guía de suministros
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1. Conceptos básicos2. Cómo interpretar una factura3. Ayudas a familias necesitadas4. Cortes de suministro5. Consejos y consumo responsable.
1. CONCEPTOS BÁSICOS
Al contratar la luz y obtener un suministro eléctrico intervienen dos empresas: la distribuidora y lacomercializadora. La distribuidora es la encargada de suministrar la electricidad y la comercializadora deemitir las facturas y de relacionarse con los consumidores. Antes existía una sola empresa que suministraba yvendía la electricidad, pero estas actividades se separaron en el año 1998.
1.1 DISTRIBUIDORA
La distribuidora es la propietaria de las redes de transporte que transmiten laelectricidad hasta el punto de suministro y del contador que lee el consumo de cadavivienda. Se encarga de tomar la lectura de los contadores, de atender lassolicitudes de alta, de proceder al cambio de las potencias contratadas, de cortar elsuministro, de vigilar si existe algún enganche sin contrato y es la responsable de lacalidad del servicio (interrupciones, subidas de tensión...). Para cada zona geográfica existe una sola empresa distribuidora por lo que ladistribución es un monopolio. En Córdoba capital la empresa distribuidora esEndesa, aunque en algunos pueblos de la provincia existen otras distribuidoras:Pozoblanco, Villanueva de Córdoba, Bélmez, Fuente Palmera...
1.2 COMERCIALIZADORA
La comercializadora emite y cobra las facturas y a través de ella puede solicitarseel alta, los cambios de titularidad, de potencia contratada, siendo la que ordena elcorte de suministro ante el impago de alguna factura.Existen dos tipos de comercializadoras, las de referencia y las del mercado libre.
1.2.1 COMERCIALIZADORA DE REFERENCIA
Al separarse las actividades en el año 1998, los contratos de luz existentes se traspasaron a lascomercializadoras del mismo grupo empresarial que la distribuidora de zona, estas empresas se llamaroncomercializadoras de último recurso y ahora se llaman de referencia.El contrato de electricidad con estas empresas está regulado por el Gobierno que establece cómo se calcula elprecio y otros aspectos relacionados con el servicio.
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ELECTRICIDAD
Las empresas comercializadoras de referencia son las siguientes:
Endesa Energía XXI, S.L.U. Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U. Gas natural S.U.R. SDG, S.A. E.ON Comercializadora de Último Recurso, S.L. EDP Comercializadora de Último Recurso, S.A. CHC Comercializador de Referencia S.L.U. Teramelcor, S.L. (ámbito territorial limitado a Melilla). Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Comercialización de Referencia, S.A. (ámbito territorial limitado a Ceuta).
En Córdoba capital, todos los contratos se traspasaron a la primera de ellas del grupo Endesa.. Las ventajasque tienen estas empresas es que únicamente con ellas se puede contratar el bono social y que elprocedimiento de corte por impago está regulado por el Gobierno. El inconveniente es que actualmente elprocedimiento de cálculo de la tarifa es complicado e impredecible ya que varía diariamente. La tarifa sellama Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC).
Estas empresas también ofrecen una tarifa a un precio fijo durante un año pero suele ser más caro que el queofrecen las del mercado libre.
1.2.2 COMERCIALIZADORAS DEL MERCADO LIBRE
Con el tiempo, muchos consumidores han cambiado su contrato acomercializadoras del mercado libre. Existen más de 200 empresas de mercadolibre con las que se puede contratar. Las condiciones del servicio no estánreguladas por el Gobierno por lo que hay que atenerse a lo establecido en loscontratos. Existen multitud de ofertas por lo que podemos elegir según tengan lastarifas más baratas, por su compromiso con el fomento de energías verdes, porotros servicios accesorios...Actualmente las grandes empresas están llevando a cabo campañas muy agresivaspara captar clientes en las que no ofrecen una información completa sobre el precioy los servicios de mantenimiento y seguros asociados al contrato.
2. CÓMO INTERPRETAR UNA FACTURA
Al comprobar una factura hay que fijarse en los siguientes aspectos:
Empresa comercializadora que emite la factura. Puede parecer obvio que si aparece el logo de Endesa sea esa empresa la que emite la factura, pero ya hemosvisto que existen dos comercializadoras, la de referencia (Endesa Energía XXI SLU) y la del mercado libre(Endesa Energía SAU).
Titular del suministro.Es importante anotarlo porque a veces el titular del suministro no coincide con el usuario que abona lasfacturas. Sólo el titular del suministro puede solicitar la modificación de las condiciones: reducción depotencia contratada, cambio de compañía etc.Cuando se solicita un cambio de titularidad en contratos con más de 20 años, la distribuidora debe realizaruna verificación de las instalaciones para comprobar si están adaptadas a las nuevas condiciones técnicas yreglamentarias por lo que es posible que sea necesario presentar un nuevo boletín que certifique el estado delas instalaciones.
