Nota del Autor
Los cambios normativos de fin de ao y principios del que est en curso, se dieron en su gran mayora por las nuevas reformas a la estructura tributaria que afecta directamente tanto a empresas como a contribuyentes.
El ao 2010 nos deja una serie de cambios que transforman el panorama tributario que hasta ahora tenamos. La sorpresa la trajeron las nuevas Leyes1430 y el DecretoLey 4825 de diciembre 2010, con lo que tendremos entonces varias versiones especiales del impuesto al patrimonio, y con las cuales se gravarn los patrimonios lquidos que aEnero 1 de 2011 sean iguales o superiores a los 1.000 millones de pesos, aumentando no solo los controles y los obligados a declarar, sino las tarifas inicialmente establecidas en la ley 1370 de 2009, esperando con estos recursos poder atender la Emergencia Social, Econmica y Ecolgica decretada por el Gobierno en razn al crudo invierno que azot al pas en los ltimos meses del ao 2010. Con estas dos normas aprovecha el Congreso y el Gobierno para modificar legislacin procedimental y otros artculos del Estatuto Tributario.
Otra nueva noticia que nos trae cambios importantes es la aprobacin del proyecto de Ley de Formalizacin y Generacin de Empleo, hoy en da Ley 1429 aprobada en Diciembre de 2010, con la cual el gobierno busca la formalizacin de las empresas y la generacin de por lo menos 500.000 empleos, por medio de ventajas en el pago de impuestos, parafiscales, matricula mercantil y su renovacin.
Igualmente en la parte laboral se reflejaron cambios intempestivos a raz del dato de inflacin del 2010 (3,17%), que trajo como resultado el reajuste al 4% en el salario mnimo a manos del Gobierno central.
Con esta publicacin, Editora actualicese.com, busca facilitar el trabajo de Contadores Pblicos, Revisores Fiscales, Auditores Independientes, Consultores empresariales, Consultores Tributarios, Asesores, y todas aquellas personas que requieran tener a mano herramientas tiles que reflejen los nuevos cambios normativos para el cumplimiento oportuno de las obligaciones de declaraciones tributarias, casos que ilustres por ejemplo la liquidacin del impuesto de personas naturales o ganancias ocasionales as como para aplicar la retencin en la Fuente, modelos fiables como el informe de Gestin, de Conciliacin entre la renta contable y la fiscal, entreotros, adems de los formularios a utilizar en las diferentes obligaciones tributarias.
De esta forma buscamos como siempre elevar el nivel de nuestros lectores mediante la actualizacin permanente apoyada en fuentes confiables y un anlisis pormenorizado de la informacin que nos atae directamente a nuestro oficio.
Agradezco a los colaboradores de esta nueva edicin, especialmente al Dr. Diego H. Guevara y a Miriam vila Q., y a nuestros lectores la oportunidad que nos dan como siempre de acercarnos y hacer parte de su vida laboral y quehaceres de la profesin y desear que el ao 2011 resulte ser el mejor que tengamos en muchos aos.
Jos Hernando Zuluaga Marn CEO actualcese.com
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Contenido
Calendario de Plazos y Otras Informaciones............................................................................................................................................................................1
Calendario de Plazos para la presentacin en 2011 de la Informacin Exgena ao Gravable 2010 .........................................................4
Informacin laboral a tener en cuenta a partir del 1 de Enero de 2011 .................................................................................................................7
Retencin en la Fuente aplicable en el ao 2011...................................................................................................................................................................7
Retencin en la fuente 2011 a ttulo de los impuestos nacionales vigentes en Colombia (renta, iva, timbre) y aplicable durante
el ao fiscal 2011................................................................................................................................................................................................................................10
Retencin a ttulo del impuesto de Renta y Complementarios 2011........................................................................................................................11
Retencin a ttulo del Impuesto sobre las Ventas 2011 .................................................................................................................................................14
Indice de Precios al Consumidor 2010 ....................................................................................................................................................................................16
Tasa de Cambio Representativa del Mercado (TRM) 2010 ...........................................................................................................................................16
IPC 3.22% para ingresos medios ...............................................................................................................................................................................................17
IPC 2.35% para ingresos medios ................................................................................................................................................................................................19
Modelos de Dictmenes para el 2010.......................................................................................................................................................................................20
Modelo de dictamen sin salvedades que la Revisora Fiscal prepara para microempresas por el 2010 ................................................20
Dictamen de Contador Pblico Independiente para SAS ................................................................................................................................................22
Cmo queda el Rgimen Simplificado del IVA para el 2011..........................................................................................................................................24
Modelo de Taller de Conciliacin entre Renta Contable y Fiscal ao gravable 2010.......................................................................................27
Certificados Tributarios y contables que deben emitirse en el 2011 .......................................................................................................................33
Modelo de Informe de Gestin ao 2010................................................................................................................................................................................37
Resumen Ejecutivo de Impuestos en Colombia para entidades sin nimo de lucro 2010-2011 ................................................................45
Resumen Ejecutivo de Impuestos en Colombia 2010 -2011.........................................................................................................................................52
Renta Presuntiva del ao gravable 2010................................................................................................................................................................................61
Tablas Guas para la determinacin del impuesto de renta y de Ganancia ocasional 2010 ..........................................................................65
Indicadores Bsicos a tener en cuenta al finalizar 2010 e Iniciar el 2011 .............................................................................................................67
Otras informaciones estadsticas de inters .......................................................................................................................................................................72
Salario Mnimo y Auxilio de Transporte 1990 -2011 .......................................................................................................................................................73
Procedimientos Administrativos, Contables y Tributarios para tener en cuenta al final del perodo 2010 y al iniciar el ao 2011
.....................................................................................................................................................................................................................................................................74
El Beneficio de Auditora aos gravables 2010, 2011, 2012.........................................................................................................................................89
Clculo del Impuesto de Ganancia Ocasional por Venta de Activos Fijos 2010...................................................................................................90
Dividendos Gravados o no Gravados 2010. ...........................................................................................................................................................................93
Lista de chequeo para el seguimiento del cumplimiento de obligaciones Legales especficas 2010 - 2011 ........................................95
Anexo 1. Normatividad.....102
Ley 1370 de 30-12-09 - Impuesto al patrimonio 2011 a 2014 denominada como de Ajuste Fiscal................................... 103
Ley 1430 de 29-12-2010 - Normas Tributarias de Control y para la Competitividad.............................................................. 105
Decreto 4825 de 29-12-2010 - Modifica el Impuesto al Patrimonio por los aos 2011 a 2014.......................................... 121
Ley 1314 de 13-07-2009 - Convergencia hacia las Normas Internacionales................................................................................ 124
