evolucion de la criminología

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II.LA EVOLUCION DE LA CRIMINOLOGIA Puede afirmarse que la criminología en el sentido científico del termino nació en el sigo XIX como reacción, en contra de un derecho penal clásico que consideraba el acto criminal como si se tratara de una entidad jurídica aislada, haciendo abstracción tanto de la realidad humana del delincuente como de las influencias sociales que intervienen en los móviles de la delincuencia. La criminología había nacido, así, de las observaciones hechas por Adolfo Quetelet, quien en 1835 publica su obra Sobre el hombre y el desarrollo de sus facultades o ensayo de la física social, por Guerry de Champneuf, a nivel del fenómeno de masa (la criminalidad) y por Lombroso a nivel del fenómeno individual (el delincuente). Pero antes de estos autores, es preciso hablar de los pre-criminólogos y, entre los mismos, el primero, Platón. En su obra Las Leyes, Platón considera el crimen como un síntoma de una enfermedad del alma, que tiene una triple fuente: las pasiones (envidia, celos, la ambición, la cólera, Etc.), la búsqueda del placer y la ignorancia. La pena es una medicina moral y es, en cierta medida, una dicha para el culpable sufrir un castigo, puesto que así se libera de la maldad de su alma. Pero si el delincuente se manifiesta como incurable refractorio a toda acción educativa, la sociedad debe eliminarlo. De esta manera la pena de muerte tiene el doble mérito de librar a la República de aquellos ciudadanos que han dado prueba de una incurable perversidad y de inspirar un beneficioso temor a cuantos se vieran en la tentación de imitarlos. También Aristóteles se ocupó de los criminales. Pero lejos de ver en ellos a enfermos que es preciso curar, los considera como seres maleantes, enemigos de la sociedad que es necesario castigar inmisericordemente, algunos caracteres morfológicos del criminal, Aristóteles puso de relieve el origen pasional del delito que deriva de hábitos culpables o de apetitos que la razón reprueba. Agrega, sin embargo, que la miseria engendra igualmente la revuelta y el crimen y puede así influir en las disposiciones morales de los delincuentes. Se muestra partidario de los castigos severos (pena capital, deportación, etc.) y considera que la pena es legitimada por

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II.LA EVOLUCION DE LA CRIMINOLOGIA

Puede afirmarse que la criminología en el sentido científico del termino nació en el sigo XIX como reacción, en contra de un derecho penal clásico que consideraba el acto criminal como si se tratara de una entidad jurídica aislada, haciendo abstracción tanto de la realidad humana del delincuente como de las influencias sociales que intervienen en los móviles de la delincuencia.

La criminología había nacido, así, de las observaciones hechas por Adolfo Quetelet, quien en 1835 publica su obra Sobre el hombre y el desarrollo de sus facultades o ensayo de la física social, por Guerry de Champneuf, a nivel del fenómeno de masa (la criminalidad) y por Lombroso a nivel del fenómeno individual (el delincuente). Pero antes de estos autores, es preciso hablar de los pre-criminólogos y, entre los mismos, el primero, Platón.

En su obra Las Leyes, Platón considera el crimen como un síntoma de una enfermedad del alma, que tiene una triple fuente: las pasiones (envidia, celos, la ambición, la cólera, Etc.), la búsqueda del placer y la ignorancia. La pena es una medicina moral y es, en cierta medida, una dicha para el culpable sufrir un castigo, puesto que así se libera de la maldad de su alma. Pero si el delincuente se manifiesta como incurable refractorio a toda acción educativa, la sociedad debe eliminarlo. De esta manera la pena de muerte tiene el doble mérito de librar a la República de aquellos ciudadanos que han dado prueba de una incurable perversidad y de inspirar un beneficioso temor a cuantos se vieran en la tentación de imitarlos.

También Aristóteles se ocupó de los criminales. Pero lejos de ver en ellos a enfermos que es preciso curar, los considera como seres maleantes, enemigos de la sociedad que es necesario castigar inmisericordemente, algunos caracteres morfológicos del criminal, Aristóteles puso de relieve el origen pasional del delito que deriva de hábitos culpables o de apetitos que la razón reprueba.

Agrega, sin embargo, que la miseria engendra igualmente la revuelta y el crimen y puede así influir en las disposiciones morales de los delincuentes. Se muestra partidario de los castigos severos (pena capital, deportación, etc.) y considera que la pena es legitimada por la necesidad de restablecer el equilibrio destruido por la infracción.

En la edad media, Santo Tomas de Aquino (1226-1274) vio en las pasiones humanas el origen de la mayoría de los crímenes. Pero también es de los primeros filósofos que consideraron la miseria como un factor criminógeno. No obstante, convencido de la real necesidad de salvar la parte sana de Aquino considera la pena capital como un instrumento indispensable para la salvaguarda del bien común.

Los reformadores y los filósofos de los siglos XVI, XVII, y XVIII (Lutero, Calvino, Tomas Moro, Montesquieu, Voltaire, Rousseau, Beccaria, y Benthan) comenzaron a considerar la criminología como un fenómeno social y económico. Así, Beccaria señala que el robo es cometido ordinariamente por gente pobre: y Brissot de Warbille escribe que el primer medio para prevenir los crímenes reside en una sabia administración que procure el bienestar general, mientras que Voltaire se afirma como un lejano precursor de las actuales investigaciones sobre la administración de la justicia penal, enunciando el poder discrecional de los jueces, que exponen a los ciudadanos al despotismo de una

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muchedumbre de pequeños tiranos y pidiendo que lo que es verdadero y justo en una de nuestras ciudades sea falso e injusto en las otras.

