estado de la libertad sindical

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1I MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - PRESENTACIN ElMovimientosindical,indgenaycampesinoguatemaltecoMSICG-,expresinrepresentativadelsindicalismo autnomoysociopolticoenGuatemaladalabienvenidaalaComisindeAltoNiveldelaOrganizacin InternacionaldelTrabajoquefuereacordadaporlaComisindeAplicacindeNormasdelaNonagsimanovena Conferencia Internacional del Trabajo debido a los graves retrocesos en materia de respeto a la libertadsindical en el pas. ElMSICGexpresasusatisfaccinporlapresenciadelaMisindeAltoNivelenGuatemalayagradecela preocupacin y solidaridad de la comunidad internacional ante la grave situacin que enfrenta la libertad sindical y dems garantas democrticas en nuestro pas. Al mismo tiempo expresa su confianza porque la Misin de Alto Nivel tendr en cuenta las mltiples ocasiones en que el Estado de Guatemala ha solicitado y desaprovechado la asistencia tcnica brindada por OIT y la constante de violacindeloscompromisosqueelEstadohaasumidoenelmarcodedichacooperacinylasvisitasdeotras misiones de OIT. ElMSICGcompartelaesperanzadelosrganosdecontroldeOITencuantoaquesusobservacionespuedan materializarcambiossignificativosenlasituacindelalibertadsindicalennuestropasperoalmismotiempo comprendequeestosnosernposiblesentantosesigaevadiendoporpartedelEstadodeGuatemalala responsabilidaddeimpulsarlosconunaautnticavoluntadpolticaysinelpermanentenimodesorprenderla buena fe de las organizaciones sindicales en Guatemala y de la comunidad internacional representada en OIT. Enesesentido,elMSICGsolicitarespetuosamentealaMisindeAltoNivelqueenelcumplimientodelmandato que le fuere otorgado por la Comisin de Aplicacin de Normas de la 99 Conferencia Internacional del Trabajo, se abstengadefacilitaralEstadodeGuatemalamecanismosqueadmitanlademoraenelcumplimientodelas recomendaciones realizadas por los distintos rganos de control de OIT desde 1989 y que emita una declaracin en lacualtransmitalapreocupacindelacomunidadinternacionalrepresentadaenOITporelagravamientodela situacindelalibertadsindicalenelpasyelincumplimientodelEstadodeGuatemaladelasobservacionesque paraalcanzarsuplenorespetohanrealizadolosrganosdecontrolyalmismotiempoinstealEstadode Guatemala para que, sin ms demora muestre avancessignificativos, concretos y mediblesen materia de libertad sindical. El informe que se presenta a continuacin, demuestra con datos concretos los retrocesos existentes en materia de libertad sindical en el pas y evidencia la poltica de evasin implementada por el Estado de Guatemala desde 1989 as como los patrones antisindicales existentes en el pas. 1 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - INDICE PRESENTACINI CAPITULO I: EL ESTADO DE GUATEMALA ANTE LOS RGANOS DE CONTROL DE LA ORGANIZACININTERNACIONAL DEL TRABAJO1 1.1 ANTECEDENTES DE LA ACTUACIN DEL ESTADO DE GUATEMALA ANTE LA COMUNIDAD INTERNACIONAL: IMPUNIDAD NORMATIVA Y DE FUNCIN DE CONTROL ANTE LA OIT DEL ESTADO DE GUATEMALA1 CAPITULO II: EL MOVIMIENTO SINDICAL GUATEMALTECO Y LA FALTA DE EFECTIVA IMPLEMENTACIN EN LA PRCTICA DE LA LIBERTAD SINDICAL43 2.1ANLISIS DE LA SITUACIN DEL MOVIMIENTO SINDICAL43 2.2LA POLTICA ANTISINDICAL44 2.2.1La sindicalizacin en Guatemala44 2.2.2Procesos de desarticulacin ydestruccin del movimiento sindical en Guatemala50 Perodo 1947-195451 Perodo 1955-198652 Perodo 1987-199653 Perodo 1997-201054 CAPITULO III: ACTOS DE VIOLENCIA ANTISINDICAL62 3.1VIOLENCIA ANTISINDICAL62 3.1.1.Asesinatos antisindicales bajo total impunidad70 Situacin actual de los asesinatos cometidos contra sindicalistas y defensores de derechos sindicales70 La falta de voluntad poltica del Estado de Guatemala por hacer justicia en el caso de asesinatos de sindicalistas70 El rol de la CICIG en la investigacin de asesinatoscometidos contra sindicalistas72 Otros actos de violencia cometidos contra la vida y la integridad fsica de sindicalistas73 3.1.2Actuacin del Estado de Guatemala frente a agresiones73 CAPITULO IV: OBSTCULOS PARA LA CONSTITUCIN, INSCRIPCIN Y FUNCIONAMIENTODE LOS SINDICATOS75 4.1 LA OBSTRUCCIN E INJERENCIA DEL ESTADO DE GUATEMALA EN LAINSCRIPCIN DE ORGANIZACIONES SINDICALES75 2 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - 4.2 IMPULSO POR PARTE DEL ESTADO DE GUATEMALA DE LA INJERENCIA PATRONAL PARA LA DESTRUCCIN DE SINDICATOS EN PROCESO DE FORMACIN87 4.3 EL DISFRAZOCONTRATACIN EN FRAUDE DE LEY COMO MECANISMO PARA DENEGAR EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS SINDICALES Y LABORALES DE LOS TRABAJADORES88 CAPITULO V: FUNCIONES DE LA INSPECCIN DE TRABAJO91 5.1FUNCIONES DE LA INSPECCIN DE TRABAJO91 5.2 LA SUSTITUCIN DE LA FUNCIN FISCALIZADORA POR LA IMPOSICIN DE LA FUNCIN CONCILIADORA93 5.2.1Caso Friedrich Ebert Stiftung:94 5.2.2Caso Cambridge97 5.3LA INEFICACIA DE LA FUNCION CONCILIADORA98 5.4LA POLITICA DE DEBILITAMIENTO DE LA INSPECCION DE TRABAJO101 CAPITULO VI: JUSTICIA LABORAL, NEGOCIACIN COLECTIVA Y LIBERTAD SINDICAL104 6.1LA EXCESIVA DURACIN DE LOS PROCESOS SOMETIDOS AL SISTEMA DE JUSTICIA LABORAL104 6.2FALTA DE ACCESO A LA NEGOCIACIN COLECTIVA123 CAPITULO VII: PROBLEMAS LEGISLATIVOS129 7.1OTROS PROBLEMAS LEGISLATIVOS133 7.1.1Artculo 256 delCdigo Penal134 7.1.2Artculo 391 delCdigo Penal134 7.1.3Artculo 414 delCdigo Penal135 7.1.4Artculo 220 inciso c) del Cdigo de Trabajo:135 7.1.5Artculo 222 inciso j) del Cdigo de Trabajo135 7.1.6Artculo 223 inciso d) del Cdigo de Trabajo136 7.1.7Artculo 226 delCdigo de Trabajo136 CAPITULO VIII: DERECHOS LABORALES Y SINDICALES EN LAS MAQUILAS TEXTILES137 8.1 LA ACTUACIN DE LA INSPECCIN DEL TRABAJO EN LA DEFENSA DE LOS DERECHOS LABORALES EN LA MAQUILA139 11 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - CAPITULO I EL ESTADO DE GUATEMALA ANTE LOSRGANOS DE CONTROL DE LA ORGANIZACININTERNACIONAL DEL TRABAJO 11.ANTECEDENTESDELAACTUACINDELESTADODEGUATEMALAANTELACOMUNIDAD INTERNACIONAL:IMPUNIDADNORMATIVAYDEFUNCINDECONTROLANTELAOITDEL ESTADO DE GUATEMALA DesdehacemuchosaoselEstadodeGuatemalahavenidoadquiriendoanivelinternacionalynacional compromisosformalespara garantizarenelpaslalibertadsindicalyelderechodenegociacincolectivadentro de ellos podemos citar la aprobacin y ratificacin de los convenios fundamentales de la OIT y de otros convenios importantesenmateriadelibertadsindicalynegociacincolectiva,lasuscripcindemltiplesacuerdos, declaraciones, compromisos y hojas de ruta en el marco de la visita de misiones de Alto nivel de la OIT, de misiones decontactosdirectosydemisionesdeasistenciatcnica,lasuscripcindelTratadodeLibreComercioentre RepblicaDominicana,CentroamricayEstadosUnidosdeAmrica,encuyocapituloXVIelEstadodeGuatemala ratificasucompromisoderespetaryhacerrespetarlosConveniosfundamentalesdelaOIT,elLibroBlanco:La C8uC cumplimientoypotenciandolascuM conferenciaministerialdelaOrganizacinMundialdelComercio(Singapur9-13dediciembrede1996),la declaracindelaCuartaconferenciaMinisterialDOHA,9-14deNoviembrede2001,inclusoelPresidentedela RepblicaIngenierolvaroColomCaballerosenelmarcodelaConferenciasindicalinternacionalcontrala impunidadcelebradaenGuatemalaenelmesdefebrerodelao2,008secomprometiaponerfinala problemtica de Libertad sindical y a la impunidad. No obstante todas estas declaraciones de buena voluntad, en la prctica el Estado de Guatemala ha implementado, toleradoyfomentadounapolticaantisindicalquesemantienevigenteyseagudizacadavezmsyquees totalmente contradictoria con los derechos establecidos en el Convenio 87 de la OIT y con los principios relativos a la libertad sindical. Los presentes comentarios preparados para la Misin de Alto Nivel de la OIT relativos a la vigencia del Convenio 87, ConvenioSobrelaLibertadsindicalylaProteccindelDerechodeSindicacin,pretendenponerenconocimiento delaMisinloselementosdeconviccinypruebasestructuralessobrelabasedeloscualessehacenlas afirmacionesvertidas,esdecir,pretendenproporcionaralaMisinlaspruebasmaterialessobrelabasedela cuales puede afirmarse con certeza que el Estado de Guatemala no cumple con sus obligaciones establecidas en el Convenio 87 de la OIT y que tiene una poltica antisindical. El Estado de Guatemala ha recibidodurante 14 aos -de 1989 a 2010- (aos 2010, 2009, 2008, 2007, 2006, 2005, 2004,2003,2002,2000,1998,1994,1991,1989)observacionesdelaComisindeExpertosenAplicacinde Conveniosyrecomendaciones-CEACR-relacionadasconproblemasenlaaplicacindelConvenio98,Convenio sobre el derecho de sindicacin y de negociacin colectiva,y por 18 aos casi consecutivos -de 1989 al ao 2011-(aos2011,2010,2009,2008,2007,2006,2005,2004,2003,2002,2001,2000,1999,1997,1995,1993,1991, 22 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - 1989),observacionesdelmismorganodecontrolporgravesproblemasrelacionadosconlaaplicacindel Convenio87,Conveniosobrelalibertadsindicalylaproteccindelderechodesindicacin.Enamboscasoslos problemasdeaplicacinconllevangravesviolacionesalosderechoshumanossindicalesyderechoshumanos ms elementales.Es importante recalcar que la situacin es tan grave que la Comisin de expertos en aplicacin de convenios y recomendaciones ha citado el Caso de Guatemala con un doble pie de pgina y una nota especial ensuinformedel2011,raznporlacualelcasoserevaluadonuevamenteenlaComisindeaplicacinde normas de la Conferencia Internacional del Trabajo a llevarse a cabo en junio del ao 2011. En este informe es el Estado de Guatemala el nico sealado por el Convenio 87 y se encuentra observado junto a los siguientes pases quefueronsealadoscadaunoporconveniosdistintosyningunoporelConvenio87:Azerbaiyn,Belars, Repblica Democrtica del Congo, Malasia-Malasia Peninsular, Uzbekistn. Porotrolado,desdeelao1991a2010elEstadodeGuatemalahasidosealado17vecescasi ininterrumpidamente (aos 2010, 2009, 2008, 2007, 2006, 2005, 2004, 2003, 2002, 2001, 2000, 1999, 1997, 1996, 1995,1993,1991),porlaComisindeAplicacindeNormasdelaconferencia-CAN-porgravesviolaciones relacionadasconlafaltaderespetoenlaprcticaalConvenio87,laltimavezfueenlareunindelaCANdel mes de junio del ao 2010 y ser evaluado en la CAN 2011.Por