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Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 1 250.00 250.00
30.00
Plazo de entrega 2 DÍAS 280.00
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
f.) …………………………………..
PRESTACIÓN DE SERVICIOS: PARA LA ELABORACIÓN DE UNA PÁGINA EN LA REVISTA PARAÍSO
CORRESPONDIENTE AL MES DE OCTUBRE DE 2011.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
MEDINA MALDONADO JHOSEPH VLADIMIR RUC: 1709136731001 FECHA: 01/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
PÁGINA FULL COLOR EN REVISTA PARAÍSO CORRESPONDIENTE
AL MES DE OCTUBRE DE 2011
250.00 DOSCIENTOS OCHENTA
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
CON 00/100 DÓLARES DE LOS DESCUENTO 0%
TOTAL
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Lic. Stalin Vega
f.)………………………………………………….
03 de octubre de 2011
Lic. Stalin Vega
COORDINADOR INSTITUCIONALCOORDINADOR INSTITUCIONAL
000681
GMQ-C.I-2011-040
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 01 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 1 250.00 250.00
30.00
Plazo de entrega 2 DÍAS 280.00
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
f.) …………………………………..
PRESTACIÓN DE SERVICIOS: PARA LA ELABORACIÓN DE UNA PÁGINA EN LA REVISTA PARAÍSO
CORRESPONDIENTE AL MES DE SEPTIEMBRE DE 2011.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
MEDINA MALDONADO JHOSEPH VLADIMIR RUC: 1709136731001 FECHA: 01/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
PÁGINA FULL COLOR EN REVISTA PARAÍSO CORRESPONDIENTE
AL MES DE SEPTIEMBRE DE 2011
Condición de pago:
SON:250.00
DOSCIENTOS OCHENTA
CON 00/100 DÓLARES DE LOS DESCUENTO 0%
TOTAL
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
SUBTOTAL
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Lic. Stalin Vega
f.)………………………………………………….
05 de septiembre de 2011
Lic. Stalin Vega
COORDINADOR INSTITUCIONALCOORDINADOR INSTITUCIONAL
000682
GMQ-C.I-2011-036
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 01 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 15 19.80 297.00
U 3 15.00 45.00
U 3 25.75 77.25
U 3 21.80 65.40
Plazo de entrega 3 DÍAS 484.65
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE INSUMOS: PARA UTILIZAR EN LA ALIMENTACIÓN DE LOS ANIMALES VACUNOS DE LA
GRANJA INTEGRAL MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
SANTOS BASTIDAS JOFRE RODRIGO RUC: 0401110499001 FECHA: 01/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
SACOS DE BALANCEADO ALTA PRODUCCIÓN PARA VACAS DE 40
Kg. C/U
SACOS DE BALANCEADO INICIAL PARA TERNERAS DE 40 Kg. C/U
SACOS DE BALANCEADO PARA AVESTRUCES BROILER POSTURE
SAL NETUS ORIENTE 20 Kg. C/U
Condición de pago:
SON:484.65
CUATROCIENTOS OCHENTA Y
CUATRO CON 65/100 DÓLARES DESCUENTO 0%
TOTAL
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
SUBTOTAL
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
313.73.08.14.2 - 313.73.08.14.3 - 313.73.08.14.1 - 31373.08.14.5
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. Jaime Rodríguez
f.)………………………………………………….
22 de noviembre de 2011
Lic. Ricardo Minga
DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLECOORDINADOR DE PROYECTOS
000683
908-GMQ-DPDS
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 01 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 15 19.80 297.00
U 3 21.80 65.40
U 3 21.20 63.60
Plazo de entrega 3 DÍAS 426.00
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE INSUMOS: PARA UTILIZAR EN LA ALIMENTACIÓN DE LOS ANIMALES VACUNOS DE LA
GRANJA INTEGRAL MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
SANTOS BASTIDAS JOFRE RODRIGO RUC: 0401110499001 FECHA: 01/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
SACOS DE BALANCEADO ALTA PRODUCCIÓN PARA VACAS DE 40
Kg. C/U
SACOS DE BALANCEADO INICIAL PARA TERNERAS DE 40 Kg. C/U
SACOS DE BALANCEADO PARA CUY - CONEJO 40 Kg. C/U
426.00 CUATROCIENTOS VEINTISEIS
CUATRO CON 00/100 DÓLARES DESCUENTO 0%
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TOTAL
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
313.73.08.14.2 - 313.73.08.14.3 - 313.73.08.14.1
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. Jaime Rodríguez
f.)………………………………………………….
08 de noviembre de 2011
Lic. Ricardo Minga
DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLECOORDINADOR DE PROYECTOS
000684
907-GMQ-DPDS
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 01 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 20 3.50 70.00
Plazo de entrega 1 DÍA 70.00
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 0000352 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE INSUMOS: PARA UTILIZAR EN LA ALIMENTACIÓN DE LAS ESPECIES NATIVAS DE LA
GRANJA INTEGRAL MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
CALDERON PEÑA ANTONIO NICOLAS RUC: 0800445520001 FECHA: 01/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
CABEZAS DE PLÁTANO
70.00SETENTA CON 00/100 DÓLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DESCUENTO 0%
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TOTAL
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
313.73.08.14.1
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. Jaime Rodríguez
f.)………………………………………………….
28 de octubre de 2011
Lic. Ricardo Minga
DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLEADMINISTRADOR DE LA GRANJA
000685
911-GMQ-DPDS
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 01 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
0.00
Plazo de entrega 1 DÍA 0.00
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE LUBRICANTES: PARA UTILIZAR EN LA MAQUINARIA MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
RUC: FECHA: 05/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
0.00Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DE LOS ESTADOS UNIDOS DESCUENTO 0%
TOTAL
DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
f.)………………………………………………….
14 de octubre de 2011
000686
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 05 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
0.00
Plazo de entrega 1 DÍA 0.00
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TOTAL
DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
0.00Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DE LOS ESTADOS UNIDOS DESCUENTO 0%
RUC: FECHA: 05/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE LUBRICANTES: PARA UTILIZAR EN LA MAQUINARIA MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
f.)………………………………………………….
14 de octubre de 2011
000687
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 05 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 20 3.50 70.00
Plazo de entrega 1 DÍA 70.00
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 0000353 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE INSUMOS: PARA UTILIZAR EN LA ALIMENTACIÓN DE LAS ESPECIES NATIVAS DE LA
GRANJA INTEGRAL MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
CALDERON PEÑA ANTONIO NICOLAS RUC: 0800445520001 FECHA: 06/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
CABEZAS DE PLÁTANO
70.00SETENTA CON 00/100 DÓLARES
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DE LOS ESTADOS UNIDOS DESCUENTO 0%
TOTAL
DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
313.73.08.14.01
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. Jaime Rodríguez
f.)………………………………………………….
14 de octubre de 2011
Lic. Ricardo Minga
DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLEADMINISTRADOR DE LA GRANJA
000688
910-GMQ-DPDS
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 06 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
M2 191.16 0.96 183.51
M3 8.50 6.44 54.74
M3 28.67 3.20 91.74
M2 141.60 13.66 1934.26
M2 191.16 13.14 2511.84
573.13
Plazo de entrega 60 DÍAS 5,349.23
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
f.) …………………………………..
PRESTACIÓN DE SERVICIOS: PARA MEJORAMIENTO DE ACERAS Y BORDILLOS DE LA CALLE RÍO
SUMACO ENTRE 12 DE OCTUBRE Y 13 DE ABRIL DE LA CIUDAD DE BAEZA.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
TIPANTIZA GUAMBI MARÍA BLANCA RUC: 1500365802001 FECHA: 06/12/2011
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
LIMPIEZA Y SUPERFICIAL DEL TERRENO
EXCAVACIÓN EN SUELO NORMAL A MANO
RELLENO COMPACTADO A MANO
BORDILLO DE HORMIGON S.12*15*50kg/cm3
ACERAS DE HORMIGON SIMPLE
MANO DE OBRA MAS MATERIAL:
4,776.10 CINCO MIL TRESCIENTO
CUARENTA Y NUEVE CON 23/100 DESCUENTO 0%
TOTAL
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
Espacio para la Dirección Financiera
355.75.01.04.17
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
f.)………………………………………………….
