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PROPUESTA DE REGLAMENTACIÓN ARTÍCULO 18 LEY 1753 DE 2015 ESQUEMAS DIFERENCIALES EN ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO, ZONA URBANA” MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico Dirección de Desarrollo Sectorial Junio 2016

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PROPUESTA DE REGLAMENTACIÓN

ARTÍCULO 18 LEY 1753 DE 2015

“ESQUEMAS DIFERENCIALES EN

ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO, ZONA URBANA”

MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO

Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico Dirección de Desarrollo Sectorial

Junio 2016

REUNIONES PREVIAS CON ESP:

CONOCIENDO EN DETALLE

EN LOS SIGUIENTES CASOS:

LA REGULACIÓN HA DEFINIDO LO SIGUIENTE:

ANTECEDENTES:

• Áreas de Prestación AAA • Estándares de prestación AA • Metas a alcanzar para AAA • Condiciones de eficiencia AA

• Buenaventura • Tumaco • San Andres Isla • Quibdó • Guapi • La Guajira • Leticia • Regional la Línea • 42 PME • ESP en administración de la SSPD: (7)ESPUFLAN, EMCARTAGO, EICVIRO, EAAA DE YOPAL, EAAA DE ESPINAL, ACUACAR • ESP en liquidación: Empresa Publicas de Quibdó, Emsirva.

“ARTÍCULO 18. CONDICIONES ESPECIALES DE PRESTACIÓN DE SERVICIO EN ZONAS DE DIFÍCIL ACCESO. La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) establecerá condiciones especiales de prestación del servicio a los usuarios ubicados en zonas de difícil acceso dentro del Sistema Interconectado Nacional, que permitan aumentar la cobertura, disminuir los costos de comercialización y mitigar el riesgo de cartera, tales como la exigencia de medidores prepago, sistemas de suspensión remota, facturación mediante estimación del consumo y ciclos flexibles de facturación, medición y recaudo, entre otros esquemas.

Las zonas de difícil acceso de que trata el presente artículo son diferentes de las Zonas Especiales que establece la Ley 812 de 2003, Áreas Rurales de Menor Desarrollo, Zonas de Difícil Gestión y Barrios Subnormales.

El Gobierno nacional definirá esquemas diferenciales para la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en zonas rurales, zonas de difícil acceso, áreas de difícil gestión y áreas de prestación, en las cuales por condiciones particulares no puedan alcanzarse los estándares de eficiencia, cobertura y calidad establecidos en la ley.

La Comisión de Regulación de Agua y Saneamiento Básico (CRA) desarrollará la regulación necesaria para esquemas diferenciales de prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo previstos en el presente artículo.”

EL ARTICULO 18 DE LA LEY 1753 DE 2015, DEFINIÓ LO SIGUIENTE:

Propósito general del proyecto

Esquemas diferenciales para la prestación de los servicios de AAA

Establecer las condiciones para la prestación de los

servicios de acueducto, alcantarillado y aseo mediante esquemas

diferenciales en:

ZONAS DE DIFÍCIL GESTIÓN

ÁREAS DE PRESTACION

ZONAS DE DÍFICIL ACCESO

En las cuales por condiciones

particulares NO puedan alcanzarse los

estándares de eficiencia, cobertura y calidad establecidos

en la Ley en el ÁREA URBANA

¿A QUIENES APLICA LA NORMA?

Personas prestadoras de los servicios de AAA

Suscriptores y usuarios

Nación

Entidades territoriales

Demás entidades que tengan competencias con la

prestación de estos servicios en zonas urbanas

Esquemas diferenciales para la prestación de los servicios de AAA

1. Áreas de difícil gestión

ÁREAS DE DIFÍCIL GESTIÓN: Características

COMERCIALES

TÉCNICAS

FINANCIERAS ADMINISTRATIVAS

TIC´S

CONTINEGENCIAS

¿Qué son? 1. Áreas de difícil gestión

Áreas dentro del perímetro urbano en

las que por restricciones en el

desarrollo urbanístico, subnormalidad o

condiciones de riesgo no mitigable

La prestación de los servicios de AAA se

podrá realizar mediante esquemas provisionales hasta tanto se adopten las

medidas de legalización urbanística o

reubicación de asentamientos

humanos

Alternativas técnicas para los esquemas provisionales

1. Áreas de difícil gestión

Suministro de agua potable mediante pilas públicas a cargo del prestador y redes

provisionales a cargo del suscriptor

Manejo de aguas residuales domésticas a cargo del suscriptor mediante:

