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DEPARTAMENTO DE RISARALDA Secretaría de Infraestructura GESTIÓN JURÍDICA CONTRATACIÓN ESTUDIO PREVIO PROCESOS QUE SUPERAN LA MÍNIMA CUANTÍA Versión: 1 Vigencia 07-2014 Estudio Previo al Proceso de Selección por medio de Licitación Pública SI-LP-06-2019 1 Gobernación de Risaralda - Parque Olaya Herrera Calle 19 No. 13-17 PBX: 3398300 Ext. 328 www.risaralda.gov.co Pereira - Risaralda Pereira, Septiembre de 2019 ESTUDIO PREVIO PARA EL PROCESO DE CONSTRUCCIÓN DE CUBIERTAS SOBRE PLACA EN CONCRETO EN EL DEPARTAMENTO DE RISARALDA” LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA realiza el Estudio de Conveniencia y Oportunidad requerido conforme al artículo 25, numeral 7 de la Ley 80 de 1993, y al artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 para adelantar el proceso de selección y la consecuente celebración del contrato requerido. ETAPA DE ESTUDIO PREVIO 1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD El Deporte encierra múltiples posibilidades de crecimiento humano, tales como el control emocional, la capacidad para vencer obstáculos, la canalización de la agresividad, la resolución de conflictos, entre otras, todas ellas en estrecha relación con la formación de la personalidad del individuo y el fortalecimiento del vínculo social, en pro de una mejor sociedad. En tal sentido, permite, además, la participación ciudadana en donde es fundamental la vinculación estatal en la construcción de políticas públicas en la materia. Ello exige una clara concepción sobre lo público y sobre la incidencia del deporte y la recreación en la calidad de vida de las personas; exige también un conocimiento objetivo sobre la realidad, las condiciones y necesidades de la comunidad y las posibilidades de intervención. Finalmente se requiere la competencia administrativa para la implementación de políticas, planes y acciones. El tema de escenarios deportivos cobra cada vez mayor relevancia debido a la importancia que se le otorga al concepto del espacio público, al deporte y la recreación como derechos ciudadanos, pues estos son los lugares adecuados que permiten la realización de una actividad deportiva y recreativa. Para tal fin se van hacer las siguientes intervenciones: Cubierta en estructura metálica, Suministro e instalación Techo en Standing Seam, Suministro e instalaciones eléctricas y líneas de demarcación e instalaciones de aguas lluvias.

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Versión: 1 Vigencia 07-2014

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1 Gobernación de Risaralda - Parque Olaya Herrera Calle 19 No. 13-17 PBX: 3398300 Ext. 328 www.risaralda.gov.co Pereira - Risaralda

Pereira, Septiembre de 2019

ESTUDIO PREVIO PARA EL PROCESO DE “CONSTRUCCIÓN DE CUBIERTAS SOBRE PLACA EN CONCRETO EN EL DEPARTAMENTO DE RISARALDA” LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA realiza el Estudio de Conveniencia y Oportunidad requerido conforme al artículo 25, numeral 7 de la Ley 80 de 1993, y al artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 para adelantar el proceso de selección y la consecuente celebración del contrato requerido. ETAPA DE ESTUDIO PREVIO 1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD El Deporte encierra múltiples posibilidades de crecimiento humano, tales como el control emocional, la capacidad para vencer obstáculos, la canalización de la agresividad, la resolución de conflictos, entre otras, todas ellas en estrecha relación con la formación de la personalidad del individuo y el fortalecimiento del vínculo social, en pro de una mejor sociedad. En tal sentido, permite, además, la participación ciudadana en donde es fundamental la vinculación estatal en la construcción de políticas públicas en la materia. Ello exige una clara concepción sobre lo público y sobre la incidencia del deporte y la recreación en la calidad de vida de las personas; exige también un conocimiento objetivo sobre la realidad, las condiciones y necesidades de la comunidad y las posibilidades de intervención. Finalmente se requiere la competencia administrativa para la implementación de políticas, planes y acciones. El tema de escenarios deportivos cobra cada vez mayor relevancia debido a la importancia que se le otorga al concepto del espacio público, al deporte y la recreación como derechos ciudadanos, pues estos son los lugares adecuados que permiten la realización de una actividad deportiva y recreativa. Para tal fin se van hacer las siguientes intervenciones: Cubierta en estructura metálica, Suministro e instalación Techo en Standing Seam, Suministro e instalaciones eléctricas y líneas de demarcación e instalaciones de aguas lluvias.

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GRUPO 1

- 1 cubierta de la cancha múltiple del colegio El Dorado con un Área = 329.15 m2. - 1 cubierta cancha múltiple barrio Samaria I con un Área = 607.70 m2. - 1 cubierta de una cancha al interior del “Colegio Remigio Antonio Cañarte” barrio El

Poblado I con un Área = 209.95 m2. - 1 cubierta cancha múltiple - parque Mejía Robledo con un Área = 716 m2.

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GRUPO 2

- 1 cubierta de la cancha múltiple – parque Barrio Galán con un Área = 640 m2. - 1 cubierta cancha Parque Ciudadela del Café Sector A con un Área = 720.52 m2. - 1 cubierta sobre la cancha múltiple del Barrio Santa Isabel con un Área = 640 m2. - 1cubierta sobre la cancha múltiple del Barrio El Progreso con un Área = 640 m2.

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Cabe anotar que la exposición frecuente a los rayos solares pueden generar cáncer de piel, siendo una de las enfermedades más recurrentes a nivel mundial, tal como se describe en el plan nacional control de cáncer 2012-20201 “(...) En adultos, las principales localizaciones de cáncer en hombres son el cáncer de estómago, pulmón, próstata, y colon y recto; mientras que en mujeres son el cáncer de cuello uterino, mama, estómago y pulmón. Como se mencionó no se cuenta con cifras sobre cáncer de piel que es el cáncer más frecuente. (…)”, por lo anterior y con el fin de suplir las necesidades antes planteadas se hace necesario realizar las siguientes intervenciones. IMPORTANCIA DE CONSTRUIR LAS CUBIERTAS METÁLICAS TANTO EN CENTROS DOCENTES COMO EN ESPACIOS PÚBLICOS. Las canchas y escenarios deportivos son necesarias para cualquier sociedad ya que además de recrear la mente, éstas ayudan a las personas tanto en su salud como en su desenvolvimiento emocional, porque practicando deportes se puede mantener y mejorar la salud e incrementar la convivencia entre comunidades. También es importante mencionar que con este tipo de proyecto se pueden impulsar talentos deportivos sirviendo las canchas como un lugar de inspiración para los jóvenes. Incentivando a los adolescentes a que

1 https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/IA/INCA/plan-nacional-control-cancer-2012-2020.pdf

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practiquen un deporte se puede disminuir problemas tan comunes como lo es la delincuencia, alcoholismo, drogadicción etc. A la vez se puede mencionar que es una de las mejores formas para aprovechar los tiempos libres. También es bueno para fomentar la convivencia con la comunidad e inmediatamente vienen los lazos de amistad. Hacer ejercicio es fundamental para llevar una vida sana en cualquier momento de la vida, el ejercicio no tiene restricciones ni edad establecida es para todos y a todos conlleva a una mejoría y beneficios de diferente índole. Estudios dicen que parte de una buena niñez sana es tener la oportunidad de realizar actividades donde se trabaje en equipo, como lo es el deporte; lo cual lleva al objetivo de querer implementar esto en los niños y adolescentes. Teniendo como punto de partida lo anterior, es imprescindible hacer énfasis en la importancia de llevar a cabo el diseño y posterior ejecución de las Cubiertas Metálicas para espacios destinados a usos múltiples en los diversos sitios a intervenir, ya que se aporta una solución satisfactoria, pues son espacios primordiales para la ejecución de las diferentes actividades deportivas, también es aportar al acercamiento entre las familias, el disfrute de los más pequeños, proporcionarle a los jóvenes un espacio de armonía y seguridad, donde se pueda disipar el estrés cotidiano que acecha sus días de vivencia quienes a su vez adquieren conciencia de la importancia de realizar actividades deportivas en un sitio agradable que les brinde todas sus exigencias y necesidades. Estas áreas deben poseer, entre otras características una cubierta que de tal manera haga más agradables las actividades que en ella se realicen y que no se vean afectados por los diferentes cambios climáticos que azotan inesperadamente. Con la implementación de estos diseños de Cubiertas se incursionará en la arquitectura modernista generando un gran impacto en la sociedad. Estos diseños tienen su practicidad puesto a que los mismos presentan un proceso y permite la identificación de unas estructuras sometidas a los agentes externos, fuerzas de compresión y tracción, así como las medidas lógicas para el proceso de armado utilizando materiales existentes actualmente en el mercado nacional. Los diseños de las propuestas se toman como técnica de investigación directa, donde la información se toma llanamente de la realidad. 1.1. Determinación de la necesidad que tiene el Departamento:

Por lo anteriormente expuesto, se hace necesario construir LAS CUBIERTAS METÁLICAS, con el fin de brindarle a la población en general, espacios confortables y seguros que garanticen y promuevan la práctica del deporte, la integración entre la comunidad y el uso y aprovechamiento adecuado del tiempo libre de la población de todas las edades.

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1.2. Se deja constancia que el contrato que se pretende celebrar se encuentra en el Plan de compras de la Entidad con fecha de actualización N° 1559 del 22 de Agosto de 2019. 1.3. Se deja constancia que el contrato que se pretende celebrar se encuentra dentro del Plan de Acción de la Secretaria de la Secretaría de Infraestructura. 2. CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD El Departamento de Risaralda realiza actividades acordes con el desarrollo de los programas y proyectos relacionados con el mejoramiento de la infraestructura física, de los establecimientos públicos, escenarios deportivos y culturales de sus municipios, puesto que se preocupa por brindarles a sus habitantes espacios adecuados para el desarrollo de sus actividades. Acorde con el Plan de Desarrollo 2016-2019, se llevará a cabo el programa No. 26 “RECUPERACIÓN, CONSTRUCCIÓN Y/O MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL Y COMUNITARIA PARA LA PAZ” el cual tiene como propósito mejorar, mantener, optimizar y/o construir la infraestructura necesaria para prestar servicios que satisfagan las necesidades de la población y en particular la más vulnerable, en materia educativa, deportiva, recreativa, cultural, comunitaria, de salud, institucional y de otros sectores, teniendo como objeto el mejoramiento de la infraestructura social y comunitaria para satisfacer las necesidades de la población risaraldense. Éste programa tiene como meta de resultados fortalecer la estrategia para el mejoramiento de la infraestructura social o comunitaria en el cuatrienio. Dicho programa cuenta con el subprograma N° 26.2 “RISARALDA INLCUYENTE EN DEPORTE Y CULTURA” el cual busca generar mejores espacios de infraestructura para la práctica del deporte y el desarrollo de actividades artísticas y culturales como valores destacados en la población risaraldense formando campeones para la vida, con disciplina, perseverancia y pertenencia, teniendo como objetivo conservar los espacios para incentivar la práctica deportiva, cultural y recreativa para la población. Este tipo de obras es conveniente realizarlas, puesto que es la respuesta a las necesidades de la comunidad de contar con escenarios deportivos en donde desarrollar las dimensiones de ser humano como individuo integrante de una sociedad y es misión de esta Administración, brindar escenarios adecuados y confortables para la práctica de las diferentes expresiones artísticas, culturales y deportivas, velando por la seguridad de los estudiantes, lo que garantiza el aprovechamiento del tiempo libre y que a su vez fomenta la conciencia del convivir en comunidad, ayudando en la formación de niños y jóvenes, lo que representa un beneficio para la comunidad propia y de los sectores vecinos. El presente proceso fue aprobado en sesión del OCAD Regional Eje Cafetero, para ser financiado con Recursos provenientes del Sistema General de Regalías, Fondo de

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Compensación Regional, mediante Acuerdo N° 52 del 03 de Enero de 2019 expedido por el OCAD Regional Eje Cafetero. El proyecto identificado con Bpin 2018000040028 SSF denominado “Construcción de Cubiertas Sobre Placa en Concreto en el Departamento de Risaralda” El proceso también cuenta con un documento CARDER (2548), en el cual se manifiesta que no se requieren de permisos para la construcción de dichas cubiertas; así mismo cuenta con las respectivas licencias de construcción que para el caso se relacionan a continuación:

2.1. VERIFICACION DE LA EXISTENCIA DEL PROYECTO Para el presente proceso se tiene que se encuentra inscrito en el Banco de Proyectos de acuerdo con los siguientes datos:

Objeto del gasto: “CONSTRUCCIÓN DE CUBIERTAS SOBRE PLACA EN

CONCRETO EN EL DEPARTAMENTO DE RISARALDA”

Certificado de disponibilidad presupuestal No: 1064 Certificado de Conveniencia, oportunidad y registro de Actividades N° BP-1204 Valor del objeto del gasto: $2.936.894.209 Rubro: 9333260203 Construcción de cubiertas sobre placas BPIN: 2018000040028 SS

Objeto del gasto: “CONSTRUCCIÓN DE CUBIERTAS SOBRE PLACA EN CONCRETO EN EL DEPARTAMENTO DE RISARALDA”

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Valor objeto del gasto: $10.000.000 Certificado de disponibilidad presupuestal No: 950 Certificado de Conveniencia, oportunidad y registro de Actividades N° BP-1111 Valor del objeto del gasto: $10.000.000 Rubro: 2333260201 Preinversión e inversión en obras de infraestructura física de

Risaralda 3. OBJETO A CONTRATAR

El Departamento de Risaralda está interesado en recibir propuestas para la ejecución de:

CONSTRUCCIÓN DE CUBIERTAS SOBRE PLACA EN CONCRETO EN EL DEPARTAMENTO DE RISARALDA

3.1 DESCRIPCION DEL OBJETO A CONTRATAR

Con las obras presupuestadas se plantea: Mejorar la Infraestructura Deportiva del Departamento, dado que estos espacios deben estar acondicionados para el desarrollo de actividades deportivas, incluyendo adicionalmente, todas aquellas instalaciones anexas, complementarias a los recintos deportivos 3.1.1. CLASIFICACIÓN DEL BIEN O SERVICIO PARA CADA UNO DE LOS GRUPOS: El objeto descrito se encuentra identificado dentro de la clasificación de bienes y servicios con los códigos UNSPSC 721214 (Servicios de Construcción de Edificios Públicos Especializados) y/o UNSPSC 721413 (Servicios de Construcción de Facilidades Atléticas y Recreativas) y/o UNSPSC 721526 (Servicios de Techado y Paredes Externas y Láminas de Metal) y/o UNSPSC 721529 (Servicios de Montaje de Acero Estructural) y/o UNSPSC 721531 (Servicios de Construcción de Facilidades atléticas y Recreativas), y/o UNSPSC 731819 (Servicios de Soldadura) y/o UNSPSC 232718 (Suministro para soldar, Soldadura Fuerte y Soldadura Débil) y/o UNSPSC 221015 (Maquinaria y Equipo Pesado de Construcción) y/o UNSPSC 301515 (Materiales para Tejados y Techos) y/o UNSPSC 301619 (Moldeado y Carpintería Mecánica)