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Ley 1344 de 31-07-2010- Convenio entre Colombia y Suiza para evitar la doble imposicin............................................. 130
Decreto 4834 de 30-12-2010 - Salario mnimo legal 2011..................................................................................................................... 132
Decreto 033 de 11-01-2011 Reajuste del Salario mnimo legal ....................................................................................................... 132
Decreto 4835 de 30-12-2010 - Auxilio de transporte 2011. .................................................................................................................. 132
Resolucin 035 de 28-01-2011 - Modificaciones de las tarifas de la Junta Central de Contadores ................................... 134
Ley 1429 de 29-12-2010 - Formalizacion y Generacin de empleo.................................................................................................. 136
Decreto 4836 de 30-12-2010 - Lugares y Plazos para Declarar........................................................................................................... 155
Decreto 4839 de 30-12-2010 - Reajuste para el 2011 de los Valores absolutos del Impuesto sobre Vehculos
Automotores .................................................................................................................................................................................................................. 175
Decreto 4837 de 30-12-2010 - Reglamentacin de los Artculos 70 y 73 del Estatuto Tributario ..................................... 172
Circular Externa 100-000004 de 04-11-2010 - Solicitud de Informacin Financiera y de Prcticas Empresariales
Supersociedades .......................................................................................................................................................................................................... 176
Circular Externa 115-00006 de 23-12-2010 - Contabilidad de Sociedades en Liquidacin - Supersociedades........... 182
Resolucin 2476 de 30-12-2010 - Inters Bancario Corriente - Superfinanciera ...................................................................... 190
Resolucin 014097 de 30-12-2010 - Nuevos Grandes Contribuyentes y se excluyen algunas sociedades y entidades
de esta calificacin - DIAN....................................................................................................................................................................................... 191
Anexo 2. Artculos y Documentos de Referencia ....................................................................................................................................220
DIAN actualiza la lista de Grandes Contribuyentes para el 2011......................................................................................................... 221
Gobierno modifica tarifas de Retencin en la fuente a ttulo de Renta para algunos Servicios ............................................ 222
DIAN inscribir de oficio en el RUT a los que estando obligados no lo efecten voluntariamente..................................... 223
Las personas naturales en el rgimen simplificado del IVA que s estn obligadas a expedir factura de venta ........... 225
Las SAS que generen utilidades por el 2009 requerirn que un Contador dictamine sus Estados Financieros........... 227
Las SAS que califiquen como microempresas slo elaboran Balance y Estado de Resultados.............................................. 228
No existe sancin aplicable a quienes no lleven el libro fiscal de operaciones diarias ............................................................ 229
Por cunto tiempo debe permanecer en el Rgimen Comn una Persona natural?................................................................... 231
Profesionales que llevan contabilidad voluntariamente: Se consideraran comerciantes obligados a practicar
Retenciones en la fuente? ........................................................................................................................................................................................ 233
La Convergencia hacia las normas internacionales en Colombia, direccionamiento del C.T.C.P.......................................... 235
Anexo 3. Formularios e Instructivos DIAN 2011.....................................................................................................................................247
110 -Declaracin de renta y complementarios o de ingresos y patrimonio para personas jurdicas y asimiladas,
personas naturales y asimiladas obligadas a llevar contabilidad
120 -Declaracin informativa individual precios de transferencia
130 - Declaracin informativa individual precios de transferencia
210 - Declaracin de renta y complementarios personas naturales y asimiladas no obligadas a llevar contabilidad
220 - Certificado de ingresos y retenciones ao gravable 2010
300- Declaracin bimestral del impuesto sobre las ventas IVA
350 - Declaracin mensual de retenciones en la fuente
420 - Declaracin y pago del impuesto al patrimonio
490 - recibo oficial de pago impuestos nacionales
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Calendario de Plazos y Otras Informaciones
Aportes para EPS y Pensin
Trabajador Empleador Total
Salud 4% 8,5% 12,5%Pensin 4% 12% 16%Total 8% 20,5% 28,5%
Retencin en la Fuente perodos del 2011(Art. 24Decreto 4836 de 2010)
Si el ltimo dgito
es
Ene 2011
Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic
Plazo para Consignar hasta el da
Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov DicEnero
12
1 08 08 08 10 08 08 09 08 11 09 09 102 09 09 11 11 09 11 10 09 12 10 12 113 10 10 12 12 10 12 11 12 13 11 13 124 11 11 13 13 13 13 12 13 14 15 14 135 14 14 14 16 14 14 16 14 18 16 15 166 15 15 15 17 15 15 17 15 19 17 16 177 16 16 18 18 16 18 18 16 20 18 19 188 17 17 19 19 17 19 19 19 21 21 20 199 18 18 20 20 20 21 22 20 24 22 21 200 21 22 25 23 21 22 23 21 25 23 22 23
Declaraciones Bimestrales del Iva perodos del 2011(Art. 23 Decreto 4836 de 2010)
Si el ltimo dgito
es
Ene-Feb
Mar-Abr
May-Jun
Jul-Ago
Sep-Oct
Nov-Dic
Plazo para Consignar hasta el daMarzo Mayo Julio Sept. Nov. Enero
121 08 10 08 08 09 102 09 11 11 09 10 113 10 12 12 12 11 124 11 13 13 13 15 135 14 16 14 14 16 166 15 17 15 15 17 177 16 18 18 16 18 188 17 19 19 19 21 199 18 20 21 20 22 200 22 23 22 21 23 23
Declaracin Individual de Precios de Transferencia ao gravable 2010
(Art. 22 4836 de 2010)ltimos dos Dgitos del
NITHasta el da
ltimos dos Dgitos del
NITHasta el da
1 08 de Julio 6 15 de Julio2 11 de Julio 7 18 de Julio3 12 de Julio 8 19 de Julio4 13 de Julio 9 21 de Julio5 14 de Julio 0 22 de Julio
Declaracin Consolidada de Precios de Transferencia ao gravable 2010
(Art. 22 4836 de 2010)ltimos dos Dgitos del
NITHasta el da
ltimos dos Dgitos del
NITHasta el da
1, 2, 3, 4 5 26 de Julio 6, 7, 8, 9, 0 27 de Julio
Reajuste Fiscal y UVTIPC
Ao Vr. UVT % RF2006 20.000 4,87% 4,48%2007 20.973 5,15% 5,69%2008 22.054 7,75% 7,67%2009 23.763 3,44% 2.00%2010 24.555 2.35% 3,17%2011 25.132
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Informacin exgena Resolucin 8660 del 30 Agosto 2010- Personas naturales y asimiladas, jurdicas y dems
entidades literales a) b) c) d) e) f) h) i) y k)
Grandes Contribuyentesltimo Dgito Fecha
ltimoDgito Fecha
1 06 de Mayo de 2011 6 29 de Abril de 20112 25 de Abril de 2011 7 2 de Mayo de 20113 26 de Abril de 2011 8 3 de Mayo de 2011
4 27 de Abril de 2011 9 4 de Mayo de 20115 28 de Abril de 2011 0 5 de Mayo de 2011
Informacin Exgena Resolucin 8660 del 30 Agosto 2010- Personas Jurdicas y Asimiladas y Personas Naturales:
ltimos Dgitos
Fechaltimos Dgitos
Fecha
01 a 05 15 de Abril de 2011 51 a 55 1 de Abril de 201106 a 10 18 de Abril de 2011 56 a 60 4 de Abril de 201111 a 15 19 de Abril de 2011 61 a 65 5 de Abril de 201116 a 20 20 de Abril de 2011 66 a 70 6 de Abril de 201121 a 25 24 de Marzo de 2011 71 a 75 7 de Abril de 201126 a 30 25 de Marzo de 2011 76 a 80 8 de Abril de 201131 a 35 28 de Marzo de 2011 81 a 85 11 de Abril de 201136 a 40 29 de Marzo de 2011 86 a 90 12 de Abril de 201141 a 45 30 de Marzo de 2011 91 a 95 13 de Abril de 201146 a 50 31 de Marzo de 2011 96 a 00 14 de Abril de 2011
Informacin Exgena reporte solo en el formato 1002. Retenciones en la Fuente Practicadas
ltimos Dgitos
Fecha ltimos Dgitos
Fecha
01 a 04 16 de Marzo de 2011 53 a 56 28 de Febr. de 2011
05 a 08 17 de Marzo de 2011 57 a 60 01 de Marzo de 201109 a 12 18 de Marzo de 2011 61 a 64 02 de Marzo de 201113 a 16 22 de Marzo de 2011 65 a 68 03 de Marzo de 201117 a 20 23 de Marzo de 2011 69 a 72 04 de Marzo de 201121 a 24 16 de Febr. de 2011 73 a 76 07 de Marzo de 201125 a 28 17 de Febr. de 2011 77 a 80 08 de Marzo de 201129 a 32 18 de Febr. de 2011 81 a 84 09 de Marzo de 201133 a 36 21 de Febr. de 2011 85 a 88 10 de Marzo de 201137 a 40 22 de Febr. de 2011 89 a 92 11 de Marzo de 2011
41 a 44 23 de Febr. de 2011 93 a 96 14 de Marzo de 201145 a 48 24 de Febr. de 2011 97 a 00 15 de Marzo de 201149 a 52 25 de Febr. de 2011
Contribuyentes NO Obligados a presentar Declaracin de Renta Ao gravable 2010 (Art. 8
Decreto 4836 de 2010)
Ingresos Brutos Patrimonio Bruto
Menores Ingresos 34.377.000 110.498.000Asalariados 80% 100.013.000 110.498.000Trabajador Independiente
81.032.000 110.498.000
Otros Requisitos sin exceder deConsumos en Tarjeta Crdito 68.754.000Compras y consumos 68.754.000Consignaciones, dep, o inv. 110.498.000
Retencin en la Fuente a ttulo de Renta aplicable durante el 2011 (algunos conceptos con
sus bases mnimas y tarifas)Concepto Base %
Arriendo bien mueble 100% 4Arriendo bien raz 679.000 3,5Aseo y Vigilancia 101.000 2Comisiones 100% 10 11Compra productos Agrcolas
2.312.000 1,5
