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2014
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Estudio de Impacto Ambiental EX ANTE“HACIENDA SAN CARLOS”
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ÍNDICE
ANTECEDENTES............................................................................................................................................................................ 2
INFORMACIÓN GENERAL ................................................................................................................................................... 2, 3
INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................................................................ 8
ALCANCE DE ESTUDIO .............................................................................................................................................................. 9
OBJETIVOS ....................................................................................................................................................................................10
SIGLAS Y ABREVIATURAS .....................................................................................................................................................10
MARCO LEGAL ............................................................................................................................................................................12
METODOLOGÍA ...........................................................................................................................................................................30
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO ...........................................................................................................................................30
LÍNEA BASE ...................................................................................................................................................................................44
ESTUDIO SOCIOECONÓMICO ..............................................................................................................................................55
IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS ........................................................................................................................................66
MÉTODO DE EVALUACIÓN DE IMPACTOS ....................................................................................................................72
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ..........................................................................................................................................83
Programa de Prevención y Reducción de la Contaminación Ambiental ...........................................................................84
Plan de Manejo de Desechos ........................................................................................................................................................89
Plan de Emergencia y Contingencias Ambientales .................................................................................................................90
Plan de Seguridad y Salud Ocupacional ...................................................................................................................................91
Programa de Monitoreo y Seguimiento Ambiental ................................................................................................................94
Programa de Comunicación, Capacitación y Educación Ambiental ..................................................................................95
Programa de capacitación ambiental..........................................................................................................................................97
Plan de Relaciones Comunitarias................................................................................................................................................98
Plan de Rehabilitación de Áreas Afectadas ..............................................................................................................................99
Plan de Cierre, Abandono y Entrega del Área. .................................................................................................................... 101
CRONOGRAMA ......................................................................................................................................................................... 102
GLOSARIO DE TÉRMINOS ................................................................................................................................................... 106
BIBLIOGRAFÍA ......................................................................................................................................................................... 109
FIRMA DE RESPONSABILIDAD ......................................................................................................................................... 110
ANEXO 1. Certificado de intersección. .................................................................................................................................. 111
ANEXO 2. Mapa del Certificado de intersección. ............................................................................................................... 113
ANEXO 3. Archivo fotográfico ................................................................................................................................................. 114
ANEXO 4. Medios de verificación del proceso de información social ............................................................................ 115
ANEXO 5. RUC............................................................................................................................................................................ 116
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1. INFORMACIÓN GENERAL
1.1. Ficha técnica del promotor del Proyecto
Nombre del establecimiento HACIENDA SAN CARLOS
Inicio de Operaciones 11/08/2008
Razón Social PALMANABÍ S.A. “HACIENDA SAN CARLOS”
Representante Legal Luis Arturo Cevallos Muñoz
Ubicación de la planta Región Costa
Provincia Esmeraldas
Cantón Muisne
Parroquia Daule y Salima
Barrio
comunidad
Carretera Chamanga- Salima Km 8
Coordenadas UTM
X1 614970 Y1 10038317
X2 614791 Y2 10038932
X3 614587 Y3 10039804
X4 614407 Y4 10040212
X5 614352 Y5 10040465
X6 614514 Y6 10040479
X7 614674 Y7 10040363
X8 614923 Y8 1004038
X9 615138 Y9 10040302
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X10 615306 Y10 10040315
X11 615434 Y11 10040298
X12 615546 Y12 10040332
X13 615793 Y13 10040353
X14 615881 Y14 10040479
X15 616050 Y15 10040329
X16 616006 Y16 10040186
X17 615931 Y17 10040032
X18 615923 Y18 10039948
X19 616050 Y19 10039755
X20 616099 Y20 10039512
X21 616136 Y21 10039426
X22 616294 Y22 10039256
X23 616423 Y23 1003898
X24 615480 Y24 10038475
X25 615382 Y25 10038443
X26 614970 Y26 10038317
Población más cercana Muisne
Altitud de la Propiedad 180 Msnm
Superficie del Terreno 270 Ha
Número de Empleados Administrativos 1
Operativos 13
Densidad 143 Pt/ha
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Tipo de actividad o servicios
Ocupación actual del área de influencia
Sector: Cultivo de Palma Africana
Bosque Artificial:
Bosque Natural:
Ecología:
Interseca con SNAP:
No
N/A
Dirección oficina principal Muisne, Daule y Salima, Carretera Chamanga- Salima Km 8.
Teléfono 0992237346
Correo electrónico [email protected]
Horario de trabajo 7. am – 4 pm
Proponente Función Firma de Responsabilidad
Ing. Luis Arturo Cevallos Gerente General
1.2. Ficha técnica del Equipo Consultor
Nombre Comercial DESOESA S.A.
Inicio de Operaciones 01/09/2014
Dirección oficina principal Edificio Eugenia Rivas de Checa, Oficina 202 Av. Río Lelia y
Las Balsas
Teléfono 098 08 22 175 ;
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Correo electrónico [email protected]
Horario de trabajo 8:00 am – 6:00 pm
Equipo Consultor: Función Firma de Responsabilidad
Paulo Arturo Proaño
Código MAE-801-CI
Director de Proyecto
Santiago Rosero Especialista en Calidad
Ambiental
Jackson Luzuriaga Auditor de Cumplimiento
Iván Subía Especialista en Manejo de
Desechos
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2. INTRODUCCIÓN
HACIENDA SAN CARLOS, se encuentra ubicada en la Provincia de Esmeraldas, en el Muisne, Parroquia
San José de Chamanga. Es una zona que está fuera del área urbana de la ciudad del cantón Muisne, y el
clima es muy favorable para cualquier tipo de explotación agronómica de una gran variedad de cultivos
adaptados a la zona, la cual se ha elegido el cultivo de la palma, la hacienda cuenta con el servicio básicos
de luz y teléfono, carece de agua potable y alcantarillado por lo que las aguas grises son enviados a pozos
sépticos construidos dentro de la misma hacienda.
El proyecto agrónomo HACIENDA SAN CARLOS como empresa responsable y comprometida con el aprovechamiento racional de los recursos naturales y comprometidos con el aprovechamiento racional de
los recursos naturales elabora el presente estudio ambiental que en cumplimiento de la normativa nacional
vigente, permitirá regularizar los procesos productivos previniendo inconvenientes y gestionando
adecuadamente los impactos que se generarán al ambiente.
Según lo dictaminado en el Catálogo de Categorización Ambiental Nacional, publicado en el Acuerdo
Ministerial 006, del 18 de febrero del 2014, los proyectos referidos a la D 11.1.1.1.1 entran dentro de la
Categoría IV. En esta categoría, tal como lo indica el Art. 41.- De la categoría IV (licencia ambiental
categoría IV); se encuentran catalogados los proyectos, obras o actividades cuyos impactos ambientales
y/o riesgo ambiental, son considerados de alto impacto.
El Art. 55.- De la emisión de las licencias ambientales; del Capítulo VI, De las Fichas y Estudios
Ambientales; Título I, Del Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA); de la Reforma al Libro VI del
Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, Acuerdo Ministerial 006, del 18
de febrero del 2014; indica que: “Los proyectos, obras o actividades pertenecientes a las categorías III y
IV, además del pronunciamiento favorable de su estudio ambiental, deberán realizar los pagos que por
servicios administrativos correspondan, conforme a los requerimientos previstos para categoría y entregar
garantías y pólizas establecidas en la normativa ambiental aplicable…”
La Licencia Ambiental son los requisitos, obligaciones y condiciones que el beneficiario debe cumplir
para prevenir, mitigar o corregir los efectos indeseables que el proyecto, obra o actividad autorizada pueda
causar en el ambiente, en el proyecto de la HACIENDA SAN CARLOS, en aplicación a lo dispuesto en
la normativa ambiental aplicable.
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3. ALCANCE DE ESTUDIO
Para la categorización ambiental se consideró el entorno del área en sus componentes físico, biótico y
socio- económico; se realizó las interacciones actividad con el ambiente. El estudio de impacto ambiental
(EIA) se enmarcó en las leyes, reglamentos y normas ambientales para la prevención, mitigación y control
de contaminación ambiental.
Para establecer la situación o las condiciones ambientales de la zona de influencia de la HACIENDA SAN
CARLOS o Línea Base se recurrió principalmente a información secundaria, es decir información tomada
de otros sitios que hayan hecho estudios dentro del área correspondiente. Además de una descripción
completa del proyecto, inicia con un análisis de las alternativas consideradas para su ubicación, expone los resultados de las campañas de investigación, los sistemas de siembra, actividades de mantenimiento,
cosecha. Finalmente se describe el proceso productivo a desplegarse en las diferentes fases del proyecto
con énfasis en los efectos ambientales significativos que se pueden ocasionar.
Además se presenta una descripción de la línea base ambiental, se analiza el medio físico, biológico y
social considerando con significado los elementos involucrados de manera significativa con el proyecto.
Conjuntamente se analiza las interacciones del proyecto con el medio y se expone la caracterización y
valoración de los impactos ambientales causados en el proyecto.
Finalmente se expone el plan de manejo ambiental con el detalle de programas y proyectos que se deben
cumplir para poder viabilizar el desarrollo del proyecto.
El estudio de impacto ambiental (EsIA) para la hacienda contiene la los siguientes aspectos:
Introducción
Índice
Ficha técnica
Siglas y abreviaturas
Marco legal e institucional
Línea base
Descripción de la obra, proyecto, actividad
Análisis de alternativas
Evaluación de impactos ambientales
Análisis de riesgos
Determinación del área de influencia
Plan de manejo ambiental
Glosario de Términos
Referencias Bibliográficas y Bibliografía
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4. OBJETIVOS
4.1 General
Elaborar el Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto de la HACIENDA SAN CARLOS, conforme a los lineamientos establecidos en el Texto Unificado de Legislación Secundaria del
Ministerio del Ambiente (TULSMA), con la finalidad de obtener el respectivo Estudio de Impacto
Ambiental y Plan de Manejo Ambiental frente al Ministerio del Ambiente del Ecuador.
4.2 Específicos
Describir los procesos y actividades del cultivo de palma.
Definir el marco legal correspondiente a la actividad.
Identificar el área de influencia directa e indirecta del proyecto.
Identificar los posibles impactos ambientales que potencialmente se genera, como consecuencia de los procesos que se realizarán en el cultivo de palma.
Generar un Plan de Manejo Ambiental con sus respectivos programas de: prevención, control y mitigación de impactos; manejo de desechos; contingencias; capacitación; salud ocupacional y
seguridad industrial; relaciones comunitarias; seguimiento y monitoreo; rehabilitación de áreas
afectadas; y de cierre y abandono del área.
Realizar un proceso de socialización del proyecto a fin de acercar a la población al mismo e
incorporar sus recomendaciones en este.
Elaborar un cronograma de implementación del Plan de Manejo Ambiental.
5. SIGLAS Y ABREVIATURAS
TULSMA: Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente
TULAS: Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria
AAAr: Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable
AAAc: Autoridad Ambiental de Aplicación Cooperantes
Art: Artículo
Km: Kilómetro
SUMA: Sistema Único de Manejo Ambiental
EIA: Estudio de Impacto Ambiental
CNRH: Consejo Nacional de Recursos Hídricos
LGA: Ley General de Aduanas
BPA: Buenas Prácticas Agrícolas
T: Temperatura
°C: Grados Centígrados
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Kg: Kilogramo
INAMHI: Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología
CNE: Consejo Nacional Electoral
PEA: Población Económicamente Activa
PET: Población en Edad de Trabajar
INEC: Instituto Nacional de Estadísticas y Censos
JAAP: Junta Administradora de Agua Potable
HCPP: Honorable Consejo Provincial de Pichincha
MIDUVI: Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda
CAR: Centros Autorizados de Recaudación
CNEL: Corporación Nacional de Electricidad
CNT: Corporación Nacional De Telecomunicaciones
EEA: Evaluación Estratégica Ambiental
C: Naturaleza
I: Intensidad
PE: Persistencia
AC: Acumulación
SI: Sinergia
MO: Momento
MC: Recuperabilidad
PR: Periodicidad
RV: Reversibilidad
EX: Extensión
IMP: Impacto
PMA: Plan de Manejo Ambiental
PPRC: Programa de Prevención y Reducción de la Contaminación Ambiental
PPM: Plan De Prevención Y Mitigación De Impactos
PMD: Plan De Manejo De Desechos
PMEC: Plan De Manejo Emergencias Y Contingencias
PMSA: Plan De Monitoreo Y Seguimiento Ambiental
PCCEA: Plan De Comunicación, Capacitación Y Educación Ambiental
PRC: Plan De Relaciones Comunitarias
PRA: Plan De Rehabilitación De Área Afectadas
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6. MARCO LEGAL
Las normas de aplicación directa para la ejecución del Estudio de Impacto Ambiental para el cultivo
de palma son detalladas a continuación:
La constitución Política de la República de Ecuador
El estado ecuatoriano garantiza a su población el derecho del buen vivir en un ambiente sano
ecológicamente equilibrado y libre de contaminación. En el capítulo segundo referido a los Derechos del
Buen Vivir, en su Segunda Sección del Ambiente Sano detalla:
Art. 10.- Las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son titulares y gozarán de los
derechos garantizados en la Constitución y en los instrumentos internacionales. La naturaleza será sujeto
de aquellos derechos que le reconozca la Constitución.
Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado,
que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumay kawsay. Se declara de interés público la
perseverancia del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del
patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales
degradados.
Art. 15.- El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente
limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto. La soberanía energética no se
alcanzará en detrimento de la soberanía alimentaria, ni afectaría el derecho al agua.
Se prohíbe el desarrollo, producción, tenencia, comercialización, importación, transporte, almacenamiento
y uso de armas químicas, biológicas y nucleares de contaminantes orgánicos persistentes altamente
tóxicos, agroquímicos internacionalmente prohibidos, y las tecnologías y agentes biológicos
experimentales nocivos y organismos genéticamente modificados perjudiciales para la salud humana o
que atenten contra la soberanía alimentaria o los ecosistemas, así como las introducción de residuos
nucleares y desechos tóxicos al territorio nacional.
Art. 32.- La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros
derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la
seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.
Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas:
Específicamente los siguientes detalles:
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Numeral 15.- El derecho a desarrollar actividades económicas, en forma individual o colectiva, conforme
a los principios de solidaridad, responsabilidad social y ambiental.
Numeral 27.- El derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación
y armonía con la naturaleza.
Art. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la
obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de Indemnizar a los individuos y
colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados. En los casos de impacto ambiental grave o
permanente, incluidos los ocasionados por la explotación de los recursos naturales no renovables, el
Estado establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la restauración, y adoptará las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales nocivas.
Art. 73.- EI Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir
a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales.
Se prohíbe la introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera
definitiva el patrimonio genético nacional.
Art. 395.- La Constitución reconoce los siguientes principios ambientales:
1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de
la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los
ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras.
2. Las políticas de gestión ambiental se aplicarán de manera transversal y serán de obligatorio
cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas las personas naturales o jurídicas en el
territorio nacional.
3. El Estado garantizará la participación activa y permanente de las personas, comunidades, pueblos y
nacionalidades afectadas, en la planificación, ejecución y control de toda actividad que genere impactos
ambientales.
4. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental, éstas se aplicarán
en el sentido más favorable a la protección de la naturaleza.
Art. 397.- En caso de daños ambientales el Estado actuará de manera inmediata y subsidiaria para
garantizar la salud y la restauración de los ecosistemas. Además de la sanción correspondiente, el Estado
repetirá contra el operador de la actividad que produjera el daño las obligaciones que conlleve la
reparación integral, en las condiciones y con los procedimientos que la ley establezca.
La responsabilidad también recaerá sobre las servidoras o servidores responsables de realizar el control
ambiental. Para garantizar el derecho individual y colectivo a vivir en un ambiente sano y ecológicamente
equilibrado, el Estado se compromete a:
1. Permitir a cualquier persona natural o jurídica, colectividad o grupo humano, ejercer las acciones
legales y acudir a los órganos judiciales y administrativos, sin perjuicio de su interés directo, para
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obtener de ellos la tutela efectiva en materia ambiental, incluyendo la posibilidad de solicitar
medidas cautelares que permitan cesar la amenaza o el daño ambiental materia de litigio. La carga
de la prueba sobre la inexistencia de daño potencial o real recaerá sobre el gestor de la actividad o
el demandado.
2. Establecer mecanismos efectivos de prevención y control de la contaminación ambiental, de
recuperación de espacios naturales degradados y de manejo sustentable de los recursos naturales.
3. Regular la producción, importación, distribución, uso y disposición final de materiales tóxicos y
peligrosos para las personas o el ambiente.
4. Asegurar la intangibilidad de las áreas naturales protegidas, de tal forma que se garantice la
conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas de los
ecosistemas. El manejo y administración de las áreas naturales protegidas estará a cargo del Estado.
5. Establecer un sistema nacional de prevención, gestión de riesgos y desastres naturales, basado en
los principios de inmediatez, eficiencia, precaución, responsabilidad y solidaridad.
Art. 398.- Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la
comunidad, a la cual se informará amplia y oportunamente. El sujeto consultante será el Estado. La ley
regulará la consulta previa, la participación ciudadana, los plazos, el sujeto consultado y los criterios de
valoración y de objeción sobre la actividad sometida a consulta. El Estado valorará la opinión de la
comunidad según los criterios establecidos en la ley y los instrumentos internacionales de derechos
humanos. Si del referido proceso de consulta resulta una oposición mayoritaria de la comunidad
respectiva, la decisión de ejecutar o no el proyecto será adoptada por resolución debidamente motivada de
la instancia administrativa superior correspondiente de acuerdo con la ley.
Codificación de la Ley de Gestión Ambiental, Nº 19, publicada en el Suplemento del Registro
Oficial Nº 418, de 10 de septiembre de 2004.
La Ley de Gestión Ambiental es la norma macro respecto a la Política Ambiental del Estado Ecuatoriano
y todos los que ejecutan acciones relacionadas con el ambiente en general. La Ley establece la existencia
de gran parte de las obligaciones en la gestión que debe aplicar una actividad.
Está ley establece instrumentos de aplicación de las normas ambientales, entre los cuales se identifican
los siguientes: parámetros de calidad ambiental, normas de efluentes y emisiones (que incluye a los
monitoreos ambientales) y evaluaciones de impacto ambiental, los siguientes artículos:
Art. 19.- Las obras públicas, privadas o mixtas y los proyectos de inversión públicos o privados que
puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su ejecución, por los organismos
descentralizados de control, conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será
el precautelario.
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Art. 20.- Para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con la licencia
respectiva, otorgada por el Ministerio del ramo.
Art. 21.- Los Sistemas de manejo ambiental incluirán estudios de línea base; evaluación del impacto
ambiental, evaluación de riesgos; planes de manejo; planes de manejo de riesgo; sistemas de monitoreo;
planes de contingencia y mitigación; auditorías ambientales y planes de abandono. Una vez cumplidos
estos requisitos y de conformidad con la calificación de los mismos.
El Ministerio del ramo podrá otorgar o negar la licencia correspondiente.
Art. 22.- Los sistemas de manejo ambiental en los contratos que requieran estudios de impacto ambiental
y en las actividades para las que se hubiere otorgado licencia ambiental, podrán ser evaluados en cualquier
momento, a solicitud del Ministerio del ramo o de las personas afectadas.
La evaluación del cumplimiento de los planes de manejo ambiental aprobados se le realizará mediante la
auditoría ambiental, practicada por consultores previamente calificados por el Ministerio del ramo, a fin
de establecer los correctivos que deban hacerse.
Art. 40.- Toda persona natural o jurídica que, en el curso de sus actividades empresariales o industriales
estableciere que las mismas pueden producir o están produciendo daños ambientales a los ecosistemas,
está obligada a informar sobre ello al Ministerio del ramo o a las instituciones del régimen seccional
autónomo. La información se presentará a la brevedad posible y las autoridades competentes deberán
adoptar las medidas necesarias para solucionar los problemas detectados. En caso de incumplimiento de
la presente disposición, el infractor será sancionado con una multa de veinte a doscientos salarios mínimos
vitales generales.
Ley de Prevención y Control de la contaminación ambiental. Codificación 20, Registro
Oficial Suplemento 418 de 10 de Septiembre del 2004.