otro lado, el Estado de Guatemala fue sealado conunprrafoespecialenlaComisindeAplicacindeNormasdelaConferenciainternacionaldeltrabajoenel ao 1985 despus de haber sido sealado ms de 11 veces en la citada comisin sin presentar un solo indicio de avance. Adicionalmente durante los ltimos aos el Estado de Guatemala ha recibido, entre otras, las siguientesmisiones de Alto Nivel: La presente misin de Mayo del ao 2011, la que se llev a cabo del 16 al 20 de abril del ao 2009, la celebradadel21al24deabrildelao2008;y,variasmisionesdeContactosDirectosdentrodeellaslas siguientes:Del16al20denoviembrede2009,enerodelao2009,mayodelao2004,abrildelao2001a instancias del Comit de Libertad Sindical, entre otras. Sin contar lasinnumerables misiones de asistencia tcnica de la Oficina Internacional del Trabajo que han visitado elpasconelobjetodeayudaralEstadodeGuatemalaamejorarlasituacinderespetoalalibertadsindical, Misiones que, cada ao, sin excepcin, el Estado deGuatemala ha solicitado al ser examinado el caso dentro de la Comisin de Aplicacin de Normas de la Conferencia. Comosedesprendedeestosdatos,delosdatosquesecitanacontinuacinydelosinformesdelosrganosde controldelaOIT,todalaasistenciatcnicadelaOIThasidopocovaloradaydesaprovechadaporelEstadode GuatemalaymsqueregistrarseavancescomolopruebaeldoblepiedepginadelrecienteinformedelaCEACR y la nota especial, se constatan graves retrocesos. La falta de consideracin a los rganos de control de la OIT en materia de libertad sindical ha llegado al punto, que enalao2010unmiembrodelaComisindeExpertosenAplicacindeConveniosyRecomendaciones-CEACR- visit el pas y no fue recibido por los funcionarios del actual gobierno, dentro de ellos por elMinisterio de trabajo y previsin social, por la Corte Suprema de Justicia y el Fiscal General del Ministerio pblico. Esta falta de respeto con miembros de los rganos de control de OIT fue tambin sealada por la Misin de Alto Nivel que visit el pas enelmesdefebrerodelao2009.Extremosquesloevidencianlafaltadecooperacindelgobiernode GuatemalaconlosrganosdecontroldelaOIT.Esimportanterelatarqueestafaltadevoluntadpolticadel Gobierno de Guatemala por avanzar en el combate a la corrupcin e impunidad fue sealada por el Doctor Carlos CastresanaComisionadodelaComisinInternacionalcontralaImpunidadenGuatemala-CICIG-comounadelas causales de su renuncia al cargo, la cual fue presentada ante la ONU mientras se llevaba a cabo la CAN 2010. ActualmentesomoselPasnmerounoanivelmundialconlasquejasactivasmsantiguasainstanciasdel ComitdeLibertadSindicallascualesdatandesdeelao2002yelpasnmerocuatrodelmundo1conmayor nmero de casos activosy con graves sealamientos de violaciones a la libertad sindical en elComit de Libertad Sindical(Casos 2840, 2811, 2768, 2709, 2708, 2673, 2609, 2445, 2361, 2203).2

1 Despus de Colombia, Per y Argentina en su orden. 2 http://webfusion.ilo.org/public/db/standards/normes/libsynd/index.cfm?Lang=SP&hdroff=1 33 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - EntodosloscasosainstanciasdelComitdeLibertadSindicalpuedeapreciarselaactituddemenosprecioala libertadsindicalyalosrganosdecontroldelaOITqueelEstadodeGuatemalahamantenidoenuncursode accin e inaccin sostenida: 1.EnprimerainstanciaelEstadodeGuatemalatalycomosedesprendedelosinformesdelComitde LibertadSindicalhaomitidoenviarlainformacinsolicitadasosteniendoestanegativaentodosycada uno de ellos. 2.Ante la insistencia del Comit de Libertad Sindical por recibir la informacin por parte del Estado, el Estado de Guatemala ha recurrido a interponer la inadmisibilidad de las quejas para no responder a las cuestiones planteadasporlosquerellantes,unejemplodeellosonloscasos2709,2708,2609,2203.Esrelevante sealarqueelEstadohainterpuestoanduranteestegobiernolainadmisibilidaddelasquejasentodos loscasosainstanciadelComitdeLibertadSindicalpresentadosporelMovimientoSindical,Indgenay Campesino Guatemalteco MSICG- an y cuando los mismos se refieren a libertades fundamentales como elmismoderechoalavida,lalibertadpersonalylaseguridaddesindicalistas,dirigentessindicalesy udeinadmisibilidadporparte del gobierno el Comit de Libertad Sindical expres en su informe Nmero 356 de marzo del ao 2010 lo 14.DespusdeconsiderarlasobjecionesdelGobiernorespectodedosorganizaciones querellantes en los casos nms. 2203, 2241, 2341, 2609, 2708 y 2709 (Guatemala), y en otros casos que no estnactivos,elComitdecidiaceptarlaadmisibilidaddeestasquejas.Demanerageneral,elComit deseaexpresarsupreocupacinsobrelaprcticadeciertosgobiernosdeenviarrespuestastardas 3.Posteriormente el Comit de Libertad Sindical ha promovido llamamientos urgentes por la gravedad de los casosenloscasosnmero2361,2709,2708,2673,2609,2445yanapesardeellohaencontrado resistenciadelgobiernoaproporcionarlelainformacinnecesariatalycomosedesprendedelos sealamientos del Comit a que en casi el 100% de los casos slo ha obtenido observaciones parciales y en muchos de ellos ha tenido que presentar informes sin recibir la informacin. 4.PorltimoelgobiernosolicitaasistenciatcnicaenlaComisindeAplicacindeNormasdela Conferencia. Lamisindebetenerenconsideracinqueloscasosalosquenosreferimosprovienendesdeelao2,002yque esta resistencia a responder y a enviar informacin a los rganos de control de la OIT, especialmente alComit de Libertad Sindical no seencuentra presente con lamisma intensidad en otros Estados delmundo,asimismo, en su informe 359, el Comit de Libertad Sindical hizo llamamientos urgentes en los casos: 2709, 2708, 2361. Dentro de los sealamientos ms graves emanados de los rganos de control de OIT desde hace ms de 17 aos encontramos:lafaltadereformaslegalesqueponganlalegislacinnacionalenconcordanciaconelConvenio, injerenciadelEstadoenlosasuntossindicales,losgravesobstculosalaconstitucineinscripcinde organizacionessindicales,la imposicin de penas y la criminalizacin por elejercicio delos derechos sindicales, el inicio de procesos laborales, civiles y mercantiles contra los trabajadores que hanpretendido ejercer sus derechos sindicales,losactosdeviolenciaantisindicalexpresadosatravsdelasesinato,secuestro,violacin,amenazas, persecucineintimidacionesdesindicalistas,dirigentessindicales,susasesoresysusfamiliaresylagrave impunidadquelosenvuelve,laestigmatizacindelejerciciodelosderechossindicales,allanamientodesedes sindicales,ataquesarmadoscontracasasdedirigentessindicalesylassedesdesusorganizaciones,prcticas ilegalesquerestringenelejerciciodecualquierderechosindical,eldespidodesindicalistascomomedidade discriminacin y la falta de cumplimiento de sentencias firmes de reintegro o reinstalacin (de conformidad con la legislacinGuatemaltecaelreintegrodesindicalistasdespedidosdebedarseenlassiguientes24horasde solicitadas,enlaprcticaestopuedetomarentre7y10aos),lafaltadelibertadsindicalenlaszonasfrancasy maquiladoras, el escaso nmero de convenciones colectivas, la circulacin de listas negras, fallas substanciales en el sistema de justicia y la Inspeccin General del Trabajo,entre otros no menos graves. 44 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - Estos hechos se han ido empeorando cada vez ms, pero particularmente durantelos ltimos cuatro aos, al punto quelos rganos de control de la OIT3han venido planteando de manera constante y compartida lo siguiente: a)Que la grave situacin de libertad sindical en Guatemala se ha agudizado y que a la fecha el Gobierno no ha mostrado voluntad poltica para cambiar la situacin. b)Que el gobierno ha hecho caso omiso de las recomendaciones de los rganos de control de la OIT. c)Que el gobierno no ha estado colaborando con los rganos de control. d)Que a pesar delas constantes misiones tcnicas la situacin en lugar de mejorar ha empeorado. Ejemplo de este empeoramiento lo constituyen las citas textuales de las observaciones de los siguientes rganos de control de la OIT: OBSERVACIN DE LACEACRAL CONVENIO87, PARA EL AO 2011: Clamentaconcluir que elgobierno nohamostradosuficientevoluntadpolticaparalucharcontralaviolenciacontradirigentessindicalesy LCsuprofundapreocupacinporlafaltade progresossignificativosenparticularteniendoencuentalasrepetidasmisionesdelaOITylasrecomendaciones Cl1 L C LaComisinexpresasufirmeesperanzadeque elGobiernocontinuar beneficindosedelaasistenciatcnica C C OBSERVACIN DE LA CEACR PARA EL AO 2010, SOBRE EL CONVENIO 87 L C Cia observ que a pesar de la gravedad de los problemas no ha habido progresos significativos en la aplicacin del Convenio, A la Comisin concluye que el Gobierno no ha demostrado suficiente voluntad poltica para luchar contra la violencia contra dirigentes sindicales y sindicalistas yparalucharcontralaimpunidadyquesiguesiendoglobalmentevlidalaconclusindelaComisindela ConferenciasobrelafaltadeprogresossignificativosapesarderepetidasmisionesdelaOITyde Ol1 L C C violencia presentados ante el Comit de Libertad Sindical en el caso nm. 2609, a pesar de su extrema gravedad. En segundolugar,laHojadeRutasobreelconjuntodemedidassolicitadasporlaComisindelaConferenciaen juniode2009slofueelaboradalatercerasemanadenoviembrede2009,dasantesdelareunindela claHojadeRutasondeejecucin permanenteovencenensumayorparteel31dediciembrede2009,oantes,salvoenloquerespectaala sumisindelosproyectosdereformaslegalesaorganismosdelEstado(cuyafechatopesefijaparael28de febrero La elaboracin de la hoja de ruta sin los interlocutores sociales, das antes de la reunin de laCEACRyconplazosdeejecucinpreviosanasuelaboracinsloevidencianquelahojaderutafue elaborada para intentar mostrar una voluntad poltica que en la prctica es inexistente. Enigualsentido,apenasaunosdasdela99ConferenciaInternacionaldelTrabajo,elgobiernodeGuatemala llevacabounforosobreeltrabajodecente,enelcualenunaabiertaaccinantisindicalseleccion unilateralmentealosrepresentantesdelostrabajadoresylasorganizacionesquedebanserinvitadasany cuando estas no representan al sindicalismo autnomo del pas, asimismo llev a cabo un taller con operadores de justiciaenelcuallosgrandestemasausentesfueron:laimportanciadelalibertadsindicalparalademocracia,la ineficacia, la corrupcin e impunidad del sistema de justicia.

