glosario de tÉrminos ambientales y de legislaciÓn ambiental

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  • 8/9/2019 GLOSARIO DE TRMINOS AMBIENTALES Y DE LEGISLACIN AMBIENTAL

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    Glosario de trminos ambientales y de

    legislacin ambiental de Costa Rica

    Documento elaborado porHomer Dvila G.

    Gegrafo, mster en geologa.Geo Group Resources & Projects S.A.

    [email protected]

    www.geogroupcr.com

    http://www.geogroupcr.com/http://www.geogroupcr.com/http://www.geogroupcr.com/
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    Glosario de trminos Ambientales y de legislacin ambiental de Costa Rica

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    El presente documento recopila un amplio glosario de trminos ambientales ligados con la

    legislacin ambiental costarricense.

    Ha sido elaborado tomando en cuenta la legislacin ambiental vigente en el pas, y ms

    propiamente se ha empleado la siguiente fuente de informacin:

    AGUASCDIGO DE

    IDENTIFICACIN INSTRUMENTO JURDICO NMERO Y

    PROMULGACINPUBLICACIN

    1.1 Ley de aguas No. 276 de 27de agosto de1942

    Publicada en LaGaceta No. 190de 28 de agostode 1942

    1.2 Ley general de agua potable No. 1634 de18 deseptiembre de1953

    Publicada en LaGaceta del 2 deoctubre de 1953

    1.3 Ley Constitutiva del InstitutoCostarricense de Acueductosy Alcantarillados

    No. 2726 Publicada el 20

    de abril de 1961

    1.4 Ley de creacin del servicionacional de aguas riego yavenamiento (SENARA)

    No. 6877 de18 de julio de1983

    La Gaceta No.143 del 29 de juliode 1983

    1.6 Normas para el Diseo deProyectos de Abastecimientode Agua Potable en CostaRica

    No. 2001-248 Publicado en LaGaceta No. 185de 26 deseptiembre del2001

    1.7 Principios que rigen la PolticaNacional en Materia de

    Gestin de Recursos hdricos

    No. 30480 Publicado en LaGaceta No. 112

    de 12 de junio del2002

    1.8 Reglamento para la calidadde agua potable

    25991 - S 27 de mayo de1997

    1.9Reglamento de perforacin yexplotacin de aguassubterrneas

    30387MINAE MAG

    La Gaceta No.104 31 de mayodel 2002

    Suelo/SubsueloCDIGO DE

    IDENTIFICACIN

    INSTRUMENTO

    JURDICO

    NMERO Y

    PROMULGACIN

    PUBLICACIN

    2.1 Ley deconstrucciones

    Decreto LeyNo. 833 de 2de noviembrede 1949.

    Ao 1949, sem 2, tom2, pg. 637

    2.2 Ley orgnica delconsejo nacional deproduccin

    No. 2035 Modificadantegramente por laLey No. 6050 de 14 demarzo de 1977

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    3

    2.3 Ley de tierras ycolonizacin

    No. 2825 Publicada en LaGaceta No. 242 de 25de octubre de 1961

    2.4 Ley de planificacinurbana

    No. 4240 de15 denoviembre de

    1968

    Publicada en LaGaceta No. 274 de 30de noviembre de 1968

    2.5Ley General deCaminos Pblicos

    No. 5060 Publicada en LaGaceta No. 158 de 5 deseptiembre de 1972

    2.6 Ley sobre la zonamartimo terrestre

    No. 6043 de 2de marzo de1977

    Publicada en AlcanceNo. 36 a La Gaceta No.52 de 16 de marzo de1977

    2.7 Cdigo de minera No. 6797 de 4de octubre de1982

    Publicada en LaGaceta No. 230 de 3 dediciembre de 1984

    2.8 Ley de uso, manejo y

    conservacin desuelos

    No. 7779 de

    30 de abril de1998

    Publicado en La

    Gaceta No. 97 del 21mayo de 19982.9 Reglamento a la ley

    sobre la zonamartimo terrestre

    DecretoEjecutivo No.7841-P de 16de diciembrede 1977

    Publicado en elAlcance No. 16 a LaGaceta No. 20 de 27 deenero de 1977

    2.10 Reglamento para elcontrol nacional defraccionamientos yurbanizaciones

    ReglamentoNo. 3391,aprobado ensesin No.3391 del 13 dediciembre de

    1982.

    Ao 1983, sem 1, tom2, pg. 201

    2.11 Reglamento deconstrucciones

    Reglamento ala Ley dePlanificacinUrbana No.4240

    Publicado en LaGaceta No. 56, Alcance17 del 22 de marzo de1983

    2.12 Metodologa para ladeterminacin de lacapacidad de uso delas tierras de costarica

    23214-MAG MIRENEM

    6 de junio de 1994

    2.13 Reglamento a la leyde uso, manejo y

    conservacin desuelos

    DecretoEjecutivo No.

    29375 MAG-MINAE-S-HACIENDA-MOPT de 8 deagosto del2000

    Publicado en LaGaceta No. 57 de 21 de

    marzo del 2001

    2.14 Reglamento alcdigo de minera

    DecretoEjecutivo No.29300-MINAEde 8 de febrero

    Publicado en LaGaceta No. 54 de 16 demarzo del 2001

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    2.25Reglamento para elTrmite de visado deplanos para laconstruccin deedificaciones en lazona martimo

    terrestre

    No. 29307MP JMIVAH SMEIC - TUR

    Publicado en LaGaceta No. 36 de 20 defebrero del 2001

    Biotopos y EcosistemasCDIGO DE

    IDENTIFICACININSTRUMENTO JURDICO NMERO Y

    PROMULGACINPUBLICACIN

    3.1 Ley del servicio de parquesnacionales

    No. 6084 del 24de agosto de1977.

    Ao 1977, sem 2, tom2, pg. 473.

    3.2 Ley de conservacin de lavida silvestre

    No. 7317 de 30de octubre de1992

    Publicada en LaGaceta No. 235 de 7de diciembre de 1992

    3.3 Ley forestal No. 7575 de 13de febrero de1996

    Publicada en Alcancea La Gaceta No. 72 de16 de abril de 1996

    3.4 Reglamento a la ley forestal Decreto EjecutivoNo. 25721-MINAE de 17 deoctubre de 1996

    Publicado en LaGaceta No. 16 de 23de enero de 1997

    3.5 Reglamento para elaprovechamiento delrecurso forestal en lasreservas indgenas

    Decreto EjecutivoNo. 26511-MINAE del 10 de

    junio de 1997

    Publicado en LaGaceta No. 244 de 18de diciembre de 1997

    3.6 Reglamento a ley deconservacin de la vidasilvestre

    Decreto EjecutivoNo. 26435-MINAE del 01 deoctubre de 1997

    Publicado en LaGaceta No. 233 de 3de diciembre de 1997

    3.7 Reglamento a la ley deproteccin fitosanitaria

    Decreto EjecutivoNo. 26921-MAGde 20 de marzode 1998

    Publicado en laGaceta No. 98 del 22de mayo de 1998

    3.8 Ley de Biodiversidad No. 7788 de 30abril de 1998

    Publicado en LaGaceta No. 101 de 27de mayo de 1998

    3.9 Principios, criterios eindicadores para el manejo

    forestal y la certificacin enCosta Rica

    Decreto No.27388-MINAE de

    18 de septiembrede 1998

    Publicado en LaGaceta No. 212 de 2

    de noviembre de 1998

    3.10 Manual de Procedimientospara el Pago de ServiciosAmbientales

    ReglamentoFONAFIFO

    Publicado en LaGaceta No. 46 de 5 demarzo del 2004

    3.11 Reglamento paraaprovechamiento delrecurso forestal en lasreservas indgenas

    No. 26511-MINAE

    Publicado en LaGaceta No. 244 de 18de diciembre de 1997

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    3.12 Convencin sobre el MarTerritorial y la ZonaContigua

    No. 5031 Publicada en 12 deagosto de 1972

    3.13 Convencin para laProteccin de la Flora,Fauna y Bellezas Escnicas

    Naturales de los pases deAmrica

    No. 3763 del 19de octubre de1966

    Ao 1966, sem 2, tom2, pg. 553

    3.14 Ley Convenio sobreDiversidad Biolgica.Acepta y ratifica el conveniosobre Diversidad Biolgica

    Ley No. 7416

    DE. No. 23606

    La Gaceta No. 143 del28 de julio del 1994.

    LG No. 171 del 8-9-943.15 Convenio sobre

    conservacin deecosistemas y plantacionesforestales

    No. 7572 del 1 defebrero de 1996

    L.G. No. 47 del 6 demarzo de 1996

    AireCDIGO DE

    IDENTIFICACININSTRUMENTO JURDICO NMERO Y

    PROMULGACINPUBLICACIN

    4.1 Ley cercas divisorias yquemas

    No. 121 del 26 deoctubre de 1909.

    Ao 1909, sem 2, tom2, pg. 326

    4.2 Reglamento sobre inmisinde contaminantesatmosfricos.

    Decreto ejecutivoNo. 30221-S.

    Alcance No. 25 a LG#57 21-MAR-2002.