CAPITULO I
DE LA PREVENCION Y CONTROL DE LA CONTAMINACION DEL AIRE
Art. 1.- Queda prohibido expeler hacia la atmósfera o descargar en ella, sin sujetarse a las correspondientes
normas técnicas y regulaciones, contaminantes que, a juicio de los Ministerios de Salud y del Ambiente,
en sus respectivas áreas de competencia, puedan perjudicar la salud y vida humana, la flora, la fauna y los
recursos o bienes del estado o de particulares o constituir una molestia.
CAPITULO II
DE LA PREVENCION Y CONTROL DE LA CONTAMINACION DE LAS AGUAS
Art. 6.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones,
a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas
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marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contaminantes que sean
nocivos a la salud humana, a la fauna, a la flora y a las propiedades.
Art. 9.- Los Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia, también, están
facultados para supervisar la construcción de las plantas de tratamiento de aguas residuales, así como de
su operación y mantenimiento, con el propósito de lograr los objetivos de esta Ley.
CAPITULO III
DE LA PREVENCION Y CONTROL DE LA CONTAMINACION DE LOS SUELOS
Art. 10.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, cualquier tipo de contaminantes que puedan alterar la calidad del suelo y afectar a la salud humana, la
flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes.
Art.11.- Para los efectos de esta Ley, serán consideradas como fuentes potenciales de contaminación, las
substancias radioactivas y los desechos sólidos.
Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria (TULAS) del Ministerio del
Ambiente. Decreto Ejecutivo 3516, publicado en el Registro Oficial N° E 2, de 31 de marzo
de 2003.
De este cuerpo legal conformado por libros, títulos y capítulos; se ha seleccionado el Libro VI: De la
Calidad Ambiental por ser el que compete al presente tema en cuestión, además porque contempla en su
Título IV: Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación
Ambiental.
Asimismo se toma en cuenta la reforma al Libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria del
Ministerio del Ambiente, Acuerdo Ministerial 006, del 18 de febrero del 2014 de categorización
ambiental, así como el manual de procedimientos para la elaboración de los distintos documentos parte
del sistema de regularización ambiental.
Este en su Art. 45 nos da los principios generales para la gestión ambiental.
Art. 2.- Principios.- Los principios del Sistema Único de Manejo Ambiental son el mejoramiento, la
transparencia, la agilidad, la eficacia y la eficiencia así como la coordinación interinstitucional de las
decisiones relativas a actividades o proyectos propuestos con potencial impacto y/o riesgo ambiental, para
impulsar el desarrollo sustentable del país mediante la inclusión explícita de consideraciones ambientales
y de la participación ciudadana, desde las fases más tempranas del ciclo de vida de toda actividad o
proyecto propuesto y dentro del marco establecido mediante este título.
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Art. 13.- Objetivo General de la evaluación de impactos ambientales. El objeto general de la
evaluación de impactos ambientales dentro del SUMA es garantizar el acceso de funcionarios públicos y
la sociedad en general a la información ambiental relevante de una actividad o proyecto propuesto previo
a la decisión sobre la implementación o ejecución de la actividad o proyecto.
Para tal efecto, en el proceso de evaluación de impactos ambientales se determinan, describen y evalúan
los potenciales impactos de una actividad o proyecto propuesto con respecto a las variables ambientales
relevantes de los medios
a) físico (agua, aire, suelo y clima);
b) biótico (flora, fauna y sus hábitat);
c) socio cultural (arqueología, organización socio-económica, entre otros); y,
d) salud pública
Art. 16.- Alcance o términos de referencia.- Los términos de referencia para un estudio de impacto
ambiental determinarán el alcance, la focalización y los métodos y técnicas a aplicarse en la elaboración
de dicho estudio en cuanto a la profundidad y nivel de detalle de estudios para las variables ambientales
relevantes de los diferentes aspectos ambientales: medio físico, medio biótico, medio socio-cultural y
salud pública. En ningún momento es suficiente presentar como términos de referencia el contenido
proyectado del estudio de impacto ambiental.
Debe señalar por lo tanto y en función de la descripción de la actividad o proyecto propuesto, las técnicas,
métodos, fuentes de información (primaria y secundaria) y demás herramientas que se emplearán para
describir, estudiar y analizar.
a) línea base (diagnóstico ambiental), focalizada en las variables ambientales relevantes;
b) descripción del proyecto y análisis de alternativas;
c) identificación y evaluación de impactos ambientales; y,
d) definición del plan de manejo ambiental y su composición (sub-planes y/o capítulos).
Además se debe incluir un breve análisis del marco legal e institucional en el que se inscribirá el estudio
de impacto ambiental y se especificará la composición del equipo multidisciplinario que responderá
técnicamente al alcance y profundidad del estudio determinado.
Los términos de referencia deben incorporar en la priorización de los estudios los criterios y observaciones
de la comunidad, para lo cual el promotor en coordinación con la autoridad ambiental de aplicación
responsable empleará los mecanismos de participación adecuados, de conformidad con lo establecido en
el artículo 20 de este Título.
El alcance del respectivo estudio de impacto ambiental deberá cubrir todas las fases del ciclo de vida de
una actividad o proyecto propuesto, excepto cuando por la naturaleza y características de la actividad y en
base de la respectiva normativa sectorial se pueda prever diferentes fases y dentro de éstas diferentes
etapas de ejecución de la actividad.
Art. 17.- “Realización de un estudio de impacto ambiental.- Para garantizar una adecuada y fundada
predicción, identificación e interpretación de los impactos ambientales de la actividad o proyecto
propuesto, así como la idoneidad técnica de las medidas de control para la gestión de sus impactos
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ambientales y riesgos, el estudio de impacto ambiental debe ser realizado por un equipo multidisciplinario
que responda técnicamente al alcance y la profundidad del estudio en función de los términos de referencia
previamente aprobados. El promotor y/o el consultor que presenten los Estudios de Impacto Ambiental a
los que hace referencia este Título son responsables por la veracidad y exactitud de sus contenidos.
Un estudio de impacto ambiental deberá contener como mínimo lo siguiente, sin perjuicio de que la
autoridad ambiental de aplicación establezca normas más detalladas mediante guías u otros instrumentos:
a) Resumen ejecutivo en un lenguaje sencillo y adecuado tanto para los funcionarios responsables de la
toma de decisiones como para el público en general;
b) Descripción del entorno ambiental (línea base o diagnóstico ambiental) de la actividad o
proyecto propuesto con énfasis en las variables ambientales priorizadas en los respectivos términos
de referencia (focalización); c) Descripción detallada de la actividad o proyecto propuesto;
d) Análisis de alternativas para la actividad o proyecto propuesto;
e) Identificación y evaluación de los impactos ambientales de la actividad o proyecto propuesto;
f) Plan de manejo ambiental que contiene las medidas de mitigación, control y compensación de
los impactos identificados, así como el monitoreo ambiental respectivo de acuerdo a las
disposiciones del artículo 19 de este Título; y,
g) Lista de los profesionales que participaron en la elaboración del estudio, incluyendo una breve
descripción de su especialidad y experiencia (máximo un párrafo por profesional).
Art. 18.- “Revisión, aprobación y licenciamiento ambiental.- El promotor de una actividad o proyecto
presentará el estudio de impacto ambiental ante la autoridad ambiental de aplicación responsable (AAAr)
a fin de iniciar el procedimiento de revisión, aprobación y licenciamiento por parte de la referida autoridad,
luego de haber cumplido con los requisitos de participación ciudadana sobre el borrador de dicho estudio
de conformidad con lo establecido en el artículo 20, literal b) de este Título. La AAAr a su vez y de
conformidad con lo establecido en el título I del presente Título, coordinará la participación de las
instituciones cooperantes (AAAc) en el proceso.
La revisión del estudio se efectuará a través de un equipo multidisciplinario que pueda responder
técnicamente y a través de sus perfiles profesionales y/o experiencia a las exigencias múltiples que
representan los estudios de impacto ambiental y aplicando un sistema de calificación para garantizar la
objetividad de la revisión. La revisión del estudio se documentará en el correspondiente informe técnico.
El licenciamiento ambiental comprenderá, entre otras condiciones, el establecimiento de una cobertura de
riesgo ambiental, seguro de responsabilidad civil u otros instrumentos que establezca y/o califique la
autoridad ambiental de aplicación, como adecuado para enfrentar posibles incumplimientos del plan de
manejo ambiental o contingencias, de conformidad con la guía técnica específica que expedirá la autoridad
ambiental nacional, luego de los respectivos estudios técnicos”.
Acuerdo Ministerial No. 006, con fecha 18 de febrero de 2014.
En este acuerdo se expidió la derogatoria al Catálogo de Categorización Ambiental Nacional, expedido
mediante Acuerdo Ministerial No. 68, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 33 del 31 de
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julio de 2013 y al Acuerdo Ministerial No. 74 del 21 de agosto del 2013. Adicionalmente suprime los
Anexos: I, II, III, IV y los Anexos 1, 2, 3, 4 del Acuerdo Ministerial 68, sustituyéndolos por los incluidos
en esta reforma.
En el Anexo I se reforma el CATÁLOGO DE CATEGORIZACIÓN AMBIENTAL NACIONAL
(CCAN). Este consiste en un listado de los diferentes proyectos, obras o actividades mediante e cual se
unifica el proceso de regularización ambiental, en función de las características particulares de estos y de
los impactos y riesgos ambientales que generan al ambiente.
En el ANEXO II se emite los manuales de procedimiento para las Categorías 1, 2, 3, 4. En el ANEXO III
se presenta la metodología para la evaluación de los aportes del capital natural a la economía con la
finalidad de resaltar la importancia de la conservación y uso sostenible de la biodiversidad, mediante el cálculo de los ingresos actuales y potenciales de las diversas formas en que se utiliza la biodiversidad y
sus servicios actualmente. Por último, el ANEXO IV contiene las bases para la valoración de los pasivos
ambientales, sobre las experiencias de valoración de daños ambientales que se han tenido en Costa Rica.
Ley de Aguas
TÍTULO I, DISPOSICIONES FUNDAMENTALES
Art. 1 Las disposiciones de la presente Ley regulan el aprovechamiento de las aguas marítimas,
superficiales, subterráneas y atmosféricas del territorio nacional, en todos sus estados físicos y formas.
Art. 5.- Por derecho de aprovechamiento se entenderá la autorización administrativa, intransferible, para
el uso de las aguas con los requisitos prescritos en esta Ley; salvo el caso de transferencia de dominio, con
la sola presentación del título de propiedad del predio por parte de su adquirente, el CNRH traspasará
automáticamente la concesión del derecho de uso del agua en forma total o proporcional a la superficie
vendida al nuevo titular.
Las aguas destinadas a un inmueble o industria, podrán ser usadas por el mero tenedor de éstas, en las
mismas condiciones y con las limitaciones que tuvo el titular del derecho de aprovechamiento.
Se respeta el derecho adquirido de las actuales concesiones legalmente otorgadas, las mismas que estarán
sujetas a los derechos y condiciones establecidos en la presente Ley y sus
Reglamentos, para su aprovechamiento.
Art. 12.- El Estado garantiza a los particulares el uso de las aguas, con la limitación necesaria para su
eficiente aprovechamiento en favor de la producción.
Art. 14.- Sólo mediante concesión de un derecho de aprovechamiento, pueden utilizarse las aguas, a
excepción de las que se requieran para servicio doméstico.
TÍTULO II, DE LA CONSERVACIÓN Y CONTAMINACIÓN DE LAS AGUAS CAPÍTULO I,
DE LA CONSERVACIÓN
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Art. 20.- A fin de lograr las mejores disponibilidades de las aguas, el Consejo Nacional de Recursos
Hídricos, prevendrá, en lo posible, la disminución de ellas, protegiendo y desarrollando las cuencas
hidrográficas y efectuando los estudios de investigación correspondientes.
Las concesiones y planes de manejo de las fuentes y cuencas hídricas deben contemplar los aspectos
culturales relacionados a ellas, de las poblaciones indígenas y locales.
Art. 21.- El usuario de un derecho de aprovechamiento, utilizará el agua, eficiencia y economía, debiendo
contribuir q la conservación y mantenimiento de las obras e instalaciones de que dispone para su ejercicio.
CAPÍTULO II, DE LA CONTAMINACIÓN
Art. 22.- Prohíbase toda contaminación de las aguas que afecte a la salud humana o desarrollo de la flora
o de la fauna. El Consejo Nacional de Recursos Hídricos, en colaboración con el Ministerio de Salud
Pública y las demás entidades estatales, aplicará la política que permita el cumplimiento de esta
disposición.
Se concede acción popular para denunciar los hechos que se relacionan con contaminación de agua. La
denuncia se presentará en la Defensoría del Pueblo.
TÍTULO VIII CONCESIÓN DE DERECHOS DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS
SUBTERRÁNEAS
Art. 43.- Nadie podrá explotar aguas subterráneas sin autorización del Consejo Nacional de Recursos
Hídricos y, en caso de encontrarlas, la concesión de derechos de aprovechamiento está sujeta, a más de
las condiciones establecidas en el Art. 24, a las siguientes:
a) Que su alumbramiento no perjudique las condiciones del acuífero ni el área superficial
comprendida en el radio de influencia del pozo o galería; y,
b) Que no produzca interferencia con otros pozos, galerías o fuentes de agua y en general a otras
efloraciones preexistentes.
Ley Forestal De Conservación De Áreas Naturales Y Vida Silvestre. Codificación 17,
Registro Oficial Suplemento 418 de 10 de Septiembre del 2004.
Art. 6.- Se consideran bosques y vegetación protectores aquellas formaciones vegetales, naturales o
cultivadas, que cumplan con uno o más de los siguientes requisitos:
a) Tener como función principal la conservación del suelo y la vida silvestre;
b) Estar situados en áreas que permitan controlar fenómenos pluviales torrenciales o la preservación de
cuencas hidrográficas, especialmente en las zonas de escasa precipitación pluvial;
c) Ocupar cejas de montaña o áreas contiguas a las fuentes, comentes o depósitos de agua;
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d) Constituir cortinas rompe vientos o de protección del equilibrio del medio ambiente;
e) Hallarse en áreas de investigación hidrológico-forestal;
f) Estar localizados en zonas estratégicas para la defensa nacional; y,
g) Constituir factor de defensa de los recursos naturales y de obras de infraestructura de interés público.
Art. 102.- Toda persona natural o jurídica que efectúe actividades previstas en esta Ley, tales como
aprovechamiento, comercialización, transformación primaria, industrialización, consultoría, plantaciones
forestales y otras conexas, tienen la obligación de inscribirse en el Registro Forestal, previo el
cumplimiento de los requisitos que se fije para el efecto. Sin dicha inscripción no podrán ejercer tales
actividades.
Libro VI. Anexo 1. Normas de Calidad Ambiental y Descarga de Efluentes: Recurso Agua
La presente norma técnica ambiental es dictada bajo el amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del
Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental
y se somete a las disposiciones de éstos, es de aplicación obligatoria y rige en todo el territorio nacional.
La presente norma técnica determina o establece:
a) Los límites permisibles, disposiciones y prohibiciones para las descargas en cuerpos de aguas o sistemas
de alcantarillado;
b) Los criterios de calidad de las aguas para sus distintos usos; y,
c) Métodos y procedimientos para determinar la presencia de contaminantes en el agua.
Criterios de calidad de aguas de uso agrícola o de riego
Se entiende por agua de uso agrícola aquella empleada para la irrigación de cultivos y otras actividades
conexas o complementarias que establezcan los organismos competentes.
Se prohíbe el uso de aguas servidas para riego, exceptuándose las aguas servidas tratadas y que cumplan
con los niveles de calidad establecidos en esta Norma.
Las normas locales para descargas serán fijadas considerando los criterios de calidad establecidos para el
uso o los usos asignados a las aguas. Las normas guardarán siempre concordancia con la norma técnica
nacional vigente, pudiendo ser únicamente igual o más restrictiva y deberán contar con los estudios
técnicos y económicos que lo justifiquen.
En los tramos del cuerpo de agua en donde se asignen usos múltiples, las normas para descargas se
establecerán considerando los valores más restrictivos de cada uno de los parámetros fijados para cada
uno.
Para el caso de industrias que capten y descarguen en el mismo cuerpo receptor, la descarga se hará aguas
arriba de la captación.
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Para efectos del control de la contaminación del agua por la aplicación de agroquímicos, se establece lo
siguiente:
a) Se prohíbe la aplicación manual de agroquímicos dentro de una franja de cincuenta (50) metros, y la
aplicación aérea de los mismos, dentro de una franja de cien (100) metros, medidas en ambos casos desde
las orillas de todo cuerpo de agua,
b) La aplicación de agroquímicos en cultivos que requieran áreas anegadas artificialmente, requerirá el
informe y autorización previa del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
c) Además de las disposiciones contenidas en la presente Norma, se deberá cumplir las demás de carácter
legal y reglamentario sobre el tema, así como los listados referenciales de la Organización para la
Agricultura y Alimentos de Naciones Unidas (FAO).
Código Penal Ley Reformaría. Registro Oficial N° del 25 de enero del 2000.
Se encuentran tipificados, entre otros, delitos contra el Medio Ambiente y el Patrimonio Cultural.
Tomaremos en cuenta los siguientes artículos y otros que apliquen para la actividad de la empresa.
Capitulo X A. de los Delitos Contra el Medio Ambiente
Art. 437 A.- Quien, fuera de los casos permitidos por la ley, produzca, introduzca, deposite, comercialice,
tenga en posesión, o use desechos tóxicos peligrosos, sustancias radioactivas, u otras similares que por sus
características constituyan peligro para la salud humana o degraden y contaminen el medio ambiente,
serán sancionados con prisión de dos a cuatro años. Igual pena se aplicará a quien produzca, tenga en
posesión, comercialice, introduzca armas químicas o biológicas.
Art. 437 B.- El que infringiere las normas sobre protección del ambiente, vertiendo residuos de cualquier
naturaleza, por encima de los límites fijados de conformidad con la ley, si tal acción causare o pudiere
causar perjuicio o alteraciones a la flora, la fauna, el potencial genético, los recursos microbiológicos o la
biodiversidad, será reprimido con prisión de uno a tres años, si el hecho no constituyere un delito más
severamente reprimido.
Art. 437 C.- La pena será de tres a cinco años de prisión cuando:
a) Los actos previstos en el artículo anterior ocasionen daños a la salud de las personas o a sus bienes;
b) El perjuicio o alteración ocasionados tengan carácter irreversible;
c) El acto sea parte de actividades desarrolladas clandestinamente por su autor, o,
d) Los actos contaminantes afecten gravemente recursos naturales necesarios para la actividad económica.
Art. 437 D.- Si a consecuencia de la actividad contaminante se produce la muerte de una persona, se
aplicará la pena prevista para el homicidio intencional, si el hecho no constituye un delito más grave. En
caso de que a consecuencia de la actividad contaminante se produzcan lesiones, impondrá las penas
previstas en los artículos 463 a 467 del Código Penal.
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Art. 437 E.- Se aplicará la pena de uno a tres años de prisión, si el hecho no constituyere un delito más
severamente reprimido, al funcionario o empleado público que actuando por sí mismo o como miembro
de un cuerpo colegiado, autorice o permita, contra derecho, que se viertan residuos contaminantes de
cualquier clase por encima de los límites fijados de conformidad con la ley, así como el funcionario o
empleado cuyo informe u opinión haya conducido al mismo resultado.
Art. 437 F.- El que cace, capture, recolecte, extraiga o comercialice, especies de flora o fauna que estén
legalmente protegidas, contraviniendo las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia, será
reprimido con prisión de uno a tres años.
La pena será de prisión de dos a cuatro años cuando: a) El hecho se cometa en periodo de producción de semilla o de reproducción o crecimiento de las especies;
b) El hecho se cometa contra especies en peligro de extinción; o,
c) El hecho se cometa mediante el uso de explosivos, sustancias tóxicas, inflamables o radiactivas.
Art. 437 G.- El que extraiga especies de flora o fauna acuáticas protegidas, en épocas, cantidades o zonas
vedadas, o utilice procedimientos de pesca o caza prohibidos, será reprimido con prisión de uno a tres
años.
Art. 437 H.- El que destruya, queme, dañe o tale, en todo o en parte, bosques u otras formaciones
vegetales, naturales o cultivadas, que estén legalmente protegidas, será reprimido con prisión de uno a tres
años, siempre que el hecho no constituya un delito más grave.
La pena será de prisión de dos o cuatro años cuando:
a) Del delito resulte la disminución de aguas naturales, la erosión del suelo o la modificación del régimen
climático; o,
b) El delito se cometa en lugares donde existan vertientes que abastezcan de agua a un centro poblado o
sistema de irrigación.
