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FONAVI - CUANTO SE RECAUDO, CUANTO SE INVIRTIO - QUIEN SE BENEFICIO - EXISTIO ROBO,MALVERZACION O ENRIQUECIMIENTO COMPARTIDOTRANSCRIPT
¿ CUÁNTO SE RECAUDÓ POR APORTES AL FONAVI?Y
¿DÓNDE SE INVIRTIÓ EL DINERO DE LOS FONAVISTAS?
APORTES AL FONAVI
RECAUDACIÓN DE APORTES AL FONAVI:
1979-1990
AÑO
MONTO
(miles de Intis corrientes)
1979 (Ago-Dic) 4,798
1980 31,929
1981 55,674
1982 61,903
1983 109,033
1984 159,688
1985 230,885
1986 1,102,189
1987 3,466,392
1988 13,500,030
1989 430,971,261
1990 (Ene-May) 648,036,189
RECAUDACION APORTES AL FONAVI
1990-1997
AÑO MONTO RECAUDADO
(Millones de nuevos soles)
1990 19.3
1991 126.7
1992 284.7
1993 523.5
1994 848.5
1995 1,081.6
1996 1,366.5
1997 1429.4
1998 (Enero-Agosto) 900.47
RECAUDACION APORTES AL FONAVI
1998-2009
AÑO MONTO
1999 16,380,453
2000 26,503,695.07
2001 25,464,641.67
2002 16,840,889.47
2003 8,996,292.11
2004 6,901,835.14
2005 13,795,128.25
2006 19,045,023.67
2007 61,286,765.89
2008 17,054,194.04
2009 (parcial) 15,193,387.27
¿DÓNDE SE INVIRTIO EL DINERO DE LOS FONAVISTAS?
DESEMBOLSOS DE RECURSOS DEL FONAVI
(En Miles de Intis Corrientes)
ORGANISMOS 1980 1981 1982 1983 1984 1985 1986 1987 1988 1989
Entidades Publicas 15,083 45,250 137,259 183,329 212,525 144,223 132,297 1´605`985 9´811,227 258´276,882
ININVI - - - - - - 3,600 7,250 33,414 645,000
INADUR - - - - - - 700 17,408 33,088 928,600
BCO MATERIALES - - 1,509 2,327 8,466 25,919 93,652 339,854 1´086,667 34´961,000
ENACE 15,083 45,250 135,750 181,002 204,059 118,304 16,770 1´019,084 7´176,437 158´469,676
PRATVIR - - - - - - 4,980 29,232 166,719 3´339,640
SENAPA/SEDAS - - - - - - 12,595 144,912 590,795 16´508,494
SEDAPAL - - - - - - - 46,850 663,150 38´986,081
M.V.C. - - - - - - - 1,395 2,893 294,536
Pycto. Esp. Pachac. - - - - - - - - 58,064 4´143,855
Entidades Financieras - - - - - - 18´055 501,350 4´978,526 151´193,809
MUTUALES - - - - - - 16,055 442,543 2´715´851 50´822,198
B.C.H del Peru - - - - - - - 10,807 771,675 12´103,437
BANVIP (2) - - - - - - 2,000 48,000 1´491,000 88´268,174
Total Desembolsos 15,083 45,250 137,259 183,329 212,525 144,223 150,352 2´107,335 14´789,753 409´470,691
INGRESOS Y EGRESOS FONAVI 1992-1996 (MILLONES DE NUEVOS SOLES)
1992 1993 1994 1995 1996
INGRESOS
a) POR APORTACIONES 257,3 518,0 826,8 1056,9 1338,8
b) POR RECUPERACIÓN 3,4 9,2 42,2 99,5 174,0
c) POR INGRESOS FINANC.Y OTROS 16,5 74,7 45,3 43,6 89,7
d) RETENCIONES 2,8 21,1 12,1 21,6 29,7
TOTAL INGRESOS 280,1 623,1 926,5 1221,7 1632,2
EGRESOS
a) DESEMB. A.ASENTAM. HUMANOS 27,6 216,8 543,9 518,4 624,0
.Proyecto de electrificación 20,3 114,0 289,5 276,5 235,9
.Proyecto de agua y desagüe 7,3 102,8 254,3 241,9 388,1