    4.3 Aprobacin del protocolo deKyoto de la convencin marco

    de las naciones unidas sobreel cambio climtico

    No. 8219 de 8 demarzo del 2002

    Publicado en LaGaceta No. 127 de 3

    de julio del 2002

    4.4 Reglamento sobre emisin decontaminantes atmosfricosprovenientes de calderas.

    Decreto ejecutivoNo. 30222-S

    Publicado en LaGaceta N 104 del 31de mayo 2002.

    4.5 Reglamento para el control dela contaminacin por ruido

    Decreto EjecutivoNo. 28718-S de15 de junio del2000

    Publicado en LaGaceta No. 155 de 14de agosto del 2000

    4.6 Reglamento para el Controlde la Contaminacin porRuido

    No. 28718-S Publicado en LaGaceta No. 155 de 14de agosto del 2000

    4.7 Reglamento sobre emisin de

    contaminantes atmosfricosprovenientes de calderas

    30222 S

    MINAE

    La Gaceta No. 60 26

    de marzo del 2002

    4.8LEY GENERAL DE SALUD

    No. 5395de 30 de octubrede 1973

    Publicada en LaGaceta No. 222 de 24de noviembre de 1973

    4.9 Reglamento sobre proteccincontra las radiacionesionizantes

    24037 S Publicado en LaGaceta No. 48 del 8 demarzo de 1995

    4.10 Ley bsica de energa No. 4383 del 18 Ao 1969, sem 2, tom

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    atmica para usos pacficos de agosto de1969

    1, pg. 260

    4.11 Estatuto del OrganismoInternacional de EnergaAtmica

    No. 3440 del 26de octubre de1964

    Ao 64, sem 2, tom 2,pg. 743

    4.12 Dictamen Procuradura No. C 045 98 Del 18 de febrero de

    19984.13 Dictamen Procuradura No. C 199 98 Del 25 de septiembrede 1998

    4.14 Art. 369 LEY GENERAL DESALUD

    Ley No. 5395 Publicada en LaGaceta No. 222 de 24de noviembre de 1973

    4.15 Reglamento sobre inmisinde contaminantesatmosfricos

    30221 S Alcance No. 25 a LaGaceta No. 57 21 demarzo del2002.

    4.16 Depuracin del ambienteatmosfrico de San Jos

    30287 RE La Gaceta No. 77 23de abril del 2002.

    EnergaCDIGO DE

    IDENTIFICACININSTRUMENTO JURDICO NMERO Y

    PROMULGACINPUBLICACIN

    5.1 Ley de hidrocarburos No. 7399 de 3 demayo de 1994

    La Gaceta No. 95 de18 de mayo de 1994

    5.2 Regulacin del uso racionalde la energa

    Ley No. 7447De 25 de octubrede 1994

    Publicada en LaGaceta No. 236 de 13de diciembre de 1994

    5.3 Reglamento del transporte yacarreo de derivados delpetrleo

    No. 24813MINAE

    Alcance No. 103 a LaGaceta No. 246 20 dediciembre 20 de 1999

    5.4 Reforma Regulacin del

    Sistema Nacional deComercializacin deCombustible

    No. 25078

    MINAE

    La Gaceta No. 79 25

    de abril de 1996

    5.5 Reglamento para laregulacin del sistema dealmacenamiento ycomercializacin dehidrocarburos

    No. 30131MINAE S

    La Gaceta No. 43 1de marzo del 2002

    5.6 Reforma al reglamentotcnico RTCR248:1997Productos del petrleo,cementos asflticos

    No. 30911MEIC - MOPT

    Alcance No. 1 a LaGaceta No. 7 10enero del 2003.

    5.7 Reglamento para la

    distribucin de combustiblesderivados de hidrocarburossin punto fijo de venta(peddles)

    No. 31502

    MINAE S

    La Gaceta No. 235 5

    de diciembre del2003

    5.8 Reglamento de requisitos,condiciones y controles parala utilizacin de combustiblesalternos en los hornoscementeros

    31837 S La Gaceta No.120 21de junio del 2004

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    HumanoCDIGO DE

    IDENTIFICACININSTRUMENTO JURDICO NMERO Y

    PROMULGACINPUBLICACIN

    6.1 Ley que regula la propiedad,explotacin y comercio dereliquias arqueolgicas

    No. 6703 del 28

    de diciembre de1981

    L.G. No. 12 del 19 de

    enero de 1982

    6.2 Cdigo de trabajo No. 2 de 23 deagosto de 1943

    Publicado en LaGaceta No. 192 de 29de agosto de 1943

    6.3 Recomendaciones sobre alconservacin de los bienesculturales que al ejecucinde obras publicas oprivadas pueda poner enpeligro

    Ley No. 4711 del6 de enero de1971

    Ao 1971, sem 1, tom1, pg. 13

    6.4 Convencin sobre laproteccin mundial, cultural

    y natural

    Ley No 5980 del16 de noviembre

    de 1972

    Ao 1976, sem 2, tom4, pg. 1284

    6.5 Convencin sobre dedefensa del patrimonioarqueolgico, histrico yartstico de la naciones

    Ley No. 6360 del5 de setiembrede 1979

    Ao 1979, sem 2, tom3, pg. 868

    6.6 Convencin para laproteccin del patrimoniocultural y natural

    Ley No. 5980 de26 de octubre de1976

    Publicada en LaGaceta No. 246 de 24de diciembre de 1976

    6.7 Patrimonio nacionalarqueolgico

    Ley No. 6703 de28 de diciembrede 1981

    Publicado en LaGaceta No. 12 de 19de enero de 1982

    6.8 Ley sobre riesgos deltrabajo

    No. 6727 de 24de marzo de

    1982

    Publicada en LaGaceta No. 57 de 24

    de marzo de 19826.9 Ley de patrimonio histrico-

    arquitectnico de CostaRica

    Ley No. 7555 de20 de octubre de1995

    Publicado en LaGaceta No. 199 de 20de octubre de 1995

    6.10 Reglamento de seguridadde constructores

    D.E. No. 25235MTSS del 5 defebrero de 1996

    L.G. No. 122 del 27-6-96

    6.11 Reglamento de la ley no.7600 sobre la igualdad deoportunidades para laspersonas con discapacidad

    Decreto EjecutivoNo. 26831-MP de23 de marzo de1998

    Publicado en LaGaceta No. 75 de 20de abril de 1998

    6.12 Reglamento de losderechos de va y publicidadexterior

    Decreto EjecutivoNo. 29253-MOPTde 20 dediciembre de2000

    Publicado en LaGaceta No. 25 de 5 defebrero del 2001

    6.13 Reglamento General deSeguridad e Higiene deTrabajo

    D. E. No. 1 del 2de enero de 1967

    Ao 1967, sem 1, tom1, pg. 3

    6.14 Reglamento sobre lasOficinas o Departamentos

    No. 27434-MTSS La Gaceta No. 229 25de noviembre de 1998

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    de Salud Ocupacional

    6.15 Aprobacin Del ProtocoloAdicional A La ConvencinAmericana Sobre DerechosHumanos En Materia DeDerechos Econmicos,

    Sociales Y Culturales"Protocolo De SanSalvador"

    Ley No. 7907 de3 de septiembrede 1999

    Publicado en LaGaceta No. 190 de 30de septiembre de1999

    6.16 Convencin Americanasobre Derechos Humanos

    Ley No. 4534 de23 de febrero de1970

    Publicada en LaGaceta No. 62 de 14de marzo de 1970

    6.17 Convencin Do Belem doPar

    Ley No 7499 de 9de junio de 1994

    Publicado en LaGaceta No. 123 de 28de junio de 1995

    6.18 Pacto Internacional deDerechos Civiles y Polticos

    No. 4229 Adoptado y abierto ala firma, ratificacin yadhesin por laAsamblea General en

    su resolucin 2200 A(XXI), de 16 dediciembre de 1966Entrada en vigor: 23de marzo de 1976, deconformidad con elartculo 49

    6.19 Segundo ProtocoloFacultativo del PactoInternacional de DerechosCiviles

    No. 7750 Publicado en laGaceta No. 54 de 18de marzo de 1998

    6.20 Declaracin Universal deDerechos Humanos(Adoptada y proclamada porla Asamblea General en suresolucin 217 A (III), de 10de diciembre de 1948)

    InstrumentoInternacional 217del 10 dediciembre de1948

    No tiene fecha depublicacin

    6.21 Proclamacin del Tehern Proclamada porla ConferenciaInternacional deDerechosHumanos enTehern el 13 demayo de 1968

    No existe convenioratificado por CostaRica con ese nombre.En 1970 se firm elPacto de San Jos.Ley 4534.

    6.22 Reglamento de NormasTcnicas y Procedimientospara el MantenimientoPreventivo

    No. 2001-175 La Gaceta No. 154 13de agosto del 2001

    6.23 Convencin para laproteccin del PatrimonioMundial, Cultural y Natural

    Ley No 5980 Publicada en LaGaceta No. 246 de 24de diciembre de 1976

    6.24 Convenio OIT 148:Proteccin de lostrabajadores contra losriesgos profesionalesdebidos a la contaminacin

    Ley No. 6550 del18 de marzo de1981

    Ao 1981, sem 1, tom1, pg. 48

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    10

    del aire, ruidos y vibracionesen el lugar de trabajo

    6.25 Ley N. 7 que regula lapropiedad, el control de laExplotacin y comercio,posesin de los objetos

    arqueolgicos ymonumentos.