A pesar de ello, la ideología de los enciclopedistas desemboca en todo los contrario de los que signifique tomar en consideración al delincuente individual.

III.HISTORIA DE LA CRIMINOLOGIA

La lucha del delito y la preocupación científica de este fueron objetivos que las ciencias normativas trataron de alcanzar y se dio durante la antigüedad y la edad media. Tal fue la importancia que se dio a esos problemas que ilustres filósofos de la época dieron su opinión al respecto del problema de los delincuentes y el castigo que a estos se le debieran de aplicar, para mencionar algunos de los filósofos tenemos por ejemplo a Hesiodo, Pitágoras, Heráclito, Protagoras, Sócrates, Platón y Aristóteles.

Tenemos que las bases de la filosofía del derecho penal dadas por Tomas de Aquino en la escolástica le paso lo mismo que a la anterior, solo que esta se dio en la época medieval. Damos comienzo en la edad moderna, estimuladas por la ilustración, pero con una verdadera intensidad solo en el siglo XIX, es aquí que los fenómenos reales entran en investigación, estos fenómenos abarcaban tanto el plano físico y psíquico que están en conexión con el delito.

La criminología, como podemos observar no se exterioriza de una manera independiente, sistemáticamente cultivada. Sino que se deriva de diversas ramas de la investigación humana, hasta que al final se llega a reunir todas estas piezas dispersas y con ello se desarrolla una disciplina propia, llamada criminología.

Ahora como ramas más importante de la criminología podemos mencionar:

Las investigaciones médicas, con importancia en la Medicina Legal, La Antropología, Psiquiatría, Biología hereditaria, de las llamadas Psicología médica y de la caracterología.

En su mayoría tenemos que Lombroso es siempre o en la mayoría de los casos nombrado como fundador de la criminología científica. Claro está que al hacerlo no es justo dejar en lo oculto el que antes de él ya había sido elaborada la materia en los decenios anteriores a él por muchos investigadores de numerosas ramas.

Tenemos por ejemplo a Morel, que con investigaciones propias, hizo reflexiones como las de Lombroso pero con la diferencia que se permaneció en la oscuridad. También, llevado por la fuerte intensión político-criminal, Jeremías Benthan, propuso reformas al sistema legal y penal inglés, mientras su compañero de ciencia, Howar con su obra States of Prisons in England and Wales (El Estado de las prisiones en Inglaterra y Gales) de 1777, impulso a los movimientos de reformas. El crimen era una determinada forma de degeneración hereditaria en el individuo o incluso en su familia, esta teoría está apoyada por Morel.

Los cráneos de los criminales tenían particularidades, y estas fueron halladas por el neurólogo y patólogo Broca. En 1869 se hizo investigaciones sobre 464 cráneos de criminales las cuales las hizo Wilson, y el medico de prisión escocés Thomsom en 1870 publico en el Journal of Mental Science el resultado de sus observaciones sobre más de 5,000 presos.

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La tesis de la locura moral (Schwachsinn), fue publicada por Prichard en 1835. Nicolson entre 1873 y 1875 publico sus trabajos sobre la vida psíquica del criminal y su tendencia a la locura, imbecilidad y ausencia de sensibilidad. Otros que proporcionaron fundamento para la doctrina de Lombroso fueron obras como las de P. J. Cabanis, Ph. Pinel, Esquirol, Griesinger, J. J. Moreau de Tour y sobre todo, Morel, quienes entre otros se ocuparon de los problemas de la psiquiatría forense.

Tenemos que las ciencias del espíritu eran las que dominaban la toma de posición ante hechos criminológicos, aunque también se dio el caso que en los cien años anteriores a Lombroso también se daba una importancia, aunque de una manera menos expresiva de la toma de posición de los hechos criminológicos, pero con aspiraciones por un camino Empírico. Gracias a los investigadores de Antropología Medica, Psiquiatría, como Psicología Temprana y Sociología, se ocuparon de los planteamientos criminológicos.

En la sociedad siempre se busca el estudio del crimen y los criminales y esto le concierne a la criminología, buscando la delincuencia juvenil y las causas del delito. Hasta llegar a la teoría de que la interrelaciones de las personas, grupos y la sociedad en la cual viven y funcionan son las principales causas de que se cometa un delito.

Como decíamos anteriormente en la antigüedad se pensaba que el delito, se le atribuían a los defectos físicos y mentales y que era l producto de los rasgos hereditarios. Pero no hay que preocuparse puesto que tales afirmaciones hoy en día no son tomadas como positivas sino más bien son rechazadas. Llegada a esta conclusión por que el delito se aprende y no se hereda. Las explicaciones sociológicas son las que se oponen a la creencia del delito hereditario.

Los eruditos de la materia estudian el comportamiento humano desde una perspectiva clínica y sino desde una perspectiva legalistica por esa razón es una ciencia que no es exacta. La ley utilizando estas perspectiva llegan a la conclusiones que conductas son criminales y cuáles no, de allí es que los científicos tratan de formular sus razones de porque ciertas personas violan la ley. Se ha llegado ha comparar el estudio de un delito con el de la moda o hasta con algo mucho más siniestro como por ejemplo el poder económico. Pero hay que tener en cuenta que dependiendo de los diferentes comportamientos, así serán las diferentes causas del delito.