Compras 679.000 3,5Compras de Caf 4.021.000 0,5Contratos de Construccin 679.000 1Fletes 101.000 1Honorarios 100% 10 11Otros ingresos Tributarios 679.000 3,5Servicios 101.000 6 4Transporte de pasajeros 679.000 3,5
Reportes a SupersociedadesCircular Externa 100-000004 de Noviembre 4 de 2010
Envo de Informe de Prcticas Empresariales del ejercicio 2010ltimos
dos Dgitos del NIT
Envo de Informacin
ltimos dos Dgitos del NIT
Envo de Informacin
01-05 4 de Abril 51-55 25 de Abril06-10 5 de Abril 56-60 26 de Abril11-15 6 de Abril 61-65 27de Abril16-20 7 de Abril 66-70 28 de Abril21-25 8 de Abril 71-75 29 de Abril26-30 11 de Abril 76-80 2 de Mayo31-35 12 de Abril 81-85 3 de Mayo36-40 13 de Abril 86-90 4 de Mayo41-45 14 de Abril 91-95 5 de Mayo46-50 15 de Abril 96-00 6 de Mayo
Reportes a SupersociedadesCircular Externa 100-000004 de Noviembre 4 de 2010
Envo de Informes Financieros del Ejercicio 2010ltimos
dos Dgitos del NIT
Envo de Informacin
ltimos dos Dgitos del
NIT
Envo de Informacin
01-05 01 de Marzo 51-55 15 de Marzo06-10 02 de Marzo 56-60 16 de Marzo11-15 03 de Marzo 61-65 17 de Marzo16-20 04 de Marzo 66-70 18 de Marzo21-25 07 de Marzo 71-75 22 de Marzo26-30 08 de Marzo 76-80 23 de Marzo31-35 09 de Marzo 81-85 24 de Marzo36-40 10 de Marzo 86-90 25 de Marzo41-45 11 de Marzo 91-95 28 de Marzo46-50 14 de Marzo 96-00 29 de Marzo
Declaracin de Renta o de Ingresos y Patrimonio ao gravable 2010. Entidades Grandes Contribuyentes
(Art. 12 y 17 Dec. 4836 de 2010 y Resolucin Dian 14097 de Dic. 30 de 2010)
ltimos dos Dgitos
del NITHasta el da
ltimos dos Dgitos del
NITHasta el da
1 08 de Febrero 6 15 de Febrero2 09 de Febrero 7 16 de Febrero3 10 de Febrero 8 17 de Febrero 4 11 de Febrero 9 18 de Febrero 5 14 de Febrero 0 21 de Febrero
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Declaracin de Renta o de Ingresos y Patrimonio ao gravable 2010. Entidades Grandes Contribuyentes (Art. 12 y
17 Dec. 4836 de 2010 y Resolucin Dian 14097 de Dic. 30 de 2010)
Declaracin y PagoSegunda Cuota 50%Pago Tercera Cuota 50%
Declaracin y Pago Segunda Cuotaltimos dos
Dgitos del NITHasta el da ltimos dos
Dgitos del NITHasta el da
1 08 de Abril 6 15 de Abril2 11 de Abril 7 18 de Abril3 12 de Abril 8 19 de Abril4 13 de Abril 9 20 de Abril5 14 de Abril 0 25 de Abril
Pago Tercera Cuotaltimos dos
Dgitos del NITHasta el da ltimos dos
Dgitos del NITHasta el da
1 08 de Junio 6 15 de Junio2 09 de Junio 7 16 de Junio3 10 de Junio 8 17 de Junio 4 13 de Junio 9 20 de Junio 5 14 de Junio 0 21 de Junio
Declaracin de Renta o de Ingresos y Patrimonio ao gravable 2010- dems Personas Jurdicas y dems
Contribuyentes (Art. 13 y 17 Dec. 4836 de 2010)
Declaracin y Pago Primera Cuota
ltimos dos Dgitos del
NIT
Hasta el da ltimos dos Dgitos
del NIT
Hasta el da
1 08 de Abril 6 15 de Abril2 11 de Abril 7 18 de Abril3 12 de Abril 8 19 de Abril4 13 de Abril 9 20 de Abril5 14 de Abril 0 25 de Abril
Pago segunda cuota
ltimos dos Dgitos del
NIT
Hasta el da ltimos dos Dgitos del
NIT
Hasta el da
1 08 de Junio 6 15 de Junio2 09 de Junio 7 16 de Junio3 10 de Junio 8 17 de Junio 4 13 de Junio 9 20 de Junio 5 14 de Junio 0 21 de Junio
Declaracion de Renta ao gravable 2010 Personas Naturales y Sucesiones ilquidas Residentes en Colombia (Art. 15 Dec. 4836 de 2010)
ltimos dos Dgitos del
NIT
Envo de Informacin
ltimos dos Dgitos del
NIT
Envo de Informacin
96 a 00 09 de Agosto 46 a 50 24 de Agosto91 a 95 10 de Agosto 41 a 45 25 de Agosto86 a 90 11 de Agosto 36 a 40 26 de Agosto81 a 85 12 de Agosto 31 a 35 29 de Agosto76 a 80 16 de Agosto 26 a 30 30 de Agosto71 a 75 17de Agosto 21 a 25 31 de Agosto66 a 70 18 de Agosto 16 a 20 01 de Septiembre61 a 65 19 de Agosto 11 a 15 02 de Septiembre56 a 60 22 de Agosto 06 a 10 05 de Septiembre51 a 55 23 de Agosto 01 a 05 06 de Septiembre
Declaracion de Renta ao gravable 2010 Personas Naturales y Sucesiones Ilquidas Residentes en el Exterior (pargrafo Art. 15 Dec. 4836 de 2010)- Presentacinltimos dos Dgitos del
NITHasta el da
ltimos dos Dgitos del
NITHasta el da
1 08 de Septiembre 6 15 de Septiembre2 09 de Septiembre 7 16 de Septiembre3 12 de Septiembre 8 19 de Septiembre4 13 de Septiembre 9 20 de Septiembre5 14 de Septiembre 0 21 de Septiembre
Declaracion de Renta ao gravable 2010 Personas Naturales y Sucesiones Ilquidas Residentes en el Exterior (pargrafo Art. 15 Dec. 4836 de 2010)- Cancelacinltimos dos Dgitos del
NITHasta el da
ltimos dos Dgitos del
NITHasta el da
1 11 de Octubre 6 19 de Octubre2 12 de Octubre 7 20 de Octubre3 13 de Octubre 8 21 de Octubre4 14 de Octubre 9 24 de Octubre5 18 de Octubre 0 25 de Octubre
Declaracin y Pago Impuesto al Patrimonio Ley 1370 de 2009 y Decreto Ley 4825de 2010 (Art. 29 Dec. 4836 de 2010)
Presentacin de la declaracin y pago de la primera cuota de ocho
ltimos dos Dgitos del
NITHasta el da
ltimos dos Dgitos del
NITHasta el da
1 10 de Mayo 6 17 de Mayo2 11 de Mayo 7 18 de Mayo3 12 de Mayo 8 19 de Mayo4 13 de Mayo 9 20 de Mayo5 16 de Mayo 0 23 de Mayo
Pago segunda cuota de ocho
ltimos dos Dgitos
del NITHasta el da
ltimos dos Dgitos
del NITHasta el da
1 08 de Septiembre 6 15 de Septiembre2 09 de Septiembre 7 16 de Septiembre3 12 de Septiembre 8 19 de Septiembre4 13 de Septiembre 9 20 de Septiembre5 14 de Septiembre 0 21 de Septiembre
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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2011
actualicese.com4
Calendario de Plazos para la presentacin en 2011 de la Informacin Exgena
Ao Gravable 2010
Resoluciones del 30 de Agosto de 2010
Resolucin Artculos del E.T.
Reportan
Resolucin 8654 del 30 de Agosto de 2010
623, 623-1* y 623-2 (SIC)
Los Bancos y dems entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, las Cooperativas de Ahorro y Crdito, los Organismos Cooperativos de grado superior, las Instituciones auxiliares del Cooperativismo, las Cooperativas Multiactivas e Integrales y los fondos de empleados que realicen actividades financieras.
*Artculo 623-1 - 16 de Junio de 2011. Artculos 623 y 623-2 (sic) los plazos son los siguientes :
Grandes Contribuyentes:ltimo Dgito
FechaltimoDgito
Fecha
2 25 de Abril de 2011 7 02 de Mayo de 20113 26 de Abril de 2011 8 03 de Mayo de 20114 27 de Abril de 2011 9 04 de Mayo de 20115 28 de Abril de 2011 0 05 de Mayo de 20116 29 de Abril de 2011 1 06 de Mayo de 2011
Personas Jurdicas:ltimos Dgitos
Fechaltimos Dgitos
Fecha
21 a 25 24 de marzo de 2011 71 a 75 07 de abril de 201126 a 30 25 de marzo de 2011 76 a 80 08 de abril de 201131 a 35 28 de marzo de 2011 81 a 85 11 de abril de 201136 a 40 29 de marzo de 2011 86 a 90 12 de abril de 201141 a 45 30 de marzo de 2011 91 a 95 13 de abril de 201146 a 50 31 de marzo de 2011 96 a 00 14 de abril de 201151 a 55 01 de abril de 2011 01 a 05 15 de abril de 201156 a 60 04 de abril de 2011 06 a 10 18 de abril de 201161 a 65 05 de abril de 2011 11 a 15 19 de abril de 201166 a 70 06 de abril de 2011 16 a 20 20 de abril de 2011
Resolucin 8655 del 30 de Agosto de 2010
624 Cmaras de Comercio Sociedades creadas o liquidadas y socios y accionistas.
El plazo para la entrega de la informacin a que se refiere el artculo 624 ser el 16 de Junio de 2011.
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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2011
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Resolucin 8656 del 30 de Agosto de 2010
625 y 628 La Bolsa Nacional de Valores de Colombia, Bolsa Nacional Agropecuaria y dems bolsas de valores.
*Artculo 625 16 de Junio de 2011. Artculo 628 los plazos para enviar la informacin son los siguientes :
Grandes Contribuyentes:
ltimo Dgito Fecha
ltimoDgito Fecha
2 25 de abril de 2011 7 02 de mayo de 20113 26 de abril de 2011 8 03 de mayo de 20114 27 de abril de 2011 9 04 de mayo de 20115 28 de abril de 2011 0 05 de mayo de 20116 29 de abril de 2011 1 06 de mayo de 2011
Personas Jurdicas:
ltimos Dgitos Fecha
ltimos Dgitos Fecha
21 a 25 24 de marzo de 2011 71 a 75 07 de abril de 201126 a 30 25 de marzo de 2011 76 a 80 08 de abril de 201131 a 35 28 de marzo de 2011 81 a 85 11 de abril de 201136 a 40 29 de marzo de 2011 86 a 90 12 de abril de 201141 a 45 30 de marzo de 2011 91 a 95 13 de abril de 201146 a 50 31 de marzo de 2011 96 a 00 14 de abril de 201151 a 55 01 de abril de 2011 01 a 05 15 de abril de 201156 a 60 04 de abril de 2011 06 a 10 18 de abril de 201161 a 65 05 de abril de 2011 11 a 15 19 de abril de 201166 a 70 06 de abril de 2011 16 a 20 20 de abril de 2011
Decreto 4836 del 30 de Diciembre de 2010
627
Registradura Nacional del Estado Civil Cdulas de ciudadana de personas fallecidas en el 2010
3 de Marzo de 2011.Resolucin 8659 del 30 de Agosto de 2010
629-1
Las personas o empresas que elaboren facturas de venta o documentos equivalentes.
ltimos Dgitos
Fechaltimos Dgitos
Fecha
21 a 24 16 de febrero de2011 73 a 76 07 de marzo de 201125 a 28 17 de febrero de 2011 77 a 80 08 de marzo de 201129 a 32 18 de febrero de 2011 81 a 84 09 de marzo de 201133 a 36 21 de febrero de 2011 85 a 88 10 de marzo de 201137 a 40 22 de febrero de 2011 89 a 92 11 de marzo de 201141 a 44 23 de febrero de 2011 93 a 96 14 de marzo de 201145 a 48 24 de febrero de 2011 97 a 00 15 de marzo de 201149 a 52 25 de febrero de 2011 01 a 04 16 de marzo de 201153 a 56 28 de febrero de 2011 05 a 08 17 de marzo de 201157 a 60 01 de marzo de 2011 09 a 12 18 de marzo de 201161 a 64 02 de marzo de 2011 13 a 16 22 de marzo de 201165 a 68 03 de marzo de 2011 17 a 20 23 de marzo de 201169 a 72 04 de marzo de 2011
Resolucin 631-1
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8661 del 30 de Agosto de 2010 , Decreto 4836del 30 de diciembre de 2010
Grupos econmicos y/o empresariales.
La informacin deber ser presentada a ms tardar 01 de julio de 2011.
Resolucin 8662 del 30 de Agosto de 2010
58 L863/2003, Dc.
4660/2007
Entidades pblicas o privadas que celebren convenios de cooperacin y asistencia tcnica para el apoyo y ejecucin de sus programas o proyectos con organismos internacionales.