    Ley N 7 de 6 deoctubre de 1938.

    6.26 Reglamento a la Ley sobreel control de la Explotaciny Comercio de ReliquiasArqueolgicas N 7 de 6 deoctubre de 1938.

    Decreto N.14 de20 de diciembre

    de 1938.

    Residuos slidos y lquidosCDIGO DE

    IDENTIFICACININSTRUMENTO JURDICO NMERO Y

    PROMULGACINPUBLICACIN

    7.1 Convenio de Basileasobre el control de losmovimientostransfronterizos de losdesechos peligrosos ysu eliminacin

    Ley No. 7438 del 6de octubre de 1994

    L.G. No. 220 del 18 denoviembre de 1994

    7.2 Incentivo de reciclaje dedesechos slidos

    orgnicos

    La Gaceta 142 del26 de julio de 1996

    7.3 Reglamento de vertido yreuso de aguasresiduales

    Decreto EjecutivoNo. 26042-S-MINAE de 14 deabril de 1997

    Publicado en La GacetaNo. 117 de 19 de juniode 1997

    7.4 Reglamento sobre elmanejo de basuras

    D.E. No.19049 Sdel 20 de junio de1989

    L.G. No. 129 del 7 dejulio de 1989

    7.5 Ley de reciclar y trataradecuadamentedesechos slidos deplstico

    La Gaceta 240 del 10 dediciembre de 1998

    7.6 Reglamento de creacin

    canon de vertidos.

    Reformado por elDecreto

    DE No. 31176 del

    22-4-03

    DE No. 31858 del2-6-04

    LG No. 122 26-6-03

    LG No. 127 del 30-6-04

    7.7 Reforma al reglamentode creacin del canonambiental por vertidos

    D.E. No. 31858 del2 de junio de 2004

    L.G. No. 127 del 30 dejunio de 2004

    7.8 Convenio para laprevencin de lacontaminacin del mar

    Ley No. 5566 del28 de agosto de1974

    Ao 74, sem 2, tom 1,pg. 386

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    por vertimiento dedesechos y otrasmaterias

    Amenazas/Riesgos Naturales y AntrpicosCDIGO DE

    IDENTIFICACIN

    INSTRUMENTO JURDICO NMERO YPROMULGACIN

    PUBLICACIN

    8.1 Ley que establece el CdigoAntissmico en obras civiles

    Ley No. 6119 del 9de noviembre de1977

    Ao 1977. sem 2, tom 4pg. 1323

    8.2 Rtcr 305: 1998 transporteterrestre de productospeligrosos. Sealizacin delas unidades de transporte

    terrestre de materiales yproductos qumicospeligrosos

    Decreto EjecutivoNo. 27008 de 20 demarzo 1998

    Publicado en AlcanceNo. 33 a La Gaceta No.128 de 3 de julio de1998

    8.3 Reglamento sobre uso, yfabricacin de materialespirotcnicos

    Decreto EjecutivoNo. 27502-S de 20de noviembre de1998

    Publicado en AlcanceNo. 92-A a La GacetaNo. 245 de 17 dediciembre de 1998

    8.4 Ley Nacional de Emergencia Ley No. 7914 del28 de setiembre de1999

    L.G. No. 199 del 13-10-99 Alc. 78

    8.5 Reglamento a la LeyNacional de Emergencia,Prevencin de Riesgos y

    Atencin de Emergencias

    D.E. No. 28445 MP del 3 de febrerodel 2000

    LG. No. 26 del 7-2-00Alc. 9

    8.6 Reglamento para laregulacin del sistema dealmacenamiento ycomercializacin dehidrocarburos

    Decreto EjecutivoNo. 30131-MINAE-S de 20 dediciembre del 2001

    Publicado en La GacetaNo. 43 de 1 de marzodel 2002

    8.7 Cdigo Ssmico de CostaRica (2002)

    No. 31553-MICIT-MOPT

    Publicado en La GacetaNo. 249 de 26 dediciembre del 2003

    8.8Reglamento para el Registrode Productos Peligrosos

    No. 28113-S La Gaceta No. 189 2 deoctubre del 2002

    8.9 Reglamento para la

    regulacin del Sistema dealmacenamiento

    No. 30131-MINAE Publicado en La Gaceta

    No. 43 de 1 de marzodel 20028.10 Convenio Centro de

    Coordinacin de DesastresNaturales en Centro AmricaCEPREDENAC

    No. 7512 La Gaceta No. 128 6 dejulio de 1995

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    Legislacin ambiental general administrativaCDIGO DE

    IDENTIFICACININSTRUMENTO JURDICO NMERO Y

    PROMULGACINPUBLICACIN

    9.1 Ley general de salud Ley No. 5395 de30 de octubre de1973

    Publicada en La GacetaNo. 222 de 24 denoviembre de 1973

    9.2 Ley orgnica delambiente

    Ley No. 7554 de4 de octubre de1996

    Publicada en La GacetaNo. 215 de 13 denoviembre de 1995

    9.3 Reglamento deprocedimientos delTribunal AmbientalAdministrativo

    D.E. 25084MINAE del 15 demarzo de 1996

    L.G. No. 80 del 26 de abrilde 1996

    9.4 Reforma de la Ley

    Orgnica del Ministerio deSalud

    Ley No. 7927 del

    12 de octubre de1999

    L.G. No. 215 del 5 de

    noviembre de 1999

    9.5 Reglamento sobrePolticas y Estrategiaspara la Modernizacin delTransporte

    No. 28337-MOPT La Gaceta No. 1, 3 deenero del 2000

    9.6 Reglamento de espaciospblicos, vialidad ytransporte

    AcuerdoMunicipal No. 15de Sesin No. 57de 3 de junio del2003

    Publicado en La GacetaNo. 127 de 3 de julio del2003

    9.7 Ley General deConcesin de Obras

    Pblicas con ServiciosPblicos

    No. 7762 Publicado en Alcance No.17 a la Gaceta 98, de 22

    mayo 1998

    Otra legislacin ms especficaCDIGO DE

    IDENTIFICACININSTRUMENTO JURDICO NMERO Y

    PROMULGACINPUBLICACIN

    10.1 Ley de trnsito por vaspblicas y terrestres

    No. 7331 Publicada en La GacetaNo. 76 de 22 de abril de1993

    10.2 Reglamento al artculo 5inciso b) de la ley de

    simplificacin y eficienciatributarias sobre lainversin pblica en la redvial cantonal

    Decreto EjecutivoNo. 30263-MOPT

    de 5 de marzodel 2002

    Publicado en La GacetaNo. 68 de 9 de abril del

    2002

    10.3 Reglamento orgnico delministerio de salud

    Decreto EjecutivoNo. 30921-S de 6de diciembre del2002

    Publicado en La GacetaNo. 3 de 6 de enero del2003

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    10.4 Reglamento general sobrelos procedimientos deevaluacin de impactoambiental (EIA)

    Decreto EjecutivoNo. 31849-MINAE-S-MOPT-MAG-MEIC de 24de mayo del2004

    Publicado en La GacetaNo. 125 de 28 de junio del2004

    10.5 Reglamento a la ley detrnsito ( para el inc. n)del Art. 31 de la Ley deTrnsito)

    D.E. No. 31686del 9 de febrerodel 2004

    L.G. No. 57 del 22 demarzo del 2004

    10.6 Reglamento a la LeyGeneral de Aduanas

    No. 25270-H Publicado en Alcance No.37 a La Gaceta No. 123 de28 de junio de 1996

    10.7 Reglamento del CdigoAduanero UniformeCentroamericano

    No. 31536-COMEX-H

    Publicado en La GacetaNo. 243 de 17 dediciembre del 2003

    A continuacin se presenta el glosario en orden alfabtico.

    Glosario

    1. Acta: Documento mediante el cual se dan recomendaciones de carcter tcnico, o biense hace constar el cumplimiento o no de recomendaciones o bien la ejecucin de medidasambientales de acuerdo con la Ley Orgnica del Ambiente y sus reglamentoscomplementarios.

    2. Actividad: Conjunto de operaciones o tareas propias de una persona o entidad. Puedetratarse de acciones de mbito diverso, tales como actividades econmicas, sociales, deplanificacin y educacin.

    3. Actividades, obras o proyectos nuevos: Actividades, obras o proyectos que pretendandesarrollarse con posterioridad a la entrada en vigencia de este reglamento. En el caso deactividades, obras o proyectos agropecuarios nuevos, se entendern por tales, aquellasactividades, obras o proyectos que impliquen un cambio de uso del suelo y pretendandesarrollarse con posterioridad a la entrada en vigencia de este reglamento.

    4. Acreditacin: Es el procedimiento por el cual la Administracin Pblica autoriza apersonas fsicas o jurdicas, pblicas o privadas, que cumplen con los requisitos, jurdicos,

    tcnicos y de idoneidad material y profesional exigidos en las normas vigentes, paraejecutar tareas especficas o proveer servicios especficos en el soporte total o parcial delcumplimiento de las obligaciones que impone el Estado.

