exposicion de administrativo.ppt

5
INFORMES ADMINISTRATIVOS VILLAR, los informes, considerados, pueden servir tanto para aportar datos al expediente como para comprobar los que ya figuren en él. 1). PRESUNCIÓN DE LA CALIDAD DE LOS INFORMES Informes y dictámenes.- Para la legislación administrativa los términos “informes” y “dictamen” son empleados conjuntamente con tanta persistencia que induce a pensar que existe entre ambos identidad de conceptos. Pero la doctrina se ha preocupado en tratar de encontrar algunos matices. CLASES Los informes obligatorios .- son aquellos que el instructor necesariamente debe recabar y recibir antes de decidir un procedimiento sometido a su conocimiento, aunque sin tener la obligación de conformarse con sus conclusiones y contenido son informes facultativos o voluntarios.- aquellos que la instancia decisoria solicita de acuerdo a su propio criterio e iniciativa discrecional para ilustrarse mejor de aquellos aspectos que considere indispensables sin que su requerimiento provenga de alguna obligación lega

Upload: estefany-palomino

Post on 06-Apr-2016

219 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: exposicion DE ADMINISTRATIVO.ppt

INFORMES ADMINISTRATIVOS

VILLAR, los informes, considerados, pueden servir tanto para aportar datos al expediente como para comprobar los que ya figuren en él.

1). PRESUNCIÓN DE LA CALIDAD DE LOS INFORMES

Informes y dictámenes.- Para la legislación administrativa los términos “informes” y “dictamen” son empleados conjuntamente con tanta persistencia que induce a pensar que existe entre ambos identidad de conceptos. Pero la doctrina se ha preocupado en tratar de encontrar algunos matices.

CLASES

Los informes obligatorios .- son aquellos que el instructor necesariamente debe recabar y recibir antes de decidir un procedimiento sometido a su conocimiento, aunque sin tener la obligación de conformarse con sus conclusiones y contenidoson informes facultativos o voluntarios.- aquellos que la instancia decisoria solicita de acuerdo a su propio criterio e iniciativa discrecional para ilustrarse mejor de aquellos aspectos que considere indispensables sin que su requerimiento provenga de alguna obligación lega

Page 2: exposicion DE ADMINISTRATIVO.ppt

Vinculantes.-cuando tu tener obligar a una autoridad a la toma de alguna decisión en el sentido que señale el citada informe.

No vinculantes.- por último, serán los informes cuando no haya tal obligación de resolver conforme al contenido del informe. Como regla, también los informes serán no vinculantes, salvo disposición en contrario

2. PETICIÓN DE INFORMEScabe mencionar que es necesario limitar la facultad de la administración de solicitar informes, facultad de la que se abusa en muchas entidades y cuyo mal uso genera dilaciones indebidas

rasgos característicos del pedido del informe

a) Necesidad.- con la finalidad de imprimir celeridad al trámite y evitar dilaciones innecesarias, se limita a la administración activa de libertad requerida

Page 3: exposicion DE ADMINISTRATIVO.ppt

b) Petición concreta y oportuna.- no puede emitirse parecer en abstracto ni para situaciones hipotéticas.

c) Plazo prorrogable para su evacuación.- las normas prescriben un plazo máximo de siete días hábiles para la evacuación de los informes

3.- PRESENTACIÓN DE INFORMES

Toda autoridad, cuando “formule informes o proyectos de resoluciones, fundamenta su opinión en forma sucinta y establece conclusiones expresas y claras sobre las cuestiones planteadas en la solicitud, y recomienda concretamente los cursos de acción a seguir, cuando estos correspondan, suscribiéndolos en su firma habitual, consignando su nombre, apellido y cargo”.

a). Conocimiento de la pruebab). Absolución personalc) Contenido preciso.- el contenido de los informes debe responder a los criterios de brevedad y exclusividad sobre la materia pedida, debiendo obviar cualquier reproducción de actuados existentes en el expediente, bastando su referencia precisa

Page 4: exposicion DE ADMINISTRATIVO.ppt

4) OMISIÓN DE INFORME

ARTÌCULO 174.- OMISIÓN DE INFORME

174.1 De no recibirse el informe en el término señalado, la autoridad podrá alternativamente, según las circunstancias del caso y relación administrativa con el informante; prescindir del informe o dar al informante para que en fecha única y en una sesión, a la cual puede asistir el administrado, presente su parecer verbalmente, de la cual se elaborará acta que se adjudicará al expediente, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurra el funcionario culpable de la demora.

174.2 la ley puede establecer en procedimientos iniciados por los administrados que de no recibirse informes vinculantes en el plazo legal, se entienda que no existe objeción técnica o legal al planteamiento sometido a su parecer.

174.3 El informe presentando extemporáneamente

Page 5: exposicion DE ADMINISTRATIVO.ppt

CONCLUSION

ORDENACION E INSTRUCIÒN

•De manera sencilla y eficaz•Valorar las pruebas aportadas por el administrado.•Valorar además: - Antecedentes de Documentos. - Solicitar informes y dictámenes. - Conceder audiencias - Practicar Inspecciones