-Sistemas sépticos a cargo del suscriptor o

-Redes provisionales con descarga a la red de alcantarillado que opere el prestador

Recolección de residuos sólidos en sitios de presentación acordados entre el prestador y el suscriptor, cuando la recolección no se realice

por el esquema puerta a puerta

SUBSIDIOS AAA

ALTERNATIVAS

ACUEDUCTO ALCANTARILLADO

ASEO

Parámetros técnicos 1. Áreas de difícil gestión

Para el diseño y construcción de redes provisionales para el

suministro de agua potable y manejo de aguas residuales

domésticas

Se podrán aplicar parámetros técnicos diferentes a los

establecidos en la reglamentación siempre y cuando se cuenten con los soportes para la alternativa a

desarrollar

1. Áreas de difícil gestión

Los usuarios residenciales a quienes se les suministre los servicios mediante esquemas provisionales podrán recibir subsidios en el porcentaje correspondiente a los usuarios del estrato uno (1) del respectivo municipio

El suscriptor deberá informar al prestador del servicio, los beneficiarios y las direcciones o ubicación de los predios indicando aquellos que son residenciales

Para el servicio de acueducto se cobrará un cargo fijo y el cargo por consumo objeto de subsidio será el resultante de multiplicar el valor que defina la CRA como de consumo básico por el número de usuarios residenciales

Para el servicio de alcantarillado con descarga a la red que opere el prestador, se cobrará un cargo fijo y el cargo por consumo objeto de subsidio será el resultante de multiplicar el volumen asociado al consumo básico por el número de usuarios residenciales beneficiarios del servicio de alcantarillado

Acceso a subsidios para esquemas provisionales

Responsabilidades 1. Áreas de difícil gestión

DEL SUSCRIPTOR

• 1. Pagar la factura

• 2. Realizar el mantenimiento de las redes provisionales y evitar y corregir las fugas que se presenten

• 3. Fomentar el ahorro y uso eficiente del agua

DEL PRESTADOR

• 1. Suministrar el servicio de acueducto hasta la pila pública.

• 2. Suministrar el servicio de alcantarillado a partir del punto de descarga de la red provisional del suscriptor

• 3. Ofrecer asistencia técnica al suscriptor para el mejoramiento y mantenimiento de las redes

Incentivo a la formalización 1. Áreas de difícil gestión

El municipio o distrito deberá incluir dentro de sus proyectos de desarrollo urbano

Una programación con metas tendientes a la legalización de estas zonas y la asignación de los recursos correspondientes

Tamaño de pilas públicas 1. Áreas de difícil gestión

Los prestadores podrán definir tamaños de pilas públicas por el número de usuarios beneficiarios, por conveniencia en el

manejo administrativo, técnico y operativo de

las mismas

Normalización de la prestación de los servicios públicos

1. Áreas de difícil gestión

Declarada la legalización del asentamiento humano o la

reubicación

Los esquemas provisionales deberán

ser sustituidos de manera gradual para

suministrar los servicios conforme a

los requisitos definidos en la

normatividad vigente

2. Áreas de prestación del servicio con condiciones particulares

¿Qué son? 2. Áreas de prestación del servicio con condiciones particulares

Área definida por el prestador para cada uno de los servicios de AAA

Que por condiciones particulares no puedan alcanzar los

estándares de eficiencia, cobertura y calidad en los plazos

definidos en la regulación

DEFINICIONES ESTABLECIDAS EN LA REGULACION

• Áreas geográficas del municipio en las cuales la persona prestadora proporciona los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y/o aseo cubiertas por su infraestructura existente, más aquella planificada en su POIR. (Resolución CRA 688 de 2014)

Áreas de Prestación del Servicio

• Serán los que defina la CRA: Estándares de servicios (Cobertura y Calidad) y de eficiencia (Índice de agua no contabilizada)

Estándares de eficiencia, cobertura y calidad

Resolución 688 de 2014, establece:

2. Estándares de eficiencia

1. Estándares del servicio

ART. RESOLUCION 688 DE 2014, ESTABLECE: “Para efectos de calcular las proyecciones que permiten determinar los costos de prestación, las Personas prestadoras deberán establecer metas anuales para reducir la diferencia entre el valor del Año base y el estándar de servicio, con la gradualidad exigida, dentro de su APS.