    5. Acufero: estrato de suelo y roca, relativamente permeable, que contienen aguasubterrnea.

    6. Agroindustria: industrializacin de la actividad agrcola y pecuaria.

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    7. Ademado o Fortificacin: Mtodo de soportar el terreno usando estructuras de acero,madera, o concreto, colocados en tal forma que no se produzcan fallos del terreno ycausen hundimientos o desprendimiento de paredes hacia el foso.

    8. Agua subsuperficial: agua que fluye por debajo de la superficie del suelo, en la zona nosaturada de este.

    9. Agua subterrnea: masa continua de agua bajo tierra que llena los poros o vacos delsuelo y que puede moverse libremente por efecto de la gravedad.

    10. Agua superficial: agua que escurre sobre la superficie del terreno.

    11. Aguas pluviales: aguas provenientes de la precipitacin o lluvia.12. Aluviones: depsitos de diferentes materiales como arenas, limos y arcilla arrastrados

    por una corriente de agua y depositados en su cauce o en su alrededor forman unaespecie de cono o abanico.

    13. Ambiente: Son todos los elementos que rodean al ser humano, elementos geolgicos

    (roca y minerales); sistema atmosfrico (aire); hdrico (agua: superficial y subterrnea);edafolgico (suelos); biticos (organismos vivos); recursos naturales, paisaje y recursosculturales, as como los elementos socioeconmicos que afectan a los seres humanosmismos y sus interrelaciones.

    14. Ampliaciones de actividades, obras o proyectos sujetos a la EIA: Cambios en eldiseo original de la actividad, obra o proyecto, que impliquen una modificacin de lacategora de impacto ambiental potencial (IAP), hacia un nivel mayor, conforme a la listaincluida en el presente reglamento (Anexo No. 2).

    15. rea de Proteccin: Porcin de terreno que presenta restricciones de uso debido aaspectos tcnicos o jurdicos en la medida de que sirve para proteger un recurso natural

    dado.

    16. rea de Proyecto (AP): Espacio geogrfico en el que se circunscriben las edificacioneso acciones de la actividad, obra o proyecto, tales como las obras de construccin,instalaciones, caminos, sitios de almacenamiento y disposicin de materiales y otros. ElAP puede ser neta cuando el espacio ocupado por las edificaciones y acciones es igual alrea de la finca a utilizar, y se dice que es total cuando el rea de la finca a utilizar esmayor que el espacio de las obras o acciones a desarrollar.

    17. rea Ambientalmente Frgil (AAF): Espacio geogrfico que en funcin de suscondiciones de geoaptitud, de capacidad de uso del suelo, de ecosistemas que loconforman y su particularidad socio-cultural; presenta una capacidad de carga restringida

    y con algunas limitantes tcnicas que debern ser consideradas para su uso enactividades humanas. Tambin comprende reas para las cuales, el Estado, en virtud desus caractersticas ambientales ha emitido un marco jurdico especial de proteccin,reserva, resguardo o administracin.

    18. rea rural: Es el espacio territorial de mbito no urbano, perteneciente o relativo a la vidaen el campo y las labores relacionadas. El uso del suelo predominante es paraactividades agrcolas, agroindustriales, agropecuarias o de conservacin, y susinstalaciones bsicas relacionadas. Puede presentar residencias en poblaciones

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    dispersas y ncleos de poblacin cuyo desarrollo urbano no califica como centros depoblacin, as como desarrollo de instalaciones con fines tursticos.

    19. rea urbana: Es el mbito territorial de desenvolvimiento de un centro de poblacin. Elrea urbana conforma un conglomerado de zonas de uso adyacentes y conectadas entres, que incluyen elementos tales como edificios y estructuras, actividades industriales,

    comerciales, residenciales, servicios pblicos, actividades agrcolas o agroindustriales detipo urbano y cualquier otro que se le relacione directamente con dichos elementos.

    20. Arena: Material fino granular que tiene como mxima dimensin 0.478 cm. y resulta de ladesintegracin natural o molienda artificial de las rocas.

    21. rido: roca que por su contenido mineral no se considera mena.

    22. Audiencia pblica: Es la presentacin que la SETENA le ordena llevar a cabo, aldesarrollador y al equipo de consultores ambientales, de una actividad, obra o proyecto deCategora A, cuando lo estime necesario, a fin de informar a la sociedad civil, sobre elmismo y sus impactos, conforme la Ley Orgnica del Ambiente, la de Biodiversidad y este

    reglamento, y dems normativa concordante.

    23. Auditora Ambiental: Proceso de verificacin sistemtico y documentado para evaluar,en forma objetiva, las evidencias que permiten determinar si las acciones, eventos,condiciones, sistemas de manejo especficos e informacin estn acordes con loestablecido en el EsIA (particularmente en su Plan de Gestin Ambiental) y por laSETENA, as como el cumplimiento de la normativa vigente y el Cdigo de BuenasPrcticas Ambientales.

    24. Beneficio de materiales: Proceso industrial para mejorar fsica o qumicamente elproducto de la extraccin minera, adecundolo a determinado sector del mercado o asubsecuentes procesos de tratamiento.

    25. Bitcora Ambiental: Libro foliado con consecutivo numrico debida y lgicamenteconcatenado, oficializado y sellado por la SETENA, donde el responsable ambientalregistra el proceso de seguimiento y de cumplimiento de compromisos ambientalesadquiridos en el proceso de EIA de una actividad, obra o proyecto, y del cumplimiento dela normativa vigente y del Cdigo de Buenas Prcticas Ambientales.

    26. Bosque primario: comunidad de plantas y animales que ha alcanzado la etapa demadurez ms avanzada del bosque, presentando una gran variedad de formas ytamaos, que se relacionan entre s de manera compleja, manteniendo un equilibriodinmico o estabilidad ptima en sus poblaciones. Tambin llamados de galera o decaada.

    27. Bosque secundario: el que aparece despus de cortas quemas y utilizacinagropecuaria del terreno o sitio desbastados por accidentes naturales.

    28. Calidad ambiental: Condicin de equilibrio natural que describe el conjunto de procesosgeoqumicos, biolgicos y fsicos, y sus diversas y complejas interacciones, que tienenlugar a travs del tiempo, en un sistema ambiental general dentro de un espaciogeogrfico dado, sin o con la mnima intervencin del ser humano. Entendindose staltima, como las consecuencias de los efectos globales de las acciones humanas.

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    29. Cambio de metodologa: Variacin o variaciones a la metodologa de, exploracin oexplotacin previamente autorizada por la Direccin de Geologa y Minas, que sonnecesarias para el mejor desempeo del desarrollo del proyecto o por razonesambientales, ello debidamente justificado.

    30. Cambio de uso del suelo: Utilizacin del suelo de una manera diferente al autorizado por

    el Estado a travs de sus instituciones, incluyendo a las municipalidades, que pretenda eldesarrollador de una actividad, obra o proyecto.

    31. Cantera: lugar natural donde se realiza la explotacin para produccin de ridosdestinados a la construccin, a la agricultura o a la industria.

    32. Capacidad de uso de la tierra: es el grado ptimo de aprovechamiento que posee unrea de terreno determinada, con base en la clasificacin de sus limitantes.

    33. Cauce de Dominio Pblico: Se entiende por lveo o cauce de un ro o arroyo, el terrenoque cubren sus aguas en las mayores crecidas ordinarias

    34. Centro de poblacin: Espacio geogrfico en el que se concentran una serie deactividades humanas diversas y que presenta las obras de infraestructura bsicas para sudesarrollo y funcionamiento, que incluye: abastecimiento de agua, alcantarillado sanitario,sistema de recoleccin, tratamiento y disposicin de desechos slidos y lquidos, drenaje,electricidad y vas pblicas.

    35. Ciclo del proyecto: Conjunto de fases o etapas que cubren el desarrollo de unaactividad, obra o proyecto. Siguiendo una secuencia lgica temporal, las principales fasesson las siguientes: concepcin de la idea, prefactibilidad, factibilidad, diseo, construccin,operacin, incluye las ampliaciones o modificaciones.

    36. CIIU: Clasificacin Internacional Industrial Uniforme de todas las actividades productivas.

    37. Cobertura: Materiales sin valor comercial que subyacen la mena y que por razonestcnicas ha de ser removido para la explotacin minera. Incluye material de desmonte yestril. (visin minera)

    38. Cobertura: vegetacin presente sobre el suelo.

    39. Cdigo de Buenas Prcticas Ambientales (CBPA): Documento que contiene elconjunto de prcticas ambientales, generales y especficas, que debe cumplir tododesarrollador, no importa la categora ambiental en que se encuentre su actividad, obra oproyecto, como complemento de las regulaciones ambientales vigentes en el pas. En lse establecen acciones de prevencin, correccin, mitigacin y compensacin que deben

    ejecutarse a fin de promover la proteccin y prevenir daos al ambiente. Este documentodebe ser tomado en consideracin por el consultor ambiental y el analista responsable derevisar una evaluacin de impacto ambiental.