En Hispanoamérica, podemos mencionar como un gran criminólogo a José Ingenieros, puesto que fue el primero en Hispanoamérica. Para una mejor comprensión de la criminología entraremos al estudio de las escuelas jurídico penales, puesto que los conceptos puramente jurídicos van entrelazados con los criminológicos y de allí se parte del análisis de los problemas normativos. El rápido desarrollo de las escuelas jurídico penales en el siglo XX, se debió a las continuas confrontaciones, algunas de violencia, de las diversas escuelas jurídico penales.

V.CRIMINALISTICA Y CRIMINOLOGIA

La diferencia entre Criminalística y Criminología se fundamenta en el mismo criterio usado para distinguir las ciencias naturales de las ciencias sociales. Las primeras tienen por objeto la Naturaleza o

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sea, la realidad objetiva, fenoménica, el mundo tal cual es, al margen de cualquier juicio de valor y se expresan en lenguaje matemático.

Hidrógeno y Oxígeno en una proporción de 2:1 siempre será agua, independientemente del lugar o época de que se trate. Las ciencias sociales, en cambio, tienen como materia prima al Hombre, que es un producto natural, y al complejo tejido de relaciones que genera. Aquí las matemáticas no significan mucho fuera del uso que puedan tener en el marco de la estadística. Es frecuente hallar errores conceptuales y terminológicos cuando se habla de Criminalística y Criminología, igual que ocurre con Psicología y Psiquiatría. Por ejemplo, en nuestra biblioteca tenemos una monografía de la prestigiosa Presses Universitaires de France titulada La Criminología de la autoría de Pierre-Fernand Ceccaldi.

Al revisar el índice vemos los capítulos: Manchas y huellas, Tiros, Fuegos, Falsificaciones, Filiación. El título en francés es La Criminalistique, lo que nos hace deducir que fue el traductor quien se confundió con los vocablos criminologie y criminalistique, traduciendo este último como “Criminología”, lo que es erróneo. La Criminalística constituye un saber multidisciplinario. Se auxilia de la Física, la Química y la Biología, que son ciencias naturales. Cuando se investiga un caso que se relaciona con armas de fuego hablamos de distancia, fuerza, energía cinética, trayectoria parabólica, gravedad, giro, gases, ángulo, deflagración y combustión.

Si se analiza una sustancia con el reactivo de Mayer (mercuriato de potasio) para determinar si es cocaína entramos al terreno de la Química. Igual ocurre con los exámenes que se practican a la pintura de los vehículos en la Inspectoría de Vehículos Robados de la P.N. Cuando se realiza una autopsia o se ordena una experticia para determinar filiación nos movemos dentro del área de la Biología.

La Criminalística es útil luego de la comisión del hecho. Se puede definir como un cuerpo organizado de conocimientos relativos a la recolección, procesamiento, evaluación y análisis de la evidencia para remitirla y presentarla a los organismos judiciales como elementos de prueba (peritaje). La conclusiones se presentan al juez del modo que establece el Art. 212 del CPP, o sea como un certificado o dictamen pericial que contiene la opinión del experto y una descripción breve de los métodos utilizados para el análisis y sus conclusiones por ejemplo: “Causa de muerte: laceración cerebral difusa por herida de arma de fuego. Manera de la muerte: homicidio”; “Una muestra de un material vegetal con un peso de 3 gramos....los exámenes colorimétricos, microscópicos e instrumentales practicados a la evidencia antes descrita dieron como resultado que el material analizado es marihuana.

VI.ESCUELA CLASICA

En los siglos XVII y XVIII surgieron nuevas clases sociales, como por ejemplo los mercaderes, banqueros y los hombres de negocio (los burgueses), llamada esta época como la Era de las Luces. El esfuerzo de mucho trabajo, el pensamiento racional fueron causas que hizo que la Ética Protestante despertara para que las personas alcanzaran su éxito personal. Comenzaron a surgir nuevos cambios en la manera de pensar, alcanzando un auge las ciencias en la búsqueda de las normas legales y desplazando los erróneos caminos de Dios.

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Gracias a esto se dieron cuenta que el hombre a través de la razón experimento los dolores y placeres, por tal motivo el Estado dejo de ser observado como una entidad divina, que imponía sus castigos y reglas para todos los ciudadanos, sino que se exigió que siguiera los dictados de la razón.

La reforma clásica tuvo sus inicios en la ultima mitad del siglo XVIII en Inglaterra e Italia y se extendió a Europa Occidental y ha EUA de allí en adelante. Teniendo en cuenta que lo mas importante es que la Escuela Clásica no existió como tal desde el punto de vista histórico, sino que gracias a Enrico Ferri, que comenzó a llamarle clásicos a los juristas prepositivistas y posteriores a Beccaria.

Beccaria en 1764 escribió una obra con el nombre de De Delitos y Castigos, esta obra fue escrita tan solo cuando el constaba con 26 anos de edad. El trataba de encontrar la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, Escribir las leyes para que pudiera ser comprendida por todos los individuos y no solo por máximos juristas y sobre todo que la interpretación de esta no se pudiera dar de una forma desviada a la moral por los juristas o jueces y por ultimo el de limitar el ámbito de las leyes penales al mínimo necesario para minimizar el delito.

“Podemos decir que gracias a la Escuela Clásica se dio la terminación de la barbarie y la injusticia que el derecho penal representaba, procuro la humanizaron por medio del respeto a la ley, del reconocimiento a las garantías individuales y de la limitación al poder absoluto del Estado.”

Al hablar de los representantes de la Escuela Clásica concordamos que fue gracias a:

<!--[if !supportLists]-->· <!--[endif]-->Cesar Becarria, sentando los principios de esta gran corriente el " Divino Márquez" .

