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COMISIÓN GESTORA URBANÍSTICA LAS LADERAS-PEÑAS BLANCAS ESTUDIO DE CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNÉTICA PLAN DE SECTORIZACIÓN “LAS LADERAS-PEÑAS BLANCAS” GUADARRAMA (MADRID) FASE DE AVANCE mayo, 2006

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  • COMISIÓN GESTORA URBANÍSTICA LAS LADERAS-PEÑAS BLANCAS

    ESTUDIO DE CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNÉTICA

    PLAN DE SECTORIZACIÓN “LAS LADERAS-PEÑAS BLANCAS”

    GUADARRAMA (MADRID)

    FASE DE AVANCE

    mayo, 2006

  • ESTUDIO DE CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNÉTICA. AVANCE DEL PLAN DE SECTORIZACIÓN “LAS

    LADERAS – PEÑAS BLANCAS”.

    EVALUACIÓN AMBIENTAL, s.l. C.I.F. B-19189331. Registro mercantil de Guadalajara, Tomo 318, Folio 38, Sección 8, Hoja GU-3238

    ÍNDICE

    1. INTRODUCCIÓN ...............................................................................................................................3

    2. ANTECEDENTES URBANÍSTICOS .................................................................................................4

    3. OBJETO Y CONTENIDO DEL ESTUDIO .........................................................................................5

    4. METODOLOGÍA DEL ESTUDIO.......................................................................................................7

    4.1. METODOLOGÍA GENERAL ............................................................................................................7 4.2. METODOLOGÍA DE DESARROLLO .................................................................................................8

    4.2.1. Metodología de evaluación de los niveles actuales de campo eléctrico .............................8 4.2.2. Metodología de evaluación de los niveles actuales de campo magnético........................11

    5. MARCO LEGISLATIVO...................................................................................................................12

    6. DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO .....................................................................................................17

    6.1. LOCALIZACIÓN DEL SECTOR “LAS LADERAS-PEÑAS BLANCAS”...................................................17 6.2. DESCRIPCIÓN DEL PLAN DE SECTORIZACIÓN DEL SECTOR “LAS LADERAS-PEÑAS BLANCAS” ......18

    6.2.1. Infraestructuras eléctricas presentes en el entorno ..........................................................23 6.2.2. Infraestructuras radioeléctricas presentes en el entorno. .................................................24

    7. RESULTADOS DEL ESTUDIO .......................................................................................................26

    7.1. MEDICIONES EN PUNTOS DEL SECTOR “LAS LADERAS-PEÑAS BLANCAS”.....................................29 7.1.1. Resultados. .......................................................................................................................31 7.1.2. Conclusiones ....................................................................................................................42

    7.2. MEDICIONES EN LÍNEAS AÉREAS DE ALTA Y MEDIA TENSIÓN .......................................................43 7.2.1. Resultados. .......................................................................................................................43 7.2.2. Conclusiones. ...................................................................................................................64

    7.3. CALCULOS DE DENSIDAD DE POTENCIA DE ONDA PLANA PARA LAS ANTENAS DE RADIOFRECUENCIAS ...............................................................................................................................64

    7.3.1. Resultados. .......................................................................................................................65 7.3.2. Conclusiones. ...................................................................................................................75

    8. ANÁLISIS DE IMPACTOS AMBIENTALES ...................................................................................76

    8.1.1. Metodología de identificación y valoración de impactos ambientales...............................76 8.1.2. Descripción, caracterización y valoración de impactos.....................................................82

    9. RECOMENDACIONES EN RELACIÓN CON LA CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNÉTICA....91

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    “LAS LADERAS – PEÑAS BLANCAS”

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    9.1. RECOMENDACIONES GENERALES..............................................................................................91 9.2. RECOMENDACIONES PARA LA REDUCCIÓN DE LA EXPOSICIÓN A CAMPOS ELECTROMAGNÉTICOS..92

    9.2.1. Recomendaciones referentes al alejamiento de las fuentes de campo. ...........................92 9.2.2. Recomendaciones referentes a la reducción de las fuentes de emisión de campos electromagnéticos en origen. ...........................................................................................................93 9.2.3. Recomendaciones referentes a la protección personal y en el trabajo frente a la radiación electromagnética no ionizante. ........................................................................................................96

    10. REQUISITOS LEGALES Y TÉCNICOS. ...................................................................................98

    10.1. REQUISITOS A CUMPLIR EN CUANTO A LIMITACIONES Y SERVIDUMBRES PARA LA PROTECCIÓN RADIOELÉCTRICA....................................................................................................................................98 10.2. REQUISITOS PARA LA INSTALACIÓN DE ESTACIONES RADIOELÉCTRICAS .....................................98 10.3. REQUISITOS RELACIONADOS CON LAS LIMITACIONES A LA PROPIEDAD Y A LA INTENSIDAD DE CAMPO ELÉCTRICO.................................................................................................................................99 10.4. REQUISITOS A CUMPLIR POR LOS NIVELES DE EXPOSICIÓN DEL PÚBLICO A LOS CAMPOS ELECTROMAGNÉTICOS..........................................................................................................................100 10.5. REQUISITOS A CUMPLIR POR LAS ACTUACIONES URBANÍSTICAS EN RELACIÓN CON LAS INFRAESTRUCTURAS ELÉCTRICAS .........................................................................................................102

    11. INDICADORES DE CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES Y TÉCNICOS .............................................................................................................................................110

    11.1. INDICADORES RESPECTO A LA CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNÉTICA ......................................110 11.1.1. Fase de construcción. ................................................................................................111 11.1.2. Fase de funcionamiento. ............................................................................................111

    12. RESUMEN Y CONCLUSIONES ..............................................................................................113

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    1. INTRODUCCIÓN

    La contaminación se ha convertido en un problema a escala planetaria, con consecuencias graves,

    si no se toman las medidas adecuadas, para el medio ambiente y la salud humana. Por desgracia,

    en vez de limitarse a una serie fija de contaminantes, en los últimos años, a los contaminantes ya

    conocidos, se ha venido a sumar la contaminación electromagnética, como subproducto del

    desarrollo tecnológico masivo basado en la electricidad y las comunicaciones.

    En la actualidad es prácticamente imposible evitar la exposición a las radiaciones

    electromagnéticas. El gran desarrollo experimentado en los últimos años por la tecnología de los

    sistemas de comunicación ha provocado el aumento de aplicaciones en radio, televisión, satélites,

    líneas telefónicas, radares, antenas, teléfonos móviles, etc.

    Cuando se menciona la contaminación electromagnética o electropolución, se habla de la

    contaminación producida por los campos eléctricos y electromagnéticos, como consecuencia de la

    multiplicidad de aparatos eléctricos y electrónicos que se utilizan en el día a día, tanto en el hogar

    como en el trabajo. Son radiaciones invisibles para el ojo humano pero perfectamente detectables

    por aparatos de medida específicos.

    Dada la proliferación de fuentes de campos electromagnéticos en el entorno, son múltiples los

    gobiernos, organizaciones empresariales, grupos ecologistas y grupos científicos de renombre

    internacional que han mostrado su interés por el tema, advirtiendo del creciente riesgo a que se

    está viendo sometido el ser humano en su entorno.

    Fruto de esta preocupación creciente por el estudio de la contaminación electromagnética surge el

    proyecto CEM (de campos electromagnéticos), auspiciado por la Organización Mundial de la

    Salud, en el cual participan numerosos países, y mediante el cual se pretenden aunar esfuerzos con

    el objeto de lograr un adecuado conocimiento sobre los efectos de la contaminación

    electromagnética. También es de importancia destacar la labor realizada por la Comisión de la

    Unión Europea, que en 1998 elaboró en su seno unas Recomendaciones para los países europeos

    en materia de contaminación electromagnética.

    A pesar de que los estudios epidemiológicos que intentan encontrar asociaciones significativas

    entre personas expuestas y ciertas enfermedades no ofrecen conclusiones definitivas y, a pesar de

    que los experimentos con animales para determinar la posible toxicidad para la reproducción de

    los campos electromagnéticos tampoco han dado, por el momento, resultados concluyentes, existe

    cierta inquietud entre la población y los poderes públicos acerca de los posibles riesgos que se

    pueden derivar de su exposición, por la proliferación de estas radiaciones y porque, al ser

    inaudibles e invisibles, se hace muy difícil su detección.

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    2. ANTECEDENTES URBANÍSTICOS

    El planeamiento general vigente en Guadarrama lo constituyen las Normas Subsidiarias de

    Planeamiento, aprobadas definitivamente en marzo de 1985 (B.O.C.M. de 10 de abril de 1995 y

    B.O.E de 15 de junio de 1985). Estas Normas se están revisando en la actualidad.

    El sector “Las Laderas-Peñas Blancas” está calificado en el planeamiento general vigente como

    Suelo No Urbanizable Común, por lo que en aplicación de la disposición transitoria primera de la

    Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid se le aplicará el régimen establecido para el

    Suelo Urbanizable No Sectorizado, pudiendo sectorizarse a través de un Plan de Sectorización.

    En cuanto al procedimiento, un Plan de Sectorización no deja de tener carácter de planeamiento

    general, lo cual implica su tramitación como tal, mediante la redacción previa de un Avance de

    Planeamiento.

    La Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, dispone en

    su artículo 12 que deberán someterse a Análisis Ambiental, con carácter previo a su aprobación,

    los planes y programas de la Administración Autonómica o Local que se desarrollen en el ámbito

    territorial de la Comunidad de Madrid y que se encuentren entre los comprendidos en el Anexo

    Primero o que resulten de la aplicación de lo dispuesto en los artículos 5 y 6 de esta Ley.

