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GESTIÓN FINANCIERA DE GESTIÓN FINANCIERA DE LOS PROYECTOS LOS PROYECTOS Beneficiarios Beneficiarios 2ª Convocatoria (EJE 3) 2ª Convocatoria (EJE 3) Las Palmas de Gran Canaria 24 de noviembre de 2010 Santa Cruz de Tenerife 26 de noviembre de 2010

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GESTIÓN FINANCIERA DE GESTIÓN FINANCIERA DE LOS PROYECTOSLOS PROYECTOS

BeneficiariosBeneficiarios 2ª Convocatoria (EJE 3) 2ª Convocatoria (EJE 3)

Las Palmas de Gran Canaria

24 de noviembre de 2010

Santa Cruz de Tenerife

26 de noviembre de 2010

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GESTIÓN FINANCIERA DE LOS PROYECTOSGESTIÓN FINANCIERA DE LOS PROYECTOS

I. EL CIRCUITO FINANCIERO: GASTOS Y PAGOS.

II. SOLICITUDES DE ANTICIPO.

III. DECLARACIONES DE GASTOS PAGADOS.

IV. SOLICITUDES DE REEMBOLSO DE LOS PROYECTOS.

V. PAGOS A LOS PROYECTOS Y SALDO FINAL.

VIII. DISPONIBILIDAD DE LOS DOCUMENTOS.

VI. DECLARACIONES GASTOS DE SOCIOS DE TERCER PAÍS.

VII. GASTO FEDER EN TERCER PAÍS .

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GESTIÓN FINANCIERA DE LOS PROYECTOSGESTIÓN FINANCIERA DE LOS PROYECTOS

I. EL CIRCUITO FINANCIERO: GASTOS Y PAGOS.

Los pagos de la cofinanciación FEDER revestirán la forma de anticipo, pagos intermedios y pago del saldo final.

Las solicitudes de anticipos y reembolsos las realiza siempre el Jefe de fila.

Los pagos intermedios a los proyectos se realizarán sólo y exclusivamente sobre el reembolso de gastos efectivamente pagados y validados por los Interlocutores Regionales.

La Autoridad de Certificación del programa realizará los pagos en la cuenta bancaria indicada por el Jefe de Fila en el formulario del proyecto aprobado.

El saldo final del proyecto será pagado al proyecto previa aprobación del informe final de ejecución por parte del Comité de Gestión del programa.

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GESTIÓN FINANCIERA DE LOS PROYECTOSGESTIÓN FINANCIERA DE LOS PROYECTOS

I. EL CIRCUITO FINANCIERO: GASTOS Y PAGOS.

Jefe de fila

Socio 1

Socio 2

InterlocutorRegional

Jefe de fila STC AutoridadCertificación

Jefe de fila

Socio 1 Socio 2

Solicitud de anticipo (Extranet + correo)

Declaraciones de Gastos Pagados

(Extranet + papel)

Declaraciones de Gastos Pagados

Validadas(Extranet)

Solicitud de Reembolso

(Extranet + correo)Pago

Pago a los socios

Comunicación del pago(Extranet)

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II. SOLICITUDES DE ANTICIPO.

El Jefe de Fila podrá solicitar un anticipo correspondiente, como máximo, al 7’5% del total cofinanciación FEDER aprobada al proyecto.

La solicitud será realizada vía Web y es necesario adjuntar toda la documentación solicitada en la Guía.

Una vez terminada la tarea vía Web el jefe de fila firmará y sellará el documento incluyéndolo en la aplicación y remitirá un correo electrónico al STC informando sobre la solicitud.

Si el Jefe de Fila es un organismo de derecho privado sin ánimo de lucro no tutelado por el Gobierno Regional, se deberá presentar también una garantía bancaria escaneada del original por el valor del 120% de anticipo solicitado.

El anticipo se compensará en su totalidad con las primeras solicitudes de reembolso del proyecto. Es decir, no se pagará nada al proyecto hasta que no se haya compensado todo el importe del anticipo recibido.

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III. DECLARACIONES DE GASTOS PAGADOS. ELEGIBILIDAD.

Son gastos elegiblesgastos elegibles los que de manera indubitada correspondan a:

la naturaleza de la actividad subvencionada;

se realicen en el plazo de ejecución establecido;

respeten, indispensablemente, el contenido de los Reglamentos Comunitarios referentes a la subvencionabilidad del gasto.