Art. 437 I.- Será sancionado con prisión de uno a tres años, si el hecho no constituye un hecho más grave,
el que sin autorización o sin sujetarse a los procedimientos previstos en las normas aplicables, destine las
tierras reservadas como de protección ecológica o de uso agrícola exclusivo, a convertirse en áreas de
expansión urbana o elaboración de materiales de construcción.
Art. 437 J.- Se aplicará la misma pena prevista en el artículo anterior, si el hecho no constituyere un delito
más severamente reprimido, al funcionario o empleado público que actuando por sí mismo o como
miembro de un cuerpo colegiado, autorice o permita, contra derecho, que se destine indebidamente las
tierras reservadas como de protección ecológica o de uso agrícola exclusivo a un uso distinto de que
legalmente les corresponde; así como al funcionario o empleado cuyo informe u opinión haya conducido
al mismo resultado.
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Art. 437 K.- El juez penal podrá ordenar, como medida cautelar, la suspensión inmediata de la actividad
contaminante, así como la clausura definitiva o temporal del establecimiento de que se trate, sin perjuicio
de lo que pueda ordenar la autoridad competente en materia ambiental.
Reglamento a la ley de gestión ambiental para la prevención y control de la contaminación
ambiental (Texto unificado legislación secundaria, medio ambiente, libro VI. Decreto
ejecutivo No. 3516 del 31 de marzo del 2003)
Sección II, Instrumentos para la prevención y control de la contaminación ambiental
Art. 45.- Principios Generales.- Toda acción relacionada a la gestión ambiental deberá planificarse y
ejecutarse sobre la base de los principios de sustentabilidad, equidad, consentimiento informado previo,
representatividad validada, coordinación, precaución, prevención, mitigación y remediación de impactos
negativos, solidaridad, corresponsabilidad, cooperación, reciclaje y reutilización de desechos,
conservación de recursos en general, minimización de desechos, uso de tecnologías más limpias,
tecnologías alternativas ambientalmente responsables y respeto a las culturas y prácticas tradicionales y
posesiones ancestrales. Igualmente deberán considerarse los impactos ambientales de cualquier producto,
industrializados o no, durante su ciclo de vida.
Capítulo IV. Del control ambiental. Sección I.
Art. 58.- Estudio de Impacto Ambiental.- Toda obra, actividad o proyecto nuevo o ampliaciones o
modificaciones de los existentes, emprendidos por cualquier persona natural o jurídica, públicas o
privadas, y que pueden potencialmente causar contaminación, deberá presentar un Estudio de Impacto
Ambiental, que incluirá un plan de manejo ambiental, de acuerdo a lo establecido en el Sistema Único de
Manejo Ambiental (SUMA). El EIA deberá demostrar que la actividad estará en cumplimiento con el
presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas, previa a la construcción y a la puesta
en funcionamiento del proyecto o inicio de la actividad.
Art. 59.- Plan de Manejo Ambiental.- El plan de manejo ambiental incluirá entre otros un programa de
monitoreo y seguimiento que ejecutará el regulado, el programa establecerá los aspectos ambientales,
impactos y parámetros de la organización, a ser monitoreados, la periodicidad de estos monitoreos, la
frecuencia con que debe reportarse los resultados a la entidad ambiental de control. El plan de manejo
ambiental y sus actualizaciones aprobadas tendrán el mismo efecto legal para la actividad que las normas
técnicas dictadas bajo el amparo, del presente Libro VI De la Calidad Ambiental.
Art. 60.- Auditoria Ambiental de Cumplimiento.- Un año después de entrar en operación la actividad a
favor de la cual se aprobó el EIA, el regulado deberá realizar una Auditoría Ambiental de Cumplimiento
con su plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes, particularmente del presente
reglamento y sus normas técnicas. La Auditoría Ambiental de Cumplimiento con el plan de manejo
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ambiental y con las normativas ambientales vigentes incluirá la descripción de nuevas actividades de la
organización cuando las hubiese y la actualización del plan de manejo ambiental de ser el caso.
Art. 61.- Periodicidad de la Auditoría Ambiental de Cumplimiento.- En lo posterior, el regulado, deberá
presentar los informes de las auditorías ambientales de cumplimiento con el plan de manejo ambiental y
con las normativas ambientales vigentes al menos cada dos años, contados a partir de la aprobación de la
primera auditoría ambiental. En el caso de actividades reguladas por cuerpos normativos especiales, el
regulado presentará la auditoría ambiental en los plazos establecidos en esas normas, siempre y cuando
no excedan los dos años. Estas auditorías son requisito para la obtención y renovación del permiso de
descarga emisiones y vertidos.
Art. 62.- Inspecciones.- La entidad ambiental de control podrá realizar para verificar los resultados del
informe de auditoría ambiental y la validez del mismo, y que el nivel de cumplimiento del plan de manejo
es consistente con lo informado. Cuando la entidad ambiental de control considere pertinente, deberá
solicitar, la realización de una nueva auditoría ambiental para verificar el cumplimiento del regulado con
el plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes. Esta auditoría será adicional a la
que el regulado está obligado a realizar, según el artículo 60 o por cuerpos normativos especiales. El costo
de esta AA de cumplimiento excepcional deberá ser cubierto por el regulado solo sí de sus resultados se
determina que se encontraba excediéndose en las emisiones, descargas o vertidos autorizados, en
incumplimiento con el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas o con su plan de
manejo ambiental.
Art. 64.- Incumplimiento de Cronograma.- En caso de que los cronogramas del plan de manejo ambiental
no fueren cumplidos, la entidad ambiental de control deberá:
a) Autorizar prórrogas para el cumplimiento de las actividades previstas o modificaciones al plan, siempre
y cuando existan las justificaciones técnico económicas y no se hubiese deteriorado la situación ambiental
debido al incumplimiento del plan; o,
b) Revocar las autorizaciones administrativas otorgadas y proceder al sancionamiento respectivo debido
a la contaminación ambiental ocasionada, y disponer la ejecución de las medidas de remediación
necesarias.
c) Iniciar las acciones civiles y penales a que haya lugar.
Art. 65.- Acciones Administrativas.- Cuando el regulado no estuviere de acuerdo con las resoluciones de
los entes reguladores, podrán presentar los recursos de reposición o revisión, según corresponda.
Art. 66.- Modificaciones al Plan de Manejo.- De existir razones técnicas suficientes, la entidad ambiental
de control podrá requerir al regulado, en cualquier momento, que efectué alcances, modificaciones o
actualizaciones al plan de manejo ambiental aprobado.
Sección III. Del monitoreo.
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Art. 75.- Responsabilidad del Monitoreo.- Las labores de monitoreo y control ambiental son obligaciones
periódicas de los miembros del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental que deben estar
incorporadas en el correspondiente plan de gestión, municipal, provincial o sectorial para la prevención y
control de la contaminación ambiental y preservación o conservación de la calidad del ambiente en el
Ecuador. El monitoreo en lo referente a calidad del recurso es deber fundamental de los miembros del
Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, sin embargo cuando lo considere necesario
ejecutarán mediciones de emisiones, descargas o vertidos de los regulados.
El regulado es responsable por el monitoreo de sus emisiones, descargas o vertidos, sin embargo la
autoridad ambiental podrá solicitarle el monitoreo de la calidad de un recurso.
En el caso de los regulados la información derivada del monitoreo deberá ser remitida a la autoridad que
le hubiere otorgado la autorización administrativa ambiental correspondiente.
Tratándose de los miembros del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental la información
procesada y sistematizada de monitoreo y control público que conste en los respectivos planes a los que
están sometidos, deberá ser remitida a la Autoridad Ambiental Nacional para su incorporación en el
Sistema Nacional de Información Ambiental y su evaluación.
Art. 77.- Inspección de Instalaciones del Regulado.- Las instalaciones de los regulados podrán ser
visitadas en cualquier momento por parte de funcionarios de la entidad ambiental de control o quienes la
representen, a fin de tomar muestras de sus emisiones, descargas o vertidos e inspeccionar la
infraestructura de control o prevención existente. El regulado debe garantizar una coordinación interna
para atender a las demandas de la entidad ambiental de control en cualquier horario.
Art. 78.- Determinación de Parámetros de Medición.- En el proceso de aprobación de los estudios
ambientales, la entidad ambiental de control deberá determinar, los parámetros a medir, la frecuencia y
métodos de muestreo y análisis para caracterizar las emisiones, descargas y vertidos a fin de que el
regulado reporte los resultados a la Autoridad.
Art. 79.- Información de Resultados de Muestreo.- Cuando la respectiva entidad ambiental de control
realice un muestreo para control de una emisión, descarga o vertido, deberá informar sobre los resultados
obtenidos al regulado respectivo, conjuntamente con las observaciones técnicas que hayan a lugar.
Durante la toma de muestra deberá estar presente un representante del regulado o en su defecto un fedatario
designado para este fin. El protocolo de custodia de las muestras deberá estar avalizado por las partes y se
empleará un laboratorio acreditado para el análisis.
Capítulo V. Sección I. De los Derechos y Deberes del Regulado.
Art. 81.- Reporte Anual.- Es deber fundamental del regulado reportar ante la entidad ambiental de control,
por lo menos una vez al año, los resultados de los monitoreos correspondientes a sus descargas, emisiones
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y vertidos de acuerdo a lo establecido en su PMA aprobado. Estos reportes permitirán a la entidad
ambiental de control verificar que el regulado se encuentra en cumplimiento o incumplimiento del presente
Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas contenidas en los Anexos, así como del plan de
manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental de control.
Art. 82.- Reporte de Descargas, Emisiones y Vertidos.-Solamente una vez reportadas las descargas,
emisiones y vertidos, se podrá obtener el permiso de la entidad ambiental de control, para efectuar éstas
en el siguiente año.
Art. 83.- Plan de Manejo y Auditoría Ambiental de Cumplimiento.- El regulado deberá contar con un plan
de manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental de control y realizará a sus actividades, auditorías ambientales de cumplimiento con las normativas ambientales vigentes y con su plan de manejo ambiental
acorde a lo establecido en el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas
ambientales.
Art. 86.- Emisiones o descargas accidentales.- Los regulados cuyas emisiones o descargas sean tratadas
en una planta o sistema de tratamiento que atiende más de un fuente, están obligados a dar aviso inmediato
a la entidad encargada de la operación de la planta y a la entidad ambiental de control, cuando con una
descarga o emisión ocasional. Incidental o accidental originada por causas de fuerza mayor o casos
fortuitos puedan perjudicar a su operación. Para tales efectos, deberán contar con un Plan de
Contingencias, aprobado por la entidad ambiental de control, que establezca, entre otros, los mecanismos
de coordinación y cooperación interinstitucional para controlar cualquier tipo de emergencia.
Art. 88.- Situaciones de Emergencia.- Cuando en el ambiente se produzcan descargas, vertidos o
emisiones accidentales o incidentales, inclusive aquellas de fuerza mayor o caso fortuito, la entidad
ambiental de control exigirá que el regulado causante realice las acciones pertinentes para controlar,
remediar y compensar a los afectados por los daños que tales situaciones hayan ocasionado y evaluará el
funcionamiento del plan de contingencias aprobado. Sin perjuicio de las sanciones administrativas o las
acciones civiles y penales a que haya lugar.
Capítulo VI. Información y participación Social.
Art. 101.- Acceso a la Documentación Ambiental.- Las entidades ambientales, en todos sus niveles
pondrán a disposición de la ciudadanía todo tipo de informes de los regulados sobre sus planes, auditorías,
estudios y otros documentos ambientales. Estos documentos reposarán en la biblioteca, archivos u oficinas
de dichas entidades ambientales de manera permanente, así como, de disponerlo, en el portal de Internet
de la entidad ambiental de control mientras dura el proceso de revisión y aprobación. Estos documentos
podrán ser fotocopiados a costo del interesado. En caso de existir detalles técnicos que constituyan secreto
industrial del regulado, la página o partes específicas serán restringidas, pero el resto del documento estará
disponible.
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Art. 102.- Sistema de Información Ambiental Nacional.- Las entidades miembros del Sistema Nacional
Descentralizado de Gestión Ambiental remitirán la totalidad de la información en materia de prevención
y control de la contaminación a la Autoridad Ambiental Nacional al menos una vez por año en un plazo
no mayor a 60 días posteriores a la finalización del año calendario para su incorporación en el registro
correspondiente del Sistema de Información Ambiental Nacional, acorde con los lineamientos que para el
efecto establecerá la Autoridad Ambiental Nacional. Esta información será de carácter público y formará
parte de la Red Nacional de Información Ambiental, la que tiene por objeto registrar, analizar, calificar,
sintetizar y difundir la información ambiental nacional. Esta información estará disponible en el portal de
Internet de la Autoridad Ambiental Nacional y será actualizada al menos de manera anual en el primer
trimestre de cada año.
Art. 103.- Difusión de la Información Ambiental.- La entidad ambiental de control publicará una vez al
año, durante el primer trimestre, en el diario de mayor circulación de su jurisdicción y en su portal de
internet, un listado de los regulados que presentaron informes de auditoría ambiental de cumplimiento con
las normativas ambientales vigentes y con su plan de manejo ambiental durante el año inmediato anterior
y el resultado de la revisión del informe de auditoría ambiental por parte de la autoridad. El contenido
mínimo del extracto será el siguiente:
a) Nombre de la persona natural o jurídica responsable del proyecto, obra
o actividad, indicando el nombre del proyecto o actividad;
b) Breve descripción del tipo de proyecto o actividad de que se trata;
c) Ubicación del lugar o zona (parroquia, ciudad, cantón, provincia) en la que se encuentra el proyecto o
actividad.
Art. 104.- Presentación de Observaciones.- Las personas u organizaciones de cualquier tipo, domiciliadas
en el país, con interés directo o no en la actividad, informarán por escrito a la entidad ambiental de control
sus observaciones a los planes de manejo o auditorías ambientales que estén siendo o hayan sido revisados.
La entidad ambiental de control podrá aceptar o rechazar las observaciones efectuadas. De acogerlas, los
responsables de las actividades de las que tratan los documentos, deberán efectuar los alcances que dichas
observaciones conlleven.
Si las observaciones son rechazadas por la entidad ambiental de control, los individuos u organizaciones
de la sociedad civil, podrán insistir en las mismas, utilizando los recursos administrativos del caso.
Art. 105.- Denuncias Cívicas.- Para denunciar las infracciones ambientales de cualquier tipo, la
ciudadanía presentará a la entidad ambiental de control, en forma escrita, una descripción del acto que se
denuncia, su localización y posibles autores del hecho. De comprobarse los hechos denunciados, la entidad
ambiental procederá a sancionar a los autores y/o poner el caso en manos de los jueces civiles o penales
correspondientes. La entidad ambiental de control, solicitará la realización inmediata de una Auditoría
Ambiental de Cumplimiento.
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En caso de existir denuncias en contra de una entidad ambiental de control, de un regulador ambiental por
recurso natural o de un regulador ambiental sectorial, éstas se dirigirán a la Contraloría General del Estado
y al Ministerio del Ambiente.
En caso de que la denuncia verse sobre actuación ineficiente de los entes de control ambiental en sucesos
ambientales que están actualmente en curso, el Ministerio del Ambiente deberá adoptar en forma
perentoria, las medidas administrativas o técnicas necesarias para evitar que tal suceso afecte a la
ciudadanía, los recursos o ecosistemas naturales.
Para efectuar estas denuncias, no será necesaria la fianza a que se refiere el Art. 42 de la LGA.
Art. 106.- Información de Impactos Específicos.- Las entidades ambientales de control, los reguladores
ambientales por recurso natural y los reguladores, ambientales sectoriales informarán oportuna y
suficientemente los impactos ambientales actuales o potenciales que por cualquier motivo afectaren
directa o indirectamente a una área geográfica, sector socioeconómico o grupo social. Esta información
se la proporcionará en forma directa y/o a través de medios de información.
Guía de Buenas Prácticas Agrícolas. Resolución N° 108.
Emitir la siguiente guía general de carácter voluntario referente a la Certificación de Buenas Práctica
Agrícolas (BPA):
CAPÍTULO I
Ámbito de Operación CAPÍTULO III
Del Material vegetativo de propagación
CAPÍTULO IV
Del historial y manejo del suelo
CAPÍTULO V
De la gestión del suelo y de los sustratos
CAPÍTULO VI
De la fertilización
CAPÍTULO VII
Del uso y calidad del agua
CAPÍTULO VIII
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De la protección de los cultivos
CAPÍTULO IX
De las prácticas de cosecha y pos cosecha
CAPÍTULO X
De las prácticas higiénicas del personal, la salud, la seguridad y el bienestar laboral
CAPÍTULO XI
Del ambiente
CAPÍTULO XII
Del sistema de rastreabilidad
CAPÍTULO XIII
De la documentación y registro
CAPÍTULO XIV
Del procedimiento para la concesión del certificado en BPA y del registro de precios aplicando las BPA
CAPÍTULO XV
De las inspecciones para las actividades de vigilancia y control
7. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
7.1.Régimen de funcionamiento
La HACIENDA SAN CARLOS se desarrollará en una extensión total de 270 ha de terreno y se
dedicará al cultivo de palma africana.
PALMANABÍ S.A. “HACIENDA SAN CARLOS”, se encuentra ubicada en la Provincia de Esmeraldas, en el Cantón Muisne, dentro de las Parroquias Daule y Salima. En el Kilómetro 8 de la carretera Chamanga- Salima. Es una zona que está fuera del área urbana del cantón Muisne, y que posee un clima muy favorable para la explotación agronómica de una gran variedad de cultivos adaptados a la zona. De estos cultivos, la empresa ha elegido el cultivo de la Palma Aceitera.
Como cultivo perenne y para obtener buenos resultados el uso de semilla de calidad es un requisito
indispensable. Para conseguir aceite de calidad se debe determinar la madurez del fruto al momento
de la cosecha
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7.2.Levantamiento de la información
Se realizó varias visitas de campo a la hacienda en estudio, se realizó una entrevista a la Gerente
propietario. Principalmente los procesos que se desarrollarán en la hacienda: siembra, cosecha,
actividades de mantenimiento del cultivo de palma de la variedad INIAP.
7.3.Descripción de las instalaciones
El área total de intervención para la hacienda es de 270 Ha. Actualmente en la hacienda no existe
ningún tipo de explotación agrícola, lo único que existen son matorrales de pasto para alimento de
ganado y árboles.
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7.4 Diagrama de procesos HACIENDA SAN CARLOS
PRE - SIEMBRA Semillero - Vivero MIP Labores
Culturales
SIEMBRA
Limpieza para la
siembra
Trazado Trasplante Relleno
MANEJO DE LAS
PLANTACIONES
COSECHA
Resiembra Labores culturales Poda de Sanidad
Coyoleo Fertilización MIP
Acarreo y
recolección de
fruta
Drenajes y
caminos
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Figura 1.- Diagrama de flujo del cultivo de palma HACIENDA SAN CARLOS
7.5 Descripción e información del cultivo
El manejo agrícola e industrial de la palma africana es sencillo. Es un cultivo de alta rentabilidad y
es una buena opción para las tierras bajas en las regiones tropicales. Las hojas se cortan a menudo
para que no impidan el desarrollo de los racimos.
Producción 12-14 racimos por año de 20 a 30 kilogramos cada uno. Comienza a producir y a cubrir
gastos por costos desde los 18 y 24 meses. Es económicamente viable por 25 años. En Ecuador hay
alrededor de 248199 Ha sembradas hasta el 2010, de las cuales 16364 Ha pertenecen a la Provincia de
Santo Domingo de los Tsáchilas. La productividad del sector palmicultor del Ecuador, es
relativamente bajo, con un promedio de 2.1 TM de aceite/ha (toneladas de aceite por hectárea). Entre
las causantes están: las condiciones climáticas (manejo del recurso agua), zonas con calidad del suelo
que debe ser mejorada (nutrición), sumado al manejo inapropiado de las prácticas agropecuarias
(fitosanitario).
