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FICHA TECNICA DE NEGOCIACION MODELO TECNOLOGÍA FICHA TÉCNICA DE NEGOCIACIÓN MODELO DE TECNOLOGÍA

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FICHA TECNICA DE NEGOCIACION MODELO TECNOLOGÍA

FICHA TÉCNICA DE NEGOCIACIÓN MODELO DE TECNOLOGÍA

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FICHA TECNICA DE NEGOCIACION COMPRA DE BIENES, PRODUCTOS Y/O SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES Y DE COMÚN UTILIZACIÓN

1. DEFINICIONES APLICABLES AL PROCESO A continuación, se incluyen las definiciones de los términos utilizados en la ficha técnica de negociación con el objeto de facilitar su entendimiento así:

ANUNCIO PÚBLICO: Se entenderá aquel que se realiza: (i) Anuncio público previo sobre el proceso de selección de sociedades comisionistas. Se refiere a la divulgación de la información sobre el proceso de selección de sociedades comisionistas miembros que actúen por cuenta de Entidades Estatales, que se realiza de manera previa a la celebración de la Rueda de Selección, dando cuenta sobre el día y la hora en que se realizará dicha rueda. (ii) Anuncio público de negociación. Se refiere a la divulgación previa a la Rueda de Negociación, de la Información relacionada con el día y la hora en que se llevará a cabo dicha rueda.

MERCADO DE COMPRAS PÚBLICAS MCP: A través del mercado de compras públicas, en adelante “MCP” se celebrarán aquellas operaciones que tengan como causa la adquisición o enajenación de bienes, productos y/o servicios de características técnicas uniformes por cuenta de una entidad estatal que se encuentre sometida al Estatuto General de Contratación Pública.

BIENES Y PRODUCTOS Y/O SERVICIOS: Se refiere a: (i) Bienes y servicios de características técnicas uniformes y; (ii) Productos de origen o destinación agropecuaria, según se definen en el presente Reglamento y en la normatividad aplicable, que pueden ser objeto de adquisición a través de la modalidad de selección abreviada por Bolsa de Productos.

SOCIEDADES COMISIONISTAS: Corresponde al operador de mercado miembro de la Bolsa, que cuenta con la autorización para participar en las diferentes etapas del Mercado de Compras Públicas, denominada SCBC cuando actúa por cuenta de la Entidad Estatal o SCBV cuando actúa por cuenta del comitente vendedor.

COMITENTE VENDEDOR: Corresponde a la persona natural o jurídica, que individualmente o mediante figura asociativa (consorcio, unión temporal) pretende participar en las negociaciones adelantadas en el Mercado de Compras Públicas a través de una sociedad comisionista miembro de la Bolsa.

COMITENTE COMPRADOR: Corresponde a la Entidad Estatal participante en el Mercado de Compras Públicas.

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COMISIONISTA COMPRADOR: Corresponde a la sociedad comisionista miembro seleccionada para actuar por cuenta de la Entidad Estatal.

COMISIONISTA VENDEDOR: Corresponde a la sociedad comisionista miembros que actúa por cuenta del comitente vendedor (empresa de distribuidora de tecnología) individualmente o a través de figura asociativa consorcio o unión temporal.

CONJUNTO DE BIENES Y/O PRODUCTOS Número plural de bienes y/o productos identificados e individualizados plenamente, que se agrupan con el fin de satisfacer las necesidades de contratación de una Entidad Estatal que requiere adquirirlos a través de una sola operación.

FICHA TÉCNICA DE NEGOCIACIÓN: Documento a través del cual se delimita el objeto del encargo que se confiere a la sociedad comisionista compradora y se establecen las obligaciones que, en adición a las contenidas en el presente Reglamento y las normas que lo desarrollan, debe cumplir la sociedad comisionista compradora, así como la forma de ejecutar el encargo conferido a través del contrato de comisión, las condiciones y obligaciones especiales que debe cumplir el comitente vendedor, la posibilidad de solicitar cantidades adicionales y todas las particularidades que la Entidad Estatal pretenda hacer valer en consecución del fin del proceso de adquisición o enajenación adelantado. La Ficha Técnica de Negociación se identificará como “Provisional” hasta la fecha en que se produzca la publicación de que trata el artículo 3.6.2.1.3.1. del presente Reglamento; a partir de dicha publicación la Ficha Técnica de Negociación se identificará como “Definitiva”.

DOCUMENTO DE CONDICIONES ESPECIALES DE BIENES, PRODUCTOS O SERVICIOS: Se refiere al documento elaborado con base en la Ficha Técnica aprobada por el Comité de Estándares de la Bolsa y que para determinado proceso de negociación en el MCP contendrá las calidades particulares de los bienes, productos y/o servicios a negociar en el proceso que corresponda, así como las demás condiciones de los mismos que se pretendan exigir en la negociación. El Documento de Condiciones Especiales de Bienes, Productos o Servicios hará parte integral de la Ficha Técnica de Negociación.

CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN EN LA RUEDA DE NEGOCIACIÓN: Condiciones de Participación en la Rueda de Negociación. Corresponden a las condiciones objetivas jurídicas, de experiencia, capacidad técnica, financiera y de organización que fijará la Entidad Estatal en la Ficha Técnica de Negociación, como requisitos exigidos a las potenciales sociedades comisionistas miembros vendedoras y a sus comitentes. El cumplimiento de estas condiciones será requisito para que cualquier sociedad comisionista miembro actúe por cuenta del comitente que corresponda, en la Rueda de Negociación.

GARANTÍAS ADICIONALES: Garantías que deben otorgar los comitentes vendedores que resultan adjudicatarios de las ruedas de negociación que resulten adjudicatarios de las operaciones celebradas para mitigar riesgos no amparados por las garantías otorgadas a través del sistema de compensación y liquidación de operaciones de la Bolsa, siendo

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claro que los riesgos amparados de este modo, no serán compensables por dicho sistema, debiendo entonces las entidades estatales proceder a verificar la efectividad de dichas garantías acudiendo al procedimiento propio de aquellas, el cual es ajeno a la Bolsa.

ADICIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA Hace referencia al procedimiento establecido en los artículos 3.6.2.1.4.9 y 3.6.2.1.4.11 del Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Bolsa.

MECANISMOS DE PUJA En los términos del artículo 3.6.2.1.3.4 del Reglamento, corresponden a: 1. Posturas sucesivas con disminución de precio unitario (Puja por precio). Mediante este procedimiento las sociedades comisionistas miembros de la Bolsa efectuarán posturas de venta pujando el precio unitario a la baja; 2. Posturas sucesivas con aumento de cantidades sobre un mismo valor total de la negociación (Puja por cantidad). Mediante este procedimiento las sociedades comisionistas miembros de la Bolsa efectuarán posturas aumentando la cantidad de unidades que ofrecen en venta por un mismo valor total de la negociación. 3. Conjunto de bienes. Cuando se trate de negociaciones en las que la Entidad Estatal deba adquirir un Conjunto de Bienes o Productos agrupados de acuerdo con las condiciones que establezca dicha entidad, se tendrán en cuenta las siguientes reglas: 1. La puja se realizará por precio a la baja del Conjunto de Bienes o Productos; 2. La Entidad Estatal debe establecer en la Ficha Técnica de Negociación la conformación exacta del Conjunto de Bienes o Productos y el valor máximo del Conjunto de Bienes o Productos; 3. En los casos en los que la Entidad Estatal requiera la ejecución de la totalidad de su presupuesto, deberá indicar tal situación en la Ficha Técnica de Negociación. En este evento, la diferencia que se presente entre el valor del presupuesto y el valor final al cual se adjudiquen los Conjuntos de Bienes o Productos, deberá cubrirse mediante el suministro de los bienes o productos que identifique la Entidad Estatal en la Ficha Técnica de Negociación, cumpliendo las siguientes condiciones:

i. Deberán ser de la misma clase y calidad de aquellos que integren el conjunto respectivo, y; ii. Deberán ser entregados de acuerdo con el porcentaje dispuesto en la Ficha Técnica de

Negociación, en caso de que se pretenda cubrir el remanente con varios bienes o productos El día del cierre de la negociación la sociedad comisionista vendedora deberá informar a la Bolsa los precios unitarios de cada uno de los bienes o productos que componen el conjunto objeto de negociación, a través de comunicación escrita, con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 3 del presente parágrafo y, en ese sentido, poder establecer la cantidad de Activos que deben ser entregados, en razón a su precio, para ejecutar totalmente el presupuesto de la Entidad Estatal. Si la diferencia que se presente entre el valor del presupuesto y el valor final al cual se adjudiquen los Conjuntos de Bienes o Productos, no logra cubrirse de manera exacta con la entrega de los bienes y productos señalados por la Entidad Estatal en la Ficha Técnica de Negociación, se procederá a entregar tales bienes y

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productos hasta el valor más cercano a dicha diferencia, sin sobrepasarla. De esta forma, el valor total de la operación no será el del presupuesto de la Entidad Estatal, sino el que más se acerque a éste de conformidad con lo señalado.

2. OBJETO La presente negociación tiene como objeto la adquisición, instalación, configuración y puesta en funcionamiento a través de la BMC Bolsa Mercantil de Colombia S.A. de 31 Sistemas de Alimentación Ininterrumpida (UPS), de 62 equipos de Aires Acondicionados y 2 condensadoras adicionales para las Sedes de la ESAP a nivel nacional con destino a la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA - ESAP, de conformidad con el procedimiento establecido en el Reglamento de Funcionamiento y operación de la Bolsa para el Mercado de Compras Públicas.

La presente negociación en atención a las necesidades y características técnicas, se estructura en dos (2) lotes:

LOTE 1 - SISTEMA DE ALIMENTACION ININTERRUMPIDA – UPS

ITEM ELEMENTO SEDE CAPACIDAD CANTIDAD Valor Unitarios ajustados con la

distribución

1 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

MEDELLIN UPS 30KVA 1 $ 58.784.639,17

2 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

MEDELLIN UPS 10KVA 1 $ 36.604.313,93

3 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

QUIBDÓ UPS 20KVA 1 $ 43.838.352,41

4 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

BARRANQUILLA UPS 20KVA 1 $ 37.543.910,37

5 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

BARRANQUILLA UPS 10KVA 1 $ 31.677.993,84

6 Sistemas de Alimentación Ininterrumpida (UPS)

CARTAGENA UPS 30KVA 1 $ 58.784.639,17

7 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

CARTAGENA UPS 10KVA 1 $ 31.932.304,69

8 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

SINCELEJO UPS 10KVA 1 $ 31.677.993,84

9 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

YOPAL UPS 10KVA 1 $ 31.677.993,84

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10 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

MONIQUIRÁ UPS 20KVA 1 $ 43.471.340,48

11 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

TUNJA UPS 20KVA 1 $ 43.838.352,41

12 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

SOGAMOSO UPS 10KVA 1 $ 31.932.304,69

13 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

MANIZALES UPS 30KVA 1 $ 48.828.608,05

14 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

MANIZALES UPS 20KVA 1 $ 37.543.910,37

15 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

POPAYÁN UPS 10KVA 1 $ 31.677.993,84

16 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

POPAYÁN UPS 10KVA 1 $ 32.457.401,54

17 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

NEIVA UPS 20KVA 1 $ 43.471.340,48

18 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

CÚCUTA UPS 30KVA 1 $ 58.235.101,36

19 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

ARAUCA UPS 10KVA 1 $ 32.457.401,54

20 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

DOS QUEBRADAS UPS 10KVA 1 $ 36.361.115,55

21 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

DOS QUEBRADAS UPS 20KVA 1 $ 43.838.352,41

22 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

DOS QUEBRADAS UPS 30KVA 1 $ 58.784.639,17

23 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

BUCARAMANGA UPS 30KVA 1 $ 58.235.101,36

24 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

IBAGUÉ UPS 30KVA 1 $ 58.235.101,36

25 Sistemas de Alimentación

IBAGUÉ UPS 40KVA 1 $ 70.787.488,03

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Ininterrumpida (UPS)

26 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

CALI UPS 10KVA 1 $ 37.108.183,48

27 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

PASTO UPS 40KVA 1 $ 70.787.488,03

28 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

BOGOTÁ - CAN UPS 20KVA 1 $ 43.471.340,48

29 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

BOGOTÁ - ROSALES UPS 30KVA 1 $ 58.235.101,36

30 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

BOGOTÁ - TEUSAQUILLO

UPS 30KVA 1 $ 58.235.101,36

31 Sistemas de Alimentación

Ininterrumpida (UPS)

VILLAVICENCIO UPS 30KVA 1 $ 58.235.101,36

32 Costos de Transporte $ 20.659.731,24

33 Costos de Instalación $ 42.574.214,20

34 Administración $ 56.591.765,48

35 Utilidad $ 34.713.665,75

Total LOTE 1 $ 1.573.289.386,62

En este entendido los porcentajes de disminución que se realicen con relación al presupuesto oficial en la

operación del Lote 1 se distribuirán en igual porcentaje a los valores unitarios de cada ITEM y costos de

transporte, instalación, administración y utilidad discriminados en la tabla anterior..

LOTE 2 – AIRES ACONDICIONADOS

ITEM ELEMENTO TIPO CAPACIDAD BTU CANTIDAD VALOR UNITARIO

TOTAL ANTES DE IVA

1 Aires

Acondicionado MiniSplit 9.000 BTU 2 $ 3.823.528,80

2 Aires

Acondicionado MiniSplit 12.000 BTU 8 $ 17.741.172,80

3 Aires

Acondicionado MiniSplit 18.000 BTU 3 $ 8.717.646,60

4 Aires

Acondicionado MiniSplit 24.000 BTU 20 $ 68.823.534,00

5 Aires

Acondicionado MiniSplit 36.000 BTU 7 $ 49.568.236,90

6 Aires PISO TECHO 12.000 BTU 1 $ 2.217.646,60

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Acondicionados

7 Aires

Acondicionados PISO TECHO 36.000 BTU 6 $ 42.487.060,20

8 Aires

Acondicionado CASSETE 36.000 BTU 15 $ 113.814.324,00

9 Condensadoras 120000 BTU 120.000 BTU 2 $ 25.969.411,00

Total LOTE 2 64 $ 333.162.560,90

En este entendido los porcentajes de disminución que se realicen con relación al presupuesto oficial en la

operación del Lote 2 se distribuirán en igual porcentaje a los valores unitarios de cada ITEM.