COBERTURA CONTINUIDAD

CALIDAD

100% de cobertura en Áreas de Prestación de Servicio (APS)

Estándar de Servicio

Servicio público domiciliario de

Acueducto

Servicio público domiciliario de Alcantarillado

Meta y Gradualidad

Cobertura

Primer segmento 100%

Primer segmento 100%

El 100% de la meta debe lograrse en 5 años, según la ejecución programada

del POIR

Segundo segmento 100%

Segundo segmento 100%

El 70% de la meta debe lograrse en5 años y el

100% en 7 años, según la ejecución programada del

POIR

2021

2023

Continuidad del servicio

Estándar de Servicio

Servicio público

domiciliario de Acueducto

Servicio público domiciliario de Alcantarillado

Meta y Gradualidad

Continuidad >= 98,36% >= 98,36%

El 100% de la meta en 5 años (primer

segmento) y 7 años (segundo segmento),

según la ejecución programada para el

POIR

Calidad del agua

Estándar de Servicio

Servicio público domiciliario de

Acueducto

Servicio público domiciliario de Alcantarillado

Meta y Gradualidad

Calidad IRCA<=5%

% cumplimiento del Plan de Saneamiento y Manejo de

Vertimientos - PSMV

El 100% de la meta para acueducto debe lograrse

desde la entrada en vigencia del nuevo marco.

Para el servicio de alcantarillado el 100% de la

meta debe lograrse en 5 años según el POIR.

Acueducto Alcantarillado Estándar de

eficiencia

Meta para 5 años para

cerrar brecha entre

estándar y año base y

gradualidad

Indicador de

reclamos

comerciales IQR

(reclamos/1.000

suscriptores/period

o de tiempo

analizado)

Indicador de reclamos

comerciales

(reclamos/ 1.000

suscriptores/periodo

de tiempo analizado).

<= 4 reclamaciones

por cada 1.000

suscriptores por año.

100% de la meta con una

gradualidad a discreción

del prestador.

ESTÁNDAR DE SERVICIO EN RECLAMACIÓN COMERCIAL

2. ESTÁNDARES DE EFICIENCIA

Estándar de eficiencia para pérdidas

Estándar de eficiencia en costos

Acueducto Alcantarillado Estándar de

eficiencia

Meta para 5 años para

cerrar brecha entre

estándar y año base y

gradualidad

IPUF - Índice de

Pérdidas por

Usuario

Facturado

(m3/suscriptor/

mes)

N/A

<= 6

m³/suscriptor/mes

50% de la brecha o el

100% del NEP. Para el

año 10 el 75% de la

brecha o el 100% del

NEP.

ESTÁNDAR DE EFICIENCIA PARA PÉRDIDAS

¿Cuáles son los criterios para solicitar el esquema

diferencial?

2. Áreas de prestación del servicio con condiciones particulares

2. Municipios que se vinculen a un esquema regional de prestación,

así:

2.1 Municipios que individualmente tengan menos de 5.000 suscriptores,

pero que generen un esquema regional de más de 5.000 suscriptores

2.2 Municipios con menos de 5.000 suscriptores que se vinculen

regionalmente a un prestador con más de 5.000 suscriptores

1. Personas prestadoras de los servicios de AAA que atiendan

entre 5.000 y 110.000 suscriptores al momento de la solicitud de la declaratoria y

sustenten que no lograrán cumplir con los estándares e indicadores de prestación en los términos y

condiciones definidas en la regulación vigente

2. Áreas de prestación del servicio con condiciones particulares

APS DEFINIDA

> 5000 SUSCRIPTORES

MUNICIPIO CON BAJOS

ESTANDARES MAYOR PLAZO PARA ESTÁDARES E INDICADORES REGULACION DIFERENCIAL VIGILANCIA DIFERENCIAL

MUNICIPIO CON BAJOS

ESTANDARES

MUNICIPIO CON BAJOS

ESTANDARES

MUNICIPIO CON BAJOS

ESTANDARES

MUNICIPIO CON BAJOS

ESTANDARES

CONFORMAN REGIONAL MAYOR A 5000 SUSCRIPTORES

¿Cómo se accede? 2. Áreas de prestación del servicio con condiciones particulares

DEL MUNICIPIO

• 1. Solicitud ante la CRA

• 2. Evidencias de que en las condiciones actuales no es posible lograr los estándares e indicadores de eficiencia, cobertura y calidad

• 3. Línea base de los estándares de calidad del servicio

• 4. Plan de Gestión

• 5. Plan financiero

DEL PRESTADOR

• Los mismos del municipio más:

• Acuerdo suscrito entre la persona prestadora y el municipio en el que establecen las acciones, plan de gestión, recursos y gradualidad para mejorar los estándares de eficiencia, cobertura y calidad en el área de prestación con esquema diferencial

Vigilancia y control diferencial

2. Áreas de prestación del servicio con condiciones particulares

Reporte anual al SUI de los avances y el cumplimiento de los estándares e indicadores

Vigilancia y control diferencial por parte de la SSSP a partir del acto administrativo que expida la CRA

;

6

QUIENES PODRIAN APLICAR?

