estatuto social salta argentina

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2013 ESTATUTO SOCIAL FUNDADA 21 DE MARZO DE 1996 PERSONERÍA JURÍDICA – RESOLUCIÓN Nº 79/00 ASOCIACIÓN AMIGOS DEL ÁRBOL, BOSQUES Y PARQUES NACIONALES Salta - Argentina EXPEDIENTE Nº 54-6140/00 – LEGAJO 225 - CULTURAL Los árboles son vida, recursos y aire puro amigosdelarbolsalta.wordpress.com [email protected] [email protected]

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Estatuto Social en la provincia de Salta Argentina

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  • 2013

    ESTATUTO SOCIAL FUNDADA 21 DE MARZO DE 1996

    PERSONERA JURDICA RESOLUCIN N 79/00

    ASOCIACIN AMIGOS DEL RBOL,

    BOSQUES Y PARQUES NACIONALES

    Salta - Argentina

    EXPEDIENTE N 54-6140/00 LEGAJO 225 - CULTURAL

    Los rboles son vida, recursos y aire puro

    amigosdelarbolsalta.wordpress.com

    [email protected]

    [email protected]

  • Asociacin Amigos del rbol, Bosques y Parques Nacionales Pers. Jur. 79/00 Leg. 225 Cultural y Educativa

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    ESTATUTO SOCIAL

    TITULO I

    DEL NOMBRE, DOMICILIO Y OBJETO DE LA ENTIDAD:

    Art. 1: Con la denominacin Asociacin Amigos del rbol, Bosques y Parques Nacionales

    se constituye el 20 de Febrero del ao 2000 una Asociacin Civil, que fija su domicilio legal en

    la Ciudad de Salta, Pcia. del mismo nombre, Repblica Argentina; y cuyo marco de actuacin

    ser la provincia de Salta y el Noroeste Argentino, a travs de filiales y delegaciones. Entidad

    sin orientacin partidista, ni confesional o religiosa alguna, que adems se abstiene de

    intervenir e identificarse en actuaciones de tal gnero. Que establece su duracin por tiempo

    indeterminado, siempre que haya al menos 10 asociados que deseen continuar con la misma,

    cumpliendo con las disposiciones estatutarias; si ello no ocurriere, entrara en disolucin, y por

    medio de la Comisin Directiva, proceder a la liquidacin de su activo, la cancelacin del

    pasivo, y de haber remanente, se donara el mismo al Hogar de Nios sito en calle Republica

    de Siria 611 de la Ciudad de Salta.

    Art. 2: Sus objetivos son: Educativos y de Investigacin; Ecolgicos - Econmicos Tursticos

    y Urbanos-Preventivos y de Solidaridad Social, con el propsito de contribuir y cooperar al

    Desarrollo Sustentable o Ecodesarrollo.

    I-OBJETIVOS EDUCATIVOS

    a- Crear una conciencia ecolgica y forestal.

    b- Preservar y recuperar los recursos naturales y la diversidad biolgica.

    Para poder cumplir con lo antes dicho:

    1- Brindar asesoramiento a sus asociados en materia de rboles y jardinera.

    2- Gestionar ante los entes gubernamentales pertinentes, la implementacin de la asignatura

    Ecologa y Forestacin en la currcula de los niveles educativos Inicial, E.G.B. y Polimodal.

    3- Crear el Instituto Regional de Tecnologa de la Madera (IRTMa) para ser incorporado al

    sistema educativo de enseanza oficial (Nivel Polimodal y terciario).

    4-Realizar campaas educativas (por va grafica-radial y televisiva) destinadas a sensibilizar

    y concientizar a la poblacin, en la conservacin el mejoramiento ambiental y el

    aprovechamiento sustentable de los Recursos Naturales, poniendo especial nfasis en los

    nios, dado que los logros son a largo plazo.

    5-Realizar campaas de forestacin Escolar, Vecinal y Comunitaria e impulsar la Campaa

    de Educacin permanente bajo el lema Fruta comida semilla sembrada.

    6-Promover la creacin de Viveros Forestales Escolares, Reservas Ecolgicas Zonales y una

    Red de Centros de Reciclaje.

    7-Pondr en marcha la Biblioteca Ecolgica Planetaria especializada en temas ecolgicos y

    forestales: de la cual depender los eco-bus (bibliotecas mviles) con material pedaggico e

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    informtico y vinculado con internet para organizar cursos mviles, talleres y seminarios, en

    mbitos perifricos y recnditos de la provincia.

    8-Publicara por s o con otras entidades un Mensuario de Educacin Ecolgica y Forestal, y la

    Gua Mundial de Entidades Ambientalistas, Ecolgicas y Forestales. Adems de posters

    coleccin de Parques Nacionales, Reservas y Monumentos Naturales Argentinos, editara

    libros, revistas y figuritas, con la temtica ecolgica y forestal, videos y diapositivas; y

    organizar en forma anual (mes de Marzo) la Semana Forestal y del Bosque.

    9-Ofrecer cursos de capacitacin destinados a Productores Tcnicos, Docentes, Dirigentes

    Vecinales, Decisores polticos y desocupados, a los fines de crear fuentes de trabajo en el

    rea forestal, y prepararlos para el manejo ptimo de los bosques naturales y planes forestales

    de carcter municipal, destinados al desarrollo sustentable.

    10-Con carcter de extensin organizar: conferencias, charlas debates, exposiciones y

    proyeccin de videos sobre la temtica forestal y ambiental. Cursos, talleres y seminarios:

    encuentros, congresos y simposios vinculados con la Ecologa y la actividad forestal;

    prevencin de incendios y catstrofes ambientales, como de supervivencia en selvas, bosques

    y desiertos, pantanos y alta montaa.

    II- OBJETIVOS DESTINADOS A LA INVESTIGACIN

    1-Conformar un equipo interdisciplinario de Investigacin y Desarrollo Foresto-Industrial con

    profesionales de las ramas de: Ingeniera Agronmica, Ingeniera Forestal, Ingeniera en

    Industrias forestales, Ingeniera Gentica, Bilogos, Gelogos, Ingenieros en Alimentos y

    Licenciados en Nutricin, Ingenieros Industriales y de la Construccin, Arquitectos, Paisajistas,

    Antroplogos sociales, Economistas y Estadgrafos.

    2-Afianzar la integracin con entidades dedicadas a la investigacin y el desarrollo Foresto-

    Industrial, mediante acuerdos, cartas de intencin y convenios de colaboracin reciproca con:

    la Facultad de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Salta y la Facultad de

    Ingeniera en Industrias Forestales de la Universidad Nacional de Santiago del Estero, la

    Asociacin Forestal Argentina, el Instituto Nacional de Tecnologa Agropecuaria (INTA), el

    Instituto Nacional de la Semilla (INASE), el Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal

    (IASCAV), Centros de Investigacin de Tecnologa de la Madera y Afines (CITEMA), de

    Investigacin de la celulosa y el Papel (CICELPA), de Investigacin Tecnolgica de Envases

    y Embalajes (CITENEM), dependientes del Instituto Nacional de Tecnologa Industrial (INTI),

    el Instituto Argentino de Zonas ridas (IADIZA) y el Centro Experimental de la Vivienda,

    dependientes del CONICET (Consejo Nacional de Investigaciones Cientficas y Tcnicas). El

    Centro de Investigaciones y Experiencias Forestales (CIEF), Universidades Tecnolgicas

    Nacionales, Asociacin de Tcnicos de la Industria Papelera y Celulsica de la Repblica

    Argentina, Consorcios Forestales del Nordeste Argentino (Misiones y Corrientes),

    Fundaciones para el Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, la Delegacin Regional NOA

    de Parques Nacionales, la Secretara de Recursos Naturales de la Provincia de Salta y la

    Secretara de Accin Social, Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nacin Argentina.

  • Asociacin Amigos del rbol, Bosques y Parques Nacionales Pers. Jur. 79/00 Leg. 225 Cultural y Educativa

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    3-Celebrar convenios con instituciones y organismos externos de Cooperacin tcnica y

    financiera: Organizacin de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacin (FAO), para

    el Programa de Accin Forestal en los Trpicos (PAFT), Institutos de Investigacin Papelera y

    de la Madera de los Pases Blticos Escandinavos, del Continente y el Mundo, a travs de sus

    respectivas embajadas, Agencias y empresas del rubro Foresto-Industrial.