b) DESEMB.CREDITOS HIPOTECARIOS 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
.Prog. Créditos Hipotecarios 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0
c) DESEMB. A ENTIDADES PUBLICAS 97,5 151,8 432,5 496,6 607,3
.Sedas provincias 15,6 45,9 72,7 40,8 30,1
.Sedapal 12,1 22,5 22,7 27,9 44,7
.Enace 21,5 58,4 182,4 269,2 246,8
.Banco de Materiales 8,3 25,0 154,7 158,7 285,7
.Min.Trans.Viv. Y construcción 40,0 0,0 0,0 0,0 0,0
d) DESEMB. ESPECÍFICOS 5,2 54,4 27,4 18,8 8,4
TOTAL CRÉDITOS DESEMBOLSADOS 130,4 423,0 1003,8 1033,7 1239,7
e) OPERACIONES 1,5 26,1 15,4 24,0 34,8
.Compra de terrenos 0,9 0,2 4,3 0,1 0,2
.Retenciones 0,6 26,0 11,2 23,9 34,5
TOTAL EGRESOS 131,9 449,1 1019,3 1057,7 1274,5
INGRESOS - EGRESOS 148,2 174,0 -92,8 164,0 357,8
CAJA FINAL 148,2 322,2 229,4 393,4 751,2
ADEMÁS DEL ESTADO, ¿QUIÉNES LE DEBEN A LOS
FONAVISTAS?
DEUDA DE LAS EMPRESAS CONCESIONARIAS DEL SERVICIO DE SANEAMIENTO POR CONTRIBUCIONES REEMBOLSABLES
N° EMPRESAS DE SANEAMIENTO
DEUDA (al 31.12.2001)
TOTAL (En miles de N. Soles)
1 SEDAJULIACA S.A. 55,653,343.64
2 E.P.S. SEDA ILO S.R.LTDA. 8,560,299.41
3 EMAPACH S A.CHANCAY
4 EMUSAP AMAZONAS S.A. 10,098,744.84
5 EMFAPATUMBES S.A. 43,624,891.22
6 EMAPA PASCO SA. 12,381,454.66
7 EPSSMU S.R.L.- UTCUBAMBA (EMAPAU) 25,417,625.94
8 EP.S. MAPAÑON S.R.L.- JAÉN. 13,994,654.44
9 EMAPAVIGSSA S.A.-NAZCA 31,372,173.00
10 EMAPACOOP SA.-PUCALLPA 94,393,074.00
11 SEMAPA BARRANCA S.A. 14,375,325.00
12 E.P.S. SELVA CENTRAL SA CHANCHAMAYO 24,846,744.00
13 EMAPA CAÑETE S A. - EMAPACSA 31,477,368.00
14 EMSA PUNO S.A. 25,552,296.00
15 E.P.S. SIERRA CENTRAL SA JUNIN. 14,850,276.00
16 EMAPISCO S.A. 24,216,620.00
17 EMAPA SAN MARTIN S.A. 62,935,360.00
18 E.P.S. LORETO S.A. 52,530,843.00
19 E.P.S. AYACUCHO S.A. 29,590,226.40
20 E.P.S. GRAU S.A. - PIURA 236,548,301.40
21 EMUSAP ABANCAY S.A. 0.00
22 E.P.S .EMAPICA S.A. 29,696,586.60
23 SEMAPA HUANCAVÉLICA 3,161,415.70
24 SEDA HUANUCO S.A. 15,543,838.85
25 EMAPA HUACHO S.A10,650,698.34
26 EPSEL S.A. - CHICLAYO119,356,595.01
27 E.P.S. SEMAPACH SA.CHINCHA16,788,202.63
28 SEDAPAR S.A.125,634,426.56
29 E.P.S. MOYOBAMBA S.R.19,618,185.54
30 SEDACHIMBOTE SA.45,505,139.07
31 SEMDACAJ S.A.34,224,918.71
32 SEDALIB S.A.163,885,548.72
33 E.P.S. MOQUEGUA S.RÍ.0.00
34 E.P.S. CHAVIN S.A.0.00
35 SEDAPAL S.A.454,591,869.19
36 E.P.S. TACNA S.A.21,853,376.25
37 SEDAM-HUANCAYO16,084,733.60
38 E.P.S. SEDACUSCO SA.0.00
39 EMAPA HUARAL SA.1,799,671.74
40 E.P.S. EMAQ SA.1,761,564.11
TOTAL1,882,576,391.57
DEUDA POR REEMBOLSABLES DE EMPRESAS ELÉCTRICAS AL 28 - 02 - 1998
EMPRESAS TOTAL VALOR HISTÓRICO VALOR ACTUALIZADO AL 28 -02-1998
PROYECTOS APORTE OBRAS CONTRIBUC. INTERESES POR TOTAL
S/. S/. S/. VNR APORTE S/.
