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GACETAL LABORAL
DIPLOMADO LABORAL
ANÁLISIS INTEGRAL DE LA LEGISLACIÓN LABORAL II
REGÍMENES LABORALES ESPECIALES Y GRUPOS DE PROTECCIÓN ESPECIAL
Principales regímenes laborales y de contratación – Derechos especiales –
obligaciones del empleador
MÓDULO II: Regímenes laborales especiales
TEMA 2: Trabajadores extranjeros
Dra. Evelin Coloma Cieza
JULIO
2018
Contratación de trabajadores extranjeros
Base legal:
• Decreto Legislativo No. 689, Ley de Contratación de Extranjeros, modificado por DecretoLegislativo 1246 (10-11-2016).
• Decreto Supremo 014-92-TR, Reglamento del Decreto Legislativo No. 689.
• Decisión No. 545, Instrumento Andino de Migración Laboral.
• Resolución Ministerial 009-2006-TR (norma que aprueba la Directiva Nacional 279-2004-TR).
• Nuevo Decreto Legislativo de Migraciones No. 1350, que deroga el Decreto Legislativo 703(Ley de Extranjería).
• Decreto Supremo No. 007-2017, Reglamento del Decreto Legislativo No. 1350.
• Ley del Impuesto a la Renta y Reglamento.
Extranjero
• Concepto:
• Trabajador extranjero:
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Decreto Legislativo 1350 Decreto Legislativo de Migraciones:
Toda persona que no posea nacionalidad peruana.
Ley de Nacionalidad:
Aquél que no sea peruano por:
• Nacimiento.
• Naturalización.
• Opción
Definición Aquél que presta servicios en el Perú, sin tener
nacionalidad peruana.
Formas de prestación de servicios Contratación directa por un empleador peruano: Relación
de dependencia con una empresa peruana.
Destacado por una empresa no domiciliada en Perú:
Relación de dependencia con empresa no domiciliada que
destaca lo destaca para prestar servicios específicos y
especializados en una empresa peruana.
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Aspectos Generales
• La contratación de los trabajadores extranjeros se encuentra
sujeta al Régimen de la Actividad Privada y a los límites
establecidos en el D. Legislativo No. 689.
• El contrato y sus modificaciones deben ser autorizados por la
Autoridad Administrativa de Trabajo.
• La prestación del servicio de los trabajadores extranjeros solo
podrá iniciarse una vez aprobado el contrato de trabajo por la AAT
y obtenida la calidad migratoria habilitante.
Contratación de trabajadores extranjeros
CONTRATACION DE EXTRANJEROS
Aspectos Generales
• Límites a la contratación.
Preferencia:
Contratación de trabajadores nacionales (ya sea por actividad onacionalidad de la empresa).
• Límites aplicables a los extranjeros
Por el número de trabajadores
20% del total de trabajadores de la empresa.
Por el monto de las remuneraciones
30% del total de remuneraciones de la empresa.
Contratación de trabajadores extranjeros
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Procedimiento para determinar los límites
Se considera el total de trabajadores (o remuneraciones), nacionales o extranjeros, contratado aplazo indeterminado o determinado, con vínculo laboral vigente. El Número total de servidores seráconsiderado como el 100%
Se determina el porcentaje que representan los nacionales (número y remuneraciones) y elporcentaje que representan los extranjeros (número y remuneraciones).
Se compara el porcentaje que representan los extranjeros frente al porcentaje (20% o 30%)autorizado por ley, con el fin de apreciar el número de extranjeros que pueden ser contratados o laremuneración que pueden recibir.
Sí el trabajador va a ingresar en sustitución de otro extranjero, no se incluirá, en los cálculos al queva a ser remplazado, sino sólo al que pretende ingresar.
Aspectos laborales
Límites a la contratación de extranjeros
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SUPUESTOS NO CONSIDERADOS DENTRO DE LOS LÍMITES:
Extranjero con cónyuge, ascendientes, descendientes o hermanos peruanos.
Extranjero con calidad de inmigrante.
Extranjero con cuyo país de origen exista convenio de reciprocidad laboral o de doble nacionalidad.
Personal de empresas extranjeras dedicadas al servicio internacional de transporte terrestre, aéreoo acuático con bandera o matrícula extranjera.
Personal de empresas de servicios multinacionales o bancos multinacionales, sujetos a normaslegales específicos.
Personal que presta servicios en el país en virtud de convenios bilaterales o multilateralescelebrados por el Gobierno del Perú.
Inversionista extranjero con inversión no menor de 5 UIT durante la vigencia del contrato.
Los artistas, deportistas y en general aquellos que actúen en espectáculos públicos en el territoriode la república durante un período máximo de tres meses al año.
Excepciones
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CASOS EN LOS QUE SE PUEDE SOLICITAR LA EXONERACIÓN:
Personal profesional o técnico especializado.
Personal de dirección y/o gerencial de una nueva actividad empresarial o en caso de reconversión empresarial (por 3 años,
prorrogable una sola vez).
NA: inicio de la actividad productiva o posterior instalación o apertura de nuevos establecimientos o mercados, el inicio de
nuevas actividades o el incremento de las ya existentes dentro de la misma empresa.
RE: sustitución, ampliación o modificación de las actividades de la empresa, en general, toda variación de carácter tecnológico
en las maquinarias, instalaciones, medios de producción, sistemas, métodos, procedimientos, entre otros.
Profesores:- Contratados para la enseñanza superior.- De enseñanza básica o secundaria en colegios particulares extranjeros.- De enseñanza de idiomas en colegios particulares nacionales o en centros especializados (DEII).
Personal de empresas del sector público o de empresas privadas que tengan celebrados contratos con organismos, instituciones
o empresas del sector público.
Cualquier otro caso que se establezca por decreto supremo, siguiendo los criterios de especialización, calificación o experiencia.
Extranjeros que pueden ser exonerados de los porcentajes limitativos
CONTRATO DE TRABAJO I
• Formalidad
El contrato deberá celebrarse por escrito (inc. b) del Art. 8° D. Legislativo No. 689.
• Contenido
Información mínima y clausulas especiales obligatorias.
• Plazo del contrato
El contrato se celebra a plazo determinado, por un período máximo de 3 años prorrogablessucesivamente por plazos no mayores a 3 años.
• Lugar de presentación del contrato
Donde se encuentre el centro de trabajo, si el desempeño de las labores se efectúa endiversos centros de trabajo ubicados en distintas regiones, se puede presentar la solicituden cualquiera de las Direcciones Regionales de Trabajo donde estén ubicados éstos.
Contrato de trabajo:
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DATOS
Empleador Nombre o razón social / RUC / domicilio / partida registral / actividad económica específica
/ fecha de inicio de la actividad empresarial / identificación del representante legal.
Trabajador Nombre / lugar de nacimiento / nacionalidad / sexo / edad / estado civil / documento de
identidad / domicilio / profesión, oficio o especialidad.