33 Vanse observaciones de la CEACR, CAN y Comit de Libertad sindical. 55 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - Aligualquelaelaboracindelahojaderuta,estostalleresplanificadosyejecutadosjustodasantesdelaCAN 2010 slo evidencian la falta de voluntad poltica del Gobierno para garantizar la vigencia de la libertad sindical y el nimo de sorprender, como lo ha hecho de manera recurrente, la buena fe de la comunidad internacional. POR SU PARTE EL COMIT DE LIBERTAD SINDICAL en su informe nmero 359 publicado en el mes de marzo del ao 2011sealcomocasosgravesyurgenteslossiguientes:2445,2540,2609ehizollamamientourgentesobrelos siguientes casos: 2361, 2708, 2709.Todos casos sobre los que el Comit conoce desde hace un tiempo razonable. EnelmismosentidosepronuncielComitdeLibertadSindicalensureunindenoviembredelao2009, extremoquequedplasmadoenelinforme355,caso2609presentadoporelMovimientoSindical,Indgenay Campesino Guatemalteco -MSICG-. Ensusconclusiones,elComitdeLibertadSindicalobservconpreocupacinquelosalegatospresentadosson Cl1A1Lx1uALLComitdeLibertadSindicaltambinlamentlasescasas informacionesfacilitadasporelGobiernosobreunnmeromuyreducidodealegatosyconcluyqueestas respuestasdelGobiernoilustranlalentitudexcesivadelosprocedimientossealadosporlaorganizacin ApesardelapreocupacinexpresadaporelComitdeLibertadSindicalydelosllamamientosgravesyurgentes que sobre estos casoselaborel Consejo de Administracin en su informe 355 publicado en el mes de noviembre delao2009,confecha21dediciembredelao2009elgobiernodeGuatemalaremitiunacomunicacinal Departamento de Normas de la OIT a travs de la cual declar que no tiene conocimiento de la existencia legal delMovimientoSindical,IndgenayCampesinoGuatemalteco-MSICG-yqueenconsecuenciasolicitabaalaOITse anulara el procedimiento llevado a cabo en el Comit de Libertad Sindical en lo relativo a ms de 13 casos (algunos de los cuales se conocen desde hace muchos aos),relacionados con graves violaciones a la libertad sindical. Esta declaracin la hace el gobierno an y cuando el MSICG viene accionando ante los rganos de control de la OIT desdehacemuchosaos,yanycuandoelMSICGhasidocitadoyreconocidoenvariosdocumentospblicos elaborados por el propio Gobierno a travs del Organismo Ejecutivo, la Procuradura de los Derechos Humanos, el Congreso de la Repblica y la Corte Suprema de Justicia, entre otros. SobreestacomunicacinsepronuncielComitdeLibertadSindicalensuinforme356publicadoenelmesde Cl1A1Lx1uALuC respectodedosorganizacionesquerellantesenloscasosnmeros.2203,2241,2341,2609,2708y2709 (Gu C el Comitdeseaexpresarsupreocupacinsobrelaprcticadeciertosgobiernosdeenviarrespuestastardas objetando la admisibilidad de las quej EstapolticadeirrespetoalosrganosdecontroldelaOITfuereiteradaporelCLSensuinformeGB.308/3, GinebraJunio de 2010, en su sealamiento sobre lafalta de colaboracin del Estado de Guatemala en el envo de informacin sobre nmeroscasos calificados por el CLS como graves y urgentes. EnelCitadoinformeelCLSpuntualizaqueanseencuentraesperandoinformacinsobreloscasos2203,2241, 2445, 2609, 2673, 2708, 2709, 2768 y seala que solamente recibi informacin parcial sobre el caso 2341. 668. ' solicitadas, a pesar de que ha sido invitado en varias oportunidades, inclusive a travs de un llamamiento urgente, a presentar sus observaciones sobre el caso. 669. En estas condiciones y de conformidad con las reglas de procedimiento aplicables [vase 127. informe, prrafo 17,aprobadoporelConsejodeAdministracinensu184.reunin],elComitseveobligadoapresentarun informe sobre este caso sin contar con las informaciones del Gobierno, que esperaba recibir. 66 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - 670.ElComitrecuerdaalGobiernoqueelobjetodetodoelprocedimientoinstauradoporlaOrganizacin Internacional del Trabajo para el examen de alegatos sobre violaciones de la libertad sindical es asegurar el respeto de la misma, tanto de jure como de facto. El Comit est convencido de que, si bien el procedimiento protege a los gobiernos contra acusaciones infundadas, stos debern reconocer a su vez la importancia que tiene presentar, con Respectoaestasituacin,elAnexoIIdelCompendionormativoaplicablealConsejodeAdministracindeOIT, Cuandociertosgobiernosmuestranunafalta evidentedecooperacin,elComitpuederecomendar,attuloexcepcional,quesedmayorpublicidadalos alegatosformulados,alasrecomendacionesdelConsejodeAdministracinyalaactitudnegativadedichos gobiernos Porotrolado,elgobiernodeGuatemalaenelmarcodelInformeIV(2)Trabajodecenteparalostrabajadores domsticosdelao2010,declarantelaOrganizacininternacionaldeltrabajoatravsdesudepartamentode previsin social no estar de acuerdo en que el instrumento que sea aprobado por la OIT para la proteccin de las trabajadorasdomsticaslesotorgueaestaselderechodesindicalizacin,extremoquefueratificadoconlano presenciadelEstadodeGuatemalaparaapoyarlaratificacindeunConvenioy/ounarecomendacinenla reciente conferencia de la OIT. ENLASCONCLUSIONESDELACOMISINDEAPLICACINDENORMASDELACONFERENCIAINTERNACIONALDEL TRABAJOCl1A1Lx1uALLC L Comisin subray la necesidad de que se re L C gravedad de los problemas no ha habido progresos significativos en la aplicacin del Convenio, ni en la legislacin LCooperacintcnicanecesariadelaOficina,el Gobiernoylosinterlocutoressocialesestnencondicionesdeacordarunahojaderutaconplazosclara-mente ParticularmentelaCANsereferaalagravamientodelostresgrandesproblemassealadosporlaMisindeAlto Nivel que visit el pas en elmes de febrero del ao 2009: La impunidad, la ineficacia del sistema de justicia tanto judicial como de la inspeccin del trabajo y la falta de implementacin en la prctica de la libertad sindical. EstasobservacionesfueronconfirmadasyprofundizadascongravepreocupacinporlaCAN2010,lacual manifest es sus conclusiones: L C e trata de un caso importante que se discute desde hace numerosos aos y que el Gobierno ha recibido numerosas misiones de asistencia tcnica con el fin de poner la legislacin yla prctica en conformidad con el Convenio. LaComisintomnotaconprofundapreocupacindequelasituacinencuantoalaviolenciaylaimpunidad parecehaberseagravadoyrecordlaimportanciadegarantizarurgentementequelostrabajadorespuedan llevaracabosusactividadessindicalesenunclimaexentodetemor,amenazasyviolencia.LaComisintom nota tambin con preocupacin de la renuncia del Director de la CICIG el 7 de junio de 2010. La Comisin urge al Gobierno a que tome medidas necesarias para garantizar el funcionamiento eficaz de mecanismos de proteccin de los sindicalistas y de defensores de la libertad sindical y otros derechos humanos. LaComisintomnotaconpreocupacindequeelGobiernonohamostradosuficientevoluntadpolticapara lucharcontralaviolenciacontradirigentessindicalesysindicalistasyparalucharcontralaimpunidad.La Comisinsubrayenestesentidolanecesidaddequeserealicenprogresossignificativosenrelacinconlas sentencias condenatorias sobre actos de violencia contra sindicalistas y para garantizar que se sancione no slo a los autores materiales sino tambin a los instigadores. 4

4 El subrayado y las negrillas son nuestras. 77 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - La Comisin pidi al Gobierno que intensifique sus esfuerzos para poner fin a la impunidad, inclusive aumentando considerablementelosrecursospresupuestariosdelaJusticia,laFiscala,laPolicaylaInspeccindeTrabajo. Observandotambinconpreocupacinelclimadeviolenciageneralizada,laComisinrecordquelalibertad sindical no poda ejercerse en un clima en el que la seguridad personal y las libertades pblicas fundamentales no estnaseguradas.LaComisinurgialGobiernoaquegaranticeunrecursosencilloyrpidoocualquierotro recursoefectivoantelosjuecesotribunalescompetentes,quedamparocontraactosqueviolenlosderechos fundamentales.LaComisinpiditambinalGobiernoquetomemedidasparareforzareldilogosocial, redefiniendo todos los espacios de representacin de los trabajadores y garantizando el acceso a estos espacios de losinterlocutoreselegidoslibrementeporlasorganizacionesexistentesenelpassegnlasobservacionesdelos rganosdecontrol.LaComisinconsiderquedebenestudiarsesolucionesinnovadorasparahacerfrentede maneraprioritariaalacuestindelaimpunidadyalosproblemaslegislativospendientes.LaComisinpidial Gobierno que acepte la visita de una importante personalidad internacional pblica, acompaada por la OIT a alto nivel, para que pueda estudiar estas cuestiones y formular recomendaciones. Losmiembrostrabajadoresdijeronquesetratadeuncasomuygraveyquelasconclusionesquesehan adoptadoestnbienformuladas.Sinembargo,resultaincomprensiblequelosmiembrosempleadoresno quieran que este caso figure en un prrafo especial delinforme de esta Comisin. Losobjetivos econmicos no deben prevalecer sobre el respeto de los derechos sociales fundamentales. Los miembros trabajadores sealaron quehabancontempladolaposibilidaddenoaceptarestasconclusiones.Sinembargo,alserconscientesdel peligro que esto supondra para el sistema de control de la OIT, han aceptado las conclusiones aunque no vayan 5 Esimportantecitarque,alafechaenqueseredactanestoscomentarios,ningunadelasobservacioneshechas por la CAN en el ao 2010, han sido implementadas y/o discutidas con el movimiento sindical autnomo del pas. Asimismo durante muchos aos los rganos de control de la OIT han solicitado al Estado de Guatemala fortalecer la inspeccindeltrabajoyelsistemadejusticialaboralypenal.Inclusoelaopasado,unavezms,ensu C C CAn Cl1A 1Lx1uAL L C observ que a pesar de la gravedad de los problemas no ha habido progresos significativos en la aplicacin del Convenio, ni en la legislacinnienlaprctica.Expressupreocupacintambinenrelacinconlasituacinenlasmaquilas.La Comisin urgi al Gobierno a que redoble sus esfuerzos en relacin con todas las cuestiones mencionadas y a que adopte una estrategia completa, concreta e innovadora para lograr la plena aplicacin del Convenio,en particular atravsdelasnecesariasreformaslegales,elfortalecimientodelProgramadeproteccindesindicalistasy testigos,lasmedidasparacombatirlaimpunidadylaasignacindelosrecursoshumanosyfinancieros necesariosparalainspeccindetrabajoylosrganosdeinvestigacinpenal,comolaFiscalaGeneral.6 solicitud fue nuevamente planteada por la CAN 2010 en las conclusiones del caso para Guatemala en observacin por violaciones al Convenio 87. No obstante esta solicitud expresa que viene siendo hecha desde hace muchos aos el Estado de Guatemala ha disminuido el presupuesto que destina a la inspeccin del trabajo taly como lo demuestra el informe publicado Ol1LMc Repblica Domi EndichoinformesemencionaqueelEstadodeGuatemalahareducidoconsiderablementesupresupuestoenel ao 2009 en materia de aplicacin de la legislacin laboral y en 2008 en asuntos laborales,siendo Guatemala uno de los pocos pases de la subregin que muestra reducciones en todos los niveles y transferencias de presupuestos a programas no laborales. El Gobierno tambin ha mencionado en OIT que su voluntad poltica se manifiesta en lasdiscusionesen el seno de la Comisin Tripartita de asuntos internacionales del trabajo de la problemtica del pas y su solucin. Comisin en laquehistricamentesehansuscritoacuerdossinqueestosobtenganningnresultadoporlafaltadeeficaciay

5 Las negrillas son nuestras. 6 Las negrillas son nuestras. 88 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - eficiencia del dialogo social, tal y como lo ha sealado la CEACR en sus observaciones al Convenio 144 de la OIT, ello tambin pese a las innumerables veces en que la OIT le ha proporcionado asistencia tcnica.A este respecto vale la pena citar que aunque la CAN 2010 en sus conclusiones para el caso Guatemala sobre el Convenio 87 solicit al Gobiernorevisarestosespaciosderepresentacinaefectodequeenlosmismosestuvieranrepresentadoslos verdaderos interlocutores del movimiento sindical autnomo. A la fecha dichos espacios no han sido revisados. DebidoaquelasviolacionesestructuralesalalibertadsindicalenGuatemalasehanconvertidoenuncursode accin sostenida y recurrente para garantizar el dumping social,con fecha 30 de julio del ao 2010 el Gobierno de losEstadosUnidosanunciquesupaspresentarauncasocontraGuatemalaenelmarcodelTratadodeLibre ComercioCentroamricaEEUU(CAFTA-RD),porviolacionesdelasobligacionessobrelosderechoslaboralesy sindicales. Este es el primer caso laboral interpuesto bajo un tratado de libre comercio. Recientemente el Gobierno de los EEUU ha anunciado pblicamente que la situacin de violaciones a lalibertad sindical y derechos laborales en Guatemala es sumamente graveyque est considerando pasar el caso al Arbitraje. El gobierno de Guatemala en su discurso ante los rganos de controlde laOIT,ha manifestado que tiene voluntad polticaderesolverlaproblemticadelibertadsindicalyquetomarconlaasistenciatcnicadeOITtodaslas medidasnecesarias,queestreforzandolasinstitucionesencargadasdeinvestigarlosdelitoscometidoscontra sindicalistas y que brindan proteccin a los mismos. Enesesentidodurantelosaos2004,2005,2006,2007,2008,2009,elEstadodeGuatemalasostuvo(antela CEACR, el CLS, yla CAN) que exista en el pas una Fiscala de delitos contra sindicalistas y periodistas la cual estaba siendoconstantementefortalecidaconpersonalyrecursosparalainvestigacindedelitoscometidoscontra sindicalistas.Inclusoen el marco de la Conferencia de la OIT desarrollada en el mes de junio del ao 2009, ante la ComisindeaplicacindeNormasdelaConferenciaelgobiernodeGuatemalasostuvo,unavezms,(CITA 1Lx1uAL C l 7 Noobstante,enelenvodelamemoriacorrespondientealaComisindeExpertosenaplicacindeConveniosy recomendacionesCEACR,enelmesdenoviembredelao2009apocosmesesdelaCAN-elgobiernode C Cl1A 1Lx1uAL Cisin Tripartita de Asuntos Internacionales del Trabajo, se ha reunido conelFiscalGeneralyJefedelMinisterioPblico,aefectodesolicitarlelacreacindelaFiscaladeDelitosen ContradePeriodistasySindicalistas,solicitudquefuejustificadaporcadaunodelosrepresentantesdecada Lo que implica que durante ms de 7 aos el Gobierno de Guatemala ha mentido ante los rganos de control de la OIT e intentado asaltar la buena fe de la comunidad internacional. La inexistencia de la citada fiscala ya haba sido comprobada por la Misin de Alto Nivel que visit el pas en el mes de febrero del ao 2009 y una vez ms fue corroborada enla visita hecha por el experto de la CEACR que estuvo presenteesteaoenelpas,ascomovenasiendodenunciadodesdehacemuchosaosantelosrganosde control por parte del MSICG. EnelmismosentidoelEstadodeGuatemalasehapronunciadodesdehacemuchosaossobrelaexistenciay efectividad de la Comisin multisectorial que se encarga de cuestiones de violencia antisindical,estos argumentos fueron vertidos incluso por el gobierno en la Comisin de aplicacin de normas en junio del ao 2009,no obstante es su memoria del Convenio 87 dirigida a la CEACR en el mes de septiembre de 2009, el gobierno manifiesta como unodeloslogrosderelevanciaenmateriadelibertadsindical,lareactivacindedichainstanciadespusde muchos aos de no funcionar; sobre este punto se pronuncia la CEACR en su observacin al Convenio 87 del ao 2010,encl141x1u4L6 reactivacindelaComisinMultinstitucional(quehastanohacemuchoseocupabadelascuestionesde Para ilustrar de mejor manera el poco respeto del Estado de Guatemala ante los rganos de control de la OIT y su doble discurso sealamos en la tabla siguiente las principales conclusiones de la CEACR, de la CAN y el discurso del Estado mantenido ante cada una de ellas.