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
Por Avance de Obra Mediante presentación de Planillas y facrura
Ing. Civil Manuel Báez
f.)………………………………………………….
16 de noviembre de 2011
Ing. Alfredo Lema
DE OBRAS PÚBLICAS - ENCARGADOTÉCNICO DE LA UNIDAD DE PROYECTOS
000689
2201-GADMQ-OO.PP/2011
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
Ing. Com. Leonardo Cueva Jiménez
DIRECTOR FINANCIERO MUNICIPAL
Tipantiza Guambi María Blanca
RUC: 1500365802001
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 12 de diciembre de 2011.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 2 61.10 122.20
U 2 188.99 377.98
U 3 2.86 8.58
U 3 3.39 10.17
62.27
Plazo de entrega 1 DÍA 581.20
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 000013238 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE MATERIALES: PARA UTILIZAR EN LA REPARACIÓN DE LA RETROEXCAVADORA JCB DE
PROPIEDAD MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
TITO ALVARADO ANA LUCÍA RUC: 1706538285001 FECHA: 06/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
CARGAS DE OXIGENO 10 MTS3
CARGAS DE ACETILENO 7 KLS
DISCOS DE DESBASTE
DISCOS DE CORTE METAL
518.93 QUINIENTOS OCHENTA Y UNO
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
CON 20/100 DÓLARES DE LOS DESCUENTO 0%
TOTAL
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.02.99
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. Miguel Panamá
f.)………………………………………………….
23 de noviembre de 2011
Ing. Alfredo Lema
DE OBRAS PÚBLICAS - ENCARGADOMECÁNICO MUNICIPAL
000690
2249-GADMQ-OO.PP/2011
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 06 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 12 5.80 69.60
8.35
Plazo de entrega 1 DÍA 77.95
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 000013237 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE MATERIALES: PARA UTILIZAR EN LAS BATERIAS SANITARIAS DEL ESTADIO DE BAEZA,
BAEZA ANTIGUA Y CEMENTERIO.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
TITO ALVARADO ANA LUCÍA RUC: 1706538285001 FECHA: 06/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
CANDADOS RHINO
69.60 SETENTA Y SIETE CON 95/100
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DÓLARES DE LOS ESTADOS DESCUENTO 0%
TOTAL
UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.08.99
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. Freddy Mogollón
f.)………………………………………………….
28 de noviembre de 2011
Sr. Freddy Mogollón
COMISARIO MUNICIPALCOMISARIO MUNICIPAL
000691
158-JPV-GADCQ
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 06 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 2 11.00 22.00
2.64
Plazo de entrega 1 DÍA 24.64
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE OFICINA: PARA UTILIZAR EN LA SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS DE
LA MUNICIPALIDAD.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
NICOLALDE MORENO WASHINGTON PATRICIO RUC: 1709693640001 FECHA: 06/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
CARTUCHOS EPSON N90 COLOR NEGRO
22.00 VEINTICUATRO CON 64/100
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DÓLARES DE LOS DESCUENTO 0%
TOTAL
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.08.04
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sra. Giocondita Cayo
f.)………………………………………………….
28 de noviembre de 2011
Ing. Alfredo Lema
DE OBRAS PÚBLICAS - ENCARGADOSECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS
000692
2260-GADMQ-OO.PP/2011
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 06 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 2 36.00 72.00
U 2 35.00 70.00
17.04
Plazo de entrega 1 DÍA 159.04
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE OFICINA: PARA UTILIZAR EN LA UNIDAD TÉCNICA DE PROYECTOS DE
LA MUNICIPALIDAD.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
NICOLALDE MORENO WASHINGTON PATRICIO RUC: 1709693640001 FECHA: 06/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
CARTUCHOS HP 9800 Nº 97 COLOR DESKJET
CARTUCHOS HP 9800 Nº 96 NEGRO DESKJET
142.00 CIENTO CINCUENTA Y NUEVE
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
CON 04/100 DÓLARES DE LOS DESCUENTO 0%
TOTAL
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.08.04
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Arq. Cecilia Mora
f.)………………………………………………….
17 de noviembre de 2011
Ing. Alfredo Lema
DE OBRAS PÚBLICAS - ENCARGADOTÉCNICA DE LA UNIDAD DE PROYECTOS
000693
2214-GADMQ-OO.PP/2011
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 06 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 2 70.00 140.00
16.80
Plazo de entrega 1 DÍA 156.80
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE OFICINA: PARA UTILIZAR EN LA UNIDAD DE RENTAS, AVALÚOS Y
CATASTROS DE LA MUNICIPALIDAD.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
NICOLALDE MORENO WASHINGTON PATRICIO RUC: 1709693640001 FECHA: 06/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
TONER HP 1022 Q2612A LASER JET
140.00 CIENTO CINCUENTA Y SEIS
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
CON 80/100 DÓLARES DE LOS DESCUENTO 0%
TOTAL
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.08.04
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Lic. Elva De La Cruz
f.)………………………………………………….
11 de octubre de 2011
Ing. Com. Leonardo Cueva Jiménez
FINANCIERO MUNICIPALJEFE DE RENTAS, AVALÚOS Y CATASTROS MUNICIPALES
000694
82-RAC-2011
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 06 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 10 1.60 16.00
U 30 3.90 117.00
U 3 8.40 25.20
U 3 1.65 4.95
U 10 5.90 59.00
U 3 0.80 2.40
U 10 3.60 36.00
U 10 3.15 31.50
U 6 0.45 2.70
U 10 9.96 99.60
U 3 4.00 12.00
U 3 4.00 12.00
U 3 4.00 12.00
U 6 4.50 27.00
U 6 4.50 27.00
U 6 1.15 6.90
U 6 1.15 6.90
U 6 1.15 6.90
U 5 4.80 24.00
U 30 3.16 94.80
U 30 3.85 115.50
U 30 4.76 142.80
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
HEPARINA SODICA 5000 U. I FRASCO
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE MEDICINAS: PARA LA VENTA EN LA FARMACIA MUNICIPAL DE QUIJOS.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
NOVAMEDIC RUC: 0501885891001 FECHA: 06/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
BUSCAPINA COMP. AMP
BEDOYECTA AMP.
ENSURE 400 G TARRO
FLEET ENEMA ADULTO
AMPICILINA 1 G. FRASCO
APRONA 275 MG. X 20 TAB
BURTEN X 10 TAB
ESPECULO VAGINAL DESC
PAÑAL PANOLINI PEQUEÑO X 24
GASA LISTA PAQ. X 100
Espacio para la Unidad Requirente
PAÑAL PANOLINI MEDIANO X 24
MOBIC 15 MG. X 3 AMP.
PAÑAL PANOLINI GRANDE X 24
CABESTRILLO SMALL
CABESTRILLO MEDIUM
CABESTRILLO LARGE
COLLAR CERVICAL BLANDO MEDIUM
COLLAR CERVICAL BLANDO LARGE
FERULA DE ALUMINIO 1/2
FERULA DE ALUMINIO 3/4
FERULA DE ALUMINIO 1
Sra. Bolivia Parra
f.)………………………………………………….