Modalidad de Adquisición: La negociación se realizará bajo la modalidad de PUJA POR PRECIO: de conformidad

con lo dispuesto en el artículo 3.1.2.5.6.3 de la Circular Única BMC Bolsa Mercantil de Colombia, en en dos (2)

operaciones cada una de un (1) lote contra el valor del proceso como se detalla a continuación: Las características técnicas propias de los bienes objeto de adquisición se encuentran detalladas en el (los) documento de condiciones especiales que hacen parte integral a este documento y de las obligaciones descritas para la debida ejecución de la negociación. Una vez cerrada la negociación, el comisionista vendedor y su comitente vendedor informarán a la comisionista compradora y a la Dirección de Información, los precios unitarios de cada uno de los bienes objeto de adquisición que resultarán aplicables en la ejecución de la negociación y como resultado de la rueda de negociación, incluyendo el IVA correspondiente, se precisa que en ningún caso el valor unitario informado por el comitente comprador podrá superar el valor unitario establecido por el comitente comprador en el presente documento. El comitente comprador podrá solicitar en la ejecución de la negociación la solicitud de bienes al comitente vendedor por encima o por debajo del tiempo pactado en la rueda de negociación, hasta en un cincuenta por ciento (50%), previa aceptación del comitente vendedor. La adición y terminación anticipada antes señalada, es posible siempre y cuando el comitente comprador solicite las cantidades adicionales o informe las cantidades no requeridas con (30) treinta días calendario de anticipación a la fecha establecida de entrega de los bienes y/o servicios. En todo caso, para estos efectos se dará cumplimiento a lo establecido en el Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Bolsa.

3. VALOR MÁXIMO DE LA OPERACIÓN

El valor máximo de los bienes a adquirir será de MIL NOVECIENTOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS MCTE [$1.906.451.947,53], valor que NO incluye IVA de los bienes, comisiones, impuestos, tasas, gravámenes, costos de Bolsa ni Servicio de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías.

PRESUPUESTO LOTE 1 UPS Y LOTE 2 AIRES ACONDICIONADOS

Servicios SIN IVA IVA TOTAL

LOTE 1: UPS 1.573.289.386,63 298.924.983,46 1.872.214.370,09

LOTE 2: AIRES 333.162.560,90 63.300.886,57 396.463.447,47

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ACONDICIONADOS

SUBTOTAL LOTE 1 UPS Y LOTE 2 AIRES:

1.906.451.947,53 362.225.870,03 2.268.677.817,56

Los impuestos, tasas, contribuciones, descuentos y retenciones aplicables a la operación que se realizará por cuenta de la Entidad Estatal son los siguientes:

Porcentaje Descripción del Impuesto, Tasa o Contribución aplicable*

19% IVA

Teniendo así, un valor máximo de la negociación después de IVA de DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO PESOS MCTE ($2.268.677.818).

4. PLAZOS PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES El plazo para la entrega, será hasta el 30 de diciembre de 2020, para la Instalación de los mismos tendrá como plazo máximo el 30 de enero de 2021; para lo cual remitirá cronograma de suministro e instalación el cual deberá ser aprobado por el supervisor designado por el comitente comprador, previo cumplimiento de los siguientes requisitos:

Emisión del comprobante de negociación

Expedición del Registro Presupuestal por parte del comitente comprador

Aprobación por parte del comitente comprador, de las garantías que amparan la ejecución de la negociación.

Revisión y aprobación de los documentos remitidos por BMC por parte del comitente comprador conforme a las condiciones solicitadas tanto para el comitente vendedor como para el equipo de trabajo, donde se evidencie que cumple con los requisitos requeridos en la ficha técnica.

El comitente vendedor deberá designar un representante, quien tendrá contacto permanente con el supervisor de la negociación que designe el comitente comprador, presentando informes ordinarios, suficientes y oportunos, sobre el estado de los servicios, que contengan como mínimo el estado de la ejecución de la negociación.

4. SITIOS DE ENTREGA DE LOS BIENES

Para efectos de entrega, instalación y puesta en funcionamiento, el comitente vendedor deberá enviar al comitente comprador el cronograma para la entrega, instalación y capacitación de los ingenieros a nivel nacional para la adecuada prestación del servicio. La entrega de los bienes se deberá efectuar al ingeniero de sistemas de cada territorial en las siguientes sedes de la ESAP:

LOTE 1 - SISTEMA DE ALIMENTACIÓN ININTERRUMPIDA – UPS

No. CIUDAD DIRECCIÓN ENTREGA UPS A

INSTALAR CONTACTO

TELEFONO CONTACTO

1 MEDELLIN – SEDE Calle 56 # 45-34 Centro - UPS 30KVA JULIO CÉSAR 3007076228

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ACÁDEMICA Medellin-Antioquia RESTREPO VELASQUEZ

2 MEDELLIN – SEDE ADMINISTRATIVA

Calle 57 # 45-83 Centro - Medellin-Antioquia

UPS 10KVA JULIO CÉSAR

RESTREPO VELASQUEZ

3007076228

3 QUIBDÓ Calle 24 # 6-20 Yesca Grande

Quibdó-Chocó UPS 20KVA

YILMAR LONDOÑO

MOSQUERA 3122583976

4 BARRANQUILLA – SEDE ACÁDEMICA

Carrera 54 #59-248 UPS 20KVA MARCO FIDEL SUÁREZ YEPES

3016403179

5 BARRANQUILLA –

SEDE ADMINISTRATIVA

Carrera 49C 82-166 UPS 10KVA MARCO FIDEL SUÁREZ YEPES

3016403179

6 CARTAGENA

AV Pedro de Heredia, Sector El Espinal calle 32 N° 18C - 192

UPS 30KVA LUIS GUILLERMO ARELLANO ROMERO

3013185178 7 UPS 10KVA

8 SINCELEJO Carrera 17 #23-54 Sincelejo UPS 10KVA LUIS GUILLERMO

ARELLANO ROMERO

3013185178

9 YOPAL Calle 13 N# 24-16 UPS 10KVA YECID FREDDY

HIGUERA BECERRA

3132292404

10 MONIQUIRÁ Kilómetro 1 Vía a Tunja Sector el

Papayal UPS 20KVA

YECID FREDDY HIGUERA BECERRA

3132292404

11 TUNJA Avenida Oriental No.9-11 UPS 20KVA YECID FREDDY

HIGUERA BECERRA

3132292404

12 SOGAMOSO Calle 18 N# 10-22 UPS 10KVA YECID FREDDY

HIGUERA BECERRA

3132292404

13 MANIZALES Calle 64 A No.30-29 Vía Fátima

UPS 30KVA PABLO ANDRES JURADO ROMAN

3117914626 14 UPS 20KVA

15 POPAYÁN

Carrera 5a No. 53 N - 249 Vía Pisoje

UPS 10KVA JOSE MANUEL PAZ AGUILAR

3234722484 16 UPS 10KVA

17 NEIVA Calle 10 # 5-92 Centro UPS 20KVA JASSON FABIAN OLIVEROS ORTIZ

3213367240

18 CÚCUTA Calle 2 #11Este-22, Cúcuta,

Norte de Santander UPS 30KVA

DIEGO MOGOLLON

3182665295

19 ARAUCA calle 14N 24-90 Barrio Santa

Teresita , Arauca UPS 10KVA

DIEGO MOGOLLON

3182665295

20

DOS QUEBRADAS Carrera 7 No. 9 – 64 Sector a

Badea - Dosquebradas

UPS 10KVA JORGE AUGUSTO

SÁNCHEZ JÁCOME 3005515894 21 UPS 20KVA

22 UPS 30KVA

23 BUCARAMANGA Carrera 28 Nos. 31-07 y31-17 UPS 30KVA MABEL YADIRA

COGOLLO 3186915731 / 3163964915

24 IBAGUÉ Calle 33 No. 8-142 Barrio Gaitán UPS 30KVA JAIRO BERRÍO

PATIÑO 3164731857

25 FUSAGASUGÁ Cr 2 No. 20-02 Barrio Fusacatán

Teléfonos: (071) 8673649- 8678500 – 8676612 – 8671453

UPS 40KVA CARLOS

ORLANDO URREA BAQUERO

3112516251

26 CALI Avenida 2 Bis No. 24 N-25 Barrio UPS 10KVA JEFFRY 3002386154

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San Vicente- Cali ALEXANDER RIEDIJK BARRERA

27 PASTO Calle 14 No 24-42 Barrio

Santiago UPS 40KVA

GLADYS PATRICIA MARTÍNEZ

CASTAÑEDA 3133947869

28 BOGOTÁ - CAN Calle 44 #53-37 UPS 20KVA JULIÁN JIMÉNEZ 3206793126

29 BOGOTÁ - ROSALES Carrera 4 #75 - 49/55 UPS 30KVA JULIÁN JIMÉNEZ 3206793126

30 BOGOTÁ -

TEUSAQUILLO Calle 35 #14 -30 UPS 30KVA JULIÁN JIMÉNEZ 3206793126

31 VILLAVICENCIO Calle 34b-31a-15/17 UPS

30KVA

EDGAR ALFREDO

HERNÁNDEZ PEÑA

3125311188

LOTE 2 – AIRES ACONDICIONADOS

CIUDAD DIRECCION TIPO Capacidad NO. CONTACTO TELEFONO CONTACTO

ARAUCA Calle 14 # 24-90 Barrio

Santa Teresita

CASSETE 36000 BTU 2 DIEGO

MOGOLLON 3182665295 MiniSplit 24000 BTU 7

MiniSplit 36000 BTU 1

BOGOTÁ - CAN

Calle 44 #53-37

PISO TECHO 36000 BTU 2 JULIÁN

JIMÉNEZ 3206793126 MiniSplit 24000 BTU 2

Condensador 120000 BTU 2

BUCARAMANGA

CARRERA 26 No. 30-70 SEDE B

MiniSplit 24000 BTU 2 MABEL YADIRA

COGOLLO

3186915731 / 3163964915

MiniSplit 36000 BTU 1

CÚCUTA Calle 2 #11Este-22 PISO TECHO 36000 BTU 1 DIEGO

MOGOLLON 3182665295

SPLIT 24000 BTU 4

DOS QUEBRADAS

CARRERA 7No 9-64

MiniSplit 12000 BTU 1 JORGE AUGUSTO SÁNCHEZ JÁCOME

3005515894 MiniSplit 24000 BTU 1

CASSETE 36000 BTU 1

PISO TECHO 36000 BTU 1

FUSAGASUGÁ Carrera 2#20-70 (antes

carrera#19-76)

MiniSplit 12000 BTU 2 CARLOS ORLANDO

URREA BAQUERO

3112516251 MiniSplit 36000 BTU 1

IBAGUÉ CALLE 33 No. 8A-50 CASSETE 36000 BTU 1 JAIRO BERRÍO

PATIÑO 3164731857

MiniSplit 36000 BTU 1

MANIZALES Calle 64#30-29

MiniSplit 12000 BTU 1 PABLO

ANDRES JURADO ROMAN

3117914626 MiniSplit 24000 BTU 2

MiniSplit 36000 BTU 1

MEDELLIN Calle 56 #45-34 MiniSplit 12000 BTU 3 JULIO CÉSAR 3007076228

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ADMINISTRATIVA

MiniSplit 18000 BTU 1 RESTREPO VELASQUEZ MiniSplit 36000 BTU 1

MEDELLIN ACADÉMICA

Calle 57#45-83

MiniSplit 12000 BTU 1 JULIO CÉSAR

RESTREPO VELASQUEZ

3007076228 MiniSplit 18000 BTU 1

MiniSplit 9000 BTU 1

MiniSplit 36000 BTU 1

NEIVA Calle 10 # 5-92 Centro MiniSplit 18000 BTU 1

JASSON FABIAN

OLIVEROS ORTIZ

3213367240

MiniSplit 9000 BTU 1

PASTO Calle 14 No. 24-42

Barrio Santiago Pasto – Nariño

PISO TECHO 36000 BTU 1 GLADYS

PATRICIA MARTÍNEZ

CASTAÑEDA

3133947869

MiniSplit 24000 BTU 1

POPAYÁN Carrera 5#53N-249 PISO TECHO 12000 BTU 1 JOSE MANUEL

PAZ AGUILAR 3234722484

CASSETE 36000 BTU 11

TUNJA Av oriental #9-11; diagonal 30a#9-12

MiniSplit 24000 BTU 1 YECID FREDDY HIGUERA BECERRA

3132292404

PISO TECHO 36000 BTU 1

NOTA 1: El comitente vendedor asumirá todos los costos incluidos, tales como transporte, traslado, monte y desmonte de los mismos, por lo que el costo debe ser concordante con el valor de la negociación inicial que se realice por el Lote 1 y el Lote 2. NOTA 2. En caso de cambio de sede el comitente comprador avisara al comitente vendedor.

5. FORMA DE PAGO F.1. Forma de pago a la Sociedad comisionista de Bolsa Los recursos que correspondan a la comisión pactada según lo señalado en el Carta de Intención serán pagados de la siguiente manera: 1. Cien por ciento (100%) dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la celebración de la operación de mercado encargada en la Bolsa Mercantil de Colombia con la entrega del cronograma de trabajo por parte del comitente vendedor y el plan de trabajo para el seguimiento del mismo por parte del comisionista. Los pagos se realizarán teniendo en cuenta los procedimientos de pago aplicables a la Entidad, previa acreditación del cumplimiento de las obligaciones establecidas para tal fin. El pago de la comisión se realizará directamente a la Sociedad Comisionista Comprador F.2. Forma de pago de costos asociados a la operación. El COMITENTE COMPRADOR, realizará la transferencia del 100% del valor total de la operación a la Bolsa Mercantil de Colombia.

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Los costos y gastos asociados a la celebración de la operación que se generen por concepto de registro en Bolsa y servicio de compensación y liquidación serán pagados ante el sistema de compensación y liquidación en los términos establecidos en el Título Séptimo del Libro primero de Circular Única de Bolsa, para cada concepto. Los recursos para este pago están provistos por la entidad y se encuentran contemplados en el presupuesto oficial estimado. Sin perjuicio de lo anterior, el pago que se genere en virtud del contrato estará sujeto a la programación y aprobación del programa Anual Mensualizado de Caja -PAC y a la situación efectiva de los recursos por parte de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Nota: En el evento en que se generen rendimientos financieros por los recursos situados en el Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A. deben ser reintegrados al Comitente Comprador quien determinará el procedimiento a seguir a través de la información incluida en la carta de intención. F.3. Forma de pago al Comitente Vendedor. El COMITENTE COMPRADOR pagará a través del sistema de compensación, liquidación y Administración de Garantías de la BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A., a quien previamente la ESAP habrá efectuado la transferencia del 100% del valor total de la operación una vez termine la rueda de negocios así: LA ESAP pagará al comitente vendedor dentro de los cuatro (4) días hábiles siguientes a que la totalidad de elementos se encuentren debidamente instalados en las sedes de la ESAP., únicamente a través del Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., así: LOTE 1 - SISTEMA DE ALIMENTACION ININTERRUMPIDA – UPS El contrato se pagará en un (1) pagos así: a) Un único pago al momento de suscribir la transacción en bolsa mercantil, Valor que será entregado antes del 28 de diciembre de 2020 en custodia a través del Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A. pero que no será efectivo para el comitente vendedor sino hasta la finalización de la Operación, en el momento que la totalidad de elementos se encuentren debidamente instalados en las sedes de la ESAP. LOTE 2 - AIRES ACONDICIONADOS El contrato se pagará en un (1) pagos así: a) Un único pago al momento de suscribir la transacción en bolsa mercantil, Valor que será entregado antes del 28 de diciembre de 2020 en custodia a través del Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A. pero que no será efectivo para el comitente vendedor sino hasta la finalización de la Operación, en el momento que la totalidad de elementos se encuentren debidamente instalados en las sedes de la ESAP. Para los pagos los soportes que se relacionan a continuación:

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a) Factura b) Informe mensual de ejecución de la operación c) Copia de la planilla de pago de la seguridad social y aportes parafiscales del personal que participa en la ejecución del servicio, correspondiente al mes en el que se presentó el servicio, d) Comprobantes de pago de los aportes parafiscales y de seguridad social e) Certificación emitida por el representante legal bajo la gravedad de juramento, en la que indique encontrarse al día en el pago al personal que hace parte de la ejecución del servicio. Para el último pago, el comitente vendedor deberá allegar certificación expedida por el personal en la cual conste que se encuentra a paz y salvo por todo concepto (nómina, liquidaciones, honorarios, entre otros). Los documentos deberán ser radicados por el COMISIONISTA VENDEDOR dentro de los 5 días hábiles siguientes al mes vencido al COMISIONISTA COMPRADOR quien procederá a su entrega al comitente comprador para ser objeto de revisión y validación por parte del SUPERVISOR de la negociación y quien emitirá el certificado de cumplimiento y de recibo a satisfacción de conformidad con los servicios efectivamente prestados durante el respectivo mes dentro de los 5 días hábiles siguientes a la entrega de la anterior documentación. Si se presenta alguna corrección para los documentos entregados al COMISIONISTA COMPRADOR tendrá 5 días hábiles para realizar la corrección respectiva.

