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“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” "Año de la universalización de la salud” 1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Descripción Detalle Centro de Costo Responsable 01.07.03 Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos (DGRS) Categoría 9002 Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos Actividad 5006269 Prevención, control, diagnóstico y tratamiento de coronavirus Fuente de Financiamiento 00 RECURSOS ORDINARIOS Meta 97 Prevención, control, diagnóstico y tratamiento de coronavirus 1. DENOMINACIÓN DE LA ADQUISICIÓN Adquisición e instalación de equipos para un sistema de tratamiento de residuos biocontaminados mediante autoclave con triturador integrado de 1000 litros de capacidad, en el Hospital Nacional Sergio Bernales, a fin de prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19). 2. FINALIDAD PÚBLICA El Estado Peruano, tiene como deber proteger la salud de sus ciudadanos, así como regular, vigilar y promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de las prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad. De manera que, ante el esfuerzo de búsqueda de reducir el impacto negativo de la PANDEMIA de COVID-19, se deberá adquirir equipos para la implementación de un sistema de tratamiento de residuos biocontaminados mediante autoclave con triturador integrado de 1000 litros de capacidad, en el Hospital Nacional Sergio Bernales, a fin de prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19). 3. BASE LEGAL Constitución Política del Perú. Decreto Supremo N° 044-2020-PCM que declara el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19. Decreto Supremo N° 008-2020-SA, que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del COVID-19. Decreto de Urgencia N° 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional.

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Page 1: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS€¦ · capacidad, en el Hospital Nacional Sergio Bernales, a fin de prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19). 2. FINALIDAD PÚBLICA El Estado

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

"Año de la universalización de la salud”

1

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Descripción N° Detalle

Centro de Costo Responsable 01.07.03

Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos

(DGRS)

Categoría 9002

Asignaciones presupuestarias que no resultan en

productos

Actividad 5006269

Prevención, control, diagnóstico y tratamiento de

coronavirus

Fuente de Financiamiento 00 RECURSOS ORDINARIOS

Meta

97 Prevención, control, diagnóstico y tratamiento de

coronavirus

1. DENOMINACIÓN DE LA ADQUISICIÓN

Adquisición e instalación de equipos para un sistema de tratamiento de residuos biocontaminados mediante autoclave con triturador integrado de 1000 litros de capacidad, en el Hospital Nacional Sergio Bernales, a fin de prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19).

2. FINALIDAD PÚBLICA

El Estado Peruano, tiene como deber proteger la salud de sus ciudadanos, así como regular, vigilar y promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de las prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad. De manera que, ante el esfuerzo de búsqueda de reducir el impacto negativo de la PANDEMIA de COVID-19, se deberá adquirir equipos para la implementación de un sistema de tratamiento de residuos biocontaminados mediante autoclave con triturador integrado de 1000 litros de capacidad, en el Hospital Nacional Sergio Bernales, a fin de prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19).

3. BASE LEGAL

Constitución Política del Perú.

Decreto Supremo N° 044-2020-PCM que declara el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19.

Decreto Supremo N° 008-2020-SA, que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del COVID-19.

Decreto de Urgencia N° 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional.

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Decreto Legislativo N° 1444, que modifica la Ley N° 30225: Ley de Contrataciones del Estado, y sus modificatorias.

Decreto Supremo N° 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, y sus modificatorias.

Decreto Supremo N° 082-2019-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y sus modificatorias.