Contratación Descripción de las labores / jornada / lugar donde laborará / remuneración diaria o
mensual (en moneda nacional o extranjera), desagregando los conceptos y valores de la
remuneración en especie / bonificaciones y beneficios adicionales / plazo del contrato.
Personal de dirección y/o gerencial de nueva actividad o reconversión: cargo y las
funciones a desarrollar.
Cláusulas
especiales
•Que la aprobación del contrato no autoriza a iniciar la prestación de servicios hasta que
no se cuente con la calidad migratoria habilitante, otorgada por la autoridad migratoria
correspondiente, bajo responsabilidad del empleador.
•El compromiso del empleador de transportar al personal extranjero y a los miembros de
la familia que expresamente se estipulen a su país de origen o al que convengan al
extinguirse la relación laboral.
•Compromiso de capacitación del personal nacional en la misma ocupación.
Información mínima del contrato de trabajo
CONTRATO DE TRABAJO I
• Títulos y certificados
Emitidos en castellano: puede presentar una fotocopia legalizada por el notario peruano o unafotocopia certificada visada por el Servicio Consular y el Ministerio de RR EE del Perú.
En este extremo el Decreto Legislativo N° 1246 señala que se podrá presentar una declaraciónjurada de la empresa donde se señale que la contratación del extranjero cumple las condicionesestablecidas por ley y cuenta con la capacitación o experiencia laboral requerida por la misma.
• Documentos de los extranjeros exceptuados del trámite de contratación
El empleador debe conservar en sus archivos los documentos que acrediten que el trabajador deencuentra incurso en alguno de los casos de excepción. La documentación debe encontrarse adisposición inmediata de la Autoridad de Trabajo en caso de inspección.
• Prórroga del contrato
Las prórrogas o modificaciones en el contrato constarán en un instrumento separado y deberáncontemplar los mismos datos y cláusulas exigidas para el contrato originario, debiéndoseconsignar además, el número de registro con que se aprobó el contrato originario. (Art. 21°, D.S.N° 014-92-TR).
Contrato de trabajo:
Modificación del Decreto Legislativo 689 (aprobación de contrato de extranjero) por el
Decreto Legislativo 1246
Requisitos:
• Solicitud de aprobación de contrato.
• Tres (3) ejemplares del contrato suscrito por las partes.
• Declaración Jurada de suficiencia académica o de experiencialaboral.
• Vigencia de poder solo en caso el representante de la empresaquien suscribe el contrato no aparezca en la consulta RUC deSUNAT.
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Registro de aprobación
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Contratación de trabajadores Migrante Andino
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.
Trabajador Migrante Andino
Ámbito de aplicación
La Decisión N° 545 se aplicará a los trabajadores migratorios pertenecientes a la Comunidad Andina de
Naciones dentro del régimen laboral común de la actividad privada. Están excluidos de ésta norma el
empleo en la Administración Pública y aquellas actividades contrarias a la moral, a la preservación del
orden público, a la vida y a la salud de las personas y a los intereses esenciales de la seguridad
nacional.
Los beneficios reconocidos por la Decisión N° 545 son de alcance laboral.
El Trabajador Migratorio Andino (TAM) deberá contar con la autorización migratoria correspondiente
para iniciar la prestación de sus servicios.
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Resolución Ministerial N° 279-2004-TR (31.10.2004)
TAM. Aquel nacional de Bolivia, Colombia, Ecuador o Perú que se traslada entre dichos países con fines laborales bajo
relación de dependencia, sea en forma temporal o permanente.
Corresponderá a las subdirecciones de Registros Generales u oficina que haga sus veces de las Direcciones
Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo del País, asumir las siguientes funciones:
1. Supervisar la situación laboral de los TMA, las condiciones de trabajo y el cumplimiento de las normas
laborales por parte de los empleadores, en coordinación con las Subdirecciones de Inspección o Seguridad y
Salud en el Trabajo competentes.
2. Expedir la documentación que acredite la condición de TMA a quienes ostenten dicha calidad.
Regulación peruana de los trabajadores andinos
La Resolución Ministerial Nº 009-2006-TR (12.01.2006) aprobó la Directiva Nacional Nº 004-2005-
MTPE/DVMT/DNRT, que establece los criterios que deberá aplicarla AAT en el ámbito nacional, para el cumplimiento
de R. M. Nº 279-2004-TR y la Decisión Nº 545.
Tipos de TMA
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Trabajador con desplazamiento individual: Nacional de un país miembro que migra a otro país miembro confines Laborales:
Haber suscrito un contrato de trabajo bajo relación de dependencia
Tener o responder a una oferta de empleo desde el país de inmigración, bajo relación de dependencia.
Trabajador de Empresa: Ciudadano andino que se traslada a otro país miembro distinto al país de sudomicilio habitual por un periodo superior a 180 días y por disposición de la empresa para la cual laborabajo relación de dependencia, sea que la misma ya esté instalada en el otro país, tenga un curso legal unproyecto para establecerse o realice un proyecto especial.
Se regula hasta 4 tipos de TMA:
Tipos de TMA
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Trabajador de Temporada: Nacional andino que se traslada a otro país miembro para ejecutar labores cíclicas oestacionales, tales como: Labores Agrarias. Tareas Relacionadas con los procesos temporales propios de la actividad pecuaria, de la actividad forestal, y
otras actividades regulares por el régimen de trabajadores agrarios, pecuarios y forestales cuya explotación seade carácter cíclico o estacional.
Trabajador fronterizo: Personal andino que, manteniendo su domicilio habitual en un paísmiembro, se traslada continuamente al ámbito fronterizo laboral de otro país miembro paracumplir su actividad laboral.
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CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO
Empleador Nombre o razón social/RUC/domicilio/actividad económica específica
Trabajador Nombre/nacionalidad/sexo/edad/documento de identidad/domicilio
Contratación Clasificación del trabajador MA de acuerdo a la Decisión Nº 545.
Remuneración. Duración del contrato de trabajo, según las leyes peruanas.
Actividad o puesto de trabajo que ocupará el trabajador y funciones. Jornada
laboral. Beneficios laborales (no deben ser menores a los previstos para los
trabajadores nacionales).
El TMA deberá registrarse en el sistema Virtual del TMA (SIVITMA) del Ministerio
de trabajo adjuntando copia del documento de identidad de su país de origen y
copia del contrato de trabajo, para la obtención de una Constancia de TMA.
Contrato de trabajo del Trabajador Migrante Andino
El contrato con un trabajador migrante andino (TMA) debe cumplir con los
requisitos previstos por la legislación laboral peruana de acuerdo su naturaleza.
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Constancia de TMA
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Previstas en la Ley de Contratación Extranjeros:• Omisión del trámite de aprobación del contrato de personal extranjero.
• Fraude en la declaración jurada o en la documentación acompañada para la aprobación del contrato de trabajo.
