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FORMAS DE ORGANIZACIÓN EMPRESARIAL

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FORMAS DE ORGANIZACIÓN EMPRESARIAL

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TIPOS DE EMPRESAS

Durante años se ha considerado a la empresa como una creación exclusiva del capitalismo; además, no se la concebía sin empresario, quien era, en general, a la vez, propietario y director, y los trabajadores simples asalariados, con jornal fijo por horas. Este tipo de empresas era, por lo tanto, la conjugación del capital y del

trabajo, con predominio del capital en la gestión de la empresa.

Actualmente, se ha modifi-cado la imagen tradicional de la empresa como instru-mento para obtener bene-ficios; al empresario se le consideraba como la perso-

na que dispone de los medios humanos, materiales y financieros para usarlos de la mejor manera para alcanzar determinados objetivos, a saber: económicos (obtener beneficios), técnicos, (fabricar artículos de una calidad determinada o investigar nuevos productos), humanos y sociales (retribuir convenientemente, promover y formar al personal), entre otros.

En sentido amplio podemos definir la empresa industrial como la unidad orgánica integrada por medios materiales (capital e inmuebles), personales (directivos, técni-cos y obreros) y jurídicos (que norma las relaciones entre los distintos elementos) para obtener determinados productos al menor costo, dentro de la calidad fijada para su venta, con el mayor beneficio posible y creando satisfacciones humanas.

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UN EMPRESARIO PUEDE SER UNA PERSONA FÍSICA O BIEN UNA SOCIEDAD, REPRESENTADA POR EL GERENTE.

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CLASES DE EMPRESAS

Las empresas pueden clasifi-carse conforme a su constitu-ción jurídica:

1. EMPRESAS INDIVIDUALES: un solo propietario con responsabilidad ilimitada.

2. EMPRESAS COLECTIVAS: tiene varios propietarios, denominados socios. La empresa colectiva se encuentra constituida por socios de responsabilidad personal ilimitada y otros comanditarios cuya responsabilidad se limita a su aportación.

3. SOCIEDADES ANÓNIMAS (POR ACCIONES): responsabilidad limitada a las apor-taciones de los accionistas.

4. SOCIEDADES LIMITADAS: no hay acciones, sino aportaciones a las que se li-mita la responsabilidad. Cuenta con dos órganos responsables: el de gestión, formado por los socios gestores, y el deliberante, constituido por la asamblea de socios.

SEGÚN SU ESTRUCTURA POLÍTICO-ECONÓMICA

1. EMPRESAS DE INTERÉS PÚBLICO: Sus fines son servir para el interés general, sin tener en cuenta los beneficios de los demás, o de sus integrantes.

2. EMPRESAS ESTATALES: el Estado es el empresario; funcionan de la misma manera que una institución privada.

3. EMPRESAS PRIVADAS: son propiedad de particulares.

4. EMPRESAS MIXTAS: son propiedad del Estado y de particulares.

LAS EMPRESAS PUEDEN CLASIFICARSE DE ACUERDO CON SU FORMA JURÍDICA.

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SEGÚN SU MAGNITUD

1. EMPRESAS ARTESANALES (MICROEMPRESAS): de 1 a 5 trabajadores.

2. EMPRESAS PEQUEÑAS: de 6 a 50 trabajadores.

3. EMPRESAS MEDIANAS: de 51 a 250 trabajadores.

4. EMPRESAS GRANDES: de más de 500 trabajadores.

SEGÚN SU PRODUCCIÓN 1. EMPRESAS EXTRACTIVAS (mineras, pesqueras, agrícolas, etcétera).

2. EMPRESAS BÁSICAS (acero, ácido sulfúrico, etcétera, que producen materias primas para otras industrias).

3. EMPRESAS TRANSFORMADORAS (productoras de bienes de equipo-máquinas, herramientas-. y productoras de bienes de consumo-calzados, libros, etcétera-).