02 de diciembre de 2011
Sra. Lucía PintoCOORDINADORA DEL PATRONATO MUNICIPAL DE QUIJOS - ENCARGADAOFICINISTA 1
000695
GADMQ-PM-2011-774
U 30 5.45 163.50
U 30 5.45 163.50
U 30 5.45 163.50
U 30 10.40 312.00
394.35
1,290.30
154.84
Plazo de entrega 6 DÍAS 1,839.49
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 0007901 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
PAÑAL PEQUEÑIN ETAP 3 X 24
PAÑAL PEQUEÑIN ETAP. 4 X 24
PAÑAL PEQUEÑIN ETAP. 5 X 36
PAÑAL PEQUEÑIN ETAP 2 X 24
Condición de pago:
SON:
SUBTOTAL LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
SUBTOTAL 1,684.65 MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y
NUEVE CON 49/100 DÓLARES DE DESCUENTO 0%
TOTAL
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
REFERENCIAL 12% IVA
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.08.04
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 06 de diciembre de 2011.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 1 170.30 170.30
U 1 157.30 157.30
U 1 106.60 106.60
U 1 180.00 180.00
U 3 17.00 51.00
U 1 271.70 271.70
U 1 180.00 180.00
U 15 14.30 214.50
159.77
Plazo de entrega 2 DÍAS 1,491.17
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.04.04 - 355.84.01.04
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TOTAL
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
1,331.40MIL CUATROCIENTOS NOVENTA
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
Y UNO CON 17/100 DÓLARES DE DESCUENTO 0%
REVISIÓN DE LINEAS TELEFÓNICAS Y EXTENSIONES
ASFITMA S.A. RUC: 1792187176001 FECHA: 07/12/2011
DIAGNÓSTICO CENTRAL KX-TDA-100, INSTALACIÓN Y CONFIGURACIÓN
DE TARJETA KX-TDA0180X
TELEFONO SENCILLO PANASONIC TS500
TARJETA DE 8 LINEAS KX-TDA0180X
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
TELEFONO DIGITAL PANASONIC DE 24 TECLAS PARA OPERADORA
CONSOLA DSS 60 TECLAS PANASONIC
TELEFONO DIGITAL PANASONIC 8 CO 1 LINEA
PARARRAYOS MODULAR PARA 8 LINEAS TELEFONICAS EXTERIORES
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE EQUIPOS Y REPUESTOS: PARA UTILIZAR EN LA REHABILITACIÓN Y REPARACIÓN DE LA
CENTRAL TELEFÓNICA DE LA INSTITUCIÓN MUNICIPAL DE QUIJOS.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Ing. Esteban Correa
f.)………………………………………………….
25 de octubre de 2011
Ing. Com. Leonardo Cueva Jiménez
FINANCIERO MUNICIPALTÉCNICO DE SISTEMAS MUNICIPIO DE QUIJOS
000696
25-S-GADMQ-2011
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 07 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 1 156.00 156.00
U 1 130.00 130.00
U 2 169.00 338.00
U 2 84.50 169.00
U 1 91.00 91.00
U 1 364.00 364.00
U 1 325.00 325.00
188.76
Plazo de entrega 5 DÍAS 1,761.76
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.04.04 - 355.84.01.04
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
1,573.00 MIL SETECIENTOS SESENTA Y
UNO CON 76/100 DÓLARES DE DESCUENTO 0%
TOTAL
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
REVISIÓN DE RADIOS KIKROTIK, CONFIGURACIÓN DE RADIOS UBIQUITI
TRASLADO DE FIBRA ÓPTICA PATRONATO MUNICIPAL
REGLETA DE CONEXIÓN 9 TOMAS NEXXT 19" 1UR
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE EQUIPOS: PARA ABRIR LA SEÑAL DE INTERNET EXTERNO QUE DARÁ SERVICIO A LAS
UNIDADES EDUCATIVAS, POLICÍA COMUNITARIA, UNIDAD DE TURÍSMO, CULTURA Y MUSEO EN LA
CIUDAD DE BAEZA.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
ASFITMA S.A. RUC: 1792187176001 FECHA: 07/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
BULLET 2,4 GHz AP UBIQUITI
ROCKET M2 2,4 GHz UBIQUITI
ROCKET M5 5.8 GHz AP UBIQUITI
POE 48V 3Com
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Ing. Esteban Correa
f.)………………………………………………….
25 de octubre de 2011
Ing. Com. Leonardo Cueva Jiménez
FINANCIERO MUNICIPALTÉCNICO DE SISTEMAS MUNICIPIO DE QUIJOS
000697
25-S-GADMQ-2011
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 07 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 4 7.40 29.60
U 5 3.50 17.50
U 1 453.40 453.40
U 25 6.50 162.50
U 20 6.50 130.00
U 1 650.00 650.00
U 1 16.00 16.00
U 1 350.00 350.00
U 1 75.00 75.00
U 1 1600.00 1600.00
U 1 950.00 950.00
U 1 350.00 350.00
U 1 16.00 16.00
U 2 70.00 140.00
U 1 60.00 60.00
4,254.10
745.90
510.49
Plazo de entrega 10 DÍAS 5,510.49
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 0007056-7053-7075 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
VERENIL FCO 20 ML
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE MATERIALES Y EQUIPOS: PARA EL EQUIPAMIENTO DE LA CLÍNICA VETERINARIA MÓVIL
DE PROPIEDAD MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
PRODUBIOGENSA CIA. LTDA. RUC: 1791818172001 FECHA: 08/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
PORTA OBJETOS SLIDES 50 PCS
CUBRE OBJETOS
TERMO TRANSPORTE PAJUELAS 3 KL
DEXTROMIN FCO 500 ML
ESTEREO MICROSCOPIO
DESCORNADOR MANGO DE MADERA, FILO HIERRO DE 13"
ESQUILADORA ELÉCTRICA CATLE KING
ENMASCULADOR BURDIZO 16"
MICROSCOPIO
5,000.00 CINCO MIL QUINIENTOS DIEZ
CON 49/100 DÓLARES DE LOS SUBTOTAL CON IVA
REFERENCIAL 12% IVA
SON:
TOTAL
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
314.84.01.04
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
Condición de pago:
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SUBTOTAL SIN IVA
CENTRIFUGA DE 8 TUBOS
ESQUILADORA ELÉCTRICA 220 V CATLE KING
DESCORNADOR MANGO DE MADERA
ADAPTADOR DE 220 V A 110 V PARA ESQUILADORA
PINZA PARA CASCOS (TIJERA)
SUBTOTAL
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Dr. Santiago Gómez
f.)………………………………………………….
30 de noviembre de 2011
Lic. Ricardo Minga
DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLEMÉDICO VETERINARIO
000698
S/N
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 08 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 2 12.98 25.96
3.12
Plazo de entrega 1 DÍA 29.08
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE REPUESTOS: PARA UTILIZAR EN EL MANTENIMIENTO DE LA AMBULANCIA TOYOTA DE
PROPIEDAD MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
FLORES ZAPATA JOSÉ RAFAEL RUC: 1712771508001 FECHA: 08/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
RETENEDOR DE EJE POSTERIOR ORIGINAL
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL 25.96
VEINTINUEVE CON 08/100
DÓLARES DE LOS ESTADOS 0% IVA
UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TOTAL
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.08.13
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. Miguel Panamá
f.)………………………………………………….
23 de noviembre de 2011
Ing. Alfredo Lema
DE OBRAS PÚBLICAS - ENCARGADOMECÁNICO MUNICIPAL
000699
2234-GADMQ-OO.PP/2011
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 08 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 10 14.89 148.90
17.87
Plazo de entrega 1 DÍA 166.77
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE REPUESTOS: PARA UTILIZAR EN LA REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA CAMIONETA
JEEP NISSAN PATROL DE PROPIEDAD MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
FLORES ZAPATA JOSÉ RAFAEL RUC: 1712771508001 FECHA: 08/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
FILTRO DE ACEITE ORIGINAL
148.90 CIENTO SESENTA Y SEIS
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
CON 77/100 DÓLARES DE LOS 0% IVA
TOTAL
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.08.13
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. Miguel Panamá
f.)………………………………………………….