    III-OBJETIVOS ECOLOGCOS

    1-Mejorar la situacin ambiental y del ecosistema regional.

    2-Realizar planes de recuperacin de suelos afectados y abandonados por la mala prctica

    agrcola, desmontes excesivo en zonas de alto riesgo y sobrepastoreo animal.

    3-Propiciar la implantacin de bosques en zonas degradadas y en torno a cuencas hdricas,

    para proteccin y mejoramiento de la calidad de agua (ros, arroyos, diques, represas,

    embalses, lagos).

    4-Contribuir a transformar espacios desrticos (Puna y Chaco Salteo) en vergeles arbreos,

    con especies forestales autctonas, medicinales, aromticas y ornamentales, mediante

    campaas anuales de suscripcin de capital verde (rboles y pasturas) destinados a dichos

    espacios.

    5-Bregar por la reduccin de actividades contaminantes, la aplicacin de mtodos de

    agricultura orgnica, ahorro y desarrollo de fuentes de energa alternativas, uso de medios de

    transporte no contaminantes y prcticas de reciclado (papel, plstico, residuos orgnicos,

    vidrios, metales, etc.)

    IV-OBJETIVOS ECONOMICOS

    1-Impulsar un modelo de crecimiento basado en el desarrollo sustentable o sostenible

    (Ecodesarrollo). Es decir, el desarrollo donde es posible crecer en produccin, aplicando

    tecnologas apropiadas y asegurando la vida y la preservacin de la naturaleza para las

    generaciones futuras.

    2-Coproducir con instituciones educativas: abono orgnico (a partir de residuos de t, caf y

    yerba) moreras y gusanos de seda, arces para azcar, etc. y organizar una red de Granjas

    Ecolgicas Educativas, dedicadas a cultivos orgnicos e hidropnicos.

    3-Apoyar Micro emprendimientos y Cooperativas de Trabajo Foresto-Industrial y de Servicios

    Tursticos, vinculados con la economa del bosque, la Silvicultura, proteccin de bosques y

    promocin de Parques Nacionales, a nivel internacional y dentro de la Repblica Argentina.

    4-Crear el Banco de Semillas Forestales o de Germoplasma (con especies autctonas y

    algenas).

    5-Propiciar la forestacin intensiva y las industrias derivadas, para la generacin de puestos

    de trabajo y riqueza social.

    6-Crear una Bolsa de Trabajo en base a la profesin de los asociados, dndoles prioridad en

    caso de requerir tales prestaciones por parte de los miembros de la entidad.

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    7-Realizar estudios de Impacto Ambiental en todo emprendimiento productivo para s o para

    terceros, en carcter de consultora nacional e internacional sobre el tema.

    V-OBJETIVOS TURISTICOS Y URBANOS

    1-Organizar excursiones a la naturaleza (bosques, parques, etc.) mediante campamentismo

    escolar, Investigacin forestal y recoleccin de semillas de especies forestales autctonas.

    2-Organizar Centros Campestres de la Asociacin, mediante una red de cabaas establecidas

    en el circuito turstico forestal de la Provincia y el NOA; a la vez de realizar picnics y eventos

    eco deportivos que incluyen actividades de ciclo turismo en tandems, cabalgatas, parapentes,

    aerostatos, zafars fotogrficos, travesas de baja, media y alta montaa, visitas a ruinas y

    pinturas rupestres.

    3-Mejorar el paisaje donde as corresponda, con participacin de arquitectos, paisajistas, las

    instituciones educativas, vecinales y municipales.

    4-Fomentar la gestin forestal y conservacin de las bellezas naturales, con el fin de potenciar

    la actividad turstica regional.

    5-Apoyar y propiciar el diseo de villas y ciudades ecolgicas, o urbes a escala humana

    (planificacin urbana ambientalmente sostenible) y establecer colonias o aldeas

    agroforestales.

    VI-OBJETIVOS DE PREVENCIN Y SOLIDARIDAD SOCIAL

    1-Colaborar con la proteccin del arbolado pblico, los espacios verdes y la defensa del medio

    ambiente.

    2-Prevenir incendios forestales mediante campaas educativas y de accin conjunta con otras

    ONGs (Organizaciones No Gubernamentales) y organismos especficos de Defensa Civil,

    Medio Ambiente y Recursos Naturales del Municipio y la Provincia; a la vez que propiciar la

    creacin de un Cuerpo de Bomberos del Bosque y la Brigada de Apoyo Logstico Contra

    Incendios Forestales.

    3-Organizar un Banco de Sangre en base a los integrantes de la asociacin, con el propsito

    de socorrer a cualquiera de sus miembros y familia respectiva, en caso de accidentes y

    siniestros por incendios.

    Art. 3: La insignia o logotipo institucional, consiste en un rbol de follaje verde alrededor del

    cual un grupo de nios juegan a la ronda tomados de la mano, como se ve a continuacin:

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    Art. 4: El proyecto forestal de la Asociacin Amigos del rbol, Bosques y Parques Nacionales

    comprende siete mdulos, integrados de la siguiente manera:

    Modulo I: Educacin

    Mdulo II: Produccin (Banco de semillas y vivero de plantas forestales)

    Mdulo III: Forestacin

    Mdulo IV: Asistencia Tcnica, Organizacin y Seguridad Industrial

    Mdulo V: Industrias Forestales

    Mdulo VI: Centro de Investigacin y desarrollo forestal, pastero y papelero.

    Mdulo VII: Economa, Legislacin y Poltica Forestal

    I-EDUCACIN: A travs de este mdulo se busca principalmente:

    Tener una comprensin del ecosistema local y regional.

    Identificar los problemas ambientales de la localidad y la regin.

    Conocer los recursos forestales disponibles, su conservacin y el correcto manejo de

    los mismos.

    Desarrollar una conciencia ecolgica, forestal y de salud ambiental.

    Promover la participacin y el protagonismo de las instituciones educativas,

    productivas y de la vida comunitaria, en el proceso de desarrollo sustentable.

    Llevar a cabo, programas de capacitacin de recursos humanos, con destino a

    proyectos forestales e industriales derivados.

    II-PRODUCCIN: Mediante este mdulo, el objetivo est puesto en:

    Organizar la red de viveros forestales escolares y municipales.

    Proveer las semillas forestales a travs del Banco de Germoplasma.

    Proveer de especies adecuadas y que mejor se adapten, a las caractersticas de cada

    localidad (resistencia al fro, vientos, altura, tipo de suelo, etc.).

    III- FORESTACIN: Este mdulo abarca las siguientes actividades:

    Identificar los recursos forestales locales y de la regin.

    Recuperar las especies autctonas o parque nativo y mejorar las especies existentes.

    Detener la erosin en las laderas de los cerros y montaas (evitando derrumbes y

    desastres naturales en poca de lluvias).

    Asegurar cursos de arroyos y ros, implantando especies adecuadas en las riberas que

    eviten desbordes e inundaciones y una mejor administracin de los recursos hdricos.

    Creacin de Parques Forestales y Bosques Comunales con el propsito de regular el

    clima por el calor excesivo, los suelos empobrecidos y las zonas castigadas por los

    vientos.

    Contribuir a replantear el paisaje en zonas montaosas, desrticas e improductivas.

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    Generar bosques y pastizales, destinados a la produccin Silvo-pastoril, Agro

    silvicultura e Industria Forestal; y realizar la fertilizacin de suelos forestales.

    Mejorar el mapa econmico y social de la provincia y la regin.

    IV- ASISTENCIA TCNICA, ORGANIZACIN Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

    A travs de este mdulo se busca:

    Seleccionar las especies ms adecuadas para el ecosistema, el uso racional del agua,

    del suelo y la produccin.

    Generar proyectos alternativos en materia agroforestal y de asesoramiento en la

    materia.

    Brindar asistencia tcnica a micro emprendimientos y cooperativas de trabajo forestal,

    foresto industriales y de servicios conexos.

    Organizar la seccin forestal y aserradero didctico de las granjas ecolgicas

    educativas y su articulacin con el Instituto Regional de Tecnologa de la Madera, como

    de las pasantas, en las unidades productivas y de trabajo asociado.