Presentan informacin mensual con las caractersticas indicadas en esta Resolucin.Resolucin 8660 del 30 de Agosto de 2010
631 Personas naturales, jurdicas y dems entidades literales a) b) c) d) e) f) h) i) y k)
Grandes Contribuyentes:ltimo Dgito
FechaltimoDgito
Fecha
2 25 de abril de 2011 7 02 de mayo de 20113 26 de abril de 2011 8 03 de mayo de 20114 27 de abril de 2011 9 04 de mayo de 20115 28 de abril de 2011 0 05 de mayo de 20116 29 de abril de 2011 1 06 de mayo de 2011
Personas Jurdicas y Asimiladas y Personas Naturales:ltimos Dgitos
Fecha ltimos Dgitos
Fecha
21 a 25 24 de marzo de 2011 71 a 75 07 de abril de 201126 a 30 25 de marzo de 2011 76 a 80 08 de abril de 201131 a 35 28 de marzo de 2011 81 a 85 11 de abril de 201136 a 40 29 de marzo de 2011 86 a 90 12 de abril de 201141 a 45 30 de marzo de 2011 91 a 95 13 de abril de 201146 a 50 31 de marzo de 2011 96 a 00 14 de abril de 201151 a 55 01 de abril de 2011 01 a 05 15 de abril de 201156 a 60 04 de abril de 2011 06 a 10 18 de abril de 201161 a 65 05 de abril de 2011 11 a 15 19 de abril de 201166 a 70 06 de abril de 2011 16 a 20 20 de abril de 2011
Plazos para quienes deben reportar solamente el formato 1002. Retenciones en la Fuente Practicadas
ltimos Dgitos Fecha
ltimos Dgitos Fecha
21 a 24 16 de febrero de2011 73 a 76 07 de marzo de 201125 a 28 17 de febrero de 2011 77 a 80 08 de marzo de 201129 a 32 18 de febrero de 2011 81 a 84 09 de marzo de 201133 a 36 21 de febrero de 2011 85 a 88 10 de marzo de 201137 a 40 22 de febrero de 2011 89 a 92 11 de marzo de 201141 a 44 23 de febrero de 2011 93 a 96 14 de marzo de 201145 a 48 24 de febrero de 2011 97 a 00 15 de marzo de 201149 a 52 25 de febrero de 2011 01 a 04 16 de marzo de 201153 a 56 28 de febrero de 2011 05 a 08 17 de marzo de 201157 a 60 01 de marzo de 2011 09 a 12 18 de marzo de 201161 a 64 02 de marzo de 2011 13 a 16 22 de marzo de 201165 a 68 03 de marzo de 2011 17 a 20 23 de marzo de 201169 a 72 04 de marzo de 2011
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Informacin Laboral a tener en cuenta a partir del 1 de Enero de 2011
Concepto ValorMnimo mensual $ 535.600Salario mnimo Diario $17.853Auxilio de transporte mensual (se reconoce slo a trabajadores que devenguen hasta 2 s.m.m.l.v., es decir,( $1.071.200) $63.600
Auxilio de Transporte Diario $2.120 Salario Integral (un salario podr ser pactado como integral cuando equivalga por lo menos a 10 salarios mnimos mensuales incrementados en un 30% de dicha cuanta como valor equivalente al factor prestacional. Por tanto, en la prctica, se establece que un salario ser integral cuando sea igual o superior a 13 s.m.m.l.v. (10 x 1,30 = 13); vase Art.132 del Cdigo Sustantivo del Trabajo, modificado por el Art.18 de la ley 50/90)
$6.962.800
Monto mximo del ingreso base de cotizacin en la liquidacin de los aportes a seguridad social (salud, pensiones, ARP)
$13.390.000
Monto del salario mximo que puede llegar a devengar un trabajador para que los pagos hechos en alimentacin (para l o su familia), no le constituyan ingreso tributario a dicho trabajador sino que constituyan ingreso para el tercero con quien se contrat el servicio de alimentacin (ver Art.387-1 del E.T.).310 UVT
$7.791.000
Monto mximo del pago representado en alimentacin (del trabajador o su familia) que no constituira ingreso tributario para el trabajador (ver Art.387-1 del E.T.).41 UVT
$1.071.200
Dotacin: trabajadores que perciban hasta 2 s.m.m.l.v. es obligatorio que el empleador le de dotacin. (Vestido y Calzado para labores) (ART. 230 del Cdigo sustantivo del trabajo. Suministro de calzado y vestido de labor. Todo patrono que habitualmente ocupe uno (1) o ms trabajadores permanentes deber suministrar cada cuatro (4) meses, en forma gratuita, un (1) par de zapatos y un (1) vestido de labor al trabajador cuya remuneracin mensual sea hasta dos (2) veces el salario mnimo ms alto vigente. Tiene derecho a esta prestacin el trabajador que en las fechas de entrega de calzado y vestido haya cumplido ms de tres (3) meses al servicio del empleador.
$1.071.200
Monto mximo de salarios que puede llegar a devengar el trabajador para tener derecho al Subsidio familiar que entregan las cajas de compensacin; *si su cnyuge tambin trabaja, en ese caso el salario del trabajador mas el de su cnyuge no pueden exceder los 6 salarios mnimos mensuales vigentes (vase el Art.3 ley 789 de Dic. de 2002)
$ 2.142.400
Pagos Parafiscales
Sena Base salarial 2%ICBF- Base salarial 3%Cajas de Compensacin Familiar Base salarial 4%
Cargas Prestacionales Provisin mensual sobre salarios del trabajador
Cesanta 8.33%Prima Legal 8.33%Vacaciones 4.17%Intereses a las Cesantas 1% mensual
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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2011
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Retencin en la Fuente aplicable en el ao 2011
UVT $ 25.132
CONCEPTOS UVT BASE %
1. Ingresos originados en una relacin laboral o legal y reglamentaria a partir.
95 $ 2.388.000 TABLA
2. Dems rendimientos financieros (intereses) 100% 7%
3.Honorarios y Comisiones(Que hacen personas jurdicas, sociedades de hecho y naturales agentes de retencin a personas jurdicas) D.R. 260 / 2001
100% 11%
4.Honorarios y Comisiones(Que hacen personas jurdicas, sociedades de hecho y naturales agentes de retencin a personas naturales) D.R. 260 / 2001
100% 10%
Nota 1: Si ingresos del contrato superan en el 2011 3300 UVT = $ 82.936.000 100% 11%
Nota 2: A partir de la fecha en que excedan los pagos o abonos en cuenta en el 2.011 3300 UVT = $ 82.936.000
100% 11%
5.Contratos de consultora y administracin delegada que hacen personas jurdicas y naturales agentes de retencin a personas jurdicas D.R. 260 / 2001
100% 11%
6.Contratos de administracin delegada que hacen personas jurdicas, sociedades de hecho a contratistas personas jurdicas o asimiladas D.R. 260 / 2001
100% 11%
7.
Contratos de administracin delegada que hacen personas jurdicas, sociedades de hecho a contratistas personas naturales D.R. 260/2001 y Art. 2 Decreto 1809/89
100% 10%
Nota 1: Si ingresos del contrato superan en el 2.010 3300 UVT = $ 82.936.000 100% 11%
Nota 2: A partir de la fecha en que excedan los pagos o abonos en cuenta en el 2.010 3300 UVT = $ 82.936.000 100% 11%
8. Contratos de consultora y administracin delegada POR OBRAS PUBLICAS 100% 6%
9.Por emolumentos eclesisticos efectuados a personas naturales, y si la persona es "declarante de renta" 27 679.000 superior 4%
10. Por emolumentos eclesisticos efectuados a personas naturales , y si la persona no es declarante de renta 27 679.000 superior 3,50%
11. Servicios en general (aplicables a no obligados a presentar declaracin de renta) 4 101.000 superior 6%
12. Servicios en general efectuadas por personas jurdicas, sociedades de hecho y naturales retenedores 4 101.000 superior 4%
13. Servicios de transporte de carga 4 101.000 superior 1%
14.Servicios de Transporte de pasajeros Nacional que hacen personas jurdicas, sociedades de hecho y personas naturales agentes retenedores
27 679.000 superior 3.5%
15. Servicios temporales 4 101.000 superior 1%
16.
Los servicios integrales de salud que involucran servicios calificados y no calificados, prestados a un usuario por instituciones prestadoras de salud IPS, que comprenden hospitalizacin, radiologa, medicamentos, exmenes y anlisis de laboratorios clnicos
4 101.000 superior 2%
17. Aseo y/o Vigilancia 4 101.000 superior 2%
18. Arrendamiento de Bienes Muebles 100% 4%
19.Arrendamiento de Bienes Races que hacen personas jurdicas, sociedades de hecho y personas naturales agentes retenedores
27 679.000 superior 3.5%
20. Loteras, Rifas, Apuestas y similares 48 1.206.000 superior 20%
21.Hoteles , Restaurantes y Hospedajes si el pago lo en forma directa personas jurdicas o sociedades de hecho o personas natural agentes retenedor
4 101.000 superior 3.5%
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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2011
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CONCEPTOS UVT BASE %
22. Enajenacin de Bienes Races 100% 1%
23. Contratos de construccin y urbanizacin 100% 1%
24.
Compras y otros pagos que sean ingresos Tributarios para quien los reciba que hacen personas jurdicas, sociedades de hecho y personas naturales agentes retenedores
27 679.000 superior 3.5%
25. Compra de bienes y productos Agrcolas o Pecuarios sin procesamiento industrial 92 2.312.000 superior 1.5%
26.
Compra de bienes y productos Agrcolas o Pecuarios con procesamiento industrial que hacen personas jurdicas, sociedades de hecho y personas naturales agentes retenedores
27 679.000 superior 3.5%
27. Compra de Caf Pergamino o Cereza 160 4.021.000 superior 0.5%
28. Compra de Combustible 100% 0.1%
29. Consultora en Obras Pblicas (Art. 35 Dec. 1522/83) 100% 2%
30. Retencin en la Fuente del IVA (aplicable a Bienes) 27 679.000 superior 50% del Iva
31. Retencin en la Fuente del Iva (Servicios Gravados) 4 101.000 superior 50% del Iva
32. Retencin en la Fuente del Iva (aplicable a Operaciones con tarjetas dbito y crdito ) - 10% del Iva
33. Retencin en colocacin independiente de juegos de suerte y azar 5 126.000 superior 3%
34. Sancin Mnima 10 251.000
QUIEN HACE LA RETENCION
1. Personas Jurdicas y otras entidades2. Notarios3. Personas Naturales comerciantes y que en el ao 2010 tuvieron ingresos o patrimonio bruto superiores a 30.000 UVT x
$24.555, que equivalen a $736.650.000
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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2011
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Retencin en la fuente 2011 a ttulo de los impuestos nacionales vigentes en Colombia (renta, iva, timbre) y
aplicable durante el ao fiscal 2011 (Actualizada a Noviembre 24 de 2010)
En razn a los cambios que los artculos 50 y 51 de la ley 1111 de diciembre 27 de 2006 introdujeron a los artculos 868 y 868-1 del E.T., para los aos fiscales 2007 y siguientes el Ministerio de Hacienda no seguir publicando el decreto que se emita antes de iniciar el respectivo ao fiscal y que contena, en valores absolutos (es decir, en pesos), las cifras con las "bases mnimas" para practicar retenciones en la fuente a ttulo de los impuestos nacionales.
