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ESTATUTOS FED Dr. José A. Silié Gatón 27 de Febrero 327, Santo Domingo, R.D. Abogado VIII Congreso “ Amin Abel Hasbún” de la Federación de Estudiantes Dominicanos 3 de Marzo de 1984 Ciudad Universitaria Sto. Dgo, R.D.

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ESTATUTOS

FED

Dr. José A. Silié Gatón 27 de Febrero 327,

Santo Domingo, R.D.

Abogado

VIII Congreso “ Amin Abel Hasbún”

de la Federación de Estudiantes Dominicanos

3 de Marzo de 1984

Ciudad Universitaria

Sto. Dgo, R.D.

PRESENTACION

El presente documento es fruto de las discusiones realizadas por

los distintos organismos de nuestra Federación de Estudiantes

Dominicanos, durante el largo proceso que culminó el 3 de Marzo

de 1984 con el VIII Congreso Amín Abel Hasbún.

El actual estatuto representa, en gran medida, la experiencia

acumulada por el movimiento 3estudiantil durante el periodo

1977-1984. es una síntesis de la practica y de los planteamientos

que venimos realizando, muy principalmente desde el año 1979,

en que comenzamos a estimar la profunda necesidad de

democratizar aun mas nuestra querida y combativa Federación de

Estudiantes Dominicanos para que la misma pudiese responder a

las exigencias de los nuevos tiempos.

En ese sentido las resoluciones adoptadas por el VIII Congreso

Amín Abel Habún son de una importancia extraordinaria. Las

mismas le abren las puertas a la FED para desarrollar un trabajo

mas amplio entre las grandes masas estudiantiles. Pues a la vez

que las Asociaciones de Estudiantes se constituyen en la

verdadera fuente de poder de nuestra Federación, se podrá generar

una dinámica sumamente positiva para que entonces el poder de

cada asociación resida en la conciencia de cada estudiante.

El establecimiento de los comités de curso será un factor de gran

valía para que los verdaderos y naturales dirigentes de los

estudiantes comiencen a jugar el rol que les corresponde en su

aula. Lo cual se proyectara hacia la dirección de cada asociación

de carrera en particular para que la misma cuente cada vez con

mas lideres que puedan conducirla acertadamente. Esta a su vez

tendrá mayor cantidad y mejores recursos humanos para

aportarlos a los bloques, entre los mas sacrificados, entre los mas

lucidos y mas combativos compañeros deberán surgir los

verdaderos dirigentes del Comité Ejecutivo Central de nuestra

Federación.

Consideramos que la actual estructura orgánica que se ha dado la

FED, conjuntamente con las disposiciones disciplinarias y las

orientaciones que componen su línea política nacional, y su línea

internacional, su política cultural y su línea educativa nacional,

podrán colocarla en condiciones de movilizar a todos los

estudiantes, de representar sus aspiraciones, para de esa forma

contribuir mas dedicadamente en las luchas que libra el pueblo

dominicano a favor de la liberación nacional y la edificación de

una nueva patria dominicana, la cual será nuestro aporte a la

consolidación de las fuerzas que construyen y trabajan por la paz

y el progreso social a nivel mundial.

Nos queda a cada una de las fuerzas estudiantiles y a cada

estudiante en particular hacer honor, a la figura orientadora de

nuestro VIII congreso; Amín Abel Hasbún, quien con su

sacrificio y su ejemplo nos ha trazado el camino para triunfar.

Hacer honor a su memoria significa abandonar cualquier tipo de

secretismo, significa aumentar el trabajo para engrandecer nuestra

FED y con ello engrandecer a las fuerzas populares, significa

mucho sacrificio, mucho estudio y mucha lucha. Es la única

manera de derrotar el imperialismo norteamericano.

