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ESTUDIOS PREVIOS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA INTERVENTORÍA INTEGRAL PARA EL CONTRATO DERIVADO DE LA CONVOCATORIA FA-CA-043-2012: ESTUDIOS DE TOPOGRAFÍA Y BATIMETRÍA SOBRE EL ÁREA DE LA MOJANA LOS CUALES INCLUYEN: (I) LEVANTAMIENTO Y ELABORACIÓN DE LA RED GEODÉSICA EN EL ÁREA DE ESTUDIO, (II) LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO CON TECNOLOGÍA LIDAR, (III) LEVANTAMIENTO BATIMÉTRICO, (IV) TOMA DE FOTOGRAFÍAS DIGITALES AÉREAS (V) ELABORACIÓN DE CARTOGRAFÍA BASE Y CONSTRUCCIÓN DE UNA BASE DE DATOS GEOGRÁFICA CON LA IDENTIFICACIÓN DE LOS ELEMENTOS EXPUESTOS, Y (VI) CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO DIGITAL DE TERRENO A PARTIR DE LOS DATOS LIDAR Y BATIMÉTRICOS EN LA REGIÓN DE LA MOJANA, AFECTADA POR EL FENÓMENO DE LA NIÑA 2010-2011. BOGOTÁ D.C, COLOMBIA ENERO DE 2013

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ESTUDIOS PREVIOS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA INTERVENTORÍA INTEGRAL PARA EL CONTRATO DERIVADO DE LA CONVOCATORIA FA-CA-043-2012: ESTUDIOS DE TOPOGRAFÍA Y BATIMETRÍA SOBRE EL ÁREA DE LA MOJANA LOS CUALES INCLUYEN: (I) LEVANTAMIENTO Y ELABORACIÓN DE LA RED GEODÉSICA EN EL ÁREA DE ESTUDIO, (II) LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO CON TECNOLOGÍA LIDAR, (III) LEVANTAMIENTO BATIMÉTRICO, (IV) TOMA DE FOTOGRAFÍAS DIGITALES AÉREAS (V) ELABORACIÓN DE CARTOGRAFÍA BASE Y CONSTRUCCIÓN DE UNA BASE DE DATOS GEOGRÁFICA CON LA IDENTIFICACIÓN DE LOS ELEMENTOS EXPUESTOS, Y (VI) CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO DIGITAL DE TERRENO A PARTIR DE LOS DATOS LIDAR Y BATIMÉTRICOS EN LA REGIÓN DE LA MOJANA, AFECTADA POR EL FENÓMENO DE LA NIÑA 2010-2011.

BOGOTÁ D.C, COLOMBIA

ENERO DE 2013

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Estudios previos para la contratación de la interventoría integral para el contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012: Estudios de topografía y batimetría sobre el área de La Mojana los cuales incluyen: (i) Levantamiento y elaboración de la red geodésica en el área de estudio, (ii) Levantamiento topográfico con tecnología LiDAR, (iii) Levantamiento batimétrico, (iv) Toma de fotografías digitales aéreas (v) Elaboración de cartografía base y construcción de una base de datos geográfica con la identificación de los elementos expuestos, y (vi) Construcción de un modelo digital de terreno a partir de los datos LiDAR y batimétricos en la región de La Mojana, afectada por el Fenómeno de La Niña 2010-2011

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1 IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN

1.1. Justificación de la necesidad

Mediante el Decreto 4819 del 29 de diciembre de 2010, se creó el FONDO ADAPTACIÓN (FA), cuyo objeto es la recuperación, construcción y reconstrucción de las zonas afectadas por el fenómeno de "La Niña", con personería jurídica, autonomía presupuestal y financiera, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Según el Decreto 4819 de 2010, este FONDO tiene como finalidad la identificación, estructuración y gestión de proyectos, ejecución de procesos contractuales, disposición y transferencia de recursos para la recuperación, construcción y reconstrucción de la infraestructura de transporte, de telecomunicaciones, de ambiente, de agricultura, de servicios públicos, de vivienda, de educación, de salud, de acueductos y alcantarillados, humedales, zonas inundables estratégicas, rehabilitación económica de sectores agrícolas, ganaderos y pecuarios afectados por los eventos derivados del Fenómeno de La Niña 2010-2011 y demás acciones que se requieran con ocasión de dicho fenómeno, así como para impedir definitivamente la prolongación de sus efectos, tendientes a la mitigación y prevención de riesgos y a la protección en lo sucesivo, de la población de las amenazas económicas, sociales y ambientales que están sucediendo. El núcleo de la región de La Mojana abarca alrededor de 1.089.200 hectáreas. La región, ampliamente afectada durante el Fenómeno de la Niña 2010-2011, es además un escenario de gran importancia estratégica para el país dado que se encuentra ubicada dentro de la llanura inundable de los ríos Cauca, San Jorge y Magdalena, con cobertura en los departamentos de Antioquia, Bolívar, Córdoba y Sucre; razón por la cual en el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014: ―Prosperidad para todos‖, se estableció el programa de desarrollo integral para La Mojana como un macro-proyecto con impacto en el desarrollo regional y nacional, lo cual la convierte en prioridad para convocar a los diferentes actores en torno a su conservación y restauración, como alternativa para generar nuevas opciones de desarrollo social y económico, fortalecer la cohesión social, y mejorar las condiciones de vida de la población de los municipios que la integran. De acuerdo con los diagnósticos realizados por el DNP, La Mojana ha sido afectada por desequilibrios ambientales generados por el inadecuado uso y ocupación del territorio y por el inapropiado manejo de las cuencas de los ríos que confluyen en el delta hídrico. Estas dinámicas ambientales, hidrológicas y sociales han puesto en peligro las sostenibilidad de sus ecosistemas y han limitado el desarrollo socioeconómico de la región, dando lugar a la construcción de riesgos por inundación que se materializaron durante la ocurrencia del fenómeno de La Niña 2010-2011 en desastres de gran magnitud. El Departamento Nacional de Planeación realizó ante el FONDO la postulación No. 165 presentada en el Consejo Directivo No. 04 realizado el 29 de septiembre de 2011 denominada ―Plan Integral de Ordenamiento Ambiental y Desarrollo Territorial de La Mojana, componente: Contribución socioeconómica y climática a la actualización de la zonificación ambiental y prefactibilidad de escalar especies resilientes a las condiciones agroecológicas de la Mojana‖.

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Estudios previos para la contratación de la interventoría integral para el contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012: Estudios de topografía y batimetría sobre el área de La Mojana los cuales incluyen: (i) Levantamiento y elaboración de la red geodésica en el área de estudio, (ii) Levantamiento topográfico con tecnología LiDAR, (iii) Levantamiento batimétrico, (iv) Toma de fotografías digitales aéreas (v) Elaboración de cartografía base y construcción de una base de datos geográfica con la identificación de los elementos expuestos, y (vi) Construcción de un modelo digital de terreno a partir de los datos LiDAR y batimétricos en la región de La Mojana, afectada por el Fenómeno de La Niña 2010-2011

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Adicionalmente, el pasado 28 de junio de 2012 fue presentado ante el Consejo Directivo del FONDO, por parte de la Dirección de Ordenamiento y Desarrollo Territorial del DNP el componente del Plan denominado ―Manejo del Sistema Hídrico‖. La postulación No. 165 realizada por el DNP da un mayor alcance desde el enfoque de gestión del riesgo por inundaciones, y fue anunciado desde aquel entonces como un futuro alcance de la postulación inicial una vez la Universidad Nacional finalizara los ―Estudios, análisis y recomendaciones para el ordenamiento ambiental y el desarrollo territorial de La Mojana‖ realizados en el marco del Convenio interadministrativo UN-DNP Nº. 336/2011. El ―Manejo del Sistema Hídrico‖ enmarcado dentro del ―Plan Integral de Ordenamiento Ambiental y Desarrollo Territorial de La Mojana‖ exige al FONDO profundizar en la elaboración de estudios técnicos que permitan generar la información suficiente para construir un plan de intervenciones en la región de La Mojana, teniendo en cuenta que en este caso particular se pretende evitar la expansión de los efectos por las inundaciones, reducir la frecuencia de los desastres, mitigar el impacto a largo plazo de este problema recurrente y prevenir que a futuro vuelvan a presentarse crisis asociadas a fenómenos naturales con características similares al Fenómeno de La Niña 2010-2011. Para garantizar esta condición, es necesario el desarrollo de un modelo hidrodinámico tridimensional o bidimensional que permita simular no sólo aspectos hidrológicos e hidráulicos, sino que también tenga la capacidad de simular la dinámica de sedimentos y aspectos de calidad de agua, con el fin de obtener una zonificación de la amenaza por inundación en la región. Este modelo debe tener como dominio de estudio, no solo el área comprendida entre Colorado y Magangué sino que debe ser extendido para introducir consideraciones en el río Cauca aguas arriba de la región de La Mojana. Adicionalmente, el dominio de estudio debe extenderse hasta aguas abajo de la confluencia de los ríos Cauca y Magdalena, preferiblemente hasta el Canal del Dique. Es importante que en el área de modelación se incluya la porción de terreno comprendida entre el Brazo de Mompox y el Brazo de Loba. Para construir un modelo hidrodinámico con estas características es necesario desarrollar un estudio topobatimétrico, tanto de las principales corrientes de agua al interior de La Mojana, como de las ciénagas más importantes y obtener el levantamiento topográfico detallado de tal forma que con los productos resultado de las anteriores actividades, se pueda construir un modelo digital de terreno ( DTM) a partir de datos LiDAR y batimétricos, que constituyen el objeto principal del contrato respecto del cual versa la interventoría. . Por razones técnicas, de tiempo y económicas, el levantamiento topográfico se debe realizar usando la tecnología LiDAR (un acrónimo del inglés Light Detection and Ranging o Laser Imaging Detection and Ranging), puesto que esta

tecnología permite obtener la precisión vertical ( 0.5 m) requerida para la modelación. Adicionalmente, para garantizar esta precisión, es necesario llevar a cabo el levantamiento y construcción de la red geodésica en el área de estudio, la cual, según informa el IGAC, se encuentra incompleta por lo que es preciso reconstruir las líneas existentes y ampliarlas. Esta actividad hace parte integral de los trabajos objeto de interventoría. Por otra parte, para realizar la evaluación de exposición y vulnerabilidad, es muy importante contar con un levantamiento de cartografía base y construcción de una base de datos geográfica que permita identificar y evaluar elementos expuestos, razón por la cual el contrato objeto de interventoría incluye la toma de fotografías aéreas.

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Con fundamento en las razones expuestas, el Fondo Adaptación adelanta las gestiones necesarias para contratar los trabajos de batimetría y topografía con tecnología LiDAR a los que nos hemos venido refiriendo, motivo por el cual también es necesario adelantar el proceso para contratar la correspondiente interventoría integral de estos trabajos con el fin de contar con la vigilancia, seguimiento y control técnico, administrativo y financiero que le garanticen al Fondo la adecuada ejecución de los trabajos mencionados.

1.2. Objetivo de la Contratación

Contratar la interventoría integral del contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012 denominado ―Estudios de topografía y batimetría sobre el área de La Mojana los cuales incluyen: (i) Levantamiento y elaboración de la red geodésica en el área de estudio, (ii) Levantamiento topográfico con tecnología LiDAR, (iii) Levantamiento batimétrico, (iv) Toma de fotografías digitales aéreas (v) Elaboración de cartografía base y construcción de una base de datos geográfica con la identificación de los elementos expuestos, y (vi) Construcción de un modelo digital de terreno a partir de los datos LiDAR y batimétricos en la región de la Mojana, afectada por el Fenómeno de la Niña 2010-2011‖

1.3. Histórico de consumos en la entidad

En el marco del objetivo de esta contratación, el FONDO no ha suscrito contratos para la realización de estudios de batimetría y topografía con tecnología LiDAR como tampoco de contratos de interventoría orientados a efectuar la vigilancia, seguimiento y control de estas mismas actividades.

