estándares internacionales de derechos humanos

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Estándares Internacionales de Derechos Estándares Internacionales de Derechos Humanos para pensar Sistemas de Humanos para pensar Sistemas de Responsabilidad Penal de Niñez y Responsabilidad Penal de Niñez y Adolescencia” Adolescencia” German Dario Martin German Dario Martin Neuquén. Arg. Neuquén. Arg.

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Page 1: Estándares Internacionales de Derechos Humanos

““Estándares Internacionales de Derechos Estándares Internacionales de Derechos Humanos para pensar Sistemas de Humanos para pensar Sistemas de Responsabilidad Penal de Niñez y Responsabilidad Penal de Niñez y

Adolescencia”Adolescencia”German Dario MartinGerman Dario Martin

Neuquén. Arg.Neuquén. Arg.

Page 2: Estándares Internacionales de Derechos Humanos

“… “… si acá viene alguien a hacer si acá viene alguien a hacer justicia y ve como están alojados justicia y ve como están alojados

los chicos vamos todos presoslos chicos vamos todos presos

Page 3: Estándares Internacionales de Derechos Humanos

AclaracionesAclaraciones

Derecho Penal de Adultos (retributivo - proporcional – Derecho Penal de Adultos (retributivo - proporcional – castigo) Actual Regimen penal del menorcastigo) Actual Regimen penal del menor

Derecho Penal Juvenil (culpabilidad disminuida). En Derecho Penal Juvenil (culpabilidad disminuida). En “conflicto” con la ley penal.“conflicto” con la ley penal.

Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente (Beigin Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente (Beigin 1.1, Socioeducativo, pedagógico, resocializador, 1.1, Socioeducativo, pedagógico, resocializador, restaurativo)restaurativo)

Page 4: Estándares Internacionales de Derechos Humanos

““Corpus Iuris”Corpus Iuris” internacional internacional

Derivado directamente de la Convención de Derivado directamente de la Convención de Derechos del Niño (1989) Arts. Penales 37 y 40. Derechos del Niño (1989) Arts. Penales 37 y 40.

Y de soft law internacional: declaraciones, Y de soft law internacional: declaraciones, principios, directrices. (Reglas de Beijin/1985, principios, directrices. (Reglas de Beijin/1985, Directrices de Riad/1990 -prevención-, Reglas Directrices de Riad/1990 -prevención-, Reglas de Tokio, Reglas de la Habana -presos-, de Tokio, Reglas de la Habana -presos-, Observación Gral. 10/2007 del Comite, Observación Gral. 10/2007 del Comite, Sentencias: “panchito lopez”, Bulacio, Villagrán Sentencias: “panchito lopez”, Bulacio, Villagrán morales,etc morales,etc

Page 5: Estándares Internacionales de Derechos Humanos

Proceso de Adecuación Proceso de Adecuación ( “proceso ( “proceso para armar”)para armar”)

Aparece en Latinoamérica el Modelo pos Aparece en Latinoamérica el Modelo pos convencional de la Doctrina de la Protección convencional de la Doctrina de la Protección Integral para superar el modelo de la Doctrina Integral para superar el modelo de la Doctrina Tutelar. Proceso de adecuación. Arts. “penales”. Tutelar. Proceso de adecuación. Arts. “penales”. 37 y 40. “Proceso para armar”( Mary Bellof)37 y 40. “Proceso para armar”( Mary Bellof)

Page 6: Estándares Internacionales de Derechos Humanos

6

Características del destinatariode las normas e instituciones

• “menores” (familia y ed.)• Incompletos, incapaces• objetos de protección

(pater., salvarlos, disposición)

• infancia fragmentada• no importa la opinión del

niño

• niños y jóvenes/adolesc.• personas en desarrollo• capaces relativos• sujetos de derecho• universalidad de la inf.

• es central la opinión del niño

MODELO TUTELAR

(o de la situación irregular)

Pre-CDN

MODELO DE LA PROTECCION INTEGRAL

DE DERECHOS

Post-CDN

Page 7: Estándares Internacionales de Derechos Humanos

7

• prevención especial

• privación de libertad -internación- como regla

• medidas por tiempo indeterminado

• privación de libertad como excepción, por tiempo determinado y sólo para infractores graves

• otras sanciones / medidas por tiempo determinado

MODELO TUTELAR

(o de la situación irregular)

Pre-CDN

MODELO DE LA PROTECCION INTEGRAL

DE DERECHOS

Post-CDN

Naturaleza de la intervención estatal en casos de imputación de delito al joven

Page 8: Estándares Internacionales de Derechos Humanos

8

• “procedimiento” sin debido proceso

• sistema inquisitivo

• se desconocen todas las garantías

• procedimientos especiales

• sistema acusatorio (oral y contradictorio)

• se reconocen todas las garantías, más las específicas

MODELO TUTELAR

(o de la situación irregular)

Pre-CDN

MODELO DE LA PROTECCION INTEGRAL

DE DERECHOS

Post-CDN

Naturaleza de la intervención estatal en casos de imputación de delito al joven

Page 9: Estándares Internacionales de Derechos Humanos

9

Naturaleza de la intervención estatal en casos de imputación de delito al joven

• “menor abandonado/peligroso/delincuente (riesgo, peligro moral) (legalidad)