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Potencia contratadaLa potencia contratada es la potencia máxima que se puede consumir de forma simultánea. Por ejemplo, enun hogar donde se tengan encendidos 100 W de iluminación y a la vez 2.000W de la lavadora y otros1.000W de otros electrodomésticos, se está utilizando una potencia de 3.100 W (3,1kW) por lo que sepodrían contratar 3,3 kW. Una forma muy sencilla de conocer la potencia que necesitamos sería poder acceder a los datos registradospor los nuevos contadores ya que entre esos datos se encuentra la potencia usada en cada toma de lectura.Desgraciadamente, la normativa no contempla esa posibilidad a pesar de que la Unión Europea obliga a losEstados miembros a que en su legislación se favorezca el papel activo del consumidor a través delconocimiento de los datos registrados por su contador.En la factura se cobra la potencia por €/kw/dia.
Energía facturadaLa energía consumida se factura en €/kwh para un determinado periodo de tiempo (mensual o bimensual).Hasta ahora las lecturas se tomaban manualmente por los operarios cada dos meses emitiéndose las facturasbimensuales con lecturas reales. Si por cualquier causa no se hubiese podido tomar la lectura, se emitía unafactura con un consumo estimado de acuerdo con lo consumido en el mismo periodo del año anterior.Conforme se van instalando los nuevos contadores y las centralitas con los sistemas informáticos querecogen sus lecturas, estas ya no se toman manualmente cada dos meses sino que son registradas varias vecesal día.En el caso de que se tenga contratada la tarifa PVPC con el comercializador de referencia, se recibirán lasfacturas mensualmente con lecturas tomadas a distancia si en la zona están instalados los nuevos contadoresy las centralitas informáticas. Si estos dos elementos no están todavía instalados las lecturas serían manualesy las facturas bimensuales.Si se tiene contratada la luz en el mercado libre, se facturará conforme se estipule en el contrato.
CUPSCUPS significa Código Unificado del Punto de Suministro y es un número que tiene entre 20 y 22 caracteresdonde los dos primeros representan al país.Este número lo fija la empresa distribuidora de electricidad que realizó la acometida de la luz en su día, yserá siempre el mismo para esa vivienda aunque la vivienda cambie de propietario.
Número de contador Es el número que está serigrafiado en el contador y que lo identifica.
Alquiler del contadorLa mayoría de los contadores son propiedad de las empresas distribuidoras las cuales cobran un alquiler. Elprecio del alquiler está regulado por el Gobierno.
ImpuestosLa electricidad está grabada con dos impuestos, uno específico eléctrico del 5% y el IVA del 21%.
Otros conceptosAlgunas comercializadoras cobran servicios de mantenimiento anuales o seguros de impago. Estos serviciosson perfectamente prescindibles.
Peajes de accesoLos peajes de acceso es la parte de la cantidad cobrada en la factura que va destinada al mantenimiento delsistema eléctrico.
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3. AYUDAS A FAMILIAS NECESITADAS
El Gobierno dejó de considerar el suministro de electricidad como un servicio público en el año 1997 cuandoaprobó una nueva Ley del sistema eléctrico con la siguiente justificación: “ Se configura un sistema basadoen la objetividad, transparencia y libre competencia, en el que la libre iniciativa empresarial adquirirá elprotagonismo que le corresponde. Se abandona expresamente la noción de servicio público, sustituyéndolopor la garantía de suministro a los consumidores demandantes, garantizar su calidad y que se realice almenor coste posible”. Está claro que esta ley ha sido un completo fracaso porque el precio de la electricidadha subido muy por encima del IPC, se ha generado una deuda de 30.000 millones de euros y las empresastienden a ahorrar en costes que conlleva una pérdida de calidad en la atención a los abonados.
3.1 BONO SOCIAL
Las ayudas a las familias necesitadas que se han establecido en el sistema eléctrico es una reducción del 25%del coste de la factura de los contratos PVPC.
En la actualidad pueden ser beneficiarios del bono social:
1) Pensionistas con prestaciones mínimas. El titular debe tener 60 o más años de edad y que acreditar ser pensionistas del Sistema de la SeguridadSocial por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, y que perciba las cuantías mínimas vigentes encada momento para dichas clases de pensión con respecto a los titulares con cónyuge a cargo o a los titularessin cónyuge que viven en una unidad económica unipersonal, así como los beneficiarios de pensiones delextinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez y de pensiones no contributivas de jubilación e invalidezmayores de 60 años. Documentación a presentar:
● Solicitud del bono social firmada por el titular del contrato. ● Declaración responsable firmada por el titular del contrato. ● Fotocopia del documento nacional de identidad (DNI) o del número de identificación de extranjero
(NIE) del titular del suministro. ● Fotocopia de la última factura de electricidad. ● Certificado en vigor de Empadronamiento del titular del contrato que acredite que el contrato está
destinado al suministro de electricidad de su vivienda habitual. ● Certificado acreditativo de la condición de pensionista emitido por el Organismo competente,
específico para la aplicación del bono social.
2) Familias numerosas. El titular debe forma parte de una familia numerosa, según lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 denoviembre, de Protección a las Familias Numerosas. Documentación a presentar:
● Solicitud del bono social firmada por el titular del contrato. ● Declaración responsable firmada por el titular del contrato. ● Fotocopia del documento nacional de identidad (DNI) o del número de identificación de extranjero
(NIE) del titular del suministro. ● Fotocopia de la última factura de electricidad.● Certificado en vigor de Empadronamiento del titular del contrato que acredite que el contrato está
destinado al suministro de electricidad de su vivienda habitual. ● Fotocopia del carné de familia numerosa en vigor expedido por el órgano competente de la
comunidad autónoma.