    40. Cdigo de tica del Gestor Ambiental (CEGA): Documento que establece el conjuntode preceptos y mandatos ticos que deber cumplir el gestor ambiental en el ejercicio desus funciones, ya sea como consultor en calidad de autor o coautor de una Evaluacin deImpacto Ambiental, como responsable ambiental o bien como analista revisor y tomador

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    de decisiones sobre documentos relacionados con cualquiera de los instrumentos de lagestin ambiental.

    41.Colas, desechos: a) Las partes, o una parte, de cualquier material incoherente o fluidoseparado como desecho, o tratado separadamente como de inferior calidad o valor. b) Laproduccin descompuesta de una veta o una capa. c) El material de desecho resultante

    del proceso de mineral triturado.

    42.Coligallero: Minero artesanal que extrae oro en yacimientos superficiales de placer. Noutiliza equipo mecanizado.

    43. Coluvial: mezcla de fragmentos de roca sueltos como arcilla o lodo que se acumulan enla base o al final de una pendiente.

    44. Comisin Mixta de Monitoreo y Control Ambiental (COMIMA): Entidad participativa decontrol y seguimiento ambiental de actividades, obras o proyectos de Categora A conEIA aprobada, para los cuales la SETENA, en la resolucin administrativa de aprobacinestablece en cada caso su conformacin. En la conformacin de la comisin se

    designarn al menos un funcionario de la SETENA, un representante del desarrollador, unrepresentante de la municipalidad, un representante de las organizaciones comunales dellugar donde se desarrollar la actividad, obra o proyecto. Sus integrantes prestarn susfunciones ad honorem y por el plazo en que opere dicha actividad, obra o proyecto.

    45. Compactacin: disminucin de los poros del suelo por la aplicacin de un esfuerzo conrespecto a su volumen total.

    46.Concentrado: Producto limpio recuperado por flotacin de espumas o por otros mtodosde separacin de minerales.

    47. Concesin: acto jurdico de la Administracin del Estado que otorga un derecho reallimitado y oponible a terceros, sobre bienes pblicos.

    48.Concesionario: Persona fsica o jurdica, legal o extranjera debidamente inscrita en elpas a quien el Estado le ha otorgado una concesin de explotacin, como poseedortemporal de esos derechos, bajo las condiciones y requisitos que establece el Cdigo, suReglamento y otras leyes especiales.

    49. Consultor Ambiental: Persona fsica que se encuentra inscrita en el registro deconsultores de la SETENA, para brindar asesora tcnica a un desarrollador deactividades, obras o proyectos y que es responsable de la elaboracin de las EIA que sepresenten a la SETENA, conforme a lo establecido en este reglamento. No podrnregistrarse como consultores ambientales ni funcionarios del MINAE, ni de la SETENA.

    50. Consultor Externo Acreditado: Persona fsica o jurdica acreditada por el EnteCostarricense de Acreditacin (ECA) y que puede ser contratado por la SETENA paraapoyar en las EIA.

    51. Compromisos Ambientales: Conjunto de medidas ambientales a las cuales secompromete el desarrollador de una actividad, obra o proyecto, a fin de prevenir, corregir,mitigar, minimizar o compensar los impactos ambientales que pueda producir la actividad,obra o proyecto sobre el ambiente en general o en algunos de sus componentes

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    especficos. Los compromisos ambientales constan de un objetivo y las tareas o accionesambientales para su cumplimiento, dentro de un plazo dado y debern expresarsetambin en funcin de la inversin econmica a realizar.

    52. Dao Ambiental: Impacto ambiental negativo, no previsto, ni controlado, ni planificado enun proceso de Evaluacin de Impacto Ambiental (evaluado exante), producido directa o

    indirectamente por una actividad, obra o proyecto, sobre todos o cualquier componentedel ambiente, para el cual no se previ ninguna medida de prevencin, mitigacin ocompensacin y que implica una destruccin o alteracin irreversible de la calidadambiental del factor involucrado, en relacin con el uso o los usos para los que estndestinados.

    53. Declaratoria de Impacto Ambiental (DIA): Es un documento formal, en el que seresume, de forma clara y sencilla, el EsIA, y por medio del cual, el desarrollador, asume,la responsabilidad por la naturaleza, la magnitud y las medidas de prevencin, correccin,mitigacin, compensacin y control del impacto sobre el ambiente. Debe ser elaboradopor el equipo consultor responsable del EsIA.

    54. Declaracin Jurada de Compromisos Ambientales (DJCA): Manifestacin que se hacebajo juramento, otorgada en escritura pblica ante notario pblico, en la que eldesarrollador de la actividad, obra o proyecto, se compromete a cumplir ntegra ytotalmente con los trminos y condiciones estipuladas en el Pronstico - Plan de GestinAmbiental, o bien aquellos otros lineamientos emanados del proceso de Evaluacin deImpacto Ambiental.

    55. Desarrollador: Es la persona fsica o jurdica, pblica o privada, que legalmente estfacultada para llevar a cabo la actividad, obra o proyecto y quien funge como proponentede la misma ante la SETENA y tiene inters directo en llevarla a cabo. Es asimismo quienasumir los compromisos ambientales y ser la responsable directo de su cumplimiento.

    56.Desmontes: materiales de cobertura sin valor comercial; que por razones tcnicas han deser removidos para poder realizar la explotacin minera.57.Diques o Represas: Barrera que se construye en el cauce de un ro para facilitar la

    sedimentacin de materiales en el represamiento que se forma. Podrn ser de madera,troncos de rbol o barreras del mismo material del ro. Estas obras debern ser decarcter provisional y de ninguna manera se utilizarn para desviar la corriente de losros.

    58. Documento de Evaluacin Ambiental: Documento de formato preestablecido por laSETENA que debe ser completado y firmado por el desarrollador, con el apoyo de unconsultor ambiental, cuando se amerite, en el que, adems de iniciar la fase de laEvaluacin Ambiental Inicial, se presenta una descripcin de la actividad, obra o proyecto

    que se pretende desarrollar, sus aspectos e impactos ambientales, el espacio geogrficoen que se instalar y una valoracin inicial de la significancia del impacto ambiental quese producira.

    59. Dosel: cobertura superior del bosque formada por las copas de los rboles ms altos, quepermite un clima ms fresco y sombreado dentro del bosque, necesario para la vida deotras plantas y animales. Adems disminuye el golpe directo de las gotas de lluvia sobreel suelo disminuyendo el lavado del mismo.

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    60. Ecosistema: conjunto de comunidades o poblaciones de animales y plantas, que viven enun lugar especfico, considerando las relaciones entre esas mismas comunidades ytambin con los elementos del ambiente como el agua, el suelo y el aire.

    61. Efectos Acumulativos: Se refieren a la acumulacin de cambios en el sistemaambiental, partiendo de una base de referencia, tanto en el tiempo, como en el espacio;

    cambios que actan de una manera interactiva y aditiva.

    62. Empresa Consultora Ambiental: Persona jurdica que se encuentra inscrita en elregistro de consultores de la SETENA, para brindar asesora tcnica a un desarrollador deactividades, obras o proyectos y que es responsable de la elaboracin de las EIA que sepresenten a la SETENA, conforme a lo establecido en este reglamento, y en el que todoslos profesionales que actan se encuentran inscritos como consultores ambientales.

    63. Equilibrio ecolgico: Es la relacin de interdependencia entre los elementos queconforman el ambiente que hace posible la existencia, transformacin y desarrollo del serhumano y dems seres vivos. El equilibrio ecolgico entre las actividades del ser humanoy su entorno ambiental, se alcanza cuando la presin (efectos o impactos) ejercida por el

    primero no supera la capacidad de carga del segundo, de forma tal que esa actividadlogra insertarse de forma armnica con el ecosistema natural, sin que la existencia de unorepresente un peligro para la existencia del otro.

    64. Escarpe: ladera de fuerte pendiente (superior a 45), compuesta por diferentes materialesde rocas. En el caso de las fallas tectnicas comprende una evidencia geomorfolgica delmovimiento de un bloque con respecto a otro.

    65.Escorias: los residuos de la fundicin metalrgica.

    66. Escorrenta: flujo superficial de agua que no penetra en el suelo y que llega a lascorrientes de agua superficiales naturales o artificiales. Tambin se le denomina as al

    volumen total de agua transportado por una corriente en un periodo de tiempodeterminado.

    67. Especies amenazadas: especie animal o vegetal que podra extinguirse si no se leprotege debidamente y a tiempo.

    68. Especies en peligro de extincin: aquellas que debido a su escasez o por algn otrofactor de su biologa particular, se encuentran gravemente amenazadas de desaparecerdel pas y cuya sobrevivencia es poco probable, si los factores causales de sudesaparicin (entre otros deforestacin, cacera, introduccin de especies exticas,contaminacin), continan actuando sobre ellas.

    69. Especies indicadoras: organismos de un lugar determinado, que son muy sensibles acambios pequeos en los factores ambientales como el agua, el clima y el suelo,permitiendo determinar alguna perturbacin y dar una seal de alarma sobre algnposible peligro para plantas, animales y personas.

    70.Especies pioneras: Primeras plantas que colonizan ecosistemas degradados, como elguarumo.

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    71.Estril: Parte del yacimiento sin contenido mineral o que su contenido mineral no es devalor comercial, encontrados entre los materiales de desmonte y la MENA.