FEDERACION DE ESTUDIANTES DOMINICANOS

-FED-

ESTATUTOS

CAPITULO I

Art. 1.- DEL NOMBRE:

Los estudiantes de la educación Superior de la República

Dominicana están organizados en el Sindicato Estudiantil

denominado FEDERACION DE ESTUDIANTES

DOMINICANOS, cuyas siglas son: F. E. D.

Art. 2.- CARÁCTER, NATURALEZA Y OBJETIVOS:

La FED es el sindicato que representa los anhelos de

Superación de la juventud estudiosa del país, representa también

sus aspiraciones de libertad, justicia y liberación social, que son a

la vez de todos los oprimidos de nuestra patria y el mundo. En la

búsqueda de esa identificación la FED posee un carácter

democrático, amplio, de masas y una connotación anti-

imperialista y anticapitalista. Contra el sionismo, el racismo y el

apartheid.

Art. 3.- DEL LEMA Y LA BANDERA:

a) Del Lema: Los objetivos, carácter y naturaleza de la FED

se sintetizan en el lema: “ ESTUDIO, LUCHA Y

LIBERACION”, el cual representa los deseos de

superación permanente del estudiantado y su disposición al

sacrificio para alcanzar la liberación total de nuestro país.

b) De la Bandera: La bandera de la FED es rectangular, con

tres franjas con los colores siguientes:

1.- Franja Azul al lado de esta.

2.- Franja Blanca al centro.

3.- Franja Roja en el extremo distal.

Llevara las siglas FED de color negro en el centro de la franja

Blanca.

La bandera de la FED debe adornar las oficinas y locales de todos

sus organismos y ser símbolo en todos los actos internos y

públicos del sindicato.

CAPITULO II

Art. 4.- DE LOS MIEMBROS:

Son miembros de la FED las asociaciones de Carrera, d

Pueblos y Centros Regionales de la UASD y otros Centros

Universitarios que se acojan a los presentes reglamentos, al

programa y a los postulados filosóficos.

Art. 5.- SON DERECHOS DE LOS MIEMBROS:

a) Participar en la formulación de Líneas Políticas y

Programáticas del Sindicato.

b) Plantear en los organismos las diferencias con la

implementación incorrecta de las líneas y postulados.

c) Solicitar la defensa de sus derechos como miembros del

Sindicato y ser ayudados en sus problemas.

d) Participar en las actividades programadas de acuerdo a la

decisión de los organismos superiores.

e) Participar en las actividades programadas de acuerdo a la

decisión de los organismos superiores.

f) Todos los miembros tienen derecho a ser escuchados antes

de ser sancionados. En caso de no asistir a dos

convocatorias sin excusa será juzgado y sancionado en su

ausencia.

g) Todos los miembros tienen derecho a apelar cualquier

sanción en un plazo no mayor de 15 días a la toma de la

decisión, al mismo organismo o al inmediatamente superior.

Art. 6.- SON DEBERES DE LOS MIEMBROS:

a) Cumplir y hacer cumplir los principios, normas y

reglamentos de la FED.

b) Desarrollar la creatividad y cumplir con todas las

disposiciones que emanen de los organismos.

c) Aplicar la línea de la FED en todos los casos que se

presente.

d) Respetar los principios del centralismo democrático.

e) Desarrollar la solidaridad con todos los sectores oprimidos

de nuestro pueblo. Así como promover los vínculos con el

Movimiento Estudiantil progresista tanto a nivel nacional

como internacional.

f) Mantener frente a los demás una actitud sincera y honesta de

sensibilidad frente a los problemas sociales imperantes en

nuestro medio; elevando en todo momento la moral

revolucionaria.

g) Practicar el respeto y el compañerismo en toda la

organización, siendo firmes en todas las vicisitudes.

h) No ocultar la verdad, ni practicar la mentira, ni la

irresponsabilidad.

i) Ser fieles defensores de la liberación de los pueblos

oprimidos.

j) Ser críticos y autocrítico en la practica cotidiana.

k) Pagar cuota.

l) Todos los movimientos tienen el deber de asistir a las

reuniones ordinarias y extraordinarias de los organismos a

que pertenezcan.