4. EMPRESAS PRODUCTORAS DE SERVICIOS (comerciales, de transporte, etcétera).

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CARACTERÍSTICAS DE LAS EMPRESAS SEGÚN SU TAMAÑO

MICROEMPRESA: su organización es de tipo familiar. Está dirigida y organizada por el propio dueño. Generalmente su organización es empírica. Su producción no es automatizada. La mayoría de sus trabajadores son familiares del dueño, por lo cual se le conoce como empresa familiar. Para el pago de impuestos son consideradas como causantes menores.

PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS. Los propios dueños dirigen la empresa. Su administración es empírica. Por lo regular, el capital requerido es aportado por una

o dos personas, las cuales establecen una sociedad. Utilizan más maquinaria y equipo que las microem-presas. Dominan y abas-tecen un mercado más amplio, aunque no nece-sariamente tiene que ser local o regional, ya que muchas veces producen

para el mercado nacional e incluso para el internacional. La pequeña tiende a ser mediana y esta aspira a ser grande; es decir, están en proceso constante de creci-miento. El capital es aportado por diferentes socios que se organizan en sociedades de diversos tipos. Forman parte de grandes consorcios o cadenas que monopolizan o participan en forma mayoritaria en la producción o comercialización de determi-nados productos. Algunas veces dominan con amplitud el mercado interno, y otras participan también en el internacional.

GRANDES EMPRESAS. Cuentan con grandes recursos de capital que les permite marcar el rumbo en tecnología, mecanización y automatización de sus procesos productivos. Cuentan con gran número de personal (siempre más de 500 trabaja-dores). Aplican una administración científica; es decir, profesionales egresados de las universidades son los encargados de la planeación, la organización y la dirección de la empresa. Tienen acceso a diversas fuentes de financiamiento, tanto nacional como intenacional.

SU PLANTA LABORAL, QUE CRECE CONSTANTE-MENTE, OSCILA DESDE 51 HASTA UN MÁXIMO DE 250 PERSONAS.

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EMPRESAS DE UN SOLO PROPIETARIOS (UNIPERSONAL). La empresa unipersonal es un negocio individual donde el titular, desarrolla toda la actividad empresarial aportando capital y trabajo. Además, no tiene responsabilidad limitada, es decir, debe responder con su patrimonio personal frente a posibles deudas que se gene-ren en el negocio. Para formalizar este trámite, la persona natural debe efectuarlo de manera personal. El registro es sencillo y poco costoso. No es obligatorio el uso de estatutos, escritura de constitución, la inscripción en entes gubernamentales, salvo en el caso de la Dirección General de Tributación Directa, es voluntario.

DENOMINACIÓN: Generalmente al nombre de fantasía que se le dé a la empresa, debe seguirle el nombre del propietario ejemplo: “bodega florita” de Rosa Saavedra.

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DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

De acuerdo a lo que señala la dirección general de tributación directa, podemos citar textualmente;

IMPUESTO SOBRE LA RENTA RÉGIMEN TRADICIONAL

18 de octubre de 2016

El impuesto sobre la renta grava las utilidades generadas por cualquier actividad o negocio de carácter lucrativo, que realicen las personas físicas o jurídicas en el territorio nacional durante el período fiscal ordinario o especial.

OBLIGADOS TRIBUTARIOS

Son contribuyentes de este impuesto, las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que realicen en el territorio nacional actividades o negocios de carácter lucrativo, independientemente de la nacionalidad, del domicilio y del lugar de la cons-titución de las personas jurídicas o de la reunión de sus juntas directivas o de la celebración de los contratos de acuerdo con el artículo 2 de la Ley No. 7092 del 21 de abril de 1988 y sus reformas, y son declarantes aquellas entidades no sujetas al impuesto, indicadas en el artículo 3 de la ley citada ley

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LA SOCIEDAD ANÓNIMA EN COSTA RICA

En Costa Rica, desde hace muchos años, se ha hecho muy popular la utilización de sociedades anónimas, esto por los beneficios que se obtienen a la hora de incorpo-rar este tipo de personería jurídica en las negociaciones de distintas actividades.

Primeramente, para poder comprender la naturaleza de la función de estas so-ciedades haremos una retrospectiva, con el fin de poder ilustrar como nace esta figura dentro del ambiente del comercio y a qué obedece su desarrollo como una

herramienta de cobertura de sus involucrados en la actualidad.