• Incumplimiento en la ejecución del contrato de trabajo.
• Realización de fines distintos al propósito legal que mereció la aprobación del contrato.
• Incumplimiento del compromiso de capacitar al personal nacional.
• Incumplimiento de cualquier otra obligación prevista en la Ley y su reglamento.
De acuerdo con el Reglamento, si en la visita de inspección se estableciera que el empleador ha incurrido en alguno
de esos actos, requerirá que se regularice la situación contractual en el término máximo de un mes, sin perjuicio de la
multa y la acción judicial que tales actos puedan haber generado. De no regularizarse la situación en ese plazo, se
impondrá una multa mayor y se requerirá el cumplimiento, bajo el apremio de multas sucesivas y mayores, de acuerdo
a las normas vigentes.
De constatarse que el trabajador se encuentra laborando sin la calidad migratoria habilitante, la Autoridad de Trabajo
deberá comunicar tal hecho a la Autoridad Migratoria.
Infracciones laborales
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INFRACCIONES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES EXTRANJEROS
Infracciones leves:
- Los incumplimientos que afecten a obligaciones meramente formales o documentales, siempre que no esté tipificado
como grave.
- No entregar al trabajador extranjero, copia de su contrato de trabajo autorizado.
Infracciones graves:
- No formalizar por escrito los contratos de trabajo con los requisitos previstos.
- No cumplir con los límites a la contratación
Infracciones muy graves:
- Ocupar o contratar trabajadores extranjeros sin haber obtenido previamente la autorización
- La presentación de información o documentación falsa para la exoneración de los límites
- La contratación fraudulenta de trabajadores extranjeros
Infracciones laborales
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Escala de multas
CALIDAD MIGRATORIA HABILITANTE
Aspectos migratorios
Implementación del Registro de Información Migratoria – RIM
• Sistema de información integrado que permite registrar datos personales de peruanos yextranjeros, así como la información migratoria y documentos expedidos a estos con la finalidadde fortalecer la gestión migratoria.
• Facilita las actividades de la gestión migratoria y permite tomar decisiones estratégicas sobretrámites migratorios.
• MIGRACIONES será la entidad encargada.
• Dicha información tiene carácter público.
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Concepto de visa
• Autorización de una determinada calidad migratoria otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores – RREE, através de las Oficinas Consulares de Perú en el Exterior.
• El otorgamiento de visas a personas extranjeras para su ingreso al territorio nacional, así como los requisitos yprocedimientos para obtenerla, es atribución de RREE.
• Acredita que el portador extranjero reúne los requisitos de admisión al territorio Nacional por un plazo depermanencia y actividad determinada, a través de un puesto de control Migratorio o fronterizo.
• Se extiende sobre el pasaporte vigente y válido o documento de viaje análogo del extranjero, reconocido por elPerú, como tal.
• Tiene una vigencia de seis (06) meses (o menos), contados a partir de la fecha en que fue expedida.
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Concepto de visa
• Vencido el plazo de vigencia, sin haber sido utilizada por su titular, ésta caduca. Una vezefectuado el primer ingreso al territorio peruano, la visa tendrá la misma vigencia que el plazo depermanencia aprobado por la calidad migratoria.
• La visa será entregada a la persona extranjera en las oficinas consulares del Perú en su país deorigen o de su residencia habitual, salvo autorización expresa de Relaciones Exteriores, lascuales deberán ser recabadas en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario; plazo que secomputa desde que Relaciones Exteriores es informado de la aprobación de la calidad migratoriay del plazo autorizado.
• Tipos / clase de visas:
• Temporal
• Residente
• .
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Concepto de calidad migratoria
Condición que otorga el Estado Peruano al extranjero en atención a su situación
personal o por la actividad que va a desarrollar en el territorio nacional.
Conforme al Reglamento, la CM otorga a la persona extranjera una condición de
estadía regular en el territorio nacional, que la faculta a realizar actividades bajo
el tiempo de permanencia autorizado por las autoridades migratorias.
Decreto Legislativo de Migraciones No. 1350
Principales calidades migratorias
• Formas para obtener la calidad migratoria habilitante de Trabajador
Aplicación directa
Que el extranjero obtenga una Visa de Trabajador desde el exterior antes de ingresar al Perú (en unConsulado peruano).
Trabajador. Ingresa al país con el fin de realizar actividades laborales en virtud de un contrato detrabajo suscrito con una empresa peruana (deberá ser aprobado por el MINTRA)
Que el extranjero obtenga una Visa de Trabajador designado desde el exterior antes de ingresar alPerú (en un Consulado peruano).
Trabajador designado. Ingresa al país sin ánimo de residencia y con el fin de realizaractividades laborales enviado por su empleador extranjero por un plazo limitado y definido para realizaruna tarea o función concreta o un trabajo que requiera conocimientos profesionales, comerciales,técnicos o altamente especializados de otra índole
Principales calidades migratorias
• Formas para obtener la calidad migratoria habilitante de Trabajador.
Cambio de calidad migratoria. Permite a la persona extranjera obtener una calidad migratoria distinta a la queposee, la cual deberá ser solicitada ante la autoridad competente (MIGRACIONES o RREE).
Para solicitarlo, la persona extranjera debe estar en el Perú en situación migratoria regular (el CCM solo sepodrá solicitar dentro del país).
Cambio de calidad migratoria a trabajador:
Extranjero ingresa al Perú con una visa de turista o negocios, y luego solicite el cambio de su calidadmigratoria de a Trabajador.
Extranjero ingresa al Perú con una visa de turista o negocios, y luego solicite el cambio de su calidadmigratoria a Trabajador designado.
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Principales calidades migratorias
• Otras calidades migratorias.
Extranjero con calidad migratoria de inmigrante.
Inmigrante. Decreto Legislativo 703. Acreditar como mínimo 2 años de residencia eingresos.
Extranjero con calidad migratoria de Permanente.
Permanente. Regulación Decreto Legislativo 1350. Permite la residencia de maneraindefinida luego de tres (3) años como residente legal. Las personas con esta calidaddeben renovar su carné de extranjería cada cinco (05) años. En caso niñas, niños yadolescente, cada tres (03) años.
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Calidades Migratorias:
Aprobación de Calidad Migratoria:
Las solicitudes son evaluadas y probadas por las autoridades migratorias, según sus competencias,Superintendencia Nacional de MIGRACIONES y el Ministerio de Relaciones Exteriores.
• La solicitud debe presentarse por la persona interesada o por su representante legal.
• La persona extranjera puede solicitar una calidad migratoria con su pasaporte o documento de viajeanálogo vigente cuando este último sea reconocido por el Perú, como tal.
• De ser aprobada la persona extranjera debe solicitar la visa pertinente para ingresar al territorionacional, presentando el documento de viaje con el que solicitó la calidad migratoria.