6. CONDICIONES DE LA SOCIEDAD COMISIONISTA VENDEDORA CORRESPONDIENTES AL COMITENTE VENDEDOR PREVIAS A LA CELEBRACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN

A efectos de participar en la Rueda de Negociación por cuenta del Comitente Vendedor, la Sociedad Comisionista Vendedora deberá entregar a la Bolsa, debidamente diligenciados, los Anexos No. 40 (Manifestación de Interés para participar en Rueda de Negociación) y No. 41 (Certificación del cliente sobre la no conformación de Beneficiario Real - Autorización para el levantamiento de la reserva para la validación de la conformación de Beneficiario Real) de la Circular Única de Bolsa, los cuales se adjuntan a la presente Ficha Técnica de Negociación. La certificación con todos los documentos señalados, deben ser entregados a más tardar el cuarto (4°) día hábil anterior a la Rueda de negociación por lo menos antes de las 12:00 m. adjuntando cada uno de los documentos soportes de las condiciones exigidas en la presente ficha técnica de negociación, los cuales tienen que ser radicados debidamente foliados y con su respectivo índice, que contendrá los documentos de carácter jurídico y el otro los de carácter técnico, financiero y de experiencia. Para efectos de revisión, a más tardar el segundo (2°) día hábil anterior antes de las 12:00 m a la Rueda de Negociación, la Unidad de Gestión Estructuración remitirá a las sociedades comisionistas que hayan radicado documentos, el resultado de la verificación documental, para lo cual, las sociedades comisionistas vendedoras deberán, el día hábil anterior la Rueda de Negociación a más tardar a las 02:00 p.m. entregar los documentos sujetos a subsanación. Nota: En cumplimiento del Artículo 3.1.2.5.6.1 de la Circular Única de Bolsa, el término pactado anteriormente para la subsanación será único, por lo que, los documentos allegados con posterioridad no serán admitidos ni objeto de verificación documental.

6.1. CONDICIONES JURÍDICAS DE PARTICIPACIÓN

El comitente vendedor deberá presentar los requisitos y documentos jurídicos señalados en este numeral del presente proceso de selección que tienen por finalidad establecer la habilidad del comitente vendedor para

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participar en la operación a. CARTA DE PRESENTACIÓN La carta de presentación, según el modelo suministrado por la entidad en el FORMATO 01 - CARTA DE PRESENTACIÓN y los requisitos establecidos en el presente documento. La Carta de Presentación deberá estar suscrita por el Comitente Vendedorcomitente vendedor persona natural, o el representante legal de la persona jurídica o, por el representante de la forma asociativa o el apoderado cuando la oferta se presente a través de esta figura, en los términos señalados en el FORMATO N° 01 “CARTA DE PRESENTACIÓN”. En el evento que la propuesta sea presentada y suscrita por un apoderado se deberá adjuntar el poder por medio del cual se le faculte para presentar la propuesta y suscribir el contrato que se derive del presente proceso de selección, dicho poder debe cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 14 del Decreto 2148 de 1983. El comitente vendedor Comitente Vendedormanifestará en el mismo FORMATO N° 02, bajo la gravedad del juramento que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad o en las prohibiciones o conflicto de intereses establecidas en la Constitución Política o en la ley. En el caso de figuras asociativas (consorcios, uniones temporales o promesa de sociedad futura- psf), la manifestación bajo la gravedad del juramento de no encontrarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad, o en las prohibiciones o conflicto de intereses establecidas en la Constitución Política, o en la ley, será hecha por el representante de la figura asociativa. En la carta de presentación el comitente vendedor Comitente Vendedordeberá indicar sobre la información suministrada en su propuesta, cuál es de carácter reservado, señalando la norma que le otorga tal carácter. En caso de no hacer dicha manifestación se entenderá que no existen documentos de carácter reservado. b. CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE PAGO DE APORTES DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES De conformidad con lo estipulado en el artículo 50 de la Ley 789 de 2007, la Ley 828 de 2003 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, deberá anexar certificación expedida por el Revisor Fiscal, en la cual se indique que la empresa cumple y se encuentra a paz y salvo con el pago de las contribuciones al Sistema Integral de Seguridad Social – Empresa Prestadora de Servicios (EPS), Fondo de Pensiones y Administradora de Riesgos Profesionales (ARP), y de los Aportes Parafiscales – Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Cajas de Compensación Familiar – a que haya lugar, de todos los empleados a su cargo. En el evento de no estar obligado de contar con Revisor Fiscal, esta certificación deberá ser expedida por el Representante Legal de la empresa, indicando expresamente la no obligatoriedad de contar con el mismo. Cada una de las personas jurídicas, miembros de un consorcio o unión temporal, deberán anexar esta certificación en forma individual. La obligación de presentar las certificaciones de cumplimiento del artículo 50 de la ley 789 de 2007 no aplica para personas jurídicas extranjeras, salvo que participen sucursales de éstas legalmente constituidas en Colombia, caso en el cual deberán presentar la certificación mencionada en el primer párrafo de este numeral o una certificación del representante legal de la sucursal en la que manifieste que la sucursal no tiene

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empleados y, por lo tanto, no deben cumplir con lo señalado en la ley 789 de 2007. Para el efecto los comitentes vendedores deberán presentar con la propuesta el FORMATO 05 - MODELO CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002 Y LEY 828 DE 2003 PERSONA JURÍDICA o el FORMATO 5A - MODELO CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002 Y LEY 828 DE 2003 - PERSONA NATURAL, según corresponda.

• Personas Jurídicas Cuando el interesado sea una persona jurídica, deberá presentar una certificación, en original, expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la fecha de presentación de su propuesta, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. Adicional a lo anterior:

- En caso que el oferente no cuente con personal a cargo deberá allegar el FORMATO 05 - MODELO CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002 Y LEY 828 DE 2003 PERSONA JURÍDICA según la OPCIÓN 1, del pliego de condiciones.

- En el caso que la persona jurídica cuente con personal a cargo deberá allegar el FORMATO 05 - MODELO CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002 Y LEY 828 DE 2003 PERSONA JURÍDICA según la OPCIÓN 2, del pliego de condiciones con el cual se acredita que ha efectuado el pago por concepto de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) de los empleados a cargo, durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de nuestra propuesta para el presente proceso de selección.

Cuando la certificación sea expedida por revisor fiscal deberá adjuntar a la propuesta CEDULA DE CIUDADANÍA, TARJETA PROFESIONAL Y CERTIFICACIÓN DE ANTECEDENTES DE LA JUNTA CENTRAL DE CONTADORES VIGENTE.

• Personas Naturales Tratándose de personas naturales, se deberá acreditar que se encuentran al día en el pago por concepto de los aportes a los sistemas de salud y pensiones, para lo cual deberá aportar el certificado de afiliación a dichos sistemas, el cual debe ser expedido dentro de los treinta (30) días anteriores al cierre del proceso. Adicional a lo anterior:

- En caso que el oferente no cuente con personal a cargo deberá allegar el FORMATO 05A - MODELO CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002 Y LEY 828 DE 2003 - PERSONA NATURAL según la OPCIÓN 1, del pliego de condiciones.

- En el caso que la persona natural cuente con personal a cargo deberá allegar el FORMATO 05A -

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MODELO CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002 Y LEY 828 DE 2003 - PERSONA NATURAL según la OPCIÓN 2, del pliego de condiciones con el cual se acredita que ha efectuado el pago por concepto de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) de los empleados a cargo, durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de nuestra propuesta para el presente proceso de selección.

• Consorcios y Uniones Temporales

En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes que sea persona jurídica o natural, deberá cumplir con este requisito. c. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DEL COMITENTE VENDEDOR Y/O REGISTRO

MERCANTIL Si el comitente vendedor es una persona jurídica nacional o extranjera con sucursal en Colombia, deberá comprobar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio. Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras, que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán comprobar su existencia y representación legal de conformidad con las normas de su país de origen, atendiendo lo establecido en el Pliego de Condiciones para la presentación de documentos expedidos en el extranjero. El Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio, en el cual se constate la vigencia de la sociedad, la cual no podrá ser inferior al término de ejecución del contrato y tres (3) años más; las facultades del representante legal y su objeto social, el cual debe ser afín al objeto que se pretende contratar. Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, cada sociedad integrante de los mismos, deberá comprobar su existencia y representación, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio, el cual deberá contener la información y cumplir las mismas exigencias anteriormente citadas. La fecha de expedición no podrá ser superior a treinta (30) días calendario anteriores a la estipulada como fecha límite para presentar propuestas. En caso de prórroga del plazo de la licitación, el certificado tendrá validez con respecto a la primera fecha de cierre. Si la propuesta fuere suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que se encuentre abierta en Colombia y/o por el representante de ésta, deberá acreditarse la capacidad jurídica de la sucursal y/o de su representante mediante la presentación del original del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de la ciudad de la República de Colombia en la cual se encuentre establecida la sucursal, cuya fecha de expedición deberá ser dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de presentación de la Propuesta. Las personas naturales deberán presentar certificado de inscripción en Cámara de Comercio o registro mercantil en el cual conste que su actividad mercantil registrada es directamente relacionada con la que se pretende contratar. El registro mercantil debe estar vigente a la fecha de presentación de la propuesta. Nota: Las personas naturales que no se encuentran inscritas en el registro mercantil no están obligadas a

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presentar este documento. d. AUTORIZACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL Y/O APODERADO Cuando el representante legal de la persona jurídica se encuentre limitado de conformidad con el certificado de existencia y representación legal, para presentar propuesta o para contratar o comprometer a la sociedad, deberá anexar la AUTORIZACIÓN del órgano social correspondiente, que lo autorice para presentar la propuesta y suscribir el contrato en el caso que le sea adjudicado. Si el comitente vendedor participa en el presente proceso de contratación por intermedio de un representante, deberá adjuntar en la propuesta el poder debidamente otorgado que lo acredite como tal, de conformidad con los requisitos legales establecidos para el efecto. Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia deben acreditar en el país un representante domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del presente proceso de selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran así como el contrato ofrecido, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente pliego de condiciones, así como para representarla judicial o extrajudicialmente. Dicho representante podrá ser el mismo representante único para el caso de personas extranjeras que participen en consorcio o unión temporal, y en tal caso bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes del consorcio o unión temporal. El poder que otorga las facultades, en caso de ser expedido en el exterior, debe cumplir todos y cada uno de los requisitos legales exigidos para la validez y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el exterior con el propósito que puedan obrar como prueba conforme a lo dispuesto en el artículo 251 del Código General del Proceso y demás normas vigentes. e. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES Teniendo en cuenta que en virtud del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto 19 de 2012, en concordancia con el artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015, que disponen que “Todas las personas naturales o jurídicas nacionales, o las extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes”, los comitentes vendedores deberán allegar el Registro Único de Proponenentes expedido por la Cámara de comercio con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la estipulada como fecha límite para presentar propuestas en el que se acredite que la experiencia de contratos celebrados, se encuentran identificados con el Clasificador de Bienes y Servicios. Cuando el comitente vendedor sea consorcio o unión temporal, cada uno de sus integrantes deberá anexar el documento aquí descrito en el que se acredite que la experiencia de contratos celebrados aportada por cada uno de sus miembros se encuentra inscrita conforme la clasificación dada por la entidad. En todo caso, la inscripción y/o actualización y/o renovación del RUP, debe encontrarse VIGENTE y en FIRME a la fecha de traslado del informe de evaluación.

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Las personas extranjeras sin domicilio o sin sucursal en Colombia, que de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 no se deben inscribir en el RUP, deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos habilitantes de capacidad jurídica, capacidad financiera y de organización acompañado de las respectivas certificaciones, con sujeción a las disposiciones normativas de su país de origen y de conformidad con lo establecido en el numeral 3.1.18 del presente pliego de condiciones. f. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO El comitente vendedor deberá adjuntar junto con su propuesta el Registro Único Tributario emitido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. g. FOTOCOPIA CÉDULA DE CIUDADANÍA Si el comitente vendedor es persona jurídica, deberá aportar junto con su propuesta fotocopia legible de la cédula de ciudadanía del representante legal o quien haga sus veces. Si el comitente vendedor es consorcio y/o unión temporal, deberá aportar junto con su propuesta fotocopia legible de la cédula de ciudadanía de cada uno de los representantes legales o quienes hagan sus veces de los integrantes de la figura asociativa. Si el comitente vendedor es persona natural deberá aportar junto con su propuesta fotocopia legible de la cédula de ciudadanía. h. BOLETÍN DE RESPONSABLES FISCALES Se verificará si el interesado se encuentra señalado en el último Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República. En todo caso, el comitente vendedor deberá adjuntar dicha certificación a su propuesta. i. CERTIFICADO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN Y REGISTRO DE SANCIONES Y CAUSAS DE INHABILIDAD –

SIRI– VIGENTE, EXPEDIDO POR LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Se consultará y verificará, de la página Web de la Procuraduría General de la Nación, los antecedentes disciplinarios de quienes van a participar en el presente proceso de conformidad con lo establecido en la Ley 1238 de 2008. En todo caso el comitente vendedor deberá anexar a la propuesta dicho certificado actualizado. j. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES Se consultará y verificará, de la página Web de Policía Nacional de Colombia los antecedentes penales del representante legal de la persona jurídica individual, de los representantes legales de los consorcios y/ uniones temporales que van a participar en el presente proceso. En todo caso, el comitente vendedor deberá adjuntar dicha certificación a su propuesta. k. CONSULTA RNMC Se verificará, en la página Web de la Policía Nacional de Colombia, la Consulta al RNMC (Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas de la Policía Nacional), de las personas naturales, el representante legal de la persona jurídica individual, de los representantes legales de los consorcios y uniones temporales y de los