Grupo Segmento Familia Clase

F. Servicios. 72. Servicios de Edificación, Construcción de Instalaciones y Mantenimiento

12. Servicios de Construcción de Edificaciones no residenciales

14. Servicios de Construcción de Edificios públicos especializados

F. Servicios. 72. Servicios de Edificación, Construcción de Instalaciones y Mantenimiento

14. Servicios de Construcción Pesada

13. Servicios de Construcción de Facilidades Atléticas y Recreativas

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F. Servicios. 72. Servicios de Edificación, Construcción de Instalaciones y Mantenimiento

15. Servicios de Mantenimiento y Construcción de Comercio Especializado

26. Servicios de Techado y Paredes Externas y Láminas de Metal

F. Servicios. 72. Servicios de Edificación, Construcción de Instalaciones y Mantenimiento

15. Servicios de Mantenimiento y Construcción de Comercio Especializado

29. Servicios de Montaje de Acero Estructural

F. Servicios. 72. Servicios de Edificación, Construcción de Instalaciones y Mantenimiento

15. Servicios de Mantenimiento y Construcción de Comercio Especializado

31. Servicios de Construcción de Facilidades atléticas y Recreativas

F. Servicios. 73. Servicios de Producción Industrial y Manufactura

18. Servicios de Maquinado y Procesado

19. Servicios de Soldadura

C. Maquinaria, Herramientas, Equipo Industrial, y Vehículos

23. Maquinaria y Accesorios para Manufactura y Procesamiento Industrial

27. Maquinaria y Accesorios y Suministros para Soldadura de Todas las Clases

18. Suministro para Soldar, Soldadura Fuerte y Soldadura Débil

C. Maquinaria, Herramientas, Equipo Industrial, y Vehículos

22. Maquinaria y Accesorios para Construcción y Edificación

10. Maquinaria y Equipo Pesado de Construcción

15. Material para Tejados y Techos

D. Componentes y Suministros

30. Componentes y Suministros para Estructuras, Edificación, Construcción y Obras Civiles

15. Materiales para Acabados de Exteriores

15. Material para Tejados y Techos

D. Componentes y Suministros

30. Componentes y Suministros para Estructuras, Edificación, Construcción y Obras Civiles

16. Materiales de Acabados de Interiores

19. Moldeado y Carpintería Mecánica

3.2 IDENTIFICACION DEL CONTRATO A CELEBRAR: Del presente proceso se

celebrará un contrato de obra.

3.3 OBLIGACIONES DE LAS PARTES

3.3.1 OBLIGACIONES MÍNIMAS DEL PROPONENTE Y/O CONTRATISTA DEL PROPONENTE: Discriminación y Análisis del AU para cada uno de los Grupos Los proponentes deben entregar con la PROPUESTA ECONÓMICA la discriminación y el Análisis del AU. Este debe incluir como mínimo los siguientes capítulos con su respectivo valor:

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GRUPO 1

Personal profesional y técnico con al menos las dedicaciones mínimas determinadas para cada uno

PERSONAL REQUERIDO DEDICACIÓN CANTIDAD

Ingeniero Civil – Director de Obra 25% 1

Ingeniero Civil – Residente de Obra 100% 2

Ingeniero Electricista – Residente de Obra 100% 1

Oficial Eléctrico 100% 1

Profesional en Salud Ocupacional 100% 4

Maestro de Obra 100% 4

Personal administrativo requerido para la ejecución de la obra

Contador

Secretaria

Celador

Equipos y gastos de obra no incluidos en los costos directos:

Equipo de Cómputo y comunicaciones

Laboratorio

Señalización y Elementos de Protección Personal

Valla de identificación de obra > 4 m2, colocada en cerchas metálicas, incluye mantenimiento durante la construcción, (6 m2)

Campamento, incluye teja de zinc, piso en concreto de 17.2 Mpa, tabla (18 m2)

Gastos legalización Contrato

Pólizas

Estampilla Pro Adulto Mayor (si > 30 SMMLV)

Estampilla Pro Desarrollo

Estampilla Pro Universidades

Contribución Especial

Cuatro por mil

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11 Gobernación de Risaralda - Parque Olaya Herrera Calle 19 No. 13-17 PBX: 3398300 Ext. 328 www.risaralda.gov.co Pereira - Risaralda

GRUPO 2

Personal profesional y técnico con al menos las dedicaciones mínimas determinadas para cada uno

PERSONAL REQUERIDO DEDICACIÓN CANTIDAD

Ingeniero Civil – Director de Obra 25% 1

Ingeniero Civil – Residente de Obra 100% 2

Ingeniero Electricista – Residente de Obra 100% 1

Oficial Eléctrico 100% 1

Profesional en Salud Ocupacional 100% 4

Maestro de Obra 100% 4

Personal administrativo requerido para la ejecución de la obra

Contador

Secretaria

Celador

Equipos y gastos de obra no incluidos en los costos directos:

Equipo de Cómputo y comunicaciones

Laboratorio

Señalización y Elementos de Protección Personal

Valla de identificación de obra > 4 m2, colocada en cerchas metálicas, incluye mantenimiento durante la construcción, (6 m2)

Campamento, incluye teja de zinc, piso en concreto de 17.2 Mpa, tabla (18 m2)

Gastos legalización Contrato

Pólizas

Estampilla Pro Adulto Mayor (si > 30 SMMLV)

Estampilla Pro Desarrollo

Estampilla Pro Universidades

Contribución Especial

Cuatro por mil

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El cálculo del AU es responsabilidad de cada proponente, lo mencionado anteriormente son lineamientos generales que proporciona la entidad, pero cualquier omisión o error en el cálculo de él es única responsabilidad de los proponentes. Análisis de Precios Unitarios El proponente deberá incluir con su Propuesta Económica la totalidad de los Análisis de Precios Unitarios de cada uno de los ítems del presupuesto de obra y así mismo el proponente se obliga a ejecutar la obra con las especificaciones técnicas y cantidades establecidas por la Entidad. Se deja constancia que los Análisis de Precios Unitarios del proponente que ocupe el primer lugar en el orden de elegibilidad, serán comparados con la propuesta económica el día de la Audiencia de Adjudicación por el Comité Evaluador, la Entidad aclara que en caso de presentarse inconsistencias del APU frente al valor unitario ofertado en el presupuesto del oferente, primará el presentado en el APU, y por consiguiente hará la respectiva corrección aritmética tomando como valor final del oferente, el precio corregido. DEL CONTRATISTA: Programación de Actividades El adjudicatario deberá presentar la programación de obra para la firma del acta de inicio, y la misma será revisada por el Interventor y/o Supervisor quienes revisarán entre otros: Las inversiones aparecerán por períodos (semanales, quincenales o mensuales), y en porcentaje acumulado en forma de curva sobre la gráfica, deberá marcar claramente la ruta crítica. El adjudicatario deberá presentar una programación de obra ajustada al tiempo de ejecución definido por la Secretaría de Infraestructura, que para este caso es de Ciento Cinco (105) días calendario, teniendo en cuenta que una de las doficultades de mayor impacto que la entidades públicas afrontan en la ejecución de las obras y que conllevan a mayores costos, es el incumplimiento en los plazos pactados debido a la falta de planificación para la ejecución de las mismas; por lo tanto, para el presente proceso, el contratista se obliga a ejecutar la totalidad de las obras en el plazo contractual establecido, garantizando en la programación de obra el cumplimiento del plazo definido por la Entidad. El programa de obra deberá comprender un diagrama de Gantt y el flujo de fondos que serán instrumentos fundmantales para la Interventoría de la obra, con lo cual el interventor podrá realizar seguimiento, control y evaluación de los mismo durante la ejecución del contrato. La Entidad en consecuencia hará especial énfasis en el cumplimiento del mismo.

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Para la presentación de actas parciales o final se requerirá la presentación del programa actualizado a la fecha de corte del acta. Señalización de la Zona de las Obras En los Contratos de Obra Civil, el Contratista deberá mantener en el frente de trabajo las señales que indiquen, peligro para el usuario. Las obras, objeto de este Contrato no podrán iniciarse hasta tanto no se encuentren debidamente señalizadas. El incumplimiento de esta obligación, durante la ejecución del Contrato causará al Contratista la imposición de multas de acuerdo con las cláusulas del Contrato que reglamenta la materia, sin perjuicio de la responsabilidad civil extra contractual. Programa de Gestión Social Con el objetivo de contribuir a la reducción y mitigación de los impactos generados por las obras en sus áreas de influencia, a través de los contratistas, trabajadores y demás actores que participan, mediante procedimientos de acompañamiento a la comunidad y de herramientas sociales adecuadas, se elaborará un Plan de Gestión Social, para dar a conocer el proyecto a la comunidad en detalle las actividades del antes, durante y después de la obra, sensibilizar a los actores involucrados, responder a las inquietudes comunitarias y promover la vigilancia y control de las obras, por medio de auditorías visibles, conformadas por la comunidad, quienes son los beneficiarios directos. El programa incluye el diagnóstico de la zona de influencia del proyecto, los censos de inmuebles, la aplicación de las actas de vecindad, base de datos de actores, recorrido de rutas saludables, reuniones con la comunidad, reunión inicial de obra, interferencias presentadas durante la obra: accesibilidad a viviendas y establecimientos, daños a edificaciones, mobiliario y zonas verdes, suspensión de servicios públicos, trabajos nocturnos, reuniones de avance de obra, puntos de atención comunitaria, comités de obra, actividades de terminación de obra: cierre de rutas y puntos de atención, reunión de finalización, presentación de informes, cierre de actas de vecindad, informe final, contratación de mano de obra y responsabilidad. Las obras, objeto de este Contrato solo podrán iniciarse luego de la presentación y aprobación por parte de la Interventoría, del Plan de Gestión Social, presentado uno según criterio del contratista y debe contener como mínimo los aspectos solicitados por el Departamento y no podrán iniciar obras hasta tanto se realice reunión con la comunidad. Plan de Calidad El plan de calidad descrito dentro de las condiciones para el asesor en calidad es un requisito para la obra y busca garantizar un correcto seguimiento a las diferentes actividades y lobares que se llevaran a cabo durante la ejecución del contrato, así mismo

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es una herramienta que puede facilitar la ejecución de la interventoría, pues a través de dicho plan se puede evidenciar de manera rápida si los procesos, ensayos y métodos constructivos son los adecuados, lo cual puede ayudar a evidenciar fallas de manera rápida y hacer las respectivas correcciones de ser necesario. Plan de calidad deberá ser implementado durante la ejecución del contrato. Libro Diario de la Obra (Bitácora) Es uno de los medios oficiales y legales de comunicación entre las partes que suscriben el contrato de obra. ¿Cuál es el objetivo de la Bitácora?

Oficializar todas las acciones, cambios, modificaciones y controles que se presentan durante el desarrollo de la obra contratada.

Manifestar la terminación de la obra y dar la autorización de uso y ocupación.

En caso de conflicto es un documento legal que funciona para deslindar responsabilidades.

Las hojas del libro inicialmente deberán ser numeradas por la Interventoría y en la primera hoja se dejarán los nombres y las firmas de quienes estén autorizados para rubricar las anotaciones. Las personas responsables de llevar este diario serán el Residente e Interventoría, sin embargo, podrán hacer anotaciones las siguientes personas: El Director y/o Residente de la Obra, el Director de Interventoría y el Coordinador de la Secretaría si es del caso. Los responsables de llevar los controles (programador-calidad-SISO), los consultores y diseñadores vinculados al proyecto. El día que se inicien los trabajos, se abrirá el libro en el cual quedarán consignadas todas las observaciones o sugerencias que diariamente haga la Interventoría, además, se dejará constancia de todos los pormenores que sucedan en el frente de trabajo, tales como: Estado del tiempo, personal laborando, estado del equipo, accidentes de trabajo, avance de obra, suministro de materiales, etc. Nota 1: Para la presentación de actas parciales o final se requerirá la presentación de la copia de la bitácora con las anotaciones al día del corte. Seguimiento Fotográfico El Contratista deberá hacer seguimiento fotográfico del curso de toda la obra. Para la aprobación de actas se exigirá la presentación del registro (fotografías a color y/o en blanco y negro según el caso, preferiblemente en medio digital).

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Con la primera acta se deberá entregar un registro fotográfico en donde se muestren panorámicas de antes de la obra, del avance a la fecha de corte, de la valla y de las medidas de seguridad y señalización ubicadas en el sitio de la obra. Con las demás actas se irá registrando el avance y con el acta final, fuera del avance último, panoramas de después de la ejecución de la obra, en lo posible tomadas desde el mismo sitio que se escogió para las panorámicas del antes. Adicionalmente las fotografías para cada acta deberán presentarse en medio digital en páginas identificadas con el número del Contrato, el objeto de la obra y el acta a la cual pertenecen, formando un álbum, cada fotografía debe tener un pie de foto con la leyenda respectiva. Materiales Todos los materiales que se requieran en la obra deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Los costos de adquisición, transporte, almacenamientos, utilización o instalación, deben quedar incluidos en los precios unitarios correspondientes.

2. Los materiales deberán ser nuevos, de primera calidad y de acuerdo a los requerimientos que mencionan las Especificaciones Técnicas.

3. El suministro deberá ser oportuno siendo responsabilidad del Contratista, por consiguiente, no dará lugar a solicitar ampliación del plazo de ejecución, cuando el suministro sea deficiente o inoportuno.

Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST La Salud Ocupacional hoy en día es una de las herramientas de gestión más importante para el mejoramiento de la calidad de vida de los trabajadores en una organización, es ampliamente utilizada en todos los sectores, generando grandes beneficios como prevención de enfermedades laborales, ambientes sanos de trabajo y disminución de costos generados por accidentes; es muy efectiva cuando está centrada en la generación de una cultura de seguridad engranada con productividad, desarrollo del talento humano, gestión de calidad, mejoramiento de procesos y condiciones adecuadas de puestos de trabajo. El Decreto 1443 de 2014: Por medio del cual se dictan disposiciones para la implementación del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SG-SST), da un vuelco total a la salud ocupacional en el país, pues a través de este se implementa el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), antiguamente llamado programa de salud ocupacional. Debe instaurarse en todas las empresas, por quienes contratan personal por prestación de servicios (civil, comercial o administrativo), las empresas de servicios temporales, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo.