EDELNOR S.A 356 8,958,698 113,804,338 122,763,036 201,005,014 22,564,591 346,332,641
LUZ DEL SUR S.A. 210 3,927,982 60,298,354 64,226,336 129,013,762 12,221,145 205,461,243
ELECTROCENTRO S.A. 77 2,119,665 58,009,913 60,129,578 48,577,329 4,519,032 113,225,939
HIDRANDINA S.A. 139 1,953,328 91,602,114 93,555,442 96,095,818 4,635,954 194,287,214
ELECTRO NORTE S.A. 39 885,778 235,057,064 24,390,842 45,579,062 34,267,945 73,396,849
ELECTRO ÑOR OESTE S.A.' 86 1,647,219 l6,T02,4Í6 67,749,635 67,291,040 4,271,508 139,312.18
ELECTRO SUR MEDÍ OS. A.' 42 '"674,751 10,295,811 10,970,562 10,421,844 1,803,351 23,195,757
SEAL S.A . 76 2,440,186 26,445,208 28,885,394 27,746,110 4,071,679 60,703,183
ELECTRO SUR S.A. 25 65,539 11,947,507 12,013,046 8,507,293 289,633 20,809,972
ELECTRO SUR ESTE S.A. 84 623,41 5 107,974,633 108,598,048 83,801,362 1,864,027 194,263,437
ELECTRO ORIENTE S.A. 33 772,840 46,631,044 47,403,884 76,772,945 856,665 125,033,494
ELECTRO UCAYALI S.A. 2 12,202,409 12,202,409 23,626,423 35,828,832
VARIOS 13 1,223,240 17,430,510 18,653,750 29,119,418 4,856,273 52,629,441
TOTALES 1,182 25' 292,641 646' 249,321 671' 541,962 847' 557,420 65' 380,803 1,584' 480,185
COLOCACIONES EN Bancos intervenidos por la SBSEn marzo del 2001 se aprueba el Reglamento de Colocaciones de los fondos de entidades del sector público en el
sistema financiero.En este contexto legislativo, la Comisión ha encontrado que existen fondos restringidos en la capacidad de su
disponibilidad porque constituyeron depósitos que habían sido efectuados en Instituciones del Sistema Financiero que fueron intervenidas por la Superintendencia de Banca y Seguros.
Por este concepto, en lo que se refiere a depósitos efectuados UTE FONAVI, hay una acreencia por S/.36.4 millones, según información de la Junta Liquidadora, y más de S/.41 millones, según información proporcionada por el MEF, los que están supeditados al proceso de liquidación de dichos bancos.
D.S. 040-2001-EFAnte la existencia del Comité encargado de dirigir, coordinar y supervisar el funcionamiento del mecanismo de
subastas de fondos de las entidades del Estado, cuya Secretaría Técnica está a cargo del Viceministro de Economía, se citó a la Comisión a la señora Viceministra de Economía para que pudiera informar respecto al destino de los recursos del Estado depositados en Instituciones del Sistema Financiero y el estado de los depósitos en instituciones bancarias intervenidas por la Superintendencia de Banca y Seguros.