Figura 2.- Superficie de Palma Aceitera Nacional
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Figura 3.- Superficie de Palma Aceitera por Provincia
7.6 Preparación del terreno
Se inicia esta labor ingresando con las denominadas trochas de nivelación en la que con rumbo norte-sur
cada 100m en paralelo y cada 30m a los costados, se toman las coordenadas para trazar las líneas de
nivelación. Con la ayuda de una estación de topografía, se inicia la toma de datos para crear las curvas de
nivel del terreno y de esta forma crear un plano de niveles que indica el área con topografía o pendientes
menores al 40%, consideradas aptas para el cultivo de la palma aceitera. Pendientes mayores y aquellas
que bordean los drenajes naturales se las deja como “reserva” con la vegetación natural existente.
La preparación del terreno para el establecimiento de la plantación de palma africana requiere las
siguientes acciones:
Desbroce de la cobertura vegetal existente sobre el área a ser destinada a la plantación. El desbroce se lo hace de manera manual con el uso de motosierras.
Parte de los árboles talados es utilizado por la empresa para las construcciones y parte del material
vegetal, troncos de madera blanca, ramas y follaje, no útiles para la construcción, se lo apila
formando las “paleras”, que posteriormente, cuando han alcanzado un grado de descomposición
adecuada, se incorporan como abono verde a las plantas de palma.
También se realiza la práctica de guardarrayas para la siembra, que consiste en trozar todos los troncos y
ramas en la línea de la palma, para por ésta, realizar la entrada de palmas, sin apilar material.
7.7 Selección de plantas de vivero
Un cierto número de plantas anormales pueden ser siempre halladas en un vivero de palmas, y si son
plantadas podrían reducir la homogeneidad de la plantación y bajar su potencial de producción, entonces
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deben ser eliminadas cortándolas.
Después de cerca de 8 meses en un vivero en bolsas (con sombra que cubre el 75% a cada plántula)
esparcidas a 0.60 m en triángulo, una planta normal tiene el siguiente promedio de características:
Altura 0.6 a 1m
Diámetro de 15 a 22 cm, Número de hojas funcionales de 5 a 8
Su ancho es más grande que su altura
El tercio medio del raquis de las hojas 4 o 5 forman su ángulo de 45 con la altura de la plantas
Los foliolos abren cayendo a cada lado del raquis, con el cual ellos forman un ángulo mayor de 60.
7.8 Limpieza para renovación o para nuevas plantaciones
La palma de aceite es una oleaginosa perenne, con inicio de producción a los 18 meses después de la
siembra, alcanzando su potencial máximo progresivamente dentro de los 3 a 5 años siguientes, según
las condiciones ecológicas de la región. Por su producción de aceite, que procede de un tratamiento
inmediato de los frutos (6,5 ton. de aceite total /ha para los cultivos seleccionados).
Es conocido que una potencia insuficiente en el equipo lleva un aumento notable en los tiempos de
operaciones por lo tanto los elementos de estimación que se dan a continuación para la renovación de
una plantación de más de veinte años de edad se refieren a un vehículo de por lo menos 235 H P (se
suele utilizar la misma potencia para tumbar y barrer o acondicionar). La duración para arrancar todos
los árboles es más o menos de 3 horas/ha, y 2 horas para la barrida.
Después de tumbar las palmas secas éstas son ordenadas en cordones a distancias que pueden ser
múltiplos de 7.80 metros o podrían quedar en pie para su descomposición.
7.9 Siembra
Para una correcta siembra se llevan a cabo las siguientes etapas:
Trazado: las palmas se siembran en dirección norte – sur y en sistema de tres bolillo a 9 m y 9.5
m de distancia, para una densidad de plantas de 133 pt/ha, se utiliza esta densidad por la
luminosidad. Previa preparación del terreno y formación de coronas (eliminación de vegetación y
residuos vegetales en forma de círculos en los puntos de siembra). Esto minimiza el efecto de
competencia entre plantas ocasionado por la sombra de una sobre otras, permitiendo la mejor
utilización del terreno con el área foliar de las palmas.
Trasplante: cuando se trasplantan las palmas se corta la base de la funda y toda la planta en ella se coloca en el hueco, entonces se puede cortar un lado de la funda y esta se saca dejando el césped
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en el suelo. El hueco debe tener dimensiones de 50 cm de ancho por 50 cm de profundidad. Antes
de ser sembradas estas palmas en el sitio definitivo debe realizarse un plateo (limpieza).
7.10 Drenajes y Caminos
No se deben sembrar terrenos con menos de 3 msnm y se requiere hacer un estudio de nivelación
(curvas a nivel), con el objetivo de:
Fijar el curso de los drenajes principales y secundarios,
Definir el sistema de transporte para minimizar costos.
El trazado estándar para la red de camino, se recomienda la llamada “kilómétrica”, es la que ofrece
mayor facilidad para la realización y los controles de la explotación: comprende caminos (norte-
sur-este-oeste), consta:
o Cada kilómetro de carretera limitan bloques de 100 hectáreas, tres carreteras de cosechas
intermediarias este-oeste,
o Cada 252 metros delimitan parcelas de 25 hectáreas.
7.11 Manejo de Plantaciones o Labores Culturales
Comprende las siguientes acciones:
7.11.1 Limpia (chapia)
Consiste en eliminar todas aquellas plantas que compitan por luz y nutrientes con el cultivo de la planta
de aceite, y se realiza con herramientas manuales como machetes y moto guadaña. En esta limpia se
seleccionan las malezas para dejar en el campo las plantas arbenses (nectaríferas) que atraen insectos
para implementar un control natural biológico de plagas.
La frecuencia con que se realiza esta labor son 3 chapias al año pero a la vez depende de los siguientes
factores:
- Edad del cultivo: a medida que la palma crece va cubriendo con el follaje las líneas y entrelineas lo
que ocasiona una menor entrada de luz solar y que retarda o impide el crecimiento de las malezas en
el lote; por eso a mayor edad del cultivo menor cantidad de limpias al año.
- Precipitación: en estaciones lluviosas el desarrollo de las malezas es más acelerado que en las
estaciones secas.
- Tipo de maleza: determina la cantidad de limpias que se deben efectuar en cada lote, ya que algunas
se desarrollan más rápida y fácilmente que otras.
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Imagen 1.- Manejo de Plantaciones, chapia mecánica con Guadaña
7.11.2 Plateo
- Plateo manual: limpia manual de un diámetro entre 2 y 3 m. alrededor de la palma. Se realiza
especialmente en cultivos jóvenes, para disminuir la competencia de las malezas y poder recoger los
frutos desgranados en la cosecha.
- Plateo químico: tiene el mismo objetivo anterior con la diferencia que la erradicación de las malezas
del plato se realizan con productos químicos en mezcla.
Para la aplicación de las mezclas se debe evitar tengan contacto con el tejido verde de las palmas que
se están fumigando, para evitar trastornos en la fisiología de las palmas. La frecuencia de aplicación
está determinada por las malezas presentes en el plato y por el factor climático.
7.11.3 Poda
Consiste en eliminar las hojas secas que han cumplido con su ciclo y que ya no brindan ningún
beneficio a la palma y que al cortarlas agilizan la labor de cosecha. Se realiza una vez al año, y se debe
hacer a ras del tronco de la palma con el fin de evitar el desarrollo de plantas epifitas en las axilas de
las palmas, como helechos y otra que posteriormente dificultan la visibilidad de los racimos maduros.
Limpieza de corona.
7.11.4 Fertilización
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Práctica orientada a conservar y aumentar la cantidad de nutrientes necesarios para la etapa de
crecimiento y producción de la palma africana. Se utiliza como criterios para definir el plan de
fertilización de la plantación: el análisis de suelos, el análisis foliar, la edad y el origen del material de
cultivo.
La metodología utilizada es aplicar una mezcla física en la corona alrededor del estipe en la palma
joven. En palma adulta se aplica en las calles de la palera.
Para efectuar una correcta fertilización se realiza un estudio de suelo cada tres años u análisis foliar
año tras año. A los tres meses de sembrado se realiza una fertilización con YaraMila todos los
elementos nutricionales en proporciones exactas que necesita cada cultivo. Los beneficios que el
agricultor obtiene al usar estos fertilizantes Yaramila son: rápida disolución, penetración profunda en
el suelo, inmediata disponibilidad de nutrientes, mejor cobertura y distribución.
Se realiza 3 fertilizaciones, a los seis meses de siembra con proporciones que se especifican en seguida:
o Inicio: Diciembre 40%
o Medio: Marzo 30%
o Final: Junio 30%
Las fertilizaciones se realizan con productos simples, se detallan a continuación:
o N: Nitrato de Amonio
o P: Fosfato Di amónico (DAP)
o K: Cloruro de Potasio (KCL)
o Mg: Sulfato de Magnesio
o Boro: Ácido Bórico
Se utiliza el óxido de magnesio, para equilibrar las bases, ya que el suelo de la hacienda tiene un pH
de 6 – 6.5.
Cabe recalcar que HACIENDA SAN CARLOS realiza una nutrición mixta, es decir con fertilizantes
químicos convencionales y orgánicos. Utiliza compost y biol, el compost es de 3 toneladas por hectárea
al año, mientras que el biol en una dosis de 250 litros por hectárea al año.
7.11.5 Resiembra
En el segundo año, es necesario reponer las palmas perdidas. El porcentaje de palmas perdidas pude
llegar a un 3%. Se está resembrando los lotes del 1 al 5, se siembra palma de 6 y 9 meses, variedad
INIAP.
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7.11.6 Poda de sanidad
Para prepara la cosecha es necesario mantener una palmera aseada. Entre estas actividades tenemos:
Hasta el cuarto año de edad: Un mes antes de la cosecha se debe limpiar la corona, eliminar
racimos mal formados o muy maduros y cortar hojas secas.
A partir del cuarto año de edad: Empieza el crecimiento del futuro estipe, la corona de hojas sube
y aumenta el área foliar. En la cosecha se hace necesario cortar algunas hojas bajeras y las hojas que
producen inflorescencia masculina. Preferiblemente en los meses febrero y marzo.
7.11.7 Coyoleo
Recogida del fruto caído cada dos días. Para evitar nacimiento de plántulas a partir de los frutos caídos.
Al quinto año se cae alrededor del 6% de los racimos. A partir del sexto año esta caída sube del 10 al
12%. Se pierde 800 kilos/TM.
7.11.8 Aplicación de raquis
Los raquis son un desecho del proceso de extracción de aceite, HACIENDA SAN CARLOS ha
establecido un plan para ser aplicadas al campo donde su aprovechamiento consiste básicamente en:
Una labor cultural cuando éstas son aplicadas como barrera física para impedir que los adultos del
barrenador de raíces, Sagalassa valida, coloquen sus posturas en las bases peciolares de la palma y
posteriormente pasen a las raíces. Como aporte de materia orgánica a los suelos buscando enriquecer
la actividad microbiana y el aumento de nutrientes a la palma, lo que estimula una emisión de raíces
nuevas.
Por su estructura física que la hace funcionar como una esponja y por lo tanto retiene agua y
nutrientes que libera lentamente para provecho de las palmas.
Este subproducto es trasladado a la plantación donde se distribuye con mulares hacia todas las palmas
y se acomoda alrededor de las mismas, buscando cubrir toda el área del plato que es en donde se
concentra la mayor emisión de raíces nuevas, las cuales son más susceptibles al ataque de Sagalassa.
Se buscará tener distribución homogénea que permita cumplir su fin de barrera.
Para cubrir el área del plato se necesitan aproximadamente entre 60 y 240 Kg de raquis por hectárea,
formando varios anillos según la edad de las palmas. El plan de aplicación de tusas debe estar
influenciado por la edad de las palmas (entre más jóvenes la frecuencia de aplicación debe ser mayor),
por el porcentaje de daños de raíces (a mayor porcentaje de años, mayores aplicaciones), y por el
contenido de materia orgánica del suelo. La duración de descomposición e incorporación de la tusa al
suelo está entre 6 a 8 meses dependiendo de los factores climáticos.
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7.12 Cosecha
Se realizará aproximadamente a los 2 años de la primera siembra tiene el fin de obtener la mayor
cantidad de fruto de buena calidad, que garantice un alto porcentaje de extracción de aceite, con el
mínimo contenido de ácidos grasos libres (AGL). Las palmas producen frecuentemente racimos que
demoran de 5 a 6 meses para ser cosechados. Se trata de cosechar todos los lotes con una periodicidad
de 12 a 15 días.
El criterio de cosecha consistirá en que HACIENDA SAN CARLOS deberá cortar los racimos que
hayan soltado más de dos frutos (momento de la madurez fisiológica), donde los frutos poseen la
mayor concentración de aceite y de la mejor calidad. Luego de que el fruto es cortado de la palma,
éste se recoge y se transporta por mulas o por tractores hasta el sitio de acopio que esta al final de las
plantaciones donde pasa el principal camino y es recolectado por camiones y es llevado a la planta
procesadora. Hay que tener en cuenta que los frutos sueltos deben ser recuperados y también
transportados al sitio de acopio. Tradicionalmente esta labor es realizada por 3 personas, una que corta
el fruto, otra que lo recoge y la trasporta en los animales y la tercera que recoge los frutos sueltos.
La herramienta utilizada es el cuchillo malayo. Para el corte de fruto en palmas que se encuentran en
sus primeras etapas de cosecha, la herramienta de corte utilizada es el barretón. Los animales
transportan el fruto en cajones o en carretas haladas por mulas o búfalos.
La producción estimada durante las diferentes edades de las plantaciones son las siguientes:
PRODUCCIÓN EDAD DE LAS PLANTACIONES (AÑOS)
3 4 5 6 7 8 >8
TM/Ha/año 7 15 20 22 25 26 26
Kg/racimos 4.1 8.7 11.6 12.8 14.15 15.0 15.0
Tabla 1.- Producción de la Palma de acuerdo a su edad
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Imagen 2.- Proceso de Cosecha
7.13 Manejo de Plagas y Enfermedades
Como todo cultivo de grandes extensiones, la palma africana presenta explosiones de plagas y
enfermedades, por eso HACIENDA SAN CARLOS está en búsqueda de establecer un agro
ecosistema que permita tener un balance que estabilice las poblaciones de insectos plagas e insectos
benéficos.
Las principales plagas que se pueden presentar en HACIENDA SAN CARLOS y el manejo propuesto
son:
7.13.1 Plagas en cultivos jóvenes
Defoliadores: el más frecuente es el Spodoptera sp. (lepidóptera: Noctuidae), que inicia su ataque en plantas de pre vivero raspando la epidermis de las hojas hasta dejar solamente las nervaduras.
Debido al pequeño porte de las palmitas y al tipo de daño causado por el defoliador no se permite
soportar poblaciones, y su control es de naturaleza química.
Ácaros: se manifiesta con decoloraciones punteadas que posteriormente se tornan amarillas y terminan por secar el foliolo. Su manejo consiste en realizar aplicaciones de tetradifón.
Saltamontes y grillos: destrozan las palmitas por el cuello y su control se basa en aplicaciones de
endosulfan.
Homópteros: se presentan en los viveros y frecuentemente son poblaciones de diferentes homópteros que deben ser controlados para evitar la transmisión de enfermedades como la mancha
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anular y el anillo clorótico. Los controles se orientan a las labores culturales de manejo y control
de malezas hospederas en las áreas próximas al vivero.
Strategus aloeus: coleóptero que se presenta en cultivos establecidos sobre lugares donde hay muchos residuos de arbustos. El daño lo realizan los adultos que perforan el suelo cerca de la base
de las palmas y se alimentan del tejido blanco del bulbo de la palma pudiendo llegar con su galería
hasta el estipe de ésta.
7.13.2 Plagas en cultivos adultos
7.13.2.1 Follaje
Sibíne fusca: las larvas de este insecto consumen grandes cantidades de folíolos causándole a la palma daños severos que son reflejados en la producción. En PALESEMA se prevé el control
mediante la distribución de una solución viral (densonucleosis) preparado basándose en larvas
enfermas a razón de 20 a 25 g. de material enfermo por ha aplicado al follaje en solución
acuosa.
Stenoma cecropia: los daños son causados por las larvas que se alimentan del parénquima del
folíolo más próximo a la cápsula donde se ocultan. Este insecto se maneja con aplicaciones
foliares de la mezcla Bacillus t. más un inhibidor de quitina y en poblaciones altas por
absorción radicular con monocrotofos.
Opsiphanes cassina y Brassollis: las larvas son muy voraces y se consideran niveles críticos de 7 a 10 larvas por hoja. En el caso de Opsiphanes, el control en HACIENDA SAN CARLOS
está dividido en varios sistemas: en focos pequeños se maneja con aplicaciones foliares de
Bacillus t, más un inhibidor de quitina; en niveles más altos se maneja con aplicaciones de
monocrotofos por la vía de absorción radicular o micro inyección al estipe.
Estos dos casos se acompañan con un trampeo para adultos. Las trampas consisten en aplicar cebos
dentro de bolsas plásticas para que las mariposas entren a éstas y caigan al fondo, ya que no logran
volar verticalmente hacia arriba.
En el caso de Brassollis sp, insecto de hábito gregario en su etapa larval, construye nidos uniendo
varios folíolos con una red espesa de seda donde pueden agruparse varios centenares de larvas. El
control más eficiente está basado en la recolección manual y destrucción de nidos.
7.13.2.2 Raíces
Sagalassa valida: barrenador de raíces considerado como el principal limitante para obtener altos rendimientos por su daño a las raíces.
Se efectúa una revisión específica de raíces que consiste en hacer un hueco pegado al estipe de 20 cm
de ancho por 30 cm de largo y unos 15 cm de profundidad, donde se realiza un conteo de las raíces
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funcionales, raíces tiernas y raíces con daño para así obtener un porcentaje de daño. Se efectúan
aplicaciones químicas de endosulfan en los primeros 50 cm del plato y sobre la base del estipe, con
una dosis de 10 cm3 por palma. Estas aplicaciones se realizan en todo el lote cuando las poblaciones
son uniformes y también para formar barreras de 15 a 20 líneas de palmas cuando los lotes limitan con
zonas de bosque o rastrojo. Estas aplicaciones se realizan principalmente en la época de verano.
7.13.2.3 Enfermedades
Para las enfermedades que pueden presentarse en el cultivo de palma de aceite en HACIENDA SAN
CARLOS, los manejos están enfocados a prevenir la llegada y multiplicación de éstas. Cuando se
presenten se erradicarán los primeros casos y se realizarán aplicaciones para evitar la diseminación de
éstas, por la multiplicación de agentes vectores. Entre los que se citan:
Pudrición de la flecha: se presenta en cultivos recién establecidos y el síntoma es la presencia de una o varias flechas dobladas a consecuencia de la pudrición. Se previene teniendo suelos
bien drenados y con un buen control de malezas. El control se hace con una revisión periódica
del cultivo, la remoción de la parte afectada de la planta, incluyendo parte del tejido sano y la
aplicación de una solución fungicida-insecticida.
Pudrición del cogollo: se manifiesta a cualquier edad de la palma y sus síntomas corresponden a un amurallamiento de las 5 hojas más cercanas al cogollo en la etapa inicial y las flechas
totalmente podridas en etapas avanzadas.
Mancha anular: afecta desde plantas de vivero hasta plantas de 4 años. La enfermedad es de
carácter letal. Sus síntomas son manchas decoloradas aisladas de forma rectangular que suelen
presentarse también en la cara superior de los peciolos de las hojas recién abiertas. En la etapa
final de desarrollo las hojas del cogollo se tornan de un color amarillo pálido, las flechas inician
una pudrición igual que las raíces. Si en el lote se encuentran palmas afectadas hay que
proceder a erradicarlas y fumigar inmediatamente las palmas vecinas con un insecticida para
así bajar las poblaciones del vector.
Anillo rojo: acortamiento del cogollo de la palma en sus etapas iniciales y en etapas más avanzadas el cogollo se pudre al igual que los racimos. Los signos corresponden a una
coloración café que se nota en un corte transversal. Su control consiste en erradicar los casos
que se presentan en los lotes y colocar trampas con atrayentes para capturar los vectores.
El manejo que amenaza a los cultivos de HACIENDA SAN CARLOS amenaza son las hormigas,
se controla con ATTA-KILL® con su ingrediente activo (Sulfluramida: N-etil perfluoro-octano
sulfonamida) con su dosis de 10 gramos por metro cuadrado de tierra suelta del hormiguero.
7.14 Descripción de áreas en la hacienda
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Área de almacenamiento de agroquímicos:
Se construirá una bodega en donde se guardan productos como fertilizantes, insecticidas,
nematicidas, fungicidas; y demás insumos de uso común dentro del campo agrícola, en este caso
dentro del cultivo de palma africana.