LETICIA

CONSTITUCION DE ESQUEMAS REGUIONALES EN BOLIVAR, ACUECAR

QUIBDÓ

BUENAVENTURA

TUMACO, GUAPI

ALGUNOS REGIONALES EN LA GUAJIRA, RIOHACHA

SAN ANDRES ISLA

CONDICIONES PARTICULARES:

1. Libertad vigilada por este período tarifario y hasta tanto la CRA no emita

una nueva metodología.

2. Reporte al SUI de sólo X formatos* al año, necesarios para un control básico

(contables, comerciales, técnicos).

3. Con meta de macromedición.

4. Con metas de micromedición.

5. Con metas de recaudo.

6. Con metas de costeo ABC.

7. Con metas de continuidad.

8. Con total flexibilidad en esquemas de facturación.

9. Esquemas alternativos para construcción y cobro de redes internas.

*A excepción de los de registro

3. Zonas de difícil acceso

¿Qué son? 3. Zonas de difícil acceso

Que se encuentran en zonas no

interconectadas al sistema eléctrico nacional o que

cumplen con las condiciones

especiales que se establecen

Municipios de categorías 5 y 6 con menos de

5.000 suscriptores

3. Zonas de difícil acceso

Está ubicado en Zonas No Interconectadas (ZNI) del

servicio de energía eléctrica – Municipios categoria 5 y 6

Presenta un índice de Necesidades Básicas

Insatisfechas municipales urbanas mayores al 70% -

menores de 5.000 suscriptores

Presenta cobertura censal del servicio de acueducto menor a

70%

¿Qué condiciones especiales presenta?

¿Cómo se accede? 3. Zonas de difícil acceso

• El municipio presenta solicitud ante la CRA

• Evidencias de que en las condiciones actuales no es posible lograr los estándares e indicadores de eficiencia, cobertura y calidad

• Línea base de los indicadores de calidad del servicio

• Plan de Gestión

• Plan financiero

• La Comisión analiza la solicitud y la documentación y, define a través de acto administrativo motivado, la pertinencia de declarar el esquema diferencial solicitado

¿En qué consiste el esquema diferencial?

3. Zonas de difícil acceso

•El prestador del servicio de acueducto que suministre agua con algún nivel de riesgo en su área de prestación, deberá establecer el plazo del cumplimiento de los estándares de calidad de agua potable.

•Mientras se cumple el plazo, se promueve el uso de dispositivos o técnicas de tratamiento de agua, o suministrará agua apta para consumo humano empleando medios alternos.

Calidad del agua

•Se podrá realizar la medición de los volúmenes suministrados mediante procedimientos alternativos, y la facturación podrá efectuarse a partir de los consumos estimados, mientras alcanza cobertura total de micromedición.

Micromedición

•Se podrá suministrar agua de manera periódica, siempre y cuando se garantice la entrega de un volumen correspondiente al consumo básico establecido por la CRA. Continuidad

•El manejo de aguas residuales domésticas se podrá efectuar mediante sistemas individuales a cargo del suscriptor, siempre que no exista red de alcantarillado en la zona del inmueble. Alcantarillado

•Programa de prestación del servicio que trata el Decreto 1077 de 2015, la gradualidad para la incorporación de las diferentes actividades del servicio público de acuerdo con las condiciones municipales. Como mínimo se deberá implementar la recolección mediante sistemas colectivos de presentación y almacenamiento de residuos sólidos, de acuerdo con el PGIRS del distrito o municipio en el que se encuentre operando.

Aseo

3. Zonas de difícil acceso

Vigilancia y control diferencial 3. Zonas de difícil acceso

Vigilancia y control diferencial por parte de la SSSP a partir del acto administrativo que expida la CRA

Gracias!!!

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico - VASB

Dirección de Desarrollo Sectorial Noviembre 2016