3) Familias con todos sus integrantes en desempleo. El titular debe formar parte de una unidad familiar en la que todos sus miembros están en situación de
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desempleo. Se considerarán en situación de desempleo aquellos solicitantes y miembros de la unidad familiarque, sin tener la condición de pensionista, no realicen ninguna actividad laboral por cuenta ajena o propia. Documentación a presentar:
● Solicitud del bono social firmada por el titular del contrato. ● Declaración responsable firmada por el titular del contrato, haciendo figurar en la misma los
componentes de la unidad familiar, autorizando la comprobación de los datos relativos a sucondición de desempleados, en los correspondientes registros públicos y, en su caso, de lasMutualidades de Previsión Social alternativas.
● Fotocopia del documento nacional de identidad (DNI) o del número de identificación de extranjero(NIE) del titular del suministro.
● Fotocopia de la última factura de electricidad. ● Certificado en vigor expedido por el Ayuntamiento con la lista de empadronados en el domicilio del
punto de suministro. ● Fotocopia del libro de familia (en caso de unidades familiares de dos o más miembros).
4) Los consumidores con menos de 3 kW de potencia contratada. El punto de suministro ha de tener contratada una potencia inferior a 3kW. Documentación a presentar:
● Solicitud del bono social firmada por el titular del contrato. ● Declaración responsable firmada por el titular del contrato. ● Certificado en vigor de empadronamiento del titular del contrato que acredite que el contrato está
destinado al suministro de electricidad de su vivienda habitual. ● Fotocopia del documento nacional de identidad (DNI) o del número de identificación de extranjero
(NIE) del titular del suministro. ● Fotocopia de la última factura de electricidad.
3.2 AYUDAS DE LAS ADMINISTRACIONES
El Ayuntamiento tiene establecidas unas ayudas de emergencia social para, entre otras necesidades, hacersecargo de las facturas de electricidad y agua de las familias necesitadas. Para ello se debe acudir al centro deservicio social comunitario correspondiente a su domicilio en el que la situación familiar será valorada porun trabajador social. Si la ayuda es aprobada será tramitada al Ayuntamiento para que se proceda al pago.
Estas ayudas son financiadas por la Junta de Andalucíaa través de convenios con las Entidades Locales y laDiputación.
4. CORTES DE SUMINISTRO
En el caso de impago, si tenemos contratada la tarifa PVPC, la comercializadora de referencia no puede darorden de corte antes de dos meses desde la comunicación fehaciente del pago.Si tenemos un contrato de luz en el mercado libre ese periodo se suele reducir a 20 dias y en algunos casos nisiquiera se establece que la comunicación de pago deba hacerse de forma fehaciente.Tras el pago de la factura el suministro debe ser repuesto en 24 horas.
Sin embargo, los suministros declarados como esenciales no pueden ser suspendidos, sin perjuicio de quelas empresas puedan reclamar el pago de las facturas por los procedimientos ordinarios judiciales.
En el ámbito doméstico se consideran esenciales aquellos suministros en los que exista constanciadocumental formalizada por personal médico de que el suministro de energía eléctrica es imprescindible parala alimentación de un equipo médico que resulte indispensable para mantener con vida a una persona. Entodo caso estos suministros se circunscribirán a personas físicas en su vivienda habitual.
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Otras causas de la suspensión del suministro.
La empresa distribuidora podrá interrumpir el suministro de forma inmediata en los siguientes casos: a) Cuando se haya realizado un enganche directo sin previo contrato. b) Cuando se establezcan derivaciones para suministrar energía a una instalación no prevista en el contrato. c) Cuando se manipule el equipo de medida o control o se evite su correcto funcionamiento. d) En el caso de instalaciones peligrosas. En todos los casos anteriores la interrupción del suministro se llevará a cabo por la empresa distribuidora yse comunicará a la Administración competente, haciéndolo por escrito o por cualquier otro medio aceptadoentre las partes. De no existir criterio objetivo para girar la facturación en estos supuestos, la empresa distribuidora la giraráfacturando un importe correspondiente al producto de la potencia contratada, o que se hubiese debidocontratar, por seis horas de utilización diarias durante un año, sin perjuicio de las acciones penales o civilesque se puedan interponer.
5. CONSEJOS Y CONSUMO RESPONSABLE
5.1 CÓMO REDUCIR EL PRECIO DE LAS FACTURAS.
Bajar la potencia contratada
En el año 2013 el Gobierno decidió subir el coste de la potencia contratada más de un 100% por lo queresulta imprescindible reducir la potencia contratada hasta el mínimo útil.