07 de noviembre de 2011
Ing. Alfredo Lema
DE OBRAS PÚBLICAS - ENCARGADOMECÁNICO MUNICIPAL
000700
2094-GADMQ-OO.PP/2011
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 08 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 1 268.95 268.95
U 1 138.97 138.97
48.95
Plazo de entrega 2 DÍAS 456.87
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.84.01.11
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TOTAL
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
407.92CUATROCIENTOS CINCUENTA Y
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
SEIS CON 87/100 DÓLARES DE 0% IVA
FLORES ZAPATA JOSÉ RAFAEL RUC: 1712771508001 FECHA: 09/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
DISCO DE EMBRAGUE ORIGINAL
RULIMAN DE EMBRAGUE ORIGINAL
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE REPUESTOS: PARA UTILIZAR EN LA REPARACIÓN DE LA VOLQUETA MERCEDES BENZ
Nº 3 DE PROPIEDAD MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. Miguel Panamá
f.)………………………………………………….
10 de noviembre de 2011
Ing. Alfredo Lema
DE OBRAS PÚBLICAS - ENCARGADOMECÁNICO MUNICIPAL
000701
2151-GADMQ-OO.PP/2011
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 09 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 1 140.00 140.00
U 1 90.00 90.00
27.60
Plazo de entrega 2 DÍAS 257.60
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.08.13
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TOTAL
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
230.00 DOSCIENTOS CINCUENTA Y
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
SIETE CON 60/100 DÓLARES DE 0% IVA
PACHACAMA SARANGO DORIS MARLENE RUC: 1717786063001 FECHA: 09/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
JUEGO DE PASADORES PARA UÑAS DE CUCHARON
JUEGO DE SEGUROS PARA PASADORES
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE REPUESTOS: PARA UTILIZAR EN LA REPARACIÓN DE LA EXCAVADORA CAT 320 C DE
PROPIEDAD MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. Miguel Panamá
f.)………………………………………………….
20 de septiembre de 2011
Ing. Alfredo Lema
DE OBRAS PÚBLICAS - ENCARGADOMECÁNICO MUNICIPAL
000702
1752-GADMQ-OO.PP/2011
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 09 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 1 879.81 879.81
105.58
Plazo de entrega 1 DÍA 985.39
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.08.03
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TOTAL
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
879.81 NOVECIENTOS OCHENTA Y
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
CINCO CON 39/100 DÓLARES DE 0% IVA
LÓPEZ VEGA JUAN CARLOS RUC: 1710910132001 FECHA: 09/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
TANQUE DE ACEITE 15W40
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE LUBRICANTES: PARA UTILIZAR EN EL MANTENIMIENTO DE LA MAQUINARIA Y
VEHÍCULOS DE PROPIEDAD MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. Miguel Panamá
f.)………………………………………………….
09 de noviembre de 2011
Ing. Alfredo Lema
DE OBRAS PÚBLICAS - ENCARGADOMECÁNICO MUNICIPAL
000703
2128-GADMQ-OO.PP/2011
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 09 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 1 150.40 150.40
U 1 150.40 150.40
36.10
Plazo de entrega 2 DÍAS 336.90
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.08.13
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TOTAL
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
300.80 TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
CON 90/100 DÓLARES DE 0% IVA
LÓPEZ VEGA JUAN CARLOS RUC: 1710910132001 FECHA: 09/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
BASE DE UÑA LH 168-1356
BASE DE UÑA RH 168-1355
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE REPUESTOS: PARA UTILIZAR EN EL MANTENIMIENTO DE LA EXCAVADORA 320 C DE
PROPIEDAD MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. Miguel Panamá
f.)………………………………………………….
19 de septiembre de 2011
Ing. Alfredo Lema
DE OBRAS PÚBLICAS - ENCARGADOMECÁNICO MUNICIPAL
000704
1732-GADMQ-OO.PP/2011
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 09 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 2 20.00 40.00
U 1 18.00 18.00
U 1 18.00 18.00
9.12
Plazo de entrega 8 DÍAS 85.12
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 0001036 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
111.53.08.04
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TOTAL
UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
76.00 OCHENTA Y CINCO CON 12/100
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DÓLARES DE LOS ESTADOS 0% IVA
ZÚÑIGA SOSA WILSON HERNAN RUC: 1718214404001 FECHA: 09/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
SELLO S-828 D FECHERO
SELLO S-823
SELLO R-542
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE SELLOS: PARA UTILIZAR EN LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE TALENTO HUMANO DE LA
MUNICIPALIDAD.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. Daniel Campaña Otero
f.)………………………………………………….
29 de noviembre de 2011
Sr. Daniel Campaña Otero
JEFE DE TALENTO HUMANOJEFE DE TALENTO HUMANO
000705
107-UATH-GADMQ-2011
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 09 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 1 18.00 18.00
U 1 20.00 20.00
U 1 18.00 18.00
6.72
Plazo de entrega 8 DÍAS 62.72
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 0001036 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
111.53.08.04
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TOTAL
UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
56.00 SESENTA Y DOS CON 72/100
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DÓLARES DE LOS ESTADOS 0% IVA
ZÚÑIGA SOSA WILSON HERNAN RUC: 1718214404001 FECHA: 09/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
SELLO S-824
SELLO S-828 D FECHERO
SELLO R-542
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE SELLOS: PARA UTILIZAR EN EL DEPARTAMENTO JURÍDICO DE LA MUNICIPALIDAD.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sra. Bertha Cueva
f.)………………………………………………….
14 de noviembre de 2011
Lic. Stalin Vega
COORDINADOR INSTITUCIONALASISTENTE DE ABOGACÍA
000706
GADMQ-C.I-2011-059
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 09 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 50 7.4554 372.77
U 27 12.8304 346.42
U 11 1.6071 17.68
U 5 31.3393 156.70
U 5 3.1518 15.76
U 20 1.6786 33.57
U 100 0.6250 62.50
U 6 0.9971 5.98
U 6 1.4911 8.95
U 2 3.5000 7.00
70.00
123.28
Plazo de entrega 1 DÍA 1,220.60
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 0127875 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.08.11
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TOTAL
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
1,027.33 MIL DOSCIENTOS VEINTE
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
CON 60/100 DÓLARES DE TRANSPORTE
BOQUILLA PLAFON DE LOZA
FOCO SILVANIA 100W
RODILLO FELPA MASTER 9"
CHÁVEZ ALTAMIRANO XIOMARA ALEXANDRA RUC: 1706993720001 FECHA: 09/12/2011
METROS ALAMBRE SOLIDO Nº 12
PORCELANA BLANCA 2K SIKA
LITRO TIÑIER LACA
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
QUINTALES CEMENTO SELVA ALEGRE
TRIPLEX DE 4L - 2.44 X 1.22
LIBRAS CLAVOS 1X16" CC
GALONES MADEROL CONCENTRADO
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE MATERIALES: PARA UTILIZAR EN LA RESTAURACIÓN Y READECUACIÓN DE LAS
BODEGAS MUNICIPALES.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Ing. Civil Manuel Báez
f.)………………………………………………….
30 de noviembre de 2011
Ing. Alfredo Lema
DE OBRAS PÚBLICAS - ENCARGADOTÉCNICO DE LA UNIDAD DE PROYECTOS
000707
2314-GADMQ-OO.PP/2011
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 09 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 15 19.80 297.00
U 3 21.80 65.40
U 3 21.20 63.60
Plazo de entrega 3 DÍAS 426.00
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 0001750 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
313.73.08.14.2 - 313.73.08.14.3 - 313.73.08.14.1
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TOTAL
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
426.00 CUATROCIENTOS TREINTA Y
SEIS CON 05/100 DÓLARES DESCUENTO 0%
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE INSUMOS: PARA UTILIZAR EN LA ALIMENTACIÓN DE LOS ANIMALES VACUNOS DE LA
GRANJA INTEGRAL MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
SANTOS BASTIDAS JOFRE RODRIGO RUC: 0401110499001 FECHA: 13/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
SACOS DE BALANCEADO ALTA PRODUCCIÓN PARA VACAS DE 40
Kg. C/U
SACOS DE BALANCEADO INICIAL PARA TERNERAS DE 40 Kg. C/U
SACOS DE BALANCEADO PARA CUY 40 Kg. C/U
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. Jaime Rodríguez
f.)………………………………………………….