1.4. Análisis de conveniencia y oportunidad de la contratación

Teniendo en cuenta las recomendaciones de las instituciones consultadas por la Coordinación Técnica contratada para la estructuración e implementación del Plan de Acción del FONDO en la Mojana, las recomendaciones contenidas tanto en el informe ―Gestión del Riesgo en la región de La Mojana‖ entregado en agosto de 2012 por expertos holandeses en el marco de la alianza colombo-holandesa por el agua, como en el estudio de la Universidad Nacional realizado en el marco del Convenio Interadministrativo UN – DNP, entre otras instituciones consultadas, los estudios de topografía y batimetría son un componente esencial sin el cual es imposible formular el mencionado Plan de Acción, toda vez que los resultados de dichos estudios alimentarán el modelo hidrodinámico que ofrecerá los escenarios de amenaza por inundación que constituyen el insumo fundamental para el análisis de riesgo y la definición de las alternativas de intervención de obras hidráulicas, de ingeniería y no estructurales en la región de La Mojana. Dada la necesidad de contratar los estudios de batimetría y topografía con tecnología LiDAR que le permitirán al país contar con información integral y unificada de las características topográficas e hidrológicas de la zona de la Mojana, se hace indispensable contratar igualmente la interventoría sobre dichos trabajos que permita efectuar su adecuada vigilancia, seguimiento y control.

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Estudios previos para la contratación de la interventoría integral para el contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012: Estudios de topografía y batimetría sobre el área de La Mojana los cuales incluyen: (i) Levantamiento y elaboración de la red geodésica en el área de estudio, (ii) Levantamiento topográfico con tecnología LiDAR, (iii) Levantamiento batimétrico, (iv) Toma de fotografías digitales aéreas (v) Elaboración de cartografía base y construcción de una base de datos geográfica con la identificación de los elementos expuestos, y (vi) Construcción de un modelo digital de terreno a partir de los datos LiDAR y batimétricos en la región de La Mojana, afectada por el Fenómeno de La Niña 2010-2011

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2 ANÁLISIS DE LAS ALTERNATIVAS DE SATISFACCIÓN DE LA NECESIDAD Y SELECCIÓN DE LA ALTERNATIVA MÁS FAVORABLE

Con el fin de garantizar la adecuada ejecución del contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012 denominado ―Estudios de topografía y batimetría sobre el área de la mojana los cuales incluyen: (i) Levantamiento y elaboración de la red geodésica en el área de estudio, (ii) Levantamiento topográfico con tecnología LiDAR, (iii) Levantamiento batimétrico, (iv) Toma de fotografías digitales aéreas (v) Elaboración de cartografía base y construcción de una base de datos geográfica con la identificación de los elementos expuestos, y (vi) Construcción de un modelo digital de terreno a partir de los datos LiDAR y batimétricos en la región de la Mojana, afectada por el Fenómeno de la Niña 2010-2011‖ y la adecuada calidad de los productos derivamos del mismo, el FONDO requiere contratar una interventoría que ofrezca las más amplias garantías de idoneidad para la supervisión de estos trabajos técnicos a realizarse en la región de La Mojana,. teniendo en cuenta adicionalmente que se ha establecido que la transferencia de los productos objeto de la interventoría debe hacerse mediante un acompañamiento continuo del proponente en las fases de modelación, análisis de amenaza, análisis de riesgo y de diseño y construcción de las obras de infraestructura planteadas con el fin de asegurar la idoneidad de los productos en cada fase. Se seleccionó como la opción más conveniente para satisfacer esta necesidad, realizar un proceso de convocatoria abierta que permita la participación de firmas altamente especializadas con certificada experiencia en la realización de trabajos de consultoría o interventoría de estas actividades. La participación de firmas nacionales y extranjeras permite abrir un espacio de competencia para seleccionar la más idónea. El FONDO invitó a participar en los estudios de mercado firmas con idoneidad suficiente para realizar estos trabajos de interventoría, con el objetivo de obtener información de potenciales proponentes que permitiera construir los presentes estudios previos. Adicionalmente el FONDO realizó una invitación pública a través de su página web a partir del día 17 de diciembre del 2012, por un lapso de dos (2) semanas. Teniendo en cuenta lo anterior, se recomienda celebrar un contrato de interventoría para la vigilancia, seguimiento y control del contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012 denominado ―Estudios de topografía y batimetría sobre el área de la mojana los cuales incluyen: (i) Levantamiento y elaboración de la red geodésica en el área de estudio, (ii) Levantamiento topográfico con tecnología LiDAR, (iii) Levantamiento batimétrico, (iv) Toma de fotografías digitales aéreas (v) Elaboración de cartografía base y construcción de una base de datos geográfica con la identificación de los elementos expuestos, y (vi) Construcción de un modelo digital de terreno a partir de los datos LiDAR y batimétricos en la región de la Mojana, afectada por el Fenómeno de la Niña 2010-2011‖ Dado que el contrato objeto de la interventoría no tiene antecedentes en el país por lo extenso de su alcance desde el punto de vista de hectáreas a evaluar, es muy importante asegurar la contratación de un interventor cuya experiencia y calificación ofrezcan las garantías suficientes para garantizar el máximo nivel de calidad en las actividades a desarrollar.

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3 DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, ESPECIFICACIONES E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR

3.1 Objeto general

Contratar la interventoría integral del contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012 denominado ―Estudios de topografía y batimetría sobre el área de la Mojana los cuales incluyen: (i) Levantamiento y elaboración de la red geodésica en el área de estudio, (ii) Levantamiento topográfico con tecnología LiDAR, (iii) Levantamiento batimétrico, (iv) Toma de fotografías digitales aéreas (v) Elaboración de cartografía base y construcción de una base de datos geográfica con la identificación de los elementos expuestos, y (vi) Construcción de un modelo digital de terreno a partir de los datos LiDAR y batimétricos en la región de la Mojana, afectada por el Fenómeno de la Niña 2010-2011‖. La Región de La Mojana a estudiar abarcarcará un área aproximada de 1.100.000 Hectáreas que incluye, entre otros, los principales cuerpos de agua en la región de La Mojana: secciones de los ríos Cauca y San Jorge, Caño Barro, Caño Muñoz, Caño Rabón, Caño Ventanillas, Caño Mojana, Caño San Matías, Caño Pescado, Caño Mojana Viejo, Caño Pancegüita, Brazo de Loba, así como las ciénagas de Ayapel, San Marcos, La Hormiga, Los Patos, Machado y Las Islas. En el numeral 4.1 del Estudio Previo de la Convocatoria N°043 de 2012, se precisa el área a intervenir en detalle. La interventoría debe verificar que la combinación del levantamiento topográfico LiDAR y las batimetrías cubra la totalidad del área de estudio, de tal manera que se pueda construir un modelo digital de terreno para toda el área, incluyendo las áreas asociadas a cuerpos de agua, y generar secciones transversales de todos los ríos y caños en la zona. Para el tramo del río Cauca entre Caucasia- Magangué se debe tener en cuenta el estudio realizado bajo el Convenio de Colaboración 1069 de 2011 entre el INVIAS- Universidad del Norte, cuyo objeto es ―Realizar los estudios hidráulicos, sedimentológicos y morfológicos, con énfasis en modelación matemática, relacionados con el plan integral de intervención a corto, mediano y largo plazo en la zona de La Mojana, entre colorado (Antioquia) y Achí (Bolívar)”. Este convenio se ejecutó durante los años 2011 y 2012. Así mismo para el estudio en general se deben tener en cuenta los resultados del estudio “Estudios, Análisis y Recomendaciones para el Ordenamiento Ambiental y el Desarrollo Territorial de la Mojana” Convenio Interadministrativo UN-DNP No. 336/2011.

3.2 Alcance del Contrato El alcance de este contrato consiste en realizar la interventoría integral al contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012. Sin perjuicio de todas aquellas que se requieran para la adecuada ejecución del contrato de interventoría, las actividades específicas que serán objeto de interventoría se describen a continuación:

1) Levantamiento, densificación y construcción de la red geodésica del área de estudio, actividad que incluye:

i. Amarre, cálculo y materialización y georreferenciación, nivelación y gravimetría de las

líneas de nivelación geodésica del IGAC que garantice la precisión de: donde k es la distancia nivelada en kilómetros.

4 k

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ii. La construcción (materialización) de la red de apoyo para el levantamiento topográfico

LiDAR de tal manera que se garantice que el RMSE sea menor o igual a 10 cm.

2) Levantamiento y procesamiento de datos LiDAR aerotransportado de aproximadamente 959,194 hectáreas, correspondiente a la porción de terreno no cubierta por agua.

3) Levantamiento batimétrico georreferenciado y nivelado con las líneas de nivelación del IGAC levantadas

en la actividad 1, y procesamiento en los cuerpos de agua principales (caños y ciénagas) en un aproximado de 140.806 hectáreas que incluyen entre otros los caños: Caño Barro, Caño Muñoz, Caño Rabón, Caño Ventanillas, Caño Mojana, Caño San Matías, Caño Pescado, Caño Mojana Viejo, Caño Pancegüita, Brazo de Loba, así como las ciénagas de Ayapel, San Marcos, La Hormiga, Los Patos, Machado y Las Islas el tramo del Río Cauca entre Caucasia y Magangué, el río San Jorge desde Montelibano hasta San Marcos.

4) Toma de fotografías aéreas digitales a color y ortorectificación de la misma para el área de estudio

(1.100.000 Hectáreas).

5) Elaboración de la cartografía base digital vectorial y temática y construcción de una base de datos geográfica SIG de los elementos expuestos tanto urbanos como rurales, para escala 1:2.000 y 1:25.000 respectivamente (asentamientos, infraestructura, cobertura vegetal y usos del suelo y líneas vitales).

6) Construcción del modelo digital de terreno (DTM) integrando los Datos LiDAR y batimétricos.

El desarrollo de las anteriores actividades incluye la interventoría a los informes, presentaciones, capacitaciones, incluyendo la elaboración de la documentación de soporte que realice el contratista del contrato derivado de la Convocatoria FA-CA-043 de 2012. La interventoría deberá considerar que el levantamiento topográfico con LiDAR y el levantamiento batimétrico deben cubrir la totalidad del área (1.100.000 Ha). Esta claridad se hace en virtud de la dinámica hídrica de la zona, lo cual implica que la suma de los dos levantamientos debe complementarse y cubrir toda el área de estudio.

3.3 Valor Para efectos legales y fiscales, el valor total de este contrato de interventoría se estima en tres mil millones de pesos ($3.000.000.000). Las propuestas no podrán superar el presupuesto de la convocatoria, so pena de rechazo.

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3.4 Rubro Presupuestal Las obligaciones que se contraigan en desarrollo de la presente contratación se respaldarán en su totalidad con recursos del presupuesto del FONDO para la vigencia 2013 según el certificado presupuestal que para el efecto emita la Secretaría General.

3.5 Forma de pago La forma de pago para este contrato de interventoría del contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012

será la siguiente:

1) El sesenta por ciento (60%) del valor del contrato se pagará mediante cuotas mensuales, vencidas, iguales, cuyo monto corresponderá al resultado de dividir la suma equivalente al 60% del valor del contrato entre el número de meses establecidos para la ejecución de éste, previa aprobación del supervisor designado por el FONDO.

2) El treinta por ciento (30%) del valor del contrato se pagará en función del progreso de los estudios objeto de

interventoría en los siguientes términos:

a) 10% con el pago No. 3 del contrato que resulte de la convocatoria No. 043 de 2012. b) 10% con el pago No. 4 del contrato que resulte de la convocatoria No. 043 de 2012 c) 10% con el pago No. 5 del contrato que resulte de la convocatoria No. 043 de 2012

3) El diez por ciento (10%) restante, cuando se cumpla la liquidación del contrato, así:

a) Un cinco por ciento (5%), una vez se suscriba el acta de liquidación del Contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012, y,

b) El cinco por ciento (5%) restante con la liquidación del contrato de Interventoría, previo cumplimiento de

las siguientes actividades: informe final de Interventoría, y suscripción del acta de liquidación del contrato de Interventoría y su correspondiente aprobación por parte del FONDO.