Pese a que la referida funcionaría manifestó en la sesión que desconocía el destino de dichos depósitos y limitándose a describir las funciones del Comité contenidas en su ley de creación, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la referida funcionaría, ha remitido a la Comisión el total de las colocaciones del sector público en el Banco Nuevo Mundo y el banco NBK Bank, Bancos intervenidos por la SBS; cuyo monto total asciende a 638´711,351 nuevos soles en el primero de ellos, y 151'632,955 nuevo soles en el segundo.
La siguiente, es la relación de depósitos efectuados por la COLFONAVI, a cargo de la comisión del MEF, en instituciones financieras.
Depósitos efectuados por la COLFONAVI ( a cargo del MEF) en instituciones financieras-2001
BANCO DEPÓSITOS (Miles N. Soles)
%
BCR 79,602.18 30%
Crédito 40.907.077 15.64%
Wiese 34.667.003 13.25%
Nuevo Mundo (*) 24.993,551 9.56%
Continental 17.816.826 6.81%
Interbank 17.507.807 6.69%
NBK (Bankf) 16.538,743 6.32%
Boston 6.034,785 2.31%
Citibank 5.748,965 2.20%
Financiero 4,348,849 1.66%
BIF 4.020.858 1.54%
Solución 2,264,224 0.87%
Mi Banco 1,884,684 0.72%
Trabajo 1.791,610 0.68%
Comercio 1,397,314 0.53%
CMR 1,200.00 0.46%
Cordillera 800,000 0.31%
TOTAL 261,551,588 100.00%
DESEMBOLSOS EFECTUADOS CON RECURSOS DEL FONAVI A MUTUALES DE VIVIENDA Y BANCO DE MATERIALES 1985-1989
(En Miles de Intis Corrientes)
AÑOS MUTUALES BCO. MATERIALES
1985 - 25,919
1986 16,055 93,652
1987 442,543 339,854
1988 2,715,851 1,086,667
1989 50,822,198 34,961,000
Total 53,996,647 36,495,429
CARTERAS DE CREDITOS DE PROPIEDAD DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS CUYA ADMINISTRACIÓN Y COBRANZA SE ENCUENTRA ACTUALMENTE A CARGO DE FONAFE
Nº CARTERAS BASE LEGAL
FECHA DEL ENCARG
O
1 Banco Latino
RM Nº 216-99-EF /10
07/10/1999
DU Nº 041-99
DU Nº 043-99
2 Banex
RM Nº 227-2001-EF/ 10 10/07/2001
3 Orion Corporación de Crédito Banco
4 Banco Serbanco S.A.
5 Banco Continental RM Nº 052-97-EF/ 10 10/04/1997
6Empresa Comercializadora de Alimentos-
(ECASA) RM Nº 285-2002-EF/10 12/07/2002
7 Empresa Minera Especial Tintaya S.A. DU Nº 031-96 11/05/1996
8 Empresa Magma Tintaya S.A. RM Nº 015-96-EF/75 31/01/1996
9 COFIDE
RM Nº 142-95-EF/ 10 06/09/1995
RM Nº 114-97-EF/ 10 06/09/1995
10Empresa Nacional Pesquera S.A.-(PESCA
PERÚ S.A) RM Nº 078-98-EF/75 08/04/1998
11 Mutuales de Vivienda en Liquidación Loreto
DS Nº 087-99-EF 02/06/1999
12Mutuales de Vivienda en Liquidación del
Centro
13Mutuales de Vivienda en Liquidación de
Arequipa
14Mutuales de Vivienda en Liquidación
Metropolitana
15Mutuales de Vivienda en Liquidación
Chiclayo RM Nº 264-2006-EF/43 19/05/2006
16 Caja de Ahorros de Lima
RM Nº 227-2001-EF/10
10/07/2001DU Nº 017-2001
17 Banco Nacional del Cuba RM N° 501-2004-EF/10.
21/10/200418 Banco Nacional de Nicaragua RM N° 501-2004-EF/10.
DEBE EVITARSE EL FRAUDE DE LOS POLITICOS CRIOLLOS
¡YA LO HICIERON ANTES!