La tabla de potencias que se puede contratar es la siguiente:
1. Instalación monofásica
* Tensión 220V: 0,33 0,66 0,77 1,10 1,65 2,20 3,30 4,40 5,50 6,60 7,70 8,80 9,90 11,00 13,86
* Tensión 230V:0,34 0,69 0,805 1,15 1,725 2,30 3,45 4,60 5,75 6,90 8,05 9,20 10,35 11,50 14,49
2. Instalación trifásica
* Tensión 220V0,987 1,975 2,304 3,291 4,936 6,582 9,873 13,164 16,454
* Tensión 230V1,039 2,078 2,425 3,464 5,196 6,928 10,392 13,586 17,321
Se puede solicitar el cambio de potencia contratada de la siguiente forma:1. Llamar a la comercializadora y solicitar la bajada de potencia escogida. Es aconsejable entrar también porcarta en el registro de la compañía la solicitud de bajada de potencia.2. La compañía tiene la obligación de proceder a la bajada de potencia solicitada en un período de 5 días. Enese período, tiene que presentarse en el domicilio y proceder al cambio de ICP y al precinto del mismo.3. Esta gestión tiene un coste asociado de 10,94€ (IVA incl.).4. Si en 5 días no se ha tramitado la solicitud, la compañía deberá compensar con 30€.
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Comparar las ofertas del mercado.
La comparación de tarifas entre comercializadoras no es fácil. En algunos casos obligan a realizaroperaciones matemáticas ya que el precio por potencia contratada lo expresan bien en €/kw/día o €/kw/mes o€/kw/año, en otros la oferta está vinculada a la contratación de otros servicios que la encarecen y que hay quemantenerlos durante al menos un año, o el espacio temporal de la oferta no está especificado.Por ello, el Gobierno ha elaborado un comparador de tarifas muy útil en la siguiente dirección.comparadorofertasenergia.cnmc.es/ El precio diario de la tarifa PVPC puede consultarse en la página web facturaluz.cnmc.es
Contratar la tarifa con discriminación horaria
Si el consumo en nuestro hogar se realiza sobre todo a partir de las 10 de la noche hasta las 12 de la mañana(en verano sería desde las 11 de la noche hasta la 1 de la tarde) puede ser aconsejable contratar la tarifa condiscriminación horaria. Este paso hay que calcularlo bien porque la tarifa a horario punta es muy cara.
Reducir el consumo eléctrico
Se puede reducir el consumo sin necesidad de realizar ninguna inversión. Por ejemplo:1. Apagar los aparatos que consumen electricidad por el mero hecho de estar conectados a la corrienteeléctrica, aunque se encuentren apagados, sin prestarnos ningún servicio. Los más conocidos son los aparatosque tienen activado un sistema “en espera” o “stand by” para ser encendidos con un mando a distancia. Peroéstos sólo son la punta del iceberg: aún sin sistema “en espera”, ordenadores, equipos de música, cafeteras,sistemas de iluminación halógenos, hornos eléctricos, placas vitrocerámicas o equipos de aire acondicionado.Por supuesto, hay que apagar todos aquellos aparatos que no estemos usando como luces, router etc.
2. Utilizar bien el frigorífico. El frigorífico es el electrodoméstico que consume más electricidad porque estáen funcionamiento las 24 horas del día y los 365 días del año. Los frigoríficos que consumen poco sonaquellos que poseen una alta eficiencia en el uso de la energía, un tamaño ajustado a las necesidades delhogar y son ubicados en lugares frescos y ventilados y utilizados de forma cuidadosa, sin abusar de sucapacidad refrigerante. Una ubicación inadecuada puede incrementar el consumo hasta un 15%. Es necesarioinstalar el frigo lejos de focos de calor, en un lugar en el que no reciba la radiación solar directa, y dejar unoscinco centímetros entre la parte trasera de la nevera y la pared para facilitar su ventilación.Cada grado adicional de enfriamiento supone un aumento del 5% en el gasto energético. Por esta razón, esaconsejable ajustar el termostato para mantener una temperatura que no sea inferior a 6º C en el frigorífico ya 18º C bajo cero en el congelador.Cuando en el congelador se forma una capa de hielo de 5 mm de espesor hay que descongelar. Si no serealiza esta operación con la frecuencia debida, la disminución del poder de refrigeración produce unaumento del consumo de hasta un 30%.El nivel de llenado y disposición de los alimentos también cuentan: conviene mantener el frigorífico lleno, almenos en dos tercios de su capacidad, ya que, en contra de la creencia generalizada, una nevera semillenaconsume menos que semivacía. Esto se debe a que los alimentos retienen más frío que el espacio libre. Entodo caso, abarrotar el frigorífico tampoco es recomendable, ya que se impide que el aire frío circule por elinterior del aparato.También es aconsejable descongelar los alimentos en el refrigerador ya que ayuda a bajar la temperatura delaparato y los alimentos no pierden calidad.
3. En la lavadora, elige los programas que menos gastan. El consumo energético de nuestra lavadoradepende, sobre todo, de una sencilla opción personal: el programa de lavado seleccionado. La clave es,concretamente, la temperatura del agua a la que opera el programa. Y es que calentar el agua de lavadopuede suponer hasta el 85% del consumo energético de una lavadora.Si se está dispuesto a realizar alguna inversión, se puede mejorar el aislamiento de la vivienda para reducir elconsumo de calefacción o de aire acondicionado, como sustitución de ventanas, instalación de toldos...