Si hubiere que prorrogar el contrato de interventoría, para supervisar la ejecución de las actividades inicialmente previstas, el FONDO sólo reconocerá y pagará al Interventor, por sus actividades adicionales mensuales, la suma mensual prevista en el numeral 1 o, en caso de que la prórroga corresponda o comprenda lapsos menores al mes, la proporción correspondiente a tales sumas. Si la prórroga de la interventoría se requiere para supervisar actividades adicionales o mayores a las inicialmente previstas, las actividades de la interventoría se remunerarán conforme a lo previsto en los numerales 1 y 2 de este mismo numeral 3.5.

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Para proceder al pago, el Interventor debe presentar como mínimo los siguientes documentos o certificaciones:

a) Factura debidamente diligenciada. b) Certificación de aprobación de informe mensual de Interventoría. c) Certificación por medio de la cual acredite que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales

relativos al Sistema de Seguridad Social Integral de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.

d) Los demás documentos requeridos por el FONDO en el momento de presentación de las cuentas. Los pagos se efectuarán dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la radicación de la factura, previo visto bueno del supervisor del contrato del FONDO. Cuando la factura no se presente con el lleno de los correspondientes requisitos o no se acompañe de los documentos necesarios para el pago, el término para éste empezará a contarse desde la fecha en que una u otros se presenten en debida forma o se aporte el último de los documentos requeridos. Las demoras que se presenten por esta causa serán responsabilidad del contratista; por lo tanto, no causarán intereses, ni compensación de ninguna naturaleza. Todos los documentos para los pagos que deban efectuarse a la interventoría requieren del aval y aprobación del respectivo supervisor del FONDO. Los impuestos y retenciones que se deriven del contrato de interventoría corren por cuenta del Interventor, para cuyos efectos el FONDO hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la ley. El Interventor debe abrir o disponer de una cuenta, en un establecimiento bancario vigilado por la Superintendencia Financiera, para transferirle los pagos respectivos. Para tal efecto, a la firma del contrato, el Interventor deberá presentar al FONDO un certificado bancario en el que conste el número de la cuenta.

3.6 Obligaciones de las partes

3.6.1 Obligaciones del proponente Interventor

3.6.1.1 Obligaciones Generales

1) Constituir las garantías en los términos establecidos en el Contrato. 2) Entregar el plan de trabajo que incluya la metodología, el cronograma de ejecución, los hitos y

entregables y los recursos de ejecución del Contrato. 3) Entregar la certificación bancaria donde conste la cuenta en la que se realizarán los pagos del Contrato. 4) Seguir las instrucciones de parte del FONDO en su calidad de Interventor del Contrato. 5) Suscribir, conjuntamente con el FONDO las Actas de inicio y finalización y los demás documentos

previstos en el Contrato. 6) Mantener absoluta reserva y confidencialidad de los documentos e informaciones a los que tenga

acceso.

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Estudios previos para la contratación de la interventoría integral para el contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012: Estudios de topografía y batimetría sobre el área de La Mojana los cuales incluyen: (i) Levantamiento y elaboración de la red geodésica en el área de estudio, (ii) Levantamiento topográfico con tecnología LiDAR, (iii) Levantamiento batimétrico, (iv) Toma de fotografías digitales aéreas (v) Elaboración de cartografía base y construcción de una base de datos geográfica con la identificación de los elementos expuestos, y (vi) Construcción de un modelo digital de terreno a partir de los datos LiDAR y batimétricos en la región de La Mojana, afectada por el Fenómeno de La Niña 2010-2011

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7) Mantener vigentes las garantías exigidas mediante el Contrato. 8) Dar cumplimiento a todas las obligaciones laborales, entre ellas, mantener vigente la afiliación al

sistema de seguridad social integral de todos sus empleados. 9) Verificar que el contratista del contrato derivado de la Convocatoria FA-CA-043 de 2012 suscriba y

entregue al FONDO un documento de cesión de derechos patrimoniales de autor correspondiente a cada uno de los estudios, diseños o cualquier tipo de proceso o producto creado por él, para asegurar la titularidad del FONDO de todos los derechos patrimoniales de autor sobre tales obras sin limitación alguna de tiempo, territorio y facultades propias de los derechos patrimoniales. El contratista del contrato derivado de la Convocatoria FA-CA-043 de 2012 deberá entregar los contratos de cesión de derechos patrimoniales de autor suscritos directamente por las personas naturales (empleados o proponentes) que hayan participado en la creación de determinada obra.

10) Suscribir y entregar al FONDO un documento de cesión de derechos patrimoniales de autor correspondiente a cada uno de los estudios, diseños o cualquier tipo de proceso o producto que llegue a crear el Interventor, para asegurar la titularidad del FONDO de todos los derechos patrimoniales de autor sobre tales obras sin limitación alguna de tiempo, territorio y facultades propias de los derechos patrimoniales.

11) Cumplir con los requisitos de perfeccionamiento y legalización del Contrato. 12) Vincular el personal profesional y empleados que estime necesarios para cumplir las obligaciones del

Contrato, teniendo en todo caso la obligación de vincular, como mínimo, el equipo humano previsto en el numeral 4.3 de estos estudios.

13) Cumplir con todas las demás obligaciones que sean necesarias para cumplir con el objeto del Contrato que surja del presente estudio.

3.6.1.2 Obligaciones específicas Las siguientes obligaciones se ejercen frente al Consultor del contrato derivado de la Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012

1) Obligaciones Técnicas

a. Verificar que el Consultor cumpla con el objeto, el alcance y calidad de los servicios contratados mediante el contrato derivado de la Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012. Esta obligación incluye la de verificar la calidad de los productos intermedios que puedan derivarse de la ejecución de dicho contrato.

b. Requerir al Consultor el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato derivado de la Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012, en la propuesta presentada y aceptada por el FONDO, y demás documentos que hacen parte integral del Contrato.

c. Solicitar aclaraciones, adiciones, modificaciones o complementos al contenido de los productos presentados por el Consultor, o de aquellos que específicamente requiera el FONDO, propendiendo por el cumplimiento a cabalidad del objeto contratado. Entregar toda la información digital que permita hacer un seguimiento sistematizado de las metas y cronogramas del contrato derivado de la Convocatoria FA-CA-043 de 2012.

d. Realizar evaluaciones periódicas con el fin de establecer y reportar oportunamente al Consultor y al FONDO las fallas o anomalías que se presenten durante la ejecución del objeto del Contrato derivado de la

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Estudios previos para la contratación de la interventoría integral para el contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012: Estudios de topografía y batimetría sobre el área de La Mojana los cuales incluyen: (i) Levantamiento y elaboración de la red geodésica en el área de estudio, (ii) Levantamiento topográfico con tecnología LiDAR, (iii) Levantamiento batimétrico, (iv) Toma de fotografías digitales aéreas (v) Elaboración de cartografía base y construcción de una base de datos geográfica con la identificación de los elementos expuestos, y (vi) Construcción de un modelo digital de terreno a partir de los datos LiDAR y batimétricos en la región de La Mojana, afectada por el Fenómeno de La Niña 2010-2011

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Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012 o determinar el incumplimiento definitivo del respectivo Contrato. Estas evaluaciones deben realizarse con una oportunidad tal que permita, dentro de la vigencia del Contrato, hacer uso de las facultades contractuales previstas y/o hacer efectivas las sanciones correspondientes.

e. Coordinar y atender las recomendaciones de los supervisores del contrato que resulte de la convocatoria 043 de 2012.

f. Acompañar permanentemente en campo los procesos levantamiento de la red geodésica, toma de datos LiDAR y levantamiento batimétrico y todas las actividades que realice el Consultor del Contrato derivado de la Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012, que sean necesarias para garantizar el cumplimiento del objeto contractual así como del Contrato objeto de los presentes estudios.

g. Vigilar que todos los procesos se lleven de acuerdo con los manuales, reglamentos, procedimientos y cumplir con la legislación vigente del IGAC y el IDEAM, entidades que ejercerán la supervisión de este contrato.

h. Solicitar al Consultor acelerar el ritmo y requerirlo formalmente, para que presente planes de contingencia, cuando se detecten atrasos respecto de la programación inicial y del cronograma que puedan generar incumplimiento del Contrato derivado de la Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012.

i. Efectuar un estricto control de la calidad de los productos y equipos empleados por el Consultor, a partir de las especificaciones técnicas generales y particulares contratadas.

j. Requerir al Consultor para que corrija los defectos de calidad que se presenten en los Productos que este debe entregar en virtud del Contrato que resulte de la Convocatoria FA-CA- 043 de 2012.

k. Notificar al Consultor y al FONDO respecto de las no conformidades o desviaciones encontradas en las verificaciones realizadas por el Interventor.

l. Entregar toda la información digital que permita hacer un seguimiento sistematizado de las metas y cronogramas del contrato derivado de la Convocatoria FA-CA-043 de 2012.

m. Analizar, física y presupuestalmente, el avance de las actividades del Consultor.

2) Obligaciones Administrativas

a. Solicitar para aprobación por parte del FONDO, la suscripción de cualquier solicitud de prórrogas o modificaciones al Contrato derivado de la Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012.

b. Solicitar al Consultor los informes y explicaciones que requiera para el cumplimiento de su función. c. Verificar que el Consultor obtenga los permisos, licencias o autorizaciones que se requieren para el oportuno

cumplimiento del contrato. d. Estudiar las situaciones particulares e imprevistas que se presenten en desarrollo del Contrato derivado de

la Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012, conceptuar sobre su desarrollo general y los requerimientos para su mejor ejecución, manteniendo siempre el equilibrio contractual.

e. Exigir al Consultor la implementación de las medidas correctivas a que haya lugar, de manera que este cumpla sus obligaciones de acuerdo con las estipulaciones del contrato derivado de la Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012.

f. Verificar el cumplimiento de la obligación del Consultor respecto del pago de los aportes al sistema de Seguridad Social Integral, parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF) tanto para los pagos, como para la liquidación del Contrato e informar de ello a la Secretaría General.

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Estudios previos para la contratación de la interventoría integral para el contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012: Estudios de topografía y batimetría sobre el área de La Mojana los cuales incluyen: (i) Levantamiento y elaboración de la red geodésica en el área de estudio, (ii) Levantamiento topográfico con tecnología LiDAR, (iii) Levantamiento batimétrico, (iv) Toma de fotografías digitales aéreas (v) Elaboración de cartografía base y construcción de una base de datos geográfica con la identificación de los elementos expuestos, y (vi) Construcción de un modelo digital de terreno a partir de los datos LiDAR y batimétricos en la región de La Mojana, afectada por el Fenómeno de La Niña 2010-2011

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g. Revisar y aprobar las facturas presentadas por el Consultor, verificando que ellas cumplan los requisitos previstos en el Contrato derivado de la Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012.

h. Remitir a la Secretaria General del FONDO, en forma permanente y a medida que avance la ejecución del Contrato derivado de la Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012, toda la información y documentos que surjan en desarrollo del mismo, para efectos de mantener actualizada la respectiva carpeta contractual.

i. Presentar con una periodicidad mensual informes sobre la ejecución del Contrato derivado de la Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012, indicando el nivel de avance, los saldos por ejecutar, un balance de la ejecución presupuestal, las situaciones particulares o imprevistas presentadas así como las soluciones planteadas, el cumplimiento por parte del Consultor respecto del pago de aportes al sistema de Seguridad Social Integral, parafiscales, (asegurando que el Consultor cumpla con todas las obligaciones derivadas del mismo.

j. Proponer y sustentar ante el FONDO el plan de calidad de la gestión de interventoría, precisando los procedimientos técnicos y administrativos que se aplicarán para satisfacer las exigencias del Contrato

k. Preparar, revisar, aprobar y suscribir el acta de liquidación final del Contrato derivado de la Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012 y todos los documentos y soportes requeridos para el efecto.

l. Expedir una constancia adicional al acta de recibo final del Contrato derivado de la Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012, mediante la cual el Interventor manifieste inequívocamente que el trabajo se ejecutó conforme a los requerimientos técnicos exigidos al Consultor.

m. Proteger los derechos del FONDO, del Consultor y de los terceros que puedan verse afectados por la ejecución del Contrato

n. Cumplir todas las demás obligaciones señaladas en el presente Contrato y en el Manual de Contratación del FONDO.

o. Contar con el licenciamiento de Microsoft Project profesional 2010, tener el conocimiento y los recursos para el manejo del mismo y desarrollar las actividades necesarias, para la construcción y aprobación de los cronogramas de ejecución, con la calidad definida y gestionarlos con información de avance real en los sistemas de información implementados por el FONDO, aplicando las prácticas de seguridad, calidad, oportunidad e integridad de Información, y las guías de interoperabilidad, continuidad, documentales y las métricas de los mismos, con el fin de gestionar y controlar la ejecución de los proyectos orientados a la recuperación, construcción y reconstrucción de las zonas afectadas por el fenómeno de "La Niña" 2010-2011.

p. Llevar en forma ordenada el archivo general de documentos del proyecto en medio físico y en medio magnético, para entregarlos al FONDO en la oportunidad que se requiera.

q. Tramitar cuando se requiera el cambio de personal del Consultor. r. Rendir conceptos, cuando sea el caso, al FONDO o a quién este delegue, y recomendaciones sobre la

conveniencia de prorrogar, modificar o adicionar el contrato para la ejecución del Contrato derivado de la Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012.

s. Analizar, verificar y rendir concepto sobre las razones o causas que expongan los Contratistas para solicitar modificaciones a los contratos de obra. EL Interventor debe velar porque las modificaciones al Contrato derivado de la Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012, cuando se requiera, la correspondiente modificación al programa de trabajo y, además, porque se constituyan y aprueben las correspondientes modificaciones de las pólizas.