En lugar de ello, para poder obtener tales cifras en valores absolutos, todos los interesados debern ubicar, en la nueva tabla contenida en el Art. 868-1 del E.T. (tabla que se complementa con lo establecido en los Art. 2 hasta 6 del Dec. 379 de feb de 2007), el respectivo "concepto" sujeto a retencin y tomar de ella el valor en UVTs-Unidades de Valor Tributario (vase en esa nueva tabla del Art. 868-1 del E.T. el subttulo que dice ajuste de cifras decreto de valores absolutos, subttulo bajo el cual se listan 99 cifras distintas que quedaron convertidas de valores absolutos en pesos o de "valores en salarios mnimos" a Uvts).
Ese valor en UVTs se multiplicar, en cada ao fiscal, por el "valor oficial en pesos de la UVT" que rija en dicho ao y al resultado obtenido en pesos se le debern hacer las aproximaciones que se indican en la parte final del Art. 868.
Por tanto, y en razn a que la DIAN ha publicado en su resolucin 012066 de Noviembre 19 de 2010 que inidca que el valor de la UVT que regir durante el ao 2011 ser de $25.132, se cuenta entonces con el parmetro bsico para poder definir, en pesos, los valores de bases mnimas y otros aspectos necesarios para la prctica de las retenciones en la fuente durante el ao fiscal 2011.
Aclarado lo anterior, en la presente herramienta se recogen los conceptos sujetos a retencin en la fuente por impuestos nacionales que son ms comunes en las operaciones econmicas que se llevan a cabo en Colombia (no se incluyen la totalidad de dichos conceptos), y frente a cada concepto se muestran cules seran las bases mnimas (tanto en UVT como en pesos) que se tendran que tomar en cuenta a la hora de practicar retenciones en la fuente durante el ao fiscal 2011.
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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2011
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Retencin a ttulo del impuesto de Renta y Complementarios 2011
Cuando el beneficiario del pago sea considerado Residente en Colombia y el pago sea considerado como un "ingreso de fuente nacional"
(Ver Art. 9,10, 24 y 25 del E.T., reglamentados con Decreto 4145 de Nov. 5 de 2010)(Ver Art. 365 a 404-1 del E.T.) (Ver nota 1 al final)
No. Conceptos
A partir de (cifras en
trminos de UVT)
A partir de (cifras en
pesos)Tarifas
1Ingresos originados en una relacin laboral o legal y reglamentariaVer Art.383 a 386 del E.T.
95 $ 2.388.001 Vase tabla del art.383 del ET
2Rendimientos financieros en general Ver Art.395 del E.T., Ver Art.396 del E.T., Decreto 3715 de 1986, Art.3
No aplica $ 1 7%
3Honorarios y Comisiones en general (cuando el beneficiario del pago sea una persona jurdica o asimilada) Ver D.R. 260 de febrero 19 de 2001, Art.1
No aplica $ 1 11%
4
Honorarios y Comisiones en general (cuando el beneficiario del pago sea una persona natural) (nota: la tarifa ser del 10% cuando el beneficiario del pago sea una persona natural que va a recibir de parte de un mismo pagador un monto de honorarios o comisiones que no exceden, dentro del mismo ao fiscal 2011, el valor de $ 82.936.000 (o 3.300 UVTS). Sin embargo, si del contrato firmado con tal persona natural se desprende que s va a recibir un valor superior al antes citado, la tarifa se aplica al 11% desde el comienzo de los pagos; igualmente, si no hay contrato, pero en algn momento dentro del ao 2011 la suma de los pagos acumulados llega a exceder el tope antes aludido, desde ese momento en adelante se cambia la tarifa del 10% al 11%;) Ver Dec. 260 de feb 19 de 2001, Art.1 (es el tem 87 en la nueva tabla del Art.868-1 del E.T.)
No aplica $ 1 10%
5
Honorarios para quienes prestan Servicios de ssmica para el sector de hidrocarburos (si se cancelan a personas naturales o jurdicas declarantes de renta)Ver decreto 1140 de Abril de 2010Ver nuestro editorial de abril de 2010: "Gobierno modifica tarifas de Rtfte a ttulo de renta para ciertos servicios"
No aplica $ 1 6%
6
Honorarios para quienes prestan Servicios de ssmica para el sector de hidrocarburos (si se cancelan a personas naturales no declarantes de renta) Ver decreto 1140 de Abril de 2010, Ver nuestro editorial de abril de 2010: "Gobierno modifica tarifas de Rtfte a ttulo de renta para ciertos servicios" en Anexos 2 Artculos y Documentos de Referencia.
No aplica $ 1 10%
5
Contratos de consultora en ingeniera de proyectos de infraestructura y edificaciones (sin importar si es para obras pblicas o privadas, es decir, sin importar si el que contrata es alguna Entidad del Estado o algn particular) y el contratista sea sea una persona jurdica o natural declarante de renta, Ver Dec. 1141 de Abril 12 de 2010 el cual derog el Decreto 1115 de abril de 2006, Ver nuestro editorial de abril de 2010: "Gobierno modifica tarifas de Rtfte a ttulo de renta para ciertos servicios" en Anexos 2 Artculos y Documentos de Referencia.
No aplica $ 1 6%
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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2011
actualicese.com12
No. Conceptos
A partir de (cifras en
trminos de UVT)
A partir de (cifras en
pesos)Tarifas
6
Contratos de consultora en ingeniera de proyectos de infraestructura y edificaciones (sin importar si es para obras pblicas o privadas, es decir, sin importar si el que contrata es alguna Entidad del Estado o algn particular) y el contratista sea una persona natural no declarante de renta; esta tarifa del 10% pasar a ser del 6%, si el contrato a firmar durante el 2011 supera los $82.936.000 (o 3.300 UVTS) , o si en algn momento dentro del ao 2011 los pagos que le realice un mismo agente retenedor superen esa cifra) Ver Dec. 1141 de Abril 12 de 2010 el cual derog el Decreto 1115 de abril de 2006, Ver nuestro editorial de abril de 2010: "Gobierno modifica tarifas de Rtfte a titulo de renta para ciertos servicios"en Anexos 2 Artculos y Documentos de Referencia.
No aplica $ 1 10%
7
Contratos de administracin delegada(Si el beneficiario del pago es una persona natural, en ese caso se aplican los mismos criterios que antes citamos cuando el pago es por honorarios y comisiones; ver el numeral 4 ms arriba) Ver D.R. 260 de feb 19 de 2001; Art.2
$ 1 10%
8
Servicios en general(cuando el beneficiario sea una persona jurdica; aplica tambin si el beneficiario es una persona natural declarante de renta; en este ltimo caso, la persona natural ser declarante de renta solo si los pagos que le haga un mismo agente de retencin, durante el ao 2011, exceden los $82.836.000 (o 3.300 UVTS); si no exceden de tal tope, se aplica la tarifa del 6% Ver D.R. 3110 de sep 23 de 2004, Art. 1 (es el tem 88 de la tabla del Art.868-1 del E.T.) Ver Dec. 2775 de 1983 Art.6 (es el tem 77 en la tabla del Art.868-1 del E.T.)
4 $ 101.000 4%
9
Servicios en general (personas naturales no declarantes de renta) (Nota: la persona natural ser no declarante de renta" cuando los pagos que le haga el mismo agente de retencin, dentro del ao 2011, no excedan los $82.936.000 o 3.300 UVTS) Ver D.R. 3110 de sep 23 de 2004, Art. 1 (es el tem 88 e la tabla del Art.868-1 del E.T.), Ver Dec. 2775 de 1983 Art.6 (es el tem 77 en la tabla del Art.868-1 del E.T.)
4 $ 101.000 6%
10
Servicios de transporte nacional de carga (terrestre, areo o martimo) Ver Dec. 2775 de 1983 Art.6 (es el tem 77 en la tabla del Art.868-1 del E.T.), Ver Dec.1189 de 1988,Art 14, Ver Dec. 2026 de 1983, Art.12, Ver Dec. 399 de 1987, Art.2
4 $ 101.000 1%
11Servicios de Transporte nacional de pasajeros (terrestre)Ver Dec.1512 de 1985, Art 5 (es el tem 78 en la tabla del Art.868-1 del E.T.)
27 $ 679.000 3,5%
12Servicio de transporte nacional de pasajeros (areo y martimo) Ver Dec. 2775 de 1983 Art.6 (es el tem 77 en la tabla del Art.868-1 del E.T.), Ver Dec. 399 de 1987, Art.2
4 $ 101.000 1%
13
Servicios prestados por Empresas Temporales de EmpleoVer Dec. 2775 de 1983 Art.6 (es el tem 77 en la tabla del Art.868-1 del E.T.), Ver Dec.1626 de 2001, Art 2, inciso primero,el cual fue modificado con Dec.1300 de abril de 2005, Art 1.
4 $ 101.000 1%
14
Servicios de vigilancia y aseo prestados por empresas de vigilancia y aseo Ver Dec.1626 de 2001, Art 2, inciso segundo, el cual fue modificado con Decreto 3770 del 21 de octubre de 2005, Ver Dec. 2775 de 1983 Art.6 (es el tem 77 en la tabla del Art.868-1 del E.T.)
4 $ 101.000 2%
15
Los servicios integrales de salud que involucran servicios calificados y no calificados, prestados a un usuario por instituciones prestadoras de salud IPS, que comprenden hospitalizacin, radiologa, medicamentos, exmenes y anlisis de laboratorios clnicos Ver ltimo inciso del Art.392 del E.T., modificado con Art.75 de la ley 1111/06Ver Dec. 2775 de 1983 Art.6 (es el tem 77 en la tabla del Art.868-1 del E.T.)