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integrantes de estos, que presenten propuesta en el presente proceso. En todo caso, el comitente vendedor deberá adjuntar dicha certificación a su propuesta. l. LIBRETA MILITAR Si el comitente vendedor es persona natural hombre menor de 50 años, deberá junto con su propuesta adjuntar fotocopia legible de la libreta militar. En caso de pérdida deberá anexar certificación de la Dirección de Reclutamiento donde conste que la situación militar se encuentra definida. En todo caso de conformidad con lo establecido en la Ley, la entidad verificará la situación militar con la entidad competente para ello. m. CONTROL PREVENTIVO DE LAS PRÁCTICAS COLUSIVAS Se en el marco de los principios de la contratación pública y con el objeto de minimizar los riesgos de colusión entre oferentes en los procesos de selección, adopta las prácticas que promueven la participación trasparente y competitiva de los comitentes vendedores en las distintas modalidades de procesos públicos. Según lo previsto por la Ley 155 de 1959, Decreto 2153 de 1992, Ley 1340 de 2009, Decreto 3523 de 2009, modificado por el Decreto 1687 de 2010 y en especial por lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 1474 de 2011, el Oferente deberá expresar de forma unilateral su compromiso de no ejercer practicas colusivas o restrictivas de la Competencia. En caso de presentarse en unión temporal o consorcio, el presente anexo deberá diligenciarse por cada uno de los integrantes y por el representante legal de la figura asociativa. n. CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES Además de los documentos requeridos para las personas jurídicas, los miembros del consorcio o unión temporal (según el caso), deberán aportar el documento de constitución firmado por los integrantes, el cual deberá tener en cuenta lo dispuesto en el Artículo 7º de la Ley 80 de 1993, para el efecto el documento de constitución según el caso, deberá contener como mínimo la información señalada en los FORMATO 04 - MODELO CONFORMACIÓN CONSORCIO y FORMATO 04A - MODELO CONFORMACIÓN UNIÓN TEMPORAL. Y deberá expresar lo siguiente: a) Identificación de cada uno de sus integrantes: Nombre o razón social, tipo y número del documento de

identificación y domicilio. b) Designación del representante: Deberán señalar expresamente su identificación, facultades, entre ellas, la

de presentar la propuesta correspondiente al presente proceso de selección y las de celebrar, modificar, transigir, conciliar y liquidar el contrato en caso de ser adjudicatario, así como la de suscribir todos los documentos contractuales y poscontractuales que sean necesarios, es decir que el representante legal tiene plenas facultades para representar a la forma asociativa y adoptar todas las decisiones.

c) Indicación de los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato de cada uno de los integrantes de la forma asociativa, así como las reglas básicas que regularán sus relaciones.

d) Indicar la participación porcentual de cada uno de los integrantes en la forma asociativa correspondiente. e) En todo caso, la vigencia de la forma de asociación escogida no podrá ser inferior al término de ejecución y

liquidación del contrato y tres (3) años más.

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f) Se deben anexar los documentos de constitución y representación legal de cada uno de sus integrantes, y de sus representantes legales, sus NIT, cédulas de ciudadanía, certificado de cumplimiento del pago de sus obligaciones con los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes parafiscales

Los comitentes vendedores que se presenten como Consorcio o Unión Temporal deberán tener en cuenta lo siguiente: a) Los objetos sociales de sus integrantes deben permitir el desarrollo del objeto del presente proceso y la

duración de las personas jurídicas que lo conforman no puede ser inferior al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más.

b) Si la facturación se va a realizar directamente por el Consorcio o Unión Temporal, se deberá indicar los datos de razón social y NIT de cada uno de los integrantes indicando el nivel de participación de cada uno dentro del contrato. Si el proceso le es adjudicado, deberá presentar, previo al momento de la suscripción del contrato, la identificación tributaria – NIT que haya solicitado para el consorcio o UT ante la Dirección de Impuestos Nacionales.

c) En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, para el caso de los integrantes de un Consorcio o Unión Temporal, para efectos de pago deberán manifestar con respecto a la facturación, dentro de su propuesta:

I. Si la va a efectuar en representación del Consorcio o la Unión Temporal uno de sus integrantes,

caso en el cual debe informar el número de identificación tributaria - NIT de quien va a facturar. II. Si la facturación la van a presentar en forma separada cada uno de los integrantes del Consorcio o

Unión Temporal, deberán informar su número de identificación tributaria – NIT y establecer la participación de cada uno dentro del valor del contrato.

III. Si la facturación se va a realizar directamente por el Consorcio o Unión Temporal, se deberá indicar los datos de razón social y NIT de cada uno de los integrantes señalando el nivel de participación de cada uno dentro del contrato. Si el proceso le es adjudicado, deberá presentar, previo al momento de la suscripción del contrato, la identificación tributaria – NIT que haya solicitado para el Consorcio o Unión Temporal ante la Dirección de Impuestos Nacionales.

Nota 1: Es importante recalcar que de conformidad con el Concepto Número 44491 de 2000 emitido por la DIAN, las Uniones Temporales o Consorcios se encuentran obligadas a tener NIT cuando intervengan como agentes retenedores y/o como responsables del impuesto sobre las ventas, en el evento de realizar directamente ventas o prestar servicios gravados con dicho impuesto. En consonancia con lo anterior, la unión temporal que resulte adjudicataria del proceso deberá tramitar el NIT si se encuentra incursa en una de las causales indicadas anteriormente. Nota 2: En cualquiera de las anteriores alternativas, las facturas deberán cumplir los requisitos establecidos en las disposiciones legales. No podrá haber cesión entre quienes integran el Consorcio o Unión Temporal ni a terceros, salvo que LA ESAP lo autorice en los casos que legalmente esté permitido. d) Una vez suscrito el contrato, las condiciones que establezcan los integrantes con respecto a las actividades,

porcentajes, términos y/o extensión de la participación, no podrán ser modificadas sin el consentimiento previo de LA ESAP. En ningún caso durante el proceso de selección, se autorizará modificaciones al documento de conformación del Consorcio o Unión Temporal con respecto a las actividades, porcentajes, términos y/o extensión de la participación.

e) En el evento de presentarse inhabilidades sobrevinientes para los miembros de la Unión Temporal o

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Consorcio, el representante tendrá la obligación de informarlo por escrito la ESAP dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos que dieron lugar a ella o al conocimiento de los hechos.

f) Las personas integrantes de un Consorcio o Unión Temporal deberán acreditar individualmente los requisitos de que trata el presente capítulo.

o. COMPROMISO DE TRANSPARENCIA SUSCRITO POR EL REPRESENTANTE LEGAL Y ANTICORRUPCIÓN Y PROCESO DE INTEGRIDAD Se deben allegar los FORMATOS N°. 06 y 07 debidamente firmados por comitente vendedor (persona natural), o el representante legal del comitente vendedor. En caso figuras asociativas se deberá allegar los formatos solamente por el representante de ésta debidamente firmado. p. CERTIFICACIÓN DE LISTA RESTRICTIVA LAVADO DE ACTIVOS FORMATO 3 Se deben allegar los formatos N°.3. debidamente firmados por comitente vendedor (persona natural), o el representante legal del comitente vendedor. En caso figuras asociativas se deberá allegar los formatos solamente por el representante de ésta debidamente firmado.

6.2. CONDICIONES FINANCIERAS DE PARTICIPACIÓN

La capacidad financiera busca establecer unas mínimas condiciones que reflejan la situación financiera de los oferentes a través de su liquidez y endeudamiento. Estas condiciones muestran la aptitud del COMITENTE VENDEDOR para cumplir oportuna y cabalmente el objeto de la negociación. Cuando se trate de participación de comitentes vendedores en consorcio o unión temporal, cada uno de sus integrantes debe aportar en forma individual los documentos exigidos en este numeral. La no presentación de los documentos o el incumplimiento de los requisitos financieros y las aclaraciones solicitadas dentro de los términos estipulados ocasionaran la no participación. Se evaluarán con CUMPLE o NO CUMPLE los siguientes Indicadores Financieros y de Capacidad Organizacional: 6.2.1. INDICADORES DE CAPACIDAD FINANCIERA Después de elaborar el estudio económico del sector y analizar la información financiera histórica se solicitan los siguientes indicadores de capacidad financiera, los cuales se enmarcan en el Decreto Único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional Nro. 1082 del día 26 de mayo del año 2015 y en los lineamientos y parámetros dados por Colombia Compra Eficiente. La Capacidad Financiera tiene el carácter de habilitante de la propuesta para la verificación posterior de los aspectos técnicos. Para los comitentes vendedores NO plurales, se verificarán y se considerarán habilitadas las propuestas cuyos indicadores estén informados en el Registro Único de - RUP a 31 de diciembre de 2019 vigente y en firme y que cumplan con las siguientes condiciones

REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES

CLASIFICACIÓN FÓRMULA MARGEN PARA CONSORCIOS O

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SOLICITADO UNIONES TEMPORALES

INDICADOR LOTE 1 - UPS LOTE 2 - AIRES

LIQUIDEZ Activo Corriente

/ Pasivo Corriente

≥ 1.2 ≥ 1.88

Se aplicará la fórmula establecida para índices

financieros con valores NO absolutos en Comitentes

Vendedores plurales con dos (2) decimales.

NIVEL DE ENDEUDAMIENTO

Pasivo Total /

Activo Total ≤ 70% ≤ 44%

Se aplicará la fórmula establecida para índice

financieros con valores NO absolutos en Comitentes

Vendedores plurales con dos (2) decimales

RAZON DE COBERTURA DE

INTERESES

Utilidad Operacional

/ Gasto

de Intereses

≥ 1,5 ≥ 0,78

Se aplicará la fórmula establecida para índices

financieros con valores NO absolutos en Comitentes

Vendedores plurales con dos (2) decimales.

CAPITAL DE TRABAJO

Activo Corriente – Pasivo

Corriente

30% del presupuesto

oficial del lote

≥ 561.664.311

N/A

Se aplicará la fórmula establecida para índices

financieros con valores NO absolutos en Comitentes

Vendedores plurales con dos (2) decimales.

Cuando se trate de comitente vendedor NO plurales, los indicadores de capacidad financiera se verificarán directamente en el Registro Único de , RUP, con información financiera con corte a 31 de diciembre de 2019; y cumplirán y podrán participar en la negociación, los que cumplan con las condiciones solicitadas. Cuando se trate de comitentes vendedores plurales, el cálculo para hallar los indicadores de capacidad financiera será a través de formula especifica mediante la ponderación de los componentes que forman los indicadores; donde cada uno de los integrantes del comitente vendedor aporta al valor total de cada elemento del indicador, de acuerdo a su participación en la figura del oferente plural (Manual Colombia Compra Eficiente - Numeral VII) excepto para aquellos índices financieros con valores absolutos como es el caso del Capital de trabajo, para ello se sumará el 100% de cada integrante de la entidad plural.

A. ÍNDICE DE LIQUIDEZ:

La liquidez de una organización es evaluada por la capacidad para cancelar las obligaciones a corto plazo que se han adquirido, a medida que estas se vencen. Se refiere no solamente a las finanzas totales de la empresa, sino a la habilidad para convertir en efectivo disponible determinados activos y pasivos corrientes.

Indica la capacidad que tiene la empresa para cumplir con sus obligaciones financieras, deudas o pasivos a corto plazo. Al dividir el activo corriente entre el pasivo corriente, sabremos cuantos activos corrientes se tienen para cubrir o respaldar esos pasivos exigibles a corto plazo.

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A mayor índice de liquidez, menor es la probabilidad de que el comitente vendedor incumpla sus obligaciones de corto plazo. Se calculará aplicando la siguiente formula:

B. ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO:

Tiene por objeto medir en qué grado y de qué forma participan los acreedores dentro del financiamiento de la empresa. De la misma manera, se trata de establecer el riesgo en que incurren tales acreedores, el riesgo de los dueños y la conveniencia o inconveniencia de un determinado nivel de endeudamiento para la empresa. Este determina el grado de endeudamiento en la estructura de financiación del comitente vendedor. A mayor índice de endeudamiento, mayor es la probabilidad de que el comitente vendedor no pueda cumplir con sus pasivos. Se calculará aplicando la siguiente formula:

en la figura del comitente vendedor plural (Ver Manual Colombia Compra Eficiente - Numeral VII) excepto para aquellos índices financieros con valores absolutos como es el caso del Capital de trabajo, para ello se sumará el 100% de cada integrante de la entidad plural (Ver formula) Dónde:

C. RAZÓN COBERTURA INTERESES:

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Refleja la capacidad del comitente vendedor de cumplir con sus obligaciones financieras. A mayor cobertura de intereses, menor es la probabilidad de que el comitente vendedor incumpla sus obligaciones financieras. Se calculará aplicando la siguiente formula:

NOTA 1: Si el comitente vendedor no posee gastos por concepto de intereses, cumple y quedara HABILITADO para este indicador. NOTA 2: Si el comitente vendedor no tiene obligaciones financieras que demanden el pago de intereses y como resultado, su gasto por concepto de intereses es igual a cero (0), PERO su utilidad operacional es negativa, NO cumple y quedara INHABILITADO para este indicador

D. CAPITAL DE TRABAJO

Este indicador representa la liquidez operativa del comitente , es decir el remanente del comitente vendedor

luego de liquidar sus activos corrientes (convertirlos en efectivo) y pagar el pasivo de corto plazo. Un capital de

trabajo positivo contribuye con el desarrollo eficiente de la actividad económica del comitente.

