georreferenciación de limites
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LEY NACIONAL DE
CATASTRO Y EL CODIGO
CIVIL Y COMERCIAL
ING. GEOGRAFO NORBERTO FRICKX
JORNADA DE AGRIMENSURA
17 JUNIO
CORRIENTES 2015
BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Nº 31.076 – 18 DE ENERO DE 2007
LEY NACIONAL DE CATASTROLey 26.209
ARTICULO 18. — Esta ley es complementaria del Código Civil.
ARTICULO 3° — Deróganse las siguientes normas: a) Las leyes Nros. 11.357, 13.512, 14.394, 18.248, 19.724, 19.836, 20.276, 21.342 —con excepción de su artículo 6°—, 23.091, 25.509 y 26.005; b) La Sección IX del Capítulo II —artículos 361 a 366— y el Capítulo III de la ley 19.550, t.o. 1984; c) Los artículos 36, 37 y 38 de la ley 20.266 y sus modificatorias; d) El artículo 37 del decreto 1798 del 13 de octubre de 1994; e) Los artículos 1° a 26 de la ley 24.441; f) Los Capítulos I —con excepción del segundo y tercer párrafos del artículo 11— y III —con excepción de los párrafos segundo y tercero del artículo 28— de la ley 25.248; g) Los Capítulos III, IV, V y IX de la ley 26.356.
ARTICULO 5° — Las leyes que actualmente integran,
complementan o se encuentran incorporadas al Código Civil o al Código de Comercio, excepto lo establecido en el artículo 3° de la
presente ley, mantienen su vigencia como leyes que complementan al Código Civil y Comercial de la Naciónaprobado por el artículo 1° de la presente.
Ley 26.994: Aprueba CCC
ARTICULO 1º — Los catastros de las provincias y de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires son los organismos administradores de los datos correspondientes a objetos territoriales y registros públicos de los datos concernientes a objetos territoriales legales de derecho público y privado de su jurisdicción.
Constituyen un componente fundamental de la infraestructura de datos espaciales del país y forman la base del sistema inmobiliario en los aspectos tributarios, de policía y ordenamiento administrativo del territorio. Administrarán los datos relativos a los objetos territoriales con las siguientes finalidades, sin perjuicio de las demás que establezcan las legislaciones locales:
LEY 26209
T E R R I TO R I O
T E R R I TO R I O
A M B I E N T E
E S PAC I O
LA LEY 26209 NO DEFINE LOS OBJETOS TERRITORIALES LEGALES
Uno de los atributos fundamentales del objeto
territorial legal son los límites que lo conforman.
No existe límite sin una causa jurídica creadora
de él. Esa causa jurídica puede ser un título de
propiedad -como en el caso de los inmuebles-, una
ordenanza o una ley –como en el caso de una
restricción al dominio, de la creación de un área
de reserva o de la delimitación de un ejido
urbano- o un tratado internacional -como en el
caso de un límite entre países-. Todos estos son
ejemplos de objetos territoriales legales y la
presente ley impone su registración en los
catastros locales.
(Diputada Ana María Monayar)
O B J E TO T E R R I TO R I A LObjeto territorial:
“Denomínase objeto territorial a toda porción finita y
homogénea de territorio, por su naturaleza y por accesión.”FADA (2007) COMISION ESPECIAL LEY DE CATASTRO
Objeto territorial:
“Es una porción de territorio en el cual existen condiciones
homogéneas dentro de sus límites.”FIG (1994) CATASTRO 2014
ALGUNAS PROPIEDADES A DESTACAR:
INMOBILIDAD
ESPACIALIDADPERMITE UBICAR y DIMENSIONAR
O B J E TO T E R R I TO R I A L L EG A L
Objeto territorial legal:
““Es aquel objeto territorial, determinado por
mensura, cuyos límites se originan en una misma
causa jurídica.”FADA (2007) COMISION ESPECIAL LEY DE CATASTRO
“Los objetos territoriales legales son descriptos con el
contenido del derecho o constante, y por los limites
dentro de los cuales ellos existen.”FIG (1994) CATASTRO 2014
ARTICULO 1º — Los catastros de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son los organismos administradores de
los datos correspondientes a objetos territoriales y registros públicos de los datos concernientes a objetos territoriales legales de derecho público y privado de su jurisdicción. Constituyen un componente ……..
LEY 26209
OBJETOS DEL DOMINIO PUBLICO
OBJETOS DEL DOMINIO PRIVADO
DIVISION DEL TERRITORIO S/CODIGO CIVIL
BIENES DEL DOMINIO PUBLICO
BIENES DEL DOMINIO
PRIVADO
DEL ESTADO
DE LOS PARTICULARES
POLICIA
CALLE
CA
LL
E
CA
LL
E
CALLE
CALLE
CALLE
CA
LL
E
PLAZA
MUNIC
HO
SP
ITA
L
ES
CU
E
LA
BIENES
PUBLICOS
BIENES
PRIVADOS
DEL ESTADO
DE LOS
PARTICULARES
Art 18 CCC.- Derechos de las comunidades indígenas. Las comunidades indígenas reconocidas tienen derecho a la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan y de aquellas otras aptas y suficientes para el desarrollo humano según lo establezca la ley, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional.