Además, dependiendo de la naturaleza de la operación o del proyecto en cuestión, deberán velar por el cumplimiento de la normativa comunitaria y nacional específica siguiente:

Normativa en materia de contratación.

Normativa sobre medio ambiente.

Normativa sobre igualdad de oportunidades.

Normativa en materia de publicidad.

Normativa en materia de régimen de ayudas.

Normativa en materia de subvenciones (de forma supletoria).

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GESTIÓN FINANCIERA DE LOS PROYECTOSGESTIÓN FINANCIERA DE LOS PROYECTOS

III. DECLARACIONES DE GASTOS PAGADOS. ELEGIBILIDAD

Reglamentos Comunitarios:

Reglamento (CE) nº 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al FEDER, FSE y al FC y se deroga el Reglamento (CE) nº 1260/1999. (artículos nº 56.2 y nº 56.4), modificado mediante el Reglamento (CE) nº 284/2009 de 7 de abril.

Reglamento (CE) nº 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativo al FEDER y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1783/1999. (artículos nº 7; nº 13 y nº 21), modificado por el Reglamento (CE) nº 397/2009 de 6 de mayo.

Reglamento (CE) nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre, versión definitiva DOCE L54 de 15.02.07, por el que se fijan las normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006 y el Reglamento (CE) nº 1080/2006 (capítulo III, sección 2), modificado por el Reglamento (CE) nº 846/2009 de 1 de septiembre.

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III. DECLARACIONES DE GASTOS PAGADOS. ELEGIBILIDAD.

Así mismo, los proyectos darán cumplimiento a:

las instrucciones que emanen de las distintas autoridades del Programa.

a lo establecido en el texto oficial de publicación de las convocatorias.

a lo establecido en el contrato de concesión de ayuda FEDER.

a lo establecido en las Guías disponibles en la página Web del programa.

a las normas de subvencionabilidad de la “Guía de certificación de Guía de certificación de gastos”gastos”

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III. DECLARACIONES DE GASTOS PAGADOS. PRESENTACIÓN.

Las Declaraciones de Gastos Pagados deben realizarse vía Web por cada entidad que participa en el proyecto.

Una vez finalizada y enviada vía Web debe ser impresa, firmada y sellada por el responsable de la entidad y enviar el original al Interlocutor Regional de la región a que pertenece.

Para la presentación de las Declaraciones el programa ha establecido fechas límite para la presentación de las declaraciones de gastos vía Web.

La carga de los gastos en la Web puede realizarse en cualquier momento.

Es recomendable que los gastos sean cargados en la Web a medida que se van efectuando los pagos.

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III. DECLARACIONES DE GASTOS PAGADOS. PRESENTACIÓN.

Para que los gastos sean considerados elegibles es condición necesaria que las fechas de pago de los gastos presentados se ajusten al cuadro establecido en la Guía de Certificación de Gastos.

En la primera Declaración de Gastos Pagados (EJE 3) se incluirán:

Gastos de preparación de las candidaturas: elegibles desde el 13 de octubre de 2009 hasta el 29 de enero de 2010 con el límite máximo de 30.000€.

Gastos de ejecución del proyecto: pagados desde la fecha de elegibilidad de los gastos (9 de junio de 2010) hasta el 31 de enero de 2011.

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III. DECLARACIONES DE GASTOS PAGADOS. PRESENTACIÓN.

Fechas límite para la presentación de la

Declaración de Gastos Pagados (DDP) al

Interlocutor Regional vía Web

Fecha del pago de los gastos

incluidos en la Declaración de Gastos

Pagados (DDP)

Hasta el 28 de febrero de 2011

Gastos preparatorios según el formulario de candidatura y gastos de ejecución pagados hasta el 31de enero de 2011

Hasta el 30 de junio de 2011Pagos realizados entre el 1 de febrero y 31 de mayo de 2011

Hasta el 31 de octubre de 2011Pagos realizados entre el 1 de junio y el 30 de septiembre de 2011

La Autoridad de Gestión del Programa podrá establecer un nuevo plazo extraordinario de presentación de declaraciones de gastos si lo considera necesario.