7 Conclusiones de la CAN para el convenio 87, en el ao 2009, caso Guatemala. 99 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - RESUMEN DE LAS OBSERVACIONES Y SOLICITUDES DE LA CEACR RESUMEN DE LAS SOLICITUDES DE LA CAN RESUMEN DE LAS RESPUESTA DEL GOBIERNO A LA CEACR Y A LA CAN AO 1991 Solicitud de la CEACR: -Hacerlasreformaslegales pertinentespararesolverlos problemaslegislativosrelativos a:laestrictasupervisindelas autoridadesdelgobiernosobre los sindicatos,la prohibicin de que los sindicatosparticipen en actividadespolticas,sobrela imposibilidaddequesolo guatemaltecospuedanser directivos,sobrelaobligacin detenerunamayoradedos tercios de los trabajadores de la empresaodelcentrode produccinafectadopara declararunahuelga,sobrela necesidaddetenercierta mayoraparaaccederala huelga,sobrelaposibilidadde recurriralapolicapara suspenderlashuelgas,sobrela consideracindesabotajede lasactividadescuandose interrumpeunaactividad econmica,sobrelas restriccionesalahuelgaenlos servicios esenciales. -Lasdemorasexcesivasenla tramitacineinscripcinde sindicatos. Solicitud de la CAN:Las mismas que las de la CEACR. Posicin de Estado antela CEACR: ElProyectodeCdigodetrabajo, aprobadoenprimeralecturaporel CongresodelaRepblica,seencuentra en estudio y anlisis en el Congreso de la Repblicayrecogetodaslas observaciones de la CEACR. InformepresentadoporelEstadoala CAN: -YasehicieronlosesfuerzosconlaOIT paraarmonizarlalegislacinconel convenio. -YasepresentalCongresodela RepblicaunproyectodeCdigo sustantivodetrabajo,yunproyectode cdigo procesal. -ElGobiernoestimpulsandola suscripcindeunpactosocialsin precedentesparaaprobardentrodel marcodelaconsultatripartitareformas especficastransitoriasdelCdigode trabajo. -Las reformassolicitadas porla CAN y la CEACRyafueronenmendadasenel marcodelaaprobacindelanueva ConstitucinPolticadelaRepblicade Guatemala de 1985.AO 1993 Solicitud de la CEACR: LaComisinlamentoconstatar queenlasreformasdelos artculos223incisob)y241 incisoc)delCdigodetrabajo nofuerontomadasencuentaloscomentariosdelaComisin yquelosartculos211a)yb), 222, f) y m), 243 a) y 249, 255 y 257delmismocdigoanno han sido modificadas. LaComisinpidealgobierno quetomelasmedidas pertinentesparaconferirala legislacinmayorflexibilidad, Solicitud de la CAN: A parte de la solicitud hecha por la CEACRlaCANmanifestsu preocupacinporlosactosde violenciaantisindicalysolicit nuevamentequesepongala legislacinylapracticaen consonancia con el Convenio.Posicin del Estado antela CEACR:-Yasehanhecholasreformas contenidasenelDecreto64-92ylos problemasdearmonaentrela legislacinyenConvenioyahansido resueltos. Posicin del Estadoante la CAN:-Debidoalcambiodegobiernoel gobiernonopuedecontestaralos cuestionamientos.1010 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - suprimiendoelrequisitode perteneceralaempresapara unaproporcinrazonablede losdirigentesdelas organizaciones.AO 1995 Solicitud de la CEACR: Lacomisinmanifiestaquepor nohaberrecibidolasmemorias del gobiernoratifica su anterior observacin.Solicitud de la CEACR. LaCANurgialgobiernoparaque pongalalegislacinenarmona conelConvenioylaprcticay solicitquesesometauna memoria a la CEACR. Posicin del Estado antela CAN: Elgobiernosealquetomaralas medidasnecesariasparasuperarlas divergenciasentreelConvenioyla legislacin,ademssealque Guatemala ha cumplido con entregar las memoriasaquehacereferenciala CEACR. AO 1996 Solicitud de la CEACR: Lacomisinpidialgobierno quetomelasmedidas pertinentes,paraquegarantice tantoenlalegislacincomoen laprcticalaplenaaplicacin delasdisposicionesdel convenioyelrespetodelos principios de libertad sindical, le solicitunamemoriadetallada sobre las medidas adoptadas.Solicitud de la CAN: LaCANinstoalgobiernoaque mejorarasulegislacinafinde garantizarlalibertadsindicalyen particularlaautonomaenel funcionamiento de los sindicatos, a que garantice plenamente el pleno respetodelaslibertadespblicas paraelejerciciodelosderechos sindicales. Instalgobiernoaquepidierael apoyotcnicodelequipo multidisciplinariodelaOITpara darseguimientoalaMisinde contactos directos del ao 1995. Solicitunamemoriadetallada para la CEACR.Posicin del Estadoante laCEACR: Elgobiernosecomprometiaconvocar enunplazobrevealosactoressociales afindeanalizarloscomentariosdela CEACRysuperarlasdivergencias sealadas. Posicin del Estado ante la CAN: El gobierno seal que es la primera vez quelamisindelgobiernoaGinebrase integrabaporlasmsaltasjerarquas del Estado y representatividad. -SealqueconlafirmadelosAcuerdosdePazlasituacinrespectoa la libertad sindical cambiara. -Manifestlaintencindelgobiernode honrar sus compromisos internacionales derivadosdesucondicindemiembro de la OIT. -Sealquehadecididoprocederal desmontajerealyefectivodetodo elementoquehayaimplicadoo impliquelimitacinalalibreaccinde losciudadanososupongala supervivenciadelaimpunidadentodas susmanifestacionesincluidalaque deviene de las relaciones laborales. -Elgobiernohaacordadoyejecutado accionessinprecedentesencaminadas altotaleirrevocablesometimientode todaslasinstitucionesdelEstado, especialmentelasdeseguridad,ala autoridadcivil;lamodernizacindel sistema de justicia,incluida la adopcin deunnuevocdigoprocesalpenalyel fortalecimientodelasinstitucionesque complementanelesquemadeuna administracindejusticiapronta, 1111 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - efectivaynodiscriminatoria,incluidala creacinyadopcindenuevos procedimientoderesolucinde conflictos, incluidos los laborales.Lpasado sehabanobviadolasatencionesque correspondanalgobiernoparacumplir cabalyoportunamentesusobligaciones institucionalesconlaOIT,incluidala rendicindeinformesymemorias. Anunciqueenlaactualidad,el gobiernonoescatimabaesfuerzospara enmendarestaconductayparaenel futurocumpliracabalidadconesta elementalperofundamental -Hace6semanaselgobiernoyla insurgenciafirmaronenlaciudadde Mxicoundocumentoenelquese acuerdacomocompromisoenel terreno laboral los siguientes puntos:La observanciaycumplimientorigurosode lasleyeslaborales,incluyendolos conveniosinternacionales,capacitacin yformacindelostrabajadores guatemaltecos,eldialogoyla concertacinentrelossectoresdela produccin,cursosyformasdetrabajo encomnyprevencinyresolucinde conflictos,fueratificadoelconvenio 169delaOITqueensudafueraslo una aspiracin. -Sehaevaluadotantoporelgobierno comoporlasorganizacionesde empleadoresydetrabajadoresquepor lanaturalezapolticadelrgano legislativoylosinteresespolticos propiosdeladinmicaparlamentaria erarazonableasumircomoprobableel quetalesreformaspuedannoser aprobadascomoresultaconveniente. DeahqueenelsenodelaComisin tripartita que ya funciona en Guatemala,hayconsensopreliminarenelsentido de que cualquier reforma que se planteedebe ser resultado de un acuerdo previo tomadoenformatripartita (trabajadores, empleadores y gobierno). Eltemahasidoyaagendadopara discutir. -Se ha convocado y puesto en marcha la Comisintripartitadeasuntos internacionales del trabajo y la comisin tripartita de investigacin. 1212 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - -Sehanpresentadoproyectosdeley medianteloscualesseeliminardel catalogolegislativonacionalciertas disposicionesdecarcterlegislativopor motivospolticos,eltrabajoforzoso (modificandoelcdigopenal),yla-discriminacinporrazonesdegnero (modificacin al cdigo civil). -Elgobiernoexpeditaralmximo posiblelostrmitesparael reconocimientodelapersonalidad jurdica,aprobacindeestatutose inscripcindelasorganizaciones sindicales.-Sehaemitidounnuevoacuerdo gubernativorefrendadoporloscriterios de los Ministerios de economa, finanzas pblicasytrabajo,quedisponenla aplicacindesancionesdrsticas, inclusivecon la cancelacin de permisos deoperacinapropietariosindividuales ocolectivosdeempresasdemaquila queincurranenviolacindela normativa laboral. -Se tomaran lasmedidas para fortalecer lacapacidadoperativaydeverificacin de la IGT. -ConelapoyodelPNUDelGobierno estejecutandounprogramacuyo resultadofinalserlaelaboracinde unapropuestadearbitraje administrativolaboralpararesolverlos conflictos en primera fase. -El gobierno entregar un listado de 123 sindicatosinscritosdel1deenerode 1995 al 10 de junio de 1996 y el acuerdo ministerialdecreacindelaComisin tripartitadeasuntosinternacionalesdel trabajo.AO 1997 Solicitud de la CEACR:LaComisinexpresaunavez mslafirmeesperanzadeque laComisinTripartitatomar en cuenta en un futuro prximo todosloscomentariosantes formuladosenlaelaboracin del proyecto de ley, y que en su prximamemoriaelGobierno darcuentademedidas concretasadoptadaspara ponertantolalegislacincomo laprcticaenconformidadcon lasexigenciasdelConvenio. Solicitud de la CAN:Lacomisinexpreslaesperanza dequelosacuerdosdepaz conduzcan a una nueva etapa para lapaz,eldilogosocialylas relacioneslaborales,ypermitala plenaaplicacintantoenla legislacincomoenlaprcticadel Convenio.Lacomisinurgial gobierno para que en la legislacin y la prctica desaparezca el control delasautoridadespblicasenlos sindicatos, las limitaciones a los no guatemaltecosparasermiembros Posicin del Estado ante la CEACR y ante la CAN: -Elgobiernorecordqueel29de diciembrede1996sehabafirmadoel AcuerdodePazfirmeyduradera,estos permitenquesebeneficienlas relacionesentreempleadoresy trabajadores.El dilogo es la forma ms eficaz para resolver las diferencias como serealizaenelsenodelaComisin tripartitadeasuntosinternacionalesdel trabajo. -Secomprometiallevaracabolas reformasdeleyqueyaestabansiendo 1313 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - (Armonizacin,ver recomendacionesde1989, 1991, 1993, 1995, 1996) LaComisinpidealGobierno queleenveunamemoria detalladasobrelasmedidas especficasadoptadasal respecto. decomitsejecutivos,ylasdems restriccionesalejerciciodel derechodesindicacin.La comisininstalgobiernodeque enve una memoria a la CEACR. discutidasenelsenodelaComisin tripartitadeasuntosinternacionalesdel trabajo.