<!--[if !supportLists]-->· <!--[endif]-->Jeremías Betham, aporto con su obra " Teoría de las Penas y de las Recompensas" (1840)

<!--[if !supportLists]-->· <!--[endif]-->Gian Doménico Romagnosi, con "Génesis del Diritto Pénale" en 1837.

El profesor de Bolonia, Ginebra y París que es asesinado por sus pensamiento políticos, fue el que escribió el primer gran clásico reconocido por todos, fue el, profesor Pellegrino Rossi. Rossi consideraba que existía un orden moral que todos los seres libres e inteligentes debíamos de seguir, pensando así que estos ordenes debían aplicarse en la sociedad, puesto que todos los individuos estamos hechos para vivir en sociedad.

Dando así que gracias a esto surja un orden obligatorio para toda una sociedad y del cual se derivarían todos los derechos y obligaciones.

Otro ilustre representante tenemos a Giovanni Carmignani, que nos trata de explicar que el castigo que se le impone a un criminal por el delito que cometió no se hace con el animo de tomar una venganza sino la de prevenir a que en un futuro no se realice otros delitos semejantes, este ilustre representante fue profesor de Pisa, y en sus Elementa iuris criminalis hace la necesidad del orden social como la fuente y de la ley moral como el limite.

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Hay otro autor que piensa que la capacidad de juzgar le pertenece al superior pero no niega que todo hombre al ser tal es inteligente y puede juzgar por igual, para Rosini el fundamento del derecho de castigar es el eterno principio de la justicia. Y este autor el que sienta bases para la Escuela Clásica, con su obra Filosofía del Diritto escrita en 1839 por Antonio Rosini.

Dentro de los escritores clásicos mas destacados tenemos a Francisco Carrara ( 1805 - 1888 ), que en 1859 escribió Programa di Diritto Criminale, lo cual llevo a su verdadera esencia jurídica al Derecho Penal y son tan importantes porque cuando se hace referencia a la Escuela Clásica son las doctrinas de Carrara las que se someten a exámenes.

VII.PRECURSORES DE LA ESCUELA CLASICA

<!--[if !supportLists]-->a) <!--[endif]-->Cesar Becarea. (Nació el 11 marzo 1738 hasta 28 noviembre 1794) fue un italiano jurista, filósofo y político más conocido por su tratado De los delitos y de las penas (1764), que condenó la tortura y la pena de muerte, y fue un trabajo de creación en el campo de la criminología.

De Los Delitos y Las Penas. Los hermanos Verri y Beccaria inició un importante movimiento reformista cultural centrado en torno a su revista Caffè Il ("el café"), que se desarrolló a partir del verano de 1764 por alrededor de dos años, y se inspiró en Addison y Steele revista literaria, The Spectator y otras dichas revistas. Il Caffè representó un momento cultural totalmente nuevo en el norte de Italia. Con su iluminación retórica y su equilibrio entre los temas de interés socio-político y literario, los colaboradores anónimos celebrada el interés de las clases cultas de Italia, al presentar el pensamiento reciente como la de Voltaire y Diderot. En 1764 Beccaria publicó un tratado breve pero justamente célebre De los delitos y de las penas, que marcó el punto culminante de la Milán Iluminación. En ella, Beccaria proponer algunos de los primeros argumentos modernos contra la pena de muerte. Su tratado fue también la primera obra completa de criminología, abogando por la reforma de la ley penal. El libro fue la primera obra a gran escala para hacer frente a la reforma penal y sugerir que la justicia penal debe ajustarse a los principios racionales. Es un trabajo menos teórico que los escritos de Hugo Grotius, Samuel von Pufendorf y otros pensadores comparables, y tanto una obra de promoción como de la teoría. En este ensayo, Beccaria refleja las convicciones de la Il Caffè grupo, que trató de hacer que la reforma a través del discurso Ilustración.

<!--[if !supportLists]-->b) <!--[endif]-->Jeremías Bentham. (Nació el 15 de febrero 1748 hasta el 6 de junio 1832) era a británico filósofo, jurista y reformador social. Es considerado como el fundador del moderno utilitarismo. Bentham se convirtió en un importante teórico de Anglo-American filosofía del derecho, y un radical político cuyas ideas influyeron en el desarrollo del estado de bienestar. Abogó individuo y la libertad económica, la separación de Iglesia y Estado, la libertad de expresión, la igualdad de derechos para las mujeres, el derecho al divorcio y la despenalización de las relaciones homosexuales. Hizo un llamamiento para la abolición de la esclavitud y la pena de muerte, y por la

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abolición del castigo físico, incluido el de los niños. Aunque muy a favor de la extensión de los derechos legales individuales, se opuso a la idea de la ley natural y los derechos naturales, que califica de "disparate en zancos".

Estudiantes de Bentham incluido su secretario y colaborador de James Mill, hijo de éste, John, el filósofo legal John Austin, así como de influyentes figuras políticas como Robert Owen, uno de los fundadores del moderno socialismo. Bentham se ha descrito como el "fundador espiritual" de la Universidad College de Londres, aunque jugó poco participen directamente en su fundación. En los últimos años se ha conocido como un defensor de los derechos animales.

