guia bajas por enfermedad

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GUÍA SOBRE LA PRESTACIÓN ECONÓMICA EN CASO DE BAJA POR ENFERMEDAD COMÚN O LABORAL Central Sindical Independiente y de Funcionarios Tef: 958089420-30 Fax: 958082919 E-MAIL: [email protected] WEB: www.csi-f.es SANIDAD

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Guía bajas por enfermedad, sindicato csi-f

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  • GUA SOBRE LA

    PRESTACIN ECONMICA

    EN CASO DE BAJA

    POR ENFERMEDAD COMN O LABORAL

    Central Sindical Independiente y de Funcionarios

    Tef: 958089420-30 Fax: 958082919 E-MAIL: [email protected] WEB: www.csi-f.es

    SANIDAD

  • SANIDAD

    Tras la publicacin del Real Decreto Ley 20/2012 y la posterior

    adaptacin a la Comunidad Andaluza, materializada en la Ley 3/2012, hemos

    elaborado una sencilla gua con el n de aclarar la normativa con ejemplos

    concretos. Esperamos que os sea de utilidad.

    CUNDO ENTRA EN VIGOR?

    La medida entra en vigor a los tres meses de la publicacin de la Ley

    3/2012 el 1 de Octubre de 2012, es decir, el 2 de Enero de 2013.

    CUNTO COBRAR SI ESTOY DE BAJA POR ENFERMEDAD

    (contingencias comunes)? Durante los tres primeros das cobrars el

    50%, entre el 4 y el 20 da cobrars el 75% y a partir del da 21 cobrars el

    100%.

    QUE PASA SI TENGO MAS DE UNA BAJA POR ENFERMEDAD

    DURANTE EL AO?

    Los porcentajes no varan.

    QUE PASA SI TENGO QUE IR A URGENCIAS, ME DAN LA BAJA

    PERO NO ME INGRESAN?

    Los porcentajes que cobrar sern los mismos que en una baja normal.

    QUE OCURRE SI ME INGRESAN Y HOSPITALIZAN?

    Cobrar mis retribuciones al 100%

    PERO QU PASA SI ME TIENEN QUE OPERAR? En caso de

    intervencin quirrgica, se abonara el 100%, tanto el tiempo que se est en

    el hospital ingresado como el tiempo que ests en casa de baja.

    QU OCURRE SI HE TENIDO QUE SOLICITAR UNA BAJA PARA

    QUE ME INGRESEN? La situacin es la misma que si tienen que operarte,

    cobrars el 100% de tu salario hasta que te reincorpores a tu lugar de

    trabajo. Aunque te den el alta hospitalaria, mientras siga de baja, cobrars el

    100%.

    ESTOY DE BAJA POR UN ACCIDENTE LABORAL CUNTO

    COBRAR EN ESTA SITUACIN? Todas las bajas producidas por accidente

    laboral sern retribuidas con el 100%.

    SE COBRA LO MISMO EN EL CASO DE UN ACCIDENTE LABORAL

    QUE UNA ENFERMEDAD LABORAL? El Decreto Ley contempla que en caso

    de enfermedad o accidente laboral se cobre el 100% del salario. El problema

    es que los empleados pblicos no tenemos un catlogo de enfermedades

    laborales denido. CSIF lleva denunciando este hecho desde hace aos, y

    seguiremos reivindicando un catlogo de enfermedades laborales porque es

    totalmente necesario para nuestros cometidos y tareas.

  • SANIDAD

    ME DAN LA BAJA POR UNA ENFERMEDAD GRAVE.

    En este caso se percibir el 100 por cien si el caso de enfermedad grave

    se encuentra dentro de los supuestos que establece el Real Decreto

    1148/2011, de 29 de julio, para la aplicacin y desarrollo, en el sistema de la

    Seguridad Social, de la prestacin econmica por cuidado de menores

    afectados por cncer u otra enfermedad grave.

    TENGO QUE FALTAR DOS HORAS DE MI PUESTO DE TRABAJO

    PARA IR A LA CONSULTA DEL MDICO CANTO ME VAN A

    DESCONTAR DE MI SUELDO? En ese caso no ests de baja, sino que ests

    pidiendo un permiso para asistir al mdico y no te descuentan nada, es un

    permiso retribuido. Eso s, tienes que presentar el centro de trabajo el

    justicante de haber asistido a la consulta.