• La persona extranjera que solicite una calidad migratoria no debe registrar antecedentes penales ojudiciales vigentes o alertas registradas en el sistema de Interpol o estar incursa en las causales deinadmisión.
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Calidades Migratorias Habilitantes para Trabajar en Perú.
Contratación indirecta: TRABAJADOR DESIGNADO
Cambio de calidad migratoria
Decreto Legislativo de Migraciones No. 1350
Trabajador designado:
- Permite al extranjero a realizar actividades laborales en el
territorio nacional que consistan en la realización de una tarea o
función específica o un trabajo que requiera conocimientos
profesionales, comerciales o técnicos especializados enviado por
un empleador extranjero.
- No puede realizar actividades remuneradas o lucrativas por
cuenta propia.
- Esta calidad se expide por un plazo de 365 días.
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Reglamento del Decreto Legislativo de Migraciones No. 1350
Trabajador designado. MIGRACIONES otorga esta calidad migratoria:- Persona extranjera comisionada por una corporación internacional, altamente
especializado, para la reparación o mantenimiento de maquinarias o sistemas omecanismos técnicamente complejos o avanzados, así como para auditoríascorporativas y certificaciones internacionales.
- La persona extranjera con esta calidad migratoria no puede realizar actividadesremuneradas o lucrativas por cuenta propia en el Perú; tampoco percibe ingresosde fuente peruana. El plazo de otorgamiento y de permanencia es de trescientossesenta y cinco (365) días. Puede ser prorrogado.
Trabajador designado
Trabajador designado
• Indispensable: Suscripción de un contrato de prestación de servicios, cooperacióntécnica u otro similar firmado entre la empresa extranjera y la persona natural ojurídica peruana que recibe el servicio, debidamente legalizado por el ConsuladoPeruano y el Ministerio de RR EE o apostillado, si fue firmado en el extranjero.
• Documento de designación emitido por la empresa en el extranjero, en formaindividual por cada trabajador legalizado por el Consulado Peruano y el Ministeriode RR EE o apostillada indicando nombres y apellidos número de pasaporte yespecialidad del beneficiario, así como el tiempo de duración del servicio en elpaís.
El documento debe dejar expresa constancia que tanto las remuneraciones comoviáticos o cualquier tipo de pago, serán solventados por la empresa extranjera y quebeneficiario no tendrá ninguna relación de dependencia con la empresa nacional.
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Trabajador designado
• Carta de la empresa peruana que recibe el servicio, indicando el tipo de actividad ylugar donde recibirá el servicio, que la labor que realizará el beneficiario es de altaespecialización y no se encuentra personal disponible en el país, por lo que lafunción no puede ser efectuada por personal nacional, lo que deberá ser indicadopor el representante legal.
• Carta poder del extranjero designado.
• Si el Contrato de Prestación de Servicios ó el Documento de Designación estuvieraen idioma extranjero, deberá ser traducido al castellano.
• La persona natural o jurídica peruana contratante debe estar debidamente inscritaante SUNAT.
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Trabajador designado
Modalidades:
• Trabajador designado (no domiciliado). Solicitud de visa.
• Trabajador designado. Cambio de calidad migratoria (el extranjero ingresa al Perú con una visa de turista o negocios, y luego solicita el cambio de su calidad migratoria de a Trabajador).
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Trabajador
Decreto Legislativo de Migraciones No. 1350
Trabajador.
- Permite al extranjero a realizar actividades lucrativas de
forma subordinada o independiente.
- Sector público o privado.
- Contrato de trabajo, relación administrativa o contrato de
prestación de servicios.
- La calidad se expide por un año prorrogable.
- Plazo de permanencia es de 365 días.
- Podrá prestar servicios de forma dependiente y/o
independiente
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Permanente
Decreto Legislativo de Migraciones No. 1350
Permanente.
- Permite la residencia al extranjero de manera indefinida luego de tres (3)
años como residente legal.
- Plazo de permanencia: indefinido.
Según el Reglamento del Decreto Legislativo de Migraciones No. 1350
Permanente. Persona extranjera residente permanente debe renovar su
carné de extranjería cada cinco (05) años y cada tres (03) en el caso de niñas,
niños y adolescentes.
Personas extranjeras de países con los que Perú tiene tratados o convenios
internacionales vigentes que establezcan la posibilidad de residencia
permanente, se aplican directamente las condiciones establecidas en el
convenio.
ACUERDO MERCOSUR
Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile” el día 12 de junio de 2015.
• Trabajadores extranjeros ciudadanos de: Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Bolivia,Chile, Colombia y Ecuador; podrán regularizar su situación migratoria y obtener la calidadmigratoria habilitante para residir y trabajar en Perú.
• Autoridad competente: Superintendencia Nacional de Migraciones.
• Se otorgará una residencia por dos años, luego de los cuales pueden optar por el cambiode calidad migratoria a inmigrante.
https://www.migraciones.gob.pe/comunicados/mercosur5.pdf
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Permisos Temporales de Permanencia
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Permiso Temporal de Permanencia para personas extranjeras
madres o padres de hijo/as peruanos/as menores de edad e hijos/as
mayores de edad con discapacidad permanente
(Decreto Supremo N° 001-2017-IN)
Naturaleza: Documento otorgado por Migraciones, que habilita al titular a desarrollar actividades en el marcode la legislación peruana.
Plazo de presentación de solicitud: 120 días hábiles, computados a partir del día siguiente de la entrada envigencia del Decreto Supremo N° 001-2017-IN.
Acreditación de vinculo: Acta de nacimiento emitida por RENIEC o expedida por el consulado peruano ylegalizada por RREE. En caso de hijo mayor de edad con discapacidad, documento médico que acredita ladiscapacidad permanente.
Evaluación: La SN de Migraciones emite la resolución administrativa correspondiente, aprobando odenegando la solicitud.
Denegatoria: El titular deberá abandonar el país en el plazo máximo de treinta (30) días calendario. Podráprorrogarse por quince (15) días calendario adicionales, en tanto existan motivos justificados.
El PTP se pierde en caso el titular se ausente del país por mas de ciento ochenta y tres (183) díasconsecutivos o alternados dentro de un periodo de trescientos sesenta y cinco (365) días, sin autorización dela autoridad Migratoria.
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Permiso Temporal de Permanencia para personas para personas de
nacionalidad venezolana, Decreto Supremo N° 002-2017-IN - (PTP I)
Naturaleza: Documento otorgado por Migraciones a las personas de nacionalidadvenezolana que hayan ingresado de manera regular antes de la entrada en vigencia delD. S. N° 002-2017-IN, que habilita al titular a desarrollar actividades en el marco de lalegislación peruana, por un año.
Plazo de presentación de solicitud: 120 días hábiles, computados a partir del díasiguiente de la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 002-2017-IN.
Evaluación: La SN de Migraciones emite la resolución administrativa correspondiente,aprobando o denegando la solicitud.