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El nuevo SG-SST debe convertirse en la guía de una política a la que se le hace seguimiento y mejora continua según lo mencionado por el ministerio del trabajo. Siendo un sistema de gestión, sus principios deben estar enfocados en el ciclo PHVA (planear, hacer, verificar y actuar). Según lo contenido en el decreto 1443, dentro de los requisitos mínimos que deben cumplir las empresas tenemos:

Planear la forma como debe mejorar la seguridad y salud de los trabajadores, detectando los errores que se están cometiendo o pueden ser sujetos de mejora y definir los pasos a seguir para remediar los problemas. Esto enmarcado en normatividad vigente y alineado con los principios organizacionales. (planear)

implementación de las medidas planificadas. (Hacer)

Inspeccionar que los procedimientos y acciones implementados están de acuerdo con los objetivos trazados. (Verificar)

Realizar las acciones de mejora necesarias para garantizar beneficios en la seguridad y salud de los trabajadores. (Actuar)

El contratista deberá presentar un Plan de Higiene, Seguridad Industrial y Seguridad en el Trabajo, el cual será revisado por la interventoría para su implementación. Parafiscales Persona Jurídica: Los Contratistas están en la obligación del pago de la Seguridad Social y de los parafiscales durante el tiempo de ejecución del Contrato, ellos son: EPS, Pensión, ARL, SENA, ICBF, Caja de Compensación Familiar; así mismo, debe cumplir con el pago al Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción (FIC). Lo anterior conforme a lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, Resolución 2370 del 2008, y normas vigentes. Persona Natural: El contratista deberá garantizar el Pago de la Seguridad Social Integral al personal que utilice en la obra (Salud, Pensión y ARL) y deberá anexar copia de la planilla de pago de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión y ARL), así mismo, deberá incluir la acreditación de los mencionados pagos para el titular del contrato, cuando el mismo sea una persona natural y cumplir con el pago al Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción (FIC). Aspectos Ambientales El Contratista deberá ceñirse a la legislación vigente, que regule las actividades para la prevención y el control de los factores de deterioro ambiental y la Ley 99 de 1993, la cual regula el manejo ambiental en la realización de las obras. Toda acción u omisión del CONTRATISTA que viole las normas establecidas por la autoridad ambiental entre otras,

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botaderos, intervención del cauce, será de responsabilidad directa del CONTRATISTA y deben asumir las sanciones u obligaciones impuestas por la autoridad. El contratista debe anexar un Plan de Manejo Ambiental, el cual será revisado por la interventoría para su implementación. Disposición final de materiales El Contratista deberá concertar con las escombreras cercanas y legalizadas la disposición adecuada de escombros y material sobrante y garantizará que el sitio de disposición cuente con los permisos y licencias normativas, el mecanismo de recepción de estos materiales deberá acogerse a las exigencias que la entidad administradora de la escombrera le haga, en la búsqueda de una disposición adecuada de los mismos. Cambios de Personal En caso de que durante la ejecución del Contrato alguno de los Profesionales ofrecidos requiera ser cambiado, será necesario reemplazarlo por otro igual o de mayor experiencia al inicialmente contratado y deberá ser previamente aprobado por la Secretaria de Infraestructura, de acuerdo al Pliego Condiciones. El Departamento de Risaralda, Secretaria de Infraestructura, se reserva el derecho de solicitar cambios en el personal vinculado al Contrato. Asesores o Subcontratos El Proponente favorecido con la adjudicación podrá contratar los servicios de Asesores externos o Subcontratar ciertas actividades con firmas especializadas, siempre y cuando ponga en consideración este hecho a la Interventoría antes de producirse, y previa la presentación de documentos en donde se indique claramente el objeto y alcance del trabajo que desarrollará. El no cumplimiento de los compromisos asumidos por los Asesores o Subcontratistas, no será causal de ampliación en plazo o en monto del Contrato. La calidad y el cumplimiento de las labores ejecutadas por Subcontratistas será responsabilidad exclusiva del Contratista, que suscriba el contrato con el Departamento, lo mismo que la relación laboral o legal que se genere. Mano de Obra (Cumplimiento de la Ordenanza No 08 del 23 de febrero 1995 “Por medio de la cual se adoptan procedimientos para el estímulo del empleo en el Departamento de Risaralda” emanada de la Asamblea del Departamento de Risaralda) El Contratista se compromete en lo posible a utilizar mano de obra no calificada del sector en el que se desarrolla la obra.

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Valla: El proponente seleccionado deberá instalar una valla en el sitio del proyecto en ejecución, a partir de la Suscripción del Acta de Iniciación, según las características descritas en el presupuesto oficial y las descritas en la Circular N° 0006 del 05 de marzo de 2014. https://www.sgr.gov.co/Normativa/OtrosDocumentos.aspx. Modelo guía para valla SGR - Circular 006 de 2014 Plan de contingencia vial No Aplica. Permanencia del Equipo Mínimo Exigido Debe ser durante todos los días de ejecución de los ítems que lo requieran y sólo podrá ser retirado mediante autorización escrita del Interventor. El Contratista deberá Garantizar la Permanencia del Personal Suficiente Para la ejecución de la obra según requerimiento del interventor respecto al cronograma de ejecución de la misma. Los costos de todo personal serán a cargo del contratista. El Contratista se compromete además del objeto del Contrato y su alcance, a cumplir con todas las obligaciones inherentes a él, en especial, las relacionadas con el uso de la documentación utilizada en el Sistema de Gestión de Calidad de la Gobernación de Risaralda. El Contratista está obligado a la presentación de informes con los debidos soportes conforme a las actividades presentes en el contrato. Para Personas Jurídicas: Las personas jurídicas deben cumplir con lo dispuesto en el Artículo 17 del Decreto 842 de 2003 que establece lo siguiente: “La Sociedad, Firma, Empresa u Organización Profesional, cuyas actividades comprendan, en forma exclusiva o parcial, alguna o algunas de aquellas que correspondan al ejercicio de la ingeniería, de sus profesiones afines o de sus profesiones auxiliares, está obligada a incluir en su nómina permanente, como mínimo, a un profesional matriculado en la carrera correspondiente al Objeto Social de la respectiva Persona Jurídica”. El Contratista Procurará durante la ejecución del contrato contratar como mínimo el 2 % de su personal con algún tipo de discapacidad demostrada mediante certificación emitida por el Ministerio del Trabajo o de quien corresponda. (Cumplimiento del artículo 13 numeral 8 de la Ley 1618 de 2013).

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El Contratista tomará las medidas que, en concertación con la interventoría, se requieran para que en periodo lluvioso se puedan mantener las condiciones de seguridad adecuadas para que el personal pueda continuar con las obras de ejecución del contrato. El Contratista se compromete luego de la suscripción del acta de inicio con el interventor, a presentar mensualmente un resumen ejecutivo que incluya la descripción general sobre el avance de la obra. Así mismo, la Entidad aclara, que el presente resumen ejecutivo, no excluye de obligación al contratista de presentar las actas parciales como se solicitan en las políticas de operación de la Gobernación de Risaralda y los informes respectivos de la ejecución del contrato. El Contratista, deberá presentar a la firma del contrato, en caso de necesitar el anticipo, el plan de inversión del mismo, en el cual se relacione la destinación de los recursos que sean entregados por la Entidad por este concepto; así mismo, el contratista se compromete a corregir las observaciones que haga la interventoría con respecto a la destinación de estos recursos, a fin de ser autorizado el desembolso. El Contratista se compromete a ejecutar el presente contrato de acuerdo a las Especificaciones Técnicas de la Entidad, y las cuales hacen parte integral de los anexos que integran el proceso y reposan en la carpeta. En caso de existir alguna discrepancia entre el APU del oferente frente la Especificación Técnica de la Entidad, primara la Especificación Técnica. El Contratista se obliga a ejecutar la obra de manera simultánea en los dos municipios, para lo cual deberá poner a disposición del proyecto todos los recursos requeridos para lograr tal fin. (En caso tal que se le adjudiquen los dos grupos a un mismo contratista). El Contratista se obliga a entregar las actas parciales de manera mensual a más tardar el día veinte de cada mes a la interventoría, con el fin que esta pueda ser revisada de manera correcta y poder cumplir con el requisito de subir la información al sistema Gesproy de manera oportuna. El Proponente que resulte adjudicatario de la presente licitación, deberá acreditar para la firma del contrato, el pago de la seguridad social. 3.4. OBLIGACIONES DEL DEPARTAMENTO 3.4.1. Determinar con precisión la localización de las obras puntuales que se han definido para la CONSTRUCCIÓN DE CUBIERTAS SOBRE PLACA EN CONCRETO EN EL DEPARTAMENTO DE RISARALDA.

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3.4.2. Revisar los informes que presenten el contratista y el supervisor y/o interventor en relación con este contrato, oportunamente. 3.4.3. Pagar el precio pactado con oportunidad, una vez sean recibidas parcial o totalmente las obras, a criterio del supervisor y/o interventor. 3.4.4. Designar interventor al contrato de obra. 3.4.5. Suministrar los diseños presentados para cada una de las cubiertas a construir. 4. MODALIDAD DE SELECCIÓN: Conforme a la naturaleza del contrato (Obra Pública), y

la cuantía del mismo, el proceso de selección será bajo la modalidad de Licitación Pública.

4.1. FUNDAMENTO JURÍDICO. Lo dispuesto en el presente Pliego de Condiciones se regirá por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto 1082 de 2015, Ley 1882 de 2018 y demás Decretos reglamentarios y normas vigente sobre la materia. 4.2. ORDENANZA DE FACULTADES: Ordenanza 005 del 27 de Julio de 2019, Sancionada el 29 de Julio de 2019 y Decreto de delegación 633 del 15 de mayo de 2019, Decreto de encargo 0883 del 26 de Julio de 2019 y Decreto 0315 de marzo 05 de 2018. 5. JUSTIFICACIÓN DE VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y/O VARIABLES O FORMA EN QUE SE CALCULÓ EL VALOR PARA CADA UNO DE LOS GRUPOS: Para la presente contratación es de:

VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL GRUPO 1: MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA PESOS MONEDA CORRIENTE LEGAL VIGENTE ($1.268.658.950).

VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL GUPO 2: MIL CUATROCIENTOS OCHENTA MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS TRECE PESOS MONEDA CORRIENTE LEGAL VIGENTE ($1.480.481.313).

5.1 VARIABLES O FORMA EN QUE SE CALCULÓ EL VALOR: Los precios para el presente proceso licitatorio, se obtuvieron de los precios de referencia de la Gobernación de Risaralda y de consultas con proveedores, y las cantidades de obra para el presente contrato, se estimaron después de realizar visitas de campo y luego de que se aprobara el diseño definitivo con el que se elaboran los listados de cantidades de obra que aparecen en el presupuesto oficial y están serán pagadas por precios unitarios,

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además dichas cantidades podrían variar durante la ejecución del contrato. Los Diseños y estudios hacen parte del presente proceso. 5.2. ASPECTOS TRIBUTARIOS Y FINANCIEROS DEL CONTRATO. Como guía para el Proponente se relacionan los impuestos, retenciones y gastos generales para este tipo de Contratos con el Departamento: RETENCIÓN EN LA FUENTE: En aquellos casos que determine la Ley. ESTAMPILLA PRO-ADULTO MAYOR: Que será del Tres Por Ciento (3%) sobre el valor del Contrato. ESTAMPILLA PRO – DESARROLLO: Que será del Dos Por Ciento (2%) sobre el valor del Contrato. ESTAMPILLA UNIVERSIDAD UTP: Que será del uno Por Ciento (1%) sobre el valor del Contrato. CONTRIBUCIÓN ESPECIAL: Que será del Cinco Por Ciento (5%) sobre el valor del Contrato, de conformidad con la ley 1106 de 2006, prorrogada por la Ley 1738 de 2014. IMPUESTO DE ICA: Será porcentual (%) sobre el valor del Contrato, porcentaje que varía conforme a cada municipio, de la siguiente manera:

MUNICIPIO TARIFA POR MIL OBRA PUBLICA

TARIFA POR CIENTO (%) OBRA PUBLICA

DOSQUEBRADAS 5 0.5

PEREIRA 5.5 0.55

POLIZAS: Las que se especifican en el numeral 12. GARANTÍAS, de este Estudio Previo. NOTA: Teniendo en cuenta lo estipulado en el Artículo 100 de la Ley 21 de 1992, el cual señala que: “Los contratos de Obras Públicas que celebren las personas naturales o jurídicas con las Entidades Territoriales y/o Entidades Descentralizadas del Orden Departamental y Municipal estarán excluidos del IVA”. Y el Artículo 15 de la ley 17 de 1992, que a la letra dice: “Los contratos de obras públicas que celebren las personas naturales o jurídicas con las entidades territoriales y/o con las entidades descentralizadas del orden municipal, distrital y departamental estarán excluidos del IVA”. Por lo que las obras que contrate el Departamento estarán excluidas de IVA.