CAPITULO III

Art. 7.- ESTRUCTURA ORGANICA:

La fuente de poder de todos los organismos de la FED reside

en sus bases y su voluntad expresada a través de cada una de las

estructuras e instancias establecidas.

Art. 8.-

La FED contara con organismos de dirección máxima,

organismos de dirección intermedia y organismos de base.

a) Los organismos de Dirección máxima en orden jerárquico son

los siguientes:

1.- Congreso.

2.- Pleno de Dirigentes.

3.- Dirección Nacional.

4.- Comité Ejecutivo Central –CEC-

5.- Comité Político.

b) Los organismos de Dirección Intermedia son:

1.- Pleno de Dirigentes de Asociaciones del Bloque.

2.- Dirección de los Bloques de Asociaciones.

c) Los organismos de Base son:

1.- En las Facultades.

1.1.- Asamblea de Asociaciones.

1.2.- Directiva de Asociación.

1.3.- Comité de Curso.

2. Para Asociaciones de Interior.

2.1.- Asamblea de Asociaciones.

2.2.- Directiva de Asociaciones.

2.3.- Núcleo de Estudiantes por Facultad.

Art. 9.- DEL CONGRESO:

Es el máximo organismo de dirección de la FED.

a) El mismo esta facultado para tomar las medidas necesarias

para poner correctivos a las situación del gremio estudiantil.

Tendrá competencia para elaborar y aprobar los postulados

filosóficos, el programa y los Estatutos del Sindicato y

modificarlos cuando lo considere necesario.

b) Será convocado cada dos (2) años ordinariamente para

elegir todos los miembros del Comité Ejecutivo Central, y

extraordinariamente cuando sea necesario.

c) Podrá ser convocado por el pleno de dirigentes, por la

Dirección Nacional y por el Comité Ejecutivo Central. Un

25% de los miembros del Congreso tendrán derecho a

solicitar su convocatoria, lo cual deberá ser implementado

por los organismos competentes en un plazo no mayor de 20

días.

d) Estará compuesto por la Dirección Nacional, la Dirección de

los Bloques en pleno, Cinco (5) delegados por Asociaciones

Generales de los Centros Regionales, un Delegado por cada

Asociación de Carrera de los Centros Regional4s y dos (2)

delegados por Asociaciones de Carreras y de pueblos.

e) El quórum del Congreso se establecerá en base a la mitad

mas uno del número de delegados.

f) El congreso será dirigido por un Presidium electo en el

mismo Congreso.

g) Serán invitados con derecho a voz en el congreso, delegados

de otros gremios progresistas tanto nacionales como

internaciones y los ex - dirigentes del CEC.

Art. 10.- DEL PLENO DE DIRIGENTES:

a) Es el máximo organismo entre Congreso y Congreso. Estará

compuesto por la Dirección Nacional, Tres (3) delegados

por Bloques de Carreras y del Interior y un (1) delegado

por Asociaciones de Base (Su Secretario General o en su

defecto uno escogido por la Directiva)

PARRAFO: Se reunirá semestralmente y extraordinariamente

cuando sea necesario.

b) Será convocado por el Presidente de la FED, el Comité

Político, el CEC o la

D. N. podrá ser solicitado su convocatoria por las 2/3 partes

de la suma de los bloques de Carrera y del Interior y de

Asociación General de Centros existentes. La convocatoria

debe ser hecha por los organismos competentes a mas tardar

cinco (5) días después de la solicitud.

c) Sus funciones son:

1.- Fiscalizar el cumplimiento de las resoluciones del Congreso.

2.- Conocer y aprobar los planes de Trabajo de la FED para cada

semestre y evaluar el plan del semestre anterior.

3.- Sustituir una vacante que se produzca en el CEC.

4.- Convocar Congreso.

5.-Tiene Atribuciones para sustituir miembros del CEC en caso de

renuncia, invalidez o cualquier otra causa que le impida ser

miembro del comité Ejecutivo.