El origen de esta perso-nería jurídica se remonta al siglo XVI en donde se establece la compañía holandesa llamada Com-pañía Neerlandesa de las Indias Orientales (Veree-nigde Oostindische Com-pagnie o VOC), la cual se estableció el 20 de marzo de 1602 constituida por el

Gobierno holandés y los Estados Generales de los Países Bajos le brindaron un poder exclusivo de negociación por 21 años con la colonias de Asia para realizar actividades comercialización de especias.

Luego adquirió poder político para poder construir fuertes, mantener ejércitos y efectuar negociaciones con los gobernantes. Esta se convirtió en la primera corpo-ración a nivel mundial e implementó la idea de publicar sus ganancias.

EN COSTA RICA, DESDE HACE MUCHOS AÑOS, SE HA HECHO MUY POPULAR LA UTILIZACIÓN DE SOCIEDADES ANÓNIMAS, ESTO POR LOS BENEFICIOS QUE SE OBTIENEN A LA HORA DE INCORPORAR ESTE TIPO DE PERSONERÍA JURÍ-DICA EN LAS NEGOCIACIONES DE DISTINTAS ACTIVIDADES.

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Para esta época se acostumbraba a crear una sociedad para planear la expedición de un solo un viaje y luego, al regreso del navío, se efectuaba la liquidación de los recursos adquiridos por parte de las partes involucradas.

Estas expediciones mantenían un alto grado de riesgo de negocio debido a los fac-tores externos que se presentaban en esa época como lo era los peligros habituales de la piratería, las enfermedades y el naufragio, además se veían influenciados por las condiciones del mercado de especias, donde actuaba una demanda inelástica con una oferta relativamente elástica lo cual podía hacer que los precios cayeran justo en el momento equivocado, arruinando las perspectivas de rentabilidad.

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La compañía fue casi por dos siglos consecutivos la más importante en capaci-dad de negociación, y logró llegar a pagar hasta un 18% anual de dividendos a sus accionistas durante 200 años. En el año 1800 se declara en bancarrota, todas sus deudas y bienes fueron asumidos por el Gobierno de la Republica de Bátava y sus territorios que correspondían a 17.508 islas conforman el archipiélago de Indonesia.

Ya contando con un poco más de conocimiento sobre el nacimiento de las socie-dades mercantiles nos damos cuenta que, en nuestros tiempos, no cambia mucho el fin para el cual se crean; lo único que ha evolucionado son sus valores agrega-dos que son tan perseguidos por los hombres de negocios, así como toda aquella persona que trata de encontrar una opción que le haga más blanda su manera de administrar sus actividades lucrativas y que tenga resguardado no solo su capital, sino también su integridad personal.

Una sociedad anónima de define como:

“”

Una entidad jurídica cuya existencia se distingue de la de su propietario. Sus titulares participan del capital social mediante acciones que les con-fieren derechos económicos y políticos. Las ac-ciones se diferencian entre sí según las potesta-des que confieren o por su valor nominal.

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En Costa Rica contamos con un Código de Comercio establecido bajo la Ley No. 3284, emitida el 24 de abril de 1964, que determina a nivel legal todas aquellas per-sonerías jurídicas que se pueden conformar bajo el territorio nacional dentro de las cuales se pueden mencionar:

La sociedad anónima, que es la que estaremos tratando en esta ocasión.

En nuestro país la sociedad anónima es muy utilizada debido a que se puede con-formar de una manera muy simple y cuenta con el beneficio de que para efectos legales la compañía responde directamente con su capital, por lo que difícilmente los socios se ven afectados con su patrimonio individual.

Para la constitución de la sociedad anónima solo se necesita de un mínimo de dos personas que se pongan de acuerdo para conformarla, por otra parte, se determina el número de acciones con el cual se conformará el capital social de la empresa, esto dependerá mucho de los aportes que realicen los accionistas, pero el Código de Comercio no establece un valor nominal mínimo, ni máximo para cada acción por lo que cada una puede tener una valor de un colón si así bien lo desean los socios, pero si el capital mínimo requerido por el Registro Público es de ¢10.000 y otro punto obligatorio es que la sociedad tiene que estar conformada por lo menos por una acción.