El Utilitarismo. Bentham ambición en la vida era crear un "Pannomion", un completo utilitario código de derecho. No sólo propone numerosas reformas legales y sociales, pero también expuso un principio moral subyacente sobre el que debe basarse. Esta filosofía del utilitarismo tomó por su "axioma fundamental, que es la mayor felicidad para el mayor número que es la medida del bien y del mal”. Bentham afirmó haber prestado este concepto de los escritos de Joseph Priestley , aunque lo más cerca que Priestley, de hecho, llegó a expresar que era en la forma "el bien y la felicidad de los miembros, es decir, la mayoría de los miembros de cualquier estado, es la gran norma por la cual todas las cosas en relación a ese estado debe finalmente ser determinado ".

<!--[if !supportLists]-->c) <!--[endif]-->Gian Doménico Romagnosi. (Nació el 11 de diciembre de 1761 - Milán y murió el 8 de junio de 1835), filósofo, jurista, economista, físico, político italiano.

Estudió derecho en la Universidad de Parma desde 1782 hasta 1786. En 1791 se convirtió en el principal magistrado civil de Trento. A finales del siglo 18 y principios del 19o Trento fue sucesivamente bajo el dominio de Francia, Italia y Austria. En 1799 Romagnosi fue arrestado en Innsbruck durante quince meses por los austriacos a causa de su supuesta simpatía con los franceses, pero fue absuelto. En 1801 el francés Trento ocupado, y fue elevado al cargo de Secretario del Consejo Superior. Fue sucesivamente profesor de derecho en Parma, Pavía, Pisa y Milán. Tras la caída de Napoleón perdió su puesto en la Universidad de Milán, pero continuó dando clases hasta 1817. En 1818 fue juzgado de nuevo por traición a Venecia, y absuelto de nuevo. Carlo Cattaneo fue su alumno y él fue influenciado en gran medida por su pensamiento. Murió en Milán en 1835.

Su obra más célebre es Introduzione allo studio del diritto pubblico universale (2 vols., Parma, 1805).

Aunque Romagnosi no era un científico, hizo algunos experimentos con una pila de Volta y su influencia en una brújula. Ha publicado dos relatos de sus hallazgos en 1802, en los periódicos italianos. A veces se supone que encontró una relación entre la electricidad y el magnetismo, cerca de dos décadas antes de Hans Christian 1820 el descubrimiento del electromagnetismo. Sin embargo, sus experimentos no se refiere a la corriente eléctrica, y sólo mostró que una electrostática de carga de una pila voltaica podría desviar una aguja magnética

<!--[if !supportLists]-->d) <!--[endif]-->Postulados De La Escuela Clasica

<!--[if !vml]--><!--[endif]-->

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VIII.ESCUELA POSITIVISTA

A la escuela italiana positivista, llamada así porque se inspira en el positivismo de Augusto Comte, le cabe el honor de ser la fundadora de la criminoligia. Sus principales miembros son Cesar Lombroso, Enrico Ferri y Rafael Garofalo.

La Escuela Positiva si tuvo una existencia real, con un grupo de juristas que retaron a otros juristas del campo para poder imponer sus ideas. Una clase de intelectuales que hacen de Lombroso un jefe y sus conocimientos una doctrina. Ferri nos dice que “la escuela positiva consiste en lo siguiente; estudiar al delito, primero en su génesis natural, y después en sus efectos jurídicos, para adaptar jurídicamente a las varias causas que lo producen los diversos remedios, que por consiguiente serán eficaces. Debido a los excesos de la Escuela Clásica, nace la Escuela Positiva. Todo se debió al abuso de la dogmática, al olvido del hombre delincuente a sus creencias de haber de haber agotado la problemática jurídico-penal.

El principal medio de difusión de esta escuela fue la revista "Archivi di psichiatria, scienze penali e antropología criminale". La vida de esta escuela ha sido agitada y fecunda, llena de aciertos y de errores también, así como ha tenido muchos que la apoyan también están los que la contradicen. Dentro de los representantes e esta escuela, tenemos a Lombroso, Ferri y Garofolo, esto no quiere decir que sean todos sino que con ellos son con los cuales se marca el principio de una corriente que llegaría con fuerza hasta nuestros días.

IX.PRECURSORES DEL POSITIVISMO

<!--[if !supportLists]-->a) <!--[endif]-->Cesar Lombroso. Nacido el 6 noviembre 1835 a 19 octubre 1909), fue un italiano criminalista y médico, fundador de la escuela italiana de criminología positivista. Lombroso rechazó la establecida Escuela Clásica, que sostuvo que el crimen fue un rasgo característico de la naturaleza humana. En su lugar, utilizando conceptos extraídos de fisonomía , a principios de la eugenesia , la psiquiatría y el darwinismo social , la teoría de Lombroso de la criminología antropológicaen sustancia, que la criminalidad se ha heredado , y que alguien "criminal nato" puede ser identificado por físicos defectos , que confirmó un criminal como salvaje , o atávico .

Criminal Nato. Teoría general de Lombroso sugirió que los delincuentes se distinguen de noncriminals por múltiples anomalías físicas. Postuló que los criminales representan una reversión a un tipo primitivo o infrahumano del hombre se caracteriza por rasgos físicos que recuerdan a los monos, la reducción de los primates y el hombre temprano y hasta cierto punto en conserva, dijo, en las modernas "salvajes". El comportamiento de estos biológicos "retrocesos" inevitablemente será contrario a las normas y expectativas de la sociedad civilizada moderna.

A través de años de los exámenes post mortem y estudios antropométricos de los criminales, locos, y los individuos normales, Lombroso se convenció de que el "criminal nato" (reo nato, un término dado por Ferri) podría ser anatómicamente identificado por elementos tales como una frente inclinada, orejas de tamaño inusual, la asimetría de la cara, prognatismo, la duración excesiva de armas, la asimetría del cráneo, y otros "estigmas físicos".