Art. 11.- DE LA DIRECCION NACIONAL:

Es el organismo máximo de la Dirección Permanente de la

FED. Estará compuesto por el Comité Ejecutivo Central- CEC-,

los Presidentes de Bloques y los Secretarios Generales de las

Asociaciones Generales de Centros Regionales.

PARRAFO: La D. N., se reunirá mensualmente en forma

ordinaria y extraordinaria cuando se considere necesario. Podrá

ser convocada por el presidente de la FED, el Comité Político o el

CEC.

Art. 12.-

Las funciones de la Dirección Nacional son:

1.- Fiscalizar los trabajos del Comité Ejecutivo Central de la

FED.

2.- Velar por el cumplimiento de las ejecutorias del Comité

Ejecutivo de las resoluciones del Pleno de Dirigentes y del

Congreso.

3.- Revisar la aplicación de las Direcciones del pleno en lo

referente al plan de trabajo y trazar las pautas necesarias.

4.-Adoptar resoluciones sobre líneas concretas y sobre los

trabajos en cada Secretaría del Comité Ejecutivo y los

Departamentos de Trabajo que existan.

Art. 13.- DEL COMITÉ EJECUTIVO CENTRAL:

El CEC es el máximo organismo ejecutivo de la FED. Es el

máximo ejecutor de la política del Sindicato a nivel de dirección,

el cual garantizara la aplicación de las decisiones de la D.N.

Art. 14.-

El CEC estará compuesto por 13 miembros, los cuales serán

electos y juramentados por el Congreso durante un periodo de

funcionamiento de dos (2) años.

Art. 15.-

El Comité Ejecutivo Central esta constituido en la forma

siguiente:

1.- Presidente.

2.- Secretario de Organización.

3.- Secretario de Prensa y Programación.

4.- Secretario de Asuntos Docentes y Cogobierno.

5.- Secretario de Asuntos Administrativos.

6.- Secretario de Asuntos Educativos Nacionales.

7.- Secretario de Formación.

8.- Secretario de Bienestar Estudiantil.

9.- Secretario de Asuntos Internacionales.

10.- Secretario de Actas, Correspondencias y Archivos.

11.- Secretario de Asuntos Obreros y Campesinos.

12.- Secretario de Cultura y Deporte.

13.- Secretario de Extensión y Coordinación de los Centros

Regionales.

Art. 16.-

Para ser electo miembro del CEC de la DEF se requiere:

Ser miembro de Pleno derecho de una Asociación, de la Dirección

Nacional y no estar afectado por sanción que suspenda sus

derechos a miembro de la FED ni pertenecer a ningún aparato

represivo del sistema.

Art. 17.-

Son deberes y funciones del Presiente de la FED;

a) Ser el vocero oficial de la FED.

b) Presidir las reuniones del Comité Ejecutivo Central, de la

Dirección Nacional y el Pleno de Dirigentes.

c) Dirigir y coordinar con la colaboración del secretariado las

actividades del CEC.

d) Fiscalizar la marcha de los trabajos de la FED y las

responsabilidades individuales de los miembros del CEC y

el Secretariado.

e) Sancionar con su firma y del Secretario respectivo la

correspondencia, las declaraciones de prensa y los acuerdos.

( FALTA LA PAG. 18)

d) Editar todos los trabajos que decidan los organismos de

dirección.

e) Rendir informes ordinarios, cada mes a la D.N. sobre el

cumplimiento de sus funciones, u otros informes que de

manera extraordinaria solicitaren los organismos de

dirección.

f) Velar por la constante presencia de la FED en la Prensa

radial, escrita y televisada.

g) Ser responsable de las ediciones de la FED.