Denegatoria: El titular deberá abandonar el país en el plazo máximo de treinta (30) díascalendario. Podrá prorrogarse por quince (15) días calendario adicionales, en tantoexistan motivos justificados.
El PTP se pierde en caso el titular se ausente del país por mas de ciento ochenta y tres(183) días consecutivos o alternados dentro de un periodo de trescientos sesenta ycinco (365) días, sin autorización de la autoridad Migratoria.
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Permiso Temporal de Permanencia para personas para personas de nacionalidad venezolana,
Decreto Supremo N° 023-2017-IN - (PTP II)
Naturaleza: Documento otorgado por Migraciones a las personas de nacionalidad venezolana que hayan
ingresado de manera regular antes de la entrada en vigencia del D. S. N° 002-2017-IN, que habilita al titular a
desarrollar actividades en el marco de la legislación peruana, por un año.
Plazo de presentación de solicitud: 120 días hábiles, computados a partir del día siguiente de la entrada en
vigencia del Decreto Supremo N° 023-2017-IN.
Evaluación: La SN de Migraciones emite la resolución administrativa correspondiente, aprobando o denegando la
solicitud.
Denegatoria: El titular deberá abandonar el país en el plazo máximo de treinta (30) días calendario. Podrá
prorrogarse por quince (15) días calendario adicionales, en tanto existan motivos justificados.
El PTP se pierde en caso el titular se ausente del país por mas de ciento ochenta y tres (183) días consecutivos o
alternados dentro de un periodo de trescientos sesenta y cinco (365) días, sin autorización de la autoridad
Migratoria.
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Permiso Temporal de Permanencia para personas para personas de
nacionalidad venezolana, Decreto Supremo N° 001-2018-IN - (PTP III)
Naturaleza: Documento otorgado por Migraciones a las personas de nacionalidad venezolana que
hayan ingresado de manera regular antes del 31 de diciembre de 2018. Habilita al titular a desarrollar
actividades en el marco de la legislación peruana, por un año.
Requisito: Encontrarse en el país en situación migratoria irregular por haber vencido su autorización de
permanencia o residencia; o que estando en situación migratoria regular opten por este permiso
Plazo de presentación de solicitud: Hasta el 29 de junio de 2019.
Evaluación: La SN de Migraciones emite la resolución administrativa correspondiente, aprobando o
denegando la solicitud.
Denegatoria: El titular deberá abandonar el país en el plazo máximo de treinta (30) días calendario.
Podrá prorrogarse por quince (15) días calendario adicionales, en tanto existan motivos justificados.
El PTP se pierde en caso el titular se ausente del país por mas de ciento ochenta y tres (183) días
consecutivos o alternados dentro de un periodo de trescientos sesenta y cinco (365) días, sin
autorización de la autoridad Migratoria.
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Lineamientos
Resolución de Superintendencia N°0000043-2018-MIGRACIONES, aprueba la Directiva “Lineamientos
para la obtención de la Calidad Migratoria Especial Residente para personas de nacionalidad
venezolanas con Permiso Temporal de Permanencia” (30.01.2018, la SNM).
Condiciones para el otorgamiento de la Calidad Migratoria Especial Residente:
- Presentar la solicitud de Calidad Migratoria Especial Residente dentro de los 30 días calendarios anteriores al
vencimiento del PTP.
- No registrar antecedentes penales, judiciales y policiales, nacionales o internacionales o alertas registradas en el
sistema de INTERPOL o estar incurso en las causales de inadmisión de acuerdo al Art. 48° del D. Leg. No. 1350.
- No haberse ausentado del territorio nacional por más de 183 días consecutivos o alternados desde su última salida
como beneficiario del PTP dentro de un período de 365 días, sin autorización de MIGRACIONES.
- Informar de las actividades que ha venido realizando en el país durante la vigencia del PTP, aportando la
documentación sustentatoria.
- Haber pagado la deuda originada por el fraccionamiento del derecho de obtención del PTP.
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Prestación de servicios
Si bien el Permiso especial de Permanencia, PTP y la calidad Migratoria Especial Residente
antes indicada, una vez obtenidos cualesquiera de éstos, autorizan a los ciudadanos
venezolanos para desarrollar actividades en el marco de la legislación peruana, dicha
autorización es de naturaleza migratoria.
En tal sentido, será necesario, como paso previo al inicio de actividades dependientes del
beneficiario de dicho PTP, o calidad migratoria especial de residente que, éste suscriba un
contrato de personal extranjero (considerando los porcentajes limitativos y demás
condiciones establecidas por el D. Leg. No. 689) con su futuro empleador, el cual debe ser
presentado ante la AAT para su aprobación y registro antes del inicio de la prestación los
servicios, e incorporación en la Planilla de la empresa.
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Refugiado
Refugiado
Refugio: estatuto jurídico otorgado por el Estado peruano a determinados ciudadanos extranjeros, en el marco delas disposiciones establecidas por la Ley No. 27891, “Ley del Refugiado”, su Reglamento, y el D. Leg. No. 1350.
Los solicitantes de refugio no requieren Visa, ni Calidad Migratoria para su admisión y permanencia en el territorionacional.
El Ministerio de RREE es la entidad encargada de supervisar el cumplimiento de las obligaciones y compromisosasumidos por el Estado sobre los refugiados, por lo que tiene a su cargo la evaluación y aprobación o denegatoria,de las solicitudes de refugio.
Para tales efectos, se considera como refugiado a las siguientes personas:
- Persona que debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a undeterminado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no puede, o, a causa de dichostemores, no quiera acogerse a la protección de tal país, o que, careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de talesacontecimientos, fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores, no quieraregresar a él.
- Persona que se ha visto obligada a huir de su país de nacionalidad o de residencia habitual por causa de la violación masiva delos derechos humanos, agresión extranjera, conflicto interno, ocupación o dominación extranjera; o en razón de acontecimientosque perturben gravemente el orden público.
- Persona que, encontrándose legalmente en el territorio de la República, debido a causas sobrevinientes surgidas en su país denacionalidad o de residencia, no puede o no quiere volver a dicho país debido al temor de sufrir persecución de acuerdo al literala).
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Refugiado
Solicitud de refugio
- La solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado se presenta ante la Comisión Especialpara los Refugiados, del Ministerio de RREE, CER.
- Recibida la solicitud, la CER emitirá para los solicitantes de Refugio, un documento (autorización detrabajo) que acredita que su caso se encuentra en proceso de determinación, lo cual no significa elreconocimiento de la calidad de refugiado. Dicho documento faculta al solicitante a permanecer en elPerú, mientras su petición se resuelve de forma definitiva y lo autoriza provisionalmente a trabajar porel plazo de 60 días hábiles, pudiendo ser renovado a criterio de la CER.