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Criminales específicos, como los ladrones, violadores y asesinos, podían distinguirse por características específicas, que él creía. Lombroso sostenía también que los criminales tenían menos sensibilidad al dolor y al tacto, la vista más aguda, la falta de sentido moral, incluida la ausencia de remordimiento, más vanidad, la impulsividad, la venganza, la crueldad y, y otras manifestaciones, como un argot especial criminal y el uso excesivo de los tatuajes.

Además del "criminal nato", Lombroso también describió "criminaloids" o delincuentes ocasionales, criminales por pasión, imbéciles morales y penales epilépticos. Reconoció el papel reducido de factores orgánicos en muchos delincuentes habituales y se refirió al delicado equilibrio entre los factores predisponentes (orgánica, genética) y factores desencadenantes tales como el propio entorno, la oportunidad o la pobreza.

Métodos de Lombroso investigación fueron clínica y descriptiva, con detalles precisos de la dimensión cráneo y otras medidas. Él no participó en rigurosas comparaciones estadísticas de los delincuentes y noncriminals. Aunque dio cierto reconocimiento en sus últimos años con factores psicológicos y sociológicos en la etiología de la delincuencia, se quedó convencido, y se identificó con, criminal antropometría.

Las teorías de Lombroso fueron rechazados por toda Europa, especialmente en las escuelas de medicina, pero no en los Estados Unidos, donde predominaron los estudios sociológicos del delito y el delincuente. Sus nociones de diferenciación física entre los delincuentes y noncriminals fueron desafiados seriamente por Charles Goring (The Convict Inglés, 1913), que hizo comparaciones elaboradas y encontró diferencias estadísticamente insignificantes.

<!--[if !supportLists]-->b) <!--[endif]-->Enrico Ferri. (Nació el 25 febrero 25 1856 y murió el 12 de abril de 1929) fue un italiano criminólogo, socialista, y el estudiante de Cesare Lombroso. Sin embargo, mientras que Lombroso investigó los factores fisiológicos que los delincuentes motivados, Ferri investigó los factores sociales y económicos. Ferri fue el autor de Sociología Criminal en 1884 y editor de Avanti, un diario socialista. Su trabajo sirvió de base para el Código Penal de Argentina Código de 1921. Aunque en un principio rechazó el dictador italiano Benito Mussolini, después de su ascenso al poder se convirtió en uno de sus principales apoyos fuera del partido fascista.

Sociología Criminal. Ferri disputado Lombroso énfasis en las características fisiológicas de los criminales, en su lugar, se centró en el estudio de las características psicológicas, que según él representaba la evolución de la delincuencia en un individuo. Estas características incluyen argot, escritura, los símbolos secretos, literatura y arte, así como la insensibilidad moral y "una falta de repugnancia a la idea y la ejecución de la infracción, previo a su comisión, y la ausencia de remordimiento después de cometerlo".

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Ferri sostuvo que sentimientos como la religión, el amor, el honor y la lealtad no contribuían al comportamiento criminal, ya que estas ideas eran demasiado complicadas para tener un impacto definitivo en el sentido moral básico de una persona, de la que creía Ferri comportamiento criminal deriva. Ferri sostuvo que otros sentimientos, como el odio, la codicia y la vanidad tenían mayores influencias que se mantuvo un mayor control sobre el sentido moral de la persona. Ferri resumió su teoría al definir la psicología criminal como una "resistencia defectuosa a tendencias criminales y las tentaciones, debido a que la impulsividad mal equilibrada que caracteriza a los niños y los salvajes".

Ferri puso en evidencias las leyes de saturación y de sobresaturación criminal, según las cuales la criminalidad comprendería un número determinado de delitos que se producen con una regularidad dada, tanto que subsisten las condiciones ordinarias de la vida social, regularidad que se encuentra modificada por las perturbaciones accidentales de esas condiciones. Obras Literarias: Sociología Criminal (1884), Socialismo y ciencia positiva (1894), La Escuela Positiva de Criminología (1901), Sociología Criminal (1905), El socialismo y la ciencia moderna (1894).

<!--[if !supportLists]-->c) <!--[endif]-->Rafael Garofalo. (Nació en Nápoles el 18 de noviembre de 1851 y murió el 18 de abril de 1934) fue un jurista y criminólogo italiano, representante del positivismo criminológico, llamado en su tiempo la nueva escuela (Nuova Scuola). Fue profesor en la Universidad de Nápoles y senador. Acuñó, en 1885, el término criminología, en su obra "Criminología: estudio sobre el delito, sobre sus causas y la teoría de la represión".

Delito Natural. En cuanto a su trayectoria científica e investigadora, estudió la literatura jurídica de países como Francia y, especialmente, Alemania, y se adhirió a los principios de la escuela criminal positiva italiana, fundada por Cesare Lombroso. No obstante, y a diferencia de éste, que enfocaba sus estudios hacia los condicionantes fisiológicos que motivaban a los criminales; y de Enrico Ferri, que daba más importancia a los factores económicos y educativos; Garófalo entendía que la criminalidad se debía abordar igualmente desde una perspectiva psicológica y antropológica.