Art. 20.- FUNCIONES SECRETARIO ASUNTOS

DOCENTES Y COGOBIERNO:

a) Presidir la Comisión de Asuntos Docentes y Cogobierno.

b) Ejecutar la Línea de la FED sobre política Docente.

c) Estudiar y recomendar al Comité Ejecutivo en tal sentido.

d) Supervisar la marcha de los trabajos de los miembros de la

FED en los organismos del gobierno universitario, y

coordinar con ellos la ejecución de la política de la FED al

respecto.

e) Rendir informes ordinarios cada mes sobre el

cumplimiento de sus funciones a la D.N. o cualquier

informe que soliciten los organismos de dirección de

manera extraordinaria.

f) Colaborar con el Secretario de Formación en la

organización de cursos de capacitación para miembros de

la FED.

Art. 21.- FUNCIONES SECRETARIO ASUNTOS

ADMINISTRATIVOS:

a) Presidir la Comisión de Asuntos Administrativos.

b) Llevar contabilizados y cuidar todos los asuntos y bienes

materiales de la FED.

c) Estudiar y recomendar a la D.N. sobre la forma de

garantizar la estabilidad económica de la FED.

d) Rendir informes ordinarios cada mes a la D.N. sobre el

estado de los bienes de la FED en cualquier momento que

los mecanismos de dirección se lo soliciten.

e) Firmar junto al presidente todas las ordenes de base y

tramitarlos a la D.N. para su aprobación.

Art. 22.- FUNCIONES SECRETARIO ASUNTOS

EDUCATIVOS NACIONALES:

a) Presidir la Comisión de Asuntos Educativos Nacionales.

b) Ejecutar la política de la FED sobre los problemas

educativos nacionales.

c) Estudiar y recomendar a la D.N. sobre los problemas

nacionales de la educación.

d) Coordinar con la FENES y entidades progresistas del país,

eventos y actividades siempre en concordancia con la

naturaleza y pupositos de la FED.

Art. 23.- FUNCIONES SECRETARIO DE FORMACION:

a) Presidir la Comisión de Formación.

b) Garantizar la formación sindical y el elevamiento del nivel

de conciencia política de los dirigentes y miembros e la

FED en concordancia con la naturaleza y propósitos de esta.

c) Estudiar y recomendar a la D.N. en tal sentido.

d) Rendir informaciones ordinarias cada mes a la D.N. sobre el

cumplimiento de sus funciones u otro informes de manera

extraordinaria que solicitaran los organismos de dirección.

Art. 24.- FUNCIONES DEL SECRETARIO DE

BIENESTAR ESTUDIANTIL:

a) Presidir la Comisión de Asuntos de Bienestar Estudiantil.

b) Ejecutar la política de la FED relativa a bienestar y

seguridad de los estudiantes.

Art. 25.- FUNCIONES DEL SECRETARIO DE ASUNTOS

INTERNACIONALES:

a) Presidir la Comisión de Asuntos Internacionales.

b) Ejecutar la política internacional de la FED y darla a

conocer a los estudiantes y al país, así como a las

organizaciones democráticas y pueblos del mundo.

c) Dirigir el boletín Internacional y sancionarla conjuntamente

con el presiente.

d) Disponer de la atención de los dirigentes estudiantiles,

delegaciones y personas extranjeras que visiten la FED.

e) Rendir informes ordinarios cada mes a la D.N. sobre el

cumplimiento de sus funciones, u otros informes que de

manera extraordinaria solicitaran los organismos de

dirección.

Art. 26.- FUNCIONES SECRETARIO DE ACTAS,

CORRESPONDENCIA Y ARCHIVOS:

a) Tomar en actas las incidencias de las reuniones de la D.N.,

Pleno de Dirigentes, del CEC y del Congreso

reproduciéndolas a través del Secretario General de Prensa y

Propaganda, haciéndola llegar va los miembros de todos los

organismos dirección, superior y medio de la FED, y

ordenarlas cronológicamente. Las Actas deben ser

sancionadas junto al Presidente.

b) Archivar todos los materiales relativos a la FED, producidos

por ella y enviados a ella.

c) Rendir informe ordinario cada mes sobre las actas, las

correspondencias enviadas y recibidas y el estado de los

archivos.

d) Recibir y enviar toda correspondencia. Distribuir las

recibidas entre los organismos y miembros respectivos y

mantenerlas ordenadas y archivadas.