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5.2 CÓMO ACTUAR DE MANERA RESPONSABLE
Es necesaria una participación activa de todos para conseguir que se tenga en cuenta el interés general de laciudadanía, ya que existen grandes presiones para forzar a una regulación afín a los intereses de las grandesempresas eléctricas. Esta participación puede puede consistir en:
Contratar la luz con comercializadoras que no pertenezcan a las grandes empresas eléctricas, enespecial con cooperativas de energía verde.Si contratamos la luz con una cooperativa de energía verde conseguimos fomentar el uso de energíasrenovables y disminuimos el enorme poder de influencia de las grandes empresas eléctricas a la vez quesuprimimos un intermediario en el procedimiento de suministro de electricidad ya que en este caso losconsumidores serían a la vez empresa comercializadora.
Presionar a las administraciones para:
1. Que aprueben leyes que impidan el corte de suministro de aquellas familias que no puedan pagarlos. StopDesahucios inició una campaña para exigir una ley en Andalucía sobre suministros y situaciones deemergencia social.
2. Que se incrementen las partidas presupuestarias para ayudas sociales.
3. Conseguir que se legalice el autoconsumo eléctrico y no se penalice. Los kit de instalación de placasfotovoltaicas para los tejados han bajado mucho de precio y su instalación es muy sencilla pero en España, alcontrario de otros paises, todavía no se ha legalizado su uso e incluso se tiene previsto penalizarloeconómicamente en lugar de subvencionarlo. El afán por impedirlo ha llegado al punto de incumplirobligaciones impuestas por la Unión Europea. La Unión Europea ha aprobado varias Directivas para promover las renovables y reducir el consumo depetróleo y gas. Se han fijado unos objetivos en un determinado plazo y obligan a adoptar una serie demedidas como facilitar la instalación de placas fotovoltaicas en edificios y el uso de contadores de balanceneto que permita descontar los kw que volcamos a la red. Al instalar placas fotovoltaicas la energía queproducen se gastará en nuestra instalación, pero si producen más energía de la que estamos gastando ésteexceso se vierte a la red y será usada por nuestros vecinos. El contador de balance neto mide esta energíasobrante para después descontarla en siguientes facturas.
4. Que los costes del sistema eléctrico sean sufragados de forma proporcional por todos los consumidores deelectricidad. En el año 2013 el sistema eléctrico costó mantenerlo 23.000 millones de euros.
Estos costes son se pueden clasificar en: Propios del sistema: mantenimiento de las redes de transporte, distribución y de los organismos reguladores(6.828 millones en el año 2013). Ayudas a empresas que generan electricidad: renovables (9.200 millones), de gas de ciclo combinado (850millones), térmicas de carbón (20 millones), planta Elcogás de Puertollano (68 millones). Solidaridad con consumidores:
En las islas cuesta más producir electricidad por lo que se destina una compensación para que susresidentes tengan las mismas tarifas que en la península (1000 millones para ENDESA que genera ydistribuye electricidad en las islas).
Bono social (200 millones). Ayudas para otras empresas: 700 millones para empresas electrointensivas que consumen muchísimaelectricidad como cementeras, del sector del aluminio (Alcoa, Arcelor Mittal y Asturiana de Zinc) Compensaciones a empresas eléctricas por decisiones políticas, como la moratoria nuclear (72 millones) Pago de los préstamos pedidos para sufragar el déficit de tarifa: 4.400 millones. Este déficit se originaanualmente ya que no se consigue recaudar lo suficiente para pagar todos esos gastos. Por ejemplo, en el año2013 se recaudaron 19.000 millones por lo que se le deben a las eléctricas 4.000 millones. Para pagar este
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dinero se pide un préstamo avalado por el Estado (titulización del déficit de tarifa) que habrá que devolverloen varios años más comisiones e intereses. Llevamos más de 10 años pidiendo préstamos por lo que la sumade todas las anualidades alcanza ya a 4.400 millones.
La recaudación de esos costes se hace a través de los peajes de acceso, pero estos peajes se cargan sobre todoen los contratos de baja tensión en los que se paga 112,27 € por cada 1000 kwh consumido. Estos contratoscorresponden a viviendas y pequeños empresarios.Los contratos de empresas (fábricas, grandes hoteles, centros comerciales ...) pagan 29 € de media. Lasempresas a las que subvencionamos con 700 millones de euros (Alcoa, Arcelor Mittal y Asturiana de Zinc)además pagan únicamente 8,7 € por cada 1000 kwh. Es decir, a las familias y los pequeños empresarios se le cobra la luz más cara para que salga más barata a lasmedianas y grandes empresas de España.
4. Auditar el déficit de tarifa para determinar si los costes declarados por las empresas son reales.
1.Conceptos básicos2.Cómo interpretar una factura3.Ayudas a familias necesitadas4.Cortes de suministro5.Consejos y consumo responsable.
1. CONCEPTOS BÁSICOS
A diferencia de la electricidad, el agua todavía se considera un servicio público. El suministro de aguapotable y la eliminación de las aguas residuales es de competencia municipal por la responsabilidad de estosservicios recae en los ayuntamientos. Ahora bien, los ayuntamientos pueden gestionarlo con personal propio,a través de empresas públicas o de concesiones con empresas privadas. En nuestra provincia coexisten lostres modelos de gestión, en Córdoba capital se gestiona por la empresa pública EMACSA y en muchospueblos por la empresa pública de la Diputación EMPROACSA. En otros se ha encargado la gestión aempresas privadas como AQUAGEST o AQUALIA y en los menos son gestionados directamente por elayuntamiento.La Junta de Andalucía, en virtud de sus competencias, reguló en el año 1991 la prestación del suministro deagua potable mediante un Reglamento que fija los derechos y las obligaciones de las entidadessuministradoras y de los abonados. Por lo tanto, si bien en el suministro de agua potable pueden intervenir empresas privadas, estas debenatenerse a lo estipulado en el Reglamento. Además, las tarifas deben ser aprobadas por la entidad local.