-Parallevaracabolasreformascuenta conlaasesoradelequipotcnico multidisciplinariodelaOIT,quienesles han estado dando asistencia tcnica. -Se pretende reformar los artculos 221-220-223-243 del cdigo de trabajo. -Lacomisintripartitadeasuntos internacionalesdeltrabajohallegadoa unacuerdosobreel90%delas cuestionesobjetadasporlaCEACRyel puntoquequedarserabordadoel26 dejunio.Posteriormenteseenviarun proyectodeleyalCongresodela Repblica. Es voluntad del gobierno que toda modificacin a la legislacin laboral tenga el visto bueno de los empleadores ytrabajadores,lacomisinbipartita examina reformas a la parte procesal del Cdigodetrabajoyendichacomisin noparticipaelgobiernoaunquecuenta conlaayudadelaOIT,lalistade revisindelSGPPlusmuestraqueha habidoavancesymejorasen Guatemalayaslohareconocidoel gobierno de EEUU. Segnsedesprendedelosinformesdel CLSlaviolenciaantisindicalha disminuido,nohayterrorismode Estado. -SiseprecisaunamisindelaOITen relacinconlaaplicacindelConvenio elMinisteriodetrabajoestarade acuerdo. AO 1999 Solicitud de la CEACR: LaComisinespera nuevamente que en su prxima memoria el Gobierno d cuenta demedidasconcretas adoptadasparaponertantola legislacincomolaprcticaen plenaconformidadconlas exigenciasdelConvenio.. (Armonizacin,ver recomendacionesde1989, 1991, 1993, 1995, 1996, 1997) Solicitud de la CAN: Pidialgobiernoqueadoptelas medidasnecesariasparaeliminar sindemoraenlaleyyenla prcticaelcontroldelas autoridadespblicassobrelas actividadessindicales,las restricciones impuestas a personas quenoposeenlanacionalidad guatemaltecadeocuparcargos sindicalesyotrasrestriccionesala libre sindicalizacin. Instalgobiernoaquerespetelas libertadescivilesqueson indispensablesparalaaplicacin del Convenio. Posicin del Estado ante la CEACR:-ElGobiernoprocederaanalizarlos servicios no considerados esenciales por losrganosdecontroldelaOIT,para efectosdelejerciciodelderechode huelga. -SometiparaconsultadelaComisin TripartitadeAsuntosInternacionales,la casitotalidaddelascuestiones planteadasenloscomentariosdela ComisindeExpertos,conelfinde elaborarunproyectodeley,perono huboconsensosobrelospuntosque deberan ser objeto de reformas. 1414 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - Solicit que el gobierno presente a la CEACR una memoria detallada. Posicin del Estado ante la CAN:-Elrepresentantegubernamental expresoqueenabrilde1997el MinisteriodetrabajodeGuatemala sometiaconsultadentrodela Comisintripartitadeasuntos internacionalesdeltrabajolas observaciones sobre la discrepancia que enopinindelaCEACRexistenentrela legislacin nacional y el convenio. -Enjuliode1998fueinstalada nuevamentelaComisintripartitade asuntos internacionales del trabajo. -ElobjetodelaComisintripartitaes aprobarunaagendaparaconocerlas Observaciones de la CEACR, esta agenda ser presentada por una subcomisin de asuntosjurdicosquesehacreadocon ese fin,esta tiene el mandato de revisar el proyecto deley para poner sanciones en el Cdigo de trabajo. -ElMinisteriodetrabajoelaborarun anteproyectodereformaspara someterlo al congreso. -Solicitasistenciatcnicapara promover las reformas legales.Tambin paratratareltemadelosservicios pblicos esenciales.-Elrepresentantedelgobierno manifestquelosAcuerdosdepazno son papeles sino compromisos solemnes del gobierno ante la comunidad nacional e internacional. AO 2000 Solicitud de la CEACR: LaComisinexpresalafirme esperanza de que lo ms pronto posibleelGobiernoadoptar lasmedidasnecesariaspara ponerlalegislacinenplena conformidadconlas disposicionesdelConvenio,yle pidequeleinformeensu prximamemoriasobretoda medidaadoptadaalrespecto. (Armonizacin,ver recomendacionesde1989, 1991,1993,1995,1996,1997, 1999) Solicitud de la CAN: -LacomisinesperaquelaCEACR analice el proyecto de ley. Solicit memoria para la CEACR Posicin del Estadoantela CEACR:-La OIT le entreg un proyecto que tiene por objeto superar los comentarios de la ComisinyquelaComisinTripartita sobreasuntosinternacionalesdel trabajoesttrabajandoenla preparacin de un proyecto de reformas consensuado,aefectosdepresentarlo ante el Congreso de la Repblica. Posicin del Estado ante la CAN: -Elgobiernocomunic una copia de los proyectosdeenmiendaalCdigode trabajo,delalegislacinsindical,dela reglamentacinrelativaalderechode huelgadelostrabajadoresdelEstadoy de la legislacin penal destinada a poner lalegislacindeconformidadconel Convenio. 1515 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - -ElGobiernohacumplidoconsu compromisodeelevarunproyectode reformasalaleyparaadecuarla legislacindeconformidadconel Convenio,elobjetivodelproyectoes resolverlamayoradelascuestiones planteadas por la CEACR. -Elgobiernoenvicon4mesesde anticipacin su memoria a la CEACR. -Elactualgobiernotomoposesinel17 de enero y slo en 4 meses ha cumplido conelcompromisoconlaobligacinde proporcionar lo solicitado.-Esobligacindelgobiernorespetary honrar las obligaciones contradas por el pas. -Elgobiernohasolicitadolaasistencia tcnica. AO 2001 Solicitud de la CEACR: -Seobservaconprofunda inquietudelnmero importantedeactosde violenciacontradirigentes sindicalesysindicalistas alegadosenelpresentecaso, queincluyennumerosos asesinatosyamenazasde muerte. -LaComisinexpresa nuevamentelafirmeesperanza dequeenunfuturomuy prximoseadoptarunaley, quehayasidoobjetode consultastripartitas,yque puedanincluirseenlamisma las modificaciones a la totalidad delasdisposicionesobjetadas.(Armonizacin,ver recomendacionesde1989, 1991,1993,1995,1996,1997, 1999,2000) -La Comisin solicita al Gobierno que en su prxima memoria le informe sobre toda evolucin a este respecto.-LaComisinrecuerdaal Gobiernoquelaasistencia tcnicadelaOficinase encuentra a su disposicin. Solicitud de la CAN: Lacomisinurgialgobiernoa quetomarmedidaspara fomentaryperfeccionarplenasy realesdiscusionestripartitasafin dequelascuestionespendientes puedanresolverseaplena satisfaccin de todas las partes. -Pidiqueelgobiernotomelas medidasnecesariasparaponerla prcticanacionalenplena conformidadconlasdisposiciones del convenio. -Solicitalgobiernounamemoria detallada para la CEACR. Posicin del Estado ante la CEACR: -ElPresidentedelaRepblicaha enviadoalCongreso,parasuadopcin, unproyectodeleytendenteala modificacinoderogacindevariasde las disposiciones legales. Posicin del Estadoante la CAN:-ElgobiernodelaRepblicaaprobel 25 de abril y el 14 de mayo del ao 2001 dosdecretoslegislativosquedancurso a las observaciones de la CEACR sobre la aplicacin del Convenio 87. -Agradecialacomisinquesu perseveranciahayacontribuidoa superarlos. AO 2002 Solicitud de la CEACR: LaComisinobservasin Solicitud de la CAN: Lacomisinpidiquesetomen Posicin del Estado ante la CEACR: LaadopcinporelCongresodela 1616 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - embargoquelosmencionados decretoslegislativosnocubren otrospuntosdelalegislacin quenoestnenconformidad con el Convenio, a saber: - exigencia deser guatemalteco deorigenparaparticiparenla constitucindeuncomit ejecutivoprovisionaldeun sindicato (cabe sealar que esta exigenciasederivadela Constitucin Nacional); - exigencia deser trabajador de laempresaodelaactividad econmicaparapoderser elegidodirigentesindical (artculos 220 y 223 del Cdigo). -LaComisinpidealGobierno quetomemedidasparaquese pongalalegislacinenplena conformidadconelConvenio en los puntos sealados. LaComisinpidealGobierno que indique si con la derogacin elartculo257delCdigode Trabajo(queordenabadetener yenjuiciaralosqueintentaban pblicamente una huelga ilegal) elartculo390,prrafo2del CdigoPenalhadejadode aplicarseasituacionesde huelga LaComisinpidealgobierno indiquesilaslimitacionesdel decretolegislativonm.35-96 hanquedadoonoabrogadas implcitamente. LaComisinpidealgobierno queenvesuscomentarios sobrelaafirmacindelas centralessindicalesenel sentidodequeenlosltimos aosnosehandadocasosde huelga legal. LaComisintomanotadelos asesinatos,actosdeviolenciay amenazasdemuertecontra sindicalistasenelmarcodel casonm.1970anteelComit deLibertadSindicalydelas conclusionesdelinformede misin al respecto medidaspararesolverlos problemasplanteadosdela elegibilidaddelosdirigentes sindicales,losrelativosala eleccinlibredelosdirigentes sindicales. Lacomisinlesolicituna memoria para la CEACR. Repblicadeldecretolegislativonm. 13-2001de25deabril(durantela misindecontactosdirectos)ydel decretolegislativonm.18-2001de14 de mayo, que dan cumplimiento a varias solicitudes de la Comisin. Posicin del Estado antela CAN:-LasreformasalCdigodetrabajode 2001 dan cumplimiento a muchas de las solicitudesdelosrganosdecontrol.EstadotoalMinisteriodetrabajodela capacidad sancionatoria lo cual agiliza la sancinylaprevencindederechos laborales por la va administrativa. -Enabrildeesteaosolicitasistencia tcnicaenelmesdeabrilsuscribiendo una carta de cooperacin. -SolicitasistenciatcnicadelaOIT haciendo hincapi en la justicia laboral.-secreunaunidadespecialdela Fiscalageneralafindeincrementarla eficacia de las investigaciones realizadasparaesclarecerlosdelitoscometidos contra sindicalistas. -Seconstituyunacomisindealto nivellaboral,integradaporMinistrosy representantes sindicales de la UASP: en ella se abordarn entre otras coas: el del nuevoestatutodelafuncinpblicay elderechodehuelgadelosempleados delEstado,enlacualsedar cumplimiento a una reforma instada por laCEACRincluyendoladerogacindel decreto legislativo nmero 35-96. -Secomprometiaconstruiruna institucionalidaddemocrticaque subsanelasdeficienciasquetodava impidengarantizarelejercicioefectivo delosderechoshumanosydelas libertadesfundamentalesentreellasla libertad sindical.-LaFiscalaespecialconstituidapara resolverlosdelitoscontrasindicalistas ya tomo acciones concretas. -Se cre la unidad de sanciones.-SehapremiadoalaAsociacingremial deexportadoresdeproductosno tradicionalesporlapreocupacin demostrada por los derechos laborales.-SugobiernoinvitoalRepresentante especialdelSecretarioGeneraldela ONUparalosdefensoresdelos derechoshumanosyemprendiuna 1717 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - polticadereparacinencuyomarcoel Estadohadesembolsadoyauna cantidadmillonariaparaindemnizara nmerostrabajadoresdelMinisteriode Culturaquehabansidodespedidosde manera improcedente.AO 2003 Solicitud de la CEACR: LaComisinobservacon preocupacinqueensus comentariossobrelaaplicacin delConveniolasorganizaciones sindicalesserefierenagraves actosdeviolenciacontra sindicalistas.Porotraparte, diversoscasosanteelComit deLibertadSindical(casos nms.1970y2179)confirman laexistenciadeunnmero importante de asesinatos, actos deviolenciayamenazasde muerte contra sindicalistas. LaComisinexpresalafirme esperanzadequeelGobierno serdiligenteensusesfuerzos paragarantizarelrespeto efectivodelosderechos humanos y libertades pblicas LaComisinpidepuesal Gobiernoquesemodifiquela legislacinylaConstitucin paragarantizarquelos trabajadorespuedan determinarlibrementelas condicionesdeeleccindesus dirigentesyelegirasalos representantes de su eleccin. LaComisininsisteenla importanciadequelos derechossindicalesse determinendemaneraprecisa enlalegislacinypidepuesal Gobierno que tome las medidas necesariasparasuprimirlas limitacionesmencionadas anteriormente,quefiguranen eldecretonm.71-86 modificado por el decreto nm. 35-96. LaComisinpidealGobierno quefaciliteestadsticastanto sobrelashuelgaslegalescomo lasilegalesenlosltimosdos aos,explicandoeneste Posicin del Estado ante la CEACR:-CreacindeunaUnidadEspecialenla Fiscala General que empez a funcionar paraincrementarlaeficaciadelas investigacionespenalessobreactosde violenciacontrasindicalistas,unidad queactualmentellevalainvestigacin de 50 casos 1818 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - segundo caso las razones de las declaraciones de ilegalidad. LaComisinobservaqueel Gobierno no ha respondido a la mayoradeloscomentarios presentadosporlas organizaciones sindicales y trata estascuestionesenuna solicitud directa. AO 2004 Solicitud de la CEACR: LaComisinobservacon preocupacinqueensus comentariossobrelaaplicacin delConveniolasorganizaciones sindicalesserefieren nuevamenteagravesactosde violenciacontrasindicalistas. Porotraparte,diversoscasos anteelComitdeLibertad Sindical LaComisintomnotay apreciensuanterior observacinqueelGobierno hubierainformadodela creacin de una Unidad Especial enlaFiscalaGeneralque empezafuncionarpara incrementarlaeficaciadelas investigacionespenalessobre actosdeviolenciacontra sindicalistas.LaComisinpidealGobierno quelefaciliteinformaciones sobrelosresultadosdeltrabajo dedichaunidad,incluidas informaciones estadsticas. LaComisinpidepuesal Gobierno que se informe sobre todaslasmedidastomadas paramodificarlalegislaciny laConstitucinparagarantizar quelostrabajadorespuedan determinarlibrementelas condicionesdeeleccindesus dirigentesydesignarasalos representantes de su eleccin. LaComisinpidealGobierno quetomemedidasparala modificacin de la legislacin a findeasegurarqueslolos votos emitidos sean tenidos en cuentaenelmomentode calcular la mayora. Solicitud de la CAN: Loscasosserefierenaactosde violenciayaobstculosallibre funcionamientodelas organizacionessindicales,pidial gobiernoqueenveunamemoria detalladaconelinformedelas cuestionespendientesydelos compromisosasumidosenla misin de contactos Posicin del Estado ante la CEACR:-ManifestsuCompromisode continuarimplementandolas recomendacionesdelaComisinde Expertos,ascomodequeel8de febrerode2002seconstituyuna ComisindeAltoNivelLaboral, integradaporMinistrosdeEstadoy representantesdelaUnidaddeAccin SindicalyPopular(UASP)enlaquese examinarnestascuestiones,incluidala derogacindeldecretolegislativonm. 