    En el número 1 del Anexo I, letra l, se recoge el planeamiento urbanístico general, incluidas sus

    revisiones y modificaciones; y en particular el artículo 21 de la Ley 2/2002, establece el

    procedimiento de análisis ambiental del planeamiento urbanístico.

    Por tanto, la aprobación del Plan de Sectorización, precisará del correspondiente Estudio de

    Incidencia Ambiental, así como todas aquellas cuestiones que sean exigidas por la Comunidad de

    Madrid, entre ellas la realización de un estudio de contaminación electromagnética.

    Los documentos urbanísticos a los que hace referencia este estudio de contaminación

    electromagnética son los correspondientes al Avance del Plan de Sectorización del sector “Las

    Laderas – Peñas Blancas”.

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    3. OBJETO Y CONTENIDO DEL ESTUDIO

    El objetivo del presente análisis es dar respuesta a las exigencias de la Consejería de Medio

    Ambiente y Ordenación del Territorio en cuanto a los contenidos mínimos que deben tener los

    Estudios Ambientales dentro del procedimiento de Análisis Ambiental de este avance del Plan de

    sectorización del sector “Las Laderas – Peñas Blancas” del municipio de Guadarrama en Madrid.

    Entre los contenidos mínimos planteados por la CMAOT1 se incluye un estudio de la

    contaminación electromagnética, que debe tener como objetivos principales:

    Realizar un estudio de la contaminación electromagnética generada por líneas eléctricas,

    subestaciones eléctricas, y cualquier otro equipo o instalación en los ámbitos afectados y

    de sus repercusiones ambientales, especialmente sobre la salud humana, en relación con

    los usos propuestos. Medidas previstas para su reducción o eliminación. Se tendrá en

    cuenta, como referencia general, la Recomendación del Consejo de 12 de julio de 1999

    (1999/519/CE), relativa a la exposición del público en general a campos

    electromagnéticos (0 Hz a 300 GHz).

    Cumplimiento del Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos

    que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras

    eléctricas. Estudio de la contaminación electromagnética previsible tras las actuaciones

    correspondientes y de la compatibilidad con los usos propuestos.

    Cumplimiento de la legislación vigente sobre medidas de protección de la salud humana y

    el medio ambiente frente a la contaminación electromagnética, considerando, entre otras

    normas, el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, que aprueba el Reglamento que

    establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las

    emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones

    radioeléctricas y la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones

    (limitaciones y servidumbres derivadas de la aplicación de sus artículo 32.1).

    En consonancia, con estos objetivos principales, el contenido y desarrollo del estudio es el

    siguiente:

    1 Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

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    Descripción de los ámbitos y de las infraestructuras eléctricas y de radiofrecuencias existentes que influyen en los niveles de campo eléctrico y magnético de los mismos.

    Evaluación de los niveles de campo eléctrico y magnético en los puntos de medida escogidos como representativos en ambos sectores. Elaboración de las tablas de

    resultados que incluyen estas mediciones, para poder cuantificar la situación actual de

    nivel de campo eléctrico y magnético. Revisión del cumplimiento de la legislación en vigor

    antes mencionada.

    Evaluación de los niveles de campo eléctrico y magnético en el entorno de las líneas de transporte de electricidad, antenas de telefonía móvil y comunicaciones, y otras fuentes y

    dispositivos existentes en el ámbito del estudio (como anexo a este estudio se incluye el

    protocolo de medida de campos electromagnéticos elaborado por UNESA y utilizado

    para realizar las medidas necesarias). Revisión del cumplimiento de la legislación en vigor

    antes mencionada.

    Descripción de las posibles alteraciones, efectos e impactos que pueden producirse por el aumento de las fuentes de emisión de campos electromagnéticos debido a los nuevos

    desarrollos del Plan de Sectorización (en consonancia con lo desarrollado en el apartado

    de conceptos fundamentales).

    Elaboración y descripción de las medidas preventivas y recomendaciones técnicas necesarias para minimizar los efectos de estos campos. Descripción de los requisitos

    legales necesarios para las instalaciones de radiofrecuencias y los niveles de exposición a

    campos electromagnéticos.

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    4. METODOLOGÍA DEL ESTUDIO

    4.1. METODOLOGÍA GENERAL

    La metodología utilizada en el desarrollo de este estudio está fundamentalmente basada en trabajo

    de gabinete. Para la ejecución del mismo se deben establecer previamente unas directrices

    generales, en base a las cuales se plasman todos los contenidos recopilados en la fase investigadora

    previa. Las directrices generales de ejecución son las siguientes:

    El estudio está dividido en apartados o capítulos. Las tablas y figuras se numeran siguiendo el orden establecido de aparición, con independencia del capítulo en el que se

    encuentren.

    En cada uno de ellos se incluyen notas al pie de página que desarrollan los conceptos descritos en el texto principal. La numeración de las notas al pie de página comienza en el

    primer capítulo y termina en el último. No se reinicia la numeración al empezar un nuevo

    apartado o capítulo.

    Las referencias bibliográficas se incluyen en cada texto o párrafo también como notas al pie de página. La numeración de las referencias empieza con cada apartado o capítulo y

    termina al final del documento.

    Cuando se trate con números, los puntos separarán los miles y las unidades de millar, y las comas los decimales.

    Se ha intentado dar la misma estructura a cada apartado o capítulo de la parte técnica para mantener una vertebración común a todo el documento.

    Se incluyen al final del estudio, en el Anexo I, una lista de las definiciones de conceptos utilizados en el texto.

    También se han incluido al final otros anexos que contienen la información técnica que se ha utilizado en el desarrollo del estudio.

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    4.2. METODOLOGÍA DE DESARROLLO

    Para desarrollar el estudio se utilizarán tanto los datos obtenidos en las mediciones de campo

    como los obtenidos en el trabajo de gabinete. Se utilizará toda la información disponible aportada

    por el Ayuntamiento de Guadarrama relativa a este tema. Además se establecerán hipótesis de

    aumento de fuentes emisoras debido a los nuevos desarrollos del Plan de Sectorización. Así pues

    se establecen los siguientes métodos de trabajo.

    4.2.1. Metodología de evaluación de los niveles actuales de campo eléctrico

    La metodología escogida comprende tanto una fase de trabajo de gabinete como una fase de

    trabajo de campo. Para realizar las mediciones de los niveles actuales de campo eléctrico se

    procede del siguiente modo:

    Selección de los puntos de muestreo y número de medidas a realizar en cada sector sobre plano.

    Ubicación sobre plano y estudio de las infraestructuras eléctricas cercanas en cada sector y punto de medida.

    Salida a campo, medida y recogida de los valores de campo eléctrico obtenidos en los puntos seleccionados, siguiendo el protocolo de medidas de campo electromagnético

    proporcionado por UNESA.

    En caso de tener que medir los campos electromagnéticos en líneas de alta tensión o

    alrededor de los transformadores de potencia, se seguirán estrictamente las indicaciones

    de las siguientes normas UNE:

    - NORMA UNE 215001: Procedimientos normalizados para la medida de CEM a frecuencia industrial producidos por las líneas de alta tensión.

    - NORMA UNE 207012-001 IN: Guía para la evaluación de los CEM alrededor de los transformadores de potencia..

    Comparación de los valores obtenidos con los valores de referencia incluidos en la legislación en vigor. Comprobación del cumplimiento de la misma o bien aporte de

    medidas correctoras en el apartado correspondiente.

    En todas las situaciones se utilizarán como comparación los valores de campo eléctrico y campo magnético que Red Eléctrica de España proporciona como referencias para los

    sistemas de transporte de energía eléctrica de alta tensión 400 kV.

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    La toma de medidas se realizará con el detector TM-200. Las características de este detector están

    reflejadas en la hoja técnica correspondiente incluida en el Anexo III. Para el proceso de medida

    se seguirán en todo momento las indicaciones incluidas en el protocolo de medición de

    campos electromagnéticos que figura también en los anexos.

    Al ser un detector de un solo eje, para determinar el valor real del campo (sea eléctrico o

    magnético) se necesita tomar una medición en tres ejes. Hay que tomar tres mediciones

    separadamente en el mismo punto seleccionado del sector. Así pues se debe situar el medidor en

    línea con los ejes del sistema de referencia que se elija (x, y, z) y anotar las diferentes lecturas. Para

    integrar las tres medidas se utilizará la siguiente fórmula (módulo del vector):

    2 2 2

    2 2 2

    x y z

    x y z

    E = E + E + E

    B = B + B + B

    r

    r

    Así pues, se realizarán tres medidas (cada una en la dirección un eje) en cada punto seleccionado,

    tal y como se muestra en las fotografías adjuntas:

    MEDICIÓN EN LA

    DIRECCIÓN DEL EJE X

    Sistema de coordenadas

    cartesiano ortogonal

    MEDIDA EN LA

    DIRECCIÓN DEL EJE Y

    Sistema de coordenadas

    cartesiano ortogonal

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    En cualquier punto de medida se tomará como eje X la dirección norte, el eje Y como la dirección

    Oeste y el eje Z como la dirección vertical, en sentido hacia arriba. Así pues, los ejes de medida

    que se toman para realizar las medidas oportunas son los siguientes:

    Una vez listados y procesados los datos obtenidos, se compararán los valores con los de referencia

    adoptados por la legislación en vigor. Se comprobará que no se superan estos valores y en caso

    contrario se darán las recomendaciones y medidas correctoras oportunas.