LA SOCIEDAD DE NOMBRE COLECTIVO

LA SOCIEDAD DE COMANDITA SIMPLE

LA SOLEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

LA SOLEDAD SOCIEDAD ANÓNIMA

ABCD

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De acuerdo al artículo 104 del Código de Comercio estos son los requisitos mínimos para la formación de la sociedad anónima:

ARTÍCULO 104. La formación de una sociedad anónima requerirá:

A. Que haya dos socios como mínimo y que cada uno de ellos suscriba por lo menos una acción.

B. Que del valor de cada una de las acciones suscritas a cubrir en efectivo, quede pagado cuando menos el veinticinco por ciento en el acto de la constitución, y

C. Que en acto de la constitución quede paga-do íntegramente el valor de cada acción sus-crita que haya de satisfacerse, en todo o en parte, con bienes distintos del numerario.

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En cuanto a la razón social de la sociedad y su denominación, todavía hay personas que consideran poco prudente ponerle el nombre propio o los apellidos de cada quien a la personería jurídica, por lo que cuando se presente una demanda a la compañía se podría extender la responsabilidad no solo en el capital de la sociedad, sino también responder con el capital del socio. Sin embargo, esto es solo un mito, ya que la razón social, al contar con la nomenclatura al final de S.A., limita la respon-sabilidad solamente a la sociedad, dejando de lado a sus socios.

En el acto cuando que se está realizando la constitución de la sociedad, se debe tener muy claro el nombramiento de la Junta Directiva, que consta por lo menos de un Presidente, Secretario y Tesorero, y un Fiscal. A estos delegados se les puede atribuir ciertos poderes para que actúen como representantes de la sociedad, con-forme con las limitaciones y alcances que se estipulen en el poder asignado.

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Algunas de las características especiales de las sociedades anónimas según Joa-quín Garriguez, citado por Anayansy Rojas Chan, en su artículo La sociedad anóni-ma y la acción, son las siguientes:

1. DIVISIÓN DEL CAPITAL EN ACCIONES: es requisito indispensable para la consti-tución de la sociedad anónima, que el capital de la misma se encuentre dividido en cuotas o partes denominadas "acciones", las cuales por tratarse de un título valor gozan de fácil transmisibilidad.

En este sentido, el artículo 102 del Código de Comercio de Costa Rica establece:

2. CARÁCTER IMPERSONAL: en otras palabras, lo que interesa en la sociedad anó-nima no es el socio o su actividad personal, sino su aporte patrimonial. El socio es valorado por lo que aportó a la constitución de la sociedad y no por sus cua-lidades personales. De manera que, el socio puede transmitir su acción, sin que por ello se vea alterada la constitución y vida de la sociedad.

3. PARTICIPACIÓN EN LA SOCIEDAD PROPORCIONAL AL APORTE DE CAPITAL: la posición de miembro de la socie- dad se encuentra condicionada a la existencia de su aporte al capital. Para su constitución, cada socio se obliga a aportar una porción al capital social y en proporción a este aporte se mide la extensión de sus derechos y participación sobre la misma.

“”

Artículo 102- En la sociedad anónima, el capital social estará dividido en acciones y los socios sólo se obligan al pago de sus aportaciones.

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Otro aspecto que debe distinguirse en la sociedad anónima es la diferencia entre el patrimonio y el capital social de la sociedad.

Luego de que se contó con el acto de constitución de la sociedad solo queda que el notario público vaya a presentar la constitución de la sociedad ante el registro público. Este trámite tiene un plazo de gestión de unos 45 días en promedio. Una vez inscrita la sociedad en el registro público, se puede pasar a confeccionar la cédula jurídica y consecuentemente un notario público puede emitir certificaciones de personería jurídica, con el fin de poder respaldarse ante otras entidades como representante de la sociedad, ya que este documento es exigido en la mayoría de los casos para actuar en nombre de esta.

