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NOVIEMBRE 2016 Año 3 Edición 11

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NOVIEMBRE 2016 Año 3 Edición 11

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AUTORIDADES

INTENDENTE Pablo Petrecca

SECRETARIO GENERAL Juan Fiorini

SECRETARIO DE GOBIERNO Martín Beligni

SECRETARIO DE ACCIÓN SOCIAL Marisa Ferrari

SECRETARIO DE SALUD Fabiana Mosca

SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS Diego Frittayón

SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS Ariel Díaz

SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICA Adrián Feldman

SECRETARIO DE SEGURIDAD Fabián Claudio

CONTADOR Natalia Donati

TESORERO Claudio Burgos

JEFE DE COMPRAS Abel Di Santi

ÍNDICE Primera Sección DEPARTAMENTO EJECUTIVO

Decretos pág 1 Segunda Sección HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Ordenanzas pág 54 Comunicaciones pág 64 Decretos pág 68 Resoluciones pág 69

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 1

Primera Sección Departamento Ejecutivo

DECRETOS DECRETO 2742 03-11-2016 VISTO: Que en el expediente Nº 4059-4563/2016, la Señora Directora de Educación de esta Municipalidad Dña. SIENRA, MARIA FABIANA, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal el evento Compromiso con la Educación, a llevarse a cabo en esta ciudad, el día 15 de Noviembre de 2016, y CONSIDERANDO: La relevancia del mismo que resultará de suma importancia para las Jornadas extendidas que se llevarán a cabo en nuestra ciudad, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere .- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal el evento Compromiso con la Educación, a llevarse a cabo en esta ciudad, el día 15 de Noviembre de 2016 .- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen como consecuencia de la realización del evento que da cuenta el artículo 1ro. del presente .- Articulo 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese .- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2743 03-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-4581/2016, por Dn. AGUDO, RICARDO FRANCISCO, con destino a solventar gastos por alquiler del inmueble que ocupa, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de Dn. AGUDO RICARDO FRANCISCO, un subsidio mensual por la suma de Pesos Cuatro Mil ($ 4000.-), durante los meses de noviembre y diciembre del corriente año, de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110114000 - Programa 25 - Actividad 41 - Código 5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2744 03-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 100-298/2016, el señor COORDINADOR DELEGACION VILLA BELGRANO, Dn. SPADANO, MARIANO ALEJANDRO, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal el evento "La movida azul saludable", a llevarse a cabo en Plaza Sarmiento, de esta ciudad, el día 17 de Noviembre de 2016, en el marco de las actividades previstas con motivo de celebrarse el 14 de noviembre el Día Mundial de la diabetes, y CONSIDERANDO: La relevancia de dicho evento y el fin que persigue, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal la realización del evento "La movida azul saludable", a llevarse a cabo en Plaza Sarmiento, de esta ciudad, el día 17 de Noviembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su

exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2745 03-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-437/2016, por Dña. PERALTA, ELIANA YANEL, con destino a solventar gastos de subsistencia, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de Dña. PERALTA, ELIANA YANEL, un subsidio mensual por la suma de Pesos Dos Mil ($ 2000.-) durante el período noviembre y diciembre inclusive, del corriente año, de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110114000 - Programa 25 - Actividad 41 - Código 5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2746 03-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: Las presentes actuaciones que giran bajo el número de registro municipal 4059-5072-2016, principiadas con el libelo de fs.1 suscripto por la Lic. D´Ambrosio María Silvina en virtud de la nota cursada por el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos a fs.2, en la que se informa que el agente Mariano Carlos Petraglia, Legajo Nº6536 hasta el 31 de octubre de 2016 no se ha presentado a su lugar de trabajo en la Dirección de Obras Particulares, ello conforme fuera debidamente notificado al efecto; Que a fs.5 luce telegrama obrero Ley 23.789 despachado por el agente Petraglia, de cuyo tenor se extrae estar notificado del Decreto Nº2648 del año 2016 y de la resolución fechada el 20/10/2016 por lo cual se lo traslada ?preventivamente-- a otra dependencia municipal, impugnando por su parte la medida cautelar adoptada a sus respecto ?esbozando sus razones?; Que peticiona la nulidad del acto administrativo citado y de su notificación, por falta de motivación, haciendo reserva de reclamar daños y perjuicios; Que a fs. 41 corre carta documento que replica el envío postal del agente -suscripta por el Sr. Secretario de Gobierno- cursada el 25/10/2016 y recibida por el destinatario el 26/10/2016 (ver fs.3); Que con el informe del Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos del 31/10/2016 y el TCL 090932717 del 21 se acredita prima facie que ha desobedecido una instrucción directa de sus superiores, propia del servicio no siendo manifiesamente ilícita y prevista por la normativa vigente (art. 33 Ley 14.656 y arts. 80 inc. a y b, 84 CCT); Que en atención a la gravedad del hecho descripto y las previsiones de los arts. 24 inc. u), 80 y 81, 82 a 89 del CCT, y arts. 23 a 43 de la Ley 14.656, el Intendente Municipal en uso de las facultades y prerrogativas que el cargo le confiere; DECRETA: ARTICULO 1ro: Procédase, con intervención de la Secretaría Legal y Técnica, en mérito a las previsiones citadas, a instruir el trámite sumarial respecto del agente Mariano Carlos Petraglia, a efectos desentrañar la presunta comisión de faltas de conducta imputables al agente municipal y en relación al hecho narrado en el

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 2

exordio.- ARTICULO 2do: Pase a la Secretaría Legal y Técnica a efectos dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 1ro..- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2747 03-11-2016 VISTO: Las actuaciones producida y que son parte integrante del Expediente 4059-1844/16, Licitación Privada Nº 25/16, referido a la ?Provisión del Servicio de limpieza en Unidades Sanitarias? CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo solicita la ampliación de la provision del servicio de limpieza en Unidades Sanitarias según nota obrante a fojas N° 106. Que la empresa Piedrabuena Maria de los Angeles informa que están en condiciones de proveer dicha provisión.- Que existen dictámenes legal y contable favorables.- Que se cuenta con la reserva presupuestaria para solventar la erogación que demanda la citada provisión.- Por todo ello, el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro:Apruébase la ampliación del servicio de limpieza en la Unidad Sanitaria N°9 según detalle a fojas N°106, conforme a las previsiones establecidas del Artículo N°17 del Pliego de Bases y Condiciones y el Artículo N°146 de la Ley Organica de las Municipalidades.- ARTICULO 2do:Se abonará en forma mensual la suma de PESOS: UN MIL CINCUENTA Y UNO CON 00/100 CTVOS.- ($ 1.051,00-) a la firma Piedrabuena Maria de los Angeles durante los meses de Noviembre y Diciembre según Exped. Administrativo Número único 4059-1844/16, Licitación Privada N° 25/16.- Artículo 3º: Los fondos indispensables para solventar los gastos que demanda la adqusición enumerada en el art. 1º del presente decreto, serán tomadas de la partida correspondiente al presupuesto de gastos vigentes. Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2748 03-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5081/2016, el señor Director General de Deportes de esta Municipalidad, Prof. PUEYO, DANIEL, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal el evento organizado con motivo del cierre de la liga infantil de sofbol, a llevarse a cabo en el Parque Borchex, de esta ciudad, el día 19 de Noviembre de 2016, y CONSIDERANDO: La relevancia del mismo, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal el evento organizado con motivo del cierre de la liga infantil de sofbol, a llevarse a cabo en el Parque Borchex, de esta ciudad, el día 19 de Noviembre de 2016.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por contratación de servicio de sonido, confección de afiches, traslados y premiación, como así también todo otro que pueda surgir como consecuencia de la realización del evento que da cuenta el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2749 03-11-2016

VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5096/2016, el señor Coordinador de Defensa Civil de esta Municipalidad, Dn. OCA, M ARTIN MANUEL, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal la exposición del Personal perteneciente al Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores (PRONACOM), a llevarse a cabo en instalaciones del C.I.T.E., de esta ciudad, el día 07 de Noviembre de 2016, y CONSIDERANDO: La relevancia de dicho evento, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal la exposición del Personal perteneciente al Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores (PRONACOM), a llevarse a cabo en instalaciones del C.I.T.E., de esta ciudad, el día 07 de Noviembre de 2016.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por desayuno de trabajo y contratación de micro para traslado de los participantes hasta el predio municipal donde se llevará a cabo la compactación de rodados, como así también todo otro que pueda surgir como consecuencia de la realización del evento que da cuenta el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2750 03-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-4520/2016, la señora Directora de Educación de esta Municipalidad, Dña. SIENRA, MARIA FABIANA, solicita atento a su importancia se declaren de Interés Municipal los eventos programados con motivo del cierre del ciclo lectivo de los Jardines Maternales Municipales, a llevarse a cabo durante el mes de diciembre del corriente año, y CONSIDERANDO: La relevancia de dichos eventos, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárense de Interés Municipal los eventos programados con motivo del cierre del ciclo lectivo de los Jardines Maternales Municipales, a llevarse a cabo durante el mes de diciembre del corriente año.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen como consecuencia de la realización de los eventos que da cuenta el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2751 03-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El expediente de registro municipal N°4059-2268-2009, en el cual por Decreto N°2488 de fecha 25/10/2011 -mod. por Dec. 239 del 27/01/2012- se adjudicó a Rocio Soledad Garbarino Tejedor, DNI 28.794.618 el inmueble identificado catastralmente como Circ.III, Secc.A, Mz.26, Parc.6, Partida 33034, integrante del Banco Municipal de Tierras en los términos del las Ordenanza N°3513/1996; con cargo de destinarlo a vivienda familiar única y permanente, y prohibición de vender o transferir su dominio; Que en fecha 07 de febrero de 2012 se suscribió el respectivo boleto de compraventa cual luce a fs.33, el que en su cláusula sexta dispone, con carácter de condición resolutoria, que la compradora solo podrá edificar en el inmueble una casa habitación que se ajuste a alguno de los modelos tipo y especificaciones técnicas elaboradas por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, o en su caso encontrarse el proyecto debidamente aprobado por dicha dependencia, de acuerdo a los siguientes plazos: dentro del año de la firma del boleto, deberá iniciar la construcción. Dentro del plazo de dos años de la firma deberá estar concluida

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la obra; el incumplimiento de dicha obligación asumida por la compradora dará derecho a la Vendedora a rescindir el contrato y obtener la restitución del terreno, asumiendo como única obligación la de reintegrar el importe que hubiere abonado la compradora; Que el 10 de octubre de 2014 (fs.59) se presenta la causante informando que en el siguiente mes cancelaría la última cuota comprometida, mas que por razones particulares no podría iniciar la obra hasta el año próximo; Que por Decreto Nº3088 del 17 de octubre de 2014 se prorrogó el inicio del cómputo del plazo establecido en la cláusula sexta del boleto de compra-venta por el término de 18 meses, consignándose erróneamente como fecha de suscripción del boleto el 07/10/2014, cuando la correcta fecha de suscripción del mismo fue el 07/10/2012; Que el 18 de febrero del 2016 la adjudicataria manifiesta haber cancelado el precio de venta comprometido, mas no ha podido construir en el fundo por cuestiones personales y económicas, alegando encontrarse imposibilitada de acceder a un crédito, por carecer del título de propiedad del inmueble ?a fs.65--; Que a fs.70 la Secretaria de Acción Social exterioriza que se encuentra incumplida la cláusula 6º del boleto de compraventa, disponiendo una prórroga por el término de un año, siendo que la Secretaría de Gobierno autorizó a la causante iniciar los trámites a efectos acceder a la escrituración social (resolución del 05/04/2016 de fs.66); Que razones de orden social aconsejan prorrogar el plazo originariamente convenido de inicio de las obras, dado el interés exteriorizado por la adjudicataria y las razones expuestas; Por las consideraciones que anteceden, en uso de las facultades que el cargo le confieren y en aplicación de la normativa precitada, el Sr. Intendente Municipal de Junín; DECRETA: ARTICULO 1ro: Confiérese el improrrogable plazo de un año ?a computarse desde la notificación del presente--, a efectos se dé estricto cumplimiento con la obligación dispuesta en la cláusula sexta del boleto de compraventa suscripto el 07/10/2012.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno, notifíquese a los adjudicatarios por Mesas de Entradas y archívase.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2752 03-11-2016 VISTO: La solicitud formulada a fojas 7 del expediente del registro municipal Nro. 4059-4388/2016 por Dn. TOLEDO, ANTONIO JOSE, en su calidad de beneficiario del Programa Crédito Argentino del Bicentenerio para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar), tendiente a obtener la eximición del pago del derecho de contrucción, correspondiente al inmueble de su propiedad, ubicado en este Partido, y CONSIDERANDO: La documentación aportada y lo dictaminado a fojas 41 vuelta y 42 del presente expediente por la Direcciones de Obras Particulares y Rentas, respectivamente, donde se deja constancia que el monto total del derecho correspondiente asciende a la suma de PESOS OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 95 CENTAVOS ($8752,95.-), y Que de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nro. 6300 y su decreto Reglamentario Nro. 1528/2013, el suscripto se halla facultado para proceder a la exención parcial del mismo; El Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a Dn. TOLEDO, ANTONIO JOSE D.N.I. 13945435, del pago de la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($3500.-), correspondiente al derecho de construcción, del inmueble de su propiedad ubicado en MALVINAS ARGENTINAS 1443, de JUNIN (Partida Nro 48565-0/00), debiendo abonar la suma de PESOS CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 95 CENTAVOS ($5252,95.-), atento lo expuesto en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase

en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2753 03-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-5107/2016 - Licitación Privada Nº 80/16, referida a la "Provisión del servicio de limpieza de baños en Parque Natural Laguna de Gomez- Temporada Alta", y CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones vigentes, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada.- Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo.- DECRETA: ARTICULO 1º: Llámese a Licitación Privada, para la "Provisión del servicio de limpieza de baños en Parque Natural Laguna de Gomez- Temporada Alta" y, en un todo de acuerdo al respectivo Pliego de Bases y Condiciones. El presupuesto oficial de la citada provisión es de PESOS SEISCIENTOS VEINTE Y NUEVE MIL QUINIENTOS DIEZ .- ($629510.-).- ARTICULO 2º: Procédase a la apertura de los sobres que contengan propuestas, el día 15 de noviembre de 2016, a las 12:00, en la Oficina de Compras, de la Municipalidad de Junín.- ARTICULO 3º: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2754 03-11-2016 VISTO: Que este Departamento Ejecutivo procedió a dictar el Decreto Nro. 2716 de fecha 26 de octubre del corriente año estableciendo planes de pago permanentes para deudas de tasas, y que el mismo fue modificado por el Decreto Nro. 2727/2016, y CONSIDERANDO: Que por un error involuntario se omitió incluir en el mismo la Tasa de inhumación, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Inclúyase en el artículo 1ro. del Decreto Nro. 2716/2016, modificado por Decreto Nro. 2727/2016, la Tasa de Inhumación.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2755 03-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-4972/2016 - Licitación Pública Nº 19, referida a la "PROVISION DE MANO DE OBRA, MATERIALES, MAQUINARIAS, INSUMOS Y HERRAMIENTAS NECESARIAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO COMUNITARIO - PROYECTO DE INTERVENCION INTEGRAL BARRIO NOROESTE", y CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones vigentes, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Pública y el nombramiento de la Comisión de Selección y Preadjudicación.- Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo.- DECRETA: ARTICULO 1º: Llámese a Licitación Pública, para "PROVISION DE MANO DE OBRA, MATERIALES, MAQUINARIAS, INSUMOS Y HERRAMIENTAS NECESARIAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO COMUNITARIO - PROYECTO DE INTERVENCION INTEGRAL BARRIO NOROESTE" y, en un todo de acuerdo al respectivo Pliego de Bases y Condiciones. El presupuesto oficial de la citada provisión es de PESOS OCHO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL TREINTA con 00/100.- ( $ 8.573.030,00.-)

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ARTICULO 2º: Procédase a la apertura de los sobres que contengan propuestas, el día Martes Veintinueve (29) de Noviembre de 2016, a las Once (11:00) hs., en la Oficina de Compras de la Municipalidad de Junín.- ARTICULO 3º: Designese al Secretario de Economía, Hacienda y Finanzas; representantes de la Secretarias de Obras y Servicios Públicos; Secretaría Legal y Técnica; Secretaría de Gobierno y Jefe de Compras para integrar la Comisión de Selección y Preadjudicación de la Licitación Pública Nº 19/2016. ARTICULO 4º: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2756 03-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: La presentación realizada por expediente municipal nro. 4059-5058/16, por la Comisión Directiva de la Asociación Civil "ATIEMPO", de la localidad de Junín, Partido de Junín, donde comunica la nómina de los integrantes de la misma, solicitando su reconocimiento, a los efectos del mejor desenvolvimiento para el logro de los fines que motivaran su constitución, por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere - DECRETA: ARTICULO 1ro: Reconócese a la Comisión Directiva de la Asociación Civil "ATIEMPO", de la localidad de Junín, Partido de Junín, cuyos cargos electivos serán representados por las siguientes personas: PRESIDENTE: MIRANDA de MELCON, Hilda Beatriz; VICEPRESIDENTE: PERCHANTE: Jose Alberto; SECRETARIA. CILIBERTI, María Carla; TESORERA: RONCONI, María Cecilia; VOCALES TITULARES: EFEMCHUK, Roberto; GUTIERREZ, Alba; VOCALES SUPLENTES: GARAY, Marta Lucrecia: BARZOLA, Osvaldo; REVISORES DE CUENTAS TITULARES: ORTIZ; Andres Francisco; BAUMAN, Luis Alberto; VEGA, Rosa Adela; REVISOR DE CUENTAS SUPLENTE: LAMBRIZCA, Verónica. ARTICULO 2do: El reconocimiento previsto en el artículo anterior, es al sólo efecto de que dicha Institución pueda desenvolverse de acuerdo a las necesidades y fines enunciados. ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos y Archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2757 03-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-4532/2016, por ATIEMPO ASOCIACION CIVIL S/FINES DE LUCR, con destino a solventar gastos de funcionamiento, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de ATIEMPO ASOCIACION CIVIL S/FINES DE LUCR, un subsidio por la suma de Pesos DOS MIL ($2000.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110101000 - Programa 1 - Actividad 0 - Código 5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2758 03-11-2016

VISTO Y CONSIDERANDO: La presentación realizada por expediente municipal nro. 4059-5034/16, por la Comisión Directiva de la Sociedad de Fomento del Barrio "FERROVIARIO", de la localidad de Junín, Partido de Junín, donde comunica la nómina de los integrantes de la misma, solicitando su reconocimiento, a los efectos del mejor desenvolvimiento para el logro de los fines que motivaran su constitución, por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere - DECRETA: ARTICULO 1ro: Reconócese a la Comisión Directiva de la Sociedad de Fomento del Barrio "FERROVIARIO", de la localidad de Junín, Partido de Junín, cuyos cargos electivos serán representados por las siguientes personas: PRESIDENTE: SOFIA, Martín, VICEPRESIDENTE: PEREZ, Alejandro; SECRETARIO: CALDERON, Olga; PROSECRETARIO: PARODI, Dora; TESORERO: BURGA, Norma; PROTESORERO: BETROS, Dominga; VOCALES TITULARES: LOPEZ, Carlos; LESCANO, Julián; FERNANDEZ, Pablo; VOCALES SUPLENTES: IMPINISI, Osvaldo; RU ARTE, Osvaldo; PALACIOS, Carlos; AGUERO, Angela; REVISORES DE CUENTAS TITULARES: FALASCONI, María; ROSSO, Walter; REVISORES DE CUENTAS SUPLENTE: NIELSEN, Sebastián; LUCHESSI, Gastón. ARTICULO 2do: El reconocimiento previsto en el artículo anterior, es al sólo efecto de que dicha Institución pueda desenvolverse de acuerdo a las necesidades y fines enunciados. ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos y Archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2759 03-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: La presentación realizada por expediente municipal nro. 4059-5033/16, por la Comisión Directiva de la Sociedad de Fomento de "FORTIN TIBURCIO", de la localidad de Fortín Tiburcio, Partido de Junín, donde comunica la nómina de los integrantes de la misma, solicitando su reconocimiento, a los efectos del mejor desenvolvimiento para el logro de los fines que motivaran su constitución, por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere - DECRETA: ARTICULO 1ro: Reconócese a la Comisión Directiva de la Sociedad de Fomento de "FORTIN TIBURCIO", de la localidad de Fortín Tiburcio, Partido de Junín, cuyos cargos electivos serán representados por las siguientes personas: PRESIDENTE: FIGGINI, Aida; VICEPRESIDENTE: CHIERICHETTI, Ariel; SECRETARIO: PARATORE, Oscar; PROSECRETARIO: URIO, Norberto; TESORERO: CAVALLO, Dora; PROTESORERO: GONZALEZ, Teresa; VOCALES TITULARES: MALANO, Cristina; URIO, Antonela; VOCALES SUPLENTES: DEL PAPA, Norberto; ESCANDAR CACERES, Vanesa; REVISORES DE CUENTAS TITULARES: SEÑERIZ, Elena; CAÑETE, Silvia; REVISORES DE CUENTAS SUPLENTES: DE FRANCESCO, Dario; ALVAREZ,Ignacio; PAGGIO, Hector Pedro. ARTICULO 2do: El reconocimiento previsto en el artículo anterior, es al sólo efecto de que dicha Institución pueda desenvolverse de acuerdo a las necesidades y fines enunciados. ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos y Archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2760 03-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-4804/2016, por Dn. ZINKO, NICOLAS ALFREDO, con destino a solventar gastos de subsistencia, el Intendente Municipal en uso de las

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facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de Dn. ZINKO, NICOLAS ALFREDO, un subsidio mensual por la suma de Pesos Un Mil Quinientos ($ 1500.-) durante el período octubre a diciembre inclusive del corriente año, de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110114000 - Programa 25 - Actividad 41 - Código 5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2761 03-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5037/2016, el señor DTOR. GENERAL TURISMO de esta Municipalidad, Dn. BORTOLATO, LUIS ENRIQUE, solicita atento a su importancia se declaren de Interés Municipal las actividades y programas a llevarse a cabo durante el mes de noviembre del corriente año, con motivo del mes de la música, y CONSIDERANDO: La relevancia de los mismos, cuyo objetivo es fomentar la cultura y promocionar el trabajo de los artistas locales, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárense de Interés Municipal las actividades, programas y conciertos a llevarse a cabo durante el mes de noviembre del corriente año, organizados por la Dirección Gral. de Turismo y Cultura con motivo del mes de la música.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por: traslados, catering, impresión de folletos y afiches y contratación de servicio de sonido, como así también todo otro que pueda surgir como consecuencia de la realización del evento que da cuenta el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2762 04-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: La presentación realizada por expediente municipal nro. 4059-5071/16, por la Comisión Directiva del HOGAR ESCUELA "SAN MIGUEL", de la localidad de Junín, Partido de Junín, donde comunica la nómina de los integrantes de la misma, solicitando su reconocimiento para el logro de los fines que motivaran su constitución, por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere - DECRETA: ARTICULO 1ro: Reconócese a la Comisión Directiva del HOGAR ESCUELA "SAN MIGUEL", de la localidad de Junín, Partido de Junín, cuyos cargos electivos serán representados por las siguientes personas: PRESIDENTE: WESTTEPP CURA, María Inocencia, VICEPRESIDENTE: DEL ROSSO, María Matilde; SECRETARIA: GREEN, Beatriz; PROSECRETARIA: GERBAIX, Norma; TESORERO: MATTEUCCI, Mónica Elena; PROTESORERO: TROILO, Stella Maris, VOCALES TITULARES: MOLINA, María Celia; NIGRO, María Cecilia; MENDOZA, Nancy; BISCARO, Magdalena; MORINI, Susana; VOCALES SUPLENTES: REPETTO, Marcela; RATTO, Guido; ALICE, Jose Gastón; REVISORES DE CUENTAS TITULARES: RIAÑO, Diego; GASTALDI, Gabriela; REVISORES DE CUENTAS SUPLENTES: OLIVA, Analía Verónica; TILBE, Claudia. ARTICULO 2do: El reconocimiento previsto en el artículo anterior, es al sólo efecto de que dicha Institución pueda desenvolverse de acuerdo a las

necesidades y fines enunciados. ARTICULO 3ro.: Cúmplase, comuníquese trancríbase en el Registro de Decretos y Archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2763 04-11-2016 VISTO: El expediente municipal nro. 4059-4882/16, sobre Inscripción de Entidad, y CONSIDERANDO: Que a fs. 1, la Comisión Directiva del Centro de Jubilados y Pensionados "Sum ARTE M.A.S" - Mayores Alcanzando Sueños -, de la localidad de Junín, Partido de Junín, solicita la inscripción como Entidad de Bien Público; Que a fs. 143, la Secretaría de Desarrollo Social considera que con la documentación agregada a fs. 2/142, se da cumplimiento con las exigencias de la Ordenanza nro. 2583/88, por lo que puede accederse a la inscripción solicitada; Por Ello; EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA: ARTICULO 1ro: Inscríbase en el Registro de Entidades de Bien Público Municipal, creado por Ordenanza nro. 2583/88 al Centro de Jubilados y Pensionados "Sum ARTE M.A.S." - Mayores Alcanzando Sueño, de la localidad de Junín, Partido de Junín. ARTICULO 2do: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno. ARTICULO 3ro: Regístrese, comuníquese y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2764 04-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: La presentación realizada por expediente municipal nro. 4059-4882/16, por la Comisión Directiva del Centro de Jubilados y Pensionados "Sum ARTE M.A.S." - Mayores Alcanzando Sueños -, de la localidad de Junín, Partido de Junín, donde comunica la nómina de los integrantes de la misma, solicitando su reconocimiento, a los efectos del mejor desenvolvimiento para el logro de los fines que motivaran su constitución, por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Reconócese a la Comisión Directiva del Centro de Jubilados y Pensionados "Sum ARTE M.A.S." - Mayores Alcanzando Sueños -, de la localidad de Junín, Partido de Junín,, cuyos cargos electivos serán representados por las siguientes personas: PRESIDENTE: ELIAS, Rosa María; VICEPRESIDENTE: RAMIREZ, Patricia: SECRETARIA: LOPEZ, Adelina; TESORERA: RAMIREZ, Nelida; VOCALES TITULARES: BRIZUELA, Sara; M ARTIN, Nilda Mabel; VOCALES SUPLENTES: IRIGOYEN, Nora; GODOY, Edith; REVISORES DE CUENTAS TITULAR: FIGGINI, Rosa; DE VEGA, Mario; REVISORES DE CUENTAS SUPLENTES: SANCHEZ, Doris; FORZANO, Catalina. ARTICULO 2do: El reconocimiento previsto en el artículo anterior, es al sólo efecto de que dicha Institución pueda desenvolverse de acuerdo a las necesidades y fines enunciados. ARTICULO 3ro.: Cúmplase, comuníquese transcríbase en el Registro de Decretos y Archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2765 04-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El Expte. de registro municipal 4059-4954-2012 en el cual mediante Decreto Nº367/2014 se eximió del pago del estacionamiento medido al rodado dominio NPP190, en relación al inmueble de calle Malvinas Argentinas Nº68, -Pda.14653- en los términos del art. 2do., 3er. párr. de la Ord. N° 5757/2010 -y sus modificatorias-; Que a fs.17

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se presenta la causante impetrando el cambio de dominio exento por el AA445EA; Por las consideraciones que anteceden, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades y prerrogativas que el cargo le confieren; DECRETA: ARTICULO 1ro: Remplázase el dominio exento por Decreto Nº367/2014, NPP190 en relación al inmueble de Malvinas Argentinas Nº68, -Pda.14653- por dominio AA445EA con vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese a los recurrentes y a la empresa Pague por Celular S.A., transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2766 04-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El Expte. de registro municipal 4059-5255-2012 en el cual mediante Decreto Nº2381/2012 se eximió del pago del estacionamiento medido al rodado dominio LEF492, en relación al inmueble de calle V. Lopez y Planes Nº24 -Pda.13315- en los términos del art. 2do., 3er. párr. de la Ord. N° 5757/2010 -modificada por la Ord. N°6186 del 07/08/2012-; Que a fs.9 se presenta la causante impetrando el cambio de dominio exento por el AA559KA; Por las consideraciones que anteceden, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades y prerrogativas que el cargo le confieren; DECRETA: ARTICULO 1ro: Remplázase el dominio exento por Decreto Nº2381/2012, LEF492 en relación al inmueble de calle V. Lopez y Planes Nº24 -Pda.13315- por dominio AA559KA con vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese a la recurrente y a la empresa Pague por Celular S.A., transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2767 04-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte N°4059-4417/2016 - Licitación Privada N°66/2016 referida a la "Provisión de nafta super para talleres municipales" "Segundo Llamado" y, CONSIDERANDO:Que no fue recepcionada oferta alguna, se sugiere declarar desierto dicho llamado. Que existe dictamén contable y legal favorable. Por todo ello, el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro: Declaresé desierta la "Provisión de nafta super para Talleres Municipales" "Segundo Llamado"; por no haber sido recepcionada oferta alguna.- ARTICULO 2do:Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, públiquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese. Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2768 04-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El Expte. de registro municipal 4059-5109-2012 en el cual mediante Decreto Nº2319/2012 se eximió del pago del estacionamiento medido al rodado dominio LEY869, en relación al inmueble de calle Gral. Paz Nº332 -Pda.25095- en los términos del art. 2do., 3er. párr. de la Ord. N° 5757/2010; Que a fs.19 se presenta la causante impetrando el cambio de dominio exento por el AA492SC; Por las consideraciones que anteceden, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades y prerrogativas que el cargo le confiere;

DECRETA: ARTICULO 1ro: Remplázase el dominio exento por Decreto Nº2319/2012, LEY869 en relación al inmueble de calle Gral. Paz Nº332 -Pda.25095- por dominio AA492SC con vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese a la recurrente y a la empresa Pague por Celular S.A., transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2769 04-11-2016 VISTO: El expediente Nro. 4059-3001/2016, por el que se gestiona la escrituración del inmueble ubicado en Junín, nomenclatura catastral: Circ. XV- Secc. K- Chacra 1- Manzana 1AT- Parcela 2, y CONSIDERANDO: Que el proceso de regularización dominial del inmueble, resulta de interés social, teniendo en cuenta el nivel económico de los adquirentes y la necesidad de otorgar seguridad jurídica a la titularidad de dominio sobre el mismo; Que según lo dispuesto por el artículo 4to., inciso d) de la Ley 10.830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia, se encuentra facultada para intervenir en casos como el presente, por ello el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárase de interés social la escrituración del inmueble ubicado en Junín, nomenclatura catastral: Circ. XV- Secc. K- Chacra 1- Manzana 1AT- Parcela 2, a favor de Dn. Gregorio SOTO.- ARTICULO 2do: Condónanse las deudas por tasas municipales al titular del inmueble beneficiado por el Régimen de Regularización Dominial de Interés Social -Ley 10.830-, hasta la fecha de escrituración.- ARTICULO 3ro: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio del inmueble a que se refiere el artículo primero del presente.- ARTICULO 4to: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2770 04-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El Expte. de registro municipal 4059-5862-2012 en el cual mediante Decreto Nº2891/2013 se eximió del pago del estacionamiento medido al rodado dominio HOQ822, en relación al inmueble de Av. San Martín Nº371 -Pda.51135- en los términos del art. 2do., 3er. párr. de la Ord. N° 5757/2010 -modificada por la Ord. N°6186 del 07/08/2012-; Que a fs.19 se presenta el causante impetrando el cambio de dominio exento por el LLC189; Por las consideraciones que anteceden, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades y prerrogativas que el cargo le confiere; DECRETA: ARTICULO 1ro: Remplázase el dominio exento por Decreto Nº2891/2013, HOQ822 en relación al inmueble de Av. San Martín Nº371 -Pda.51135- por dominio LLC189 con vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese al recurrente y a la empresa Pague por Celular S.A., transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2771 04-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El Expte. de registro municipal 4059-6451-2014 en el cual mediante Decreto

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Nº2320/2012 se eximió del pago del estacionamiento medido al rodado dominio IBR980, en relación al inmueble de calle Saavedra Nro. 157 -Pda.48598- en los términos del art. 2do., 3er. párr. de la Ord. N° 5757/2010; Que a fs.15 se presenta el causante impetrando el cambio de dominio exento por el AA571XW; Por las consideraciones que anteceden, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades y prerrogativas que el cargo le confiere; DECRETA: ARTICULO 1ro: Remplázase el dominio exento por Decreto Nº3704/2014, IBR980 en relación al inmueble de calle Saavedra Nro. 157 -Pda.48598- por dominio AA571XW con vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese a los recurrentes y a la empresa Pague por Celular S.A., transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2772 04-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El Expte. de registro municipal 4059-5338-2012 en el cual mediante Decreto Nº2381/2012 se eximió del pago del estacionamiento medido al rodado dominio LJT073, en relación al inmueble de calle Saavedra Nº162 -Pda.41052- en los términos del art. 2do., 3er. párr. de la Ord. N° 5757/2010 ; Que a fs.8 se presenta el causante impetrando el cambio de dominio exento por el AA571XH; Por las consideraciones que anteceden, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades y prerrogativas que el cargo le confieren; DECRETA: ARTICULO 1ro: Remplázase el dominio exento por Decreto Nº2381/2012, LJT073 en relación al inmueble de calle Saavedra Nº162 -Pda.41052- por dominio AA571XH con vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese al recurrente y a la empresa Pague por Celular S.A., transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2773 04-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-5040/2016 - Licitación Privada Nº 79/16, referida a la "PROVISION DE ALQUILER DE RETROEXCAVADORA PARA AMPLIACION RED CLOACAL", y CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones vigentes, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada.- Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo.- DECRETA: ARTICULO 1º: Llámese a Licitación Privada, para la "PROVISION DE ALQUILER DE RETROEXCAVADORA PARA AMPLIACION RED CLOACAL" y, en un todo de acuerdo al respectivo Pliego de Bases y Condiciones. El presupuesto oficial de la citada provisión es de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA MIL .- ($280.000.-).- ARTICULO 2º: Procédase a la apertura de los sobres que contengan propuestas, el día 11 de noviembre de 2016, a las 11:00, en la Oficina de Compras, de la Municipalidad de Junín.- ARTICULO 3º: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2774 04-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: Las actuaciones que

rolan bajo el número de registro municipal 4059-3231-2016, que registran como jalón de inicio la nota suscripta por el Sr. Secretario Legal y Técnico , Dr. Adrián Feldman (fs.1); La constancia de Circuito de Expediente del Nº4059-56922015 de fs.2; Las copias simples de la documentación que corre a fs.3/5; Que a fs.56 el funcionario iniciador, y en cuya Secretaría residían los obrados extraviados, conforme constancia de fs.2, pone de resalto que luego de una exhaustiva búsqueda infructuosa, resulta procedente su reconstrucción, posibilitando con ello la escrituración pendiente, detallándose las copias agregadas a las presentes actuaciones; Que dada la necesidad de reconstruir el expediente perdido, cual se ha extraviado sin poder determinarse su ubicación, el Intendente municipal de Junín en uso de las facultades y prerrogativas que el cargo le confiere; DECRETA: ARTICULO 1ro: Dispónese la reconstrucción del Expediente de registro municipal 4059-3231-2016 en los términos del art.131 de la Ordenanza General N°267/1980.- ARTICULO 2do: Giren los presentes obrados por las oficinas y dependencias municipales que intervinieron en el trámite del expediente a reconstruirse, según el detalle de fs.2, a efectos se reproduzcan los informes, dictámenes, vistas legales y se incorporen resoluciones y documentación respectiva en copia auténtica.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2775 04-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-5053/2016, por la ESCUELA DE ATLETISMO GALAS DE JUNIN, con destino a solventar los gastos que le demanda al deportista Jonathan GARCIA participar en el Campeonato Provincial Juvenil de Atletismo, a llevarse a cabo en la ciudad de Mar del Plata entre los días 4 y 6 de noviembre del corriente año, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de la ESCUELA DE ATLETISMO GALAS DE JUNIN, con destino al atleta Jonathan GARCIA, un subsidio por la suma de Pesos UN MIL QUINIENTOS ($1500.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110109000 - Programa 43 - Actividad 2 - Código 5.1.3.0 - Becas, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2776 04-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: La presentación realizada por expediente municipal nro. 4059-4976/16, por la Comisión Directiva de la Sociedad de Fomento del Barrio "BICENTENARIO", de la ciudad de Junín, Partido de Junín, donde comunica la nómina de los integrantes de la misma, solicitando su reconocimiento, a efectos del mejor desenvolvimiento para el logro de los fines que motivaran su constitución, por ello el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere - DECRETA: ARTICULO 1ro: Reconócese a la Comisión Directiva de de la Sociedad de Fomento del Barrio "BICENTENARIO", de la localidad de Junín, Partido de Junín, cuyos cargos electivos serán representados por las siguientes personas: PRESIDENTE: AUER, María Angelica; VICEPRESIDENTE: GIAPOR, Daniel; SECRETARIA: FERNANDEZ, Claudia;

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 8

PROSECRETARIO: VILCHES, Carlos; TESORERO: FREZZOTTI, Eduardo; PROTESORERO: BESANA, Ricardo; VOCALES TITULARES: BESANA, Elvis; BARBI, Renato; CRIVELLI, Ruben; DADIEGO, Sandra; VOCALES SUPLENTES: DIMARCO: Jose; M ARTíN, Javier; DOMINGUEZ, Alejandra; REVISOR DE CUENTAS TITULAR: AMOR, María de los Angeles; REVISOR DE CUENTAS SUPLENTE: PEDROZO, Aldo. ARTICULO 2do: El reconocimiento previsto en el artículo anterior, es al sólo efecto de que dicha Institución pueda desenvolverse de acuerdo a las necesidades y fines enunciados. ARTICULO 3ro.: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos y Archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2777 04-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El expediente del registro municipal Nro. 4059-4834/2016, en el que se solicita el pago de fallo de caja para el agente Cristian Heraldo VALLES, por ocupar la función de Cajero en la Delegación Municipal Villa del Carmen, de esta ciudad, y Que el requerimiento formulado cuenta con dictamen favorable del señor Secretario de Hacienda, Producción y Finanzas de esta Municipalidad, razón por la cual el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Fíjase a partir del día 1ro. de octubre del corriente año, una bonificación mensual de Pesos Setecientos ($ 700.-) en concepto de fallo de caja para el agente municipal Cristian Heraldo VALLES, atento lo expuesto en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2778 04-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-4555/2016 - Concurso de Precios Nº 49/2016 referida a: "Provisión de Oficina movil para Proyecto B° Noroeste", y CONSIDERANDO: Que, fueron recepcionadas 2 ofertas. Que la Comisión de Preadjudicación, designada a ese efecto, elevó su dictamen, nominando a la firma Preadjudicataria de la citada provisión. Que, se cuenta con la reserva presupuestaria para solventar la erogación que demanda la tarea descripta. Que se cuenta con dictamen Legal y Contable favorables. Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro: Adjudícase a la firma Tambussi Rodrigo la "Provisión de Oficina movil para Proyecto B° Noroeste" en la suma total de PESOS CIENTO VEINTE Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.- ($129.990.-) , en un todo de acuerdo a la respectiva Oferta Básica, Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación que es parte integrante del Expte. Nro 4059-4555/2016 - Concurso de Precios Nº 49/2016.- ARTICULO 2do: Tómese los fondos necesarios para solventar el gasto que origine la tarea que nos ocupa, de la partida reservada a ese fin. ARTICULO 3ro: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese. Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2779 04-11-2016 VISTO: El expediente Nro. 4059-3391/2016, por el que se gestiona la escrituración del inmueble ubicado en Junín, nomenclatura catastral: Circ. XV- Secc. T-

Chacra 1- Manzana 1N- Parcela 11, y CONSIDERANDO: Que el proceso de regularización dominial del inmueble, resulta de interés social, teniendo en cuenta el nivel económico de los adquirentes y la necesidad de otorgar seguridad jurídica a la titularidad de dominio sobre el mismo; Que según lo dispuesto por el artículo 4to., inciso d) de la Ley 10.830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia, se encuentra facultada para intervenir en casos como el presente, por ello el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárase de interés social la escrituración del inmueble ubicado en Junín, nomenclatura catastral: Circ. XV- Secc. T- Chacra 1- Manzana 1N- Parcela 11, a favor de Dn. Pablo Antonio CLARO.- ARTICULO 2do: Condónanse las deudas por tasas municipales al titular del inmueble beneficiado por el Régimen de Regularización Dominial de Interés Social -Ley 10.830-, hasta la fecha de escrituración.- ARTICULO 3ro: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio del inmueble a que se refiere el artículo primero del presente.- ARTICULO 4to: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2780 04-11-2016 VISTO: Que en el Decreto Nº 2682 de fecha 24-oct-2016 se ha omitido la fecha de designación, y; CONSIDERANDO: Que resulta necesario efectuar la correción pertinente, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere.- DECRETA: ART 1: Modifícase el artículo 1ro. del Decreto 2682 de fecha 24-oct-2016, el que quedará redactado de la siguiente manera: ART 1: Desígnase a partir del día 11 de octubre de 2016 Verificador Municipal al empleado FALASCONI Natalio Hernan (Legajo Nº6872) DNI Nº22623592, de conformidad con lo expresado en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Cúmplase, comuniquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2781 04-11-2016 VISTO: La vacante existente en el Presupuesto de Gastos vigente, y; CONSIDERANDO: Que es necesario cubrirla, procediendo a la reubicación de los agentes conforme a sus funciones específicas, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Desígnase a partir del 01 de noviembre de 2016 Categoría CAT.6 - NIVEL 4 SUBJURISDICCION 1110104000, PROGRAMA 19, ACTIVIDAD 01 con un régimen horario de 40 horas semanales al empleado CARBALLO DIEGO ARIEL D.N.I. 32195958 Legajo Nº 7223 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2782 04-11-2016 VISTO: La vacante existente en el Presupuesto de Gastos vigente, y; CONSIDERANDO: Que es necesario cubrirla, procediendo a la reubicación de los agentes conforme a sus funciones específicas, el Sr.