Se calculará aplicando la siguiente formula: Para el presente Proceso de selección los comitentes deberán acreditar:

CT = AC - PC Donde: CT = Capital de trabajo AC = Activo corriente PC = Pasivo corriente El capital de trabajo (CT) del oferente deberá ser mayor o igual al capital de trabajo demandado (CTd):

CT ≥ CTd

Si el comitente vendedor es plural el indicador debe calcularse así:

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CTComitente VendedorComitente Vendedor plural = ∑ CTi

n

i=1

Donde 𝒏 es el número de integrantes del Comitente Vendedor Plural (unión temporal o consorcio)

El Comitente Vendedor que no cuente con el capital de trabajo exigido para el lote exigido, su propuesta económica no será habilitada. 6.2.2. INDICADORES DE CAPACIDAD ORGANIZACIONAL La capacidad organizacional es la aptitud de un comitente vendedor para cumplir oportuna y cabalmente el objeto de la negociación, en función de su organización interna. El Decreto Único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional Nro. 1082 del día 26 de mayo del año 2015 definió los indicadores de rentabilidad para medir la capacidad organizacional de un comitente vendedor, teniendo en cuenta que está bien organizado cuando es rentable. Para la verificación de la capacidad organizacional, la entidad tomara la información que refleje el RUP actualizado, vigente y en firme en el año 2019, con información financiera con corte a 31 de diciembre de 2019; en el marco del Decreto Único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional Nro. 1082 del día 26 de mayo del año 2015. Lo anterior teniendo en cuenta que toda persona inscrita en el RUP, sin importar la fecha en que haya realizado la inscripción o renovación de su registro, debe presentar la información para su renovación a más tardar el quinto día hábil del mes de abril del año 2019. La actualización de la información registrada relativa a su experiencia y capacidad jurídica la persona inscrita lo puede realizar en cualquier momento. NOTA: Si la persona inscrita NO solicita la renovación del Registro Único de Proponenetes dentro del término establecido, cesarán los efectos del RUP

En el caso de los consorcios o unión temporales, cada uno de sus miembros deberá presentar el RUP, en las condiciones indicadas. Se considerará que cumple los indicadores de capacidad organizacional con base en la información financiera presentada en firme en el Registro Único de Proponenntes, RUP, a 31 de diciembre de 2019, cumplan con las siguientes condiciones:

REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES

CLASIFICACIÓN FÓRMULA

MARGEN SOLICITADO

PARA CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES

INDICADOR LOTE 1 - UPS LOTE 2 - AIRES

RENTABILIDAD DE

PATRIMONIO

Utilidad Operacional

/ Patrimonio

≥ 3% ≥ 17%

Se aplicará la fórmula establecida para índices financieros con valores

NO absolutos en Comitentes Vendedores plurales con dos (2)

decimales

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RENTABILIDAD DEL

ACTIVO

Utilidad Operacional

/ Activo Total

≥ 3% ≥ 10%

Se aplicará la fórmula establecida para Índices financieros con valores

NO absolutos en Comitentes Vendedores plurales con dos (2)

decimales

Cuando se trate de comitentes vendedores NO plurales, los indicadores de capacidad financiera se verificarán directamente en el Registro Único deProponentes, RUP, actualizado, vigente y en firme en el año 2019, con información financiera con corte a 31 de diciembre de 2019; en el marco del Decreto Único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional Nro. 1082 del día 26 de mayo del año 2015; donde, cada uno de sus integrantes deberá aportar en forma individual, los documentos exigidos en este numeral. La no presentación de los documentos o el incumplimiento de los requisitos financieros y las aclaraciones solicitadas dentro de los términos estipulados, ocasionaran el no cumplimiento de las condiciones. Cuando los comitentes vendedores son plurales, el cálculo para hallar los indicadores de capacidad organizacional será a través de formula específica, mediante la ponderación de los componentes que forman los indicadores, donde cada uno de los integrantes del oferente aporta al valor total de cada elemento del indicador de acuerdo a su participación en la figura del oferente plural (Ver Manual Colombia Compra Eficiente - Numeral VII), así:

A. RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO:

Determina la rentabilidad del patrimonio del comitente vendedor, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre el patrimonio, mayor es la rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del comitente vendedor. Se calculará aplicando la siguiente formula:

B. RENTABILIDAD DEL ACTIVO:

Determina la rentabilidad de los activos del comitente vendedor, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo. A mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio y mejor la capacidad organizacional del comitente vendedor.

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Se calculará aplicando la siguiente formula:

Cuando se trate de COMITENTES VENDEDORES PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS NO INSCRITAS EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES, se tendrá en cuenta lo siguiente: Las Personas Jurídicas Extranjeras sin domicilio, filial o sucursal en el país, deberán acreditar los requisitos de experiencia y capacidad financiera, mediante la entrega de documentos en donde se puedan verificar tales requisitos. En relación con los estados financieros, las personas jurídicas extranjeras deberán presentar la certificación firmada por el representante legal, acompañada de traducción simple al idioma español, con los valores re-expresados a la moneda funcional colombiana, a la tasa de cambio de la fecha de cierre de los mismos, avalados con la firma de un Contador Público con Tarjeta Profesional expedida por la Junta Central de Contadores de Colombia. La información debe ser presentada en español y expresada en moneda legal colombiana, por ser esta la unidad de medida aplicable por disposición legal. Cuando se trate de OFERENTES CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES, cada uno de sus integrantes deberá presentar su correspondiente Certificado de inscripción, calificación y clasificación en el RUP de manera separada, actualizada y en firme al 31 de diciembre de 2019. El cálculo de los indicadores corresponderá a la sumatoria de lo reportado en el RUP por cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, con base en el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes. 6.2.3. ACREDITACIÓN DE LOS REQUISITOS DE CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL Para verificar el cumplimiento de los requisitos en mención, los comitentes vendedores deberán aportar el REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP). Para efectos de la verificación de la capacidad financiera y organizacional, la Entidad tomara la información que refleje el RUP actualizado, vigente y en firme en el marco del Decreto Único reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional N° 1082 del día 26 de mayo del año 2015, con información financiera en firme a 31 de diciembre de 2019 con el RUP actualizado y en firme para este periodo.

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En caso de los Consorcios o Unión Temporales, cada uno de sus miembros debe presentar el RUP, en las condiciones indicadas; cuando se trate de Oferente extranjero, de conformidad con el Manual de Colombia Compra Eficiente se deberá tener en cuenta lo siguiente: “Los oferentes extranjeros deben presentar sus estados financieros a la fecha de corte establecida en los países de origen o en sus estatutos sociales”. Los COMITENTES VENDEDORES extranjeros deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. El comitente vendedor para efectos de acreditar y verificar los requisitos habilitantes tendrá en cuenta la tasa representativa del mercado vigente en la fecha en la cual los estados financieros fueron expedidos. Para el efecto, el comitente vendedor tendrá en cuenta las tasas de cambio certificadas por la Superintendencia Financiera”. Así mismo, las Personas Extranjeras deberán diligenciar el Formato 9. “Verificación Capacidad Financiera y Organizacional para Personas Extranjeras”, el cual debe ser diligenciado en su totalidad con la información financiera con corte a 31 de diciembre de 2019 con el RUP actualizado y en firme para este periodo, firmado por el Representante legal y Revisor Fiscal o Contador Público, acompañada de traducción simple al idioma español, con los valores expresados en moneda legal colombiana, por ser esta la unidad de medida prevista legalmente; a la tasa de cambio de la fecha de cierre de los mismos, avalados con la firma de un contador público con Tarjeta Profesional expedida por la Junta Central de Contadores de Colombia, de la cual se debe, anexar copia. La ESAP realizara la verificación de la vigencia de la Inscripción y de los Antecedentes Disciplinarios, a la fecha de cierre del presente proceso.

7. CONDICIONES TÉCNICAS DE PARTICIPACIÓN

7.1. CONDICIONES TÉCNICAS LOTE 1 - SISTEMA DE ALIMENTACION ININTERRUMPIDA – UPS

A. EXPERIENCIA ESPECIFICA MINIMA DEL COMITENTE VENDEDOR

Para acreditar la experiencia conforme lo establece el Decreto 1082 de 2015, el comitente vendedor deberá tener reportados en el Registro único de Proponentes de la Cámara de Comercio contratos que hubieren sido terminados y/o liquidados con fecha anterior a la fecha establecida para la presentación de los documentos, suscrito con entidades públicas o privadas. El comitente vendedor debe acreditar máximo cinco (5) certificaciones emitidas por la(s) entidad(es) contratante(s) y registrados en el RUP en mínimo uno de los código que se relacionan a continuación, cuya sumatoria sea mayor o igual al cien por ciento (100%) del presupuesto del lote ( 2.133) SMMLV).

1. Segmento 2. Familia 3. Clase

39 - Componentes, accesorios y suministros de sistemas eléctricos y de iluminación

12 - Equipos, Suministros y sistemas eléctricos

10 - Equipamiento para conversión y alimentación

72 - Servicios de edificación, construcción de instalaciones y Mantenimiento

15 - Servicios de mantenimiento y construcción de comercio especializado

15 - Servicios de sistemas eléctricos

73 - Servicios de Producción Industrial y Manufactura

15 - Servicios de apoyo a la fabricación

21 - Servicios de mantenimiento y reparación de equipo de manufactura

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81 - Servicios Basados en Ingeniería, Investigación y Tecnología

10 - Servicios profesionales de ingeniería

17 - Ingeniería eléctrica y electrónica

Igualmente deberá cumplir con los siguientes requisitos: Objeto: el objeto o alcance de los contratos deberán ser similares al del presente lote de Contratación, que incluya Adquisición, instalación, configuración y puesta en funcionamiento Sistemas de Alimentación Ininterrumpida (UPS).

En el caso del comitente vendedor plural tales como consorcios o uniones temporales, la experiencia especifica habilitante podrá acreditarse con la sumatoria de la experiencia de sus miembros. Cada uno de los contratos que sean certificados para acreditar la experiencia técnica mínima habilitante deberá reunir todas las características exigidas para aquellos comitentes vendedores individuales. La información de los contratos con los cuales se pretende acreditar la experiencia se verificará a través del Registro Único de Proponentes. NOTA 1: El comitente vendedor debe diligenciar el Formato 10. “Experiencia Específica mínima”, en el cual enumerara e identificara los contratos que pretenda hacer valer en el presente proceso de selección. En dicho formato el comitente vendedor deberá certificar, bajo la gravedad de juramente, que toda la información contenida en el mismo es veraz, igual que en los documentos de soporte. Este formato deberá entregarse firmado por el comitente vendedor bien sea persona natural o jurídica, y en el caso de los consorcios o uniones temporales, deberá ser firmado por el representante legal de la unión temporal o consorcio. NOTA 2: En el evento en que, para la verificación de la experiencia exigida se requiera constatar información adicional a la aportada por el comitente vendedor, podrá solicitar copia de los contratos ejecutados, actas de liquidación, documentos contractuales adicionales, siempre que correspondan a los contratos relacionados. Adicionalmente el comitente vendedor deberá aportar certificaciones de los contratos registrados en el RUP con los que pretende acreditar experiencia las cuales deberán contener como mínimo, la siguiente información:

Nombre del contratista

Nombre de la entidad persona contratante que certifica

Objeto del contrato

Plazo de ejecución

Valor del contrato

Fecha de inicio y fecha de terminación (día, mes, año)

Los datos de nombre, cargo, números de teléfono y domicilio del contratante que expide la certificación, para su respectiva certificación

B. FORMATO DE ACEPTACIÓN DE CONDICIONES TÉCNICAS MÍNIMAS

El comitente vendedor deberá diligenciar el Formato 11 “Aceptación de Características Técnicas Mínimas”, dentro del cual especifique uno a uno el cumplimiento de los requisitos mínimos allí descritos, mediante la incorporación del link del equipo y fabricante, donde se podrá verificar la existencia del modelo ofertado y de su fabricante y en el que se podrán consultar las especificaciones técnicas, contrastando los equipos ofertados con el anexo técnico

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La radicación del Formato 11 deberá ser a más tardar al día hábil siguiente a la publicación definitiva de los documentos antes de las 2:00 p.m, informe de validación que será remitido dentro de los dos (2) días siguientes. Para efectos de la subsanación las sociedades comisionistas vendedoras, deberán radicar el Formato 11, para efectos de la subsanación que se adelantará a más tardar el día hábil siguiente a la remisión antes de las 02:00 p.m informe final de validación que será remitido por la Unidad de Estructuración de Negocios el mismo día.

C. CERTIFICACION DE GARANTÍA DE PRODUCTO

Certificación con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario previo a la radicación de documentos, donde se certifique que la garantía de cada uno de los bienes a negociar es de mínimo tres (3) años, contados a partir de la fecha de suscripción del acta final de recibo a satisfacción de la instalación, arranque e implementación de los equipos y actividades solicitadas en el Anexo 1. Especificaciones técnicas UPS por parte de la supervisión delegada por el comitente comprador, sin perjuicio de la garantía de fábrica. Cuando el comitente vendedor ostente la calidad de FABRICANTE, la certificación será suscrita por su representante legal, cuando el comitente vendedor sea DISTRIBUIDOR AUTORIZADO la certificación será suscrita por el representante legal del fabricante o quien sea facultado por el fabricante para emitir el documento.

D. CERTIFICACION DE FABRICANTE Certificación suscrita por el representante legal del fabricante o quien sea facultado por el fabricante para emitir el documento cuya fecha de expedición no sea mayor a treinta (30) días calendario previa radicación de documentos que acredite:

• Al comitente vendedor como Distribuidor Autorizado de los bienes a negociar. • Que cuenta con Centros Autorizados de servicio en Bogotá o cobertura de servicio técnico y el respaldo

y suministro de repuestos mínimo por tres (3) anos.

E. CERTIFICACION DE RELACION DE MARCAS Relacionar documento donde se relacionen marca, modelo y referencia de los bienes que serán objeto de entrega.

F. CERTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN Certificación de la solución donde se indique el compromiso del suministro de piezas y partes de repuestos por un periodo mínimo de cinco (5) años posteriores a la declaración de obsolescencia de los equipos ofrecidos la cual debe quedar consignada en la respectiva garantía entregada a la entidad. (Expedida y firmada por el representante legal del fabricante o quien sea facultado por el fabricante para emitir el documento)

G. CERTIFICACIÓN DE CONDICIONES DEL COMITENTE VENDEDOR Certificación suscrita por el representante legal del comitente vendedor cuya fecha de expedición no sea mayor

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a treinta (30) días calendario previo a la radicación de documentos, en la que certifique:

a) Que los bienes a entregar son nuevos, originales, no remanufacturados, o refurbished. b) Que en caso de presentarse una actualización tecnológica en el hardware y/o software, que forme

parte de los equipos a suministrar en cualquier momento anterior a la entrega definitiva, el comitente vendedor entregara los elementos actualizados, contando con autorización del comitente comprador y sin que este incurra en costo adicional alguno. Se entiende que hay una actualización tecnológica en cualquiera de los elementos a negociar cuando se presenta una nueva versión en el mercado. En cualquier caso, el comitente vendedor no podrá negociar equipos, partes o programas que estén descontinuados por el fabricante original.

c) Que se compromete a cumplir con las exigencias fiscales y aduaneras, en caso de que sean bienes importados.

d) Que se compromete a cumplir con los requisitos establecidos por la Entidad en el DCE y las obligaciones del Comitente Vendedor, así como, la entrega e instalación y servicios posventa de garantía, soporte técnico (ANS) y mantenimientos preventivos, conforme a los plazos establecidos en el documento de condiciones especiales.

e) Que indique que cuenta con el personal indicado en las obligaciones contractuales para la ejecución o desarrollo de las actividades a contratar.

H. CERTIFICACIÓN DE GARANTÍA.

Certificación de aval la garantía y soporte de tres (3) anos ofrecida para la solución ofrecida. (Expedida y firmada por el representante legal del fabricante o quien sea facultado por el fabricante para emitir el documento).

CONDICIONES TÉCNICAS - LOTE 2 – AIRES ACONDICIONADOS

a) EXPERIENCIA ESPECIFICA MINIMA DEL COMITENTE VENDEDOR Para acreditar la experiencia conforme lo establece el Decreto 1082 de 2015, el comitente vendedor deberá tener reportados en el Registro único de Proponentes de la Cámara de Comercio contratos que hubieren sido terminados y/o liquidados con fecha anterior a la fecha establecida para la presentación de los documentos, suscrito con entidades públicas o privadas. El comitente vendedor debe acreditar máximo cinco (5) certificaciones emitidas por la(s) entidad(es) contratante(s) y registrados en el RUP con como mínimo con uno de los código que se relacionan a continuación, cuya sumatoria sea mayor o igual al cien (100%) por ciento del presupuesto del lote (452) SMMLV).