El patrimonio es el conjunto efectivo de bienes con cuenta la sociedad en un momento deter-minado, el cual durante el transcurso de la vida de la sociedad puede ser superior o inferior al capital social. Por su parte el capital social es una cifra de carácter contable que coincide con el monto de los aportes iniciales brin- dados por los socios, así como la suma total del valor nominal de las acciones y que por lo general suele mantenerse invariable. (Rojas, A, 2010, Ca-tipal.com).

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Como lo mencionamos con anterioridad las personas utilizan muy frecuentemente la figura de la sociedad anónima para múltiples actividades, en las cuales no preci-samente su naturaleza es el nacimiento de un negocio comercial para lucrar, sino que lo usan como una puerta anexa a ciertos trámites para agilizarlos y hasta para reducir costos en las negociaciones. Dentro de los ejemplos que podemos mencio-nar se encuentran:

LA COMPRA DE UNA PROPIEDAD

Para el caso de la compra de bienes inmuebles una de las estrategias más viables para los vendedores de este tipo de activo es crear una sociedad anónima que sea propietaria de cada bien a negociar. Parte de los beneficios que se adicionan al realizar esta práctica es que, en el momento de efectuar la venta del bien, el comerciante solo realiza la transferencia de las acciones de la sociedad al nuevo propietario, de este modo se ahorran el impuesto de traspaso que tiene un costo mucho más elevado, en comparación con los ¢25.000 que cuesta las transferencias de las acciones.

También otro de los bene-ficios que se obtienen al contar con la venta del bien por medio de una sociedad anónima es que como la misma no tiene actividad comercial, el bien conteni-do en ella es inembargable.

TAMBIÉN OTRO DE LOS BENEFICIOS QUE SE OBTIENEN AL CONTAR CON LA VENTA DEL BIEN POR MEDIO DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA ES QUE COMO ESTA NO TIENE ACTIVIDAD COMERCIAL, EL BIEN CONTENIDO EN ELLA ES INEMBARGABLE.

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COMPRA DE VEHÍCULOS

Igual que el caso mencionado, al tener el vehículo (automóvil, motocicleta, camión, autobús, entre otros) en el momento de la venta nada más se realiza el traspaso de las acciones de la sociedad y se eximen del pago de los impuestos de traspa-

so. Por otra parte, al contar con el vehículo a nombre de una sociedad, se disminuye la responsabilidad del indivi-duo en un accidente y que el peso de demanda caería so-bre el capital de la sociedad.

FORMAR UN NEGOCIO

Para armar un negocio en Costa Rica es muy habitual manipular la figura de una

sociedad anónima, esto porque esta personería jurídica permite segregar la partici-pación de los socios por medio de acciones comunes. Otro de los puntos claves es que las acciones pueden ser vendidas, ya sea para contar con socios nuevos o para desligarse del todo del negocio.

PARA ARMAR UN NEGOCIO EN COSTA RICA ES MUY HABITUAL MANIPULAR LA FIGURA DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA, ESTO PORQUE ESTA PERSONERÍA JURÍDICA PERMITE SEGREGAR LA PARTICIPACIÓN DE LOS SOCIOS POR MEDIO DE ACCIONES COMUNES.

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Uno de los factores desfavorables para todas aquellas personas que confiaron en la estrategia de conformar una sociedad anónima para sus transacciones de negocios es que, a finales del año 2012, se aprobó la “Ley N˚ 9024 de Impuestos a Personerías Jurídicas”. En ella la ley estipula que, a partir del 01 de abril de 2013, todas aquellas sociedades activas deberán pagar un impuesto anual de un medio salario base de una Auxiliar Administrativo 1 del Poder Judicial, equivalente a ¢189.700 y para todas las sociedades inscritas, pero que se encuentran inactivas (como en el caso de las sociedades que ejemplificamos de las compras de vehículos y propiedades) deberán cancelar un impuesto anual correspondiente al 25% del salario indicado, represen-tando esto monetariamente en ¢94.850.

Importante tomar nota que de conformidad con el art. 4 de la Ley indicada, este impuesto debe-rá pagarse en los primeros treinta días natura-les siguientes al 1 de enero de cada año a fin de evitar recargos por mora. Será entonces a par-tir del 1 de febrero que las sociedades que no hayan realizado el pago del impuesto se vean imposibilitadas de inscribir documentos y ob-tener certificaciones digitales según lo dispone el art. 5 de la norma.