La bodega de almacenamiento contará con todas las especificaciones de salud y seguridad
correspondientes, estas son básicamente el contar con letreros informativos de todos los productos
especificando su grado de toxicidad, así como también rótulos de cada uno de los equipos de
protección personal utilizados por los trabajadores y herramientas. Esta acción está dentro del Plan
de Manejo Ambiental en el programa de Salud y Seguridad Ocupacional de este documento.
Área de deposición de desechos:
Así mismo como en el caso de la bodega, en la hacienda se construirá un área de deposición de
desechos bien establecida, es decir que cuente con un techo que proteja de la lluvia y el sol
directamente, así mismo debe existir una separación según el tipo de desechos, esto se refiere a una
separación de plásticos, vidrio y materia orgánica. En cuanto al manejo envases de agroquímicos,
HACIENDA SAN CARLOS deberá manejarlo adecuadamente realizando el triple lavado y
perforación a envases así como también realizar la devolución de los mismos a sus proveedores.
8. LÍNEA BASE
8.1. Definición de áreas de influencia del proyecto
Para el análisis y delimitación de las áreas de influencia del proyecto se consideró la extensión superficial
de los trabajos y los componentes ambientales que puedan resultar afectados por las actividades del
proyecto del cultivo de palma africana, determinando así:
8.1.1 Área de influencia directa
Corresponde al lugar en donde se realizarán las actividades. El área destinada para esta etapa del cultivo
de palma es de 270 ha.
Por lo tanto se ha definido como área de influencia directa el territorio incluido dentro de las 100 ha de
propiedad de la hacienda.
8.1.2 Área de influencia indirecta
Se considera en base a los parámetros y requerimientos de la información representativa del territorio que
permita estructurar el inventario de la línea base ambiental con sus respectivos componentes así como en
función de las acciones del proyecto agrícola y su interrelación con los elementos del ambiente. El área
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de influencia indirecta se considera el área de territorio en un radio de 500 m desde los límites de la
hacienda.
8.2 Inventario del medio físico
8.2.1 Información general del Cantón
Muisne obtuvo la categoría de parroquia el 4 de julio de 1861. Como parroquia fue parte del cantón
Esmeraldas hasta el 3 de octubre de 1956, en que adquiere el rango de cantón mediante Decreto Legislativo
del 24 de agosto de 1956, publicado en el Registro Oficial No. 28 del 3 de octubre del mismo año. Al
crearse como cantón sus parroquias son: Galera, San Francisco, Muisne, San Gregorio, Bolívar y
Chamanga.
Límites geográficos del cantón:
Norte: Con el cantón Atacames
Sur: Con el cantón Pedernales, Provincia de Manabí.
Este: Con el cantón Quinidé, Provincia de Esmeraldas.
Oeste: Con el océano Pacífico.
8.2.2 Factor Suelo
El relieve se caracteriza por la heterogeneidad de las pendientes, detectándose en la zona costera y
estribaciones de la cordillera las formas planas y onduladas con pendientes dé 1 a 20%.
8.2.2.1 Tipos de suelos y sus características
En el cantón se encuentran suelos entisoles y alfisoles. El primero se caracteriza por ser un suelo joven,
sin horizontes formados, de colores heredados y de bajo contenido de materia orgánica, generalmente
compuestos por dunas y sedimentos aluviales. Por su parte, los alfisoles son arcillosos dada su
descalcificación, la saturación de las bases es de media alta. Además, existen suelos mezclados
compuestos por Mollisol, Alfisol y Entisol. Los suelos molisoles suelen ser oscuros, bien estructurados,
de alta saturación de bases, algunos pueden ser ricos en arcillas silicatadas.
Por lo general los suelos son considerados arcillosos, arenosos y poco profundos cerca de los ríos. De
acuerdo a los testimonios de los pobladores la fertilidad del suelo es alta. Los únicos inconvenientes son
la erosión, la presencia de plagas y las técnicas utilizadas para controlarlas.
8.2.2.2Uso de Suelo
El uso del suelo donde se ubica la plantación se considera como industrial - agrícola debido a las
actividades que se desarrollan en esta zona que se encuentran en la periferia de la Provincia de Esmeraldas.
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El clima y características del suelo la vuelven un territorio apto para el cultivo de palma aceitera que es su
principal producto o cultivo, aunque la ganadería también ha logrado un importante desarrollo.
Estos suelos son muy profundos, francos con excelente fertilidad por la presencia de biota en el mismo
aptos para la producción de cultivos perennes caucho, o palma aceitera.
8.2.3 Características climáticas
El clima de una determinada región se define como el conjunto de características atmosféricas encontradas
en dicha región, incluyendo la temperatura, la precipitación, la humedad, vientos y nubosidad. El cantón
tiene una temperatura promedio anual de 24.2 °C. Los niveles de precipitación oscilan en los 2900 mm.
La altitud varía de 240 a 315 msnm.
8.2.3.1 Precipitación
La precipitación es utilizada para determinar la calidad de agua tanto en estado sólido como líquido, y
principalmente para referencia de cantidad de agua lluvia en cierta localidad. Este elemento meteorológico
es el más variable.
En Ecuador la precipitación varía constante y considerablemente debido a que se encuentra dentro de la
región de influencia de la Zona de Convergencia Intertropical, el cual es un sistema de grandes
formaciones nubosas. Así como también esta varía según la ubicación, áreas cercanas al mar o áreas de
zonas boscosas localizadas en el interior continental o próximo a él.
Para la región en estudio, la principal influencia de las precipitaciones está dada por la presencia del
sistema antes mencionado, por lo que la distribución anual de la precipitación en la zona de estudio se
ajusta a los desplazamientos de la Zona de Convergencia Intertropical.
La zona presenta precipitaciones de entre los 500 y 3000 mm aproximadamente. Según los volúmenes de
precipitación presentan una distribución con un periodo de lluvias considerables, para los meses de enero
a abril.
8.2.3.2 Temperatura
La temperatura determina los niveles de transpiración de las plantas, de evaporación de la humedad del
suelo y en los cuerpos de agua presentes en el territorio actual. De acuerdo a los datos recolectados a lo
largo del tiempo se determina que la temperatura media anual del cantón Muisne es de 24.7° C.
8.2.3.3 Humedad
En la zona de estudio se evidencia un promedio de humedad relativa de 85.6%.
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8.2.3.4 Flora y fauna
8.2.3.4.1 Flora
Muisne pertenece a la franja costera que corresponde a la zona de vida Bosque seco tropical. Es por ello
que se encuentra una cobertura vegetal caracterizada en su mayoría por especies de la familia Poaceae.
Alrededor de estas es posible observar algunos espacios reducidos de bosque caracterizado por especies
arbóreas y gran variedad de trepadoras.
El área de sotobosque y el subdosel presentan diversas especies como: Sande, damagua, tagua tagará,
guagaripo, chanul. La zona contiene extensiones de pastizales y escasos matorrales, únicamente en el
estuario del río Muisne, ubicado al sur de la playa, existe alrededor de 20 kilómetros de manglar, en donde
destacan varios tipos de mangles como: Mangle pava, mangle rojo, mangle blanco, mangle negro, mangle
piñuelo, mangle botón y nato. El ecosistema del manglar es de vital importancia, ya que proporciona una
variedad de servicios ambientales.
A continuación se presenta una tabla detallada con las especies que representan a la flora de la zona:
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Tabla 1. Flora de la zona
8.2.3.4.2 Fauna
Dentro de la fauna en la zona existen una gran cantidad de aves como loros, guacamayos, gaviotas, garzas,
garzas bueyeras, pelícanos, piqueros de patas azules, patos, patillos, fragatas, Martín pescador, águila
tijereta, fragata mayor, garcilla, trogón, águila pescadora, halcón reidor, loro cabeciazul, carpintero
lomirojo, entre otros.
Entre los mamíferos se encuentran: guanta, venado, armadillo, mico, puma, cabeza de mate, cuchucho,
oso perezos, venado, nutria, armadillo, perezoso de dos uñas, machín blanco, aullador de la costa, oso
hormiguero, armadillo de nueve bandas, tigrillo chico.
A continuación se presenta una lista de las especies predominantes existentes en el territorio:
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Tabla 2. Mamíferos de la zona
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Tabla 3. Reptiles de la zona
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Tabla 4. Aves de la zona
9 ESTUDIO SOCIOECONÓMICO
9.1 Medio socioeconómico
A continuación se presentan una breve descripción de los aspectos demográficos y sociales encontrados
en el sector y en la jurisdicción administrativa del Cantón Muisne.
9.2 Población
En el cantón existe aproximadamente una población de 18881 habitantes. En la siguiente gráfica se
muestra la población en cada una de sus 9 parroquias.
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Tabla 5. Población de Muisne
9.3 Servicios Básicos
Agua Potable
Actualmente la población se abastece de agua mediante 32 pozos someros, pero tan sólo 15 están en
funcionamiento. El agua se almacena en un reservorio de hormigón armado de 600 m3 desde donde se
distribuye a la población sin ningún tratamiento. Estos pozos producen un caudal de 7 l/s, cantidad
insuficiente para satisfacer las necesidades de la población.
La red de distribución se la ha dividido en 4 sectores hidráulicamente definidos, con sus respectivas
válvulas de corte, en el sector que sirve a la ciudad todavía se cuenta con tubería de asbesto cemento,
material que se dejó de usar hace mucho debido al peligro que representa para la salud, en una longitud
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de 1200 metros, en los demás sectores la tubería está relativamente en buen estado y cubre un 80% del
área urbana. La tubería matriz es de PVC, de 110 mm de diámetro, de 1.5 Mpa, en uan extensión
aproximada de 3.5 km.
El servicio de agua entubada al no garantizar la salud de la población no tiene costo. El agua se distribuye
por sectores durante una hora pasando un día, lo que ha provocado que la ciudadanía no pague el servicio.
Actualmente se está construyendo un nuevo sistema de agua potable para Muisne, la obra se encuentra en
un avance del 30%, y con esta construcción se espera una cobertura del 90% de conexiones domiciliarias,
sin embargo hay que repotenciar el sistema existente dotando de más tuberías de distribución y de
conexiones domiciliarias con medidor.
En el Cantón Muisne el 15.47% se abastece de agua por tubería o instalación domiciliaria, y sostiene un
déficit que supera el 69%.
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Tabla 6. Agua potable en el Cantón Muisne
Servicio de alcantarillado:
Muisne cuenta con alrededor de 6.10 Km de tubería de 200 mm, de los cuales 3.8 Km de tubería de
hormigón simple, la misma que se halla colapsada y cuenta con 3.6 Km de tubería de 250 mm de hormigón
simple la misma que también se encuentra colapsada.
Las aguas servidas recolectadas por la red, llegan al tratamiento primario a un tanque séptico, luego pasa
al cárcamo de bombeo donde se dispone de una bomba de 5 Hp la misma que es insuficiente, la descarga
se la efectúa directamente al río.
Se cuenta con 115 pozos de revisión en buen estado los mismos que forman parte del proyecto de
construcción del alcantarillado, el cual se encuentra en proceso de ejecución en cuatro etapas.
Es necesario la construcción de lagunas de oxidación donde se descarguen las aguas y se dé el tratamiento
requerido para después devolverlas a la fuente sin contaminación.
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Tabla 7. Alcantarillado en el Cantó Muisne
Servicio de energía eléctrica:
Existen 3,372 abonados a nivel urbano y rural cantonal, por ello se estima que un total de 16,860 habitantes
gozan del servicio eléctrico, lo que equivale a un porcentaje del 49.80% del total de los 28,474 habitantes
de la Población con acceso al servicio eléctrico.
Según los datos que se muestran en la siguiente tabla se estima que se cuenta con una cobertura de energía
eléctrica del 49.80%, es decir una deficiencia en el servicio de 50.20%.
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Tabla 8. Servicio de electricidad en el Cantón Muisne
Telefonía
La Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT) proporciona u servicio de telefonía fija que
abarca el 11.34% de la población, actualmente ofrece internet de banda ancha y TV cable. Las operadoras
móviles que presentan su servicio de telefonía e internet son CLARO y MOVISTAR.
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Tabla 9. Disponibilidad de teléfono en el Cantón Muisne
Educación:
El panorama educativo en el cantón no es nada agradable, es por esto que se busca brindar un
mejoramiento a la infraestructura educativa, el GADCM de Muisne ha presentado un proyecto en la
DINSE, para la construcción de escuelas integrales en varios recintos y comunidades del cantón.
A continuación se presenta una tabla con el estado y nivel de educación en el cantón.
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Tabla 10. Nivel de educación en el Cantón Muisne
Salud:
En lo que respecta a salud no se cuenta con la suficiente y adecuada infraestructura, existe deficiencia en
los servicios de salud y entrega de medicamentos; no hay suficientes profesionales para atender
requerimientos de la población.
Existen 11 unidades de salud y se dispone de 50 profesionales para atender a una población de 28, 753
habitantes.
El sistema de referencia y contra referencia de la red de salud pública es deficiente. Se cuenta con un
sistema de vigilancia epidemiológica. Es notorio el aumento de casos de personas con VIH y enfermedades
de transmisión sexual, embarazo precoz, iniciación sexual temprana, promiscuidad sexual y alto consumo
de alcohol y drogas.
Vivienda:
Según los resultados del Censo de vivienda en Muisne existen ocupadas a nivel cantonal 6,863 viviendas,
de ellas el 68.22% son particulares. Están distribuidas una cuarta parte en la zona urbana y las tres cuartas
partes en el área rural.
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Tabla 11. Tenencia de la vivienda en el Cantón Muisne
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Redes viales y de transporte:
Las principales vías del cantón Muisne son la ruta del Spondylus que comprende Muisne- El Salto hacia
el norte conecta El Salto con el cantón Atacames y hacia el sur El Salto con el cantón Pedernales, provincia
de Manabí. La vía Muisne. Bunche se encuentra en proceso de construcción. El tramo Bunche- San
Francisco- Quingue se encuentra en mal estado. La falta de vías y el pésimo estado en que se encuentran
obstaculiza la comunicación de las comunidades y parroquias con la cabecera cantonal. Es fundamental
el mejoramiento de los accesos a las parroquias San Gregorio, Daule y Bolívar todo esto orientado a
consolidar el territorio cantonal.
La calidad del transporte es regular, existen cooperativas de transporte terrestres y fluviales las cuales se
detallan:
Transporte Interprovincial:
Cooperativa Occidental, Cooperativa Trans Esmeraldas, con frecuencia de 2 turnos diarios,
Cooperativa Gilberto Zambrano (Frecuencia Chamanga- Pedernales), Flota Manabita, Fénix y
Coactur.
Transporte Intercantonal:
Cooperativa Pacífico, Cooperativa Costeñita, Cooperativa River Taviazo. Con una frecuencia de
transporte de cada 20 minutos.
Transporte Interparroquial:
Existen camionetas con frecuencias variadas que se dedican al transporte dentro del cantón, las
cuales pertenecen a la Cooperativa Muisneñita que consta de 15 unidades que recorren las
diferentes comunidades.
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Imagen 4. Red de transporte en el Cantón Muisne
10. IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS
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Cualquier tipo de impacto ambiental, si no es tratado de la forma correcta genera una problemática en todo
el medio, desde molestias a la comunidad, hasta la misma contaminación en el entorno. Es por esto
importante la identificación de impactos ambientales dentro de todo proceso de producción. En lo que se
refiere a la HACIENDA SAN CARLOS, al ser un estudio EX ANTE tan solo se conoce el estudio del
proyecto, pero esto ayudó a las identificar las acciones que generan cierto tipo de impacto:
FASE DEL PROYECTO ACTIVIDAD CÓDIGO
FASE 1: PREPARACIÓN Remoción de vegetación A1
Desbroce (tala de vegetación existente) A2
Canalización de drenajes A3
FASE 2: PREPARACIÓN DEL
TERRENO Y
CONSTRUCCIONES
Preparación mecanizada del terreno A5
Incorporación de materia la suelo A6
FASE 3: SIEMBRA Plantación A7
Tratamientos químicos (fertilización, fungicidas,
nematicidas)
A8
Herbicidas A9
Eliminación de hojas A10
MANTENIMIENTO DEL
CULTIVO
Tráfico de máquinas y vehículos pesados A11
COSECHA Labores de cosecha de palma africana A12
COMERCIALIZACIÓN Comercialización del producto A13
Tabla 12- Actividades de impacto
10.1 Elementos susceptibles de recibir impactos
A continuación se presenta una tabla que muestra los factores ambientales susceptibles a recibir impactos:
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MEDIO COMPONENTE FACTOR AMBIENTAL CÓDIGO
FÍSICO AIRE Calidad de aire (polvo) E01
Ruido E02
Agua Afectación de drenaje existente E03
Contaminación en cuencas cercanas E04
Suelo Calidad física del suelo E05
Alteración de de uso de suelos E06
BIÓTICO Flora y fauna Alteración de la fauna E07
SOCIAL Percepción del
paisaje
Alteración del paisaje E08
Estructura
económica y
productiva
Generación de ingresos para la población E09
Aprovechamiento de recursos naturales E10
Salud Salud de los trabajadores E11
Accidentes de trabajo E12
Tabla 13. Impactos identificados
Se establece una matriz de interacciones tipo causa- efecto que mediante un cuadro de doble entrada, en
cuyas columnas figuran las acciones impactantes del proyecto y en sus filas los factores ambientales
susceptibles de ser impactados.
En las cuadrículas correspondientes, se identifican las acciones impactantes sobre los factores del medio
establecidos.
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ACTIVIDADES DEL POYECTO
Fase de preparación
Preparación del terreno y
construcciones Siembra
Mantenimiento del cultivo
Cosecha Comercialización
Rem
oci
ón
de
vege
taci
ón
Des
bro
ce (
tala
de
vege
taci
ón
exi
sten
te)
Can
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n m
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no
Inco
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ose
cha
de
pal
ma
afri
can
a
Co
mer
cial
izac
ión
de
pro
du
cto
Medio Componente Factores
Ambientales Código A1 A2 A3 A4 A5 A6 A7 A8 A9 A10 A11 A12 A13 A14
Co
mp
on
ente
físi
co
Aire
Calidad de aire (polvo) E01
x x x x x X x x x
Ruido E02 x x x x x x x
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Agua
Afectación de drenaje existente EO3 x x
Contaminación en esteros cercanos E04 x X x x
Suelos
Contaminación por plásticos, vidrio, metal) E05 X x X x x x
Alteración de uso de suelos E06 x x x x x x
Co
mp
on
ente
bió
tico
Flora y fauna Alteración de la fauna
E07 x x x x x
Co
mp
on
ente
so
cial
Percepción del paisaje
Alteración del paisaje E08 x x x x x x x x
Infraestructura económica y productiva
Ingresos para la población E09 x x x X x x x X x x x x x
Aprovechamiento de recursos naturales E10 x x x X x x x x x x
Salud Salud de los trabajadores E11 x x x x X x x x x x
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Accidentes de trabajo E12 x x x x X x x x x
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11. MÉTODO DE EVALUACIÓN DE IMPACTOS
La Evaluación Estratégica Ambiental (EEA) tiene como objetivo la estimación de las consecuencias
ambientales que determinadas políticas, planes y programas, pueden producir en el territorio, en la
utilización de recursos naturales y en definitiva, en el logro de un desarrollo sostenible y equilibrado,
(Esteban Bolea, 1993).
La Evaluación de Impacto Ambiental, es un procedimiento jurídico y administrativo que tiene por objetivo
la identificación, predicción e interpretación de los impactos ambientales que puede generar un proyecto
en ejecución. Así mismo la Evaluación de Impacto Ambiental en un proyecto, permite ser la base para
realizar un plan de prevención, corrección y valoración de los impactos provocados, una vez finalizado el
estudio de evaluación, este será aceptado, modificado o rechazado por parte de las distintas
Administraciones Públicas competentes.
Para la determinación y valoración de los impactos se ejecuta adaptando los criterios generales del método
de Vicente Conesa Fernández Vítora, que expone una clasificación de los distintos tipos de impacto más
comunes sobre el Medio Ambiente y algunas pautas del protocolo de detección de impactos sociales
DIS/BCN de Emilia Moreno y Enric Pol (2002).
11.1 Calificación y valorización de impactos ambientales
Los criterios utilizados para evaluar cada uno de los impactos fueron los siguientes: naturaleza,
intensidad, extensión, persistencia o duración, momento, reversibilidad, sinergia, acumulación, efecto y
periodicidad.