06 de diciembre de 2011
Lic. Ricardo Minga
DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLECOORDINADOR DE PROYECTOS
000708
908-GMQ-DPDS
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 13 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
0.00
Plazo de entrega 1 DÍA 0.00
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE LUBRICANTES: PARA UTILIZAR EN LA MAQUINARIA MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
RUC: FECHA: 13/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
0.00Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DE LOS ESTADOS UNIDOS DESCUENTO 0%
TOTAL
DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
f.)………………………………………………….
14 de octubre de 2011
000709
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 05 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
HORAS 120 39.5000 4740.00
568.80
Plazo de entrega 1 DÍA 5,308.80
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
f.) …………………………………..
PRESTACIÓN DE SERVICIOS: PARA REALIZAR VARIOS TRABAJOS DE LA RED DE ALCANTARILLADO
SANITARIO EN LAS PARROQUIAS DE BORJA, PAPALLACTA Y CABECERA CANTONAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
SOTOMAYOR RAMOS SAMUEL AGUSTÍN RUC: 1707783674001 FECHA: 14/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
REPARACIÓN DE TUBERÍA EN LA RED DE ALCANTARILLADO SANITARIO
EN LAS PARROQUIAS DE BORJA, PAPALLACTA Y CABECERA CANTONAL
Condición de pago:SON: SUBTOTAL 4,740.00
CINCO MIL TRESCIENTOS OCHO
CON 80/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TOTAL
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.75.01.01.01
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. Arturo Villamarín
f.)………………………………………………….
08 de septiembre de 2011
Ing. Alfredo Lema
DE OBRAS PÚBLICAS - ENCARGADOCOORDINADOR DE MOVILIZACIÓN Y LOGÍSTICA
000710
1726-GADMQ-OO.PP/2011
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 27 de septiembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 20 3.50 70.00
Plazo de entrega 1 DÍA 70.00
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 0000353 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE INSUMOS: PARA UTILIZAR EN LA ALIMENTACIÓN DE LAS ESPECIES NATIVAS DE LA
GRANJA INTEGRAL MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
CALDERON PEÑA ANTONIO NICOLAS RUC: 0800445520001 FECHA: 14/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
CABEZAS DE PLÁTANO
70.00SETENTA CON 00/100 DÓLARES
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DE LOS ESTADOS UNIDOS DESCUENTO 0%
TOTAL
DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
313.73.08.14.01
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. Jaime Rodríguez
f.)………………………………………………….
11 de noviembre de 2011
Lic. Ricardo Minga
DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLEADMINISTRADOR DE LA GRANJA
000711
969-GMQ-DPDS
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 14 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 200 1.29 258.00
30.96
Plazo de entrega 3 DÍAS 288.96
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 0000187 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE MATERIAL DE IMPRESIÓN: PARA UTILIZAR EN LA PROMOCIÓN DEL SEXTO CONTEO
NAVIDEÑO DE AVES COSANGA - NARUPA 2011.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
ZÚÑIGA SOSA WILSON HERNAN RUC: 1718214404001 FECHA: 14/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
AFICHES A FULL COLOR EN PAPEL COUCHE DE 150 gr. CON
PROTECCIÓN UV
258.00DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
CON 96/100 DÓLARES DE LOS 0% IVA
TOTAL
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.02.09
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Ing. Lupe Manitio Cruz
f.)………………………………………………….
22 de octubre de 2011
Lic. Ricardo Minga
DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLEPROMOTORA DE TURÍSMO
000712
888-DPDS-GMQ
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 14 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 3 9.92 29.76
U 3 5.80 17.40
U 10 5.80 58.00
U 3 3.25 9.75
U 10 3.25 32.50
U 3 6.67 20.01
U 10 6.67 66.70
47.16
Plazo de entrega 5 DÍAS 186.96
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 0045848 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
241.63.12.09
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TOTAL
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
234.12 CIENTO OCHENTA Y SEIS
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
CON 96/100 DÓLARES DE LOS DESC. BONIFICACIÓN
BASELPHARMA S.A. RUC: 1791831233001 FECHA: 15/12/2011
LIBEREC TAB 10 MG X 20
LIBEREC JARABE 5 MG/5ML X 1
LIBEREC TAB 10 MG X 20
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
CERVIXEPT OVULO 90 MG X 6
CIFLOBAC TABL 500 MG X 10
CIFLOBAC TABL 500 MG X 10
LIBEREC JARABE 5 MG/5ML X 1
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE MEDICINAS: PARA LA VENTA EN LA FARMACIA MUNICIPAL DE QUIJOS.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sra. Bolivia Parra
f.)………………………………………………….
18 de noviembre de 2011
Sra. Lucía Pinto
COORDINADORA DEL PATRONATO MUNICIPAL - ENCARGADAOFICINISTA 1
000713
GADMQ-PM-2011-266
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 15 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 2000 0.23 460.00
55.20
Plazo de entrega 5 DÍAS 515.20
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 0001038 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
111.53.08.04
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TOTAL
UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
460.00QUINIENTOS QUINCE CON 20/100
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DÓLARES DE LOS ESTADOS 0% IVA
ZÚÑIGA SOSA WILSON HERNAN RUC: 1718214404001 FECHA: 15/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
SELLOS EN VINIL DE SEGURIDAD TRANSPARENTE A FULL COLOR Y CON
PROTECCIÓN U.V. - 85 X 4
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE MATERIAL DE OFICINA: PARA UTILIZAR EN LA OFICINA DEL REGISTRO DE LA
PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTÓN QUIJOS.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Dr. Patricio Simancas Castillo
f.)………………………………………………….
06 de octubre de 2011
Dr. Patricio Simancas CastilloREGISTRADOR DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTÓN QUIJOSREGISTRADOR DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTÓN QUIJOS
000714
02-RP.M CQ2011
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 15 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 2 45.9286 91.86
U 1 13.9464 13.95
U 1 3.8214 3.82
U 1 5.5804 5.58
U 3 1.2411 3.72
U 3 1.0714 3.21
U 3 1.8036 5.41
15.31
Plazo de entrega 1 DÍA 142.86
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN: PARA UTILIZAR EN LA CONSTRUCCIÓN DE UN MURO
DE CONTENCIÓN DE LA ESCUELA MANUEL VILLAVICENCIO DE LA PARROQUIA DE CUYUJA.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
CHÁVEZ ALTAMIRANO XIOMARA ALEXANDRA RUC: 1706993720001 FECHA: 16/12/2011
YEE PLASTIGAMA 2"
CODO PLASTIGAMA 2" X 45
CODO PLASTIGAMA 2 X 90 EC
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
TUBO POSTE ECONÓMICO 2"
TUBO 4" PLASTIGAMA DESAGUE
CODO REDUCTOR PLASTIGAMA 4" A 2"
YEE C/REDUCTOR PLASTIGAMA 4" A 2"
127.55 CIENTO CUARENTA Y DOS
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
CON 86/100 DÓLARES DE TRANSPORTE
TOTAL
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.08.11
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. César Morales
f.)………………………………………………….
28 de noviembre de 2011
Ing. Alfredo Lema
DE OBRAS PÚBLICAS - ENCARGADOALBAÑIL JEFE
000715
2180-GADMQ-OO.PP/2011
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 16 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 1 88.38 88.38
U 1 62.53 62.53
U 6 44.00 264.00
49.79
Plazo de entrega 1 DÍA 464.70
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE PARTES Y REPUESTOS: PARA UTILIZAR EN LA REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA
COPIADORA MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
ECUACOPIA RUC: 1790189163001 FECHA: 16/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
CILINDRO 1015
REVELADOR TIPO 28
TONER 2500 A
414.91 CUATROCIENTOS SESENTA Y
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
CUATRO CON 70/100 DÓLARES DE TRANSPORTE
TOTAL
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.08.13 - 355.73.08.04
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Lic. Stalin Vega
f.)………………………………………………….