4. ANTECEDENTES La Constitución Política del Perú en sus artículos 7 y 9, señalan que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, y que el Estado determina la política nacional de salud, correspondiendo al Poder Ejecutivo normar y supervisar su aplicación, siendo responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud. Asimismo, los numerales II y VI del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establecen que la protección de la salud es de interés público, y que es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad, siendo irrenunciable la responsabilidad del Estado en la provisión de servicios de salud pública. El Estado interviene en la provisión de servicios de atención médica con arreglo a principios de equidad. Al respecto, con el Decreto Legislativo Nº 1156, Decreto Legislativo se dictan medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, que tienen como finalidad identificar y reducir el potencial impacto negativo en la población ante la existencia de situaciones que representen un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones y disponer acciones destinadas a prevenir situaciones o hechos que conlleven a la configuración de éstas. El literal e) del artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1156, concordante con el numeral 5.5 del artículo 5 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2014-SA, establece como supuesto que constituye la configuración de una emergencia sanitaria, la declaración por parte de la Organización Mundial de la Salud de la ocurrencia de pandemia; Que, la Organización Mundial de la Salud ha calificado con fecha 11 de marzo de 2020, el brote de COVID-19 como una pandemia, al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea. Que, es responsabilidad del Estado reducir el impacto negativo en la población ante la existencia de situaciones de riesgo elevado para la salud y la vida de los pobladores, así como mejorar las condiciones sanitarias y la calidad de vida de su población, y adoptar acciones destinadas a prevenir situaciones y hechos que conlleven a la configuración de éstas. Que, con Decreto Supremo N° 008- 2020-SA se declara en emergencia sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del COVID-19.

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Mediante Informe N° 00414-2020-MINAM/VMGA/DGRS de fecha 15 de marzo de 2020 la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos concluye que resulta necesario que el Ministerio del Ambiente –en su calidad de ente rector en la gestión integral del manejo de los residuos sólidos- adopte medidas extraordinarias que permitan concretar rápidamente acciones preventivas y de respuesta para reducir el riesgo de propagación y el menor impacto sanitario de la enfermedad por el virus del (COVID-19), en el territorio nacional, con la finalidad de reforzar los sistemas de prevención, control, vigilancia y respuesta para la adecuada gestión y manejo de residuos sólidos biocontaminados generados por pacientes. Por lo que se requiere la adquisición de equipos para la implementación de un sistema de tratamiento de residuos biocontaminados mediante autoclave con triturador integrado de 1000 litros de capacidad en el Hospital Nacional Sergio Bernales, a fin de prevenir la propagación de COVID-19. En ese sentido, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, que declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19”, y Decreto de Urgencia N° 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional, se autoriza al Ministerio del Ambiente (MINAM), de manera excepcional, para que en el año fiscal 2020 pueda realizar contrataciones de bienes y servicios para el manejo y tratamiento de residuos municipales y biocontaminados en el ámbito de Lima y Callao, a requerimiento del Ministerio de Salud y gobiernos locales, para ser destinado a la prevención del COVID-19, por lo cual, la adquisición de equipos para la implementación de un sistema de tratamiento de residuos biocontaminados mediante autoclave con triturador integrado de 1000 litros de capacidad en el Hospital Nacional Sergio Bernales, a fin de prevenir la propagación de COVID-19.

5. OBJETIVO DE LA ADQUISICIÓN

Adquirir equipos para implementar un sistema de tratamiento mediante autoclave de residuos biocontaminados en el Hospital Nacional Sergio Bernales, en el marco del cumplimiento del Decreto de Urgencia N° 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional.

6. ALCANCES Y DESCRIPCION DE LOS BIENES A CONTRATAR

6.1 DESCRIPCIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL BIEN Adquisición de Equipos para Sistema de tratamiento de residuos biocontaminados, mediante autoclave con triturador integrado de 1000 litros de capacidad, para el Hospital Nacional Sergio Bernales, conforme a la NTS N° 144-MINSA/2018/DIGESA, Norma Técnica de Salud: Gestión Integral y Manejo de Residuos Sólidos en Establecimientos de Salud, Servicios Médicos de Apoyo y Centros de Investigación, se requiere mínimamente lo siguiente:

ITEM PAQUETE

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DESCRIPCIÓN DE COMPONENTE UNIDAD DE MEDIDA

CANTIDAD

Adquisición de un Autoclave para el tratamiento de residuos hospitalarios con triturador integrado de 1000 litros de capacidad.