    LLEVO 2 DAS SIN ACUDIR AL TRABAJO POR UNA GRIPE U

    OTRA ENFERMEDAD CUNTO ME VAN A DESCONTAR?

    Siempre que presentes el justicante mdico de esos das de reposo

    sin acudir a tu puesto de trabajo, no deberan descontarte nada. En realidad,

    las enfermedades cortas hasta el tercer da no tienen porque exigir el parte

    de baja; pero con los cambios introducidos por el gobierno (pago de la

    prestacin y Resolucin de 28 de diciembre de 2012, de la Secretara de

    Estado de Administraciones Pblicas), legalmente pueden solicitarte baja

    desde el primer da, e incluso baja y alta de la misma fecha (en el supuesto de

    que este un solo da de baja).

    CUALES SON LOS PLAZOS PARA PRESENTAR LOS PARTES DE

    BAJA, CONFIRMACION Y ALTA ANTE LA EMPRESA (Administracin)?

    La fecha de presentacin de la baja y los partes de conrmacin en la

    empresa sern de 3 das desde su fecha de expedicin (al cuarto). El parte de

    alta debe presentarse dentro de las 24 horas siguientes.

    MI BAJA DE ENFERMEDAD ES CONSECUENCIA DE PRESENTAR

    ALTO RIESGO DENTRO DE MI EMBARAZO CUNTO ME VAN A

    DESCONTAR POR ESTAR DE BAJA? En ese caso el tipo de baja se debera

    considerar como una incapacidad temporal que conllevara hospitalizacin

    domiciliaria, por lo que no se debera descontar nada por estar de baja.

    QUE PASA SI MI PROCESO DE ENFERMEDAD SE HA

    INICIADO EN FECHA ANTERIOR AL 2 DE ENERO DE 2013? Ser de

    APLICACION para todos los procesos que se produzcan a partir de la

    entrada en vigor, no a los que hayan sido iniciados con anterioridad a la

    citada fecha.

  • Las medidas del Gobierno Central contra el

    absentismo son injusticadas

    La diferencia en el absentismo entre el sector pblico y privado ya

    era mnima el ao pasado. El porcentaje de absentismo en el sector pblico

    a lo largo del ltimo trimestre fue del 1,75 por ciento, respecto al 1,76

    del sector privado, segn datos publicados por el Instituto Nacional de

    Estadstica.

    Para la Central Sindical Independiente y de Funcionarios

    (CSI-F), primer sindicato multiprofesional en la Sanidad Andaluza y el

    sindicato ms representativo en las Administraciones Pblicas, estos datos

    demuestran que las recientes medias impulsadas por el Gobierno son

    injusticadas y absolutamente fuera de lugar y reclama que se elimine esta

    penalizacin. De hecho, en el mismo periodo del ao pasado (segundo

    trimestre de 2011) la diferencia entre ambos sectores ya era mnima, en

    concreto, 2,09 por ciento en el sector pblico respecto al 2,04 del

    privado.

    CSI-F entiende que esta medida es una nueva vuelta de tuerca

    sobre los derechos de los empleados pblicos en general y en

    particular con los trabajadores de la Sanidad y contribuye a difundir la idea

    falsa de que el absentismo es mayor en la administracin. Por otra parte,

    las medidas sobre la incapacidad temporal, entraron en vigor en Andaluca

    el da 2 de Enero de 2013. Los datos del INE desmontan esta tesis y

    evidencian que las ausencias al trabajo por enfermedad, accidente o

    incapacidad temporal son muy similares en ambos sectores. ADEMS, EL

    DESCENSO EN EL ABSENTISMO SE DEBE FUNDAMENTALMENTE A

    LA SITUACIN ECONMICA QUE ATRAVIESA EL PAS siendo preciso

    llamar la atencin en que los nuevos criterios del Gobierno Central van a dar

    lugar a situaciones indeseadas, dado que por no perder dinero de su

    nmina, empleados pblicos de la Sanidad van a acudir a su puesto de

    trabajo en CONDICIONES FSICAS MERMADAS O CON

    ENFERMEDADES QUE PUEDEN SUPONER UN RIESGO, POR

    CONTAGIO, PARA LOS USUARIOS.

    Central Sindical Independiente y de Funcionarios

    Tef: 958089420-30 Fax: 958082919 E-MAIL:[email protected] WEB: www.csi-f.es

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