    MEDIDA EN LA

    DIRECCIÓN DEL EJE Z

    Sistema de coordenadas

    cartesiano ortogonal

    X (Dirección Norte)

    PUNTO DE MEDIDA

    Y

    (Dirección Oeste)

    Z (Dirección Vertical)

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    Para establecer una posible evolución de los valores de campo eléctrico en el sector medido, se

    compararán los valores obtenidos en la situación actual (antes de realizar los desarrollos

    urbanísticos) y se comparará con los niveles medios actuales que existen en el municipio de

    Guadarrama (en las zonas ya urbanizadas).

    4.2.2. Metodología de evaluación de los niveles actuales de campo magnético

    La metodología utilizada es la misma que la utilizada para la medida de los campos eléctricos,

    salvo que se adapta el detector para medir campos magnéticos. El detector TM-200 tiene en la

    sonda un dispositivo selector del tipo de campo que se quiere medir, tal y como se indica en la

    fotografía siguiente:

    El resto de operaciones a realizar son las mismas que en el caso anterior.

    BOTÓN SELECTOR DEL

    TIPO DE MEDICIÓN:

    campo eléctrico o campo

    magnético

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    5. MARCO LEGISLATIVO

    La Recomendación del Consejo de Ministros de Sanidad de la Unión Europea, de 12 de

    julio de 1999, relativa a la exposición del público en general a campos electromagnéticos,

    asume una serie de criterios de protección sanitaria frente a campos electromagnéticos

    procedentes de emisiones radioeléctricas. Asimismo, esta Recomendación contempla la

    conveniencia de proporcionar a los ciudadanos información en un formato adecuado sobre los

    efectos de los campos electromagnéticos y sobre las medidas adoptadas para hacerles frente, al

    objeto de que se comprendan mejor los riesgos y la protección sanitaria contra la exposición a los

    mismos.

    Esta Recomendación establece unos límites de exposición, referidos a los sistemas de

    radiocomunicaciones y otras fuentes. Además prevé mecanismos de seguimiento de los niveles de

    exposición, mediante la presentación de certificaciones e informes por parte de operadores de

    telecomunicaciones, la realización planes de inspección y la elaboración de un informe anual por

    parte de las autoridades competentes en esta materia.

    De conformidad con el principio de proporcionalidad, esta Recomendación establece principios

    generales y métodos de protección del público, pero que es competencia de los Estados miembros

    el establecimiento de normas detalladas respecto de las fuentes y prácticas que pueden dar lugar a

    exposición a campos magnéticos y la clasificación de las condiciones de exposición de los

    individuos en profesionales o no profesionales, teniendo en cuenta y respetando las normas

    comunitarias en relación con la salud y la seguridad de los trabajadores.

    Así pues surge la transposición de esta Recomendación en la legislación española (parcialmente)

    mediante el Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el

    Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico,

    restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a

    emisiones radioeléctricas.

    El Reglamento que se aprueba por este Real Decreto tiene, entre otros objetivos, adoptar medidas

    de protección sanitaria de la población. Para ello, se establecen unos límites de exposición del

    público en general a campos electromagnéticos procedentes de emisiones radioeléctricas, acordes

    con las recomendaciones europeas. Para garantizar esta protección se establecen unas restricciones

    básicas y unos niveles de referencia que deberán cumplir las instalaciones afectadas por este Real

    Decreto. Al mismo tiempo, se da respuesta a la preocupación expresada por algunas asociaciones,

    ciudadanos, corporaciones locales y Comunidades Autónomas.

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    Asimismo, resulta necesario que las autoridades públicas, con el fin de mejorar los conocimientos

    que se tienen acerca de la salud y las emisiones radioeléctricas, promuevan y revisen la

    investigación pertinente sobre emisiones radioeléctricas y salud humana, en el contexto de sus

    programas de investigación nacionales, teniendo en cuenta las recomendaciones comunitarias e

    internacionales en materia de investigación y los esfuerzos realizados en este ámbito, basándose en

    el mayor número posible de fuentes.

    El presente Real Decreto asume los criterios de protección sanitaria frente a campos

    electromagnéticos procedentes de emisiones radioeléctricas establecidos en la Recomendación del

    Consejo de Ministros de Sanidad de la Unión Europea, de 12 de julio de 1999, relativa a la

    exposición del público en general a campos electromagnéticos. Asimismo, esta Recomendación

    contempla la conveniencia de proporcionar a los ciudadanos información en un formato adecuado

    sobre los efectos de los campos electromagnéticos y sobre las medidas adoptadas para hacerles

    frente, al objeto de que se comprendan mejor los riesgos y la protección sanitaria contra la

    exposición a los mismos.

    Este Reglamento establece unos límites de exposición, referidos a los sistemas de

    radiocomunicaciones, basados en la citada Recomendación del Consejo de la Unión Europea.

    Además, el Reglamento prevé mecanismos de seguimiento de los niveles de exposición, mediante

    la presentación de certificaciones e informes por parte de operadores de telecomunicaciones, la

    realización planes de inspección y la elaboración de un informe anual por parte del Ministerio

    competente en la materia (Ministerio de Industria).

    Las obligaciones referentes a la presentación de informes, para cumplir la legislación vigente,

    vienen recogidas en el Capítulo IV del Real Decreto 1066/2001 y son las siguientes:

    Capítulo IV: Autorización e inspección de instalaciones radioeléctricas en relación con los

    límites de exposición.

    Autorización de nuevas estaciones de radiodifusión, de telefonía móvil y de redes fijas de acceso radio: Presentación al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio de un estudio

    detallado por parte de los operadores, realizado por un técnico competente.

    Instalaciones nuevas, comprobadas por los servicios de inspección y realizadas por instaladores de telecomunicación inscritos en un Registro.

    Los operadores de telefonía móvil y de redes fijas de acceso radio presentarán al Ministerio de Industria, en el primer trimestre de cada año natural, una certificación emitida por técnico

    competente de que no se han superado los límites de exposición establecidos en el Real

    Decreto.

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    Con carácter anual, el Ministerio, con los resultados obtenidos en las inspecciones y las certificaciones presentadas por los operadores, elaborará y hará público un informe sobre la

    exposición a emisiones radioeléctricas.

    Disposición transitoria única, certificación y señalización de instalaciones ya autorizadas.

    En nueve meses, los operadores remitirán, al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, una certificación de la conformidad de las instalaciones con los límites de exposición..

    Esto quiere decir que el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio elabora informes anuales

    sobre la exposición a emisiones radioeléctricas. Un resumen del informe del año 2004 (publicado

    en mayo de 2005) se presenta en el apartado correspondiente. Además también pueden

    consultarse los informes de cada estación base concreta previa petición y justificación de la misma.

    La evaluación de estos límites de exposición a campos electromagnéticos y la elaboración de los

    informes pertinentes se hace en base a las indicaciones de la Orden CTE/23/2002 del 11 de

    enero donde:

    Se establecen las condiciones para la presentación de determinados estudios y certificaciones por operadores de servicios de radiocomunicaciones.

    Regula las condiciones, contenido y formatos de los estudios y certificaciones a los que hace referencia el Real Decreto 1066/2001.

    o En la primera parte se explica qué información se debe incluir en los informes y estudios que se deben remitir al Ministerio de Ciencia y Tecnología.

    o En segundo lugar se especificará el procedimiento de medida a seguir con el fin de asegurar que se cumplen los niveles máximos de exposición.

    Esto quiere decir que está perfectamente regulado por ley la medición en áreas cercanas, en las que

    puedan permanecer habitualmente personas, a estaciones radioeléctricas pertenecientes a titulares

    con licencias individuales del tipo B2 y C2 (Estamos hablando de un amplio espectro de

    frecuencias entre 900 MHz – 1800 MHz y hasta 2 GHz por ejemplo para telefonía móvil). Un

    resumen con las conclusiones de estos informes se presentará en el apartado correspondiente.

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    Mientras que en el caso de bajas frecuencias (50 Hz de la corriente alterna: líneas de alta

    tensión, transformadores, electrodomésticos, etc.) no hay una legislación que indique cómo medir

    ni cómo deben ser estos informes. Sólo podemos basarnos (para realizar estas mediciones) en

    protocolos ya existentes de medida de campos electromagnéticos de baja frecuencia, como el que

    tiene UNESA y que figura en el anexo correspondiente.

    Este protocolo es el que se utilizará para realizar las medidas de campo eléctrico e inducción

    magnética debidos a la presencia de infraestructuras eléctricas de corriente alterna (50 Hz) como

    las que se encuentran cualquier municipio (Líneas de alta tensión, transformadores, etc.)

    Por otro lado, y tal y como recoge la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de

    Telecomunicaciones, en su capítulo II, sobre Derechos de los operadores a la ocupación del

    dominio público, a ser beneficiarios en el procedimiento de expropiación forzosa y al

    establecimiento a su favor de servidumbres y de limitaciones a la propiedad, en su artículo 32.1

    establece que

    “La protección del dominio público radioeléctrico tiene como finalidades su

    aprovechamiento óptimo, evitar su degradación y el mantenimiento de un adecuado nivel

    de calidad en el funcionamiento de los distintos servicios de radiocomunicaciones. Podrán

    establecerse las limitaciones a la propiedad y a la intensidad de campo eléctrico y

    las servidumbres que resulten necesarias para la protección radioeléctrica de

    determinadas instalaciones o para asegurar el adecuado funcionamiento de estaciones o

    instalaciones radioeléctricas utilizadas para la prestación de servicios públicos, por motivos

    de seguridad pública o cuando así sea necesario en virtud de acuerdos

    internacionales, en los términos de la disposición adicional primera y las normas de

    desarrollo de esta ley.“

    Este apartado de la Ley asegura unas limitaciones y servidumbres derivadas de su aplicación, es

    decir la salvaguarda (en determinadas circunstancias) de unas distancias mínimas de seguridad

    frente a las fuentes de campos eléctricos y magnéticos.

    Dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid y debido a las múltiples quejas recibidas en

    distintos Órganos de la Administración de la Comunidad de Madrid por la existencia de líneas

    eléctricas aéreas próximas a edificaciones, debido al impacto medioambiental que produce, hace

    que surja el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de

    cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, que

    trata de evitar que, en lo sucesivo, se den este tipo de situaciones.

    Este Decreto 131/1997 establece en su artículo 1 que:

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    “Para la aprobación de toda nueva actuación de desarrollo urbanístico será requisito indispensable

    que las redes de alta y baja tensión de la infraestructura eléctrica proyectada para el suministro de

    dicha actuación, contemple su realización en subterráneo, dentro del documento de aprobación y

    en el curso de la ejecución de la urbanización, salvo que discurran por los pasillos eléctricos

    definidos en el plan de actuación.”

    Asimismo, en los artículos siguientes, se prevé en los instrumentos de planeamiento (como el que

    nos ocupa) que las líneas eléctricas aéreas de alta y baja tensión preexistentes dentro del perímetro

    de toda nueva actuación urbanística y en sus inmediaciones, se pasen a subterráneas o se

    modifique su trazado, siempre que la modificación pueda realizarse a través de un pasillo eléctrico

    existente o que se defina en ese momento por la Administración competente.

    Este soterramiento de líneas, como se verá más adelante y en casi todos los casos, es una medida

    excelente para mitigar y reducir la intensidad y los efectos de los campos eléctricos generados por

    las mismas.

    En resumen, el marco legislativo relativo a la contaminación electromagnética y sus fuentes es

    cada vez más exigente y tiende desde su origen a velar por la salud y seguridad de las personas y el

    medio ambiente. Tanto a nivel europeo como a nivel nacional y de comunidades autónomas este

    marco legislativo se entiende que tenderá a ampliarse y hacerse más restrictivo, con los oportunos

    beneficios medioambientales que esto tendrá para todos. En el apartado siguiente se explican

    conceptos científicos que ayudan a entender el porqué de la importancia de regular este tipo de

    contaminación.

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    6. DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO

    De manera previa al estudio sobre el sector “Las Laderas – Peñas Blancas”, es conveniente

    resumir y presentar de manera clara y sencilla la información preliminar más representativa que

    puede influir en los niveles de campo eléctrico y magnético del municipio. De esta manera, y

    previamente a la toma de medidas en campo, se puede tener una idea general de la situación actual

    del ámbito y seleccionar los puntos de medida de forma más efectiva.

    6.1. LOCALIZACIÓN DEL SECTOR “LAS LADERAS-PEÑAS BLANCAS”

    El municipio serrano de Guadarrama está localizado en la Comunidad Autónoma de Madrid en la

    zona de la Sierra Centro, zona comprendida en forma de arco desde el Escorial hasta El Boalo

    teniendo como eje la A-6, tal y como puede observarse en el modelo de relieve de la figura 1.

    Figura 1. Mapa de situación y comunicaciones de Guadarrama. Infraestructuras viarias.

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    El Sector “Las Laderas-Peñas Blancas” se localiza al Suroeste del casco urbano de Guadarrama,

    entre éste y la autopista AP-6.

    Fig. 2. Localización del Sector en el término municipal de Guadarrama

    Los límites del sector son los siguientes:

    • Norte: carretera al embalse de La Jarosa.

    • Este: diversas urbanizaciones de Guadarrama.

    • Sur: carretera M-614.

    • Oeste: autopista AP-6.

    El sector “Las Laderas-Peñas Blancas” tiene una superficie de 69,91 ha y queda perfectamente

    delimitado por vías de comunicación y el propio casco urbano de Guadarrama, de ahí que esta

    zona esté relativamente degradada, presentando en su interior parte de un antiguo campo de

    motocros, caminos, antiguos vertederos de escombros, líneas eléctricas y diversas edificaciones.

    6.2. DESCRIPCIÓN DEL PLAN DE SECTORIZACIÓN DEL SECTOR “LAS LADERAS-PEÑAS BLANCAS”

    Se ha dispuesto de la información gráfica y de los principales parámetros de aprovechamiento

    relativos al Avance del Plan de Sectorización proporcionados por el equipo redactor.

    Término Municipal de Guadarrama

    Sector “Las Laderas – Peñas Blancas”

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    USOS Nº de sup. Suelo edif. edificabilidad coef aprovecham. nº tamañoLUCRATIVOS manz. m² m²/m² m² constr. pond. uas viviendas medio v.RU1 - Residencial (VLD) RU1-1 11.503,70 5.751,85 4.889,07 22unifamiliar pareadas (VLD) RU1-2 11.361,40 5.680,70 4.828,60 22 250 m²(p. Min 500m) RU1-3 7.698,60 3.849,30 3.271,91 14

    total 30.563,70 15.281,85 12.989,57 58 = 6,0 %RU2 - Residencial (VLD) RU2-1 16.046,40 8.023,20 6.819,72 78unifamiliar superpuestas (VLD) RU2-2 16.118,50 8.059,25 6.850,36 78 t.medio(p. Min 400 m) (VLD) RU2-3 13.620,00 6.810,00 5.788,50 68 100 m²

    RU2-4 19.518,40 9.759,20 8.295,32 96total 65.303,30 32.651,65 27.753,90 320 = 33,3 %

    RC - Residencial RC-1 22.742,40 0,950 21.605,28 1,000 21.605,28 236 91,55Colectiva VP RC-2 27.771,20 0,950 26.382,64 0,500 13.191,32 346 76,25

    total 50.513,60 47.987,92 34.796,60 582 = 60,6 %

    total Residencial 146.380,60 95.921,42 75.540,08 960TC - Terciario comercial TC-1 12.615,50 11.984,73 8.988,55

    TC-2 19.829,10 18.837,65 14.128,24total 32.444,60 30.822,38 23.116,79

    DP - Deportivo privado (Golf) DP-1 238.806,60 0,015 3.582,10 7,500 26.865,75total usos no residenciales 271.251,20 34.404,48 49.982,54

    total usos lucrativos 417.631,80 0,189841 130.325,90 0,18284 125.522,61 960VLD- LIBRE DISPOSICION (68.650 m² = 10% A.R.)

    M= m² constr. de cualquier uso / 100 = 1.303,26suelo s/M mínimo LS s/M

    Vivienda pública supram. RSM 8.836,90 6,781 8.688,39 6,667 RSM-VPEquipamiento genérico RSM 3.336,10 2,560 RSM-EQProtección/ampliación Ctra. RSM 5.622,60 4,314Ampliación Vías Pecuarias RSM 8.348,80 6,406 RSM-INF

    total redes supramunicipales 26.144,40 20,061 26.065,18 20,000Pasillo eléctrico RG 75.691,30 58,078 26.065,18 20,000 RG-INFZona verde RG 27.692,60 21,249 26.065,18 20,000 RG-ZVEquipamiento genérico RG 39.190,30 30,071 39.097,77 30,000 RG-EQ

    total redes generales 142.574,20 109,398 91.228,13 70,000Zonas verdes RL 24.520,10 18,814 19.548,89 15,000 RL-ZVViario local RL 75.628,80 58,031 19.548,89 15,000 RL-SU

    total redes locales 100.148,90 76,845 39.097,78 30,000TOTAL REDES PUBLICAS DE CESION 268.867,50 206,304 156.391,09 120,00 38,46

    OTROS SUELOSvias pecuarias (existente) 12.653,00 1,81Total otros suelos 12.653,00 1,81

    TOTAL SUELOS DE CESIÓN: 281.520,50 40,27

    REDES PUBLICAS (Arts. 36 y 91 L.S.C.M) M= m² constr. de cualquier uso / 100 = 1.303,26

    Redes públicas (m² de suelo)A1 ComunicacionesA2 Sociales 26.065,18 - -A3 EnergéticasB1 Zonas Verdes 20*M 26.065,18 ≥15*M 19.548,89B2 SocialesC1 Serv. urbanos 39.097,77 19.548,89C2 Vivienda pública ≥6,6*M 8.688,39

    Totales: 20*M 26.065,18 70*M 91.228,13 30*M 39.097,78

    Total redes públicas (m² suelo): 156.391,09

    REDES PUBLICAS (Plan Parcial)

    Redes públicas (m² de suelo)A1 ComunicacionesA2 Sociales 75.691,30 - -A3 EnergéticasB1 Zonas Verdes 20*M 27.692,60 ≥15*M 24.520,10B2 SocialesC1 Serv. urbanos 39.190,30 75.628,80C2 Vivienda pública ≥6,6*M 8.836,90

    Totales: 20*M 26.144,40 70*M 142.574,20 30*M 100.148,90

    Total redes públicas (m² suelo): 268.867,50

    0,950 0,750

    0,500

    0,500

    0,850

    0,850

    C - Servicios

    A - Infraestructuras

    SUELOS DE CESION (REDES PUBLICAS)

    Infraestructuras/com

    Servicios/v. Publica

    Servicios urbanos

    Equipamientos/z.verde

    Supramunicipales

    B - Equipamientos

    Equipamientos

    B - Equipamientos

    15*M

    20*M

    30*MC - Servicios

    A - Infraestructuras

    13,3*M 17.307,50

    Supramunicipales

    17.376,79

    Generales

    13,3*M

    Locales

    20*M

    30*M 15*M

    LocalesGenerales

    Equipamientos/z.verde

    Equipamientos

    17.376,79 13,333Infraestructuras/comInfraestructuras/com

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    El uso global o característico para el sector “Las Laderas – Peñas Blancas” previsto por

    en el Avance del Plan de Sectorización es el residencial.