28 de noviembre de 2011
Lic. Stalin Vega
COORDINADOR INSTITUCIONALCOORDINADOR INSTITUCIONAL
000716
GMQ-C.I-2011-061 -060
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 16 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 1 120.00 120.00
U 1 80.00 80.00
U 1 10.00 10.00
U 2 10.00 20.00
U 1 15.00 15.00
U 1 32.00 32.00
U 1 38.00 38.00
U 1 12.00 12.00
U 4 10.00 40.00
U 1 15.00 15.00
U 1 5.00 5.00
U 1 40.00 40.00
U 1 2.50 2.50
U 1 2.50 2.50
U 1 25.00 25.00
U 1 20.00 20.00
U 1 15.00 15.00
U 1 7.00 7.00
U 1 8.00 8.00
U 1 45.00 45.00
CATALINA JAPONES TS
CADENA JAPONES TS
PIÑON JAPONES TS
CABLE FRENO TS
PISTON JAPONES TS
EMPAQUE CULATA
EMPAQUE CABEZOTE
MANO DE OBRA:
FORRO ASIENTO
TAPIZADA
CABLE EMBRAGUE TS
DIRECCIONALES TS
SUICHE JAPONES TS
FLASH TS
BATERIA TS
PAR ESPEJOS TS
f.) …………………………………..
PRESTACIÓN DE SERVICIOS: PARA ARREGLO Y MANTENIMIENTO DE LA MOTOCICLETA SUZUKI 185 DE
PROPIEDAD MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
MARTINEZ HERMIDA ERIKA ALEXANDRA RUC: 1500695489001 FECHA: 19/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
LLANTA PIRELLI 110-90-18
LLANTA PIRELLI 80-90-21
TUBO 410-18
PAR ZAPATAS DL Y PS JAPONES
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Sr. Miguel Panamá
f.)………………………………………………….
28 de septiembre de 2011
Ing. Alfredo Lema
DE OBRAS PÚBLICAS - ENCARGADOMECÁNICO MUNICIPAL
000717
1817-GADMQ-OO.PP/2011
U 1 20.00 20.00
U 1 2.00 2.00
U 1 5.00 5.00
69.48
Plazo de entrega 5 DÍAS 648.48
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 0000113-115-116 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.08.13
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURA
CUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIAL
PROFORMA ÚNICASOLO INFIMA CUANTÍA
RESOLUCIÓN
EMERGENTE
579.00 SEISCIENTOS CUARENTA Y
OCHO CON 48/100 DÓLARES DE TRANSPORTE
TOTAL
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
RECTIFICADA DE CILINDRO
SOLDADA TUBO ESCAPE
BUJÍA TS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 19 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 1 18.00 18.00
2.16
Plazo de entrega 3 DÍAS 20.16
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.08.04
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TOTAL
DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
18.00 VEINTE CON 16/100 DÓLARES DE
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
LOS ESTADOS UNIDOS 0% IVA
ZÚÑIGA SOSA WILSON HERNAN RUC: 1718214404001 FECHA: 19/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
SELLO
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE SELLO: PARA UTILIZAR EN LA OFICINA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO
SUSTENTABLE DE LA MUNICIPALIDAD.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Lic. Ricardo Minga
f.)………………………………………………….
11 de octubre de 2011
Lic. Ricardo Minga
DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLEDIRECTOR DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE
000718
780-GADMQ-DPDS
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 19 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 14 7.00 98.00
11.76
Plazo de entrega 3 DÍAS 109.76
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.08.04
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TOTAL
UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
98.00 CIENTO NUEVE CON 76/100
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DÓLARES DE LOS ESTADOS 0% IVA
ZÚÑIGA SOSA WILSON HERNAN RUC: 1718214404001 FECHA: 19/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
REPOSICIONES DE CYREL
f.) …………………………………..
PRESTACIÓN DE SERVICIOS: PARA UTILIZAR EN LA OFICINA DEL DEPARTAMENTO FINANCIERO
MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Ing. Leonardo Cueva Jiménez
f.)………………………………………………….
17 de octubre de 2011
Ing. Leonardo Cueva Jiménez
FINANCIERO MUNICIPALDIRECTOR FINANCIERO MUNICIPAL
000719
511-GMCQ-DFM
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 19 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 2 18.00 36.00
4.32
Plazo de entrega 3 DÍAS 40.32
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.08.04
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TOTAL
UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
36.00 CUARENTA CON 32/100
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DÓLARES DE LOS ESTADOS 0% IVA
ZÚÑIGA SOSA WILSON HERNAN RUC: 1718214404001 FECHA: 19/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
SELLOS
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE SELLOS: PARA UTILIZAR EN LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE RENTAS, AVALÚOS Y
CATASTROS MUNICIPAL DE QUIJOS.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Lic. Elva De La Cruz
f.)………………………………………………….
11 de octubre de 2011
Ing. Leonardo Cueva Jiménez
FINANCIERO MUNICIPALJEFE DE RENTAS, AVALÚOS Y CATASTROS MUNICIPALES
000720
82-RAC-2011
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 19 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 4 16.00 64.00
U 1 20.00 20.00
10.08
Plazo de entrega 3 DÍAS 94.08
2 2 02 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
122.53.08.04
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TOTAL
UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
84.00NOVENTA Y CUATRO CON 082/100
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DÓLARES DE LOS ESTADOS 0% IVA
ZÚÑIGA SOSA WILSON HERNAN RUC: 1718214404001 FECHA: 19/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
SELLOS
SELLOS
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE SELLOS: PARA UTILIZAR EN LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE COMPRAS PÚBLICAS DEL
MUNICIPIO DE QUIJOS.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Anlsta. Oswaldo Armas
f.)………………………………………………….
13 de octubre de 2011
Ing. Leonardo Cueva Jiménez
FINANCIERO MUNICIPALJEFE DE ADQUISICIONES Y COMPRAS PÚBLICAS
000721
ACP-GADMQ-200
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 19 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 7 245.00 1715.00
U 1 10.00 10.00
207.00
Plazo de entrega 2 DÍAS 1,932.00
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No 0148 No No No 00242 No 01021 No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE OFICINA: PARA UTILIZAR EN LAS DIFERENTES OFICINAS
MUNICIPALES.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
NICOLALDE MORENO WASHINGTON PATRICIO RUC: 1709693640001 FECHA: 20/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
TONER LEXMARK E360H11L
TECLADO USB
1,725.00 MIL NOVECIENTOS TREINTA Y
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DOS CON 00/100 DÓLARES DE LOS DESCUENTO 0%
TOTAL
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
122.53.08.09
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Ing. Com. Leonardo Cueva Jiménez
f.)………………………………………………….
02 de diciembre de 2011
Ing. Com. Leonardo Cueva Jiménez
FINANCIERO MUNICIPALDIRECTOR FINANCIERO MUNICIPAL
000722
596-GMCQ-DFM
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 20 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
0.00
Plazo de entrega 1 DÍA 0.00
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE LUBRICANTES: PARA UTILIZAR EN LA MAQUINARIA MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
Espacio para Compras Públicas
RUC: FECHA: 20/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
0.00Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DE LOS ESTADOS UNIDOS DESCUENTO 0%
TOTAL
DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
f.)………………………………………………….
14 de octubre de 2011
000723
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 05 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 2 80.00 160.00
Plazo de entrega 2 DÍAS 160.00
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 0000528 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.05.05
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TOTAL
UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
160.00 CIENTO SESENTA CON 00/100
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DÓLARES DE LOS ESTADOS DESCUENTO 0%
PUGA CAJAS OSWALDO MESÍAS RUC: 0100808716001 FECHA: 21/12/2011
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
RECORRIDO CON LOS ESTUDIANTES DESDE COSANGA - BAEZA -
BORJA Y VICEVERSA.
f.) …………………………………..