Cuadro de fechas para el año 2011 (EJE 3)Cuadro de fechas para el año 2011 (EJE 3)

(2012 y 2013 consultar Guía)

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III. DECLARACIONES DE GASTOS PAGADOS. PRESENTACIÓN.

ASPECTOS BÁSICOS A CONSIDERAR

Presentación de facturas o documentos de valor probatorio equivalente:

Identificación del proveedor/acreedor.

Número de factura.

Desglose de conceptos en factura.

Sello del Programa.

IGIC

Cumplimiento de la normativa en materia de contratación (copia del expediente).

Pago de facturas:

Extractos bancarios o salidas de caja.

Extractos contables o relación de facturas pagadas.

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III. DECLARACIONES DE GASTOS PAGADOS. PRESENTACIÓN.

ASPECTOS A CONSIDERAR POR NATURALEZA DEL GASTO

Estudios e Informes:

Copia de los informes o estudios.

Gastos de personal (ejecución de actividades):

Gastos de personal propio:

• Copia escaneada de las nóminas.

• Declaración firmada por el responsable de la entidad.

• Copia escaneada de los TC1 y TC2 y modelo 110 del IRPF.

Gastos de personal subcontratado:

• Contrato específico con el proyecto.

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III. DECLARACIONES DE GASTOS PAGADOS. PRESENTACIÓN.

ASPECTOS A CONSIDERAR POR NATURALEZA DEL GASTO

Desplazamientos:

Memoria descriptiva

Justificantes del gasto: tarjetas de embarque u otros (escaneados)

Documento de atribución de dietas por parte de la entidad.

Infraestructuras de pequeña envergadura:

Copias escaneadas del expediente de contratación.

Certificaciones de obra, si las hubiera.

Informe técnico descriptivo de las infraestructuras realizadas.

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III. DECLARACIONES DE GASTOS PAGADOS. PRESENTACIÓN.

ASPECTOS A CONSIDERAR POR NATURALEZA DEL GASTO

Equipamientos:

Gasto de compra elegible:

Gasto elegible si un Informe justifica que se cumplen las 3 condiciones descritas en la “Guía de Certificación de Gastos”:

1. finalidad,

2. exclusividad y

3. perdurabilidad

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III. DECLARACIONES DE GASTOS PAGADOS. PRESENTACIÓN.

ASPECTOS A CONSIDERAR POR NATURALEZA DEL GASTO

Equipamientos:

Gasto de amortización elegible:

Si no se cumplen las 3 condiciones de la Guía es elegible si presentan:

• documentos justificativos del gasto y pago de la compra;

• cuadro financiero de amortización según instrucciones de la Guía.

• criterio de amortización utilizado que debe coincidir necesariamente con el reflejado en la contabilidad de la entidad con los límites que establece la norma tributaria (tablas).

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III. DECLARACIONES DE GASTOS PAGADOS. PRESENTACIÓN.

ASPECTOS A CONSIDERAR POR NATURALEZA DEL GASTO

Conferencias/Seminarios/Jornadas técnicas:

Orden del día

Programa

Actas (listado de asistentes)

Promoción y divulgación:

Contratos suscritos

Material divulgativo adquirido

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III. DECLARACIONES DE GASTOS PAGADOS. PRESENTACIÓN.

ASPECTOS A CONSIDERAR POR NATURALEZA DEL GASTO

Los gastos de gestión y coordinación y los gastos generales conjuntamente no podrán superar el 7% del coste total elegible, tanto por socio como del proyecto en su conjunto.

Gastos de gestión y coordinación:

Gastos de personal propio o subcontratado relacionados con la gestión administrativa del proyecto.

No es posible certificar gastos por este concepto en ambos subepígrafes.

Gastos generales:

Elegible si cumple el art. 52 del reglamento (CE) 1828.

Informe explicativo del método utilizado para su cálculo

Otros gastos.

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III. DECLARACIONES DE GASTOS PAGADOS. PRESENTACIÓN.

Para cada gasto pagado imputado al proyecto es necesario señalar:

Si es Gasto en Tercer País

Si es Gasto del Fondo Social Europeo

El Interlocutor Regional podrá rechazar un gasto por no realizar correctamente esta clasificación.

Cada proyecto debe respetar los límites establecidos por proyecto:

Máximo 20% del FEDER para Gasto en Tercer País

Máximo 10% del FEDER para Gasto del Fondo Social Europeo

En caso sea solicitada una modificación de proyecto es necesario señalar si afecta a estos importes y respetar, en su caso, los límites establecidos.