4 $ 101.000 2%
16 Arrendamiento de Bienes Muebles Ver D.R. 2026 de 1983, Art 12 , Ver Dec.1626 de 2001, Art 2 , inciso segundo No aplica $ 1 4%
17 Arrendamiento de Bienes Races Ver Art. 401 E.T., Ver Ley 633 de 2000, Art.18, Ver Dec. 2775 de 1983 Art.6 (es el tem 27 $ 679.000 3,5%
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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2011
actualicese.com 13
No. Conceptos
A partir de (cifras en
trminos de UVT)
A partir de (cifras en
pesos)Tarifas
77 en la tabla del Art.868-1 del E.T.)
18Loteras, Rifas, Apuestas y similares Ver Art. 317 del E.T., Ver Art. 402 del E.T., Ver Art. 404-1 del E.T. (es el tem 16 en la tabla del Art.868-1 del E.T.) Ver Art. 306 del E.T.
48 $ 1.206.000 20%
19Servicio de Hoteles, Restaurantes y Hospedajes Ver Dec. 2775 de 1983 Art.6 (es el tem 77 en la tabla del Art.868-1 del E.T.), Ver Dec 260 de 2001 , Art.5
4 $ 101.000 3.5%
20
Enajenacin de activos fijos por parte de una persona natural (si lo que enajena es un bien raz, el agente de retencin es el notario; si lo que enajena es un vehculo, el agente de retencin es la secretara de trnsito; si enajena otro tipo de activos fijos, el agente de retencin ser quien le hace el pago; Ver Art.398 del E.T., Ver Art. 399 del E.T.
No aplica $ 1 1%
21
Contratos de construccin, urbanizacin y en general confeccin de obra material de bien inmueble Ver Dec.2509 de 1985, Art.8 Ver DR. 1512 de 1985, Art 5, inciso 2 (es el tem 78 en la tabla del Art.868-1 del E.T.)
27 $ 679.000 1%
22Compras y otros ingresos tributarios en general Ver Art.401 del E.T., Ver DR. 1512 de 1985, Art 5(es el tem 78 en la tabla del Art.868-1 del E.T.)
27 $ 679.000 3.5%
23Compra de bienes y productos Agrcolas o Pecuarios sin procesamiento industrial DR. 2595 de 1993, Art.1 (es el tem 82 en la tabla del Art.868-1 del E.T.)
92 $ 2.312.000 1.5%
24 Compra de Caf Pergamino o cereza DR 1479 de 1996 Art.1 (es el tem 83 en la tabla del Art.868-1 del E.T.) 160 $ 4.021.000 0.5%
25 Compra de Combustibles derivados del petrleo DR.3715 de 1986, Art.2
No aplica $ 1 0.1%
26
Pagos a establecimientos comerciales que aceptan como medio de pago las tarjetas dbito o crdito (en estos casos, el agente de retencin es el banco emisor de la tarjeta dbito o crdito) DR 406 de 2001 Art.17 ,DR 556 de 2001, Art.1
No aplica $ 1 1,5%
27Por emolumentos eclesisticos efectuados a personas naturales que sean "declarantes de renta "Decreto 886 de 27/03/2006
27 $ 679.000 4%
28Por emolumentos eclesisticos efectuados a personas naturales que no sean declarantes de renta Decreto 886 de 27/03/2006
27 $ 679.000 3,5%
29Sobre dividendos gravables que se lleguen a distribuir despus de marzo 1 de 2007 (y sin importar el ao al que corresponda el dividendo; ver Dec.567 de marzo 1 de 2007)
No aplica $ 1
20%, 33% segn el tipo
de socio de que se trate
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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2011
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Cuando el beneficiario del pago sea considerado No residente en Colombia y el pago sea considerado como un "ingreso de fuente nacional"
(Ver Art.9, 10, 24 y 25 del E.T., reglamentados con Decreto 4145 de Nov. 5 de 2010)(Art.319 a 328 y 406 a 419 del E.T.) (Ver nota 1 y Nota 2 abajo)
No. Conceptos
A partir de (cifras en
trminos de UVT)
A partir de (cifras en
pesos)Tarifas
1 Dividendos y participaciones Ver. Art. 245 del E.T. Ver Art. 391 del E.T. Ver Art. 407 del E.T. No aplica
$1 (pero de las utilidades que
de haberse distribuido a un
residente en Colombia
hubieren estado"gravadas")
33%
2 Intereses, comisiones, honorarios, regalas, arrendamientos, compensaciones por servicios personales, o explotacin de toda especie de propiedad industrial Art. 408 inci.1 del E.T.
No aplica $ 1 33%
3 Consultoras, servicios tcnicos y de asistencia tcnica, bien sea que se presten en Colombia o desde el exterior Art.408 , incis.2 del E.T.
No aplica $ 110% como
tarifa nica de renta
Retencin a ttulo del Impuesto sobre las Ventas 2011(Art. 437-1 y 437-2 del E.T.) (Ver nota 3 abajo)
No. Conceptos
A partir de (cifras en
trminos de UVT)
A partir de (cifras en
pesos)Tarifas
1
Por compras de bienes gravados con IVA (cuyo valor antes de IVA sea de $679.000 en adelante; 27 UVTS ) y servicios gravados con IVA (cuyo valor antes de IVA sea $101.000 en adelante; 4 UVTS), y sucediendo que el beneficiario del pago es residente en Colombia, y el pago se realiza por fuera del sistema de tarjetas dbito o crdito Ver Art. 437-1 Ver Art. 437-2 del E.T. Ver Dec. 380 de 1996 Ver Dec. 782 de 1996, Art.1 y 2 (es el tem 84 y 85 en la tabla del Art.868-1 del E.T.)
No aplica
La base es el 100% del valor
del IVA facturado o terico (ver nota 4 abajo)
50% del IVA
2
Pagos a establecimientos comerciales que aceptan como medio de pago las tarjetas dbito o crdito (en estos casos, el agente de retencin es el banco emisor de la tarjeta dbito o crdito), y si la compra que se cancela es por bienes gravados con IVA (cuyo valor antes de IVA sea de $679.000 en adelante; 27 UVTS ) servicios gravados con IVA (cuyo valor antes de IVA sea $101.000 en adelante; 4 UVTS) Ver Dec. 782 de 1996, Art.1 y 2 (es el tem 84 y 85 en la tabla del Art.868-1 del E.T.) Ver DR.1626 de 2001, Art.1
No aplica
La base es el 100% del valor
del IVA facturado o terico (ver nota 4 abajo)
10% del Iva
3
Por el pago de servicios gravados con IVA (cuyo valor antes de IVA sea $101.000 en adelante; 4 UVTS), prestados en suelo colombiano, pero quien prest el servicio es un no residente en Colombia Ver pargrafo del Art.437-1 del E.T.
No aplica
La base es el 100% del IVA
terico (ver nota 4 abajo)
100% del IVA
4Por compras de aviones (en este caso el agente de retencin es la Aeronutica Civil) Art.437-2, numeral 6 del E.T.
No aplica
La base es el 100% del IVA
terico (ver nota 4 abajo)
100% del IVA
-
Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2011
actualicese.com 15
5A partir de julio 1 de 2007, Por compras de hojas tabaco (cuyo valor antes de IVA sea de $679.000 en adelante; 27 UVTS) Art.1 Dec.2286 de junio 20 de 2007
No aplica
La base es el 100% del IVA
terico (ver nota 4 abajo)
75% del IVA
6
A partir de Octubre 27 de 2010, Por compras de oro que realice el Banco de la Republica a los productores o comercializadores de oro (cuyo valor antes de IVA sea de $679.000 en adelante; 27 UVTS) Art.1 Dec.3991de Octubre 27 de 2010
No aplica
La base es el 100% del IVA
terico (ver nota 4 abajo)
75% del IVA
Notas:
(1) Las personas naturales que efecten pagos, sin importar ninguna caracterstica en especial, son tambin agentes de retencin a ttulo de renta y complementarios nicamente por los conceptos de salarios (ver Art.383 del E.T.), e igualmente en todos los casos en los que el beneficiario sea un no residente en Colombia. De otra parte, para poder actuar durante el 2011 como agentes de retencin a ttulo del impuesto de renta y complementarios, cuando el beneficiario sea un residente en Colombia, y por los conceptos de honorarios, comisiones, servicios y arrendamientos (Art.392 del E.T.), rendimientos financieros (Art.395 del E.T.) y compras (Art.401 del E.T.), se exige que la persona natural que hace el pago cumpla con la totalidad de los siguientes dos requisitos (ver Art.368-2 del E.T.):
a) Ser comerciante obligado a llevar libros de contabilidad. 1
b) Haber tenido a dic de 2010 un patrimonio bruto o unos ingresos brutos superiores a $736.650.000 (30.000 UVTS por el valor de la UVT a dic 31 de 2010, es decir, 30.000 x $24.555; ver art.868 modificado con art.50 de la ley 1111/06; ver tambin el tem 13 en la nueva tabla del Art.868-1 del E.T.)
1 Sobre este punto, recomendamos ver nuestro editorial de Octubre de 2010 : "Profesionales que llevan contabilidad voluntariamente: Se consideraran comerciantes obligados a practicar Retenciones en la fuente? en Anexos 2 Artculos y Documentos de Referencia
(2) La ley 1111 de dic. 27 de 2006 derog toda la normatividad que estaba relacionada con el impuesto complementario de remesas (ver Art.78 de la ley, el cual derog los artculos 319, 320, 321, 321-1, 322 y 328 del E.T.). En consecuencia, a partir del ao gravable 2007 ya no se debern practicar retenciones en la fuente a ttulo del impuesto de remesas. En concordancia con lo anterior, la misma ley 1111 de 2006, con sus artculos 24 y 78, derog la alusin que se haca a dicha retencin por remesas en los artculos 408, 418 y 419 del E.T. Igualmente, con el art.78 de la ley 1111 se derog el Art. 417 del E.T.