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Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Desígnase a partir del 01 de noviembre de 2016 Categoría CAT.10 - NIVEL 4 SUBJURISDICCION 1110104000, PROGRAMA 19, ACTIVIDAD 01 con un régimen horario de 40 horas semanales al empleado RINQUE EDUARDO MANUEL D.N.I. 30169906 Legajo Nº 7084 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2783 04-11-2016 VISTO: La vacante existente en el Presupuesto de Gastos vigente, y; CONSIDERANDO: Que es necesario cubrirla, procediendo a la reubicación de los agentes conforme a sus funciones específicas, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Desígnase a partir del 01 de noviembre de 2016 Categoría CAT.15 - NIVEL 4 SUBJURISDICCION 1110104000, PROGRAMA 19, ACTIVIDAD 01 con un régimen horario de 40 horas semanales al empleado REYES HECTOR ANTONIO D.N.I. 23258114 Legajo Nº 6132 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2784 04-11-2016 VISTO: La vacante existente en el Presupuesto de Gastos vigente, y; CONSIDERANDO: Que es necesario cubrirla, procediendo a la reubicación de los agentes conforme a sus funciones específicas, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Desígnase a partir del 01 de noviembre de 2016 Categoría CAT.15 - NIVEL 4 SUBJURISDICCION 1110104000, PROGRAMA 19, ACTIVIDAD 01 con un régimen horario de 40 horas semanales al empleado BAIZAN LUIS ALBERTO D.N.I. 23813351 Legajo Nº 7411 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2785 04-11-2016 VISTO: La solicitud formulada a fojas 34 del expediente del registro municipal Nro. 4059-4884/2016 por Dña. ORONA, MARIA JOSE, en su calidad de beneficiaria del Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar), tendiente a obtener la eximición del pago del derecho de contrucción, correspondiente al inmueble de su propiedad, ubicado en este Partido, y CONSIDERANDO: La documentación aportada y lo dictaminado a fojas 37 y 38 del presente expediente por la Direcciones de Obras Particulares y Rentas, respectivamente, donde se deja constancia que el monto total del derecho correspondiente asciende a la suma de PESOS NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 54 CENTAVOS ($9337,54.-), y Que de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nro. 6300 y su decreto Reglamentario Nro. 1528/2013, el suscripto se halla facultado para proceder a la exención parcial del mismo; El Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere-

DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a Dña. ORONA, MARIA JOSE D.N.I. 30875897, del pago de la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($3500.-), correspondiente al derecho de construcción, del inmueble de su propiedad ubicado en DON SEGUNDO SOMBRA 85 de JUNIN (Partida Nro 41598-0/00), debiendo abonar la suma de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 54 CENTAVOS ($5837,54.-), atento lo expuesto en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2786 04-11-2016 VISTO: Las actuaciones que son parte integrante del Exped. Administrativo Número Único 4059-4418/16 Licitación Privada Nº 67/16, referido a la ?Provisión de Gas Oil para Equipos Viales y Talleres Municipales?, CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo solicita la ampliación de la contratación de gas oil debido a actividades no previstas. Que el Sr Gustavo Varela en caracter de Jefe de Base Junín de la firma Y.P.F S.A informa que está en condiciones efectuar la provisión requerida.- Que existen dictámenes legal y contable favorables.- Que se cuenta con la reserva presupuestaria para solventar la erogación que demanda la citada provisión. Por todo ello, el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro:Apruébase la ampliación de 8000 litros de gas oil correspondiente a la ?Provisión de gas oil para equipos viales y talleres municipales?. ARTICULO 2do: Se abonará a la firma Y.P.F S.A la suma total de PESOS: CIENTO VEINTITRES MIL SEISCIENTOS CON 00/100 CTVOS.- ($ 123.600,00-), de acuerdo a la adjudicación vigente según Exped. Administrativo Número único 4059-4418/16, Licitación Privada N°67/16.- Artículo 3º: Los fondos indispensables para solventar los gastos que demanda la adqusición enumerada en el art.1º del presente decreto, serán tomadas de la partida correspondiente al presupuesto de gastos vigentes. Artículo 4º: Cúmplase, comuníquese, públiquese mediante su exhibición en la Secretaria de Gobierno, transcríbase en el Registro de Decretos y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2787 04-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 100-304/2016, el señor COORDINADOR de la DELEGACION MUNICIPAL VILLA BELGRANO de esta Municipalidad, Dn. SPADANO, MARIANO ALEJANDRO, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal el acto de firmas y entrega de escrituras sociales, a llevarse a cabo en instalaciones del Club Mariano Moreno, el día 10 de Noviembre de 2016, con la presencia de funcionarios de la Escribanía Gral. de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, y CONSIDERANDO: La relevancia de dicho evento, que beneficiará a vecinos de esta ciudad y el Partido, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal la realización el acto de firmas y entrega de escrituras sociales, a llevarse a cabo en instalaciones del Club Mariano Moreno, de esta ciudad, el día 10 de Noviembre de 2016, con la presencia de funcionarios de la Escribanía Gral. de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por contratación de servicio de sonido, alquiler de 650 sillas, 10 manteles, 30 copas, 12 botellas de agua mineral de 500 c.c. y catering para treinta (30) personas, como así también todo otro que pueda surgir como consecuencia de la realización del evento que da cuenta

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el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2788 04-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-4952/2016, el señor Coordinador del Programa ENVION, DIMARCO NICOLAS ESTEBAN, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal el evento Interenviones, a llevarse a cabo en la ciudad de Saladillo (B), el día 21 de Noviembre de 2016, y CONSIDERANDO: La relevancia de dicho evento, cuyo objetivo es intercambiar experiencias, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal el evento Interenviones, a llevarse a cabo en la ciudad de Saladillo (B), el día 21 de Noviembre de 2016.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por traslado de cuarenta (40) personas, como así también todo otro que pueda surgir como consecuencia de la participación en el evento que da cuenta el artículo 1ro. del presente.- Los fondos que demande el cumplimiento de los gastos que se indican serán tomados de la Partida 1110109000- Programa 45.01. Fuente de Financimianto 1.3.2. Fondo Educativo, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2789 04-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5087/2016, la señora Secretaria de Acción Social de esta Municipalidad, Dña. FERRARI, MARIA ISABEL, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal el evento "Capacitación en la formación y constitución del voluntariado en la comunidad", a llevarse a cabo en las instalaciones del C.I.T.E., de esta ciudad, el día 19 de Noviembre de 2016, y CONSIDERANDO: La relevancia del mismo, que será dictado por el equipo de la Fundación Juan Gastón Vignes, siendo sus destinatarios las instituciones y O.N.G. de la ciudad, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal la realización del evento "Capacitación en la formación y constitución del voluntariado en la comunidad", a llevarse a cabo en las instalaciones del C.I.T.E., de esta ciudad, el día 19 de Noviembre de 2016.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por pasajes Retiro - Junín y viceversa para tres personas y almuerzo para cinco (5) personas, como así también todo otro que pueda surgir como consecuencia de la realización del evento que da cuenta el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2790 04-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-4706/2016, por el CONSERVATORIO DE MUSICA JUAN R.PEREZ CRUZ DE JUNIN, con destino a brindar ayuda económica a estudiantes del mismo que participan en el proyecto "Una Orquesta para mi ciudad", el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA:

ARTICULO 1ro: Otórgase a favor del CONSERVATORIO DE MUSICA JUAN R.PEREZ CRUZ DE JUNIN, un subsidio por la suma de Pesos CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS ($44800.-), equivalente a los meses de abril a noviembre del corriente año, de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110109000 - Programa 45.01 ? Código 5.1.7.0 "Subsidios a Entidades del Sector Privado", ?Fondo Educativo?- Fuente de Financiamiento 132, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2791 04-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-4967/2016, por el señor Director de Deportes de esta Municipalidad, con destino a solventar los gastos que le demanda a la atleta Viviana Soledad BAIGORRIA, la participación en el Torneo y Seminario Internacional a llevarse a cabo en Camboriu (Brasil), entre los días 12 y 13 de noviembre del corriente año, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de Dña. BAIGORRIA, VIVIANA SOLEDAD, un subsidio por la suma de Pesos TRES MIL ($3000.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110109000 - Programa 43 - Actividad 2 - Código 5.1.3.0 - Becas, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2792 04-11-2016 VISTO: La solicitud formulada a fojas 37 del expediente del registro municipal Nro. 4059-5235/2015 por Dn. MENESE, CARLOS JAVIER, en su calidad de beneficiario del Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar), tendiente a obtener la eximición del pago del derecho de contrucción, correspondiente al inmueble de su propiedad, ubicado en este Partido, y CONSIDERANDO: La documentación aportada y lo dictaminado a fojas 37 vuelta y 38 del presente expediente por la Direcciones de Obras Particulares y Rentas, respectivamente, donde se deja constancia que el monto total del derecho correspondiente asciende a la suma de PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS CON 25 CENTAVOS ($4622,25.-), y Que de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nro. 6300 y su decreto Reglamentario Nro. 1528/2013, el suscripto se halla facultado para proceder a la exención parcial del mismo; El Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a Dn. MENESE, CARLOS JAVIER D.N.I. 23398600, del pago de la suma de PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS CON 25 CENTAVOS ($4622,25.-), correspondiente al derecho de construcción, del inmueble de su propiedad ubicado en CAMINO DEL RESERO SUR 609, de JUNIN (Partida Nro 64471-0/00), atento lo expuesto en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.-

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Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2793 07-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-4963/2016, por el CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS VIRGEN DEL PILAR, de la localidad de Agustín Roca, de este Partido, con destino a solventar gastos que le demandó la contratación de agrupaciones musicales y ballets que se presentaron en la Fiesta del Fiambre Casero, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor del CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS VIRGEN DEL PILAR, de la localidad de Agustín Roca, de este Partido, un subsidio por la suma de Pesos VEINTE Y UN MIL ($21000.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110101000 - Programa 1 - Actividad 0 - Código 5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2794 07-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-5205/2016 - Licitación Pública Nº 20/16, referida a "Provisión de Mano de obra, Materiales, Equipos y Herramientas necesarias para la ejecución de Pozo de Bombeo, Sala de Comandos y Red Cloacal en el Parque Industrial de Junín", y CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones vigentes, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Pública.- Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo.- DECRETA: ARTICULO 1º: Llámese a Licitación Pública, para "Provisión de Mano de obra, Materiales, Equipos y Herramientas necesarias para la ejecución de Pozo de Bombeo, Sala de Comandos y Red Cloacal en el Parque Industrial de Junín" y, en un todo de acuerdo al respectivo Pliego de Bases y Condiciones. El presupuesto oficial de la citada provisión es de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON 47 CVOS.- ($4238362,47.-).- ARTICULO 2º: Procédase a la apertura de los sobres que contengan propuestas, el día 07 de diciembre de 2016, a las 11:00, en la oficina de Compras, de la Municipalidad de Junín.- ARTICULO 3º: Designanse miembros integrantes de las Comisiones de Selección y de Preadjudicación, perteneciente a la Licitación Pública Nº 20/2016 tramitada mediante Expte.Nº 4059-5205/2016, referida a la obra "Provisión de Mano de Obra, Materiales, Equipos y Herramientas necesarias para la ejecución de Pozo de Bombeo, sala de comandos y Red cloacal en el Parque Industrial de Junín" , a los siguientes funcionarios Municipales: Secretario de Hacienda y Finanzas, Secretario de Obras y Servicios Públicos, Representante de la Secretaria Legal y Técnica, Representante de Obras Sanitarias y Jefe de Compras. ARTICULO 4º: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2795 07-11-2016

VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5195/2016, el señor DTOR. GENERAL TURISMO de esta Municipalidad, Dn. BORTOLATO, LUIS ENRIQUE, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal la XII Edición del Salón Nacional de Artes Visuales, a llevarse a cabo en instalaciones del MACA, de esta ciudad, durante los meses de noviembre y diciembre del corriente año, y CONSIDERANDO: La relevancia de dicho evento, que además de promover la actividad artística, proyecta al Museo local a nivel nacional debido al alcance de la convocatoria en el cual participan artistas de todo el país, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal la XII Edición del Salón Nacional de Artes Visuales, a llevarse a cabo en instalaciones del MACA, de esta ciudad, durante los meses de noviembre y diciembre del corriente año.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por premios, traslados, viáticos, comidas, impresión de folletos y afiches, como así también todo otro que pueda surgir como consecuencia de la realización del evento que da cuenta el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2796 07-11-2016 VISTO: El expediente del registro municipal Nro. 4059-1368/2016, mediante el cual se tramita la eximición del pago de la Tasa CONSERVACION DE LA VIA PUBLICA correspondiente al inmueble de Dña. BALDUZZI, MARIA LORENA, y CONSIDERANDO: Que la recurrente se encuentra imposibilitada de atender el pago de los mencionados tributos en virtud de su situación económica, conforme con lo dictaminado por la Secretaría de Salud a fojas 9/11, y la Dirección de Ingresos Públicos a fojas 13 del expediente antes citado; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que le confiere el artículo 57mo.) Inciso1) de la Ordenanza Nro. 6869- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a Dña. BALDUZZI, MARIA LORENA, del pago de la Tasa CONSERVACION DE LA VIA PUBLICA correspondiente al inmueble de su propiedad ubicado en SAN M ARTIN 31, de la localidad de Agustín Roca, de este Partido, (Partida Nro 6996-0/00), por el período comprendido entre los días 01 de Enero de 2016 y 31 de Diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2797 07-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-3572/2016, por Dn. GARCIA, RUBEN ALBERTO, con destino a solventar gastos de subsistencia, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de Dn. GARCIA, RUBEN ALBERTO, un subsidio por la suma de Pesos UN MIL OCHOCIENTOS ($1800.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110114000 - Programa 25 - Actividad 41 - Código 5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.-

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Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2798 07-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-5085/2016, por la Escuela de Educación Agraria Nº 1 ?Florencio Molina Campos?, de esta ciudad, con destino a solventar gastos que le demanda el festejo del aniversario de dicha institución, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de la Escuela de Educación Agraria Nº 1 ?Florencio Molina Campos?, de esta ciudad, un subsidio por la suma de Pesos Dos Mil ($ 2.000.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110101000 ? Actividad Central 01- Código 5.1.7.0. "Subsidios a Entidades del Sector Privado", del Presupuesto de Gastos vigente.- Articulo 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2799 07-11-2016 VISTO: La presentación realizada en el expediente Nro. 4059-4878/2016 por los integrantes de la Peña "Veteranos del Deporte de Junín", en la que hace saber que el día 20 de noviembre del corriente año, se llevará a cabo en las instalaciones del Círculo Sirio, de nuestra ciudad, la 2da. Fiesta Anual, y CONSIDERANDO: La relevancia de la misma, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárase de Interés Municipal la 2da. Fiesta Anual de la Peña "Veteranos del Deporte de Junín", a llevarse a cabo el día 20 de noviembre del corriente año en las instalaciones del Círculo Sirio de nuestra ciudad.- ARTICULO 2do: Abónense los gastos que se originen por la contratación del servicio de sonido para el evento en cuestión.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2800 07-11-2016 VISTO: Que por Decreto Nro. 2742/2016 Expediente Nro. 4059-4563/2016, se declaró de Interés Municipal el evento Compromiso con la Educación, a llevarse a cabo en esta ciudad, el Día 15 de Noviembre de 2016, y CONSIDERANDO: Que la misma no se concretará en la fecha anterior, comunicando la Dirección de Educación que se llevará a cabo el día 21 de Noviembre de 2016, razón por la cual se hace necesario dictar el correspondiente acto administrativo modificando la fecha establecida en el Decreto antes citado, Por lo expuesto el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere.- DECRETA: ARTICULO 1ro: Modifícase el artículo 1ro del Decreto Nro. 2742/2016, el que quedará redactado de la siguiente manera: ?Articulo 1ro: Declárese de Interés Municipal el evento Compromiso con la Educación, a llevarse a cabo en esta ciudad el día 21 de Noviembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2801 07-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado en el expediente Nro. 4059-3816/2016, por el señor Director de Deportes de esta Municipalidad, con destino a la Agrupación Aeromodelismo Junín para solventar gastos ocasionados por la organización del 70mo. Concurso Nacional de Aeromodelismo Categoría Planeadores, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de la AGRUPACION AEROMODELISMO JUNIN, un subsidio por la suma de Pesos CUATRO MIL ($4000.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110109000 - Programa 43 - Actividad 2 - Código 5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2802 07-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-4910/2016, por Dñ. RAMIREZ, PATRICIA MARGARITA, con destino a solventar los gastos que les demandó al Centro de Jubilados y Pensionados Sum ARTE M.A.S. "Mayores Alcanzando Sueños", asistir al Congreso Internacional de la Red Oapelnonos, llevado a cabo en la ciudad de Miramar entre los días 27 y 30 de octubre ppdo., el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor del Centro de Jubilados y Pensionados Sum ARTE M.A.S. "Mayores Alcanzando Sueños", de esta ciudad, un subsidio por la suma de Pesos TRES MIL ($3000.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110101000 - Programa 1 - Actividad 0 - Código 5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2803 07-11-2016 VISTO: La presentación realizada en el expediente del registro municipal Nro. 4059-4958/2016 por la Directora de la Escuela Secundaria Nro. 18 "Astor Piazzolla", de esta ciudad, en la que hace saber que el día 16 de noviembre del corriente año, se llevará a cabo en nuestra ciudad el concierto de alumnos del citado establecimiento denominado "El tango hace escuela", y CONSIDERANDO: la relevancia del mismo, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárase de Interés Municipal el concierto de alumnos de la Escuela Secundaria Nro. 18 "Astor Piazzolla", de esta ciudad, denominado "El tango hace escuela", a llevarse a cabo el día 16 de noviembre del corriente año en las instalaciones de El Salón.- ARTICULO 2do: Abónense los gastos originados por la contratación de servicio de sonido, material gráfico y difusión del evento que trata el artículo 1ro. del presente.-

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 13

ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2804 07-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5120/2016, el señor Subsecretario de Economía y Producción de esta Municipalidad, Ing. CORIA, DANIEL GERMAN, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal la Jornada del Día de la Producción, a llevarse a cabo en esta ciudad, el día 11 de Noviembre de 2016, y CONSIDERANDO: La relevancia de dicho evento en el que se presentarán herramientas, programas de apoyo y fortalecimiento para el crecimiento económico y la resolución de problemas y/o trámites ligados a Pymes y emprendedores, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal la Jornada del Día de la Producción, a llevarse a cabo en esta ciudad, el día 11 de Noviembre de 2016.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por alquiler de salón, servicio de catering para los asistentes, contratación de servicio de sonido, promoción y difusión, como así también todo otro que pueda surgir como consecuencia de la realización del evento que da cuenta el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2805 07-11-2016 VISTO: La vacante existente en el Presupuesto de Gastos vigente, y; CONSIDERANDO: Que es necesario cubrirla, procediendo a la reubicación de los agentes conforme a sus funciones específicas, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Desígnase a partir del 01 de noviembre de 2016 Categoría CAT.6 - NIVEL 4 SUBJURISDICCION 1110104000, PROGRAMA 19, ACTIVIDAD 01 con un régimen horario de 40 horas semanales al empleado MACHAIN GUILLERMO OMAR D.N.I. 28259152 Legajo Nº 7799 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2806 07-11-2016 VISTO: La nota elevada a esta Dirección de fecha 01 de noviembre de 2016 donde la Directora de Educación, solicita el incremento de viáticos y movilidad hasta la suma de PESOS NOVECIENTOS VEINTE .-($920) por mes al empleado ADARO NATALIA LUJAN. CONSIDERANDO: La designación que surge del Decreto Nº 2435 de fecha 27 de septiembre de 2016, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Increméntese a partir del día 01 de noviembre de 2016 y hasta el día 31 de diciembre de 2016, en concepto de viáticos y movilidad hasta la suma de PESOS CUATRO MIL CIENTO CUARENTA .-($4140) por mes para cumplir tareas en APOYO ESCOLAR al empleado ADARO NATALIA LUJAN D.N.I. 27635029 Legajo Nº 3389 perteneciente al personal Ad'Honorem por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Impútese la presente erogación a la partida 1312 Ad'Honorem SUBJURISDICCION 1110109000,

PROGRAMA 45, ACTIVIDAD 01 .- ART 3: Cúmplase, cumuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2807 07-11-2016 VISTO: La nota elevada a esta Dirección de fecha 01 de noviembre de 2016 donde la Directora de Educación solicita el incremento de viáticos y movilidad hasta la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA .-($460) por mes al empleado ROLANDO GONZALO GABRIEL. CONSIDERANDO: La designación que surge del Decreto Nº 2436 de fecha 27 de septiembre de 2016, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Increméntese a partir del día 01 de noviembre de 2016 y hasta el día 31 de diciembre de 2016, en concepto de viáticos y movilidad hasta la suma de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA .-($3680) por mes para cumplir tareas en APOYO ESCOLAR al empleado ROLANDO GONZALO GABRIEL D.N.I. 29894937 Legajo Nº 3411 perteneciente al personal Ad'Honorem por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Impútese la presente erogación a la partida 1312 Ad'Honorem SUBJURISDICCION 1110109000, PROGRAMA 45, ACTIVIDAD 01 .- ART 3: Cúmplase, cumuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2808 07-11-2016 VISTO: La renuncia presentada por la Dra. Ah Honorem, CARMELI SILVINA LYSLEY, con desempeño en Control Médico perteneciente a la SECRETARIA DE GOBIERNO, y; CONSIDERANDO: Que la aceptación de dicha petición es facultativa del Departamento Ejecutivo; por lo expuesto, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Acéptase a partir del día 01 de noviembre de 2016, la renuncia presentada por el agente de SUBJURISDICCION 1110112000, PROGRAMA 32, ACTIVIDAD 29 empleado CARMELI SILVINA LYSLEY D.N.I. 23925827 Legajo Nº 7073 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2809 07-11-2016 VISTO: La necesidad de prorrogar el plazo de designación establecido por Decreto Nº 2608 de fecha 11 de octubre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado perteneciente al Área Parque Natural Laguna de Gomez, y; CONSIDERANDO: Que se trata de Tareas Temporarias, que encuadraría como Personal Temporario Mensualizado, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Prorrógase el plazo de designación establecido por el Decreto Nº 2608 de fecha 11 de octubre de 2016 a partir del día 01 de noviembre de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas en el PARQUE NATURAL LAGUNA DE GOMEZ con una asignación mensual de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA .-($6780) equivalente al Personal OBRERO III, con un régimen de 45 horas semanales al empleado DOMINGUEZ GONZALO JAVIER D.N.I. 35640767 Legajo Nº 7668 por los motivos expuestos en

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el exordio del presente Decreto.- ART 2: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110115000, PROGRAMA 20, ACTIVIDAD 02 .- ART 3: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2810 07-11-2016 VISTO: La necesidad de designar Personal Temporario Mensualizado en el area de la SECRETARIA DE SALUD, y; CONSIDERANDO: Que se trata de Tareas Temporarias, que encuadraría como Personal Mensualizado, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Desígnase a partir del día 01 de noviembre de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas en MEDICOS, con una asignación mensual de PESOS SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE ,-($7769) equivalente a Clase PROFESIONAL II, con un régimen horario de 30 horas semanales al empleado BARBERO AGOSTINA D.N.I. 35505158 Legajo Nº 3445 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110113000, PROGRAMA 23, ACTIVIDAD 30 .- ART 3: El presente Decreto queda sujeto a la presentación de los antecedentes penales.- ART 4: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2811 07-11-2016 VISTO: La nota elevada de fecha 02 de noviembre de 2016 presentada por el Agente, LONGO FEDERICO JULIAN donde solicita al Director Gral de Licencia de Conducir y Terminal de Omnibus, AGUILAR ALDO GERMAN la reducción del régimen horario a 30 horas semanales, siendo autorizado a partir de 01 de noviembre de 2016, y; CONSIDERANDO: La designación que surge del Decreto 2289 de fecha 09 de septiembre de 2016, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Redúzcase a partir de 01 de noviembre de 2016 el régimen horario a 30 horas semanales al empleado ADMINISTRATIVO III del Personal permanente de SUBJURISDICCION 1110112000 ACTIVIDAD CENTRAL 01 con desempeño en OTORGAMIENTO LICENCIAS, y una asignación de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTE ,-($4520), al empleado LONGO FEDERICO JULIAN D.N.I. 36364351 Legajo Nº 3103, por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2812 07-11-2016 VISTO: El régimen horario vigente en la Municipalidad de Junín, y; CONSIDERANDO: Que a los efectos de lograr mayor eficiencia y funcionalidad, se hace necesario implementar el régimen horario consistente en 45 horas semanales, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Establécese a partir de 01 de noviembre de 2016 el régimen horario de 45 horas semanales para el

empleado del Personal Superior equivalente a DIRECTOR GENERAL de SUBJURISDICCION 1110112000 ACTIVIDAD CENTRAL 01 con una asignación mensual de PESOS VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS VEINTE Y NUEVE ,-($23429) con desempeño en el OMIC, empleado SCANAVINO FERNANDO OSCAR D.N.I. 25044427 Legajo Nº 3285 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2813 07-11-2016 VISTO: La vacante existente en el Presupuesto de Gastos vigente, y; CONSIDERANDO: Que es necesario cubrirla, procediendo a la reubicación de los agentes conforme a sus funciones específicas, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Desígnase a partir del 25 de octubre de 2016 Categoría CAT.15 - NIVEL 7 SUBJURISDICCION 1110104000, PROGRAMA 19, ACTIVIDAD 01 con un régimen horario de 40 horas semanales al empleado COVINI GUIDO HECTOR D.N.I. 32923909 Legajo Nº 3441 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2814 07-11-2016 VISTO: La necesidad de que la Dirección de Educación cuente con la asistencia de personal especializado en temas vinculados al quehacer de la misma, y; CONSIDERANDO: Que SCOLLO GISELA SAMANTA registra conocidos antecedentes en la materia, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Desígnase a partir del 26 de octubre de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, "Ad-Honorem" para cumplir tareas como Docente de Ingles en APOYO ESCOLAR a SCOLLO GISELA SAMANTA D.N.I. 29416325 Legajo Nº 3442 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Abónese a la misma en concepto de Viáticos y Movilidad, hasta la suma de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS .- ($2300) por mes.- ART 3: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2815 08-11-2016 VISTO: La nota elevada por el agente URUÑUELA MARCELA ALEJANDRA donde se solicita la reserva de cargo, y; CONSIDERANDO: Las normativas vigentes en el Art. 18 del Convenio Colectivo de Trabajo, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Reservase el cargo de revista de acuerdo al Art. 18 del Convenio Colectivo de Trabajo vigente al empleado Clase JERARQUICO I PROFES., URUÑUELA MARCELA ALEJANDRA D.N.I. 16415278 Legajo Nº 5661 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decreto, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 15

DECRETO 2816 08-11-2016 VISTO: La nota elevada por Secretario de Legal y Tecnica Dr Feldman Isidoro Adrian, en donde informa que luego de una reestructuración de tareas en dicha secretaria, se le ha ordenado al sector denominado por Organigrama como Procuración, para que se haga cargo de llevar adelante el control de la legalidad de las distintas resoluciones, contratos, convenios que firme el Señor Intendente Municipal, sin distincion de areas, motivo por el cual se solicita la recategorización a Director General con 30 hrs semanales, al empleado Uruñuela Marcela Alejandra, Legajo N°5661 y la opinion favorable de la Subsecretaria de Gestion de Calidad y RRHH, D´ Ambrosi Maria Silvina, y CONSIDERANDO: Que es necesario cubrirla, procediendo a la reubicación de los agentes conforme a sus funciones específicas, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Desígnase a partir del 01 de Noviembre de 2016 DIRECTOR GENERAL Directora de Legal y Técnica del Personal Jerárquico SUBJURISDICCION 1110117000 ACTIVIDAD CENTRAL 01 con un régimen horario de 30 horas semanales al empleado URUÑUELA MARCELA ALEJANDRA D.N.I. 16415278 Legajo Nº 5661 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2817 08-11-2016 VISTO: La nota elevada por el Secretario de Legal y Tecnica, Dr Feldman Isidoro Adrian, en donde informa que luego de una reestructuración de tareas en dicha secretaria, se le ha ordenado al sector denominado por Organigrama como Procuración, para que se haga cargo de llevar adelante el control de la legalidad de las distintas resoluciones, contratos, convenios que firme el Señor Intendente Municipal, sin distincion de areas, motivo por el cual se solicita la recategorizacion a Jerárquico I Profesional con 35 hrs semanales, al empleado Pita Graciela Liliana Leg N°6250 y la opinion favorable de la Subsecretaria de Gestion de Calidad y RRHH, D´ Ambrosi Maria Silvina y; CONSIDERANDO: Que es necesario cubrirla, procediendo a la reubicación de los agentes conforme a sus funciones específicas, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Desígnase a partir del 01 de Noviembre de 2016 JERARQUICO I PROFES. Jefe Departamento Legal y Técnica del Personal permanente SUBJURISDICCION 1110117000 ACTIVIDAD CENTRAL 01 con un régimen horario de 35 horas semanales al empleado PITA GRACIELA LILIANA D.N.I. 14187461 Legajo Nº 6250 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2818 08-11-2016 VISTO: La necesidad de designar Personal Temporario Mensualizado en los Jardines Maternales perteneciente a la SECRETARIA GENERAL, y; CONSIDERANDO: Que se trata de Tareas Temporarias, que encuadraría como Personal Mensualizado, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Desígnase a partir del día 01 de noviembre de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas en JARDINES MATERNALES, con una asignación mensual de PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS

VEINTITRES ,-($4623) equivalente a Clase TECNICO III, con un régimen horario de 30 horas semanales al empleado ALVAREZ PAMELA MARICEL D.N.I. 35893507 Legajo Nº 3446 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110109000, PROGRAMA 45, ACTIVIDAD 02 .- ART 3: El presente decreto queda sujeto a la presentación del exámen preocupacional ART 4: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2819 09-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en expediente Nro. 4059-5265/2016, por Dña. MEDINA María de los Ángeles, con destino a solventar gastos que le demanda la realización de estudios médicos, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de Dña. MEDINA María de los Ángeles, un subsidio por la suma de Pesos Dos Mil Quinientos ($ 2.500.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do:Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Subjurisdicción 1110114000 ? Programa 25 ? Actividad 41 ? Código 5.1.4.0. "Subsidios a Personas Carentes", del Presupuesto de Gastos vigente.- Articulo 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2820 09-11-2016 VISTO: La comunicación efectuada por el H. Concejo Deliberante respecto de la sanción de las Ordenanzas Nro. 7008; 7009; 7010 y 7013, cuyas copias obran en los expedientes Nro. 4059-6222/2014; 4059-3568/2016; 4059-4859/2016, y 4059-5187/2016, respectivamente, y CONSIDERANDO: Que dichas Ordenanzas fueron comunicadas con fecha 09 de Noviembre de 2016; Que de conformidad a lo establecido en el artículo 108vo., inciso 2do del Decreto-Ley Nro. 6769 (Ley Orgánica Municipal), es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere - DECRETA: ARTICULO 1ro: Promúlganse las Ordenanzas Nro. 7008; 7009; 7010 y 7013, sancionadas por el H. Concejo Deliberante con fecha 08 de Noviembre de 2016, cuyas copias como anexos integran el presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2821 09-11-2016 VISTO: La comunicación efectuada por el H. Concejo Deliberante respecto de la sanción de las Ordenanzas Nro. 7011; 7012 y 7016, cuyas copias obran en los expedientes Nro. 4059-4815/2016; 4059-4921/2016, y 4059-4825/2016, respectivamente, y CONSIDERANDO: Que dichas Ordenanzas fueron comunicadas con fecha 09 de Noviembre de 2016; Que de conformidad a lo establecido en el artículo 108vo., inciso 2do del Decreto-Ley Nro. 6769 (Ley Orgánica Municipal), es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas; Por ello, el Intendente

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Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere - DECRETA: ARTICULO 1ro: Promúlganse las Ordenanzas Nro. 7011; 7012 y 7016, sancionadas por el H. Concejo Deliberante con fecha 08 de Noviembre de 2016, cuyas copias como anexos integran el presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2822 09-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado en el expediente Nro. 4059-5239/2016, por el señor Director Gral. de Deportes, con destino a solventar los gastos que le damandan a PEREZ, GUILLERMO DANIEL DOMINGO, participar en el Mundial de billar a tres bandas a disputarse en Burdeos (Francia), entre los días 15 y 19 de noviembre del corriente año, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de Dn. PEREZ, GUILLERMO DANIEL DOMINGO, un subsidio por la suma de Pesos UN MIL ($1000.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110109000 - Programa 43 - Actividad 2 - Código 5.1.3.0 - Becas, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2823 09-11-2016 VISTO: La solicitud formulada a fojas 11 del expediente del registro municipal Nro. 4059-4611/2016 por Dn. PESAVENTO ISAZA, CARLOS ANDRES, en su calidad de beneficiario del Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar), tendiente a obtener la eximición del pago del derecho de contrucción, correspondiente al inmueble de su propiedad, ubicado en este Partido, y CONSIDERANDO: La documentación aportada y lo dictaminado a fojas 40 y 41 del presente expediente por la Direcciones de Obras Particulares y Rentas, respectivamente, donde se deja constancia que el monto total del derecho correspondiente asciende a la suma de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UN CON 67 CENTAVOS ($7691,67.-), y Que de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nro. 6300 y su decreto Reglamentario Nro. 1528/2013, el suscripto se halla facultado para proceder a la exención parcial del mismo; El Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a Dn. PESAVENTO ISAZA, CARLOS ANDRES D.N.I. 18802691, del pago de la suma de PESOS CUATRO MIL OCHENTA Y CINCO ($4085.-), correspondiente al derecho de construcción, del inmueble de su propiedad ubicado en INT. JOSE B. ORTEGA 1614, de JUNIN (Partida Nro 54836-0/00), debiendo abonar la suma de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS SEIS CON 67 CENTAVOS ($3606,67.-), atento lo expuesto en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2824 09-11-2016

VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5234/2016, el señor Director General de Deportes de esta Municipalidad, Prof. PUEYO, DANIEL, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal el evento vuelta de regularidad homenaje a Juan Manuel Bordeu "Copa Anibal Cirigliano", a llevarse a cabo en esta ciudad, el día 13 de Noviembre de 2016, y CONSIDERANDO: La relevancia de dicho evento, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal el evento vuelta de regularidad homenaje a Juan Manuel Bordeu "Copa Anibal Cirigliano", a llevarse a cabo en esta ciudad, el día 13 de Noviembre de 2016.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por contratación de servicio de sonido y alquiler de baños químicos, como así también todo otro que pueda surgir como consecuencia de la realización del evento que da cuenta el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2825 09-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5113/2016, la señora SUBSECRETARIA DE GESTION DE CALIDAD Y RR HH de esta Municipalidad, Lic. D'AMBROSI, MARIA SILVINA, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal la Capacitación sobre marco normativo de las habilitaciones de Grandes Superficies comerciales y cadenas de distribución, a llevarse a cabo en esta ciudad, el día 21 de Noviembre de 2016, y CONSIDERANDO: La relevancia del mismo, que será dictado por personal del Departamento de Análisis y Programas Comerciales del Ministerio de la Producción, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Buenos Aires, y será fundamental para la coordinación entre este Municipio y los organismo provinciales, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal la Capacitación dictada por personal del Ministerio de la Producción, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Buenos Aires, sobre marco normativo de las habilitaciones de Grandes Superficies comerciales y cadenas de distribución, a llevarse a cabo en esta ciudad, el día 21 de Noviembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2826 09-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El expediente de registro municipal N°4059-5989-2008, en el cual se le adjudicó a la Sra. Soledad Francese, DNI 32.773.498 el inmueble identificado catastralmente como Circ.III, Secc.A, Mz.39, Parc.20, Pda.28778, integrante del Banco Municipal de Tierras en los términos de la Ordenanza N°3513/1996, con cargo de destinarlo a vivienda familiar única y permanente, y prohibición de vender o transferir su dominio, ello mediante Decreto Nº258 del 01/02/2012; Que el 03/04/2012 se suscribió el repectivo boleto de compraventa (fs.36); Que por Decreto Nº3053 del 11/09/2015 se dispuso la revocación de la adjudicación habida por Decreto N°258 del 01/02/2012 en favor de la Sra. Soledad Francese, al registrarse el incumplimiento en el pago de las cuotas acordadas, habiendo hecho abandono del predio y estando verificada la omisión de la condición resolutoria dispuesta en la cláusula sexta del boleto de compraventa, quedando en consecuencia rescindido el boleto de fecha 03/04/2012 (fs.55); Que con al constancia de fs.58 se justifica la notificación de este último acto en el domicilio constituido en el boleto de compraventa sito en calle Pringles Nº332 de Junín, ello

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en fecha 27/11/2015; Que el 11/04/2016 se presenta la causante de autos solicitando se revise la revocación de la adjudicación alegando dificultades económicas y la ubicación del fundo adjudicado -Saforcada- como impedimento para cumplir oportunamente las obligaciones por ella asumidas asumidas y fijando como nuevo domicilio el de Jean Jaures Nº827 de Junín (ver fs.73); Que no aportándose elementos que autoricen revisar la decisión revocatoria adoptada por el Decreto Nº3053 del 11/09/2015, habiendo por lo demás adquirido firmeza dicho acto, el Sr. Intendente Municipal de Junín; DECRETA: ARTICULO 1ro: Desestímase la solicitud de reconsideración articulada por la Sra. Soledad Francese, DNI 32.773.498 a fs.73, por los fundamentos que anteceden, permaneciendo vigente el Decreto Nº3053 del 11/09/2015 que ordena la revocación de la adjudicación habida en favor de la causante.- ARTICULO 2do: Cúmplase, notifíquese por Mesa de Entradas en el domicilio de calle Jean Jaures Nº827 de Junín, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno, fecho archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2827 09-11-2016 VISTO: El expediente Nro. 4059-2906/2016, por el que se gestiona la escrituración del inmueble ubicado en Junín, nomenclatura catastral: Circ. XV- Secc. N- Fracción II- Manzana 12- Parcela 3, y CONSIDERANDO: Que el proceso de regularización dominial del inmueble, resulta de interés social, teniendo en cuenta el nivel económico de los adquirentes y la necesidad de otorgar seguridad jurídica a la titularidad de dominio sobre el mismo; Que según lo dispuesto por el artículo 4to., inciso d) de la Ley 10.830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia, se encuentra facultada para intervenir en casos como el presente, por ello el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárase de interés social la escrituración del inmueble ubicado en Junín, nomenclatura catastral: Circ. XV- Secc. N- Fracción II- Manzana 12- Parcela 3, a favor de Dña. Camila MONTAIUTI.- ARTICULO 2do: Condónanse las deudas por tasas municipales al titular del inmueble beneficiado por el Régimen de Regularización Dominial de Interés Social -Ley 10.830-, hasta la fecha de escrituración.- ARTICULO 3ro: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio del inmueble a que se refiere el artículo primero del presente.- ARTICULO 4to: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2828 09-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-4724/2016 - Concurso de Precios Nº 51/2016 referida a: "Provisión de Juegos para Plazas 27 de Febrero y Progreso de los Niños- B° San Jorge- Proyecto Noroeste", y CONSIDERANDO: Que, fueron recepcionadas 3 ofertas. Que la Comisión de Preadjudicación, designada a ese efecto, elevó su dictamen, nominando a la firma Preadjudicataria de la citada provisión. Que, se cuenta con la reserva presupuestaria para solventar la erogación que demanda la tarea descripta. Que se cuenta con dictamen Legal y Contable favorables. Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro: Adjudícase a la firma GREEN JUEGOS SRL los Rubros A y B de la "Provisión de

Juegos para Plazas 27 de Febrero y Progreso de los Niños- B° San Jorge- Proyecto Noroeste" en la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS .- ($145.800.-) , en un todo de acuerdo a la respectiva Oferta Básica, Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación que es parte integrante del Expte. Nro 4059-4724/2016 - Concurso de Precios Nº 51/2016.- ARTICULO 2do: Tómese los fondos necesarios para solventar el gasto que origine la tarea que nos ocupa, de la partida reservada a ese fin. ARTICULO 3ro: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese. Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2829 09-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-4944/2016 - Licitación Privada Nº 76/16 referida a la : "Provisión de nafta super con despacho en surtidor para Moviles Policiales" , y CONSIDERANDO: Que, fueron recepcionadas 2 ofertas. Que la Comisión de Preadjudicación, designada a ese efecto, elevó su dictamen, nominando a la firma Preadjudicataria de la citada provisión. Que, se cuenta con la reserva presupuestaria para solventar la erogación que demanda la tarea descripta. Que se cuenta con dictamen Legal y Contable favorables. Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro: Adjudícase a la firma Cereales Don Nino S.A la "Provisión de nafta super con despacho en surtidor para Moviles Policiales" en la suma total de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS .- ($466.400.-) , en un todo de acuerdo a la respectiva Oferta Básica, Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación que es parte integrante del Expte. Nro 4059-4944/2016 - Licitación Privada Nº 76/16.- ARTICULO 2do: Tómese los fondos necesarios para solventar el gasto que origine la tarea que nos ocupa, de la partida reservada a ese fin. ARTICULO 3ro: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese. Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2830 09-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-4802/2016 - Licitación Privada Nº 74/2016 referida a : "Provisión de Gas Oil para Talleres Municipales y Equipos Viales" , y CONSIDERANDO: Que, fueron recepcionadas 2 ofertas. Que la Comisión de Preadjudicación, designada a ese efecto, elevó su dictamen, nominando a la firma Preadjudicataria de la citada provisión. Que, se cuenta con la reserva presupuestaria para solventar la erogación que demanda la tarea descripta. Que se cuenta con dictamen Legal y Contable favorables. Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro: Adjudícase a la firma CEREALES DON NINO S.A la "Provisión de Gas Oil para Talleres Municipales y Equipos Viales" en la suma total de PESOS SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL .- ($618.000.-) , en un todo de acuerdo a la respectiva Oferta Básica, Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación que es parte integrante del Expte. Nro 4059-4802/2016 - Licitación Privada Nº 74/2016.- ARTICULO 2do: Tómese los fondos necesarios para solventar el gasto que origine la tarea que nos ocupa, de la partida reservada a ese fin. ARTICULO 3ro: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese. Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

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DECRETO 2831 09-11-2016 VISTO: El expediente del registro municipal Nro. 100-11/2008, mediante el cual se tramita la eximición del pago de las Tasas CONSERVACION DE LA VIA PUBLICA y SERVICIOS SANITARIOS correspondientes al inmueble de Dn. RUZZI, AURELIO ANTONIO, y CONSIDERANDO: Que el recurrente se encuentra imposibilitado de atender el pago de los mencionados tributos en virtud de su situación económica, conforme con lo dictaminado por la Secretaría de Acción Social a fojas 158/160, y la Dirección de Ingresos Públicos a fojas 167 del expediente antes citado; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que le confiere el artículo 57mo.) Inciso 1) de la Ordenanza Nro. 6869- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a Dn. RUZZI, AURELIO ANTONIO, del pago de las Tasas CONSERVACION DE LA VIA PUBLICA y SERVICIOS SANITARIOS correspondientes al inmueble de su propiedad ubicado en CNEL. BORGES 1328, de esta ciudad, (Partida Nro 35678-0/00), por el período comprendido entre los días 01 de Enero de 2016 y día 31 de Diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2832 09-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: Las presentes actuaciones que giran bajo el número de registro municipal 4059-5217-2016 principiadas por impulso de la Subsecrearia de Gestión de Calidad y RRHH a fs.1; La solicitud de inicio de sumario respecto de la agente Micaela Stefanía Reynoso, Legajo Nº7467, numeraria de la Secretaría de Ejecución, suscripta por la Directora de la Secretaría de Ejecución de fs.2, en la que se informa que el día 2 de noviembre del corriente el Sr. Ponce Mario Jesús se presenta ante la funcionaria y manifiesta que conocer a la agente Reynoso por ser cliente de su esposa en el comercio denominado «Marilu»; Que la agente registra una deuda en dicho comercio que le está siendo reclamada y que el día 1º de noviembre la agente municipal concurrió a dicho local comercial ?sito en calle Italia Nº1057-- con motivo de diligenciar una cédula librada en el Expte. Nº168988/16 del Juzgado de Faltas Nº1, caratulado «Lopez, Lucía Marilú vta. de ropa s/Infracción» por falta de habilitación, extrayendo la agente fotos de dicha cédula y publicando la misma en las redes sociales, mostrando en su respaldo el Sr. Ponce ?denunciante-- su celular para corroborar los dichos, sin allegarse otro elemento de convicción; La necesidad de investigar el hecho narrado y en mérito a las previsiones de los arts. 24 inc. u), 80 inc a) y b), 82 a 89 del CCT, y arts. 23 a 43 de la Ley 14.656, el Intendente Municipal de Junín, en uso de las facultades y prerrogativas que el cargo le confiere; DECRETA: ARTICULO 1ro: Procédase, con intervención de la Secretaría Legal y Técnica, en mérito a las previsiones citadas, a instruir el trámite sumarial respecto de la agente Micaela Stefanía Reynoso, Legajo Nº7467, a efectos desentrañar la presunta comisión de faltas de conducta en la agente municipal sindicada en el hecho denunciado.- ARTICULO 2do: Pase a la Secretaría Legal y Técnica a efectos dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 1ro..- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2833 09-11-2016 VISTO: Que el día 11 del corriente arribará a nuestra ciudad el jurista argentino, reconocido internacionalmente por sus aportes al derecho del consumidor, máximo referente de esta materia en

Hispanoamérica y uno de los más reconocidos del mundo, Dr. Gabriel Alejandro STIGLITZ, el que participará de las I Jornadas de Derechos de los Consumidores y Usuarios, a llevarse a cabo en el auditorio Bicentenario de la UNNOBA, y CONSIDERANDO: Que dicha presencia es digna de la consideración y el reconocimiento de la ciudad y sus autoridades, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárase Huésped de Honor durante su estadía en la ciudad de Junín, al Dr. Gabriel Alejandro STIGLITZ.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2834 09-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5264/2016, el señor DIRECTOR GENERAL DE OMIC. de esta Municipalidad, Dr. SCANAVINO, FERNANDO OSCAR, solicita atento a su importancia se declaren de Interés Municipal las I Jornadas de Derechos de las Consumidores y Usuarios del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires, a llevarse a cabo en el auditorio Bicentenario de la UNNOBA, de esta ciudad, el día 11 de Noviembre de 2016, y CONSIDERANDO: La relevancia de las mismas, que contarán con la presencia del reconocido jurista Dr. Gabriel Stiglitz, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárense de Interés Municipal la realización de las I Jornadas de Derechos de las Consumidores y Usuarios del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires, a llevarse a cabo en el auditorio Bicentenario de la UNNOBA, de esta ciudad, el día 11 de Noviembre de 2016 .- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2835 09-11-2016 VISTO: Las presentes actuaciones que corren bajo el número de registro municipal 4059-4267-2016 en las cuales el Sr. Martín Darío Agosti DNI 17.253.812 se agravia de la resolución adoptada a su respecto por el Decreto Nº2266 del 07/09/2016, impetrando su revocación y la reincorporación en el cargo cesado (fs.1/2); El Legajo Nº6460; El Decreto Nº2266/2016 y constancia de notificación de fs.96 del Legajo; La presentación del recurrente de fs.4 y la documentación adjunta a fs.5; El informe de la Oficina de Personal de fs.8; El dictamen legal y técnico de fs.9, y; CONSIDERANDO: Que el recurrente se alza contra el Decreto Nº2266 del 7 de septiembre de 2016, articulando el recurso que denomina «jerárquico en forma directa» con invocación de los arts. 86, 89, 90, 92 y sgtess y ccdtess de la Ord. Gral. 267/80; Que el acto impugnado dispuso la baja ?a partir del 01 de septiembre de 2016? del cargo como Director General del Personal Superior (Director Gral. Seguimiento de Servicios Públicos) de SUBJURISDICCIÓN 1110109000 ACTIVIDAD CENTRAL 01, en mérito a que la permanencia en el puesto del personal de planta política resulta facultativa del Departamento Ejecutivo; Que el recurrente manifiesta haberse anoticiado en forma espontánea del acto impugnado y fundamenta su pretensión revisora atribuyendo al Decreto en crisis graves vicios, imputando arbitrariedad, falta de motivación y manifiesta ilegalidad e ilegitimidad, con lesión de sus derechos subjetivos; Que a lo anterior aduna encontrarse próximo a acceder a los beneficios previsionales, sin haberse merituado si situación de discapacidad, afirmando a modo de cierre que oportunamente hizo reserva de su cargo de planta permanente como Jerárquico II, con un régimen de