Sus teorías gravitaban en torno al concepto de "delito natural", que definió como "la lesión de aquella parte de los sentimientos altruistas fundamentales de piedad o probidad, en la medida media en que son poseídos por una comunidad, y que es indispensable para la adaptación del individuo a la sociedad". Fundamentaba la responsabilidad penal en la peligrosidad innata del delincuente, al que consideraba una "variedad" involucionada de la especie humana, incapaz de asimilar los valores de la sociedad. Defendía, de este modo, que la única forma de evitar el delito era eliminando los factores externos que dan pie a delinquir, estableciendo una relación causa-efecto entre circunstancias y criminalidad y dejando al margen el libre albedrío.

Obras destacadas: Criterio positivo de la penalidad (Nápoles 1880), Criminología: estudio sobre el delito, sobre sus causas y la teoría de la represión, (Turín 1885), Polémica en defensa de la Escuela Criminal Positiva (en colaboración con Cesare Lombroso, Enrico Ferri y Giulio Fioretti), (Bolonia 1886), Reparación a las víctimas del delito, (Turín 1887)

<!--[if !supportLists]-->d) <!--[endif]-->Postulados De La Escuela Positiva

<!--[if !vml]--><!--[endif]-->

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<!--[if !supportLists]--> X. <!--[endif]-->La Escuela Ecléctica

Esta escuela tiene su fundamento teórico basado en el mismo que el de la Escuela Clásica, que es el contrato social. Esta escuela no es una escuela en si, sino la reunión de varias escuelas reunida en esta corriente. La diferencia entre la escuela Clásica y Positiva esta en que estas tenían una serie de normas que si no estabas de acuerdo con una, rompías todas las demás. Era un esquema casi perfecto y el objetivo de la escuela Ecléctica era la de romper con esas reglas o esquemas monolíticos y crear algo diferente.

El presupuesto operante de esta es la igualdad material y como en la Escuela clásica, radica su responsabilidad en lo individual, pero le agrega el concepto de situación, referente al medio físico y social. Como consecuencia de la introducción del concepto situación en la responsabilidad individual, la escuela ecléctica logra la atención punitiva por razones subjetivas, y conserva, dicha disminución por razones objetivas.

La integración entre derecho penal y criminología requiere entre todo una gran madurez en ambas disciplinas., se recalca sobre la madurez de estas ciencias, porque el derecho penal en aquella época estaba falto de madurez y la criminología empezaba sus primeros pasos.

<!--[if !supportLists]--> XI. <!--[endif]-->Escuela Social

Esta apoyada por el filosofo Durkheim, esta escuela no tiene su fundamento en el contrato sino en la dialéctica. Esta escuela tiene antecedentes en la Lyon, en especial en Lacassagne, en la cartográfica y en la de intersicologia con Tarde. Son famosas las sentencias lapidarias de Lacassagne: "Las sociedades tienen los criminales que se merecen y el medio social es el caldo del cultivo de la criminalidad mientras que el microbio es el criminal". Para la escuela social, el presupuesto operante es el de la desigualdad material y la división del trabajo, y no el de la igualdad del contrato. La responsabilidad penal es individual, pero requiere una depuración de las fuerzas sociales. Su sistema jurídico busca ante todo una justicia social y tiene un criterio político que busca la comprensión y mejoras sociales.

Tratándose del delincuente, la escuela social realiza los estudios de estos bajo un enfoque sociológico., la patología se desplaza del campo individual al social. Esta escuela introduce el estudio de la motivación en el delincuente y hace la medición punitiva con base en factores objetivos y subjetivos., desde luego la lista de factores subjetivos la amplia, y a mas de esto, no solo reconoce la atenuación punitiva derivada de ambas factores sino que llega también a admitir la exclusión de responsabilidad. La escuela social fue la primera en hacer la distinción entre lo patológico y lo no patológico, con énfasis en lo no patológico. La clasificación de delito y delincuente, Esta escuela nos dice que es normal, quedando a salvo la anormalidad biológica y psicología del delincuente. Tiene una interpretación legal Psicosociojuridica. Esta escuela permite un fuerte avance de la criminología, y con el favorece la maduración de la misma hacia una ulterior integración, todavía inexistente, con el derecho penal.

El mérito principal de la escuela social radica en introducir el concepto de "función social del derecho", en el cual, la ley aparece como el mejor mecanismo para lograr una justa composición y un equitativo desarrollo de la sociedad. Este concepto de función social a su vez introdujo cambios de la

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mayor importancia en el derecho privado y en el derecho publico, por ejemplo, con las figuras del abuso del derecho y de la expropiación, respectivamente y dio comienzo a la eliminación de la arraigada separación tajante entre lo privado y lo publico, división sobre la cual se basan todos los sistemas jurídicos.

Esta escuela fue dividida para su estudio en tres etapas:

La primera etapa, Antropológica, Estudia al delincuente en sus particularidades anatómicas o morfológicas, Cesar Lombroso.

La segunda etapa, Jurídica. Trata de injertar las teorías anatómicas Lombrosianas al derecho penal, Rafael Garofalo.

La tercera etapa, Sociológica. Se preocupó por hacer notar la influencia del medio social sobre el delincuente apartándose de la tesis del delincuente nato, Enrico Ferri. En esta nueva escuela no se asienta ya en la responsabilidad moral, si no es predominante determinista y se asienta sobre la responsabilidad social.

Por otra parte el derecho penal ya no se busca en la tutela jurídica, si no en la defensa social indirecta. De acuerdo con la responsabilidad social, el hombre es imputable, no porque sea un ser consiente, inteligente y libre, sino sencillamente por razón de que vive en sociedad y la sociedad debe defenderse contra los que la atacan, sean estos normales o anormales. En esta escuela no se basa en la responsabilidad moral, si no sobre la responsabilidad social.