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La página web puntojuri-dico.com en su publicación del mes de diciembre 2012 indica:

Cuando se desea formar un negocio en Costa Rica y la persona que está interesa-da en comenzar el proyecto

debe pensar muy bien el tipo de figura legal que le vaya hacer la operación más óptima y eficiente.

Estas mismas se segregan en subaéreas que pueden ser funcionales (dependien-do del servicios o producto a vender) para la generación de utilidades, costos y personal.

Uno de los puntos más relevantes y en los que se tiene que prestar más atención, antes de tomar la decisión de elegir el tipo de figura, son los impuestos de renta que se van a generar por el funcionamiento de la actividad del negocio y bajo regulacio-nes legales que cubre a cada figura.

ACTUALMENTE EN COSTA RICA, SE CUENTA CON DOS OPCIONES PARA TOMAR LA DECISIÓN DE CUÁ L FIGURA O PERSONA LEGAL CONSIDE-RARÍA PARA CONFIRMAR SU EMPRESA: LA PERSONA FÍSICA Y LA PERSONA JURÍDICA.

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A continuación, se presenta un cuadro comparativo de la generación de impuestos de renta para una persona que desea iniciar un negocio.

Tomada de la página del Ministerio de Hacienda.

RENTA BRUTA ANUAL 2016

% DE IMPUESTO PERSONA FÍSICA PERSONA JURÍDICA

Exento hasta 3 496 000 0

10% hasta 5 220 000 hasta 52 320 000

15% Hasta 8 708 000

20% hasta 17 451 000 hasta 105 241 000

25% 17 451 000 o más

30% más de 105 241 000

Observando el cuadro anterior podemos concluir que para una persona que esté ini-ciando un negocio, en el cual su proyección de ingresos brutos anuales alcanza un promedio de ¢3,496.000, es más recomendable que opte por formar su negocio bajo una figura de persona física, ya que podría tener el beneficio de quedar exonerado de impuesto de renta por sus ingresos adquiridos.

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Por otra parte, al elegir ope-rar como persona física y, si el individuo tiene presu-puestado, llegar a obtener un ingreso bruto superior a ¢96 millones anuales, se le hace más favorable hacerlo

bajo la figura de una persona jurídica, porque estaría obligado a cancelar un im-puesto de renta de un 20%, si opera como una per sona física su obligación con la administración llegaría a ser de un 25%.

De acuerdo con todos los aspectos que hemos expuesto en este documento, pode-mos concluir de varias maneras que:

1. Las sociedades anónimas son muy útiles para poder realizar negocios dentro de los cuales hayan costos que podamos prescindir, solo por el hecho de conformar una personería jurídica para incluir ciertos bienes inmuebles y muebles.

2. Si se busca una manera eficiente para poder separar de responsabilidad civil el patrimonio personal del capital social de la entidad, se debe desarrollar los negocios con una sociedad anónima.

3. Tenemos que tener una visión clara de cómo queremos estructurar nuestro negocio a futuro con el fin de poder escoger si lo que necesitamos es suficiente para actuar bajo una persona física o si aspiramos a contar con una empresa mas estructurada en la cual vayamos a implementar todo un organigrama com-pleto.

4. Planificar por medio de una proyección de ingresos, gastos y costos, además de indagar sobre la regulación que encuentre vigente y que pueda tener influencia sobre la actividad por realizar.

LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS SON MUY ÚTILES PARA PODER REALIZAR NEGOCIOS DENTRO DE LOS CUALES HAYAN COSTOS QUE PODAMOS PRESCINDIR, SOLO POR EL HECHO DE CONFORMAR UNA PERSONERÍA JURÍDICA PARA INCLUIR CIERTOS BIENES INMUEBLES Y MUEBLES.

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Mesén, V. (2013). Aplicaciones prácticas de las NIIF. Costa Rica: Editorial Tecnológica de Costa Rica.

Normas Internacionales de Información Financiera. (Nic 16-Nic 38)

Ramírez, D. (2012). Contabilidad Intermedia México. Mc Graw Hill.

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