Autorizan al MEF a cancelar deudas de diversas entidades con el FONAVI a través de la emisión de bonos
DECRETO DE URGENCIA N* 128-96EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante \n Ley Nn 26233 hc modificó In estructura do Ins contribuciones ni Fondo Nacional de Vivienda - FONAVI;Que, e! Artículo 6* de la Ley hP 26405, estableció que la aplicación de lo dispuesto por la Ley N° 26233 en los organismos del Sector Público que financian sus planillas con cargo a
la fuente del Tesoro Público se atenderá cuando se fye su forma de ¡man damiento;Que, asimismo, diversos organismos del Sector Público tienen adeudos con el FONAVI derivados de aportes por contribu ción al FONAVI no efectuados hasta el 31 de
diciembre de 1995;Que, en aplicación del Decreto Ley № 25676, el Decreto Supremo Extraordinario № 045-93-PCM y el Decreto Supremo № 122-93-EF, se han concedido créditos al Tesoro Público
con recursos del citado Fondo;Que, se requiere determinar la forma de fínanciamiento para la cancelación total de las obligaciones indicadas en los conside randos precedentes de las entidades que se detallan en
el anexo de este dispositivo;Que, en consecuencia es necesario autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas a cancelar las indicadas deudas, a través de la emisión de bonos;De conformidad con lo dispuesto en el inciso 19) del Artículo 118° de la Constitución Política del Perú;Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,Con cargo de dar cuenta al Congreso;DECRETA:
Artículo 1°.- Autorízase al Ministerio de Economía y Finan zas a cancelar, en la fecha de promulgación del presente disposi tivo legal, el total de las deudas -incluyendo principal, intereses, comisiones y demás gastos, que hubieren a dicha fecha- con el Fondo Nacional de Vivienda - FONAVI de las entidades que se detallan en el anexo que forma parte integrante de este Decreto de Urgencia, a través de la emisión de bonos hasta por la suma de S/. 384 000 000,00 (TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), de los cuales S/. 347 000 000,00 corresponden al principal y S/. 37 000 000,00 a intereses de los créditos otorgados.Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas se aprobarán las características y las condiciones financieras de los mencionados bonos.
Artículo 2 o La UTE-FONAVI, SUNAT y las entidades correspondientes efectuarán los ajustes contables que se deriven de la cancelación indicada en el artículo precedente.Artículo 3o.- Mediante Resolución Ministerial de Economía y Finanzas se aprobarán las normas complementarias que fueran necesarias para la mejor aplicación de este dispositivo
legal.Artículo 4 o El presente Decreto de Urgencia será refrenda do por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de la Presidencia y por el Ministro de Economía y Finanzas.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a ios treintiún días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis.ALBERTOJFUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la RepúblicaALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de MlntutrosDANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de la PresidenciaJORGE CAMET D1CKMANN Miniatro de Economía y Finanzas
Nombrado Director Ejecutivo del Programa de Reducción de Vulnerabilidades frente al Evento Recurrente de El
Niño (Preven)en mayo del 2007, Alberto Pandolfi : Esta inhabilitado por diez años por el Congreso.Por Resolución Nº 015 - 2002 - CR, del 28 de mayo del mismo año, Alberto Pandolfi fue inhabilitado para la
actividad pública y cualquier relación con el Estado por el período de diez años.
LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2004CAPÍTULO I
DISPOSICIONES PARA EL PROCESO PRESUPUESTARIO DEL GOBIERNO NACIONAL, GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES
Subcapítulo IAPROBACIÓN PRESUPUESTARIAArtículo 1*.- Aprobación del Presupuesto Anual de Gastos
Apruébase el Presupuesto Anual de Gastos para el Año FISCAL 2004 por el monto de CUARENTA Y CUATRÓMIL CIENTO QUINCE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SIE TE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 44115 387 252,00), que comprende la asignación …
Articulo 2*.- Aprobación del Presupuesto Anual de IngresosApruébase el Presupuesto Anual de Ingresos para el Año Fiscal 2004 por la suma de CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO QUINCE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES <S/. 44 115 387 252.00), por Fuentes de Financiamiento del Presupuesto Anual de Gastos filado en el artículo 1 • de la presente Ley. conforme al detalle siguiente:
DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS … Sexta.- Precísase, que de acuerdo ai Decreto Ley № 20530, es pensionable toda remuneración afecta al descuento para pensiones que sean permanentes en el tiempo
y regulares en su monto. Por lo tanto, no pro cede disponer la inclusión en el monto de la pensión de este régimen, de aquellos conceptos que, por norma expresa han sido establecidas con el carácter de no pensionables, como tampoco aquellos que no han es tado afectos al descuento efectivo para las pensiones de dicho régimen.