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IV. SOLICITUDES DE REEMBOLSO DE LOS PROYECTOS.

El jefe de fila del proyecto es el responsable de realizar las Solicitudes de Reembolso de las Declaraciones de Gastos Pagados validadas.

Una Solicitud de Reembolso puede agrupar una o varias Declaraciones de Gastos Pagados validadas.

La solicitud será realizada vía Web y es necesario adjuntar toda la documentación solicitada en la guía.

Una vez terminada la tarea vía Web se remitirá un correo electrónico al STC informando sobre la solicitud.

En caso una Declaración de Gastos Pagados haya sido validada condicionada a una modificación presupuestaria es necesario que el jefe de fila solicite la modificación del proyecto (ver Guía de Modificaciones) y sea aceptada por el Programa.

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IV. SOLICITUDES DE REEMBOLSO DE LOS PROYECTOS.

Una vez analizada cada Solicitud de Reembolso el Secretariado Técnico Común remitirá la correspondiente orden de pago a la Autoridad de Certificación.

No se procederá al pago de una solicitud de reembolso si el jefe de fila no ha realizado las correspondientes transferencias a sus socios de solicitudes anteriores.

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V. PAGOS A LOS PROYECTOS Y SALDO FINAL.

Los pagos a los proyectos son realizados por la Autoridad de Certificación del programa (Instituto Financiero de Desenvolvimento Regional, Lisboa, Portugal).

La Autoridad de Certificación realizará las certificaciones y controles de su competencia y efectuará el pago al Jefe de Fila de la cofinanciación FEDER correspondiente.

En cada solicitud de reembolso el Programa realizará una retención del 5% (saldo final) del pago del FEDER correspondiente.

El Jefe de Fila realizará la transferencia a sus socios en un plazo máximo de 1 mes realizando las retenciones del saldo final correspondientes.

Es condición necesaria que los jefe de fila registren en la aplicación, adjuntando los extractos bancarios, los importes recibidos por la Autoridad de Certificación así como las transferencias realizadas a sus socios.

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V. PAGOS A LOS PROYECTOS Y SALDO FINAL.

El Saldo Final del proyecto no será abonado hasta la aprobación del Informe Final de ejecución del proyecto por el Comité de Gestión.

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VI. DECLARACIONES GASTOS DE SOCIOS DE TERCER PAÍS.

Los gastos de los terceros países (aportación propia de mínimo el 5% del total proyecto en conjunto), al no ser gasto FEDER, no deben presentarse al Interlocutor Regional de su región para su validación, así como tampoco formarán parte de las Solicitudes de Reembolso.

Sin embargo, deben presentar al Programa una justificación financiera de las acciones realizadas, así como evidencia del cumplimiento, en conjunto por proyecto, de la aportación propia del 5% sobre el coste total del proyecto.

Para la justificación de estos gastos el Programa ha elaborado unos modelos de Declaración que cada Jefe de fila, como responsable del proyecto, deberá presentar al Programa vía Web.

El Programa establecerá los plazos para la presentación de estas Declaraciones.

Las actuaciones de los terceros países se incluirán en los Informes de Ejecución de los proyectos que deberán presentar los Jefes de Fila en las fechas establecidas.

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VII. GASTO FEDER EN TERCER PAÍS.

El gasto del FEDER que se puede hacer por proyecto en el territorio de los socios del proyecto que estén en países no comunitarios (Terceros Países) es de un máximo del 20% del FEDER asignado a dicho proyecto.

Debe respetarse el porcentaje aprobado en el formulario del proyecto y solo se podrá modificar dicho % siempre que no llegue al límite del 20%.

Dicho gasto FEDER se incluirá en las muestras para controlar “in situ” que realicen los Interlocutores Regionales y la Autoridad de Auditoria.

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VIII. DISPONIBILIDAD DE LOS DOCUMENTOS.

Es obligación de los jefes de fila y socios conservar toda la documentación justificativa de los proyectos durante un periodo de tres años a partir del cierre del Programa en cumplimiento del artículo 90 del Reglamento (CE) Nº 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006.

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CONTACTO

Solicitudes de Modificación, Solicitudes de Anticipo, Solicitudes de Reembolso:

[email protected]