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Los impuestos vigentes a la fecha deben ser cancelados por el Contratista, sin que exista reclamación posible de ajustes o reconocimientos de los mismos. 5.3 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL:

El Departamento de Risaralda adelantara el presente proceso con cargo a la siguiente

disponibilidad presupuestal:

CERT. DISPON. PRESUPUESTAL

RUBRO PRESUPUESTAL

$ VALOR CDP SECRETARIA

950 de Febrero 22 de 2019 0310 2333260201 4 $10.000.000 Infraestructura

1064 de Marzo 7 de 2019 8333260203 $2.936.894.209 Infraestructura

TOTAL $2.946.894.209

5.4 RELACIÓN EXISTENTE ENTRE LA CONTRATACIÓN A REALIZAR Y EL RUBRO PRESUPUESTAL DEL CUAL SE DERIVAN SUS RECURSOS: Los Recursos destinados para la ejecución del presente contrato de obra corresponden a:

- Recursos provenientes del Sistema General de Regalías, Fondo de Compensación Regional, mediante Acuerdo N° 52 del 03 de Enero de 2019 expedido por el OCAD Regional Eje Cafetero

- Estampilla Pro-Desarrollo. 6. FORMA DE PAGO PARA CADA UNO DE LOS GRUPOS El Departamento de Risaralda, cancelará el valor del Contrato que se suscriba con ocasión de esta Licitación de la siguiente forma; Mediante un anticipo del Treinta Por Ciento (30%) luego de la suscripción del Acta de Iniciación, el saldo restante mediante presentación de actas parciales y un acta final con la liquidación del contrato (las actas parciales tendrán amortización del anticipo). La última acta no podrá ser inferior al Diez Por Ciento (10%) del valor del Contrato y para esta deberá estar amortizado el 100% del anticipo. En todo caso los pagos de las actas estarán sujetas al cronograma de giros del SGPR. 6.1 ANTICIPO PARA CADA UNO DE LOS GRUPOS: Treinta Por Ciento (30%) del Valor del Contrato. 6.2 JUSTIFICACIÓN DE LA ENTREGA DE ANTICIPO PARA CADA UNO DE LOS GRUPOS: El proponente que resulte seleccionado en este proceso de selección requerirá luego de la firma del Contrato, recursos para la compra de parte de los insumos (materiales) necesarios para el inicio de las obras. Además, dentro de lo acostumbrado en construcción deberá pagar quincenalmente al Director de Obra, Residente de Obra, Residente Eléctrico, Oficial Eléctrico, Profesional en Salud Ocupacional y Maestro de Obra, por lo que deberá

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contar por lo menos, con flujo de caja para asumir el pago oportuno de la primera quincena. Por lo anteriormente expuesto se requiere el anticipo. El anticipo será amortizado mediante deducciones de las actas parciales y del acta final de obra. Los fondos del anticipo, solo podrán ser utilizados para los gastos propios del respectivo contrato. Para el manejo del anticipo deberá constituir un contrato de fiducia mercantil para crear un patrimonio autónomo, con una sociedad fiduciaria autorizada para este fin por la Superintendencia Financiera, a la cual la entidad debe entregar el valor del anticipo, esto de acuerdo al Artículo 91 de la Ley 1474 de 2011, Artículos 2.2.1.1.2.4.1, 2.2.1.2.3.1.6, 2.2.1.2.3.1.7 y 2.2.1.2.3.3.1 del Decreto 1082 de 2015.

El costo de la comisión fiduciaria será cubierto directamente por el contratista Nota 1: Las facturas o documentos equivalentes para pago deben ser expedidas directamente por los consorcios o uniones temporales, cumpliendo los requisitos establecidos en el estatuto tributario y no por cada uno o alguno de sus integrantes. 7. PLAZO DE EJECUCIÓN PARA CADA UNO DE LOS GRUPOS:

GRUPO 1: Ciento Cinco (105) días calendario, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de iniciación del Contrato. Dentro de este tiempo se entiende que se debe ejecutar la totalidad de las obras, así como la entrega de la misma por parte del contratista a la entidad.

GRUPO 2: Ciento Cinco (105) días calendario, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de iniciación del Contrato. Dentro de este tiempo se entiende que se debe ejecutar la totalidad de las obras, así como la entrega de la misma por parte del contratista a la entidad.

8. FACTORES DE SELECCIÓN PARA CADA UNO DE LOS GRUPOS: 8.1. Criterios Habilitantes La Ley 1150 de 2007 en su artículo 5, modificado por la ley 1882 de 2018 señalo lo siguiente: “… Es objetiva la selección en la cual la escogencia se haga al ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines que ella busca, sin tener en consideración factores de afecto o de interés y, en general, cualquier clase de motivación subjetiva. En consecuencia, los factores

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de escogencia y calificación que establezcan las entidades en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, tendrán en cuenta los siguientes criterios: La Capacidad Jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje…”. Por su parte el Decreto 1082 del 26 de mayo de 2015 indica: Serán requisitos habilitantes los siguientes: 8.1.1. CAPACIDAD JURÍDICA, esta se acreditará así: La Capacidad Jurídica es aquella condición de las personas naturales o jurídicas relativa a su aptitud para participar en el presente concurso. En este orden de ideas, se entenderá que para las personas naturales la capacidad jurídica será la prevista en el artículo 1502 y siguientes del Código Civil colombiano y para las personas jurídicas, la prevista en el artículo 99 y siguientes del Código de Comercio colombiano. De otra parte, se verificará que el representante legal de las personas jurídicas cuente con las autorizaciones que conforme a los estatutos sociales deba tener para participar en el presente proceso. Para los proponentes de origen extranjero se verificará que cumplan con las mismas condiciones previstas en relación con la capacidad jurídica y en consecuencia se tendrá en cuenta la ley aplicable en la respectiva jurisdicción de origen. Los proponentes estudiaran cuidadosamente el pliego de condiciones, de tal manera que si es su obligación aportar un documento adicional con el cual deba acreditar un requisito de los solicitados por parte de la Entidad, deberá aportarlo como anexo y como parte del requisito que se solicita y que se pretende acreditar (poderes, actas de junta de socio, estatutos, etc.). Adicionalmente se deberá cumplir con los siguientes requisitos habilitantes jurídicos: 8.1.2. PROPONENTES COLOMBIANOS O EXTRANJEROS CON DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA

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Personas Naturales. La Mayoría de Edad: Es acreditada con la cédula de ciudadanía, para los nacionales colombianos, y con la cédula de extranjería o el pasaporte para los extranjeros. La simple presentación de este documento sirve para acreditar la capacidad jurídica. La Ausencia de Limitaciones a la Capacidad Jurídica de las Personas Naturales: Este requisito lo verificará El Departamento con la presentación de una declaración expresa en la carta de presentación de la oferta de la persona natural en la cual certifique que tiene plena capacidad y que no está incursa en inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones. Adicionalmente la Entidad Estatal debe consultar los sistemas de información de la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y los Antecedentes Penales.

Personas Jurídicas: Todas las personas jurídicas nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, deberán acreditar su existencia y representación legal mediante el certificado de la Cámara de Comercio, en el que se indique la siguiente información y condiciones. El Departamento verificará los siguientes aspectos:

- La existencia y representación legal - La facultad del representante legal para la presentación de la propuesta y para la

suscripción del contrato; - El objeto social deberá incluir o permitir desarrollar el objeto del presente proceso. - Que se han constituido con un (1) año de anterioridad a la fecha de cierre, y que el

término de duración es por lo menos igual al plazo total estimado del contrato y tres (3) años más.

- En los casos en que el vencimiento del período de duración de la persona jurídica sea inferior al plazo exigido, se admitirá un acta proveniente del órgano social con capacidad jurídica para tomar esa clase de determinaciones, en la cual se exprese el compromiso de prorrogar la duración de la persona jurídica para alcanzar los plazos aquí previstos, en caso de resultar adjudicatario y antes de la suscripción del contrato de consultoría. Este compromiso deberá reflejarse en la Carta de Presentación de la Propuesta (Formato 1).

- Haber sido expedido máximo treinta (30) días calendario antes contados desde la fecha límite prevista para la presentación de la propuesta. En caso de modificarse la fecha de Cierre del Proceso se tendrá como referencia para establecer el plazo de vigencia del certificado de existencia y representación legal la originalmente establecida en el Pliego de Condiciones definitivo.

- En caso de requerir un subsane del Certificado de existencia y Representación legal

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será aceptado uno expedido con posterioridad al cierre, no obstante, no se tendrá en cuenta información que haya sido modificada con posterioridad al cierre del proceso.

8.1.3. PROPONENTES EXTRANJEROS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA

Personas Naturales.

- Para los efectos previstos en este numeral se consideran proponentes o miembros de la figura asociativa de origen extranjero las personas naturales extranjeras que no tengan su domicilio en Colombia. Para todos los efectos, las propuestas de los proponentes de origen extranjero se someterán a la legislación colombiana, sin perjuicio de lo cual, para su participación deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de cédula de extranjería o su pasaporte, según corresponda.

- Las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, y en general para participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del presente proceso, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el pliego de condiciones. Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en figuras asociativas y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado en el acto de constitución de la figura asociativa por todos los participantes de la figura asociativa con los requisitos de autenticación, consularización y traducción exigidos en el pliego de condiciones.

Personas Jurídicas

- Para los efectos previstos en este numeral se consideran proponentes o miembros de las figuras asociativas de origen extranjero las personas jurídicas que no hayan sido constituidas de acuerdo con la legislación colombiana ni tengan domicilio en Colombia, ya sea directamente o a través de sucursales. Para todos los efectos, las propuestas de proponentes o miembros de la figura asociativa personas jurídicas de origen extranjero se someterán a la legislación colombiana, sin perjuicio de lo cual, para su participación deberán cumplir con las condiciones siguientes.

- Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia deberán acreditar su existencia y representación legal, para lo cual deberá presentar un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, expedido por lo menos dentro de los cuatro (4) meses anteriores a la fecha de cierre de este

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proceso, en el que debe constar, como mínimo los siguientes aspectos:

(a) La existencia, objeto y nombre del representante legal;

(b) La capacidad del representante legal para la presentación de la propuesta y para la suscripción del contrato; así como sus facultades señalando expresamente, si fuere el caso, que el representante no tiene limitaciones para presentar la propuesta, suscribir el contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la presentación de la propuesta, la participación en la Licitación Pública y/o para la contratación en caso de resultar adjudicatario.

(c) Que se han constituido con un (1) año de anterioridad a la fecha de cierre, y que

el término de duración es por lo menos igual al plazo total estimado del contrato y tres (3) años más. En el evento en que conforme a la jurisdicción de incorporación del proponente o el miembro de la figura asociativa extranjero no hubiese un documento que contenga la totalidad de la información requerida presentarán los documentos que sean necesarios para acreditar lo solicitado en el presente numeral expedidos por las respectivas autoridades competentes. Si en la jurisdicción de incorporación no existiese ninguna autoridad o entidad que certifique la totalidad de la información aquí solicitada, el proponente o miembro de la figura asociativa extranjero deberá presentar una declaración juramentada de una persona con capacidad jurídica para vincular y representar a la sociedad en la que conste: (A) que no existe autoridad u organismo que certifique lo solicitado en el presente numeral; (B) la información requerida en el presente numeral; y (C) la Capacidad para vincular y representar a la sociedad de la persona que efectúa la declaración, así como de las demás personas que puedan representar y vincular a la sociedad, si las hay.

- Acreditar que su objeto social permite la participación en la presente Licitación

Pública y la celebración y ejecución del contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado, esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el Pliego de condiciones. Para estos efectos, la autorización se entiende contenida dentro de las autorizaciones generales otorgadas para comprometer a la sociedad.

- Acreditar que su(s) representante(s) legal(es) o de su(s) apoderado(s) especial(es) en Colombia cuenta con facultades para la suscripción del contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el Pliego de condiciones.

- Acreditar que su duración es por lo menos igual al plazo total estimado del contrato y tres (3) años más, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o

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un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el Pliego de condiciones).

- En el evento que: (i) el(los) representante(s) legal(es) tuviere(n) limitaciones estatutarias para presentar la propuesta o suscribir el contrato y en general para efectuar cualquier acto derivado de la presente Licitación Pública o de su eventual condición de adjudicatario, deberá adjuntarse una autorización del órgano social competente de la sociedad en la cual se eliminen dichas limitaciones (se entenderá que se verificará la limitación respecto de la(s) persona(s) que esté(n) facultada(s) para actuar en el presente proceso y no respecto de aquellos representantes que no estén representando al proponente en la Licitación Pública, de manera que la limitación solamente deberá levantarse respecto de aquél (aquellos) representante(s) que suscriban documentos que sean presentados en la Propuesta), o (ii) si la duración de la sociedad no fuese suficiente en los términos del Pliego, se adjuntará un documento en el que conste que el órgano social competente ha decidido aumentar el plazo de la sociedad en caso de resultar adjudicatario y antes de la suscripción del contrato.

- Apoderados. Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para la presentación de la propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias de la Licitación Pública, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el pliego de condiciones.

- Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en figura asociativa y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes de la figura asociativa con los requisitos de autenticación, consularización y traducción exigidos en el Pliego de condiciones. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución de la figura asociativa.

Figuras asociativas. Consorcios y Uniones Temporales: Quienes presenten propuesta a través de consorcios y uniones temporales, deberán cumplir los siguientes requisitos: (a) Acreditar la existencia, vigencia, representación legal y la capacidad jurídica de todos y

cada uno de los miembros de la figura asociativa (según corresponde para quienes deben y quienes no deben estar inscritos en el RUP de conformidad con lo establecido en el pliego de Condiciones), de tal manera que sea claro que todos los proponente cuentan con capacidad jurídica, y que sus representantes cuentan con facultades suficientes para la representación sin limitaciones de todos y cada uno de los integrantes, en todos los aspectos que se requieran para la presentación de la

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propuesta y para la suscripción y ejecución del contrato de OBRA a través de la forma asociativa escogida, en los términos previstos en el pliego de condiciones.

(b) En el documento privado de creación de la forma asociativa o de manera separada se podrá otorgar poder por parte de los miembros de dicha forma asociativa a un (unos) representante(s) común(es).

(c) Acreditar un término mínimo de duración del consorcio o de la unión temporal, por lo menos igual al plazo total estimado del contrato de obra y tres (3) años más.

(d) Cuando una Propuesta sea presentada por dos o más personas a través de las figuras

de consorcio o Unión Temporal, deberá consignarse de manera clara y expresa en el documento privado de asociación si la misma se da en calidad de consorcio o unión temporal, y en este último caso señalarán los términos y extensión de la participación de cada uno de los miembros de la unión temporal en la propuesta y en el contrato. Este requisito se acreditará con el original del documento privado mediante el cual se constituyan el consorcio o la unión temporal.

(e) Para constituirse en unión temporal, deberá expresarse así de manera clara y explícita; de otra forma, en el caso de propuestas presentadas por dos o más personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, se presumirá la intención de concurrir al presente proceso en consorcio, con los efectos y consecuencias que dicha forma de asociación conlleve para los miembros de la respectiva figura asociativa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993. También se presumirá la intención de concurrir al presente proceso en Consorcio, con los efectos señalados, cuando el acuerdo de unión temporal no señale con claridad los términos y extensión de la participación de cada uno de los miembros de la unión temporal en la propuesta y en el contrato.

(f) Apoderados. Los miembros de Consorcios o Uniones Temporales extranjeros sin

domicilio en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la Propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias de la Licitación Pública, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato si a ello hubiere lugar, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el Pliego de Condiciones.

Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para los demás miembros de la figura asociativa y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes de la figura asociativa con los requisitos de autenticación, consularización y traducción exigidos en el Pliego de Condiciones. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución de la figura asociativa.