    Prevenir a travs de un sistema de seguros mutuos, riesgos de incendios y accidentes

    laborales, derivados de la actividad foresto industrial en su conjunto.

    V- INDUSTRIAS FORESTALES: Mdulo destinado a las actividades de transformacin

    secundaria, vinculadas con el sector forestal, que utilizan como materia prima, los troncos o

    rollizos provenientes del bosque cultivado y el bosque nativo.

    Los rubros comprendidos en la foresto industria son:

    Taninos

    Durmientes, postes, estacas, varas, trabas, lea y carbn.

    Resinas, colofonia y trementina.

    Madera aserrada.

    Laminados y faqueado.

    Tableros compensados.

    Parquet.

    Envases y embalajes.

    Muebles, ebanistera, utensilios y herramientas.

    Industria de la construccin, viviendas de materia y embarcaciones.

    Instrumentos musicales.

    Celulosa, papel, cartn.

    Fuentes energticas alternativas (en reemplazo de hidrocarburos)

    Azcar de arce, alimentos y repostera.

    Frmacos, perfumera y cosmticos.

    Caucho (Calzado, botes y neumticos).

    Industria de la seda, el vestido y la aeronutica.

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    VII- CENTRO DE INVESTIGACIN Y DESARROLLO FORESTAL, PASTERO Y PAPELERO:

    1- mbito experimental y de ensayo con plantines de especies exticas, para probar su

    adaptacin al medio (por su resistencia u otras cualidades como rpido crecimiento,

    buen rendimiento, etc.) y de variedades con destino a zonas ridas y semiridas.

    2- Dentro de este Centro, un Departamento est destinado a la investigacin de la

    industria de productos y subproductos derivados de la celulosa; dentro del Complejo

    Industrial Celulsico Papelero, correspondiente al Parque Industrial y Tecnolgico

    Forestal, especializndose a su vez, en el reciclado de papel, cartn y cartulina.

    3- Otra dependencia del Centro de Investigacin, ser el Banco de Germoplasma (o de

    semillas forestales del pas y del mundo) para proveer a la produccin forestal de las

    ms variadas especies, adaptadas al ecosistema local y regional

    VIII- ECONOMA, LEGISLACIN Y POLITICA FORESTAL

    1. En cuanto a Economa Foresto-industrial lo relativo a: Sistema de trabajo asociado y

    de la economa laboral, insumos, abastecimientos y costos de produccin,

    administracin y control de la produccin, gestin y calidad, sistemas de transporte y

    servicios conexos, consorcios forestales de importacin-exportacin, estadsticas y

    planificacin de la produccin, economa internacional.

    2. En materia de Legislacin, lo atinente a rgimen de cooperativas de trabajo asociado

    y mutualidad laboral, legislacin forestal, legislacin impositiva, rgimen previsional y

    de seguridad social, marco regulatorio y normativa internacional.

    3. En lo relativo a Poltica foresto-industrial:

    a- En el sector interno: Poltica Ambiental y crecimiento sustentable. Promocin

    Forestal y Foresto-industrial. Banco de Datos y estrategia sectorial, fondos de

    inversin forestal, rgimen de crditos e incentivos. Sistema educativo vinculado al

    sector. Plan de desarrollo forestal e industria maderera. Investigacin foresto-

    industrial e innovacin tecnolgica.

    b- En el sector externo: Cooperacin tcnica y financiera internacional. Insercin

    Argentina como principal abastecedor mundial, y tendencias internacionales del

    sector forestal.

    Art. 5: La entidad difundir mediante actividades, festejos y recordaciones, el siguiente

    CALENDARIO ECOLOGICO FEDERAL:

    Mes Da Actividad-Recordacin-Festejo

    Enero 1 Jornada Mundial de la Paz

    10 Da Mundial de las Aves

    23 Da Mundial de la Libertad

    Febrero 6 Da Nacional del Guardabosques y del Viverista Forestal

    Marzo 21

    Da Mundial de la Forestacin y los bosques. Da del nacimiento de la

    Asociacin Amigos del rbol, Bosques y Parques Nacionales.

    22 Da de la Antrtida Argentina

    23 Da Mundial del Agua y de la lucha contra su derroche

    Abril 7 Da Mundial de la Salud

    14 Da de las Montaas Limpias

  • Asociacin Amigos del rbol, Bosques y Parques Nacionales Pers. Jur. 79/00 Leg. 225 Cultural y Educativa

    8

    18 Da del Investigador Cientfico

    19 Da del Aborigen y de los rboles nativos

    22 Da del Planeta Tierra

    26 Da Mundial contra el Armamentismo y los Basureros Nucleares

    29 Da del Animal y de la Fauna Mundial

    Mayo 7 Da Nacional de la Minera y los Recursos No Renovables

    10 Da Provincial del Licenciado e Ingeniero en Recursos Naturales

    23 Da Universal de la Meteorologa y el Clima

    31 Da Mundial sin tabaco

    Junio 5 Da Mundial del Medio Ambiente

    17 Da Mundial de la Lucha contra la Desertificacin

    21 Da Internacional de los Bosques Tropicales

    23 Da Internacional del Tratado Antrtico

    27 Da del Bilogo

    Julio 1Sabado Da Mundial del Cooperativismo

    7 Da Mundial de la Conservacin del Suelo

    13 Da de las Fuentes Energticas

    22 Da Mundial contra la Minera a Cielo Abierto

    Agosto 1 Da de la Higiene Urbana (Campaa por una ciudad Limpia)

    6 Da del Ing. Agrnomo, el Ing. Forestal y del Mdico Veterinario. Da

    Nacional de la Educacin Agropecuaria o Agro tcnica

    14 Da de la Biodiversidad y Conservacin de los Recursos Naturales

    26 Da de la Solidaridad

    29 Da del rbol y los Espacios Verdes. Da de la Creacin de la Biblioteca

    Ecolgica Planetaria

    Setiembre 7

    Da de la Industria y los Transportes No Contaminantes. Da Mundial y

    campaa contra el juguete blico

    8 Da Nacional de la Agricultura, la Agroecologa, Granjas y Colonias

    Agrcolas

    10 Da del Bombero y de la Lucha contra los Incendios Forestales

    11 Da de los Jardines Botnicos y de los Jardineritos forestadores

    16 Da Mundial de la Defensa de la capa de Ozono

    19 Da Internacional de la Paz

    21 Da de la Primavera

    22 Da Mundial de La Ciudad sin auto

    27 Da Internacional del Turismo, de los Excursionistas y del

    Campamentismo Escolar

    Octubre 1 Da del Mar

    5 Da Mundial del Aire Puro. Da del Ave

    1Sabado Da Internacional del Mutualismo

    8 Da del Patrimonio Cultural y los Recursos Naturales

    9 Da del Guardaparque Nacional

    13 Da Internacional de la Reduccin de Desastres Naturales

    18

    Da Mundial de la alimentacin y la Lucha contra el Hambre. Da de la

    Proteccin de la Naturaleza

    Noviembre 6 Da de los Parques Nacionales

    8 Da del Urbanismo, el Hbitat y la Vivienda Digna

  • Asociacin Amigos del rbol, Bosques y Parques Nacionales Pers. Jur. 79/00 Leg. 225 Cultural y Educativa

    9

    22 Da de la Flor Nacional (Ceibo)

    Diciembre 1 Da de la Poblacin Mundial y de la Planificacin Familiar

    3 Da Mundial de la Lucha contra la Contaminacin Martima. Da del No

    uso de Plaguicidas

    5 Da del Voluntariado

    10 Da Internacional del Movimiento Ecologista, Ambientalista y Forestal

    21 Da Internacional del Desarrollo Sustentable y las Tecnologas Apropiadas

    TTULO II

    DE LA CAPACIDAD Y PATRIMONIO SOCIAL

    Art. 6: El patrimonio social de la entidad se compone de; las cuotas de sus asociados; los

    bienes que est adquiera; donaciones, legado, subvenciones; ingresos derivados de

    actividades sociales; alquileres, concesiones y servicios brindados por la entidad; y todo otro

    ingreso licito no especificado en este artculo y que no contradiga sus objetivos.

    Art. 7: La asociacin est capacitada para adquirir bienes muebles e inmuebles, contraer

    obligaciones y realizar operaciones con instituciones bancarias nacionales, provinciales y del

    exterior. La Comisin Directiva, para ceder, enajenar, e hipotecar bienes races y vender o

    gravar bienes muebles registrables, deber contar con la autorizacin especial de una

    Asamblea Extraordinaria.