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45hs. semanales; Que por lo anterior peticiona se haga lugar al recurso interpuesto, y en consecuencia se disponga la puesta en funciones en el cargo que fuera dado de baja por el acto recurrido (Dec. 2266/2016); Que a fs.3 toma intervención el Sr. Secretario Legal y Técnico, manifestando que no existiendo constancia en el Legajo del Sr. Agosti de Decreto de reserva de cargo en Planta Permanente, se intima al causante a efectos acompañe copia del mismo; Que a fs.4 se presenta el Sr. Agosti acompañando a fs.5 copia simple de un libelo titulado «SOLICITA RESERVA DE CARGO», cursado al Sr. Intendente Mario Meoni, en el que solicita, ante su nombramiento como de Director General, la reserva de su cargo de Jerárquico 2 con un régimen de 45hs. semanales; Que dicha nota posee debajo una grafía ilegible con aclaración «HEREDIA MARCELA», sin contar con sello fechador, fecha de creación o presentación, careciendo por lo demás de alguna otra imposición de dependencia municipal, y luciendo al pié sello de recepción de Mesa de Entradas y Archivo Municipal del 23/09/2016; Que a fs.7 el Sr. Secretario Legal y Técnico solicita a la Sub-Secretaría de Recursos Humanos se informe si en el legajo del Sr. Matín Darío Agosti o en el Boletín Oficial Municipal existe Decreto emanado del D.E. efectuando reserva de puesto; Que a fs.8 la Sub-Secretaría de Gestión de Calidad y RRHH informa respecto de la ausencia en el legajo del recurrente de la nota incorporada a fs.5 de las presentes actuaciones, así como de acto administrativo que avale la reserva de cargo pretendida; Que a fs.9 rinde dictamen legal el Dr. Adrian Feldman, Secretario Legal y Técnico municipal, en el que repasa los antecedentes de autos y hace foco en las previsiones del art.8bis de la LOM (Dec. Ley 6769/58) ?texto según Ley 11.240? y las disposiciones equivalentes de las leyes 11.757, 14.656 y CCT vigente; Que también trae un dictamen de la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (Nº95.095-4), según el cual la reserva de cargo es un derecho que posee y puede ejercer el agente municipal que ha sido designado para desempeñar alguno de los cargos que se prescriben en dichas disposiciones, y un deber de la Municipalidad; siendo ello así, la solicitud de reserva por el tiempo que permanezca en ejercicio del cargo político resulta una potestad que permanece en la esfera jurídica del agente; Que con lo anterior y ante la carencia de acto administrativo emanado del Departamento Ejecutivo de reserva de cargo en su designación como integrante de la planta política, y que dicha planta no adquiere estabilidad concluye el dictaminante afirmando que deben mantenerse los fundamentos del acto administrativo que dieron lugar a la baja del peticionante, debiendo rechazarse el recurso interpuesto; Que en tarea resolutivacuadra principiar extrovirtiendo que el agente Agosti ingresó a la planta funcional del municipio ?con estabilidad? por Decreto Nº1402 del 20 de mayo de 2011 (ver fs.77 del Legajo); Que por Decreto Nº278/13 el recurrente fue designado como miembro de la Planta Política de la Municipalidad de Junín, como Director General (DIRECTOR GRAL SEGUIMIENTO DE SERVICIOS PUBLICOS) del Personal Superior SUBJURISDICCIÓN 1110109000 ACTIVIDAD CENTRAL 01, a partir del 01 de febrero de 2013 (ver fs.85 del Legajo); Que este último acto no hace reserva del cargo en planta permanente del agente que se incorpora en la planta política; Que de la compulsa del legajo del recurrente, así como del registro de Decretos del D.E. no consta acto administrativo que formule reserva del cargo del agente al tiempo de su incorporación en la planta política del municipio; Que requerido el impugnante a efectos acompañe copia de dicho acto, a fs.5 incorpora una nota en la que supuestamente solicitó al Sr. Intendente su reserva de cargo; Que dicha nota carece de los mínimos recaudos para ser tenida como una válida, idónea y oportuna manifestación de voluntad del agente cursada con anterioridad ?o en su caso concomitantemente? del dictado del Decreto de incorporación a la plata política municipal ocurrida el 01 de febrero de 2013; Que el acto en crisis, Decreto Nº2266/2016 ?cuya modificación por contrario imperio se impetra? resulta fruto del legítimo ejercicio de las facultades y atribuciones del Departamento Ejecutivo municipal de disponer la

incorporación y baja del personal de planta política; Que la pretensión revisora no podrá recibir acogida favorable, pues el acto atacado se ajusta a las previsones legales vigentes, siendo inherente al D.E. designar y remover el personal político del municipio a su discreción; Que sin desmedro de lo anterior, no existe constancia del ejercicio por parte del Sr. Agosti del derecho de reserva del cargo de planta funcional que detentaba con anterioridad a su incorporación a la planta política ocurrida el 01/02/2013, ni acto administrativo que dispusiera dicha reserva; Por lo expuesto, siendo los argumentos recursivos impotentes para conmover el acto atacado, en uso de las facultades que el cargo le confiere, el Sr. Intendente Municipal de Junín; DECRETA: ARTICULO 1ro: Desestímase la impugnación articulada por el Sr. Martín Darío Agosti en fecha 15/09/2016, ello en mérito a los argumentos desarrollados precedentemente, manteniéndose incólume en sus alcances y efectos el Decreto Nº2266 del 7 de septiembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, notifíquese, publíquese por los demás medios legalmente previstos, transcríbase en el registro de decretos, pase la Oficina de Personal para su toma de conocimiento y demás efectos y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2836 09-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-4370/2016, por la Asociación de Propietarios del Parque Industrial de Junín - A.P.P.I.J ASOCIACION CIVIL, con destino a solventar gastos por el servicio de seguridad que se presta en el predio, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de la Asociación de Propietarios del Parque Industrial de Junín - A.P.P.I.J ASOCIACION CIVIL, un subsidio por la suma de Pesos CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS ($52200.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110115000 - Programa 16 - Actividad 0 - Código 5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, Fuente de Financiamiento 1.3.1., del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2837 09-11-2016 VISTO: El expediente del registro municipal Nro. 4059-3007/2016, mediante el cual se tramita la eximición del pago del Derecho de Construcción, correspondiente al inmueble donde funcionan las instalaciones del Club Atlanta de la localidad de Morse, de este Partido, y CONSIDERANDO: Lo dictaminado por el señor Director de Ingresos Públicos a fojas 50 del expediente antes citado, y Que mediante el inciso 2) artículo 57mo. de la Ordenanza Nro. 6869, el suscripto se halla facultado para proceder conforme lo solicitado; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase al Club Atlanta de la localidad de Morse, de este Partido, del pago del Derecho de Construcción, correspondiente a sus instalaciones Nomenclatura Catastral: Circ. VII- Sección A- Manzana 9- Parcela 12- Partida 10644.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.-

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Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2838 09-11-2016 VISTO: Que el día 12 de noviembre del corriente año arribará a nuestra ciudad el diputado italo argentino, Presidente del Movimiento Asociativo de los italianos en el exterior Lic. Ricardo Antonio MERLO, el que participará de un encuentro con autoridades Consulares de nuestra ciudad y de la colectividad italiana, para abordar el tema del Referendum para reformar la Carta Magna Italiana, y CONSIDERANDO: Que dicha presencia es digna de la consideración y el reconocimiento de la ciudad y sus autoridades, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárase Huésped de Honor durante su estadía en la ciudad de Junín, al diputado italo argentino, Presidente del Movimiento Asociativo de los italianos en el exterior Licenciado Ricardo Antonio MERLO.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2839 09-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5252/2016, la señora Subsecretaria de Acción Social de esta Municipalidad, Lic. NANI, SILVIA ISABEL, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal la capacitación destinada a trabajadores sociales de la Secretaría de Acción Social "Transformarme para transformar: Despertando mi Creatividad Profesional", a llevarse a cabo en esta ciudad, el día 21 de Noviembre de 2016, y CONSIDERANDO: La relevancia de dicho evento de capacitación que redundará beneficiosamente en el cumplimiento de las funciones del personal municipal, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal la capacitación destinada a trabajadores sociales de la Secretaría de Acción Social "Transformarme para transformar: Despertando mi Creatividad Profesional", a llevarse a cabo en esta ciudad, el día 21 de Noviembre de 2016.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por pasajes, hotel y honorarios de la profesional a cargo de la capacitación Psicóloga y Trabajadora Social Ingrid Solveig Rivera.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2840 09-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-3375/2016 referido al Concurso de Precios Nº 36/2016 cuyo objeto es la "Provisión de Refacción de Baños en Parque Borchex", y CONSIDERANDO: Que se vio la necesidad de solicitar a la contratista la ejecución de trabajos no contractuales.- Que los trabajos solicitados son imprescindibles para un adecuado funcionamiento y correcta terminación de los baños.- Que la contratista presentó un presupuesto por los trabajos no contractuales de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL ($56.000,00.-).- Que la contratista por los trabajos no contractuales renuncia a cualquier tipo de reclamo intereses y/o lucro cesante.- Que el presupuesto presentado y aceptado a consideración, representa el CUARENTA Y OCHO COMA SESENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO POR CIENTO (48,69565 %) del presupuesto contractual.- Que de acuerdo a lo estipulado en el Art. 146º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el intendente podrá

autorizar y disponer en trabajos que superen el 20% y que resulten indispensables, urgentes y convenientes en una obra en curso de ejecución como en este caso y que no excedan del 50%.- Que se cuenta con dictamen Legal y Contable favorables.- Por todo ello el Señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro: Apruébese el adicional de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL ( $56.000,00.-), que de acuerdo a lo estipulado en el Art. 146º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el intendente podrá autorizar y disponer en trabajos que superen el 20% y que resulten indispensables, urgentes y convenientes en una obra en curso de ejecución como en este caso y que no excedan del 50%; a favor de la firma MARCLO NUÑEZ contratista de la obra.- ARTICULO 2do:Tómense los fondos necesarios para solventar el gasto que originen los trabajos solicitados y no contractuales, de la partida reservada a ese fin.- ARTICULO 3ro: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2841 09-11-2016 VISTO: Lo tramitado ante el Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial Nº4 a cargo de la Dra. Laura Josefina Panizza Secretaría Unica de la Dra. Fabiana Patiño del Departamento Judicial de Junín, y; CONSIDERANDO: Que se deberá ampliar el embargo descontando un 10% de los in gresos que por todo concepto perciba el empleado PERNICE ROY CRISTIAN JONATAN, hasta alcanzar la suma de PESOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON SETENTA Y CINCO CTVOS. ($27299,75) con más la suma de PESOS TRECE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON OCHENTA Y SIETE CTVOS. ($ 13649,87) para responder a intereses y costas, el Señor Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Por Tesorería, previa intervención de Dirección de Personal a partir de 01 de noviembre de 2016 procédase mensualmente a retener el 10 % de los haberes que por cualquier concepto perciba el empleado del Personal permanente SUBJURISDICCION 1110104000, PROGRAMA 19, ACTIVIDAD 01 PERNICCE ROY CRISTIAN JONATAN D.N.I. 27842112 Legajo Nº 6613 hasta alcanzar la suma de $40949,62 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: El referida importe deberá ser depositado mensualmente en la cuenta especial a nombre de estos autos Nº 512347/9, abierta al efecto en el Banco de la provincia de Buenos Aires y como perteneciente a los autos caratulados TRAJETA NARANJA S.A. C/ PERNICE ROY CRISTIAN JONATAN S/ COBRO EJECUTIVO.- ART 3: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2842 09-11-2016 VISTO: La necesidad de designar Personal Temporario Mensualizado en el Area de la SECRETARIA DE SALUD, y; CONSIDERANDO: Que se trata de Tareas Temporarias, que encuadraría como Personal Mensualizado, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Desígnase a partir del día 01 de noviembre de 2016 y hasta el 30 de noviembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas como MEDICOS,en las Unidades Sanitarias, con una asignación mensual de PESOS SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE ,-($7769)

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equivalente a Clase PROFESIONAL II, con un régimen horario de 30 horas semanales al empleado VOLOVIK IVANA MARIA D.N.I. 29488264 Legajo Nº 3447 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110113000, PROGRAMA 23, ACTIVIDAD 30 .- ART 3: El presente Decreto queda sujeto a la presentación de los antecedentes penales.- ART 4: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2843 09-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte N° 4059-3374/2016 - Concurso de Precios N° 35/2016 referida a la "Provisión del Servicio de Camión Batea para Tareas Viales"; y CONSIDERANDO: que vencido el plazo de mantenimiento de oferta la empresa adjudicataria desistió de su adjudicación. Por todo ello el Señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro: Déjese sin efecto la adjudicación del Consurso de Precios N° 35/2016 a la firma Telleria Mario por desistir del mismo vencido el plazo de mantenimiento de oferta establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.- ARTICULO 2do: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaria de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2844 09-11-2016 VISTO: Que los días 11 y 12 de noviembre del corriente año se encontrará en nuestra ciudad el señor José "El Indio" Froilán González para jerarquizar con su presencia la 4ta. Marcha de los Bombos, y CONSIDERANDO: Que dicha presencia es digna de la consideración y el reconocimiento de la ciudad y sus autoridades, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárase Huésped de Honor durante su estadía en la ciudad de Junín, al señor José "El Indio" Froilán González.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2845 09-11-2016 VISTO: La necesidad de designar Personal Temporario Mensualizado en el Area del Centro de Monitoreo perteneciente a la SECRETARIA DE SEGURIDAD, y; CONSIDERANDO: Que se trata de Tareas Temporarias, que encuadraría como Personal Mensualizado, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Desígnase a partir del día 01 de noviembre de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas en MONITOREO, con una asignación mensual de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA ,-($6780) equivalente a Clase ADMINISTRATIVO III, con un régimen horario de 45 horas semanales al empleado DRUGHIERI LEONARDELLI EZEQUIEL D.N.I. 30928401 Legajo Nº 3443 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110116000, PROGRAMA 30,

ACTIVIDAD 29 .- ART 3: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2846 09-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado por el señor Director de Deportes de esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-4832/2016, con destino a la LIGA DEPORTIVA DEL OESTE para solventar gastos de traslado de la Selección Sub 15 de futbol para participar en el Torneo Nacional de Selecciones, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de la LIGA DEPORTIVA DEL OESTE, un subsidio por la suma de Pesos CINCO MIL ($5000.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110109000 - Programa 43 - Actividad 2 - Código 5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2847 10-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-4511/2016, por la COOPERATIVA DE TRABAJO TALLERES JUNIN Ltda., con destino a solventar gastos en concepto de seguros de accidentes para cubrir los riesgos de las personas que trabajan afectadas al programa del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y del cual este Municipio asume el carácter de ente ejecutor, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de COOPERATIVA DE TRABAJO TALLERES JUNIN Ltda., un subsidio por la suma de Pesos OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NUEVE ($89909.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110101000 - Programa 1 - Actividad 0 - Código 5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2848 10-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5182/2016, la señora Directora de Educación de esta Municipalidad, Dña. SIENRA, MARIA FABIANA, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal el Encuentro Anual de los Centros Educativos Complementarios, a llevarse a cabo en el Complejo Deportivo Santa Paula, de esta ciudad, el día 18 de Noviembre de 2016, y CONSIDERANDO: La relevancia de dicho evento, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal el Encuentro Anual de los Centros Educativos Complementarios, a llevarse a cabo en el Complejo

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Deportivo Santa Paula, de esta ciudad, el día 18 de Noviembre de 2016.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por transporte, merienda y almuerzo para los 300 alumnos participantes, como así también todo otro que pueda surgir como consecuencia de la realización del evento que da cuenta el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2849 10-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-4487/2016, el señor Subsecretario de Economía y Producción de esta Municipalidad, Ing. CORIA, DANIEL GERMAN, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal la implementación en Junín del Proyecto Argentino de Monitoreo y Prospección de Ambientes Acuáticos (PAMPA2), y CONSIDERANDO: El objetivo que persigue, consistente en la evaluación de los cambios del cuerpo de agua y la comunidad ictícola de las lagunas de acuerdo a los cambios climáticos que se van produciendo, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal la implementación en Junín del Proyecto Argentino de Monitoreo y Prospección de Ambientes Acuáticos (PAMPA2).- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por alojamientos y almuerzos y/o cenas para los investigadores y técnicos que concurran a nuestra ciudad para desarrollar tareas en la Estación Hidrobiológica y en la Laguna de Gómez, como así también todo otro que pueda surgir como consecuencia de la realización del evento que da cuenta el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2850 11-11-2016 VISTO: Que el señor Director de Inspección General y Control Urbano de esta Municipalidad, solicita atento su importancia se declaren de Interés Municipal la primera Jornada de Primeros Auxilios y RCP, a llevarse a cabo el día 12 del Noviembre, y CONSIDERANDO: La relevancia de la misma, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Decláranse de Interés Municipal la primera Jornada de Primeros Auxilios y RCP, a llevarse a cabo el día 12 del Noviembre.- ARTICULO 2do: Abónense los gastos que se originen por catering , viáticos, y todo otro que pueda surgir como consecuencia del evento a que se hace referencia en el artículo 1ro. del presente.- Articulo 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2851 11-11-2016 VISTO: La comunicación efectuada por el H. Concejo Deliberante respecto de la sanción de las Ordenanzas Nro. 7001 y 7019, cuyas copias obran en los expedientes Nro. 4059-3616/2016 y 10-10096/2016, respectivamente, y CONSIDERANDO: Que dichas Ordenanzas fueron comunicadas con fecha 11 de Noviembre de 2016; Que de conformidad a lo establecido en el artículo 108vo., inciso 2do del Decreto-Ley Nro. 6769 (Ley Orgánica Municipal), es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas; Por ello, el Intendente Municipal en uso de

las facultades que el cargo le confiere - DECRETA: ARTICULO 1ro: Promúlganse las Ordenanzas Nro. 7001 y 7019, sancionadas por el H. Concejo Deliberante con fecha 08 de Noviembre de 2016, cuyas copias como anexos integran el presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2852 11-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El expediente del registro municipal Nro. 4059-5100/2016, en el que el señor Delegado Municipal de la localidad de Agustina de este Partido, solicita el pago de fallo de caja para la agente Valeria DE LAS VECILLAS, por ocupar esta última la función de Cajera en la citada Delegación Municipal, y El dictamen favorable del señor Secretario de Hacienda y Finanzas, obrante a fojas 2 del expediente mencionado, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Fíjase a partir del día 1ro. de noviembre del corriente año, una bonificación mensual de Pesos Setecientos ($ 700.-) en concepto de fallo de caja para la agente municipal Valeria DE LAS VECILLAS, atento lo expuesto en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2853 11-11-2016 VISTO: Las presentes actuaciones que giran bajo el número de registro municipal 4059-4720-2016 principiadas por impulso del Señor Rubén Darío Arrascaite DNI 17.484.054 con la atenta nota de fs.1, en la que solicita permiso para instalar un puesto de venta de carnada y artículos de pesca en el Parque Natural Laguna de Gómez; La copia de la autorización para la realización de actividades de Extracción, Transporte y Comercialización en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires en el marco de la Disposición 468/99 de la Dirección de Actividades Pesqueras y Acuicultura de la Dirección Provincial de Pesca del Ministerio de Agroindustria de fs.2; La copia de DNI del causante de fs.3; El dictamen del Director de Turismo de fs.4; El informe de la Dirección de Planificación de la S.O. y S.P. de fs.6 y el croquis de fs.7, y; CONSIDERANDO: Que la normativa imperante en el Parque Natural Laguna de Gómez ? Ord. 5007/05 Cap.III, art. 3.1 - Equipamiento Comercial, inc c) (Texto según Ordenanza N° 5748/10)--, autoriza el otorgamiento de permisos a efectos instalar un puesto de venta de carnada dentro del espacio público del PNLG; Que el Director de Turismo a fs.4 rinde dictamen favorable al otorgamiento del permiso impetrado; Que la Directora de Planificación de la S.O. y S.P. a fs.6 informa que el lugar señalado para la venta de carnada es en el sector del vertedero, conforme se indica en el croquis de fs.7, dejando establecido que el permisionario podrá utilizar un espacio de cuatro metros por cuatro metros de superficie en el que podrá colocar una pileta, un gazebo o sombrilla debajo de la cual tendrá la mesa y dos sillas para atención al público; Que el autorizado deberá abonar el canon establecido en la Ordenanza Fiscal-Impositiva vigente; Por las consideraciones que anteceden, el Intendente municipal de Junín, en uso de las facultades y prerrogativas que el cargo le confiere y en aplicación de la normativa citada; DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórguase permiso al Señor Rubén Darío Arrascaite DNI 17.484.054 por un año desde la fecha del presente acto para que ofrezca carnadas en la zona de vertedero del Parque Natural Laguna de Gómez, en el sector que se señala en el croquis de fs.7, pudiendo ocupar y utilizar un espacio de cuatro metros

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por cuatro metros de superficie en el que podrá colocar una pileta, un gazebo o sombrilla debajo de la cual se ubicará la mesa y dos sillas para atención al público.- ARTICULO 2do: El permisionario deberá abonar el canon establecido en la Ordenanza Fiscal-Impositiva vigente; y sujetarse al cumplimiento de los requisitos, las condiciones y directivas establecidas por la Autoridad de Aplicación, quien realizará el respectivo contralor, bajo pena de caducidad del permiso acordado.- ARTÍCULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno, pase para su conocimiento la Dirección de Turismo y a la Dirección de Planificación de la S.O. y S.P y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2854 11-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado en el expediente Nro. 4059-5238/2016, por el señor Director de Deportes de esta Municipalidad, con destino a solventar los gastos que le demandará al joven Ariel FRANCO, la participación entre los días 17 y 20 de noviembre del corriente año en la competencia de karting Tres Circuitos, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de Dn. FRANCO, NESTOR ARIEL, padre del joven Ariel FRANCO, un subsidio por la suma de Pesos UN MIL QUINIENTOS ($1500.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110109000 - Programa 43 - Actividad 2 - Código 5.1.3.0 - Becas, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2855 11-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-5237/2016, por Dn. JODOR, ALBERTO OSCAR, con destino a solventar gastos que le demandó su participación en el Torneo de Artes Marciales llevado a cabo en la ciudad de José C. Paz (B), el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de Dn. JODOR, ALBERTO OSCAR, un subsidio por la suma de Pesos UN MIL QUINIENTOS ($1500.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110109000 - Programa 43 - Actividad 2 - Código 5.1.3.0 - Becas, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2856 11-11-2016 VISTO: El expediente municipal N° 4059 - 2656/2010; CONSIDERANDO: Que por Ordenanza N° 6739 se aprobó el cambio de titularidad del boleto de compraventa a favor de MORIS PAMELA MARIEN. Que MORIS PAMELA MARIEN, no cumplió con los plazos establecidos en la Claúsula Decimo Primera del Contrato de Compraventa celebrado el 18/12/2013, obrante de fs. 13 a 16. Que MORIS PAMELA

MARIEN el 04/08/2015 solicitó autorización para alquilar el inmueble para depósito a la Doroguería Iraola, tal como consta a fs. 55. Que a fs. 57 Plan Regulador informa que puede autorizarse el uso. Que el 24/08/2015 MORIS PAMELA MARIEN fue fehacientemente notificada, tal como consta a fs. 58. Que el 28/06/2016 fue notificada a efectos de regularizar la situación Que al día de la fecha no ha iniciado trámite de Habilitación Municipal, tal como consta a fs. 68. Que al día de la fecha el inmueble se encuentra sin uso y en alquiler, tal como consta en las fotografías obrantes a fs. 69 y 70. Que en la Administración Federal de Ingresos Públicos la empresa no registra impuestos activos, tal como consta a fs. 71. Que a fs. 72 el Subsecretario de Economía y Producción informa que el adquirente no ha destinado el predio para desarrollar la actividad establecida en la Claúsula Séptima del Contrato de Compraventa. Que a fs. 73 el Secretaria Legal y Técnica dictamina que corresponde tornar operativa la claúsula Décimo Segunda del Contrato de Compraventa, procediendo a rescindir el contrato, ya que no se ha cumplimentado lo estipulado en el contrato, consignando en forma expresa que los lotes vendidos en el Parque Industrial no se venden con fines especulativos inmobiliarios. Por las consideraciones que anteceden, en uso de las facultades que el cargo le confiere y en aplicación de la normativa del rubro, el Sr. Intendente Municipal; DECRETA: ARTICULO 1ro: Rescíndase el Contrato de Compraventa celebrado con MORIS PAMELA MARIEN, respecto de la parcela de terreno, ubicada en el Parque Industrial de Fomento de Junín Presidente Arturo Frondizi y designada como Circunscripción XIV, Sección D, Chacra 2, Fracción V, Parcela 7a UF 6, de acuerdo al plano de mensura 54-31-2014, con una superficie total de 680 mts.2.- ARTICULO 2do: Pase a la Subsecretaría de Producción, Dirección de Catastro y a la Dirección de Rentas, a los efectos de su toma de conocimiento y demás efectos que estimen corresponder.- ARTICULO 3ro: Intímase a MORIS PAMELA MARIEN a desocupar el terreno en setenta y dos horas (72 hs.) con retiro de los bienes existentes, vencido dicho término la Municipalidad de Junín tomará posesión del terreno y el D.E. dispondrá de aquellos, dándole el destino que mejor estime.- ARTICULO 4to: Cúmplase, notífiquese por Mesa de Entradas en el domicilio constituido en calle Uruguay N° 278 de la ciudad de Junín, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2857 11-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-5121/2016, por el CONSEJO ESCOLAR DE JUNIN, con destino a compra de ventiladores para establecimientos educacionales de este Distrito, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de la DIRECCION GRAL. DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, un subsidio por la suma de Pesos CIENTO NUEVE MIL NOVECIENTOS ($109900.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110109000 - Programa 45 - Actividad 1 - Código 5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, Fuente de Financiamiento 1.3.2. del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

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DECRETO 2858 11-11-2016 VISTO: La presentación realizada por la Directora de la Escuela de Tecnología de la UNNOBA que diera origen al expediente del registro municipal Nro. 4059-5165/2016, solicitando se declare de interés municipal la X Jornada de Software Libre, a llevarse a cabo el próximo 18 de noviembre en las instalaciones de la Universidad Nacional del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires, y CONSIDERANDO: La importancia de la misma por su prestigio y nivel de especialización, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárase de Interés Municipal la X Jornada de Software Libre, a llevarse a cabo el día 18 de noviembre de 2016 en las instalaciones de la Universidad Nacional del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2859 11-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado en el expediente Nro. 4059-5236/2016, por el señor Director Gral. de Deportes de esta Municipalidad, con destino a solventar gastos que le demandan a representantes de esta ciudad de la disciplina Karate Do, participar en el CENAR el día 19 de noviembre del corriente, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de Dn. David IMIZCOZ, con destino a los jóvenes Alex MUSCIA, Nahuel IMIZCOZ, Agustín PONTE, Thiago OSELLA y Juan AFFLITTO, un subsidio por la suma de Pesos DOS MIL ($2000.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110109000 - Programa 43 - Actividad 2 - Código 5.1.3.0 - Becas, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2860 11-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-5267/2016, por el AUTO MOTO CLUB JUNIN, con destino a solventar gastos gastos que le demanda la carrera de Turismo de Carretera Histórico a llevarse a cabo el día 13 del corriente en esta ciudad, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de AUTO MOTO CLUB JUNIN, un subsidio por la suma de Pesos TRES MIL CIEN ($3100.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110109000 - Programa 43 - Actividad 2 - Código 5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2861 11-11-2016 VISTO: El expediente de registro municipal N°4059-3465-2016, en el que tramita la solicitud incoada por Mirta Graciela Morales, DNI 17.316.318, para que le sea adjudicado un lote de dominio municipal integrante del Banco de Tierras para la construcción de vivienda familiar en la localidad de Saforcada (fs.1); La documentación que en copia simple corre a fs.2/27; El informe social de fs.28/29; El informe de la Dirección de Catastro de fs.30; La solicitud de adjudicación del inmueble identificado catastralmente como Circ. III, Secc.A, Mz.26, Parc.5, cursada por la Secretaria de Acción Social a fs.32; La copia simple de testimonio de sentencia de declaración de vacancia de fs.33/38; El informe de la Dirección de Vivienda de la S.O.Y S.P. de fs.39, el croquis de fs.41, y el acta de tasación de fs.40; Los dictámenes legal y técnico y contable de fs.43 y 44 respectivamente; Las manifestaciones de la causante de fs.46, y; CONSIDERANDO: Que por Ordenanza N°3513/1996 se crea el Banco Municipal de Tierras, integrado por todos aquellos terrenos que han ingresado o ingresen en el futuro al dominio privado de la Municipalidad de Junín, estando la misma reglamentada por Decreto N°763/2010; Que los terrenos descriptos podrán ser adjudicados para la construcción de viviendas individuales (art.2°); Que los terrenos que se adjudiquen serán vendidos a los particulares con una financiación adecuada que permita su adquisición, siendo el valor de los mismos fijado de acuerdo a la tasación que practicará la Comisión para Tasaciones de Terrenos Municipales (art.3°); Que en autos se dio cabal cumplimiento con los pasos que establece la ordenanza de aplicación y su decreto reglamentario, estando acreditada la necesidad habitacional de la causante y su grupo familiar; Que la solicitante y su grupo familiar carecen de inmuebles a su nombre dentro del Partido de Junín (fs.30); Que la Secretaria de Acción Social a fs.32 solicita de adjudique a la causante el inmueble identificado catastralmente como Circ. III, Secc.A, Mz.26, Parc.5; Que la Dirección de Vivienda de la S.O. y S.P. informa que en mérito a lo acordado por la Comisión para Tasaciones de Terrenos Municipales en acta Nº46 del 21 de agoto de 2016, dicho inmueble se encuentra tasado en el monto de PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL ($125.000) -fs.39/40-; Que según copia simple de testimonio de sentencia de declaración de vacancia de fs.33/38, el referido lote integra el patrimonio de la Municipalidad de Junín; Que fueron rendidos dictámenes legal y técnico y contable sin formularse objeciones al pedido en trámite; Que la causante manifiesta su conformidad con el terreno ofertado y la intención de abonar como contraprestación la suma de PESOS DOS CIENTOS ($200) en forma mensual, hasta cancelar el precio de venta -ver fs.46-; Por las consideraciones que anteceden, en uso de las facultades que el cargo le confieren y en aplicación de la normativa precitada, el Sr. Intendente Municipal de Junín; DECRETA: ARTICULO 1ro: Adjudícase a Mirta Graciela Morales, DNI 17.316.318 el inmueble identificado catastralmente como Circ. III, Secc.A, Mz.26, Parc.5, Pda. 33033, sito en calle 6 entre calles 9 y 11 de Saforcada, Partido de Junín, integrante del Banco Municipal de Tierras en los términos de la Ordenanza N°3513/1996, con cargo de destinarlo a vivienda familiar única y permanente, y prohibición de vender o transferir su dominio.- ARTICULO 2do: La presente adjudicación es de naturaleza onerosa, debiendo abonarse como contraprestación la suma de PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL ($125.000) pagaderos en SEISCIENTOS VEINTICINCO (625) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS DOS CIENTOS ($200) cada una, venciendo la primera de ellas con la entrega de la posesión del inmueble a la adjudicataria.- ARTICULO 3ro: La escritura traslativa de dominio será otorgada por ante la Escribanía Gral. de Gobierno una vez cancelado el precio de venta y confeccionados por parte de la Dirección Municipal de Catastro el correspondiente plano de mensura y demás que se requieran.- ARTICULO 4to: El boleto de compraventa será

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confeccionado por la Secretaría Legal y Técnica, debiendo establecerse como condición resolutoria que el adjudicatario solo podrá edificar en el inmueble una casa habitación que se ajuste a alguno de los modelos tipo y especificaciones técnicas elaboradas por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, o en su caso encontrarse debidamente aprobado por dicha dependencia.- ARTICULO 5to: Pase a la Dirección de Vivienda de la S.O. y S.P., a la Dirección de Rentas, a la Dirección de Catastro, y Depto. de Patrimonio para su toma de conocimiento y demás efectos que estime corresponder.- ARTICULO 6to: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívase.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2862 11-11-2016 VISTO: La comunicación efectuada por el H. Concejo Deliberante respecto de la sanción de las Ordenanzas Nro. 7002; 7003; 7004; 7005; 7007; 7014; 7015 y 7023, cuyas copias obran en los expedientes Nro. 10-10149/2016; 10-10150/2016; 10-10160/2016; 10-10159/2016; 10-10132/2016; 4059-4479/2016; 4059-3728/2016, y 4059-1867/2016, respectivamente, y CONSIDERANDO: Que dichas Ordenanzas fueron comunicadas con fecha 11 de Noviembre de 2016; Que de conformidad a lo establecido en el artículo 108vo., inciso 2do del Decreto-Ley Nro. 6769 (Ley Orgánica Municipal), es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere - DECRETA: ARTICULO 1ro: Promúlganse las Ordenanzas Nro. 7002; 7003; 7004; 7005; 7007; 7014; 7015 y 7023, sancionadas por el H. Concejo Deliberante con fecha 08 de Noviembre de 2016, cuyas copias como anexos integran el presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2863 11-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-5010/2016, por las Directoras de las Escuelas de Educación Secundaria Nro. 1 "Manuel Dorrego" y Nro. 12 "Héroes de Malvinas", respectivamente, con destino a solventar gastos que le demandan un viaje a la ciudad de Chapadmalal para presentar trabajos realizados en el marco del "Proyecto Jóvenes y Memoria", el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de la Dirección de las Escuelas de Educación Secundaria Nro. 1 "Manuel Dorrego" y Nro. 12 "Héroes de Malvinas", de esta ciudad, un subsidio por la suma de Pesos VEINTIUN MIL SEISCIENTOS ($21600.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110109000 - Programa 45 - Actividad 1 - Código 5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, Fuente de Financiamiento 1.3.2. del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2864 11-11-2016 VISTO: El expediente del registro municipal Nro. 4059-4357/2013, mediante el cual se tramita la eximición del pago del Derecho de Construcción, correspondiente al inmueble donde funcionan las instalaciones del Club Social Unión Villa Talleres, de esta ciudad, y CONSIDERANDO: Lo dictaminado por el señor Director de Ingresos Públicos a fojas 42 del expediente antes citado, y Que mediante el inciso 2) artículo 57mo. de la Ordenanza Nro. 6869, el suscripto se halla facultado para proceder conforme lo solicitado; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase al Club Social Unión Villa Talleres de esta ciudad, del pago del Derecho de Construcción, correspondiente a sus instalaciones ubicadas en calles Siria y Primera Junta, de esta ciudad - Nomenclatura Catastral: Circ. I- Sección B- Manzana 111- Parcela 8- Partida 7402.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2865 11-11-2016 VISTO: La presentación efectuada a fojas 41 del expediente del registro municipal Nro 4059-3828/2011, mediante el cual se tramita la eximición del pago del IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES, en favor de Dn. BUSTAMANTE, CARLOS BAUTISTA (L.E. 5527491), dada su condición de discapacitado, y CONSIDERANDO: La documentación obrante en el expediente citado, y lo dictaminado a fojas 46 y 48 por las Direcciones de Descentralización Administrativa Tributaria e Ingresos Públicos de esta Municipalidad, respectivamente, y Que, mediante el artículo 57mo.) Inciso 27) Punto 6. de la Ordenanza Nro. 6869, el suscripto se halla facultado para proceder conforme lo solicitado, por ser el recurrente discapacitado, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a Dn. BUSTAMANTE, CARLOS BAUTISTA (L.E. 5527491), del pago del IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES correspondiente a su vehículo marca RENAULT 9 RL 4P Dominio AID727 (Partida Nro 14484-0/00) desde el día 01 de Enero de 2016 y hasta el día 31 de Diciembre de 2016, de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2866 11-11-2016 VISTO: El expediente del registro municipal Nro. 4059-1331/2016, mediante el cual se tramita la eximición del pago de las Tasas CONSERVACION DE LA VIA PUBLICA y SERVICIOS SANITARIOS correspondientes al inmueble de Dña. COLMAN, ANGELA CRISTINA, y CONSIDERANDO: Que la recurrente se encuentra imposibilitada de atender el pago de los mencionados tributos en virtud de su situación económica, conforme con lo dictaminado por la Secretaría de Salud a fojas 8/11, y la Dirección de Ingresos Públicos a fojas 13 del expediente antes citado; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que le confiere el artículo 57mo.) Inciso 1. de la Ordenanza Nro. 6869- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a Dña. COLMAN, ANGELA CRISTINA, del pago de las Tasas CONSERVACION DE LA VIA PUBLICA y SERVICIOS SANITARIOS correspondientes al inmueble de su propiedad ubicado en GRAL. LEVALLE 349, de JUNIN (Partida Nro 38853-0/00),

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por el período comprendido entre los días 01 de Enero de 2016 y 31 de Diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2867 11-11-2016 VISTO: La presentación efectuada a fojas 1 del expediente del registro municipal Nro 4059-2304/2016, mediante el cual se tramita la eximición del pago del IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES, en favor de Dn. WOLTER, ALEXIS PAUL (D.N.I. 21444883), ya que el vehículo en cuestión era usado para el traslado de su padre discapacitado Sr. Carlos Otto WOLTER, y CONSIDERANDO: La documentación obrante en el expediente citado, y lo dictaminado a fojas 11 y 14 por las Direcciones de Descentralización Administrativa Tributaria e Ingresos Públicos de esta Municipalidad, respectivamente, y Que, mediante el artículo 57mo.) Inciso 27) Punto 6. de la Ordenanza Nro. 6869, el suscripto se halla facultado para proceder conforme lo solicitado, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a Dn. WOLTER, ALEXIS PAUL (D.N.I. 21444883), del pago del IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES correspondiente a su vehículo marca MERCEDES BENZ C 220 CDI 4P Dominio DQV271 (Partida Nro 27049-0/00), por la 2da. cuota año 2016, de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2868 11-11-2016 VISTO: El expediente del registro municipal Nro. 4059-1030/2016, mediante el cual se tramita la eximición del pago de las Tasas CONSERVACION DE LA VIA PUBLICA y SERVICIOS SANITARIOS correspondientes al inmueble de Dña. LEDESMA, ESTELA MARIS, y CONSIDERANDO: Que la recurrente se encuentra imposibilitada de atender el pago de los mencionados tributos en virtud de su situación económica, conforme con lo dictaminado por la Secretaría de Salud a fojas 10/13, y la Dirección de Ingresos Públicos a fojas 15 del expediente antes citado; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que le confiere el artículo 57mo.) Inciso 1. de la Ordenanza Nro. 6869- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a Dña. LEDESMA, ESTELA MARIS, del pago de las Tasas CONSERVACION DE LA VIA PUBLICA y SERVICIOS SANITARIOS correspondientes al inmueble de su propiedad ubicado en SGTO. CABRAL 221, de JUNIN (Partida Nro 52247-0/00), por el período comprendido entre los días 01 de Enero de 2016 y 31 de Diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2869 11-11-2016 VISTO: Que atendiendo a la solicitud formulada en el expediente Nro. 4059-1997/2012 por parte de Dn. Enrique Mario GIAGANTE, este Departamento Ejecutivo procedió a dictar el Decreto Nro. 580/2016, por el cual se lo eximiera del pago del Impuesto a los Automotores correspondiente a su vehículo marca Chevrolet Grand Vitara, Dominio DNI238, dada su condición de discapacitado, y CONSIDERANDO: La presentación obrante a fojas 55 del expediente antes

citado, en la que el señor GIAGANTE manifiesta que ha adquirido otro vehículo automotor, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Dejase sin efecto a partir del día 12 de abril de 2016, el Decreto Nro. 580/2016 dictado por este Departamento Ejecutivo con fecha 7 de marzo del corriente año, atento a las consideraciones expuestas en el exordio del presente.- ARTICULO 2do: Pase a las Direcciones de Descentralización Administrativa Tributaria, Ingresos Públicos y Cómputos de esta Municipalidad, respectivamente, para que tomen razón de lo dispuesto en el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2870 11-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: Que el señor Director Gral. de la Agencia Municipal de Seguridad Vial de esta Municipalidad, solicita atento su importancia se declaren de Interés Municipal el evento programado con motivo de presentación del Programa Clínica de Motos, a llevarse a cabo el día 19 de Noviembre de 2016, en la Explanada del Colegio Normal y Nacional, de esta ciudad,donde se realizarán charlas instructivas Teórico Prácticas a cargo de pilotos profesionales acerca de como llevar a cabo la Verificación Técnica Vehicular de motovehículos, por ello el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Decláranse de Interés Municipal el evento programado con motivo de presentación del Programa Clínica de Motos .- ARTICULO 2do: Abónense los gastos que se originen por lunch, refrigerio, hospedaje y todo otro que pueda surgir como consecuencia del evento a que se hace referencia en el artículo 1ro. del presente.- Articulo 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2871 11-11-2016 VISTO: Las presentes actuaciones que giran bajo el número de registro municipal 4059-4387-2016 iniciadas por el libelo de fs.1, presentación formulada por la Sra. Ofelia Patricia Imas, DNI 20.400.923 en la que impetra ser indemnizada por faltantes de piezas en el rodado de su propiedad, Mondial 150 c.c., Dominio 771-HTZ, modelo 2011, habiendo sido verificada dicha ausencia al retirar el rodado del predio de la Agencia de Seguridad Vial de ruta Nac. Nº7; Las fotografías que lucen a fs.2/3; La copia de título de propiedad de fs.5 y cédula de identificación de motovehículo de fs.6, La copia del acta de comprobación y retención de motovehículo Nº95549, labrada el 22/11/2015 de fs.7; La copia del acta de restitución de vehículo dominio XHU517, fechada el 15 de septiembre de 2016, de fs.8; Las cotizaciones de repuestos y mano de obra de fs.9/9bis; La copia de DNI de la causante de fs.10; El informe rendido por la Agencia Municipal de Seguridad Vial de fs.12; El dictamen legal de fs.13, y; CONSIDERANDO: Que en el escrito de fs.1 la Sra. Ofelia Patricia Imas, DNI 20.400.923 deduce pretensión indemnizatoria a efectos obtener de parte del Municipio el resarcimiento de los daños que denuncia haber sufrido, verificada por la causante al llegar a su domicilio, luego de retirar del depósito de la Agencia Municipal de Seguridad Vial, el rodado Mondial 150c.c., Dominio 771-HTZ ?modelo 2011?, consistente en faltates del carburador y los guiños, además de estar rayada y sucia; Que dicho rodado fue retenido por la AMSV conforme surge del acta de comprobación y retención de motovehículo Nº95549, labrada el 22/11/2015 (fs.7); Que según la constancia de fs.8, el 15

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 27

de septiembre de 2016, dicho vehículo fue restituido a su titular dominial ?hoy reclamante-- por disposición del titula del Juzgado Municipal de Faltas Nº2, Dr. Juan Carlos Petrelli, quedando expresamente de manifiesto, con antelación a las grafías de la titular y del agente municipal de la AMSV, que el rodado es recibido en el estado en que se encuentre y en plena conformidad; Que con dichos antecedentes, el Sr. Secretario Legal y Técnico a fs. 13 considerando que la reclamante, al momento de retirar el rodado del depósito de la AMSV, no efectuó reclamo ni observación alguna de lo que hoy reclama, por el contrario dejó constancia de su conformidad, por lo que dictamina aconsejando el rechazo de la pretensión; Que no concurren en autos elementos de convicción que autoricen válidamente apartarse de la conclusión arribada por el funcionario preopinante; Por las consideraciones que anteceden, el Intendente municipal, en uso de las facultades que el cargo le confiere; DECRETA: ARTICULO 1ro: Desestímase el reclamo formulado por la Sra. Ofelia Patricia Imas, DNI 20.400.923 a fs.1 en el que impetra ser indemnizada por la Municipalidad de Junín, como consecuencia de los faltantes denunciados en su rodado durante la retención del mismo en depósito de la AMSV, verificados el 15 de septiembre del corriente año, al haber recibido de conformidad dicho rodado al tiempo de la restitución y por tanto no poderse atribuir al Municipio los desmedros extrovertidos.- ARTICULO 2do: Cúmplase, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno, notifíquese por Mesa de Entradas a la causante de autos y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2872 11-11-2016 VISTO: El expediente de registro municipal N°4059-3373-2009, en el cual se le adjudicó al Sr. Sergio Oscar René Vilches, DNI 22.786.180 el inmueble identificado catastralmente como Circ. XV, Secc. K, Ch.1, Mz. F, Parc.12; El boleto de compraventa suscripto el 03/04/2012 de fs.23; El Decreto Nº3295 del 6 de noviembre de 2014 de fs.39; La presentación del causante de fs.42 del 03/10/2016; La constancia de la Escribanía General de Gobierno de fs.43; El informe de la Secretaria de Acción Social de fs.44; El dictamen legal confeccionado por la Secretaría Legal y Técnica a fs.45, y; CONSIDERANDO: Que por Decreto N°2904 del 30/12/2011 se le adjudicó al Sr. Sergio Oscar René Vilches, DNI 22.786.180 el inmueble identificado catastralmente como Circ. XV, Secc. K, Ch.1, Mz. F, Parc.12, integrante del Banco Municipal de Tierras en los términos de la Ordenanza N°3513/1996, con cargo de destinarlo a vivienda familiar única y permanente, y prohibición de vender o transferir su dominio (fs.21); Que por lo demás el adjudicatario asume la obligación, con carácter de condición resolutoria, que solo podrá edificar en el inmueble una casa habitación que se ajuste a alguno de los modelos tipo y especificaciones técnicas elaboradas por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, o en su caso encontrarse el proyecto debidamente aprobado por dicha dependencia, de acuerdo a los siguientes plazos: dentro del año de la firma del boleto de compraventa, deberá iniciar la construcción. Dentro del plazo de dos años de la firma deberá estar concluida la obra (fs.23); Que el incumplimiento de las obligaciones asumidas por la compradora da derecho a la Vendedora a rescindir el contrato y obtener la restitución del terreno, asumiendo como única obligación la de reintegrar el importe que hubiere abonado la compradora; Que el 3 de abril de 2012 se suscribió el boleto de compraventa cuya copia luce a fs.23; Que a fs.38 en presentación del 4 de noviembre de 2014 el causante manifiesta mantener el interés en el predio adjudicado y que en el mes de junio de 2015 comenzará a construir, estando a la espera del otorgamiento de un crédito bancario; Que por Decreto Nº3295 del 6 de noviembre de 2014 se prorrogaron los plazos establecidos en la cláusula sexta del boleto de compraventa (ver fs.35); Que a fs.43 luce el listado

Nº20/2016 de la Escribanía General de Gobierno de la provincia de Buenos Aires, a los efectos de un encuentro de escrituración social del Partido de Junín ? Instituto de la Vivienda? en el cual aparece con el número 14 el causante de autos como beneficiario de la Casa 111 del Barrio 122 Viviendas de Junín (N.C. Circ.XIV, Sec.M, Ch.1, Mz.91 Parc.27); Que a fs.44 rinde informe circunstanciado la Secretaría de Acción Social, según el cual se encuentra vencida la prórroga acordada al adjudicatario por Decreto Nº3295/14 y habiendo sido inspeccionado el predio ?expte. Nº4059-3362-15? se constata que a la fecha el mismo se encuentra baldío; Que del Expte. 2416-129/13 Alc.20 surge que el Sr. Sergio Oscar René Vilches, DNI 22.786.180 firmó escritura en el mes de mayo de 2016 de una vivienda del Barrio Solidaridad 122, casa Nº111 del cual es propietario; Que en virtud de haber incumplido el adjudicatario de las presentes actuaciones las cláusulas 5º, 6º y 7º del Boleto de Adjudicación (fs.23), la Secretaría de Acción Social impetra la revocación del acto de adjudicación, por ello y por ser propietario de un inmueble municipal; Que en mérito a las irregularidades detectadas y llamada a rendir dictamen, la Secretaría Legal y Técnica considera que podría procederse a la desadjudicación del lote de autos, por las irregularidades verificadas; Por las consideraciones que anteceden, en uso de las facultades que el cargo le confieren y en aplicación de la normativa precitada, el Sr. Intendente Municipal; DECRETA: ARTICULO 1ro: Revócase la adjudicación habida por Decreto N°2904 del 30/12/2011 en favor del Sr. Sergio Oscar René Vilches, DNI 22.786.180, en relación al inmueble identificado catastralmente como Circ. XV, Secc. K, Ch.1, Mz. F, Parc.12, integrante del Banco Municipal de Tierras en los términos de la Ordenanza N°3513/1996, al registrarse el incumplimiento del cargo acordado, habiendo hecho abandono del predio, estando verificada la omisión de la condición resolutoria dispuesta en la cláusula sexta del boleto de compraventa y resultando beneficiario de una vivienda del Barrio Solidaridad 122, casa Nº111, quedando en consecuencia rescindido el boleto de compraventa de fecha 03/04/2012.- ARTICULO 2do: Pase a la Dirección de Vivienda de la S.O. y S.P., a la Dirección de Rentas, a la Dirección de Catastro, y Depto. de Patrimonio para su toma de conocimiento y demás efectos que estime corresponder, debiendo la Dirección de Rentas restituir el monto abonado por la adjudicación revocada, previa compensación con las tasas municipales que gravan el fundo, desde la toma de posesión -03/04/2012- y hasta el presente acto.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, notifíquese por Mesa de Entradas, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno, fecho archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2873 11-11-2016 VISTO: La comunicación efectuada por el H. Concejo Deliberante respecto de la sanción de la Ordenanza Nro. 7006, cuya copia obra en el expediente Nro. 10-10161/2016, y CONSIDERANDO: Que dicha Ordenanza fue comunicada con fecha 15 de Noviembre de 2016; Que de conformidad a lo establecido en el artículo 108vo., inciso 2do del Decreto-Ley Nro. 6769 (Ley Orgánica Municipal), es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Promúlgase la Ordenanza Nro. 7006, sancionada por el H. Concejo Deliberante con fecha 08 de Noviembre de 2016, cuya copia como anexo integra el presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 28