Art. 27.- FUNCIONES SECRETARIO DE ASUNTOS

OBREROS Y CAMPESINOS:

a) Presidir la Comisión de Asuntos Obreros y Campesinos.

b) Ejecutar la política de la FED relativa a la clase obrera y al

campesinato.

c) Garantizar la incorporación de la FED a todas las luchas de

la clase y los campesinos por sus reivindicaciones.

d) Garantizar la unidad permanente entre las organizaciones

democráticas del estudiantado con las similares de los

obreros campesinos.

e) Rendir informes ordinarios cada mes a la D.N. sobre el

cumplimiento de sus funciones y otros informes que de

manera extraordinaria le solicitaran los organismos de

dirección.

Art. 28.- FUNCIONES SECRETARIO DE CULTURA Y

DEPORTE:

a) Presidir la Comisión de Cultura y Deporte.

b) Difundir los valores culturales y progresistas de nuestro

pueblo y los demás pueblos del mundo, acorde con la lucha

democrática y anti- imperialista de la FED.

c) Promover la formación de agrupamientos deportivos y

culturales entre los estudiantes y hacerlos vehiculo de

intercambio con los demás sectores del pueblo.

Art. 29.- FUNCIONES SECRETARIO DE EXTENSION Y

COORD. CENTROS REGIONALES:

a) Estar en contacto permanente con las directivas de las

Asociaciones de los Centros. Transmitir sus inquietudes y

propuestas.

b) Informar a estos mecanismos de todos los planes y

resoluciones de la D.N. lo antes posible.

c) Coordinar y dirigir el desarrollo orgánico de la Federación

hacia la educación superior privada o semiestatal en general.

d) Promover toda iniciativa de líneas positivas para este sector

educativo.

e) Informar a la D.N. todo lo relacionado con la educación

privada.

f) Representar a la FED en el consejo de Extensión de la

UASD.

Art. 30.- DEL COMITÉ POLITICO:

El comité Político es un organismo simplificado del CEC y

su inferior inmediato, que tiene por función coadyuvar al CEC

en la dirección de la FEC, velando por el cumplimiento de las

resoluciones que por su importancia no precisan ser elaboradas

por el CEC para su solución satisfactoria.

Art. 31.-

El Comité Político esta integrado por el Presidente de la

FED, quien lo presidirá, y el Secretario de Organización, el

Secretario de Prensa y Propaganda, el Secretario de Asuntos

Docentes y Cogobierno y el Secretario de Asuntos

Administrativos.

Art. 32.-

El Comité Político se reunirá ordinariamente en la fecha

correspondiente a la mitad del lapso de tiempo comprendido entre

dos reuniones ordinarias del CEC. Podrá reunirse

extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Art. 33.-

El Comité Político puede ser convocado:

a) Por el Presidente.

b) Por tres cualesquiera de sus miembros.

DE LOS BLOQUES DE ASOCIACIONES:

Art. 34.-

Son mecanismos de Dirección Intermedia de la FED.

Están conformados por todas las Asociaciones de una misma

Facultad o Región.

Los Bloques que componen la FED son:

a) En las Facultades:

1.- Bloque de Asociaciones de la Facultad de Ciencias de la

Salud.

2.- Bloque de Asociaciones de la Facultad de Ciencias

Jurídicas y Políticas.

3.- Bloque de Asociaciones de la Facultad de de Humanidades.

4.- Bloque de Asociaciones de la Facultad de Ingeniería y

Arquitectura.

5.- Bloque de Asociaciones de la Facultad de Ciencias

Económicas y Sociales.

6.- Bloque de Asociaciones de la Facultad de Agronomía y

Veterinaria.