    TITULO III

    DE LOS ASOCIADOS, CONDICIONES DE ADMISIN Y EXPULSIN. OBLIGACIONES Y

    DERECHOS

    Art. 8: El nmero de asociados es ilimitado. Podrn ser admitidos como tales, toda persona

    que acuerde con los principios y finalidades de la asociacin, goce de buen concepto moral y

    se obligue a respetar sus estatutos y reglamentos.

    Habr asociados Activos, Protectores, Cadetes, Transentes, Honorarios y Vitalicios.

    Art. 9: Para ser Asociado Activo se requiere ser mayor de 18 aos y como condicin de

    ingreso:

    a- Presentar solicitud por escrito, cumplimentando o llenando ficha de inscripcin con

    todos los datos requeridos por la Comisin Directiva.

    b- Ser presentado por un/a Asociado/a Activo/a Protector Honorario o Vitalicio, con

    antigedad no menor al ao y abonar la cuota de ingreso. La Comisin Directiva,

    resolver la aceptacin o rechazo por votacin; requiriendo para ser aceptado, la

    votacin favorable de la parte (o 75%) de sus miembros. En caso de ser rechazado/a,

    podr presentarse de nuevo, pasado un ao. Los integrantes de la Comisin Directiva,

    no estn obligados a dar explicaciones por la admisin o rechazo de los aspirantes a

    ingresar.

  • Asociacin Amigos del rbol, Bosques y Parques Nacionales Pers. Jur. 79/00 Leg. 225 Cultural y Educativa

    10

    Art. 10: Asociados Protectores sern aquellos que abonen el doble de la cuota social fijada

    para los Activos, y tienen iguales derechos y obligaciones, e idnticas condiciones para

    ingresar a la entidad.

    Art. 11: Asociados Cadetes sern aquellos menores de edad, comprendidos entre los 6 y

    18 aos, autorizados por sus padres, tutor o guardador. No podrn votar en las Asambleas, ni

    ser elegidos para cubrir cargos. Al cumplir los 18 aos, automticamente se convierten en

    Asociados Activos.

    Art. 12: Asociados Transentes: tienen esta condicin las personas del interior o exterior

    del pas, que residen temporariamente en nuestra Ciudad, y se incorporen a la entidad en tanto

    dure su residencia en sta. Participan con voz pero sin voto, en las decisiones que se tomen

    en asambleas.

    Art. 13: Asociados Honorarios; es una distincin acordada por la Asamblea General

    Ordinaria, en base a propuesta hecha por la Comisin Directiva; o del 20 % de los socios en

    favor de personas que pertenecen o no a la entidad y le han prestado importantes servicios; o

    en atencin a sus destacadas condiciones personales. Participa de las Asambleas con voz

    pero sin voto y est eximido de pagar la cuota mensual.

    Art. 14: Asociados Vitalicios: aquellos asociados "Activos que durante treinta aos

    ininterrumpidos hayan abonado sus cuotas, la Comisin Directiva podr acordarles la

    condicin de asociados Vitalicios. Tendrn este derecho quienes renan este requisito y la

    soliciten por escrito. En tal caso dejar de abonar la cuota social, y mantendr sus plenos

    derechos sociales.

    Art. 15: Los asociados cesarn en su carcter de tales por: fallecimiento, renuncia, exclusin

    o expulsin. Son causas para la expulsin:

    a- Faltar al cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Estatuto o Reglamento

    b- Observar una conducta inmoral.

    c- Haber cometido actos graves de deshonestidad o deslealtad con la Asociacin, para

    obtener un beneficio a costa de ella.

    d- Hacer voluntariamente dao a la entidad, provocar desrdenes en su seno, o tener una

    conducta notoriamente perjudicial a los intereses sociales

    e- Haber perdido las condiciones requeridas en este Estatuto para ser asociado/a.

    f- Haber sido suspendido/a tres (3) veces.

    Las exclusiones o expulsiones, sern decisiones de la Comisin Directiva; y cuya resolucin,

    podr ser apelada ante la primera Asamblea que se realice. La resolucin de dicha Asamblea,

    es inapelable.

    Art. 16: Son obligaciones de los asociados:

    a- Conocer, aceptar, respetar y cumplir los Estatutos, Reglamentos internos y

    Resoluciones de las Asambleas, como de la Comisin Directiva,

    b- No incurrir en la imposicin dogmtica de principios doctrinarios (partidistas o

    confesionales) de ninguna ndole,

  • Asociacin Amigos del rbol, Bosques y Parques Nacionales Pers. Jur. 79/00 Leg. 225 Cultural y Educativa

    11

    c- Abonar puntualmente la cuota de ingreso, cuota mensual y dems contribuciones, que

    fije la Asamblea El atraso en el pago de tres mensualidades, ser notificado para

    normalizar tal situacin. Y pasados los 10 das de notificado, sin regularizar la deuda,

    podr ser separado de la institucin,

    d- Aceptar el cargo para el que fue elegido/a, salvo causa legtima que no se lo permita.

    e- Concurrir a todos los actos y actividades posibles, que lleve a cabo la entidad,

    f- Comunicar sus cambios de domicilio, dentro del mes de producido,

    g- Resarcir los daos y prdidas, que ocasione en dependencias de la Asociacin,

    h- Colaborar en todo lo atinente al desarrollo de la entidad, elaborando propuestas,

    contrapropuestas y rectificaciones de las ajenas,

    i- Informar por escrito a la Comisin Directiva, de cualquier queja o irregularidad de

    comportamientos, o actitudes de asociados que pudieran lesionar el prestigio de la

    entidad.

    Art. 17: Son derechos de los asociados activos, protectores y vitalicios, a partir de su admisin

    como tales:

    a- Proponer a la Comisin Directiva, las ideas y proyectos que consideren de inters para

    la entidad.

    b- Tener voz y voto en las decisiones que se tomen en Asambleas,

    c- Pedir la inclusin en el Orden del Da de las Asambleas Ordinarias de los puntos

    que considere necesarios, hacindolo con una anticipacin de quince (15) das a la

    fecha de cierre del Ejercicio Econmico o Balance Social Anual,

    d- Solicitar por escrito, convocatoria a Asamblea Extraordinaria haciendo mencin

    expresa del motivo de la solicitud y acompaada con no menos del 20 % de las firmas

    de asociados activos, protectores y vitalicios,

    e- Recibir al incorporarse a la entidad, la denominada Carpeta de Informacin Bsica

    conteniendo las siguientes fotocopias:

    Del Directorio o Direccionario de Asociados de la entidad.

    De los Estatutos y Reglamentos de la Institucin.

    Y en caso que la entidad est Federada con otras similares, fotocopia del Estatuto

    Federativo.

    f- Solicitar su respectivo Carnet o Credencial de Asociado/a de la entidad,

    g- Postularse y formar parte de los rganos directivos de la institucin.

    Art. 18: Otros Derechos que ejercern los asociados en base a las Reglamentaciones

    internas son:

    a. Hacer uso de las instalaciones de la entidad, y tomar parte de los actos que en la misma se

    realicen.

    b. Llevar visitantes a los locales y dependencias de la institucin.

    c. Hacer uso del Derecho de Retiro, presentando su renuncia sin dar explicaciones de las

    causas que la motivan.

    Art. 19: La Cuota de Ingreso y la Cuota Social, sern fijadas por la Asamblea de Asociados.

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    12

    Art. 20: Los asociados que no cumplan con lo dispuesto en este Estatuto, hagan daos

    voluntariamente a la institucin, o con cuya conducta perjudiquen a la misma, sern penados

    por la Comisin Directiva con:

    Amonestacin: si se trata de una falta leve cometida por primera vez.

    Expulsin: para los casos establecidos en el Art 15, inciso d.

    Art. 21: Quedan prohibidos los juegos de azar y toda clase de apuestas, en dependencias de

    la Asociacin.

    Art. 22: Aquel asociado que se ausentare de la Provincia por un lapso mayor de seis (6)

    meses, quedar eximido de abonar las cuotas sociales durante el tiempo que dure su

    ausencia. En tal caso, deber presentar un escrito comunicando la situacin, y depositar en

    secretara, su Carnet o Credencial.