SERVICIO DE TRANSPORTE: PARA MOVILIZACIÓN DE LOS ESTUDIANTES DESDE COSANGA - BAEZA -
BORJA Y VICEVERSA LOS DÍAS 8 Y 9 DE DICIEMBRE DE 2011.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Dr. Wilson Gutiérrez
f.)………………………………………………….
06 de diciembre de 2011
Ing. Alfredo Lema
DE OBRAS PÚBLICAS - ENCARGADODIRECTOR DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES
000724
372-GADMQ-DECD
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 21 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 2 100.00 200.00
Plazo de entrega 2 DÍAS 200.00
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 001073 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.05.05
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
200.00 DOSCIENTOS CON 00/100
DÓLARES DE LOS ESTADOS DESCUENTO 0%
TOTAL
UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
SUBTOTALCondición de pago:
SON:
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
RECORRIDO CON LOS ESTUDIANTES DESDE PAPALLACTA -
BAEZA - BORJA Y VICEVERSA.
f.) …………………………………..
SERVICIO DE TRANSPORTE: PARA MOVILIZACIÓN DE LOS ESTUDIANTES DESDE PAPALLACTA - BAEZA -
BORJA Y VICEVERSA LOS DÍAS 8 Y 9 DE DICIEMBRE DE 2011.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
MORALES VEGA WILSON RODRIGO RUC: 1710374255001 FECHA: 21/12/2011
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Dr. Wilson Gutiérrez
f.)………………………………………………….
06 de diciembre de 2011
Ing. Alfredo Lema
DE OBRAS PÚBLICAS - ENCARGADODIRECTOR DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES
000725
372-GADMQ-DECD
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 21 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 1 83.98 83.98
U 10 1.79 17.90
12.23
Plazo de entrega 1 DÍA 114.11
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
ROLLO ALAMBRE GEMELO 2 X 12
TOMACORRIENTES C/PLACA
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE MATERIAL ELÉCTRICO: PARA UTILIZAR EN EL EVENTO TURÍSTICO DEL SEGUNDO
CAMPEONATO NACIONAL DE RAFTING QUIJOS 2011.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
TITO ALVARADO ANA LUCÍA RUC: 1706538285001 FECHA: 22/12/2011
101.88 CIENTO CATORCE CON 11/100
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DÓLARES DE LOS ESTADOS DESCUENTO 0%
TOTAL
UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Lic. Ricardo Minga
f.)………………………………………………….
01 de noviembre de 2011
Lic. Ricardo Minga
DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLEDIRECTOR DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE
000726
833-GADMQ-DPDS
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 22 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
HORAS 4 25.00 100.00
12.00
Plazo de entrega 4 HORAS 112.00
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 0000461 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
AMPLIFICACIÓN PARA INAUGURACIÓN DE JUEGOS DEPORTIVOS
EN BAEZA.
f.) …………………………………..
SERVICIO DE AMPLIFICACIÓN: PARA EL EVENTO DE INAUGURACIÓN DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS CON
EQUIPOS DE TRES PROVINCIAS.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
RUIZ AVILA ADRIANA EUFRACIA RUC: 1500365752001 FECHA: 22/12/2011
100.00 CIENTO DOCE CON 00/100
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DÓLARES DE LOS ESTADOS DESCUENTO 0%
TOTAL
UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
211.73.02.05.06
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Dr. Wilson Gutiérrez
f.)………………………………………………….
01 de diciembre de 2011
Dr. Wilson Gutiérrez
DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTESDIRECTOR DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES
000727
375-GADMQ-DECD
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 22 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 1 200.00 200.00
U 1 200.00 200.00
Plazo de entrega 2 DÍAS 400.00
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 001072 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
f.) …………………………………..
SERVICIO DE TRANSPORTE: PARA MOVILIZACIÓN DE LOS DEPORTISTAS DESDE LA CIUDAD DE
SANGOLQUI HASTA BAEZA Y VICEVERSA, PARA EL EVENTO LA POSTA ATLÉTICA RUTA DE JUMANDI.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
MORALES VEGA WILSON RODRIGO RUC: 1710374255001 FECHA: 22/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
SÁBADO 17 DE DICIEMBRE: MOVILIZACIÓN CON DEPORTISTAS
BAEZA - SANGOLQUI - BAEZA
DOMINGO 18 DE DICIEMBRE: RECORRIDO CON DEPORTISTAS
BAEZA - PAPALLACTA - CUYUJA - SANTA ROSA - EL CHACO -
SARDINAS - SAN FRANCISCO DE BORJA - BAEZA SANGOLQUI
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL 400.00
CUATROCIENTOS CON 00/100
DÓLARES DE LOS ESTADOS DESCUENTO 0%
TOTAL
UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
211.73.02.05.06
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Dr. Wilson Gutiérrez
f.)………………………………………………….
16 de diciembre de 2011
Dr. Wilson Gutiérrez
DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTESDIRECTOR DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES
000728
386-GADMQ-DECD
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 22 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 3 25.75 77.25
Plazo de entrega 1 DÍA 77.25
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 0001748 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
313.73.08.14.01
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TOTAL
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
77.25 SETENTA Y SIETE CON 25/100
DÓLARES DE LOS ESTADOS DESCUENTO 0%
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE INSUMOS: PARA UTILIZAR EN LA ALIMENTACIÓN DE LAS AVESTRUCES DE LA GRANJA
INTEGRAL MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
SANTOS BASTIDAS JOFRE RODRIGO RUC: 0401110499001 FECHA: 26/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
BROILER POSTURA
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. Jaime Rodríguez
f.)………………………………………………….
21 de diciembre de 2011
Lic. Ricardo Minga
DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLECOORDINADOR DE PROYECTOS
000729
986-GMQ-DPDS
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 26 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
M2 29.27 5.31 155.42
KG 17.31 2.09 36.18
M3 0.21 201.63 42.34
M2 5.27 13.21 69.62
M2 16.07 7.79 125.19
M2 13.64 3.66 49.92
M2 20.93 6.49 135.84
M2 18.75 28.80 540.00
U 1 78.21 78.21
M2 97.95 3.03 296.79
M 23.40 13.31 311.45
M2 6.71 73.41 492.58
M 58.50 15.44 903.24
PTO 10 20.58 205.80
M2 20.93 8.43 176.44
434.28
Plazo de entrega 15 DÍAS 4,053.30
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
MAMPOSTERIA DE BLOQUE e= 15cm
f.) …………………………………..
PRESTACIÓN DE SERVICIOS: PARA LA AMPLIACIÓN DE LAS OFICINAS DEL DEPARTAMENTO DE OBRAS
PÚBLICAS DEL GAD MUNICIPAL DE QUIJOS.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
CEVALLOS AMPUDIA PABLO VICENTE RUC: 1500228026001 FECHA: 22/12/2011
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
MANO DE OBRA MAS MATERIAL:
MASILLADO Y ALISADO DE PISO
ACERO DE REFUERZO
HORMIGON SIMPLE EN VIGAS INTERMEDIAS
ENLUCIDO VERTICAL LISO
DERROCAMIENTO DE MAMPOSTERIA
DESMONTAJE DE VENTANAS DE ALUMINIO
VIDRIO CLARO 6mm + PAPEL CONTAC
TABLERO DE CONTROL DE SEIS BREAKERS
PINTURA DE CAUCHO
ACOMETIDA ELÉCTRICA 2TW Nº 8
VENTANAS DE ALUMINIO ECONÓMICO + VIDRIO 4 mm
TUBO CUADRADO 100X100X2mm
INST. ELECTRICAS EMPOTRADAS (TOMACORRIENTES)
REUBICACIÓN DE VENTANAS EXISTENTES
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL 3,619.02
CUATRO MIL CINCUENTA Y
TRES CON 30/100 DÓLARES DE DESCUENTO 0%
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
TOTAL
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.75.01.07.16
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
ÍNFIMA CUANTÍA
CONTRAENTREGA
Ing. Civil Manuel Báez
f.)………………………………………………….