DECRETO 2874 11-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-4975/2016 -Concurso de Precios Nº 54/16 referida a : Provisión de Mano de obra y herramientas para construcción de cordon cuneta, badenes e isletas, sumideros para B C de Loreto -11 de Julio , y CONSIDERANDO: Que, fueron recepcionadas 2 ofertas. Que la Comisión de Preadjudicación, designada a ese efecto, elevó su dictamen, nominando a la firma Preadjudicataria de la citada provisión. Que, se cuenta con la reserva presupuestaria para solventar la erogación que demanda la tarea descripta. Que se cuenta con dictamen Legal y Contable favorables. Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro: Adjudícase a la firma Lamardo Cristian la "Provisión de Mano de obra y herramientas para construcción de cordon cuneta, badenes e isletas, sumideros para B C de Loreto -11 de Julio" en la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 68 CVOS.- ($246553,68.-) , en un todo de acuerdo a la respectiva Oferta Básica, Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación que es parte integrante del Expte. Nro 4059-4975/2016 - Concurso de Precios Nº 54/16.- ARTICULO 2do: Tómese los fondos necesarios para solventar el gasto que origine la tarea que nos ocupa, de la partida reservada a ese fin. ARTICULO 3ro: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese. Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2875 11-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-4974/2016 - Licitación Privada Nº 77/2016 referida a : "Provisión de mano de obra, herramientas e insumos para construcción y terminación de cordón cuneta recto y curvo, badenes e isletas- construcción de desagues pluviales- B° San Martín" , y CONSIDERANDO: Que, fueron recepcionadas 2 ofertas. Que la Comisión de Preadjudicación, designada a ese efecto, elevó su dictamen, nominando a la firma Preadjudicataria de la citada provisión. Que, se cuenta con la reserva presupuestaria para solventar la erogación que demanda la tarea descripta. Que se cuenta con dictamen Legal y Contable favorables. Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro: Adjudícase a la firma LAMARDO CRISTIAN la "Provisión de mano de obra, herramientas e insumos para construcción y terminación de cordón cuneta recto y curvo, badenes e isletas- construcción de desagues pluviales- B° San Martín" en la suma total de PESOS TRESCIENTOS ONCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 40 CVOS.- ($311.574,40.-) , en un todo de acuerdo a la respectiva Oferta Básica, Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación que es parte integrante del Expte. Nro 4059-4974/2016 - Licitación Privada Nº 77/2016.- ARTICULO 2do: Tómese los fondos necesarios para solventar el gasto que origine la tarea que nos ocupa, de la partida reservada a ese fin. ARTICULO 3ro: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese. Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2876 11-11-2016 VISTO: Que atendiendo a la solicitud formulada en el expediente Nro. 4059-4697/2014 por parte de Dn. José Manuel LAMAS, este Departamento Ejecutivo procedió a dictar el Decreto Nro. 2195/2016, por el cual se lo eximió del pago del Impuesto a los Automotores

correspondiente a su vehículo marca Volkswagen Polo, Dominio CDB-333, dada su condición de discapacitado, y CONSIDERANDO: La presentación obrante a fojas 48 del expediente antes citado, en la que se manifiesta que el vehículo en cuestión fue vendido, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Dése de baja a la eximición de pago de impuesto a los Automotores otorgada oportunamente sobre el vehículo Dominio CDB 333- Partida Nro. 26653 en lo que respecta a la 3ra. y 4ta. cuota año 2016, atento a las consideraciones expuestas en el exordio del presente.- ARTICULO 2do: Pase a las Direcciones de Descentralización Administrativa Tributaria, Ingresos Públicos y Cómputos, de esta Municipalidad, respectivamente, para que tomen razón de lo dispuesto en el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2877 11-11-2016 VISTO: La presentación efectuada a fojas 43 del expediente del registro municipal Nro 4059-4697/2014, mediante el cual se tramita la eximición del pago del IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES, en favor de Dn. LAMAS, JOSE MANUEL (D.N.I. 13304660), dada su condición de discapacitado, y CONSIDERANDO: La documentación obrante en el expediente citado, y lo dictaminado a fojas 55 y 60 por las Direcciones de Descentralización Administrativa Tributaria e Ingresos Públicos de esta Municipalidad, respectivamente, y Que, mediante el artículo 57mo.) Inciso 27) Punto 6. de la Ordenanza Nro. 6869, el suscripto se halla facultado para proceder conforme lo solicitado, por ser el recurrente discapacitado, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a Dn. LAMAS, JOSE MANUEL (D.N.I. 13304660), del pago del IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES correspondiente a su vehículo marca FIAT PALIO S 1.3 MPI 3P Dominio CWR437 (Partida Nro 24114-0/00), por la 3ra. y 4ta. cuota año 2016, de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2878 15-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-5327/2016 - Licitación Privada Nº 83/2016, referida a "Provisión de Gas Oil para Talleres Municipales y Equipos Viales", y CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones vigentes, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada .- Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo.- DECRETA: ARTICULO 1º: Llámese a Licitación Privada , para "Provisión de Gas Oil para Talleres Municipales y Equipos Viales" y, en un todo de acuerdo al respectivo Pliego de Bases y Condiciones. El presupuesto oficial de la citada provisión es de PESOS SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL .- ($618.000.-).- ARTICULO 2º: Procédase a la apertura de los sobres que contengan propuestas, el día 22 de Noviembre de 2016, a las 11:00 hs, en la OFICINA DE COMPRAS, de la Municipalidad de Junín.- ARTICULO 3º: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.-

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 29

Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2879 15-11-2016 VISTO: El expediente del registro municipal Nro. 4059-2892/2016, mediante el cual se tramita la eximición del pago del Derecho de Construcción y la confección gratuita de planos, correspondiente al inmueble del Club Atlético B.A.P., de esta ciudad, y CONSIDERANDO: Lo dictaminado por los señores Secretario de Obras y Servicios Públicos y Director de Ingresos Públicos a fojas 25 y 26, respectivamente, del expediente antes citado, y Que mediante el inciso 2) artículo 57mo. de la Ordenanza Nro. 6869, el suscripto se halla facultado para proceder conforme lo solicitado; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase al Club Atlético B.A.P., de esta ciudad, del pago del Derecho de Construcción, correspondiente a sus instalaciones ubicadas en calle Hipólito Yrigoyen Nro. 949, de esta ciudad.- ARTICULO 2do: Por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos procédase a confeccionar sin cargo los planos correspondientes al inmueble en cuestión.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2880 15-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El expediente de registro municipal que corre bajo el N° 4059-1868-2016; La solicitud de transferencia del lote N°728 del Parque Natural Laguna de Gómez, partida Nº 53977-0/23, presentada por el Sr. Luis Alberto Demarchi, DNI 10.211.112 a favor del Sr. Ricardo Roberto Naso, DNI 10.211.112 con firmas certificadas de fs. 1/2; El Maestro de CVP de la Pda.53977-0/23 de fs.6 y el croquis de ubicación de fs.7; La constancia del pago del Derecho de Transferencia de fs.11 y el libre deuda de la partida respectiva de fs.12; El informe del Director de Turismo de fs.13; Por las consideraciones que anteceden, en uso de las facultades que el cargo le confiere y en aplicación de la normativa del rubro, el Sr. Intendente Municipal de Junín; DECRETA: ARTICULO 1ro: Transfiérese la titularidad de la tenencia precaria del lote N°728, partida Nº53977-0/23, ubicado en el Parque Natural Laguna de Gómez de esta ciudad, en favor del Sr. Ricardo Roberto Naso, DNI 10.211.112, quien ocupará dicha unidad en las mismas condiciones de precariedad que su anterior tenedor, en los términos y condiciones de la Ord. Nº5007/2005 y deberá dar cumplimiento con lo dispuesto por el Director General de Turismo a fs.13.- ARTICULO 2do: Pase a la Dirección de Turismo, a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a la Dirección de Catastro y a la Dirección de Rentas a los efectos de su toma de conocimiento y demás que estimen corresponder.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2881 15-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-5315/2016 - Licitación Privada Nº 82/2016, referida a ""Provisión de Luminarias de alumbrado público para Cuadrante Noroeste", y CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones vigentes, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada .- Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo.- DECRETA:

ARTICULO 1º: Llámese a Licitación Privada , para la "Provisión de Luminarias de alumbrado público para Cuadrante Noroeste"" y, en un todo de acuerdo al respectivo Pliego de Bases y Condiciones. El presupuesto oficial de la citada provisión es de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA .- ($667.550.-).- ARTICULO 2º: Procédase a la apertura de los sobres que contengan propuestas, el día 25 de Noviembre de 2016, a las 11:00 hs, en la OFICINA DE COMPRAS, de la Municipalidad de Junín.- ARTICULO 3º: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2882 15-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-5309/2016 - Licitación Privada Nº 81/2016, referida a "Provisión de alquiler de pala cargadora para pavimentación de Av. Bauman y Alvear", y CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones vigentes, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada .- Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo.- DECRETA: ARTICULO 1º: Llámese a Licitación Privada , para la "Provisión de alquiler de pala cargadora para pavimentación de Av. Bauman y Alvear"" y, en un todo de acuerdo al respectivo Pliego de Bases y Condiciones. El presupuesto oficial de la citada provisión es de PESOS DOSCIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO .- ($215.625.-).- ARTICULO 2º: Procédase a la apertura de los sobres que contengan propuestas, el día 25 de Noviembre de 2016, a las 12:00 hs, en la OFICINA DE COMPRAS, de la Municipalidad de Junín.- ARTICULO 3º: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2883 15-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-5303/2016 - Licitación Pública Nº 21/2016, referida a la "PROVISIÓN DE PIEDRA GRANITICA DIAMETRO 10-30; PIEDRA GRANITICA DIAMETRO 6-20; ARENA CON MODULO DE FINEZA MAYOR O IGUAL A 2,2 Y PIEDRA DOLOMITICA 0-30, PARA TERMINACION DE CORDÓN CUNETA Y MEJORADO PETREO BARRIOS SAN M ARTIN - LORETO - 11 DE JULIO", y CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones vigentes, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Pública y designación de los miembros de la Comisión de Selección y Preadjudicación.- Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo.- DECRETA: ARTICULO 1º: Llámese a Licitación Pública, para la "PROVISIÓN DE PIEDRA GRANITICA DIAMETRO 10-30; PIEDRA GRANITICA DIAMETRO 6-20; ARENA CON MODULO DE FINEZA MAYOR O IGUAL A 2,2 Y PIEDRA DOLOMITICA 0-30, PARA TERMINACION DE CORDÓN CUNETA Y MEJORADO PETREO BARRIOS SAN M ARTIN - LORETO - 11 DE JULIO", en un todo de acuerdo al respectivo Pliego de Bases y Condiciones. El presupuesto oficial de la citada provisión es de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON 41 CVOS.- ($3.795.362,41.-).- ARTICULO 2º: Procédase a la apertura de los sobres que contengan propuestas, el día Viernes Dieciséis (16) de Diciembre de 2016, a las Once (11) hs., en la Oficina de Compras, de la Municipalidad de Junín.- ARTICULO 3º: Designese al Secretario de Economía,

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Hacienda y Finanzas; representante de la Secretarías de Obras y Servicios Públicos; Secretaría Legal y Técnica; Secretaría de Gobierno y Jefe de Compras para integrar la Comisión de Seleción y Preadjudicación de la Licitación Pública nº 21/2016.- ARTICULO 4º: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2884 15-11-2016 VISTO: La solicitud formulada a fojas 7 del expediente del registro municipal Nro. 4059-4522/2016 por Dn. GRALATTO, JUAN CRUZ, en su calidad de beneficiario del Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar), tendiente a obtener la eximición del pago del derecho de contrucción, correspondiente al inmueble de su propiedad, ubicado en este Partido, y CONSIDERANDO: La documentación aportada y lo dictaminado a fojas 35 y 36 del presente expediente por la Direcciones de Obras Particulares y Rentas, respectivamente, donde se deja constancia que el monto total del derecho correspondiente asciende a la suma de PESOS NUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA CON 36 CENTAVOS ($9340,36.-), y Que de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nro. 6300 y su decreto Reglamentario Nro. 1528/2013, el suscripto se halla facultado para proceder a la exención parcial del mismo; El Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a Dn. GRALATTO, JUAN CRUZ D.N.I. 29416473, del pago de la suma de PESOS CINCO MIL DOSCIENTOS ($5200.-), correspondiente al derecho de construcción, del inmueble de su propiedad ubicado en SUIZA 1628, de JUNIN (Partida Nro 54810-0/00), debiendo abonar la suma de PESOS CUATRO MIL CIENTO CUARENTA CON 36 CENTAVOS ($4140,36.-), atento lo expuesto en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2885 16-11-2016 VISTO: Lo tramitado ante el Tribunal de Trabajo del Departamento Judicial de Junín, a cargo de los Dres. Guillermo Ortega y Daniela De Tomaso Jueces Secretaría Unica a cargo de la Dra. María Belen Francione, y; CONSIDERANDO: Que se deberá trabar embargo sobre el sueldo que percibe en la proporción del 10% el empleado PARDO JUAN CARLOS hasta alcanzar la suma de PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA ($11440,00) en concepto de honorarios con mas la suma de pesos CINCO MIL SETECIENTOS VEINTE($5720,00) para responder a costas y gastos e intereses de la ejecución, el Señor Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Por Tesorería, previa intervención de Dirección de Personal a partir de 01 de noviembre de 2016 procédase mensualmente a retener el 10 % de los haberes del empleado del Personal permanente SUBJURISDICCION 1110104000 ACTIVIDAD CENTRAL 01 empleado PARDO JUAN CARLOS D.N.I. 4972866 Legajo Nº 5351 hasta alcanzar la suma de $17160 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: El referido importe de EJECUCION DE HONORARIOS deberá ser depositada mensualmente en la cuenta especial a nombre de estos autos, abierta al efecto en el Banco de la Provincia de Buenos Aires Nº 6662-027-0519080/5 y como perteneciente a los autos caratulados ROSAS FLORENCIA Y OTRO/A C/ PARDO JUAN CARLOS S/ EJECUCION DE HONORARIOS.-

ART 3: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2886 16-11-2016 VISTO: La comunicación efectuada por el H. Concejo Deliberante respecto de la sanción de la Ordenanza Nro. 7025, cuya copia obra en el expediente Nro. 10-10164/2016, y CONSIDERANDO: Que dicha Ordenanza fue comunicada con fecha 17 de Noviembre de 2016; Que de conformidad a lo establecido en el artículo 108vo., inciso 2do del Decreto-Ley Nro. 6769 (Ley Orgánica Municipal), es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Promúlgase la Ordenanza Nro. 7025, sancionada por el H. Concejo Deliberante con fecha 8 de Noviembre de 2016, cuya copia como anexo integra el presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2887 16-11-2016 VISTO: La nota elevada por el DTOR. GENERAL DE MANTENIMIENTO DE PARQUE VIAL Y URBANO, BEADE OMAR DARIO solicitando una medida disciplinaria referida al empleado SANTONI M ARTIN quien ha incurrido nuevamente en ausencias sin justificar,los dìasa 5, 6, y 18 de octubre del cte año y; CONSIDERANDO: Que es necesario proceder a la aplicación de la medida correctiva, de acuerdo al Art/s 84 inc. . de las Normativas Vigentes del CCT, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Suspéndase a partir 23 de noviembre de 2016, 2 días, sin goce de haberes al empleado Clase OBRERO V Personal permanente de SUBJURISDICCION 1110104000, PROGRAMA 17, ACTIVIDAD 05 al empleado SANTONI M ARTIN D.N.I. 39981248 Legajo Nº 3098; por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2888 17-11-2016 VISTO: El expediente de registro municipal N°4059-2162-2016, en el que tramita la solicitud incoada por Juan Alberto Hamed, DNI 39.095.158, para que le sea adjudicado un lote de dominio municipal integrante del Banco de Tierras para la construcción de vivienda familiar (fs.1); La encuesta social de fs.5/10; La documentación que en copia simple corre a fs.15/19; La solicitud de adjudicación del inmueble identificado catastralmente como Circ. XV, Secc.K, Ch.1, Mz.ee, Parc.8, suscripta por la Lic. Silvia I. Nani, Subsecretaria de Acción Social de fs.21; La copia simple de informe de dominio de fs.11/12; El acta de tasación de fs.23; El croquis de fs.26; El informe de la Dirección de Catastro de fs.27; Los dictámenes legal y técnico y contable de fs.28 y 29 respectivamente; Las manifestaciones del causante de fs.30 vta., y; CONSIDERANDO: Que por Ordenanza N°3513/1996 se crea el Banco Municipal de Tierras, integrado por todos aquellos terrenos que han ingresado o ingresen en el futuro al dominio privado de la Municipalidad de Junín, estando la misma reglamentada por Decreto N°763/2010; Que los terrenos descriptos podrán ser adjudicados para la

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construcción de viviendas individuales (art.2°); Que los terrenos que se adjudiquen serán vendidos a los particulares con una financiación adecuada que permita su adquisición, siendo el valor de los mismos fijado de acuerdo a la tasación que practicará la Comisión para Tasaciones de Terrenos Municipales (art.3°); Que en autos se dio cabal cumplimiento con los pasos que establece la ordenanza de aplicación y su decreto reglamentario, estando acreditada la necesidad habitacional del causante y su grupo familiar; Que el solicitante y su grupo familiar carecen de inmuebles a su nombre dentro del Partido de Junín (fs.27); Que la Subsecretaria de Acción Social a fs.32 solicita de adjudique al causante el inmueble identificado catastralmente como Circ. XV, Secc.K, Ch.1, Mz.ee, Parc.8; Que la Dirección de Vivienda de la S.O. y S.P. informa que en mérito a lo acordado por la Comisión para Tasaciones de Terrenos Municipales en acta Nº46 del 21 de agoto de 2016, dicho inmueble se encuentra tasado en el monto de PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL ($58.471,20) -fs.24/25-; Que según copia simple de informe de dominio de fs.11/12, el referido lote integra el patrimonio de la Municipalidad de Junín; Que fueron rendidos dictámenes legal y técnico y contable sin formularse objeciones al pedido en trámite; Que la causante manifiesta su conformidad con el terreno ofertado y la intención de abonar como contraprestación la suma de PESOS CUATRO CIENTOS ($400) en forma mensual, hasta cancelar el precio de venta -ver fs.30-; Por las consideraciones que anteceden, en uso de las facultades que el cargo le confieren y en aplicación de la normativa precitada, el Sr. Intendente Municipal de Junín; DECRETA: ARTICULO 1ro: Adjudícase a Juan Alberto Hamed, DNI 39.095.158 y a Carolina Belen Miranda, DNI 41.025.353 el inmueble identificado catastralmente como Circ. XV, Secc.K, Ch.1, Mz.ee, Parc.8, sito en calle Bentancourt entre Dr. Possio y calle s/n de Junín, integrante del Banco Municipal de Tierras en los términos de la Ordenanza N°3513/1996, con cargo de destinarlo a vivienda familiar única y permanente, y prohibición de vender o transferir su dominio.- ARTICULO 2do: La presente adjudicación es de naturaleza onerosa, debiendo abonarse como contraprestación la suma de PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL ($58.471,20) pagaderos en CIENTO CUARENTA Y SEIS (146) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS CUATRO CIENTOS ($400) cada una y una última de PESOS SETENTA Y UNA CON VEINTE CENTAVOS ($71,20), venciendo la primera de ellas con la entrega de la posesión del inmueble a la adjudicataria.- ARTICULO 3ro: La escritura traslativa de dominio será otorgada por ante la Escribanía Gral. de Gobierno una vez cancelado el precio de venta y confeccionados por parte de la Dirección Municipal de Catastro el correspondiente plano de mensura y demás que se requieran.- ARTICULO 4to: El boleto de compraventa será confeccionado por la Secretaría Legal y Técnica, debiendo establecerse como condición resolutoria que el adjudicatario solo podrá edificar en el inmueble una casa habitación que se ajuste a alguno de los modelos tipo y especificaciones técnicas elaboradas por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, o en su caso encontrarse debidamente aprobado por dicha dependencia.- ARTICULO 5to: Pase a la Dirección de Vivienda de la S.O. y S.P., a la Dirección de Rentas, a la Dirección de Catastro, y Depto. de Patrimonio para su toma de conocimiento y demás efectos que estime corresponder.- ARTICULO 6to: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívase.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2889 17-11-2016

VISTO: La comunicación efectuada por el H. Concejo Deliberante respecto de la sanción de las Ordenanzas Nro. 7026 y 7027, cuyas copias obran en los expedientes Nro. 4059-5014/2006 y 4059-4377/2009, respectivamente, y CONSIDERANDO: Que dichas Ordenanzas fueron comunicadas con fecha 17 de Noviembre de 2016; Que de conformidad a lo establecido en el artículo 108vo., inciso 2do del Decreto-Ley Nro. 6769 (Ley Orgánica Municipal), es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere - DECRETA: ARTICULO 1ro: Promúlganse las Ordenanzas Nro. 7026 y 7027, sancionadas por el H. Concejo Deliberante con fecha 15 de Noviembre de 2016, cuyas copias como anexos integran el presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2890 17-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5366/2016, el señor Director General de Deportes de esta Municipalidad, Prof. PUEYO, DANIEL, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal el evento "Corredor hasta la médula", a llevarse a cabo en la Avda. San Martín, de esta ciudad, partiendo desde la Fuente del Milenio, el día 20 de Noviembre de 2016, y CONSIDERANDO: La relevancia de dicho evento, cuya finalidad es concientizar sobre la donación de sangre y médula, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal la realización del evento "Corredor hasta la médula", a llevarse a cabo en el trayecto de la Avda. San Martín, partiendo desde la Fuente del Milenio, de esta ciudad, el día 20 de Noviembre de 2016.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por alquiler de baños químicos, como consecuencia de la realización del evento que da cuenta el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2891 17-11-2016 VISTO: Las presentes actuaciones que corren bajo el número de registro municipal 4059-2307-2016; La resolución denegatoria adoptada por la Secretaría de Gobierno referida al pedido de factibilidad incoado por el Sr. Pedro Bilos, en su calidad de gerente de ?Barshow SRL?, para la instalación de un Resto-Bar y cafetería con espectáculo en vivo en el inmueble de calle Roque Saenz Peña Nº365 de Junín de fs.15; La constancia de notificación de dicha decisión, cumplida el 19 de septiembre de 2016, de fs.70; El recurso de reconsideración -con jerárquico subsidiario- articulado a fs.67/68 por el causante de autos; La resolución de la Secretaría de Gobierno datada el 11 de octubre de 2016 que desestima la reconsideración intentada por el causante (fs.71/72); La constancia de notificación de fs.73; El dictamen legal y técnico luciente a fs.75, y; CONSIDERANDO: Que el acto en crisis, ratificado por la Secretaría de Gobierno mediante la resolución del 11/10/2016 (fs.71/72), encuentra pábulo en el informe de la Dirección de Habilitaciones (fs.6) según el cual existe una sentencia de clausura definitiva en el inmueble cuya habilitación hoy se pretende, emanada del Juzgado de Faltas; Que a requerimiento del Sr. Secretario de Gobierno ?fs.7?, el Juzgado de Faltas municipal Nº1 a fs.8, por conducto de la Sra. Jueza de Faltas Nº1 -Dra. Nora Mabel Serafino- informa que en el expte. Nº166.333 -y sus acumulados 166.338 y 166.339- se ha dictado sentencia de clausura definitiva, en los términos de el art. 35 de la Ord. Nº4983,

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adquiriendo la misma firmeza; Que la magistrada completa el conteste a la rogatoria allegando a autos copia de la sentencia de mención, cual dispone la clausura definitiva del local cuya factibilidad se solicita en el libelo de inicio ?ver fs.9/10?; Que para resolver del modo indicado, el Juzgado de Faltas municipal tuvo a la vista el expte. Nº165.812 -y su acumulado 166.114- caratulado ?Barbero Horacio (Aspen Public House) s/Inf.? con sentencia condenatoria firme y consentida por idéntica infracción a la constatada en la última oportunidad, y el expediente 164.783 de iguales particularidades, con sentencia confirmada en segunda instancia, adquiriendo el hecho bajo juzgamiento el carácter de segunda reincidencia (art.41 b) Ord. 4983/05 y art. 27 segundo párr. Ord. General de Faltas 3180/93; Que resultando de aplicación el Capítulo 9 de la Ord. 4516/03, art.17 de la Ord. 2271/83, el art. 12 inc. 3 y 27 segundo párr. de la Ord. 3180/93 y los arts.7 4to. párr. y 41 inc. b) de la Ord. 4983/05 esta última aplicable por el rubro de la actividad desarrollada, y los arts. 1, 4, 38, 41, 43, 46, 50 del dec. Ley 8751/77, de conformidad con lo normado por el art. 51 del mismo cuerpo legal, se resolvió el 18 de noviembre de 2015, condenar a Horacio Barbero, por exceso de nivel de sonido proveniente del resto bar que gira bajo el nombre comercial de ?Aspen?, sito en Sáenz Peña Nº367 de ésta ciudad (Ord. 4516/03, Cap.9, art. 41 b), Ord. 4983/05 al pago de una multa ($10.000); y la CLAUSURA DEFINITIVA ateniendo a su carácter de reincidente; Que a fs.11/14 luce copia fiel de la sentencia recaída en la causa NºJN-1015-2015 tramitada por ante el Juzgado Correccional Nº3 del D.J.J. en la cual se confirma la sentencia condenatoria del Juzgado de Faltas; Que la Ord. municipal Nº4983, reglamentaria de los establecimientos y/o locales comerciales que sirvan como lugares de esparcimiento y/o gastronómicos, reza literalmente en su art.35: ?Los inmuebles en donde se hubieran desarrollado actividades que hubieran dado lugar a clausura definitiva por molestias causadas a los vecinos, con sentencia o resolución firme del órgano jurisdiccional competente, no podrán ser habilitados para la misma actividad?; Que notificado de la desestimación del pedido de habilitación, a fs.67/68 el Sr. Pedro Bilos, con el patrocinio letrado del Dr. Eduardo José Aguilar, se agravia deduciendo recurso de reconsideración con jerárquico subsidiario; Que la pretensión revisora del causante no fue recibida favorablemente por el Sr. Secretario de Gobierno en resolución del 11 de octubre de 2016 ?ver fs.71/72?; Que los fundamentos desoídos por el funcionario recurrido recorren el siguiente sendero argumental: Que el 17 de mayo de 2016 impetró informe sobre uso de suelo respecto del local de marras -aclarando su destino- y la respuesta municipal fue satisfactoria. En cuya virtud ejecutó un plan de inversiones -que detalla- a efectos adecuarlo normativa y ediliciamente a la actividad; denuncia la violación de los principios constitucionales de personalidad de la pena, pues la sanción de clausura le fue impuesta a una persona ajena al recurrente, que no puede ser alcanzado por sus efectos sancionatorios; de igualdad (art.16 C.N.) al existir en el radio de la manzana dos locales funcionando conidéntico rubro que el impetrado por el causante; de propiedad (art.17 C.N.), en la medida en que se le notificó que el uso solicitado era permitido en la zona misma, realizando cuantiosas inversiones económicas y pago de cánones locativos, para mas luego denegársele la habilitación, adunando que tal restricción resulta confiscatoria; por último se alega la transgresión del derecho a ejercer industria lícita (art.14 C.N.); Que habiendo tomado la intervención que legalmente le compete ?art. 101 Ord. Gral. 267/80? el Sr. Asesor Letrado municipal a fs.75 rinde dictamen en el cual, luego de repasar los antecedentes, sugiere confirmar la resolución impugnada; Que los argumentos del recurrente ?lacónicamente expuestos?, así como los elementos de convicción allegados carecen de virtualidad para conmover las bases argumentales sobre las que se apoya el acto atacado, a las cuales se remite a efectos evitar reiteraciones, al igual que al dictamen legal y técnico, teniéndoselos como integrantes del presente acto; Por lo precedentemente expuesto, el Sr. Intendente Municipal de Junín;

DECRETA: ARTICULO 1ro: Desestímase, por los fundamentos que anteceden, el recurso jerárquico subsidiariamente deducido por Pedro Bilos, en su calidad de gerente de ?Barshow SRL? a fs.67/68, y por tanto se confírmase la resolución de fecha 24 de agosto de 2016 adoptada por la Secretaría de Gobierno en la medida en que desestima la solicitud de factibilidad para la instalación de un Resto-Bar y cafetería con espectáculo en vivo en el inmueble de calle Roque Saenz Peña Nº365 de Junín (art. 35 de la Ord. Nº4983).- ARTICULO 2do: Cúmplase, notifíquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2892 17-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-5256/2016, por el CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS MUNICIPALES, con destino a solventar gastos que le demanda la organización de una fiesta para recaudar fondos para la obra de su sede social, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor del CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS MUNICIPALES, un subsidio por la suma de Pesos UN MIL ($1000.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110101000 - Programa 1 - Actividad 0 - Código 5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2893 17-11-2016 VISTO: La comunicación efectuada por el H. Concejo Deliberante respecto de la sanción de la Ordenanza Nro. 7028, cuya copia obra en el expediente Nro. 10-9913/2016, y CONSIDERANDO: Que dicha Ordenanza fue comunicada con fecha 17 de Noviembre de 2016; Que de conformidad a lo establecido en el artículo 108vo., inciso 2do del Decreto-Ley Nro. 6769 (Ley Orgánica Municipal), es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Promúlgase la Ordenanza Nro. 7028, sancionada por el H. Concejo Deliberante con fecha 15 de Noviembre de 2016, cuya copia como anexo integra el presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2894 17-11-2016 VISTO: Las Actuaciones que son parte integrante del Expte. Administativo Número Único 4059-4479/2016, Licitación Privada N° 72/2016, referido a la "Provisión de mano de obra y materiales para reparación de cubiertas en ENET N° 1 A. Bermejo- 1era Etapa"; CONSIDERANDO: Que fueron recepcionadas dos (02) ofertas.- Que la firma de E.I.C CONSTRUCTORA S.R.L no presentó la documentación requerida en el punto 8 del Art 43 correspondiente al Pliego de Bases y Condiciones.- Que la Comisión de Preadjudicación designada a ese efecto consideró conveniente elevar las

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presentes actuaciones al Honorable Concejo Deliberante, según lo establecido en el Art N° 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.- Que el Honorable Concejo Deliberante autorizó al Departamento Ejecutivo a realizar la adjudicación por medio de la Ordenanza N° 7014 de fecha 8 de noviembre de 2016.- Que se cuenta con dictamen legal y contable favorable.- Por todo ello el Sr intendente municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro: Adjudicase a la firma MANSUR CARLOS MIGUEL la "Provisión de mano de obra y materiales para reparación de cubiertas en ENET N° 1 A. Bermejo- 1era Etapa" en la suma total de PESOS: SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTITRES CON 36/100 CVOS ($776.323,36), por considerar de este manera a la oferta conveniente a los intereses de esta comuna en un todo de acuerdo a la respectiva oferta de bases y condiciones generales, que son integrante del precitado expediente.- ARTICULO 2do:Los fondos indispensables para solventar los gastos que demanda la adquisición enumerada en el Art 1° del presente decreto, serán tomadas de la partida correspondiente al presupuesto de gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaria de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2895 17-11-2016 VISTO: La solicitud formulada a fojas 14 del expediente del registro municipal Nro. 4059-4839/2016 por Dña. D'ANGELO, PAOLA SOLEDAD, en su calidad de beneficiaria del Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar), tendiente a obtener la eximición del pago del derecho de contrucción, correspondiente al inmueble de su propiedad, ubicado en este Partido, y CONSIDERANDO: La documentación aportada y lo dictaminado a fojas 37 y 39 del presente expediente por la Direcciones de Obras Particulares y Rentas, respectivamente, donde se deja constancia que el monto total del derecho correspondiente asciende a la suma de PESOS OCHO MIL CIENTO VEINTICINCO CON 66 CENTAVOS ($8125,66.-), y Que de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nro. 6300 y su decreto Reglamentario Nro. 1528/2013, el suscripto se halla facultado para proceder a la exención parcial del mismo; El Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a Dña. D'ANGELO, PAOLA SOLEDAD D.N.I. 30875935, del pago de la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($3599.-), correspondiente al derecho de construcción, del inmueble de su propiedad ubicado en IRLANDA 1079, de JUNIN (Partida Nro 45520-0/00), debiendo abonar la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTISEIS CON 66 CENTAVOS ($4526,66.-), atento lo expuesto en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2896 17-11-2016 VISTO: El expediente del registro municipal Nro. 4059-5318/2016 mediante el cual el Auto Moto Club Junín tramita la autorización para la realización de una nueva fecha de la Carrera de Picadas, a llevarse a cabo los días 3/4 de diciembre del corriente año en el Autódromo Eusebio Marcilla, y CONSIDERANDO: Que a fojas 28 de las actuaciones antes citadas, la Dirección de Habilitaciones informa que los organizadores han adjuntado Seguro de responsabilidad civil, Solicitud de servicio de Policía Adicional,

constancia de solicitud de servicio del Destacamento de Bomberos, constancia de prestación de ambulancia, de emergencias médicas e informe del Cuartel de bomberos local, y cumplido con las ordenanzas vigentes que reglamentan la materia (Reglamento de Construcción, Habilitaciones y Ordenanza Nro. 4983 y sus modificatorias), el Intendente Municipal en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase autorización al AUTO MOTO CLUB JUNIN, para la realización de una nueva fecha de la Carrera de Picadas, a llevarse a cabo los días 3/4 de diciembre del corriente año en el Autódromo Eusebio Marcilla, de esta ciudad.- ARTICULO 2do: En el caso de suspensión de la competencia por causas de fuerza mayor, la presente autorización se prorroga por un plazo de diez (10) días posteriores a la fecha indicada en el artículo 1ro., debiendo en tal caso actualizar la totalidad de la documentación respaldatoria requerida por esta Municipalidad a los fines del evento.- ARTICULO 3ro: La autorización concedida en el artículo 1ro. lo es bajo la condición resolutoria y extintiva de: a) estricto y cabal cumplimiento por parte del Auto Moto Club Junín de los requisitos exigidos por la Ley 12.391 y sus modificatorias y reglamentación vigente; y b) autorización de la Comisión de Automovilismo y Motociclismo Deportivo dependiente del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires.- ARTICULO 4to: Déjase expresa constancia que la autorización otorgada por la presente resolución implica para la entidad recurrente la responsabilidad total por eventuales accidentes y/o perjuicios a terceros y competidores que pudieran ocasionarse por cualquier causa o motivo durante la realización del espectáculo que tratan estas actuaciones, ya sea por negligencias imputables a su organización y/o situaciones fortuitas que pudieran producirse durante su desarrollo, como así también que no se autoriza la utilización de tribunas destinadas al público.- ARTICULO 5to: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno, gírese a la Dirección Gral. de Inspección para verificar el cumplimiento del presente y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2897 18-11-2016 VISTO: La necesidad de prorrogar el plazo de designación establecido por Decreto Nº 2071 de fecha 22 de agosto de 2016, como Personal Temporario Mensualizado perteneciente al de la Subsecretaría Mantenimiento Parque Vial, Urbano y Tratamiento, y; CONSIDERANDO: Que se trata de Tareas Temporarias, que encuadraría como Personal Temporario Mensualizado, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Prorrógase el plazo de designación establecido por el Decreto Nº 2071 de fecha 22 de agosto de 2016 a partir del día 01 de noviembre de 2016 y hasta el 30 de noviembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas en la Oficina LOTES Y ESPECIFICOS con una asignación mensual de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA .-($6780) equivalente al Personal OBRERO III, con un régimen de 45 horas semanales al empleado CORIA LUCIANO GERMAN D.N.I. 34548481 Legajo Nº 7742 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110101000, PROGRAMA 36, ACTIVIDAD 01 .- ART 3: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

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DECRETO 2898 18-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5350/2016, el señor DTOR. GENERAL TURISMO de esta Municipalidad, Dn. BORTOLATO, LUIS ENRIQUE, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal el evento "Ruta del Ocio", a llevarse a cabo en el Parque Natural Laguna de Gómez, de esta ciudad, entre los días 01 de Diciembre de 2016 y 01 de Marzo de 2017, y 13; 14; 15 y 16 de abril de 2017, y CONSIDERANDO: La relevancia de dicho evento, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal la realización del evento "Ruta del Ocio", a llevarse a cabo en Parque Natural Laguna de Gómez, de esta ciudad, entre los días 01 de Diciembre de 2016 y 01 de Marzo de 2017, y 13; 14; 15 y 16 de abril de 2017.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por viáticos, traslados, alojamiento y catering para artistas participantes, contratación de servicio de sonido, iluminación, escenario y grupo electrógeno, promoción y folletos, como así también todo otro que pueda surgir como consecuencia de la realización del evento que da cuenta el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2899 18-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5351/2016, el señor DTOR. GENERAL TURISMO de esta Municipalidad, Dn. BORTOLATO, LUIS ENRIQUE, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal el evento "Encuentro de Paramotores" organizado por la Asociación de Parapentes Junín, a llevarse a cabo en Parque Natural Laguna de Gómez, de esta ciudad, entre los días 26 y 28 de Noviembre de 2016, y CONSIDERANDO: La relevancia de dicho evento, que contará con participantes locales, nacionales e internacionales, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal la realización del evento "Encuentro de Paramotores", organizado por la Asociación de Parapentes Junín, a llevarse a cabo en Parque Natural Laguna de Gómez, de esta ciudad, entre los días 26 y 28 de Noviembre de 2016.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por contratación servicio de emergencias médicas y sonido, como así también todo otro que pueda surgir como consecuencia de la realización del evento que da cuenta el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2900 18-11-2016 VISTO: El expediente del registro municipal Nro. 4059-4322/2016, mediante el cual se tramita la confección gratuita de planos a favor de la empresa RELEVAR S.R.L., ubicada en el Parque Industrial de Junín, y CONSIDERANDO: El dictamen favorable del señor Secretario de Obras y Servicios Públicos, obrante a fojas 4 de las citadas actuaciones, y Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5to.) Inciso c) de la Ordenanza Nro. 3396, el suscripto se halla facultado para proceder conforme lo solicitado, Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, procédase a confeccionar sin cargo, los planos correspondientes a las instalaciones de la empresa

RELEVAR S.R.L., ubicada en el Parque Industrial de Fomento de Junín, nomenclatura catastral: Circ. XIV- Secc. D- Fracción VII- Chacra 2- Parcela 1a.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2901 18-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-5288/2016, por Dña. CARDOZO, LAURA MARCELA, con destino a solventar gastos de subsistencia, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de Dña. CARDOZO, LAURA MARCELA, un subsidio mensual por la suma de Pesos Un Mil ($ 1000.-) durante el período noviembre y diciembre inclusive, del corriente año, de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110114000 - Programa 25 - Actividad 41 - Código 5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2902 18-11-2016 VISTO: La comunicación efectuada por el H. Concejo Deliberante respecto de la sanción de la Ordenanza Nro. 7017, cuya copia obra en el expediente Nro. 10-10147/2016, y CONSIDERANDO: Que dicha Ordenanza fue comunicada con fecha 11 de Noviembre de 2016; Que de conformidad a lo establecido en el artículo 108vo., inciso 2do del Decreto-Ley Nro. 6769 (Ley Orgánica Municipal), es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Promúlgase la Ordenanza Nro. 7017, sancionada por el H. Concejo Deliberante con fecha 8 de Noviembre de 2016, cuya copia como anexo integra el presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2903 18-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5204/2016, el señor INSPECTOR GRAL. de esta Municipalidad Dn. LEDESMA, WALTER FABIAN, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal la Primera Jornada de ReBA del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires, a llevarse a cabo en esta ciudad, el día 02 de Diciembre de 2016, y CONSIDERANDO: La relevancia de dicho evento, que contará con la presencia del Director Provincial de ReBA y del Director de Fiscalización y Control de bebidas alcohólicas, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal la realización de la Primera Jornada de ReBA del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires, a llevarse a cabo en esta ciudad, el día 02 de Diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por alojamiento para 4/6 personas, servicio de catering para los participantes y folletería, carpetas y diplomas,

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como así también todo otro que pueda surgir como consecuencia de la realización del evento que da cuenta el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2904 18-11-2016 VISTO: El expediente del registro municipal Nro. 4059-4650/2015, mediante el cual se tramita la eximición del pago de las Tasas CONSERVACION DE LA VIA PUBLICA y SERVICIOS SANITARIOS correspondientes al inmueble que ocupa Dn. CHRISTIN, HORACIO OSCAR, y CONSIDERANDO: Que el recurrente se encuentra imposibilitado de atender el pago de los mencionados tributos en virtud de su situación económica, conforme con lo dictaminado por la Secretaría de Salud a fojas 22/25, y la Dirección de Ingresos Públicos a fojas 26 del expediente antes citado; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que le confiere el artículo 57mo.) Inciso 1. de la Ordenanza Nro. 6869- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a Dn. CHRISTIN, HORACIO OSCAR, del pago de la 6ta. cuota año 2016 de la Tasa CONSERVACION DE LA VIA PUBLICA y de las cuotas 1ra.; 2da.; 3ra.; 4ta.; 5ta. y 6ta. de la Tasa por SERVICIOS SANITARIOS correspondientes al inmueble que ocupa ubicado en BALNEARIO MUNICIPAL (Partida Nro 53979-0/P1).- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2905 18-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-5280/2016, por la ASOCIACION CIVIL TEJO EL GALPON DE JUNIN, con destino a solventar gastos que le demanda la organización de una fiesta para recaudar fondos y solventar gastos de funcionamiento, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de la ASOCIACION CIVIL TEJO EL GALPON DE JUNIN, un subsidio por la suma de Pesos UN MIL ($1000.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110101000 - Programa 1 - Actividad 0 - Código 5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2906 18-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-5326/2016 - Licitación Pública Nº 23, referida a "PROVISIÓN DE MANO DE OBRA, MATERIALES Y HERRAMIENTAS PARA TRABAJOS DE ALBAÑILERIA Y PINTURA EN E.P. Nº 31 - LAPLACETTE", y CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones vigentes, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Pública.- Que corresponde designar a los miembros de la Comisión de Preselección y Adjudicación. Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo.- DECRETA:

ARTICULO 1º: Llámese a Licitación Pública, para la "PROVISIÓN DE MANO DE OBRA, MATERIALES Y HERRAMIENTAS PARA TRABAJOS DE ALBAÑILERIA Y PINTURA EN E.P. Nº 31 - LAPLACETTE", en un todo de acuerdo al respectivo Pliego de Bases y Condiciones. El presupuesto oficial de la citada provisión es de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS CON 00/100.- ARTICULO 2º: Procédase a la apertura de los sobres que contengan propuestas, el día 16 de Diciembre de 2016, a las Nueve (9) hs., en la Oficina de Compras de la Municipalidad de Junín.- ARTICULO 3º: Designanse miembros integrantes de las comisiones de Selección y Preadjudicación perteneciente a la Licitación Pública Nº 23/2016 tramitada mediante Expte. Nº 4059-5326/2016, referida a la "PROVISIÓN DE MANO DE OBRA, MATERIALES Y HERRAMIENTAS PARA TRABAJOS DE ALBAÑILERIA Y PINTURA EN E.P. Nº 31 - LAPLACETTE", a los siguientes funcionarios Municipales: Secretario de de Hacienda y Finanzas; representante de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos; representante de la Secretaría de Gobierno representante de la Secretaría Legal y Técnica y Jefe de Compras. ARTICULO 4º: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2907 18-11-2016 VISTO: Las Actuaciones que son parte integrante del Expte. Administativo Número Único 4059-3728/2016, Licitación Pública N° 14/2016, referido a la "Concesión para la Explotación comercial del complejo gastronómico Los Navegantes"; CONSIDERANDO:Que fueron recepcionadas dos (02) ofertas.- Que la Comisión de Preadjudicación deseignada a ese efecto consideró conveniente elevar las presentes actuaciones al Honorable Concejo Deliberante, al tratarse de una concesión, según lo establecido en la Ley Orgánica de las Municipalidades.- Que el Honorable Concejo Deliberante autorizó al Departamento Ejecutivo a realizar la Explotación Comercial por medio de la Ordenanza N° 7015 de fecha 8 de noviembre de 2016.- Que se cuenta con dictámen legal y contable favorable.- Por todo ello el Sr intendente municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro: Adjudicase a la firma Saturno Adalberto la "Concesión para la Explotación Comercial del Complejo Gastronómico Los Navegantes" quien hará efectivo un pago mensual de dos coma dos (2,2) módulos, por considerar de esta manera a la oferta conveniente a los intereses de esta comuna en un todo de acuerdo a la respectiva oferta de bases y condiciones generales, que son integrante del precitado expediente.- ARTICULO 2do: cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaria de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2908 18-11-2016 VISTO: El expediente de registro municipal N°4059-3512-2010, en el que tramita la solicitud incoada por el agente municipal Pedro Sebastián Melnik, DNI 32.652.657 para que le sea adjudicado un lote de dominio municipal integrante del Banco de Tierras para la construcción de vivienda familiar (fs.1); Las manifestaciones del causante de fs.54; La documentación que en copia simple corre a fs.55/57; El informe social elaborado el 07 de septiembre de 2016 de fs.59/60, y documentación de fs.61/63; La solicitud de adjudicación en favor del causante cursada por la Sra. Secretaria de Acción Social a fs.64; Las manifestaciones del causante de fs.65 y la autorización de retención de haberes de fs.66; El informe de la