Descripción de los criterios aplicados:
Naturaleza:
Se toma en consideración si el impacto es positivo (+) o negativo (-) para el medio ambiente.
Intensidad (área de influencia):
Se refiere al área de acción del proyecto, la cual puede ser puntual, parcial, total, extensa o crítica.
Momento:
Es el tiempo desde la que ocurre la acción y el comienzo del efecto de la misma sobre el medio
considerado. Este puede ser inmediato, mediano plazo, largo plazo y crítico. Si el tiempo transcurrido va
desde nulo a inferior de 1 año, el momento será inmediato; si ese periodo es de 5 años se considera plazo
medio, y si es más de 5 años se considera de largo plazo.
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72
Persistencia:
Es el tiempo en que permanece el efecto del impacto desde su aparición. Si este es menor a 1 año se
considera fugaz, si es de 1 a 10 años de permanencia este es temporal, y si mayor a 10 años es permanente.
Reversibilidad:
Es la reconstrucción natural del factor que ha sido afectado por acción del proyecto.
Sinergia:
Trata de que tan regular es la manifestación del efecto del impacto. Este puede ser sin sinergismo, sinérgico
y muy sinérgico.
Acumulación:
Es el incremento del efecto del impacto por la presencia continua de una acción que lo genere. Este puede
ser simple o acumulativo.
Efecto:
Se trata de la relación causa- efecto del impacto, el cual puede ser directo o indirecto.
Periodicidad:
Se refiere a la regularidad del efecto. El cual puede ser irregular, periódico y continuo.
Recuperabilidad:
Es la reconstrucción parcial o total debido a la intervención humana. Este proceso de Recuperabilidad
puede ser inmediato, a mediano plazo, irrecuperable o mitigable.
A continuación se presenta una tabla con la calificación y valoración de cada uno de los criterios de
evaluación de impacto:
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73
CRITERIOS
Naturaleza (C) Impacto positivo del proyecto en el medio 1
Impacto negativo del proyecto en el medio -
1
Intensidad (I) Baja 1 Extensión (EX) Puntual 1
Media 2 Parcial 2
Alta 4 Extenso 4
Muy alta 8 Total 8
Total 12 Reversibilidad (RV) Crítica 3
Persistencia (PE) Fugaz 1 Corto plazo 1
Temporal 2 Mediano plazo 2
Permanente 4 Irreversible 4
Acumulación (AC) Simple 1 Efecto (EF) Indirecto 1
Acumulativo 4 Directo 4
Sinergia (SI) Sin sinergismo 1 Periodicidad (PR) Irregular 1
Sinérgico 2 Periódico 2
Muy sinérgico 4 Continuo 4
Momento (MO) Largo plazo 1 Recuperabilidad (MC) Inmediato 1
Medio plazo 2 Mediano plazo 2
Inmediato 3 Mitigable 4
Crítico 4 Irrecuperable 6
Tabla 14.- Criterios de evaluación
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74
La fórmula para la obtención para saber el valor con el cual se determina la magnitud del impacto es la
siguiente:
IMP = +/- C (3I+2EX+MO+PE+RV+SI+AC+EF+PR+MC)
En esta fórmula se da el mayor valor a la Extensión e Intensidad del Impacto.
La determinación de la importancia del impacto se detalla a continuación, de mayor a menor Impacto:
Impacto Crítico ( >75)
Efecto cuya magnitud es superior al umbral aceptable. Con él se produce una pérdida permanente
de la calidad de las condiciones ambientales, sin posible recuperación, incluso con la adopción
de medidas correctoras o protectoras.
Impacto Severo ( 75≤l ≤50)
Efecto en el que la recuperación de las condiciones del medio exige la adecuación de medidas
correctivas o protectoras y en el que, aún con esas medidas, aquella recuperación precisa de un
periodo de tiempo dilatado.
Impacto Moderado ( 50 ≤l ≤25)
Efecto cuya recuperación no precisa prácticas correctoras o protectoras intensivas y en el que el
retorno al estado inicial del medio ambiente no requiere un largo espacio de tiempo.
Impacto Irrelevante ( <25)
Este impacto no produce afecciones considerables.
A continuación se presenta una tabla que muestra en detalle cada uno de los impactos y sus respectiva
calificación y valoración:
Interacción Causa- Efecto
Criterios de la importancia del impacto
Nat
ura
leza
Inte
nsi
dad
Exte
nsi
ón
Mo
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Pe
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Imp
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Factor Código
Acción Código
E01 A1 -1 2 2 4 1 1 1 1 4 1 1 -24
E01 A2 -1 2 2 4 1 1 1 1 4 1 1 -24
E01 A5 -1 2 2 4 1 1 1 1 4 2 1 -25
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75
E01 A6 -1 2 2 4 1 1 2 1 4 2 1 -26
E01 A7 -1 2 2 4 1 1 1 1 4 1 1 -24
E01 A8 -1 1 2 4 1 1 1 1 4 2 1 -22
E01 A9 -1 1 2 4 1 1 1 1 4 2 1 -22
E01 A11 -1 1 2 4 1 1 1 1 4 2 1 -22
E01 A12 -1 2 2 4 1 1 2 1 4 4 1 -28
E02 A1 -1 1 1 4 1 1 1 1 4 1 1 -19
E02 A2 -1 2 3 4 1 1 1 1 4 1 1 -26
E02 A3 -1 2 2 4 1 1 1 1 4 1 1 -24
E02 A5 -1 2 2 4 1 1 1 1 4 1 1 -24
E02 A12 -1 4 2 4 1 1 1 1 4 4 1 -33
E02 A13 -1 2 1 4 1 1 1 1 4 4 1 -25
E02 A14 -1 1 1 4 1 1 1 1 1 4 1 -19
E03 A1 -1 2 2 3 1 1 1 4 1 1 2 -24
E03 A2 -1 2 2 2 1 2 1 4 4 1 2 -27
E04 A1 -1 2 2 3 1 1 1 4 1 1 2 -24
E04 A8 -1 4 2 3 2 2 2 4 1 2 4 -36
E04 A9 -1 4 2 3 2 2 2 4 1 2 4 -36
E04 A11 -1 4 2 3 2 2 2 4 1 2 4 -36
E05 A4 -1 2 2 3 4 2 2 4 4 2 4 -35
E05 A7 -1 2 1 4 4 2 2 4 4 2 2 -32
E05 A8 -1 2 1 4 4 4 1 4 1 2 4 -32
E05 A9 -1 2 1 4 4 4 1 4 1 2 4 -32
E05 A11 -1 2 1 4 4 4 1 4 1 2 4 -32
E05 A14 -1 1 1 3 1 2 1 4 1 4 1 -22
E06 A1 -1 4 2 4 2 2 2 1 4 2 2 -35
E06 A2 -1 4 2 4 2 2 2 1 4 2 2 -35
E06 A3 -1 2 1 3 4 2 2 4 4 2 2 -31
E06 A5 -1 4 4 3 2 2 1 1 4 4 2 -39
E06 A6 -1 2 2 2 4 2 2 4 4 2 2 -32
E06 A7 -1 2 4 3 2 2 2 1 4 2 2 -32
E07 A1 -1 2 2 2 2 4 4 1 4 2 4 -33
E07 A2 -1 2 2 2 2 4 4 1 4 2 4 -33
E07 A3 -1 1 2 2 2 1 4 1 4 2 2 -25
E07 A5 -1 1 2 2 2 2 1 1 4 2 2 -23
E07 A13 -1 1 2 2 2 2 1 1 4 2 2 -23
E08 A1 -1 2 2 2 2 2 2 4 4 2 2 -30
E08 A2 -1 4 2 4 2 2 2 1 4 1 4 -36
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76
E08 A3 -1 1 2 3 2 2 2 1 4 2 2 -25
E08 A5 -1 1 2 3 2 2 2 1 4 2 2 -25
E08 A7 -1 1 2 2 2 2 1 1 1 2 2 -20
E08 A9 -1 1 2 2 2 2 1 4 1 2 2 -23
E08 A10 -1 1 2 3 2 1 1 1 4 2 2 -23
E08 A13 -1 1 2 3 2 1 1 1 1 2 2 -20
E09 A1 1 2 1 3 4 1 2 1 4 4 1 28
E09 A2 1 2 1 3 4 1 2 1 4 4 1 28
E09 A3 1 2 1 3 4 1 2 1 4 4 1 28
E09 A4 1 2 1 3 4 1 2 1 4 4 1 28
E09 A5 1 2 1 3 4 1 2 1 4 4 1 28
E09 A6 1 2 1 3 4 1 2 1 4 4 1 28
E09 A7 1 2 1 3 4 1 2 1 4 4 1 28
E09 A8 1 2 1 3 4 1 2 1 4 4 1 28
E09 A9 1 2 1 3 4 1 2 1 4 4 1 28
E09 A10 1 2 1 3 4 1 2 1 4 4 1 28
E09 A11 1 2 1 3 4 1 2 1 4 4 1 28
E09 A13 1 2 1 3 4 1 2 1 4 4 1 28
E09 A14 1 2 1 3 4 1 2 1 4 4 1 28
E10 A1 -1 1 1 1 1 1 2 1 1 1 1 -14
E10 A2 -1 4 2 3 2 2 2 1 4 2 4 -36
E10 A3 -1 1 1 3 1 1 1 1 1 2 1 -16
E10 A4 -1 1 1 2 1 1 1 1 1 1 2 -15
E10 A5 -1 2 2 3 2 4 2 1 4 2 2 -30
E10 A6 -1 1 1 3 2 3 1 1 4 2 2 -23
E10 A7 -1 1 1 3 2 2 1 1 4 2 2 -22
E10 A9 -1 2 2 4 4 2 1 1 4 4 1 -31
E10 A12 -1 2 2 4 4 2 1 1 4 4 1 -31
E10 A13 -1 1 1 4 4 2 2 1 4 4 1 -27
E11 A2 -1 1 1 3 1 1 1 1 4 1 1 -18
E11 A3 -1 1 1 3 1 1 1 1 4 1 1 -18
E11 A5 -1 1 1 3 1 1 1 1 4 1 1 -18
E11 A7 -1 1 1 3 1 1 1 1 4 1 1 -18
E11 A8 -1 2 2 2 2 2 2 1 4 2 2 -27
E11 A9 -1 2 2 2 2 2 2 1 4 2 2 -27
E11 A10 -1 1 1 3 1 1 1 1 4 1 1 -18
E11 A11 -1 2 2 2 2 2 2 1 4 2 2 -27
E11 A12 -1 1 1 3 1 1 1 1 4 1 1 -18
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77
E11 A13 -1 1 1 3 1 1 1 1 4 1 1 -18
E12 A2 -1 1 1 3 1 1 1 1 4 1 1 -18
E12 A3 -1 1 1 3 1 1 1 1 4 1 1 -18
E12 A5 -1 1 1 3 1 1 1 1 4 1 1 -18
E12 A7 -1 1 1 3 1 1 1 1 4 1 1 -18
E12 A8 -1 1 1 3 1 1 1 1 4 1 1 -18
E12 A9 -1 1 1 3 1 1 1 1 4 1 1 -18
E12 A10 -1 1 1 3 1 1 1 1 4 1 1 -18
E12 A11 -1 1 1 3 1 1 1 1 4 1 1 -18
E12 A13 -1 1 1 3 1 1 1 1 4 1 1 -18
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ACTIVIDADES DEL POYECTO
Fase de preparación
Preparación del terreno y
construcciones Siembra
Mantenimiento del cultivo
Cosecha Comercialización
Rem
oci
ón
de
vege
taci
ón
Des
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tala
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taci
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Co
mer
cial
izac
ión
de
pro
du
cto
Medio Componente
Factores Ambientales
Código A1 A2 A3 A4 A5 A6 A7 A8 A9
A10 A11 A12 A13 A14
Co
mp
on
ente
fí
sico
Aire
Calidad de aire (polvo) E01
24 24 25 26 24 22 22 22 28
Ruido E02 29 26 24 24 33 25 19
Agua Afectación de drenaje EO3 24 27
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Contaminación en esteros cercanos E04 24 36 36 36
Suelos
Contaminación (plásticos, vidrio) E05 35 32 32 32 32 22
Alteración de uso de suelos E06 35 35 31 39 32 32
Co
mp
on
ente
bió
tico
Flora y fauna Alteración de la fauna
E07 33 33 25 23 23
Co
mp
on
ente
so
cial
Percepción del paisaje
Alteración del paisaje E08 30 36 23 25 20 23 23 20
Infraestructura económica y productiva
Ingresos para la población E09 28 28 28 28 28 28 28 28 28 28 28 28 28
Aprovechamiento de recursos naturales E10 14 36 16 15 30 23 22 31 31 27
Salud
Salud de los trabajadores E11 18 18 18 18 27 27 18 27 18 18
Accidentes de trabajo E12 18 18 18 18 18 18 18 18 18
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De acuerdo a la evaluación se observa que el proyecto no representa mayor amenaza, ya que cualquier
accidente, emergencia o percance que se presente podrá ser controlado para que no se extienda dentro del
área de influencia del proyecto. Las medidas a ejecutarse según la emergencia que se presente se detallan
en el plan de manejo ambiental.
11.2 Análisis de la evaluación de los riesgos ambientales dentro del proyecto.
AIRE
El aire tiene impactos por tres factores:
Contaminación por polvo ( 9 interacciones)
Contaminación por ruido ( 7 interacciones)
Según la matriz de valoración presentada anteriormente, los impactos que afectarían al aire son
considerados negativos moderados e irrelevantes, puesto que la calidad del aire se puede ver afectada por
el polvo, gases y ruido que se generan durante la producción del cultivo de palma africana. El polvo, así
como también el ruido, se generarán principalmente cuando circule maquinaria pesada en el terreo para
las distintas labores en la que se la requiere.
AGUA
Agua es afectada por dos factores:
Afectación de drenaje ( 2 interacciones)
Contaminación ( 4 interacciones)
Los impactos sobre el agua son negativos moderados, debido al desperdicio y contaminación al recurso
agua. Estos desperdicios se dan principalmente al momento de las aplicaciones de agroquímicos. Al igual
que el desperdicio, la contaminación se da al momento de aplicaciones debido a la escorrentía que afecta
a esteros cercanos de la zona.
SUELO
Contaminación ( 6 interacciones)
Alteración de uso de suelos ( 6 interacciones)
Realmente el impacto sobre el suele es considerado negativo moderado, debido a la contaminación por
los desechos sólidos como plásticos, vidrio o metales, especialmente durante las aplicaciones y
construcción de viveros o durante la plantación.
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81
Al ser una plantación agrícola, existe una alteración de uso de suelos, debido a que antes no existía el
cultivo en el terreno, o existió una renovación de cultivo.
FAUNA TERRESTRE
Alteración de la fauna ( 5 interacciones)
Esta afección se considera negativa de impacto moderado para las actividades de preparación, operación
y mantenimiento.
PERCEPCIÓN DEL PAISAJE
Alteración del paisaje ( 8 interacciones)
El impacto sobre este factor es negativo y de importancia irrelevante y moderada (debido a la remoción
de vegetación y desbroce). En general el paisaje es uno de los factores menos afectados dentro del
componente social ya que la alteración paisajística se ve muy levemente afectada ya al final del ciclo de
producción.
ESTRUCTURA ECONÓMICA Y PRODUCTIVA
Generación de ingresos para la población (13 interacciones)
Aprovechamiento de recursos ( 10 interacciones)
Sobre este factor el impacto es positivo y de importancia moderado, gracias a los beneficios económicos
que se generarán para los dueños y trabajadores de la hacienda, ya que es una fuente de empleo constante
puesto que durante todo el ciclo se necesita mano de obra para la operación, así como también se generan
ingresos al final del ciclo de producción y posterior fase de comercialización.
Así mismo existirá un aprovechamiento de los recursos naturales que brinda la hacienda, los cuales son
beneficiosos para la operación durante el ciclo de producción.
AFECTACIONES SOBRE EL BIENESTAR
Salud de los trabajadores ( 10 interacciones)
Accidentes de trabajo ( 9 interacciones)
En el factor de bienestar comunitario los impactos son de carácter negativo moderado e irrelevante. Debido
a que durante las fases de aplicación de agroquímicos se generará un riesgo de contaminación para los
trabajadores que ejecutan esta labor. Las actividades comunes de producción de palma agrícola, es decir
las distintas prácticas laborales de mantenimiento, repercuten en un riesgo menor para los trabajadores, ya
que son prácticas de campo cotidianas.
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12. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
A partir de los resultados obtenidos en la identificación y evaluación de aspectos e impactos ambientales
se ha propuesto el Plan de Manejo Ambiental para el proyecto HACIENDA SAN CARLOS, para la
producción del cultivo de palma africana.
La intención de HACIENDA SAN CARLOS es contar con procedimientos operativos y desarrollar
actividades orientadas a la prevención, manejo de desechos, manejo de productos químicos, capacitación
en materia ambiental, plan de contingencia y emergencia ambiental, seguimiento y monitoreo entre otros.
El plan de Manejo Ambiental (PMA) para HACIENDA SAN CARLOS está orientado a garantizar que
la gestión ambiental desarrollada durante el proceso de producción se mantenga a lo largo del tiempo de
su operación y así garantice el cumplimiento de lo establecido en la Ley de Gestión Ambiental y el Texto
Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, Libro VI de la Calidad Ambiental.
El PMA define las actividades y medidas necesarias para la mitigación o corrección de los impactos
ambientales identificados en el proceso de levantamiento de información para el Estudio de Impacto
Ambiental, además busca garantizar la continuidad en el manejo ambiental y está conformado por un
conjunto de programas, acciones y actividades, que aplicadas adecuada y oportunamente permitan
optimizar el desempeño ambiental en las actividades de la hacienda.
El PMA es de concepción dinámica y retroalimentado en todas sus fases de elaboración, implantación y
ejecución, lo cual implica que será periódicamente evaluado y ajustado de acuerdo a las necesidades y
resultados obtenidos.
El presente Plan de Manejo Ambiental (PMA), engloba y reúne normas, procedimientos, especificaciones
y/o medidas encaminadas a prevenir, controlar, mitigar y, de ser el caso, compensar los potenciales
impactos negativos que pueden ser generados durante la operación del proyecto. De acuerdo a lo requerido
por la legislación ambiental vigente, el presente plan está compuesto por:
1. Programa de Prevención y Reducción de la Contaminación Ambiental
2. Programa de Manejo de Residuos
3. Programa de Manejo de Contingencias y Emergencias Ambientales
4. Plan de Salud y Seguridad Ocupacional
5. Programa de Seguimiento y Monitoreo Ambiental
6. Programa de Comunicación, Capacitación y Educación Ambiental
7. Plan de Relaciones Comunitarias
8. Plan de Rehabilitación de Áreas Afectadas
9. Plan de Cierre Abandono y Entrega del Área
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12.1Programa de Prevención y Reducción de la Contaminación Ambiental
12.1.1 Introducción
El Plan de Prevención y Reducción de la Contaminación (PPRC) corresponderá a las acciones tendientes
a levantar los impactos negativos de carácter ambiental además de garantizar la continuidad en la gestión
de prevención de impactos negativos sobre el ambiente, considerando las diferentes actividades que se
desarrollarán en HACIENDA SAN CARLOS; este programa contendrá un conjunto de medidas
ambientales y sugerencias de carácter administrativo y operativo que deberán continuar durante la
ejecución de la actividad de la hacienda.
Las actividades de mitigación se aplicarán únicamente cuando los impactos negativos no puedan ser
reducidos o eliminados. Prevalecerá siempre el criterio de que el costo beneficio de prevenir será siempre
mayor que el mitigar y remediar.
12.1.2 Objetivos
Cumplir con lo dispuesto en el TULSMA, Libro VI, CAPITULO IV DEL
CONTROL AMBIENTAL Sección I Art. 59.
Garantizar la asignación de recursos humanos y económicos para la prevención de
impactos ambientales.
Prevenir impactos negativos sobre el ambiente, la salud y seguridad de los seres humanos
y sus propiedades.
12.1.3 Responsables
Los responsables de la ejecución de PPRC serán todos los trabajadores operativos y
administrativos de HACIENDA SAN CARLOS..
12.1.4 Ámbito Geográfico
El Plan de prevención y mitigación de impactos está orientado a cubrir el área en la cual
se desarrollarán las actividades de HACIENDA SAN CARLOS, la cual está ubicada en la Provincia
de Esmeraldas, Cantón Muisne, Parroquia Daule y Salima.