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El documento debe contener: a) La duración debe ser por lo menos el término del contrato y (3) TRES años más. b) Indicar en forma expresa si su participación es a título de Consorcio o Unión

Temporal. c) Establecer qué persona, representará al Consorcio o Unión Temporal. Luego de

presentada la propuesta éste no podrá ser modificado, sin previa autorización de la entidad.

d) Debe tenerse en cuenta que no podrá haber cesión de la participación de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal entre ellos. Cuando se trate de cesión a un tercero, se requerirá previa autorización escrita de la entidad. En caso de aceptarse la cesión por parte de la Entidad el cesionario deberá tener las mismas o mejores calidades que el cedente.

e) Señalar el porcentaje de participación. f) Adjuntar con la propuesta el certificado de existencia y representación legal o

matricula mercantil de cada una de las personas que conforman el Consorcio o Unión Temporal, atendiendo a lo exigido en el pliego de condiciones sobre este documento.

g) El documento de conformación debe ser debidamente firmado por todos los integrantes.

h) Que todos los integrantes se encuentren inscritos en el Registro Único de Proponentes, en la actividad, especialidad y grupo solicitado y que éste se encuentre vigente y en firme antes de la adjudicación.

i) El documento de constitución del Consorcio o unión temporal deberá identificar plenamente a todos los integrantes con dirección teléfono y correo electrónico.

j) Que los integrantes tengan la capacidad Jurídica para obligarse o contratar. k) Cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión temporal deberá tener el perfil

solicitado

Figuras asociativas proponentes extranjeros sin domicilio o sucursal en Colombia

Las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia y las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia podrán ser miembros de figuras asociativas para lo cual se deberán atener a lo dispuesto en la legislación colombiana aplicable y el pliego de condiciones, en particular a lo señalado anteriormente El objeto social: Para efectos de verificar que esté autorizada para cumplir con el objeto del contrato, por lo tanto este deberá ser igual o similar al objeto de la presente contratación (Construcción de obras de ingeniería).

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8.1.4. PERFIL SOLICITADO PARA GRUPO 1 Y 2 Podrán participar en el presente proceso de contratación:

a) Persona Natural: Ser Ingeniero Civil, presentar copia de la Tarjeta Profesional y el Certificado de Vigencia expedido por el Consejo Nacional Profesional de la profesión solicitada. Cuando el proponente no sea Ingeniero Civil, la propuesta deberá estar avalada por un profesional Ingeniero Civil, de conformidad con el Artículo 20 de la Ley 842 de 2003.

b) Persona Jurídica: Cuyo Objeto Social esté relacionado con la naturaleza del

presente proceso (Construcción de obras de ingeniería); además el Representante Legal deberá ser Ingeniero Civil, presentar copia de la Tarjeta Profesional y el Certificado de Vigencia expedido por el Consejo Nacional Profesional de la profesión solicitada

Importante: En caso tal que el Representante Legal no sea Ingeniero Civil su propuesta deberá estar avalada por un Ingeniero Civil, que debe presentar copia de la Tarjeta Profesional y el certificado de vigencia expedido por el COPNIA, de conformidad con el artículo 20 de la Ley 842 de 2003.

c) Consorcios o Uniones Temporales: Se aceptarán este tipo de alianzas o

asociaciones entre Personas Jurídicas y Personas Naturales que cumplan con los requisitos establecidos en requisitos habilitantes.

NOTA: En caso de que la propuesta deba ser avalada por un Ingeniero Civil el proponente deberá diligenciar la información contenida en la parte final de la Carta de Presentación de la propuesta. (Anexo 1). 8.1.5. Tarjeta Profesional: Para la Persona Natural y para todos los integrantes del Consorcio o Unión Temporal. Para Persona Jurídica la Tarjeta Profesional será del Representante Legal o de quien avale la propuesta, según el caso. 8.1.6. Certificado de Vigencia Expedido por el COPNIA: Para Persona Jurídica (Representante Legal y/o de quien avale la propuesta), Persona Natural e integrantes de Consorcios o Uniones Temporales, según el caso. 8.1.7. Registro Único de Proponentes (RUP): Los Proponentes que presenten propuesta de manera individual o los integrantes del proponente plural, deberán acreditar que su inscripción se encuentra vigente y en firme a la fecha de cierre del proceso de selección o a más tardar hasta el término del traslado de la evaluación. La información del RUP debe ser con corte a 31 de diciembre de 2018.

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La fecha de expedición del RUP debe ser de máximo treinta (30) días calendario anteriores a la fecha límite prevista para la presentación de la propuesta. En caso de modificarse la fecha de Cierre del Proceso, se tendrá como referencia para establecer el plazo indicado la originalmente establecida en el Pliego de Condiciones Definitivo. 8.1.8. Garantía de Seriedad de la Oferta: La Garantía de Seriedad se constituye a favor del Departamento de Risaralda, NIT No. 891480085-7, y por el objeto de la presente contratación, para responder por el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Pliego, en especial las relacionadas con la suscripción del Contrato, constitución de la Garantía Única y perfeccionamiento del Contrato, dentro de los términos establecidos por el Diez por Ciento (10 %) del valor del Presupuesto Oficial de cada grupo solicitado y una vigencia de Noventa (90) días contados a partir del día del cierre y deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida y autorizada para funcionar en Colombia. 8.1.9. Registro como infractor LEY 1801 DE 2016 Se consultará que el proponente, persona natural o la persona natural integrante de estructura plural, no tenga multa vigente en los términos del artículo 183 de la Ley 1801 de 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia. 8.2 EXPERIENCIA ACREDITADA.

GRUPO 1 El proponente deberá presentar máximo dos (2) certificados de contratos inscritos en el Registro Único de Proponentes (RUP), que estén dentro de los códigos de clasificación de Bienes y Servicios de Naciones Unidas UNSPSC 721214 (Servicios de Construcción de Edificios Públicos Especializados) y/o UNSPSC 721413 (Servicios de Construcción de Facilidades Atléticas y Recreativas) y/o UNSPSC 721526 (Servicios de Techado y Paredes Externas y Láminas de Metal) y/o UNSPSC 721529 (Servicios de Montaje de Acero Estructural) y/o UNSPSC 721531 (Servicios de Construcción de Facilidades atléticas y Recreativas), y/o UNSPSC 731819 (Servicios de Soldadura) y/o UNSPSC 232718 (Suministro para soldar, Soldadura Fuerte y Soldadura Débil) y/o UNSPSC 221015 (Maquinaria y Equipo Pesado de Construcción) y/o UNSPSC 301515 (Materiales para Tejados y Techos) y/o UNSPSC 301619 (Moldeado y Carpintería Mecánica) que sumados sean por un valor igual o superior al 100% del presupuesto oficial, es decir, el equivalente a 1531.98 SMMLV, traído a valor presente. Los certificados mencionados en el párrafo anterior deben corresponder a: Contratos de Construcción de Edificaciones Públicas o Privadas y que contengan actividades en estructura Metálica y que en uno (1) o en la sumatoria de los dos (2) certificados se pueda evidenciar las siguientes cantidades ejecutadas:

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33 Gobernación de Risaralda - Parque Olaya Herrera Calle 19 No. 13-17 PBX: 3398300 Ext. 328 www.risaralda.gov.co Pereira - Risaralda

Estructura metálica para cubierta: Cantidad Mínima ejecutada 19.050 Kg

Techo en Standing Seam o Thermoacustica: Cantidad Mínima ejecutada 953 m2

Acero de 60.000 PSI: Cantidad Mínima ejecutada 3.224 Kg

Placa de contrapiso de resistencia mayor o igual a 3.000 PSI: Cantidad Mínima ejecutada 274 m2

GRUPO 2 El proponente deberá presentar máximo dos (2) certificados de contratos inscritos en el Registro Único de Proponentes (RUP), que estén dentro de los códigos de clasificación de Bienes y Servicios de Naciones Unidas UNSPSC 721214 (Servicios de Construcción de Edificios Públicos Especializados) y/o UNSPSC 721413 (Servicios de Construcción de Facilidades Atléticas y Recreativas) y/o UNSPSC 721526 (Servicios de Techado y Paredes Externas y Láminas de Metal) y/o UNSPSC 721529 (Servicios de Montaje de Acero Estructural) y/o UNSPSC 721531 (Servicios de Construcción de Facilidades atléticas y Recreativas), y/o UNSPSC 731819 (Servicios de Soldadura) y/o UNSPSC 232718 (Suministro para soldar, Soldadura Fuerte y Soldadura Débil) y/o UNSPSC 221015 (Maquinaria y Equipo Pesado de Construcción) y/o UNSPSC 301515 (Materiales para Tejados y Techos) y/o UNSPSC 301619 (Moldeado y Carpintería Mecánica) que sumados sean por un valor igual o superior al 100% del presupuesto oficial, es decir, el equivalente a 1787.77 SMMLV, traído a valor presente. Los certificados mencionados en el párrafo anterior deben corresponder a: Contratos de Construcción de Edificaciones Públicas o Privadas y que contengan actividades en estructura Metálica y que en uno (1) o en la sumatoria de los dos (2) certificados se pueda evidenciar las siguientes cantidades ejecutadas:

Estructura metálica para cubierta: Cantidad Mínima ejecutada 19.081 Kg

Techo en Standing Seam o Thermoacustica: Cantidad Mínima ejecutada 731 m2

Acero de 60.000 PSI: Cantidad Mínima ejecutada 1.617 Kg

Placa de contrapiso de resistencia mayor o igual a 3.000 PSI: Cantidad Mínima ejecutada 144 m2

PARA EL PROPONENTE PLURAL GRUPO 1 Y 2: Se aceptará la experiencia en máximo en dos (2) certificados como la sumatoria de la experiencia de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, sin importar su porcentaje de participación en el mismo. También se aceptará que el Cien Por Ciento (100%) de la experiencia sea aportado por uno solo de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal.

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Nota: Para realizar la actualización del valor de la certificación, la Entidad calculará el número de salarios mínimos de la fecha de terminación del contrato certificado y lo multiplicará por el salario mínimo de la vigencia 2019.

Los Certificados y documentos mencionados para la experiencia acreditada y el personal de obra, deberán estar suscritos por la persona competente, debidamente firmados y deberán contener como mínimo la siguiente información:

- Identificación de la entidad o empresa contratante - Identificación del contratista - Número del Contrato - Objeto del Contrato - Valor del Contrato - Fecha de iniciación y Terminación del Contrato - Tiempo de Ejecución - Cargo desempañado de quien firma el certificado.

IMPORTANTE: Los Certificados que se mencionan en el numeral 8.2 deben cumplir con los siguientes criterios:

La experiencia exigida debe ser de contratos terminados antes del cierre del presente proceso.

Si el certificado de obra requiere complementarse será válido cualquier documento inherente al contrato (actas de recibo, actas de liquidación o actas finales de obra expedidas por la entidad competente y debidamente firmadas) donde se evidencie la información complementaria. (Lo anterior no sustituye el certificado de obra).

Las certificaciones adicionales presentadas para cumplir con la experiencia de la presente Licitación Pública deben corresponder a obras terminadas y liquidadas, como lo demuestre en los certificados de obra expedidas por la entidad competente, además deberán ser expedidos antes de la fecha del cierre y contener la información mínima que se solicita en los pliegos.

En ningún caso, se aceptará copia de contratos o actas de recibo para certificar experiencia.

En todo caso la experiencia se acreditará con los contratos que se encuentren inscritos en el Registro Único de Proponentes y que correspondan a los códigos solicitados para este proceso, además de lo anterior el RUP debe contener la información con corte a 31 de diciembre de 2018.

Los proponentes deberán identificar el folio y consecutivo dentro de los RUP para los certificados con los cuales pretende acreditar su experiencia.

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DE LAS CERTIFICACIONES DE EXPERIENCIA ACREDITADA:

1. DE OBRAS CONTRATADAS POR EL ESTADO: Deberán presentar certificación expedida por la Entidad Pública Contratante, en la que se verifique tal condición. De no ser posible se aceptará la certificación expedida por el contratista acompañada de la certificación de la Entidad Pública expedida al Contratista. No se requiere de licencia de construcción ni Permiso de Ocupación para obras contratadas por el Estado. 2. DE OBRAS PRIVADAS: Para las obras privadas, deberán presentar certificación expedida por el titular de la Licencia de Construcción, y anexar copia de la misma expedida por Curaduría Urbana o entidad competente, acompañada de la copia del formulario Único Nacional (en caso de que aplique), y la copia del respectivo “Certificado de Permiso de Ocupación”, o el que aplique de acuerdo con la reglamentación vigente a la fecha. 8.3. LA CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN PARA CADA UNO DE LOS GRUPOS. La Capacidad de Organización se verificará en el Registro Único de Proponentes que se encuentre vigente y en firme, con información a corte a 31 de diciembre de 2018. ROE (Rentabilidad sobre patrimonio), determina la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre patrimonio, mayor es la utilidad de los accionistas.

ROE=Utilidad Operacional/Patrimonio. Deberá ser mayor o igual a Cero Punto Diez (0.10) ROA (Rentabilidad sobre activos), Determina la Capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo, este valor debe ser menor o igual que el ROE.

ROA=Utilidad Operacional/Activo Total. Deberá ser Mayor o Igual a Cero Punto Cero Cinco (0.05) y menor o igual al ROE del proponente.

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En caso de ser proponente plural, los indicadores de la Capacidad Organizacional se calcularán con base en la Suma Aritmética Simple de cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal sin importar su porcentaje de participación, de acuerdo con el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación M-DVRHPC-04.

8.4 CAPACIDAD FINANCIERA PARA CADA UNO DE LOS GRUPOS. El componente financiero se verificará en el Registro Único de Proponentes - que se encuentre en firme, con corte a 31 de diciembre de 2018. El Comité Evaluador calculará los siguientes indicadores financieros y verificará el cumplimiento de las condiciones que se detallan a continuación.

a) Índice de liquidez: Deberá ser mayor o igual a Uno Punto Diez (1.10)

Liquidez = (Activo Corriente / Pasivo Corriente) ≥ 1,10

En caso de ser proponente plural, el indicador se calculará con base en la Suma Aritmética Simple de cada uno de los componentes del indicador de cada integrante del Consorcio o Unión Temporal teniendo en cuenta su porcentaje de participación.