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Estudios previos para la contratación de la interventoría integral para el contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012: Estudios de topografía y batimetría sobre el área de La Mojana los cuales incluyen: (i) Levantamiento y elaboración de la red geodésica en el área de estudio, (ii) Levantamiento topográfico con tecnología LiDAR, (iii) Levantamiento batimétrico, (iv) Toma de fotografías digitales aéreas (v) Elaboración de cartografía base y construcción de una base de datos geográfica con la identificación de los elementos expuestos, y (vi) Construcción de un modelo digital de terreno a partir de los datos LiDAR y batimétricos en la región de La Mojana, afectada por el Fenómeno de La Niña 2010-2011

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t. El Interventor deberá realizar sus actividades de conformidad con lo establecido en la ley 1474 de 2011 y a la Resolución No. 001 de 2012 mediante la cual se adopta el Manual de Contratación, Supervisión e Interventoría del Fondo Adaptación.

3) Obligaciones Financieras

a. Asegurar el cumplimiento de las metas contractuales contenidas en el Contrato derivado de la Convocatoria

Abierta FA-CA-043-2012, logrando que se desarrollen dentro de los presupuestos de tiempo e inversión previstos originalmente.

b. Analizar el avance de ejecución presupuestal fijada en el Contrato de Consultoría derivado de la Convocatoria

Abierta FA-CA-043-2012. c. Controlar el saldo del valor del Contrato derivado de la Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012, acumulando

sumas pagadas y descuentos por concepto de anticipos y retenciones en caso de que las haya. d. Asegurar que el Contrato derivado de la Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012, se desarrolle dentro de los

presupuestos de tiempo e inversión previstos originalmente. e. Rendir periódicamente informes económicos sobre el cumplimiento del Contrato. f. Verificar que los recursos públicos que maneje el Consultor del contrato derivado de la Convocatoria Abierta

FA-CA-043-2012 se utilicen debidamente. g. Presentar en su informe mensual un balance del presupuesto del Contrato derivado de la Convocatoria

Abierta FA-CA-043-2012, informando, como mínimo, el valor de los recursos invertidos y el remanente de cada uno de los conceptos o ítems contratados.

4) Obligaciones de Carácter Ambiental

a. Verificar la existencia de los permisos y/o autorizaciones de las autoridades ambientales previo al inicio de actividades para cada una de las tareas que se requieran en el Contrato derivado de la Convocatoria Abierta

FA-CA-043-2012, b. Vigilar el cabal cumplimiento de las medidas ambientales establecidas en las licencias, permisos y/o

autorizaciones otorgadas por las autoridades ambientales para la ejecución del en el Contrato derivado de

la Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012. c. Solicitar al Consultor el diseño e implementación de los planes ambientales de contingencia que sean

necesarios para el manejo adecuado de los impactos ambientales a fin de evitar posibles sanciones de las autoridades ambientales y/o suspensiones de las actividades establecidas en el Contrato derivado de la

Convocatoria Abierta FA-CA-043-2012.

5) Obligaciones de Carácter Social

a. Verificar el cumplimiento del plan de gestión social. b. Aprobar el plan de gestión social. c. Estar presente en la zona de ejecución del Contrato con disponibilidad del 100 % del tiempo para atender

las consultas, dudas u observaciones que tenga la comunidad con respecto a las actividades objeto del mismo.

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Estudios previos para la contratación de la interventoría integral para el contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012: Estudios de topografía y batimetría sobre el área de La Mojana los cuales incluyen: (i) Levantamiento y elaboración de la red geodésica en el área de estudio, (ii) Levantamiento topográfico con tecnología LiDAR, (iii) Levantamiento batimétrico, (iv) Toma de fotografías digitales aéreas (v) Elaboración de cartografía base y construcción de una base de datos geográfica con la identificación de los elementos expuestos, y (vi) Construcción de un modelo digital de terreno a partir de los datos LiDAR y batimétricos en la región de La Mojana, afectada por el Fenómeno de La Niña 2010-2011

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d. Colaborar en la divulgación del Contrato en la zona. e. Prestar colaboración en caso de que se presenten disturbios o cualquier otra situación que afecte el

desarrollo normal del Contrato.

3.6.2 Obligaciones del FONDO

1) Vigilar el desarrollo y ejecución del contrato y exigir al Interventor el cumplimiento del mismo, a través de quien para ello designe y quien actuará como supervisor del contrato de interventoría, contando con el apoyo del IGAC y del IDEAM.

2) Formular sugerencias por escrito sobre observaciones que estime convenientes en el desarrollo del Contrato, siempre enmarcadas dentro del término del mismo.

3) Pagar los trabajos contratados en la forma establecida en los presentes Términos y Condiciones Generales de Contratación.

3.7 Productos

1 Un (1) documento que contenga la metodología mediante la cual verificará, supervisará y controlará cada una de las 6 actividades objeto del Contrato que resulte de la Convocatoria 043 de 2012. Este documento debe incluir cronograma, personal asignado y equipos requeridos, el cual deberá ser presentado dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de entrega del Cronograma por parte del Consultor del contrato que resulte de la Convocatoria 043 de 2012.

2 Un (1) Informe mensual que describa detalladamente el avance de la ejecución del contrato que resulte de la Convocatoria 043 de 2012 y las actividades de verificación y control realizadas por la Interventoría a dichos trabajos. Este informe deberá contener como mínimo:

2.1 Principales actividades desarrolladas por la Consultoria. 2.2 Problemas técnicos y soluciones planteadas de cada área. 2.3 Productos entregados por cada consultoría, comentarios y sugerencias al respecto por parte de la

Interventoria. 2.4 Relación del estado y soportes de los productos entregados (seguimiento) de la consultoría. 2.5 Actas de reunión y/o ayudas de memoria, realizadas durante el periodo. 2.6 Oficios de aprobación de productos. 2.7 Conclusiones y recomendaciones por parte de la Interventoria. 3 Las respectivas actas de recibo y aprobación para cada una de las entregas de productos establecidos en el

contrato que resulte de la Convocatoria 043 de 2012. 4 Un (1) informe final que contenga la descripción de todas las actividades realizadas durante el contrato,

siguiendo la misma estructura de los informes mensuales.

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Estudios previos para la contratación de la interventoría integral para el contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012: Estudios de topografía y batimetría sobre el área de La Mojana los cuales incluyen: (i) Levantamiento y elaboración de la red geodésica en el área de estudio, (ii) Levantamiento topográfico con tecnología LiDAR, (iii) Levantamiento batimétrico, (iv) Toma de fotografías digitales aéreas (v) Elaboración de cartografía base y construcción de una base de datos geográfica con la identificación de los elementos expuestos, y (vi) Construcción de un modelo digital de terreno a partir de los datos LiDAR y batimétricos en la región de La Mojana, afectada por el Fenómeno de La Niña 2010-2011

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3.8 Plazo de ejecución

El plazo de ejecución del Contrato es de doce (12) meses contados a partir del día siguiente a la fecha de suscripción del Acta de Inicio.

3.9 Supervisión Especializada La realización de la topografía con tecnología LiDAR contará con una supervisión especializada por parte del IGAC que revisará las actividades del levantamiento de la red geodésica que incluye exploración, materialización, georreferenciación, nivelación de los vértices geodésicos y de los que sean necesarios, y la construcción del modelo digital de terreno. Por otra parte, las actividades relacionadas con el levantamiento batimétrico contarán con la supervisión especializada del IDEAM. En todo caso, adicional a la supervisión especializada, el FONDO designará un supervisor para el seguimiento y control del presente Contrato.

4 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA REALIZACIÓN DE LA INTERVENTORÍA

4.1 Procesos que deberán ser objeto de Interventoría Los procesos que deben ser objeto de la interventoría se derivan del contrato de Consultoría que resulte de la Convocatoria 043 de 2012 y en todo caso el interventor es el responsable de incluir en el desarrollo del contrato todos los que sean necesarios para el cabal cumplimiento el objeto del mencionado contrato. Los anteriores temas serán la base para la aprobación de cada producto, y deberán desarrollarse paralelamente con la actividad del contratista. La validación se efectuará a partir de una muestra de entre el 10% y el 15% del producto objeto de intervención. En caso de no cumplirse con los requerimientos planteados se aumentará la muestra del 30% al 45% del producto, realizando adicionalmente trabajos de campo por parte de la Interventoría para ponderar estos datos con los datos del Consultor. En todo caso, la metodología para desarrollar el objeto de este Contrato es responsabilidad del Interventor teniendo en cuenta los estándares del PMI, la cual deberá ser suministrada por el Interventor según los productos establecidos previamente

4.2 Equipos El INTERVENTOR deberá contar con los equipos necesarios para cumplir con el objeto del contrato. Como mínimo debe contar con equipos de medición como GPS, equipos de cómputo, software de procesamiento y manejo de

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Estudios previos para la contratación de la interventoría integral para el contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012: Estudios de topografía y batimetría sobre el área de La Mojana los cuales incluyen: (i) Levantamiento y elaboración de la red geodésica en el área de estudio, (ii) Levantamiento topográfico con tecnología LiDAR, (iii) Levantamiento batimétrico, (iv) Toma de fotografías digitales aéreas (v) Elaboración de cartografía base y construcción de una base de datos geográfica con la identificación de los elementos expuestos, y (vi) Construcción de un modelo digital de terreno a partir de los datos LiDAR y batimétricos en la región de La Mojana, afectada por el Fenómeno de La Niña 2010-2011

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LiDAR y software para procesamiento de fotografías aéreas sin perjuicio de la obligación especifica administrativa en su literal o).

4.3 Recurso Humano

El proponente debe contar como mínimo con el siguiente personal obligatorio, que si bien no es objeto de evaluación en la convocatoria, se debe garantizar su idoneidad y participación durante la ejecución del contrato:

Un DIRECTOR DE INTERVENTORIA, quien se encargará de la dirección, coordinación y ejecución de las labores de interventoría en términos técnicos, económicos y administrativos. Este director de proyecto deberá ser ingeniero en áreas de ciencias de la tierra con especialización y/o maestría en SIG o Geomática. con una experiencia mínima general de doce (12) años y específica en proyectos de levantamiento topográfico y estudios de batimetría de cinco (5) años.

Un COORDINADOR GENERAL, quien se encargará de coordinar las diferentes actividades incluidas en el contrato. Este coordinador debe contar con experiencia general de diez (10) años y específica en proyectos de levantamiento topográfico de cuatro (4) años.

Un COORDINADOR DE CALIDAD, quien se encargará de garantizar la calidad de los procesos, con experiencia general de diez (10) años y específica en proyectos de interventoría de cuatro (4) años.

Un especialista en CARTOGRAFÍA Y GEODESIA, encargada de supervisar la construcción de la red geodésica, quien deberá ser ingeniero topográfico o afín, con especialización y/o maestría en SIG o Geomática con experiencia general de siete (7) años y específica en construcción de redes geodésicas de tres (3) años.