- El refugiado tiene los mismos derechos y obligaciones que la Constitución y las leyes conceden alextranjero residente. Además, tendrá derecho a que se le otorgue la calidad migratoria de extranjeroresidente por un año, la misma que será prorrogada anualmente mientras se mantengan las razonesque motivaron dicho reconocimiento.
Prestación de servicios
Tanto para el caso de los solicitantes de refugio, como para aquellos que han obtenido el estatuto jurídicode refugiado, será necesaria la suscripción de un contrato de trabajo de personal extranjero, el cualdeberá ser presentado ante la AAT para su aprobación y registro, de forma previa al inicio de laprestación los servicios, y el alta en la Planilla de la empresa.
Resolución Ministerial N° 176-2018-TR
Establecen disposiciones para la contratación laboral de personas de
nacionalidad venezolana con Permiso Temporal de Permanencia - PTP
o Acta de Permiso de Trabajo Extraordinario - Provisional
Visa Tipo de visado Permanencia Carné de extranjería Autorización de
salidas e ingresos
Trabajador Residente 365 días Sí Sí
Temporal 183 días dentro de
un período de 365
días
No Sí
Trabajador Designado Temporal 183 días dentro de
un período de 365
días
No Sí
Permanente Residente Indefinido Sí Sí
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Inicio de las labores de los trabajadores extranjeros
Los trabajadores extranjeros sólo podrán iniciar la prestación de servicios: Una vez aprobado el contrato de trabajo por la AAT.Obtenida la calidad migratoria habilitante por parte de la Superintendencia Nacional deMigraciones (por convenios o Permisos Especiales)
Beneficios de los trabajadores extranjeros
Contribuyentes
Característica Domiciliados No Domiciliados
Rentas gravadas Rentas de fuente peruana y de fuente
extranjera
Rentas de fuente peruana
Tasa del impuesto (por rentas
de trabajo)
30%Suma de la renta neta del trabajo
y la renta neta de fuente
extranjera
Tasa
Hasta 5 UIT 8%
Más de 5 UIT hasta 20 UIT 14%
Más de 20 UIT hasta 35 UIT 17%
Más de 35 UIT hasta 45 UIT 20%
Más de 45 UIT 30%
Prórroga de Calidad Migratoria
• Prórroga de Calidad Migratoria:
Pueden solicitar la prórroga del plazo de permanencia o residencia ante la autoridad que la aprobó, cuando la calidadmigratoria lo permita previa evaluación de la autoridad migratoria.
• Suspensión de plazo de permanencia o residencia:
Los plazos de permanencia o residencia otorgados a las calidades migratorias temporales o residentes se suspenderánautomáticamente, si la persona extranjera presentó ante la autoridad competente una solicitud de cambio de calidadmigratoria o de prórroga de ésta, antes de la fecha de vencimiento del plazo su calidad migratoria aprobada.
• Salida del país en caso de denegatoria:
En caso la solicitud de cambio o prórroga de calidad migratoria sea denegada, MIGRACIONES emite una Orden deSalida para que la persona extranjera proceda a abandonar el territorio nacional. Dicha orden deberá ejecutarse dentrode un plazo de quince (15) días calendario siguiente a la fecha en que la persona extranjera conoce de la emisión de lamisma. Dicho plazo podrá ser prorrogado por quince (15) días calendario más, en situaciones excepcionales,evaluadas y aprobadas por MIGRACIONES.
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Clasificación de Categorías y Calidades Migratorias
Categoría Migratoria Calidad Migratoria
Temporal
Permite el ingreso y permanencia de un
extranjero en el territorio de la República, sin
ánimo de residencia
Acuerdos internacionales
Artística o Deportiva
Especial
Formación/Investigación Temporal
Negocios
Trabajador/Designado Temporal
Periodismo
Turista
Tripulante
Residente
Autoriza el ingreso y/o residencia en el
territorio de la República. Estas calidades
migratorias son prorrogables y permiten
múltiples entradas
Cooperante
Designado
Formación
Religioso
Intercambio
Inversionista
Investigación
Trabajador
Familiar de residente
Suspendida
Humanitaria
Rentista
Permanente
Consular
Diplomático
Oficial
Familiar de Oficial
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Calidades Migratorias
Temporales:
• Especial: permite al extranjero el ingreso y permanencia en situaciones no contempladas en el DecretoLegislativo 1350; es excepcional, subsidiaria y residual. El Ministerio de Relaciones Exteriores otorga estacalidad en el caso de los conferencistas internacionales en eventos oficiales; delegados oficiales encompetencias deportivas sin fines de lucro; artistas, deportistas y personalidades sin fines de lucro o conafán filantrópico; y para aquellos extranjeros cuya permanencia en el territorio nacional sea de interés para elEstado Peruano. El plazo de permanencia es de hasta 183 días, prorrogable por única vez por el mismoperíodo y permite única entrada.
• Acuerdos internacionales: permite la entrada y permanencia al extranjero, según lo estipulen los tratados yconvenios internacionales de los cuales el Perú es parte. Es otorgada por MIGRACIONES. Su solicitud,plazo de permanencia, posibilidad de prórroga y demás características serán las estipuladas en los tratadoso convenios internacionales de los cuales el Perú es parte.
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Temporales:
• Turista: permite al extranjero realizar únicamente actividades turísticas, ocio,salud o similares. Esta Calidad Migratoria no le permite al extranjero trabajar nirealizar actividades remuneras ni lucrativas. El plazo de permanencia en elterritorio es de 183 días, dentro de un periodo de 365 días, el cual no esprorrogable. (Permite múltiples entradas).
• Negocios: permite al extranjero sin ánimo de residencia a realizar actividades decarácter empresarial, legal, contractual, de asistencia técnica especializadas osimilares. El plazo de permanencia en el territorio es de 183 días, dentro de unperiodo de 365 días, el cual no es prorrogable. (Permite múltiples entradas)
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Calidades Migratorias
Residente:
• Formación: permite al extranjero desarrollar estudios regulares de educación superior, educación básica,artes u oficios, en instituciones reconocidas por el Estado Peruano. Esta calidad se expide por un plazo detrescientos sesenta y cinco (365) días.
• Familiar de residente: permite la residencia al extranjero integrante de la unidad migratoria familiar de unperuano o extranjero residente. Permite realizar actividades lucrativas de forma dependiente oindependiente. Esta calidad se expide por dos años prorrogable. El plazo de otorgamiento y permanencia esde hasta dos (2) años para los familiares de peruanos y de un (1) año para los familiares de extranjerosresidentes.
• Rentista: permite la residencia al extranjero que goza de pensión de jubilación o renta permanente defuente peruana o extranjera. Debe presentar copia legalizada o autenticada por el fedatario deMIGRACIONES del documento original del país de donde proviene la renta, que acredite que el solicitantepercibe un ingreso neto permanente n o menor a un mil (US $ 1,000) dólares americanos y deblas demáscondiciones serán fijados en el Reglamento del presente Decreto Legislativo. Es otorgada porMIGRACIONES y el plazo de permanencia es indefinido.