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AGUA
2. CÓMO INTERPRETAR UNA FACTURA
Empresa suministradora y titular del suministroEn el caso del agua sólo existe una empresa suministradora en cada municipio, sin embargo sí es convenientecomprobar quién es el titular del contrato ya que es a esta persona a la que le corresponde realizar lasgestiones con la empresa que se estimen oportunas. Para el cambio de titularidad existen dos posibilidades:1.Se puede solicitar la subrogación del contrato por familiares que hayan heredado u obtenido la propiedadde la vivienda en el plazo de dos años.2.Cambio de titularidad cuando se dispone del derecho de uso de la vivienda. Hay que aportar ladocumentación que acredite el derecho sobre el inmueble y, en el caso de viviendas de alquiler, laautorización del propietario.La empresa suministradora no percibirá cantidad alguna por los cambios de titularidad, salvo la que se refierea la actualización de la fianza. Datos de consumo de aguaEl consumo de agua se factura en metros cúbicos registrados por un contador. Las Entidades suministradorasestán obligadas a establecer un sistema de toma de lecturas permanente y periódico, de forma que, para cadaabonado los ciclos de lectura contengan, en lo posible, el mismo número de días. A efectos de facturación delos consumos, la frecuencia máxima con que cada Entidad pueda tomar sus lecturas será trimestral. Es decir,las empresas pueden facturarte mensual, bimestral o trimestralmemte, según tengan establecido.Los datos de lectura que deben aparecer en la factura son las fechas en que se realizaron, los metros cúbicosleidos y si estos son reales o estimados. En el caso de que no se pudiese realizar la lectura se deberá dejar unatarjeta en el buzón para que el abonado la comunique en el plazo de 5 dias.También deberá constar el código identificativo del contador.
Conceptos facturadosEn las facturas de agua aparecen lo siguientes conceptos:
* Suministro de agua. Las tarifas aplicadas son aprobadas por la entidad local y en la factura debe aparecer el boletín oficial dondeestán publicadas. En el caso de EMACSA se cobra una cuota bimestral fija de 8,21 euros y una tarifa porbloques crecientes para el consumo. Existen tres bloques de precios que se van incrementando, los primeros18 m3 se cobran a 0,7930 €/m3, los siguientes 18 a 1,0309 €/m3 y a partir de 36 m3 a 1,2292 €/m3.Además, cuando no se sobrepasen los 6 m3/vivienda/bimestre se cobrará a 0,5620 €/m3.Por lo tanto, hay que procurar no sobrepasar los 18 m3 cada dos meses y, si es posible, bajar de 6 m3.
* Depuración de agua residual. La tasa por depuración de aguas residuales se cobra en base al consumo deagua y también por los mismos bloques crecientes.
* Canon autonómico de depuración. Este canon es un impuesto establecido por la Junta de Andalucía y que se recauda con las facturas de agua.
* Otros conceptos que pueden aparecer.Los ayuntamientos suelen aprovechar estas facturas para cobrar las tasas de higiene y recogida de basurasque se cobran por vivienda.
* Impuesto del IVA.Estos servicios son cargados con un IVA del 8%.
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3. AYUDAS A FAMILIAS NECESITADAS
El Ayuntamiento de Córdoba contempla dos tipos de ayudas: unas a través de las tarifas de agua y otras através de los servicios sociales.
3.1. Tarifas de agua de EMACSA:
Bonificación a familias numerosas
A las familias numerosas que cumplan con las siguientes condiciones:1) Estar en posesión del correspondiente título de familia numerosa.2) Tener un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual.3) Estar al corriente de pago del suministro Les aplicará las siguientes reducciones:a) Reducción del 50% de la cuota unitaria del primer bloque, aplicado sobre la totalidad del consumofacturado en ese bloque.b) Reducción del 50% de la cuota unitaria del segundo bloque, aplicado sobre la totalidad del consumofacturado en ese bloque.) La reducción estará vigente hasta la caducidad del título de familia numerosa.Para acreditar su situación deberán presentar la siguiente documentación:DNI del titular del suministro.Título en vigor de familia numerosa.Certificado de empadronamiento familiar. Reducción a jubilados o pensionistas y del sistema público de pensiones.
A los titulares del servicio que ostenten la situación de pensionistas o jubilados, y que cumplan las siguientescondiciones:1) Que la unidad familiar que constituyan no supere unos ingresos anuales de 799 € al mes (1,5 veces elIndicador Público de Rentas de Efectos Múltiples: IPREM).2) Tener un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual.3) Estar al corriente de pago del suministro.
Se les aplicará las siguientes reducciones:a) 50% de la cuota unitaria del primer bloque, aplicado sobre la totalidad del consumo facturado en esebloque.b) 50% de la cuota unitaria del segundo bloque, aplicado sobre la totalidad del consumo facturado en esebloque.c) Periodo de vigencia tres años
Para acreditar su situación deberán presentar la siguiente documentación:DNI del titular del suministro.Certificado de ingresos.Justificante de la pensión.Certificado de empadronamiento familiar.