    72. Estructura de suelo: manera como se renen las partculas del suelo en forma deagregados naturales o peds (terrones).

    73. Estudio de Impacto Ambiental (EsIA): Es un documento de naturaleza u orden tcnicoy de carcter interdisciplinario, que constituye un instrumento de evaluacin ambiental,que debe presentar el desarrollador de una actividad, obra o proyecto, de previo a surealizacin y que est destinado a predecir, identificar, valorar, y corregir los impactosambientales que determinadas acciones puedan causar sobre el ambiente y a definir laviabilidad (licencia) ambiental del proyecto, obra a actividad objeto del estudio.

    74. Evaluacin: muestreo sistemtico del rea de estudio.

    75. Evaluacin Ambiental Estratgica (EAE): Proceso de Evaluacin de Impacto Ambientalaplicado a polticas, planes y programas. Por su caracterstica y naturaleza, este tipo deproceso, se puede aplicar, adems, a los proyectos de trascendencia nacional, binacional,

    regional centroamericano, o por acuerdos multilaterales, conforme a lo establecido en lanormativa vigente.

    76. Evaluacin Ambiental Inicial (EAI): Procedimiento de anlisis de las caractersticasambientales de la actividad, obra o proyecto, con respecto a su localizacin paradeterminar la significancia del impacto ambiental. Involucra la presentacin de undocumento ambiental firmado por el desarrollador, con el carcter y los alcances de unadeclaracin jurada. De su anlisis, puede derivarse el otorgamiento de la viabilidad(licencia) ambiental o en el condicionamiento de la misma a la presentacin de otrosinstrumentos de la EIA.

    77. Evaluacin de Efectos Acumulativos (EEA): Es el proceso cientfico-tcnico de anlisis

    y evaluacin de los cambios ambientales acumulativos, originados por la sumasistemtica de los efectos de actividades, obras o proyectos desarrolladas dentro de unrea geogrfica definida, como una cuenca o subcuenca hidrogrfica.

    78. Evaluacin de Impacto Ambiental (EIA): Procedimiento administrativo cientfico-tcnicoque permite identificar y predecir cules efectos ejercer sobre el ambiente, una actividad,obra o proyecto, cuantificndolos y ponderndolos para conducir a la toma de decisiones.De forma general, la Evaluacin de Impacto Ambiental, abarca tres fases: a) la EvaluacinAmbiental Inicial, b) la confeccin del Estudio de Impacto Ambiental o de otrosinstrumentos de evaluacin ambiental que corresponda, y c) el Control y Seguimientoambiental de la actividad, obra o proyecto a travs de los compromisos ambientalesestablecidos.

    79.Evaluacin de Reservas: Determinacin cuantitativa del volumen de material ycualitativa en relacin con la concentracin de mineral (Ley del Mineral) que permitenclasificar las reservas de acuerdo a su grado de conocimiento. Cuando la evaluacinconsiste nicamente en la ubicacin in situ del depsito se conocen como recursosgeolgicos y se clasifican, de acuerdo al detalle, en recursos medidos, indicados einferidos. Cuando se cuenta con un estudio tcnico de factibilidad econmica se conocencomo reservas minables y se clasifican de acuerdo a su detalle. Las reservas tienen queser definidas como probadas, probables y posibles o inferidas.

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    2180. Expediente administrativo: Conjunto de documentos e informacin, que puedenplasmarse o producirse de manera escrita, digital, magnetofnica u otros medios y que espresentado a la SETENA oficialmente o generado por esta, relacionados con unprocedimiento de EIA de una actividad, obra o proyecto y que incluye: todos los tipos dedocumentos de evaluacin ambiental, formularios de revisin, reportes de inspecciones

    ambientales, actas, oficios, resoluciones, informes tcnicos, correspondencia, disquetes,discos compactos, casetes y aquellos otros documentos e informacin que sean emitidosde forma oficial por la SETENA u otras autoridades pblicas o que sean presentados porla desarrolladora, terceros y dems interesados y partes.

    81.Exploracin detallada: Consiste en delimitar un yacimiento conocido, en forma detalladay en sus tres dimensiones (x,y,z), mediante mtodos geofsicos y el muestreo tomadosistemtica y estadsticamente en varios puntos: afloramientos, calicatas, sondeos,galeras, tneles, trincheras, muestreo en bulto, etc.

    82.Exploracin general: Es la bsqueda inicial de un determinado mineral o conjunto de losmismos identificado de acuerdo a las caractersticas geolgicas del rea en exploracin.Los mtodos empleados incluyen la cartografa de superficie, un muestreo de mallaamplia, la perforacin de calicatas y sondeos para la evaluacin preliminar de la cantidady calidad de los minerales (con pruebas mineralgicas en laboratorio, si es necesario), ascomo una interpolacin limitada a partir de mtodos de investigacin indirectos. El objetivoes establecer las principales caractersticas geolgicas de un yacimiento proporcionandouna indicacin razonable de su continuidad y una primera evaluacin de sus dimensiones,su configuracin, su estructura y su contenido.

    83.Explotacin: Extraccin de minerales de un yacimiento de acuerdo a tcnicas mineras desuperficie o subterrneas.

    84.Explotacin subterrnea: Se definen como las labores que incluyen los pozos (piques),chimeneas y tneles empleados para la extraccin de minerales slidos como carbn,minerales metlicos, minerales no metlicos y cristales de roca.

    85.Explotacin a cielo abierto: Son las labores empleadas para la extraccin de mineralesque se inician a partir de la superficie. Incluyen canteras de minerales metlicos,minerales no metlicos y cauces de dominio pblico.

    86.Explotacin Conjunta: minado realizado para la ejecucin de las labores de explotacin,dentro de una concesin por parte del titular y un tercero debidamente aprobado por laDireccin de Geologa y Minas.

    87.Explotacin Indirecta: minado realizado para la ejecucin de las labores deexplotacin, dentro de una concesin minera por parte de una persona fsica o jurdicadistinta del titular legitimado para ello.

    88. Externalidades: afectacin ya sea positiva o negativa a un tercero proveniente de laactividad econmica entre dos agentes econmicos.

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    89.Extraccin Manual o Artesanal: Es la realizada con ayuda de herramientas tales comopico, pala, barra y otra similar, siempre que el volumen de material extrado no exceda a10 metros cbicos por da por persona. D.E. 29677-MINAE.

    90.Extraccin Mecanizada: La que se lleva a cabo con maquinaria, tales como cargador,tractor, draga, retroexcavadora u otras.

    91. Formacin o Unidad geolgica: conjunto de rocas que se caracterizan por suhomogeneidad que se puede seguir en superficie o subsuelo.

    92. Fuente de ruido: cualquier objeto, artefacto o cosa generadora de ondas sonoras, seande tipo fijas, mviles o puntuales.

    93. Ganga: Roca o mineral que acompaa a la mena y que carece de valor comercial.

    94. Garanta ambiental: Depsito de dinero, que establece la SETENA de conformidad conla normativa vigente, para resguardar la aplicacin de medidas ambientales de correccin,mitigacin o compensacin por daos ambientales o impactos ambientales negativos no

    controlados por la actividad, obra o proyecto. Dicho depsito se deber llevar a cabo afavor de la SETENA en la cuenta de Fondos de Custodia del Fondo Nacional Ambiental.

    95. Gestin ambiental: Conjunto de operaciones tcnicas y actividades gerenciales que tienencomo objetivo asegurar que el proyecto, obra o actividad, opere dentro de las regulaciones

    jurdicas, tcnicas y ambientales vigentes.

    96. Gestor ambiental: Persona fsica o jurdica que desempea una labor profesional en elcampo de la gestin ambiental, incluyendo el proceso de elaboracin de instrumentos de laEvaluacin de Impacto Ambiental, o en su defecto en el proceso de revisin, aprobacin dedichos instrumentos, as como de su control y seguimiento.

    97. Gua Ambiental: Documento orientador bsico, ordenado, por sector productivo, quepresenta el resumen del contenido ( detallado y explicado) de un Estudio de ImpactoAmbiental de una actividad, obra o proyecto, que incluye como mnimo una descripcin ysus alternativas, su marco jurdico y de caracterizacin, as como la caracterizacinambiental del espacio geogrfico de localizacin, el pronstico de los impactosambientales, su valoracin, las medidas correctivas a aplicar, el Pronstico - Plan deGestin Ambiental y la Declaratoria de Impacto Ambiental.

    98.Grava: Material granular retenido a partir del Tamiz N 04 (0,478 cm) y resulta de ladesintegracin natural y abrasin o trituracin artificial de rocas.

    99. Hbitat: medio o entorno en el que existe y se desarrolla una planta o animal. Es el lugar

    del medio ambiente en el cual se dan los intercambios entre dicho organismo y losrecursos que le son esenciales para cumplir con sus funciones vitales.

    100. Horas pico: horas del da de mxima demanda de electricidad, en Costa Ricaprincipalmente alrededor de las 12 y las 18 horas.

    101. Horizonte de suelo: capa de suelo mas o menos paralela a la superficie terrestre,con caractersticas fsicas, qumicas, biolgicas, morfolgicas y mineralgicas quepermiten la caracterizacin de un suelo.

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    23102. Infiltracin: percolacin del agua en el terreno.