• derecho penal de autor

• imputados de delitos como inimputables

• especialización sin justicia

• desaparece el determinismo

• derecho penal de acto

• responsabilidad penal juvenil (consec. juríd. diferentes de las aplicadas en el sist. de adultos)

• justicia especializada

MODELO TUTELAR

(o de la situación irregular)

Pre-CDN

MODELO DE LA PROTECCION INTEGRAL

DE DERECHOS

Post-CDN

Page 10: Estándares Internacionales de Derechos Humanos

Mandatos de adecuacionMandatos de adecuacion

Por ejemplo: Por ejemplo:

Comité de Derechos del Niño (54º periodo de sesiones, 11/06/10) Comité de Derechos del Niño (54º periodo de sesiones, 11/06/10) Argentina:Argentina:

““80.80.El Comité insta al Estado a velar por que las normas El Comité insta al Estado a velar por que las normas de justicia juvenil se apliquen plenamente, en particular de justicia juvenil se apliquen plenamente, en particular los articulos 37 b), 39 y 40 de la Convención, así como los articulos 37 b), 39 y 40 de la Convención, así como las Reglas Mínimas …., las Directrices (Riad), Reglas las Reglas Mínimas …., las Directrices (Riad), Reglas de ONU (Reglas de la Habana)…de ONU (Reglas de la Habana)…

Page 11: Estándares Internacionales de Derechos Humanos

En particular el Comité recomienda (80.a):En particular el Comité recomienda (80.a):

““Derogar la Ley 22.278 Derogar la Ley 22.278 y apruebe una y apruebe una nueva ley compatible con la Convención y las nueva ley compatible con la Convención y las normas internacionales en materia de justicia normas internacionales en materia de justicia juvenil”.juvenil”.

Page 12: Estándares Internacionales de Derechos Humanos

Otro ejemplo del sistema interamericano:Otro ejemplo del sistema interamericano:Informe Nº 172/10 Argentina (2/11/10):Informe Nº 172/10 Argentina (2/11/10):

““44. Disponer de las medidas legislativas y de otra índole . Disponer de las medidas legislativas y de otra índole para que el sistema de justicia penal aplicable a para que el sistema de justicia penal aplicable a

adolescentes por conductas cometidas siendo menores de adolescentes por conductas cometidas siendo menores de 18 años, sea compatible con las obligaciones 18 años, sea compatible con las obligaciones

internacionales en materia de proteccion especial de internacionales en materia de proteccion especial de finalidad de la pena, según parámetros …”finalidad de la pena, según parámetros …”

Page 13: Estándares Internacionales de Derechos Humanos

No solo nos encontramos obligados a adecuar, No solo nos encontramos obligados a adecuar, sino que además la Convención nos orienta el sino que además la Convención nos orienta el cómo hacerlo (como cómo hacerlo (como armararmar el modelo). el modelo).

A partir de estándares –minimos-internacionales:A partir de estándares –minimos-internacionales:• Orientan los procesos. Orientan los procesos. • Son reglas de interpretación.Son reglas de interpretación.• Se utilizan para “medir” el cumplimiento o no Se utilizan para “medir” el cumplimiento o no

Page 14: Estándares Internacionales de Derechos Humanos

Respecto de:Respecto de: Legislación:Legislación: Practicas en generalPracticas en general Monitoreo de políticas publicasMonitoreo de políticas publicas

Page 15: Estándares Internacionales de Derechos Humanos

Estándares InternacionalesEstándares Internacionales

Separación clara entre temas penales y civiles (de Separación clara entre temas penales y civiles (de protección)protección)

Derecho penal MínimoDerecho penal Mínimo Justicia RestaurativaJusticia Restaurativa Interés superior del NiñoInterés superior del Niño Especialidad (art. 5 CADH)Especialidad (art. 5 CADH) Desjudicialización. Desjudicialización. Sistema AcusatorioSistema Acusatorio GarantíasGarantías

Page 16: Estándares Internacionales de Derechos Humanos

EstandaresEstandares

Excepcionalidad de la Privación de la libertadExcepcionalidad de la Privación de la libertad Ejecución de la penas privativas de la libertad.Ejecución de la penas privativas de la libertad.

Page 17: Estándares Internacionales de Derechos Humanos
Page 18: Estándares Internacionales de Derechos Humanos

ElEl derecho penal de adultos es derecho penal de adultos es un derecho de consecuencias, un derecho de consecuencias, un derecho un derecho “del pasado”“del pasado”, un , un

derecho derecho “fotográfico”“fotográfico”, el , el derecho penal adolescente es derecho penal adolescente es un derecho pedagógico, de un derecho pedagógico, de

futuro, un derecho que futuro, un derecho que “no da a “no da a nadie por perdido”nadie por perdido”

Page 19: Estándares Internacionales de Derechos Humanos

Gracias!!!!!!!!!!!Gracias!!!!!!!!!!!los espero en Neuquen !!!!!los espero en Neuquen !!!!!

German Dario MartinGerman Dario Martin