7.- Bloque de Asociaciones de la Facultad de Ciencias.

b) En el Territorio Nacional:

1.- Bloque de Asociaciones del Distrito Nacional y la Periferia

2.- Bloque de Asociaciones del Nordeste.

3.- Bloque de Asociaciones del Norte Central.

4.- Bloque de Asociaciones del Nor- Oeste.

5.- Bloque de Asociaciones del Este.

6.- Bloque de Asociaciones del Sur-Central.

7.- Bloque de Asociaciones del Sur-Oeste.

PARRAFO: La asociación General de Estudiantes del Colegio

Universitario y las Asociaciones Generales de los Centros

Regionales tendrán categoría de Bloques de Asociaciones.

Art. 35.-

Los organismos de los Bloques de Asociaciones son en

orden descendiente los siguientes:

1.- Asamblea de Asociaciones de Bloques.

2.- Comité Ejecutivo de Bloque – CEB-.

3.- Dirección Permanente de Bloque – DPB-.

Art. 36.-

a) La Asamblea de Asociaciones del Bloque estará

compuesta por la totalidad de los miembros de las

Directivas de cada una de las Asociaciones de Carreras o

del Interior del País que formen parte de dicho Bloque y

del CEB.

b) El Comité Ejecutivo del Bloque estará compuesto por los

Secretarios Generales de cada una de las Asociaciones

miembros de bloque. En caso de que el Secretario

General este imposibilitado de participar en el CEB la

Asociación de estudiantes designara uno de sus directivos

como representante ante el CEB.

c) La Dirección Permanente del Bloque (CPB) será electa

por la Asamblea de Asociaciones del Bloque y estará

compuesta por:

1.- Secretario General

2.- Secretario de Organización.

3.- Secretario de Propaganda.

4.- Secretario de Asuntos Docentes y Cogobierno.

5.- Secretario de Finanzas.

6.- Secretario de Bienestar Estudiantil.

7.- Secretario de Educación y Cultura.

Las funciones de estos organismos serán las mimas del CEC

circunscriptas al era correspondiente.

PARRAFO: Para ser miembro del CEB y de la CPB es

requisito indispensable ser directivo de una Asociación al

momento de ser electo.

Art. 37.- DE LAS ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES:

Son organismos de base miembros de la FED y estarán

compuestas por los estudiantes de una determinada carrera y por

los estudiantes de las provincias o municipios en que esta dividido

el territorio nacional.

a) La Directiva de las Asociaciones de Carrera estará compuesta

por siete (7) miembros:

1.- Secretario General

2.- Secretario de Organización.

3.- Secretario de Prensa y Propaganda.

4.- Secretario de Finanzas.

5.- Secretario de Bienestar Estudiantil.

6.- Secretario de Actas, y Correspondencia

7.- Secretario de Cultura y Deporte.

b) La Directiva de las Asociaciones del Interior están compuesta

por Nueve (9) miembros:

1.- Secretario General

2.- Secretario de Organización.

3.- Secretario de Prensa y Propaganda.

4.- Secretario de Finanzas.

5.-Secretario de Formación.

6.- Secretario de Bienestar Estudiantil.

7.- Secretario de Actas, y Correspondencia

8.- Secretario de Asuntos Obreros y Campesinos.

7.- Secretario de Cultura y Deporte.

Estas realizan elecciones cada año y desarrollaran sus

funciones de acuerdo a las líneas establecidas en el presente

estatuto, realizando un trabajo especifico en el estudiantado

bajo su jurisdicción.

Art. 38.-

Por encima de la Directiva de la Asociación funcionara la

Asamblea General de Estudiantes de la Carrera,, Provincia o

Municipio que tendrá facultades resolutivas.

DE SUS ELECCIONES:

Art. 39.-

Un mes antes de cumplirse su gestión, la Directiva de la

Asociación formara una Comisión Electoral integrada por los

dirigentes del Bloque y por Tres (3) miembros de la

Asociación, la cual se encargara de preparar y fiscalizar el

certamen.