    Art. 23: A su regreso, deber comunicar por escrito a la Comisin Directiva su retomo; e

    idntica presentacin har en caso de que su ausencia se haya interrumpido sin alcanzar los

    seis meses, para poder quedar eximido del pago al que alude el artculo 22. Omitir esta

    comunicacin de ausencia, o constatar que la ausencia invocada no es tal, faculta a la

    Comisin Directiva, para aplicar las sanciones previstas por este Estatuto.

    Art. 24: El asociado que deseare renunciar a la institucin, debe hacerlo por escrito,

    abonando previamente la deuda que tuviera. Sin estos requisitos, la renuncia se tendr por no

    presentada.

    Ttulo IV

    ORGANO ADMINISTRATIVO Y ORGANO DE FISCALIZACIN O CONTROL. MODO DE

    ELECCIN DE SUS MIEMBROS. ATRIBUTOS Y DEBERES

    Art. 25: La Direccin y la Administracin de la entidad, estar a cargo de una Comisin

    Directiva (CD) de nueve miembros titulares, ms tres suplentes, elegidos en Asamblea

    General Ordinaria.

    Los cargos titulares de la Comisin Directiva (CD) son: la Presidencia Colectiva o Colegiada

    denominada Triunvirato Ejecutivo, integrado por Co-Presidente 1, Co-Presidente 2 y Co-

    Presidente 3, ms el Secretario y Prosecretario, Tesorero, Protesorero y tres Vocales Titulares,

    total: diez miembros.

    Art. 26: El Triunvirato Ejecutivo (Presidencia Colectiva) estar integrado por:

    a. La Asociada que en representacin del sector femenino sea elegida por sus pares, o

    mujeres presentes en dicha Asamblea, para el cargo de Co-Presidente 3.

    b. Y los dos miembros restantes (sin distincin de sexo) electos por la mayora de votos de

    todos los presentes en idntica Asamblea, para los cargos de Co-Presidente 1 y 2.

    Art. 27: Los miembros del Triunvirato Ejecutivo, Co-Presidentes 1, 2 y 3, rotarn anualmente

    en los nmeros indicados (cada 21 de Marzo) y hasta cumplir el periodo de tres aos, que dura

    su mandato. Los restantes miembros titulares de la Comisin Directiva: Secretario/a,

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    Prosecretario/a, Tesorero/a, Protesorero/a y los tres Vocales Titulares, ocuparn tales cargos,

    por idntico perodo.

    Art. 28: La gestin de la Comisin Directiva, se llevar adelante apoyada por:

    a. Un Comit Operativo integrado por un Cuerpo de Delegados Tcnico-profesionales,

    provenientes de los Departamentos Especializados, que se organicen dentro de cada uno de

    los siete mdulos en que se articula el Proyecto de Desarrollo Foresto-Industrial de la entidad,

    citados en el artculo 4.

    b. Y un Comit Asesor Cientfico-Tecnolgico integrado por docentes universitarios e

    Investigadores de la Universidad Nacional de Salta (UNSa), de la Universidad Nacional de

    Santiago del Estero (UNSE), de la Universidad Tecnolgica Nacional (UTN) Regional

    Noroeste, y del Instituto Regional de Tecnologa de la Madera (IRTMa), pertenecientes a las

    Ctedras de: Edafologa, Silvicultura, Manejo de reas Marginales y otras ctedras, que sirvan

    a la articulacin transversal de todas las ramas de Ingeniera y Licenciaturas, vinculadas con

    el proceso de Desarrollo Foresto-Industrial.

    Art. 29: La Comisin Directiva, crear todas las Subcomisiones necesarias, destinadas a

    (organizar las actividades o secciones, que la entidad requiera para su mejor

    Desenvolvimiento. Entre ellas, las siguientes:

    a- Subcomisin de Diseo Cunicular e Intercambio Cultural.

    b- Subcomisin de Biblioteca, Conferencias, Ferias y Exposiciones.

    c- Subcomisin de Inventarios y Mapas forestales, Viveros y Parques Nacionales.

    d- Subcomisin de Servicios Forestales, Produccin e Integracin Econmica.

    e- Subcomisin de Encuestas, Estadsticas y Banco de Datos.

    f- Subcomisin de Prensa y Propaganda, Informes y Publicaciones.

    g- Subcomisin de Emergencias Forestales y Socorro Comunitario.

    h- Subcomisin de Turismo, Deportes y Campamentismo Cientfico.

    i- Subcomisin de Recepcin, Festejos, Homenajes y Concursos.

    Art. 30: La fiscalizacin o control interno del rgano administrativo, estar a cargo de una

    Comisin Revisora de Cuentas (C.R.C), integrada por tres miembros elegidos en Asamblea

    General Ordinaria, con los siguientes cargos: un Sndico Titular y un Sndico Suplente.

    Art. 31: Las personas designadas para ocupar todos los cargos citados (Comisin Directiva

    y Comisin Revisora de Cuentas) no percibirn por este concepto, sueldo o ventaja alguna.

    El mandato de los mismos durar tres (3) aos. Podrn ser reelegidos, y son revocables o

    destituibles en todo momento, por parte de la Asamblea General de Asociados.

    De acuerdo a lo dicho en los Artculos precedentes, tenemos el siguiente Organigrama Estructural:

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    Art. 32: Los miembros titulares y suplentes de la Comisin Directiva y de la Comisin

    Revisora de Cuentas sern elegidos por voto secreto, y lista completa por pluralidad de

    sufragios (o mayora de votos). Cuando se haya presentado una sola lista de candidatos, el

    rgano de fiscalizacin (Comisin Revisora de Cuentas) ser elegido en la forma prevista

    anteriormente, pero cuando se hubieren presentado dos o ms listas, y una de ellas resultare

    ganadora, el rgano de Fiscalizacin, quedar constituido por los candidatos consignados

    para dichos cargos, en la lista que resultare con mayor nmero de votos, despus de la lista

    ganadora.

    De acuerdo al artculo 25-30 y el presente artculo 32, tenemos el siguiente grfico u

    Organigrama funcional representativo de cmo est formada la Comisin Directiva"(C.D) y

    la Comisin Revisora de Cuentas (C.R.C.).

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    Art. 33: En caso de renuncia, fallecimiento, ausencia o cualquier impedimento que cause

    acefala permanente de un titular dentro del Triunvirato Ejecutivo (Presidencia colectiva o

    colegiada) de la Secretara y de la Tesorera, ocuparn dichas vacantes los integrantes de

    las Vocalas, lo harn hasta el final del mandato y de la siguiente manera:

    El Vocal titular Primero, ocupar el cargo vacante del Triunvirato Ejecutivo.

    El Vocal Titular Segundo, el cargo vacante de Secretara.

    El Vocal Titular Tercero, el cargo de Tesorera.

    Art. 34: En tanto que en la Comisin Revisora de Cuentas (C.R.C.) reemplazar al Sndico

    Titular, el Sndico Suplente.

    Art. 35: La Comisin Directiva se reunir para sesionar:

    a- Una vez cada quince das; o sea, dos veces al mes.

    b- Cuando lo solicite por escrito cualquiera de sus miembros y

    c- Por citacin de la Comisin Revisora de Cuentas (rgano de fiscalizacin) debiendo en

    este caso, hacerse la reunin dentro de los siete das de hecha la solicitud.

    Art. 36: La citacin de la Comisin Directiva, se har firmando un Cuaderno o Libro de

    Citaciones a Reunin, que llevar la Comisin Directiva, a efectos de notificar a cada uno de

    sus miembros.

    Art. 37: La Comisin Directiva tendr Qurum para sesionar, estando presente la mitad ms

    uno de sus miembros (es decir, seis integrantes). Las resoluciones se tomaran por mayora

    simple de votos de los miembros presentes. En tanto que para las Reconsideraciones se

    requiere el voto favorable de 2/3 del total de sus miembros (es decir, que si son diez titulares

    dicha comisin requerirn siete votos).