Séptima.- Danse por cancelados los montos adeudados por el Ministerio de Economía y Finanzas a la Comi sión üquidadora del FONAVI y/o Fondo MIVIVIENDA, de rivados de los bonos FONAVI aprobados por Decreto de Urgencia № 128-96.
… Décimo Octava.- La presente Ley entra en vigencia a partir del 1 de enero del año 2004, salvo los artículos 5°, 18a, numeral 21.1 del artículo 21a, numeral 24.3 del artícu
lo 24d, Cuarta Disposición Transitoria y Séptima Disposi ción Final que rigen a partir del día siguiente de su publica ción en eí Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIÓN DEROGATORIA Única.- Deróganse o déjanse en suspenso, en su caso, las disposiciones legales y reglamentarias que se opon gan a lo establecido por la presente Ley o limiten su aplica
ción. Asimismo, déjase en suspenso hasta el 31 de diciem bre de 2004, lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley № 27894. Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los treinta días del mes de noviembre de dos mil tres. HENRY PEASE GARCÍA Presidente del Congreso de la República MARCIANO RENGIFO RUIZ Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros
DECRETO DE URGENCIA Ns 023-2003 AMPLÍA EL PLAZO PARA LA LIQUIDACIÓN DEL FONAVI
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que. el Articulo 7" de la Ley N° 26969, constituyó la Comi sión Liquidadora del FONAVI - COLFONAVI, encargada de la liquidación y desactivación
del Fondo Nacional de Vivienda -FONAVI y de la desactivación de la Unidad Técnica Especiali zada del Fondo Nacional de Vivienda - UTE FONAVI;
Que, ?Tiediante Ley N° 27677 se reguló el uso de los <ecursos provenientes de la liquidación del Fondo Nacional de Vivienda - FONAVI; Que. la ley citada dispone la intangibilidad de dichos recursos y su utilización para financiar la construcción de viviendas de interés social,
remodelación de viviendas, la ampliación de casa única y la adquisición de terrenos de interés social y de materiales de construcción; … Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y. Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA; Artículo 1-.- Ampliación de plazo Ampliase en noventa (90) días calendario adicionales el pla zo para la liquidación del Fondo Nacional de Vivienda - FONAVI y la desactivación de
la Unidad Técnica del Fondo Nacional de Vivienda - UTE FONAVI, señalado en el numeral 1.1 del Articulo 1° del Decreto cié Urgencia N° 064-2002 y ampliado por et Artícu lo 2° del Decreto de Urgencia N° 011-2003.
Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia será refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Econo mía y Finanzas y el Ministro de
Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis dias del mes de setiembre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
El banco de la vivienda del perú, transferirá mensualimen te a las entidades del sistema mutual el 30% de la recaudación del "fonavi" LEY №• 24235 ELIAS MENDOZA HABERSPERGER Presidente de la Comisión Permanente del Con greso POR CUANTO: El Congreso ha dado la ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ; Ha dado la ley siguiente: Artículo 1 — El Banco de la Vivienda del Perú, a partir del momento en que se recuperen las amortizaciones de los préstamos otorgados, trans ferirá mensualmente a las
entidades del sistema mutual el treinta por ciento (30%) de la recauda ción del Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI), para el fin específico de que, conjuntamente con los recursos que aporten las Mutuales, sean utiliza dos en el financiamiento de obras de habilitación urbana, conjuntos de viviendas y préstamos indivi duales que signifiquen vivienda única para los tra bajadores fonavistas preferentemente de provin cias.
Artículo 2 — En el Convenio que celebren el Banco de la Vivienda del Perú con las entidades del Sistema Mutual se establecerá las condiciones de plazo, amortización y tasas preferenciales de interés correspondiente y el monto de los recur sos a ser aportados por cada Mutual.