    En total están previstas unas 960 viviendas con diferentes tipologías edificatorias; 582

    viviendas serán viviendas colectivas y el 378 serán viviendas unifamiliares, bien pareadas (58

    viviendas) o bien superpuestas (320 viviendas). Existe una reserva de suelo destinada a acoger

    viviendas de integración social. Se contemplan también otros usos compatibles y

    complementarios con el uso predominante, como son zonas de uso terciario comercial y varias

    manzanas que albergarán equipamientos públicos, así como una zona que albergará un deportivo

    privado (campo de golf). La ordenación se completa con varias zonas verdes, distribuidas a lo

    largo de toda la superficie del ámbito.

    A continuación se puede observar el plano de ordenación del plan de sectorización del sector “Las

    Laderas – Peñas Blancas”, con su zonificación correspondiente y los suelos de cesión. También

    queda clara la definición del pasillo eléctrico para el traslado aéreo de la línea de 380 kV.

    Este último aspecto se realiza siguiendo las indicaciones del Decreto 131/1997, de 16 de octubre,

    por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación

    con las infraestructuras eléctricas.

    Como ya se ha indicado, este Decreto 131/1997 establece en su artículo 1 que:

    “Para la aprobación de toda nueva actuación de desarrollo urbanístico será requisito indispensable

    que las redes de alta y baja tensión de la infraestructura eléctrica proyectada para el suministro de

    dicha actuación, contemple su realización en subterráneo, dentro del documento de aprobación y

    en el curso de la ejecución de la urbanización, salvo que discurran por los pasillos eléctricos

    definidos en el plan de actuación.”

    Asimismo, en los artículos siguientes, se prevé en los instrumentos de planeamiento (como el que

    nos ocupa) que las líneas eléctricas aéreas de alta y baja tensión preexistentes dentro del perímetro

    de toda nueva actuación urbanística y en sus inmediaciones, se pasen a subterráneas o se

    modifique su trazado, siempre que la modificación pueda realizarse a través de un pasillo eléctrico

    existente o que se defina en ese momento por la Administración competente.

    Este soterramiento de líneas, o su conveniente traslado a pasillo eléctrico definido, como se verá

    más adelante y en casi todos los casos, es una medida excelente para mitigar y reducir la intensidad

    y los efectos al menos de los campos eléctricos generados por las mismas.

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    Figura 3. Plan de sectorización del sector “Las Laderas-Peñas Blancas”. Zonificación y suelos de cesión. Definición del pasillo eléctrico.

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    6.2.1. Infraestructuras eléctricas presentes en el entorno2

    Las infraestructuras eléctricas presentes en el sector “Las Laderas-Peñas Blancas” en el término

    municipal de Guadarrama y sus inmediaciones son las siguientes:

    Líneas Aéreas:

    Líneas aéreas de 380 kV. Líneas aéreas de 20 kV.

    Elementos transformadores de corriente:

    Transformadores de corriente.

    Las líneas de distribución de energía eléctrica tienen la siguiente clasificación según el Reglamento

    Electrotécnico de Baja Tensión y según el Reglamento de Líneas de Alta Tensión.

    Las intensidades de campo eléctrico y magnético dependen de la tensión de la línea, en primer

    lugar; pero también de la geometría de las fases (horizontal, vertical, triángulo), del número y

    tamaño de los conductores de cada fase y, por supuesto, de la distancia a la línea del punto en que

    se mida. Se van a tener en cuenta todas las líneas mencionadas, de las cuales se incluirán las

    mediciones tanto de campo eléctrico e inducción magnética como de campo magnético.

    Así pues, la distribución y situación actual de las líneas de transmisión de energía eléctrica que

    existen en el sector objeto de estudio son las siguientes (se ha añadido la situación de la antena de

    radiofrecuencias que puede afectar al sector):

    2 Datos proporcionados por el Ayuntamiento de Guadarrama.

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    Figura 4. Mapa de situación de las infraestructuras eléctricas y radioeléctricas en el sector “Las

    Laderas-Peñas Blancas”. FUENTE: Ayuntamiento de Guadarrama.

    6.2.2. Infraestructuras radioeléctricas presentes en el entorno3.

    Existen varias infraestructuras radioeléctricas (antenas de telefonía móvil, estaciones base, etc.)

    presentes en el término municipal de Guadarrama, y en las inmediaciones del sector estudiado hay

    una estación base de la que se va a considerar su influencia. Esta estación ha quedado señalada en

    la figura anterior.

    3 Datos proporcionados por el Ayuntamiento de Guadarrama.

    SITUACIÓN DE ANTENA DE

    RADIOFRECUENCIAS

    LAT DE 20 kV

    LAT DE 380 kV

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    Se dispone de las características de varias antenas de radiofrecuencias del municipio de

    Guadarrama (información facilitada por el propio Ayuntamiento), pero de algunas en concreto no

    se tienen datos, como la que nos ocupa.

    En este caso, y a falta de datos, en base a las fotografías tomadas se introducirán los valores

    máximos (situación más desfavorable) en la aplicación informática utilizada para calcular la

    densidad de onda plana, y se establecerán algunas conclusiones a partir de los resultados que

    ofrezca la simulación.

    Fotografía de la antena de radiofrecuencias situada en las inmediaciones del sector “Las Laderas-

    Peñas Blancas”.

    También se incluirá una tabla resumen del informe anual (año 2004, el de 2005 todavía no está

    disponible) sobre los niveles de exposición en la Comunidad de Madrid a campos

    electromagnéticos debidos a estaciones radioeléctricas. Se podrán comparar los niveles medios

    existentes con los calculados por la herramienta informática.

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    7. RESULTADOS DEL ESTUDIO

    A continuación, se muestran los resultados del estudio divididos en tres apartados:

    - Mediciones en puntos del sector: Valores de fondo tomados en una selección de puntos

    del sector objeto de estudio (“Las Laderas – Peñas Blancas”) del término municipal de

    Guadarrama.

    - Mediciones en las LAT4 que puedan influir en el ámbito a estudio: Valores de campo

    eléctrico, inducción magnética y campo magnético tomados en las inmediaciones de las

    líneas aéreas de alta y media tensión del ámbito.

    - Instalaciones de radiofrecuencias: Valores de densidad de potencia generados por la

    emisión de las antenas de radiofrecuencias incluidas en el estudio.

    Asimismo, en los tres estudios siguientes, se considera que la frecuencia más importante de

    medida es la de los campos generados por la corriente alterna (50 Hz) ya que las mayores

    influencias en el ámbito vienen dadas por las infraestructuras eléctricas de corriente

    alterna. Estas consideraciones deberán tenerse en cuenta a la hora de valorar los límites de

    exposición que son establecidos en el Real Decreto 1066/2003 en el Anexo II, tal y como se

    indica a continuación:

    Tabla 1. Niveles de referencia para campos eléctricos, magnéticos y electromagnéticos

    (0 Hz-300 GHz, valores rms imperturbados)

    GAMA DE

    FRECUENCIAS

    Intensidad de

    campo E

    (V/m)

    Intensidad de

    campo H

    (A/m)

    Campo B

    (µT)

    Densidad de

    potencia equivalente

    de onda plana

    (W/m2)

    0 – 1 Hz - 3,2 x 104 4 x 104 -

    1 – 8 Hz 10.000 3,2 x 104/f2 4 x 104/f2 -

    8 – 25 Hz 10.000 4.000/f 5.000/f -

    0,025 – 0,8 kHz 250/f 4/f 5/f -

    0,8 – 3 kHz 250/f 5 6,25 -

    3 – 150 kHz 87 5 6,25 -

    0,15 - 1 MHz 87 0,73/f 0,92/f -

    1 - 10 MHz 87/f1/2 0,73/f 0,92/f -

    10 – 400 MHz 28 0,73 0,092 2

    400 – 2.000 MHz 1,375 f1/2 0,0037 f1/2 0,0046 f1/2 f/200

    4 Líneas Aéreas de Alta Tensión

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    2 – 300 GHz 61 0,16 0,20 10

    La corriente alterna que circula tanto por las líneas aéreas de muy alta tensión (380 kV) que es el

    caso más desfavorable, como la que lo hace en el resto de los casos (líneas de tensiones más bajas:

    20 kV, etc.) tiene una frecuencia de 50 Hz.

    Los límites del intervalo donde se deben tomar los niveles de referencia (como criterio

    comparativo) son los coloreados en azul en la presente tabla. Así pues, y calculando los valores de

    los campos eléctricos y magnéticos en los límites de estos intervalos se tienen los siguientes

    resultados:

    Tabla 2. Niveles de referencia para campos eléctricos, magnéticos y electromagnéticos

    (25 Hz-0,.025 kHz, valores rms imperturbados)

    GAMA DE FRECUENCIAS E (V/m) H (A/m) B (mT)

    10 Hz 10.000 400 500

    25 Hz 10.000 160 200

    0,025 kHz 10.000 160 200

    0,8 kHz 312,5 5 6,25

    1 kHz 250 5 6,25

    En particular, para la corriente alterna de 50 Hz se tienen los siguientes valores límite coloreados

    en naranja:

    Tabla 3. Niveles de referencia para campos eléctricos, magnéticos y electromagnéticos

    (50 Hz, valores rms imperturbados)

    GAMA DE FRECUENCIAS E (V/m) H (A/m) B (mT)

    10 Hz 10.000 400 500

    25 Hz 10000 160 200

    0,05 kHz 5000 80 100

    0,8 kHz 312,5 5 6,25

    1 kHz 250 5 6,25

    Que serán los límites de campo eléctrico, inducción magnética y campo magnético que se tendrán

    en cuenta en términos comparativos en este estudio suponiendo como fuente principal de los

    mismos la corriente alterna a la frecuencia de 50 Hz.