Bonificación a familias con todos sus miembros en situación de desempleo y Plan Prepara
A los titulares del suministro en cuya unidad familiar todos sus miembros se encuentren en situación dedesempleo o sean beneficiarios de la ayuda del Plan Prepara, y cumplan los siguientesrequisitos:1) Tener un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual.
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2) Formar parte de una unidad familiar en la que todos sus miembros están en situación de desempleo y/o notengan la condición de pensionista, entendiendo por situación de desempleo elno realizar actividad laboral alguna por cuenta propia o ajena, o ser beneficiarios del Plan Prepara.3) Estar al corriente de pago del suministro.4) No superar los ingresos anuales de la unidad familiar 799 € al mes (1,5 veces el Indicador Público deRentas de Efectos Múltiples: IPREM).
Esta reducción que se cuantifica en:a) 50% de la cuota unitaria del primer bloque, aplicado sobre la totalidad del consumo facturado en esebloque.b) 50% de la cuota unitaria del segundo bloque, aplicado sobre la totalidad del consumo facturado en esebloque.c) Periodo de vigencia anual.Para acreditar su situación deberán presentar la siguiente documentaciónDNI del titular del suministro.Certificado de empadronamiento con lista de empadronados en el domicilio.Fotocopia del libro de familia en caso de unidades familiares de dos o más miembros.Documento acreditativo de la situación de desempleo de todos los miembros mayores de edad
3.2. Ayudas de los servicios sociales
Las ayudas a familias necesitadas para el pago del recibo de agua se tarmitan a través del centro de serviciosocial comunitario correspondiente a su domicilio, en el que la situación familiar será valorada por untrabajador social. Si la ayuda es aprobada será tramitada al Ayuntamiento para que se proceda al pago.Mientras se tramita la ayuda se comunica a EMACSA para paralizar las posibles órdenes de corte.
4. CORTES DE SUMINISTRO
Ante una falta de pago, la entidad suministradora podrá cortar el suministro siguiendo el siguienteprocedimiento:Deberá dar cuenta de éste a la Junta de Andalucía y al abonado, por correo certificado con acuse de recibo ocualquier medio que permita tener fehaciencia de la recepción, para proceder a la suspensión del suministro.En el supuesto de rechazo de la notificación o por deficiencias en la dirección facilitada por éste, seespecificarán las circunstancias del intento de la notificación y se tendrá por efectuado el trámite. Seconsiderará que la Entidad suministradora queda autorizada para la suspensión del suministro si no recibeorden en contrario de dicho Organismo en el término de quince días hábiles, contados a partir de la fecha enque se dio cuenta de los hechos, salvo que lo solicitado no se ajustara a Derecho.La suspensión del suministro de agua por parte de la Entidad suministradora, salvo en los supuestos de corteinmediato, no podrá realizarse en días festivos o días en que, por cualquier motivo, no exista servicioadministrativo y técnico de atención al público, a efectos de la tramitación completa del restablecimiento delservicio, ni en vísperas del día en que se den algunas de estas circunstancias.El restablecimiento del servicio se realizará el mismo día o, en su defecto, al siguiente día hábil en que hayasido subsanadas las causas que originaron el corte de suministro.
En el Reglamento de la Junta de Andalucía que regula el suministro de agua potable no se contempla laposibilidad de calificar algún suministro como esencial, de forma que no pueda ser cortado ante un impago.
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5. CONSEJOS Y CONSUMO RESPONSABLE
Que el agua es un bien escaso y que es necesario ahorrar incluso en épocas en los que los embalses tienen unbuen nivel es algo con lo que creemos que todos estamos concienciados. Además, es aconsejable consumirmenos de 18 m3 cada dos meses para ahorrar en la factura.
Existen multitud de consejos para ahorrar agua, por lo que sólo expondremos los más interesantes:
1. Arreglar todos los grifos que goteen.2. Llenar la lavadora y el lavavajillas para aprovechar al máximo el agua que usan.3. Mejor ducha que baño, siempre que la ducha dure menos de 5 minutos. 4. Tener un cubo para verter el agua fría de la ducha hasta que empiece a salir caliente. Este agua puede
servir para fregar la casa o para el inodoro.5. No dejar correr el grifo para el lavado de dientes, de verduras...6. Regar las plantas de noche para evitar la evaporación. Tampoco es aconsejable regarlas en exceso ya
que se pierde agua con el goteo sobrante además de nutrientes.
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ANEXOMANIPULACIONES DE EQUIPOS DE MEDIDAS Y
ENGANCHES SIN CONTRATO
1. ELECTRICIDAD
Cuando la distribuidora de electricidad detecte cualquier manipulación o alteración del estado de los equiposde medida así como las situaciones de fraude y otras situaciones anómalas, deberá ponerlo en conocimientode la autoridad competente y procederá a realizar una facturación por fraude.Esta facturación consistirá en un importe correspondiente al producto de la potencia contratada, o que sehubiese debido contratar, por seis horas de utilización diarias durante un año. Además, podrá interponeracciones penales o civiles.