1. Segmento 2. Familia 3. Clase

40 - Componentes y Equipos para Distribución y Sistemas de Acondicionamiento

10 - Calefacción, ventilación y circulación del aire

17 – Enfriamiento

72 - Servicios de edificación, construcción de instalaciones y Mantenimiento

10 - Servicios de mantenimiento y reparaciones de construcciones e instalaciones

15 - Servicios de apoyo para la construcción

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72 - Servicios de edificación, construcción de instalaciones y Mantenimiento

15 - Servicios de mantenimiento y construcción de comercio especializado

12 - Servicios de construcción y mantenimiento de HVAC calefacción y enfriamiento y aire acondicionado

Igualmente deberá cumplir con los siguientes requisitos: Objeto: el objeto o alcance de los contratos deberán ser similares al del presente lote de Contratación, que incluya Adquisición, instalación, configuración y puesta en funcionamiento Sistemas de aire Acondicionado.

En el caso del comitente vendedor plural tales como consorcios o uniones temporales, la experiencia especifica habilitante podrá acreditarse con la sumatoria de la experiencia de sus miembros. Cada uno de los contratos que sean certificados para acreditar la experiencia técnica mínima habilitante deberá reunir todas las características exigidas para aquellos comitentes vendedores individuales. La información de los contratos con los cuales se pretende acreditar la experiencia se verificará a través del Registro Único de Proponentes

NOTA 1: El comitente vendedor debe diligenciar el Formato 10. “Experiencia Específica mínima” en el cual enumerara e identificara los contratos que pretenda hacer valer en el presente proceso de selección. En dicho formato el comitente vendedor deberá certificar, bajo la gravedad de juramente, que toda la información contenida en el mismo es veraz, igual que en los documentos de soporte. Este formato deberá entregarse firmado por el comitente vendedor bien sea persona natural o jurídica, y en el caso de los consorcios o uniones temporales, deberá ser firmado por el representante legal de la unión temporal o consorcio. NOTA 2: En el evento en que, para la verificación de la experiencia exigida se requiera constatar información adicional a la aportada por el comitente vendedorr, la entidad podrá solicitar copia de los contratos ejecutados, actas de liquidación, documentos contractuales adicionales, siempre que correspondan a los contratos relacionados en la propuesta. Adicionalmente el comitente vendedor allegará las certificaciones de los contratos registrados en el RUP con los que pretende acreditar experiencia las cuales deberán contener como mínimo, la siguiente información:

a) Nombre del contratista b) Nombre de la entidad persona contratante que certifica c) Objeto del contrato d) Plazo de ejecución e) Valor del contrato f) Fecha de inicio y fecha de terminación (día, mes, año) g) Los datos de nombre, cargo, números de teléfono y domicilio del contratante que expide la

certificación, para su respectiva certificación

b) FORMATO DE ACEPTACIÓN DE CONDICIONES TÉCNICAS MÍNIMAS

El comitente vendedor deberá diligenciar el Formato 11. “Aceptación de Características Técnicas Mínimas”,

dentro del cual especifique uno a uno el cumplimiento de los requisitos mínimos allí descritos, mediante la incorporación del link del equipo y fabricante, en el que se podrán consultar las especificaciones técnicas, contrastando los equipos ofertados con el anexo técnico. La radicación del Formato 11 deberá ser a más tardar al día hábil siguiente a la publicación definitiva de los

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documentos antes de las 2:00 p.m, informe de validación que será remitido dentro de los dos (2) días siguientes. Para efectos de la subsanación las sociedades comisionistas vendedoras, deberán radicar el Formato , para efectos de la subsanación que se adelantará a más tardar el día hábil siguiente a la remisión antes de 11 las 02:00 p.m informe final de validación que será remitido por la Unidad de Estructuración de Negocios el mismo día.

c) CERTIFICACION DE GARANTÍA DE PRODUCTO Certificación con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario previo a la radicación de documentos, donde se certifique que la garantía de cada uno de los bienes a negociar es de mínimo tres (3) años, contados a partir de la fecha de suscripción del acta final de recibo a satisfacción de la instalación, arranque e implementación de los equipos y actividades solicitadas en el Anexo 1. Especificaciones Técnicas Aires Acondicionados por parte de la supervisión delegada por el comitente comprador, sin perjuicio de la garantía de fábrica. Cuando el comitente vendedor ostente la calidad de FABRICANTE, la certificación será suscrita por su representante legal, cuando el comitente vendedor sea DISTRIBUIDOR AUTORIZADO la certificación será suscrita por el representante legal del fabricante o quien sea facultado por el fabricante para emitir el documento.

d) CERTIFICACION DE FABRICANTE Certificación suscrita por el representante legal del fabricante o quien sea facultado por el fabricante para emitir el documento cuya fecha de expedición no sea mayor a treinta (30) días calendario previa radicación de documentos que acredite:

a) Al comitente vendedor como Distribuidor Autorizado de los bienes a negociar. b) Que cuenta con Centros Autorizados de servicio en Bogotá o cobertura de servicio técnico y el respaldo

y suministro de repuestos mínimo por tres (3) anos.

J) CERTIFICACION DE RELACION DE MARCAS

Relacionar documento donde se relacionen marca, modelo y referencia de los bienes que serán objeto de entrega.

K) CERTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN Certificación de la solución donde se indique el compromiso del suministro de piezas y partes de repuestos por un periodo mínimo de cinco (5) años posteriores a la declaración de obsolescencia de los equipos ofrecidos la cual debe quedar consignada en la respectiva garantía entregada a la entidad. (Expedida y firmada por el representante legal del fabricante o quien sea facultado por el fabricante para emitir el documento)

L) CERTIFICACIÓN DE CONDICIONES DEL COMITENTE VENDEDOR Certificación suscrita por el representante legal del comitente vendedor cuya fecha de expedición no sea mayor a treinta (30) días calendario previo a la radicación de documentos, en la que certifique:

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a) Que los bienes a entregar son nuevos, originales, no remanufacturados, o refurbished. b) Que en caso de presentarse una actualización tecnológica en el hardware y/o software, que forme

parte de los equipos a suministrar en cualquier momento anterior a la entrega definitiva, el comitente vendedor entregara los elementos actualizados, contando con autorización del comitente comprador y sin que este incurra en costo adicional alguno. Se entiende que hay una actualización tecnológica en cualquiera de los elementos a negociar cuando se presenta una nueva versión en el mercado. En cualquier caso, el comitente vendedor no podrá negociar equipos, partes o programas que estén descontinuados por el fabricante original.

c) Que se compromete a cumplir con las exigencias fiscales y aduaneras, en caso de que sean bienes importados.

d) Que se compromete a cumplir con los requisitos establecidos por la Entidad en el DCE y las obligaciones del Comitente Vendedor, así como, la entrega e instalación y servicios posventa de garantía, soporte técnico (ANS) y mantenimientos preventivos, conforme a los plazos establecidos en el documento de condiciones especiales.

e) Que indica que cuenta con el personal indicado en las obligaciones contractuales para la ejecución o desarrollo de las actividades a contratar.

f) CERTIFICACIÓN DE GARANTÍA.

Certificación de aval la garantía y soporte de tres (3) anos ofrecida por el comitente vendedor para la solución ofrecida. (Expedida y firmada por el representante legal del fabricante o quien sea facultado por el fabricante para emitir el documento). EXPERIENCIA ACREDITADA EN LA BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA PARA LOTE 1 Y LOTE 2. Para el caso de experiencia en negociaciones en el escenario de Bolsa, se aportará certificación emitida por la sociedad comisionista compradora en dicha negociación, las certificaciones de deberán contener mínimo la siguiente información de la operación:

g) Nombre o razón social del comitente vendedor. h) Objeto. i) Número. j) Valor. k) Calificación. (Si la certificación es expedida por el Departamento de Operaciones, deberá incluir si

cumplió o no). l) Fecha de Celebración.

NOTA: En caso de que la sociedad comisionista compradora en dicha negociación no se encuentre activa y no haya expedido la certificación la misma será expedida bajo los mismos términos por el Director del Departamento de Operaciones de la BMC Bolsa Mercantil de Colombia, previa solicitud de la sociedad comisionista que está actuando por el comitente vendedor que desea acreditar la experiencia, solicitud que deberá efectuarse con la anticipación debida.

7. REVISIÓN Y ACEPTACIÓN DOCUMENTAL

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No se tendrán en cuenta documentos que no se ciñan estrictamente a los requisitos solicitados. Una vez adjudicada la operación, los documentos soporte de los requisitos del comitente vendedor deberán ser solicitados por el comisionista comprador en la Unidad de Gestión de Estructuración de Negocios, al día siguiente que se celebre la rueda de negocios antes de las 5:00 p.m., a fin de que ésta última los entregue al comitente comprador para la revisión, aceptación o rechazo de los mismos, para lo cual contará con un máximo de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente a la negociación. La sociedad comisionista compradora se obliga a informar a la Unidad de Gestión de Estructuración de Negocios mediante certificación suscrita por el representante legal, manifestando el cumplimiento, aceptación o rechazo por parte del comitente comprador de los documentos soporte de los requisitos de los comitentes vendedores como máximo el tercer (3) día hábil siguiente a la rueda de negociación, de no hacerlo se entenderá la aceptación de los mismos por parte del comitente comprador.

8. OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD COMISIONISTA VENDEDORA Y COMITENTE VENDEDOR

A continuación, se establecen las obligaciones a cargo de la sociedad comisionista vendedora y comitente vendedor de obligatorio cumplimiento para la ejecución de la negociación:

8.1. OBLIGACIONES GENERALES

1. Cumplir con las especificaciones técnicas del objeto 2. Acatar la Constitución, la ley, las normas legales y procedimentales establecidas por el gobierno

nacional y demás disposiciones pertinentes. 3. Cumplir lo previsto en los estudios, documentos previos y en lo que se establezca en el contrato. 4. Presentar Plan de trabajo y cronograma de trabajo dentro de los siguientes cinco (5) días calendario

siguientes a la suscripción del Acta de Inicio, para aprobación del supervisor y realizar los ajustes a que haya lugar.

5. Cumplir con el objeto contractual bajo las condiciones técnicas y plazo previstos para la ejecución y desarrollo de la negociación.

6. Cumplir con el desarrollo de las actividades contratadas dentro del tiempo establecido por la entidad. 7. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales. 8. Atender el objeto contratado en forma oportuna. 9. Entregar a la ESAP los documentos elaborados en cumplimiento de las obligaciones contractuales y

archivos a su cargo, organizados, rotulados y almacenados, atendiendo los estándares y directrices de gestión documental, sin que ello implique exoneración de la responsabilidad a que haya lugar en caso de irregularidades, así como los informes requeridos sobre las actividades realizadas durante la ejecución del mismo.

10. Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión del contrato, así como, respetar la titularidad de los derechos de autor, en relación con los documentos, obras, creaciones que se desarrollen en ejecución del contrato.

11. Entregar los bienes que le sean entregados por parte de la ESAP para el cumplimiento de sus obligaciones en buen estado de funcionamiento so pena de incumplimiento del contrato.

12. Afiliar al Sistema de Seguridad Social Integral a las personas destinadas para la ejecución del contrato. 13. Realizar el pago de los aportes al Régimen de Seguridad Social Integral y entregar copia de la planilla

correspondiente al supervisor del contrato para cada pago. (Cuando se trate de personas naturales). 14. Entregar para cada pago, la certificación suscrita por el representante legal o revisor fiscal, que acredite

el cumplimiento del pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales, ICBF, SENA y

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cajas de compensación familiar de los últimos seis (6) meses, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 o aquella que lo modifique, adicione o complemente, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 23 de la ley 1150 de 2007, acompañada de la Planilla Integrada de liquidación de aportes (PILA). (Cuando se trate de personas jurídicas)

15. Realizar su afiliación a la administradora de riesgos laborales – ARL, que ampare los riesgos laborales identificados para la SDA, en cumplimiento del artículo 2 de la Ley 1562 de 2012 que modificó el artículo 13 del decreto legislativo 1295 de 1994, en concordancia con el decreto reglamentario 723 de 2013. (Cuando se trate de persona natural).

16. Constituir las garantías pactadas en el contrato dentro del término que se establezca en el mismo. 17. Guardar total reserva de la información que obtenga de LA ESAP en desarrollo del objeto contractual,

ya que es de propiedad de la Entidad, salvo requerimiento de autoridad competente. 18. En general las que se desprendan de la naturaleza del proceso de contratación y de su objeto.

8.2. OBLIGACIONES ESPECIFICAS 8.2.1. LOTE 1 - SISTEMA DE ALIMENTACION ININTERRUMPIDA – UPS

1. Entregar, instalar, configurar y poner en funcionamiento los 31 Sistemas de Alimentación Ininterrumpida a nivel nacional de acuerdo al Anexo 1. Especificaciones Técnicas UPS, dentro de los cuales se encuentra, entre otras obligaciones, las siguientes:

a. Instalar, configurar y poner en operación la solución objeto de adquisición, conforme la ficha técnica de negociación y documento de condiciones especiales.

b. Dentro del periodo de garantía el comitente vendedor deberá atender incidencias, mantenimientos preventivos y correctivos, y fallas de conformidad con los Acuerdos de Niveles de Servicio establecidos en los documentos del presente proceso.

c. Presentar Plan de trabajo y cronograma de trabajo dentro de los siguientes cinco (5) días calendario siguientes a la suscripción del Acta de Inicio, para aprobación del supervisor y realizar los ajustes a que haya lugar, para el suministro e instalación de los TREINTA Y UN (31) Sistemas de Alimentación Ininterrumpida – UPS a nivel nacional.

d. Cumplir satisfactoriamente el objeto de la negociación conforme a los requerimientos contenidos en los documentos del presente proceso.

e. Incluir una garantía de reemplazo de unidades, componentes, tarjetas, cables, accesorios o partes en la modalidad 7x24x365, durante el periodo de garantía.

f. Otorgar certificación de aval la garantía y soporte de tres (3) años ofrecida por el comitente vendedor para la solución ofrecida. (Expedida y firmada por el representante legal del fabricante o quien sea facultado por el fabricante para emitir el documento).

g. Dar soporte durante el tiempo de garantía de tres (3) años, con personal certificado de acuerdo con la solución ofertada.

h. Contar con una línea de servicio al cliente, donde se reporten los incidentes generados, con asistencia técnica, para lo cual, el comitente vendedor, a más tardar al día hábil siguiente

i. a la celebración de la operación entregara comunicación en la que indique los datos de contacto y personal designado para la atención del comitente comprador.

j. Ejecutar la negociación con personal calificado, con el fin de garantizar su adecuado cumplimiento, para lo cual, deberá cumplir con los perfiles establecidos por el comitente comprador, y en caso de requerir el remplazo de los mismos, deberá previamente e informarlo al supervisor designado por el comitente comprador.

k. Afiliar a todo el personal que trabaje en el desarrollo de la negociación al sistema de seguridad social y

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presentar al Supervisor designado por el comitente comprador su afiliación a ARL, al momento de realizar los trabajos dentro de las instalaciones de la ESAP, se precisa que en ningún caso surge relación laboral entre el comitente comprador y el personal designado por el comitente vendedor para la ejecución de la negociación.

l. Asumir por su cuenta y riesgo los accidentes y eventualidades que le ocurran al personal que desarrolla el objeto de la negociación, para tales efectos, deberá suministrar al personal los elementos necesarios para su protección personal y de seguridad.

m. El comitente vendedor deberá responder por los daños en las instalaciones del comitente comprador o perdidas atribuibles al personal designado para la ejecución de la negociación.

n. Asumir todos los costos directos e indirectos en que incurra para la ejecución de la negociación relacionados con la entrega, instalación, configuración y puesta en operación la solución del Sistema de Alimentación Ininterrumpida.

o. Acreditar el pago al sistema de seguridad social integral y aportes parafiscales si es del caso, de conformidad con la normatividad vigente aplicable. El comitente vendedor deberá brindar capacitación y transferencia de conocimiento al personal del comitente comprador mínimo de 10 horas de capacitación y entrenamiento para una persona por ciudad, cuyo contenido debe contemplar uso y administración de la solución.