Dos especialistas en LEVANTAMIENTOS BATIMETRICOS, encargados de supervisar dichos levantamientos batimétricos, quien deberá ser ingeniero topográfico o afín con experiencia general de siete (7) años y específica en estudios de batimetría de tres (3) años.

Un especialista en PERCEPCIÓN REMOTA, encargado de supervisar la fotogrametría y las imágenes LiDAR, quien deberá ser especialista en Geomática, con experiencia general de diez (10) años y específica en sensores LiDAR y toma de fotografías aéreas de tres (3) años.

Un especialista en CLASIFICACIÓN Y VALIDACIÓN encargado de organizar y validar los datos de percepción remota y levantamientos batimétricos quien deberá ser ingeniero en áreas relacionadas con las ciencias de la tierra con experiencia general de siete (7) años y específica en proyectos de percepción remota de tres (3) años.

Tres especialistas en SIG, encargados de organizar y validar el modelo digital de terreno, quienes deberán ser ingenieros en áreas relacionadas con las ciencias de la tierra con experiencia general de siete (7) años y específica en estudios de percepción remota y/o construcción de DTM de tres (3) años.

Dos ingenieros expertos en TOPOGRAFÍA, encargados de llevar a cabo la validación de los puntos en campo, quienes deberán ser ingenieros topógrafos o afín, con experiencia general de siete (7) años y específica en topografía de tres (3) años.

Adicionalmente deberá contar con tres (3) INGENIEROS en áreas de las ciencias de la tierra de apoyo con experiencia general de tres (3) años y al menos un (1) año de experiencia específica en trabajos relacionados con las actividades del contrato derivado de la Convocatoria Abierta 043-2012.

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Los títulos de educación superior otorgados por instituciones de educación superior extranjeras, o por instituciones legalmente reconocidas por la autoridad competente en el respectivo país para expedir títulos de educación superior, deben presentarse convalidados por el Ministerio de Educación Nacional, a menos que se trate de profesionales domiciliados en el exterior que pretendan ejercer temporalmente la profesión en Colombia. La experiencia general y específica de los profesionales se contará desde la fecha de terminación de materias o desde la fecha de expedición de la matrícula o tarjeta profesional, según corresponda; para efectos de computar los años de experiencia sólo se tendrá en cuenta uno de los proyectos que se hubieren ejecutado simultáneamente. La experiencia como profesor de cátedra, director de tesis o asesor de proyectos de tesis, NO será válida para acreditar experiencia específica. Para computar la experiencia, podrán hacerse las equivalencias establecidas a continuación:

1) Título de formación técnica profesional por dos (2) años de educación superior 2) Título de formación tecnológica por tres (3) años de educación superior 3) Título de posgrado en la modalidad de especialización por dos (2) años de experiencia profesional

general o relacionada; o viceversa 4) Título de posgrado en la modalidad de maestría por tres (3) años de experiencia profesional general o

relacionada; o viceversa 5) Título de posgrado en la modalidad de doctorado o pos- doctorado por cuatro (4) años de experiencia

profesional relacionada; o viceversa 6) Título profesional al adicional exigido como requisito mínimo, siempre y cuando dicha formación sea a

fin con el objeto del contrato, por dos (2) años de experiencia general. El PROPONENTE sólo podrá remplazar el equipo mínimo obligatorio de trabajo por profesionales con idéntica o mejor formación académica y experiencia que la establecida en este numeral, previa autorización escrita impartida por FONDO como supervisor del contrato. Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la celebración del contrato, el interventor presentará, para la aprobación del supervisor del FONDO y como requisito indispensable para la suscripción de la correspondiente Acta de Inicio, las hojas de vida y certificaciones académicas y laborales del equipo mínimo que comprueben las condiciones establecidas en este numeral.

5 FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO QUE SE PRETENDE CELEBRAR.

La contratación tiene como fundamento jurídico lo consagrado en el artículo 7 del Decreto 4819 de 2010 y el decreto 2962 de 2011, tal como fue modificado por el Decreto 4808 de 2011.

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Estudios previos para la contratación de la interventoría integral para el contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012: Estudios de topografía y batimetría sobre el área de La Mojana los cuales incluyen: (i) Levantamiento y elaboración de la red geodésica en el área de estudio, (ii) Levantamiento topográfico con tecnología LiDAR, (iii) Levantamiento batimétrico, (iv) Toma de fotografías digitales aéreas (v) Elaboración de cartografía base y construcción de una base de datos geográfica con la identificación de los elementos expuestos, y (vi) Construcción de un modelo digital de terreno a partir de los datos LiDAR y batimétricos en la región de La Mojana, afectada por el Fenómeno de La Niña 2010-2011

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Al respecto señala el artículo 7 del Decreto 4819 de 2010 lo siguiente: Régimen Contractual. Los contratos que celebre el FONDO para el cumplimiento de su objeto, cualquiera sea su índole o cuantía, se regirán por el derecho privado y estarán sujetos a las disposiciones contenidas en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, dando aplicación a los artículos 14 a 18 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007. El Consejo Directivo, podrá determinar las cuantías y casos en los cuales sea necesario adelantar procesos de selección que garanticen la participación pública. Parágrafo. El Gobierno Nacional reglamentará todas las condiciones para la contratación del FONDO que permitan mayor eficiencia en la recuperación, construcción y reconstrucción por el fenómeno de "La Niña", garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales y legales citados en el presente artículo. De la norma citada queda claro que los contratos que suscriba el FONDO se rigen por el derecho privado, con independencia del tipo contractual y la cuantía del acto jurídico celebrado. Sin embargo, la selección y contratación del FONDO debe adelantarse con fundamento en los principios constitucionales y legales de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad (209 C.P., artículo 13 de la ley 1150 de 2007). De igual forma, está autorizada la inclusión en los contratos celebrados de las denominadas potestades excepcionales de la administración (artículos 14 a 18 de la ley 80 de 1993). Para la contratación de la interventoría, el FONDO adelantará el procedimiento de selección de ―convocatoria abierta‖, de acuerdo con los previsto en el numeral 3 del artículo 22 del Manual de Contratación del FONDO y en el numeral 2 del artículo 4 del Decreto 2962, modificado por el artículo 1 del Decreto 4808 de 2011. Expresa la norma referida, que en el procedimiento de convocatoria abierta, “se reciben ofertas de cualquier proponente que cumpla con las condiciones de la respectiva necesidad que se pretende satisfacer y se selecciona entre ellas con base en factores objetivos definidos previamente por el FONDO Adaptación en la correspondiente convocatoria”. El contrato a celebrarse será una Consultoría para la interventoría de los estudios de batimetría y topografía con tecnología LiDAR para el área de La Mojana, en los términos establecidos en el numeral 2 del Artículo 32 de la Ley 80 de 1993 en su artículo 32, numeral 2, según la cual el objeto de un contrato de Consultoría es la realización de:

“(…) Son también contratos de Consultoría los que tienen por objeto la interventoría, asesoría, gerencia de obra o de proyectos, dirección, programación y la ejecución de diseños, planos, anteproyectos y proyecto. (…)”

Al respecto, el Consejo de Estado enunció las características propias de los contratos de Consultoría, en los siguientes términos:

“En principio se puede establecer una diferencia sustancial entre estos dos tipos de contratos, pues, el de Consultoría consiste, básicamente, en la realización de estudios, diseños y en la asesoría técnica al control y supervisión de proyectos, así como en la interventoría y en la gerencia y dirección de obras o proyectos, lo cual encierra una variedad muy amplia de actividades, todas ellas regidas por un común denominador de índole técnico y cargadas de un matiz especializado en la ejecución de este tipo de contratos.

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De este modo, el contrato de Consultoría se caracteriza porque sus obligaciones tienen un carácter marcadamente intelectual, como condición para el desarrollo de las actividades que le son propias, aunque también se asocia con la aplicación de esos conocimientos a la ejecución de proyectos u obras”[1].

Acogiendo la definición de contrato de Consultoría que trae la ley 80 de 1993, y de acuerdo con el alcance del contrato delimitado por la jurisprudencia del Consejo de Estado, mediante el proceso de convocatoria abierta el FONDO celebrará un contrato de Consultoría.

6 ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ECONÓMICO ESTIMADO DEL CONTRATO

6.1 Medios de consulta de condiciones y precios de mercado Para establecer las condiciones y precios del mercado se solicitó a las firmas listadas en el Anexo 1, suministrar información para la elaboración del estudio de mercado para la definición del presupuesto oficial estimado para la contratación de la interventoría integral sobre los estudios de batimetría y topografía con tecnología LiDAR en el área de La Mojana.

Así mismo, se realizó una invitación abierta en la página web del FONDO.

Para la consulta de los requerimientos técnicos y económicos se utilizaron todos los siguientes medios:

Teléfono Internet (páginas Web)

Correo electrónico

Catálogo

En el Anexo 1 se presenta el listado de las firmas a las cuales se les solicito información para el estudio de mercado, y en el Anexo 2 la matriz comparativa con las cuatro propuestas recibidas. A partir de la información suministrada por las distintas firmas que mostraron interés, y consultando telefónicamente a dos empresas de consultoría relacionadas en el Anexo 3 para verificar honorarios de auxiliares, se procedió a estimar las asignaciones mensuales para el personal, distinguiendo entre los profesionales mínimos exigidos en los presentes estudios y el personal técnico, administrativo y auxiliar que deberá ser contratado según el criterio que defina quien resulte adjudicatario de esta Convocatoria. Así mismo, se consultaron las tarifas contenidas en la Resolución 747 del 9 de marzo de 1998, del Ministerio de Transporte, debidamente actualizadas al 2013 con el Índice Nacional de Precios al Consumidor –IPC, de los años 1999 a 2012, si bien La Resolución se encuentra actualmente derogada, se consideró como referente para validar las categorías de los perfiles requeridos para el desarrollo de la Interventoría con los valores ofertados por las firmas que atendieron la consulta de valor de mercado. Los anexos 3A y 3B explican los factores multiplicadores para los costos directos e indirectos y un estimado de gastos reembolsables propios de la actividad que se contrata, los cuales se incluyeron en el Presupuesto Oficial (PO). Con base en este análisis contenido en el Anexo 3 se definió el PO en tres mil millones de pesos ($3.000.000.000).

[1] CONSEJO DE ESTADO. Sección Tercera. Sentencia del 30 de marzo de 2006, Expediente No. 30832.

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6.2 Información de la consulta Para efectos de establecer el presupuesto estimado para la contratación de la interventoría objeto del presente estudio, se tuvieron en cuenta los parámetros presentados por las firmas consultadas que incluyen personal, equipos y otros costos conforme al numeral anterior.

7 JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE

Son hábiles para participar en esta convocatoria los proponentes cuya capacidad jurídica, financiera y técnica corresponda a los parámetros que se establecen a continuación. La selección del Interventor se adelantará atendiendo factores de diferente índole: condiciones mínimas habilitantes (capacidad jurídica, financiera y técnica), factores técnicos (experiencia específica y apoyo a la industria nacional) y condiciones económicas (precio), así:

FACTOR DE EVALUACIÓN

MÉTODO DE EVALUACIÓN RESULTADO DE LA

EVALUACIÓN

Capacidad Jurídica

Verificación de cumplimiento Habilitado/No habilitado

Capacidad Financiera

Verificación de cumplimiento Habilitado/No habilitado

Capacidad Técnica

Verificación de cumplimiento Habilitado/No habilitado

Experiencia específica

Calificación cuantitativa Máximo 600 puntos

Apoyo a la industria nacional

Calificación cuantitativa Máximo 100 puntos

Propuesta Económica

Calificación cuantitativa Máximo 300 puntos

7.1 Capacidad jurídica En el presente proceso de contratación pueden participar personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, en forma individual o conjunta, por sí mismos o mediante apoderado, con capacidad para presentar la correspondiente propuesta, celebrar y ejecutar el contrato que se derive de esta convocatoria y que no se

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encuentren incursas en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Constitución Política y en la ley, para celebrar contratos con las entidades estatales. La capacidad jurídica comprende el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Manifestación expresa, clara e irrevocable de presentar oferta o propuesta. b) Firma, o aval, de la propuesta por un ingeniero registrado en el Consejo Profesional Nacional de

Ingeniería – COPNIA y con tarjeta de matrícula profesional en Ingeniería Civil, Geomática, de Sistemas o afines.

c) Estar al día, de conformidad con las disposiciones del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, con las obligaciones para con los sistemas de salud, pensiones y con el pago de los aportes a las Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF.

d) Garantizar la seriedad de la propuesta e) No encontrarse reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la

República, de acuerdo con las disposiciones del artículo 60 de la Ley 610 de 2000 f) No presentar antecedentes disciplinarios vigentes que impidan participar en el convocatoria y celebrar

el contrato correspondiente g) No tener antecedentes judiciales que impidan participar en la convocatoria y celebrar el contrato

correspondiente. h) Estar inscrito en el RUT, siempre que se trate de proponentes sujetos de obligaciones administradas y

controladas por la DIAN. i) Estar inscrito en el Registro de Proveedores del Fondo Adaptación RFPA.

le impartan.