PROPIEDAD PRIVADA
PROPIEDAD PRIVADA
PROPIEDAD PRIVADA
PROPIEDAD COMUNITARIA INDIGENA
PROPIEDAD PRIVADA
BIENES PUBLICOS
DIVISION DEL TERRITORIO S/ NUEVO
CODIGO CIVIL
BIENES PUBLICOS
BIENES PRIVADOSDEL ESTADO
DE LOS PARTICULARES
BIENES DE LAS COMUNIDADES INDIGENAS
BIENES PUBLICOS
BIENES
PRIVADOS
DEL ESTADO
DE LOS
PARTICULARES
BIENES DE LAS COMUNIDADES INDIGENAS
OBJETO TERRITORIAL LEGAL
OBJETO TERRITORIAL LEGAL
OBJETO TERRITORIAL LEGAL
Ley 26209
ARTICULA ASPECTOS
DERECHO ADMINISTRATIVODERECHO CIVIL
Legislaciones localesDerechos Reales
ARTÍCULO 1882. CCC- Concepto. El derecho real es el poder jurídico, de estructura legal,que se ejerce directamente sobre su objeto, en forma autónoma y que atribuye a su titularlas facultades de persecución y preferencia, y las demás previstas en este Código.
ARTÍCULO 1883 CCC.- Objeto. El derecho real se ejerce sobre la totalidad o una parte material de la cosa que constituye su objeto, por el todo o por una parte indivisa.
El objeto también puede consistir en un bien taxativamente señalado por la ley.
DERECHO REAL
1883 CCC : …OBJETO DE DERECHO REAL PUEDE SER UN BIEN SEÑALADO POR LA LEY
LEY 26209: …OBJETO TERRITORIAL LEGAL DE DERECHO PRIVADO…
DERECHO REAL DE DOMINIO DE INMUEBLES
QUÉ ES INMUEBLE?
ES UNA PORCION DEL TERRITORIO DONDE SE PUEDE EJERCER EL DERECHO REAL DE DOMINIO
Y TERRITORIO ES ESPACIO
Y QUE VELEZ SARSFIELD YA HABIA CONSIDERADO:
Art. 2.518 (CC VS). La propiedad del suelo se extiende a toda su
profundidad, y al espacio aéreo sobre el suelo en líneas
perpendiculares. Comprende todos los objetos que se encuentran
bajo el suelo, como los tesoros y las minas, salvo las modificaciones
dispuestas por las leyes especiales sobre ambos objetos. El
propietario es dueño exclusivo del espacio aéreo; puede extender en
él sus construcciones, aunque quiten al vecino la luz, las vistas u otras
ventajas; y puede también demandar la demolición de las obras del
vecino que a cualquiera altura avancen sobre ese espacio.
1945 CCC: …EL DOMINIO DE UNA COSA INMUEBLE SE EXTIENDE AL SUBSUELO Y AL ESPACIO AEREO EN LA MEDIDA QUE SU APROVECHAMIENTO SEA POSIBLE , EXCEPTO LO DISPUESTO POR NORMAS ESPECIALES…
WorldBuildingNew York 1890106m
Burj KalifaDubai 2010828m
JedddahArabia Saudita 20191007m
Art 235 CCC: SON BIENES PERTENECIENTES AL DOMINIO PUBLICO:……………….e) EL ESPACIO AEREO SUPRAYACENTE AL TERRITORIO Y A LAS AGUAS JURISDICCIONALES DE LA NACION ARGENTINA,…
EL INMUEBLE ES TRIDIMENSIONAL …. PERO CÓMO SE LO REPRESENTA?
ARTICULO 4º.- A los efectos de esta ley, denominase
parcela a la representación de la cosa inmueble de extensión
territorial continua, deslindado por una poligonal de límites
correspondiente a uno o más títulos jurídicos o a una
posesión ejercida, cuya existencia y elementos esenciales
consten en un documento cartográfico, registrado en el
organismo catastral.
LEY NACIONAL 26209
REPRESENTACION EN BASE A UN DOCUMENTO CARTOGRAFICO
INSCRIPTO
EL INMUEBLE ES TRIDIMENSIONAL
LA PARCELA ES BIDIMENSIONAL (por ahora)
LA PARCELA ES LA REPRESENTACION CARTOGRAFICA
DEL DERECHO REAL DE DOMINIO
ARTICULO 10. — Los objetos territoriales legales que no constituyen parcelas conforme el artículo 5º de la presente ley, serán asimismo determinados por mensura ……
LA PARCELA ES UN OBJETO TERRITORIAL LEGAL
ES LA PARCELA UN OBJ. TERRIT. LEGAL?
OBJETOS TERRITORIALES
OBJETOS TERRITORIALES
LEGALES
OBJETOS TERRITORIALES
LEGALES de DERECHO PRIVADO
PARCELAS
CONCLUSIONES
1.- LA MODIFICACION DEL CODIGO CIVIL NO SOLO HA REAFIRMADO LA VIGENCIA DE LA LEY NACIONAL DE CATASTRO SINO TAMBIEN HA COMPATIBILIZADO MUCHOS DE SUS ASPECTOS
2.- ASI SE HAN «LEGALIZADO» A LOS OBJETOS TERRITORIALES LEGALES
3.- LOS DERECHOS REALES SE EJERCEN EN LA «REALIDAD» Y LA REALIDAD ES ESPACIAL, ES TRIDIMENSIONAL.
4.- ESTOS CAMBIOS QUE SE ESTAN DANDO EN LA LEGISLACION ARGENTINA, TANTO EN EL CODIGO CIVIL Y COMERCIAL COMO EN LA LEY NACIONAL DE CATASTRO CONVOCAN AL PROFESIONAL DE LA AGRIMENSURA A SER PROTAGONISTA EN UN ROL DISTINTO AL QUE VENIA DESARROLLANDO.
5.- Y POR ELLO DEBEMOS DARNOS CUENTA DE QUE ESTAMOS TRANSITANDO UN MOMENTO HISTÓRICO EN LA AGRIMENSURA ARGENTINA Y RIOPLATENSE.
LEY NACIONAL DE
CATASTRO Y EL CODIGO
CIVIL Y COMERCIAL
ING. GEOGRAFO NORBERTO FRICKX
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17 JUNIO
CORRIENTES 2015