    103. Impacto Ambiental: Efecto que una actividad, obra o proyecto, o alguna de susacciones y componentes tiene sobre el ambiente o sus elementos constituyentes. Puedeser de tipo positivo o negativo, directo o indirecto, acumulativo o no, reversible oirreversible, extenso o limitado, entre otras caractersticas. Se diferencia del daoambiental, en la medida y el momento en que el impacto ambiental es evaluado en unproceso ex ante, de forma tal que puedan considerarse aspectos de prevencin,mitigacin y compensacin para disminuir su alcance en el ambiente.

    104. Impacto Ambiental Potencial (IAP): Efecto ambiental positivo o negativo latenteque ocasionara la ejecucin de una actividad, obra o proyecto sobre el ambiente. Puedeser preestablecido, tomando como base de referencia el impacto ambiental causado porla generalidad de actividades, obras o proyectos similares, que ya se encuentran enoperacin.

    105. Inspeccin Ambiental: Es el procedimiento tcnico y formal de verificacin yrecoleccin de datos e informacin ambiental que se realiza en el sitio en el que sedesarrollar una actividad, obra o proyecto.

    106. Inspeccin Ambiental de Cumplimiento (IAC): Proceso documentado que tienecomo objetivo verificar, de forma objetiva, que los compromisos ambientales suscritos porel desarrollador, incluyendo dentro de las mismas las regulaciones ambientales vigentes yel CBPA en lo que aplique, se estn cumpliendo en la ejecucin de la actividad, obra oproyecto. Difiere de la auditora ambiental en la medida que la IAC se realiza en unperodo ms corto, cubriendo los aspectos ambientales ms significativos.

    107. Informes Ambientales: Documentos formales elaborados cronolgicamente por

    el responsable ambiental de la actividad, obra o proyecto, en el que reporta de formaconcisa y concreta, los avances y situaciones generales dadas en el cumplimiento de loscompromisos ambientales suscritos.

    108. Inicio de Actividades: Se refiere al inicio y a la fecha de la ejecucin de unanueva actividad, obra o proyecto, a partir del cual se comienzan las acciones que puedengenerar impactos en el ambiente.

    109. Instrumentos y Medios de Control y Seguimiento Ambiental (ICOS): Conjuntode condiciones, procedimientos, instructivos y requisitos que una actividad, obra oproyecto nueva o ya existente, deber cumplir para garantizar una efectiva gestinambiental.

    110. Lavaderos: lugar donde se recuperan y procesan los materiales extrados de losdepsitos minerales de placer.

    111. Lastre: Combinacin de materiales granulares (grava y arena) de mala calidad,utilizada en obras civiles.

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    112. Ley: La cantidad de mineral en gramos, estimado en cada tonelada (puedeutilizarse otro tipo de medida del sistema MKS) de mena, expresada como onzas Troy portonelada para metales preciosos y como un porcentaje para otros metales. (minera).

    113. Manual de Instrumentos Tcnicos para el Proceso de Evaluacin de ImpactoAmbiental (en adelante, Manual de EIA): Documento debidamente publicado en el diariooficial La Gaceta, que contiene el conjunto de rganos, procedimientos, instrumentos,procesos, instrucciones y lineamientos, jurdicos, administrativos, ambientales y tcnicos queregirn el sistema de evaluacin, control y seguimiento ambiental que establece el presentereglamento.

    114. Materia orgnica: material animal o vegetal en cualquier estado dedescomposicin que se encuentra sobre o integrado al suelo.

    115. Material en banco: material in situ, sin haber sido movido del lugar original.

    116. Medidas de Compensacin: Son acciones que retribuyen a la sociedad o la

    naturaleza, o a una parte de ellas, por impactos ambientales negativos, por impactosacumulativos de tipo negativo, o bien, por daos ambientales, ocasionados por laejecucin y operacin de una actividad, obra o proyecto sometidos a un proceso de EIA.

    117. Medidas de Mitigacin: Son aquellas acciones destinadas a disminuir losimpactos ambientales y sociales negativos, de tipo significativo, ocasionados por laejecucin y operacin de una actividad, obra o proyecto y que deben ser aplicadas al APtotal de la actividad, obra o proyecto y dependiendo de su magnitud, podr ser aplicable asu rea de influencia directa o indirecta.

    118. Medidas de Prevencin: Son aquellas acciones destinadas a evitar la ocurrencia,produccin o generacin de impactos negativos causados por el desarrollo de una

    actividad, obra o proyecto y que deben ser aplicadas al AP total de la actividad, obra oproyecto y al rea de influencia directa e indirecta.

    119. Medidas de Restauracin y Recuperacin: Son aquellas acciones destinadas apropiciar o acelerar la recuperacin de los recursos naturales, socioculturales,ecosistemas y hbitats alterados a partir de la realizacin de una actividad, obra oproyecto, recreando en la medida de lo posible, la estructura y funcin originales, deconformidad con el conocimiento de las condiciones previas.

    120. Megaproyecto: Conjunto de actividades que impliquen el desarrollo de obrascuyos impactos directos, de ndole ambiental, econmica, social y cultural sean dealcance nacional. Siendo su principal caracterstica el que se divide en componentes

    cuyas dimensiones normalmente son similares a las de actividades, obras o proyectosque el proceso de EIA tramita de forma individual.

    121. Mena: Un agregado natural de uno o ms minerales slidos los cuales pueden serminados, o de los cuales uno o ms productos minerales pueden ser extrados, con unbeneficio o provecho econmico.

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    122. Metro cbico extrado: es el resultado de la extraccin del material en banco o encauce.

    123. Mina: Lugar fsico, ya sea superficial o subterrneo, donde se lleva a cabo laextraccin de minerales metlicos o no metlicos.

    124. Minera Artesanal: Actividad llevada a cabo sin utilizar mtodos mecnicos y convolmenes extrados que no excedan a un metro cbico por da por persona.

    125. Modelado multiconvexo: primera forma propia de los paisajes tropicaleshmedos, donde el relieve por efectos de la erosin adopta formas redondeadas o delomos.

    126. Nivel fretico: es la superficie superior de una masa de agua subterrnea, la cualno es necesariamente horizontal sino que tiene pendientes influenciadas por lasestructuras de los suelos y rocas donde fluye el agua subterrnea.

    127. Nivel piezomtrico: nivel que alcanza la superficie del agua en un tubo delgadoconectado a un acufero, cuando no hay movimiento del agua en este tubo.

    128. Obra: Cosa hecha o producida por un agente. Cualquier producto intelectual enciencias, letras o artes, y con particularidad el que es de alguna importancia.

    129. Onza Troy: Medida de peso equivalente a 31.103 gramos.

    130. Paisaje: composicin de geosistemas (formas) naturales y formas antrpicas enun espacio determinado.

    131. Perfil de suelo: corte transversal hasta alcanzar el material parental o la roca yesta compuesto por los horizontes.

    132. Permiso: acto jurdico de la Administracin pblica que otorga un derecho de usode los bienes pblicos, alegable incluso ante terceros.

    133. Permisionario: : Persona fsica o jurdica, legal o extranjera debidamente inscritaen el pas, a quien el Estado le ha otorgado un permiso de exploracin minera comoposeedor temporal de esos derechos, bajo las condiciones y requisitos que establece elCdigo, este Reglamento y otras leyes especiales.

    134. Petrografa: rama de la geologa dedicada a la clasificacin sistemtica de las

    rocas.

    135. Piedra: Producto que resulta de la quiebra natural o artificial de rocas o grandespiedras y que algunas de sus caras son el resultado de la accin citada.

    136. Piroclasto: depsitos de cada de origen volcnico. Se caracteriza por poseerformas angulosas producto de la presin y la temperatura a la que es expulsado por laactividad volcnica efusiva.

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    137. Placer: Yacimiento sedimentario de minerales y piedras preciosas, mineralespesados en su estado libre y tierras raras, que se han concentrado por causas mecnicasy que se encuentran casi puros.

    138. Plan Regulador de Ordenamiento del uso del suelo: El instrumento deplanificacin local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos, grficos o

    suplementos, la poltica de desarrollo y los planes para distribucin de la poblacin, usosde la tierra, vas de circulacin, servicios pblicos, facilidades comunales y construccin,conservacin y rehabilitacin de reas urbanas. Puede ser de tipo urbano, de uso delsuelo agrcola o de la zona martima terrestre.

    139. Planta de Beneficio: Instalacin fsica donde se realiza la fase industrial delproceso minero, sea ste mecnico (quebradores, zarandas, molinos, ciclones, etc.),qumico o biolgico, incluyendo el proceso de concentracin, fundicin y refinado.

    140. Porosidad: en suelos, es la relacin del volumen de vacos o poros de un suelocon relacin al volumen total de la muestra de suelo.

    141. Pronstico - Plan de Gestin Ambiental (P-PGA): Instrumento tcnico de laEvaluacin de Impacto Ambiental y es un documento, de formato preestablecido, queadems de realizar un pronstico general de los aspectos e impactos ambientales msrelevantes que generar la actividad, obra o proyecto a desarrollar, incluye: las medidasambientales, sus posibles costos, plazos, responsables de aplicacin, destinadas aprevenir, mitigar, corregir, compensar o restaurar impactos ambientales que seproduciran.