22 de diciembre de 2011
Ing. Alfredo Lema
DE OBRAS PÚBLICAS - ENCARGADOTÉCNICO DE LA UNIDAD DE PROYECTOS
000730
2500-GADMQ-OO.PP/2011
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 22 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
DIRECTOR FINANCIERO MUNICIPAL RUC: 1500228026001
Ing. Com. Leonardo Cueva Jiménez Cevallos Ampudia Pablo Vicente
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 2 40.00 80.00
9.60
Plazo de entrega 2 DÍAS 89.60
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
355.73.08.04
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
DÓLARES DE LOS ESTADOS DESCUENTO 0%
TOTAL
UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
80.00 OCHENTA Y NUEVE CON 60/100
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
CARTUCHOS DE TINTA HP Nº 10 NEGRO INK CARTRIDGE
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE OFICINA: PARA UTILIZAR EN LA OFICINA DE OBRAS PÚBLICAS.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
NICOLALDE MORENO WASHINGTON PATRICIO RUC: 1709693640001 FECHA: 28/12/2011
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. Eduardo Guaján
f.)………………………………………………….
14 de diciembre de 2011
Ing. Alfredo Lema
DE OBRAS PÚBLICAS - ENCARGADOTÉCNICO DIBUJANTE
000731
2418-GADMQ-OO.PP/2011
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 28 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.
Solicitado Por: Ing. Javier Molina Cepeda.Autorizado Por:
En su calidad de: DIRECTOR
Trámit No
Fecha de emisión: Consta en el POA Consta en el PAC
OBJETO:
Señor (es)
UNIDAD CANT.P.
UNIT.
P.TOTAL
PARCIAL
U 1 16.63 16.63
U 6 0.16 0.96
U 30 1.34 40.20
U 2 4.91 9.82
8.11
Plazo de entrega 1 DÍA 75.72
2 2 0
2 2
PROFORMA 1 PROFORMA 2 PROFORMA 3
No 000013370 No No No No No No No
PARTIDA PRESUPUESTARIA No
Observación:
FECHA:
Observación:
FECHA:DIRECTOR FINANCIERO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE QUIJOS
f.)………………………………………………….
Espacio para la Dirección Financiera
313.75.01.07.19
DIRECTOR FINANCIERO
AUTORIZADO PROCEDA CON EL TRÁMITE DE ADQUISICIÓN Y PAGO RESPECTIVO
TIPO DE PROCESO SEGÚN LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
FACTURACUADRO
COMPARATIVO
RÉGIMEN
ESPECIALPROFORMA ÚNICA
SOLO INFIMA CUANTÍA RESOLUCIÓN
EMERGENTE
DÓLARES DE LOS ESTADOS DESCUENTO 0%
TOTAL
UNIDOS DE AMÉRICA REFERENCIAL 12% IVA
67.61 SETENTA Y CINCO CON 72/100
Condición de pago:
SON:SUBTOTAL
DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MATERIALES Y/O PRESTACIÓN
DE SERVICIOS (CALIDAD MARCA)
CAJA TERMICA 2 SERVICIOS
TACOS C/TIRAFONDOS
CABLE SÓLIDO Nº 8
BREAKERS 60 AMP.
f.) …………………………………..
ADQUISICIÓN DE MATERIAL ELÉCTRICO: PARA UTILIZAR EN LA INSTALACIÓN DEL SISTEMA ELÉCTRICO
EN LA GRANJA INTEGRAL MUNICIPAL.
Proveedor Seleccionado para suministrar los siguientes bienes y/o servicios: Espacio para Compras Públicas
TITO ALVARADO ANA LUCÍA RUC: 1706538285001 FECHA: 28/12/2011
Espacio para la Unidad Requirente
GOBIERNO MUNICIPALFORMULARIO No.1
(REQUERIMIENTO DE)
A de B y/o P.S.DE QUIJOSORDEN DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
ÍNFIMA CUANTÍA
CRÉDITO
Sr. Jaime Rodríguez
f.)………………………………………………….
26 de diciembre de 2011
Lic. Ricardo Minga
DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLEADMINISTRADOR DE LA GRANJA MUNICIPAL
000732
996--GADMQ-DPDS
- El presente compromiso se suscribe en tres ejemplares originales, el día de hoy 28 de diciembre de 2011.
7.- Todo bien ingresado a bodega deberá ser inmediatamente en el kardex For. 6 "Tarjeta de Bodega" y todo egreso
For. 7 " Orden de Egreso de Bodega".
8.- Los servicios prestados o los bienes transferidos estarán garantizados por el proveedor.
9,- El proveedor o prestador de servicios se constituirá en mora por el mero retardo, sin que sea necesario el
requirimiento judicial; y el pago por multa diaria será el del 1X1000 del monto del contrato.
10.- Para el caso de mora, sin perjuicio de los derechos que le confiere el Art. 1568 del Código Civil el Gobierno
Municipal de Quijos tendrá derecho a reclamar el interés de mora correspondiente a las devoluciones a que tuviere
derecho.
11.- Para caso de controversias las partes de común acuerdo utilizarán los procesos de arbitraje y mediación para la
cual se sujetan al Tribunal de Arbitraje y Mediación de la Procuraduría General del Estado. Todos los gastos, costos
precesales, honorario del abogado y árbitros serán cubiertos por la parte vencida.
12.- Todas las cláusulas y condiciones impresas en las cartas de los proveedores será nulas y no tenidas en cuenta por
el Municipio en cuanto pueden ser contrarias o no se ajusten a cualquiera de las condiciones generales aquí expresadas.
13.- El lugar del pago se entiende será siempre la localidad que se indique en esta orden.
14.- El Gobierno Municipal de Quijos, actuará como agente de retención de los impuestos fiscales y tasas municipales
correspondientes.
15.- En el caso de la prestación de un servicio, solo se requerirá de los formularios 1,2,y3, y para liquidar los valores de
la obra se agregará a la presente orden, el acta de finiquito de la prestación del servicio y las planillas de avance.
16.- El proveedor o prestador del servicio es para con sus empleados y trabajadores Patrono, en consecuencia el
Municipio no adquiere ninguna obligación ni relación de dependencia laboral, ni de Seguros Sociales con los mismos.
6,- La liquidación de los valores correspondientes a los bienes recibidos en bodegas y que han cumplidos con los
requisitos de inspección, efectuará en el For. 5 " Ingreso de Materiales a Bodega" con las firmas de recepción del
Bodeguero o Guardalmacén, abastecedor, proveedor y del autorizador del pago.
Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía
sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se los realizará de forma directa con un proveedor selecionado
por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la
correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su
responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.- Esta orden de adquisición de bienes y/o servicios es personal y no puede transferirse a terceras personas.
2.- Este compromiso genera obligaciones previas y futuras entre las partes.
3.- Las especificaciones de esta orden estipuladas en el amverso están determinadas en cantidades y calidades idénticas
a las expresadas en el For. 1 " solicitud de bienes o servicios" previamente elaborada y enviadas a tres proveedores
certificados para que presenten sus cotizaciones, documento que adjunta a esta orden, y en la proforma o cotización
presentada por el adjudicatario suscriptor de esta orden, que consta en el For. 2 "Cuadro comparativo" que también se
adjunta a esta orden con las demás proformas.4.- El Guardalmacén y encargado de la Unidad Administrativa Municipal de Adquisición y Residente Director Técnico de
la obra, verificarán la concordancia de los bienes o servicios constante, con los For. 1 " solicitud de bienes o servicios
requeridos" y For. 3 "orden de adquisición de bienes y/o servicios", con la correspondiente factura que contendrá el
RUC, SRI; y con la nota de entrega si la hubiere.
5.- Si se presentaren novedades, la Institución se reserva el derecho de devolver y utilizará el For. 4 " Observaciones a
los pedidos" y notificará al Proveedor y al contador para anular el pedido e impedir el pago.