UNIDAD 01

El cual debe incluir los siguiente:

a) Balanza digital 2m x 2m UNIDAD 01

b) Caldero de 30 BHP Pirotubular. UNIDAD 01

c) Comprensor aire UNIDAD 01

d) Contenedor de polietileno de 660 litros. UNIDAD 25

e) Contenedor de acero inoxidable de 660 litros UNIDAD

05

f) Campana de extracción de vahos UNIDAD 01

g) Sistema de lavado de contenedores UNIDAD 01

Incluye que el proveedor deba realizar la instalación de todos los equipos e implementación de suministros combustible, energía eléctrica, agua potable y alcantarillado; y realizar las obras civiles que sean necesarios para la puesta en marcha del sistema de tratamiento mediante autoclave de residuos biocontaminados en el Hospital Nacional Sergio Bernales; conforme al plano adjunto al presente.

La adquisición del ítem único deber ser a través de un solo postor, debiendo considerar que contratación conjunta y única es más eficiente que estar realizando contrataciones individuales y separadas.

Asimismo, aseguramos un mejor control y supervisión del suministro de todos los equipos, instalación e interconexión del sistema de tratamiento mediante autoclave de residuos biocontaminados en el Hospital Nacional Sergio Bernales, asegurando y garantizando su puesta en marcha oportuna y evitando todo tipo de retrasos.

Los residuos biocontaminados, son lo establecidos en la NTS N° 144-

MINSA/2018/DIGESA, Norma Técnica de Salud: Gestión Integral y Manejo de

Residuos Sólidos en Establecimientos de Salud, Servicios Médicos de Apoyo y

Centros de Investigación.

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6.2 CARACTERISTICAS Y CONDICIONES DEL BIEN Componente 1:

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Autoclave para el tratamiento de residuos hospitalarios con triturador integrado de 1000 litros

de capacidad

Caracteristicas:

1. Capacidad de tratamiento: 1000 litros útil

2. Peso medio tratado por ciclo: 110-165 Kg/ciclo, ciclo de 35 minutos a una hora.

3. Recipiente de autoclave presurizado a vapor vertical y triturador incorporado en un solo

recipiente, de material acero inoxidable calidad AISI 304.

4. Dos puertas con sellado automático, una para carga y otra para descarga.

5. Con sistema de carga automática por la parte superior, descarga automática por la parte

inferior, vertical para caída de residuos tratados por gravedad, directamente al contenedor.

6. La cámara superior debe estar equipada con una ventanilla para visualización del proceso (un

visor normalizado de vidrio, para la supervisión visual del proceso de triturado de los residuos.

Se aceptará otro tipo de visor, siempre y cuando permita una adecuada visualización del

proceso de triturado).

7. La cámara inferior debe estar elaborada de acero inoxidable y equipada con u sensor de

temperatura en el centro de los residuos y una puerta automática de descarga.

8. Las puertas son bloqueadas y selladas completamente para evitar fugas de vapor.

9. Debe estar equipado con un sistema de separación de residuos sólidos y líquidos.

10. El triturador deberá ser de doble eje con cuchillas de giro de a baja velocidad (menos de 40

RPM), con inversión de giro automático en caso te atasco.

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11. Los dos ejes con cuchillas deben tener diferentes velocidades.

12. Los rodamientos de la caja de trituración deberán ser internos con lubricación continua, para

evitar contaminación externa.

13. La temperatura de esterilización: debe ser mínimo de 138 °C en el núcleo de los residuos, para

garantizar una correcta esterilización.

14. Presión de trabajo promedio: 3.5 bar.

15. Reducción 8 log 10 de esporas Bacillus.

16. El sistema deberá estar bloqueado con mecanismo de bloqueo doble para las puertas.

17. El sistema debe generar un reporte en físico del ciclo, una copia del reporte en una tarjeta de

memoria y la posibilidad de transferir esta información por conexión cableada o inalámbrica.

18. Para seguridad de acceso, la información y el programa del sistema deberán estar protegido

por un password.

19. El ciclo deberá ser totalmente automático, controlado por PLC y una interfaz touchscreen.

20. La pantalla deberá permitir mostrar las curvas de los parámetros de temperatura y presión

durante el ciclo en tiempo real y tiene la posibilidad de mostrar mensajes de alarma al

operador ante cualquier eventualidad.