    Art. 38: La Comisin Directiva, tiene las siguientes atribuciones y deberes:

    a- Dirigir la Administracin de la Asociacin.

    b- Resolver las solicitudes de ingresos de asociados/as.

    c- Confeccionar los Reglamentos Internos para el funcionamiento de la entidad, que debern

    ser aprobados por la Asamblea; y presentados a la Inspeccin General de Personas Jurdicas,

    para su aprobacin y entrada en vigencia.

    d- Convocar a Asambleas Ordinarias, estableciendo en el Orden del Da los puntos a tratar.

    e- Presentar a la Asamblea General Ordinaria para su consideracin: la Memoria Anual,

    Inventario y Balance General, Estado de Resultados e Informe de la Comisin Revisora de

    Cuentas (rgano de fiscalizacin).

    f- Designar Delegados y Representantes de la entidad.

    g- Nombrar Comisiones Permanentes, Auxiliares y Transitorias, para que cooperen con los

    miembros de la Comisin Directiva, en funciones generales o especiales, en determinadas

    reas, temas o actividades.

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    h- Administrar los bienes y cuidar el mantenimiento de la entidad.

    i- Para cubrir las necesidades y cumplir los objetivos, podr comprar y vender bienes muebles

    e inmuebles, arrendar, hipotecar, permutar, adquirir o gravar, con previa autorizacin de la

    Asamblea de Asociados.

    j- Adoptar con carcter de urgencia, decisiones no previstas por este estatuto, y que sean

    necesarias para el mejor desenvolvimiento de la institucin.

    k- Cumplir y hacer cumplir este Estatuto, los Reglamentos Internos y las Resoluciones de las

    Asambleas.

    l- Amonestar, suspender, excluir o expulsar a aquel asociado en falta, a la vez de resolver con

    arreglo a este Estatuto, el pedido de apelacin y reconsideracin interpuesto por el asociado,

    ante la medida disciplinaria adoptada.

    Art. 39: Los integrantes de la Comisin Directiva que dejaren de concurrir a tres (3) sesiones

    consecutivas sin justificar su ausencia, quedarn separados de la misma, siendo

    reemplazados por los suplentes, por orden de votos, al igual que en los casos de renuncia o

    ausencia.

    Art. 40: Cuando el nmero de miembros de la Comisin Directiva no forme Quorum (es decir,

    no lleguen a cinco) habindose llamado a todos los suplentes a reemplazar a los titulares: se

    convocar a Asamblea Extraordinaria, dentro de los quince das, para volver a integrar la

    Comisin Directiva. Y de la misma forma se proceder cuando se produzca una acefala total

    del cuerpo; y en este caso, asumir el gobierno de la entidad, la Comisin Revisora de

    Cuentas, hasta que tenga lugar la Asamblea; sin perjuicio de las responsabilidades que

    incumben a los directivos renunciantes.

    Art. 41: El rgano de Fiscalizacin a cargo de la Comisin Revisora de Cuentas, tiene las

    siguientes atribuciones y deberes:

    a- Mensualmente fiscalizar la Administracin de la Asociacin, para lo cual, examinar los

    libros y documentos que juzgue convenientes.

    b- Asistir con voz pero sin voto, a las reuniones de la Comisin Directiva, las veces que as

    lo considere.

    c- Verificar peridicamente las disponibilidades y recursos, ttulos y valores, como las

    obligaciones, deudas y su cumplimiento.

    d- Constatar el cumplimiento de los Estatutos y Reglamentos, y que se cumplan los derechos

    acordados a los asociados.

    e- Investigar las denuncias que formulen por escrito, asociados que representen el veinte por

    ciento (20%) del padrn; y har mencin de tales, en informe verbal a la Asamblea, expresando

    sus consideraciones y proposiciones al respecto. Convocando a Asamblea Extraordinaria,

    para que se tome decisin al respecto, si la situacin investigada no recibe tratamiento por la

    Comisin Directiva, y es necesario actuar con urgencia.

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    f- Convocar a Asamblea Extraordinaria, cuando lo crea necesario y a Asamblea Ordinaria en

    caso de omisin por la Comisin Directiva, poniendo en conocimiento de la Inspeccin General

    de Personas Jurdicas, los antecedentes que fundamentan el pedido.

    g- Har incluir en el Orden del Da de la Asamblea, los temas que considere de inters.

    h- Presentar a la Asamblea Ordinaria, un informe dictaminado sobre el Inventario, Balance

    General y Estado de Resultados, elaborado por la Comisin Directiva.

    Ttulo V

    DEL TRIUNVIRATO EJECUTIVO. PRESIDENCIA COLECTIVA O COLEGIADA

    (Copresidentes 1, 2 y 3)

    Art. 42: El Triunvirato, representa a la Asociacin como autoridad mxima directiva, con los

    deberes y atribuciones siguientes:

    a- Convocar a sesiones o reuniones de la Comisin Directiva, y tambin a Asambleas,

    presidiendo las mismas; a la vez que dirigiendo y organizando las discusiones y votaciones.

    b- Tendr derecho a voto en las Asambleas y Sesiones de la Comisin Directiva, y en caso de

    empate, podr votar de nuevo para desempatar

    c- Firmar con el Secretario de Actas de las Asambleas, y con el de la Comisin Directiva, la

    correspondencia y todo documento de la Asociacin.

    d- Firmar con el Tesorero, los documentos y correspondencia que impliquen movimiento de

    dinero o compromisos financieros, cheques, libranzas o documentos de crdito, relacionados

    con actos autorizados por la Comisin Directiva, o por Asambleas; no permitindose que los

    fondos sociales sean invertidos en objetos ajenos a lo dispuesto por el Estatuto.

    e- Firmar: Las Actas de Asambleas y de la Comisin Directiva, la Memoria, el Balance y el

    Inventario.

    f- Intervendr con el Tesorero, en la confeccin de los Inventarios y Balances.

    g- Ser solidariamente responsable con el Tesorero y el Secretario, en los actos suscriptos en

    conjunto.

    h- Dirigir y mantendr el orden de las discusiones, suspender y levantar las sesiones,

    cuando se altere el orden y respeto debido.

    i- Terciar en las discusiones de Asamblea y Comisin Directiva, delegando la presidencia en

    estos casos, en el Secretario.

    j- Velar por la buena marcha de la Administracin de la Asociacin, observando y haciendo

    observar el Estatuto, los Reglamentos Internos y las Resoluciones de las Asambleas y de la

    Comisin Directiva.

    k- Representar a la Asociacin en las relaciones pblicas.

  • Asociacin Amigos del rbol, Bosques y Parques Nacionales Pers. Jur. 79/00 Leg. 225 Cultural y Educativa

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    l- Resolver los casos de urgencia sobre cualquier problema imprevisto e impostergable,

    dando cuenta de ello, en la primera reunin a la Comisin Directiva.

    m- En caso de renuncia, fallecimiento, ausencia o enfermedad de uno de los miembros del

    Triunvirato (Presidencia Colectiva) ocupar su lugar el Vocal Titular primero.

    Ttulo VI

    DEL SECRETARIO Y PROSECRETARIO

    Art. 43: El Secretario y Prosecretario, y en caso de ausencia, renuncia, enfermedad o

    fallecimiento, el Vocal Titular Segundo, tiene los deberes y atribuciones siguientes:

    a- Llevar el Registro de Asociados, con sus datos personales, y otros que fueren

    legalmente necesarios. Entregar las solicitudes de ingreso y las recepcionar.

    Confeccionar y entregar los carnets o credenciales a los asociados.

    b- Llevar el Libro o Cuaderno de Asistencia a Reuniones de la Comisin Directiva y

    Asambleas; el Libro de Actas de Sesiones de la Comisin Directiva y Asambleas. Y

    en las reuniones, dar lectura al Orden del Da e informacin relativa a la entidad.

    c- Llevar la correspondencia de la entidad, redactando las notas, documentos,

    nombramientos, comunicaciones y correspondencia en general, conservando

    duplicado o fotocopia de las mismas.

    d- Convocar a reuniones de la Comisin Directiva, y le dar cuenta de toda

    correspondencia y comunicaciones recibidas y remitidas.

    e- Firmar por s solo, las convocatorias a la Comisin Directiva y a Asambleas.

    f- En caso de ausencia del Triunvirato (Presidencia Colectiva) firmar los documentos y

    correspondencia de carcter oficial de la entidad, juntamente con el Tesorero.

    g- Vigilar el fiel cumplimiento de las resoluciones de la Comisin Directiva y Asambleas.