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 36

Dirección de Catastro de fs.4; El informe de la Dirección de Vivienda de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de fs.37, el acta de tasación de fs.36 y el croquis de fs.38; Los dictámenes legal y técnico y contable de fs.30 y 31, y; CONSIDERANDO: Que por Ordenanza N°3513/1996 se crea el Banco Municipal de Tierras, integrado por todos aquellos terrenos que han ingresado o ingresen en el futuro al dominio privado de la Municipalidad de Junín, estando la misma reglamentada por Decreto N°763/2010; Que los terrenos descriptos podrán ser adjudicados para la construcción de viviendas individuales (art.2°); Que los terrenos que se adjudiquen serán vendidos a los particulares con una financiación adecuada que permita su adquisición, siendo el valor de los mismos fijado de acuerdo a la tasación que practicará la Comisión para Tasaciones de Terrenos Municipales (art.3°); Que en autos se dio cabal cumplimiento con los pasos que establece la ordenanza de aplicación y su decreto reglamentario, estando acreditada la necesidad habitacional del causante y su grupo familiar; Que el solicitante carece de inmuebles a su nombre dentro del Partido de Junín (fs.4); Que la Sra. Secretaria de Acción Social a fs.64 solicita ?en mérito a los antecedentes de autos? la adjudicación en favor del causante del inmueble que se identifica catastralmente como Circ. XV, Secc. K, Chac.1, Mz. 1E, Parc.1A, UF5, Pda. de origen 61050; Que la Dirección de Vivienda de la S.O. y S.P. informa que según la Comisión para Tasaciones de Terrenos Municipales ?Acta N°45 del 21/04/2016? se encuentra tasado en el monto de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE CON SESENTA CENTAVOS ($56.337,60); Que según copia de informe de dominio el referido lote integra el patrimonio de la Municipalidad de Junín; Que fueron rendidos dictámenes legal y técnico y contable sin formularse objeciones al pedido en trámite; Que notificado el Sr. Nicolás Carlos Martinez de la tasación del inmueble manifiesta su intención de adquirirlo, proponiendo como contraprestación el pago de la suma de PESOS QUINIENTOS ($500) en forma mensual, hasta cancelar el precio de venta, monto que será descontado de los haberes mensuales del agente municipal, y en caso de que el vínculo laboral cese por cualquier causa, se producirá el vencimiento de los plazos acordados, debiendo cancelarse en un pago el saldo deudo -ver autorización de fs.66-; Por las consideraciones que anteceden, en uso de las facultades que el cargo le confieren y en aplicación de la normativa precitada, el Sr. Intendente Municipal de Junín; DECRETA: ARTICULO 1ro: Adjudícase a Pedro Sebastián Melnik, DNI 32.652.657 el inmueble identificado catastralmente como Circ. XV, Secc. K, Chac.1, Mz. 1E, Parc.1A, UF5, Pda. de origen 61050, sito en calle Pastor Bauman entre Leopoldo Lugones y Niñas de Ayohuma de Junín, integrante del Banco Municipal de Tierras en los términos de la Ordenanza N°3513/1996, con cargo de destinarlo a vivienda familiar única y permanente, y prohibición de vender o transferir su dominio.- ARTICULO 2do: La presente adjudicación es de naturaleza onerosa, debiendo abonarse como contraprestación la suma de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE CON SESENTA CENTAVOS ($56.337,60) pagaderos en CIENTO DOCE (112) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS QUINIENTOS ($500) cada una, y una última de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE CON SESENTA CENTAVOS ($337,60), venciendo la primera de ellas con la entrega de la posesión del inmueble al adjudicatario. El monto de las cuotas acordadas será descontado de los haberes mensuales del agente municipal adjudicatario, y en caso de que el vínculo laboral cese por cualquier causa, se producirá el vencimiento de los plazos acordados, debiendo cancelarse en un pago el saldo deudor.- ARTICULO 3ro: La escritura traslativa de dominio será otorgada por ante la Escribanía Gral. de Gobierno una vez cancelado el precio de venta y confeccionados por parte de la Dirección Municipal de Catastro el correspondiente plano de mensura y demás que se requieran.-

ARTICULO 4to: El boleto de compraventa será confeccionado por la Secretaría Legal y Técnica, debiendo establecerse como condición resolutoria que la adjudicataria solo podrá edificar en el inmueble una casa habitación que se ajuste a alguno de los modelos tipo y especificaciones técnicas elaboradas por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, o en su caso encontrarse debidamente aprobado por dicha dependencia.- ARTICULO 5to: Pase a la Secretaría de Economía, Dirección de Rentas, Dirección de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Dirección de Catastro, Depto. de Patrimonio y Dirección de Personal para su toma de conocimiento y demás efectos que estime corresponder.- ARTICULO 6to: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívase.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2909 18-11-2016 VISTO: Que por Decreto Nro. 2088 de fecha 24 de agosto del corriente año se eximió a Dn. Ezequiel José GANDINO durante el período 1ro. de enero al 31 de diciembre de 2016, del pago de la Tasa por Limpieza y Conservación de la Vía Pública, correspondiente a sus instalaciones ubicadas en el Parque Industrial de Fomento de esta ciudad, y CONSIDERANDO: La presentación realizada a fojas 101 del expediente Nro. 4059-2770/2011, solicitando la condonación de la deuda por la tasa en cuestión, y Lo dictaminado a fojas 102 y 103 por los señores Director de Ingresos Públicos y Subsecretario de Economía y Producción, respectivamente, donde se considera procedente acceder a dicha solicitud, el Intendente Municipal en uso de las facultades que le confiere el artículo 57mo., inciso 12) de la Ordenanza Nro. 6869- DECRETA: ARTICULO 1ro: Condónase la deuda por el pago de la Tasa por Limpieza y Conservación de la Vía Pública por los años 2014 y 2015 a Dn. Ezequiel José GANDINO, correspondiente a sus instalaciones ubicadas en el Parque Industrial de Fomento de esta ciudad (Partida 702988).- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2910 18-11-2016 VISTO: La solicitud formulada a fojas 2 del expediente Nro. 4059-2230/2016, por la firma CENTRO DISTRIBUCION JUNIN S.A., en el sentido de que se otorgue el beneficio de eximición de pago por las Tasas de Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial e Inspección de Seguridad e Higiene, y CONSIDERANDO:Los dictámenes de la Subsecretaría de Economía y Producción y Dirección de Ingresos Públicos, obrantes a fojas 13 y 23, y 14, respectivamente, de las actuaciones antes mencionadas, y Atento a que las liberalidades peticionadas se encuentran contempladas por las Ordenanzas Nro. 3396/95, su modificatoria Nro. 4044 y Fiscal Nro. 6869 ? artículo 57mo. Inciso 23), el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a la firma CENTRO DISTRIBUCION JUNIN S.A., del pago de las tasas por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial (Partidas 61778 y 61779), correspondiente a sus instalaciones ubicadas en el Parque Industrial de Fomento, de esta ciudad, durante el período 1ro. de enero al 31 de diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 37

DECRETO 2911 21-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-5392/2016 - Licitación Pública Nº 25/2016, referida a "Concesión para la explotación comercial de puestos gastronómicos en PNLG", y CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones vigentes, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Pública .- Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro:Llámese a Licitación Pública , para "Concesión para la explotación comercial de puestos gastronómicos en PNLG" y, en un todo de acuerdo al respectivo Pliego de Bases y Condiciones. ARTICULO 2do: Procédase a la apertura de los sobres que contengan propuestas, el día 20 de Diciembre de 2016, a las 10:00 hs, en la OFICINA DE COMPRAS de la Municipalidad de Junín.- ARTICULO 3º: Desígnese miembros integrantes de las comisiones de Selección y de Preadjudicación, perteneciente a la Licitación Pública N° 25/2016 a los siguientes Funcionarios Municipales: Secretario de Hacienda y Finanzas, Representante de la Secretaria de Gobierno, Representante de la Secretaria Legal y Técnica, Director de Turismo y Jefe de Compras.- ARTICULO 4º: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2912 21-11-2016 VISTO: EL último párrafo del art. 119º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y CONSIDERANDO: La percepción en exceso de recursos afectados durante el Ejercicio 2016 con respecto a los créditos presupuestados, lo cual hace necesaria la adecuación del Cálculo de Recursos y del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2016, el Intendente Municipal en uso de sus facultades.. DECRETA: ARTICULO 1º: Amplíase el débito de los rubros del Cálculo de Recursos del Ejercicio 2016 en los rubros y por los importes que seguidamente se detallan: Jurisdicción / Rubro Descripción Importe 1110103000 12.1.01.08 131 Moratoria Ordenanza 4874/2005-30%.................. 208.72 1110103000 12.1.01.18 131 Moratoria Ordenanza 6068/2011- Tasa Limp.y Co 7283.24 1110103000 12.1.03.07 131 Moratoria Ordenanza 4874/2005-30%.................. 54.19 1110103000 12.1.03.17 131 Fondo de inversión en parque vial.................. 27979.00 1110103000 12.1.03.19 131 Moratoria Ordenanza 6068/2011- Tasa Red.Vial- 1119.88 1110103000 12.1.05.16 131 Moratoria Ordenanza 6068/2011- Tasa por Insp. 813.84 1110103000 12.1.08.08 131 Moratoria Ordenanza 4874/2005-30%.................. 119.92 1110103000 12.1.08.17 131 Moratoria Ordenanza 6068/2011- Tasa por Serv. 7272.76 1110103000 12.1.15.00 131 Complementaria Seguridad Policial - Moratoria 23.39 1110103000 12.1.21.00 131 Tasa Complementaria Seg. Policial- Mor. Ord. 57.54 1110103000 12.1.24.00 131 Moratoria Ordenanza 6068/2011- Tasa Compl.Seg 217.34 1110103000 12.1.28.00 131 Moratoria Ordenanza 6243/2012-Seguridad Polic 230.32 1110103000 12.1.99.01 131 Seguridad Policial- Morat. Ord. 6426/2013...... 452.76 1110103000 12.2.15.00 131 Derechos de Construcción - Morat.Orden.4874/2 2.81 1110103000 12.2.18.00 131 Derecho Instalación Medidores de Agua - Mor.O 1.24 1110103000 12.2.68.00 131 Derechos de Publicidad y Prop. Mor. Ord. 5614 1.24 1110103000 12.2.69.00 131 Derechos de Publicidad y propaganda - Mor. Or 1.24 1110103000 12.2.82.00 131 Moratoria Ordenanza 6068/2011- Derecho de Con 716.64 1110103000 12.2.83.00 131 Moratoria Ordenanza 6068/2011- Derecho Oc.o U 352.87 1110103000 12.2.85.00 131 Moratoria Ordenanza 6068/2011- Publicidad y P 145.10 1110103000 12.2.89.00 131 Moratoria Ordenanza 6068/2011- Instalac.Medid 9.02 1110103000 12.2.90.00

131 Moratoria Ord. 6089/ 2011- Der. de Costr. -50 367.92 1110103000 12.6.05.00 131 Infracción a las Obligac. y Deberes Fiscales 337.76 1110103000 12.6.18.00 131 Multas de Tránsito- Ord. 6341/2013................ 9222.80 1110103000 12.6.22.00 131 Infrac. a las Obligaciones y Deberes Fiscales 314163.26 1110103000 21.1.06.00 131 Parque Industrial.......................................... 1110651.43 1110103000 21.2.10.01 131 Moratoria Ordenanza 6068/2011- Repavimentac.U 920.23 1110103000 21.2.15.00 131 Moratoria Ordenanza 6068/2011- Contribución p 798.29 1110103000 21.2.17.00 131 Moratoria Ordenanza 6243/2012 - Rep. Urbana... 1621.20 1110103000 21.2.18.00 131 Morat.Ord.6243/2012-Contribuc.Por Mejoras...... 527.15 1110103000 21.2.19.00 131 Recupero Obra 3ra Planta de Gas..................... 182.16 1110103000 21.2.20.00 131 Contribución de Mejoras - Moratoria 6426/2013 1674.86 1110103000 21.2.21.00 131 Rec. Obra Repav. Urbana- Moratoria Ordenanza 894.74 1110103000 34.1.01.01 131 Plan Pro Casa 1............................................. 5043.47 1110103000 34.1.01.02 131 Plan Pro Casa 2............................................. 4266.30 1110103000 34.1.01.03 131 Plan Pro Casa 3............................................. 11638.90 1110103000 34.1.02.00 131 Recupero Autoconstrucción Viviendas............... 55259.58 1110103000 17.5.01.01 132 Recurso afect. Guarderia Globo Rojo............... 128340.00 1110103000 17.5.01.02 132 Recurso Afect. Guarderia Solcito................... 128340.00 1110103000 17.5.01.03 132 Torneos Juveniles Bonaerenses........................ 232521.00 1110103000 17.5.01.04 132 Consejo Prov. de la Flia. y Desarrollo Humano 129893.00 1110103000 17.5.01.20 132 Ley 10342-Permiso de uso de banquinas............ 1919.15 1110103000 17.5.01.42 132 Fondos SAMO................................................... 79216.00 1110103000 17.5.01.38 132 Programa ENVION............................................. 9000.00 1110103000 22.5.01.01 132 Fondo Municipales para Viviendas................... 839869.11 1110103000 22.5.01.24 132 Fondo para Infraestructura Municipal............. 5748569.32 1110103000 22.5.01.25 132 Fondo Munic. Fortalecimiento, Seguridad y Otr 4072038.98 1110103000 17.2.01.16 133 Plan Nacer.................................................... 392898.38 1110103000 17.2.01.17 133 Unidad Familiar (APS).................................... 3078225.00 1110103000 22.2.01.07 133 Puente Saavedra............................................. 500000.00 1110103000 22.2.01.08 133 Prog. de ingreso social con trabajo............... 2691386.05 1110103000 22.2.01.09 133 Habitat y Desarrollo..................................... 9257955.00 TOTAL AMPLIACION RECURSOS 28854804.1 ARTICULO 2º: Amplíase el crédito del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2016 en las partidas y por los importes que seguidamente se detallan: Jurisdicción / Estructura Prog. F.Finac. Imputación Importe 1110108000 93.00.00 Cancelación de Pasivos a 131 7.6.1.0 Disminución de cuent 359474.82 1110107000 01.00.00 Administración y Conducció 131 1.1.3.3 Bonificación por Pre 18298.61 1110108000 93.00.00 Cancelación de Pasivos a 131 7.6.1.0 Disminución de cuent 210753.45 1110115000 16.00.00 Dirección de Industria.. 131 2.2.2.0 Prendas de vestir.... 2099.80 1110115000 16.00.00 Dirección de Industria.. 131 2.4.4.0 Cubiertas y cámaras 20309.84 1110115000 16.00.00 Dirección de Industria.. 131 4.3.9.0 Equipos varios......... 847603.34 1110115000 16.00.00 Dirección de Industria.. 131 5.1.7.0 Transferencias a otr 29885.00 1110108000 93.00.00 Cancelación de Pasivos a 131 7.6.1.0 Disminución de cuent 2072.00 1110114000 25.42.00 Viviendas Sociales...... 131 5.1.4.0 Ayudas sociales a pe 74136.25 1110108000 93.00.00 Cancelación de Pasivos a 132 7.6.1.0 Disminución de cuent 22577.00 1110109000 45.04.00 Jardín Maternal Globo Rojo 132 2.1.1.0 Alimentos para perso 76963.00 1110109000 45.04.00 Jardín Maternal Globo Rojo 132 3.9.9.0 Otros...................... 25000.00 1110109000 45.04.00 Jardín Maternal Globo Rojo 132 4.3.7.0 Equipo de oficina y 3800.00 1110109000 45.03.00

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Jardín Maternal Solcito. 132 2.1.1.0 Alimentos para perso 63340.00 1110109000 45.03.00 Jardín Maternal Solcito. 132 2.5.5.0 Tintas, pinturas y c 36000.00 1110109000 45.03.00 Jardín Maternal Solcito. 132 3.9.9.0 Otros...................... 25000.00 1110109000 45.03.00 Jardín Maternal Solcito. 132 4.3.7.0 Equipo de oficina y 4000.00 1110108000 93.00.00 Cancelación de Pasivos a 132 7.6.1.0 Disminución de cuent 106625.83 1110109000 45.02.00 Jardines Maternales..... 132 2.1.1.0 Alimentos para perso 23267.17 1110104000 18.03.00 Ley 10342- Permiso de Uso 132 5.1.7.0 Transferencias a otr 1919.15 1110113000 23.33.00 S.A.M.O................. 132 3.9.9.0 Otros...................... 8000.00 1110113000 23.33.00 S.A.M.O................. 132 4.3.6.0 Equipo para computac 71216.00 1110108000 93.00.00 Cancelación de Pasivos a 132 7.6.1.0 Disminución de cuent 9000.00 1110114000 25.42.00 Viviendas Sociales...... 132 5.1.4.0 Ayudas sociales a pe 839869.11 1110109000 43.04.00 Torneos Juveniles Bonaeren 132 3.4.7.0 Servicios de hoteler 232521.00 1110104000 17.66.00 Pavimentación Urbana.... 132 2.8.4.0 Piedra, arcilla y ar 5748569.32 1110116000 30.29.00 Centro de Monitoreo..... 132 4.4.0.0 Equipo de seguridad. 4072038.98 1110113000 23.35.00 Plan Nacer.............. 133 2.2.2.0 Prendas de vestir.... 10595.95 1110113000 23.35.00 Plan Nacer.............. 133 2.5.2.0 Productos farmacéuti 101075.64 1110113000 23.35.00 Plan Nacer.............. 133 2.7.4.0 Estructuras metálica 10844.00 1110113000 23.35.00 Plan Nacer.............. 133 2.9.5.0 Utiles menores médic 43313.92 1110113000 23.35.00 Plan Nacer.............. 133 3.9.9.0 Otros...................... 6458.00 1110113000 23.35.00 Plan Nacer.............. 133 4.3.3.0 Equipo sanitario y d 40627.72 1110113000 23.35.00 Plan Nacer.............. 133 4.3.6.0 Equipo para computac 99980.00 1110113000 23.35.00 Plan Nacer.............. 133 4.3.7.0 Equipo de oficina y 11689.00 1110113000 01.00.00 Administración y Conduc. d 133 1.3.1.2 Viáticos y Movilidad 68314.15 1110113000 01.00.00 Administración y Conduc. d 133 1.3.1.7 Bonificación Extraor 253900.00 1110113000 23.30.00 Unidades Sanitarias..... 133 1.2.4.0 Otros gastos en pers 734216.17 1110113000 23.30.00 Unidades Sanitarias..... 133 1.3.1.7 Bonificación Extraor 1568600.00 1110114000 25.41.00 Acción Social Directa... 133 1.3.1.2 Viáticos y Movilidad 9150.15 1110114000 25.41.00 Acción Social Directa... 133 1.3.1.7 Bonificación Extraor 512358.68 1110104000 18.01.00 Tareas Viales........... 133 2.9.3.0 Utiles y materiales 500000.00 1110104000 21.93.00 Programa de Ingreso Social 133 3.9.9.0 Otros...................... 2691386.05 1110104000 21.94.00 Proyecto Cuadrante Noroest 133 4.2.1.0 Construcciones en bi 8573030.00 1110104000 21.94.00 Proyecto Cuadrante Noroest 133 4.2.2.0 Construcciones en bi 684925.00 TOTAL AMPLIACION GASTOS 28854804.1 ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2913 21-11-2016 VISTO: La renuncia presentada por el agente HERRERA NICOLAS, con desempeño en Fiscalización Sanitaria e Inspección Veterinaria perteneciente a la SECRETARIA DE SALUD, y; CONSIDERANDO: Que la aceptación de dicha petición es facultativa del Departamento Ejecutivo; por lo expuesto, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Acéptase a partir del día 15 de noviembre de 2016, la renuncia presentada por el agente de SUBJURISDICCION 1110113000, PROGRAMA 24, ACTIVIDAD 37 empleado HERRERA NICOLAS D.N.I. 38004469 Legajo Nº 7805 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.-

Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2914 21-11-2016 VISTO: La necesidad de prorrogar el plazo de designación establecido por Decreto Nº 2295 de fecha 09 de septiembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado perteneciente a la Subsecretaría Mantenimiento Parque Vial, Urbano y Tratamiento, y; CONSIDERANDO: Que se trata de Tareas Temporarias, que encuadraría como Personal Temporario Mensualizado, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Prorrógase el plazo de designación establecido por el Decreto Nº 2295 de fecha 09 de septiembre de 2016 a partir del día 01 de Noviembre de 2016 y hasta el 31 de Diciembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas en el RELLENO SANITARIO con una asignación mensual de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA .-($6780) equivalente al Personal OBRERO III, con un régimen de 45 horas semanales al empleado CASTRO CLAUDIO DANIEL D.N.I. 20653620 Legajo Nº 3202 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110101000, PROGRAMA 36, ACTIVIDAD 01 .- ART 3: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2915 21-11-2016 VISTO: La necesidad de prorrogar el plazo de designación establecido por Decreto Nº 2034 de fecha 17 de agosto de 2016, como Personal Temporario Mensualizado perteneciente a la Subsecretaría de Mantenimiento Parque Vial, Urbano y Tratamiento, y; CONSIDERANDO: Que se trata de Tareas Temporarias, que encuadraría como Personal Temporario Mensualizado, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Prorrógase el plazo de designación establecido por el Decreto Nº 2034 de fecha 17 de agosto de 2016 a partir del día 01 de Noviembre de 2016 y hasta el 31 de Diciembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas en la CUADRILLA DE MONTICULOS con una asignación mensual de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA .-($6780) equivalente al Personal OBRERO III, con un régimen de 45 horas semanales al empleado BONO ALEJANDRO MANUEL D.N.I. 27563383 Legajo Nº 3406 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110101000, PROGRAMA 36, ACTIVIDAD 01 .- ART 3: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2916 21-11-2016 VISTO: La necesidad de prorrogar el plazo de designación establecido por Decreto Nº 1888 de fecha 20 de julio de 2016, como Personal Temporario Mensualizado perteneciente a la Agencia Municipal de Seguridad Vial, y; CONSIDERANDO: Que el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) reconoce distintas modalidades en las prestaciones laborales de los agentes y que están referidas al objeto, duración, discontinuidad de la prestación, etc; dentro de esa

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variedad, el Departamento Ejecutivo cuenta con atribuciones suficientes para implementar aquellas modalidades prestacionales que más se adecuen a la índole de las tareas especiales y que exceden el marco normal de las plantas del personal; Que en mérito a la permanencia y continuidad que exigen por su naturaleza las tareas a desempeñar por los empleados afectados a la Agencia Municipal de Seguridad Vial, corresponde al Departamento Ejecutivo poner en funcionamiento la modalidad prestacional ajustada al caso concreto; Que en el Art.6 (Inc B) del citado Convenio autoriza la modalidad de Trabajo por Equipo, que trata de un sistema de horarios rotativos y alternados dentro del cual el trabajo se cumple en grupos o cuadrillas de trabajadores que pasan semanalmente de un horario al siguiente, reemplazándose en forma alternativa a fin de asegurar la continuidad del servicio o explotación. Se trata entonces de una forma organizativa dinámica contrariamente al trabajo que se presta en horario fijo, estableciéndose una excepción al régimen de jornada laboral y descanso semanal, el cual se otorgará al término de cada ciclo de rotación. Tal carácter rotativo es el que justifica la exclusión de todo pago adicional cuando se otorgare el descanso compensatorio (art. 3 inc. b) Ley Nacional 11.544); Que en los servicios cumplidos por equipos, la duración del trabajo podrá ser prolongada más allá de las 45 horas semanales a condición de que el término medio de las horas de trabajo sobre un período de 3 semanas a lo menos, no exceda de 9 horas por día o de 45 horas semanales; Que el titular de la Agencia Municipal de Seguridad Vial será el responsable de organizar el cuerpo de inspectores en orden a la fijación de las jornadas de trabajo a efectos garantizar la prestación continua y eficiente del servicio; Por las consideraciones que anteceden, en uso de las facultades que son propias del cargo y en aplicación de la normativa precitada el Sr. Intendente municipal; DECRETA: ART 1: Prorrógase el plazo de designación establecido por el Decreto Nº 1888 de fecha 20 de julio de 2016 a partir del día 01 de Noviembre de 2016 y hasta el 31 de Diciembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas en la Agencia Municipal de Seguridad Vial, con una asignación mensual de PESOS SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO .-($7275) equivalente al Personal TECNICO II del Personal Temporario Mensualizado, con un régimen de 45 horas semanales, en un modo de prestación de trabajo por equipo conforme a lo establecido en los considerados del presente, al empleado M ARTINEZ CARLOS ARIEL D.N.I. 24810255 Legajo Nº 3396 por los motivos de expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Para el cumplimiento de su tarea el agente se encuentra facultado para verificar y realizar actas de comprobación de infracciones a las normas de tránsito, cumplir con tareas preventivas, retener licencias de conductor, secuestrar rodados y todas aquellas que hagan a la procura de los legítimos objetivos de la Agencia Municipal de Seguridad Vial.- ART 3: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110116000, PROGRAMA 30, ACTIVIDAD 34.- ART 4: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívase.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2917 21-11-2016 VISTO: La necesidad de prorrogar el plazo de designación establecido por Decreto Nº 1912 de fecha 22 de julio de 2016, como Personal Temporario Mensualizado perteneciente a la Agencia Municipal de Seguridad Vial, y; CONSIDERANDO: Que el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) reconoce distintas modalidades en las prestaciones laborales de los agentes y que están referidas al objeto, duración, discontinuidad de la prestación, etc; dentro de esa

variedad, el Departamento Ejecutivo cuenta con atribuciones suficientes para implementar aquellas modalidades prestacionales que más se adecuen a la índole de las tareas especiales y que exceden el marco normal de las plantas del personal; Que en mérito a la permanencia y continuidad que exigen por su naturaleza las tareas a desempeñar por los empleados afectados a la Agencia Municipal de Seguridad Vial, corresponde al Departamento Ejecutivo poner en funcionamiento la modalidad prestacional ajustada al caso concreto; Que en el Art.6 (Inc B) del citado Convenio autoriza la modalidad de Trabajo por Equipo, que trata de un sistema de horarios rotativos y alternados dentro del cual el trabajo se cumple en grupos o cuadrillas de trabajadores que pasan semanalmente de un horario al siguiente, reemplazándose en forma alternativa a fin de asegurar la continuidad del servicio o explotación. Se trata entonces de una forma organizativa dinámica contrariamente al trabajo que se presta en horario fijo, estableciéndose una excepción al régimen de jornada laboral y descanso semanal, el cual se otorgará al término de cada ciclo de rotación. Tal carácter rotativo es el que justifica la exclusión de todo pago adicional cuando se otorgare el descanso compensatorio (art. 3 inc. b) Ley Nacional 11.544); Que en los servicios cumplidos por equipos, la duración del trabajo podrá ser prolongada más allá de las 45 horas semanales a condición de que el término medio de las horas de trabajo sobre un período de 3 semanas a lo menos, no exceda de 9 horas por día o de 45 horas semanales; Que el titular de la Agencia Municipal de Seguridad Vial será el responsable de organizar el cuerpo de inspectores en orden a la fijación de las jornadas de trabajo a efectos garantizar la prestación continua y eficiente del servicio; Por las consideraciones que anteceden, en uso de las facultades que son propias del cargo y en aplicación de la normativa precitada el Sr. Intendente municipal; DECRETA: ART 1: Prorrógase el plazo de designación establecido por el Decreto Nº 1912 de fecha 22 de julio de 2016 a partir del día 01 de Noviembre de 2016 y hasta el 31 de Diciembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas en la Agencia Municipal de Seguridad Vial, con una asignación mensual de PESOS SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO .-($7275) equivalente al Personal TECNICO II del Personal Temporario Mensualizado, con un régimen de 45 horas semanales, en un modo de prestación de trabajo por equipo conforme a lo establecido en los considerados del presente, al empleado RIOS CRISTIAN EZEQUIEL D.N.I. 33252843 Legajo Nº 3392 por los motivos de expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Para el cumplimiento de su tarea el agente se encuentra facultado para verificar y realizar actas de comprobación de infracciones a las normas de tránsito, cumplir con tareas preventivas, retener licencias de conductor, secuestrar rodados y todas aquellas que hagan a la procura de los legítimos objetivos de la Agencia Municipal de Seguridad Vial.- ART 3: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110116000, PROGRAMA 30, ACTIVIDAD 34.- ART 4: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívase.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2918 21-11-2016 VISTO: La necesidad de prorrogar el plazo de designación establecido por Decreto Nº 1889 de fecha 20 de julio de 2016, como Personal Temporario Mensualizado perteneciente a La Agencia Municipal de Seguridad Vial, y; CONSIDERANDO: Que el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) reconoce distintas modalidades en las prestaciones laborales de los agentes y que están referidas al objeto, duración, discontinuidad de la prestación, etc; dentro de esa variedad, el Departamento Ejecutivo cuenta con

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atribuciones suficientes para implementar aquellas modalidades prestacionales que más se adecuen a la índole de las tareas especiales y que exceden el marco normal de las plantas del personal; Que en mérito a la permanencia y continuidad que exigen por su naturaleza las tareas a desempeñar por los empleados afectados a la Agencia Municipal de Seguridad Vial, corresponde al Departamento Ejecutivo poner en funcionamiento la modalidad prestacional ajustada al caso concreto; Que en el Art.6 (Inc B) del citado Convenio autoriza la modalidad de Trabajo por Equipo, que trata de un sistema de horarios rotativos y alternados dentro del cual el trabajo se cumple en grupos o cuadrillas de trabajadores que pasan semanalmente de un horario al siguiente, reemplazándose en forma alternativa a fin de asegurar la continuidad del servicio o explotación. Se trata entonces de una forma organizativa dinámica contrariamente al trabajo que se presta en horario fijo, estableciéndose una excepción al régimen de jornada laboral y descanso semanal, el cual se otorgará al término de cada ciclo de rotación. Tal carácter rotativo es el que justifica la exclusión de todo pago adicional cuando se otorgare el descanso compensatorio (art. 3 inc. b) Ley Nacional 11.544); Que en los servicios cumplidos por equipos, la duración del trabajo podrá ser prolongada más allá de las 45 horas semanales a condición de que el término medio de las horas de trabajo sobre un período de 3 semanas a lo menos, no exceda de 9 horas por día o de 45 horas semanales; Que el titular de la Agencia Municipal de Seguridad Vial será el responsable de organizar el cuerpo de inspectores en orden a la fijación de las jornadas de trabajo a efectos garantizar la prestación continua y eficiente del servicio; Por las consideraciones que anteceden, en uso de las facultades que son propias del cargo y en aplicación de la normativa precitada el Sr. Intendente municipal; DECRETA: ART 1: Prorrógase el plazo de designación establecido por el Decreto Nº 1889 de fecha 20 de julio de 2016 a partir del día 01 de Noviembre de 2016 y hasta el 31 de Diciembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas en la Agencia Municipal de Seguridad Vial, con una asignación mensual de PESOS SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO .-($7275) equivalente al Personal TECNICO II del Personal Temporario Mensualizado, con un régimen de 45 horas semanales, en un modo de prestación de trabajo por equipo conforme a lo establecido en los considerados del presente, al empleado LUMBARDINI JUAN FRANCO D.N.I. 32010080 Legajo Nº 3395 por los motivos de expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Para el cumplimiento de su tarea el agente se encuentra facultado para verificar y realizar actas de comprobación de infracciones a las normas de tránsito, cumplir con tareas preventivas, retener licencias de conductor, secuestrar rodados y todas aquellas que hagan a la procura de los legítimos objetivos de la Agencia Municipal de Seguridad Vial.- ART 3: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110116000, PROGRAMA 30, ACTIVIDAD 34.- ART 4: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívase.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2919 21-11-2016 VISTO: La renuncia presentada por el personal Ad Honorem GORJON CINTIA MARCELA, con desempeño en Educación perteneciente a la SECRETARIA GENERAL, y; CONSIDERANDO: Que la aceptación de dicha petición es facultativa del Departamento Ejecutivo; por lo expuesto, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Acéptase a partir del día 18 de noviembre de 2016, la renuncia presentada por el agente de

SUBJURISDICCION 1110109000, PROGRAMA 45, ACTIVIDAD 01 empleado GORJON CINTIA MARCELA D.N.I. 23797220 Legajo Nº 3329 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2920 21-11-2016 VISTO: La necesidad de prorrogar el plazo de designación establecido por Decreto Nº 2070 de fecha 22 de agosto de 2016, como Personal Temporario Mensualizado perteneciente a la Subsecretaría Mantenimiento Parque Vial, Urbano y Tratamiento, y; CONSIDERANDO: Que se trata de Tareas Temporarias, que encuadraría como Personal Temporario Mensualizado, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Prorrógase el plazo de designación establecido por el Decreto Nº 2070 de fecha 22 de agosto de 2016 a partir del día 01 de Noviembre de 2016 y hasta el 31 de Diciembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas en la CUADRILLA DE MONTICULOS con una asignación mensual de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA .-($6780) equivalente al Personal OBRERO III, con un régimen de 45 horas semanales al empleado ESPINOSA MATIAS HERNAN D.N.I. 32892062 Legajo Nº 3337 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110101000, PROGRAMA 36, ACTIVIDAD 01 .- ART 3: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2921 21-11-2016 VISTO: La necesidad de prorrogar el plazo de designación establecido por Decreto Nº 1906 de fecha 22 de julio de 2016, como Personal Temporario Mensualizado perteneciente a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, y; CONSIDERANDO: Que se trata de Tareas Temporarias, que encuadraría como Personal Temporario Mensualizado, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Prorrógase el plazo de designación establecido por el Decreto Nº 1906 de fecha 22 de julio de 2016 a partir del día 01 de Noviembre de 2016 y hasta el 31 de Diciembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas en la ADM. Y COND. SECR.O.Y S.PUBL. con una asignación mensual de PESOS SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE .-($7769) equivalente al Personal PROFESIONAL II, con un régimen de 30 horas semanales al empleado ARCARO BASANTA ROMINA MAGALI D.N.I. 26885067 Legajo Nº 3398 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110104000 ACTIVIDAD CENTRAL 01 .- ART 3: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2922 21-11-2016 VISTO: La necesidad de prorrogar el plazo de designación establecido por Decreto Nº 1715 de fecha

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 41

30 de junio de 2016, como Personal Temporario Mensualizado perteneciente al Área Jardines Maternales, y; CONSIDERANDO: Que se trata de Tareas Temporarias, que encuadraría como Personal Temporario Mensualizado, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Prorrógase el plazo de designación establecido por el Decreto Nº 1715 de fecha 30 de junio de 2016 a partir del día 01 de Noviembre de 2016 y hasta el 31 de Diciembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas en JARDINES MATERNALES con una asignación mensual de PESOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS CATORCE .-($4414) equivalente al Personal DE SERVICIO III, con un régimen de 30 horas semanales al empleado BOUDER LUCIA LUJAN D.N.I. 38420772 Legajo Nº 3374 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110109000, PROGRAMA 45, ACTIVIDAD 02 .- ART 3: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2923 21-11-2016 VISTO: La necesidad de prorrogar el plazo de designación establecido por Decreto Nº 2292 de fecha 09 de septiembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado perteneciente al Área Administración y Conducción Secretaría Gral., y; CONSIDERANDO: Que se trata de Tareas Temporarias, que encuadraría como Personal Temporario Mensualizado, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Prorrógase el plazo de designación establecido por el Decreto Nº 2292 de fecha 09 de septiembre de 2016 a partir del día 01 de Noviembre de 2016 y hasta el 31 de Diciembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas en la DIRECCION DE PERSONAL con una asignación mensual de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTE .-($4520) equivalente al Personal ADMINISTRATIVO III, con un régimen de 30 horas semanales al empleado AREL GABRIELA GRISELDA D.N.I. 27317831 Legajo Nº 3372 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110109000 ACTIVIDAD CENTRAL 01 .- ART 3: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2924 21-11-2016 VISTO: La necesidad de prorrogar el plazo de designación establecido por Decreto Nº 2072 de fecha 22 de agosto de 2016, como Personal Temporario Mensualizado perteneciente a la Subsecretaría Mantenimiento Parque Vial, Urbano y Tratamiento, y; CONSIDERANDO: Que se trata de Tareas Temporarias, que encuadraría como Personal Temporario Mensualizado, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Prorrógase el plazo de designación establecido por el Decreto Nº 2072 de fecha 22 de agosto de 2016 a partir del día 01 de Noviembre de 2016 y hasta el 31 de Diciembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas en la Oficina de Talleres Municipales, con una asignación mensual de PESOS SEIS MIL TRESCIENTOS CATORCE .-($6314) equivalente al Personal ADMINISTRATIVO

II, con un régimen de 40 horas semanales al empleado ROSSI CLARISA D.N.I. 30875760 Legajo Nº 3341 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110101000, PROGRAMA 36, ACTIVIDAD 01 .- ART 3: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2925 21-11-2016 VISTO: La necesidad de prorrogar el plazo de designación establecido por Decreto Nº 1891 de fecha 20 de julio de 2016, como Personal Temporario Mensualizado perteneciente a la Agencia Municipal de Seguridad Vial, y; CONSIDERANDO: Que el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) reconoce distintas modalidades en las prestaciones laborales de los agentes y que están referidas al objeto, duración, discontinuidad de la prestación, etc; dentro de esa variedad, el Departamento Ejecutivo cuenta con atribuciones suficientes para implementar aquellas modalidades prestacionales que más se adecuen a la índole de las tareas especiales y que exceden el marco normal de las plantas del personal; Que en mérito a la permanencia y continuidad que exigen por su naturaleza las tareas a desempeñar por los empleados afectados a la Agencia Municipal de Seguridad Vial, corresponde al Departamento Ejecutivo poner en funcionamiento la modalidad prestacional ajustada al caso concreto; Que en el Art.6 (Inc B) del citado Convenio autoriza la modalidad de Trabajo por Equipo, que trata de un sistema de horarios rotativos y alternados dentro del cual el trabajo se cumple en grupos o cuadrillas de trabajadores que pasan semanalmente de un horario al siguiente, reemplazándose en forma alternativa a fin de asegurar la continuidad del servicio o explotación. Se trata entonces de una forma organizativa dinámica contrariamente al trabajo que se presta en horario fijo, estableciéndose una excepción al régimen de jornada laboral y descanso semanal, el cual se otorgará al término de cada ciclo de rotación. Tal carácter rotativo es el que justifica la exclusión de todo pago adicional cuando se otorgare el descanso compensatorio (art. 3 inc. b) Ley Nacional 11.544); Que en los servicios cumplidos por equipos, la duración del trabajo podrá ser prolongada más allá de las 45 horas semanales a condición de que el término medio de las horas de trabajo sobre un período de 3 semanas a lo menos, no exceda de 9 horas por día o de 45 horas semanales; Que el titular de la Agencia Municipal de Seguridad Vial será el responsable de organizar el cuerpo de inspectores en orden a la fijación de las jornadas de trabajo a efectos garantizar la prestación continua y eficiente del servicio; Por las consideraciones que anteceden, en uso de las facultades que son propias del cargo y en aplicación de la normativa precitada el Sr. Intendente municipal; DECRETA: ART 1: Prorrógase el plazo de designación establecido por el Decreto Nº 1891 de fecha 20 de julio de 2016 a partir del día 01 de Noviembre de 2016 y hasta el 31 de Diciembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas en la Agencia Municipal de Seguridad Vial, con una asignación mensual de PESOS SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO .-($7275) equivalente al Personal TECNICO II del Personal Temporario Mensualizado, con un régimen de 45 horas semanales, en un modo de prestación de trabajo por equipo conforme a lo establecido en los considerados del presente, al empleado BEVILACQUA RICARDO EBER D.N.I. 34546949 Legajo Nº 3393 por los motivos de expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Para el cumplimiento de su tarea el agente se encuentra facultado para verificar y realizar actas de comprobación de infracciones a las normas de tránsito, cumplir con tareas preventivas, retener licencias de

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conductor, secuestrar rodados y todas aquellas que hagan a la procura de los legítimos objetivos de la Agencia Municipal de Seguridad Vial.- ART 3: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110116000, PROGRAMA 30, ACTIVIDAD 34.- ART 4: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívase.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2926 21-11-2016 VISTO: La necesidad de prorrogar el plazo de designación establecido por Decreto Nº 1890 de fecha 20 de julio de 2016, como Personal Temporario Mensualizado perteneciente a la Agencia Municipal de Seguridad Vial, y; CONSIDERANDO: Que el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) reconoce distintas modalidades en las prestaciones laborales de los agentes y que están referidas al objeto, duración, discontinuidad de la prestación, etc; dentro de esa variedad, el Departamento Ejecutivo cuenta con atribuciones suficientes para implementar aquellas modalidades prestacionales que más se adecuen a la índole de las tareas especiales y que exceden el marco normal de las plantas del personal; Que en mérito a la permanencia y continuidad que exigen por su naturaleza las tareas a desempeñar por los empleados afectados a la Agencia Municipal de Seguridad Vial, corresponde al Departamento Ejecutivo poner en funcionamiento la modalidad prestacional ajustada al caso concreto; Que en el Art.6 (Inc B) del citado Convenio autoriza la modalidad de Trabajo por Equipo, que trata de un sistema de horarios rotativos y alternados dentro del cual el trabajo se cumple en grupos o cuadrillas de trabajadores que pasan semanalmente de un horario al siguiente, reemplazándose en forma alternativa a fin de asegurar la continuidad del servicio o explotación. Se trata entonces de una forma organizativa dinámica contrariamente al trabajo que se presta en horario fijo, estableciéndose una excepción al régimen de jornada laboral y descanso semanal, el cual se otorgará al término de cada ciclo de rotación. Tal carácter rotativo es el que justifica la exclusión de todo pago adicional cuando se otorgare el descanso compensatorio (art. 3 inc. b) Ley Nacional 11.544); Que en los servicios cumplidos por equipos, la duración del trabajo podrá ser prolongada más allá de las 45 horas semanales a condición de que el término medio de las horas de trabajo sobre un período de 3 semanas a lo menos, no exceda de 9 horas por día o de 45 horas semanales; Que el titular de la Agencia Municipal de Seguridad Vial será el responsable de organizar el cuerpo de inspectores en orden a la fijación de las jornadas de trabajo a efectos garantizar la prestación continua y eficiente del servicio; Por las consideraciones que anteceden, en uso de las facultades que son propias del cargo y en aplicación de la normativa precitada el Sr. Intendente municipal; DECRETA: ART 1: Prorrógase el plazo de designación establecido por el Decreto Nº 1890 de fecha 20 de julio de 2016 a partir del día 01 de Noviembre de 2016 y hasta el 31 de Diciembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas en la Agencia Municipal de Seguridad Vial, con una asignación mensual de PESOS SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO .-($7275) equivalente al Personal TECNICO II del Personal Temporario Mensualizado, con un régimen de 45 horas semanales, en un modo de prestación de trabajo por equipo conforme a lo establecido en los considerados del presente, al empleado BONONI PEREYRA CLAUDIO GABRIEL D.N.I. 36922357 Legajo Nº 3394 por los motivos de expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Para el cumplimiento de su tarea el agente se encuentra facultado para verificar y realizar actas de comprobación de infracciones a las normas de tránsito, cumplir con tareas preventivas, retener licencias de conductor, secuestrar rodados y todas aquellas que

hagan a la procura de los legítimos objetivos de la Agencia Municipal de Seguridad Vial.- ART 3: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110116000, PROGRAMA 30, ACTIVIDAD 34.- ART 4: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívase.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2927 21-11-2016 VISTO: La presentación efectuada a fojas 1 del expediente del registro municipal Nro 4059-4507/2016, mediante el cual se tramita la eximición del pago del IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES, en favor de Dn. LOVIZZIO, M ARTIN (D.N.I. 5048144), dada su condición de discapacitado, y CONSIDERANDO: La documentación obrante en el expediente citado, y lo dictaminado a fojas 12 por la Dirección de Ingresos Públicos de esta Municipalidad, y Que, mediante el artículo 57to.) Inciso 27) Punto 6. de la Ordenanza Nro. 6869, el suscripto se halla facultado para proceder conforme lo solicitado, por ser el recurrente discapacitado, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a Dn. LOVIZZIO, M ARTIN (D.N.I. 5048144), del pago del IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES correspondiente a su vehículo marca CHEVROLET S 10 2.8 TI CD PICK UP Dominio EFP72 (Partida Nro 29256-0/00), por el año 2016, de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Condónase la deuda que registra el vehículo en cuestión por el pago del IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES correspondiente al año 2015.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívase.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2928 21-11-2016 VISTO: La necesidad de actualizar Ordenanzas regulatorias de cuestiones esenciales para la ciudad, que datan de muchos años de vigencia; CONSIDERANDO: Que, en efecto, existen disposiciones que constituyen el sustracto jurídico local, en las que se asienta el desarrollo de ciertas actividades, el andamiaje administrativo y funcionalidad del servicio municipal, que a tenor del tiempo transcurrido se encuentran desactualizadas, derivando en un significativo atraso legislativo. Que, en consecuencia, se ocasiona una disociación entre la norma con el contexto actual en que se aplica, generando situaciones que dificultan el encuadramiento de ciertos hechos, tornándose una herramienta desajustada o inadecuada, según el caso, para el Municipio y nuestros vecinos en consecución con la necesidades diarias, solución de problemáticas o prestación de servicios. Que, en este sendero, encontramos normas con veinte o treinta años de antigüedad (ej: Habilitaciones, Reglamento de Construcciones, Multas, entre tantas otras), que aún con modificaciones parciales, requieren, sin dudas, una revisión integral y actualización en relación a las demandas presentes como a una proyección futura. Que, la tarea que se propone, requiere del trabajo conjunto de los Órganos del Estado Municipal, para lo cual deviene oportuno y conveniente conformar una Comisión, integrada por un representante del D.E. Municipal y un representante del Honorable Concejo Deliberante, cuya función sea abocarse al estudio, revisión, actualización, modificación y/o formulación de todas aquellas Ordenanzas generales o especiales de carácter regulatorio que tengan más de Diez años de sancionadas. Que, va de suyo, la ardua y ciclópea tarea por delante, para lo que la Comisión tendrá amplias facultades para recabar y contar con la información y

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datos que resulten necesarios para el cometido, bajo la reserva y discreción que el caso requiere, a cuyo fin, podrá convocar a funcionarios o personal jerárquico de las áreas y dependencias del D.E. a efectos de interiorizarse de cada situación particular sobre la materia a tratar. Que, en este sentido, la misma deberá integrarse por personal o funcionario municipal idóneo en el entendimiento de las Ordenanzas vigentes, capaz de aportar su conocimiento a la voluntad del trabajo a llevar adelante, que resultará una obra superlativa en beneficio de la ciudad y nuestros vecinos. Que, a tales fines, la Comisión no tendrá plazo para el desempeño y finalización del objetivo trazado, atento llevarse adelante por agentes municipales que deberán continuar prestando y no distraer sus servicios habituales, organizando este último a fin de brindar el tiempo necesario a la presente convocatoria, sin perjuicio de lo cual, elevarán a ambos Departamentos del Municipio un informe trimestral de las actuaciones realizadas. Que, por lo expuesto, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere - DECRETA: ARTICULO 1ro: COMISIÓN. Crear y constituir la Comisión Revisora de Ordenanzas Municipales, integrada por Un (1) representante del D.E. Municipal y Un (1) representante del Departamento Deliberativo. En ambos casos, deberán ser designados por el Departamento Ejecutivo. Podrán ser personal o funcionario municipal, y deberán prestar servicios dentro de cada Departamento. ARTICULO 2do: OBJETO. FUNCIONES. La Comisión tiene por objeto el estudio, revisión y actualización de Ordenanzas generales o especiales de carácter regulatorio, vigentes en el Partido de Junín, que daten de más de Diez (10) años de antigüedad. A estos efectos, es función elaborar y proponer modificaciones a los textos vigentes, reformularlos o proyectar nuevas ordenanzas. ARTÍCULO 3ro: FACULTADES. Es facultad de la Comisión solicitar, recabar y contar con toda la información, datos y documentación que la materia de estudió requiera, pudiéndolo solicitar a las distintas Secretarías o Dependencias municipales, organismos, instituciones o entidades, públicas o privadas. Asimismo, podrá convocar a funcionarios o responsables de áreas municipales o representantes de instituciones y/o entidades, para interiorizarse sobre la cuestión que es objeto de revisión y estudio. Los funcionarios, directores y responsables de dependencias municipales del Departamento Ejecutivo, deben colaborar con la Comisión ante las solicitudes o convocatorias que la misma les dirija, como motivo del cumplimiento de su cometido. ARTÍCULO 4to: RESERVA. La documentación, información y datos de la Comisión son de estricta reserva y confidencialidad. Sólo serán conocidos por los integrantes de la misma y permanecerán bajo su custodia. En ningún caso, serán dados a conocimiento público o de terceros, ni en tenencia a estos últimos. ARTÍCULO 5to: INTEGRANTES. La Comisión la integra personal o funcionario municipal de los Departamentos Ejecutivo y Departamento Delibarativo, respectivamente, idóneos en el entendimiento y conocimiento de las Ordenanzas vigentes y criterio técnico en la formulación de proyectos modificatorios o sustitutivos de Ordenanzas. Desarrollaran las tareas de la Comisión conforme el Artículo 7mo., sin alterar la prestación de servicio habitual y normal, conforme su cargo o situación de revista, dentro del Municipio. La labor de los integrantes de la Comisión es ad-honorem. ARTÍCULO 6to: PLAZO. La Comisión no tiene plazo para el desempeño y finalización de su objeto, en mérito a la ardua tarea, lo dispuesto en el Artículo precedente y motivos expuestos en el exordio del presente. No obstante, debe elevar cada tres (3) meses un informe detallado al D.E. Municipal sobre los asuntos tratados, tareas realizadas y avances de los trabajos. A estos efectos, podrán ser convocados por el D.E. ARTÍCULO 7mo: REUNIONES. La Comisión se reunirá al menos una vez por semana, en días, horarios y lugares que convengan sus integrantes. En los informes del Artículo 6to., se dejará constancia de las fechas y horarios de reuniones.