21. La información deberá ser almacenada e impresa muestra el número de ciclo, etapas de

tratamiento, y un indicador de ciclo OK y los parámetros de tratamiento como el tiempo de

exposición, temperatura de la cámara, presión de vapor, temperatura en el centro de los

residuos y un factor de esterilización para saber que la esterilización se ha realizado

correctamente.

22. El sistema deberá incluir un protocolo automático de prevención de atasco para evitar el

bloqueo del triturador.

23. Deberá incluir sistema de autodiagnóstico con alarma.

24. Deberá incluir Impresora matricial externa o digital.

25. Deberá tener sistema de control que detecta fugas de aire en las juntas de las puertas y fugas

de vapor.

26. Deberá tener un sistema de lubricación automática constante de los sellos mecánicos y

rodamientos del triturador.

27. Deberá tener una Carga automática de coches de 660 Litros.

28. Deberá tener cargador automático con una altura no mayor a 6400 mm.

29. Deberá tener el cargador motorizado y conectado al sistema PLC.

30. La autoclave debe tener un sistema de seguridad, mediante el cual se esteriliza todo antes de

que abra el proceso de limpieza interna.

31. El equipo debe contar una chaqueta para el control de la temperatura, conforme al modelo

propuesto.

32. El equipo debe de garantizar una trituración previa, que permita una esterilización, además de

una reducción de volumen mayor al 60% de forma que se obtenga un residuo tratado con bajo

volumen con el fin de tener un almacenamiento óptimo.

33. Que incluya instalación, implementación de suministros energía eléctrica (220v – 60 HZ), agua

potable y alcantarillado y combustible (el Hospital tiene tanque de petróleo diésel); asimismo,

conexión e interconexión con los diferentes equipos para su puesta en marcha.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

a) Balanza digital 2mx2m

Caracteristicas:

Una balanza electrónica

Material acero inoxidable

Peso: máximo 1 tonelada

Plataforma de 2m x 2m

La balanza de realizar un pesaje mínimo de 100kg de residuos biocontaminados

El postor deberá considerar las condiciones de protección, establecidas por el

fabricante para el modelo de balanza.

los equipos deberán ser probados y calibrados conforme por el proveedor en el

momento de la entrega y de su puesta en marcha al Hospital Nacional Sergio Bernales,

de acuerdo a lo indicado en el manual de funcionamiento de la balanza.

Esta balanza será instalada al nivel del piso con su respectivo desagüe, para evitar la

acumulación de agua al momento de realizar limpieza de pisos, asimismo, deberá

instalarse el suministro eléctrico.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

b) Caldero

Caracteristicas:

Un Caldero Pirotubular DE 30 BHP,

Potencia Nominal : 30 BHP Superficie total de calefacción : 150 P2 Capacidad en Lb. / Hr. (Kg./ Hr.) : 1,035 (469.3) Presión de diseño : 150 PSI Presión de trabajo : 100 PSI Combustible : Petróleo Diesel # 2 Consumo de combustible a max. carga : 13.8 Gals./ Hr. GLP (9.0 GPH Gals Diesel # 2) Tipo de operación : On / Off Programador de combustión : Honeywell Voltaje eléctrico : 220 V / 60 Cy./ 03 Ph. Altura sobre el Nivel del Mar : 1,000 pies Que incluya tanque de condenso, tanque de purga, dosificador de químicos,

ablandador, manifold, Válvulas y accesorios; asimismo, debe incluir los suministros de energía eléctrica agua y desagüe para la instalación, funcionamiento e interconexión con el Sistema de tratamiento mediante autoclave.

Cada postor dimensionará el ablandador de agua, en función al requerimiento de agua blanda del caldero ofertado, asegurando el caudal y calidad de agua para prolongar la vida útil del caldero

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

c) 01 compresor aire

Caracteristicas:

Compresos de aire 5 HP 20 CFM con unidad de mantenimiento y purga automática;

asimismo, debe incluir, suministros de energía eléctrica para la instalación funcionamiento e

interconexión con el Sistema de tratamiento mediante autoclave.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

d) 25 Contenedores de polietileno de 660 litros

MATERIAL Polietileno de Alta Densidad sin costuras

TIPO Con tapa removible con cuatro ruedas de

jebe, estable, lavable, resistente a las

perforaciones y filtraciones.