7.1.1 MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD JURÍDICA El FONDO verificará el cumplimiento de la capacidad jurídica de los proponentes mediante la revisión y estudio de los documentos aportados por estos para acreditarla y les asignará calificación de HABILITADO o NO HABILITADO, según que cumplan o no las condiciones y requisitos establecidos previamente.

7.2 CAPACIDAD FINANCIERA En este proceso de contratación podrán participar las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, en forma individual o conjunta que cumplan y acrediten los indicadores financieros que se establecen a continuación:

7.2.1 Indicadores financieros

7.2.1.1 Patrimonio Indicador de Patrimonio Neto ≥ 100% del presupuesto oficial estimado

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El patrimonio de los consorcios y de las uniones temporales se determinará con fundamento en el porcentaje de participación en la propuesta de sus integrantes, así:

∑ [ ]

7.2.1.2 Capital de Trabajo Capital de Trabajo ≥ 100% Presupuesto Oficial En el caso de Oferentes singulares el capital de trabajo se calculará de la siguiente manera: CT = AC – PC Donde, CT = Capital de trabajo AC = Activo corriente PC = Pasivo corriente En el caso de Estructuras Plurales el capital de trabajo se calculará de la siguiente manera: CT = ∑CTi * Pi Donde, ∑CTi = Sumatoria de capital de trabajo de los miembros de la Estructura Plural CT = Capital de trabajo de la Estructura Plural CTi = Capital de trabajo de cada uno de los miembros de la Estructura Plural. Pi = Porcentaje de Participación de cada oferente dentro de la Estructura Plural

7.2.2 MODO DE ACREDITAR LA CAPACIDAD FINANCIERA Los proponentes acreditarán la capacidad financiera mediante la información y documentos aportados por estos, o por sus integrantes, para inscribirse en el Registro de Proveedores del FONDO Adaptación (RPFA).

7.2.3 MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA El FONDO verificará el cumplimiento de la capacidad financiera de los proponentes mediante la consulta, revisión y estudio de los documentos aportados por aquellos para inscribirse en el RPFA y les asignará calificación de

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HABILITADO o NO HABILITADO, según que cumplan o no las condiciones y requisitos establecidos en este documento

7.3 CAPACIDAD TÉCNICA

Son hábiles, técnicamente, para participar en la convocatoria, las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, en forma individual o conjunta que cumplan los siguientes requisitos:

I. Acrediten certificación en gestión de calidad, según norma ISO 9001, Versión 2008, con alcance en

“interventoría”.

Los consorcios y las uniones temporales acreditarán el cumplimiento de este requisito con el correspondiente certificado de, al menos, uno de sus integrantes quien debe tener una participación, en la propuesta y en la ejecución del contrato, mayor o igual al 33%.

II. Acrediten experiencia en interventoría técnica.

a. Se debe acreditar experiencia en ejecución y/o interventoria directa o a través de consorcios, uniones temporales o sociedades, de proyectos de levantamiento topográfico con sensores aerotransportados y levantamiento topobatimétrico mediante la ejecución y terminación de máximo cinco (5) contratos, con cualquiera de esos objetos, terminados dentro de los cinco (5) años anteriores a la fecha de cierre de esta convocatoria y cuyos valores facturados actualizados (VFA), sumados, asciendan, por lo menos, al doble del valor del presupuesto oficial (PO) de esta convocatoria, expresado en SMMLV.

Como mínimo, tres (3) de los contratos acreditados deben tener como principal objeto el levantamiento topográfico con sensores LiDAR aerotransportados y fotografía aérea.

b. Interventoría de contratos de obra y/o concesión de obras de infraestructura en máximo tres (3) contratos terminados dentro de los (7) siete años anteriores a la fecha de cierre de esta convocatoria y cuyos valores facturados actualizados (VFA), sumados, asciendan, por lo menos, al doble del valor del presupuesto oficial (PO) de esta convocatoria, expresado en SMMLV.

En caso de que la forma asociativa tenga un integrante líder (aquel que, de acuerdo con el documento de constitución de la forma asociativa, tenga una participación en la propuesta igual o mayor al 66%), este debe acreditar la ejecución y terminación de dos contratos cuyo VFA ascienda, por lo menos, al 135% del PO y el otro participante debe acreditar la ejecución y terminación de un (1) contrato cuyo VFA ascienda, por lo menos, al 65% del PO. En todo caso, la suma de los VFA de los contratos aportados por el integrante líder y por el otro miembro de la forma asociativa, debe corresponder, por lo menos, al valor del presupuesto oficial (PO) de esta convocatoria.

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Cuando el consorcio o la unión temporal no tengan integrante líder, cada uno de los integrantes debe demostrar la ejecución y terminación de uno de los contratos requeridos para acreditar el cumplimiento de este requisito, y el VFA de cada uno de dichos contratos debe corresponder, por lo menos, al 67% del valor del PO, expresado en SMMLV. Los contratos ejecutados en consorcio o en unión temporal se tendrán en cuenta para acreditar este requisito, de acuerdo con el porcentaje de participación en su ejecución que hubiese tenido el proponente o sus integrantes. La condición de subcontratista no será válida para acreditar el cumplimiento de este requisito. En todo caso, el FONDO verificará aritméticamente, con fundamento en la información reportada por el RPFA, el cálculo del valor total ejecutado o facturado de cada contrato, el de su conversión a pesos colombianos, cuando esto último resulte procedente, y corregirá los errores aritméticos que presenten las correspondientes operaciones; el valor corregido será el que servirá de base para la verificación de este requisito habilitante. El FONDO verificará el cumplimiento de la capacidad técnica de los proponentes mediante la consulta, revisión y estudio de los documentos aportados por aquellos para inscribirse en el RPFA y de los que integren el sobre n° 1 de su oferta y les asignará calificación de HABILITADO o NO HABILITADO, según que cumplan o no las condiciones y requisitos establecidos en el presente estudio.

7.4 MODO DE ACREDITAR LA EXPERIENCIA TÉCNICA Los proponentes acreditarán la capacidad técnica requerida para participar en esta convocatoria mediante la información y documentos aportados por estos con su propuesta y, también, mediante la documentación presentada por ellos mismos, o por sus integrantes, para inscribirse en el Registro de Proveedores del FONDO Adaptación (RPFA), así:

7.4.1 Constancia de inscripción en el Registro de Proveedores del Fondo, expedida por el Consorcio 5INKO.

El proponente o, en el caso de propuestas conjuntas, cada uno de sus integrantes, debe(n) demostrar su inscripción en el RPFA con la correspondiente constancia expedida por el Consorcio 5INKO, la cual deben incluir en su propuesta técnica.

7.4.2 Certificado de gestión de calidad, según norma ISO 9001, Versión 2008, con alcance en “interventoría”.

El cumplimiento de este requisito se acreditará con el correspondiente certificado presentado, por el proponente o por sus integrantes, para inscribirse en el RPFA, motivo por el cual no es necesario adjuntar información alguna a este respecto en su propuesta.

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7.4.3 Certificaciones o fotocopias de los documentos contractuales que demuestren la experiencia. Para acreditar el cumplimiento de este requisito, los proponentes relacionarán en el Formato No. 4 los contratos que el FONDO debe tener en cuenta para verificar su experiencia. El FONDO constatará la información reportada en el respectivo registro con los documentos aportados por los proponentes o por sus integrantes para inscribirse en el RPFA; por lo tanto, es responsabilidad de los participantes asegurarse de que su inscripción en el citado Registro incluya la información y datos necesarios para demostrar la experiencia que pretende hacer valer, tales como, el objeto de los contratos, las fechas de su celebración, inicio y vencimiento o terminación del plazo correspondiente, el nombre del proponente, el valor ejecutado del contrato, el porcentaje de participación del proponente en la ejecución del correspondiente contrato, etc. Los proponentes deben informar en el respectivo Anexo el valor ejecutado, actualizado, de los contratos que relacionen para acreditar experiencia. Para el cálculo del VFA a consignar, se deberá tomar el valor total del contrato, y dividirlo por el valor del SMMLV vigente en el año de terminación de dicho contrato y, en caso de que estos se hubieran ejecutado bajo alguna modalidad de asociación (Consorcio, Unión Temporal u otra), deben multiplicarlo, según su porcentaje de participación en aquellos contratos. Así mismo, si el valor ejecutado de los contratos relacionados para acreditar experiencia se pactó en moneda extranjera, el proponente debe convertirlo a pesos colombianos, de acuerdo con las siguientes reglas:

a. Si el valor está expresado en dólares de los Estados Unidos de América ($USD), lo convertirá a pesos colombianos utilizando la tasa de cambio representativa del mercado (TCRM) correspondiente al día de finalización del respectivo contrato, publicada por el Banco de la República en el enlace: http://www.banrep.gov.co/series-estadisticas/see_ts_trm.htm#tasa

b. Si el valor del contrato está expresado en euros (€) lo convertirá a pesos colombianos utilizando,

para el efecto, la tasa de cambio calculada y reportada por el Bando de la República para el día de terminación del contrato, publicada en el enlace: http://sdw.ecb.europa.eu/browseTable.do?sk=120.EXR.D.USD.EUR.SP00.A&node=SEARCHRESULTS&periodSortOrder=ASC

c. Si el valor del contrato está expresado en moneda extranjera diferente al euro o al dólar de los

Estados Unidos de América, lo convertirá a dólares estadounidenses, de acuerdo con la tasa de cambio correspondiente al día de terminación del contrato, calculada por el Banco de la República y publicada en el enlace www.banrep.gov.co/series-estadisticas/see ts cam.htm . El valor resultante de esta operación se convertirá a pesos colombianos con la tasa de cambio representativa del mercado (TCRM) correspondiente al día de finalización del respectivo contrato, publicada por el Banco de la República en el enlace: http://www.banrep.gov.co/series-estadisticas/see_ts_trm.htm#tasa .

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Una vez convertido el precio del contrato a pesos colombianos, debe actualizarse expresándolo en SMMLV en el año de terminación de dichos contratos. En todo caso, el FONDO verificará aritméticamente, con fundamento en la información reportada por el RPFA, el cálculo del valor total ejecutado o facturado de cada contrato, el de su conversión a pesos colombianos, cuando esto último resulte procedente, y corregirá los errores aritméticos que presenten las correspondientes operaciones; el valor corregido será el que servirá de base para la verificación de este requisito habilitante.

7.5 MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA

El Fondo verificará el cumplimiento de la capacidad técnica de los proponentes mediante la consulta, revisión y estudio de los documentos aportados por aquellos para inscribirse en el RPFA y de los que integren el sobre n° 1 de su oferta y les asignará calificación de HABILITADO o NO HABILITADO, según que cumplan o no las condiciones y requisitos establecidos en este documento.