ARTÍCULO 8vo: REVISION DE ORDENANZA FINALIZADA. Cuando finalice la revisión de una Ordenanza, la Comisión la elevará al D.E Municipal con las modificaciones, agregados, actualizaciones o conformación de un nuevo texto, según corresponda. El trabajo finalizado debe ser presentado en forma de proyecto, acompañado de los antecedentes respectivos. El D.E. tendrá un plazo de treinta (30) días para analizar y resolver sobre la revisión presentada, dentro del cual, puede citar a la Comisión a fin de que informe sobre el particular. Cuando el D.E. haga sugerencias o modificaciones al proyecto, lo remitirá a la Comisión para que lo analice y expida en el plazo de quince (15) días. En caso de su aprobación, confeccionara el expediente respectivo y lo remitirá al Honorable Concejo Deliberante para su consideración y tratamiento. ARTÍCULO 9no: Comuníquese el presente Decreto a las Secretarías, Direcciones y/o dependencia municipales a los fines de lo dispuesto en el Artículo 3ro.- ARTÍCULO 10mo: Cúmplase, comuníquese, con copia del presente Decreto al Honorable Concejo Deliberante, trasncríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese. Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2929 21-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-5108/2016 - Concurso de Precios Nº 55 referida a: Provision de Hipoclorito de Sodio para O.S.M, y CONSIDERANDO: Que, fueron recepcionadas 2 ofertas. Que la Comisión de Preadjudicación, designada a ese efecto, elevó su dictamen, nominando a la firma Preadjudicataria de la citada provisión. Que, se cuenta con la reserva presupuestaria para solventar la erogación que demanda la tarea descripta. Que se cuenta con dictamen Legal y Contable favorables. Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro: Adjudícase a la firma GROSSI RICARDO la Provision de Hipoclorito de Sodio para O.S.M en la suma total de PESOS NOVENTA Y DOS MIL.- ($92.000,00.-), en un todo de acuerdo a la respectiva Oferta Básica, Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación que es parte integrante del Expte. Nro 4059-5108/2016 - Concurso de Precios Nº 55. ARTICULO 2do: Tómese los fondos necesarios para solventar el gasto que origine la tarea que nos ocupa, de la partida reservada a ese fin. ARTICULO 3ro: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese. Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2930 21-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-5391/2016 - Licitación Pública Nº 24/16, referida a la "Provisión del servicio de emergencia medica en la Via Pública, en el Parque Natural Laguna de Gomez, Carentes y Delegaciones Municipales", y CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones vigentes, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Pública.- Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo.- DECRETA: ARTICULO 1º: Llámese a Licitación Pública, para la "Provisión del servicio de emergencia medica en la Via Pública, en el Parque Natural Laguna de Gomez, Carentes y Delegaciones Municipales" y, en un todo de acuerdo al respectivo Pliego de Bases y Condiciones. El presupuesto oficial de la citada provisión es de PESOS CUATRO MILLONES VEINTISEIS MIL .- ($4026000.-).- ARTICULO 2º: Procédase a la apertura de los sobres

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que contengan propuestas, el día 22 de diciembre de 2016, a las 12:30, en la Oficina de Compras, de la Municipalidad de Junín.- ARTICULO 3º: Designanse miembros integrantes de las Comisiones de Selección y de Preadjudicación, referida a la Contratar ?Servicio de Emergencias Medicas para Accidentes en la Via Publica y en el Parque Natural Laguna de Gomez, Carentes y Delegaciones Municipales?, a los siguientes funcionarios Municipales: Secretario de Salud, Secretario de Hacienda y Finanzas, , Director de Turismo,Representante de la Secretaria de Gobierno, Representante de la Secretaria Legal y Tecnica y Jefe de Compras. ARTICULO 4º: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2931 21-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-5040/2016 - Licitación Privada Nº 79/2016 referida a : "Provisión de Alquiler de Retroexcavadora para ampliación de Red Cloacal" , y CONSIDERANDO: Que, fueron recepcionadas 2 ofertas. Que la Comisión de Preadjudicación, designada a ese efecto, elevó su dictamen, nominando a la firma Preadjudicataria de la citada provisión. Que, se cuenta con la reserva presupuestaria para solventar la erogación que demanda la tarea descripta. Que se cuenta con dictamen Legal y Contable favorables. Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro: Adjudícase a la firma RIOS MUÑOZ MARIA CAROLINA la "Provisión de Alquiler de Retroexcavadora para ampliación de Red Cloacal" en la suma total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA.- ($267.750.-), en un todo de acuerdo a la respectiva Oferta Básica, Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación que es parte integrante del Expte. Nro 4059-5040/2016 - Licitación Privada Nº 79/2016.- ARTICULO 2do: Tómese los fondos necesarios para solventar el gasto que origine la tarea que nos ocupa, de la partida reservada a ese fin. ARTICULO 3ro: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese. Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2932 22-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5452/2016, el señor Coordinador de Defensa Civil de esta Municipalidad, Dn. OCA, M ARTIN MANUEL, solicita atento a su importancia se declaren de Interés Municipal las Jornadas de Capacitación para agentes de Seguridad Vial, a llevarse a cabo en instalaciones del C.I.T.E., de esta ciudad, los días 24 y 25 de Noviembre de 2016, y CONSIDERANDO: La relevancia de dicho evento, que estará a cargo de personal de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial, del Instituto de Seguridad y Educación Vial (ISEV) y jueces provinciales, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal la realización de las Jornadas de Capacitación para agentes de Seguridad Vial, a llevarse a cabo en instalaciones del C.I.T.E., de esta ciudad, los días 24 y 25 de Noviembre de 2016.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por desayuno y almuerzo para expositores y participantes, como así también todo otro que pueda surgir como consecuencia de la realización del evento que da cuenta el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su

exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2933 22-11-2016 VISTO: La necesidad de prorrogar el plazo de designación establecido por Decreto Nº 1713 de fecha 29 de junio de 2016, como Personal Temporario Mensualizado perteneciente al Área Jardines Maternales, y; CONSIDERANDO: Que se trata de Tareas Temporarias, que encuadraría como Personal Temporario Mensualizado, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Prorrógase el plazo de designación establecido por el Decreto Nº 1713 de fecha 29 de junio de 2016 a partir del día 01 de Noviembre de 2016 y hasta el 31 de Diciembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas en los JARDINES MATERNALES con una asignación mensual de PESOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS CATORCE .-($4414) equivalente al Personal DE SERVICIO III, con un régimen de 30 horas semanales al empleado ALVAREZ DAIANA D.N.I. 36574328 Legajo Nº 3367 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110109000, PROGRAMA 45, ACTIVIDAD 02 .- ART 3: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2934 22-11-2016 VISTO: El expediente del registro municipal Nro. 4059-5300/2016 en el que se hace saber que el día 26 del corriente mes arribará a nuestra ciudad el señor Vice Gobernador de la Provincia de Buenos Aires Dr. Daniel Salvador conjuntamente con autoridades partidarias de la IV Sección Electoral para participar de eventos diversos, y CONSIDERANDO: La importancia de la visita, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Decláranse de Interés Municipal los eventos a llevarse a cabo con la presencia del señor Vice Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, el día 26 de noviembre del corriente año .- ARTICULO 2do: Abónense los gastos que se originen con motivo de la presencia del mandatario provincial.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2935 22-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte N° 4059- 4971/2016- Concurso de Precios N° 53/2016 - referida a "Provisión de mano de obra, materiales y herramientas para Construcción de Playón - Calle Dr Possio- Proyecto de Intervención Integral B° Noroeste" y; CONSIDERANDO: Que no fue recepcionada ninguna oferta, se sugiere declarar desierto dicho llamado, solicitando efectuar un segundo llamado. Por todo ello el Sr Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese desierta la "Provisión de mano de obra, materiales y herramientas para Construcción de Playón - Calle Dr Possio- Proyecto de Intervención Integral B° Noroeste", por no haberse recibido ofertas.- ARTICULO 2do:Procédase a efectuar el Segundo llamado referido a la "Provisión de mano de obra, materiales y herramientas para Construcción de Playón

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- Calle Dr Possio- Proyecto de Intervención Integral B° Noroeste" estableciéndose la fecha de apertura de sobres el dia Martes Veintinueve (29) de Noviembre de 2016 a las 10:00 hs.- ARTICULO 3°: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaria de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2936 22-11-2016 VISTO: La solicitud formulada a fojas 9 del expediente del registro municipal Nro. 4059-4595/2016 por Dn. LA BLUNDA, PEDRO, en su calidad de beneficiario del Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar), tendiente a obtener la eximición del pago del derecho de contrucción, correspondiente al inmueble de su propiedad, ubicado en este Partido, y CONSIDERANDO: La documentación aportada y lo dictaminado a fojas 51 vuelta y 52 del presente expediente por la Direcciones de Obras Particulares y Rentas, respectivamente, donde se deja constancia que el monto total del derecho correspondiente asciende a la suma de PESOS ONCE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO CON 5 CENTAVOS ($11278,05.-), y Que de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nro. 6300 y su decreto Reglamentario Nro. 1528/2013, el suscripto se halla facultado para proceder a la exención parcial del mismo; El Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a Dn. LA BLUNDA, PEDRO D.N.I. 31427167, del pago de la suma de PESOS CINCO MIL DOSCIENTOS ($5200.-), correspondiente al derecho de construcción, del inmueble de su propiedad ubicado en TEHUELCHES 1390, de JUNIN (Partida Nro 35087-0/00), debiendo abonar la suma de PESOS SEIS MIL SETENTA Y OCHO CON 5 CENTAVOS ($6078,05.-), atento lo expuesto en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2937 23-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5485/2016, el señor Secretario de Seguridad de esta Municipalidad, Dn. CLAUDIO, FABIAN ISMAEL, solicita atento a su importancia se declaren de Interés Municipal los operativos de prevención en seguridad, a llevarse a cabo en esta ciudad, el día 23 de Noviembre de 2016, y CONSIDERANDO: La importancia de los mismos que contará con la presencia de personal policial de otras jurisdicciones, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal los operativos de prevención en seguridad, a llevarse a cabo en esta ciudad, el día 23 de Noviembre de 2016.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por refrigerio al personal policial participante.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2938 23-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-5046/2016, por la MESA COORDINADORA DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE JUNIN, con destino a la reparación y compra de aberturas para su sede social, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el

cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de la MESA COORDINADORA DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE JUNIN, un subsidio por la suma de Pesos VEINTE MIL ($20000.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110101000 - Programa 1 - Actividad 0 - Código 5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2939 23-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5464/2016, el señor DTOR. GENERAL de TURISMO de esta Municipalidad, Dn. BORTOLATO, LUIS ENRIQUE, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal el espectáculo de baile flamenco y muestra de alumnos, a llevarse a cabo en la Sociedad Española de Socorros Mutuos, de esta ciudad, el día 28 de Noviembre de 2016, y CONSIDERANDO: La relevancia de dicho evento, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal la realización del espectáculo de baile flamenco y muestra de alumnos, a llevarse a cabo en la Sociedad Española de Socorros Mutuos, de esta ciudad, el día 28 de Noviembre de 2016.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por contratación servicio de sonido e iluminación, locutor, traslado de los bailarines Ricardo Garay y Fernanda Rivera, como así también todo otro que pueda surgir como consecuencia de la realización del evento que da cuenta el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2940 23-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-5456/2016, por Dn. RAPALLINI, ADRIAN JOSE AUGUSTO, con destino a solventar gastos que le demanda a su hijo Santino RAPALLINI -jugador de tenis de la categoría Sub 12-, participar en el Torneo Internacional Orange Bolw Juniors, a disputarse en Miami, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de Dn. RAPALLINI, ADRIAN JOSE AUGUSTO, con destino a su hijo Santino RAPALLINI, un subsidio por la suma de Pesos UN MIL DOSCIENTOS ($1200.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110109000 - Programa 43 - Actividad 2 - Código 5.1.3.0 - Becas, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2941 23-11-2016 VISTO: La solicitud formulada a fojas 38 del expediente del registro municipal Nro. 4059-4827/2015 por Dña. NOGUEIRA, ROCIO CIBELE, en su calidad

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de beneficiaria del Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar), tendiente a obtener la eximición del pago del derecho de contrucción, correspondiente al inmueble de su propiedad, ubicado en este Partido, y CONSIDERANDO: La documentación aportada y lo dictaminado a fojas 39 vuelta y 40 del presente expediente por la Direcciones de Obras Particulares y Rentas, respectivamente, donde se deja constancia que el monto total del derecho correspondiente asciende a la suma de PESOS CUATRO MIL TREINTA Y NUEVE CON 98 CENTAVOS ($4039,98.-), y Que de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nro. 6300 y su decreto Reglamentario Nro. 1528/2013, el suscripto se halla facultado para proceder a la exención parcial del mismo; El Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a Dña. NOGUEIRA, ROCIO CIBELE D.N.I. 30169633, del pago de la suma de PESOS TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA ($3270.-), correspondiente al derecho de construcción, del inmueble de su propiedad ubicado en JUNIN (Partida Nro 46428-0/00), debiendo abonar la suma de PESOS SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 98 CENTAVOS ($769,98.-), atento lo expuesto en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2942 23-11-2016 VISTO: La solicitud formulada a fojas 7 del expediente del registro municipal Nro. 4059-5222/2016 por Dn. BALZACCA, RUBEN DARIO, en su calidad de beneficiario del Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar), tendiente a obtener la eximición del pago del derecho de contrucción, correspondiente al inmueble de su propiedad, ubicado en este Partido, y CONSIDERANDO: La documentación aportada y lo dictaminado a fojas 40 y 41 del presente expediente por la Direcciones de Obras Particulares y Rentas, respectivamente, donde se deja constancia que el monto total del derecho correspondiente asciende a la suma de PESOS ONCE MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO CON 3 CENTAVOS ($11324,03.-), y Que de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nro. 6300 y su decreto Reglamentario Nro. 1528/2013, el suscripto se halla facultado para proceder a la exención parcial del mismo; El Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a Dn. BALZACCA, RUBEN DARIO D.N.I. 17465198, del pago de la suma de PESOS CINCO MIL DOSCIENTOS ($5200.-), correspondiente al derecho de construcción, del inmueble de su propiedad ubicado en TEHUELCHES 1310, de JUNIN (Partida Nro 35088-0/00), debiendo abonar la suma de PESOS SEIS MIL CIENTO VEINTICUATRO CON 3 CENTAVOS ($6124,03.-), atento lo expuesto en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2943 23-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-5406/2016 - Licitación Privada Nº 84/16, referida a la "Provisión de alimentos para carentes", y CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones vigentes, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada.- Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo.- DECRETA: ARTICULO 1º: Llámese a Licitación Privada, para la

"Provisión de alimentos para carentes" y, en un todo de acuerdo al respectivo Pliego de Bases y Condiciones. El presupuesto oficial de la citada provisión es de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCO .- ($539105.-).- ARTICULO 2º: Procédase a la apertura de los sobres que contengan propuestas, el día 01 de diciembre de 2016, a las 11:00, en la Oficina de Compras, de la Municipalidad de Junín.- ARTICULO 3º: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2944 23-11-2016 VISTO: El expediente del registro municipal Nro. 4059-4591/2016, mediante el cual se tramita la confección gratuita de planos, en favor de Dña. María Rosa CABRERA, correspondiente a la nichera ubicada en el Cementerio del Oeste, de esta ciudad, y CONSIDERANDO: Que realizada por intermedio de la Secretaría de Acción Social de esta Municipalidad, la respectiva encuesta socio-económica de la peticionante, se verifica que la misma se encuentra en condiciones de obtener el beneficio en cuestión; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, procédase a confeccionar sin cargo, los planos tipo correspondientes a la nichera ubicada en el Cementerio del Oeste, de esta ciudad, Sepultura 1- Tablón 199.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2945 23-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El expediente de registro municipal que corre bajo el N° 4059-1896-2003 y el acumulado 4059-5564-2010; La solicitud de transferencia del lote N°4 del Macizo 1 del Parque Natural Laguna de Gómez, partida Nº 53978/0-12, presentada por los sucesores universales del Sr. Juan Carlos Sacchi, a favor de la Sra. Hortensia Luisa Screpanti, DNI 5.178.827 con firmas certificadas de fs. 1/2; La copia certificada de oficio judicial de inscripción de declaratoria de heredero de fs.3/4 El Maestro de CVP y de OSM de la Pda.53978/0-12 de fs.41/42 y el croquis de ubicación de fs.43; La constancia del pago del Derecho de Transferencia de fs.67 y el libre deuda de la partida respectiva de fs.68/69; El informe del Director de Turismo de fs.70; Por las consideraciones que anteceden, en uso de las facultades que el cargo le confiere y en aplicación de la normativa del rubro, el Sr. Intendente Municipal de Junín; DECRETA: ARTICULO 1ro: Transfiérese la titularidad de la tenencia precaria del lote N°4 del Macizo 1, partida Nº53978/0-12, ubicado en el Parque Natural Laguna de Gómez de esta ciudad, en favor de la Sra. Hortensia Luisa Screpanti, DNI 5.178.827, quien ocupará dicha unidad en las mismas condiciones de precariedad que su anterior tenedor, en los términos y condiciones de la Ord. Nº5007/2005 y deberá dar cumplimiento con lo dispuesto por el Director General de Turismo a fs.70.- ARTICULO 2do: Pase a la Dirección de Turismo, a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a la Dirección de Catastro y a la Dirección de Rentas a los efectos de su toma de conocimiento y demás que estimen corresponder.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 47

DECRETO 2946 23-11-2016 VISTO: Lo informado por el Instituto de Previsión Social de la Pcia. de Buenos Aires, referido al ex empleado FERNANDEZ GLADYS HILDA, y; CONSIDERANDO: Que a partir del 01 de diciembre de 2016 le ha sido otorgado el beneficio jubilatorio, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Suspéndase a partir del día 01 de diciembre de 2016 el pago del anticipo jubilatorio al ex empleado FERNANDEZ GLADYS HILDA D.N.I. 10596910 Legajo Nº 5706 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2947 23-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 100-321/2016, por el CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS "SANTA AGUSTINA", de este Partido, con destino a solventar gastos organizativos de una cena que tiene previsto realizar el día 26 del corriente para recaudar fondos para continuar con la construcción de su sede social, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor del CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS "SANTA AGUSTINA", de este Partido, un subsidio por la suma de Pesos UN MIL ($1000.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110101000 - Programa 1 - Actividad 0 - Código 5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2948 23-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-5458/2016, por Dn. PAGELLA, JAVIER ALDO, con destino a solventar gastos que le demandan a jugadores de paddel de esta ciudad, participar los días 25 al 28 del corriente en la ciudad de Mar del Plata en el Torneo nacional de dicho deporte, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de Dn. PAGELLA, JAVIER ALDO, un subsidio por la suma de Pesos UN MIL QUINIENTOS ($1500.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110109000 - Programa 43 - Actividad 2 - Código 5.1.3.0 - Becas, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2949 24-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-5220/2016 - Concurso de Precios Nº 57/2016 referida a

"Provisión de Veneno para Insectos", y CONSIDERANDO: Que, fue recepcionada 1 oferta. Que la Comisión de Preadjudicación, designada a ese efecto, elevó su dictamen, nominando a la firma Preadjudicataria de la citada provisión. Que, se cuenta con la reserva presupuestaria para solventar la erogación que demanda la tarea descripta. Que se cuenta con dictamen Legal y Contable favorables. Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro: Adjudícase a la firma GROSSI RICARDO la "Provisión de Veneno para Insectos" en la suma total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL.- ($252.000.-) , en un todo de acuerdo a la respectiva Oferta Básica, Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación que es parte integrante del Expte. Nro 4059-5220/2016 - Concurso de Precios Nº 57/2016.- ARTICULO 2do: Tómese los fondos necesarios para solventar el gasto que origine la tarea que nos ocupa, de la partida reservada a ese fin. ARTICULO 3ro: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese. Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2950 24-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-5006/2016 - Licitación Privada Nº 78/16 referida a la : "Provisión de nafta super para talleres municipales" , y CONSIDERANDO: Que, fueron recepcionadas 2 ofertas. Que la Comisión de Preadjudicación, designada a ese efecto, elevó su dictamen, nominando a la firma Preadjudicataria de la citada provisión. Que, se cuenta con la reserva presupuestaria para solventar la erogación que demanda la tarea descripta. Que se cuenta con dictamen Legal y Contable favorables. Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro: Adjudícase a la firma Cereales Don Nino S.A la "Provisión de nafta super para talleres municipales" en la suma total de PESOS TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS .- ($318600.-) , en un todo de acuerdo a la respectiva Oferta Básica, Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación que es parte integrante del Expte. Nro 4059-5006/2016 - Licitación Privada Nº 78/16.- ARTICULO 2do: Tómese los fondos necesarios para solventar el gasto que origine la tarea que nos ocupa, de la partida reservada a ese fin.- ARTICULO 3ro: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2951 24-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-5107/2016 - Licitación Privada Nº 80/2016 referida a : "Provisión del Servicio de Limpieza de baños en PNLG- Temporada Alta" , y CONSIDERANDO: Que, fueron recepcionadas 3 ofertas. Que la Comisión de Preadjudicación, designada a ese efecto, elevó su dictamen, nominando a la firma Preadjudicataria de la citada provisión. Que, se cuenta con la reserva presupuestaria para solventar la erogación que demanda la tarea descripta. Que se cuenta con dictamen Legal y Contable favorables. Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro: Adjudícase a la firma TESORO DANIELA YANINA la "Provisión del Servicio de Limpieza de baños en PNLG- Temporada Alta" en la suma total de PESOS SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA.- ($738.990.-) , en un todo de acuerdo a la respectiva Oferta Básica, Pliego de Bases y Condiciones y demás

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 48

documentación que es parte integrante del Expte. Nro 4059-5107/2016 - Licitación Privada Nº 80/2016.- ARTICULO 2do: Tómese los fondos necesarios para solventar el gasto que origine la tarea que nos ocupa, de la partida reservada a ese fin. ARTICULO 3ro: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese. Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2952 24-11-2016 VISTO: La vacante existente en el Presupuesto de Gastos vigente, y; CONSIDERANDO: Que es necesario cubrirla, procediendo a la reubicación de los agentes conforme a sus funciones específicas, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Desígnase a partir del 01 de noviembre de 2016 COORDINADOR de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del Personal Superior SUBJURISDICCION 1110104000 ACTIVIDAD CENTRAL 01 con un régimen horario de 45 horas semanales al empleado ARBUES GRACIELA D.N.I. 12929037 Legajo Nº 3427 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2953 24-11-2016 VISTO: La necesidad de designar Personal Temporario Mensualizado en la Agencia Municipal de Seguridad Vial perteneciente a la Secretaría de Seguridad Vial CONSIDERANDO: Que el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) reconoce distintas modalidades en las prestaciones laborales de los agentes y que están referidas al objeto, duración, discontinuidad de la prestación, etc; dentro de esa variedad, el Departamento Ejecutivo cuenta con atribuciones suficientes para implementar aquellas modalidades prestacionales que más se adecuen a la índole de las tareas especiales y que exceden el marco normal de las plantas del personal; Que en mérito a la permanencia y continuidad que exigen por su naturaleza las tareas a desempeñar por los empleados afectados a la Agencia Municipal de Seguridad Vial, corresponde al Departamento Ejecutivo poner en funcionamiento la modalidad prestacional ajustada al caso concreto; Que en el Art.6 (Inc B) del citado Convenio autoriza la modalidad de Trabajo por Equipo, que trata de un sistema de horarios rotativos y alternados dentro del cual el trabajo se cumple en grupos o cuadrillas de trabajadores que pasan semanalmente de un horario al siguiente, reemplazándose en forma alternativa a fin de asegurar la continuidad del servicio o explotación. Se trata entonces de una forma organizativa dinámica contrariamente al trabajo que se presta en horario fijo, estableciéndose una excepción al régimen de jornada laboral y descanso semanal, el cual se otorgará al término de cada ciclo de rotación. Tal carácter rotativo es el que justifica la exclusión de todo pago adicional cuando se otorgare el descanso compensatorio (art. 3 inc. b) Ley Nacional 11.544); Que en los servicios cumplidos por equipos, la duración del trabajo podrá ser prolongada más allá de las 45 horas semanales a condición de que el término medio de las horas de trabajo sobre un período de 3 semanas a lo menos, no exceda de 9 horas por día o de 45 horas semanales; Que el titular de la Agencia Municipal de Seguridad Vial será el responsable de organizar el cuerpo de inspectores en orden a la fijación de las jornadas de trabajo a efectos garantizar la prestación continua y eficiente del servicio; Por las consideraciones que anteceden, en uso de las facultades que son propias del cargo y en aplicación de la normativa precitada el Sr. Intendente municipal; DECRETA:

ART 1: Desígnase con retroactivo al 14 de octubre de 2016 y hasta 31 de diciembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas en la Agencia Municipal de Seguridad Vial, con una asignación mensual PESOS SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO ,-($7275) equivalente a Clase TECNICO II del Personal Temporario Mensualizado con un régimen horario de 45 horas semanales, en un modo de prestación de trabajo por equipo conforme lo establecido en los considerados del presente, al empleado DELUCA MARIA CELESTE D.N.I. 35846542 Legajo Nº 3450 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Para el cumplimiento de su tarea el agente se encuentra facultado para verificar y realizar actas de comprobación de infracciones a las normas de tránsito, cumplir con tareas preventivas, retener licencias de conductor, secuestrar rodados y todas aquellas que hagan a la procura de los legítimos objetivos de la Agencia Municipal de Seguridad Vial.- ART 3: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110116000, PROGRAMA 30, ACTIVIDAD 34.- ART 4: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívase.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2954 24-11-2016 VISTO: Que a partir del 24 de noviembre de 2016, el Director de Compras DI SANTI ABEL JESUS, no concurrirá a sus tareas, por lo que se hace necesario proceder a la designación de la persona que durante ese lapso se haga cargo del despacho de dicha dependencia, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere.- CONSIDERANDO: Que resulta necesario proceder a la designación de la persona que durante ese lapso se haga cargo del despacho de dicha dependencia, el Señor Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Desígnase al DIRECTOR DE CONTRATACIONES, OSSOLA ESTEBAN FERNANDO, para que se haga cargo del despacho de OFICINA DE COMPRAS a partir del día 24 de noviembre de 2016, por los motivos expuestos en el exordio del presente decreto.- ART 2: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2955 24-11-2016 VISTO: La comunicación efectuada por el H. Concejo Deliberante respecto de la sanción de las Ordenanzas Nro. 7018; 7020; 7021 y 7024, cuyas copias obran en los expedientes Nro. 10-9823/2016; 10-10031/2016; 10-9997/2016, y 10-9928/2016, respectivamente, y CONSIDERANDO: Que dichas Ordenanzas fueron comunicadas con fecha 11 de Noviembre de 2016; Que de conformidad a lo establecido en el artículo 108vo., inciso 2do del Decreto-Ley Nro. 6769 (Ley Orgánica Municipal), es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere - DECRETA: ARTICULO 1ro: Promúlganse las Ordenanzas Nro. 7018; 7020; 7021 y 7024, sancionadas por el H. Concejo Deliberante con fecha 08 de Noviembre de 2016, cuyas copias como anexos integran el presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 49

DECRETO 2956 24-11-2016 VISTO: La comunicación efectuada por el H. Concejo Deliberante respecto de la sanción de la Ordenanza Nro. 7022, cuya copia obra en el expediente Nro. 10-9466/2015, y CONSIDERANDO: Que dicha Ordenanza fue comunicada con fecha 11 de Noviembre de 2016; Que de conformidad a lo establecido en el artículo 108vo., inciso 2do del Decreto-Ley Nro. 6769 (Ley Orgánica Municipal), es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Promúlgase la Ordenanza Nro. 7022, sancionada por el H. Concejo Deliberante con fecha 8 de Noviembre de 2016, cuya copia como anexo integra el presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2957 24-11-2016 VISTO: La necesidad de prorrogar el plazo de designación establecido por Decreto Nº 2235 de fecha 05 de septiembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado perteneciente al Área de las Unidades Sanitarias, y; CONSIDERANDO: Que se trata de Tareas Temporarias, que encuadraría como Personal Temporario Mensualizado, el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere: DECRETA: ART 1: Prorrógase el plazo de designación establecido por el Decreto Nº 2235 de fecha 05 de septiembre de 2016 a partir del día 01 de noviembre de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, como Personal Temporario Mensualizado para cumplir tareas como PSICOLOGA en las Unidades Sanitarias con una asignación mensual de PESOS SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE .-($7769) equivalente al Personal PROFESIONAL II, con un régimen de 30 horas semanales al empleado RACERO GABRIELA BEATRIZ D.N.I. 30875535 Legajo Nº 3192 por los motivos expuestos en el exordio del presente Decreto.- ART 2: Impútese la presente erogación a la partida 1211 Personal Temporario Mensualizado SUBJURISDICCION 1110113000, PROGRAMA 23, ACTIVIDAD 30 .- ART 3: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2958 24-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-5455/2016, por Dn. CHANIQUE, DIEGO SEBASTIAN, con destino a solventar gastos que le damandan a jugadores de sofbol de esta ciudad, participar en el Torneo a llevarse a cabo en la ciudad de Lincoln entre los días 26 y 28 del corriente, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de Dn. CHANIQUE, DIEGO SEBASTIAN, un subsidio por la suma de Pesos UN MIL QUINIENTOS ($1500.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110109000 - Programa 43 - Actividad 2 - Código 5.1.3.0 - Becas, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2959 24-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5457/2016, la DIRECTORA DE DISCAPACIDAD de esta Municipalidad, Dra. SANCHEZ, KARINA SILVANA, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal la 5ta. Feria Artesanal organizada por el Taller Protegido de esta ciudad, a llevarse a cabo en la vereda del citado Taller, el día 04 de Diciembre de 2016, y CONSIDERANDO: La relevancia de dicho evento, siendo el objetivo fundamental que se persigue, el generar diferentes actividades relacionadas al trabajo como así también contribuir a crear espacios de encuentro, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal la 5ta. Feria Artesanal organizada por el Taller Protegido de esta ciudad, a llevarse a cabo en la vereda del citado Taller, el día 04 de Diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2960 24-11-2016 VISTO: El expediente del registro municipal Nro. 4059-3414/2015, mediante el cual se tramita la eximición del pago de las Tasas municipales correspondientes al inmueble de la Asociación de Educadores Jubilados y Retirados de la Provincia de Buenos Aires - Filial Junín, y CONSIDERANDO: Que mediante el artículo 57mo. Inciso 2) de la Ordenanza Nro. 6869, el suscripto se halla facultado para proceder conforme lo solicitado; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a la Asociación de Educadores Jubilados y Retirados de la Provincia de Buenos Aires - Filial Junín, del pago de las Tasas por ?Limpieza, Riego y Conservación de la Vía Pública? y ?Servicios Sanitarios?, correspondientes al inmueble de su propiedad ubicado en calle Primera Junta Nro. 426, de esta ciudad, Partida 5190, durante el período comprendido entre el 1ro. de enero y el 31 de diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2961 24-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado a esta Municipalidad en el expediente Nro. 4059-383/2016, por la ALIANZA FRANCESA DE JUNIN, con destino a solventar gastos que le demanda el alquiler de su sede social hasta el 31 de diciembre del corriente año, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de la ALIANZA FRANCESA DE JUNIN, un subsidio por la suma de Pesos DIECISEIS MIL ($16000.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110101000 - Programa 1 - Actividad 0 - Código 5.1.7.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 50

DECRETO 2962 24-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El Expte. de registro municipal 4059-5230-2012 en el cual mediante Decreto Nº2501/2012 se eximió del pago del estacionamiento medido al rodado dominio ENJ627, en relación al inmueble de calle Lebensohn Nº169 -Pda.19030- en los términos del art. 2do., 3er. párr. de la Ord. N° 5757/2010 -y sus modificatorias-; Que a fs.13 se presenta el causante impetrando el cambio de dominio exento por el EYP957; Por las consideraciones que anteceden, el Sr. Intendente Municipal de Junín en uso de las facultades y prerrogativas que el cargo le confiere; DECRETA: ARTICULO 1ro: Remplázase el dominio exento por Decreto Nº2501/2012 ENJ627, en relación al inmueble de calle Lebensohn Nº169 -Pda.19030- por dominio EYP957 con vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese al recurrente y a la empresa Pague por Celular S.A., transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2963 24-11-2016 VISTO: El expediente Nro. 4059-2845/2016, por el que se gestiona la escrituración del inmueble ubicado en Junín, nomenclatura catastral: Circ. I- Secc. P- Manzana 87- Parcela 5, y CONSIDERANDO:Que el proceso de regularización dominial del inmueble, resulta de interés social, teniendo en cuenta el nivel económico de los adquirentes y la necesidad de otorgar seguridad jurídica a la titularidad de dominio sobre el mismo; Que según lo dispuesto por el artículo 4to., inciso d) de la Ley 10.830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia, se encuentra facultada para intervenir en casos como el presente, por ello el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárase de interés social la escrituración del inmueble ubicado en Junín, nomenclatura catastral: Circ. I- Secc. P- Manzana 87- Parcela 5, a favor de Dña. Rosa Mabel MASA.- ARTICULO 2do: Condónanse las deudas por tasas municipales al titular del inmueble beneficiado por el Régimen de Regularización Dominial de Interés Social -Ley 10.830-, hasta la fecha de escrituración.- ARTICULO 3ro: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio del inmueble a que se refiere el artículo primero del presente.- ARTICULO 4to: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2964 24-11-2016 VISTO: El expediente del registro municipal Nro. 100-22/2013, mediante el cual se tramita la eximición del pago de las Tasas CONSERVACION DE LA VIA PUBLICA y SERVICIOS SANITARIOS correspondientes al inmueble de Dn. ELIAS, EDUARDO DANIEL, y CONSIDERANDO: Que el recurrente se encuentra imposibilitado de atender el pago de los mencionados tributos en virtud de su situación económica, conforme con lo dictaminado por la Secretaría de Salud a fojas 82/83 del expediente antes citado; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que le confiere el artículo 57mo.) Inciso 1). de la Ordenanza Nro. 6869- DECRETA: ARTICULO 1ro: Exímase a Dn. ELIAS, EDUARDO DANIEL, del pago de las Tasas CONSERVACION DE LA VIA PUBLICA y SERVICIOS SANITARIOS correspondientes al inmueble de su propiedad ubicado en INT. JOSE B. ORTEGA 578, de JUNIN (Partida

Nro 8434-0/00), por el período comprendido entre los días 01 de Enero de 2016 y 31 de Diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2965 24-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-5503/2016 - Licitación Privada Nº 85/16, referida a la "Provisión de nafta super para talleres municipales", y CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones vigentes, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada.- Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo.- DECRETA: ARTICULO 1º: Llámese a Licitación Privada, para "Provisión de nafta super para talleres municipales" y, en un todo de acuerdo al respectivo Pliego de Bases y Condiciones. El presupuesto oficial de la citada provisión es de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS .- ($288600.-).- ARTICULO 2º: Procédase a la apertura de los sobres que contengan propuestas, el día 02 de diciembre de 2016, a las 11:00, en la Oficina de Compras, de la Municipalidad de Junín.- ARTICULO 3º: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2966 24-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-5522/2016 - Licitación Privada Nº 86/16, referida a la "Provisión de nafta super con despacho en surtidor para Móviles Policiales", y CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones vigentes, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada .- Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo.- DECRETA: ARTICULO 1º: Llámese a Licitación Privada , para "Provisión de nafta super con despacho en srurtidor para Móviles Policiales" y, en un todo de acuerdo al respectivo Pliego de Bases y Condiciones. El presupuesto oficial de la citada provisión es de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS .- ($466400.-).- ARTICULO 2º: Procédase a la apertura de los sobres que contengan propuestas, el día 02 de diciembre de 2016, a las 12:00, en la oficina de compras, de la Municipalidad de Junín.- ARTICULO 3º: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2967 25-11-2016 VISTO: La comunicación efectuada por el H. Concejo Deliberante respecto de la sanción de las Ordenanzas Nro. 7029; 7030; 7031; 7032; 7033; 7034; 7039; 7040; 7041 y 7044, cuyas copias obran en los expedientes Nro. 4059-5405/2016; 10-10175/2016; 10-10165/2016; 10-10187/2016; 4059-4675/2012; 4059-2980/2016; 4059-3964/2016; 4059-4474/2016; 4059-4500/2016 y 10-10118/2016, respectivamente, y CONSIDERANDO: Que dichas Ordenanzas fueron comunicadas con fecha 25 de Noviembre de 2016; Que de conformidad a lo establecido en el artículo 108vo., inciso 2do del Decreto-Ley Nro. 6769 (Ley Orgánica Municipal), es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere - DECRETA:

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ARTICULO 1ro: Promúlganse las Ordenanzas Nro. 7029; 7030; 7031; 7032; 7033; 7034; 7039; 7040; 7041 y 7044, sancionadas por el H. Concejo Deliberante con fecha 22 de Noviembre de 2016, cuyas copias como anexos integran el presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2968 25-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-5304/2016 - Licitación Pública Nº 22/16, referida a "Repavimentación en Ada Circunvalación de Junín tramo R.N.N°188- Laguna de Gomez (en el tramo comprendido entre la Progresiva Km 0.0 R.N.Nº188 y la progresiva Km 17.200 K Laguna de Gomez)", y CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones vigentes, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Pública.- Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo.- DECRETA: ARTICULO 1º: Llámese a Licitación Pública, para "Repavimentación en Ada Circunvalación de Junín tramo R.N.N°188- Laguna de Gomez (en el tramo comprendido entre la Progresiva Km 0.0 R.N.Nº188 y la progresiva Km 17.200 K Laguna de Gomez)" y, en un todo de acuerdo al respectivo Pliego de Bases y Condiciones. El presupuesto oficial de la citada provisión es de PESOS OCHENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON 93 CVOS.- ($85848616,93.-).- ARTICULO 2º: Procédase a la apertura de los sobres que contengan propuestas, el día 22 de Diciembre de 2016, a las 11:00, en la ADM.Y CONDUC. COMPRAS, de la Municipalidad de Junín.- ARTICULO 3º: Designanse miembros integrantes de las Comisiones de Selección y de Preadjudicación a los siguientes funcionarios: Secretario de Hacienda y Finanzas, Secretario de Obras y Servicios Públicos, Representante de la Secretia de Gobierno, Representante de la Secretaria Legal y Técnica y el Jefe de Compras. ARTICULO 4º: Efectúese en tiempo y forma, las publicaciones exigidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades. ARTICULO 5º:Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2969 25-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El pedido de contribución monetaria formulado en el expediente Nro. 4059-5542/2016, por el señor Director de Deportes de esta Municipalidad, con destino a solventar los gastos que le demandan a la niña Lucia Belén LEGUIZAMON, participar en el Competencia Nacional de "Fitness Goup", a disputarse el día 9 de diciembre próximo en la ciudad de Mendoza, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Otórgase a favor de Dña. RAPISARDE, MELINA ANABELLA, madre de la menor Lucía Belén LEGUIZAMON, un subsidio por la suma de Pesos DOS MIL ($2000.-), de conformidad con lo expresado en el exordio del presente decreto.- ARTICULO 2do: Los fondos necesarios que demande el cumplimiento del presente, serán tomados de la Partida Sub Jurisdicción 1110109000 - Programa 43 - Actividad 2 - Código 5.1.3.0 - Becas, del Presupuesto de Gastos vigente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.-

Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2970 25-11-2016 VISTO: Que en el Expte Nº 4059-5544/2016, el señor Director General de Juventud de esta Municipalidad, Dn. CORNA, EMMANUEL OSCAR, solicita atento a su importancia se declare de Interés Municipal la Jornada Juventud junto a Envión, a llevarse a cabo en esta ciudad, el día 02 de Diciembre de 2016, y CONSIDERANDO: La relevancia de dicho evento, que contará con actividades preventivas respecto al SIDA, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere- DECRETA: ARTICULO 1ro: Declárese de Interés Municipal la Jornada Juventud junto a Envión, a llevarse a cabo en esta ciudad, el día 02 de Diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Abónese los gastos que se originen por la realización de la cena de fin de año, como así también todo otro que pueda surgir como consecuencia de la realización del evento que da cuenta el artículo 1ro. del presente.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2971 29-11-2016 VISTO: La comunicación efectuada por el H. Concejo Deliberante respecto de la sanción de las Ordenanzas Nro. 7035; 7037 y 7042, cuyas copias obran en los expedientes Nro. 4059-547/2013; 10-10129/2016 y 4059-4475/2016, respectivamente, y CONSIDERANDO: Que dichas Ordenanzas fueron comunicadas con fecha 29 de Noviembre de 2016; Que de conformidad a lo establecido en el artículo 108vo., inciso 2do del Decreto-Ley Nro. 6769 (Ley Orgánica Municipal), es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas; Por ello, el Intendente Municipal en uso de las facultades que el cargo le confiere - DECRETA: ARTICULO 1ro: Promúlganse las Ordenanzas Nro. 7035; 7037 y 7042, sancionadas por el H. Concejo Deliberante con fecha 22 de Noviembre de 2016, cuyas copias como anexos integran el presente decreto.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2972 30-11-2016 VISTO: Las presentes actuaciones que giran bajo el número de registro municipal 4059-499-2016 principiadas por impulso del Sr. Moyano Edmundo a fs.1; La documentación de fs.2/7; La copia auténtica del Expte. Nº161601 del Juzgado de Faltas Nº1 de fs.11/19; El informe de la Agencia Municipal de Seguridad Vial de fs.21; El requerimiento del Sr. Secretario Legal y Técnico de fs.38, y; CONSIDERANDO: Que a fs.1 el Sr. Moyano Edmundo insta el inicio de las presentes a efectos se le restituya el rodado marca Guerrero, modelo Trip, motor JLIP50FMH2001000329, CHASIS LAAACHLB810000249, o en su caso se le abone su valor, cual fuere secuestrado por la Agencia de Seguridad Vial el día 08/04/2014 ?acta Nº82.625? y habiéndose cumplido los trámites respectivos por ante el Juzgado de Faltas interviniente, órgano que dispuso la restitución del mismo, dicha medida no se pudo hacer efectiva por la ausencia del rodado en el depósito municipal; Que de la copia del Expte. 161.601 del Juzgado de Faltas Nº1 ?fs.19? resulta que en fecha 14/08/2014 se dispuso la restitución al causante del rodado de mención, retenido por la AMSV; Que del informe del Sr. Director General de la AMSV de fs.21 se extrae que conforme los registros de la Agencia