Material que prevenga el crecimiento de

microrganismos (bacterias, hongos, etc.).

DIMENSIONES Altura 122 cm

Ancho 78 cm

Largo 137 cm

CAPACIDAD 660 Litros

COLOR variable

ESPESOR No menor a 5 mm

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

e) 05 Contenedores de acero inoxidable de 660 litros

MATERIAL Acero inoxidable

TIPO Con tapa removible con cuatro ruedas de

jebe, estable, lavable, resistente a las

perforaciones y filtraciones.

Material que prevenga el crecimiento de

microrganismos (bacterias, hongos, etc.).

DIMENSIONES Variable

CAPACIDAD 660 Litros

COLOR variable

ESPESOR Variable

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

f) 01 Campana de extracción de vahos con sistema eléctrico motorizado de 7.5 kW y ductos

Caracteristicas:

01 Campana inoxidable de extracción de vahos con sistema eléctrico con sistema

eléctrico motorizado de 7.5 Kw.

La campana deberá ser instalada en la parte superior de la autoclave señalada en el

componente a).

Acero inoxidable.

Potencia del extractor 10 HP.

15 renovaciones de aire por hora

Deberá ser de acero inoxidable, con dimensiones de 2.4 m x 2.4m, con su ducto y

extractor motorizado con su respectivo arrancador eléctrico.

Debe incluir el acondicionamiento de la infraestructura que se requiera para su

instalación funcionamiento e interconexión con el Sistema de tratamiento mediante

autoclave.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

g) 01 Sistema de lavado de contenedores ubicado en el área de lavado de coches del Sistema

de tratamiento de residuos biocontaminados mediante autoclave)

Debe incluir lo siguiente:

Bomba de alta presión de control automático 2KW mínimo.

01 Mezclador de agua caliente con suministro de agua y vapor ( incluye manguera

especial de alta presión)

02 Bombas de presión con sus respectivas pistolas con mangueras para detergente y

desinfectante (de 200 watts y presión de 90 psi aproximadamente).

01 tablero eléctrico general de control.

GARANTÍA COMERCIAL DEL BIEN

La garantía comercial para la adquisición de los Equipos para el Sistema de tratamiento de residuos biocontaminados, mediante autoclave con triturador integrado de 1000 litros de capacidad, para el Hospital Nacional Sergio Bernales, tendrá un plazo mínimo de veinticuatro (24) meses, contabilizados a partir de emitida la conformidad del bien por el área usuaria.

El alcance de la garantía, es contra defectos de fabricación, entre otros, no detectables al momento que se otorgó la conformidad (no comprende las piezas degastadas por término de su vida útil o por mal uso de los diferentes equipos).

El contratista deberá realizar la reposición de los bienes, siempre y cuando exista algún defecto de fábrica, en un plazo máximo de dos (02) días calendario de notificada su reposición.

El contratista deberá realizar el mantenimiento preventivo durante el periodo de un (01) año de cada uno de los equipos instalados, conforme a lo establecido en los manuales de funcionamiento.

TRANSPORTE: El proveedor debe garantizar que estos sean transportados y manipulados en condiciones adecuadas según las especificaciones técnicas establecidas declaradas por el fabricante, a efectos de preservar su calidad, eficacia y seguridad. INSTALACIÓN: El proveedor deberá realizar la instalación de todos los equipos e implementación de suministros combustible (el Hospital cuenta con tanque de petróleo diésel), energía eléctrica (el Hospital tiene una subestación eléctrica para una potencia de 220V – 60HZ), agua potable (Cada postor dimensionará el ablandador de agua, en función al requerimiento de agua blanda del caldero ofertado, asegurando el caudal y calidad de agua para prolongar la vida útil del caldero) y alcantarillado; y realizar las obras civiles que

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se consideren necesarios para la puesta en marcha del sistema de tratamiento mediante autoclave de residuos biocontaminados en el Hospital Nacional Sergio Bernales; conforme al Plano adjunto al presente. El proveedor podrá solicitar una visita al área donde se realizará la instalación de la presente adquisición, para la formulación de la cotización correspondiente, previa coordinación con la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos y el Hospital Nacional Sergio Bernales.