    No obstante, y para la parte de radiofrecuencias (en caso de que las hubiera), se introduce un

    nuevo valor a tener en cuenta, que es la Densidad de Potencia Equivalente de Onda Planta

    (W/m2), que se define como:

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    La densidad de potencia (S) es la cantidad adecuada que se utiliza para frecuencias muy altas,

    cuya profundidad de penetración en el cuerpo es baja. Es la potencia radiante que incide

    perpendicular a una superficie, dividida por el área de la superficie, y se expresa en vatios por

    metro cuadrado (W/m2).

    Los valores de densidad de potencia empiezan a aparecer a frecuencias muy altas, las frecuencias

    típicas de las comunicaciones móviles (900 – 1800 MHz), tal y como se indica en la figura

    adjunta.

    Figura 5. Espectro electromagnético. FUENTE: elmundo.es

    Los límites del intervalo donde se deben tomar los niveles de referencia (como criterio

    comparativo) son los coloreados en naranja en la presente tabla (900 – 1800 MHz).

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    Tabla 4. Niveles de referencia para campos eléctricos, magnéticos y electromagnéticos (0 Hz-300

    GHz, valores rms imperturbados).

    GAMA DE

    FRECUENCIAS

    Intensidad de

    campo E

    (V/m)

    Intensidad de

    campo H

    (A/m)

    Campo B

    (µT)

    Densidad de

    potencia equivalente

    de onda plana

    (W/m2)

    0 – 1 Hz - 3,2 x 104 4 x 104 -

    1 – 8 Hz 10.000 3,2 x 104/f2 4 x 104/f2 -

    8 – 25 Hz 10.000 4.000/f 5.000/f -

    0,025 – 0,8 kHz 250/f 4/f 5/f -

    0,8 – 3 kHz 250/f 5 6,25 -

    3 – 150 kHz 87 5 6,25 -

    0,15 - 1 MHz 87 0,73/f 0,92/f -

    1 - 10 MHz 87/f1/2 0,73/f 0,92/f -

    10 – 400 MHz 28 0,73 0,092 2

    400 – 2.000 MHz 1,375 f1/2 0,0037 f1/2 0,0046 f1/2 f/200

    2 – 300 GHz 61 0,16 0,20 10

    Así pues, los niveles de referencia que se toman como criterio comparativo son los más

    restrictivos del intervalo considerado. Calculando los valores de los campos eléctricos, magnéticos

    y densidad de potencia en los límites de este intervalo se tienen los siguientes resultados:

    Tabla 5. Niveles de referencia para campos eléctricos, magnéticos y electromagnéticos y densidad

    de potencia de onda plana (900 MHz, valores rms imperturbados)

    GAMA DE FRECUENCIAS E (V/m) H (A/m) B (mT) S (W/m2)

    900 MHz 41,25 0,111 0,138 4,5

    1800 MHz 58,336 0,157 0,195 9

    Queda claro que los niveles más restrictivos son los coloreados en naranja. Estos valores se toman

    finalmente como criterio comparativo.

    7.1. MEDICIONES EN PUNTOS DEL SECTOR “LAS LADERAS-PEÑAS BLANCAS”

    Los valores aquí recogidos proceden de las mediciones realizadas sobre los puntos seleccionados

    del sector ”Peñas Blancas – Las Laderas” del término municipal de Guadarrama. Los treinta y

    dos seleccionados se consideran lo suficientemente significativos, ya que van acompañados de

    los otros dos análisis: el de líneas de transmisión de energía eléctrica (que toma muchos otros

    puntos con sus medidas) y el análisis de las antenas de radiofrecuencias que añade otros tantos.

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    Figura 6. Puntos de medida seleccionados (PB) para el sector de “Las Laderas – Peñas Blancas”.

    PB10

    PB9

    PB18

    PB19

    PB17 PB16

    PB15

    PB10

    PB9

    PB18

    PB19

    PB17PB16

    PB15

    PB13

    PB12

    PB32PB14

    PB29

    PB30

    PB28 PB31

    PB21

    PB6 PB5

    PB7

    PB4

    PB3

    PB8

    PB2

    PB27

    PB26

    PB24

    PB22

    PB25

    PB11

    PB23PB20

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    Cabe destacar en este análisis previo de la situación del emplazamiento que en el sector aparece un

    tramo de línea de 380 kV y otro tramo de línea de 20 kV. Estas líneas perturban todas las

    mediciones que se realicen en las inmediaciones de las mismas, dentro del ámbito, pudiéndose

    obtener de su presencia otros tantos valores para determinar los niveles actuales de fondo de

    campo eléctrico y magnético.

    7.1.1. Resultados.

    Los resultados de las mediciones realizadas sobre los puntos seleccionados del sector de ”Las

    Laderas – Peñas Blancas” se recogen en las tablas y gráficas siguientes al gráfico de ubicación de

    los puntos que se ha mostrado en el apartado anterior.

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    Tabla 6. Puntos de medida del sector “Las Laderas – Peñas Blancas” del municipio de Guadarrama (1 – 9).

    Valores de campo eléctrico E (V/m) en todos los ejes y total.

    PUNTO DE MEDIDA COORDENADAS GEOGRÁFICAS Ex (V/m) Ey (V/m) Ez (V/m) ET (V/m)

    PB1 40º 40' 19'' (N) 4º 06' 19'' (O) 10,98 8,52 16,93 21,90378278

    PB2 (Punto medio de LAT 400 kV) 40º 40' 16.5'' (N) 4º 06' 9'' (O) 661 637 1255 1554,900318

    PB3 40º 40' 13.5'' (N) 4º 06' 16'' (O) 4,94 3,23 7,61 9,630607457

    PB4 40º 40' 14.5'' (N) 4º 06' 21'' (O) 3,22 2,5 5,05 6,490061633

    PB5 40º 40' 18'' (N) 4º 06' 30'' (O) 1,13 0,65 2,12 2,488734618

    PB6 40º 40' 19'' (N) 4º 06' 19'' (O) 0,97 0,72 1,4 1,849134933

    PB7 40º 40' 21,5'' (N) 4º 06' 21'' (O) 8,81 5,3 12,23 15,97745286

    PB8 (Punto medio de LAT 20 kV) 40º 40' 7.5'' (N) 4º 06' 10.5'' (O) 62,9 43 85,1 114,2253037

    PB9 40º 40' 3.5'' (N) 4º 06' 8.5'' (O) 1,86 1,26 2,87 3,64473593

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    Tabla 7. Puntos de medida del sector “Las Laderas – Peñas Blancas” del municipio de Guadarrama (10 – 18).

    Valores de campo eléctrico E (V/m) en todos los ejes y total.

    PUNTO DE MEDIDA COORDENADAS GEOGRÁFICAS Ex (V/m) Ey (V/m) Ez (V/m) ET (V/m)

    PB10 40º 40' 0.5'' (N) 4º 06' 4'' (O) 4,62 3,83 8,73 10,5936868

    PB11 40º 40' 2'' (N) 4º 05' 57'' (O) 0,45 0,27 0,63 0,819939022

    PB12 40º 40' 0'' (N) 4º 05' 43'' (O) 4,9 3,14 10,69 12,17151182

    PB13 (Punto medio de LAT 400 kV)40º 39' 55.5'' (N) 4º 05' 47.5'' (O) 545 190 1335 1454,424285

    PB14 40º 39' 53'' (N) 4º 05' 50'' (O) 7,91 5,51 18,11 20,51585484

    PB15 40º 39' 50'' (N) 4º 05' 53'' (O) 2,04 1,78 5,08 5,7564225

    PB16 40º 39' 46'' (N) 4º 05' 55'' (O) 1,15 1,05 2,27 2,752798576

    PB17 40º 39' 49'' (N) 4º 05' 57.5'' (O) 1,01 1,03 2,72 3,078863427

    PB18 40º 39' 55.5'' (N) 4º 06' 1.5'' (O) 2,61 2,12 4,24 5,411478541

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    Tabla 8. Puntos de medida del sector “Las Laderas – Peñas Blancas” del municipio de Guadarrama (19 – 27).

    Valores de campo eléctrico E (V/m) en todos los ejes y total.

    PUNTO DE MEDIDA COORDENADAS GEOGRÁFICAS Ex (V/m) Ey (V/m) Ez (V/m) ET (V/m)

    PB19 40º 39' 55'' (N) 4º 05' 57'' (O) 4,59 3,31 10,29 11,74343646

    PB20 40º 40' 3.5'' (N) 4º 06' 2'' (O) 18,5 12,3 27,8 35,58623329

    PB21 40º 40' 05'' (N) 4º 06' 46'' (O) 12,96 7,66 19,01 24,24906802

    PB22 (Punto medio de LAT 20 kV) 40º 40' 6'' (N) 4º 05' 48'' (O) 61 43,3 92,8 119,1961828

    PB23 (a 50 m de LAT 400 kV) 40º 40' 4.5'' (N) 4º 05' 53'' (O) 170,2 87,1 263 325,1514263

    PB24 40º 06' 0'' (N) 4º 05' 54.5'' (O) 53,4 54,5 160,9 178,0747596

    PB25 40º 40' 9'' (N) 4º 05' 56.5'' (O) 82,9 51,1 104,4 142,7689742

    PB26 40º 40' 14'' (N) 4º 05' 58.5'' (O) 21,5 11,1 38,7 45,6415381

    PB27 (a 140 m de LAT 400 kV) 40º 40' 17.5'' (N) 4º 06' 0'' (O) 7,86 5,43 17,12 19,60507332

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    Tabla 9. Puntos de medida del sector “Las Laderas – Peñas Blancas” del municipio de Guadarrama (28 – 32).