Lo anterior, se traduce en lo siguiente:

Nota: Si el proponente no cuenta con obligaciones financieras a corto plazo, es imposible calcular la Liquidez, por lo anterior, de darse esta situación, el proponente resultará habilitado. Lo anterior se sustenta en que, para el cálculo del indicador, el denominador de la fórmula es el Pasivo Corriente, al realizarse el cálculo con el denominador cero (0), el resultado será INDETERMINADO.

b) Nivel de Endeudamiento: Deberá ser menor o igual al Cero Punto Cincuenta (0.50)

Nivel de Endeudamiento = (Pasivo Total / Activo Total) ≤ 0,50

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En caso de ser proponente plural, el indicador se calculará con base en la Suma Aritmética Simple de cada uno de los componentes del indicador de cada integrante del Consorcio o Unión Temporal teniendo en cuenta su porcentaje de participación.

Lo anterior, se traduce en lo siguiente:

c) Razón de Cobertura de Intereses: Deberá ser mayor o igual a Cuatro (4)

Utilidad Operacional / Gastos de Intereses ≥ 4

En caso de ser proponente plural, el indicador se calculará con base en la Suma Aritmética Simple de cada uno de los componentes del indicador de cada integrante del Consorcio o Unión Temporal, teniendo en cuenta su porcentaje de participación.

Lo anterior, se traduce en lo siguiente:

Nota: Si el proponente no cuenta con obligaciones financieras, es imposible calcular la Razón de Cobertura de Intereses, por lo anterior, de darse esta situación, el proponente resultará habilitado. Lo anterior se sustenta en que, para el cálculo del indicador, el denominador de la fórmula son los gastos financieros, al realizarse el cálculo con el denominador cero (0), el resultado será INDETERMINADO. NOTA: Para el cálculo de los indicadores financieros, cuando se trate de proponente plural, la entidad tomara el valor exacto que da la operación aritmética respectiva, sin hacer aproximación alguna de los decimales. 8.5 CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL: El Cálculo de la Capacidad Residual para el presente proceso se hará de conformidad con lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.1.6.4 del Decreto 1082 de 2015, y los manuales de Colombia Compra Eficiente, así:

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CAPACIDAD RESIDUAL DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN GRUPO 1

Para el presente proceso será: Capacidad Residual del Proceso de Contratación = $1.268.658.950 - $380.597.685 Capacidad Residual del Proceso de Contratación = $888.061.265

CAPACIDAD RESIDUAL DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN GRUPO 2

Para el presente proceso será: Capacidad Residual del Proceso de Contratación = $1.480.481.313 - $444.144.394 Capacidad Residual del Proceso de Contratación = $1.036.336.919

IMPORTANTE: Si el proponente es un Consorcio o Unión Temporal la Capacidad Residual será la Suma Aritmética Simple de las capacidades residuales de cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal sin importar su porcentaje de participación.

NOTA: La Entidad efectuará el Cálculo de la Capacidad Residual del Proponente de acuerdo a los lineamientos establecidos en la “Guía para determinar y verificar la Capacidad Residual del Proponente en los Procesos de Contratación de Obra Pública y el aplicativo que para ello se establece, lo anterior no limita a la entidad que para realizar comprobaciones se realicen algunos cálculos de manera MANUAL. En los contratos en cuya certificación no se pueda determinar la fecha de inicio se tendrán en cuenta la fecha de suscripción del contrato. CAPACIDAD RESIDUAL DEL PROPONENTE PARA CADA UNO DE LOS GRUPOS

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El proponente debe acreditar una Capacidad Residual igual o superior a la Capacidad establecida en los Documentos del presente Proceso de Contratación; por consiguiente, la Capacidad Residual del Proponente será suficiente sí:

El proponente deberá demostrar que su operación o actividad comercial le permite asumir nuevas obligaciones derivadas de la presente contratación y para ello debe presentar la siguiente información para acreditar su Capacidad Residual:

a) La lista de los Contratos en Ejecución, así como el valor y plazo de tales contratos, Anexo 3c.

b) La lista de los Contratos en Ejecución, suscritos por Sociedades, Consorcios o Uniones Temporales, en los cuales el proponente tenga participación, así como el valor y plazo de tales contratos, Anexo 3c.

c) El Estado de Resultados auditado que contiene el mejor ingreso operacional de los últimos cinco (5) años y el Balance General auditado del último año, suscrito por el interesado o su representante legal y el revisor fiscal si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no está obligado a tener revisor fiscal. Si se trata de proponentes obligados a tener RUP VIGENTE, sólo deberán presentar como documento adicional el Estado de Resultados que contiene el mejor ingreso operacional de los últimos cinco (5) años.

Nota: Los anexos aportados por el oferente para el cálculo de la capacidad residual, que deban ser auditados por el revisor fiscal, si está obligado a tenerlo, o por el contador que suscribe la información contable y financiera, deberán además de su firma y el número de la matricula profesional incluir los siguientes datos: Dirección, teléfono, fotocopia de la cedula, la fotocopia de la tarjeta profesional y el certificado de vigencia de inscripción en la Junta Central de Contadores. Lo anterior debido a que la Entidad se reserva el derecho de verificación de la información para validar los documentos aportados. De acuerdo al Decreto 1082 del año 2015 y lo estipulado en el Artículo 72 de la Ley 1682 de 2013, el cálculo de la Capacidad Residual del Proceso de Contratación incluirá: Experiencia (E), Capacidad Financiera (CF), Capacidad Técnica (CT), Capacidad de Organización (CO) y los Saldos de Contratos en Ejecución (SCE); según la siguiente fórmula:

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Capacidad de Organización (CO) Experiencia (E) Capacidad Técnica (CT) Capacidad Financiera (CF) Saldos de Contratos en Ejecución (SCE) A cada uno de los factores se le asignará el siguiente puntaje máximo:

Nota: La Capacidad de Organización (CO) no tiene asignación de puntaje porque su unidad de medida es en pesos colombianos y constituye un factor multiplicador de los demás factores. A. Capacidad de Organización (CO): Según el Manual de Colombia Compra Eficiente, la Capacidad de Organización (CO), corresponde a los ingresos operacionales teniendo en cuenta lo siguiente:

Nota: Si los ingresos operacionales del proponente con uno (1) o más años de información financiera es menor a USD 125.000, la Capacidad de Organización del proponente será igual a USD 125.000. COP$ 377’066.000. B. Experiencia (E)

Para Grupo 1: La Experiencia (E) del oferente para propósitos de la Capacidad Residual se acreditará por medio de la relación entre: (I) El valor total en pesos de los contratos relacionados con la actividad de la construcción inscritos por el proponente en el RUP VIGENTE en los segmentos, 30. "Componentes y Suministros para Estructuras, Edificación, Construcción y Obras Civiles”, 72 “Servicios de Edificación, Construcción de Instalaciones y Mantenimiento”, 73 “Servicios de Producción Industrial y Manufactura”, 23 “Maquinaria y Accesorios

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para Manufactura y Procesamiento Industrial”, 22 “Maquinaria y Accesorios para Construcción y Edificación” y (II) el Presupuesto Oficial que para este caso es $1.268.658.950.

Para Grupo 2: La Experiencia (E) del oferente para propósitos de la Capacidad

Residual se acreditará por medio de la relación entre: (I) El valor total en pesos de los contratos relacionados con la actividad de la construcción inscritos por el proponente en el RUP VIGENTE en los segmentos, 30. "Componentes y Suministros para Estructuras, Edificación, Construcción y Obras Civiles”, 72 “Servicios de Edificación, Construcción de Instalaciones y Mantenimiento”, 73 “Servicios de Producción Industrial y Manufactura”, 23 “Maquinaria y Accesorios para Manufactura y Procesamiento Industrial”, 22 “Maquinaria y Accesorios para Construcción y Edificación” y (II) el Presupuesto Oficial que para este caso es $1.480.481.313.

Para calcular el factor de experiencia (E) para efectos de la Capacidad Residual de un miembro de un oferente plural se tendrá en cuenta su porcentaje de participación en el Proceso de Contratación, así como los valores en Pesos de todos los contratos inscritos en el RUP VIGENTE en los Segmentos 72, 73, 23, 22 y 30.

Para acreditar el factor de experiencia (E), el proponente debe diligenciar el formato correspondiente al Anexo No. 3A, el cual contiene los contratos inscritos en los segmentos 72, 73, 23, 22 y 30 y su valor total en pesos colombianos liquidados con el SMMLV. Las personas jurídicas con existencia inferior a tres (3) años, pueden acreditar la experiencia de sus accionistas, socios o constituyentes. El puntaje asignado al factor de experiencia (E) se asignará con base en la siguiente tabla:

C. Capacidad Financiera (CF): La capacidad financiera (CF) del proponente se obtiene teniendo en cuenta el índice de liquidez con base en la siguiente fórmula:

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El puntaje para la liquidez se asignará con base en la siguiente tabla:

Nota: El índice de liquidez se verificará en el RUP VIGENTE. D. Capacidad Técnica (CT): La Capacidad Técnica (CT) se calificará teniendo en cuenta el número de socios y profesionales de la Arquitectura, Ingeniería y geología vinculados mediante una relación laboral o contractual conforme a la cual desarrollen actividades relacionadas directamente a la construcción. Para acreditar la Capacidad Técnica (CT) el proponente debe diligenciar el Anexo No. 3B. El puntaje de la Capacidad Técnica será asignado con base en la siguiente tabla:

E. Saldos de Contratos en Ejecución: El proponente deberá presentar un certificado suscrito por su representante legal y su revisor fiscal (si está obligado a tenerlo), o por el contador o su auditor independiente, el cual contenga la lista de los Contratos en Ejecución, tanto a nivel nacional como internacional, indicando:

a) Número del Contrato b) Entidad Contratante c) Objeto del Contrato d) El valor del Contrato e) La fecha de inicio de las obras objeto del contrato incluyendo día, mes y año (dd-

mm-aaaa) f) La fecha de Terminación de las obras objeto del contrato incluyendo día, mes y año

(dd-mm-aaaa)

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g) El plazo del Contrato en meses h) Oferente plural SI - NO i) Si la obra la ejecuta un Consorcio o Unión Temporal deberá incluir el porcentaje de

participación del oferente que presenta el certificado. j) ¿Está suspendido? Sí el contrato se encuentra suspendido el oferente debe escribir

la palabra “SI”, de lo contrario, el oferente debe escribir la palabra “NO”. k) Fecha de Suspensión; si el contrato se encuentra suspendido, el oferente debe

ingresar la fecha de suspensión (dd-mm-aaaa). l) Si un contrato se encuentra suspendido, el cálculo del saldo del Contrato en

ejecución de dicho contrato debe calcularse asumiendo que lo que falta por ejecutar empezará a ejecutarse en la fecha de la presentación de la oferta del Proceso de Contratación.

m) Días Ejecutados n) Días por Ejecutar.

Nota: Si el proponente no tiene contratos en Ejecución, el certificado deberá acreditar dicha circunstancia.

8.6. Personal Indispensable para la Ejecución de la Obra que no hace parte del Factor de Calificación A continuación, se describe el personal técnico requerido para la ejecución de la obra

GRUPO 1

PERSONAL REQUERIDO DEDICACIÓN CANTIDAD

Ingeniero Civil – Director de Obra 25% 1

Ingeniero Civil – Residente de Obra 100% 2

Ingeniero Electricista – Residente de Obra 100% 1

Oficial Eléctrico 100% 1

Profesional en Salud Ocupacional 100% 4

Maestro de Obra 100% 4

GRUPO 2

PERSONAL REQUERIDO DEDICACIÓN CANTIDAD

Ingeniero Civil – Director de Obra 25% 1

Ingeniero Civil – Residente de Obra 100% 2

Ingeniero Electricista – Residente de Obra 100% 1

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Oficial Eléctrico 100% 1

Profesional en Salud Ocupacional 100% 4

Maestro de Obra 100% 4

La dedicación anterior para los profesionales propuestos corresponde a cada frente de obra.

Director de Obra Grupo 1: a) Experiencia General: Contados a partir de la expedición de la Tarjeta Profesional así:

EXPERIENCIA EN AÑOS

De diez años y Un día en adelante

b) Experiencia Específica del Director de Obra: Como Director o Contratista de obra y deberá presentar máximo dos (2) certificados cuyo objeto debe corresponder a: Contratos de Construcción de Edificaciones Públicas o Privadas y que contengan Actividades en estructura metálica, y que en uno (1) o en la sumatoria de los dos (2) certificados se pueda evidenciar las siguientes cantidades ejecutadas:

Estructura metálica para cubierta: Cantidad Mínima ejecutada 19.050 Kg

Techo en Standing Seam o Thermoacustica: Cantidad Mínima ejecutada 953 m2

Acero de 60.000 PSI: Cantidad Mínima ejecutada 3.224 Kg

Placa de contrapiso de resistencia mayor o igual a 3.000 PSI: Cantidad Mínima ejecutada 274 m2

Con una experiencia específica de más de seis meses (6).

Para el presente caso, se requiere de Un (1) Director con una dedicación del 25%

Residente de Obra Grupo 1: a) Experiencia General del Residente: Contados a partir de la expedición de la Tarjeta Profesional así:

EXPERIENCIA EN AÑOS

De cinco años y Un día en adelante

b) Experiencia Específica del Residente: Como Residente de Obra y deberá presentar máximo dos (2) certificados cuyo objeto debe corresponder a: Contratos de Construcción

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de Edificaciones Públicas o Privadas y que contengan Actividades en estructura metálica, y que en uno (1) o en la sumatoria de los dos (2) certificados se pueda evidenciar las siguientes cantidades ejecutadas:

Estructura metálica para cubierta: Cantidad Mínima ejecutada 9.525 Kg

Techo en Standing Seam o Thermoacustica: Cantidad Mínima ejecutada 476 m2

Acero de 60.000 PSI: Cantidad Mínima ejecutada 1.612 Kg

Placa de contrapiso de resistencia mayor o igual a 3.000 PSI: Cantidad Mínima ejecutada 137 m2

Con una experiencia específica de más de seis meses (6)

Para el presente caso, se requieren dos (2) Residentes, cada uno con una dedicación de Tiempo Completo (100%)

Director de Obra Grupo 2: a) Experiencia General: Contados a partir de la expedición de la Tarjeta Profesional así:

EXPERIENCIA EN AÑOS

De diez años y Un día en adelante

b) Experiencia Específica del Director de Obra: Como Director o Contratista de obra y deberá presentar máximo dos (2) certificados cuyo objeto debe corresponder a: Contratos de Construcción de Edificaciones Públicas o Privadas y que contengan Actividades en estructura metálica, y que en uno (1) o en la sumatoria de los dos (2) certificados se pueda evidenciar las siguientes cantidades ejecutadas:

Estructura metálica para cubierta: Cantidad Mínima ejecutada 19.081 Kg

Techo en Standing Seam o Thermoacustica: Cantidad Mínima ejecutada 731 m2

Acero de 60.000 PSI: Cantidad Mínima ejecutada 1.617 Kg

Placa de contrapiso de resistencia mayor o igual a 3.000 PSI: Cantidad Mínima ejecutada 144 m2

Con una experiencia específica de más de seis meses (6).

