función y eficacia del derecho administrativo con sus clasificaciones

5
1.Función del Derecho Administrativo *Derecho administrativo como Sistema. *Se debe determinar si este debe ser considerado como un sistema autónomo o si este debe ser considerado como un sistema integral a las normas de derecho común.

Upload: loretoilaja

Post on 17-Dec-2015

219 views

Category:

Documents


1 download

DESCRIPTION

derecho administrativo chileno presentación acerca de la función y eficacia mirado desde una perspectiva doctrinaria, con ejemplos y relacionados con el ordenamiento jurídico y la constitución política de la republica

TRANSCRIPT

1.Funcin del Derecho Administrativo

1.Funcin del Derecho Administrativo*Derecho administrativo como Sistema.

*Se debe determinar si este debe ser considerado como un sistema autnomo o si este debe ser considerado como un sistema integral a las normas de derecho comn.

1.1Precariedad del Derecho AdministrativoEl derecho administrativo no constituye un ordenamiento jurdico completo.Se pregunta cual es la regulacin general de esta rama:- la ley N 18575 LBGAE. Que establece una estructura orgnica de la administracin del estado y algunos de los principios por los que se rige.- la ley N 19.880 LBPA, la cual establece el procedimiento administrativo o forma de produccin del acto administrativo.-la ley 19886 sobre contratos de suministro y prestacin de servicios, que trata sobre la forma de produccin de contratos1.2 Sistema jurdico e idea de ordenacinKelsen: a la norma cuya validez no puede derivar de otra superior la llamamos fundamental. Todas las normas cuya validez puede ser referida a una y la misma norma fundamental constituyen un orden o sistema normativo. Esta norma fundamental representa, como fuente comn, el vinculo entre todas las diversas normas que integran un determinado ordenEl derecho administrativo responde a una norma fundamental de la que depende su validez, esta es la Constitucin. Art 6 inc 1 dice : las normas del estado deben someterse a la constitucin y a las normas dictadas conforme a ella.Es posible hablar de sistema juridico con el objeto de hablar de una idea ordenadora pero no como sistema juridico completo porque no se considera como un todo sino a una de sus ramas . (derecho administrativo general)1.3 Sistema jurdico y constitucinEl sistema jurdico es conferido con referencia a la constitucin. No es posible hablar de ordenamiento jurdico si no es con referencia a la constitucin. Al ser positiva y escrita establece superioridad.Determina la forma como se regula o legisla conforme al ordenamiento jurdico por rganos superiores.Se debe considerar la constitucin como norma suprema y fuente de derecho lo que supone que esta produzca algunos efectos.- Como lo son el efecto derogatorio o el efecto de interpretacin conforme a la constitucin.2.Eficacia de derecho administrativoTiene su pretensin de eficacia y aplicacin:A)Eficacia temporal: se refiere a las fuentes formales que entra en vigor al momento de la publicacin en medio que se disponga su publicacin. Pierde vigor en derogacin expresa o tcitaB)Eficacia espacial: por regla general su aplicacin es todo territorio de la repblica con la salvedad que la norma establezca una parte del mismo.La eficacia cobra relevancia en estados federales no en chile ya que las potestades regionales y locales tienen potestad normativa acotada.