35-96.LamemoriadelGobierno, aunquenoprecisademasiado,seala quesehaproducidoyaimplcitamente unaderogacinparcialdelosdecretos criticados por la Comisin. -SegnlamemoriadelGobiernoenlos ltimosmesesse realizaron dos huelgas en el sector pblico y una tercera en una empresaenlaquelostrabajadores solicitaronladeclaracindelegalidad perolaempresaconsiguiretrasarel procesohastaquesefirmelpacto colectivo -ElGobiernohasometidosus comentariosalaComisindeAsuntos Tripartitos y de que actualmente se est reformandoelCdigodeTrabajo.La Comisinesperaqueenunfuturo prximopuedaconstatarprogresos sustancialesenlosdiferentespuntos mencionados. -ElGobiernohasolicitadolaasistencia tcnica de la OIT.-Tomanotaasimismodequeel Gobiernohaconsideradoquelamisin decontactosdirectossolicitadaenel marcodelConvenionm.98porla Comisin de Aplicacin de Normas de la CITtendramejorcabidaconelnuevo Gobiernoapartirdelaselecciones (enero de 2004). 1919 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - LaComisinpidealGobierno quetomemedidasparala modificacin de la legislacin a findeasegurarqueslolos votos emitidos sean tenidos en cuentaenelmomentode calcular la mayora. LaComisininsisteenla importanciadequelos derechossindicalesse determinendemaneraprecisa enlalegislacinypidepuesal Gobierno que tome las medidas necesariasparasuprimir formalmentelaslimitaciones mencionadasanteriormente, quefiguraneneldecretonm. 71-86 modificado por el decreto nm. 35-96. LaComisinpidealGobierno quelesigafacilitando informacionessobreelnmero dehuelgaslegalesydehuelgas ilegales,enlosltimostres aos,indicandolossectores concernidos. LaComisindirigealGobierno unasolicituddirectasobre otros puntos. Posicin del Estado ante la CAN:-Serecibienmayolamisinde contactos directos. -Sumisinalasautoridades competentesdetodoslosConvenios, recomendacionesyprotocolos sealados en el informe de la Comisin para este ao. -LaFiscaladedelitoscometidoscontra periodistasysindicalistashadado cuentade58casoscuyosporcentajes son los siguientes: 71% homicidios, 0.5% asesinatos,28.5%Varios.Detodoslos casoshansido3endondehahabido atentadocontralavidadesindicalistas, sehanrealizadolasinvestigaciones correspondientesindividualizndosea losresponsableseinicindoselas acciones judiciales correspondientes.En lo que va del ao no se ha informado de ningncasodehomicidiosde sindicalistasodelesionescontralos mismos.-Elgobiernoharecibidolacooperacin tcnicayfinancieradedistintos organismosinternacionalespara fortalecer el Ministerio Pblico.-Aefectodedarseguimientoalas accionesyprevenirlosconflictosel MINTRABharealizadoenloquevadel aounasistematizacindelos obstculosquesepresentanafinde garantizarunaadecuadavigilanciadel derecho de libertad sindical. -Se ha determinado que la funcin de la inspeccindebeejercersedemanera integral,esdecirqueademsde comprobaryprevenirconflictos laborales,debehacercumplirlaley cuandoexistantergiversacionesy violaciones.Elnuevosistemade sancionespermiteagilizacindela funcin de la inspeccin. -Noesnecesariomodificarlalegislacin paraponerlaenconformidadconel Conveniopuesdeconformidadconla Constitucinseaplicaelindubiopro operario.-Elgobiernohasometidoaconsulta tripartitalaconvenienciayelcontenido delaposibleiniciativadereformalegal quepermitasuperarlasactuales limitacionesenrelacinconlamayora delostrabajadoresquedebenapoyar 2020 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - un movimiento de huelga para que este sea declarado legal. -ElgobiernosometialaComisin tripartitadeasuntosinternacionalesdel trabajolasreformasyestenproceso de reformas el Cdigo de trabajo. -En2001sereformparaqueno estuviera prohibida la huelga en tiempos de cosecha. -Lafiscaladedelitoscontraperiodistas ysindicalistasnofuecreadapara engaas a la Comunidad internacional.-Solicit la asistencia tcnica de la OIT. -Agradeci la cooperacin financiera de algunos pases. AO 2005 Solicitud de la CEACR: LaComisinpidealGobierno quelecomunique informacionessobretodo nuevo delito contra sindicalistas queseadenunciadoantela Fiscala Especial. LaComisindestacala importanciadequese determineconclaridadla autoridadencargadade examinarlasdenunciasy reclamacionesporviolacinde los derechos sindicales. LaComisinpidealGobierno queleinformesobreel cumplimientodelconjuntode estoscompromisosasumidos durantelamisinyexpresala esperanzadequeenunfuturo prximoelGobiernopodr informardecasosdeprogreso enrelacinconlas disposicioneslegalessealadas anteriormente.LaComisindestacaelnmero deproblemaspendientesy constata la gravedad de algunos deellosquepersistendesde haceaosyabarcanaspectos esencialesdelosderechos sindicales,porloqueleurgea querealicetodoslosesfuerzos paraquesemodifiqueno suprimanlasdisposiciones legales en cuestin. Solicitud de la CAN:-Losproblemasserefierenaactos deviolencia,lentitudexcesivade losprocedimientospenalesyla impunidadquelosenvuelve,las restriccionesalaconstitucine inscripcindesindicatosyparasu funcionamientoyasanciones penalesporelejerciciodelos derechos sindicales.-Solicit que el gobierno realice los esfuerzosparagarantizarel ejercicio de los derechos sindicales enunclimadeplenaseguridad paralossindicalistas,paramejorar laadministracindejusticiay evitar la impunidad.-Quepongalalegislacinyla prcticaenplenacompatibilidad con el Convenio. -Que comunique una memoria con todaslascuestionesalaCEACR, quecontengaelnmerode inspecciones,lassanciones impuestasentodoslossectores incluidoeldelamaquila, agregando estadsticas y el nmero desindicatos,yasociaciones solidaritas,ascomoelresultado de las investigaciones de la Fiscala especial. Posicin del Estado ante la CEACR:La inspeccin del trabajo tiene funciones enelnuevosistemadesancionesyse handictadoinstruccionesprecisasalos inspectores para la vigilancia efectiva de losderechossindicales;ademsha atendidolatotalidaddelasdenuncias, resolvindolasconciliatoriamenteo procediendoalasancin correspondiente;El Gobierno seala que el principio pro operariosehallaenlaConstituciny permiteinterpretarquealgunas cuestionesplanteadasporlaComisin deExpertoshansidosuperadasyaque dichoprincipiohaceprevalerlanorma ms favorable;Enlosltimostresaoshahabidouna declaracindeilegalidaddeun movimientohuelguistayuna declaracindelegalidad;estosedebe enpartealareticenciadelasociedad civilautilizarlosmediosinstitucionales para tratar los conflictos laborales;Enmayode2003unsindicatonacional solicitapoyotcnicoalMinisteriopara conocerlosaspectoslegalesdel sindicatodeindustria;ellopuede resultarenlaconstitucindelprimer sindicato de industria;Lainscripcindeorganizaciones sindicalesserealizaenuntrmino razonable,ajustadolomsposibleal plazoestablecidoenelCdigode Trabajo;algunosretrasosseproducen comoconsecuenciadeomisionesdelos solicitantes;elGobiernoinformardel 2121 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - Siguevigenteladisposicindel CdigoPenal(artculo390)que prev la imposicin de penas de unoacincoaosparaquienes ejecutenactosquetenganpor objetoparalizaroperturbarel funcionamientodelas empresasquecontribuyanal desarrolloeconmicodelpas conelpropsitodecausar perjuicioalaproduccin nacional.LaComisintoma notadequeelGobiernoha confirmadolavigenciadeesta disposicin. LaComisinpidealGobierno queleinformedetoda denunciarelativaalejercicio delosderechossindicalesque sepresenteenesesector (maquila),ascomodelas correspondientesdecisiones administrativas o judiciales; as comoqueseaseguredel respetodelosderechos consagradosporelConvenio en dicho sector. tiempo promedio de la inscripcin de los sindicatos;Nosetienenconocimientodequeel MinisterioPblicohayainiciado accionespenalesocivilescontra funcionarios pblicos en caso de huelga; yLasorganizacionessindicalesestn exentasdelpagodeimpuestospero debeninscribirseenelregistrofiscal aunque al estar exentas, en principio no pueden ser objeto de fiscalizacin. Enelperodo2003-2004hahabidouna tentativadeasesinatocontraun sindicalista,lesionesgravescontraotro, 30 amenazas y diez delitos de coaccin. Sehaidentificadoalosresponsables pero todos los procesos por asesinato u otrosdelitosseencuentrantodavaen la etapa de investigacin El Ministerio de Trabajo se compromete encasodeamenazasdemuerteode agresionesasindicalistasodirigentes empleadoresagestionaranteel Ministerio de Gobernacin la proteccin de esas personas a travs delos medios necesarios de proteccin personal, si as lo solicitan las mismas. El Gobierno ha expresado a la misinsu voluntaddeavanzarenrelacinconlos problemasplanteadosporlaComisin de Expertos. La Comisin aprecia ciertas medidasycompromisosdediferente alcanceasumidosporelGobierno durantelamisin,queenpresenciade lamismafueronaprobadosporla ComisinTripartitasobreAsuntos InternacionalesdelTrabajo,yen particular destaca que: ElMinisteriohasometidoalaComisin Tripartitalascuestioneslegislativas planteadasalaComisindeExpertos paraquerealiceunexamendelas mismasperidicamenteconvistaasu posible modificacin; El Ministerio ha pedido a la Comisin de TrabajodelCongresodelaRepblica queconsultealaComisinTripartitade AsuntosInternacionalessobrelas iniciativaspendientesdeaprobacinen materiadereformassustantivasy procesales; ElMinisterioestdeacuerdoenel establecimientodeunmecanismode 2222 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - intervencinrpidaparaelexamende lasdenunciasyquejasdestinadasala OIT para que en un plazo de quince das seintenteencontrarsolucinalos problemasplanteadosantesdeque tales quejas o denuncias se transmitan a laOIT.Estemecanismopermitiraque lasautoridadesministerialesrealizaran gestionesespecialesypodra encomendarseaunasubcomisindela Comisin Tripartita; ElMinisterioorganizarunseminario tripartitosobrelaproblemticageneral de las maquilas en lo que respecta a los derechossindicales,seminarioesteque ser asistido por la OIT y que prever un plandeaccinqueserevaluadoenel marco de actividades de seguimiento. Segn el Gobierno actualmente hay dos sindicatosyuntotalde53afiliados.La Comisintomanotadequeelinforme delamisinmencionalacreacinde unaunidadespecializadadela inspeccindeltrabajoparalamaquila (dondesehanfirmadocuatropactos colectivos). Posicin del Estado ante la CAN:-LasobservacionesdelaCEACRsonun objetivas,sincerasytilesparamejorar elfortalecimientodelrgimen institucional,lagobernabilidadyla democraciaenGuatemala.