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 52

?libro de entradas y salidas Nº2, Folio 128, 2do. renglón?- el rodado cuya restitución reclama el causante ingresó al predio de la AMSV el 08/04/2014, y que el día 07/10/2015, habiendo sido dispuesta su entrega, no fue hallado en ninguno de los depósitos de motos secuestradas que posee la dependencia, haciéndose imposible dar cumplimiento con la restitución ordenada por el Juzgado de Faltas actuante; Que luego de agotarse las actuaciones pertinentes a efectos indemnizar al Sr. Moyano, el Sr. Secretario Legal y Técnico entiende pertinente el inicio de las actuaciones indagatorias a efectos desentrañar la presunta responsabilidad de agentes municipales en el faltante detectado; Que en atención a la gravedad de los hechos narrados y las previsiones de los arts. 24 inc. u), 80 inc a) y c), 82 a 89 del CCT, y arts. 23 a 43 de la Ley 14.656, el Intendente Municipal de Junín en uso de las facultades y prerrogativas que el cargo le confiere; DECRETA: ARTICULO 1ro: Procédase, con intervención de la Secretaría Legal y Técnica, en mérito a las previsiones citadas, a instruir trámite sumarial a efectos precisar todas las circunstancias y reunir los elementos de prueba tendientes a esclarecer la comisión de la irregularidad extrovertida, individualizar a los responsables y proponer sanciones.- ARTICULO 2do: Pase a la Secretaría Legal y Técnica a efectos dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 1ro.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2973 30-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El Expte. de registro municipal 4059-4973-2012 en el cual mediante Decreto Nº2166/2012 se eximió del pago del estacionamiento medido al rodado dominio DAL075, en relación al inmueble de calle Vicente López y Planes Nº160 -Pda.5639 en los términos del art. 2do., 3er. párr. de la Ord. N° 5757/2010 -y sus modificatorias-; Que a fs.8 se presenta la causante impetrando el cambio de dominio exento por el JMT904; Por las consideraciones que anteceden, el Sr. Intendente Municipal de Junín en uso de las facultades y prerrogativas que el cargo le confiere; DECRETA: ARTICULO 1ro: Remplázase el dominio exento por Decreto Nº2166/2012 DAL075, en relación al inmueble de calle Vicente López y Planes Nº160 -Pda.5639 por dominio JMT904 con vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese al recurrente y a la empresa Pague por Celular S.A., transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2974 30-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El Expte. de registro municipal 4059-5588-2012 en el cual mediante Decreto Nº1369/2014 se eximió del pago del estacionamiento medido al rodado dominio IHR496, en relación al inmueble de calle Quintana Nº61 -Pda.63615- en los términos del art. 2do., 3er. párr. de la Ord. N° 5757/2010 -y sus modificatorias-; Que a fs.22 se presenta la causante impetrando el cambio de dominio exento por el AA566FZ; Por las consideraciones que anteceden, el Sr. Intendente Municipal de Junín en uso de las facultades y prerrogativas que el cargo le confieren; DECRETA: ARTICULO 1ro: Remplázase el dominio exento por Decreto Nº1369/2014 IHR496, en relación al inmueble de calle Quintana Nº61 -Pda.63615- por dominio AA566FZ con vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese al recurrente

y a la empresa Pague por Celular S.A., transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2975 30-11-2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El Expte. de registro municipal 4059-5165-2012 en el cual mediante Decreto Nº2166/2012 se eximió del pago del estacionamiento medido al rodado dominio IAV022, en relación al inmueble de calle Vicente López y Planes Nº20 -Pda.45642- en los términos del art. 2do., 3er. párr. de la Ord. N° 5757/2010 -y sus modificatorias-; Que a fs.10 se presenta el causante impetrando el cambio de dominio exento por el AA752UI; Por las consideraciones que anteceden, el Sr. Intendente Municipal de Junín en uso de las facultades y prerrogativas que el cargo le confiere; DECRETA: ARTICULO 1ro: Remplázase el dominio exento por Decreto Nº2166/2012 IAV022, en relación al inmueble de calle Vicente López y Planes Nº20 -Pda.45642 por dominio AA752UI con vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2016.- ARTICULO 2do: Cúmplase, comuníquese al recurrente y a la empresa Pague por Celular S.A., transcríbase en el registro de decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2976 30-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-4937/2016 - Licitación Privada Nº 75/2016 referida a: "Provisión de alquiler de motoniveladoras para Tareas Viales Rurales", y CONSIDERANDO: Que, fueron recepcionadas 2 ofertas. Que la Comisión de Preadjudicación, designada a ese efecto, elevó su dictamen, nominando a la firma Preadjudicataria de la citada provisión. Que, se cuenta con la reserva presupuestaria para solventar la erogación que demanda la tarea descripta. Que se cuenta con dictamen Legal y Contable favorables. Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro: Adjudícase a la firma PANAMERICAN VIAL SRL la "Provisión de alquiler de motoniveladoras para Tareas Viales Rurales" en la suma total de PESOS SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL.- ($736.000.-) , en un todo de acuerdo a la respectiva Oferta Básica, Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación que es parte integrante del Expte. Nro 4059-4937/2016 - Licitación Privada Nº 75/2016.- ARTICULO 2do: Tómese los fondos necesarios para solventar el gasto que origine la tarea que nos ocupa, de la partida reservada a ese fin. ARTICULO 3ro: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese. Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2977 30-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-4435/2016 - Licitación Privada Nº 70/2016 referida a: "Provisión de alquiler de motoniveladora para pavimentación de Av Bauman y Av Alvear", y CONSIDERANDO: Que, fueron recepcionadas 2 ofertas. Que la Comisión de Preadjudicación, designada a ese efecto, elevó su dictamen, nominando a la firma Preadjudicataria de la citada provisión. Que, se cuenta con la reserva presupuestaria para solventar la erogación que demanda la tarea descripta. Que se cuenta con dictamen Legal y Contable favorables. Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo:

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 53

DECRETA: ARTICULO 1ro: Adjudícase a la firma PANAMERICAN VIAL SRL la "Provisión de alquiler de motoniveladora para pavimentación de Av Bauman y Av Alvear" en la suma total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL .- ($368.000.-) , en un todo de acuerdo a la respectiva Oferta Básica, Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación que es parte integrante del Expte. Nro 4059-4435/2016 - Licitación Privada Nº 70/2016.- ARTICULO 2do: Tómese los fondos necesarios para solventar el gasto que origine la tarea que nos ocupa, de la partida reservada a ese fin. ARTICULO 3ro: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese. Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2978 30-11-2016 VISTO: Las actuaciones que son parte integrantes del Expte N° 4059-1145/2016, Concurso de Precios N° 11/2016, cuyo objeto es "Provisión de Hipoclorito de Sodio al 110% para OSM"; y CONSIDERANDO: Que la carga de estos materiales es a granel, por lo tanto no siempre coinciden con lo establecido en el concurso de precios generandose diferencias en mas o en menos. Que esta demasía de 440 Kg de más a valores contractuales representa un total de PESOS: UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA CON 00/100 CVOS ($ 1.980,00) lo que significa un porcentaje del dos coma dos (2,2%) porcentaje comprendido dentro del 20% autorizado por la Ley Orgánica Municipal en su Art. N° 146, para aumentos y/o disminuciones de obras.- DECRETA: ARTICULO 1ro:Apruébese el adicional generado por las diferencias de cargas correspondiente al Concurso de Precios N° 11/2016 tramitado por Expte N° 4059-1145/2016 por la suma de PESOS: UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA CON 00/100 CVOS ($1.980,00) a la firma MONSERRAT ALEXANDER JESUS.- ARTICULO 2do: Los porcentajes de los adicionales generados se encuentran comprendidos dentro del Art. N° 146 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.- ARTICULO 3ro: Cúmplase, comuníquese, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaria de Gobierno y archívese.- Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

DECRETO 2979 30-11-2016 VISTO: Lo actuado mediante Expte. Nº 4059-4725/2016 - Concurso de Precios Nº 52/2016 referida a : "Provisión de Materiales para ampliación de Alumbrado Público en B° Villa del Parque" , y CONSIDERANDO: Que, fueron recepcionadas 6 ofertas. Que se sugiere desestimar el ïtem N° 1 por un error Técnico en el pedido solicitado.- Que la Comisión de Preadjudicación, designada a ese efecto, elevó su dictamen, nominando a la firma Preadjudicataria de la citada provisión. Que, se cuenta con la reserva presupuestaria para solventar la erogación que demanda la tarea descripta. Que se cuenta con dictamen Legal y Contable favorables. Por todo ello el señor Intendente Municipal, en ejercicio de las facultades que le son inherentes a su cargo: DECRETA: ARTICULO 1ro: Desestimese el ïtem N° 1 por un error Técnico en el pedido solicitado.- ARTICULO 2do: Adjudícase a la firma CONCELEC SRL Los ítems N° 2 y 10 de la "Provisión de Materiales para ampliación de Alumbrado Público en B° Villa del Parque" en la suma total de PESOS CIENTO DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA .- ($102.750.-); a la firma ALUMBRAR PATAGONICA SRL Los ítems N° 13, 4, 5 Y 8 en la suma total de PESOS: CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 ( $48.395,00.-); a la firma ELECTRICIDAD JUNIN S.A los ítems N° 6, 9, 11 Y 12 en la suma total de PESOS: VEINTIUN MIL

OCHENTA CON 00/100 ( $ 21.080,00.-); y a la firma JUMAELECTRIC S.A el ítems N° 7 en la suma total de PESOS: UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 00/100 ( $1.891,00.-) en un todo de acuerdo a la respectiva Oferta Básica, Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación que es parte integrante del Expte. Nro 4059-4725/2016 - Concurso de Precios Nº 52/2016.- ARTICULO 3ro: Tómese los fondos necesarios para solventar el gasto que origine la tarea que nos ocupa, de la partida reservada a ese fin. ARTICULO 4to: Comuníquese, cúmplase, transcríbase en el Registro de Decretos, publíquese mediante su exhibición en la Secretaría de Gobierno y archívese. Fdo.: Martín José Beligni Secretario de Gobierno - Cr. Pablo Petreca Intendente Municipal.

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 54

Segunda Sección

Honorable Concejo Deliberante

ORDENANZAS ORDENANZA 7001 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Afectar el espacio público de dominio municipal delimitado entre las calles Maipú, Rivadavia, Alberdi y el cerco divisoria de las vías del ferrocarril ex Gral. San Martín de nuestra ciudad, con destino a Paseo Urbanístico con fines culturales, sociales, recreativos y de esparcimiento.- ARTÍCULO 2º.- Designar al espacio público identificado en esta Ordenanza con el nombre de “PASEO DE LOS POETAS”.- ARTÍCULO 3º.- Admitir dentro de la extensión del “Paseo de los Poetas”, designaciones parciales que identifiquen sectores determinados y delimitados que hagan referencias a nombres de personalidades, en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza Nº 4059/00 y sus modificatorias. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al D.E., regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 4059-3616-2016.-Promuldada por Decreto del D.E. Nro. 2851 de fecha 11/11/2016.- ORDENANZA 7002 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Reconocer y destacar al cantante y compositor oriundo de Junín, MANUEL MORETTI, en mérito a su trayectoria y logros en el arte de la música, cuyo talento y producciones, jalonadas en la pasión, el esfuerzo y dedicación con que sirve a su trabajo, lo transforman en un referente del rock nacional, estando su nombre asociado al de nuestra ciudad en los distintos escenarios que recorre, siendo su portador y digno representante artístico. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.149-2016.-Promuldada por Decreto del D.E. Nro. 2862 de fecha 11/11/2016.- ORDENANZA 7003 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Otorgar el Título de “MÉRITO AL CIUDADANO” al escritor oriundo de nuestra ciudad, HÉCTOR PELLIZI, en reconocimiento a su distinguida trayectoria y galardones obtenidos en el ámbito literario, destacándose como autor de numerosas obras y publicaciones elogiadas por lectores y críticas especializada, donde trasunta la pasión, esfuerzo y dedicación puesta al servicio del conocimiento, la cultura y las letras. ARTÍCULO 2º.- Reconocer y destacar el compromiso del escritor HECTÓR PELLIZI en la lucha por los Derechos Humanos, reflejada en libros de investigación histórica surgidos de su pluma “El Orden de las Tumbas” (2006) y “La Dictadura de Junín”, verdaderos documentos que ilustran lo sucedido durante la última dictadura cívico-militar que instauró la etapa más oscura de nuestro País. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-

Corresponde a expte. Nro. 10.150-2016.-Promuldada por Decreto del D.E. Nro. 2862 de fecha 11/11/2016.- ORDENANZA 7004 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Reconocer y destacar al pianista, arreglador, docente y director musical oriundo de Junín, EDUARDO MINERVINO, por su trayectoria y distinguida carrera artística cimentada en el talento, estudio, humildad y dedicación, a mérito de lo cual es participe de diferentes formaciones, grabaciones, invitaciones y presentaciones con que recorre los más variados escenarios nacionales e internacionales, siendo junto a su nombre portador del de nuestra ciudad. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expediente Nº 10.160-2016.-Promuldada por Decreto del D.E. Nro. 2862 de fecha 11/11/2016.- ORDENANZA 7005 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Reconocer y distinguir a la Sra. SILVANA MARIEL SCHIAVONI en su condición de dirigente deportiva, que en mérito a su trayectoria, labor y esfuerzo a merecido la consideración y respaldo de los socios para elegirla como Presidenta del Club San Martín de Junín, convirtiéndose en una de las mujeres pioneras en ser honrada en tan prestigioso cargo, que constituye un acontecimiento social de relevancia en un contexto de concientización e importancia sobre cuestiones e igualdad de género. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.159-2016.-Promuldada por Decreto del D.E. Nro. 2862 de fecha 11/11/2016.- ORDENANZA 7006 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Otorgar el Título de “MÉRITO AL CIUDADANO” al juninense JUAN MANUEL “EL VASCO” AZCONZÁBAL, en reconocimiento a su destacada y prolífica trayectoria como técnico y ex jugador de fútbol, sobresaliendo en un deporte con alto nivel de exigencia y competitividad en base a títulos, campeonatos y pergaminos, sustentados a partir de su pasión, humildad, carisma, dedicación, impronta motivadora y visión colectiva del juego para el logro de resultados, que lo consolidan como un referente en la especialidad y cuyo nombre es portador de esta ciudad en todos lo escenarios en que trasunta. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.161/2016.-PROMULGADA POR DECRETO DEL D.E. NRO. 2873 DE FECHA 11/11/2016.- ORDENANZA 7007 08-11-2016 El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha,ACUERDA Y SANCIONA

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 55

ARTÍCULO 1º.- Declarar de INTERÉS MUNICIPAL la JORNADA denominada “DIABETES – PREVENCIÓN y DIAGNÓSTICO TEMPRANO”, organizada en forma conjunta por el Colegio de Médicos Distrito VI y la Universidad Nacional del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires (UNNOBA), a desarrollarse en la ciudad de Junín el día 14 de Noviembre del corriente año en el marco de la celebración del “Día Internacional de la Diabetes”, instaurado por la Organización Mundial de la Salud, la que reviste significativa y trascendental importancia por su contribución a la salud de nuestra población. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.132-2016.-Promuldada por Decreto del D.E. Nro. 2862 de fecha 11/11/2016.- ORDENANZA 7008 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Contrato de locación suscripto por el señor Intendente Municipal Cr. Pablo Alexis PETRECCA, con la señora Marisa Miriam MUÑOZ SAGGESE, cuya copia corre agregada a fojas 24/26 del expediente del registro municipal Nro. 4059-6222/14, con relación al alquiler por parte de esta Comuna de un inmueble destinado al funcionamiento de dependencias municipales.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E., regístrese, publíquese y archívase.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 4059-6222/14PROMULGADA POR DECRETO DEL D.E. NRO. 2820 DE FECHA 9 DE NOVIEMBRE DE 2016.- ORDENANZA 7009 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el artículo 4º de la Ordenanza Nº 6969/16, el que quedará redactado de la siguiente manera:“ ARTICULO 4°.- La obligación de pago a asumir por la Municipalidad será garantizada mediante la afectación de los recursos que le correspondan al Municipio por el Régimen de Coparticipación de Impuestos Nacionales y Provinciales (Ley 10559 Y modificatorias), cediendo los mismos como medio de pago de las obligaciones emergentes del presente préstamo. Posteriormente a que se efectivicen las retenciones previstas por ley, se autoriza al Banco de la Provincia de Buenos Aires a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de amortizaciones, intereses o cualquier otro gasto que se origine con motivo del presente préstamo.A pedido del Banco, esta garantía podrá reemplazarse por la cesión de los derechos de la recaudación de tasas municipales”.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E., regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 4059-3568/2016.-PROMULGADA POR DECRETO DEL D.E. NRO. 2820 DE FECHA 9 DE NOVIEMBRE DE 2016.- ORDENANZA 7010 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Señor Intendente Municipal Cdor. Pablo Alexis PETRECCA a suscribir con la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, el modelo de Convenio y sus Anexos con objeto en la realización de la obra de REPAVIMENTACIÓN DE LA AV. DE CIRCUNVALACIÓN DE JUNÍN -ACCESO AL PARQUE NATURAL LAGUNA DE GÓMEZ (Camino 054-01) y cuya copia corre agregada

a fojas 2 al 14 inclusive del Expediente del Registro Municipal N° 4059-4859/2016.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E., regístrese, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 4059-4859/2016.-PROMULGADA POR DECRETO DEL D.E. NRO. 2820 DE FECHA 9 DE NOVIEMBRE DE 2016.- ORDENANZA 7011 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Convalidar el Convenio suscripto entre la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Junín en fecha 3 de Octubre de 2016, cuya copia corre agregada a fs. 2/4 del expediente del registro municipal Nro. 4059-4815/2016, consistente en el financiamiento para construcción de equipamiento deportivo es espacio público ubicado en Barrio “Emilio Mitre” de nuestra ciudad, conforme el objeto y finalidades obrantes en el citado expediente. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 4059-4815/2016.-Promulgada por Decreto del D.E. N° 2821 de fecha 09/11/16.- ORDENANZA 7012 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Convalidar el Convenio suscripto entre la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Junín en fecha 3 de Octubre de 2016, cuya copia corre agregada a fs. 2/4 del expediente del registro municipal Nro. 4059-4921/2016, consistente en el financiamiento para construcción de equipamiento deportivo es espacio público ubicado en Barrio “Los Almendros” de nuestra ciudad, conforme el objeto y finalidades obrantes en el citado expediente. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016. Corresponde a expte. Nro. 4059-4921/2016.-Promulgada por Decreto del D.E. N° 2821 del 09/11/2016.- ORDENANZA 7013 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Marco, Acuerdo Adicional y Anexos suscriptos por el señor Intendente Municipal Cr. Pablo PETRECCA, con el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible -OPDS- representado por su Director Ejecutivo Dr. Ricardo Eduardo PAGOLA, cuya copia corre agregada a fojas 2/20 del expediente del registro municipal Nro. 4059-5187/2016, con el fin de adoptar y arbitrar acciones conjuntas dirigidas a mejorar la gestión integral de los residuos sólidos urbanos en este Partido.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E., regístrese, publíquese y archívase.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 4059-5187/2016Promulgada por Decreto del D.E. N° 2820 de fecha 09/11/16.- ORDENANZA 7014 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 56

ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a adjudicar a favor de Carlos Miguel MANSUR, la provisión de mano de obra y materiales para reparación de cubiertas de la E.N.E.T. Nro. 1 “Antonio Bermejo”, de esta ciudad -1era. Etapa-, bajo las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada Nro. 72/2016, y conforme la oferta formulada, en razón de ser único oferente válido en la misma.- ARTÍCULO 2º.- Autorízase al Departamento a comprometer durante el Ejercicio Económico Financiero año 2017, los fondos necesarios para atender las erogaciones que demande el cumplimiento de la Licitación Privada Nro. 72/2016.- ARTICULO 3°.- La Contaduría Municipal formulará la reserva en el Presupuesto de Gastos del año 2017, del importe proporcional que correspondiere para el pago a que se hace referencia en el artículo anterior.- ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., regístrese, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 4059-4479/2016.-Promuldada por Decreto del D.E. Nro. 2862 de fecha 11/11/2016.- ORDENANZA 7015 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha,ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a adjudicar a favor del señor Adalberto Antonio SATURNO, D.N.I. Nro. 8.279.450, la explotación comercial del Complejo Gastronómico Los Navegantes, ubicado en el Parque Natural “Laguna de Gómez”, de esta ciudad, bajo las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nro. 14/2016, conforme la oferta formulada en dicha Licitación, consistente en un cánon mensual de Dos coma Veinticinco (2,25) módulos.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E., regístrese, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 4059-3728/2016.-Promulgada por Decreto del D.E. Nro. 2862 de fecha 11/11/2016.-

ORDENANZA 7016 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Marco suscripto por el señor Intendente Municipal Cr. Pablo PETRECCA, con el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, representado por su Ministro Lic. Edgardo CENZON, cuya copia corre agregada a fojas 2/3 del expediente del registro municipal Nro. 4059-4825/2016, con el objeto de fijar pautas y coordinar acciones conducentes a canalizar un subsidio destinado a la terminación de la obra del edificio del control y monitoreo, en esta ciudad.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E., regístrese, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 4059-4825/2016.-Promulgada por Decreto del D.E. N° 2821 de fecha 09/11/16.-

ORDENANZA 7017 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTICULO 1º.- Incorporar al Listado de Bienes con Valor Patrimonial del Artículo 6.6 Capítulo 6 de la Ordenanza Nº 4516/03 – Código de Ordenamiento Urbano Ambiental del Partido de Junín – a la edificación sita en calle Telésforo Chávez Nº 30 de la ciudad de Junín, correspondiente a la Zona R 3, con todas las obligaciones para sus propietarios o poseedores y el Municipio, que indica la Ordenanza

citada. ARTÍCULO 2º.- Destacar y preservar el valor histórico-cultural-artístico de la edificación, que en vida perteneciera al artista plástico Horacio “El Flaco” Alonso, para su incorporación al listado de bienes dispuesto en el Artículo 1º. ARTÍCULO 3º.- Instruir al D.E. Municipal a llevar adelante la formulación e implementación de las normas de protección patrimonial dispuesta en el Capítulo 6 de la Ordenanza Nº 4516/03 -Código Urbano – Ambiental del Partido de Junín. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.147-2016.-PROMULGADA POR DECRETO DEL D.E. NRO. 2902 DE FECHA 18/11/2016.-

ORDENANZA 7018 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONADÍA DE LAS MUJERES MILITANTES POR CAUSAS SOCIALES ARTÍCULO 1º.- Declaración. Declarar e instituir en todo el Partido de Junín al 7 de MAYO de cada año como “DÍA DE LAS MUJERES MILITANTES POR LAS CAUSAS SOCIALES”, en conmemoración y evocación al natalicio de María Eva Duarte de Perón, pionera e icono de la mujer militante en la lucha por la causas sociales. ARTÍCULO 2º.- Instauración. Instaurar la primera semana de Mayo de cada año como la “SEMANA DE LA VISIBILIZACIÓN DE LAS MUJERES MILITANTES”, donde se coordinarán y realizaran actos y encuentros de la militancia femenina. ARTÍCULO 3º.- Objeto. Finalidad. La Semana de la Visibilización de las Mujeres Militantes tiene por objeto y finalidad la formación, capacitación y creación de espacios de memoria para conocer y concientizar la lucha de las distintas organizaciones sociales que se encuentran en nuestra ciudad. ARTÍCULO 4º.- Distinción. Reconocimiento. Instituir cada año en el Partido de Junín la distinción denominada “MUJER MILITANTE POR CAUSAS SOCIALES”.Dicha distinción, consiste en un reconocimiento que se otorga a una mujer de la ciudad de Junín por la acción política-social, en beneficio de la ampliación e igualdad de derechos en general. ARTÍCULO 5º.- Comisión de Homenaje. Crear en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante de Junín la Comisión de Homenaje de la Mujeres Militantes. ARTÍCULO 6º.- Integración. La Comisión de Homenaje de la Mujeres Militantes se integra por un/a concejal de cada Bloque político que componen el Honorable Concejo Deliberante.Es presidida por un concejal elegido por mayoría absoluta de los que la integran. ARTÍCULO 7º.- Quorum. Votación. La Comisión de Homenaje forma quórum con la mayoría absoluta de los concejales que la integran.La decisiones se adoptan por mayoría simple de los miembros presentes.En caso de empate, el Presidente de la Comisión tiene doble voto. ARTÍCULO 8º.- Funciones. Son funciones de la Comisión:a) Coordinar todos los actos de la “Semana de la Visibilización de las Mujeres Militantes”;a) Organizar las distintas actividades que se desarrollen durante dicha semana;b) Ordenar y llevar adelante la publicación y difusión de las actividades;c) Disponer el registro, lugar, días y horas para la inscripción de las postulantes a la distinción “Mujer Militante por Causas Sociales”;d) Analizar la reseña y antecedentes de cada una de los aspirantes a la distinción “Mujer Militante por Causas Sociales”; ye) Elegir y otorgar anualmente el reconocimiento a la “Mujer Militante por Causas Sociales”. ARTÍCULO 9º.- Difusión. Durante la primera semana del mes de Marzo de cada año calendario, la Comisión difundirá las actividades que se desarrollen durante la Semana de Visibilización de las Mujeres Militantes. ARTÍCULO 10º.- Inscripción. Transcurrido el tiempo del Artículo 9º, durante la semana siguiente del mes de

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Marzo, se inscribirán las mujeres que aspiren a recibir el reconocimiento correspondiente a la distinción “Mujer Militante por Causas Sociales”. ARTÍCULO 11º.- Requisitos. Las aspirantes o las personas e Instituciones que las propongan, deben presentar una “reseña histórica” donde reflejen las acciones de militancia en el plano social, así también, toda otra cuestión que haga mérito para el otorgamiento del reconocimiento indicado. ARTÍCULO 12º.- Otorgamiento. El reconocimiento correspondiente a la distinción “Mujer Militante por Causas Sociales” se otorgará el 7 de Mayo de cada año calendario.Dicha entrega, debe coincidir con el último día de las actividades llevadas a cabo en el marco de la “Semana de la Visibilización de las Mujeres Militantes”. El reconocimiento consistirá en la entrega de un diploma del Honorable Concejo Deliberante. ARTÍCULO 13º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 9823-2016.-Promulgada por Decreto del D.E. N° 2955 del 24/11/16.- ORDENANZA 7019 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha,ACUERDA Y SANCIONA ARTICULO 1º.- Declarar de INTERÉS MUNICIPAL, CULTURAL Y EDUCATIVO los actos y actividades que lleve adelante el COLEGIO NACIONAL DE JUNÍN – ESCUELA DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Nº 6 - “RECTOR Dr. JOSÉ ÁLVAREZ RODRÍGUEZ” en conmemoración del arribo al CENTENARIO del Establecimiento Educativo, que tendrá lugar el 2 de Julio de 2017, cuya impronta, ascendiente y arraigo en la comunidad, como cuanto patrimonio del ideario colectivo e histórico de la ciudad, lo convierten en un hecho significativo y trascendental en el derrotero de esta última.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E., regístrese, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10096/2016.-Promuldada por Decreto del D.E. Nro. 2851 de fecha 11/11/2016.-

ORDENANZA 7020 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha,ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Disponer que el Departamento Ejecutivo Municipal, en cumplimiento de la Resolución 74-15 de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires de fecha 24 de agosto de 2015, reiterada por la Dirección Provincial de Políticas y Seguridad Vial del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros a cada Municipio, adopte las medidas necesarias para garantizar la obtención de licencias de conducir de las personas que detenten multas impagas por infracciones de tránsito, siempre y cuando las mismas no cuenten con sentencia firme y consentida. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.031-2016.-Promulgada por Decreto del D.E. N° 2955 del 24/11/16.-

ORDENANZA 7021 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONACONSEJO MUNICIPAL DE VIVIENDA Y HÁBITAT DEL PARTIDO DE JUNÍN ARTÍCULO 1º.- Comisión. Creación. Crear el Consejo Municipal de Vivienda y Hábitat del Partido de Junín. ARTÍCULO 2º.- Objeto. Es objeto del Consejo actuar como órgano multiactoral de consulta y asesoramiento de las políticas y programas aplicados en Junín en el marco de la Ley Provincial Nº 14.449 – Ley de Acceso Justo al Hábitat – y su Decreto Reglamentario Nº 1062.

ARTÍCULO 3º.- Facultades. Es facultad del Consejo: Recabar toda información que sea necesaria para el cumplimiento de su objeto y aplicación en el orden local de la Ley Provincial Nº 14.449 – Ley de Acceso Justo al Habitat – y su Decreto Reglamentario Nº 1062; yConvocar, en caso de considerarlo necesario, a aquellas Instituciones o especialistas que pueden contribuir a la mejor resolución de los temas de su competencia. ARTÍCULO 4º.- Integrantes. El Consejo Municipal de Vivienda y Hábitat esta integrado por:Un (1) representante del Departamento Ejecutivo;Un (1) representante de cada bloque que componga el H.C.D.;Un (1) representante de Organizaciones No Gubernamentales y Entidades de Bien Público con incumbencia en temas vinculados al objeto de la presente Ordenanza;Un (1) representante de los siguientes Colegios Profesionales de Junín:a) Colegio de Arquitectos;b) Colegio de Trabajadores Sociales;c) Colegio de Agrimensores;d) Colegio de Ingenieros;e) Colegio de Maestros Mayor de Obras; yf) Colegio de Técnicos.Un (1) representante de la Universidad Nacional de Noroeste de la Provincia de Buenos Aires (UNNOBA); yUn (1) representante por cada gremio con incumbencia en temas vinculados al objeto de la presente Ordenanza. ARTÍCULO 4º.- Miembros. Para ser miembro del Consejo se requiere:Ser mayor de dieciocho (18) años de edad; yAcreditar la pertenencia al sector que representa. ARTÍCULO 5º.- Periodo. Los miembros del Consejo duran dos (2) años en el ejercicio de sus mandatos. Pueden ser reelegidos por otro periodo.Las vacantes que se produzcan serán ocupadas por los suplentes hasta completar el período respectivo.Las funciones y tareas de los miembros del Consejo son ad-honorem. ARTÍCULO 6º.- Mesa Directiva. Compone el Consejo una Mesa Directiva integrada por: Un (1) Presidente;Dos (2) Vicepresidentes;Un (1) Secretario General; yCuatro (4) Secretarios.Las autoridades de la Mesa Directiva son elegidas por los miembros del Consejo en la reunión constitutiva del mismo.NORMAS TRANSITORIAS ARTÍCULO 7º.- Convocatoria. El D.E. Municipal o el Honorable Concejo Deliberante, convocarán a la reunión constitutiva del Consejo. ARTÍCULO 8º.- Reglamento Interno. Dentro de los Treinta (30) días de su constitución, el Consejo debe dictar y aprobar su Reglamento Interno.En todos lo casos, debe asegurar una modalidad dinámica de trabajo.Hasta tanto de apruebe el Reglamento Interno, el D.E. Municipal y el Honorable Concejo Deliberante están facultados para dictar las normas necesarias a su funcionamiento. ARTÍCULO 9º.- Comuníquese al D.E., regístrese, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 9997/2016.-Promulgada por Decreto del D.E. N° 2955 del 24/11/16.- ORDENANZA 7022 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONACREACIÓN COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DE MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL ARTÍCULO 1º.- Creación. Crear la Comisión la de Seguimiento y Control del Mantenimiento de la Red Vial del Partido de Junín que funcionará dentro del ámbito del Honorable Concejo Deliberante. ARTÍCULO 2º.- Función. Es función de la Comisión:La revisión de los trabajos de mantenimiento realizados por las maquinarias que utiliza el Municipio sobre los caminos rurales; yEl seguimiento del plan de obras proyectado por el Departamento Ejecutivo (D.E. Municipal) para cada año, sobre la totalidad de la red vial del Partido de Junín. ARTÍCULO 3º.- Coordinación. La Comisión será coordinada y convocada por la Comisión de Promoción, Desarrollo y Asuntos Agropecuarios del Honorable

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Concejo Deliberante. ARTÍCULO 4º.- Integración. Integran la Comisión:Los miembros que conforman la Comisión de Promoción, Desarrollo y Asuntos Agropecuarios del Honorable Concejo Deliberante;Los integrantes de la Comisión de Caminos Rurales; yUn representante del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Junín. ARTÍCULO 5º.- Información trimestral. El D.E. Municipal, a través de la Secretaría y demás dependencias competentes, debe enviar en forma trimestral a la Comisión de Promoción, Desarrollo y Asuntos Agropecuarios el detalle de los trabajos realizados por las maquinarias que utiliza el Municipio en los diferentes cuarteles del Partido.Sin perjuicio de dicha información, podrá remitir todo otro dato que considere y resulte oportuno. ARTÍCULO 6º.- Reuniones. La reuniones de la Comisión de Seguimiento y Control de Mantenimiento de la Red Vial se llevarán adelante en forma trimestral.A estos efectos, la Comisión de Promoción, Desarrollo y Asuntos Agropecuarios debe convocarla conforme lo dispuesto en el Artículo 3º. ARTÍCULO 7º.- Carácter ampliado. Las reuniones de la Comisión de Seguimiento y Control de Mantenimiento de la Red Vial se realizan en forma ampliada para todos los ediles integrantes del Cuerpo Legislativo Local.Podrán acceder a la misma, los productores o vecinos interesados en la temática. ARTÍCULO 8º.- Asistencia de funcionarios. Los funcionarios del D.E. Municipal, correspondientes a la Secretaría competente en materia de la red vial, podrán asistir a las reuniones de la Comisión, a requerimiento de esta última o a solicitud de los mismos, a fin de ampliar, explicar o brindar detalles sobre la información enviada y despejar dudas sobre cuestiones operativas. ARTÍCULO 9º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 9466-2015.-Promulgada por Decreto del D.E. N° 2956 del 24/11/16.- ORDENANZA 7023 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a adjudicar la explotación agrícola de franjas de tierra ubicadas en el Aeroparque Junín, bajo las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nro. 7/2016 -Segundo llamado-, a Dn. Ariel Edgardo BISIO, conforme la oferta formulada en dicha Licitación, consistente en nueve (9) quintales de soja por hectárea y por año, en razón de ser único oferente.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E., regístrese, publíquese y archívase.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 4059-1867/16.-Promulgada por Decreto del D.E. Nro. 2862 de fecha 11/11/2016.- ORDENANZA 7024 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha,ACUERDA Y SANCIONAPREVENCIÓN INTEGRAL DE EVENTOS POR MUERTE SÚBITA EN ESPACIOS PÚBLICAS Y PRIVADOS DE ACCESO PÚBLICO. ARTÍCULO 1º.- Objeto. La presente Ordenanza tiene por objeto regular un sistema de prevención integral de eventos por muerte súbita en espacios públicos y privados de acceso público a fin de reducir la morbimortalidad súbita de origen cardiovascular. ARTÍCULO 2º.- Definiciones. A los efectos de esta ordenanza se considera: a) Resucitación cardiopulmonar (RCP): maniobras que se llevan a cabo sobre una persona en caso de detención de la circulación de su sangre y que están destinadas a la oxigenación inmediata de los órganos vitales. b) Desfibrilación: maniobras de RCP: a las que se incluye en desfibrilador externo automático –DEA–; c) Desfibrilador externo

automático –DEA–: dispositivo electrónico portátil con capacidad para diagnosticar fibrilación ventricular o taquicardia ventricular, y en su caso, emitir la señal de alerta. e) Lugares cardioasistidos: espacios que disponen de los elementos necesarios para asistir a una persona en los primeros minutos tras un paro cardíaco; f) Cadena de supervivencia: conjunto de acciones sucesivas y coordinadas que permiten aumentar la posibilidad de sobrevivir de la persona que es víctima de eventos que puedan causar la muerte súbita. ARTÍCULO 3º.- Espacios Cardioprotegidos. La presente Ordenanza es de aplicación en los siguientes espacios Cardioprotegidos: Las terminales de transporte: aéreo, terrestre o acuático, cualquiera sea su destino, que cuenten con capacidad para más de 300 personas;Los centros comerciales cuya superficie edificada sea superior a 800 metros cuadrados;Los estadios con capacidad para más de 500 personas;Los locales destinados a espectáculos con capacidad superior a 500 personas. Las salas de conferencias, eventos o exposiciones con concentración de más de 1.000 personas, o circulación de la misma cantidad de personas por día;Las sedes de instituciones dedicadas a la enseñanza, o actividades sociales o culturales con capacidad superior a 500 personas;Los edificios donde permanezcan o transiten más de 200 personas durante un día;Las unidades de emergencia móvil y ambulancias destinadas a atención médica de emergencia.La autoridad de aplicación podrá determinar otros espacios cardioprotegidos a efectos de aplicar esta Ordenanza. ARTÍCULO 3º.- Autoridad de aplicación. La Secretaría de Salud de la Municipalidad de Junín es autoridad de aplicación de la presente ordenanza. ARTÍCULO 4º.- Funciones. Son funciones de la autoridad de aplicación: a) Promover la accesibilidad de toda la población a la resucitación cardiopulmonar y a la desfibrilación ;b) Promover la concientización por parte de la población sobre la importancia de los lugares cardioasistidos y de la cadena de supervivencia; c) Promover el acceso de la población a la información sobre primeros auxilios, maniobras de resucitación cardiopulmonar básica y desfibrilación automática externa; d) Promover la instrucción básica de primeros auxilios, maniobras de resucitación cardiopulmonar básica y desfibrilación automática externa en el nivel comunitario;e) Coordinar la aplicación de la presente ordenanza en el marco de la Comisión RCP – Argentina, de conformidad con la ley 26.835 de promoción y capacitación en las técnicas de RCP básicas, para estudiantes de los niveles medio y superior; f) Determinar las pautas de acreditación para la capacitación del personal de los lugares establecidos, en técnicas de maniobras de resucitación cardiopulmonar básica y en el uso de los DEA;g) Determinar las pautas de capacitación de quienes participan en espectáculos deportivos, promoviendo la incorporación en los planes de estudio de contenidos referidos a resucitación cardiopulmonar básica y uso de los DEA, para los árbitros y el personal técnico auxiliar de los deportistas;h) Desarrollar un sistema de información y estadística de la morbimortalidad súbita y sus riesgos a nivel nacional;i) Promover en su ámbito y en su caso con las jurisdicciones, un registro en el que conste la ubicación de los desfibriladores, su correcta utilización y mantenimiento;j) Definir la cantidad de DEA según la determinación de los espacios públicos y privados de acceso público establecidos. ARTÍCULO 5º.- Instalación de DEA. Los Espacios a Cardioproteger deben instalar la cantidad de DEA que determine la autoridad de aplicación en función de lo establecido en los Artículos 2º y 4º”. ARTÍCULO 6º.- Accesibilidad. Los DEA deben estar instalados en lugares de fácil acceso para su utilización ante una situación de emergencia, y su ubicación debe estar claramente señalizada. ARTÍCULO 7º.- Instrucciones de uso. Las instrucciones de uso de los DEA deben: a) Estar colocadas en lugares estratégicos de las dependencias y espacios establecidos; b) Ser claramente visibles; y c) Estar diseñadas en forma clara y entendible para personal no sanitario. ARTÍCULO 8º.- Mantenimiento. Los titulares o los

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responsables de la administración o explotación de los espacios determinados en el artículo 2º, deben mantener a los DEA permanentemente en condiciones aptas de funcionamiento, para uso inmediato de las personas que transiten o permanezcan en el lugar. ARTÍCULO 9º.- Habilitación. Los DEA deben tener la habilitación vigente otorgada por el organismo técnico oficial que determine la reglamentación. ARTÍCULO 10º.- Capacitación. Los titulares o responsables de la administración o explotación de los espacios determinados en el artículo 2º inciso d), deben capacitar a todo el personal a su cargo, de modo que siempre haya alguien disponible para aplicar las técnicas del uso de los DEA y RCP. ARTÍCULO 11º.- Responsabilidad. El incumplimiento a lo dispuesto en la presente, dará lugar a la sanción de multa de 1 a 3 módulos. ARTÍCULO 12º.- Costos. Los costos derivados del cumplimiento de lo establecido en la presente ordenanza para los espacios privados de acceso público, están a cargo de sus propietarios. ARTÍCULO 13º.- Financiamiento. Los gastos que demande el cumplimiento de las disposiciones de esta Ordenanza respecto de los espacios que sean dependientes del Municipio, serán atendidos con los recursos que destine, a tal efecto, el Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Junín.Autorízase al D.E. Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza.DISPOSICIONES TRANSITORIASENTIDADES DE BIEN PÚBLICO SIN FINES DE LUCRO ARTÍCULO 14º.- Plazo. Las entidades de bien público sin fines de lucro que están comprendidas en el Artículo 2º Inciso d) de la presente ordenanza, tienen un plazo de Sesenta (60) meses, desde la sanción de esta Ordenanza, para el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 5º. ARTÍCULO 15º.- Imposibilidad. En caso que las entidades de bien público sin fines de lucro demuestren imposibilidad económica para cumplimentar lo dispuesto en el Artículo 5º, dentro del plazo estipulado, serán subsidiadas por la Municipalidad de Junín a fin de cumplimentar esta Ordenanza. ARTÍCULO 16º.- Comuníquese al D.E., regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 9928/2016.-Promulgada por Decreto del D.E. N° 2955 del 24/11/16.- ORDENANZA 7025 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Reconocer al músico oriundo de Junín, VÍCTOR BERTAMONI, por su trayectoria artística, a mérito de lo cual es participe de diferentes formaciones, invitaciones y presentaciones musicales con que recorre los más variados escenarios, en los que su nombre se asocia al de nuestro ciudad. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expediente Nº 10.164-2016.-PROMULGADA POR DECRETO DEL D.E. NRO. 2886 DE FECHA 16/11/2016.- ORDENANZA 7026 15-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha,ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Aprobar el cambio de titularidad del inmueble sito en el Parque Industrial de Fomentos “Arturo Frondizi” de esta ciudad, de Pablo Luis REPETTI, D.N.I. Nro. 23.471.691, a favor de la firma PRUMEN S.A., enajenación oportunamente aprobada por Ordenanza Nº 6904, de fecha 10 de mayo de 2016. ARTÍCULO 2º.- La empresa PRUMEN S.A. debe respetar y cumplir la totalidad de las reglamentaciones que regulen las actividades en el Parque Industrial de Fomento “Arturo Fondizi” de Junín (B).