Para el presente caso, se requiere de Un (1) Director con una dedicación del 25%

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Residente de Obra Grupo 2: a) Experiencia General del Residente: Contados a partir de la expedición de la Tarjeta Profesional así:

EXPERIENCIA EN AÑOS

De cinco años y Un día en adelante

b) Experiencia Específica del Residente: Como Residente de Obra y deberá presentar máximo dos (2) certificados cuyo objeto debe corresponder a: Contratos de Construcción de Edificaciones Públicas o Privadas y que contengan Actividades en estructura metálica, y que en uno (1) o en la sumatoria de los dos (2) certificados se pueda evidenciar las siguientes cantidades ejecutadas:

Estructura metálica para cubierta: Cantidad Mínima ejecutada 9.540 Kg

Techo en Standing Seam o Thermoacustica: Cantidad Mínima ejecutada 365 m2

Acero de 60.000 PSI: Cantidad Mínima ejecutada 808 Kg

Placa de contrapiso de resistencia mayor o igual a 3.000 PSI: Cantidad Mínima ejecutada 72 m2

Con una experiencia específica de más de seis meses (6)

Para el presente caso, se requieren Dos (2) Residente, cada uno con una dedicación de Tiempo Completo (100%)

IMPORTANTE: Entiéndase por Experiencia General, el tiempo tomado desde la fecha de expedición de la tarjeta profesional, por lo tanto, es necesario anexarla, para verificar la fecha de expedición. En cada caso; la Experiencia Específica será la sumatoria en meses de tiempos de trabajo que completen lo especificado. La experiencia (General y Específica) se contabilizará hasta la fecha de cierre del presente proceso. Nota: La contabilización de los meses se contará de 30 días calendario. Las certificaciones presentadas para cumplir con la experiencia de la presente Licitación deben corresponder a obras terminadas, como lo demuestre en los certificados de obra

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expedidas por la entidad competente, además deberán contener la información mínima que se solicita en los pliegos. La experiencia se acreditará mediante certificación de contrato de obra. La fecha de terminación de los contratos certificados debe estar comprendida entre la fecha de expedición de la matricula profesional del proponente y la fecha de cierre del plazo de la presente Licitación. En el caso que el certificado aportado, para acreditar la experiencia específica del Director y/o Residente, haya sido expedido por el contratista principal de la obra, se deberá anexar cualquier documento inherente al contrato (Certificado, Actas de Recibo, Actas de Liquidación o Actas Finales de Obra) expedida por la entidad competente. En caso de que el Director y/o Residente sea el contratista principal de la obra, para acreditar la experiencia específica, es necesaria la presentación del certificado de obra y cualquier documento inherente al contrato, sí el certificado de obra requiere complementarse (actas de recibo, actas de liquidación o actas finales de obra expedidas por la entidad competente) donde se evidencie la información complementaria. (Lo anterior no sustituye el certificado de obra). Los Certificados y/o Actas de Recibo y/o Actas de Liquidación y/o Actas Finales de Obra deberán contener la siguiente información:

- Identificación de la Entidad o Empresa contratante - Identificación del Contratista - Número del Contrato - Objeto del Contrato - Valor del Contrato - Fecha de iniciación y Terminación del Contrato - Tiempo de Ejecución - Cargo desempañado de quien firma el certificado.

En las certificaciones que se adjunten para acreditar la experiencia del Director y del Residente, no se realizará doble contabilización cuando se presenten experiencias en periodos simultáneos (tiempos traslapados), tampoco se tendrá en cuenta tiempo por suspensiones. Los tiempos traslapados solo serán doblemente contabilizados si las certificaciones son como contratista.

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PARA GRUPO 1 Y GRUPO 2

Profesional en Salud Ocupacional y/o Profesional en Seguridad y Salud en el Trabajo:

Profesional acreditado en esta especialidad, deberá contar con certificación de Coordinador de trabajo en alturas y tendrá a su cargo supervisar constantemente, la correcta implementación del programa de Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo del Contratista y deberá contar con la licencia de salud expedida por las Secretarías Seccionales y Distritales de Salud. Con experiencia especifica en construcción de Obras de infraestructura física mínimo de Un (1) año, certificada en máximo tres (3) certificados. Para el presente caso los Asesores en Salud Ocupacional y/o Profesionales en Seguridad y Salud en el Trabajo, deberán presentar el informe del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, debidamente firmado de acuerdo a las actas presentadas por del contratista, el cual deberá contener como mínimo lo siguiente:

- Informe de capacitaciones al personal en seguridad y salud en el trabajo. - Constancia de inspecciones de peligros, riesgos y elementos de protección. - Actividades de promoción y prevención. - Constancia de entrega de los elementos de protección. - Matriz de elementos de protección y matriz de riesgos. - Fotocopias de los certificados de los trabajos en alturas.

Para el presente proceso se requieren cuatro (4) profesionales en esta área para cada uno de los grupos y tendrán una dedicación de Tiempo Completo (100%).

Ingeniero Electricista (Residente): Profesional acreditado en Ingeniería Eléctrica, con Cinco (5) años de experiencia general, contados a partir de la expedición de la matricula profesional, el cual tendrá a su cargo la responsabilidad de acompañar las obras que en esta materia se ejecutarán en cada uno de los proyectos. Deberá acreditar en máximo Dos (2) certificados una experiencia específica en Construcción en Redes Eléctricas en redes de media y baja tensión. Para el presente caso, el requerimiento será de Un (1) profesional Residente Eléctrico, para cada uno de los grupos y tendrá una dedicación de Tiempo Completo (100%), el cual tendrá una dedicación del 25% para cada uno de los proyectos.

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Oficial Eléctrico: Persona capacitada en la construcción de instalaciones eléctricas de baja tensión con tarjeta CONTE vigente, con mínimo tres (3) años de experiencia general, contados a partir de la expedición de la tarjeta CONTE, el cual tendrá a su cargo la responsabilidad de dirigir, controlar, probar y recibir las obras que en esta materia se ejecutarán en el proyecto. Deberá acreditar en máximo dos (2) certificados una experiencia específica en Construcción en Redes Eléctricas en redes de media y baja tensión. Para el presente caso, el requerimiento será de Un (1) Oficial Eléctrico, para cada uno de los grupos y tendrá una dedicación de Tiempo Completo (100%), el cual tendrá una dedicación del 25% para cada uno de los proyectos.

Maestro de Obra: (Ley 64 de 1993 y demás normas concordantes). Con mínimo de Experiencia General mayor o igual a Tres (3) años y Experiencia Específica mayor o igual a Un (1) año en Contratos de Construcción de Edificaciones Públicas o Privadas y que contengan actividades en estructura metálica. Para el presente caso, el requerimiento será de Cuatro (4) Maestros de Obra para cada uno de los grupos y tendrán una dedicación de Tiempo Completo (100%). Importante: Todo el personal requerido para la ejecución de la obra, sea o no sea calificable, deberá ser incluido en la afiliación y el pago de la seguridad social, a excepción de aquellos profesionales cuyo tiempo de dedicación no implique el Cien por Ciento (100%) de dedicación en el desarrollo de la misma, pues para este último caso, deberán aportar el certificado de afiliación de la seguridad y la planilla de pago de la misma. El requisito de afiliación y pago de la seguridad social del personal requerido se solicitará al proponente que resulte favorecido con la adjudicación del proceso. El proponente deberá contar con el consentimiento del personal profesional propuesto, para lo cual deberá adjuntar un compromiso en firme del profesional (La carta compromiso debe presentarse en Original). El Departamento se reserva el derecho de solicitar cambio de los profesionales en caso de verificar que los propuestos no tienen la disponibilidad de tiempo para cumplir lo solicitado para el desarrollo de las obras por estar vinculados a otros proyectos.

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8.6.1 Documentos del Personal

a) Para los profesionales en Salud Ocupacional (y/o Profesional en Seguridad Industrial), Oficiales Eléctricos y Maestros de Obra, se requieren los Certificados de Experiencia, las tarjetas profesionales, los certificados de vigencia y se presentarán con la PROPUESTA.

b) De los Directores se presentarán con la PROPUESTA, al igual que la tarjeta profesional, el certificado de vigencia expedido por el COPNIA y los certificados que acrediten su experiencia especifica.

c) De los Residentes se presentarán con la PROPUESTA, al igual que las tarjetas profesionales, los certificados de vigencia expedida por la entidad competente (COPNIA) y los certificados que acrediten su experiencia especifica.

DE LAS CERTIFICACIONES DE EXPERIENCIA PARA EL PERSONAL

INDISPENSABLE DE OBRA 1. DE OBRAS CONTRATADAS POR EL ESTADO: Deberán presentar certificación expedida por la Entidad Pública Contratante, en la que se verifique tal condición. De no ser posible se aceptará la certificación expedida por el contratista acompañada de la certificación de la Entidad Pública expedida al Contratista. No se requiere de licencia de construcción ni Permiso de Ocupación para obras contratadas por el Estado. 2. DE OBRAS PRIVADAS: Para las obras privadas, deberán presentar certificación expedida por el titular de la Licencia de Construcción, y anexar copia de la misma expedida por Curaduría Urbana o entidad competente, acompañada de la copia del formulario Único Nacional (en caso de que aplique), y la copia del respectivo “Certificado de Permiso de Ocupación” de que trata el artículo 2.2.6.1.4.1 del Decreto 1077 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”, expedido por la autoridad competente para ejercer el control urbano y posterior de obra, o el que aplique de acuerdo con la reglamentación vigente a la fecha. 9. CRITERIOS DE ASIGNACIÓN DE PUNTAJE Y/O CALIFICACIÓN PARA CADA UNO DE LOS GRUPOS. La evaluación de las ofertas, se realizará únicamente a las proponentes que se encuentren habilitados y esta se llevará a cabo por parte del Comité Asesor y Evaluador que designe

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el DEPARTAMENTO, que podrá estar conformado por funcionarios o contratistas de la Secretaría de Infraestructura. Los criterios aquí evaluados no son subsanables. En la Evaluación de las Ofertas la Gobernación de Risaralda realizará ponderación del Componente Económico, Componente de Calidad, Apoyo a la Industria Nacional y Acreditación de personal discapacitado de acuerdo con los valores indicados en la presente Tabla. Se evaluarán la (s) Propuesta (s) mediante la aplicación del siguiente puntaje: La calificación de las ofertas se hará con base en los siguientes parámetros, para un valor de 303 Puntos posibles:

CRITERIO DE EVALUACIÓN PUNTAJE

Componente Económico 100 Puntos

Componente de Calidad: Plan de Calidad general de Obras

160 Puntos

Componente de Apoyo a la Industria Nacional 40 Puntos

Acreditación de personal discapacitado 3 Puntos

TOTAL 303 PUNTOS

9.1. CALIFICACIÓN COMPONENTE DE CALIDAD PARA CADA UNO DE LOS GRUPOS – PLAN DE CALIDAD GENERAL DE OBRAS. Conforme a la Ley 1150 de 2007, este criterio no es subsanable

PUNTAJE POR CALIDAD: 160 PUNTOS La Entidad asignará el puntaje de factor de calidad de la siguiente manera:

Concepto Puntaje

Presentación de un Plan de Calidad 160 Puntos

Total 160 Puntos

La Entidad asignará 160 Puntos al Proponente que se comprometa, mediante la suscripción del Anexo 13 – Factor de calidad - Plan de Calidad General de Obras por parte del Representante Legal, a presentar un Plan de Calidad específico para el proyecto, elaborado conforme a los parámetros establecidos en la última actualización de las normas NTC ISO 9001:2015 y NTC ISO 10005:2018.

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La Entidad verificará el cumplimiento de este criterio conforme a lo establecido en las normas mencionadas sin requerir la presentación de certificación alguna. 9.2. COMPONENTE APOYO DE LA INDUSTRIA NACIONAL PARA CADA UNO DE LOS GRUPOS: Conforme a la Ley 1150 de 2007, este criterio no es subsanable.

Puntaje Máximo: 40 Puntos Este componente se evaluará en razón a la procedencia de los servicios ofrecidos por el proponente, así: Se evaluará APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL, que empleará el contratista a partir de la información suministrada por los proponentes mediante la suscripción del Anexo No. 4 "Apoyo a la Industria Nacional.

OFERTA PUNTAJE

a) Servicios Nacionales Se Asignan 40 Puntos

b) Servicios Extranjeros Se Asignan 20 Puntos

a) Servicios Nacionales: Se otorgarán Cuarenta (40) puntos al oferente que acredite que

el 100% de los servicios objeto de la presente Selección Abreviada son de origen nacional.

b) Servicios de Origen Extranjero: Se otorgarán Veinte (20) puntos al oferente que acredite que los servicios ofrecidos objeto de la presente Selección Abreviada son de origen extranjero y tienen incorporados componentes colombianos en servicios profesionales, técnicos, operativos, etc.

Nota 1: En este factor de calificación se otorgará el mismo tratamiento de servicios nacionales a aquellos servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales. En este caso se demostrará con informe de la respectiva Misión Diplomática, que se acompañará a la oferta, sin el cual se considerará este tratamiento en la presente contratación. Nota 2: Los factores de ponderación no son susceptibles de ser subsanados ni mejorados ni modificados por el proponente una vez cerrado el proceso de selección.

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9.3. CALIFICACIÓN COMPONENTE ECONOMICO PARA CADA UNO DE LOS GRUPOS. Conforme a la Ley 1150 de 2007 este criterio no es subsanable. La propuesta económica se evaluará así:

No se aceptará ningún tipo de enmendadura en el Cuadro de la Propuesta, que no venga claramente refrendada con la firma del Proponente, ni el Cuadro con información ilegible, incompleta o que no esté determinada claramente o que induzca a error; si esto ocurre la Oferta será automáticamente rechazada.