12.1.5 Medidas de Prevención y Mitigación Ambiental
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Las medidas de prevención y mitigación están orientadas a proteger los recursos agua, suelo y
aire, así como la propiedad pública y privada en el área de influencia de HACIENDA SAN
CARLOS.
12.1.6 Recurso Agua
PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS Programa de Manejo del Recurso Agua
OBJETIVOS:
Cumplir con lo dispuesto en el TULSMA, Libro VI, CAPITULO IV DEL CONTROL
AMBIENTAL Sección I Art. 59.
Garantizar la asignación de recursos humanos y económicos para la prevención de
impactos ambientales.
Prevenir impactos negativos sobre el ambiente, la salud y seguridad de lostrabajadores y sus propiedades.
PPM-01
LUGAR DE APLICACIÓN: HACIENDA SAN CARLOS
RESPONSABLE: Ing. Luis Arturo Cevallos
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS
INDICADORES MEDIO DE
VERIFICACIÓN PLAZO
Calidad del agua Contaminación del agua.
Dejar un espacio libre de aplicación de agroquímicos entre el estero y plantación. Reducir la remoción de vegetación
Aplicaciones realizadas / Margen de aplicación.
Registro de aplicaciones, tanto en cantidad como en margen
Trimestral.
Calidad del agua Afectación de drenaje
Reducir tala y remoción de vegetación./ Construcción de mayor cantidad de drenajes que evacuen el agua
Acciones realizadas en el área de influencia
Visual Trimestral.
12.1.7 Aire
PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS Programa de Manejo del Recurso Aire
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OBJETIVOS:
Cumplir con lo dispuesto en el TULSMA, Libro VI, CAPITULO IV DEL
CONTROL AMBIENTAL Sección I Art. 59.
Garantizar la asignación de recursos humanos y económicos para la prevención de
impactos ambientales.
Prevenir impactos negativos sobre el ambiente, la salud y seguridad de los trabajadores
y sus propiedades.
PPM-02
LUGAR DE APLICACIÓN: HACIENDA SAN CARLOS
RESPONSABLE: Ing. Luis Arturo Cevallos
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS
INDICADORES MEDIO DE
VERIFICACIÓN PLAZO
Afectación a la salud de trabajadores
Partículas de polvo debido a actividades agrícolas.
Dotación de equipo de protección personal (respiradores media cara para material particulado)/ Capacitación del uso de equipo de protección personal
Capacitaciones de uso de equipo de protección personal.
Registro de capacitaciones.
Semestral.
Afectación a salud de trabajadores
Ruido generado por la maquinaria que opera en la hacienda y las distintas actividades agrícolas
Dotar de tapones auditivos/ Mantenimiento periódico de la maquinaria
Equipos de atenuación auditiva hasta 20 db Mantenimiento realizado a la maquinaria/ Mantenimiento planificado al año
Verificación de existencia de equipo. Registro de los mantenimientos Registro de dotación de equipo de protección
Dotación de tapones inmediata Semestral mantenimiento
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12.1.8 Suelo
PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS Programa de Manejo del Recurso Suelo
Cumplir con lo dispuesto en el TULSMA, Libro VI, CAPITULO IV DEL
CONTROL AMBIENTAL Sección I Art. 59.
Garantizar la asignación de recursos humanos y económicos para la prevención de
impactos ambientales.
Prevenir impactos negativos sobre el ambiente, la salud y seguridad de los trabajadores
y sus propiedades.
PPM-03
LUGAR DE APLICACIÓN: HACIENDA SAN CARLOS
RESPONSABLE: Ing. Luis Arturo Cevallos
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS
INDICADORES MEDIO DE
VERIFICACIÓN PLAZO
Calidad del suelo Contaminación (plástico, vidrios, metales)
Designar un área de deposición de desechos. Para envases de agroquímicos realizar el triple lavado y perforarlos.
Áreas de deposición de desechos.
Visual Trimestral
Calidad del suelo/ Componente paisajístico.
Alteración de uso de suelos/ Alteración del paisaje/ Alteración de fauna
Evitar la expansión agrícola/ Colocar abonos que ayuden a la calidad del suelo, fomentar el incorporar materia orgánica al suelo.
Registro de uso del suelo y actividades realizadas/ Programación anual de actividades
Visual/ Registros.
Trimestral.
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12.1.9 Manejo de Químicos
PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS
Cumplir con lo dispuesto en el TULSMA, Libro VI, CAPITULO IV DEL
CONTROL AMBIENTAL Sección I Art. 59.
Garantizar la asignación de recursos humanos y económicos para la prevención de
impactos ambientales.
Prevenir impactos negativos sobre el ambiente, la salud y seguridad de los trabajadores
y sus propiedades.
PPM-04
LUGAR DE APLICACIÓN: HACIENDA SAN CARLOS
RESPONSABLE: Ing. Luis Arturo Cevallos
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS
INDICADORES MEDIO DE
VERIFICACIÓN PLAZO
Calidad de aire y suelo.
Deficiencias en el manejo de agroquímicos.
Comprar cantidades acorde al consumo/ Usar productos próximos a vencerse.
Registros de aplicación.
Registro de aplicación.
Mensual.
Afecciones a la salud y seguridad ocupacional.
No usar equipos de protección al momento de aplicar agroquímicos
Dotar de equipos de protección para manejo de agroquímicos
Equipo de protección personal.
Registro de uso de equipo de protección personal.
Semestral.
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12.2Plan de Manejo de Desechos
12.2.1 Definición
Como Plan de Manejo de Desechos se entiende a todos aquellos programas y acciones que permitan
minimizar, identificar, clasificar, reciclar, controlar y disponer todos los desechos provenientes de la
actividad agrícola.
12.2. 2 Objetivos
Cumplir con lo dispuesto en el TULSMA, Libro VI, CAPITULO IV DEL
CONTROL AMBIENTAL Sección I Art. 59
Garantizar la asignación de recursos humanos y económicos para la prevención de
impactos ambientales
Prevenir o mitigar impactos vinculados a la generación de desechos.
Realizar seguimiento a las actividades relacionadas con el manejo deManejoDesechos
para asegurar el cumplimiento de las leyes, regulaciones y normas ambientales vigentes.
12.2.3 Responsables
Los responsables de la ejecución del Plan de Manejo de Desechos serán todos los empleados
operativos y administrativos de HACIENDA SAN CARLOS.
PLAN DE MANEJO DE DESECHOS
OBJETIVOS:
Cumplir con lo dispuesto en el TULSMA, Libro VI, CA
PITULO IV DEL CONTROL AMBIENTAL Sección I Art. 59
Garantizar la asignación de recursos humanos y económicos
para la prevención de impactos ambientales
Prevenir o mitigar impactos vinculados a la generación de desechos.
Realizar seguimiento a las actividades relacionadas con el
ManejodeDesechos para asegurar el cumplimiento de las leyes,
regulaciones y normas ambientales vigentes.
PMD- 01
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LUGAR DE APLICACIÓN: HACIENDA SAN CARLOS
RESPONSABLE: Ing. Luis Arturo Cevallos
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS
INDICADORES MEDIO DE
VERIFICACIÓN PLAZO
Acumulación de desechos sólidos (plásticos), impacto visual
Mal aspecto del sitio de trabajo
Clasificación de desechos y destino según corresponda.
Registro de generación y clasificación.
Visual/ Registro de generación y clasificación.
Continuo
Acumulación de desechos sólidos (plásticos), impacto visual/ Contaminación del suelo.
Proliferación de moscas, roedores en el sitio de trabajo.
Recipientes apropiados para desechos sólidos/ Triple lavado y perforación a envases de agroquímicos
Área de clasificación y deposición según corresponda
Visual. Continuo
12.3 Plan de Emergencia y Contingencias Ambientales
12.3.1 Introducción
Los planes de emergencias y contingencias son una herramienta ágil y efectiva para implementar
acciones de remediación a circunstancias no previstas,para asegurar las condiciones de seguridad a los
trabajadores, a la comunidad circundante y preservar la calidad ambiental.
12.3.2 Objetivo
Cumplir con lo dispuesto en el TULSMA, Libro VI, CAPITULO IV DEL CONTROL AMBIE
NTAL Sección I Art. 57 y 59
Garantizar la asignación de recursos humanos y económicos para la actuación ante emergencias
ambientales.
Minimizar los riesgos y peligros al ambiente, la salud y la seguridad de los trabajadores mediante
una adecuada gestión.
PLAN DE MANEJO EMERGENCIAS Y CONTINGENCIAS
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OBJETIVOS:
Cumplir con lo dispuesto en el TULSMA, Libro VI, CAPITULO IV DEL CONTR
OL AMBIENTAL Sección I Art. 57 y 59
Garantizar la asignación de recursos humanos y económicos para la actuación ante
emergencias ambientales.
Minimizar los riesgos y peligros al ambiente, la salud y la seguridad de los
trabajadores mediante una adecuada gestión.
PMEC- 01
LUGAR DE APLICACIÓN: HACIENDA SAN CARLOS
RESPONSABLE: Ing. Luis Arturo Cevallos
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS
INDICADORES MEDIO DE
VERIFICACIÓN PLAZO
Accidentes por mala operación de maquinaria
Salud e integridad física de los trabajadores
Capacitar al personal sobre operación de maquinaria pesada agrícola
Registro de capacitación.
Visual. Anual
Desconocimiento de actuación en caso de emergencia/ Contaminación del agua
Afectación a seres vivos y daños materiales
Capacitar al personal sobre medidas en caso de derrames fitosanitarios.
Registro de capacitación.
Visual. Anual
Componente Antrópico
Desconocimiento de actuación en caso de emergencia
Capacitar al personal sobre medidas en caso de accidentes de trabajo.
Registro de capacitación.
Visual Anual
12.4 Plan de Seguridad y Salud Ocupacional
12.4.1 Objetivos:
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Identificar y caracterizar las actividades y operaciones que pudieran poner en riesgo la vida y salud de los trabajadores.
Establecer las medidas de prevención y mitigación de los riesgos identificados, de manera que se
proteja a los trabajadores de HACIENDA SAN CARLOS y se pueda mejorar sus condiciones de
vida y de salud.
Generar un plan de señalización que esté en cumplimiento de la norma.
12.4.2 Riesgos para el trabajador:
Plan Estratégico
Para la implementación de este programa se han tomado en cuenta las normas establecidas por el
Ministerio de Salud, Código de Trabajo e Instituto de Seguridad Social. El presente Programa se aplica
para todos los trabajadores, como a los visitantes que ingresan a la Instalación.
Para asegurar el éxito del programa de seguridad y salud ocupacional se cumplirá las siguientes
actividades:
Se dotará anualmente de camisetas, mascarilla, guantes, equipo de aplicación de agroquímicos.
Se mantendrá una adecuada señalización en todas las áreas.
Se llevará un registro de inspecciones, accidentes y cumplimientos.
Riesgos Identificados
Riesgos ergonómicos: La mayoría de estas lesiones se pueden prevenir. Estas lesiones ocurren cuando
los empleados trabajan en posturas incómodas durante largos períodos de tiempo o en tareas que requieren
movimientos repetitivos. Este tipo de riesgos dentro del proyecto podrían ser frecuentes dentro de las
actividades laborales de campo. Se prevé que no serían tan perjudiciales ya que son actividades ya
conocidas por los trabajadores y de bajo riesgo.
Accidentes de trabajo: Un accidente en el trabajo es toda acción no deseada que ocasiona daños a la
persona, materiales y medio ambientales. Para evitar estos tipos de daños es de suma importancia tomar
medidas de prevención en el lugar de trabajo. La señalización y el uso de equipo de protección es
importante para evitarlos.
Para prevenir estos riesgos es necesario utilizar equipo de protección personal como:
Guantes.
Camisas manga larga.
Zapatos o Botas de trabajo.
Faja lumbar.
Mascarilla
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Señalización
Para la elaboración de este Plan se ha tomado en cuenta las normas establecidas por el Ministerio de Salud,
Código del Trabajo e Instituto de Seguridad Social. Se busca normalizar la señalización en toda el área
para dar condiciones seguras a los trabajadores en todos los lugares donde vayan a desarrollar sus
actividades. El presente Plan se aplica en todo lugar que requiera intervención humana dentro de
HACIENDA SAN CARLOS.
Para que la seguridad del personal se mantenga, se colocara carteles que anuncien los equipos de
protección personal, las áreas, las restricciones y obligaciones al trabajador y sus visitantes.
Carteles:
Protección a los pies:
Protección a las manos:
Carteles de prevención contra incendios:
Carteles Prohibitivo
12.4.3 Cuadro resumen:
PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
OBJETIVOS: • Identificar y caracterizar las actividades y operaciones que pudieran poner en riesgo la vida y salud de los trabajadores. • Establecer las medidas de prevención y mitigación de los riesgos identificados, de manera que se proteja a los trabajadores del proyecto y se mejore sus condiciones de vida y de salud. • Generar un plan de señalización que esté en cumplimiento con la norma.
PSS-01
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RESPONSABLE: Ing. Luis Arturo Cevallos
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS
INDICADORES MEDIO DE
VERIFICACIÓN PLAZO
Mal uso de los EPP´S. Ausencia de capactiación de uso correcto de los EPP´S.
Afectación a la salud de las personas involucradas en el medio.
Capacitar al personal en el uso de EPP´s, manejo de cargas, primeros auxilios y prevención de riesgos.
Cap. Realizadas / Cap. Programadas.
Registro de asistencia y temática de capacitación.
Anual.
Ausencia de EPP´S
Accidentes que afecten a la salud de las personas involucradas en el medio.
Dotar al personal con Equipos de Protección
Evidencia de equipos en área de trabajo
Registro de uso Semestral
Ausencia de señalización de prevención de accidentes
Accidentes que afecten a la salud de las personas involucradas en el medio.
Señalización.
Señalética Puesta/ Señalética Planificada.
Visual Continuo.
12.5 Programa de Monitoreo y Seguimiento Ambiental
12.5.1 Introducción
El Programa de Seguimiento y Monitoreo Ambiental estará orientado a asegurar que las actividades
descritas en los planes de manejo contenidos en el presente Plan de Manejo Ambiental, se cumplen y
evolucionan según lo establecido en el cronograma de actividades.
Objetivos:
Establecer las medidas necesarias para mantener control y dar seguimiento al cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental de las actividades del proyecto.
Implementar un plan de monitoreo periódico.
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PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL
LUGAR DE APLICACIÓN: HACIENDA SAN CARLOS
RESPONSABLE: Ing. Luis Arturo Cevallos
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS
INDICADORES MEDIO DE
VERIFICACIÓN PLAZO
Incumplimiento del PMA.
Posibles sanciones y multas
Auditoría interna de cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental
Auditoría Realizada / Auditoría Prog.
Registro de Auditoría.
Anual
12.6 Programa de Comunicación, Capacitación y Educación Ambiental
12.6.1 Introducción
Todo el éxito de la aplicación del Plan de Manejo Ambiental estará sujeto a factores y decisiones
humanas, quienes deberán estar claramente informados y capacitados sobre la correcta aplicación
de las medidas Ambientales.
Por lo tanto, este Plan de Capacitación en Educación Ambiental estará dirigido a todo el personal
que vaya a estar involucrado en las actividades de HACIENDA SAN CARLOS.
12.6.2 Definiciones
Es el proceso por medio del cual se logra que grupos de personas tengan conciencia del Medio
Ambiente y sus problemas, que cuenten con los conocimientos, aptitudes y motivaciones
necesarios para trabajar individual y colectivamente en la búsqueda de soluciones.
Este proceso además comprende la capacitación en la toma de decisiones y la propia elaboración
de patrones de comportamiento con respecto a la relación con la integridad del Medio Ambiente.
12.6.3 Objetivos
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Crear una actitud responsable y de respeto al medio ambiente por parte del personal de
HACIENDA SAN CARLOS
Capacitar a todo el personal en temas de Medio Ambiente y Seguridad Industrial.
Fomentar el cuidado del ambiente en las actividades que vayan a ser desempeñadas en
HACIENDA SAN CARLOS
Crear una actitud responsable y de respeto al medio ambiente, salud y seguridad industrial por
parte del personal.
PLAN DE COMUNICACIÓN, CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL
OBJETIVOS:
Capacitar a todo el personal en temas de Medio Ambiente y Seguridad Industrial.
Fomentar el cuidado del ambiente en las actividades que vayan a ser desempeñadas en
HACIENDA SAN CARLOS
Crear una actitud responsable y de respeto al medio ambiente, salud y seguridad
industrial por parte del personal.
PCCEA- 01
LUGAR DE APLICACIÓN: HACIENDA SAN CARLOS
RESPONSABLE: Ing. Luis Arturo Cevallos
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS
INDICADORES MEDIO DE
VERIFICACIÓN PLAZO
Desconocimiento del Plan de Manejo Ambiental de parte del personal
Posibles problemas con los pobladores de la zona de influencia
Comunicación de los componentes del PMA a la comunidad.
Capacitaciones realizadas/ Capacitaciones programadas
Registro de asistencia, Registro de temas
Anual
Ausencia de charlas de primeros auxilios y emergencias
Mala respuesta a emergencias
Charla de aplicación del Plan de Contingencias
Capacitaciones realizadas/ Capacitaciones programadas
Registro de asistencia, Registro de temas
Anual
Ausencia de charlas de salud y seguridad ocupacional
Accidentes laborales
Charlas de seguridad y salud ocupacional
Cap. Realizadas / Cap. Programadas.
Registro de Asistencia, Registro de Temas.
Anual
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Carencia de capacitaciones y charlas de los componentes del PMA
Desconocimiento del Plan de Manejo Ambiental de parte del personal
Capacitación en la aplicación del PMA
Cap. Realizadas / Cap. Programadas.
Registro de Asistencia, Registro de Temas.
Una vez aprobado por la autoridad ambiental
12.6.4 Metodología
Partiendo de información de la hacienda y de otras investigaciones puntuales que se
generen en los demás planes, se diseñará el contenido y extensión del plan educativo y de
capacitación.
Las estrategias metodológicas del punto de vista pedagógico, deberán contemplar que el público a
quien se destina el plan es multidisciplinario y de diferentes grados de instrucción. Por lo tanto, se
deberán usar preferentemente medios audiovisuales para la transmisión de los contenidos.
12.6.5 Desarrollo general del plan
Estará dirigido para todo el personal de la hacienda, y pobladores que estén directa o indirectamente
relacionados con las operaciones, acciones y decisiones de la actividad de la hacienda, las cuales pueden
alterar el ambiente circundante.
El desarrollo de las actividades educativas y de capacitación serán dirigidas a capacitar y motivar
personas que colaboren en la ejecución de tareas y procesos que permitan un control adecuado
de las actividades en general y responsabilidad en la ejecución de las acciones de contingencia.
12.6.6 Programa de capacitación ambiental
TEMA 1: Política ambiental
TEMA 2: Procedimientos
Manejo de Desechos Programa de Monitoreo
TEMA 3: Campaña 3 R
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o Reciclaje
o Uso racional de agua
o Uso racional de energía eléctrica
12.6.7 Registros
Todo Programa de capacitación deberá quedar registrado en archivo y se contara con registro de:
Tema y subtemas de, participantes, duración, información y medios utilizados.
12.7 Plan de relaciones comunitarias
12.7.1 Objetivos:
Mantener relaciones de buena vecindad con la comunidad cercana a HACIENDA SAN CARLOS.
Informar a la comunidad de los posibles impactos de las actividades propias del proyecto.
Educar a la comunidad en temas ambientales.
Recibir sugerencias y aportes para mejorar los planes de manejo y la gestión ambiental del
proyecto.
12.7.2 Medidas planteadas:
Para dar cumplimiento al Plan de Relaciones Comunitarias se ha considerado que el área de influencia
directa del es de 100 m a la redonda desde los límites del predio. Este plan se va a realizar de acuerdo a lo
establecido en los mecanismos de participación social del decreto 1040, con la difusión de información
del PMA, abordando los temas de la forma más simple y clara posible.
Se deberá registrar las acciones de acercamiento que se tengan con la comunidad y se tomarán en cuenta
todos los comentarios de los vecinos, siempre que sean un aporte y que posean viabilidad económica y
técnica. Permanentemente se receptarán solicitudes y denuncias en un buzón. Toda denuncia tiene que ser
registrada y notificada al administrador del proyecto. Luego de efectuado el análisis respectivo, y en caso
de que el denunciante tenga la razón, se adoptarán medidas de mitigación, compensación o remediación
del malestar causado. Se elaborará un informe de la respuesta a la denuncia detallando las acciones de
compensación o remediación a ejecutarse.