-Seacordy creoporlaComisintripartitade asuntosinternacionalesdeltrabajoun mecanismodeintervencininmediata paraatenderlasquejasqueseande competencia del CLS y las observaciones sobrelaaplicacindeconvenios internacionales.Lasquejasyanosern enviadas directamente a la OIT sino que habrunainstancianacionalpara intentaraclararlosproblemasde interpretacinlegalquepuedanser resueltos en el pas. -El gobierno ha impulsado la integracin yelfuncionamientodelaComisin tripartitadeasuntosinternacionalesdel trabajo. -Elgobiernoanalizarconelsector empleadorytrabajadorlasreformas necesariasparasuperarlosproblemas quetuvolasreformasdelao2003en particularlosresabiosexistentesenla 2323 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - legislacinpenalqueatentancontrala libertad sindical.-Semodificarntambinlascuestiones relativasalosrequisitosparaser miembrodelComitEjecutivodel Sindicato,loscriterioslegalespara establecerlosvotospararealizarla huelga,ladefinicinlegaldelos serviciosesencialesconrelacinal ejercicio del derecho de huelga. -LaComisintripartitahallegadoaun consensopararealizarlasreformas legalesnecesariasquepermitanlas reformasalCdigodetrabajoalas normasinternacionales relativas a la no discriminacinenelempleoyla ocupacin.Enestesentidoelgobierno hapresentadounapropuestade reformaalCongresodelaRepblica para su aprobacin.-Muchosdelosproblemassealados porlaCEACRhansidosolucionadospor leyesquehanpermitidosuperarlas cuestionesproblemticascomohasido el caso del Acuerdo 700-2003. -Dicequeelartculo215delCdigode trabajonoviolaningnprincipiode libertadsindical,porquesilos trabajadoresnotienenelnmerolegal paraconstituirelsindicatodeindustria puedenhacerunodeempresa.Nose hasolicitadolaconstitucindeun sindicato de industria.-Se ha superado el problema en relacin aldecreto700-2003sobreservicios esencialesenvirtuddeleyes posteriores. -Esimposiblecomputarelnmerode sindicalistasyorganizacionessindicales porfaltaderegistroestadsticoy recursos financieros.-Lainspeccindeltrabajoes competenteparaconocerloscasosen materiasindicaldelostrabajadoresdel Estadoyparticiparcomoamigables componedores,talcomofuedeclarado envariassentenciasporeltribunalde conflictosdejurisdiccindelaCorte SupremadeJusticia.Esteesun mecanismopararesolucinalternade conflictosentrelaadministracin pblica y sus empleados.-Existedebilidadinstitucionalpara investigartodotipodedelitos,los 2424 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - hechosdeviolenciahandisminuido considerablementeyelgobiernoest apoyandolasintervencionesdelas autoridadespararealizarlas investigacionesenformarpiday efectiva.-Solicita asistencia tcnica para desarrollar el primer seminario nacional sobre derechos laborales ylibertad sindical. -Solicita asistencia tcnica para llevar un registro de organizacionessindicales y de afiliados.-Elgobiernotienelaintencindeseguir luchando contra la corrupcin. AO 2006 Solicitud de la CEACR: LaComisinexpresasugrave preocupacinenrelacincon loshechosdeviolenciacontra dirigentessindicalesy sindicalistasqueelGobierno informaquecontinan denuncindose.LaComisin ponederelievequelos derechossindicalesslo puedenejercerseenunclima exento de violencia y expresa la firmeesperanzadequeel mecanismodeproteccinde sindicalistascomenzara funcionarprximamente,y pidealGobiernoquele informeensuprxima memoriasobretodaevolucin a este respecto. LaComisinexpresala esperanzadequelasreformas alalegislacinnecesariasse llevarn a cabo prximamente y queparaevitartodotipode ambigedadposible,aquellas disposicionesquehansido superadas por leyes posteriores tambinsernderogadas.La ComisinpidealGobiernoque leinformeensuprxima memoriasobretodaevolucin a este respecto. Enestascondiciones,altiempo querecuerdaqueelGobierno secomprometiconlaMisin deContactosDirectosde2004 aqueelSeminariotripartito Posicin del Estado ante la CEACR: -ElGobiernoinformaqueseestn analizandoporpartedelsector empleadorytrabajadortodaslas reformaslegalesquepermitansuperar: losproblemasquepresentaronlas iniciativasdereformadel2003;los resabiosexistentesenlalegislacin penalqueatentancontralalibertad sindical;todoslosaspectosdelos Conveniosnms.87y98;las disposicionesrelativasalosrequisitos parasermiembrodelcomitejecutivo sindical;reformassustantivasy procesales,loscriterioslegalespara establecerlamayoradelosvotospara realizar una huelga y la aclaracin sobre ladefinicinlegaldelosservicios esencialesconrelacinalejerciciodel derecho de huelga. ElGobiernoinformaaesterespecto que:1)Debidoalaimportanciaquese tienedepresentarunapropuestade reformaalCdigodelTrabajo,las reunionesdelaComisinTripartita sobreAsuntosInternacionalesdel Trabajo(CTAIT)secelebrancadaocho dasyelnicotemadelaagendaesel delareforma;2)Sehanllevadoacabo reunionesentrelaCTAITylaComisin deTrabajodelCongresoendondese reconocelaimportanciadehacer propuestas de reforma y que las mismas cuentenconelconsensotripartito,por loqueseesttrabajando coordinadamente;y3)Muchostemas sobrelosquelaComisinsugiri cambiosalalegislacinsonproblemas 2525 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - sobrelaproblemticageneral delasmaquilas,enloque respectaalosderechos sindicales,preveaunplande accinaserevaluadoenel marcodeactividadesde seguimiento,laComisinpide alGobiernoquecontine esforzndoseparaquese respetenlosderechos consagrados por el Convenio en dichosector.Asimismo,la ComisinpidealGobiernoque leinformeensuprxima memoriasobrelasdenuncias relativasaviolacionesdelos derechos sindicales en el sector delasmaquilaspresentadas durantelosdosltimosaos, as como sobre sus resultados. deinterpretacinyelrgimen constitucional regula el principio de que prevalecelanormamsfavorablepara lostrabajadoresencasodeconflictode leyeslaborales,porloquemuchosde losproblemassealadosyahansido resueltosenvistadequeleyes posteriores,sinimportarsufuenteo jerarqua,hansuperadolas disposicioneslegalesquelaComisin identificacomoproblemtica(sealael Gobiernoqueesteeselcasodel acuerdogubernativonm.700-2003 relativoaserviciospblicosesenciales enlosquesepuedeimponerun arbitrajeobligatorio,quehabasido objetado por la Comisin). ElGobiernoinformaque:1)Enrelacin con las diferentes investigaciones que se hanabierto,luegodequelaInspeccin GeneraldelTrabajoformulara intimaciones,laparteempleadoraha garantizadoelcumplimientodelos derechosmnimosdelostrabajadoresy enalgunoscasosantelainobservancia delanormativalaboralsepromovila accinadministrativaparaaplicaruna sancinalpatronoporviolacindelas leyeslaborales;2)Enlaactualidad debidoaunadecisindelaCortede Constitucionalidad, ya no se faculta a los inspectoresapromoverlaaccin administrativayaimponermultas,por loqueserealizaladenunciaantelos tribunalesdetrabajoparaquestos procedanasancionarporviolacinde lasleyeslaborales;3)Comopartedela vigilancia y fiscalizacin para velar por el cumplimientodelasleyeslaboraleslos inspectoresdetrabajohanlevantado actasyhanprevenidoalpatronopara que cumpla con algunos requerimientos legales,derivadosdelasdenuncias presentadas; y 4) Se solicit a la Oficina delaOITenSanJosdeCostaRica cooperacinyacompaamientopara realizarelprimerseminarionacional sobrederechoslaboralesylibertad sindicalenlasmaquilas,elcualse desarrollar prximamente. AO 2007 LaComisinpidealGobierno que,siguiendoelcicloregular LaComisintomanotadequeel Gobiernosealaquedichoproyecto 2626 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - dememorias,comuniquepara suprximareuninde noviembre-diciembrede2007 susobservacionessobreel conjuntodelascuestiones legislativasydeaplicacin prcticadelConvenio mencionadasensu observacin anterior en 2005 (Leydeserviciocivil)estsiendo consultadoconlasorganizaciones sindicales,quefuepresentadoala ComisinTripartitasobreAsuntos InternacionalesdelTrabajoyqueel Congresosehareunidocon federacionesyconfederacionespara discutir sobre el mismo AO 2008 La Comisin toma nota tambin delosvarioscasoseninstancia anteelComitdeLibertad Sindical,algunodeloscuales contienegravesalegatossobre elasesinatodeundirigente sindical.Adems,laComisin tomanotadelasconclusiones delaMisindeasistencia tcnicaquesedesarrollenel pasdel26al28defebrerode 2007. LaComisinrecuerdaqueen observacionesanteriorestom notadeactosdeviolencia contrasindicalistasypidial Gobiernoqueleinformara sobre la evolucin al respecto. LaComisintomanotadeque elGobiernoenvainformacin proporcionadaporlaFiscala Especialdedelitoscontra periodistasysindicalistasdel MinisterioPblicosobrelas denunciasdeactosdeviolencia contrasindicalistas.De conformidadcondichas informaciones,en2007sehan presentadosietedenuncias, contra 37 en 2006 y 43 en 2005. Adems,sehandictadodos sentencias,unaen2004yotra en2006,conunapersona condenadaencadaproceso. Tambinhahabidodoscasos de arreglos por conciliacin y 13 casos de antejuicios tramitados. La Comisin observa que en sus conclusioneslaMisinseala quelasdenunciaspresentadas slopermitenencasosmuy limitadosencontrarysancionar a los culpables. A este respecto, sibientomanotadeciertas Lacomisintomnotaconinters delacuerdotripartitofirmadocon la misin el cual permitira superar las violaciones al convenio 87 y 98. -TomnotaqueelMPaumentel nmerodeinvestigadoresdela fiscaladedelitoscontra sindicalistas. -Lacomisinesperqueel gobiernoenconsultaconlas organizacionesdetrabajadoresy deempleadoresyasistenciadela OITtomarlasmedidasnecesarias pararealizarloscambios requeridosenlalegislacinlaboral queincluyetambindelas empresasmaquiladorasenlas zonas francas.-Tome las medidas para poner fin a la violencia contra sindicalistas. -Quegaranticelaseguridadde todoslosquehansidovctimasde amenazas.