7.6 FACTORES CALIFICABLES Surtido el proceso de verificación de los requisitos establecidos como habilitantes, el FONDO procederá a calificar los factores técnicos y económicos de los proponentes habilitados, por concepto de los cuales asignará un puntaje máximo de mil (1000) puntos, distribuidos así:

a. Factor Técnico (FT): puntaje máximo 700 puntos

b. Factor Económico (FE): puntaje máximo 300 puntos

7.6.1 FACTORES TÉCNICOS CALIFICABLES: 700 PUNTOS

7.6.1.1 Experiencia específica - 600 puntos

Para acreditar el cumplimiento de este requisito, los proponentes incluirán en el sobre n° 1 de sus propuestas, ―Experiencia especifica del proponente‖, en el cual deben relacionar los contratos que el FONDO debe tener en cuenta para verificar su experiencia.

a) Experiencia en levantamiento topográfico con tecnología LiDAR – 300 puntos

EL FONDO asignará cincuenta (50) puntos a los proponentes que acrediten haber realizado estudios topográficos usando sensores LiDAR aerotransportados en máximo cinco (5) contratos ejecutados y terminados dentro de los cinco años (5) anteriores a la fecha del cierre de esta convocatoria, en un área superior a 200.000 Ha

EL FONDO asignará ciento cincuenta (150) puntos a los proponentes que acrediten haber realizado estudios topográficos usando sensores LiDAR aerotransportados en máximo tres (3) contratos ejecutados

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y terminados dentro de los cinco años (5) anteriores a la fecha del cierre de esta convocatoria en un área superior a 200.000 Ha

EL FONDO asignará trescientos (300) puntos a los proponentes que acrediten haber realizado estudios topográficos usando sensores LiDAR aerotransportados de un (1) contrato ejecutado y terminados dentro de los cinco años (5) anteriores a la fecha del cierre de esta convocatoria, en un área igual o superior a 200.000 Ha

b) Experiencia en estudios de batimetría – 200 puntos

EL FONDO asignará cincuenta (50) puntos a los proponentes que acrediten haber realizado estudios batimétricos usando tecnología Multihaz en máximo cinco (5) contratos ejecutados y terminados dentro de los cinco años (5) anteriores a la fecha del cierre de esta convocatoria—, en un área igual o superior a 10.000 Ha, o una longitud igual o superior a 500 Km.

EL FONDO asignará cien (100) puntos a los proponentes que acrediten haber realizado estudios batimétricos usando tecnología Multihaz en máximo dos (2) contratos ejecutados y terminados dentro de los cinco años (5) anteriores a la fecha del cierre de esta convocatoria—, en un área igual o superior a 10.000 Ha, o una longitud igual o superior a 500 Km.

EL FONDO asignará doscientos (200) puntos a los proponentes que acrediten haber realizado estudios batimétricos usando tecnología Multihaz en un (1) contrato ejecutado y terminado dentro de los cinco años (5) anteriores a la fecha del cierre de esta convocatoria—, en un área igual o superior a 10.000 Ha, o una longitud igual o superior a 500 Km.

c) Experiencia en toma de fotografías aéreas y/o levantamiento de redes geodésicas– 100 puntos

EL FONDO asignará cincuenta (50) puntos a los proponentes que acrediten haber realizado proyectos de toma de fotografías aéreas y/o levantamiento de redes geodésicas en máximo tres (3) contratos ejecutados y terminados dentro de los cinco años (5) anteriores a la fecha del cierre de esta convocatoria y cuyos valores facturados actualizados (VFA), sumados, asciendan, por lo menos, al valor del presupuesto oficial (PO) de esta convocatoria, expresado en SMMLV. EL FONDO asignará cien (75) puntos a los proponentes que acrediten haber realizado proyectos de toma de fotografías aéreas y/o levantamiento de redes geodésicas en máximo dos (2) contratos ejecutados y terminados dentro de los cinco años (5) anteriores a la fecha del cierre de esta convocatoria y cuyos valores facturados actualizados (VFA), sumados, asciendan, por lo menos, al valor del presupuesto oficial (PO) de esta convocatoria, expresado en SMMLV

EL FONDO asignará cien (100) puntos a los proponentes que acrediten haber realizado proyectos de toma de fotografías aéreas y/o levantamiento de redes geodésicas en un (1) solo contrato ejecutado y terminado dentro de los cinco años (5) anteriores a la fecha del cierre de esta convocatoria y cuyo valor facturado actualizado (VFA), ascienda, por lo menos, al valor del presupuesto oficial (PO) de esta convocatoria, expresado en SMMLV.

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Estudios previos para la contratación de la interventoría integral para el contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012: Estudios de topografía y batimetría sobre el área de La Mojana los cuales incluyen: (i) Levantamiento y elaboración de la red geodésica en el área de estudio, (ii) Levantamiento topográfico con tecnología LiDAR, (iii) Levantamiento batimétrico, (iv) Toma de fotografías digitales aéreas (v) Elaboración de cartografía base y construcción de una base de datos geográfica con la identificación de los elementos expuestos, y (vi) Construcción de un modelo digital de terreno a partir de los datos LiDAR y batimétricos en la región de La Mojana, afectada por el Fenómeno de La Niña 2010-2011

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7.6.1.2 Apoyo a la industria nacional - 100 puntos (Formato No. 5) Este factor se evaluará con base en la Ley 816 de 2003 con el fin de garantizar el Apoyo a la Industria Nacional con fundamento en la documentación aportada de acuerdo con el presente documento de Términos y Condiciones Contractuales, así:

a. Cuando el proponente oferte servicios hasta con el cincuenta 50% de personal nacional, en lo correspondiente al objeto de la presente Convocatoria, se le asignarán 100 PUNTOS.

b. Cuando el proponente oferte servicios con personal nacional hasta por un cuarenta y cinco por ciento (45%), en lo correspondiente al objeto de la presente Convocatoria, se le asignará 80 PUNTOS

c. Cuando el proponente oferte servicios con personal nacional hasta por un cuarenta por ciento (40%), en lo correspondiente al objeto de la presente Convocatoria, se le asignará 60 PUNTOS

d. Cuando el proponente oferte servicios con personal nacional hasta por un treinta por ciento (30%) del total, en lo correspondiente al objeto de la presente Convocatoria, se le asignará 40 PUNTOS.

e. Cuando el proponente oferte servicios con personal nacional en proporción inferior al treinta (30%) del total, en lo correspondiente al objeto de la presente Convocatoria, se le asignará 0 PUNTOS.

El puntaje se asignará de acuerdo con el componente nacional o extranjero ofrecido, medido porcentualmente con respecto a la dedicación total en hombres – mes de profesionales y expertos durante la ejecución de todo el proyecto. En el caso de consorcios o uniones temporales, el puntaje se asignará de acuerdo con el componente nacional o extranjero ofrecido de manera conjunta entre los integrantes del consorcio o unión temporal, (medido como participación en hombres –mes de profesionales y expertos) conforme a lo indicado en este numeral. De igual manera, conforme con lo establecido en el parágrafo del artículo 1 de la Ley 816 de 2003, se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos bienes y servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales. La acreditación del trato nacional otorgado a bienes y servicios nacionales en países con los cuales Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras públicas se realizará mediante certificación expedida por el Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual contendrá lo siguiente: (i) Lugar y fecha de expedición de la certificación; (ii) Número y fecha del Tratado; (iii) Objeto del Tratado; (iv) Vigencia del Tratado, y (v) Proceso de selección al cual va dirigido. En ausencia de negociación de trato nacional, la certificación deberá indicar si existe trato nacional en virtud del principio de reciprocidad‖.

7.6.2 FACTOR ECONÓMICO CALIFICABLE: 300 PUNTOS Valor: se evaluará el valor con hasta 300 puntos donde tendrá preferencia la oferta con menor valor.

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7.6.2.1 Propuesta Económica— 300 Puntos El FONDO asignará, por concepto del precio de la propuesta y de acuerdo con el método seleccionado para ponderarla, un puntaje, máximo, de trescientos (300) puntos. La oferta económica debe formularse de acuerdo con Formato 6 Propuesta Económica que en los pliegos corresponda a ―Propuesta Económica‖; por lo tanto, los proponentes no deben incluir ítems adicionales a los que contiene dicho anexo, omitir alguno de estos, ni su respectivo precio, toda vez que estas conductas impedirán la comparación de la oferta.

El valor propuesto debe expresarse, exclusivamente, en pesos colombianos. El valor de la oferta económica debe comprender la ejecución total de las actividades y obligaciones que se deriven de éste documento, de los Términos y Condiciones Contractuales y del futuro contrato. Asimismo, para elaborar la propuesta económica, los proponentes deben tener en cuenta que el valor total de esta no debe superar el presupuesto oficial estimado. El Proponente debe ajustar al peso los precios ofertados, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cincuenta centavos lo aproximará, por exceso, al peso, y, cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cincuenta centavos lo aproximará, por defecto, al peso; en el evento en que el proponente no efectúe el correspondiente ajuste, lo hará el FONDO. En todo caso, los precios propuestos y corregidos no pueden exceder el presupuesto oficial, so pena de rechazo de la propuesta. La evaluación de la propuesta económica comprende:

Verificación de que la oferta incluye todos los ítems relacionados por actividad en el respectivo Anexo.

Verificación de que la oferta cotiza todos y cada uno de los ítems relacionados en el respectivo Anexo por cada una de las actividades.

Corrección aritmética de la propuesta.

Ponderación de la propuesta.

7.6.2.2 Método de evaluación de las propuestas económicas El FONDO evaluará las propuestas económicas por uno cualquiera de los siguientes procedimientos:

Número Método

1 Media Aritmetica

2 Media Aritmetica Alta

3 Media Geometrica con Presupuesto Oficial

4 Menor Valor

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Para seleccionar el procedimiento mediante el cual ponderará el precio de las propuestas, el Fondo usará las centésimas de la tasa de cambio representativa del mercado (TRM) vigente el día Apertura de las propuestas económicas de los proponentes habilitados (Sobre N° 2) (publicada por el Banco de la República de Colombia en su sitio web: http://www.banrep.gov.co/series-estadisticas/see_ts_cam.htm#trm), las cuales clasificará en el rango que les corresponda en la tabla que se presenta a continuación y, asimismo, definirá el método que seguirá para evaluar las propuestas económicas de los contratistas habilitados.

RANGO (INCLUSIVE)

NÚMERO MÉTODO

DE 0.00 A 0.24 1 Media Aritmetica

DE 0.25 A 0.49 2 Media Aritmetica Alta

DE 0.50 A 0.74 3 Media Geometrica con Presupuesto Oficial

DE 0.75 A 0.99 4 Menor Valor

(a) Media aritmética El FONDO establecerá el promedio aritmético del precio de las propuestas HABILITADAS, de acuerdo con la siguiente fórmula:

n

i

i

n

xX

1

__

Donde,

__

X = Media aritmética. Xi = Valor total corregido de cada una de las propuestas i habilitadas. I = Número total de propuestas habilitadas.

Ponderación de las propuestas por el método de la media aritmética. Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente formula.

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a mayores valoresPara 21300

a iguales o menores valoresPara 1300

i Puntaje

XX

VX

XX

VX

i

i

Donde,

__

X = Media aritmética. Vi = Valor total corregido de la propuesta i habilitada a ponderar. I = Número de propuesta.

En el caso de las propuestas económicas con valor mayor al de la media aritmética, se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula para la ponderación. (b) Media aritmética alta El FONDO determinará la media aritmética entre el valor total corregido de la propuesta habilitada que cotice el mayor precio y el promedio aritmético del valor de las demás propuestas habilitadas, de acuerdo con la siguiente fórmula:

2

max__ XVX A

Donde,

AX__

= Media aritmética alta.

Vmax = Valor total corregido de la propuesta habilitada que cotice la Oferta Económica de Mayor Valor.

Ponderación de las propuestas por el método de la media aritmética alta. Obtenida la media aritmética alta se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente formula.

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a mayores valoresPara 21300

a iguales o menores valoresPara 1300

i Puntaje

__

__

__

__

__

__

A

A

iA

A

A

iA

X

X

VX

X

X

VX

Donde,

AX__

= Media aritmética alta. Vi = Valor total corregido de la propuesta i habilitada a ponderar. I = Número de propuesta.