    Valores de campo eléctrico E (V/m) en todos los ejes y total.

    PUNTO DE MEDIDA COORDENADAS GEOGRÁFICAS Ex (V/m) Ey (V/m) Ez (V/m) ET (V/m)

    PB28 40º 39' 41.5'' (N) 4º 06' 19'' (O) 0,56 0,39 0,75 1,014001972

    PB29 40º 39' 39.5'' (N) 4º 05' 48'' (O) 0,37 0,34 1,84 1,907380403

    PB30 40º 39' 36'' (N) 4º 05' 44.5'' (O) 0,63 0,53 1,23 1,480101348

    PB31 40º 39' 39.5'' (N) 4º 05' 42.05'' (O) 2,27 1,53 3,83 4,70772769

    PB32 40º 39' 44'' (N) 4º 05' 49'' (O) 2,07 1,45 2,93 3,869405639

    VALORES MEDIOS 55,13469 37,217188 110,01188 130,0509463

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    Distribución de valores de campo eléctrico E (V/m) en los puntos de medida del ámbito Las Laderas - Peñas Blancas situado en el término municipal de Guadarrama (Madrid).

    0

    200

    400

    600

    800

    1000

    1200

    1400

    1600

    1800

    PB1

    PB2 (

    Punto

    med

    io de

    LAT 4

    00 kV

    )PB

    3PB

    4PB

    5PB

    6PB

    7

    PB8 (

    Punto

    med

    io de

    LAT 2

    0 kV) PB

    9PB

    10PB

    11PB

    12

    PB13

    (Pun

    to me

    dio de

    LAT 4

    00 kV

    )PB

    14PB

    15PB

    16PB

    17PB

    18PB

    19PB

    20PB

    21

    PB22

    (Pun

    to me

    dio de

    LAT 2

    0 kV)

    PB23

    (a 50

    m de

    LAT 4

    00 kV

    )PB

    24PB

    25PB

    26

    PB27

    (a 14

    0 m de

    LAT 4

    00 kV

    )PB

    28PB

    29PB

    30PB

    31PB

    32

    Puntos de medida (1-32)

    Val

    ores

    de

    E (

    V/

    m)

    ET (V/m)

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    Tabla 10. Puntos de medida del sector “Las Laderas – Peñas Blancas” del municipio de Guadarrama (1 – 9).

    Valores de inducción magnética B (µT) y de campo magnético H(A/m) en todos los ejes y total.

    PUNTO DE MEDIDA COORDENADAS GEOGRÁFICAS Bx (mT) By (mT) Bz (mT) BT (mT) HT (A/m)

    PB1 40º 40' 19'' (N) 4º 06' 19'' (O) 0,14 0,138 0,018 0,1974031 0,19220224

    PB2 (Punto medio de LAT 400 kV) 40º 40' 16.5'' (N) 4º 06' 9'' (O) 5,33 5,54 1,38 7,8105634 7,69892594

    PB3 40º 40' 13.5'' (N) 4º 06' 16'' (O) 0,083 0,088 0,008 0,1212312 0,11937947

    PB4 40º 40' 14.5'' (N) 4º 06' 21'' (O) 0,048 0,05 0,017 0,0713653 0,07064938

    PB5 40º 40' 18'' (N) 4º 06' 30'' (O) 0,027 0,026 0,008 0,0383275 0,03740141

    PB6 40º 40' 19'' (N) 4º 06' 19'' (O) 0,023 0,022 0,017 0,0360832 0,03624926

    PB7 40º 40' 21,5'' (N) 4º 06' 21'' (O) 0,12 0,12 0,047 0,1760937 0,17365037

    PB8 (Punto medio de LAT 20 kV) 40º 40' 7.5'' (N) 4º 06' 10.5'' (O) 0,076 0,08 0,024 0,1129248 0,11177165

    PB9 40º 40' 3.5'' (N) 4º 06' 8.5'' (O) 0,058 0,061 0,007 0,084463 0,08309656

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    Tabla 11. Puntos de medida del sector “Las Laderas – Peñas Blancas” del municipio de Guadarrama (10 – 18).

    Valores de inducción magnética B (µT) y de campo magnético H(A/m) en todos los ejes y total.

    PUNTO DE MEDIDA COORDENADAS GEOGRÁFICAS Bx (mT) By (mT) Bz (mT) BT (mT) HT (A/m)

    PB10 40º 40' 0.5'' (N) 4º 06' 4'' (O) 0,073 0,068 0,014 0,1007422 0,09736134

    PB11 40º 40' 2'' (N) 4º 05' 57'' (O) 0,21 0,21 0,035 0,2990401 0,29211544

    PB12 40º 40' 0'' (N) 4º 05' 43'' (O) 0,069 0,071 0,017 0,100454 0,09882035

    PB13 (Punto medio de LAT 400 kV)40º 39' 55.5'' (N) 4º 05' 47.5'' (O) 8 7,7 2,5 11,381564 11,1146682

    PB14 40º 39' 53'' (N) 4º 05' 50'' (O) 0,33 0,34 0,57 0,7412152 0,79174584

    PB15 40º 39' 50'' (N) 4º 05' 53'' (O) 0,08 0,079 0,011 0,112969 0,11004733

    PB16 40º 39' 46'' (N) 4º 05' 55'' (O) 0,047 0,043 0,013 0,0650154 0,06288634

    PB17 40º 39' 49'' (N) 4º 05' 57.5'' (O) 0,046 0,042 0,01 0,0630872 0,06083384

    PB18 40º 39' 55.5'' (N) 4º 06' 1.5'' (O) 0,064 0,057 0,016 0,0871837 0,08386272

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    Tabla 12. Puntos de medida del sector “Las Laderas - Peñas Blancas” del municipio de Guadarrama (19 – 27).

    Valores de inducción magnética B (µT) y de campo magnético H(A/m) en todos los ejes y total.

    PUNTO DE MEDIDA COORDENADAS GEOGRÁFICAS Bx (mT) By (mT) Bz (mT) BT (mT) HT (A/m)

    PB19 40º 39' 55'' (N) 4º 05' 57'' (O) 0,107 0,11 0,009 0,1537205 0,15059077

    PB20 40º 40' 3.5'' (N) 4º 06' 2'' (O) 0,21 0,2 0,012 0,2902482 0,28065926

    PB21 40º 40' 05'' (N) 4º 06' 46'' (O) 0,045 0,048 0,007 0,0661665 0,06528748

    PB22 (Punto medio de LAT 20 kV) 40º 40' 6'' (N) 4º 05' 48'' (O) 0,083 0,09 0,044 0,1300961 0,13066466

    PB23 (a 50 m de LAT 400 kV) 40º 40' 4.5'' (N) 4º 05' 53'' (O) 0,333 0,362 0,135 0,5100569 0,50918825

    PB24 40º 06' 0'' (N) 4º 05' 54.5'' (O) 0,38 0,37 0,26 0,5906776 0,59198364

    PB25 40º 40' 9'' (N) 4º 05' 56.5'' (O) 0,33 0,34 0,2 0,5142956 0,51578234

    PB26 40º 40' 14'' (N) 4º 05' 58.5'' (O) 0,096 0,1 0,025 0,1408581 0,13889859

    PB27 (a 140 m de LAT 400 kV) 40º 40' 17.5'' (N) 4º 06' 0'' (O) 0,29 0,31 0,48 0,6407808 0,68320862

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    Tabla 13. Puntos de medida del sector “Las Laderas - Peñas Blancas” del municipio de Guadarrama (28 – 32).

    Valores de inducción magnética B (µT) y de campo magnético H(A/m) en todos los ejes y total.

    PUNTO DE MEDIDA COORDENADAS GEOGRÁFICAS Bx (mT) By (mT) Bz (mT) BT (mT) HT (A/m)

    PB28 40º 39' 41.5'' (N) 4º 06' 19'' (O) 0,04 0,038 0,016 0,0574456 0,05626977

    PB29 40º 39' 39.5'' (N) 4º 05' 48'' (O) 0,034 0,035 0,017 0,051672 0,05147377

    PB30 40º 39' 36'' (N) 4º 05' 44.5'' (O) 0,035 0,033 0,017 0,0510196 0,05020954

    PB31 40º 39' 39.5'' (N) 4º 05' 42.05'' (O) 0,061 0,071 0,015 0,0947998 0,0950043

    PB32 40º 39' 44'' (N) 4º 05' 49'' (O) 0,067 0,059 0,022 0,0919456 0,08868158

    VALORES MEDIOS 0,5292188 0,5281563 0,1865938 0,7807347 0,77011157

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    Distribución de valores de inducción magnética B (mT) y de campo magnético H(A/m) en los puntos de medida del ámbito de Las Laderas - Peñas Blancas situado en el término municipal de Guadarrama (Madrid).