Se hará un seguimiento a los compromisos asumidos con la comunidad y en el momento en el que se
hagan cambios en el manejo del proyecto o actividad, se realizará otro proceso de participación social.
PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS
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OBJETIVOS: • Mantener relaciones de buena vecindad con la comunidad cercana al proyecto HACIENDA SAN CARLOS • Informar a la comunidad de los posibles impactos de las actividades propias del proyecto. • Educar a la comunidad en temas ambientales. • Recibir sugerencias y aportes para mejorar los planes de manejo y la gestión ambiental del proyecto.
PRC-01
LUGAR DE APLICACIÓN: HACIENDA SAN CARLOS
RESPONSABLE: Ing. Luis Arturo Cevallos
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS
INDICADORES MEDIO DE
VERIFICACIÓN PLAZO
Desconocimiento del PMA y posibles problemas con pobladores del área de influencia.
Posibles problemas con pobladores del área de influencia
Realizar el Respectivo Proceso de Participación Social.
Reunión Realizada / Reunión Programada
Informe del Proceso de Participación Social.
Antes de la aprobación del PMA y si se modifica.
Descontento de la participación de la empresa para con la comunidad.
Denuncias por parte de la comunidad.
Mantener abierto un buzón para denuncias, sugerencias y acercamientos.
Denuncias Atendidas / Denuncias Recibidas.
Registro de denuncias y presencia del buzón.
Inmediato y continuo.
12.8 Plan de Rehabilitación de Áreas Afectadas
12.8.1 Objetivo:
Establecer medidas, estrategias y tecnologías a aplicarse para rehabilitar las áreas que pueden verse afectadas por alguna acción intempestiva provocada por la operación del proyecto o fenómenos
naturales.
12.8.2 Medidas propuestas:
Estas medidas se aplicarán a los componentes ambientales afectados que se encuentran dentro y en las
cercanías del proyecto. En caso de daños ambientales o afectaciones a los terrenos vecinos, se deberá
remediar las áreas. Las principales medidas que pueden aplicarse son:
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Daños en áreas aledañas.
Daños a material vegetal y componentes físicos: Si se afectó a la cobertura vegetal de las viviendas y
terrenos aledaños se deberá emprender un programa de siembra en estos puntos hasta dejar las condiciones
del sitio igual o mejor que antes de que se presente la emergencia, de igual manera se haría dentro del
proyecto. En caso de daños al suelo y agua, HACIENDA SAN CARLOS iniciará un programa de
saneamiento ambiental, dependiente del daño realizado. Cabe indicar que se espera que este riesgo sea
mínimo debido a la implementación de las medidas de manejo de contingencias.
Daños a infraestructura: En caso de daños a la estructura de las viviendas o, se realizará o contratará
actividades de readecuación, construcción, pintura, entre otras necesarias.
Daños en el área de implantación del proyecto.
Daños a material vegetal y componentes físicos: Si se afectó a la cobertura vegetal de las viviendas y
terrenos aledaños se deberá emprender un programa de siembra en estos puntos hasta dejar las condiciones
del sitio igual o mejor que antes de que se presente la emergencia, de igual manera se haría dentro del
proyecto. En caso de daños al suelo y agua, HACIENDA SAN CARLOS iniciará un programa de
saneamiento ambiental, dependiente del daño realizado. Cabe indicar que se espera que este riesgo sea
mínimo debido a la implementación de las medidas de manejo de contingencias.
Daños a infraestructura: En caso de que ocurra algún fenómeno natural como temblores, inundaciones
será necesario regresar el área a como estaba antes del fenómeno, de manera que el proyecto vuelva a ser
funcional. Finalmente se notificará a las autoridades de control ambiental para establecer el compromiso
de limpieza total del área donde ocurrió el incidente.
Estos programas serán coordinados con el Ministerio del Ambiente, y con los demás afectados.
PLAN DE REHABILITACIÓN DE ÁREA AFECTADAS
OBJETIVOS: • Establecer medidas, estrategias y tecnologías a aplicarse para rehabilitar las áreas que pueden verse afectadas por alguna acción intempestiva provocada por la operación del proyecto. • Establecer medidas, estrategias y tecnologías a aplicarse para rehabilitar las áreas que pueden verse afectadas por alguna acción intempestiva provocada por fenómenos naturales.
PRA-01
LUGAR DE APLICACIÓN: HACIENDA SAN CARLOS
RESPONSABLE: Ing. Luis Arturo Cevallos
ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO
IDENTIFICADO MEDIDAS
PROPUESTAS INDICADORES
MEDIO DE VERIFICACIÓN
PLAZO
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No restablecer los daños causados durante el proceso
Daños al área del proyecto o a comunidades aledañas por riesgos naturales y/o antropogénicos
Se deberá emprender un programa de restauración y remediación de daños
Medidas Aplicadas / Medidas Programadas.
Fotos, Documento aprobado por la Autoridad Ambiental Nacional.
Al momento de la ocurrencia.
12.9 Plan de Cierre, Abandono y Entrega del Área
12.9.1 Objetivo:
Realizar un abandono ordenado del área.
Regresar el área de implantación del terreno a como esta estaba antes del inicio de actividades.
Coordinar este proceso con la Autoridad Ambiental.
12.9.2 Medidas propuestas:
Una vez que finalicen las actividades del proyecto en este sector, conforme lo dispone la legislación
ambiental nacional; se debe realizar un abandono ambientalmente adecuado. En este se procurará regresar
al área a como esta era antes de la implantación del proyecto. Esto se respaldará con la realización de una
auditoría ambiental para determinar el estado anterior y posterior al proceso de desmantelar y abandona
el área.
En caso de identificarse algún daño ambiental causado por la operación del proyecto, HACIENDA SAN
CARLOS generará un Plan de Acción para hacerse cargo del pasivo ambiental ocasionado. Una vez
terminado ese proceso se notificará a la Autoridad Ambiental para que inspeccione el sitio.
PLAN DE CIERRE, ABANDONO Y ENTREGA DEL ÁREA
OBJETIVOS: • Realizar un abandono ordenado del área. • Regresar el área de implantación del terreno a como esta estaba antes del inicio de actividades. • Coordinar este proceso con la Autoridad Ambiental.
PDA-01
LUGAR DE APLICACIÓN: HACIENDA SAN CARLOS
RESPONSABLE: Ing. Luis Arturo Cevallos
ASPECTO AMBIENTAL
IMPACTO IDENTIFICADO
MEDIDAS PROPUESTAS
INDICADORES MEDIO DE
VERIFICACIÓN PLAZO
Actividades en el área del proyecto
Modificación del área del proyecto.
Coordinar el abandono con la Autoridad Ambiental.
Notificación Enviada / Notificación Programada.
Carta de aviso al MAE
Al cierre del proyecto.
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Actividades en el área del proyecto.
Pasivo ambiental generado por descargas.
Plan de Acción para solucionar el pasivo generado.
Plan de Acción y medidas aplicadas.
Plan de Acción aprobado por el MAR
Al cierre del proyecto.
Actividades en el área del proyecto
Modificación del área del proyecto.
Seguimiento de como plantas locales repueblan el área.
Auditoría Realizada / Auditoría Prog.
Auditoría Ambiental y registro fotográfico.
Al cierre del proyecto.
13. CRONOGRAMA
El cronograma valorado incluye todas las medias a tomar en todos los planes componentes del PMA. El
MES 1 se toma como el mes siguiente de la aprobación del documento. Las actividades realizadas antes
de la aprobación del mismo están incluidas dentro del MES 0. Las medidas que están marcadas con un
asterisco (*) están incluidas dentro de actividades valoradas anteriormente. Las medidas de costo $ 0 son
actividades de cambio de hábitos. Las medidas SD (sin definir) deberán valorarse y presentar un plan de
cómo se manejarán al momento en que estás se presenten. Esto se hace así debido a que no se conoce el
tiempo en el que pueden presentarse, esto dificulta la valoración de los pasivos que por ellas se generen.
CRONOGRAMA VALORADO DE APLICACIÓN DEL PMA
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
MEDIDAS PROPUESTAS M
ES 0
MES
1
MES
2
MES
3
MES
4
MES
5
MES
6
MES
7
MES
8
MES
9
MES
10
MES
11
MES
12
Co
sto
s PLAN DE
PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE
IMPACTOS
Dejar un espacio libre de aplicación de agroquímicos entre el estero y plantación. Reducir la remoción de vegetación X X X X $0
Reducir tala y remoción de vegetación./ Construcción de mayor cantidad de drenajes que evacuen el agua X X X X $400
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Dotación de equipo de protección personal (mascarillas)/ Capacitación del uso de equipo de protección personal X X $250
Los operadores usar tapones de oídos/ Determinar el efecto del ruido en los operadores de la maquinaria X X $10
Designar un área de deposición de desechos. Para envases de agroquímicos realizar el triple lavado y perforarlos. X X X X $30
Evitar la expansión agrícola/ Colocar abonos que ayuden a la calidad del suelo, fomentar el incorporar materia orgánica al suelo. X X X X $500
Comprar cantidades acorde al consumo/ Usar productos próximos a vencerse. X X X X X X X X X X X X $0
Dotar de equipos de protección para manejo de agroquímicos X X *
PLAN DE MANEJO DE DESECHOS
Clasificación de desechos y destino según corresponda. X X X X X X X X X X X X $0
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Recipientes apropiados para desechos sólidos/ Triple lavado y perforación a envases de agroquímicos X X X X X X X X X X X X $100
PLAN DE MANEJO DE
MERGENCIAS Y CONTINGENCIAS
Capacitar al personal sobre operación de maquinaria pesada agrícola X $30
Capacitar al personal sobre medidas en caso de derrames fitosanitarios. X $30
Capacitar al personal sobre medidas en caso de accidentes de trabajo. X $40
PLAN DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL
Capacitar al personal en en el uso de EPP´s, manejo de cargas, primeros auxilios y prevención de riesgos. X $0
Dotar al personal con Equipos de Protección X X *
Señalización. X X X X X X X X X X X X $200
PLAN DE COMUNICACIÓN, CAPACITACIÓN Y
EDUCACIÓN AMBIENTAL
Charlas de seguridad y salud ocupacional X $40
Capacitación en la aplicación del PMA X $30
Charla de aplicación del Plan de Contingencias X $30
Comunicación de los componentes del PMA a la comunidad. SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD $0
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PLAN DE RELACIONES
COMUNITARIAS
Realizar el Respectivo Proceso de Participación Social. SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD $50
Mantener abierto un buzón para denuncias, sugerencias y acercamientos. SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD $10
PLAN DE REHABILITACIÓN
DE ÁREAS AFECTADAS
Se deberá emprender un programa de restauración y remediación de daños SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD
PLAN DE CIERRE, ABANDONO Y
ENTREGA
Coordinar el abandono con la Autoridad Ambiental. SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD
Plan de Acción para solucionar el pasivo generado. SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD
Seguimiento de como plantas locales repueblan el área. SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD SD
TOTAL
$170
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14. GLOSARIO DE TÉRMINOS
Abono orgánico: material cuya función principal es proporcionar elementos nutrientes a las plantas. Los
abonos orgánicos son generalmente de origen animal o vegetal.
Aditivo alimentario: cualquier sustancia que en cuanto tal no se consume normalmente como alimento ni
tampoco se usa como ingrediente básico en alimentos, tenga o no valor nutritivo, y cuya adición intencionada
al alimento con fines tecnológicos (incluidos los organolépticos) en sus fases de fabricación, elaboración,
preparación, tratamiento, envasado, empaquetado, transporte o almacenamiento, resulte o pueda preverse
razonablemente que resulte (directa o indirectamente) por sí o sus subproductos, en un componente del
alimento o en un elemento que afecte a sus características. Esta definición no incluye “contaminantes” o
sustancias añadidas al alimento para mantener o mejorar las cualidades nutricionales.
Agua corriente: agua que sale de un grifo
Análisis del riesgo de plagas: proceso de evaluación de las evidencias biológicas u otras evidencias científicas
y económicas para determinar si una plaga debería reglamentarse y la intensidad de cualesquiera medidas
fitosanitarias que han de adoptarse contra ésta.
Agua potable: agua tratada y exenta de contaminantes, apta para el consumo humano y animal.
Aguas residuales: aguas procedentes de desagües domésticos e industriales.
Biodegradación: descomposición controlada de la materia orgánica, resultante del proceso de digestión,
asimilación y metabolización llevado a cabo por bacterias, hongos y protozoos.
Bioseguridad: conjunto de prácticas de manejo orientadas a prevenir el contacto de los animales con
microorganismos patógenos.
BPA: Buenas Prácticas Agrícolas. Comprenden prácticas orientadas a la mejora de los métodos
convencionales de producción y manejo en el campo, haciendo hincapié en la prevención y control de los
peligros para la inocuidad del producto y reduciendo, a la vez, las repercusiones negativas de las prácticas de
producción sobre el medio ambiente, la fauna, la flora y la salud de los trabajadores.
Calidad del material vegetativo: término que involucra cuatro componentes: genético (genotipo), físico
(aspecto general), fisiológico (germinación y/o vigor) y sanitario (carencia de enfermedades transmisibles por
semilla).
Calidad sanitaria: condición sanitaria de un material vegetal en relación a los niveles de tolerancia
establecidos.
Comisión del Codex Alimentarius: organismo intergubernamental auspiciado por la FAO y la OMS, cuya
misión es proponer a los gobiernos normas, códigos de prácticas, directrices y recomendaciones alimentarias
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para proteger la salud de los consumidores y facilitar el comercio mundial de alimentos a través del
establecimiento de normas aceptadas internacionalmente.
Compactación: densificación del suelo por el uso irracional de medios mecánicos.
Contaminación: introducción o presencia de un contaminante en los alimentos o en el medio ambiente
alimentario.
Contaminante: cualquier agente biológico o químico, materia extraña u otras sustancias no añadidas
intencionalmente a los alimentos y que puedan comprometer la inocuidad o la aptitud de los mismos
Control de plagas: supresión, contención o erradicación de una población de plagas.
Fertilizante: sustancia o mezcla química natural o sintética utilizada para enriquecer el suelo.
Inspección: examen visual oficial de plantas, productos vegetales, artículos reglamentados y sus productos
para determinar si hay plagas o verificar el cumplimiento de las reglamentaciones fitosanitarias.
Labranza mínima: remoción mínima del suelo necesaria para la producción de cultivos.
Limpieza: eliminación de residuos u otras materias objetables.
Lixiviación: proceso de lavado del suelo por la filtración del agua. En zootecnia, se usa el término para indicar
el desplazamiento hacia los ríos y aguas subterráneas de los desechos, excrementos u otros contaminantes.
Material de propagación: todo órgano vegetal y sus partes (semillas, yemas, etc.) que se destinan a la
multiplicación de los vegetales.
Material vegetal: semilla, parte de planta o planta viva destinadas a ser plantadas.
Medidas fitosanitarias: cualquier legislación, reglamento o procedimiento oficial que tenga el propósito de
prevenir la introducción o diseminación de plagas o enfermedades, o que pueda facilitar su erradicación o
control.
Microorganismo: un protozoo, hongo, bacteria, virus u otra entidad biótica microscópica
MIP: Manejo Integrado de Plagas. Sistema utilizado para disminuir el daño por plagas a niveles tolerables,
mediante una variedad de técnicas físicas, químicas y biológicas.
Plaga: cualquier especie, raza o biotipo vegetal o animal o agente patógeno dañino para las plantas o productos
vegetales
Plaguicida de uso agrícola: cualquier sustancia o mezcla de sustancia destinadas a prevenir, destruir, o
controlar cualquier plaga, las especies no deseadas de plantas o animales, que causan perjuicio o que interfieren
de cualquier otra forma en la producción, elaboración, almacenamiento, transporte o comercialización de
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alimentos, productos agrícolas, madera o productos de madera. El término incluye las sustancias destinadas a
utilizarse como reguladoras de crecimiento de las plantas, defoliantes, desecantes, y las sustancias aplicadas a
los cultivos antes o después de la cosecha para proteger el producto contra el deterioro durante el
almacenamiento y transporte.
Plántula: embrión de una planta que se desarrolla a partir de la germinación de la semilla.
Pozo de agua: cualquier obra, sistema, proceso, artefacto o combinación construidos por el hombre con el fin
principal o incidental de extraer agua subterránea.
Predio: heredad, hacienda, finca, tierra o posesión inmueble.
Rastreabilidad: capacidad para identificar el origen del producto o su producción hasta el final de la cadena
de comercialización.
Registro: proceso por el cual la autoridad competente aprueba la fabricación, formulación, experimentación,
fraccionamiento, comercialización y utilización de un producto.
Residuos: aquel producto, material o elemento que después de haber sido producido, manipulado o usado no
tiene valor para quien lo posee.
Riesgo: probabilidad de que ocurra un peligro.
Sanitización: reducción de la carga microbiana contenida en un objeto o sustancia a niveles seguros para la
población.
Semillas: clase de producto básico correspondiente a las semillas para plantar o destinadas a ser plantadas y
no al consumo o elaboración.
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15. BIBLIOGRAFÍA
Lombardero, J.L. 2008. Manual para la Formación en Medio Ambiente. Bureau Veritas Formación. Editorial Lex Nova. Madrid.
Reglamento De Aplicación De Los Mecanismos De Participación Social Decreto 1040, Registro Oficial Nº 332 Del 8 De Mayo De 2008 Y Acuerdo Ministerial Del Ministerio Del Ambiente, Nº
112, Del 17 De Julio De 2008, Referente Al Instructivo Al Reglamento De Aplicación De Los
Mecanismos De Participación Social Establecidos En La Ley De Gestión Ambiental
Codificación de la Ley de Gestión Ambiental, Nº 19, publicada en el Suplemento del Registro
Oficial Nº 418, de 10 de septiembre de 2004.
Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria (TULAS) del Ministerio del Ambiente. Decreto Ejecutivo 3516, publicado en el Registro Oficial N° E 2, de 31 de marzo de 2003.
Reglamento de Seguridad y Salud de los trabajadores y mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo, Decreto Ejecutivo 2393 del 13 de noviembre de 1986.
Constitución Política de la República del Ecuador. Registro Oficial Nº 449 del 20 de octubre de 2008.
Acuerdo No. 068, Reformase el Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del
Ambiente, Libro VI, Título I, Del Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA). Quito, miércoles
31 de julio del 2013.
Tirira, D. (Ed) 2001. Lista Roja De Los Mamíferos Del Ecuador. Simbioe, Ecociencia, Ministerio Del Ambiente, UICN. Serie Libros Rojos Del Ecuador Tomo 1. Publicación Especial Sobre Los
Mamíferos Del Ecuador 4. Quito.
Vera, D. 2010. Fascículo Provincial Esmeraldas (en línea) Consultado el 19 de marzo de 2014. Disponible en: http://www.ecuadorencifras.gob.ec/wp-content/descargas/Manu-
lateral/Resultados-provinciales/esmeraldas.pdf
Conesa, F., Vicente. 2003. Guía Metodológica para la evaluación del Impacto Ambiental.
Editorial Mundi-Prensa, Madrid, España. 413 p.
Ancupa. 2011. Palma Africana (en línea) Consultado el 28 de marzo de 2014. Disponible en:
http://www.ancupa.com/index.php?option=com_content&view=article&id=32&Itemid=75
Iniap. 2013. Palma Africana variedades (en línea) Consultado el 29 de marzo de 2014. Disponible en:
http://www.iniap.gob.ec/sitio/index.php?option=com_content&view=article&id=87&Itemid=10
8
Saenz, L. 2006. Palma Africana (en línea) Consultado el 28 de marzo de 2014. Disponible en: http://www.galeon.com/subproductospalma/guiapalma.pdf
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16. FIRMA DE RESPONSABILIDAD
La administración del proyecto HACIENDA SAN CARLOS tendrá a cargo la tarea de cumplir y hacer
cumplir lo especificado en este documento. La elaboración de los reportes y documentos necesarios, así
como la dotación de recursos para la aplicación del contenido del Estudio de Impacto Ambiental y el Plan
de Manejo Ambiental recae sobre su responsabilidad.
___________________________
Ing. Luis Arturo Cevallos
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ANEXO 1. Certificado de intersección.
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ANEXO 2. Mapa del Certificado de intersección.
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ANEXO 3. Archivo fotográfico.
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ANEXO 5. RUC
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