(3) Solo cuando el valor de la compra antes de IVA da base para hacer retencin a titulo de renta, en ese caso se har tambin la retencin a titulo de IVA. Pero se hace sobre el valor del IVA liquidado (Ver DR 782/96 Art.1 y 2).
(4) El IVA terico es el que tiene que calcular el comprador cuando hace la compra de bienes o servicios gravados a un vendedor persona natural del rgimen simplificado.
(5) En los pagos o abonos que incorporen Impuestos, Tasas y Contribuciones, dichos valores sern descontados de la base sujeta a retencin. Igualmente se descontar de la base el valor de las propinas incluidas en la suma por pagar.
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2009
2010
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1,8
42,5
11,6
51,7
92,2
11,2
91,0
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90,8
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Abril
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60,4
40,4
50,9
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10,3
20,4
6
Mayo
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51,5
51,6
21,5
60,4
80,5
20,4
20,6
00,4
90,3
80,4
10,3
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Junio
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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2011
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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2011
actualicese.com18
IPC 3.22% para Ingresos Medios
(Artculo 64, Decreto 2649 de 1.993)Certificado por el DANE para el perodo diciembre 2009 a diciembre de 2010
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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2011
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IPC 2.35% para Ingresos Medios
(Artculo 868 del Estatuto Tributario)Certificado por el DANE para el perodo 1 de Octubre a Octubre del 2010
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Modelos de Dictmenes para el 2010
Modelo de dictamen sin salvedades que la Revisora Fiscal prepara para microempresas por el 2010
A continuacin se presenta un modelo de dictamen limpio o sin salvedades que los Revisores Fiscales expediran por el ao 2010 a las sociedades comerciales que sean microempresas, modelo en el cual se dara cumplimiento a lo dispuesto por el decreto 1878 de mayo de 2008 y la circular 115-00011 de Octubre de 2008, numeral 6, expedida por Supersociedades.
Hay que recordar que el Decreto 1878 de mayo de 2008 estableci que las microempresas y entes no comerciales ya no quedan obligadas a elaborar el Estado de Cambios en el Patrimonio, ni el Estado de Cambios en la situacin Financiera ni el Estado de
flujos de efectivo. Solamente debern elaborar el Balance General y el Estado de Resultados junto con sus notas e informes de gestin de los administradores.
Este modelo aplica en los casos en que un mismo Revisor Fiscal haya examinado los Estados financieros del ejercicio 2009 y los del 2010. Si se da el caso de que solo examin los del ejercicio 2010 pero no los del 2009, en ese caso se deber indicar tal situacin y mencionar el tipo de dictamen que emiti el anterior Revisor.
Dictamen del revisor fiscal, en cumplimiento a lo dispuesto por el decreto 1878 de mayo de 2008 y la circular 115-00011 de Octubre de 2008, numeral 6, expedida por
Superintendencia de Sociedades.
A los seores Asociados (socios, accionistas.) de la Compaa XXX.
He auditado los balances generales de la Compaa XXX al 31 de diciembre de 2010 y 2009 y los correspondientes Estados de Resultados por los aos terminados en esas fechas y el resumen de las polticas contables ms significativas.
La administracin es responsable de la preparacin y la adecuada presentacin de los estados financieros de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia. Esta responsabilidad incluye: disear, implementar y mantener el control interno relevante a la preparacin y presentacin de los estados financieros que estn libres de errores de importancia relativa, ya sea debidas a fraude o error; seleccionando y aplicando polticas contables apropiadas, y haciendo estimaciones contables que sean razonables en las circunstancias.
M responsabilidad es expresar una opinin sobre los estados financieros con base en m auditora. Obtuve las informaciones necesarias para cumplir mis funciones de revisora fiscal y llev a cabo mi trabajo de acuerdo con normas de auditora generalmente aceptadas en Colombia.
Una auditora incluye realizar procedimientos para obtener evidencia de auditora sobre los montos y revelaciones en los estados financieros, dichas normas requieren que se planee y practique la auditora para
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obtener seguridad razonable sobre si los estados financieros estn libres de representacin errnea de importancia relativa. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluyendo la evaluacin del riesgo de errores materiales en stos. En el proceso de realizar esta evaluacin de riesgo, el auditor debe considerar los controles internos relevantes para que la entidad prepare y presente adecuadamente los estados financieros, para luego poder disear procedimientos de auditora que sean adecuados en las circunstancias. Una auditora tambin incluye la evaluacin del uso apropiado de las polticas contables y la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la administracin, as como la presentacin completa de los estados financieros.
En mi opinin, los citados estados financieros auditados por m fueron fielmente tomados de los libros, presentan razonablemente la situacin financiera de la Compaa XXX. al 31 de diciembre de 2010 y 2009 y los resultados de sus operaciones por los aos terminados en esas fechas, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia, los cuales fueron uniformemente aplicados.
Con base en el desarrollo de mis dems labores de revisora fiscal, concepto tambin que durante los aos 2010 y 2009 la contabilidad de la Compaa XXX se llev de conformidad con las normas legales y la tcnica contable; las operaciones registradas en los libros y los actos de los administradores se ajustaron a los estatutos y a las decisiones del Mximo rgano Social y de la Junta Directiva; la correspondencia, los comprobantes de las cuentas y los libros de actas y de registro de accionistas se llevaron y conservaron debidamente; se observaron medidas adecuadas de control interno y de conservacin y custodia de los bienes de la Compaa y de terceros en su poder; se liquidaron en forma correcta y se pagaron en forma oportuna los aportes al sistema de seguridad social integral; y existe la debida concordancia entre la informacin contable incluida en el informe de gestin de los administradores y la incluida en los estados financieros adjuntos.
_____________________Juan Carlos Prez RuizT.P. No. xxxxCali, Marzo 31 de 2011Domicilio: Centro Comercial Unicentro, oficina 313
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Dictamen de Contador Pblico Independiente para SAS
Modelo de Dictamen de Contador Pblico Independiente para los Estados Financieros 2010 de una S.A.S. que arroj utilidades por dicho ejercicio y que NO califica como
Microempresa
(ver Artculo 28 de la Ley 1258 del 5 de Diciembre de 2008; pargrafo del artculo 22 Decreto 2649 de 1993 y nuestro editorial: Las S.A.S. que generen utilidades requieren que un Contador dictamine sus Estados
Financieros en Anexos 2 Artculos y Documentos de Referencia)
Al (los) Accionista(s) de Compaa XXXXX S.A.S
He auditado el Balance General de la Compaa XXXXX S.A.S al 31 de diciembre de 2010, y los correspondientes Estados de Resultados, de Cambios en el Patrimonio, de Cambios en la Situacin Financiera y de Flujos de Efectivo por el perodo xxxx2 a diciembre 31 de 2010. Dichos Estados Financieros fueron preparados bajo la responsabilidad de la administracin. Mi responsabilidad es la de expresar una opinin sobre los mismos con base en mi auditora.
Realic mi auditora de acuerdo con normas de auditora generalmente aceptadas en Colombia. Esas normas requieren que una auditora se planifique y se lleve a cabo de tal manera que se obtenga una seguridad razonable en cuanto a si los Estados Financieros estn exentos de errores importantes en su contenido. Una auditora incluye el examen, sobre una base selectiva, de la evidencia que respalda las cifras y las notas informativas en los Estados Financieros. Incluye tambin la evaluacin de las normas y principios contables utilizados y de las principales estimaciones efectuadas por la administracin, as como la evaluacin de la presentacin global de los Estados Financieros. Considero que mi auditora proporciona una base razonable para expresar mi opinin.
En mi opinin, los Estados financieros arriba mencionados presentan razonablemente, en todo aspecto significativo, la situacin financiera de la Compaa XXXXX S.A.S al 31 de Diciembre de 2010, los resultados de las operaciones, los cambios en el patrimonio, los cambios en su situacin financiera y los flujos de efectivo por el periodo XXX a Diciembre 31 de 2010, de conformidad con Principios de Contabilidad generalmente aceptados en Colombia, aplicados uniformemente.
Se firma en (Ciudad), a los 31 das del mes de Marzo de 2011
NombreFirmaTarjeta Profesional
2 Hasta la fecha de esta publicacin se han constituido cerca de 45.000 SAS en Colombia, algunas de ellas fruto de conversin de Sociedades Annimas para evitar tener Revisor Fiscal , otras para buscar reducir el pago del Impuesto al Patrimonio 2011 a 2014 , transformacin que no se justific debido a la Sentencia C 831 de Octubre de 2010, ni por la ley 1430 y el Decreto 4825 del 2010 que las obliga a pagar aunque se hayan transformado
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Modelo de Dictamen de Contador Pblico Independiente para los Estados Financieros 2010 de una S.A.S. que arroj utilidades por dicho ejercicio y que S califica como
Microempresa
(ver Artculo 28 de la Ley 1258 del 5 de Diciembre de 2008; pargrafo del artculo 22 Decreto 2649 de 1993 y nuestros editoriales: Las S.A.S. que generen utilidades requieren que un Contador dictamine sus Estados
Financieros y Las SAS que califiquen como Microempresas solo elaboran el Balance General y el Estado de Resultados en Anexos 2 Artculos y Documentos de Referencia).
Al(los) Accionista(s) de Compaa XXXXX S.A.S
He auditado el Balance General de la Compaa XXXXX S.A.S al 31 de diciembre de 2010, y su correspondiente Estado de Resultados por el perodo xxxx 3a diciembre 31 de 2010. Dichos Estados Financieros fueron preparados bajo la responsabilidad de la administracin. Mi responsabilidad es la de expresar una opinin sobre los mismos con base en mi auditora.
Realic mi auditora de acuerdo con normas de auditora generalmente aceptadas en Colombia. Esas normas requieren que una auditora se planifique y se lleve a cabo de tal manera que se obtenga una seguridad razonable en cuanto a si los Estados Financieros estn exentos de errores importantes en su contenido. Una auditora incluye el examen, sobre una base selectiva, de la evidencia que respalda las cifras y las notas informativas en los Estados Financieros. Incluye tambin la evaluacin de las normas y principios contables utilizados y de las principales estimaciones efectuadas por la administracin, as como la evaluacin de la presentacin global de los Estados Financieros. Considero que mi auditora proporciona una base razonable para expresar mi opinin.