    Ttulo VII

    TESORERO Y PROTESORERO

    Art 44: El Tesorero y el Protesorero, y en caso de ausencia, renuncia, enfermedad o

    fallecimiento, el Vocal Titular Tercero, tiene los deberes y atribuciones siguientes:

    a- Llevar los Libros de Contabilidad de la entidad, presentando un Informe Financiero

    Mensual a la Comisin Directiva, correspondiente a Ingresos-Egresos, estado de

    cobranza de cuotas sociales y deudas de la entidad.

    b- Cobrar o mandar cobrar las cuotas a los asociados, segn lo establecido por la

    Comisin Directiva e informar a sta sobre los morosos.

    c- Recibir las sumas de dinero, que por cualquier concepto deben ingresar a la Caja de

    la entidad, de las cuales ser directamente responsable.

    d- Firmar conjuntamente con el Triunvirato (Presidencia Colectiva) los documentos y

    correspondencia que implique movimientos de dinero o compromisos financieros,

    cheques, libranzas y documentos de crdito, relacionados con actos autorizados por

    Asambleas o por la Comisin Directiva

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    e- Intervenir junto al Triunvirato (Presidencia Colectiva) en la elaboracin de las

    Memorias, Inventarios y Balances Anuales, siendo responsable de su presentacin en

    trmino, para su tratamiento por la Asamblea General Ordinaria.

    f- Representar al Triunvirato y al Secretario en las funciones establecidas en los

    Artculos 42 y 43, en caso de ausencia de los mismos.

    Ttulo VIII

    DE LOS VOCALES TITULARES Y SUPLENTES

    Art. 45: Los Vocales sern tres (3) Vocales Titulares. Vocalas denominadas: Vocal Titular

    Primero, Vocal Titular Segundo y Vocal Titular Tercero.

    Corresponde a los Vocales Titulares:

    a- Asistir a las sesiones de la Comisin Directiva y a las Asambleas con voz y voto.

    b- Desempear las tareas que les encomienda la Comisin Directiva.

    Art. 46: Los integrantes de las Vocalas sustituirn a los miembros del Triunvirato Ejecutivo

    (Presidencia Colectiva o Colegiada) de la Secretara y Tesorera, cuando se produjeren

    vacantes dentro de los citados cargos, y en el orden fijado por el artculo 33.

    Ttulo IX

    DE LAS ASAMBLEAS

    Art. 47: Habr dos clases de Asambleas: las Ordinarias y las Extraordinarias. Las mismas

    tendrn lugar, en la sede o mbito que corresponda a la jurisdiccin del domicilio social. Las

    Resoluciones de las Asambleas, conforme a la Ley y Estatutos, son obligatorias para todos

    los asociados.

    Art. 48: Las Asambleas Ordinarias tendrn lugar una vez por afo dentro de los cuatro meses

    (o 120 das) posteriores al cierre del Balance General, que se har el 31 de Diciembre de cada

    ao.

    Corresponde a la Asamblea Ordinaria considerar y resolver los siguientes asuntos:

    a- Memoria, Balance General y Estado de Resultados. Informe del rgano de Fiscalizacin

    (Comisin Revisora de Cuentas). Fijacin de las cuotas sociales y toda otra medida relativa a

    la gestin de la Asociacin, que le toque resolver segn el Estatuto, o que someta a decisin

    la Comisin Directiva o la Comisin Revisora de Cuentas.

    b- Designacin o remocin de los miembros de la Comisin Directiva y Comisin Revisora de

    Cuentas (rgano de Fiscalizacin).

    Art. 49: Corresponde a la Asamblea Extraordinaria todo aquello que no sea de competencia

    de la Asamblea Ordinaria, y en especial, considerar y resolver los siguientes asuntos:

    a- Modificacin del Estatuto.

    b- Fusin con otras entidades.

    c- Disolucin de la Asociacin.

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    20

    Las Asambleas extraordinarias sern convocadas:

    Por la Comisin Directiva, si lo estima necesario.

    Por la Comisin Revisora de Cuentas, cuando se lo solicite a la Comisin Directiva.

    O por solicitud efectuada por escrito a la Comisin Directiva por parte del 20% de los

    asociados. Pedido que debe ser resuelto en un plazo de treinta das. Y de no

    considerarse tal solicitud, o de denegarse infundadamente, se solicitar la misma, a la

    Inspeccin General de Personas Jurdicas (I.G.P. J.).

    Art. 50: La convocatoria a Asamblea se har con quince das de anticipacin:

    a- Publicando tal convocatoria dos das consecutivos en un diario local, y un da en el

    Boletn Oficial de la Provincia, guardando el recorte, ejemplar o fotocopia de dichas

    publicaciones, para presentar en prueba ante la Inspeccin General de Personas

    Jurdicas; y tambin para el Archivo de la entidad y dems documentacin de

    Asambleas.

    b- Se remitir -con idntica anticipacin- nota comunicando la realizacin de la misma, a

    la Inspeccin General de Personas Jurdicas, adjuntando a dicha nota, recortes,

    ejemplar o fotocopias, del diario donde se public la convocatoria.

    c- Mediante nota circular -remitida con idntica anticipacin- a los domicilios de los

    asociados, como tambin por correo electrnico (E-mail) se los invitar a participar de

    dicha Asamblea. Tanto en la convocatoria (a publicar en diario y Boletn Oficial), como

    en la circular o comunicacin domiciliaria (a remitir a los asociados), se consignar

    detalladamente el Orden del Da o temario a tratar.

    d- Finalmente, el da anterior y en el que tendr lugar la Asamblea, se podr enviar un

    Parte de Prensa a los medios radiales y televisivos de la localidad, para que difundan

    y reiteren la realizacin de la Asamblea.

    Si la convocatoria es a Asamblea Ordinaria Anual, se adjuntarn a la circular domiciliaria

    remitida a cada asociado, un ejemplar de Memoria y Balance Social.

    El Orden del Da, tambin estar a disposicin de los asociados en Secretara, mediante

    pizarra informativa o en papel afiche.

    Art. 51: A la par de iniciarse la "Convocatoria a Asamblea, se exhibir en Secretara un

    Padrn de Asociados en condiciones de intervenir en la Asamblea. Este padrn, ser puesto

    a libre inspeccin de los Asociados, pudiendo oponerse reclamaciones, hasta diez (10) das

    antes de la Asamblea.

    Art. 52: En caso que se someta a consideracin de la Asamblea Extraordinaria, reformas del

    Estatuto o Reglamentos, el Proyecto de Modificacin deber estar en Secretara a

    disposicin de los Asociados, con quince das de anticipacin.

    Art 53: Las Asambleas se darn por constituidas, con la mitad ms uno de los socios Activos,

    Protectores y Vitalicios.

    Si transcurrida una hora de la fijada en la convocatoria, no se lleg a la mitad ms uno, la

    Asamblea tendr lugar con los all presentes, cualquiera sea su nmero.

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    Art. 54: No podrn tomar parte en las Asambleas, los asociados que estuvieran suspendidos

    como tales, y quienes no estn al da con Tesorera.

    Art. 55: Los Asamblestas presentes en el da de la Asamblea, debern dejar constancia de

    su asistencia, firmando el Libro de asistencias a Asambleas.

    Art. 56: Corresponde a la Asamblea General Ordinaria, las facultades exclusivas de:

    a- Discutir, aprobar, rechazar o modificar el Balance General y la Memoria Anual.

    b- La revocacin (o destitucin) de los miembros de la Comisin Directiva y Comisin

    Revisora de Cuentas (rgano de Fiscalizacin).

    c- La incorporacin de Asociados Honorarios.

    d- Tratar las mociones y Proyectos, presentados en el Orden del Da.

    Art. 57: En ningn caso se aceptar el voto por poder.

    Art. 58: Las Resoluciones de la Asamblea, se tomarn por votacin nominal, y simple mayora

    de votos.

    Art. 59: De lo tratado y resuelto por las Asambleas, se levantar Acta en el Libro respectivo,

    la que deber ser suscripta por el Triunvirato Ejecutivo (Presidencia Colectiva), Secretario y

    dos Asociados que se designen en el acto.

