estructura de los comites de salud y seguridad en

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CONDICIONES MATERIALES Y SIMBOLICAS DE MEDIO AMBIENTE Y TRABAJO Acuerdos Paritarios Provinciales. Estructura de los Comites de Salud y Seguridad en el Trabajo A los efectos de la implementación de los Comités de Salud y Seguridad en el Trabajo previstos a parr de la promulgación de la Ley N°12913 en el ámbito de los Establecimientos Educavos de la Provincia de Santa Fe, que tendrán como objeto “velar y promover la protección de la vida y la salud de los/as trabajadores/as y el mejoramiento de las condiciones y medio ambiente de trabajo”, se hace necesario contemplar las caracteríscas parculares de la Escuela como ámbito laboral, con el objevo de establecer el diseño de una forma de Organización y de Funcionamiento de estos espacios paritarios que se ajuste a la finalidad para la que fueran creados, de manera que se constuyan en herramientas eficientes en el control y la prevención de riesgos. Los Comités deben ser instancias que de manera operava y a parr de la parcipación de los/as trabajadores/as, posibiliten la construcción colecva de disposivos que los habilite a controlar y modificar las condiciones y el medio ambiente donde desarrollan sus tareas, interviniendo acvamente en la formulación de estrategias y polícas dirigidas a la prevención de accidentes y enfermedades originados durante el ejercicio de la labor docente. Deben ser espacios de diálogo entre empleadores y trabajadores, donde se arcule el derecho a la salud con la obligación de la seguridad; donde se garance el reconocimiento de los saberes y pareceres de todos en torno de paridad, en la idea de que estas deben ser las bases desde donde se construyan los consensos que den cuenta de las acciones desnadas a la promoción de la salud en el trabajo. Desde esta idea la composición de los Comités de Salud y Seguridad en el Trabajo debe garanzar que todo este proceso tenga un grado alto de involucramiento por parte de los trabajadores en las más de 4500 Escuelas que existen en todo el territorio provincial, a la vez de que su constución también debe responder al objevo de que estos sean un instrumento que de manera eficaz opere sobre la realidad. Con esta finalidad la Paritaria Docente de la Provincia de Santa Fe acordó para el Comité Mixto de Salud y Seguridad en el ámbito de los Establecimientos Educavos la siguiente Estructura: Comité Provincial de Salud y Seguridad en el Trabajo Comisión Regional de Salud y Seguridad en el Trabajo Delegados de Prevención por Escuelas 1) Comité Provincial de Salud y Seguridad en el Trabajo: Como prevé la ley N°12913, se conformará “un órgano paritario con parcipación de trabajadores/as y empleadores, desnado a supervisar, con carácter autónomo y accesorio del 1

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COMITES DE SALUD- GREMIALISMO

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  • CONDICIONES MATERIALES Y SIMBOLICAS DE MEDIO AMBIENTE Y TRABAJO

    Acuerdos Paritarios Provinciales.

    Estructura de los Comites de Salud y Seguridad en el Trabajo

    A los efectos de la implementacin de los Comits de Salud y Seguridad en el Trabajoprevistos a partir de la promulgacin de la Ley N12913 en el mbito de los EstablecimientosEducativos de la Provincia de Santa Fe, que tendrn como objeto velar y promover la proteccinde la vida y la salud de los/as trabajadores/as y el mejoramiento de las condiciones y medioambiente de trabajo, se hace necesario contemplar las caractersticas particulares de la Escuelacomo mbito laboral, con el objetivo de establecer el diseo de una forma de Organizacin y deFuncionamiento de estos espacios paritarios que se ajuste a la finalidad para la que fuerancreados, de manera que se constituyan en herramientas eficientes en el control y la prevencin deriesgos.

    Los Comits deben ser instancias que de manera operativa y a partir de la participacinde los/as trabajadores/as, posibiliten la construccin colectiva de dispositivos que los habilite acontrolar y modificar las condiciones y el medio ambiente donde desarrollan sus tareas,interviniendo activamente en la formulacin de estrategias y polticas dirigidas a la prevencin deaccidentes y enfermedades originados durante el ejercicio de la labor docente.

    Deben ser espacios de dilogo entre empleadores y trabajadores, donde se articule elderecho a la salud con la obligacin de la seguridad; donde se garantice el reconocimiento de lossaberes y pareceres de todos en torno de paridad, en la idea de que estas deben ser las basesdesde donde se construyan los consensos que den cuenta de las acciones destinadas a lapromocin de la salud en el trabajo.

    Desde esta idea la composicin de los Comits de Salud y Seguridad en el Trabajo debegarantizar que todo este proceso tenga un grado alto de involucramiento por parte de lostrabajadores en las ms de 4500 Escuelas que existen en todo el territorio provincial, a la vez deque su constitucin tambin debe responder al objetivo de que estos sean un instrumento que demanera eficaz opere sobre la realidad.