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Calidades Migratorias más importantes
Residente:• Inversionista: permite al extranjero establecer, desarrollar o administrar una o más inversiones
lícitas en el marco de la legislación peruana. El solicitante debe acreditar una inversión igual osuperior de S/ 500,000.00 soles. Asimismo, las personas extranjeras sólo podrán desempeñarsecomo Gerente o Director de su empresa, cumpliendo la normativa laboral o tributaria quecorresponda. En ningún caso, se podrá sustentar la inversión a través de la transferencia deacciones. Es otorgada por MIGRACIONES y el plazo de permanencia es de trescientos sesenta ycinco (365) días.
• Suspendida: para los extranjeros que hayan sido detenidos o privados de libertad por infracción ala ley penal. Ello comprende las etapas de investigación preliminar, del proceso penal y decumplimiento de la condena. Se extiende al periodo que el extranjero goza de algún beneficiopenitenciario así como al período que deba esperar en el territorio nacional hasta que se hagaefectiva su salida. No acarrea multas por infracciones administrativas migratorias para elextranjero. Permite realizar actividades formales remuneradas de manera dependiente o porcuenta propia. Es otorgada por MIGRACIONES y el Estado Peruano determina el plazo depermanencia.
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Calidades Migratorias más importantes
Permisos en materia Migratoria
• Permite complementar las calidades migratorias aprobadas, de formaindividual, para una adecuada gestión migratoria y mantener laprotección de los derechos fundamentales de la persona. No soncalidades migratorias pero se deberán inscribir en el RIM ya que sedeberán solicitar siempre y cuando el extranjero haya ingresado demanera regular al territorio nacional.
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Permisos en materia Migratoria
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Tipos de Permisos
Permiso de trabajo
extraordinario
Autoriza a la persona extranjera la realización de actividades generadoras de renta de manera subordinada o independiente
hasta por un plazo de sesenta (60) días calendario.
Autorización de estadía
fuera del país
Las autoridades migratorias otorgan este permiso bajo los siguientes supuestos:
a) Quienes se encuentren realizando un trámite de cambio o prórroga de calidad migratoria. Esta autorización permitirá la
estadía fuera del territorio por un plazo de 30 días calendario, la cual se deberá presentar antes de la salida del territorio
nacional.
b) Personas extranjeras con calidad migratoria de Residentes que por motivos de emergencia o de fuerza mayor, deben
permanecer fuera del país por más de ciento ochenta y tres (183) días calendarios consecutivos, permitirá la estadía
fuera del territorio por un plazo de ciento ochenta y tres (183) días calendario. Esta autorización se deberá solicitar
hasta antes de cumplirse los ciento ochenta y tres (183) días de haber salido del país.
c) Personas extranjeras con calidad migratoria de Residentes Permanentes que por motivos de emergencia o de fuerza
mayor, deben permanecer fuera del país por más de trescientos sesenta y cinco (365) días calendarios consecutivos.
Permitirá la estadía fuera del territorio por un plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días calendarios. Se deberá
presentar hasta antes de cumplirse los trescientos sesenta y cinco (365) días de haber salido del país.
Permiso especial para
suscribir documentos
Autoriza a personas extranjeras con calidad migratoria Temporal, a suscribir documentos de carácter comercial y/o
financieros, privados o públicos. No incluye la aprobación de actividades generadoras de renta de manera subordinada o
independiente. Para la emisión de este permiso la persona extranjera requiere contar con el CTM.
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Si el pagador de la renta fuera una entidad domiciliada:Esos extranjeros deben entregar a las autoridades migratorias de salir del país, elCertificado de Rentas y Retenciones (Formulario 1492 o Formulario Virtual 1692)emitido por el pagador de la renta, el empleador o los representantes legales de éstos,según corresponda.
Si el pagador de la renta fuera una entidad no domiciliada:Como al pagador de la renta no le corresponde retener el impuesto, por tratarse de unaentidad no domiciliada, esos extranjeros deberán efectuar el pago del impuestodirectamente y presentar a las autoridades migratorias al salir del país una declaraciónjurada (Formulario 1494), y adjuntar el comprobante respectivo.
Extranjeros que realizan en el país actividades que no implican la generación derentas de fuente peruana
Los extranjeros que cuenten con visa de artista, religioso, estudiante, trabajador,independiente o inmigrante, que durante su permanencia en el país realicen actividadesque no impliquen la generación de rentas de fuente peruana, deben llenar unadeclaración jurada en dicho sentido (Formulario 1495), que deben entregar a lasautoridades migratorias al momento de salir del país.
Otras obligaciones.
Obligación de los extranjeros al salir del país
Pérdida de la calidad migratoria
• Pérdida de la calidad migratoria de Trabajador.
La calidad migratoria se pierde de forma automática si el extranjeropermanece fuera del país por más de 183 días en forma consecutiva o en unperíodo de doce meses.
Asimismo, realizar actividades no autorizadas de acuerdo a su calidadmigratoria pueden generar sanciones que incluyen la cancelación de laresidencia.
Pérdida de la Calidad Migratoria
Según el Reglamento, la persona extranjera pierde la calidad migratoria sicuenta con calidad migratoria de residente y se ausenta del territorioperuano sin la autorización de salida del país para residentes:
• Por más de 183 días consecutivos en un plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días,contados desde la primera salida del territorio.
• Por más de trescientos sesenta y cinco (365) días consecutivos en un plazo de dos (02)años, contados desde la primera salida del territorio.
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Cancelación de la Calidad Migratoria
Se cancela la calidad migratoria en los siguientes supuestos:
• A solicitud de la persona extranjera titular de la calidad migratoria, efectuada ante la autoridadque aprobó la calidad migratoria, quien expide a la persona extranjera una Orden de Salida deacuerdo a lo establecido en el Reglamento.
• Por fallecimiento o declaratoria judicial de muerte o ausencia, las autoridades migratoriasrealizan el registro respectivo en el RIM.
• Por nacionalización del titular de la calidad migratoria
• Por aplicación del proceso sancionador de Salida Obligatoria.
• Por cambio de calidad migratoria, la autoridad migratoria que aprueba la nueva calidadmigratoria hace la inscripción en el RIM y, automáticamente, cancela la calidad migratoriaanterior.
• A solicitud de Relaciones Exteriores por denegatoria de visa.
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Multa
Salida Obligatoria
Cancelación de la Permanencia o Residencia (por RM del Ministerio delInterior)
Expulsión (por RM del Ministerio del Interior)
Infracciones migratorias
Multa
• Sanción de carácterpecuniario, el monto seestablece acorde a lainfracción y según lossupuestos que se regulan enel presente Reglamento. Antela posibilidad de que la multasea fijada en relación a unaUIT o de la tasa aplicable,éstas responderán al valorvigente de la UIT o alestablecido en el TUP a lafecha de la comisión de lainfracción, según cada caso.