… Comuniqúese al Presidente de la República par ra su promulgación. Casa del Congreso, en Lima, a los once dfaa del mes de Junio de mil novecientos ochenticinco. MANUEL ULLOA ELIAS, Presidente del Se nado. ELIAS MENDOZA HABERSPERGER, Presi dente de la Cámara de Diputados. CARLOS MANCHEGO BRAVO, Senador Se creta] io. EUNCSTO OCAMPO MELENDEZ, Diputado Secretario. AL SEÑOR PRESIDIANTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: No habiendo sido promulgada oportunamente por el señor Presidente de la República; en ob servancia de lo dispuesto por el Artículo 193 de la Constitución,
mando se comunique al Ministe rio de Vivienda y Construcción, para su publica ción y cumplimiento. Casa del Congreso, en Lima, a los once días del mes de Julio de mil novecientos ochenticinco. ELIAS MENDOZA HABERSPERGER, Presi dente de la Comisión Permanente del Congreso. RICARDO MONTEAGUDO MONTEAGUDO, Senador Secretario. RICARDO CASTRO BECERRA. Diputado Se cretario, Lima, 17 de Julio de 1985. Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese. CARLOS PESTAÑA ZEVALLOS, Ministro de Vivienda y Construcción.
Aparicio Mosselli La arenosa historia de este proyecto habitacional comenzó el 31 de enero de 1991, cuando el ex ministro de Vivienda y Construcción,
Guillermo del Solar, nombró a Enrique Alegre Salazar director del Proyecto en reemplazo del ingeniero Jorge Aparicio Mosselli. El proyecto contaba con un presupuesto de US$ 7 500 000. Al año de haber asumido Enrique Alegre la dirección del Proyecto Pachacútec, se formó una comisión interventora presidida por el ingeniero César Muñoz Mathews. El 5 de febrero de 1992, el mismo día de creada la comisión, Enrique Alegre dejó la administración del proyecto. Las obras quedaron paralizadas y las deudas sin pagar. Proveedores de materiales eléctricos, contratistas de obras, contratistas de equipo, instrumentos topográficos, todo quedó sin ser cancelado. El deudor: Ministerio de Vivienda y Construcción. La deuda ascendía a 686. 440,5 dólares al cambio de la época cuando fusionaron, en mayo de 1992, el Ministerio de Vivienda y Construcción y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Nadie quiso encargarse del muerto. La deuda quedó flotando sin un deudor existente. Luego de más de un año y medio de paralizada la obra, y de estar bajo la lupa de la Comisión Interventora, cuatro funcionarios fueron denunciados. Mediante Resolución Suprema 404-93-JUS, la procuradora adjunta de asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Yolanda García Ureta denunció por peculado y concusión a cuatro funcionarios del Proyecto Pachacútec: Enrique Alegre, Jorge Aparicio Mosselli, Juan Vargas Dávila, Otto Cabrera Manrique y Aldo Salazar Samillán.En noviembre de 1993 el 35 Juzgado de Instrucción abrió proceso con mandato de detención contra los cuatro funcionarios, pero éstos apelaron. El mandato de detención fue revocado, se cambió por el de comparecencia. La fiscal Julia Eguía archivó el caso un año después. Este terreno de propiedad de Cordelica está siendo usado ahora para reubicar a los invasores de Villa El Salvador. Actualmente la deuda es de 1'068.407,6 soles, es decir 312.399,8 dólares, pero aún así, Cordelica está empeñada en ubicar en la ciudadela a los invasores. Lo cierto es que la suspensión de este proyecto ha generado muchas deudas que pese a que fueron contraídas por el fusionado Ministerio de Vivienda, deben ser asumidas por el organismo que ahora posee el terreno: Cordelica. (Patricia Caycho)
1. El Señor Carlos Aparicio Mosselli ha sido Gerente General de BANMAT desde el año 2002 hasta el 14 de Abril del 2008 y se le consintió en el cargo contra toda lógica del nuevo gobierno del APRA. Esta práctica aún se mantiene en las esferas de otras dependencias públicas.