    0

    2

    4

    6

    8

    10

    12

    PB1

    PB2 (

    Punto

    med

    io de

    LAT 4

    00 kV

    )PB

    3

    PB4

    PB5

    PB6

    PB7

    PB8 (

    Punto

    med

    io de

    LAT 2

    0 kV) PB

    9PB

    10PB

    11PB

    12

    PB13

    (Pun

    to me

    dio de

    LAT 4

    00 kV

    )PB

    14PB

    15PB

    16PB

    17PB

    18PB

    19PB

    20PB

    21

    PB22

    (Pun

    to me

    dio de

    LAT 2

    0 kV)

    PB23

    (a 50

    m de

    LAT 4

    00 kV

    )PB

    24PB

    25PB

    26

    PB27

    (a 14

    0 m de

    LAT 4

    00 kV

    )PB

    28PB

    29PB

    30PB

    31PB

    32

    Puntos de medida (1-32)

    Val

    ores

    de

    B y

    H

    BT (mT)

    HT (A/m)

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    Se recuerdan a continuación los valores límite marcados por la legislación en vigor que no deben

    superarse (c.a. 50 Hz):

    Tabla 14. Valores límite de campos electromagnéticos fijados por la legislación en vigor.

    Valores límite de Campo eléctrico (E), inducción magnética (B) y campo magnético (H) fijados por el Real Decreto 1066/2001, en función de la frecuencia.

    GAMA DE FRECUENCIAS E (V/m) H (A/m) B (mT)

    10 Hz 10.000 400 500

    25 Hz 10000 160 200

    0,025 kHz 10000 160 200

    0,05 kHz (50 Hz) 5000 80 100

    0,8 kHz 312,5 5 6,25

    1 kHz 250 5 6,25

    7.1.2. Conclusiones

    Como conclusiones a esta primera parte del estudio cabe destacar las siguientes:

    No se superan los valores límite de campo eléctrico y magnético impuestos por la legislación para la protección del público en general, en ningún punto de los seleccionados del sector de

    “Las Laderas – Peñas Blancas”. Los valores obtenidos en ningún caso llegan a ser un 30% (en

    los puntos más desfavorables) de los valores límites expuestos en la tabla precedente.

    Los valores anormalmente altos son aquellos en los que se detecta la proximidad de alguna infraestructura eléctrica importante (LAT 380 kV, LAT 20 kV).

    Como consecuencia de esto puede observarse que se cumplen ciertas garantías de que actualmente los niveles de exposición electromagnética en este sector del municipio de

    Guadarrama están por debajo de los límites exigidos por la legislación.

    Aunque esto no quiere decir que puntualmente no puedan superarse estos valores medios en las inmediaciones de alguna fuente de campo (LAT, etc.) como se ha comprobado en alguno

    de estos puntos. Hay que recordar que las medidas realizadas en las líneas eléctricas (que se

    muestran en el siguiente apartado) se han hecho a una altura de 1 metro del suelo, tal y como

    se recoge en el protocolo de medición de campos proporcionado por UNESA. Pero si las

    mediciones se realizan muy cerca de los conductores los valores aumentarían bastante.

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    7.2. MEDICIONES EN LÍNEAS AÉREAS DE ALTA Y MEDIA TENSIÓN

    Las infraestructuras eléctricas presentes en el conjunto del término municipal de Guadarrama y

    sus inmediaciones son las siguientes:

    Líneas Aéreas:

    Líneas aéreas de 380 kV. Líneas aéreas de 220 kV. Líneas aéreas de 132 kV. Líneas aéreas de 45 kV. Líneas aéreas de 20 kV.

    Líneas Subterráneas de Media Tensión:

    Líneas subterráneas de baja Tensión.

    Elementos transformadores de corriente:

    Transformadores de corriente.

    De todas ellas, y para el sector de “Las Laderas – Peñas Blancas”, se han tomado medidas en las

    dos que lo atraviesan:

    Línea aérea de 380 kV. Línea aérea de 20 kV.

    El resto de líneas está lo suficientemente alejada de este sector para no ser necesario tenerlas en

    cuenta. Puntualmente estos valores pueden superarse en la de 380 kV, pero dependerá de varios

    factores: del diseño de la línea (geometría y altura de los conductores) y de la cantidad de corriente

    que pase por la línea en un momento dado, pudiendo variar enormemente según la demanda,

    dependiendo así de la hora del día o la estación del año en la que nos encontremos.

    7.2.1. Resultados.

    Así pues, y teniendo en cuenta los comentarios anteriores, los resultados de las mediciones

    realizadas en las líneas indicadas se recogen en las tablas y gráficas siguientes:

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    Tabla 15. Valores del Perfil transversal de la intensidad de campo eléctrico E (V/m) en LAT de 380 kV en Guadarrama. Sector de “Las Laderas – Peñas Blancas”.

    (Nivel de campo máximo a 1 metro de altura).

    x (m) Ex (V/m) Ey (V/m) Ez (V/m) ET (V/m) Valor límite RD 1066/2003

    E (V/m) a 50 Hz

    -100 17,8 11,6 30,7 37,33483628 5000 -90 28,3 25,7 33,8 51,02763957 5000 -80 53 35 92,9 112,5362608 5000 -70 60,9 46,2 93,8 121,0028512 5000 -60 92,70 56,500 129,200 168,7547925 5000 -50 158,60 92,300 263,000 320,6902711 5000 -40 240,00 163,000 434,000 522,0392706 5000 -30 457,00 289,000 707,000 890,0668514 5000 -20 993,00 737,000 1932,000 2293,870528 5000 -10 1821,00 987,000 2500,000 3246,568958 5000 0 661,00 637,000 1255,000 1554,900318 5000 10 1821,00 987,000 2500,000 3246,568958 5000 20 993,00 737,000 1932,000 2293,870528 5000 30 457,00 289,000 707,000 890,0668514 5000 40 240,00 163,000 434,000 522,0392706 5000 50 158,60 92,300 263,000 320,6902711 5000 60 92,70 56,500 129,200 168,7547925 5000 70 60,90 46,200 93,800 121,0028512 5000 80 53,00 35,000 92,900 112,5362608 5000 90 28,30 25,700 33,800 51,02763957 5000 100 17,80 11,600 30,700 37,33483628 5000

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    Perfil transversal de la intensidad de campo eléctrico E (V/m) en LAT de 380 kV a su paso por el ámbito de Las Laderas - Peñas Blancas (Nivel de campo máximo a 1 metro de altura). Medida realizada a las 13:00 horas.

    0

    1000

    2000

    3000

    4000

    5000

    6000

    -110 -100 -90 -80 -70 -60 -50 -40 -30 -20 -10 0 10 20 30 40 50 60 70 80 90 100 110

    Distancia al centro de la línea en metros

    Mód

    ulo

    del

    cam

    po e

    léct

    rico

    (kV

    /m

    )

    Ex (V/m)

    Ey (V/m)

    Ez (V/m)

    ET (V/m)

    Valor límite RD 1066/2003 E(V/m) a 50 Hz

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    Tabla 16. Valores del Perfil transversal de la inducción magnética B (µT) en LAT de 380 kV en Guadarrama. Sector de “Las Laderas – Peñas Blancas”. (Nivel de campo

    máximo a 1 metro de altura).

    x (m) Bx (mT) By (mT) Bz (mT) BT (mT) Valor límite RD 1066/2003

    B (mT) a 50 Hz

    -100 0,165 0,152 0,013 0,224717601 100 -90 0,16 0,18 0,025 0,242126 100 -80 0,21 0,2 0,03 0,291547595 100 -70 0,27 0,26 0,04 0,376961536 100 -60 0,31 0,310 0,110 0,451995575 100 -50 0,42 0,440 0,200 0,640312424 100 -40 0,62 0,610 0,270 0,910714006 100 -30 0,78 0,650 0,770 1,274284113 100 -20 0,54 0,570 1,030 1,29514478 100 -10 1,48 1,540 2,150 3,030594001 100 0 5,33 5,540 1,380 7,81056336 100 10 1,48 1,540 2,150 3,030594001 100 20 0,54 0,570 1,030 1,29514478 100 30 0,78 0,650 0,770 1,274284113 100 40 0,62 0,610 0,270 0,910714006 100 50 0,42 0,440 0,200 0,640312424 100 60 0,31 0,310 0,110 0,451995575 100 70 0,27 0,260 0,040 0,376961536 100 80 0,21 0,200 0,030 0,291547595 100 90 0,16 0,180 0,025 0,242126 100 100 0,17 0,152 0,013 0,224717601 100

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    Perfil transversal de densidad de flujo magnético o inducción magnética B (mT) en LAT de 380 kV a su paso por el

    ámbito de Las Laderas - Peñas Blancas (Nivel de campo máximo a 1 metro de altura). Medida realizada a las 13:00 horas.

    0

    1

    2

    3

    4

    5

    6

    7

    8

    9

    -150 -100 -50 0 50 100 150

    Distancia al centro de la línea en metros

    Mód

    ulo

    de in

    ducc

    ión

    mag

    néti

    ca B

    Bx (mT)By (mT)Bz (mT)BT (mT)

    Bx (µT)

    By (µT)

    Bz (µT)

    BT (µT)

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    Perfil transversal de densidad de flujo magnético o inducción magnética B (mT) en LAT de 380 kV a su

    paso por el ámbito de Las Laderas - Peñas Blancas (Nivel de campo máximo a 1 metro de altura).

    0

    20

    40

    60

    80

    100

    120

    -150 -100 -50 0 50 100 150

    Distancia al centro de la línea en metros

    Mód

    ulo

    del c

    ampo

    mag

    néti

    co B

    Bx (mT)

    By (mT)

    Bz (mT)

    BT (mT)

    Valor límite RD 1066/2003 B (mT) a 50 Hz

    Bx (µT)

    By (µT)

    Bz (µT)

    BT (µT)

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    Tabla 17. Valores del Perfil transversal del campo magnético H (A/m) en LAT de 380 kV en Guadarrama. Sector de “Las Laderas – Peñas Blancas”. (Nivel de campo

    máximo a 1 metro de altura).

    x (m) Hx (A/m) Hy (A/m) Hz (A/m) HT (A/