    Con esta finalidad la Paritaria Docente de la Provincia de Santa Fe acord para el ComitMixto de Salud y Seguridad en el mbito de los Establecimientos Educativos la siguiente Estructura:

    Comit Provincial de Salud y Seguridad en el Trabajo Comisin Regional de Salud y Seguridad en el Trabajo Delegados de Prevencin por Escuelas

    1) Comit Provincial de Salud y Seguridad en el Trabajo:Como prev la ley N12913, se conformar un rgano paritario con participacin de

    trabajadores/as y empleadores, destinado a supervisar, con carcter autnomo y accesorio del

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  • Estado, el cumplimiento de las normas y disposiciones en materia de control y prevencin deriesgos laborales y tambin la consulta regular y peridica de las actuaciones en las dependenciaspblicas en materia de prevencin de riesgos. Ser de su responsabilidad proponer polticaspblicas relacionadas con las condiciones y medio ambiente de trabajo de EstablecimientosEducativos de la Provincia de Santa Fe, con la finalidad de promover la proteccin de la vida y lasalud de quienes desempean en ellos sus tareas. Adems ser su funcin implementar todas lasacciones tendientes a la resolucin de las situaciones denunciadas ante este Comit a partir de latarea realizada en cada Escuela por los Delegados en Prevencin y cada Comisin Regional deSaludo y Seguridad en el Trabajo, con el objetivo de poder cumplir con todas las funcionesprevistas en la Ley N 12913

    Estar integrado por 9 miembros paritarios representantes de los/as trabajadores/as, y 9de los empleadores. Se deber garantizar que en el Comit estn presentes trabajadores enrepresentacin de la zona norte, centro y sur de la provincia.

    2) Comisin Regional de Salud y Seguridad en el Trabajo:

    En cada una de las 9 Direcciones Regionales del Ministerio de Educacin de Santa Fe, seconformar una Comisin que deber estar integrada por hasta 6 representantes de lostrabajadores, quienes tendrn la tarea de abordar las cuestiones relacionadas con la Salud y laSeguridad en los Establecimientos Educativos de su Jurisdiccin, de acuerdo al mandato de laAsamblea Provincial que definir el temario a abordar en cada Paritaria.

    Tendr como tarea principal, por un lado organizar y sistematizar la labor desarrollada por losDelegados en Prevencin de cada Establecimiento Educativo, estableciendo un canal decomunicacin con el Comit Provincial de Salud y Seguridad, que garantice la resolucin de lasproblemticas relevadas en cada lugar de trabajo. Por el otro, tendr como objetivo impulsar laimplementacin de las propuestas y resoluciones surgidas de la Asamblea y del Comit Provincialdestinadas a prevenir y controlar los riesgos a los que pudieran estar expuestos los trabajadoresde la Educacin en el ejercicio de sus tareas, relacionadas con las condiciones medioambientalesde trabajo Para este nivel de intervencin, el Ministerio de Educacin designar en cada una las 9Delegaciones Departamentales sus representantes para que ante casos de situaciones deEmergencias y/o riesgos para la integridad fsica de educadores y alumnos/as de InstitucionesEducativa de su Jurisdiccin, se arbitren las medidas necesarias que den solucin a lasproblemticas relevadas.

    3) Delegado de Prevencin por Escuelas:Cada Establecimiento Educativo de la Provincia contar con dos delegados cuya labor ser

    representar al conjunto de los/as trabajadores que desarrollan all sus tareas, los que tendrn a sucargo las funciones especficas relacionadas con la prevencin y el control de los riesgos laborales.Sern los encargados de impulsar la implementacin de las acciones destinadas a la eliminacin yel control de los riesgos en los puestos de trabajo, promoviendo el involucramiento en esta labordel conjunto de sus compaeros/as, contemplando lo resuelto por la Asamblea Provincial deacuerdo a las propuestas y el temario de accin. Debern tambin elevar las propuestas deintervencin que resulten de la labor desarrollada en su mbito de trabajo a la Comisin Regionalde Salud Y Seguridad en el Trabajo, a los efectos de que se tramite la resolucin de lasproblemticas detectadas.

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  • ARTCULO 5.(Ley 12913)- El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social podr exigir la creacin deun Comit de Salud y Seguridad en el Trabajo, en empresas con menos de cincuenta (50)trabajadores/as, en razn de los riesgos existentes derivados de la naturaleza o ndole de laactividad, de las maquinarias o materias primas que se utilicen, de los productos que se elaboren ofabriquen y/o del tipo de instalaciones del establecimiento, independientemente del nmero detrabajadores/as de la empresa.

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