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El Ministerio del Trabajo ha expedido la Resolución 0312 de febrero 13 de 2019, que define nuevos estándares mínimos del SG-SST
y deroga la antigua Resolución 1111 de 2017. Esta nueva norma establece
estándares mínimos diferentes, así como condiciones de diseño, implementación, apoyo y asesoría, para
empresas, empleadores y contratantes con 10 o menos trabajadores, 11 a 50
trabajadores y más de 50 trabajadores.
Recuerde que entre los meses de enero a octubre del año 2019, el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG – SST)
debe estar en la 4ta fase de implementación, en esta fase se debe
realizar una autoevaluación de los estándares mínimos y establecer un plan de mejora para el SG – SST de
acuerdo a lo establecido en el Art. 25 de la Resolución 0312 de 2019.
El 25 de mayo del 2019 se firmó el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 / Ley 311 del 2019, en el cual se derogó el Decreto 1273 del 2018 y el Artículo 135 del anterior Plan Nacional de Desarrollo Ley 1753 de 2015. En él se define que el pago de la seguridad social integral no es obligación del contratante y continúa siendo responsabilidad y obligación del contratista independiente que debe reportar al contratante; por tanto, Compensar EPS no realizará retención para dichos pagos.
No obstante el Decreto 1072 de 2016 indica que cuando los contratistas realicen simultáneamente varios contratos, deben estar afiliados al Sistema General de Riegos Laborales por la totalidad de los contratos suscritos, en una misma Administradora de Riesgos Laborales; así mismo, el contratista debe informar al contratante, la Administradora de Riesgos Laborales a la cual se encuentra afiliado, para que este realice la correspondiente novedad en la afiliación del nuevo contrato.
Solicitamos implementar estrate-gias en su proceso de facturación, que les permita informar a nuestros usuarios los costos derivados de su atención hospitalaria, con el fin de dar cumplimiento a la Ley Esta-tutaria 1751 de 2015.
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Recuerde que una de sus obligaciones como contratista, consiste en reportar de manera
oportuna las novedades: Cambio de Representación Legal, Nit. o Razón Social,
cambio de sede administrativa o de atención (consultorio, dirección o nomenclatura), número telefónico,
correo electrónico, contactos, novedades de atención, apertura de nuevos servicios y
cambio de cuenta bancaria, con el fin de mantener actualizado nuestro sistema.
Prestadores de servicios de salud
Compensar EPS en su página web ha dispuesto para usted, la información relacionada con Modelo de Atención,
Información general de la población objeto con los datos sobre su ubicación
geográfica y perfil demográfico, el Manual de referencia y contrarreferencia, y demás
documentos requeridos para la debida ejecución del contrato, en el link
https://www.compensar.com/compras/proveedor-eps.aspx, en el módulo de proveedores EPS /sección de códigos y documentos.
Así mismo encontrará la inducción deproveedores en el siguiente enlace: https://transaccionesenlinea.com.co/eDesarrollo/MiRegistro/fLog_In.aspx
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