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• Una vez cancelada la multa, lapersona extranjera podráiniciar el procedimientoadministrativo correspondientepara regularizar su situaciónmigratoria.
Sanción de multa a personas extranjeras:
Las personas extranjeras son pasibles de sanción de multa en caso incurranen las infracciones siguientes:
• Por exceso de permanencia al momento de salir del territorio nacional. Seaplica una sanción de multa equivalente al 0.1% de la UIT, por cada día deexceso
• Extranjeros con múltiples nacionalidades, por utilizar indistintamente más deuna nacionalidad para su ingreso, permanencia o salida del territorionacional. Se aplica una multa equivalente al 5% de la UIT.
• Por no actualizar la información contenida en el carné de extranjería. Lamulta equivale al 1% de la UIT por cada mes sin efectuar la actualización.
• Por no solicitar la prórroga de visa dentro del plazo de su vigencia. Se aplicauna sanción de multa equivalente al 1% de la UIT por cada día de exceso.
• Por realizar actividades que no correspondan a la calidad migratoria, visa opermiso asignado, o por desnaturalizarlo. La multa aplicable seráequivalente al 10% de una UIT.
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Sanción de salida obligatoria
• Sanción aplicable a la comisión deinfracciones establecidas en el DecretoLegislativo, determinando la salidaobligatoria del país de la personainfractora. Puede conllevar elimpedimento de ingreso por un plazo dehasta cinco (5) años.
• La aplicación del impedimento dereingreso al país y el plazo del mismo,se determina teniendo en cuenta losmedios de vida o recursos quegaranticen la subsistencia de lapersona, el arraigo familiar y lascircunstancias que motivaron la salidaobligatoria.
• Son infracciones las siguientes:
• Encontrarse en situación migratoriairregular por ingresar al país sin realizarel control migratorio y no habersolicitado su regularización.
• Encontrarse en situación migratoriairregular por exceder el tiempo depermanencia otorgado y no habersolicitado su regularización en el plazofijado por este reglamento.
• Incumplir o contravenir las normasimperativas en materia de salud pública.
• Haber sido sancionado por conductainfractora grave o muy grave en materiaambiental, por la autoridad competente.
• La sanción de salida obligatoria seformaliza a través de Resoluciónadministrativa motivada.
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Sanción de expulsión
Sanción aplicable a la comisión de infraccionesmuy graves, que determinan la expulsión delpaís de la persona infractora. Puede conllevar elimpedimento de ingreso por un plazo de hasta15 años.
La aplicación del impedimento de reingreso alpaís y el plazo del mismo, se determina teniendoen cuenta el arraigo familiar y las circunstanciasque motivaron la expulsión.
Infracciones que conllevan la imposición de lasanción de expulsión:
• Realizar trámites migratorios mediante lapresentación de documentación falsa o haberproporcionado datos o información falsa.
• Reincidencia en cualquiera de los supuestosde salida obligatoria previstos en el artículo 57del D. Legislativo 1350.
• No cumplir con la salida obligatoria impuestaconforme al Decreto Legislativo.
• Encontrarse en situación migratoria irregularpor ingresar al país sin realizar el controlmigratorio, pese a tener impedimento deingreso por salida obligatoria vigente.
• Atentar contra el patrimonio cultural de laNación.
• Realizar actividades que atenten contra elorden público, el orden interno o la seguridadnacional.
• Por mandato del Poder Judicial.
• Al obtener la libertad luego de cumplircondena dispuesta por tribunal peruano.
• La sanción de salida obligatoria se formalizaa través de resolución administrativamotivada.
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Prescripción de la facultad de sancionadora
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• Facultad para determinar la existencia de infraccionesadministrativas en la materia prescribe a los 4 años,computados a partir de la fecha en que se cometió lainfracción o, si fuera una acción continuada, desde que cesó.
• MIGRACIONES puede declarar de oficio la prescripción ydecidir no iniciar un procedimiento administrativo sancionadoro dar por concluido dicho procedimiento, cuando advierta queha vencido el plazo para determinar la existencia de lainfracción.
Documentos Migratorios
Documentos de Viaje de Peruanos:
• Las personas peruanas que deseen salirdel territorio, deberán presentarPasaporte vigente o DocumentoNacional de Identidad vigente, mientrasque para ingresar podrán presentar losdocumentos previamente señalados o elsalvoconducto emitido por RelacionesExteriores, incluso si estos seencuentran vencidos.
Documentos de Viaje de Personas Extranjeras:
Los extranjeros que deseen ingresar o salir del territorioperuano deberán presentar:
• Pasaporte con una vigencia mínima de seis meses contadosdesde su ingreso.
• Salvoconducto vigente emitido válidamente por un Estado opor MIGRACIONES.
• Documento de viaje o Laissez Passer.
• Documento de viaje para refugiados o asilados expedidos porel Perú u otros Estados en el marco de los tratados yconvenios internacionales de los cuales el Perú es parte.
• Documento de identidad extranjero vigente, de conformidadcon los tratados y convenios internacionales de los cuales elPerú es parte que regulen y definan los supuestos en los queserá aplicado.
• Otros documentos de viaje vigentes, de conformidad con lostratados y convenios internacionales de los cuales el Perú esparte.
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Permiten identificar a personas peruanas y extranjera durante el proceso de autorización de entrada y
salida del territorio peruano.
Otros documentos de Identidad
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Carné de Extranjería
Documento de identidademitido por MIGRACIONES alas personas extranjeras aquienes les haya otorgado lacalidad migratoriaResidente. Será laconsecuencia inmediata delregistro de la personaextranjera en el RIM, conunavigencia de cuatro (04)años y se inicia a partir de lafecha en que la autoridadmigratoria emite eldocumento. Vencido el plazola persona extranjeraresidente deberá solicitar ala autoridad migratoria larenovación del carné deextranjería.
Carné de Identidad emitido por Relaciones Exteriores
RR.EE. Emitirá a laspersonas extranjeras aquienes les hayaotorgado calidadmigratoria Residente, unCarné de Identidad quetendrá los mismosefectos jurídicos que elCarné de Extranjeríaemitido porMIGRACIONES. Los datosde las personasextranjeras que poseandicho documentodeberán ser registradospor Relaciones Exterioresen el RIM.
Carné de Permiso Temporal de
Permanencia - CPP
Documento oficial entregado
a las personas extranjeras que
tengan un Permiso
Temporal de Permanencia
aprobado.
Carné Temporal Migratorio – CTM
Documento de identificación emitido por
MIGRACIONES a las personas extranjeras
con calidad migratoria temporal
a quienes se les apruebe realizar actividades no
contempladas en su calidad migratoria.
…………………………………………………………..
Muchas gracias
Del expositor…………………………………………………………..
Evelin Coloma Cieza
Abogada – asesora laboral
Correo: [email protected]