La Propuesta Económica se evaluará así: El Departamento de Risaralda evaluará económicamente en la Adjudicación las Propuestas habilitadas Técnica, Jurídica y Financieramente y quienes hayan subsanado satisfactoriamente procediendo a la apertura del sobre que contiene la propuesta económica; mediante la aplicación del siguiente puntaje:

PRECIO GLOBAL: 100 Puntos Se verificará el valor total de la propuesta. Si este valor es mayor que el presupuesto oficial será descalificado y no les será aplicado el procedimiento de corrección aritmética. PROCEDIMIENTO: 100 Puntos

Al factor precio global se le asignan Cien (100) puntos, los cuales se otorgarán de acuerdo con el siguiente procedimiento: Fórmulas para evaluar el Factor Económico La Gobernación de Risaralda, a partir del valor de las Ofertas debe asignar máximo de Cien (100) puntos acumulables de acuerdo con el Método seleccionado para la Evaluación de la Oferta Económica: Métodos de Evaluación de la Oferta Económica

Método

Media Aritmética

Media Aritmética Alta

Media Geométrica con presupuesto oficial

Para la determinación del método de evaluación se tomarán los primeros dos dígitos decimales de la Tasa Representativa del Mercado (TRM) que esté vigentes a la fecha de

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del inicio de la audiencia de adjudicación del presente proceso y este valor se tomará de la página web de la Superintendencia Financiera de Colombia. El método debe ser escogido de acuerdo a los rangos establecidos en la tabla que se presenta a continuación. Asignación de Método de Evaluación según TRM

Rango (Inclusive) Número Método

De 0.00 a 0.33 1 Media aritmética

De 0.34 a 0.66 2 Media aritmética alta

De 0.67 a 0.99 3 Media geométrica con presupuesto oficial

MEDIA ARITMETICA.

Consiste en la determinación del promedio aritmético de las Ofertas que no han sido rechazadas y se encuentran válidas, para esto se aplicará la siguiente fórmula:

�̅� = ∑ 𝑋𝑖

𝑛

𝑛

𝑖=𝑙

X= Media aritmética. Xi= Valor total presentado de la propuesta i n = Número total de las Ofertas válidas presentadas. Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente formula.

X = Media aritmética. Vi= Valor total presentado de cada una de las Ofertas i i = Número de propuesta.

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En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación.

MEDIA ARITMETICA ALTA Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor total corregido de la propuesta válida de más alta y el promedio aritmético de las Ofertas que no han sido rechazadas y se encuentran válidas, para esto se aplicará la siguiente fórmula:

𝑋𝑨 =𝑉𝑚𝑎𝑥 + 𝑋

2

XA = Media aritmética alta Vmax = Valor Total presentado de la propuesta más alta. X = Promedio Aritmético de las ofertas validadas. Obtenida la media aritmética alta se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:

XA = Media Aritmética Alta. Vi = Valor total presentado de cada una de las Ofertas i i = Número de propuesta. En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética alta se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética alta y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación. Las Ofertas que no estén definidas como válidas no se les tendrá en cuenta puntaje alguno, por concepto de Apoyo a la Industria Nacional y Factor de Calidad.

MEDIA GEOMETRICA CON PRESUPUESTO OFICIAL

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El cálculo de la media geométrica con presupuesto oficial se tendrá en cuenta el número de Ofertas válidas y se incluirá el presupuesto oficial del proceso o módulo de acuerdo al siguiente cuadro:

Número de Ofertas (n) [número]

Número de veces en las que se incluye el presupuesto oficial (nv) [veces]

1 – 3 1

4 – 6 2

7 – 9 3

10 – 12 4

13 – 15 5

Y así sucesivamente por cada tres Ofertas válida se incluirá una vez el presupuesto oficial del proceso o módulo. Seguidamente se determinará la media geométrica con la inclusión del presupuesto oficial de acuerdo a lo establecido en el cuadro anterior mediante la siguiente fórmula:

PnPPPOnvPOPOnnvGpo ...21...)(

Donde, Gpo = Media geométrica con presupuesto oficial. nv = Número de veces que se incluye el presupuesto oficial (PO). n = Número de Ofertas económicas válidas. PO = Presupuesto oficial del proceso. P1 = Valor de la propuesta económica presentada por el Proponente i. Establecida la media geométrica se procederá a determinar el puntaje para cada Proponente mediante el siguiente procedimiento:

Gpo = Media geométrica con presupuesto oficial.

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Vi = Valor total presentado de cada una de las Ofertas i i = Número de propuesta. En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media geométrica con presupuesto oficial se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media geométrica con presupuesto oficial y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación Nota: La Aplicación de la fórmula se hará el día y a la hora prevista en el cronograma para la adjudicación. 9.3.1. CORRECCIÓN ARITMÉTICA PARA CADA UNO DE LOS GRUPOS (Al Primero en el orden de elegibilidad)

De manera secuencial se seguirá el siguiente procedimiento:

1 Se revisará que el cuadro de la propuesta económica esté completamente diligenciado. Se comparará con el publicado por la Entidad en los documentos del proceso, revisando que esté la totalidad de actividades requeridas, con su respectiva unidad y cantidad.

2 Se revisará, en aplicación de la Ley de Pareto (80/20), los APU que representen el 80% de la Propuesta Económica en Costo Directo, verificando además que estén acorde con la Especificación Técnica (materiales, unidad de medida y forma pago).

3 Se realizará la comparación de la información de los análisis de precios unitarios con la consignada en el cuadro de la propuesta, revisando que esté la totalidad de los APU de los ítems solicitados por la Entidad. Si existen diferencias entre el valor del APU frente al valor unitario ofertado en el presupuesto del oferente, primará el presentado en el APU, y este será remplazado en el cuadro de la propuesta.

4 Se verificará que todo el personal técnico y administrativo requerido para la ejecución del contrato esté incluido en el cuadro del AU, con las dedicaciones mínimas y tiempo de ejecución de obra, establecidos por la entidad.

5 Se revisarán las operaciones y se trasladará el porcentaje de AU del respectivo anexo al cuadro de la propuesta con las cifras decimales con las que fue presentado. Se revisará la integralidad del cuadro de la propuesta, revisando las operaciones aritméticas y sus resultados en el mismo; si se encontrara error o inconsistencia, se procederá a corregir los resultados. Si el resultado de la corrección supera más o menos de 50 pesos por millón del valor de la oferta con respecto a si misma o supera el presupuesto oficial, la propuesta será rechazada. La Entidad aclara que no volverá a correr fórmula con el valor corregido. El valor total de la propuesta corregida será el que se tendrá en cuenta para efectos contractuales y de ejecución.

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En la Revisión Aritmética se corregirá el Formulario, teniendo en cuenta la integralidad del mismo, es decir cada columna y fila que lo integran. En esta etapa la propuesta será rechazada en los siguientes casos:

Cuando no se anexe el Cuadro de la Propuesta.

Cuando el cuadro de la propuesta esté incompleto, es decir que no oferte las cantidades y/o los ítems solicitados sean modificados en su descripción o estén incompletos.

Cuando se varíe en el cuadro de la propuesta la unidad de medida del ítem.

Cuando se varíe la cantidad de uno o más ítems en comparación del Cuadro de la Propuesta con el presupuesto oficial.

Cuando el proponente no presente la totalidad de los análisis de precios unitarios o que alguno de ellos esté incompleto, es decir no esté de acuerdo con las especificaciones técnicas de construcción las cuales son parte integral de la presente licitación.

Cuando el proponente presenta o incluye un porcentaje por imprevistos o I (dentro de la desagregación del AU) de su propuesta.

Cuando no incluya la totalidad del personal administrativo y técnico dentro de la desagregación del AU.

Cuando el resultado de la corrección supera más o menos de cincuenta pesos ($50) por millón del valor de la Oferta con respecto a sí misma o supere el presupuesto oficial.

Cuando no presente el análisis del discriminado AU.

Para todos los efectos del cuadro de la propuesta, se debe ajustar al peso, ya sea por exceso o por defecto, de los valores consignados en este formulario así: Cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco, se aproximará por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero inferior del peso.

Importante: La Entidad no tomará como errores aritméticos la aproximación por decimales.

9.4. ACREDITACIÓN DE PERSONAL DISCAPACITADO PARA CADA UNO DE LOS GRUPOS: La entidad, dentro del componente de puntaje aplacará lo decretado por el Departamento de Planeación Nacional por medio del Decreto 392 del 26 de febrero de 2018. Referente al puntaje adicional para proponentes con trabajadores con discapacidad, Que en su Artículo 1 dice:

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Artículo 1. Adiciónese la Subsección 2 de la Sección 4 del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, la cual tendrá tres nuevos artículos con el siguiente texto: Artículo 2.2.1.2.4.2.6. Puntaje adicional para proponentes con trabajadores con discapacidad. En los procesos de licitaciones públicas y concursos de méritos, para incentivar el sistema de preferencias a favor de las personas con discapacidad, las entidades estatales deberán otorgar el uno por ciento (1%) del total de los puntos establecidos en el pliego de condiciones, a los proponentes que acrediten la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de personal, de acuerdo con los siguientes requisitos: 1. La persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal, según corresponda certificará el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso de selección. 2. Acreditar el número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal, de conformidad con lo señalado en el certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, el cual deberá estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección.

Verificados los anteriores requisitos, se asignará el 1 %, a quienes acrediten el número mínimo de trabajadores con discapacidad, señalados a continuación:

Parágrafo. Para efectos de lo señalado en el presente artículo. si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se tendrá en cuenta la planta de personal del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia requerida para la respectiva contratación. De acuerdo a lo anterior el puntaje máximo a obtener por un proponente es de 303 puntos PUNTAJE TOTAL ASIGNADO A LOS PROPONENTES:

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De acuerdo a la forma determinada por la Entidad para calificar el presente proceso, el proponente podrá obtener un total de 303 puntos posibles previo cumplimiento de todos los requisitos solicitados en los Componente Económico, Componente de Calidad (Plan de Calidad General de Obras), Componente de Apoyo a la Industria Nacional y Acreditación de Personal Discapacitado, se reitera que, de presentarse las siguientes situaciones, del puntaje total obtenido por el proponente la Entidad tendrá en cuenta lo siguiente:

Para los proponentes que presenten personal discapacitado se les otorgara el puntaje adicional según el decreto 392 de febrero de 2018.

10. ANALISIS DEL SECTOR: El análisis del sector para el presente proceso fue

elaborado por la Secretaria de Infraestructura, y se encuentra como anexo No 01 de los

estudios previos de este proceso.

11. ANALISIS DE RIESGO. El análisis del riesgo para el presente proceso fue

elaborado por la Secretaria de Infraestructura, y se encuentra como Anexo No 2 del Estudio

Previo y forma parte del presente estudio previo.

11.1 La matriz de que contiene los riesgos para el presente proceso y se encuentra en el Anexo No 3 del Estudio Previo y forma parte del presente estudio previo. 12. GARANTÍAS Garantías destinadas a amparar los perjuicios de la naturaleza contractual para garantizar las obligaciones surgidas con ocasión del proceso de selección y/o del contrato a celebrar (Amparos que deben constituir en la Garantía Única):

12.1 Seriedad de la Oferta

Por el Diez Por Ciento (10%) del valor del presupuesto oficial y una vigencia de 90 días calendario contados a partir de la fecha del cierre y deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida y autorizada para funcionar en Colombia. La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos:

La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.

La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o

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cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses.

La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.

El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas.

El mayor valor que pueda generar la ampliación de dicha póliza será en todos los casos a cargo del proponente.

12.2. Cumplimiento

Por el Veinte Por Ciento (20%) del valor del contrato, por el término del mismo y ocho (8) meses más. En todo caso la garantía de cumplimiento deberá mantenerse vigente hasta que se logre la liquidación del contrato. Este garantiza el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, cuando se hayan pactado en el contrato. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado. En todo caso la garantía de cumplimiento deberá mantenerse vigente hasta que se logre la liquidación del contrato. 12.3 Calidad de los materiales Por el Veinte por Ciento (20%) del valor del contrato, por el término del mismo y un año más. 12.4. Salarios y prestaciones parciales legales e indemnizaciones laborales Por el Diez por Ciento (10%) del valor del contrato, por el término del mismo y tres (3) años más. El amparo de pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato amparado.

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12.5. Buen Manejo y Correcta Inversión del Anticipo El valor de esta garantía deberá ser equivalente al Ciento Por Ciento (100%) del monto que el contratista reciba a título de anticipo, en dinero o en especie, para la ejecución del contrato, por el término del contrato y seis (6) meses más. Su vigencia se extenderá hasta la liquidación del contrato. 12.6 Responsabilidad Civil Extracontractual El valor de la póliza deberá ser por 500 SMLMV y una vigencia igual al del contrato y (4) meses más. 12.7 Estabilidad y calidad de la obra El valor será del Quince Por Ciento (15%) del valor del contrato. Su vigencia se iniciará a partir del recibo a satisfacción de la obra por parte de la entidad y no será inferior a cinco (5) años.

13. INDICAR SI EL PROCESO ESTA COBIJADO POR ACUERDO INTERNACIONAL O UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO El Proceso de Contratación está cubierto por los siguientes Acuerdos Comerciales y por la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina de Naciones (CAN):

Entidad Estatal incluida

Umbral Excepción Aplicable

Proceso de Contratación

Cubierto

Alianza Pacífico

Chile Si No - -

México No - - -

Perú Si No - -

Canadá No - -

Chile Si No - -

Corea Si No - -

Costa Rica Si No - -

Estados AELC Si No - -

Estados Unidos Si No - -

México No - - -

Triángulo del Norte

El Salvador Si Si 38 No

Guatemala Si Si - Si

Honduras No - - -

Unión Europea Si No - -

De acuerdo con la información del proceso se concluye que éste está cubierto con los acuerdos comerciales con El Salvador y Guatemala y con la Comunidad Andina de Naciones – CAN por decisión 439 de 1998; con relación a los plazos, entendidos estos

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como los días a partir de la fecha de publicación del Aviso de Convocatoria y hasta el día en que vence el término para presentar ofertas, se tienen los siguientes valores:

Plazo

General

Plazo Bienes y Servicios de

características Técnicas Uniformes

Plazo cuando hay publicidad en el Plan

Anual de Adquisiciones

Triángulo del

Norte Guatemala No hay plazo

mínimo No hay plazo mínimo No hay plazo mínimo

Comunidad Andina No hay plazo

mínimo No hay plazo mínimo No hay plazo mínimo

En consecuencia, la Entidad concederá trato nacional a Proponentes y servicios de los Estados que cuenten con un Acuerdo Comercial que cubra el Proceso de Contratación. Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad recibirán este trato.

ORIGINAL FIRMADO

JUAN PABLO OCAMPO ARIAS GLORIA CLEMENCIA GOMEZ C.

Secretario de Infraestructura Directora Técnica

Reviso: William Andrés Uribe Digito: Natalia Restrepo Mejia

Abogado Contratista Ing. Civil Contratista