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 15 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expediente Nº 4059-5014-2006.-PROMULGADA POR DECRETO DEL D.E. NRO. 2889 DE FECHA 17/11/2016.- ORDENANZA 7027 15-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Aprobar el cambio de titularidad del boleto de compra venta del inmueble sito en el Parque Industrial de Fomentos “Arturo Frondizi” de esta ciudad, de EXRALIMP S.A. a favor de Dn. Rubén Darío RATTO, D.N.I. Nº 10.722.249, enajenación oportunamente aprobada por Ordenanza Nº 5777, de fecha 24 de agosto de 2010. ARTÍCULO 2º.- La empresa del señor Rubén Darío RATTO debe respetar y cumplir la totalidad de las cláusulas del contrato de compra-venta suscripto oportunamente entre la Municipalidad y la firma EXTRALIMP S.A.- ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 15 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expediente Nº 4059-4377-2009.-PROMULGADA POR DECRETO DEL D.E. NRO. 2889 DE FECHA 17/11/2016.- ORDENANZA 7028 15-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1°.- Excluir de la nómina de Mayores Contribuyentes elevada por el Departamento Ejecutivo, obrante a fs. 1/2 del expediente Nº 9913/16, a los inscriptos que seguidamente se indican, conforme se especifica en los Anexos I y II que forman parte de esta Ordenanza:ROSAS, Florencia, D.N.I. Nº 25.294.777;SANVITI, Nicolás, D.N.I. Nº 29.559.697;BAGNIS, Melina, D.N.I. Nº 34.086.083;FALCON, Mirta, D.N.I. Nº 11.610.623;LÓPEZ, Fernando Daniel, D.N.I. Nº 27.033.969;DIAZ, Graciela, D.N.I. Nº 13.250.764; y BORCHEX, José Alejandro, D.N.I. Nº 4.973.708 ARTÍCULO 2º.- Aprobar en general, con las exclusiones dispuesta en el Artículo 1º, sin discriminar entre titulares y suplentes, el resto de la Nómina de Mayores Contribuyentes elevada por el Departamento Ejecutivo, conforme lo determina el artículo 94° y ss. del Decreto - Ley 6.769/58. ARTICULO 3°.- Cúmplase con lo dispuesto por el inciso 5) del artículo 94° del Decreto - Ley 6.769/58, elevándose al D.E. Nómina de Mayores Contribuyentes propuesta por cada bloque político.Recepcionada por el primero y cumplido los recaudos de la Ley, remítase a este Cuerpo las nóminas definitivas con la composición de titulares y suplentes para conocimiento del mismo. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 15 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expediente Nº 9913-2016.-PROMULGADA POR DECRETO DEL D.E. NRO. 2893 DE FECHA 17/11/2016.- ORDENANZA 7029 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Convalídase la Resolución de la Secretaría de Industria y Servicios del Ministerio de Producción de la Nación, cuya copia corre agregada a fojas 3/5 del expediente del registro municipal Nro. 4059-5405/2016, por el cual se otorga a esta Municipalidad un aporte no reintegrable de Pesos Dos Millones Novecientos Sesenta y Cuatro Mil Novecientos Treinta y Uno con Cincuenta y Ocho Centavos ($ 2.964.931,58.-), con destino a la construcción de la red cloacal en el Parque Industrial

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Junín.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 4059-5405/16.-Promulgada por Decreto del D.E. N° 2967 del 25/11/16.- ORDENANZA 7030 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Otorgar el Título de “MÉRITO AL CIUDADANO” al cantante y compositor oriundo de Junín, MANUEL MORETTI, en mérito a su trayectoria y logros en el arte de la música, cuyo talento y producciones, jalonadas en la pasión, el esfuerzo y dedicación con que sirve a su trabajo, lo transforman en un referente del rock nacional, estando su nombre asociado al de nuestra ciudad en los distintos escenarios que recorre, siendo su portador y digno representante artístico. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.175-2016.-Promulgada por Decreto del D.E. N° 2967 del 25/11/16.- ORDENANZA 7031 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Reconocer al músico oriundo de Junín, GUILLERMO HARRINGTON, por su trayectoria artística, a mérito de lo cual es partícipe de diferentes formaciones, invitaciones y presentaciones musicales con que recorre los más variados escenarios, en los que su nombre se asocia al de nuestro ciudad. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expediente Nº 10.165-2016.-Promulgada por Decreto del D.E. N° 2967 del 25/11/16.- ORDENANZA 7032 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Reconocer y destacar la tarea de la ESCUELA DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Nº 1 “MANUEL DORREGO” de nuestra ciudad, haciendo especial mención a la labor que lleva adelante el equipo de profesionales, por la implementación y coordinación del programa “Centros de Escolarización Secundaria para Adolescentes y Jóvenes – CESAJ -”, como herramienta educativa fundamental de inclusión que permite dar respuesta y generar las condiciones necesarias para el derecho de los estudiantes a ingresar, permanecer y finalizar sus estudios secundarios. ARTÍCULO 2º.- Destacar a los siguientes alumnos de la Escuela de Educación Secundaria Nº 1 “Manuel Dorrego”, egresados del ciclo lectivo 2016 en el programa “Centros de Escolarización Secundaria para Adolescentes y Jóvenes – CESAJ -” :BERTA, Rosa Lucía; BUCETTI, Lucas; CATAMARCA, Lucas; GÓMEZ, Rodrigo; GUILLOTTE, Alexis; MERODIO, Franco; PAIS, Juan Pablo y STAMPALATO, Alejandro. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expediente Nº 10.187-2016.-Promulgada por Decreto del D.E. N° 2967 del 25/11/16.- ORDENANZA 7033 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio de Capacitación profesional suscripto por el señor Intendente Municipal Cr. Pablo PETRECCA, con el Centro de Formación Profesional Nro. 402, de esta ciudad, cuya copia corre agregada a fojas 31/32 del expediente del registro municipal Nro. 4059-4675/2012, mediante el cual los alumnos del citado establecimiento, habiendo adquirido los conceptos teóricos a lo largo de la formación profesional, puedan realizar prácticas consistentes en la conducción de maquinaria vial y trabajos de campo dentro del área de esta Municipalidad.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 4059-4675/2012.-Promulgada por Decreto del D.E. N° 2967 del 25/11/16.- ORDENANZA 7034 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Dispóngase la modificación de titularidad de una vivienda del Barrio Progreso II “Plan Autoconstrucción 16 viviendas” de la localidad de Junín, cuya Nomenclatura Catastral es: Circ. XV, Secc. K, Chac.1, Mza. L, Parc. 9, a cuyo efecto modifíquese la Ordenanza N° 5536/09, y pase la titularidad de la Sra. Miguez María Cristina, D.N.I. N° 23.920.435 al Sr. Roldan Sergio Ricardo, D.N.I. N° 16.415.174.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 4059-2980/2016.-Promulgada por Decreto del D.E. N° 2967 del 25/11/16.-

ORDENANZA 7035 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha,ACUERDA Y SANCIONA ARTICULO 1°.- Rectificar los datos de la nomenclatura catastral correspondiente a la Casa Nº 30 del adjudicatario SAENZ, Oscar, L.E. Nº 490.059 asentados en la Ordenanza Nº 2792/90, por los siguientes:Circunscripción I – Sección E – Manzana 66A – Parcela 7. ARTÍCULO 2º.- Asentar la correlación de la Partida Inmobiliaria Nro 054-51459 a la nomenclatura catastral del inmueble identificado en el Artículo 1º, conforme los antecedentes y documentación obrante en el expediente de registro municipal Nro. 4059-547-2013 y a efectos de los actos de registración administrativa y notarial. ARTICULO 3°.- Conforme lo dispuesto en los Artículos 1º y 2º, corregir el número de casa, nomenclatura catastral y partida inmobiliaria asentada en la Ordenanza Nº 6418/14, para debida adecuación a la actuación administrativa y registración notarial pertinente, modificando los Artículos 1º y 2º de la citada Ordenanza, que quedarán redactados de la siguiente manera:“ ARTÍCULO 1º.- Adjudícase la titularidad de la vivienda Nº 29 del Barrio “Soberanía Nacional” de la ciudad de Junín, construida bajo el régimen del Plan “Provincia y Municipio”, identificada con la Nomenclatura Catastral: Circunscripción: I - Sección: E - Manzana: 66A - Parcela: 6; Partida Inmobiliaria: 054-51458, a favor de la Sra. MAZA, Aurelia Felipa, D.N.I. Nº 2.681.268, C.U.I.T. Nº 27-02681268-8, conforme los antecedentes y documental obrante en el expediente de registro municipal Nro. 4059-547/2013”.“ ARTÍCULO 2º.- Procédase a realizar por intermedio de la Dirección de Catastro de la Municipalidad de Junín, la Operación de Mensura, División y Cesión de calles de la fracción de terreno de propiedad municipal, identificada con siguiente nomenclatura catastral: Circunscripción: I - Sección: E - Manzana: 66A - Parcela: 6; Partida Inmobiliaria Nº 054-51458”. ARTÍCULO 4º.- Es a costa de la Municipalidad de

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 61

Junín el gasto de rectificación de la Escritura Pública Nº 109, de fecha 31 de diciembre de 1990, pasada por ante el Registro Notarial Nº 23 a cargo del Notario Ricardo N. Di Blasio, cuya copia obra a fs. 63/64 del expediente del registro municipal Nro. 4059-547-2013, en virtud de lo dispuesto en los Artículos 1º y 2º de esta Ordenanza. ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al D.E. Municipal, cúmplase, regístrese, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expediente Nº 4059-547-2013.-Promulgada por Decreto del D.E. Nº 2971 del 29/11/16.-

ORDENANZA 7037 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTICULO 1°.- Declarar de INTERÉS MUNICIPAL Y EDUCATIVO el programa educativo denominado “JÓVENES Y MEMORIA” del que participan anualmente alumnos y docentes de las Escuelas de Educación Secundaria de nuestra ciudad y Provincia de Buenos Aires, atento constituir una herramienta fundamental en el proceso formativo de los jóvenes a fin de internalizar y afianzar las prácticas democráticas, el compromiso cívico y los valores de los derechos humanos.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.129/16.-Promulgada por Decreto del D.E. N° 2971 del 29/11/16.- ORDENANZA 7039 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a adjudicar a favor de la firma RIOS MUÑOZ MARÍA CAROLINA, la provisión de una pala cargadora para la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de esta Municipalidad, bajo las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada Nro. 62/2016, y conforme la oferta formulada, en razón de ser única oferente en la misma.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 4059-3964/16Promulgada por Decreto del D.E. N° 2967 del 25/11/16.- ORDENANZA 7040 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Contrato suscripto por el señor Intendente Municipal Cr. Pablo PETRECCA, con el Grupo Servicios Junín S.A. representado por su Presidente Dr. Pablo R. TORRES, cuya copia corre agregada a fojas 2/7 del expediente del registro municipal Nro. 4059-4474/2016, con relación a la ejecución de obra de agua potable en los inmuebles Partidas 2390 y 39988.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 4059-4474/2016.-Promulgada por Decreto del D.E. N° 2967 del 25/11/16.- ORDENANZA 7041 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Contrato y Anexo suscripto por el Sr. Intendente Municipal Cr. Pablo PETRECCA, con el Grupo Servicios Junín S.A. representado por su Presidente Dr. Pablo R. TORRES, cuya copia corre agregada a fojas 14/20 del expediente del registro municipal Nro. 4059-4500/2016, con

relación a la ejecución de la obra de cordón cuneta y base estabilizada en los inmuebles Partidas 2390 y 39988.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 4059-4500/2016.-Promulgada por Decreto del D.E. N° 2967 del 25/11/16.- ORDENANZA 7042 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Contrato suscripto por el señor Intendente Municipal Cr. Pablo PETRECCA, con el Grupo Servicios Junín S.A. representado por su Presidente Dr. Pablo R. TORRES, cuya copia corre agregada a fojas 2/7 del expediente del registro municipal Nro. 4059-4475/2016, con relación a la ejecución de la obra de red cloacal en los inmuebles Partidas 2390 y 39988.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 4059-4475/2016.-Promulgada por Decreto del D.E. N° 2971 del 29/11/16.- ORDENANZA 7044 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONA ARTÍCULO 1º.- Incorporar a la Ordenanza Nº 3281/94 el siguiente Artículo: “ARTÍCULO 35º bis.- Los incrementos de tarifa del Servicio Público de Transporte de Pasajeros Mediante Vehículos Automotores con Aparato Taxímetro se determinan conforme el “Índice de Determinación de Tarifas” del Anexo I que forma parte de la presente Ordenanza. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.118/16.-Promulgada por Decreto del D.E. N° 2967 del 25/11/16.-ANEXO I ÍNDICE DE DETERMINACIÓN DE TARIFAS INCREMENTOS DE TARIFAS1- BASE PARA EL CÁLCULOPara el cálculo del incremento de las tarifas del Servicio Público de Transporte de Pasajeros Mediante Vehículos Automotores con Aparato Taxímetro se toma como base científica el Índice de Mayores Costos que otorga el Departamento de Estudios Tributarios Observatorios de Costos de la Federación Argentina de Entidades Empresariales de Autotransporte de Carga (FADEEAC).2- ENTRADA EN VIGENCIAEl índice de Mayores Costos que otorga el Departamento de Estudios Tributarios Observatorios de Costos de la Federación Argentina de Entidades Empresariales de Autotransporte de Carga (FADEEAC) para el incremento de las tarifas, entra en vigencia a partir del 1 de Enero de 2017.3- ESPECIFICACIONES3.1.- Los aumentos de las tarifas se realizan una (1) vez al año.3.2.- Los aumentos se aplican en el mes de Diciembre de cada año.3.3.- La base científica el Índice de Mayores Costos establecido para el incremento de las tarifas no tiene carácter vinculante.4- APLICACIÓN4.1.- APLICACIÓN PARCIAL:4.1.1.- La aplicación parcial se realiza siempre a solicitud de los prestadores del servicio.4.1.2.- Tiene lugar cuando el índice supere el Veinte por Ciento (20%), considerado de manera acumulada.4.1.3.- Se aplica de la siguiente manera: ORDENANZA 7045 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONAOBSERVATORIO NUTRICIONAL MUNICIPAL

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ARTÍCULO 1º.- Creación. Crear en el ámbito de la Municipalidad de Junín el Observatorio Nutricional Municipal. ARTÍCULO 2º.- Objeto. El Observatorio Nutricional Municipal tiene por objeto acompañar al Consejo Escolar de Junín en la supervisación y ejecución del Servicio Alimentario Escolar (SAE) y el impacto que genera en la población beneficiaria. ARTÍCULO 3º.- Composición. El Observatorio se compone con los siguientes integrantes contratados por la Municipalidad de Junín:Al menos Un (1) Nutricionista para la confección y evaluación de los menús;Al menos Un (1) Médico pediatra encargado de coordinar acciones para evaluar a los niños beneficiarios;Tres (3) Trabajadores Sociales afectados a la tarea de supervisar y visitar a los beneficiarios, tanto en el Establecimiento Educativo al que concurren como en sus hogares. ARTÍCULO 4º.- Informes. El Observatorio Nutricional Municipal debe elaborar y publicar periódicamente informes del estado de situación del programa Servicio Alimentario Escolar (SAE), haciendo especial relevancia en la situación nutricional de los beneficiarios y la calidad del servicio que se presta.Estos informes deben, además, ser puestos a disposición y ampliados ante el Consejo Escolar y el Honorable Concejo Delibarante en cuanto a cualquier consulta que resulte oportuna. ARTÍCULO 5º.- Autoridad de Aplicación. La Dirección de Educación de la Municipalidad de Junín es autoridad de aplicación del Observatorio Nutricional Municipal, el que funciona bajo la órbita de esta última. ARTÍCULO 6º.- Aportes. El D.E. Municipal, de ser necesario, debe aportar mensualmente el complemento presupuestario necesario para garantizar prestaciones dignas a los niños y adolescentes beneficiados por el Servicio Alimentario Escolar (SAE). ARTÍCULO 7º.- Ampliación de Aportes. El Observatorio Nutricional Municipal esta facultado, cuando causas debidamente fundadas lo justifiquen, ha solicitar ampliaciones en el aporte complementario que el Municipio realice. ARTÍCULO 8º.- Recursos. Los recursos necesarios para la contratación de los profesionales correspondientes que componen la integración del Observatorio y los aportes complementarios mensuales de los Artículos 6º y 7º, respectivamente, deben ser imputados al Fondo de Financiamiento Educativo. ARTÍCULO 9º.- Giro Mensual. El D.E. Municipal debe girar mensualmente, entre el primer y quinto día hábil de cada mes, al Consejo Escolar de Junín los aportes complementarios dispuesto en esta Ordenanza. ARTÍCULO 10º.- Afectación. Rendición. Los aportes complementarios estarán afectados exclusivamente a la compra de alimentos para el programa Servicio Alimentario Escolar (SAE).De los aportes complementarios mensuales se deberá rendir cuentas al Municipio dentro del mes en curso en el que se otorgan. ARTÍCULO 11º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 9954/2016.- ORDENANZA 7046 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, ACUERDA Y SANCIONAPROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE CLUBES E INSTITUCIONES DEPORTIVAS ARTÍCULO 1º.- Creación. Crear en el Partido de Junín el “PROGRAMA MUNICIPAL FORTALECIMIENTO DE CLUBES E INSTITUCIONES DEPORTIVAS”. ARTÍCULO 2º.- Finalidad. El “Programa Municipal de Fortalecimiento de Clubes e Instituciones Deportivas”, tiene por finalidad: a) Fomentar y estimular el progreso de las instituciones deportivas del Partido de Junín;b) Contribuir a la financiación de las mejoras y el mantenimiento de la infraestructura de las instituciones barriales y deportivas que generan un ámbito propicio para el desarrollo de sus actividades;c) Brindar un respaldo económico a las Instituciones deportivas, a los

fines de lograr una sustentabilidad en sus tareas a través del tiempo, con el objetivo de incluir a la mayor cantidad de jóvenes posibles;d) Fomentar que las Instituciones aumenten el número de niños/as y jóvenes en la practica de cada una de las actividades, como así también, sumen otras disciplinas que hasta el día de la fecha no se practican;e) Colaborar activamente con personal municipal con la regularización jurídica, administrativa y contable de las Instituciones que lo necesiten; yf) Asistir con personal municipal o de la gestión municipal en tareas de mantenimiento de predios e instalaciones de dichas Instituciones deportivas. ARTÍCULO 3º.- Beneficiarios. Son beneficiarios del Programa creado por esta Ordenanza todos aquellos Clubes e Instituciones Deportivas sin fines de lucro que se encuentren inscriptos o que se inscriban en el Registro Municipal de Asociaciones Civiles y soliciten la inclusión en dicho programa antes del 31 de Diciembre del corriente año. ARTÍCULO 4º.- Requisitos. Es requisito obligatorio para la inclusión en el Programa, que las Instituciones compitan oficialmente en divisiones infantiles en el deporte que practiquen. ARTÍCULO 5º.- Solicitud. Las Instituciones deben solicitar la inclusión en el Programa antes del 31 de Diciembre del corriente año, mediante nota suscripta por el Presidente y Secretario de las mismas.La presentación se realiza por ante la Autoridad de Aplicación del Programa, manifestando la expresa voluntad de participar en el mismo. ARTÍCULO 6º.- Obligaciones del Municipio. Son obligaciones de la Municipalidad:a) La ayuda y aporte económico del Programa, el que debe ser: 1- Pesos Nueve Mil ($ 9.000.-) mensuales para las Instituciones de la ciudad de Junín; 2- Pesos Siete Mil ($ 7.000.-) para las entidades de las Localidades del Partido; y 3) Pesos Siete Mil ($ 7.000.-) para las Asociaciones que nuclean a los Clubes que ingresan en el Programa.Estas sumas se actualizan anualmente en el porcentaje que aumente el Presupuesto municipal del ejercicio del año siguiente en relación al Presupuesto del periodo anterior; b) Controlar las rendiciones de gastos mensuales que realicen las Instituciones con la ayuda mencionada en el inciso anterior.En este sentido, al momento que el Municipio lo disponga puede inspeccionar predios e instalaciones, citar dirigentes y personal de las Instituciones, requerir documentación a los fines de comprobar la veracidad de los gastos declarados en la rendición mencionada en el párrafo anterior. c) Asistencia Jurídica, administrativa y contable con personal perteneciente a la Dirección de Relaciones Institucionales del Municipio a las Instituciones que lo soliciten; d) Articular con las Instituciones la colaboración en trabajos de mantenimiento y mejoras de sus predios e instalaciones con personal municipal o trabajadores pertenecientes a distintos programas del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.e) El Municipio pondrá a disposición de cada Club Una (1) Trabajadora Social para que desarrolle su tarea en beneficio de los/as niño/as y jóvenes que practican actividades deportivas en cada Institución. ARTÍCULO 7º.- Obligaciones de las Instituciones. Son obligaciones de los Clubes e Instituciones Deportivas que participen del programa:a) Estar inscripto o inscribirse en el Registro Municipal de Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro;b) Presentar la solicitud de ingreso al Programa de esta Ordenanza antes del 31 de Diciembre del corriente año;c) Utilizar el aporte o ayuda económica solamente para gastos en construcción y mantenimiento de instalaciones con fines sociales y deportivos, en material deportivo, traslado de delegaciones, gastos médicos y pago de profesores y directores técnicos de las divisiones infantiles;d) Presentar del Diez (10) al Veinte (20) de cada mes las rendiciones de las erogaciones efectuadas en el mes anterior correspondiente al uso de la ayuda económica mensual en los términos de este programa;e) Prestar colaboración a las requisitorias que pudieran hacer funcionarios municipales en los términos del Artículo 6º inc. b)f) Coordinar con la Dirección Municipal de Deportes las tareas de trabajo conforme al Artículo 6º

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 63

Inc. d);g) Brindar gratuitamente la enseñanza del deporte respectivo en la categoría “Escuelas Deportivas”;h) La revisión médica de todos los deportistas de cada institución al día 30 de Junio de 2017.Dicha revisión se debe realizar en el Centro Municipal de Medicina Deportiva; y i) No solicitar otro beneficio o subsidio cuyos fondos sean municipales que no se encuentren o en el futuro no ingresen como beneficio de este programa. ARTÍCULO 8º.- Sanciones. Ante el incumplimiento de algunas de las obligaciones del Artículo 7º, la autoridad de aplicación, previa intimación fehaciente, podrá suspender los efectos de este Programa por lo que reste del año en que se produjo el incumplimiento.

ARTÍCULO 9º.- Autoridad de Aplicación. La Dirección de Deportes de la Municipalidad de Junín es Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza. ARTÍCULO 10º.- Recursos. Autorizar al D.E. Municipal a crear el “Programa para el Fortalecimiento de Clubes e Instituciones Deportivas” en la Jurisdicción del D.E. Municipal dentro del Presupuesto de Gastos Anual, destinando los recursos necesarios para el financiamiento e implementación del mismo. ARTÍCULO 11º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expediente Nº 10.103-2016.-

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 64

Segunda Sección Honorable Concejo Deliberante

COMUNICACIONES Comunicación 83 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, C O M U N I C A ARTÍCULO 1º.- Dirigirse y solicitar al D.E. Municipal a fin de que teniendo presente la petición particular de una vecina de nuestra ciudad, obrante a fs. 1 del expte. Nº 10.131-2016, tenga a bien informar a este Cuerpo Legislativo: a) Si desde el Municipio se decidió quitar de los espacios públicos las imágenes religiosas existentes en los mismos; b) Caso afirmativo, los motivos por los que se tomo dicha decisión; c) Destino dado a las imagines que fueron sacadas; d) Si se prevé restituirlos a su lugar, respetando la voluntad y creencia de las personas; y e) Todo otro dato de interés referido a la cuestión. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.131-2016.- Comunicación 84 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, COMUNICA ARTÍCULO 1º.- Dirigirse y solicitar al D.E. Municipal, y por su intermedio a la Dirección de Medio Ambiento de la Municipalidad de Junín, a los efectos de que tenga a bien informar: a) Cuáles son los productos utilizados para diezmar el barigüí, el dengue y demás insectos o plagas que afectas la calidad de vida y/o representan un riesgo a la salud de nuestros vecinos; yb) Qué grado de inocuidad tienen estos productos utilizados yc) Todo otro dato de interés. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.136-2016.- Comunicación 85 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, COMUNICA ARTÍCULO 1º.- Diríjase y solicítase a la empresa Grupo Servicios Junín S.A., y por su intermedio al Gerente de la Sociedad, a los efectos de que tenga a bien informar: a) Los cuadros tarifarios vigentes aplicables al servicio público de gas natural;b) Los requisitos para acceder al beneficio de la tarifa social, en caso de tener modificaciones a los establecidos con anterioridad; yc) Todo otro dato de interés referido a la cuestión. ARTÍCULO 2º.- Diríjase y solicítase a Grupo Servicios Junín S.A., a los efectos de que tenga a bien colocar en la página web de la empresa el emulador, que oportunamente se encontraba disponible, a fin de que los vecinos puedan acceder para realizar la simulación a través de los metros cúbicos, aproximadamente, consumidos. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al D.E. Municipal, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.107/16 Comunicación 86 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, COMUNICA

ARTÍCULO 1º.- Dirigirse al D.E. Municipal, y por su intermedio a la Secretaría correspondiente, a efectos de que tenga a bien considerar y evaluar las sugerencias y propuestas obrantes a fs. 1/2 del expediente Nº 9700-2015 para incorporar en el proyecto de Ordenanza Fiscal e Impositiva a regir en el ejercicio 2017, referidas a modificaciones en el cálculo y liquidación de la Tasa por Conservación de la Vía Pública. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 9700-2015.- Comunicación 87 18-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, C O M U N I C A ARTÍCULO 1º.- Dirigirse y solicitar al D.E. Municipal a fin de que tenga a bien informar: a) Qué monto de cada cuenta municipal fue depositado en plazo fijo;b) En qué cuentas bancarias fueron depositados;c) A qué tasa de interés; yd) Todo otro dato referido a la cuestión. ARTÍCULO 2º.- Dirigirse y solicitar al D.E. Municipal a fin de que tenga a bien informar los recursos obtenidos de los plazos fijos depositados y a que gastos fueron afectados. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al D.E. Municipal, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 18 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.082-2016.- Comunicación 88 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, C O M U N I C A ARTÍCULO 1º.- Diríjase y solicítase al D.E. Municipal y por su intermedio a la Secretaría pertinente, a los efectos de que tenga a bien gestionar y llevar adelante los trámites necesarios para dotar a la Comisaría de la Mujer, sita en nuestra ciudad, de una computadora nueva, lo cual le permitirá a la misma dependencia seguir fortaleciendo sus funciones. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expte. Nro. 10.098/16.- Comunicación 89 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, COMUNICA ARTÍCULO 1º.- Diríjase y solicítase a la Sra. Gobernadora de la Provincia de Buenos Aires, al Ministerio de Seguridad y Ministerio de Salud del Estado Provincial, a los efectos de que tenga a bien llevar adelante la adquisición e instalación de cámaras de video vigilancia en el Hospital Interzonal General de Agudos “Abraham Piñeyro” de la ciudad de Junín, a efectos de brindar seguridad, control y prevención respecto de los hechos de inseguridad, violencia física y daños a la propiedad, que acaecen en el nosocomio.Asimismo, la citada tecnología, contribuiría a un mejor conocimiento de los hechos y su aporte a la investigación judicial. ARTÍCULO 2º.- Diríjase y solicítase al D.E. Municipal a los efectos de que tenga a bien adherir a lo peticionado en el Artículo 1º, y conforme con ello gestione por ante las autoridades competentes la

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instalación de cámaras de video vigilancia en el citado nosocomio local, realizando la conexión y seguimiento desde el Centro de Monitoreo Local. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al D.E., publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.081/16 Comunicación 90 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, C O M U N I C A ARTÍCULO 1º.- Diríjase y solicítase al D.E. y a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad, a los efectos de que tenga a bien evaluar y considerar la factibilidad de apertura y mantenimiento de las calle Dr. Possio y todas sus intersecciones, desde calle Telésforo Chávez hasta calle Leopoldo Lugones de nuestra ciudad. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E., publíquese y archívase.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expte. Nro. 10.045/16.- Comunicación 91 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, C O M U N I C A ARTÍCULO 1º.- Diríjase y solicítase al D.E. Municipal y a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a los efectos de que tenga a bien constatar y conforme con ello evaluar la factibilidad de realizar las siguientes obras en el Barrio Rincón del Cielo de nuestra ciudad: - Mejoramiento de la cartelería y señaletica;- Mejoramiento de las calles internas y colocación de reductores de velocidad sobre calle Lartigau y en el interior del barrio. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E., publíquese y archívase.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expte. Nro. 10.060/16.- Comunicación 92 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, C O M U N I C A ARTÍCULO 1º.- Diríjase y solicítase al D.E. Municipal y por su intermedio a la Secretaría que corresponda, a los efectos de que tenga a bien informar a este Cuerpo Legislativo Local cuales son las tareas que se encuentran realizando camiones municipales en el predio ubicado en la intersección de la Ruta Nacional Nº 188 y Ruta Provincial Nº 65, contiguo a la Unidad Penitenciaria Nº 49. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E., publíquese y archívase.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expte. Nro. 10.069/16.- Comunicación 93 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, C O M U N I C A ARTÍCULO 1º.- Diríjase y solicítase a la Dirección de Vialidad Nacional, dependiente del Ministerio de Transporte de la Nación, a los efectos de que tenga a bien informar a este Honorable Concejo Deliberante de Junín, Provincia de Buenos Aires, cuales son las obras previstas en el marco del proyecto de construcción de la Autopista sobre la Ruta Nacional Nº 7, tramo Chacabuco-Junín, en términos de colectoras pavimentadas, puentes, distribuidores, puentes peatonales, etc. que garanticen no sólo el ingreso y egreso seguro a la autopista, sino el correcto flujo

vehícular y peatonal entre vecinos e instituciones de los barrios cercanos a dicha obra en su ingreso a la ciudad. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E., publíquese y archívase.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expte. Nro. 10.061/16.- Comunicación 94 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, C O M U N I C A ARTÍCULO 1º.- Diríjase al D.E. Municipal, a los efectos de que tenga a bien informar a este Honorable Concejo Deliberante, lo que seguidamente se solicita respecto de la instalación de postes flexibles delimitadores de calzada en la intersección de calles Jean Jaures y Primera Junta de nuestra ciudad: a) Estudio realizado donde se fundamente la instalación de postes flexibles delimitadores de calzada en la intersección de las calles mencionadas, remitiendo copia del mismo;b) Áreas y funcionarios intervinientes en la decisión administrativa de la instalación de los postes indicados, remitiendo copia del expediente que tramitó la misma; c) Costo del material utilizado, remitiendo copia de los suministros adquiridos y proveedores;d) Costo de las remuneraciones por todo concepto del personal asignado a la instalación, detallando horas, días y cantidad de agentes involucrados.e) Estudio y evaluación realizada que justificó la eliminación de los postes flexibles delimitadores del calzada, remitiendo copia del mismo; f) Área y funcionario interviniente en la decisión administrativa de remoción de los postes flexibles delimitadores de calzada en la intersección de las arterias mencionadas, remitiendo copia del expediente que tramitó la misma;g) Costo del material, remitiendo copia de los suministros adquiridos y proveedores que hubiere llevado reponer la calzada a su anterior estado;h) Costo de la remuneración por todo concepto del personal asignado a la remoción, detallando horas, días y cantidad de agentes;i) Si se ha realizado sumario administrativo por eventual responsabilidad en el erróneo diseño y ejecución de la política pública de ordenamiento de tránsito; en su caso, informe estado del mismo;j) Si se ha realizado sumario administrativo por eventual responsabilidad en el mal uso de los recursos públicos, atendiendo al resultado observado; en su caso, informe estado del mismo;k) Cualquier otro dato de interés referido a la cuestión. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E., publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expte. Nro. 10.074/16 Comunicación 96 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, COMUNICA ARTÍCULO 1º.- Diríjase y solicítase al D.E. Municipal, y por su intermedio a la Secretaría que corresponda, y al Consejo Escolar de Junín, a los efectos de que tengan a bien informar a este Cuerpo Legislativo Local el Plan de Obras de infraestructura de las Instituciones Educativas de nuestra ciudad, el que, conforme lo anunciado públicamente, la inversión asciende a Pesos Quince Millones ($ 15.000.000.-). ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E., publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.085/16 Comunicación 97 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, COMUNICA ARTÍCULO 1º.- Diríjase y solicítase al D.E. Municipal y por su intermedio al Área o Dependencia que

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corresponda, a fin de que, en un período razonable, gestione por ante el Ministerio de Transporte de la Nación, la revisión de la medida que autoriza los incrementos en el transporte de pasajeros de larga distancia, ello teniendo presente el alto impacto que provoca en la economía de numerosas familias que deben trasladarse por este medio a otros puntos del País por cuestiones laborales, de salud, estudio, etc., en particular, los viajes a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde no se cuenta con el servicio de trenes de pasajeros ante la suspensión que afecta al mismo.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.054/16 Comunicación 98 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, COMUNICA ARTÍCULO 1º.- Diríjase y solicítase al D.E. Municipal, y por su intermedio a la Dependencia que resulte competente, a los efectos de que tenga a bien llevar adelante una convocatoria pública para la conformación del Foro Municipal de Seguridad y el Foro Vecinal de Seguridad en nuestra ciudad, ello de acuerdo a lo previsto en la Ley Provincial de Seguridad Pública Nº 12.154, en sus capítulos II y III. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E., publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 9473/2015.- Comunicación 99 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, C O M U N I C A ARTÍCULO 1º.- Diríjase y solicítase al D.E. Municipal, y por su intermedio a la Secretaría de Seguridad, a los efectos de que teniendo presente la petición aprobada y allegada por el Concejo Deliberante Estudiantil, tenga a bien instrumentar un corredor de seguridad que cubra el sector comprendido entre Av. Padre Respuela, la calle Bartolomé Mitre, Av. de Circunvalación “Eva Perón” y Av. Benito de Miguel, durante el horario de funcionamiento y cierre de los establecimientos de esparcimiento nocturno existentes en el lugar, a fin de prevenir, disuadir y proteger a los concurrente de hechos de inseguridad que atenten contra su integridad física y patrimonial, como, así también, eventuales accidentes de tránsito. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expte. Nro. 9742/15.- Comunicación 100 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, C O M U N I C A ARTÍCULO 1º.- Diríjase y solicítase al D.E. Municipal, y por su intermedio a la Dependencia que resulte competente, a los efectos de remitirle adjunto a la presente, y como Anexo I que forma parte de la misma, el proyecto obrante en el expte. Nº 9925/16 a fin de que el mismo oficie de sugerencia y aportes de este Cuerpo Legislativo sobre una cuestión sensible como resulta la seguridad ciudadana, en el marco de las políticas públicas que sobre la materia resultan de competencia en el ámbito local. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expte. Nro. 9925/16

Comunicación 101 08-11-2016 El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, C O M U N I C A ARTÍCULO 1º.- Diríjase y solicítase al D.E. Municipal, y por su intermedio a la Dependencia que resulte competente, a los efectos de remitirle adjunto a la presente, y como Anexo I que forma parte de la misma, el proyecto obrante en el expte. Nº 10.100/16 a fin de que el mismo oficie de sugerencia y aportes de este Cuerpo Legislativo sobre una cuestión sensible como resulta la seguridad ciudadana, en el marco de las políticas públicas que sobre la materia resultan de competencia en el ámbito local. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expte. Nro. 10.100/16 Comunicación 102 15-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, C O M U N I C A ARTÍCULO 1º.- Dirigirse y solicitar a la Sra. Gobernadora de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de que tenga a bien interceder por ante las autoridades nacionales correspondientes a fin de destrabar el conflictos suscitado entre la empresa Decavial S.A. y la Dirección Nacional de Vialidad, a fin de llevar adelante las acciones necesarias para la reincorporación de los treinta (30) operarios despedidos, pertenecientes al gremio de la UOCRA, producto de la falta de aprobación y firma por parte del citado Organismo del nuevo proyecto presentado por la empresa para los trabajos de bacheo y capa asfáltica en la Ruta Nacional Nº 188. ARTÍCULO 2º.- Dirigirse y solicitar al D.E. Municipal a efectos de que acompañe el reclamo de los trabajadores despedidos pertenecientes al gremio de la UOCRA, llevando adelante las acciones por ante los Organismos competentes para la reincorporación de los operarios, producto de la falta de aprobación y firma por parte de la Dirección Nacional de Vialidad del nuevo proyecto presentado por la empresa Decavial S.A. para los trabajos de bacheo y capa asfáltica en la Ruta Nacional Nº 188. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al D.E. Municipal, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 15 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.166-2016.- Comunicación 103 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, COMUNICA ARTÍCULO 1º.- Dirigirse al D.E. Municipal a los efectos de que teniendo presente el accidente acaecido en el Localidad de Morse, a cuya consecuencia resultó una persona herida, como lo peticionado por los vecinos de la misma mediante nota de fs. 1 del expte. Nº 10.170-16, a fin de solicitar que tenga a bien dotar a la ambulancia existente en dicha Localidad del equipamiento y elementos necesarios para su correcto uso, funcionamiento y habilitación correspondiente, en virtud de su trascendental importancia en razón de la distancia frente a situaciones de emergencias y su imperiosidad para salvaguardar y preservar la vida de los vecinos que allí se domicilian. ARTÍCULO 2º.- Dirigirse y solicitar al D.E. Municipal a los efectos de que tenga a bien informar cual es la situación actual de funcionamiento del Centro de Atención Primaria (C.A.P.) sito en la Localidad de Morse, a fin de garantizar una buena calidad de atención a los vecinos. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE

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NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a los expte. Nros. 10.170-2016 y 10.171-2016.- Comunicación 104 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, C O M U N I C A ARTÍCULO 1º.- Solicitar al D.E Municipal, y por su intermedio a la Secretaría que corresponda, y a la UDAI-ANSES de Junín, a los efectos de que tengan a bien informar a este Cuerpo Legislativo Local el estado de avance y asignación de lotes en el marco del acuerdo firmado oportunamente entre el programa Crédito Argentino del Bicentenario (PRO.CRE.AR.) y sectores privados para la compra de Setenta y Cuatro (74) lotes con servicios ubicados entre las calles Intendente Borchex, Chacabuco y San José Obrero de la Localidad de Junín. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.130-2016.- Comunicación 105 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, C O M U N I C A ARTÍCULO 1º.- Dirigirse a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires a los efectos de solicitar el estudio y factibilidad de construcción de una rotonda sobre el Camino al Parque Natural Laguna de Gómez (054-01) a la altura de la intersección con calle Las Gallaretas (sobre la que se encuentra el denominado puente Macucho), ello teniendo presente la alta afluencia de tránsito por estas arterias debido a la densidad de población residentes en los barrios Las Lilas, La Rufinita, Costa Verde, Cerrito Colorado Norte y Cerrito Colorado Sur, ubicados al sudeste del citado Camino al Balneario Municipal. ARTÍCULO 2º.- Dirigirse y solicitar al D.E. Municipal a los efectos de que tenga a bien interceder y gestionar por ante las autoridades provinciales competentes a fin de llevar adelante las obras necesarias para la construcción de una rotonda en el Camino al Parque Natural Laguna de Gómez a la altura de la intersección con calle Las Gallaretas de nuestra ciudad, tomando los recaudos pertinentes que la cuestión requiere, teniendo presente la alta afluencia de tránsito por estas arterias debido a la densidad de población residentes en los barrios Las Lilas, La Rufinita, Costa Verde, Cerrito Colorado Norte y Cerrito Colorado Sur, ubicados al sudeste del citado Camino al Balneario Municipal. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al D.E. Municipal, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.051-2016.- Comunicación 106 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, C O M U N I C A ARTÍCULO 1º.- Dirigirse a la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Trasporte de la Nación a los efectos de solicitar el estudio y factibilidad de construcción de una rotonda o dársena en la Ruta Nacional Nº 188 en el acceso a la Localidad de Agustín Roca, Partido de Junín, Provincia de Buenos Aires, atento constituir una obra fundamental para el control

del tránsito en el sector y prevenir accidentes en el ingreso y egreso a dicha Localidad. ARTÍCULO 2º.- Dirigirse y solicitar al D.E. Municipal a los efectos de que tenga a bien interceder y gestionar por ante las autoridades nacionales competentes a fin de llevar adelante las obras necesarias para la construcción de una rotonda o dársena sobre la Ruta Nacional Nº 188 a la altura de la Localidad de Agustín Roca, a fin de prevenir accidentes y controlar el tránsito en el ingreso y egreso a la citada Localidad. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al D.E. Municipal, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.079-2016.- Comunicación 107 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, C O M U N I C A ARTÍCULO 1º.- Dirigirse y solicitar al D.E. Municipal y por su intermedio a la Secretaría de Seguridad de la Municipalidad de Junín, a los efectos de que teniendo presente el reclamo allegado por vecinos del lugar, tengan a bien gestionar y requerir a las jefaturas de la Policía Local, del Comando de Prevención Comunitaria (CPC) y Policía Bonaerense de nuestra ciudad, una mayor presencia, control y patrullaje de efectivos en la plaza Dr. Quattordio de nuestra ciudad, sita entre las calles Comandante escribano, Salta, Dorrego y Entre Ríos, como en la zona y adyacencias a la misma, atento manifestar la presencia de grupo de personas consumiendo bebidas alcohólicas y sustancias tóxicas, como la circulación de motos dentro de dicho espacio público. ARTÍCULO 2º.- Dirigirse y solicitar al D.E. Municipal y por su intermedio a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Junín, a los efectos de que tengan a bien constatar y conforme con ello considerar la instalación e incorporación de mayor cantidad la luminarias en la plaza Dr. Quattordio de nuestra ciudad, sita entre las calle Comandante Escribano, Salta, Dorrego y Entre Ríos, como en sus adyacencias, a fin de brindar mayor seguridad y tranquilidad a los vecinos que residen en el lugar. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al D.E. Municipal, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.156-2016.- Comunicación 108 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, C O M U N I C A ARTÍCULO 1º.- Dirigirse al D.E. Municipal a los efectos de solicitarle tenga a bien arbitrar los medios y prever anualmente de las partidas presupuestarias necesarias, a fin de facilitar desde el la Municipalidad de Junín que los estudiantes de la Escuela de Educación Secundaria Nº 1 “Manuel Dorrego”, la Escuela de Educación Secundaria Nº 12 “Héroes de Malvinas”, como todos los otros alumnos de los Establecimientos Educativos Secundarios de nuestro Partido, puedan participar del cierre anual del programa “Jóvenes y Memoria” que se lleva adelante en la localidad de Chapadmalal, Provincia de Buenos Aires. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.129-2016.-

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Noviembre 2016 / Año 3 Edición 11 68

Segunda Sección Honorable Concejo Deliberante

DECRETOS DECRETO 8 08-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, DECRETA ARTICULO 1º.- Modificar el Artículo 31º del Decreto del H.C.D. Nº 5-97 (t.o. Decreto Nº 13-16) – Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante -, el que queda redactado de la siguiente manera:“ ARTÍCULO 31º.- La Comisión de Promoción, Desarrollo y Asuntos Agropecuarios, entiende en todo lo referente a la promoción, radicación, funcionamiento, normas de inspección y control de actividades productivas y comerciales en el ámbito municipal y Regional.Asimismo, conoce de aquellas cuestiones referidas a la actividad, funcionamiento y explotación de las zonas rurales y quintas del Partido de Junín, como de su población y necesidades de las misma.Es también su función, realizar en conjunto con la Comisión de Seguimiento y Control del Mantenimiento de la Red Vial, el seguimiento de las tareas de mantenimiento de los caminos rurales del Partido de

Junín”. ARTÍCULO 2º.- Cúmplase como se decreta, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 8 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 9465-2015.-. DECRETO 9 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, DECRETA ARTICULO 1º.- Prorrogar por el término de treinta (30) días, a partir del día 1º y hasta el 31 de diciembre de 2016 inclusive, el Período Ordinario de Sesiones, de conformidad con lo establecido por el artículo 68º inciso 3) de la Ley Orgánica de las Municipalidades.- ARTICULO 2°.- Cúmplase, comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 días de mes de noviembre de 2016.-.

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Segunda Sección Honorable Concejo Deliberante

RESOLUCIONES RESOLUCIÓN 5 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, RESUELVE ARTÍCULO 1º.- Reconocer y destacar al PLANTEL y CUERPO TÉCNICO del equipo de patín artístico sobre ruedas del Club Atlético Rivadavia de nuestra ciudad, por la consagrada actuación y obtención del Torneo Latinoamericano de Clubes y Colegios No Federados – Chile 2016 – desarrollado en el mes de mayo del corriente año, en la ciudad de Santiago del vecino País, integrado por: Plantel: PEDREIRA, Valentina; IGLESIAS, Paloma; ISERKY, Magali; CHIERICHETTI, Alma; BARBIERI, Brenda; GONZÁLEZ, Malena; ANGELUCCI, Gina; DESCESARE, Carla; BRUNO, Trinidad; ANAYA, Melany, SALGADO, Guadalupe y CAGGIANO, María Paz.Dirección Técnica: SALOMONE, Antonela.Presidente del Club: BURGOS, Fernando. ARTÍCULO 2º.- Reconocer y destacar al CLUB ATLÉTICO RIVADAVIA por la obtención del Torneo Latinoamericano de Clubes y Colegios No Federados – Chile 2016 – en la especialidad de patín artístico sobre ruedas, dejando bien sentado el nombre de la Institución, y con ello el de nuestra ciudad, en escenarios internacionales, mérito al esfuerzo, conducción y denodada tarea diaria que proyecta en el desempeño de sus delegaciones y logros deportivos, que prestigian a este señero Club de nuestra ciudad. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expediente Nº 10.176-2016.- RESOLUCIÓN 6 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, RESUELVE ARTÍCULO 1º.- Reconocer y destacar a los siguientes alumnos de los Establecimientos Educativos de nuestra ciudad que obtuvieron los mejores promedios en el Bachillerato de Adultos del Ciclo Lectivo 2016, en mérito a su esfuerzo y contracción al estudio: SOSA, Shirley – E.E.S. Nº 7 “Mayor Arrieta”;STRIONE, Lucas - E.E.S. Nº 7 “Mayor Arrieta”; VON POLLACKOFF, Valeria – E.E.S. Nº 1 “Manuel Dorrego”; PIETROWSKY, Pamela - E.E.S. Nº 1 “Manuel Dorrego”;SOSA, Owen – E.E.S. Nº 4 “Bernardino Rivadavia”;PAEZ, Priscila - E.E.S. Nº 4 “Bernardino Rivadavia – Extensión “Los Almendros”;ROCHA, Sergio - E.E.S. Nº 4 “Bernardino Rivadavia – Extensión “La Celeste”; GUTIERREZ, Laura – E.E.S.T. Nº 2 “Patricias Argentinas”; ROVEREZ, Facundo – E.E.S.T. Nº 1 “Antonio Bermejo”;RODRIGUEZ, Leonardo – E.E.S.T. Nº 1 “Antonio Bermejo”;LUCERO, Evangelina – E.E.S. Nº 5 “Fuerte Federación”; yVARAS, Martín – E.E.S. Nº 5 “Fuerte Federación”. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expediente Nº 10.184-2016.- RESOLUCIÓN 7 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, RESUELVE ARTÍCULO 1º.- Reconocer y destacar a los siguientes

alumnos de la Escuela de Educación SACCOCCIA, Enzo, por su participación en la creación del proyecto “NO ES COMO VES”, ecundaria Técnica Nº 1 “Antonio Bermejo” de nuestra ciudad, CACERES, María y basado en la investigación histórica del uso de la perspectiva en el arte, que ha merecido la distinción en los estamentos de las Ferias de Ciencia y Tecnología. ARTÍCULO 2º.- Reconocer y destacar a la ESCUELA DE EDUCACIÓN SECUNDARIA TÉCNICA Nº 1 “ANTONIO BERMEJO” y EQUIPO DOCENTE por el auspicio y concreción del proyecto “NO ES COMO VES”, que se suma a lista de logros y distinciones de la Institución que elevan su prestigio y consideración, mérito al esfuerzo, conducción y denodada tarea diaria. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expediente Nº 10.185-2016.- RESOLUCIÓN 8 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, RESUELVE ARTÍCULO 1º.- Reconocer y destacar a los siguientes alumnos de la Escuela de Educación Secundaria Técnica Nº 1 “Antonio Bermejo” de nuestra ciudad, YACULO, Juan, GIRIBUELO, Kevin y PEDERZOLI, Ramiro, por su participación en el diseño del proyecto “SEMÁFORO PORTÁTIL ARGENTINO – S.A.P”, que ha merecido la distinción en los estamentos de las Ferias de Ciencia y Tecnología. ARTÍCULO 2º.- Reconocer y destacar a la ESCUELA DE EDUCACIÓN SECUNDARIA TÉCNICA Nº 1 “ANTONIO BERMEJO” y EQUIPO DOCENTE por el auspicio y concreción del proyecto “SEMÁFORO PORTÁTIL ARGENTINO - S.A.P”, que se suma a lista de logros y distinciones de la Institución que elevan su prestigio y consideración, mérito al esfuerzo, conducción y denodada tarea diaria. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al D.E. Municipal, regístrese, publíquese y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde al Expediente Nº 10.186-2016.- RESOLUCIÓN 9 22-11-2016 EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Junín en sesión de la fecha, RESUELVE ARTÍCULO 1º.- El Honorable Concejo Deliberante de Junín, Provincia de Buenos Aires, manifiesta y hace saber el apoyo y acompañamiento al proyecto ley por el que se modifica el Código Penal Argentino, agravando las penas en los casos de lesiones o fallecimiento derivado de accidentes de tránsito cuando los conductores se den a la fuga o se encuentre bajo los efectos de estupefacientes o exceso de alcohol, entre otros supuestos, el que cuenta con media sanción de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, bregando por su pronta sanción definitiva en el Honorable Senado de la Nación. ARTÍCULO 2º.- Remitir copia de la presente al Honorable Senado de la Nación. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a quien corresponda, regístrese, publíquese y archívese.-Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad y Partido de Junín, a los 22 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2016.-Corresponde a expte. Nro. 10.146-2016.-