<!--[if !supportLists]-->XII. <!--[endif]-->Escuela Anómmica

Su fundamento teórico esta basado en la anomia, situación en la cual el desarrollo social desborda al control institucional. El presupuesto operandi esta fundamentado en la desigualdad material y una mayor división del trabajo. Sigue la responsabilidad en el campo individual pero aparece la tendencia a socializarla.

La finalidad del sistema jurídico esta basado en el hallazgo del nivel natural en la meritocrasia. El enfoque es sociológico y se dirige a la contracultura, pero no a la cultura. Solo el proletario aparece representado en las estadísticas de criminalidad. Desde luego la escuela anomica no hace caso omiso de la motivación en el delincuente, pero, en verdad, tampoco hace de este aspecto su principal punto de meditación, puesto que la motivación importante no esta en el individuo sino en la sociedad.

Al centrar el foco eruptivo de la delincuencia en la sociedad y no en el individuo, la medición punitiva en si pierde importancia pues resulta de poca utilidad en el tratamiento de la delincuencia mantenida erróneamente dentro de rigurosos esquemas individuales. Empieza otro tipo de cuestionamiento en derredor de la facultad punitiva. El principal aporte fue el punto víctima de las peores criticas y rechazos: interpretación de la delincuencia proletaria, estadísticamente muy representada en las cifras policiales de criminalidad.

<!--[if !supportLists]-->XIII. <!--[endif]-->Escuela Ecológica

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Su fundamento teórico es el que la formación de la sociedad es orgánica y no contractual. El presupuesto operandi esta basado en la desigualdad material y muy grande división del trabajo. Su responsabilidad deja de ser individual y se convierte en social y grupal. El hallazgo del equilibrio biótico-social es la finalidad del sistema jurídico. El principal aporte de esta Escuela Ecológica, con sede en Chicago y producto de las inmigraciones incontroladas de europeos, es la interpretación de la delincuencia de la mafia.

<!--[if !supportLists]-->XIV. <!--[endif]-->Conclusión

Como hemos podido observar, Lombroso, padre de la Criminología, tuvo el reconocimiento de que fue el de la idea de sistematizar una serie de conocimientos, teorías e investigaciones, que se encontraban totalmente dispersas.

Todos sabemos que Lombroso no es original en su teoría, puesto que antes de el ya existían filósofos que mostraban una inquietud, pero eran un poco tímido con sus ideas. Pero en mi opinión nadie es en la criminología, es totalmente original por la novedad, o mejor dicho por el auge que esta teniendo ahora esta ciencia o este futuro derecho penal. De los errores, no se que decir. Pero nadie es perfecto y el que se considera como tal, tenemos que es el mas imperfecto de todos los seres humanos.

Pero con todos estos contratiempos, Lombroso ha llegado ha surgir de las pelumbras una nueva ciencia. La cual en mi opinión le veo un gran porvenir, por la gran variedad de corrientes que ha tenido en su camino. Así que démosle la bienvenida a la nueva ciencia la cual esperemos en un futuro pueda esta ser mas profundizada, la criminología.

Hay quien al conceptualizar la criminología, dan más relevancia al hecho que a su autor. Pero, si bien es cierto que la acción u omisión consagrada en la norma quebrantada, es lo que al fin de cuentas convierte al sujeto en delincuente, sin embargo no debe ser el delito el objeto fundamental de estudio de la criminología sino más bien su autor porque ya de aquel se ocupa ampliamente el Derecho Penal, razón por la cual debe ser el delincuente, su personalidad y las causas de su conducta criminal, el objeto primordial de nuestra disciplina, así como también del tratamiento y la prevención.

Por lo general en la criminología se ha extendido en diferentes tópicos que se concentran en la trilogía del delito, delincuente y delincuencia es por ello que los conceptos son diversos y cada autor tiene su propio y exclusivo punto de vista. Y por lo siguiente se amplía el estudio a cada escuela criminológica de manera de observar, criticar y aprender de cada tendencia e ideología que aportan los grandes exponentes de la materia.

Lombroso, analizando las diferencias antropológicas más sobresalientes entre las diversas razas, y al observar el cráneo de un criminal, se le ocurre que podría existir una raza o especie de hombre diferente: los criminales. En 1871 un acontecimiento viene a producir un cambio radical en la vida de Lombroso, y asimismo en la historia de la ciencia, al observar el cráneo de un delincuente famoso llamado Villela.

Encontrando una serie de anormalidades atávicas que lo llevan a deducir, que el problema de la naturaleza y el origen del criminal se deben a que las cualidades de los hombres primitivos y de los

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animales inferiores estaban reproduciéndose en su época, y esos eran los factores que influían en dicha conducta.

Al encontrar en el cráneo, algunas características atávicas, surge y nace la teoría del criminal nato. Las anormalidades fundamentales que él observó, le dieron a pensar que se trata de un caso en el cual la evolución natural se detuvo, es decir, que el sujeto no evolucionó, que se quedo en una etapa anterior del desarrollo humanó.

XV.BIBLIOGRAFIA

•FERRI, ENRRICO. Los nuevos horizontes del Derecho y del Procedimiento Penal. Centro Editorial de Gongora.

•De los delitos y de las penas” de Cesar de Becaria.

•JIMENEZ DE ASUA, LUIS. Tratado de Derecho Penal, tomo II.

•Escuela Clasica Del Derecho Penal. (expertoenderecho.blogspot.com)