Durante el Periodo eleccionario la directiva no podrá

programar actividad alguna no contemplada en su programa,

sino que deberá dedicarse a preparar el informe que

obligatoriamente habrá de rendir a los nuevos directivos

electos.

CAPITULO IV

DEL CENTRALISMO DEMOCRATICO Y LA

DISCIPLINA:

Art. 40.-

Para que la FED cumpla con los objetivos que le dan razón

de ser precisa, que sus organismos y sus miembros se acojan a los

supremos intereses del estudiantado progresista y del pueblo. La

FED en consecuencia velara porque sus organismos y miembros

se aferren conscientemente a la disciplina del Sindicato.

La disciplina se considera como expresión de conciencia y

conocimiento pleno de la justeza de los ideales de la FED.

Mantener la disciplina debe ser un principio de todos los

integrantes de la FED.

Art. 41.-

La vida de la FED de desenvolverá conforme al centralismo

democrático, el cual implica, el cual implica subordinación de los

organismos inferiores a los superiores, de la minoría a la mayoría.

Significa en los hechos de la participación democrática de los

estudiantes a través de sus organismos en la toma de las

decisiones fundamentales, al mismo tiempo que el CEC y los

demás organismos de dirección intermedia y de base deberán

garantizar su aplicación. Las decisiones se tomaran por mayoría y

después de adoptadas son obligatorias para todos.

Art. 42.-

Las violaciones a las normas disciplinarias, a este estatuto

orgánico y a los principios de la FED serán sancionados de

acuerdo a su gravedad. En tal sentido se aplicaran las siguientes

sanciones en grado de importancia.

1.- Critica Interna.

2.- Critica Pública.

3.- Perdida de Derecho a voto.

4.- Supresión temporal de derecho a voz y voto.

5.- Supresión temporal de las atribuciones que se ostenten en un

periodo determinado.

6.- Supresión definitiva de las atribuciones que se ostenten en un

periodo determinado.

7.- Supresión temporal de la FED.

8.- Expulsión definitiva de la FED.

Art. 43.-

Las sanciones a los miembros serán tomadas en los

organismos a que pertenezcan y deberán ser ratificadas por el

organismo inmediatamente superior. Ningún organismo

inferior podrá sancionar a un miembro de organismos

superiores.

Art. 44.-

Estos Estatutos y su contenido solo podrán ser

modificados por el Congreso de la FED.

DISPOSICIONES GENERALES:

1.- La FED contara con un órgano informativo y

propagandístico que se denominara EN MARCHA y su salida

será periódica. Al mismo tiempo la FED dispondrá de una

Revista Teórica que contribuya a la elevación del nivel de sus

miembros.

2.- Se realizaran elecciones en las Asociaciones de Estudiantes

de carreras y del Interior en base al criterio de la

proporcionalidad, lo cual estará contemplado en unos

reglamentos anexos a los presentes estatutos.

3.- La FED tendrá una serie de mecanismos especializados

(Asociación de BET, Cuerpo de Orden del Comedor) que

funcionaran bajo la orientación de la FED y participaran en los

diversos mecanismos que se consideren con derecho a voz.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS:

1.- Los presentes estatutos entran en funcionamiento a partir

del momento mismo que se elija el nuevo Comité Ejecutivo

Central de la FED en las elecciones de Abril de 1984. En caso

de no hacerlo en un periodo de tres meses la Dirección

Nacional establecerá las medidas de lugar.

2.- Se declara como tarea importante y de primer orden la

construcción del local de la Federación de Estudiantes

Dominicanos (FED)

3.- Se declara concursos tanto para el himno de la FED, como

para el símbolo.

Resoluciones adoptadas por

VIII CONGRESO DE LA FED “ AMIN ABEL HASBUN”

3 de Marzo de 1984, Ciudad Universitaria, Sto. Dgo., R.D.