Contactos: Jorge Leiva / Jefe de Servicios Generales del Hospital Nacional Sergio Bernales / teléfono 999699339. Cesar Daniel Guerrero Díaz Coordinador de Gestión Administrativa y Presupuestal / Teléfono 990 074 600

CAPACITACIÓN: El proveedor deberá realizar una capacitación sobre Gestión y Manejo de un sistema de tratamiento de residuos biocontaminados mediante autoclave y del funcionamiento de los diferentes equipos instalados en la presente adquisición en un plazo máximo de 05 días calendarios de la puesta en marcha el sistema. Conforme al detalle siguiente:

Duración: 24 horas lectivas

Participantes: 12 personas (10 del Hospital Nacional Sergio Bernales y 02 dela DGRS)

Lugar: Hospital Nacional Sergio Bernales

Deberá ser certificado por el Proveedor.

La Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos y el Hospital Nacional Sergio Bernales emitirán la conformidad de la capacitación.

PRUEBA DE FUNCIONAMIENTO: El proveedor deberá realizar una prueba de funcionamiento del sistema de tratamiento de residuos biocontaminados, con los equipos instalados materia de la presente adquisición, con la participación de las personas designadas por el Hospital Nacional Sergio Bernales y la presencia de los especialistas designados por la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, levantándose el acta correspondiente.

CERTIFICACIÓN DE LOS EQUIPOS El proveedor deberá entregar los certificados de calidad, manuales de funcionamiento y planes de mantenimiento preventivo, de cada uno de los equipos instalados. Considerando que el equipo principal es la autoclave para el tratamiento de residuos hospitalarios con triturador integrado de 1000 litros de capacidad, el fabricante deberá contar con certificación ISO 9001, ISO 14001, para aseguramiento de la calidad y buenas

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prácticas en la fabricación de la autoclave. Documentación que deberá ser adjuntada en la oferta. Asimismo, el postor deberá presentar un certificado que permita verificar una reducción 8 log 10 de esporas Bacillus para el modelo de equipo propuesto, dicho certificado debe ser emitido por un laboratorio autorizado a realizar este tipo de pruebas; es decir; el laboratorio internacional que haya emitido dicha certificación, debe tener certificación ISO 17025. La Norma ISO 17025 proporciona los requisitos necesarios que deben cumplir los laboratorios de ensayo y calibración. Finalmente, el caldero debe ser fabricado cumpliendo estrictamente con el Código ASME, para Calderas y Recipientes a Presión; asimismo, con la entrega del caldero, se deberá entregar un certificado verificación de calidad de soldadura mediante rayos x. SEGUROS: El seguro complementario de trabajo de riesgo (SCTR), es obligatorio para el personal encargado de la instalación de los bienes

7. PERFIL DEL PROVEEDOR

Persona natural o jurídica la misma que debe de acreditar la siguiente documentación: o El postor deberá tener experiencia en ventas de bienes iguales o similares (todo

tipo de autoclaves de diferentes capacidades, calderos y/o compresoras y/o campana de extracción de vahos de diferentes modelos), por un monto facturado acumulado de dos millones de soles (S/ 2, 000,000.00).

o Tener vigente su Registro Nacional de proveedores.

8. PERFIL DEL PERSONAL PROPUESTO El postor deberá contar con el siguiente personal profesional o técnico propuesto, que

cumpla los requisitos siguientes:

Un (01) profesional colegiado y habilitado responsable de la instalación, que deberá ser Ingeniero Mecánico y/o Ingeniero Eléctrico y/o Ingeniero Mecánico Eléctrico y/o Ingeniero Electrónico colegiado y habilitado, con experiencia en instalación y/o mantenimiento de equipos electromecánicos, con un mínimo de 05 años de experiencia.

Deberá contar con dos (2) profesionales o técnicos titulados, en mecánica y/o electricista y/o electrónico, como mínimo; los mismos que deberán sustentar una experiencia de tres (03) años en instalaciones y mantenimiento de equipos autoclaves.