    142. Proyecto: Conjunto de escritos, clculos y dibujos que se hacen para dar idea decmo ha de ser y lo que ha de costar una obra de arquitectura o de ingeniera.

    143. Recarga: proceso de alimentacin o aporte de agua a los almacenamientos deagua subterrnea. Se conoce como zona de recarga el rea donde ocurre este proceso.

    144. Recurso indicado: El que se estima que presenta un inters econmico intrnsecosobre la base de una exploracin general que confirme las principales caractersticasgeolgicas de un yacimiento y que suministre una estimacin inicial de sus dimensiones,forma, estructura y contenido. Un recurso indicado es estimado con un grado decertidumbre y un nivel de confianza inferiores a los de un recurso medido, pero con unamayor fiabilidad que para un recurso inferido. La confianza en la estimacin debe sersuficiente para permitir la aplicacin de parmetros tcnicos, econmicos y financieros ascomo una evaluacin de la viabilidad econmica.

    145. Recurso inferido: Es la parte de un recurso que ha sido determinada a partir deindicaciones geolgicas y de una continuidad geolgica supuesta pero no verificada,donde las informaciones recogidas sobre este recurso con las tcnicas adecuadas deexploracin de puntos tales como afloramientos, calicatas, pozos y sondeos son limitadaso de calidad y fiabilidad reducidas, pero que permiten estimar el tonelaje/volumen, lacalidad y contenido mineral con un grado de certidumbre y un nivel de confianza bajos. Elnivel de confianza correspondiente a un recurso inferido es inferior al asociado a unrecurso indicado.

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    146. Recurso medido: Aquel que ha sido objeto de exploraciones, muestreos yensayos con las tcnicas adecuadas, en puntos tales como afloramientos, calicatas,pozos y sondeos, lo suficientemente prximos entre s para confirmar la continuidadgeolgica y que proporcionan datos fiables y detallados que permiten estimar con altogrado de exactitud el tonelaje/volumen, la densidad, las dimensiones, la forma, lascaractersticas fsicas, la calidad y el contenido mineral. Esta categora requiere un alto

    grado de confianza y de conocimiento de la geologa y los controles del indicio.

    147. Reserva posible: Es la parte de un recurso inferido que ha sido objeto de estudiostcnicos y econmicos generalizados, a fin de demostrar que puede estar justificadoexplotarla si se realiza una investigacin ms detallada y sta lo demuestra. Esta reservaser descrita en trminos de tonelaje/volumen y contenido/calidad explotable.

    148. Reserva probable: Una reserva probable, descrita en trminos detonelaje/volumen y de contenido/calidad explotable, es la parte de un recurso medido oindicado que ha sido objeto de estudios tcnicos y econmicos suficientes a fin de mostrarque, en el momento de un estudio de factibilidad econmica, estaba justificado explotarlaen condiciones tcnicas y econmicas apropiadas. El total de las reservas probables

    podr ser inferior o igual al recurso indicado, pero por ningn motivo podr ser superior aste.

    149. Reserva Probada: Es la parte de un recurso medido que ha sido objeto deestudios tcnicos y econmicos detallados a fin de mostrar que, en el momento delestudio de factibilidad econmica, estaba justificado explotarla en condiciones tcnicas yeconmicas precisas. Estas reservas se describirn en trminos de tonelaje/volumen y decontenido/calidad explotable. El total de las reservas probadas podr ser inferior o igual alrecurso medido, pero por ningn motivo podr se superior a ste.

    150. Responsable Ambiental (RA): Es la persona fsica o jurdica, que se encuentrainscrito en el Registro de la SETENA, contratado por el desarrollador, con el fin de velarpor cumplimiento de los compromisos ambientales adquiridos por la actividad, obra oproyecto, el CBPA y la normativa vigente. Tiene la obligacin de informar oficialmente a laSETENA y a la autoridad ambiental los resultados del seguimiento y control conforme a loestablecido en este reglamento y dems normativa aplicable.

    151. Ruido: cualquier sonido indeseable que pueda producir trastornos fisiolgicos,psquicos o ambos en las personas.

    152. Significancia del Impacto Ambiental (SIA): Consiste en la valoracin cualitativay cuantitativa de un impacto ambiental dado, en el contexto de un proceso de valoracin yarmonizacin de criterios tales como el marco regulatorio ambiental vigente, la finalidad

    de usoplaneado- para el rea a desarrollar, su condicin de fragilidad ambiental, elpotencial efecto social que pudiera darse y la relacin de parmetros ambientales delproyecto.

    153. Solicitante: persona fsica o jurdica que solicita el otorgamiento de un permisode exploracin o una concesin de explotacin.

    154. Solifluxin: deslizamiento de arcillas y otros materiales debido a lluvias. Puedeoriginar desde deslizamientos pequeos hasta catastrficos y coladas de barro.

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    28155. Sotobosque: piso inferior de un bosque donde viven plantas pequeas comoarbustos, hierbas, helechos, palmas y plantitas jvenes de rboles, adaptadas acondiciones de sombra o semisombra. Amortigua la energa cintica de las gotas de lluviaque no han sido interceptadas o caen del dosel y junto con la capa de humus o mantillo,protegen el suelo de los procesos de erosin.

    156. Subsuelo: Zona de roca firme o formacin rocosa no consolidada en estado sano,no alterado, que pueden estar localizadas por debajo del suelo o bien estar expuestasdirectamente en la superficie y dentro de las cuales no se dan los procesos biofsicosnecesarios para sostener la vida micro y macroscpicamente, como el suelo. En el casode rocas propiamente dichas, se distinguen porque sus agregados minerales estnligados entre s por fuerzas de cohesin fuertes y permanentes que solo pueden servencidas por acciones mecnicas importantes (martillos, maquinaria, explosivos, otros).D.E. 29677-MINAE.

    157. Sucesin del bosque: sinnimo de sucesin ecolgica.

    158. Sucesin natural o ecolgica: proceso natural mediante el cual una comunidad opoblacin vegetal es sustituida por otra diferente, como resultado de cambios en elambiente que favorecen el establecimiento de nuevas especies e impide el crecimiento delas anteriores, generndose as una nueva comunidad con otros requerimientos yrelaciones de competencia y complementacin. Estos cambios van trascurriendo, uno trasotro presentndose diferentes comunidades a travs del tiempo, hasta alcanzar una etapafinal de madurez (clmax), donde la biomasa acumulada y posiblemente la biodiversidadson las ms altas del proceso de sucesin.

    159. Suelo: Medio geobiofsico natural o artificial que forma la parte ms superior dela superficie terrestre, donde se arraigan las plantas. Se origina por la alteracin o

    meteorizacin de rocas del subsuelo, o bien por el acumulo de material transportadodesde algn otro lugar. Su espesor puede variar desde pocos centmetros hasta muchosmetros. Su caracterstica fsica principal y distintiva es que sus componentes, donde losminerales arcillosos resultan los ms conspicuos, pueden ser separados por accionesmecnicas simples y ligeras (deleznar con la mano, inmersin en el agua y agitacin, etc)Puede comprender varias capas (humus, A.B.C.) donde la capa inferior comprendefragmentos de roca sana rodeados de material de alteracin (arcillas y otros componentesminerales) D.E. 29677-MINAE.

    160. Tenencia de la finca: manera o derecho de mantener una propiedad.

    161. Trminos de Referencia (TER): Es el listado mnimo de lineamientos de carcter

    tcnico legal - administrativo necesarios para la elaboracin de un instrumentoEvaluacin de Impacto Ambiental. Se basa en una gua bsica de referencia establecidapor la SETENA despus del proceso de Evaluacin Ambiental Inicial, toda vez que sehaya decidido que es necesaria la presentacin de un EsIA u otro documento de EIA.

    162. Textura: porcentajes de arena, limo y arcilla presentes en un suelo.

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    163. Valor de mercado: Se refiere al precio que estara dispuesto a pagar elconsumidor por metro cbico de material extrado. En el entendido que este metrocbico es el resultado de la extraccin de material en banco o en cauce.

    164. Vegetacin riparia: Ver bosque ripario.

    165. Viabilidad (Licencia) Ambiental (VLA): Representa la condicin de armonizacino de equilibrio aceptable, desde el punto de vista de carga ambiental, entre el desarrollo yejecucin de una actividad, obra o proyecto y sus impactos ambientales potenciales, y elambiente del espacio geogrfico donde se desea implementar. Desde el punto de vistaadministrativo y jurdico, corresponde al acto en que se aprueba el proceso de Evaluacinde Impacto Ambiental, ya sea en su fase de Evaluacin Ambiental Inicial, o de Estudio deImpacto Ambiental o de otro documento de EIA.

    166. Viabilidad Ambiental Potencial (VAP): Es el visto bueno ambiental, de tipotemporal, que otorga la SETENA a aquellas actividades, obras o proyectos que realizanla Evaluacin Ambiental Inicial y todava requieren de la presentacin de otrosdocumentos de EIA para la obtencin de la VLA definitiva.

    167. Visibilidad: zona de visin fsica entre observador y paisaje

    168. Yacimientos minerales: todo depsito o concentracin natural de sustanciasminerales con valor econmico.