El sistema eléctrico destina partidas para incentivar a las distribuidoras la detección de fraude.
Infracciones administrativas
La Ley que regula el sector eléctrico contempla sancionar por cualquier manipulación de los equipos demedida o de las instalaciones o la no disposición de los dispositivos necesarios, tendentes a alterar lamedición de las cantidades suministradas o consumidas o de cualquiera de los conceptos que sirven de basepara la facturación de la energía suministrada o consumida. Las multas van de 6 a 60 millones de euros aunque esta barbaridad está matizada por la situación económicadel infractor, en razón de su patrimonio, de sus ingresos, de sus cargas familiares y de las demáscircunstancias personales que resulten acreditadas.El órgano competente para sancionar sería la Junta de Andalucía.
2. AGUA
Procedimiento de facturación por fraude
Las entidades suministradoras pueden tener personal autorizado para inspeccionar las instalaciones. Estepersonal ha debido ser comunicado a la Jun ta de Andalucía. Comprobada la anormalidad, el personalautorizado por la Entidad suministradora precintará, si es posible, los elementos inherentes al fraude yelaborará un informe de inspección.
Cuando por el personal de la Entidad suministradora se encuentren derivaciones en sus redes con utilizaciónde suministro sin convenio alguno, es decir, realizadas clandestinamente, dichas entidades podrán efectuar elcorte inmediato del suministro en tales derivaciones, dando cuenta de ello por escrito a la DelegaciónProvincial correspondiente.
En el caso de un enganche ilegal, se formulará una liquidación por fraude, que incluirá un consumoequivalente a la capacidad nominal del contador que reglamentariamente hubiese correspondido a lasinstalaciones utilizadas para la acción fraudulenta, con un tiempo de tres horas diarias de utilizaciónininterrumpida y durante el plazo que medie entre la adquisición de la titularidad o derechos de uso de lasinstalaciones citadas, y el momento en que haya subsanado la existencia del fraude detectado, sin que puedaextenderse en total a más de un año.
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Si se han falseado las indicaciones del contador o aparato de medida instalado, por cualquier procedimientoo dispositivo que produzca un funcionamiento anormal del mismo, se tomará como base para la liquidaciónde la cuantía del fraude la capacidad de medida del nominal, computándose el tiempo a considerar en treshoras diarias desde la fecha de la última verificación oficial del contador, sin que este tiempo exceda del año,descontándose los consumos que durante este tiempo hayan sido abonados por el autor del fraude.
Infracciones administrativas.
En el caso del agua de consumo las infracciones administrativas pueden ser establecidas por las ordenanzasmunicipales sobre los siguientes aspectos: 1.ª Las que produzcan un riesgo para la salud de las personas, por la falta de precauciones y controlesexigibles en la actividad, servicio o instalación de que se trate. 2.ª Las que causen daños a las infraestructuras para la prestación de los servicios del agua o, en general,a los bienes de dominio público o patrimoniales de titularidad municipal, o constituyan una manipulación noautorizada de dichos bienes e infraestructuras. 3.ª Las que constituyan usos no autorizados de agua o la realización de obras con dicha finalidad, yaestén referidos a su captación o vertido o a las condiciones en que deban realizarse dichos usos, conforme alas autorizaciones otorgadas o los contratos suscritos con entidades suministradoras. 4.ª Las prácticas que provoquen un uso incorrecto o negligente del agua, con especial atención alincumplimiento de las obligaciones relativas al ahorro de agua, así como la falta de uso de las aguasregeneradas en las actividades que sean susceptibles del mismo o el uso de aguas regeneradas en actividadesdistintas de las permitidas. 5.ª El incumplimiento total o parcial de las obligaciones impuestas por medidas provisionales ocautelares. 6.ª La falta de instalación de medidores de consumo o vertido o de mantenimiento de los mismos, asícomo la negativa a facilitar los datos sobre usos del agua o la facilitación de datos falsos para la obtención deautorizaciones de usos o en la contratación de los mismos. 7.ª La negativa al acceso de los inspectores en sus funciones de control a las instalaciones privadasrelacionadas con los usos del agua, sin perjuicio de la inviolabilidad del domicilio. 8.ª Las infracciones por incumplimiento de los parámetros y estándares de garantía y calidad en elsuministro y, en su caso, la vulneración de los derechos reconocidos en la Ley a los usuarios de los serviciosdel ciclo integral del agua. 9.ª Y, en general, a las acciones y omisiones que constituyan incumplimiento de las obligacionescontenidas para los usos urbanos del agua en esta Ley y en las ordenanzas relativas a los serviciosrelacionados con el agua.
3. CONSIDERACIÓN DE DELITO
Los enganches ilegales y las manipulaciones de los contadores tanta de luz, agua o gas, están consideradoscomo delitos por el Código Penal
Será castigado con la pena de multa de tres a doce meses el que cometiere defraudación por valor superior acincuenta mil pesetas, utilizando energía eléctrica, gas, agua, telecomunicaciones u otro elemento, energía ofluido ajenos, por alguno de los medios siguientes:
1.º Valiéndose de mecanismos instalados para realizar la defraudación. 2.º Alterando maliciosamente las indicaciones o aparatos contadores. 3.º Empleando cualesquiera otros medios clandestinos.
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