El personal mínimo requerido (profesional y/o técnico) realizará las actividades correspondientes para la instalación, configuración y puesta en funcionamiento de los diferentes equipos y suministros.

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El título profesional o técnico requerido al personal propuesto se acreditará con la copia del título, diploma, certificado o constancia según corresponda, asimismo, la colegiatura y habilidad requerida al responsable de la instalación se acreditará con copia de simple de diploma de colegiatura y certificado o constancia de habilidad.

9. SISTEMA DE CONTRATACIÓN El sistema de contratación de la presente adquisición es a Suma Alzada

10. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN

La adquisición de ítem único se rige por la modalidad de contratación de Llave mano.

11. SUBCONTRATACIÓN Está prohibida la subcontratación.

12. LUGAR Y PLAZO DE EJECUCIÓN

12.1 Lugar de entrega:

El lugar de entrega, instalación y puesta en funcionamiento, será en la planta de tratamiento de residuos sólidos del Hospital Nacional Sergio Bernales con las guías de remisión respectiva, ubicada en la Avenida Túpac Amaru Nº 8,000 del distrito de Comas, Provincia de Lima, Región Lima, en el siguiente horario de entrega 08:30 hrs. A 17: 30 hrs. Para lo cual, deberá realizarse las coordinaciones con la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos del MINAM y con el responsable del Hospital Nacional Sergio Bernales y/o el responsable o encargado del almacén del Hospital Nacional Sergio Bernales.

12.2 Plazo de Ejecución: El plazo de entrega de los equipos e instalación, puesta en marcha y capacitación correspondiente es de cincuenta (50) días calendario contabilizados, a partir del día siguiente de notificada la carta.

13. FORMA DE PAGO Y CONFORMIDAD DEL BIEN CONFORMIDAD:

La conformidad de la prestación será otorgada por el/ la Director(a) de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos y el responsable designado del Hospital Nacional Sergio Bernales, previo informe técnico del Especialista en Gestión de Residuos Sólidos, emitiendo la conformidad de la prestación efectuada. PAGO:

La cancelación a favor del contratista se hará previa conformidad por el cumplimiento del detalle que se indica en el acápite “ALCANCES Y DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES A CONTRATAR”.

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Para efectos del Único pago (100%) de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista y que incluye los impuestos de ley respectivos, la Entidad debe contar con la siguiente documentación:

Conformidad emitida por la entidad y el Hospital Nacional Sergio Bernales. Guía de Remisión firmada y sellada por el encargado o responsable del almacén

del hospital Nacional Sergio Bernales. Comprobante de pago por parte del proveedor presentado en la Plataforma de

Atención a la Ciudadanía, ubicada en la Av. Antonio Miroquesada N° 425 – 4to Piso - Magdalena del Mar, en el horario: de 8:30 am a 13:00 pm y de 14:00 a 16:00 pm, con carta dirigida a la Oficina General de Administración.

La Entidad debe pagar la contraprestación pactada a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de la prestación, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello. La conformidad se emite en un plazo máximo de diez (10) días calendario de producido la entrega de los bienes.

14. ADELANTOS La Entidad otorgará un adelanto directo del 30% del monto del contrato original. El Contratista debe solicitar el adelanto dentro de los ocho (08) días siguientes a la suscripción del contrato, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos mediante CARTA FIANZA acompañada del comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no procede la solicitud. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (07) días siguientes a la presentación de la solicitud del contratista.

15. PENALIDAD Aplicación del artículo 162° del Reglamento de la Ley N° 30225: Ley de Contrataciones del Estado aprobado con Decreto Supremo N° 344-2018-EF, el cual establece que en caso de retraso injustificado del contratista durante la ejecución de la prestación objeto del contrato, la Entidad aplicará automáticamente la penalidad por mora por cada día de atraso, por un monto máximo equivalente al (10%) diez por ciento del contrato.

16. COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN

La Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, a través del Especialista en Gestión de Residuos Sólidos, quien en coordinación con el responsable del Hospital Nacional Sergio Bernales y/o el responsable designado del Hospital Nacional Sergio Bernales, evaluarán y verificarán el cumplimiento de las condiciones establecidas en las EETT; así como de otorgar la conformidad respectiva. En la etapa de ejecución contractual se puede dar lugar a observaciones que necesariamente deben ser absueltas por el contratista, no procediendo a realizar pago alguno, en tanto no se absuelvan dichas observaciones a satisfacción del área usuaria encargada de otorgar la conformidad respectiva. El plazo máximo para el levantamiento

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de observaciones no deberá exceder de diez (10) días calendario, el cual no modifica el plazo de la entrega de los bienes.

17. VICIOS OCULTOS Aplicación del artículo 173° del Reglamento de la Ley N° 30225: Ley de Contrataciones del Estado aprobado con Decreto Supremo N° 344-2018-EF, se establece que el plazo máximo de responsabilidad del contratista por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los bienes ofertados es por un (1) año, contado a partir de la garantía comercial.

18. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN

A. EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD

Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/ 2´000,000.00 (Dos

Millones con 00/100 Soles), por la venta de bienes iguales o similares al objeto de la

convocatoria, durante los ocho (8) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que

se computarán desde la fecha de la conformidad o emisión del comprobante de pago, según

corresponda.

Se consideran bienes similares todo tipo de autoclaves de diferentes capacidades, calderos,

y/o compresoras y/o campana de extracción de vahos de diferentes modelos.

Acreditación:

La experiencia del postor en la especialidad se acreditará con copia simple de (i) contratos u

órdenes de compra, y su respectiva conformidad o constancia de prestación; o (ii)

comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con

voucher de depósito, nota de abono, reporte de estado de cuenta, cualquier otro documento

emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el abono o mediante cancelación en el

mismo comprobante de pago, correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones.

En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola

contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se

asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se

considerará, para la evaluación, las veinte (20) primeras contrataciones

En el caso de suministro, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya

sido ejecutada durante los ocho (8) años anteriores a la fecha de presentación de ofertas,

debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos

comprobantes de pago cancelados.

En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa

de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje

de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará

la experiencia proveniente de dicho contrato.

Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados

antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación

de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el

porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de

consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el

porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

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Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la

matriz en caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria,

debiendo acompañar la documentación sustentaría correspondiente.

Cuando en los contratos, órdenes de compra o comprobantes de pago el monto facturado se

encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado

por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción

del contrato, de emisión de la orden de compra o de cancelación del comprobante de pago,

según corresponda.

Importante

En el caso de consorcios, solo se considera la experiencia de aquellos integrantes

que se hayan comprometido, según la promesa de consorcio, a ejecutar el objeto

materia de la convocatoria, conforme a la Directiva “Participación de Proveedores en

Consorcio en las Contrataciones del Estado”.

B EXPERIENCIA DEL PERSONAL

Requisitos:

Un (01) profesional responsable de la instalación que deberá contar con experiencia en instalación y/o mantenimiento de equipos electromecánicos, mínimo de 05 años de experiencia. Dos (2) profesionales o técnicos de apoyo en la instalación, con experiencia de tres (03) años en instalaciones y mantenimiento de equipos autoclaves.

Acreditación:

La experiencia del personal clave se acreditará con cualquiera de los siguientes

documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii)

constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera

fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.

Importante

El tiempo de experiencia mínimo debe ser razonable y congruente con el periodo en el cual el personal ejecutará las actividades para las que se le requiere, de forma tal que no constituya una restricción a la participación de postores.

Los documentos que acreditan la experiencia deben incluir los nombres y apellidos del personal clave, el cargo desempeñado, el plazo de la prestación indicando el día, mes y año de inicio y culminación, el nombre de la Entidad u organización que emite el documento, la fecha de emisión y nombres y apellidos de quien suscribe el documento.

En caso los documentos para acreditar la experiencia establezcan el plazo de la experiencia adquirida por el personal clave en meses sin especificar los días se debe considerar el mes completo.

Se considerará aquella experiencia que no tenga una antigüedad mayor a veinticinco (25) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas.

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Plano del Área de tratamiento del Hospital Nacional Sergio Bernales