    Ttulo X

    DE LA CONTABILIDAD Y EL EJERCICIO SOCIAL

    Art. 60: Adems de los Libros de Contabilidad exigidos por la Ley (Libro Diario, Caja y Libro

    de Inventarios y Balances), se llevarn los siguientes:

    1- Libro de Actas de Sesiones de la Comisin Directiva

    2- Libro de Actas de Asambleas

    3- Libro de Registro de Asociados

    4- Cuadernos de Citaciones a reunin de la Comisin Directiva y Asambleas Ordinarias y

    Extraordinarias

    Art. 61: Se establece el 31 de Diciembre de cada ao, como Da de Cierre del Ejercicio Social

    o Balance General de la Asociacin.

    Art. 62: Efectuado el Balance General, si la Cuenta de Gastos y Recursos, arroja un

    supervit, este se distribuir de la siguiente manera.

    5% - Reserva para Dficit o quebrantos futuros

    20%- Reserva para obras de infraestructura y Mejoras (caminos, canales de riego, represas y

    pozos de bombeo, centros de energa solar o elica, centros de acopio y | almacenaje de

    productos forestales y de granja).

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    40%- Reserva para compra de Bienes de Capital o medios de Produccin Forestal

    (maquinarias, herramientas e instrumental, equipos de transporte, campos y terrenos

    destinados a la produccin forestal y preservacin de bosques nativos).

    5% - Reserva para equipamientos contra Incendios Forestales y Desastres Ambientales

    (sistemas de alarmas, telecomunicaciones y seguridad forestal, camiones hidrantes y equipos

    de bomberos, equipos de socorro y rescate, botiquines, vacunas y sueros antiofdicos y

    antitetnicos).

    20% - Fondo de Investigacin y Desarrollo Foresto-Industrial (infraestructura y equipamiento

    de laboratorios y centro de diseo industrial, Banco de Germoplasma y honorarios para

    investigaciones biolgico-tcnicas y econmicas, vinculadas con la silvicultura, mejoramiento

    de especies, fertilizacin de suelos, mtodos laborales y mecanizacin del bosque).

    10% - Fondo de Educacin y Capacitacin Foresto-Industrial, Ecolgica y Ambiental

    (infraestructura y equipamiento educativo de granja, biblioteca especializada, videos, CDs

    Roms, cursos de capacitacin en las diversas ramas de las industrias forestales, campaas

    de concientizacin, becas de perfeccionamiento en el pas y el exterior).

    Art. 63: Si la Asociacin se organiza por actividades o Secciones la Cuenta de Gastos y

    Recursos, se podr subdividir, para poner en evidencia los resultados de cada una de esas

    actividades o secciones.

    Art. 64: Si el resultado final de la Cuenta de Gastos y Recursos arroja un dficit, ste ser

    absorbido o enjugado con la reserva destinada a quebrantos futuros, la que luego deber ser

    reconstituida al nivel anterior al de su utilizacin.

    Art. 65: La Memoria Anual de la Comisin Directiva contendr una descripcin del estado de

    la Asociacin, con mencin a cada una de las secciones, actividades registradas en cada

    una de ellas y los Proyectos en curso de Ejecucin, con especial referencia a:

    1-Las sumas invertidas en Educacin y Capacitacin Foresto-Industrial, Ecolgica y

    Ambiental, indicando la labor desarrollada, o mencin de la entidad a la que se hubieren

    remitido los fondos para dichos fines.

    2-La relacin econmico-social, con entidades de grado superior a la que estuviera asociada

    (Unin Municipal, Liga Comarcal o Departamental, Federacin Provincial y Regional,

    Confederacin Nacional y del Mercosur, etc.).

    3-Los gastos e ingresos que no estuvieron discriminados en la Cuenta de Gastos y Recursos.

    Art. 66: Copia del Balance Social, Cuenta de Gastos y Recursos, Cuadros Anexos y Memoria

    Anual, acompaados del Informe de la Comisin Revisora de Cuentas y Auditora

    correspondiente, se remitirn a la Inspeccin General de Persona Jurdicas, con no menos de

    15 das, para la realizacin de la Asamblea que los considerar. dem documentacin, se

    pondr a disposicin de los Asociados en la Sede de la entidad; y en caso de remitirles circular

    convocatoria a sus domicilios, acompaarn a sta, ejemplar del Balance Social y Memoria

    Anual, para concurrir debidamente informados a la Asamblea que los tratar.

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    Ttulo XI

    DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

    Art. 67: Los libros y documentos de la entidad, debern estar siempre a disposicin de los

    Asociados, para su consulta o examen, la que podr realizarse nicamente en la sede de la

    institucin, y en el horario que funcione Secretara.

    Art. 68: Los casos no previstos en el Estatuto, y su interpretacin, es atribucin exclusiva de

    la Comisin Directiva, siendo sus decisiones, obligatorias para todos los asociados, ad-

    referendum de la Asamblea.

    Art. 69: Los Asociados que incurrieren en contravencin con las disposiciones estatutarias

    sern pasibles de suspensin en el uso de sus derechos, por parte de la Comisin Directiva;

    como as tambin, el tiempo de duracin de la sancin; e informando de ello, a la Asamblea

    General Ordinaria.

    Ttulo XII

    DE LA RECIPROCIDAD INTERINSTITUCIONAL. LA INTEGRACIN FEDERATIVA Y LA

    PARTICIPACIN EN ORGANIZACIONES DE GRADO SUPERIOR

    Art 70: La Comisin Directiva, siempre que est facultada por Asamblea Extraordinaria

    convocada al efecto, podr celebrar con entidades afines (ecologistas, ambientalistas y

    forestales), que posean personera jurdica, convenios:

    a- De Reciprocidad: Con el objeto de propender en comn, a la mejor consecucin de los fines

    sociales, encarando actividades y proyectos conjuntos en el plano educativo, laboral,

    ecolgico, forestal, social, cultural, etc., y mediante el otorgamiento de facilidades, en el uso

    de sus instalaciones y servicios, en beneficio de los Asociados de ambas instituciones, o entre

    todas las instituciones firmantes del convenio.

    b- De Integracin Federativa: Con el propsito de fortalecer el denominado sector de la

    Economa Social (o Tercer Sector) y del Movimiento Ambientalista-Ecologista y Forestal, esta

    Asociacin, integrar organizaciones de segundo, tercero o cuarto grado, a nivel geogrfico

    territorial, a saber: Unin a nivel Municipal, Liga a nivel Comarcal o Departamental, Federacin

    en el orden Provincial y Regional del Noroeste Argentino, como as mismo promover la

    Confederacin Nacional y del Mercosur de entidades de igual naturaleza; y a nivel planetario,

    una Unin de Confederaciones de idntico carcter.

    C- Finalmente es objetivo de esta entidad, participar de organizaciones que la trasciendan, en

    el marco territorial de su actuacin; razn por la cual es de su inters:

    En el orden Nacional: Integrar el Grupo Consultivo de ONGs Forestales del Plan

    Nacional de Accin Forestal (PAF-A).

    En el plano continental: Formar parte de la Red de Amrica Latina en el programa de

    Bosques, Arboles y Comunidades Rurales, y de la Red PNUMA de Organizaciones

    Ambientalistas No Gubernamentales de Amrica Latina y el Caribe.

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    En el mbito mundial: Solicitar su incorporacin a la Sociedad Internacional para el

    Desarrollo (SID), a la International Society for Ecological Economics a Heart Action,

    a Green Peace, a la Unin Mundial para la Conservacin de la Naturaleza (UICN), a

    la red Planet Society (Sociedad Planetaria), concebida por la UNESCO, y en forma

    simultnea al tem anterior, solicitar su acreditacin en: El Comit de Negociacin de

    la Convencin para combatir la Desertizacin, en las Naciones Unidas (Ginebra) y el

    Comit de las Naciones Unidas para el Ambiente y el Desarrollo (Nueva York).

    Ttulo XIII

    DE LA DISOLUCIN

    Art 71: La Asamblea no podr decretar la disolucin de la Asociacin, mientras haya diez

    asociados dispuestos a cumplir con los objetivos sociales. De hacerse efectiva la disolucin,

    se aplicar lo previsto en el Artculo 1 de este Estatuto, designando los liquidadores, que

    podrn ser la Comisin Directiva, o asociado que la Asamblea resuelva. En tanto que la

    Comisin Revisora de cuentas (rgano de Fiscalizacin) vigilar las operaciones de

    liquidacin.