El comitente vendedor deberá contar con equipo de trabajo durante toda para la ejecución del proyecto, el cual puede estar certificado directamente por el fabricante de los equipos, o con la presentación de las hojas de vida solicitadas de acuerdo al siguiente requerimiento:

p. CANTIDAD

CARGO FORMACION ACADEMICA EXPERIENCIA EXPERIENCIA ESPECIFICA

Un (1) Gerente de Proyecto

Ingeniero Eléctrico, Electrónico, mecánico o de Telecomunicaciones

con Tarjeta Profesional (la experiencia se contará a partir de la

expedición de esta).

Certificación vigente en la instalación de los equipos,

emitida por el fabricante de los equipos ofertados.

5 años Certificación de Experiencia profesional relacionada

realizando mínimo tres (3) implementaciones de soluciones similares.

Tres (3) Ingenieros o técnicos

Ingeniero o técnico Eléctrico, Electrónico, mecanico, de

Telecomunicaciones o afines con Tarjeta Profesional o Tarjeta que lo

acredite como Técnico.

Certificación vigente en la instalación de los equipos,

emitida por el fabricante de los equipos ofertados.

3 años Certificación de Experiencia profesional relacionada

realizando mínimo tres (3) implementaciones de

soluciones similares. La experiencia profesional o técnica relacionada será

validada a partir de la fecha de expedición de la Tarjeta

Profesional.

q. El comitente vendedor garantizará que el equipo profesional mínimo permanezca durante todo el

tiempo de ejecución de la obra. Así mismo para el reemplazo del personal ofrecido en el proceso contractual o durante la ejecución de la negociación, el entrante deberá contar con las mismas o superiores calidades y ser autorizado por la ESAP.

r. El comitente vendedor, deberá realizar las gestiones necesarias para atender las obligaciones establecidas en el presente proceso donde se incluyen las adecuaciones del cableado y puntos de red para el correcto funcionamiento de las UPS´s.

s. El comitente vendedor asegurará su personal, maquinaria, medios auxiliares, acopiados, pero sin que estos gastos repercutan en la obra. En cualquier caso, la entidad no responde de siniestros que afecten

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a dicho personal o materiales. t. El comitente vendedor podrá realizar las recomendaciones que contribuyan al mejor desempeño para

la ejecución del contrato. u. El comitente vendedor deberá Consultar a la ESAP las inquietudes que se presenten en relación con la

ejecución del contrato. v. El comitente vendedor deberá actualizar el cronograma de suministro e instalación cuando se

presenten situaciones que inciden sobre el mismo o cuando la ESAP lo requiera. w. Cualquier cambio en las características técnicas de las actividades contractuales deberá ser coordinado

y manifestado por escrito a la ESAP, con el fin contar con su aprobación. x. El comitente vendedor no deberá adelantar actividades no previstas contractualmente o cambios de

especificaciones sin la modificación contractual requerida, previo concepto favorable de la ESAP. y. El comitente vendedor ejecutará la negociación con insumos y materiales de primera calidad,

asegurando siempre el suministro e instalación de repuestos ORIGINALES, teniendo en cuenta las especificaciones e Ítems determinados por la ESAP, garantizando el suministro de los mismos de acuerdo con lo establecido contractualmente y las necesidades de la ESAP en el sitio que lo requiera.

z. El comitente vendedor deberá presentar certificados de calidad de los materiales, suministros o equipos, en caso los casos que se requiera a solicitud de la ESAP. Si a juicio de la ESAP, el elemento o repuesto suministrado presenta problemas de calidad o no cumple con la especificación técnica mínima requerida, este debe ser sustituido por uno con características acordes a lo recomendado por la ESAP.

aa. El comitente vendedor pondrá en práctica los procedimientos adecuados de señalización, construcción y de protección contra cualquier daño que pueda afectar la calidad, estabilidad, y acabados de los inmuebles aledaños, las estructuras e instalaciones de redes de servicios superficiales o subterráneos existentes dentro del área de trabajo o adyacentes a ella, siendo de su exclusiva responsabilidad del contratista cualquier daño que pudiera ocasionar a tales inmuebles, estructuras, instalaciones o redes, durante la ejecución de las actividades del contrato, su entrega final y fase de postventa.

bb. Para el correcto desarrollo del objeto contractual, todo lo que requiera el servicio de transporte para el traslado de implementos, materiales, elementos y personal destinado a la ejecución del mismo, estará a cargo del comitente vendedor.

cc. El comitente vendedor deberá tener en cuenta durante el desarrollo de las obras las normas aplicables en materia de protección ambiental en relación con el objeto de la negociación. Así como garantizar el cumplimiento de las demás normas y disposiciones de Ley que apliquen a las diferentes actividades que se adelanten en desarrollo de la negociación.

dd. El comitente vendedor subsanará de forma inmediata sin costo para la entidad cualquier daño causado directa e indirectamente en las instalaciones de: la ESAP, predios, inmuebles, sectores aledaños, y/o al medio ambiente.

ee. El comitente vendedor garantizará el cuidado, preservación y protección de los elementos que se encuentren en los espacios a intervenir, tales como instalaciones, mobiliario, equipos de cómputo, etc.

ff. El comitente vendedor presentará a la ESAP, informes de todos y cada uno del suministro e instalación de UPS realizadas, los cuales serán requisito para los pagos respectivos; estos informes deben contener detalle de cantidades y actividades ejecutadas, descripción de las actividades adelantadas y de los inconvenientes presentados, con sus respectivos registros fotográficos, ficha técnica y recomendaciones de funcionamiento.

gg. El comitente vendedor atenderá oportunamente las observaciones o requerimientos que formule la ESAP, corregir las fallas, reemplazar materiales o repuestos que resulten defectuosos en forma inmediata.

hh. El comitente vendedor brindará asesoría técnica en la implementación para la puesta en marcha de los elementos y equipos objeto de la negociación.

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ii. El comitente vendedor acudirá inmediatamente a las instalaciones de la ESAP cuando existan observaciones o sugerencias después de ser entregadas los mantenimientos y proceder a subsanar oportunamente los problemas presentados, teniendo en cuenta los tiempos de las garantías.

jj. El comisionista vendedor suscribirá el acta de terminación de la negociación con sus respectivos informes y soportes, dentro del plazo previsto en la presente ficha técnica de negociación y documentos de condiciones especiales.

8.2.2. LOTE 2 – AIRES ACONDICIONADOS El contratista debe presentar Análisis de precios unitarios (en medios físico y magnético) firmados de cada una de las actividades correspondientes a su propuesta económica, discriminando en cada caso como mínimo:

1. Instalar, configurar y poner en operación la solución objeto de adquisición, conforme la ficha técnica de negociación y documento de condiciones especiales.

2. Dentro del periodo de garantía el comitente vendedor deberá atender incidencias, mantenimientos preventivos y correctivos, y fallas de conformidad con los Acuerdos de Niveles de Servicio establecidos en los documentos del presente proceso.

3. Presentar Plan de trabajo y cronograma de trabajo dentro de los siguientes cinco (5) días calendario siguientes a la suscripción del Acta de Inicio, para aprobación del supervisor y realizar los ajustes a que haya lugar, para el suministro e instalación de los SESENTA Y UN (61) Equipos de Aire Acondicionado y los DOS (2) condensadores adicionales a nivel nacional.

4. Cumplir satisfactoriamente el objeto de la negociación conforme a los requerimientos contenidos en los documentos del presente proceso.

5. Incluir una garantía de reemplazo de unidades, componentes, tarjetas, cables, accesorios o partes en la modalidad 7x24x365, durante el periodo de garantía.

6. Otorgar certificación de aval la garantía y soporte de tres (3) anos ofrecida por el comitente vendedor para la solución ofrecida. (Expedida y firmada por el representante legal del fabricante o quien sea facultado por el fabricante para emitir el documento).

7. Dar soporte durante el tiempo de garantía de tres (3) años, con personal certificado de acuerdo con la solución.

8. Contar con una línea de servicio al cliente, donde se reporten los incidentes generados, con asistencia técnica, para lo cual, el comitente vendedor, a más tardar al día hábil siguiente a la celebración de la operación entregara comunicación en la que indique los datos de contacto y personal designado para la atención del comitente comprador.

9. Ejecutar la negociación con personal calificado, con el fin de garantizar su adecuado cumplimiento, para lo cual, deberá cumplir con los perfiles establecidos por el comitente comprador, y en caso de requerir el remplazo de los mismos, deberá previamente e informarlo al supervisor designado por el comitente comprador.

10. Afiliar a todo el personal que trabaje en el desarrollo de la negociación al sistema de seguridad social y presentar al Supervisor designado por el comitente comprador su afiliación a ARL, al momento de realizar los trabajos dentro de las instalaciones de la ESAP, se precisa que en ningún caso surge relación laboral entre el comitente comprador y el personal designado por el comitente vendedor para la ejecución de la negociación.

11. Asumir por su cuenta y riesgo los accidentes y eventualidades que le ocurran al personal que desarrolla el objeto de la negociación, para tales efectos, deberá suministrar al personal los elementos necesarios para su protección personal y de seguridad.

12. El comitente vendedor deberá responder por los daños en las instalaciones del comitente comprador o perdidas atribuibles al personal designado para la ejecución de la negociación.

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13. Asumir todos los costos directos e indirectos en que incurra para la ejecución de la negociación relacionados con la entrega, instalación, configuración y puesta en operación la solución del Sistema de Alimentación Ininterrumpida.

14. Acreditar el pago al sistema de seguridad social integral y aportes parafiscales si es del caso, de conformidad con la normatividad vigente aplicable. El comitente vendedor deberá brindar capacitación y transferencia de conocimiento al personal del comitente comprador mínimo de 10 horas de capacitación y entrenamiento para una persona por ciudad, cuyo contenido debe contemplar uso y administración de la solución.

15. El comitente vendedor deberá contar con equipo de trabajo durante toda para la ejecución del proyecto, el cual debe estar conformado mínimo por:

CANTIDAD CARGO FORMACION ACADEMICA

EXPERIENCIA EXPERIENCIA ESPECIFICA

Un (1) Coordinador General del contrato. Sera el

encargado de interpretar y rendir los informes

realizados en las diferentes sedes.

Título de Ingeniero eléctrico,

mecanico o electrónico, o carreras afines con matrícula

profesional vigente

4 años Debe presentar mínimo tres (3) certificaciones como coordinador o

supervisor de contratos de Aires Acondicionados

Tres (3) Técnico o tecnólogo eléctrico o electrónico

Título de Técnico o tecnólogo electrónico, eléctrico y/o mecánico en

mantenimiento de equipos de refrigeración, ventilación y climatización

3 AÑOS Debe presentar mínimo tres (3) certificaciones

técnico o tecnólogo en el mantenimiento de Aires

Acondicionados

16. El comitente vendedor garantizará que el equipo profesional mínimo permanezca durante todo el

tiempo de ejecución de la operación. Así mismo para el reemplazo del personal dispuesto en la ejecución de la negociación, el entrante deberá contar con las mismas o superiores calidades y ser autorizado por la ESAP

17. El comitente vendedor, deberá realizar las gestiones necesarias para atender las obligaciones establecidas en el presente proceso donde se incluyen las adecuaciones del cableado y puntos de red para el correcto funcionamiento de las UPS´s.

18. El comitente vendedor asegurará su personal, maquinaria, medios auxiliares, acopiados, pero sin que estos gastos repercutan en la obra. En cualquier caso, la entidad no responde de siniestros que afecten a dicho personal o materiales.

19. El comitente vendedor podrá realizar las recomendaciones que contribuyan al mejor desempeño para la ejecución de la negociación.

20. El comitente vendedor deberá Consultar a la ESAP las inquietudes que se presenten en relación con la ejecución de la negociación.

21. El comitente vendedor deberá actualizar el cronograma de suministro e instalación cuando se presenten situaciones que inciden sobre el mismo o cuando la ESAP lo requiera.

22. Cualquier cambio en las características técnicas de las actividades contractuales deberá ser coordinado y manifestado por escrito a la ESAP, con el fin contar con su aprobación.

23. El comitente vendedor no deberá adelantar actividades no previstas contractualmente o cambios de

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especificaciones sin la modificación contractual requerida, previo concepto favorable de la ESAP. 24. El comitente vendedor ejecutará el contrato con insumos y materiales de primera calidad, asegurando

siempre el suministro e instalación de repuestos ORIGINALES, teniendo en cuenta las especificaciones e Ítems determinados por la ESAP, garantizando el suministro de los mismos de acuerdo con lo establecido contractualmente y las necesidades de la ESAP en el sitio que lo requiera.

25. El comitente vendedor deberá presentar certificados de calidad de los materiales, suministros o equipos, en caso los casos que se requiera a solicitud de la ESAP. Si a juicio de la ESAP, el elemento o repuesto suministrado presenta problemas de calidad o no cumple con la especificación técnica mínima requerida, este debe ser sustituido por uno con características acordes a lo recomendado por la ESAP.

26. El comitente vendedor pondrá en práctica los procedimientos adecuados de señalización, construcción y de protección contra cualquier daño que pueda afectar la calidad, estabilidad, y acabados de los inmuebles aledaños, las estructuras e instalaciones de redes de servicios superficiales o subterráneos existentes dentro del área de trabajo o adyacentes a ella, siendo de su exclusiva responsabilidad del contratista cualquier daño que pudiera ocasionar a tales inmuebles, estructuras, instalaciones o redes, durante la ejecución de las actividades del contrato, su entrega final y fase de postventa.

27. Para el correcto desarrollo del objeto contractual, todo lo que requiera el servicio de transporte para el traslado de implementos, materiales, elementos y personal destinado a la ejecución del mismo, estará a cargo del comitente vendedor.

28. El comitente vendedor deberá tener en cuenta durante el desarrollo de las obras las normas aplicables en materia de protección ambiental en relación con el objeto de la negociación. Así como garantizar el cumplimiento de las demás normas y disposiciones de Ley que apliquen a las diferentes actividades que se adelanten en desarrollo del contrato.