En mi opinin, los Estados financieros arriba mencionados presentan razonablemente, en todo aspecto significativo, la situacin financiera de la Compaa XXXXX S.A.S al 31 de Diciembre de 2010 al igual que los resultados de las operaciones por perodo xxxx a diciembre 31 de 2010, de conformidad con Principios de Contabilidad generalmente aceptados en Colombia, aplicados uniformemente.
Se firma en (Ciudad), a los 31 das del mes de Marzo de 2011
NombreFirmaTarjeta Profesional
3 Si la SAS , fue constituida en el ao 2009, los Estados Financieros del 2010 deben ser preparados en forma comparativa como lo establece la Ley 222 de 1.995 y en el Dictamen hacer mencin.El Dictamen implica la responsabilidad de haber revisado la informacin y fundamentado en los criterios que sobre el tema indican las NIAS , Normas Internacionales de Auditora
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Cmo queda el Rgimen Simplificado del IVA para el 2011
Nuevamente son 8 los requisitos que se deben cumplir en su totalidad durante el 2011 por parte de las Personas Naturales que pretendan operar bajo este rgimen. Entre dichos requisitos figura el de no haber obtenido ingresos operacionales gravados durante el 2010 superiores a los $98.220.000 (4 .000 UVT).
Las Personas Naturales que durante el ao 2011 pretendan seguir ejerciendo actividades gravadas con IVA, al igual que aquellas que tengan pensado iniciar ese tipo de actividades durante dicho ao, podrn hacerlo bajo elRgimen simplificado del IVA solo si renen la totalidad de los requisitos que para ello se exige (las actividades gravadas con IVA involucran venta de mercancas, o prestacin de servicios o realizacin de juegos de azar distintos de Loteras; Ver Artculo 420 del Estatuto Tributario).
Y hay que empezar aclarando que duranteel ao 2011 las condiciones para poder pertenecer al Rgimen Simplificado del IVA sern las mismas que rigieron durante el pasado ao 2010 pues en lo transcurrido del ao 2010 no se produjeron reformas tributarias ni fallos de constitucionalidad que afectaran en su aplicacin para el ao 2011 a los artculos 505, 506 y 508-2 del Estatuto Tributaprincipales normas que aplican a quienes desean funcionar bajo este Rgimen.4
Lo nico que s se deber tomar en cuenta es la actualizacin de las cifras que en trminos de UVT estn contenidas dentro de los numerales del Artculo 499 del Estatuto Tributario,esas cifras aplican en referencia al ao fiscal
4 La Ley 1370 de Diciembre 30 de 2009 fue la nica Ley de Reforma Tributaria pero no afect los artculos relacionados con el IVA
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Cmo queda el Rgimen Simplificado del IVA para el 2011
los requisitos que se deben cumplir en su totalidad durante el 2011 por parte de las Personas Naturales que pretendan operar bajo este rgimen. Entre dichos requisitos figura el de no haber obtenido ingresos operacionales gravados durante el
es a los $98.220.000 (4 .000 UVT).
Las Personas Naturales que durante el ao 2011 actividades gravadas
con IVA, al igual que aquellas que tengan pensado
Simplificado del IVA sern las mismas que rigieron ado ao 2010 pues en lo transcurrido
del ao 2010 no se produjeron reformas tributarias ni fallos de constitucionalidad que afectaran en su aplicacin para el ao 2011 a los artculos 499, 502,
del Estatuto Tributario que son las principales normas que aplican a quienes desean
Lo nico que s se deber tomar en cuenta es la actualizacin de las cifras que en trminos de UVT
contenidas dentro de los numerales del pues varias de
esas cifras aplican en referencia al ao fiscal
fue la nica Ley de Reforma Tributaria pero no afect los artculos relacionados con el IVA.
CORRIENTE (para nuestro caso el 2011), mientras que otras hacen referencia a valores del ao fiscal inmediatamente ANTERIORao fiscal 2010).
En consecuencia, cuando se trate de cifras referidas al ao fiscal corriente, las UVT mencionadas en el artculo 499 del Estatuto Tributario deben actualizarse con el valor oficial de la UVT para el 2011 (que fue definido en $25.132; vase la Resolucin DIAN 012066 de Noviembre 19 de
vez en dicho rgimen si es que apenas durante el 2011 piensan iniciar alguna convierta en responsables del IVA) las Personas Naturales que cumplan con siguientes requisitos:
Cmo queda el Rgimen Simplificado del IVA para el 2011
(para nuestro caso el 2011), mientras que otras hacen referencia a valores del ao fiscal
ERIOR (para nuestro caso, el
En consecuencia, cuando se trate de cifras referidas al ao fiscal corriente, las UVT mencionadas en el artculo 499 del Estatuto Tributario deben actualizarse con el valor oficial de la UVT para el
e fue definido en $25.132; vase la Resolucin DIAN 012066 de Noviembre 19 de
2010). Y si la cifra en UVT se entiende referida a valores del ao anterior, tales UVT se calcularn con el UVT que rigi hasta Diciembre 31 de 2010 ($24.555).
Se debern cumplir 8 requisitos.
Aclarado lo anterior, podemos establecer que durante el ao 2011podrn seguir perteneciendo al rgimen simplificado del IVA (o podrn inscribirse por primera
vez en dicho rgimen si es que apenas durante el 2011 piensan iniciar alguna actividad que las convierta en responsables del IVA) las Personas Naturales que cumplan con la totalidad de los
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Requisito Lmite (o restriccin)
1. En al ao anterior, es decir, en el ao 2010, sus ingresos BRUTOS fiscales, provenientes de su actividad operacional gravada (es decir, los provenientes de la venta de bienes corporales muebles gravados, o de prestacin de servicios gravados o de ejecucin de juegos de suerte y azar, pero sin incluir ingresos por operaciones excluidas o los ingresos extraordinarios tales como ventas de activos fijos, o herencias, o loteras, o dividendos, o salarios, etc; ver el Concepto Unificado del IVA 001 de Junio de 2003 de la DIAN, Ttulo IX, Capitulo II, numeral 2.3), no pudieron haber excedido los ..
$ 98.220.000 (4.000 UVTs x $24.555)
2. Durante el 2011, sus establecimientos de comercio, oficinas, locales o sedes de negocio no pueden exceder de.
Mximo uno
3. Durante el 2011, en su establecimiento de comercio, oficina, sede o local le est prohibido desarrollar negocios bajo la modalidad de.
Franquicia, concesin, regala, autorizacin o cualquier otro sistema que implique la explotacin de intangibles
4. Durante el 2011 no puede llegar a efectuar operaciones que lo conviertan en usuario aduanero, es decir, no puede.
Intervenir directa o indirectamente en las operaciones de importacin y/o exportacin de bienes y/o servicios y/o de trnsito aduanero (consltese nuestra herramienta Tabla resumen para diligenciar en el RUT el cdigo de Usuario Aduanero en nuestra seccin Modelos y Formatos.
5. Durante el 2010 no pudo haber celebrado contratos de venta de bienes o prestacin de servicios gravados con IVA por cuanta individual y superior a.
$ 81.032.000 (3.300 UVT x $24.555)
6. Durante el 2011 no puede llegar a celebrar contratos de venta de bienes o prestacin de servicios gravados con IVA por cuanta individual y superior a. (Nota: Si durante el 2011 pretende llegar a firmar un contrato para vender bienes gravados o prestar servicios gravados, y la cuanta del contrato va a superar la cifra aqu reseada, en ese caso deber inscribirse en el Rgimen Comn antes de la celebracin del contrato; ver pargrafo 1 del artculo 499)
$ 82.936.000 (3.300 UVT x $25.132)
7. Durante el 2010 sus consignaciones bancarias (en todo el sistema bancario, ya sea en Colombia o en el exterior, y sin importar el origen de los recursos), al igual que sus inversiones financieras (como por ejemplo: constitucin de CDTs, adquisicin de bonos, etc., ya sea en Colombia o en el exterior), no debieron haber excedido de
110.498.000 (4.500 UV x $24.555)
8. Durante el 2011 sus consignaciones bancarias (en todo el sistema bancario, ya sea en Colombia o en el exterior, y sin importar el origen de los recursos), al igual que sus inversiones financieras (como por ejemplo: constitucin de CDTs, adquisicin de bonos, etc., ya sea en Colombia o en el exterior), no pueden llegar a exceder de
$ 113.094.000 (4.500 UVT x $25.132)
Hay que aclarar que si una persona natural, a lo largo del ao 2011, viene cumpliendo con la totalidad de los anteriores 8 requisitos y por ello puede pertenecer al Rgimen simplificado del IVA, pero en algn momento termina incumpliendo alguno de los requisitos 2, 3, 4, 6 u 8 antes sealados, en ese caso tal persona natural deber inscribirse en el Rgimen comn a partir de la iniciacin del bimestre siguiente a aquel en el que se incumpli el requisito(s) (Ver Artculo 508-2 del Estatuto Tributario).
Por otro lado, y para quienes ya venan en el Rgimen Comn antes de iniciarse el ao 2011, debe tenerse presente que an contina intacta la norma contenida en el Artculo 505 del Estatuto Tributario y que indica que debern permanecer en dicho rgimen durante mnimo 3 aos antes de poderpensar en pasarse (oregresarse) al rgimen simplificado.5
5 Consulta nuestro anterior editorial Por cunto tiempo debe permanecer en el Rgimen Comn una Persona Natural? en Anexos 2 Artculos y Documentos de Referencia.
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La DIAN no les pide llevar contabilidad para fines tributarios.
Aunque es claro que muchas Personas Naturales que se convierten en responsables del IVA (sea en el Rgimen Simplificado o en el Comn) son a la vez comerciantes obligados a llevar contabilidad, es importante destacar que aun se encuentra vigente el Concepto 15456 de febrero 20 de 2006 en el cual la DIAN concluye que a las personas naturales en el rgimen simplificado del IVA no les exigir, para fines fiscales, que lleven contabilidad mercantil.
Por ello es que en la prctica terminamos viendo que muchos comerciantes personas naturales cumplen con inscribirse en el registro mercantil de la Cmara de comercio (que