-Queseacabeconlaimpunidady quesancionealosautores materialeseintelectualesdelos delitos contra sindicalistas. -Lacomisinconsideraquelos problemas que persisten requieren uncompromisoconlaOITincluso laposibilidaddecontarconuna oficina de la OIT. -Lacomisinpidialgobiernoque aceptelavisitadeunamisin integradaporelportavozdel grupodelostrabajadoresy empleadores. Posicin del Estado ante la CEACR: ElGobiernosealaquelaMisinde asistenciatcnicafuedesumautilidad. ElGobiernoinformaqueapartirde dichamisinseiniciaronlasreuniones tripartitasdelaSubcomisinTripartita deReformasJurdicas,serevisaronlos temaspendientesyseestableciuna prioridad entre los mismos. ElGobiernoadjuntainformacin proporcionadaporlaDireccinGeneral delTrabajosegnlacualexistensiete organizacionessindicalesactivas. Adems,elGobiernoenvainformacin proporcionada por la Inspeccin General delTrabajoenrelacincondenuncias de violacin de los Convenios nms. 87 y 98dejuliode2006ajuniode2007,de lascualessegnseconstata,en2006 hubouncasoqueserefiereala maquila. ElGobiernoinformaquedesdequese formlaUnidaddeInspectoresparael SectordelaIndustriaMaquiladoraen 2003,lamismaseencargadeatender todaclasededenunciasyconflictos laborales que surgen en el sector. Sehanrealizadodostalleresyseest coordinandoconlaCGTGla organizacindetalleresparaabordarel temadelderechosindical.LaComisin tomanotadelainformacindel Gobiernosegnlacualsehasolicitado asistenciatcnicayfinancierapara realizarmensualmenteunseminario tripartitosobrelibertadsindicaly negociacincolectivaenlaindustriade la maquila a la Oficina Subregional de la OIT de San Jos de Costa Rica. ElGobiernosealaquelainiciativade leyqueproponereformasalaLeyde ServicioCivilfueconsultada 2727 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - medidasdeproteccinde sindicalistas,laComisin expresaunavezmssugrave preocupacinrespectodelos hechosdeviolenciacontra dirigentessindicalesy sindicalistas LaComisinpideasimismoal Gobierno que sin demora tome las medidas necesarias afinde quesellevenacabolas investigaciones correspondientespara determinar los responsables de loshechosdeviolencia, procesarlosysancionarlosde conformidadconlaley.La ComisinpidealGobiernoque la mantenga informada de toda evolucin al respecto. LaComisinrecuerdaque desde hacevarios aos formula comentariossobrelas siguientesdisposicionesque planteanproblemasde conformidad con el Convenio: -restriccionesalalibre constitucindeorganizaciones (necesidad,envirtuddel artculo215,c),delCdigodel Trabajo,decontarconlamitad msunodelostrabajadoresde la actividad de que se trate para constituirsindicatosde industria),retrasosenla inscripcindesindicatoso negativadeinscripcin.Aeste respecto,laComisintoma notadequeensus conclusiones,laMisinde asistenciatcnicasealque: Lalegislacinvigente interponetrabasparaun adecuadodesarrollodela sindicalizacin,comenzando porlaimposibilidadprcticade formarsindicatosdeindustria, alexigirlaleyqueslose aceptarncuandosus promotoresacreditenque renenel50porcientoms unodelostrabajadoresdel sectorarepresentar,locual resultaobviamenteimposible ampliamenteycuentaconundictamen favorableyotrodesfavorableen diferentescomisionesdelCongresode laRepblica.ElGobiernosealaquese solicit la asistencia tcnica de la Oficina paraqueanaliceyhagalas recomendacionesysugerencias necesariassobrelacompatibilidadde dicha iniciativa de leycon los Convenios nms. 87 y 98. ElGobiernoinformaquedebidoala nuevaintegracindelaComisin TripartitasobreAsuntosInternacionales de Trabajo y a la falta de designacin de unodelosmiembros,nosehapodido avanzareneltrabajoquetienen asignadolassubcomisionesyconsejos tripartitos. Posicin del Estado ante la CAN:-Reformarlalegislacindetrabajopara adecuarlaalosconveniosdelaOIT ratificados por el Estado. -Respectoalartculo215literalc)del CdigodetrabajoquelaCEACRpidi reformar,existeyaunproyectode reformasadichocdigoenelsentido indicado por la CEACR. -Setrabajaenlareformay modernizacin de la legislacin laboral. -Setrabajaenunainiciativapara modificarlaleydeamparoyexhibicin personal slo est pendiente de opinin de la Corte de Constitucionalidad.-Elproyectodeleydelserviciocivilfue retiradodelCongresotomandoen cuentalasobservacionesdelaOIT,se contemplalaelaboracindeotro proyectoconelacompaamientotcnicoyfinancierodelaOITparaque sea en armona con las disposiciones del Convenio.-InformquedentrodelaFiscala generaldelaNacinexistelaFiscala especialdedelitoscontraperiodistasy sindicalistas y que esta ser reforzada. -Elgobiernoasumesuresponsabilidad deapoyarlainvestigacindetodos estoscasosdeviolenciacontodoslos recursos de que dispone. -Respectoalasesinatodelsecretario generaldelsindicatodelaempresa portuariaquetzal,hastaelmomentolas investigacionesrealizadasnohandado 2828 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - dematerializar.Asimismo,la Misinpusoderelievelafalta deestadsticasdetalladassobre sindicatosyorganizacionesde grado superior; -restriccionesalderechode libreeleccindelosdirigentes sindicales(necesidaddeser guatemalteco de origen y de ser trabajadordelaempresao actividadeconmicaparaser elegidodirigentesindicalen virtud de los artculos 220 y 223 del Cdigo del Trabajo); -Restriccionesalalibre administracinfinancieradelas organizacionessindicalesen virtuddelaleyorgnicadela superintendenciadela administracintributaria,que permiteenparticular, inspeccionesintempestivas.A este respecto, la Comisin toma notadequeensus conclusioneslaMisinde asistencia tcnica seal que en los ltimos ocho aos slo se ha realizadounainspeccinde cuentassindicalesyquelas investigacionesfinancierasse basanexclusivamenteenlas incongruenciasdetectadaspor va informtica; - Restricciones al derecho de las organizacionesdetrabajadores deejercerlibrementesus actividades(envirtuddel artculo241delCdigodel Trabajo,lahuelgaesdeclarada noporlamayoradelos votantessino por la mayora de los trabajadores); posibilidad de imponerelarbitrajeobligatorio encasodeconflictoenel transportepblicoyenlos serviciosrelacionadosconlos combustibles,ynecesidadde determinarsisiguenprohibidas lashuelgasdesolidaridad intersindical(artculo4,incisos d), e) y g), del decreto nm. 71-86modificadoporeldecreto legislativonm.35-96de27de marzode1996);sanciones indiciosdequehayasidounasesinato comoconsecuenciadeunaactividad sindical. -La legislacin no permite negativa salvo quenocumplaconlosrequisitosen cuyocasoselesdalaoportunidadde subsanarlos -Sehancreado9juzgadosdeprimera instanciaconlafinalidaddeagilizarlos procesosubicadosenIzabal,Alta Verapaz,SantaRosa,Suchitepquez,el Quich.-Se cre una Subcomisin especfica que celebrasesionescada15dasenel Ministerioparaverlasreformas jurdicas.-Setrabajaenlarestructuraciny modernizacin del Ministerio de trabajo yprevisinsocial.,queincluyeel fortalecimientodelreadeestadsticas laborales. -Seincrementeelpersonaldela Inspeccinparadaratencinaeste sector. -La labor del gobierno en este campo es inscribirsindicatonocrearlosytaly comoloconstatolamisinhay7sindicatos de maquila inscritos.-Solicitoasistenciatcnicayfinanciera de la OIT para llevar a cabo un seminario tripartitosobrelibertadsindicalyla negociacincolectivaenlaindustriade la maquila. -Solicitanuevamenteapoyotcnicoy financieroparalaplenavigenciadel convenio.-Pidiapoyotcnicoyfinancierodela OIT para reformar la legislacin laboral. -EnlaComisintripartitaseest discutiendoparasolucionarlos problemasplanteadosporlossectores laboralypatronalyparalasreformas jurdicas. -Sefirmunpactocolectivoconunade lasorganizacionesmsfuertesdelpas, laAsambleanacionaldelmagisterio.Se firm un pacto colectivo con el Sindicato detrabajadoresdelMinisteriode trabajo y previsin social. Desmintiquesehubierausadola fuerzaenlahuelgadeltransportepero que estees unservicio pblico esencial, todo fue resuelto por la va del dilogo. 2929 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - laborales,civilesypenales aplicablesencasodehuelgade losfuncionariospblicosode trabajadoresdedeterminadas empresas(artculos390,inciso 2,y430delCdigoPenaly decretonm.71-86).La Comisintomanotadequela Misindeasistenciatcnica pusoderelievelainexistencia dehuelgaslegalesdesdelos aossetenta.Enefecto,segn laMisin,elproblemaradica en la excesiva judicializacin del derechocolectivodeltrabajo, queenotrospasesesmateria delaAdministracindel TrabajoynodelPoderJudicial. Hayundiferimientodela bsquedadesoluciones colectivasaladecisindelos juecesyunaausenciade acciones tpicamente sindicales. Asseconstatquelaltima huelga legal se realiz en 1975 y quedesdehacemsdediez aosnohuboningunahuelga de ningn tipo. LaComisinobservaquela Misindeasistenciatcnica sealasimismoquelabase delaproblemtica guatemaltecaenmateriade libertadsindicalynegociacin colectiva,sehallaenla existenciadeunsistemalegal laboral,tantosustantivocomo adjetivo,quetrabaeimpide desarrollarconvenientemente laactividadsindicalyensu consecuencialanegociacin colectivayquecomohan sealado los rganos de control delaOITobjetivamente colisionaconlosConvenios nms.87y98.Sinsureforma esmuydifcilavizoraruna solucinadecuada,yaque adems,seadvierteenlos actoressocialesyelgobierno unaculturamuyapegadaalos comportamientos que nacen de ese sistema legal.La Comisin observaconpreocupacinque 3030 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - losgravesproblemassobrelos quevienerealizando comentariosdesdehace numerososaospersisten,as comoqueapesardela discusintripartitaanivel nacionalylaasistenciatcnica brindadaenvarias oportunidades,nohahabido progresos mayores. LaComisinpidealGobierno quetomelasmedidas necesarias para que el Convenio seaplenamenteaplicadoenlas maquilasyquecontine informndola al respecto. LaComisintomanotadeque segnlaMisindeasistencia tcnicaexisteenelsector pblicounelevadonmerode trabajadorescalificadocomo temporarioopersonalpor jornal o a destajo, calificaciones que no surgen de la ley, sino del presupuesto general del Estado, contenidoenelManualde Clasificacionespresupuestarias paraelsectorpblicode Guatemala.Dichopersonal(se tratadelostrabajadores contratadosenvirtuddel rengln029yotrosdel presupuesto) que debera haber sidocontratadoparalabores especialesotransitorias, cumplefuncionesentareas ordinariasypermanentesya menudonogozadederechos sindicalesnideotras prestacioneslaboralesquelos sueldos,notributaala seguridadsocialynoes alcanzado por las negociaciones colectivas, cuando las hay. LaComisinpidealGobierno quetomelasmedidas necesariasparaquetodoslos trabajadoresdelsector pblico,incluidoslosdel rengln029delpresupuesto generaldelEstado,gocende losderechosygarantasdel Convenio LaComisinpidealGobierno 3131 MOVIMIENTO SINDICAL INDGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO - MSICG - quecontinemantenindola informadadelostrabajosdela ComisinTripartitasobre AsuntosInternacionalesdel Trabajo,ascomodelosdela SubcomisindeReformas JurdicasydelMecanismode Intervencin Rpido de Casos. LaComisininvitaasimismoal Gobiernoaquelascuestiones planteadasporelMovimiento SindicalGuatemaltecoensu comunicacinde27deagosto de2007seantambin examinadasenelsenodela Comisin Tripartita. AO 2009 Solicitud de la CEACR: La comisin toma nota de que a propuestadelaMisin,la ComisinTripartitaaprobun acuerdoparaerradicarla violenciaenelquesedispone quedeberealizarseuna:1) evaluacindelasacciones institucionalesincluidaslasms recientes,enparticularlas medidasespecialesde proteccinparapreveniractos deviolenciacontrasindicalistas amenazados,y2)una evaluacindelasmedidasen curso(aumentos presupuestarios y en el nmero deinvestiga