29. El comitente vendedor subsanará de forma inmediata sin costo para la entidad cualquier daño causado directa e indirectamente en las instalaciones de: la ESAP, predios, inmuebles, sectores aledaños, y/o al medio ambiente.

30. El comitente vendedor garantizará el cuidado, preservación y protección de los elementos que se encuentren en los espacios a intervenir, tales como instalaciones, mobiliario, equipos de cómputo, etc.

31. El comitente vendedor presentará a la ESAP, informes de todos y cada uno del suministro e instalación de UPS realizadas, los cuales serán requisito para los pagos respectivos; estos informes deben contener detalle de cantidades y actividades ejecutadas, descripción de las actividades adelantadas y de los inconvenientes presentados, con sus respectivos registros fotográficos, ficha técnica y recomendaciones de funcionamiento.

32. El comitente vendedor atenderá oportunamente las observaciones o requerimientos que formule la ESAP, corregir las fallas, reemplazar materiales o repuestos que resulten defectuosos en forma inmediata.

33. El comitente vendedor brindará asesoría técnica en la implementación para la puesta en marcha de los elementos y equipos objeto del contrato.

34. El comitente vendedor acudirá inmediatamente a las instalaciones de la ESAP cuando existan observaciones o sugerencias después de ser entregadas los mantenimientos y proceder a subsanar oportunamente los problemas presentados, teniendo en cuenta los tiempos de las garantías.

35. El comisionista vendedor suscribirá el acta de terminación del contrato con sus respectivos informes y soportes y el documento de liquidación del contrato, dentro del plazo previsto en la respectiva cláusula del contrato.

8.2.3. OBLIGACIONES ESPECIFICAS AMBIENTALES APLICABLES A LOS DOS LOTES

1. Dar cumplimiento a los términos, requisitos y condiciones establecidos en los actos administrativos

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expedidos por las diferentes autoridades ambientales y regionales. 2. Prever cualquier perjuicio que pueda ocasionarse a personas, bienes públicos, de terceros, a la Escuela

Superior de Administración Pública o al medio ambiente y si los causare está obligado a responder y a proceder a su inmediata reparación, reposición y/o compensación.

3. Identificar y realizar la evaluación pertinente sobre los aspectos e impactos ambientales antes, durante y después de la ejecución del contrato. Así mismo, llevar un registro fotográfico de las actividades que se ejecuten.

4. Determinar las condiciones ambientales del área operativa, área directa o área indirecta de donde se encuentre cada uno de las instalaciones con el fin de mitigar el impacto que se pueda generar

5. Contar y aplicar con los planes y/o programas ambientales necesarios asociados al uso eficiente y ahorro de agua, uso eficiente y ahorro de energía, manejo integral de residuos sólidos convencionales, residuos peligrosos, materiales de construcción, maquinaria, equipos y transporte y planes de contingencia y control de derrames.

6. Aplicar un plan de contingencias de tipo ambiental en el cual se dispongan todas las medidas de control de contingencias necesarias brindando reportes y la atención necesaria para su prevención y control.

7. El contratista se obliga a practicar las medidas ambientales, sanitarias, forestales, ecológicas e industriales necesarias para no poner en peligro las personas ni las cosas, respondiendo por los perjuicios que se causen por su negligencia u omisión. Así mismo cumplir con todos los requerimientos para el manejo de impacto ambiental y urbano durante toda la ejecución acorde con los documentos del proceso y las estipulaciones legales y contractuales, y hacer entrega de los certificados, permisos, licencias y/o registros de la disposición de los escombros, residuos sólidos peligrosos, convencionales y de construcción y demolición, aceites usados de las obras expedidos por empresas autorizadas y por la respectiva autoridad ambiental competente.

8. Se obliga al contratista a indicar de manera específica cual será el recorrido y los lugares a trabajar por medio de un cronograma con el fin de conocer la ubicación y la fecha realizada, de tal manera que en caso de un cambio o eventualidad la ESAP o contratista tenga el respaldo de lo realizado en las instalaciones de la misma.

9. Mantener informado a la ESAP sobre los siguientes aspectos: a) Medidas tomadas para evitar contaminación, daño o pérdida. b) Tipos y volúmenes de sustancias químicas, corrosivas, nocivas o contaminantes, utilizadas en desarrollo de las labores. c) Tipos y volúmenes de sustancias químicas, corrosivas, nocivas o de desechos y basuras manejados. d) Accidentes con daños, contaminación o polución del medio ambiente que llegaren a registrarse durante la ejecución de las labores. e) Hurto, pérdida daño o deterioro de bienes o equipos.

10. Atender el almacenamiento adecuado y la conservación de todos los materiales y herramientas que se adquieran con destino a la obra, nombrando para tal efecto un almacenista.

8.2.4. OBLIGACIONES ESPECIFICAS RESIDUOS PELIGROSOS APLICABLES A LOS DOS LOTES

11. Abstenerse de depositar cualquier tipo de material en el lecho de corrientes superficiales o cualquier cuerpo de agua. Si esto sucede, el comitente vendedor deberá retirar el material y conformar el sitio hasta devolverlo a su estado original

12. Se obliga al comitente vendedor a tener a su disposición los elementos o herramientas necesarias para el almacenamiento de los residuos que genere dicha actividad, estos elementos deben estar correctamente separados y etiquetados para su correcta disposición final.

13. Disponer certificados de manejo de residuos peligrosos por parte del comitente vendedor y certificados de disposición final de los mismos.

14. Determinar el manejo, recolección, transporte, tratamiento y/o disposición de todos los residuos generados cuyas características sean de tipo peligrosas de acuerdo a la norma y con aprobación de la

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interventoría. 15. Cumplir con lo establecido en los decretos 1076 de 2015, por el cual se reglamenta la prevención y el

manejo de los residuos o desechos peligrosos generados (RESPEL) en el marco de la gestión integral. 16. Gestionar los RESPEL generados en la ESAP con empresas que cuenten con las licencias, permisos y/o

autorizaciones ambientales para el mantenimiento, aprovechamiento, y disposición final de los residuos peligrosos generados.

17. Determinar el lugar de almacenamiento de transferencia que no tenga ningún contacto con un funcionario o estudiante no autorizado con el fin de prevenir un impacto o afectación a los mismos

18. Disponer en sitios establecidos los RCD y sobrantes generados producto del objeto del contrato, previo acuerdo con la ESAP y cumpliendo con la normatividad. De ser necesario, deberán ser retirados fuera de las sedes a sitios contemplados para este fin, de acuerdo con lo estipulado en la Resolución No. 0541 del 14 de diciembre de 1994 expedida por el Ministerio del Medio Ambiente, “Por medio de la cual se regula el cargue, descargue, transporte, almacenamiento y disposición final de escombros, materiales, elementos, concretos y agregados sueltos, de construcción, de demolición y capa orgánica, suelo y subsuelo de excavación”.

19. Determinar las condiciones de los residuos peligrosos o no peligrosos que se generen de la acción a realizar, en caso de tener que ser retirados por empresas diferentes a la contratada, se obliga al contratista a entregar certificados de entrega, transporte, recolección y disposición final del residuo.

20. Cumplir con lo exigido en el Artículo 20 del Decreto 4741 de 2005, en relación a la gestión y manejo de los empaques, envases, embalajes y residuos de productos o sustancias químicas con característica peligrosa provenientes del consumo de productos o sustancias peligrosas.

21. Contar con los elementos de protección personal para cada una de las personas que realicen el suministro e instalación según corresponda.

22. Contar con una empresa certificada ambientalmente por la autoridad ambiental competente para la disposición de residuos (RCD y peligrosos). Además, deberá contar con las autorizaciones ambientales correspondientes al sitio de recepción, transporte, manejo, segregación, almacenamiento y disposición final de los residuos peligrosos. Del mismo modo, deberá contar con el permiso de transporte de residuos peligrosos y certificar que el trasportador cuente con (tarjetas de emergencia, plan de contingencia, certificado del conductor en curso básico de capacitación de vehículos que transporten mercancías peligrosas y elementos de protección personal). La empresa prestadora del servicio entregara al contratista quien entregará a la ESAP el soporte legal que certifique la destrucción y manejo adecuado o disposición final adecuada de los residuos, avalada ante las autoridades ambientales.

23. No mezclar ningún residuo producto del desarrollo de este contrato, con los residuos convencionales generados por la ESAP.

8.2.5. OBLIGACIONES ESPECIFICAS EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

24. Implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo en su empresa y tener un responsable del mismo de acuerdo a la resolución 1111 de 2017, y resolución 312 de 2019 según corresponda.

25. Afiliar a la seguridad social EPS, AFP, y ARL el personal del contratista, subcontratistas y sus trabajadores durante la vigencia del contrato. Para el caso de la ARL, el contratista debe estar cotizando al riesgo en el cual se encuentra expuesto de acuerdo a su actividad económica (artículo 26 del Decreto 1295 de 1994 establece las clases de riesgo).

26. Cumplir las recomendaciones, normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y salud en el Trabajo (SG-SST) de la ESAP.

27. Suministrar y controlar la entrega de los elementos de protección personal (EPP), las herramientas y

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equipos adecuados con hoja de seguridad para la ejecución del trabajo, a los contratistas y subcontratistas que va a ejecutar las actividades y que así se requieran según el contrato; dichos elementos deben cumplir con las normas de seguridad industrial vigentes, de acuerdo a las acciones y oficios a desempeñar.

28. Presentar oportunamente soportes del pago de parafiscales de subcontratistas y sus trabajadores, garantizando seguridad social EPS, AFP, y ARL, dentro de los términos establecidos, evitando el desamparó.

29. Mantener actualizada la matriz de peligros, evaluando los riesgos asociados para la seguridad y Salud en el Trabajo del personal que desarrolla las actividades en la ESAP. (Cada vez que se desarrolle una actividad adicional o se presente un accidente, e incidente deberán actualizarla y socializarla con sus contratistas y subcontratistas, informando de su actualización a la ESAP).

30. Cumplir con lo requerido por la normatividad contemplada en el SG-SST del contratista en lo referente a la capacitación y sensibilización evidenciable de los contratistas y subcontratistas, en temas referidos a las actividades propias de la ejecución del contrato.

31. Cumplir lo establecido en la OSHA 29 CRF 1910.146, en caso de realizar actividades de espacios confinados (entendiéndose como el lugar sin ventilación natural, o con ventilación natural deficiente, en el que una o más personas puedan desempeñar una determinada tarea en su interior, con medios limitados o restringidos para su acceso o salida, que no está diseñado para ser ocupado en forma continua).

32. Informar al personal de Seguridad y Salud en el Trabajo de la ESAP en cada sede, la ocurrencia de incidentes, accidentes de trabajo, y las acciones de intervención y seguimiento pertinentes de acuerdo a los casos presentados.

33. Relacionar al responsable del SG-SST del contratista con el profesional de SST de la ESAP de cada sede, entregando el cronograma de actividades actualizado a desarrollar en cada una de ellas, y mantener informados a la ESAP y al responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo de cada sede de la ESAP, el desarrollo de las mismas, con sus características pertinentes.

En caso de presentarse fallas en los equipos el comitente vendedor deberá solucionarlos dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la solicitud realizada por la ESAP a través del supervisor designado por esta; tanto para el caso del lote 1 – UPS como para el lote 2 - AIRES ACONDICIONADOS, el comitente vendedor de ser necesario o en caso de que el supervisor del contrato lo requiera, suministrará las UPS y aires acondicionados necesarias con el fin de brindar soporte.

10. GARANTÍAS ADICIONALES A CARGO DEL COMITENTE VENDEDOR

El comitente vendedor deberá constituir, suscribir y otorgar a favor del COMITENTE COMPRADOR, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la celebración de la rueda de negociación tratándose de persona jurídica individualmente o dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la celebración de la rueda de negociación tratándose de figuras asociativas (uniones temporales o consorcios), las siguientes garantías: De conformidad con el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007 y Sección 3 del Decreto 1082 de 2015, El comitente vendedor deberá constituir las siguientes a la realización de la operación la garantía única de cumplimiento de las negociaciones, de conformidad con lo señalado en el presente documento, Garantía Única para amparar los diferentes riesgos, en las cuantías y vigencias que se establecen a continuación: Beneficiario: ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - ESAP Tomador: Comitente vendedor. Asegurado: ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA – ESAP. Se aclara que en el texto de la póliza

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deberá incluirse la entidad con su respectivo NIT No. 899.999.035-7. El comitente vendedor deberá suscribir y otorgar las siguientes garantías:

De Cumplimiento: por valor correspondiente al VEINTE POR CIENTO (20%) del valor de la operación, por el término de ejecución, contada desde el día de celebración de la operación, y un (1) año más.

Pago de Salarios, Prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales: Por valor correspondiente al CINCO POR CIENTO (5%) de la operación, por el término de ejecución, contada desde el día de celebración de la operación y tres (3) años más.

Calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados: por el CUARENTA POR CIENTO (40%) del valor del contrato, vigente por el plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más.

Calidad del servicio: por valor correspondiente al VEINTE POR CIENTO (20%) del valor de la operación, por el término de ejecución, contada desde el día de celebración de la operación y treinta y seis (36) meses más.

Responsabilidad civil extracontractual: por DOSCIENTOS (200) SMMLV para contratos cuyo valor sea inferior a o igual a mil quinientos (1.500 SMMVL), Vigencia igual al término de ejecución de la negociación

Estas garantías cubren los riesgos asociados a las obligaciones no compensables y descritas en la presente Ficha Técnica de Negociación.

En todo caso, corresponderá al Comisionista Comprador con revisión del Comitente Comprador, realizar todos los actos de verificación, estudio, seguimiento, ejecución, aprobación y custodia, así como todos los demás actos que sean necesarios para la efectividad de las mismas. PARÁGRAFO: En los casos en que se prorrogue el plazo de ejecución de la negociación, se adicione en valor y/o ajuste por el incremento del salario mínimo legal vigente, el comitente vendedor se compromete, dentro de los 3 días hábiles siguientes al evento, presentar el certificado de modificación de la garantía de conformidad con el nuevo plazo y/o valor pactados.

11. INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN

La Supervisión de la negociación a cargo del Comitente Comprador para el LOTE 1 - SISTEMA DE ALIMENTACION ININTERRUMPIDA – UPS será ejercida por el Jefe de la Oficina de Sistemas con apoyo a la supervisión por parte de los Ingenieros de Sistemas de las Direcciones Territoriales o por quien delegue el ordenador del gasto. La Supervisión de la negociación a cargo del Comitente Comprador para el LOTE 2- AIRES ACONDICIONADOS será ejercida por el Coordinador del Grupo de Infraestructura y Mantenimiento con apoyo a la supervisión por parte de los Ingenieros de Sistemas de las Direcciones Territoriales o por quien delegue el ordenador del gasto. En ambos casos, se actuará de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, Ley 1474 de 2011 o normas que lo complementen, modifiquen o adicionen. El SUPERVISOR DE LA NEGOCIACIÓN (Lote 1 y Lote 2) deberán realizar el seguimiento técnico, administrativo,

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financiero, contable y jurídico de la negociación, verificando además la correcta ejecución del objeto contratado, en el periodo de la negociación.