En el caso de las propuestas económicas con valor mayor al de la media aritmética alta, se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética alta y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula para la ponderación. (c) Media geométrica con presupuesto oficial El FONDO calculará la media geométrica con presupuesto oficial de acuerdo a la relación entre el número de propuestas habilitadas y el número de veces que se incluirá el presupuesto oficial, así:

Número de propuestas (n) [número]

Número de veces en las que se incluye el presupuesto oficial (nv) [veces]

1 – 3 1

4 – 6 2

7 – 9 3

10 – 12 4

13 – 15 5

Por cada tres propuestas habilitadas se incluirá una vez el presupuesto oficial y así sucesivamente; seguidamente, se determinará la media geométrica mediante la siguiente fórmula:

)(21 ......nnv

nnvPO PPPPOPOPOG

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Donde,

POG = Media geométrica con presupuesto oficial.

Nv = Número de veces que se incluye el presupuesto oficial (PO).

N = Número de propuestas económicas habilitadas.

PO = Presupuesto oficial del proceso.

Pi = Valor de la propuesta económica corregida y habilitada del proponente i.

Ponderación de las propuestas por el método de la media geométrica con presupuesto oficial. Obtenida la media geométrica con presupuesto oficial se procederá a ponderar las propuestas de acuerdo con la siguiente formula.

a mayores valoresPara 21300

a iguales o menores valoresPara 1300

i Puntaje

PO

PO

iPO

PO

PO

iPO

GG

VG

GG

VG

Donde,

POG = Media geométrica con presupuesto oficial.

Vi = Valor total corregido de la propuesta i habilitada a ponderar. I = Número de propuesta.

En el caso de propuestas económicas con valores mayores a la media geométrica con presupuesto oficial se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media geométrica con presupuesto oficial y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación. (d) Menor valor El FONDO establecerá el menor valor corregido de las propuestas habilitadas. Ponderación de las propuestas por el método del menor valor Obtenido el menor valor corregido de las propuestas económicas habilitadas, se procederá a ponderarlas de acuerdo con la siguiente fórmula:

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MIN

iMIN

V

VV0.21300i Puntaje

Donde,

MINV = Menor valor de las propuestas habilitadas.

Vi = Valor total corregido de la propuesta i habilitada a ponderar. I = Número de propuesta.

En este caso, se tomará el valor absoluto de la diferencia entre el menor valor y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación.

Aproximación Numérica para el Puntaje por Valor de la Propuesta En todos los casos anteriores se tendrá en cuenta hasta el séptimo (7°) decimal del puntaje.

(2) Único Proponente Habilitado En el evento en que sólo haya un proponente HABILITADO, el FONDO comprobará que su oferta económica incluye y cotiza todos los ítems relacionados en el respectivo, la corregirá aritméticamente y le adjudicará el contrato objeto de esta convocatoria, siempre y cuando no supere el presupuesto oficial.

7.6.3 PUNTAJE TOTAL Y DETERMINACIÓN DEL ORDEN DE ELEGIBILIDAD La calificación final de los proponentes corresponderá a la suma de los puntajes parciales que obtengan por concepto de los factores técnicos y económicos calificables. Establecida la calificación final, el FONDO clasificará a los proponentes en orden descendente, desde aquel que obtenga el mayor puntaje hasta el que obtenga el menor y este mismo será el orden de elegibilidad que tendrá en cuenta la Entidad para la adjudicación del contrato objeto de esta convocatoria.

7.6.4 CRITERIOS DE DESEMPATE Cuando dos o más propuestas obtengan la misma calificación total —entendiéndose por esta la cifra en número entero y hasta dos (2) decimales— y ésta sea la mayor calificación de la evaluación de las propuestas, se considerará que hay empate. En tal caso, se preferirá a quien haya obtenido el mayor puntaje en el factor técnico. Si persiste el empate, se preferirá a quien haya presentado la oferta económica con el valor más bajo. Si aún persiste el empate, se hará un sorteo con balotas.

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8 SOPORTE QUE PERMITA LA TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DE LOS CONTRATOS

Con el fin de valorar el alcance del objeto contractual requerido por la entidad, como sustento y justificación de los factores de selección adoptados para el presente proceso de convocatoria abierta, en los estudios previos a la contratación se procedió a realizar el estudio de riesgos de la contratación, su tipificación, estimación y asignación. Se precisa que salvo las situaciones específicamente mencionadas en el presente numeral y como principio general, el Proponente asumirá los efectos económicos de todos aquellos sucesos previsibles y de normal ocurrencia para las actividades que son objeto de la presente contratación. Por lo tanto, deberá asumir los riesgos asociados a su tipo de actividad ordinaria que sean previsibles, así mismo, asumirá aquellos riesgos propios de su actividad empresarial y de persona natural o jurídica que tiene que cumplir con determinadas cargas y deberes frente al Estado y la sociedad. En consecuencia, solo procederán reclamaciones por hechos o circunstancias imprevisibles no asignadas al proponente en la presente distribución de riesgos de la contratación. El Fondo Adaptación no estará obligado a reconocimiento económico alguno ni a ofrecer garantía que permita eliminar, prevenir o mitigar los efectos de los riesgos asumidos por el proponente. Sólo en el evento que se demuestre por parte del proponente pérdida por la ocurrencia de situaciones imprevistas que no sean imputables a él, y se acepte tal situación por el Fondo Adaptación, se procederá al restablecimiento del equilibrio de la ecuación económica del contrato. La presentación de las ofertas implica la aceptación por parte del proponente de la distribución de riesgos previsibles contenida en los Términos y Condiciones Generales de Contratación.

Riesgo (descripción)

Tipificación Asignación Calificación Impacto/Probabilidad

Cuantificación

Financieros Liquidez y apalancamiento financiero

PROPONENTE

Medio / Medio 2%

Posibilidad de que el monto de la inversión no sea el adecuado para ejecutar el contrato.

PROPONENTE Medio / Alto 4%

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Riesgo (descripción)

Tipificación Asignación Calificación Impacto/Probabilidad

Cuantificación

Términos financieros de los recursos (plazos, tasas, garantías, contragarantías, refinanciaciones)

PROPONENTE

Medio/Bajo 1%

Comerciales Comportamiento del mercado, tales como fluctuación de los precios de los insumos, desabastecimientos y especulación de precios.

PROPONENTE Medio / Alto 4%

Sociales y políticos

Oposición de comunidades al cumplimiento de actividades.

PROPONENTE Alto / Alto 4%

Cambios de las políticas gubernamentales por orden público

FONDO Medio/Medio 2%

Paros, huelgas, actos terroristas. FONDO Alto/Medio 4%

De la naturaleza Enfermedades típicas de la zona de ejecución del proyecto.

PROPONENTE Altisima/ Alto 5%

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Riesgo (descripción)

Tipificación Asignación Calificación Impacto/Probabilidad

Cuantificación

Condiciones climáticas no previsibles que generen retraso, dificultad o imposibilidad de ejecutar el contrato.

FONDO Altísima/Altísima 5%

Regulatorios Cambios regulatorios o reglamentarios que afectan el equilibrio económico del contrato (cambio en las tarifas, mercados regulados, planes de ordenamiento territorial, entre otros).

FONDO Medio/Medio 2%

Operativos

Dificultad para acceder al sitio indicado por parte del profesional o técnico asignados excepto por fuerza mayor o hecho de un tercero

PROPONENTE Alto/Medio 4%

Extensión del plazo del contrato por imposibilidad de cumplirlo excepto por fuerza mayor o hecho de un tercero

PROPONENTE Alto/Alto 4%

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Riesgo (descripción)

Tipificación Asignación Calificación Impacto/Probabilidad

Cuantificación

Deficiencias en los procesos, procedimientos, parámetros, sistemas de información, equipo humano, tecnológico o técnicos que impidan la ejecución del contrato

PROPONENTE Alto/Alto 4%

Accidentes de trabajo del personal y recurso humano asignado al proyecto

PROPONENTE Alto/Medio 4%

Cambiarios Variaciones en TRM

PROPONENTE Alto/Alto 4%

Propiedad Intelectual o Industrial

No obtener la cesión de derechos de propiedad intelectual.

FONDO Bajo/Bajo 1%

Legales No obtención de permisos

PROPONENTE Alto/Bajo 3%

Legales Sanciones y multas impuestas por autoridad competente

PROPONENTE

Alto/Medio

4%

Responsabilidad Accidentes y daños PROPONENTE Alto/Alto 5%

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Riesgo (descripción)

Tipificación Asignación Calificación Impacto/Probabilidad

Cuantificación

civil a terceros y propiedad ajena

1. Tipificación del riesgo: Es la definición que se hace de aquellos hechos previsibles constitutivos de riesgo que se puedan presentar en la ejecución del contrato. En otras palabras consiste en señalar los hechos de la humanidad o de la naturaleza que en un futuro pueden ocasionar daño para la estructura económica del contrato.

2. Asignación del riesgo: Una vez descrito y valorado el riesgo, se debe proceder a señalar a la parte contractual que debe afrontar, superar y financiar los efectos de la ocurrencia del riesgo. Es decir, es la distribución que se hace del riesgo y la manera en que se debe asumir el costo, por parte del proponente y la entidad contratante. 3. Calificación del Riesgo: Es un análisis que se realiza del riesgo frente a la probabilidad de que ocurra o no y el impacto que este puede generar 4. Cuantificación del Riesgo: La cuantificación es la valoración que se hace por la asunción misma de los riegos por las partes.

Para calificar el riesgo se debe tener en cuenta la siguiente tabla:

Para cuantificar el riesgo se debe tener en cuenta la siguiente tabla:

PROBABILIDAD IMPACTO

BAJO MEDIO ALTO ALTÍSIMO

ALTÍSIMA Se espera que ocurra en la mayoria de las

circunstancias Pequeñas perdidas financieras

Medianas pérdidas financieras

Alta pérdida financiera

Enorme pérdida financiera

ALTA Probablemente ocurra en la mayoria de las

circuntancias

Altisima 4% 5% 5% 5%

Alto 3% 4% 4% 5%

Medio 2% 2% 4% 5%

Bajo 1% 2% 3% 4%

Bajo Medio Alto Altisima

FRECUENCIA O PROBABILIDAD DE

OCURRENCIA

IMP

AC

TO

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40

PROBABILIDAD IMPACTO

BAJO MEDIO ALTO ALTÍSIMO

MEDIA Es posible que ocurra algunas veces

BAJA Podria ocurrir algunas veces

9 ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS

Riesgo Señale los que

apliquen

Justificación de los amparos a exigir (solo los

que apliquen) Monto Vigencia

Garantía de Seriedad de la Oferta X 10% Tres meses

Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal

incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, cuando

se hayan pactado en el contrato.

X 30% Plazo de ejecución

del contrato y 6 meses

más

Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones

laborales.

X 20% Plazo de ejecución

del contrato y

3 años más

Calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados

X 20% Plazo de ejecución

del contrato y 6 meses

más

Calidad del servicio X 20% 5 años contados a partir de la fecha de

liquidación del

contrato

Responsabilidad civil extracontractual X 10% Plazo de ejecución

del

Page 41: ESTUDIOS PREVIOS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA …fondoadaptacion.gov.co/download/Estudios Previos Interventoria Estudios... · Levantamiento y elaboración de la red geodésica en

Estudios previos para la contratación de la interventoría integral para el contrato derivado de la convocatoria FA-CA-043-2012: Estudios de topografía y batimetría sobre el área de La Mojana los cuales incluyen: (i) Levantamiento y elaboración de la red geodésica en el área de estudio, (ii) Levantamiento topográfico con tecnología LiDAR, (iii) Levantamiento batimétrico, (iv) Toma de fotografías digitales aéreas (v) Elaboración de cartografía base y construcción de una base de datos geográfica con la identificación de los elementos expuestos, y (vi) Construcción de un modelo digital de terreno a partir de los datos LiDAR y batimétricos en la región de La Mojana, afectada por el Fenómeno de La Niña 2010-2011

41

Riesgo Señale los que

apliquen

Justificación de los amparos a exigir (solo los

que apliquen) Monto Vigencia

contrato y 6 meses

mas

10 EVALUACIÓN DE ESTUDIOS PREVIOS

La evaluación del estudio previo fue realizada de conformidad con las normas y procedimientos del FONDO ADAPTACIÓN.

Firma:

Nombre: Alfredo Martínez Delagadillo

Cargo: Subgerente Gestión del Riesgo

Fecha: