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SEGURO Autoexpedible Diagnóstico de ENFERMEDADES GRAVES COLONES ¡Mayor tranquilidad para poder enfrentar condiciones que generan un altísimo impacto en el estilo de vida!

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Page 1: ENFERMEDADES - Promerica

SEGURO Autoexpedible Diagnoacutestico de ENFERMEDADES

GRAVES COLONES

iexclMayor tranquilidad para poder enfrentar condiciones que generan un altiacutesimo impacto en el estilo de vida

Aseguradora Sagicor Costa Rica SA Condiciones Generales - Seguro Autoexpedible Diagnoacutestico de Enfermedades Graves Colones

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SECCIOacuteN I ndash IacuteNDICE SECCIOacuteN I ndash IacuteNDICE 1 SECCIOacuteN II - COMPROMISO DE LA ASEGURADORA 2 SECCIOacuteN III - CONDICIONES INICIALES 3 1 Definiciones 3 2 Documentacioacuten contractual 4 SECCIOacuteN IV ndash AacuteMBITO DE COBERTURA 4 3 Cobertura A Baacutesica Primer Diagnoacutestico de Enfermedad Grave 4 4 Cobertura B Baacutesica Muerte y Gastos Funerarios 5 5 Cobertura C Baacutesica Renta por Hospitalizacioacuten 5 6 Exclusiones Generales 5 7 Suma asegurada 6 8 Periodo de cobertura 6 9 Periacuteodo de Carencia 6 10 Delimitacioacuten geograacutefica 6 SECCIOacuteN V ndash BENEFICIARIOS 6 11 Designacioacuten de Beneficiarios 6 SECCIOacuteN VI ndash OBLIGACIONES DEL ASEGURADO y BENEFICIARIOS 7 12 Obligaciones del Asegurado 7 13 Declaraciones falsas o fraudulentas 7 14 Obligaciones de los Beneficiarios 7 SECCIOacuteN VII ndash PRIMA 8 15 Prima 8 16 Prima Incorrecta 8 17 Periacuteodo de Gracia 8 18 Recargos y Descuentos 8 SECCIOacuteN VIII ndash ATENCIOacuteN DE RECLAMOS Y VIGENCIA DE LA POacuteLIZA 8 19 Procesamiento de reclamos 8 20 Inicio del Seguro y Fecha de vigencia 9 21 Terminacioacuten de la poacuteliza 9 SECCIOacuteN IX ndash CONDICIONES VARIAS 9 22 Derecho al Retracto 9 23 Requisitos de Suscripcioacuten 10 24 Entrega de la Poacuteliza 10 25 Confidencialidad de la Informacioacuten 10 26 Legislacioacuten 10 27 Prescripcioacuten 10 28 Indisputabilidad de la poacuteliza 10 29 Cesioacuten del contrato 10 30 Modificaciones a la Poacuteliza 10 31 Moneda 10 SECCIOacuteN X ndash INSTANCIAS DE SOLUCIOacuteN DE CONTROVERSIAS Y COMUNICACIONES 10 32 Jurisdiccioacuten y arbitraje 11 33 Otras instancias de solucioacuten de controversias 11 34 Valoracioacuten por peritos 11 35 Notificaciones 11 36 Registro ante la Superintendencia General de Seguros 11

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SECCIOacuteN II - COMPROMISO DE LA ASEGURADORA ASEGURADORA SAGICOR COSTA RICA SA (denominada en adelante ldquola Compantildeiacuteardquo) es una Aseguradora registrada bajo la ceacutedula juriacutedica 3-101-640739 y debidamente acreditada por la Superintendencia General de Seguros de Costa Rica que expide esta poacuteliza de seguro La misma regiraacute por las claacuteusulas detalladas a continuacioacuten en este Contrato de Seguro El suscrito firmante en mi condicioacuten de representante legal con facultades suficientes para este caso declaro y establezco el compromiso contractual de la Compantildeiacutea de cumplir con los teacuterminos y condiciones de esta poacuteliza

_________________________________ Fernando Viacutequez Pacheco Representante legal Aseguradora Sagicor de Costa Rica SA

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SECCIOacuteN III - CONDICIONES INICIALES

1 Definiciones Accidente Acontecimiento repentino inesperado e inusual que se produce en un momento y lugar identificables que causa una lesioacuten corporal o muerte al Asegurado y que es ajeno a su voluntad Accidente cerebrovascular (ACV) Cualquier accidente cerebrovascular de duracioacuten superior a 24 horas que produzca secuelas neuroloacutegicas persistentes por maacutes de 15 diacuteas Estaacuten incluidos en la cobertura los accidentes cerebrovasculares producidos por infarto del tejido cerebral hemorragia intracraneal y embolia de fuente extracraneal Antildeo Poacuteliza El periacuteodo comprendido entre las 1200 de la noche en la Fecha de Vigencia hasta las 1200 de la noche del uacuteltimo diacutea del antildeo de la poacuteliza Cada periacuteodo subsiguiente de 12 meses contados a partir del aniversario de la poacuteliza se consideraraacute como un antildeo de la poacuteliza Todo lo anterior conforme se especiacutefica en la Oferta de Seguro Asegurado Persona fiacutesica que suscribe la poacuteliza Para el caso de este producto es sinoacutenimo de tomador Beneficiario Persona fiacutesica o juriacutedica que puede recibir el beneficio de ciertas coberturas bajo los reclamos que se generen al amparo de esta poacuteliza Caacutencer Se refiere a la presencia de un tumor que se caracteriza por ser progresivo de crecimiento incontrolado con diseminacioacuten de ceacutelulas malignas e invasioacuten y destruccioacuten de tejido normal circundante y a distancia Debe existir toda la evidencia meacutedica que documente sustancialmente el diagnoacutestico de caacutencer Ceguera Se refiere a la peacuterdida permanente de la vista en ambos ojos seguacuten lo confirmado por un oftalmoacutelogo practicante con licencia para ejercer en dicha profesioacuten La agudeza visual corregida ha de ser inferior a 20200 en

ambos ojos o el campo de visioacuten deberaacute ser inferior a 20 grados en ambos ojos Coma Se refiere un estado de inconsciencia sin reaccioacuten a los estiacutemulos externos o la respuesta a las necesidades internas por un periacuteodo ininterrumpido de cuatro diacuteas Condicioacuten Preexistente Condicioacuten para la cual el Asegurado Individual haya recibido tratamiento previamente haya estado al tanto o deberiacutea haber conocido en el momento de iniciar cada cobertura Dantildeo Cerebral por Traumatismo muerte del tejido cerebral debido a una lesioacuten traumaacutetica provocando deacuteficit neuroloacutegico permanente con la persistencia de los siacutentomas cliacutenicos No se incluye dentro de este concepto los siguientes - 1113088Anomaliacuteas detectadas en el cerebro u otras

exploraciones sin siacutentomas cliacutenicos relacionados de forma definitiva

- Los signos neuroloacutegicos que ocurren sin anormalidad sintomaacutetica por ejemplo los reflejos abruptos sin otros siacutentomas

- Los siacutentomas de origen psicoloacutegicos o psiquiaacutetrico - Lesioacuten traumaacutetica en la cabeza por el uso de alcohol u

otras drogas Enfermedad Grave Se refiere a las siguientes condiciones o enfermedades conforme sean diagnosticadas por un meacutedico especialista debidamente acreditado para el ejercicio de su profesioacuten (i) Caacutencer (ii) Accidente Cerebrovascular (iii) Insuficiencia Renal (iv) Infarto al Miocardio (v) Ceguera (vi) Coma (vii) Esclerosis muacuteltiple (viii) Paraacutelisis (ix) Peacuterdida del habla o mudez (x) Sordera (xi) Quemaduras Mayores o (xii) Dantildeo Cerebral por Traumatismo Esclerosis muacuteltiple Se refiere un diagnoacutestico por un neuroacutelogo de esclerosis muacuteltiple definitiva caracterizado por anormalidades neuroloacutegicas que persisten durante un periacuteodo continuo de al menos seis meses o con evidencia de dos episodios separados cliacutenicamente documentados Muacuteltiples aacutereas de desmielinizacioacuten deben ser

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confirmadas en el diagnoacutestico meacutedico respectivo mediante resonancia magneacutetica u otras teacutecnicas de imagen utilizadas comuacutenmente en la profesioacuten meacutedica para diagnosticar la esclerosis muacuteltiple Incapacidad Total y Permanente La incapacidad total y permanente del Asegurado se produce como consecuencia de un Accidente que ocasione que el Asegurado sea completamente incapaz de participar en cualquier actividad lucrativa para la cual eacutel o ella es o se convirtiere en razonablemente adecuada por su educacioacuten capacitacioacuten o experiencia Tal incapacidad total y permanente deberaacute ser certificada por la Comisioacuten Calificadora del Estado de Invalidez de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) Infarto al Miocardio Se refiere a la muerte o necrosis de una parte del muacutesculo cardiacuteaco (miocardio) como resultado de una interrupcioacuten brusca del aporte sanguiacuteneo a la zona respectiva y cuyo diagnoacutestico debe ser confirmado simultaacuteneamente por los dos siguientes criterios (i) Cambios agudos en el electrocardiograma y (ii) Elevacioacuten de las enzimas cardiacuteacas Insuficiencia Renal Croacutenica Etapa de la insuficiencia renal en la que se presenta una insuficiencia croacutenica e irreversible de ambos rintildeones que exija la necesidad de iniciar un proceso de someterse regularmente a diaacutelisis peritoneal o hemodiaacutelisis yo trasplante renal Oferta de Seguro Parte integrante de la poacuteliza en el que se resumen las condiciones particulares de la misma una vez aceptada por el Tomador Operador de Seguro Autoexpedible Persona juriacutedica queacute mediante un contrato mercantil se compromete frente a la entidad aseguradora a realizar la distribucioacuten de los productos de seguro convenidos que se encuentren registrados ante la Superintendencia como seguros autoexpedibles Paraacutelisis Se refiere a la peacuterdida completa y permanente del uso de dos o maacutes extremidades por un periacuteodo

continuo de noventa diacuteas siguientes al acontecimiento desencadenante tiempo durante el cual no se presente ninguacuten signo de mejora Peacuterdida del habla (o mudez) Se refiere a la peacuterdida total e irreversible de la capacidad de hablar como resultado de una lesioacuten fiacutesica o enfermedad que debe establecerse por un periacuteodo continuo de por lo menos 180 diacuteas seguacuten confirmado por un otorrinolaringoacutelogo practicante con licencia para ejercer en dicha profesioacuten Quemaduras Mayores son quemaduras de tercer grado en adelante que cubren al menos el 20 de la superficie corporal con supervivencia de al menos 30 diacuteas Sordera Se refiere a la peacuterdida permanente de la audicioacuten en ambos oiacutedos con un umbral de audicioacuten de maacutes de 90 decibeles seguacuten confirmado por un otorrinolaringoacutelogo practicante con licencia para ejercer en dicha profesioacuten

2 Documentacioacuten contractual Integran esta poacuteliza autoexpedible las presentes Condiciones Generales y la Oferta de Seguro los cuales expresan los derechos y obligaciones del Asegurado y la Compantildeiacutea Las Condiciones Generales prevalecen sobre la Oferta de Seguro

SECCIOacuteN IV ndash AacuteMBITO DE COBERTURA

3 Cobertura A Baacutesica Primer Diagnoacutestico de Enfermedad Grave

Sujeto a los teacuterminos condiciones y exclusiones previstas esta poacuteliza cubre el diagnoacutestico realizado por primera vez al Asegurado de cualquier Enfermedad Grave conforme definida en este contrato Beneficio En caso de que el Asegurado sea diagnosticado con una Enfermedad Grave por primera vez y durante la vigencia de esta poacuteliza la Compantildeiacutea pagaraacute la suma asegurada de esta cobertura en un uacutenico pago a favor del Asegurado El mismo seraacute igual al a la suma asegurada que

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conste en la Oferta de Seguro En caso que el Asegurado fallezca previo al momento de presentacioacuten de la Solicitud de Indemnizacioacuten este Beneficio seraacute pagado en un uacutenico pago a favor de los Beneficiarios designados para la Cobertura de Muerte y Gastos Funerarios Deducible No hay

4 Cobertura B Baacutesica Muerte y Gastos Funerarios

Sujeto a los teacuterminos condiciones y exclusiones previstas esta poacuteliza cubre el fallecimiento del Asegurado como resultado directo de una Enfermedad Grave cubierta siempre y cuando dicho fallecimiento ocurra dentro de los 365 diacuteas naturales posteriores a la fecha del evento independientemente de que el plazo de vigencia de la poacuteliza hubiera terminado Para efectos aclaratorios se deja constancia que el o los diagnoacutesticos meacutedicos del Accidente y sus secuelas no deben contener estimaciones o pronoacutesticos sobre la expectativa de vida o sobrevivencia maacutexima del Asegurado Beneficio En caso de muerte del Asegurado a causa de un Accidente conforme a lo antes indicado se indemnizaraacute la suma asegurada bajo esta cobertura mediante un pago uacutenico a favor de los Beneficiarios designados por el Asegurado conforme al plan elegido por el Asegurado que conste en la Oferta de Seguro El pago de una indemnizacioacuten por muerte del Asegurado extingue la presente poacuteliza dando por devengada la totalidad de la prima Deducible No hay

5 Cobertura C Baacutesica Renta por Hospitalizacioacuten Sujeto a los teacuterminos condiciones y exclusiones previstas esta poacuteliza cubre la hospitalizacioacuten del Asegurado como resultado directo de una Enfermedad Grave cubierta siempre y cuando dicha hospitalizacioacuten ocurra dentro de

los 365 diacuteas naturales posteriores a la fecha del evento independientemente de que el plazo de vigencia de la poacuteliza hubiera terminado Beneficio En caso que el Asegurado sea hospitalizado a causa de riesgo amparado la Compantildeiacutea pagaraacute la suma asegurada de esta cobertura por diacutea de hospitalizacioacuten en un uacutenico pago a favor del Asegurado y una vez superado el deducible El mismo seraacute igual al a la suma asegurada que conste en la Oferta de Seguro En caso que el Asegurado fallezca previo al momento de presentacioacuten de la Solicitud de Indemnizacioacuten este Beneficio seraacute pagado en un uacutenico pago a favor de los Beneficiarios designados para la Cobertura de Muerte y Gastos Funerarios Esta cobertura opera por un maacuteximo de 45 diacuteas consecutivos por evento y hasta 90 diacuteas acumulados por Asegurado En Deducible 2 diacuteas de hospitalizacioacuten por evento

6 Exclusiones Generales Esta poacuteliza no cubre bajo ninguna circunstancia Para las Cobertura A B y C - Suicidio del Asegurado que ocurra durante los

primeros dos antildeos desde que inicia la cobertura para el Asegurado

- Muerte del Asegurado como resultado directo o indirecto de una Condicioacuten preexistente que surja o se manifieste dentro los primeros 12 meses de cobertura

- Muerte del Asegurado a causa de guerra invasioacuten motiacuten o disturbios civiles

- Muerte del Asegurado desde o al intentar realizar un vuelo aeacutereo de cualquier tipo excepto como pasajero y no como miembro de la tripulacioacuten del avioacuten ni teniendo ninguacuten deber en relacioacuten con el vuelo

- Muerte del Asegurado a causa de cometer o intentar cometer un delito

- Muerte del Asegurado causado por o como resultado de conducir o viajar como pasajero en un vehiacuteculo (tierra mar o aire) que participe en cualquier tipo de carrera prueba de velocidad prueba de resistencia o

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que dicho vehiacuteculo sea utilizado para acrobacias o trucos de conduccioacuten

- Muerte del Asegurado ocasionada con dolo por el coacutenyuge del Asegurado o cualquiera de sus parientes hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad

Adicionalmente para la Cobertura B se cuenta con las siguientes exclusiones - Muerte del Asegurado al estar bajo la influencia de

alcohol o cualquier droga o estupefaciente - Muerte del Asegurado que ocurra luego de

transcurridos 365 diacuteas naturales desde el momento del Accidente

- Muerte del Asegurado a causa de actividades peligrosas incluyendo carreras sobre ruedas o botes esquiacute acuaacutetico y similares paracaidismo alpinismo buceo bungee jumping vuelos en planeadores vuelos delta o similares boxeo lucha libre tiro tauromaquia

- Muerte ocurrida durante un asalto o robo o su tentativa durante rintildeas o por causa de violencia o actos de terceros

- Muerte por causa de infecciones bacterianas excepto infecciones pioacutegenas que son causadas por una herida accidental

7 Suma asegurada La suma asegurada seraacute la elegida por el Asegurado seguacuten las opciones de planes ofrecidos que constan en la Oferta de Seguro La sumatoria de los montos asegurados bajo cobertura de muerte por cualquier causa en poacutelizas autoexpedibles adquiridas por el Asegurado no podraacute exceder sesenta y cinco millones de colones Para controlar los montos asegurados la Compantildeiacutea cuenta con un sistema automatizado que llevaraacute el control de los montos asegurados de las poacutelizas autoexpedibles adquiridas por el Asegurado Si eventualmente se emitiera la poacuteliza se le informaraacute al Asegurado y se le devolveraacute el 100 de las primas pagadas en un plazo no mayor de diez (10) diacuteas haacutebiles

8 Periodo de cobertura El presente seguro establece su cobertura bajo la base de ocurrencia del siniestro de conformidad con la Ley Reguladora del Contrato de Seguro En consecuencia este seguro soacutelo cubriraacute reclamos por siniestros acaecidos durante la vigencia de la poacuteliza auacuten si el reclamo se presenta despueacutes de vencida la poacuteliza Todo sin perjuicio de los teacuterminos de cobertura pactados y los plazos legales de prescripcioacuten Para activar las coberturas B y C el siniestro debe ocurrir dentro de los 365 diacuteas posteriores al diagnoacutestico de la enfermedad grave independientemente de que el plazo de vigencia de esta poacuteliza hubiere terminado Para efectos aclaratorios se deja constancia que el diagnoacutestico meacutedico de la Enfermedad Grave no debe contener estimaciones o pronoacutesticos sobre la expectativa de vida o sobrevivencia maacutexima del Asegurado

9 Periacuteodo de Carencia Se establece un periacuteodo de carencia de tres (3) meses a partir de la emisioacuten de la poacuteliza plazos durante el cual las coberturas de la poacuteliza no operan si el Asegurado es diagnosticado muere o es hospitalizados a causa de una Enfermedad Grave

10 Delimitacioacuten geograacutefica Estaacute poacuteliza cubre las consecuencias de los eventos que ocurran en cualquier parte del mundo

SECCIOacuteN V ndash BENEFICIARIOS

11 Designacioacuten de Beneficiarios Los beneficiarios de esta poacuteliza deberaacuten ser determinados de forma especiacutefica o geneacuterica por el Asegurado hasta por los liacutemites que el mismo establezca y seraacuten sentildealados en la Oferta de Seguro

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Toda designacioacuten podraacute ser modificada por el Asegurado durante la vigencia de la poacuteliza mediante la presentacioacuten de nota debidamente firmada a la Compantildeiacutea El Asegurado determinaraacute en la Oferta de Seguro el o los beneficiarios de las Coberturas A y B de esta poacuteliza asignaacutendoles un derecho porcentual a la eventual indemnizacioacuten En el caso de la Cobertura C el Asegurado elegiraacute la cantidad especiacutefica de localidades que corresponderaacute a cada Beneficiario designado cantidad que podraacute no responder o ser distinta a los porcentajes indicados para la Cobertura A y B seguacuten determine el Asegurado Advertencia En el caso de que se desee nombrar beneficiarios a menores de edad no se debe sentildealar a un mayor de edad como representante de los menores para efecto de que en su representacioacuten cobre la indemnizacioacuten Lo anterior porque las legislaciones civiles previenen la forma en que debe designarse tutores albaceas representantes de herederos u otros cargos similares y no consideran al contrato de seguro como el instrumento adecuado para tales designaciones La designacioacuten que se hiciera de un mayor de edad como representante de menores beneficiarios durante la minoriacutea de edad de ellos legalmente puede implicar que se nombra beneficiario al mayor de edad quien en todo caso soacutelo tendriacutea una obligacioacuten moral pues la designacioacuten que se hace de beneficiarios en un contrato de seguro le concede el derecho incondicionado de disponer de la suma asegurada

SECCIOacuteN VI ndash OBLIGACIONES DEL ASEGURADO y BENEFICIARIOS

12 Obligaciones del Asegurado En adicioacuten a otras obligaciones indicadas en las presentes Condiciones Generales el Asegurado asume las siguientes obligaciones

a) Pago de Prima El Asegurado tendraacute la obligacioacuten de realizar el pago oportuno de la prima convenida

b) Proceso Indemnizatorio El Asegurado tendraacute la obligacioacuten de seguir y respetar el proceso indemnizatorio que se detalla en las presentes Condiciones Generales y notificar a la Compantildeiacutea de cualquier cambio en su direccioacuten de notificaciones

c) Finalmente deberaacute observar y cumplir sus obligaciones establecidas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y normativa conexa

13 Declaraciones falsas o fraudulentas Se extinguiraacute la obligacioacuten de indemnizar por parte de la Compantildeiacutea si se demuestran declaraciones falsas o fraudulentas realizadas por el Tomador con dolo o culpa grave cuando tal declaracioacuten le hubiera dado derecho a La Compantildeiacutea a excluir restringir o reducir esa obligacioacuten de conformidad con la Poacuteliza En caso de reticencia o falsedad por parte del Tomador en la declaracioacuten del riesgo se procederaacute conforme a lo estipulados en la Ley Reguladora del Contrato de Seguro

14 Obligaciones de los Beneficiarios A fin de optar por los beneficios que les concede esta poacuteliza los Beneficiarios deberaacuten seguir y respetar el proceso indemnizatorio que se detalla en las presentes Condiciones Generales Por tratarse de una poacuteliza que brinda cobertura uacutenicamente en relacioacuten con la vida del Asegurado seraacute obligacioacuten de los Beneficiarios demostrar la ocurrencia del evento que constituya siniestro Asimismo deberaacute colaborar con la Compantildeiacutea en la inspeccioacuten y demaacutes diligencias que requiera el procedimiento indemnizatorio

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SECCIOacuteN VII ndash PRIMA

15 Prima Es el precio establecido para esta poacuteliza el cual se establece en la Oferta de Seguro seguacuten el rango de edad en que se ubique el Asegurado El pago de las primas es anticipado de forma anual sin embargo el Asegurado tiene la posibilidad de fraccionar el pago y realizarlo mensualmente para lo cual las primas deberaacuten ser pagadas dentro del periodo de gracia indicado en este contrato La frecuencia y el medio de pago de la presente poacuteliza es el que se detalla en la Oferta de Seguro Ajustes en las primas Cumplido el primer antildeo de poacuteliza y de previo a cada renovacioacuten la Compantildeiacutea tiene derecho a ajustar las primas para lo cual notificaraacute al asegurado las nuevas primas vigentes con al menos 30 diacuteas calendario de antelacioacuten a la fecha de renovacioacuten Dicho ajuste en la tabla de tarifas se realizaraacute con base en factores tales como la inflacioacuten las tasas de mortalidad entre otros factores

16 Prima Incorrecta Si la edad del Asegurado indicada en la Oferta de Seguro es erroacutenea se realizaraacute un ajuste equitativo de primas bajo la poacuteliza del seguro en caso de ser aplicable conforme a las tarifas estipuladas en la Oferta de Seguro En caso que el cambio de la edad no implique un aumento o disminucioacuten en la tarifa del Asegurado bajo esta poacuteliza no seraacute necesario realizar dicho ajuste

17 Periacuteodo de Gracia Se permitiraacute un periacuteodo de gracia de 60 diacuteas calendario para el pago de las primas vencidas durante el cual la poacuteliza se mantendraacute en pleno vigor

18 Recargos y Descuentos En la presente poacuteliza no aplican recargos de ninguacuten tipo Se contempla un descuento en caso de pago anual de la prima de la poacuteliza seguacuten el porcentaje que se indica en la Oferta de Seguro

SECCIOacuteN VIII ndash ATENCIOacuteN DE RECLAMOS Y VIGENCIA DE LA POacuteLIZA

19 Procesamiento de reclamos Al momento de ocurrir un siniestro el Asegurado yo sus Beneficiarios deberaacute notificar a la Compantildeiacutea por escrito enviando la misma de cualquiera de las siguientes maneras (i) fiacutesicamente a nuestras oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute (ii) al correo electroacutenico Reclamossagicorcom En cualquier momento puede tambieacuten contactar telefoacutenicamente a la Compantildeiacutea al teleacutefono 4080-5200 La Compantildeiacutea pagaraacute a los beneficiarios designados la suma o prestacioacuten respectiva conforme a la cobertura que se trate despueacutes de la provisioacuten de

- Solicitud de indemnizacioacuten del Asegurado o el (los) Beneficiario (s) en que expliacutecitamente el (los) mismo (s) de(n) la autorizacioacuten para la consulta de expediente meacutedico Dicho formulario estaacute disponible en el portal internet wwwsagicorcr en nuestras oficinas o podraacute ser solicitado al correo electroacutenico Reclamossagicorcom

Asimismo deberaacuten presentarse los siguientes documentos por parte del Asegurado o (los) Beneficiario (s) Para la Cobertura A Presentacioacuten de un informe escrito con el diagnoacutestico del meacutedico especialista que asistioacute al Asegurado que deberaacute incluir (i) estudios cliacutenicos (ii) estudios radioloacutegicos y (iii) estudios histoloacutegicos yo de laboratorio

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En caso de beneficios por Paraacutelisis Presentacioacuten de un informe escrito con el diagnoacutestico del meacutedico especialista que asistioacute al Asegurado que deberaacute incluir el detalle o descripcioacuten de la paraacutelisis sufrida Para la Cobertura B Certificado de Defuncioacuten donde se especifique la causa de la defuncioacuten Para la Cobertura C Constancia de la hospitalizacioacuten en la que se detalle el diagnoacutestico causa diacuteas que permanecioacute el (los) Asegurado(s) hospitalizado(s) debidamente firmada por el meacutedico tratante y refrendada por el hospital o cliacutenica En caso que alguno de los anteriores documentos sea presentado en un idioma distinto al espantildeol deberaacute acompantildearse de una traduccioacuten oficial a dicho idioma Asimismo si alguacuten documento oficial fuera emitido por una autoridad fuera de Costa Rica el documento deberaacute presentarse debidamente legalizado mediante el traacutemite consular aplicable La Compantildeiacutea se compromete a resolver todas las reclamaciones que sean presentadas en los plazos establecidos en la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

20 Inicio del Seguro y Fecha de vigencia El seguro entraraacute en vigencia en la fecha que se emita la poacuteliza siempre y cuando se realice el pago de la prima Esta poacuteliza se emite como un Seguro Anual Renovable Iniciaraacute seguacuten se indica en la Oferta de Seguro y seraacute renovado a su vencimiento salvo que el Asegurado brinde un aviso previo a la Compantildeiacutea con al menos 30 diacuteas de antelacioacuten al vencimiento todo sin perjuicio del derecho de la Compantildeiacutea de ajustar las tarifas de primas conforme antes indicado

21 Terminacioacuten de la poacuteliza En adicioacuten a los casos indicados por la Ley Reguladora del Contrato de Seguros esta poacuteliza finalizaraacute si se cumple alguna de las siguientes condiciones

a) Cancelacioacuten del seguro a solicitud del asegurado b) Finalizados los 365 diacuteas naturales a partir del

primer diagnoacutestico de la enfermedad grave c) Vencido el periodo de gracia y no se haya pagado

la prima d) La aseguradora compruebe declaraciones falsas e) Ante la muerte del Asegurado

Durante la vigencia de esta poacuteliza el Asegurado podraacute darla por terminada en forma anticipada sin responsabilidad dando aviso a la Compantildeiacutea con al menos un mes de anticipacioacuten a la fecha de eficacia del acto Salvo por lo especificado durante el plazo de retracto la Compantildeiacutea tendraacute derecho a conservar la prima devengada por el plazo transcurrido y deberaacute rembolsar la prima no devengada Cuando el seguro es pagado de forma mensual la prima que se haya pagado se da por devengada cuando el seguro es anual se devolveraacute la prima no devengada a la fecha de cancelacioacuten del seguro La terminacioacuten anticipada de la poacuteliza se efectuaraacute sin perjuicio del derecho del Asegurado a indemnizaciones por siniestros ocurridos con anterioridad a la fecha de terminacioacuten anticipada

SECCIOacuteN IX ndash CONDICIONES VARIAS

22 Derecho al Retracto El Asegurado contaraacute con un plazo maacuteximo de 5 diacuteas haacutebiles contados a partir de la emisioacuten del presente seguro y siempre y cuando no haya sucedido un evento amparado seguacuten los teacuterminos de esta poacuteliza para revocar unilateralmente este contrato amparado al derecho de retracto mediante comunicacioacuten formal dirigida a la Compantildeiacutea la cual entregaraacute directamente al operador de seguros autoexpedible correspondiente o en las oficinas

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de la Compantildeiacutea conforme indicadas en estas condiciones generales La revocacioacuten del seguro regiraacute a partir de la fecha de tal comunicacioacuten y la Compantildeiacutea dispondraacute de un plazo maacuteximo de 10 diacuteas haacutebiles contados a partir de la fecha de recibido de dicho documento para devolver al Asegurado el 100 del monto de la prima pagada al momento de que se expidiera el seguro sin penalizaciones o deducciones La Compantildeiacutea giraraacute un cheque o realizaraacute un depoacutesito en la cuenta cliente que indique el Asegurado

23 Requisitos de Suscripcioacuten

Para tomar la presente poacuteliza el Tomador deberaacute cumplir los siguientes requisitos

a) Contar con una tarjeta de creacutedito o deacutebito vigente

b) Completar el formulario Oferta de Seguro y declaracioacuten de salud

c) Ser mayor de 2 antildeos y en caso de ser menor de edad su Oferta de Seguro deberaacute ser completamente por quien ejerza patria potestad sobre el menor

24 Entrega de la Poacuteliza El Operador de Seguros Autoexpedibles deberaacute proporcionar al Asegurado la Oferta de Seguro y las Condiciones Generales de la misma conforme establecido por la Regulacioacuten y Normativa vigente

25 Confidencialidad de la Informacioacuten La informacioacuten que sea suministrada en virtud de suscripcioacuten de la presente poacuteliza queda tutelada por el derecho de intimidad y confidencialidad salvo manifestacioacuten expresa del Tomador yo Asegurado que indique lo contrario o por requerimiento de la autoridad judicial competente

26 Legislacioacuten Esta poacuteliza se rige por las disposiciones de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y de forma supletoria y en lo que resulte aplicable por el Coacutedigo de Comercio y el Coacutedigo Civil de la Repuacuteblica de Costa Rica

27 Prescripcioacuten Las obligaciones de La Compantildeiacutea prescriben en el plazo de cuatro (4) antildeos contabilizados desde que las mismas son exigibles

28 Indisputabilidad de la poacuteliza La validez de la poacuteliza y sus coberturas seraacute indisputable despueacutes de haber estado en vigor durante un periacuteodo de dos (2) antildeos excepto por falta de pago de la prima o en presencia de un fraude

29 Cesioacuten del contrato El presente contrato no podraacute ser cedido por el Tomador o Asegurado

30 Modificaciones a la Poacuteliza Las modificaciones de la Poacuteliza no seraacuten efectivas sin la firma del Representante Legal de la Compantildeiacutea El Asegurado podraacute solicitar las modificaciones de datos personales en el momento que lo desee mediante comunicacioacuten a la Compantildeiacutea

31 Moneda Todos los valores o indemnizaciones bajo esta Poacuteliza son liquidables en colones costarricenses

SECCIOacuteN X ndash INSTANCIAS DE SOLUCIOacuteN DE CONTROVERSIAS Y COMUNICACIONES

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32 Jurisdiccioacuten y arbitraje En caso de reclamos o disputas las partes se someten a la jurisdiccioacuten de los Tribunales de San Joseacute Costa Rica No obstante lo anterior las partes pueden optar por comuacuten acuerdo por resolver las mismas a traveacutes de arbitraje de forma voluntaria e incondicional El arbitraje seraacute de derecho y se realizaraacute seguacuten lo establecido en los reglamentos del Centro Internacional de Conciliacioacuten y Arbitraje de la Caacutemara Costarricense-Norteamericana de Comercio (CICA) De igual forma y por comuacuten acuerdo las partes podraacuten designar otro aacuterbitro o centro de arbitraje que consideren adecuado El aacuterbitro tendraacute la facultad de obtener la opinioacuten de los expertos que estime conveniente sobre cualquier asunto o cuestioacuten que se determine

33 Otras instancias de solucioacuten de controversias En adicioacuten a la jurisdiccioacuten comuacuten y arbitral antes indicada el consumidor de seguros de conformidad con la normativa vigente puede presentar sus reclamaciones o quejas en las oficinas de la Compantildeiacutea o bien dirigirse al Centro de Defensa del Asegurado cuyos datos de contacto pueden verificarse en la paacutegina web wwwsagicorcr Asimismo el consumidor de seguros cuenta con derecho de acudir como parte interesada a la Superintendencia General de Seguros o a la Comisioacuten Nacional de Consumidor conforme a las competencias especiacuteficas de dichas entidades que estipula la normativa vigente

34 Valoracioacuten por peritos Las partes podraacuten convenir que se practique una valoracioacuten o tasacioacuten si hubiera desacuerdo respecto del monto de la indemnizacioacuten o la validez del criterio meacutedico que dicte una causa de Muerte al momento de ocurrir el siniestro La valoracioacuten podraacute efectuarse por uno o maacutes peritos seguacuten lo convengan las partes siguiendo las condiciones estipuladas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

35 Notificaciones Las comunicaciones que se dirijan a la Compantildeiacutea deberaacuten realizarse por escrito directamente y enviadas a las oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute correo electroacutenico SCR_servicioalclientesagicorcom Cualquier notificacioacuten o aviso que la Compantildeiacutea deba hacer al Tomador yo al Asegurado se realizaraacute haraacute por cualquier medio escrito o electroacutenico tales como fax correo electroacutenico entrega personal o correo certificado estos uacuteltimos dirigidos a la direccioacuten fiacutesica consignada en la poacuteliza En caso de existir una modificacioacuten en el domicilio yo medio de notificacioacuten a ser utilizado el mismo deberaacute ser notificado por escrito a la Compantildeiacutea quien confirmaraacute la recepcioacuten de tal cambio y registraraacute el mismo en el sistema ya que de lo contrario toda notificacioacuten realizada en cualquiera de las direcciones consignadas en la Poacuteliza se tendraacute como vaacutelida

36 Registro ante la Superintendencia General de Seguros

La documentacioacuten contractual y la nota teacutecnica que integran este producto estaacuten registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artiacuteculo 29 inciso d) de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros Ley 8653 bajo el registro Nuacutemero P20-62-A12-541 de fecha 04 de Setiembre de 2014

__________________________ Fernando Viquez Pacheco

Representante Legal Aseguradora Sagicor de Costa Rica SA

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SECCIOacuteN I ndash IacuteNDICE SECCIOacuteN I ndash IacuteNDICE 1 SECCIOacuteN II - COMPROMISO DE LA ASEGURADORA 2 SECCIOacuteN III - CONDICIONES INICIALES 3 1 Definiciones 3 2 Documentacioacuten contractual 4 SECCIOacuteN IV ndash AacuteMBITO DE COBERTURA 4 3 Cobertura A Baacutesica Primer Diagnoacutestico de Enfermedad Grave 4 4 Cobertura B Baacutesica Muerte y Gastos Funerarios 5 5 Cobertura C Baacutesica Renta por Hospitalizacioacuten 5 6 Exclusiones Generales 5 7 Suma asegurada 6 8 Periodo de cobertura 6 9 Periacuteodo de Carencia 6 10 Delimitacioacuten geograacutefica 6 SECCIOacuteN V ndash BENEFICIARIOS 6 11 Designacioacuten de Beneficiarios 6 SECCIOacuteN VI ndash OBLIGACIONES DEL ASEGURADO y BENEFICIARIOS 7 12 Obligaciones del Asegurado 7 13 Declaraciones falsas o fraudulentas 7 14 Obligaciones de los Beneficiarios 7 SECCIOacuteN VII ndash PRIMA 8 15 Prima 8 16 Prima Incorrecta 8 17 Periacuteodo de Gracia 8 18 Recargos y Descuentos 8 SECCIOacuteN VIII ndash ATENCIOacuteN DE RECLAMOS Y VIGENCIA DE LA POacuteLIZA 8 19 Procesamiento de reclamos 8 20 Inicio del Seguro y Fecha de vigencia 9 21 Terminacioacuten de la poacuteliza 9 SECCIOacuteN IX ndash CONDICIONES VARIAS 9 22 Derecho al Retracto 9 23 Requisitos de Suscripcioacuten 10 24 Entrega de la Poacuteliza 10 25 Confidencialidad de la Informacioacuten 10 26 Legislacioacuten 10 27 Prescripcioacuten 10 28 Indisputabilidad de la poacuteliza 10 29 Cesioacuten del contrato 10 30 Modificaciones a la Poacuteliza 10 31 Moneda 10 SECCIOacuteN X ndash INSTANCIAS DE SOLUCIOacuteN DE CONTROVERSIAS Y COMUNICACIONES 10 32 Jurisdiccioacuten y arbitraje 11 33 Otras instancias de solucioacuten de controversias 11 34 Valoracioacuten por peritos 11 35 Notificaciones 11 36 Registro ante la Superintendencia General de Seguros 11

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SECCIOacuteN II - COMPROMISO DE LA ASEGURADORA ASEGURADORA SAGICOR COSTA RICA SA (denominada en adelante ldquola Compantildeiacuteardquo) es una Aseguradora registrada bajo la ceacutedula juriacutedica 3-101-640739 y debidamente acreditada por la Superintendencia General de Seguros de Costa Rica que expide esta poacuteliza de seguro La misma regiraacute por las claacuteusulas detalladas a continuacioacuten en este Contrato de Seguro El suscrito firmante en mi condicioacuten de representante legal con facultades suficientes para este caso declaro y establezco el compromiso contractual de la Compantildeiacutea de cumplir con los teacuterminos y condiciones de esta poacuteliza

_________________________________ Fernando Viacutequez Pacheco Representante legal Aseguradora Sagicor de Costa Rica SA

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SECCIOacuteN III - CONDICIONES INICIALES

1 Definiciones Accidente Acontecimiento repentino inesperado e inusual que se produce en un momento y lugar identificables que causa una lesioacuten corporal o muerte al Asegurado y que es ajeno a su voluntad Accidente cerebrovascular (ACV) Cualquier accidente cerebrovascular de duracioacuten superior a 24 horas que produzca secuelas neuroloacutegicas persistentes por maacutes de 15 diacuteas Estaacuten incluidos en la cobertura los accidentes cerebrovasculares producidos por infarto del tejido cerebral hemorragia intracraneal y embolia de fuente extracraneal Antildeo Poacuteliza El periacuteodo comprendido entre las 1200 de la noche en la Fecha de Vigencia hasta las 1200 de la noche del uacuteltimo diacutea del antildeo de la poacuteliza Cada periacuteodo subsiguiente de 12 meses contados a partir del aniversario de la poacuteliza se consideraraacute como un antildeo de la poacuteliza Todo lo anterior conforme se especiacutefica en la Oferta de Seguro Asegurado Persona fiacutesica que suscribe la poacuteliza Para el caso de este producto es sinoacutenimo de tomador Beneficiario Persona fiacutesica o juriacutedica que puede recibir el beneficio de ciertas coberturas bajo los reclamos que se generen al amparo de esta poacuteliza Caacutencer Se refiere a la presencia de un tumor que se caracteriza por ser progresivo de crecimiento incontrolado con diseminacioacuten de ceacutelulas malignas e invasioacuten y destruccioacuten de tejido normal circundante y a distancia Debe existir toda la evidencia meacutedica que documente sustancialmente el diagnoacutestico de caacutencer Ceguera Se refiere a la peacuterdida permanente de la vista en ambos ojos seguacuten lo confirmado por un oftalmoacutelogo practicante con licencia para ejercer en dicha profesioacuten La agudeza visual corregida ha de ser inferior a 20200 en

ambos ojos o el campo de visioacuten deberaacute ser inferior a 20 grados en ambos ojos Coma Se refiere un estado de inconsciencia sin reaccioacuten a los estiacutemulos externos o la respuesta a las necesidades internas por un periacuteodo ininterrumpido de cuatro diacuteas Condicioacuten Preexistente Condicioacuten para la cual el Asegurado Individual haya recibido tratamiento previamente haya estado al tanto o deberiacutea haber conocido en el momento de iniciar cada cobertura Dantildeo Cerebral por Traumatismo muerte del tejido cerebral debido a una lesioacuten traumaacutetica provocando deacuteficit neuroloacutegico permanente con la persistencia de los siacutentomas cliacutenicos No se incluye dentro de este concepto los siguientes - 1113088Anomaliacuteas detectadas en el cerebro u otras

exploraciones sin siacutentomas cliacutenicos relacionados de forma definitiva

- Los signos neuroloacutegicos que ocurren sin anormalidad sintomaacutetica por ejemplo los reflejos abruptos sin otros siacutentomas

- Los siacutentomas de origen psicoloacutegicos o psiquiaacutetrico - Lesioacuten traumaacutetica en la cabeza por el uso de alcohol u

otras drogas Enfermedad Grave Se refiere a las siguientes condiciones o enfermedades conforme sean diagnosticadas por un meacutedico especialista debidamente acreditado para el ejercicio de su profesioacuten (i) Caacutencer (ii) Accidente Cerebrovascular (iii) Insuficiencia Renal (iv) Infarto al Miocardio (v) Ceguera (vi) Coma (vii) Esclerosis muacuteltiple (viii) Paraacutelisis (ix) Peacuterdida del habla o mudez (x) Sordera (xi) Quemaduras Mayores o (xii) Dantildeo Cerebral por Traumatismo Esclerosis muacuteltiple Se refiere un diagnoacutestico por un neuroacutelogo de esclerosis muacuteltiple definitiva caracterizado por anormalidades neuroloacutegicas que persisten durante un periacuteodo continuo de al menos seis meses o con evidencia de dos episodios separados cliacutenicamente documentados Muacuteltiples aacutereas de desmielinizacioacuten deben ser

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confirmadas en el diagnoacutestico meacutedico respectivo mediante resonancia magneacutetica u otras teacutecnicas de imagen utilizadas comuacutenmente en la profesioacuten meacutedica para diagnosticar la esclerosis muacuteltiple Incapacidad Total y Permanente La incapacidad total y permanente del Asegurado se produce como consecuencia de un Accidente que ocasione que el Asegurado sea completamente incapaz de participar en cualquier actividad lucrativa para la cual eacutel o ella es o se convirtiere en razonablemente adecuada por su educacioacuten capacitacioacuten o experiencia Tal incapacidad total y permanente deberaacute ser certificada por la Comisioacuten Calificadora del Estado de Invalidez de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) Infarto al Miocardio Se refiere a la muerte o necrosis de una parte del muacutesculo cardiacuteaco (miocardio) como resultado de una interrupcioacuten brusca del aporte sanguiacuteneo a la zona respectiva y cuyo diagnoacutestico debe ser confirmado simultaacuteneamente por los dos siguientes criterios (i) Cambios agudos en el electrocardiograma y (ii) Elevacioacuten de las enzimas cardiacuteacas Insuficiencia Renal Croacutenica Etapa de la insuficiencia renal en la que se presenta una insuficiencia croacutenica e irreversible de ambos rintildeones que exija la necesidad de iniciar un proceso de someterse regularmente a diaacutelisis peritoneal o hemodiaacutelisis yo trasplante renal Oferta de Seguro Parte integrante de la poacuteliza en el que se resumen las condiciones particulares de la misma una vez aceptada por el Tomador Operador de Seguro Autoexpedible Persona juriacutedica queacute mediante un contrato mercantil se compromete frente a la entidad aseguradora a realizar la distribucioacuten de los productos de seguro convenidos que se encuentren registrados ante la Superintendencia como seguros autoexpedibles Paraacutelisis Se refiere a la peacuterdida completa y permanente del uso de dos o maacutes extremidades por un periacuteodo

continuo de noventa diacuteas siguientes al acontecimiento desencadenante tiempo durante el cual no se presente ninguacuten signo de mejora Peacuterdida del habla (o mudez) Se refiere a la peacuterdida total e irreversible de la capacidad de hablar como resultado de una lesioacuten fiacutesica o enfermedad que debe establecerse por un periacuteodo continuo de por lo menos 180 diacuteas seguacuten confirmado por un otorrinolaringoacutelogo practicante con licencia para ejercer en dicha profesioacuten Quemaduras Mayores son quemaduras de tercer grado en adelante que cubren al menos el 20 de la superficie corporal con supervivencia de al menos 30 diacuteas Sordera Se refiere a la peacuterdida permanente de la audicioacuten en ambos oiacutedos con un umbral de audicioacuten de maacutes de 90 decibeles seguacuten confirmado por un otorrinolaringoacutelogo practicante con licencia para ejercer en dicha profesioacuten

2 Documentacioacuten contractual Integran esta poacuteliza autoexpedible las presentes Condiciones Generales y la Oferta de Seguro los cuales expresan los derechos y obligaciones del Asegurado y la Compantildeiacutea Las Condiciones Generales prevalecen sobre la Oferta de Seguro

SECCIOacuteN IV ndash AacuteMBITO DE COBERTURA

3 Cobertura A Baacutesica Primer Diagnoacutestico de Enfermedad Grave

Sujeto a los teacuterminos condiciones y exclusiones previstas esta poacuteliza cubre el diagnoacutestico realizado por primera vez al Asegurado de cualquier Enfermedad Grave conforme definida en este contrato Beneficio En caso de que el Asegurado sea diagnosticado con una Enfermedad Grave por primera vez y durante la vigencia de esta poacuteliza la Compantildeiacutea pagaraacute la suma asegurada de esta cobertura en un uacutenico pago a favor del Asegurado El mismo seraacute igual al a la suma asegurada que

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conste en la Oferta de Seguro En caso que el Asegurado fallezca previo al momento de presentacioacuten de la Solicitud de Indemnizacioacuten este Beneficio seraacute pagado en un uacutenico pago a favor de los Beneficiarios designados para la Cobertura de Muerte y Gastos Funerarios Deducible No hay

4 Cobertura B Baacutesica Muerte y Gastos Funerarios

Sujeto a los teacuterminos condiciones y exclusiones previstas esta poacuteliza cubre el fallecimiento del Asegurado como resultado directo de una Enfermedad Grave cubierta siempre y cuando dicho fallecimiento ocurra dentro de los 365 diacuteas naturales posteriores a la fecha del evento independientemente de que el plazo de vigencia de la poacuteliza hubiera terminado Para efectos aclaratorios se deja constancia que el o los diagnoacutesticos meacutedicos del Accidente y sus secuelas no deben contener estimaciones o pronoacutesticos sobre la expectativa de vida o sobrevivencia maacutexima del Asegurado Beneficio En caso de muerte del Asegurado a causa de un Accidente conforme a lo antes indicado se indemnizaraacute la suma asegurada bajo esta cobertura mediante un pago uacutenico a favor de los Beneficiarios designados por el Asegurado conforme al plan elegido por el Asegurado que conste en la Oferta de Seguro El pago de una indemnizacioacuten por muerte del Asegurado extingue la presente poacuteliza dando por devengada la totalidad de la prima Deducible No hay

5 Cobertura C Baacutesica Renta por Hospitalizacioacuten Sujeto a los teacuterminos condiciones y exclusiones previstas esta poacuteliza cubre la hospitalizacioacuten del Asegurado como resultado directo de una Enfermedad Grave cubierta siempre y cuando dicha hospitalizacioacuten ocurra dentro de

los 365 diacuteas naturales posteriores a la fecha del evento independientemente de que el plazo de vigencia de la poacuteliza hubiera terminado Beneficio En caso que el Asegurado sea hospitalizado a causa de riesgo amparado la Compantildeiacutea pagaraacute la suma asegurada de esta cobertura por diacutea de hospitalizacioacuten en un uacutenico pago a favor del Asegurado y una vez superado el deducible El mismo seraacute igual al a la suma asegurada que conste en la Oferta de Seguro En caso que el Asegurado fallezca previo al momento de presentacioacuten de la Solicitud de Indemnizacioacuten este Beneficio seraacute pagado en un uacutenico pago a favor de los Beneficiarios designados para la Cobertura de Muerte y Gastos Funerarios Esta cobertura opera por un maacuteximo de 45 diacuteas consecutivos por evento y hasta 90 diacuteas acumulados por Asegurado En Deducible 2 diacuteas de hospitalizacioacuten por evento

6 Exclusiones Generales Esta poacuteliza no cubre bajo ninguna circunstancia Para las Cobertura A B y C - Suicidio del Asegurado que ocurra durante los

primeros dos antildeos desde que inicia la cobertura para el Asegurado

- Muerte del Asegurado como resultado directo o indirecto de una Condicioacuten preexistente que surja o se manifieste dentro los primeros 12 meses de cobertura

- Muerte del Asegurado a causa de guerra invasioacuten motiacuten o disturbios civiles

- Muerte del Asegurado desde o al intentar realizar un vuelo aeacutereo de cualquier tipo excepto como pasajero y no como miembro de la tripulacioacuten del avioacuten ni teniendo ninguacuten deber en relacioacuten con el vuelo

- Muerte del Asegurado a causa de cometer o intentar cometer un delito

- Muerte del Asegurado causado por o como resultado de conducir o viajar como pasajero en un vehiacuteculo (tierra mar o aire) que participe en cualquier tipo de carrera prueba de velocidad prueba de resistencia o

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que dicho vehiacuteculo sea utilizado para acrobacias o trucos de conduccioacuten

- Muerte del Asegurado ocasionada con dolo por el coacutenyuge del Asegurado o cualquiera de sus parientes hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad

Adicionalmente para la Cobertura B se cuenta con las siguientes exclusiones - Muerte del Asegurado al estar bajo la influencia de

alcohol o cualquier droga o estupefaciente - Muerte del Asegurado que ocurra luego de

transcurridos 365 diacuteas naturales desde el momento del Accidente

- Muerte del Asegurado a causa de actividades peligrosas incluyendo carreras sobre ruedas o botes esquiacute acuaacutetico y similares paracaidismo alpinismo buceo bungee jumping vuelos en planeadores vuelos delta o similares boxeo lucha libre tiro tauromaquia

- Muerte ocurrida durante un asalto o robo o su tentativa durante rintildeas o por causa de violencia o actos de terceros

- Muerte por causa de infecciones bacterianas excepto infecciones pioacutegenas que son causadas por una herida accidental

7 Suma asegurada La suma asegurada seraacute la elegida por el Asegurado seguacuten las opciones de planes ofrecidos que constan en la Oferta de Seguro La sumatoria de los montos asegurados bajo cobertura de muerte por cualquier causa en poacutelizas autoexpedibles adquiridas por el Asegurado no podraacute exceder sesenta y cinco millones de colones Para controlar los montos asegurados la Compantildeiacutea cuenta con un sistema automatizado que llevaraacute el control de los montos asegurados de las poacutelizas autoexpedibles adquiridas por el Asegurado Si eventualmente se emitiera la poacuteliza se le informaraacute al Asegurado y se le devolveraacute el 100 de las primas pagadas en un plazo no mayor de diez (10) diacuteas haacutebiles

8 Periodo de cobertura El presente seguro establece su cobertura bajo la base de ocurrencia del siniestro de conformidad con la Ley Reguladora del Contrato de Seguro En consecuencia este seguro soacutelo cubriraacute reclamos por siniestros acaecidos durante la vigencia de la poacuteliza auacuten si el reclamo se presenta despueacutes de vencida la poacuteliza Todo sin perjuicio de los teacuterminos de cobertura pactados y los plazos legales de prescripcioacuten Para activar las coberturas B y C el siniestro debe ocurrir dentro de los 365 diacuteas posteriores al diagnoacutestico de la enfermedad grave independientemente de que el plazo de vigencia de esta poacuteliza hubiere terminado Para efectos aclaratorios se deja constancia que el diagnoacutestico meacutedico de la Enfermedad Grave no debe contener estimaciones o pronoacutesticos sobre la expectativa de vida o sobrevivencia maacutexima del Asegurado

9 Periacuteodo de Carencia Se establece un periacuteodo de carencia de tres (3) meses a partir de la emisioacuten de la poacuteliza plazos durante el cual las coberturas de la poacuteliza no operan si el Asegurado es diagnosticado muere o es hospitalizados a causa de una Enfermedad Grave

10 Delimitacioacuten geograacutefica Estaacute poacuteliza cubre las consecuencias de los eventos que ocurran en cualquier parte del mundo

SECCIOacuteN V ndash BENEFICIARIOS

11 Designacioacuten de Beneficiarios Los beneficiarios de esta poacuteliza deberaacuten ser determinados de forma especiacutefica o geneacuterica por el Asegurado hasta por los liacutemites que el mismo establezca y seraacuten sentildealados en la Oferta de Seguro

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Toda designacioacuten podraacute ser modificada por el Asegurado durante la vigencia de la poacuteliza mediante la presentacioacuten de nota debidamente firmada a la Compantildeiacutea El Asegurado determinaraacute en la Oferta de Seguro el o los beneficiarios de las Coberturas A y B de esta poacuteliza asignaacutendoles un derecho porcentual a la eventual indemnizacioacuten En el caso de la Cobertura C el Asegurado elegiraacute la cantidad especiacutefica de localidades que corresponderaacute a cada Beneficiario designado cantidad que podraacute no responder o ser distinta a los porcentajes indicados para la Cobertura A y B seguacuten determine el Asegurado Advertencia En el caso de que se desee nombrar beneficiarios a menores de edad no se debe sentildealar a un mayor de edad como representante de los menores para efecto de que en su representacioacuten cobre la indemnizacioacuten Lo anterior porque las legislaciones civiles previenen la forma en que debe designarse tutores albaceas representantes de herederos u otros cargos similares y no consideran al contrato de seguro como el instrumento adecuado para tales designaciones La designacioacuten que se hiciera de un mayor de edad como representante de menores beneficiarios durante la minoriacutea de edad de ellos legalmente puede implicar que se nombra beneficiario al mayor de edad quien en todo caso soacutelo tendriacutea una obligacioacuten moral pues la designacioacuten que se hace de beneficiarios en un contrato de seguro le concede el derecho incondicionado de disponer de la suma asegurada

SECCIOacuteN VI ndash OBLIGACIONES DEL ASEGURADO y BENEFICIARIOS

12 Obligaciones del Asegurado En adicioacuten a otras obligaciones indicadas en las presentes Condiciones Generales el Asegurado asume las siguientes obligaciones

a) Pago de Prima El Asegurado tendraacute la obligacioacuten de realizar el pago oportuno de la prima convenida

b) Proceso Indemnizatorio El Asegurado tendraacute la obligacioacuten de seguir y respetar el proceso indemnizatorio que se detalla en las presentes Condiciones Generales y notificar a la Compantildeiacutea de cualquier cambio en su direccioacuten de notificaciones

c) Finalmente deberaacute observar y cumplir sus obligaciones establecidas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y normativa conexa

13 Declaraciones falsas o fraudulentas Se extinguiraacute la obligacioacuten de indemnizar por parte de la Compantildeiacutea si se demuestran declaraciones falsas o fraudulentas realizadas por el Tomador con dolo o culpa grave cuando tal declaracioacuten le hubiera dado derecho a La Compantildeiacutea a excluir restringir o reducir esa obligacioacuten de conformidad con la Poacuteliza En caso de reticencia o falsedad por parte del Tomador en la declaracioacuten del riesgo se procederaacute conforme a lo estipulados en la Ley Reguladora del Contrato de Seguro

14 Obligaciones de los Beneficiarios A fin de optar por los beneficios que les concede esta poacuteliza los Beneficiarios deberaacuten seguir y respetar el proceso indemnizatorio que se detalla en las presentes Condiciones Generales Por tratarse de una poacuteliza que brinda cobertura uacutenicamente en relacioacuten con la vida del Asegurado seraacute obligacioacuten de los Beneficiarios demostrar la ocurrencia del evento que constituya siniestro Asimismo deberaacute colaborar con la Compantildeiacutea en la inspeccioacuten y demaacutes diligencias que requiera el procedimiento indemnizatorio

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SECCIOacuteN VII ndash PRIMA

15 Prima Es el precio establecido para esta poacuteliza el cual se establece en la Oferta de Seguro seguacuten el rango de edad en que se ubique el Asegurado El pago de las primas es anticipado de forma anual sin embargo el Asegurado tiene la posibilidad de fraccionar el pago y realizarlo mensualmente para lo cual las primas deberaacuten ser pagadas dentro del periodo de gracia indicado en este contrato La frecuencia y el medio de pago de la presente poacuteliza es el que se detalla en la Oferta de Seguro Ajustes en las primas Cumplido el primer antildeo de poacuteliza y de previo a cada renovacioacuten la Compantildeiacutea tiene derecho a ajustar las primas para lo cual notificaraacute al asegurado las nuevas primas vigentes con al menos 30 diacuteas calendario de antelacioacuten a la fecha de renovacioacuten Dicho ajuste en la tabla de tarifas se realizaraacute con base en factores tales como la inflacioacuten las tasas de mortalidad entre otros factores

16 Prima Incorrecta Si la edad del Asegurado indicada en la Oferta de Seguro es erroacutenea se realizaraacute un ajuste equitativo de primas bajo la poacuteliza del seguro en caso de ser aplicable conforme a las tarifas estipuladas en la Oferta de Seguro En caso que el cambio de la edad no implique un aumento o disminucioacuten en la tarifa del Asegurado bajo esta poacuteliza no seraacute necesario realizar dicho ajuste

17 Periacuteodo de Gracia Se permitiraacute un periacuteodo de gracia de 60 diacuteas calendario para el pago de las primas vencidas durante el cual la poacuteliza se mantendraacute en pleno vigor

18 Recargos y Descuentos En la presente poacuteliza no aplican recargos de ninguacuten tipo Se contempla un descuento en caso de pago anual de la prima de la poacuteliza seguacuten el porcentaje que se indica en la Oferta de Seguro

SECCIOacuteN VIII ndash ATENCIOacuteN DE RECLAMOS Y VIGENCIA DE LA POacuteLIZA

19 Procesamiento de reclamos Al momento de ocurrir un siniestro el Asegurado yo sus Beneficiarios deberaacute notificar a la Compantildeiacutea por escrito enviando la misma de cualquiera de las siguientes maneras (i) fiacutesicamente a nuestras oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute (ii) al correo electroacutenico Reclamossagicorcom En cualquier momento puede tambieacuten contactar telefoacutenicamente a la Compantildeiacutea al teleacutefono 4080-5200 La Compantildeiacutea pagaraacute a los beneficiarios designados la suma o prestacioacuten respectiva conforme a la cobertura que se trate despueacutes de la provisioacuten de

- Solicitud de indemnizacioacuten del Asegurado o el (los) Beneficiario (s) en que expliacutecitamente el (los) mismo (s) de(n) la autorizacioacuten para la consulta de expediente meacutedico Dicho formulario estaacute disponible en el portal internet wwwsagicorcr en nuestras oficinas o podraacute ser solicitado al correo electroacutenico Reclamossagicorcom

Asimismo deberaacuten presentarse los siguientes documentos por parte del Asegurado o (los) Beneficiario (s) Para la Cobertura A Presentacioacuten de un informe escrito con el diagnoacutestico del meacutedico especialista que asistioacute al Asegurado que deberaacute incluir (i) estudios cliacutenicos (ii) estudios radioloacutegicos y (iii) estudios histoloacutegicos yo de laboratorio

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En caso de beneficios por Paraacutelisis Presentacioacuten de un informe escrito con el diagnoacutestico del meacutedico especialista que asistioacute al Asegurado que deberaacute incluir el detalle o descripcioacuten de la paraacutelisis sufrida Para la Cobertura B Certificado de Defuncioacuten donde se especifique la causa de la defuncioacuten Para la Cobertura C Constancia de la hospitalizacioacuten en la que se detalle el diagnoacutestico causa diacuteas que permanecioacute el (los) Asegurado(s) hospitalizado(s) debidamente firmada por el meacutedico tratante y refrendada por el hospital o cliacutenica En caso que alguno de los anteriores documentos sea presentado en un idioma distinto al espantildeol deberaacute acompantildearse de una traduccioacuten oficial a dicho idioma Asimismo si alguacuten documento oficial fuera emitido por una autoridad fuera de Costa Rica el documento deberaacute presentarse debidamente legalizado mediante el traacutemite consular aplicable La Compantildeiacutea se compromete a resolver todas las reclamaciones que sean presentadas en los plazos establecidos en la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

20 Inicio del Seguro y Fecha de vigencia El seguro entraraacute en vigencia en la fecha que se emita la poacuteliza siempre y cuando se realice el pago de la prima Esta poacuteliza se emite como un Seguro Anual Renovable Iniciaraacute seguacuten se indica en la Oferta de Seguro y seraacute renovado a su vencimiento salvo que el Asegurado brinde un aviso previo a la Compantildeiacutea con al menos 30 diacuteas de antelacioacuten al vencimiento todo sin perjuicio del derecho de la Compantildeiacutea de ajustar las tarifas de primas conforme antes indicado

21 Terminacioacuten de la poacuteliza En adicioacuten a los casos indicados por la Ley Reguladora del Contrato de Seguros esta poacuteliza finalizaraacute si se cumple alguna de las siguientes condiciones

a) Cancelacioacuten del seguro a solicitud del asegurado b) Finalizados los 365 diacuteas naturales a partir del

primer diagnoacutestico de la enfermedad grave c) Vencido el periodo de gracia y no se haya pagado

la prima d) La aseguradora compruebe declaraciones falsas e) Ante la muerte del Asegurado

Durante la vigencia de esta poacuteliza el Asegurado podraacute darla por terminada en forma anticipada sin responsabilidad dando aviso a la Compantildeiacutea con al menos un mes de anticipacioacuten a la fecha de eficacia del acto Salvo por lo especificado durante el plazo de retracto la Compantildeiacutea tendraacute derecho a conservar la prima devengada por el plazo transcurrido y deberaacute rembolsar la prima no devengada Cuando el seguro es pagado de forma mensual la prima que se haya pagado se da por devengada cuando el seguro es anual se devolveraacute la prima no devengada a la fecha de cancelacioacuten del seguro La terminacioacuten anticipada de la poacuteliza se efectuaraacute sin perjuicio del derecho del Asegurado a indemnizaciones por siniestros ocurridos con anterioridad a la fecha de terminacioacuten anticipada

SECCIOacuteN IX ndash CONDICIONES VARIAS

22 Derecho al Retracto El Asegurado contaraacute con un plazo maacuteximo de 5 diacuteas haacutebiles contados a partir de la emisioacuten del presente seguro y siempre y cuando no haya sucedido un evento amparado seguacuten los teacuterminos de esta poacuteliza para revocar unilateralmente este contrato amparado al derecho de retracto mediante comunicacioacuten formal dirigida a la Compantildeiacutea la cual entregaraacute directamente al operador de seguros autoexpedible correspondiente o en las oficinas

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de la Compantildeiacutea conforme indicadas en estas condiciones generales La revocacioacuten del seguro regiraacute a partir de la fecha de tal comunicacioacuten y la Compantildeiacutea dispondraacute de un plazo maacuteximo de 10 diacuteas haacutebiles contados a partir de la fecha de recibido de dicho documento para devolver al Asegurado el 100 del monto de la prima pagada al momento de que se expidiera el seguro sin penalizaciones o deducciones La Compantildeiacutea giraraacute un cheque o realizaraacute un depoacutesito en la cuenta cliente que indique el Asegurado

23 Requisitos de Suscripcioacuten

Para tomar la presente poacuteliza el Tomador deberaacute cumplir los siguientes requisitos

a) Contar con una tarjeta de creacutedito o deacutebito vigente

b) Completar el formulario Oferta de Seguro y declaracioacuten de salud

c) Ser mayor de 2 antildeos y en caso de ser menor de edad su Oferta de Seguro deberaacute ser completamente por quien ejerza patria potestad sobre el menor

24 Entrega de la Poacuteliza El Operador de Seguros Autoexpedibles deberaacute proporcionar al Asegurado la Oferta de Seguro y las Condiciones Generales de la misma conforme establecido por la Regulacioacuten y Normativa vigente

25 Confidencialidad de la Informacioacuten La informacioacuten que sea suministrada en virtud de suscripcioacuten de la presente poacuteliza queda tutelada por el derecho de intimidad y confidencialidad salvo manifestacioacuten expresa del Tomador yo Asegurado que indique lo contrario o por requerimiento de la autoridad judicial competente

26 Legislacioacuten Esta poacuteliza se rige por las disposiciones de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y de forma supletoria y en lo que resulte aplicable por el Coacutedigo de Comercio y el Coacutedigo Civil de la Repuacuteblica de Costa Rica

27 Prescripcioacuten Las obligaciones de La Compantildeiacutea prescriben en el plazo de cuatro (4) antildeos contabilizados desde que las mismas son exigibles

28 Indisputabilidad de la poacuteliza La validez de la poacuteliza y sus coberturas seraacute indisputable despueacutes de haber estado en vigor durante un periacuteodo de dos (2) antildeos excepto por falta de pago de la prima o en presencia de un fraude

29 Cesioacuten del contrato El presente contrato no podraacute ser cedido por el Tomador o Asegurado

30 Modificaciones a la Poacuteliza Las modificaciones de la Poacuteliza no seraacuten efectivas sin la firma del Representante Legal de la Compantildeiacutea El Asegurado podraacute solicitar las modificaciones de datos personales en el momento que lo desee mediante comunicacioacuten a la Compantildeiacutea

31 Moneda Todos los valores o indemnizaciones bajo esta Poacuteliza son liquidables en colones costarricenses

SECCIOacuteN X ndash INSTANCIAS DE SOLUCIOacuteN DE CONTROVERSIAS Y COMUNICACIONES

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32 Jurisdiccioacuten y arbitraje En caso de reclamos o disputas las partes se someten a la jurisdiccioacuten de los Tribunales de San Joseacute Costa Rica No obstante lo anterior las partes pueden optar por comuacuten acuerdo por resolver las mismas a traveacutes de arbitraje de forma voluntaria e incondicional El arbitraje seraacute de derecho y se realizaraacute seguacuten lo establecido en los reglamentos del Centro Internacional de Conciliacioacuten y Arbitraje de la Caacutemara Costarricense-Norteamericana de Comercio (CICA) De igual forma y por comuacuten acuerdo las partes podraacuten designar otro aacuterbitro o centro de arbitraje que consideren adecuado El aacuterbitro tendraacute la facultad de obtener la opinioacuten de los expertos que estime conveniente sobre cualquier asunto o cuestioacuten que se determine

33 Otras instancias de solucioacuten de controversias En adicioacuten a la jurisdiccioacuten comuacuten y arbitral antes indicada el consumidor de seguros de conformidad con la normativa vigente puede presentar sus reclamaciones o quejas en las oficinas de la Compantildeiacutea o bien dirigirse al Centro de Defensa del Asegurado cuyos datos de contacto pueden verificarse en la paacutegina web wwwsagicorcr Asimismo el consumidor de seguros cuenta con derecho de acudir como parte interesada a la Superintendencia General de Seguros o a la Comisioacuten Nacional de Consumidor conforme a las competencias especiacuteficas de dichas entidades que estipula la normativa vigente

34 Valoracioacuten por peritos Las partes podraacuten convenir que se practique una valoracioacuten o tasacioacuten si hubiera desacuerdo respecto del monto de la indemnizacioacuten o la validez del criterio meacutedico que dicte una causa de Muerte al momento de ocurrir el siniestro La valoracioacuten podraacute efectuarse por uno o maacutes peritos seguacuten lo convengan las partes siguiendo las condiciones estipuladas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

35 Notificaciones Las comunicaciones que se dirijan a la Compantildeiacutea deberaacuten realizarse por escrito directamente y enviadas a las oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute correo electroacutenico SCR_servicioalclientesagicorcom Cualquier notificacioacuten o aviso que la Compantildeiacutea deba hacer al Tomador yo al Asegurado se realizaraacute haraacute por cualquier medio escrito o electroacutenico tales como fax correo electroacutenico entrega personal o correo certificado estos uacuteltimos dirigidos a la direccioacuten fiacutesica consignada en la poacuteliza En caso de existir una modificacioacuten en el domicilio yo medio de notificacioacuten a ser utilizado el mismo deberaacute ser notificado por escrito a la Compantildeiacutea quien confirmaraacute la recepcioacuten de tal cambio y registraraacute el mismo en el sistema ya que de lo contrario toda notificacioacuten realizada en cualquiera de las direcciones consignadas en la Poacuteliza se tendraacute como vaacutelida

36 Registro ante la Superintendencia General de Seguros

La documentacioacuten contractual y la nota teacutecnica que integran este producto estaacuten registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artiacuteculo 29 inciso d) de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros Ley 8653 bajo el registro Nuacutemero P20-62-A12-541 de fecha 04 de Setiembre de 2014

__________________________ Fernando Viquez Pacheco

Representante Legal Aseguradora Sagicor de Costa Rica SA

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SECCIOacuteN II - COMPROMISO DE LA ASEGURADORA ASEGURADORA SAGICOR COSTA RICA SA (denominada en adelante ldquola Compantildeiacuteardquo) es una Aseguradora registrada bajo la ceacutedula juriacutedica 3-101-640739 y debidamente acreditada por la Superintendencia General de Seguros de Costa Rica que expide esta poacuteliza de seguro La misma regiraacute por las claacuteusulas detalladas a continuacioacuten en este Contrato de Seguro El suscrito firmante en mi condicioacuten de representante legal con facultades suficientes para este caso declaro y establezco el compromiso contractual de la Compantildeiacutea de cumplir con los teacuterminos y condiciones de esta poacuteliza

_________________________________ Fernando Viacutequez Pacheco Representante legal Aseguradora Sagicor de Costa Rica SA

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SECCIOacuteN III - CONDICIONES INICIALES

1 Definiciones Accidente Acontecimiento repentino inesperado e inusual que se produce en un momento y lugar identificables que causa una lesioacuten corporal o muerte al Asegurado y que es ajeno a su voluntad Accidente cerebrovascular (ACV) Cualquier accidente cerebrovascular de duracioacuten superior a 24 horas que produzca secuelas neuroloacutegicas persistentes por maacutes de 15 diacuteas Estaacuten incluidos en la cobertura los accidentes cerebrovasculares producidos por infarto del tejido cerebral hemorragia intracraneal y embolia de fuente extracraneal Antildeo Poacuteliza El periacuteodo comprendido entre las 1200 de la noche en la Fecha de Vigencia hasta las 1200 de la noche del uacuteltimo diacutea del antildeo de la poacuteliza Cada periacuteodo subsiguiente de 12 meses contados a partir del aniversario de la poacuteliza se consideraraacute como un antildeo de la poacuteliza Todo lo anterior conforme se especiacutefica en la Oferta de Seguro Asegurado Persona fiacutesica que suscribe la poacuteliza Para el caso de este producto es sinoacutenimo de tomador Beneficiario Persona fiacutesica o juriacutedica que puede recibir el beneficio de ciertas coberturas bajo los reclamos que se generen al amparo de esta poacuteliza Caacutencer Se refiere a la presencia de un tumor que se caracteriza por ser progresivo de crecimiento incontrolado con diseminacioacuten de ceacutelulas malignas e invasioacuten y destruccioacuten de tejido normal circundante y a distancia Debe existir toda la evidencia meacutedica que documente sustancialmente el diagnoacutestico de caacutencer Ceguera Se refiere a la peacuterdida permanente de la vista en ambos ojos seguacuten lo confirmado por un oftalmoacutelogo practicante con licencia para ejercer en dicha profesioacuten La agudeza visual corregida ha de ser inferior a 20200 en

ambos ojos o el campo de visioacuten deberaacute ser inferior a 20 grados en ambos ojos Coma Se refiere un estado de inconsciencia sin reaccioacuten a los estiacutemulos externos o la respuesta a las necesidades internas por un periacuteodo ininterrumpido de cuatro diacuteas Condicioacuten Preexistente Condicioacuten para la cual el Asegurado Individual haya recibido tratamiento previamente haya estado al tanto o deberiacutea haber conocido en el momento de iniciar cada cobertura Dantildeo Cerebral por Traumatismo muerte del tejido cerebral debido a una lesioacuten traumaacutetica provocando deacuteficit neuroloacutegico permanente con la persistencia de los siacutentomas cliacutenicos No se incluye dentro de este concepto los siguientes - 1113088Anomaliacuteas detectadas en el cerebro u otras

exploraciones sin siacutentomas cliacutenicos relacionados de forma definitiva

- Los signos neuroloacutegicos que ocurren sin anormalidad sintomaacutetica por ejemplo los reflejos abruptos sin otros siacutentomas

- Los siacutentomas de origen psicoloacutegicos o psiquiaacutetrico - Lesioacuten traumaacutetica en la cabeza por el uso de alcohol u

otras drogas Enfermedad Grave Se refiere a las siguientes condiciones o enfermedades conforme sean diagnosticadas por un meacutedico especialista debidamente acreditado para el ejercicio de su profesioacuten (i) Caacutencer (ii) Accidente Cerebrovascular (iii) Insuficiencia Renal (iv) Infarto al Miocardio (v) Ceguera (vi) Coma (vii) Esclerosis muacuteltiple (viii) Paraacutelisis (ix) Peacuterdida del habla o mudez (x) Sordera (xi) Quemaduras Mayores o (xii) Dantildeo Cerebral por Traumatismo Esclerosis muacuteltiple Se refiere un diagnoacutestico por un neuroacutelogo de esclerosis muacuteltiple definitiva caracterizado por anormalidades neuroloacutegicas que persisten durante un periacuteodo continuo de al menos seis meses o con evidencia de dos episodios separados cliacutenicamente documentados Muacuteltiples aacutereas de desmielinizacioacuten deben ser

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confirmadas en el diagnoacutestico meacutedico respectivo mediante resonancia magneacutetica u otras teacutecnicas de imagen utilizadas comuacutenmente en la profesioacuten meacutedica para diagnosticar la esclerosis muacuteltiple Incapacidad Total y Permanente La incapacidad total y permanente del Asegurado se produce como consecuencia de un Accidente que ocasione que el Asegurado sea completamente incapaz de participar en cualquier actividad lucrativa para la cual eacutel o ella es o se convirtiere en razonablemente adecuada por su educacioacuten capacitacioacuten o experiencia Tal incapacidad total y permanente deberaacute ser certificada por la Comisioacuten Calificadora del Estado de Invalidez de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) Infarto al Miocardio Se refiere a la muerte o necrosis de una parte del muacutesculo cardiacuteaco (miocardio) como resultado de una interrupcioacuten brusca del aporte sanguiacuteneo a la zona respectiva y cuyo diagnoacutestico debe ser confirmado simultaacuteneamente por los dos siguientes criterios (i) Cambios agudos en el electrocardiograma y (ii) Elevacioacuten de las enzimas cardiacuteacas Insuficiencia Renal Croacutenica Etapa de la insuficiencia renal en la que se presenta una insuficiencia croacutenica e irreversible de ambos rintildeones que exija la necesidad de iniciar un proceso de someterse regularmente a diaacutelisis peritoneal o hemodiaacutelisis yo trasplante renal Oferta de Seguro Parte integrante de la poacuteliza en el que se resumen las condiciones particulares de la misma una vez aceptada por el Tomador Operador de Seguro Autoexpedible Persona juriacutedica queacute mediante un contrato mercantil se compromete frente a la entidad aseguradora a realizar la distribucioacuten de los productos de seguro convenidos que se encuentren registrados ante la Superintendencia como seguros autoexpedibles Paraacutelisis Se refiere a la peacuterdida completa y permanente del uso de dos o maacutes extremidades por un periacuteodo

continuo de noventa diacuteas siguientes al acontecimiento desencadenante tiempo durante el cual no se presente ninguacuten signo de mejora Peacuterdida del habla (o mudez) Se refiere a la peacuterdida total e irreversible de la capacidad de hablar como resultado de una lesioacuten fiacutesica o enfermedad que debe establecerse por un periacuteodo continuo de por lo menos 180 diacuteas seguacuten confirmado por un otorrinolaringoacutelogo practicante con licencia para ejercer en dicha profesioacuten Quemaduras Mayores son quemaduras de tercer grado en adelante que cubren al menos el 20 de la superficie corporal con supervivencia de al menos 30 diacuteas Sordera Se refiere a la peacuterdida permanente de la audicioacuten en ambos oiacutedos con un umbral de audicioacuten de maacutes de 90 decibeles seguacuten confirmado por un otorrinolaringoacutelogo practicante con licencia para ejercer en dicha profesioacuten

2 Documentacioacuten contractual Integran esta poacuteliza autoexpedible las presentes Condiciones Generales y la Oferta de Seguro los cuales expresan los derechos y obligaciones del Asegurado y la Compantildeiacutea Las Condiciones Generales prevalecen sobre la Oferta de Seguro

SECCIOacuteN IV ndash AacuteMBITO DE COBERTURA

3 Cobertura A Baacutesica Primer Diagnoacutestico de Enfermedad Grave

Sujeto a los teacuterminos condiciones y exclusiones previstas esta poacuteliza cubre el diagnoacutestico realizado por primera vez al Asegurado de cualquier Enfermedad Grave conforme definida en este contrato Beneficio En caso de que el Asegurado sea diagnosticado con una Enfermedad Grave por primera vez y durante la vigencia de esta poacuteliza la Compantildeiacutea pagaraacute la suma asegurada de esta cobertura en un uacutenico pago a favor del Asegurado El mismo seraacute igual al a la suma asegurada que

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conste en la Oferta de Seguro En caso que el Asegurado fallezca previo al momento de presentacioacuten de la Solicitud de Indemnizacioacuten este Beneficio seraacute pagado en un uacutenico pago a favor de los Beneficiarios designados para la Cobertura de Muerte y Gastos Funerarios Deducible No hay

4 Cobertura B Baacutesica Muerte y Gastos Funerarios

Sujeto a los teacuterminos condiciones y exclusiones previstas esta poacuteliza cubre el fallecimiento del Asegurado como resultado directo de una Enfermedad Grave cubierta siempre y cuando dicho fallecimiento ocurra dentro de los 365 diacuteas naturales posteriores a la fecha del evento independientemente de que el plazo de vigencia de la poacuteliza hubiera terminado Para efectos aclaratorios se deja constancia que el o los diagnoacutesticos meacutedicos del Accidente y sus secuelas no deben contener estimaciones o pronoacutesticos sobre la expectativa de vida o sobrevivencia maacutexima del Asegurado Beneficio En caso de muerte del Asegurado a causa de un Accidente conforme a lo antes indicado se indemnizaraacute la suma asegurada bajo esta cobertura mediante un pago uacutenico a favor de los Beneficiarios designados por el Asegurado conforme al plan elegido por el Asegurado que conste en la Oferta de Seguro El pago de una indemnizacioacuten por muerte del Asegurado extingue la presente poacuteliza dando por devengada la totalidad de la prima Deducible No hay

5 Cobertura C Baacutesica Renta por Hospitalizacioacuten Sujeto a los teacuterminos condiciones y exclusiones previstas esta poacuteliza cubre la hospitalizacioacuten del Asegurado como resultado directo de una Enfermedad Grave cubierta siempre y cuando dicha hospitalizacioacuten ocurra dentro de

los 365 diacuteas naturales posteriores a la fecha del evento independientemente de que el plazo de vigencia de la poacuteliza hubiera terminado Beneficio En caso que el Asegurado sea hospitalizado a causa de riesgo amparado la Compantildeiacutea pagaraacute la suma asegurada de esta cobertura por diacutea de hospitalizacioacuten en un uacutenico pago a favor del Asegurado y una vez superado el deducible El mismo seraacute igual al a la suma asegurada que conste en la Oferta de Seguro En caso que el Asegurado fallezca previo al momento de presentacioacuten de la Solicitud de Indemnizacioacuten este Beneficio seraacute pagado en un uacutenico pago a favor de los Beneficiarios designados para la Cobertura de Muerte y Gastos Funerarios Esta cobertura opera por un maacuteximo de 45 diacuteas consecutivos por evento y hasta 90 diacuteas acumulados por Asegurado En Deducible 2 diacuteas de hospitalizacioacuten por evento

6 Exclusiones Generales Esta poacuteliza no cubre bajo ninguna circunstancia Para las Cobertura A B y C - Suicidio del Asegurado que ocurra durante los

primeros dos antildeos desde que inicia la cobertura para el Asegurado

- Muerte del Asegurado como resultado directo o indirecto de una Condicioacuten preexistente que surja o se manifieste dentro los primeros 12 meses de cobertura

- Muerte del Asegurado a causa de guerra invasioacuten motiacuten o disturbios civiles

- Muerte del Asegurado desde o al intentar realizar un vuelo aeacutereo de cualquier tipo excepto como pasajero y no como miembro de la tripulacioacuten del avioacuten ni teniendo ninguacuten deber en relacioacuten con el vuelo

- Muerte del Asegurado a causa de cometer o intentar cometer un delito

- Muerte del Asegurado causado por o como resultado de conducir o viajar como pasajero en un vehiacuteculo (tierra mar o aire) que participe en cualquier tipo de carrera prueba de velocidad prueba de resistencia o

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que dicho vehiacuteculo sea utilizado para acrobacias o trucos de conduccioacuten

- Muerte del Asegurado ocasionada con dolo por el coacutenyuge del Asegurado o cualquiera de sus parientes hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad

Adicionalmente para la Cobertura B se cuenta con las siguientes exclusiones - Muerte del Asegurado al estar bajo la influencia de

alcohol o cualquier droga o estupefaciente - Muerte del Asegurado que ocurra luego de

transcurridos 365 diacuteas naturales desde el momento del Accidente

- Muerte del Asegurado a causa de actividades peligrosas incluyendo carreras sobre ruedas o botes esquiacute acuaacutetico y similares paracaidismo alpinismo buceo bungee jumping vuelos en planeadores vuelos delta o similares boxeo lucha libre tiro tauromaquia

- Muerte ocurrida durante un asalto o robo o su tentativa durante rintildeas o por causa de violencia o actos de terceros

- Muerte por causa de infecciones bacterianas excepto infecciones pioacutegenas que son causadas por una herida accidental

7 Suma asegurada La suma asegurada seraacute la elegida por el Asegurado seguacuten las opciones de planes ofrecidos que constan en la Oferta de Seguro La sumatoria de los montos asegurados bajo cobertura de muerte por cualquier causa en poacutelizas autoexpedibles adquiridas por el Asegurado no podraacute exceder sesenta y cinco millones de colones Para controlar los montos asegurados la Compantildeiacutea cuenta con un sistema automatizado que llevaraacute el control de los montos asegurados de las poacutelizas autoexpedibles adquiridas por el Asegurado Si eventualmente se emitiera la poacuteliza se le informaraacute al Asegurado y se le devolveraacute el 100 de las primas pagadas en un plazo no mayor de diez (10) diacuteas haacutebiles

8 Periodo de cobertura El presente seguro establece su cobertura bajo la base de ocurrencia del siniestro de conformidad con la Ley Reguladora del Contrato de Seguro En consecuencia este seguro soacutelo cubriraacute reclamos por siniestros acaecidos durante la vigencia de la poacuteliza auacuten si el reclamo se presenta despueacutes de vencida la poacuteliza Todo sin perjuicio de los teacuterminos de cobertura pactados y los plazos legales de prescripcioacuten Para activar las coberturas B y C el siniestro debe ocurrir dentro de los 365 diacuteas posteriores al diagnoacutestico de la enfermedad grave independientemente de que el plazo de vigencia de esta poacuteliza hubiere terminado Para efectos aclaratorios se deja constancia que el diagnoacutestico meacutedico de la Enfermedad Grave no debe contener estimaciones o pronoacutesticos sobre la expectativa de vida o sobrevivencia maacutexima del Asegurado

9 Periacuteodo de Carencia Se establece un periacuteodo de carencia de tres (3) meses a partir de la emisioacuten de la poacuteliza plazos durante el cual las coberturas de la poacuteliza no operan si el Asegurado es diagnosticado muere o es hospitalizados a causa de una Enfermedad Grave

10 Delimitacioacuten geograacutefica Estaacute poacuteliza cubre las consecuencias de los eventos que ocurran en cualquier parte del mundo

SECCIOacuteN V ndash BENEFICIARIOS

11 Designacioacuten de Beneficiarios Los beneficiarios de esta poacuteliza deberaacuten ser determinados de forma especiacutefica o geneacuterica por el Asegurado hasta por los liacutemites que el mismo establezca y seraacuten sentildealados en la Oferta de Seguro

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Toda designacioacuten podraacute ser modificada por el Asegurado durante la vigencia de la poacuteliza mediante la presentacioacuten de nota debidamente firmada a la Compantildeiacutea El Asegurado determinaraacute en la Oferta de Seguro el o los beneficiarios de las Coberturas A y B de esta poacuteliza asignaacutendoles un derecho porcentual a la eventual indemnizacioacuten En el caso de la Cobertura C el Asegurado elegiraacute la cantidad especiacutefica de localidades que corresponderaacute a cada Beneficiario designado cantidad que podraacute no responder o ser distinta a los porcentajes indicados para la Cobertura A y B seguacuten determine el Asegurado Advertencia En el caso de que se desee nombrar beneficiarios a menores de edad no se debe sentildealar a un mayor de edad como representante de los menores para efecto de que en su representacioacuten cobre la indemnizacioacuten Lo anterior porque las legislaciones civiles previenen la forma en que debe designarse tutores albaceas representantes de herederos u otros cargos similares y no consideran al contrato de seguro como el instrumento adecuado para tales designaciones La designacioacuten que se hiciera de un mayor de edad como representante de menores beneficiarios durante la minoriacutea de edad de ellos legalmente puede implicar que se nombra beneficiario al mayor de edad quien en todo caso soacutelo tendriacutea una obligacioacuten moral pues la designacioacuten que se hace de beneficiarios en un contrato de seguro le concede el derecho incondicionado de disponer de la suma asegurada

SECCIOacuteN VI ndash OBLIGACIONES DEL ASEGURADO y BENEFICIARIOS

12 Obligaciones del Asegurado En adicioacuten a otras obligaciones indicadas en las presentes Condiciones Generales el Asegurado asume las siguientes obligaciones

a) Pago de Prima El Asegurado tendraacute la obligacioacuten de realizar el pago oportuno de la prima convenida

b) Proceso Indemnizatorio El Asegurado tendraacute la obligacioacuten de seguir y respetar el proceso indemnizatorio que se detalla en las presentes Condiciones Generales y notificar a la Compantildeiacutea de cualquier cambio en su direccioacuten de notificaciones

c) Finalmente deberaacute observar y cumplir sus obligaciones establecidas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y normativa conexa

13 Declaraciones falsas o fraudulentas Se extinguiraacute la obligacioacuten de indemnizar por parte de la Compantildeiacutea si se demuestran declaraciones falsas o fraudulentas realizadas por el Tomador con dolo o culpa grave cuando tal declaracioacuten le hubiera dado derecho a La Compantildeiacutea a excluir restringir o reducir esa obligacioacuten de conformidad con la Poacuteliza En caso de reticencia o falsedad por parte del Tomador en la declaracioacuten del riesgo se procederaacute conforme a lo estipulados en la Ley Reguladora del Contrato de Seguro

14 Obligaciones de los Beneficiarios A fin de optar por los beneficios que les concede esta poacuteliza los Beneficiarios deberaacuten seguir y respetar el proceso indemnizatorio que se detalla en las presentes Condiciones Generales Por tratarse de una poacuteliza que brinda cobertura uacutenicamente en relacioacuten con la vida del Asegurado seraacute obligacioacuten de los Beneficiarios demostrar la ocurrencia del evento que constituya siniestro Asimismo deberaacute colaborar con la Compantildeiacutea en la inspeccioacuten y demaacutes diligencias que requiera el procedimiento indemnizatorio

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SECCIOacuteN VII ndash PRIMA

15 Prima Es el precio establecido para esta poacuteliza el cual se establece en la Oferta de Seguro seguacuten el rango de edad en que se ubique el Asegurado El pago de las primas es anticipado de forma anual sin embargo el Asegurado tiene la posibilidad de fraccionar el pago y realizarlo mensualmente para lo cual las primas deberaacuten ser pagadas dentro del periodo de gracia indicado en este contrato La frecuencia y el medio de pago de la presente poacuteliza es el que se detalla en la Oferta de Seguro Ajustes en las primas Cumplido el primer antildeo de poacuteliza y de previo a cada renovacioacuten la Compantildeiacutea tiene derecho a ajustar las primas para lo cual notificaraacute al asegurado las nuevas primas vigentes con al menos 30 diacuteas calendario de antelacioacuten a la fecha de renovacioacuten Dicho ajuste en la tabla de tarifas se realizaraacute con base en factores tales como la inflacioacuten las tasas de mortalidad entre otros factores

16 Prima Incorrecta Si la edad del Asegurado indicada en la Oferta de Seguro es erroacutenea se realizaraacute un ajuste equitativo de primas bajo la poacuteliza del seguro en caso de ser aplicable conforme a las tarifas estipuladas en la Oferta de Seguro En caso que el cambio de la edad no implique un aumento o disminucioacuten en la tarifa del Asegurado bajo esta poacuteliza no seraacute necesario realizar dicho ajuste

17 Periacuteodo de Gracia Se permitiraacute un periacuteodo de gracia de 60 diacuteas calendario para el pago de las primas vencidas durante el cual la poacuteliza se mantendraacute en pleno vigor

18 Recargos y Descuentos En la presente poacuteliza no aplican recargos de ninguacuten tipo Se contempla un descuento en caso de pago anual de la prima de la poacuteliza seguacuten el porcentaje que se indica en la Oferta de Seguro

SECCIOacuteN VIII ndash ATENCIOacuteN DE RECLAMOS Y VIGENCIA DE LA POacuteLIZA

19 Procesamiento de reclamos Al momento de ocurrir un siniestro el Asegurado yo sus Beneficiarios deberaacute notificar a la Compantildeiacutea por escrito enviando la misma de cualquiera de las siguientes maneras (i) fiacutesicamente a nuestras oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute (ii) al correo electroacutenico Reclamossagicorcom En cualquier momento puede tambieacuten contactar telefoacutenicamente a la Compantildeiacutea al teleacutefono 4080-5200 La Compantildeiacutea pagaraacute a los beneficiarios designados la suma o prestacioacuten respectiva conforme a la cobertura que se trate despueacutes de la provisioacuten de

- Solicitud de indemnizacioacuten del Asegurado o el (los) Beneficiario (s) en que expliacutecitamente el (los) mismo (s) de(n) la autorizacioacuten para la consulta de expediente meacutedico Dicho formulario estaacute disponible en el portal internet wwwsagicorcr en nuestras oficinas o podraacute ser solicitado al correo electroacutenico Reclamossagicorcom

Asimismo deberaacuten presentarse los siguientes documentos por parte del Asegurado o (los) Beneficiario (s) Para la Cobertura A Presentacioacuten de un informe escrito con el diagnoacutestico del meacutedico especialista que asistioacute al Asegurado que deberaacute incluir (i) estudios cliacutenicos (ii) estudios radioloacutegicos y (iii) estudios histoloacutegicos yo de laboratorio

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En caso de beneficios por Paraacutelisis Presentacioacuten de un informe escrito con el diagnoacutestico del meacutedico especialista que asistioacute al Asegurado que deberaacute incluir el detalle o descripcioacuten de la paraacutelisis sufrida Para la Cobertura B Certificado de Defuncioacuten donde se especifique la causa de la defuncioacuten Para la Cobertura C Constancia de la hospitalizacioacuten en la que se detalle el diagnoacutestico causa diacuteas que permanecioacute el (los) Asegurado(s) hospitalizado(s) debidamente firmada por el meacutedico tratante y refrendada por el hospital o cliacutenica En caso que alguno de los anteriores documentos sea presentado en un idioma distinto al espantildeol deberaacute acompantildearse de una traduccioacuten oficial a dicho idioma Asimismo si alguacuten documento oficial fuera emitido por una autoridad fuera de Costa Rica el documento deberaacute presentarse debidamente legalizado mediante el traacutemite consular aplicable La Compantildeiacutea se compromete a resolver todas las reclamaciones que sean presentadas en los plazos establecidos en la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

20 Inicio del Seguro y Fecha de vigencia El seguro entraraacute en vigencia en la fecha que se emita la poacuteliza siempre y cuando se realice el pago de la prima Esta poacuteliza se emite como un Seguro Anual Renovable Iniciaraacute seguacuten se indica en la Oferta de Seguro y seraacute renovado a su vencimiento salvo que el Asegurado brinde un aviso previo a la Compantildeiacutea con al menos 30 diacuteas de antelacioacuten al vencimiento todo sin perjuicio del derecho de la Compantildeiacutea de ajustar las tarifas de primas conforme antes indicado

21 Terminacioacuten de la poacuteliza En adicioacuten a los casos indicados por la Ley Reguladora del Contrato de Seguros esta poacuteliza finalizaraacute si se cumple alguna de las siguientes condiciones

a) Cancelacioacuten del seguro a solicitud del asegurado b) Finalizados los 365 diacuteas naturales a partir del

primer diagnoacutestico de la enfermedad grave c) Vencido el periodo de gracia y no se haya pagado

la prima d) La aseguradora compruebe declaraciones falsas e) Ante la muerte del Asegurado

Durante la vigencia de esta poacuteliza el Asegurado podraacute darla por terminada en forma anticipada sin responsabilidad dando aviso a la Compantildeiacutea con al menos un mes de anticipacioacuten a la fecha de eficacia del acto Salvo por lo especificado durante el plazo de retracto la Compantildeiacutea tendraacute derecho a conservar la prima devengada por el plazo transcurrido y deberaacute rembolsar la prima no devengada Cuando el seguro es pagado de forma mensual la prima que se haya pagado se da por devengada cuando el seguro es anual se devolveraacute la prima no devengada a la fecha de cancelacioacuten del seguro La terminacioacuten anticipada de la poacuteliza se efectuaraacute sin perjuicio del derecho del Asegurado a indemnizaciones por siniestros ocurridos con anterioridad a la fecha de terminacioacuten anticipada

SECCIOacuteN IX ndash CONDICIONES VARIAS

22 Derecho al Retracto El Asegurado contaraacute con un plazo maacuteximo de 5 diacuteas haacutebiles contados a partir de la emisioacuten del presente seguro y siempre y cuando no haya sucedido un evento amparado seguacuten los teacuterminos de esta poacuteliza para revocar unilateralmente este contrato amparado al derecho de retracto mediante comunicacioacuten formal dirigida a la Compantildeiacutea la cual entregaraacute directamente al operador de seguros autoexpedible correspondiente o en las oficinas

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de la Compantildeiacutea conforme indicadas en estas condiciones generales La revocacioacuten del seguro regiraacute a partir de la fecha de tal comunicacioacuten y la Compantildeiacutea dispondraacute de un plazo maacuteximo de 10 diacuteas haacutebiles contados a partir de la fecha de recibido de dicho documento para devolver al Asegurado el 100 del monto de la prima pagada al momento de que se expidiera el seguro sin penalizaciones o deducciones La Compantildeiacutea giraraacute un cheque o realizaraacute un depoacutesito en la cuenta cliente que indique el Asegurado

23 Requisitos de Suscripcioacuten

Para tomar la presente poacuteliza el Tomador deberaacute cumplir los siguientes requisitos

a) Contar con una tarjeta de creacutedito o deacutebito vigente

b) Completar el formulario Oferta de Seguro y declaracioacuten de salud

c) Ser mayor de 2 antildeos y en caso de ser menor de edad su Oferta de Seguro deberaacute ser completamente por quien ejerza patria potestad sobre el menor

24 Entrega de la Poacuteliza El Operador de Seguros Autoexpedibles deberaacute proporcionar al Asegurado la Oferta de Seguro y las Condiciones Generales de la misma conforme establecido por la Regulacioacuten y Normativa vigente

25 Confidencialidad de la Informacioacuten La informacioacuten que sea suministrada en virtud de suscripcioacuten de la presente poacuteliza queda tutelada por el derecho de intimidad y confidencialidad salvo manifestacioacuten expresa del Tomador yo Asegurado que indique lo contrario o por requerimiento de la autoridad judicial competente

26 Legislacioacuten Esta poacuteliza se rige por las disposiciones de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y de forma supletoria y en lo que resulte aplicable por el Coacutedigo de Comercio y el Coacutedigo Civil de la Repuacuteblica de Costa Rica

27 Prescripcioacuten Las obligaciones de La Compantildeiacutea prescriben en el plazo de cuatro (4) antildeos contabilizados desde que las mismas son exigibles

28 Indisputabilidad de la poacuteliza La validez de la poacuteliza y sus coberturas seraacute indisputable despueacutes de haber estado en vigor durante un periacuteodo de dos (2) antildeos excepto por falta de pago de la prima o en presencia de un fraude

29 Cesioacuten del contrato El presente contrato no podraacute ser cedido por el Tomador o Asegurado

30 Modificaciones a la Poacuteliza Las modificaciones de la Poacuteliza no seraacuten efectivas sin la firma del Representante Legal de la Compantildeiacutea El Asegurado podraacute solicitar las modificaciones de datos personales en el momento que lo desee mediante comunicacioacuten a la Compantildeiacutea

31 Moneda Todos los valores o indemnizaciones bajo esta Poacuteliza son liquidables en colones costarricenses

SECCIOacuteN X ndash INSTANCIAS DE SOLUCIOacuteN DE CONTROVERSIAS Y COMUNICACIONES

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32 Jurisdiccioacuten y arbitraje En caso de reclamos o disputas las partes se someten a la jurisdiccioacuten de los Tribunales de San Joseacute Costa Rica No obstante lo anterior las partes pueden optar por comuacuten acuerdo por resolver las mismas a traveacutes de arbitraje de forma voluntaria e incondicional El arbitraje seraacute de derecho y se realizaraacute seguacuten lo establecido en los reglamentos del Centro Internacional de Conciliacioacuten y Arbitraje de la Caacutemara Costarricense-Norteamericana de Comercio (CICA) De igual forma y por comuacuten acuerdo las partes podraacuten designar otro aacuterbitro o centro de arbitraje que consideren adecuado El aacuterbitro tendraacute la facultad de obtener la opinioacuten de los expertos que estime conveniente sobre cualquier asunto o cuestioacuten que se determine

33 Otras instancias de solucioacuten de controversias En adicioacuten a la jurisdiccioacuten comuacuten y arbitral antes indicada el consumidor de seguros de conformidad con la normativa vigente puede presentar sus reclamaciones o quejas en las oficinas de la Compantildeiacutea o bien dirigirse al Centro de Defensa del Asegurado cuyos datos de contacto pueden verificarse en la paacutegina web wwwsagicorcr Asimismo el consumidor de seguros cuenta con derecho de acudir como parte interesada a la Superintendencia General de Seguros o a la Comisioacuten Nacional de Consumidor conforme a las competencias especiacuteficas de dichas entidades que estipula la normativa vigente

34 Valoracioacuten por peritos Las partes podraacuten convenir que se practique una valoracioacuten o tasacioacuten si hubiera desacuerdo respecto del monto de la indemnizacioacuten o la validez del criterio meacutedico que dicte una causa de Muerte al momento de ocurrir el siniestro La valoracioacuten podraacute efectuarse por uno o maacutes peritos seguacuten lo convengan las partes siguiendo las condiciones estipuladas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

35 Notificaciones Las comunicaciones que se dirijan a la Compantildeiacutea deberaacuten realizarse por escrito directamente y enviadas a las oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute correo electroacutenico SCR_servicioalclientesagicorcom Cualquier notificacioacuten o aviso que la Compantildeiacutea deba hacer al Tomador yo al Asegurado se realizaraacute haraacute por cualquier medio escrito o electroacutenico tales como fax correo electroacutenico entrega personal o correo certificado estos uacuteltimos dirigidos a la direccioacuten fiacutesica consignada en la poacuteliza En caso de existir una modificacioacuten en el domicilio yo medio de notificacioacuten a ser utilizado el mismo deberaacute ser notificado por escrito a la Compantildeiacutea quien confirmaraacute la recepcioacuten de tal cambio y registraraacute el mismo en el sistema ya que de lo contrario toda notificacioacuten realizada en cualquiera de las direcciones consignadas en la Poacuteliza se tendraacute como vaacutelida

36 Registro ante la Superintendencia General de Seguros

La documentacioacuten contractual y la nota teacutecnica que integran este producto estaacuten registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artiacuteculo 29 inciso d) de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros Ley 8653 bajo el registro Nuacutemero P20-62-A12-541 de fecha 04 de Setiembre de 2014

__________________________ Fernando Viquez Pacheco

Representante Legal Aseguradora Sagicor de Costa Rica SA

Page 4: ENFERMEDADES - Promerica

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SECCIOacuteN III - CONDICIONES INICIALES

1 Definiciones Accidente Acontecimiento repentino inesperado e inusual que se produce en un momento y lugar identificables que causa una lesioacuten corporal o muerte al Asegurado y que es ajeno a su voluntad Accidente cerebrovascular (ACV) Cualquier accidente cerebrovascular de duracioacuten superior a 24 horas que produzca secuelas neuroloacutegicas persistentes por maacutes de 15 diacuteas Estaacuten incluidos en la cobertura los accidentes cerebrovasculares producidos por infarto del tejido cerebral hemorragia intracraneal y embolia de fuente extracraneal Antildeo Poacuteliza El periacuteodo comprendido entre las 1200 de la noche en la Fecha de Vigencia hasta las 1200 de la noche del uacuteltimo diacutea del antildeo de la poacuteliza Cada periacuteodo subsiguiente de 12 meses contados a partir del aniversario de la poacuteliza se consideraraacute como un antildeo de la poacuteliza Todo lo anterior conforme se especiacutefica en la Oferta de Seguro Asegurado Persona fiacutesica que suscribe la poacuteliza Para el caso de este producto es sinoacutenimo de tomador Beneficiario Persona fiacutesica o juriacutedica que puede recibir el beneficio de ciertas coberturas bajo los reclamos que se generen al amparo de esta poacuteliza Caacutencer Se refiere a la presencia de un tumor que se caracteriza por ser progresivo de crecimiento incontrolado con diseminacioacuten de ceacutelulas malignas e invasioacuten y destruccioacuten de tejido normal circundante y a distancia Debe existir toda la evidencia meacutedica que documente sustancialmente el diagnoacutestico de caacutencer Ceguera Se refiere a la peacuterdida permanente de la vista en ambos ojos seguacuten lo confirmado por un oftalmoacutelogo practicante con licencia para ejercer en dicha profesioacuten La agudeza visual corregida ha de ser inferior a 20200 en

ambos ojos o el campo de visioacuten deberaacute ser inferior a 20 grados en ambos ojos Coma Se refiere un estado de inconsciencia sin reaccioacuten a los estiacutemulos externos o la respuesta a las necesidades internas por un periacuteodo ininterrumpido de cuatro diacuteas Condicioacuten Preexistente Condicioacuten para la cual el Asegurado Individual haya recibido tratamiento previamente haya estado al tanto o deberiacutea haber conocido en el momento de iniciar cada cobertura Dantildeo Cerebral por Traumatismo muerte del tejido cerebral debido a una lesioacuten traumaacutetica provocando deacuteficit neuroloacutegico permanente con la persistencia de los siacutentomas cliacutenicos No se incluye dentro de este concepto los siguientes - 1113088Anomaliacuteas detectadas en el cerebro u otras

exploraciones sin siacutentomas cliacutenicos relacionados de forma definitiva

- Los signos neuroloacutegicos que ocurren sin anormalidad sintomaacutetica por ejemplo los reflejos abruptos sin otros siacutentomas

- Los siacutentomas de origen psicoloacutegicos o psiquiaacutetrico - Lesioacuten traumaacutetica en la cabeza por el uso de alcohol u

otras drogas Enfermedad Grave Se refiere a las siguientes condiciones o enfermedades conforme sean diagnosticadas por un meacutedico especialista debidamente acreditado para el ejercicio de su profesioacuten (i) Caacutencer (ii) Accidente Cerebrovascular (iii) Insuficiencia Renal (iv) Infarto al Miocardio (v) Ceguera (vi) Coma (vii) Esclerosis muacuteltiple (viii) Paraacutelisis (ix) Peacuterdida del habla o mudez (x) Sordera (xi) Quemaduras Mayores o (xii) Dantildeo Cerebral por Traumatismo Esclerosis muacuteltiple Se refiere un diagnoacutestico por un neuroacutelogo de esclerosis muacuteltiple definitiva caracterizado por anormalidades neuroloacutegicas que persisten durante un periacuteodo continuo de al menos seis meses o con evidencia de dos episodios separados cliacutenicamente documentados Muacuteltiples aacutereas de desmielinizacioacuten deben ser

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confirmadas en el diagnoacutestico meacutedico respectivo mediante resonancia magneacutetica u otras teacutecnicas de imagen utilizadas comuacutenmente en la profesioacuten meacutedica para diagnosticar la esclerosis muacuteltiple Incapacidad Total y Permanente La incapacidad total y permanente del Asegurado se produce como consecuencia de un Accidente que ocasione que el Asegurado sea completamente incapaz de participar en cualquier actividad lucrativa para la cual eacutel o ella es o se convirtiere en razonablemente adecuada por su educacioacuten capacitacioacuten o experiencia Tal incapacidad total y permanente deberaacute ser certificada por la Comisioacuten Calificadora del Estado de Invalidez de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) Infarto al Miocardio Se refiere a la muerte o necrosis de una parte del muacutesculo cardiacuteaco (miocardio) como resultado de una interrupcioacuten brusca del aporte sanguiacuteneo a la zona respectiva y cuyo diagnoacutestico debe ser confirmado simultaacuteneamente por los dos siguientes criterios (i) Cambios agudos en el electrocardiograma y (ii) Elevacioacuten de las enzimas cardiacuteacas Insuficiencia Renal Croacutenica Etapa de la insuficiencia renal en la que se presenta una insuficiencia croacutenica e irreversible de ambos rintildeones que exija la necesidad de iniciar un proceso de someterse regularmente a diaacutelisis peritoneal o hemodiaacutelisis yo trasplante renal Oferta de Seguro Parte integrante de la poacuteliza en el que se resumen las condiciones particulares de la misma una vez aceptada por el Tomador Operador de Seguro Autoexpedible Persona juriacutedica queacute mediante un contrato mercantil se compromete frente a la entidad aseguradora a realizar la distribucioacuten de los productos de seguro convenidos que se encuentren registrados ante la Superintendencia como seguros autoexpedibles Paraacutelisis Se refiere a la peacuterdida completa y permanente del uso de dos o maacutes extremidades por un periacuteodo

continuo de noventa diacuteas siguientes al acontecimiento desencadenante tiempo durante el cual no se presente ninguacuten signo de mejora Peacuterdida del habla (o mudez) Se refiere a la peacuterdida total e irreversible de la capacidad de hablar como resultado de una lesioacuten fiacutesica o enfermedad que debe establecerse por un periacuteodo continuo de por lo menos 180 diacuteas seguacuten confirmado por un otorrinolaringoacutelogo practicante con licencia para ejercer en dicha profesioacuten Quemaduras Mayores son quemaduras de tercer grado en adelante que cubren al menos el 20 de la superficie corporal con supervivencia de al menos 30 diacuteas Sordera Se refiere a la peacuterdida permanente de la audicioacuten en ambos oiacutedos con un umbral de audicioacuten de maacutes de 90 decibeles seguacuten confirmado por un otorrinolaringoacutelogo practicante con licencia para ejercer en dicha profesioacuten

2 Documentacioacuten contractual Integran esta poacuteliza autoexpedible las presentes Condiciones Generales y la Oferta de Seguro los cuales expresan los derechos y obligaciones del Asegurado y la Compantildeiacutea Las Condiciones Generales prevalecen sobre la Oferta de Seguro

SECCIOacuteN IV ndash AacuteMBITO DE COBERTURA

3 Cobertura A Baacutesica Primer Diagnoacutestico de Enfermedad Grave

Sujeto a los teacuterminos condiciones y exclusiones previstas esta poacuteliza cubre el diagnoacutestico realizado por primera vez al Asegurado de cualquier Enfermedad Grave conforme definida en este contrato Beneficio En caso de que el Asegurado sea diagnosticado con una Enfermedad Grave por primera vez y durante la vigencia de esta poacuteliza la Compantildeiacutea pagaraacute la suma asegurada de esta cobertura en un uacutenico pago a favor del Asegurado El mismo seraacute igual al a la suma asegurada que

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conste en la Oferta de Seguro En caso que el Asegurado fallezca previo al momento de presentacioacuten de la Solicitud de Indemnizacioacuten este Beneficio seraacute pagado en un uacutenico pago a favor de los Beneficiarios designados para la Cobertura de Muerte y Gastos Funerarios Deducible No hay

4 Cobertura B Baacutesica Muerte y Gastos Funerarios

Sujeto a los teacuterminos condiciones y exclusiones previstas esta poacuteliza cubre el fallecimiento del Asegurado como resultado directo de una Enfermedad Grave cubierta siempre y cuando dicho fallecimiento ocurra dentro de los 365 diacuteas naturales posteriores a la fecha del evento independientemente de que el plazo de vigencia de la poacuteliza hubiera terminado Para efectos aclaratorios se deja constancia que el o los diagnoacutesticos meacutedicos del Accidente y sus secuelas no deben contener estimaciones o pronoacutesticos sobre la expectativa de vida o sobrevivencia maacutexima del Asegurado Beneficio En caso de muerte del Asegurado a causa de un Accidente conforme a lo antes indicado se indemnizaraacute la suma asegurada bajo esta cobertura mediante un pago uacutenico a favor de los Beneficiarios designados por el Asegurado conforme al plan elegido por el Asegurado que conste en la Oferta de Seguro El pago de una indemnizacioacuten por muerte del Asegurado extingue la presente poacuteliza dando por devengada la totalidad de la prima Deducible No hay

5 Cobertura C Baacutesica Renta por Hospitalizacioacuten Sujeto a los teacuterminos condiciones y exclusiones previstas esta poacuteliza cubre la hospitalizacioacuten del Asegurado como resultado directo de una Enfermedad Grave cubierta siempre y cuando dicha hospitalizacioacuten ocurra dentro de

los 365 diacuteas naturales posteriores a la fecha del evento independientemente de que el plazo de vigencia de la poacuteliza hubiera terminado Beneficio En caso que el Asegurado sea hospitalizado a causa de riesgo amparado la Compantildeiacutea pagaraacute la suma asegurada de esta cobertura por diacutea de hospitalizacioacuten en un uacutenico pago a favor del Asegurado y una vez superado el deducible El mismo seraacute igual al a la suma asegurada que conste en la Oferta de Seguro En caso que el Asegurado fallezca previo al momento de presentacioacuten de la Solicitud de Indemnizacioacuten este Beneficio seraacute pagado en un uacutenico pago a favor de los Beneficiarios designados para la Cobertura de Muerte y Gastos Funerarios Esta cobertura opera por un maacuteximo de 45 diacuteas consecutivos por evento y hasta 90 diacuteas acumulados por Asegurado En Deducible 2 diacuteas de hospitalizacioacuten por evento

6 Exclusiones Generales Esta poacuteliza no cubre bajo ninguna circunstancia Para las Cobertura A B y C - Suicidio del Asegurado que ocurra durante los

primeros dos antildeos desde que inicia la cobertura para el Asegurado

- Muerte del Asegurado como resultado directo o indirecto de una Condicioacuten preexistente que surja o se manifieste dentro los primeros 12 meses de cobertura

- Muerte del Asegurado a causa de guerra invasioacuten motiacuten o disturbios civiles

- Muerte del Asegurado desde o al intentar realizar un vuelo aeacutereo de cualquier tipo excepto como pasajero y no como miembro de la tripulacioacuten del avioacuten ni teniendo ninguacuten deber en relacioacuten con el vuelo

- Muerte del Asegurado a causa de cometer o intentar cometer un delito

- Muerte del Asegurado causado por o como resultado de conducir o viajar como pasajero en un vehiacuteculo (tierra mar o aire) que participe en cualquier tipo de carrera prueba de velocidad prueba de resistencia o

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que dicho vehiacuteculo sea utilizado para acrobacias o trucos de conduccioacuten

- Muerte del Asegurado ocasionada con dolo por el coacutenyuge del Asegurado o cualquiera de sus parientes hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad

Adicionalmente para la Cobertura B se cuenta con las siguientes exclusiones - Muerte del Asegurado al estar bajo la influencia de

alcohol o cualquier droga o estupefaciente - Muerte del Asegurado que ocurra luego de

transcurridos 365 diacuteas naturales desde el momento del Accidente

- Muerte del Asegurado a causa de actividades peligrosas incluyendo carreras sobre ruedas o botes esquiacute acuaacutetico y similares paracaidismo alpinismo buceo bungee jumping vuelos en planeadores vuelos delta o similares boxeo lucha libre tiro tauromaquia

- Muerte ocurrida durante un asalto o robo o su tentativa durante rintildeas o por causa de violencia o actos de terceros

- Muerte por causa de infecciones bacterianas excepto infecciones pioacutegenas que son causadas por una herida accidental

7 Suma asegurada La suma asegurada seraacute la elegida por el Asegurado seguacuten las opciones de planes ofrecidos que constan en la Oferta de Seguro La sumatoria de los montos asegurados bajo cobertura de muerte por cualquier causa en poacutelizas autoexpedibles adquiridas por el Asegurado no podraacute exceder sesenta y cinco millones de colones Para controlar los montos asegurados la Compantildeiacutea cuenta con un sistema automatizado que llevaraacute el control de los montos asegurados de las poacutelizas autoexpedibles adquiridas por el Asegurado Si eventualmente se emitiera la poacuteliza se le informaraacute al Asegurado y se le devolveraacute el 100 de las primas pagadas en un plazo no mayor de diez (10) diacuteas haacutebiles

8 Periodo de cobertura El presente seguro establece su cobertura bajo la base de ocurrencia del siniestro de conformidad con la Ley Reguladora del Contrato de Seguro En consecuencia este seguro soacutelo cubriraacute reclamos por siniestros acaecidos durante la vigencia de la poacuteliza auacuten si el reclamo se presenta despueacutes de vencida la poacuteliza Todo sin perjuicio de los teacuterminos de cobertura pactados y los plazos legales de prescripcioacuten Para activar las coberturas B y C el siniestro debe ocurrir dentro de los 365 diacuteas posteriores al diagnoacutestico de la enfermedad grave independientemente de que el plazo de vigencia de esta poacuteliza hubiere terminado Para efectos aclaratorios se deja constancia que el diagnoacutestico meacutedico de la Enfermedad Grave no debe contener estimaciones o pronoacutesticos sobre la expectativa de vida o sobrevivencia maacutexima del Asegurado

9 Periacuteodo de Carencia Se establece un periacuteodo de carencia de tres (3) meses a partir de la emisioacuten de la poacuteliza plazos durante el cual las coberturas de la poacuteliza no operan si el Asegurado es diagnosticado muere o es hospitalizados a causa de una Enfermedad Grave

10 Delimitacioacuten geograacutefica Estaacute poacuteliza cubre las consecuencias de los eventos que ocurran en cualquier parte del mundo

SECCIOacuteN V ndash BENEFICIARIOS

11 Designacioacuten de Beneficiarios Los beneficiarios de esta poacuteliza deberaacuten ser determinados de forma especiacutefica o geneacuterica por el Asegurado hasta por los liacutemites que el mismo establezca y seraacuten sentildealados en la Oferta de Seguro

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Toda designacioacuten podraacute ser modificada por el Asegurado durante la vigencia de la poacuteliza mediante la presentacioacuten de nota debidamente firmada a la Compantildeiacutea El Asegurado determinaraacute en la Oferta de Seguro el o los beneficiarios de las Coberturas A y B de esta poacuteliza asignaacutendoles un derecho porcentual a la eventual indemnizacioacuten En el caso de la Cobertura C el Asegurado elegiraacute la cantidad especiacutefica de localidades que corresponderaacute a cada Beneficiario designado cantidad que podraacute no responder o ser distinta a los porcentajes indicados para la Cobertura A y B seguacuten determine el Asegurado Advertencia En el caso de que se desee nombrar beneficiarios a menores de edad no se debe sentildealar a un mayor de edad como representante de los menores para efecto de que en su representacioacuten cobre la indemnizacioacuten Lo anterior porque las legislaciones civiles previenen la forma en que debe designarse tutores albaceas representantes de herederos u otros cargos similares y no consideran al contrato de seguro como el instrumento adecuado para tales designaciones La designacioacuten que se hiciera de un mayor de edad como representante de menores beneficiarios durante la minoriacutea de edad de ellos legalmente puede implicar que se nombra beneficiario al mayor de edad quien en todo caso soacutelo tendriacutea una obligacioacuten moral pues la designacioacuten que se hace de beneficiarios en un contrato de seguro le concede el derecho incondicionado de disponer de la suma asegurada

SECCIOacuteN VI ndash OBLIGACIONES DEL ASEGURADO y BENEFICIARIOS

12 Obligaciones del Asegurado En adicioacuten a otras obligaciones indicadas en las presentes Condiciones Generales el Asegurado asume las siguientes obligaciones

a) Pago de Prima El Asegurado tendraacute la obligacioacuten de realizar el pago oportuno de la prima convenida

b) Proceso Indemnizatorio El Asegurado tendraacute la obligacioacuten de seguir y respetar el proceso indemnizatorio que se detalla en las presentes Condiciones Generales y notificar a la Compantildeiacutea de cualquier cambio en su direccioacuten de notificaciones

c) Finalmente deberaacute observar y cumplir sus obligaciones establecidas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y normativa conexa

13 Declaraciones falsas o fraudulentas Se extinguiraacute la obligacioacuten de indemnizar por parte de la Compantildeiacutea si se demuestran declaraciones falsas o fraudulentas realizadas por el Tomador con dolo o culpa grave cuando tal declaracioacuten le hubiera dado derecho a La Compantildeiacutea a excluir restringir o reducir esa obligacioacuten de conformidad con la Poacuteliza En caso de reticencia o falsedad por parte del Tomador en la declaracioacuten del riesgo se procederaacute conforme a lo estipulados en la Ley Reguladora del Contrato de Seguro

14 Obligaciones de los Beneficiarios A fin de optar por los beneficios que les concede esta poacuteliza los Beneficiarios deberaacuten seguir y respetar el proceso indemnizatorio que se detalla en las presentes Condiciones Generales Por tratarse de una poacuteliza que brinda cobertura uacutenicamente en relacioacuten con la vida del Asegurado seraacute obligacioacuten de los Beneficiarios demostrar la ocurrencia del evento que constituya siniestro Asimismo deberaacute colaborar con la Compantildeiacutea en la inspeccioacuten y demaacutes diligencias que requiera el procedimiento indemnizatorio

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SECCIOacuteN VII ndash PRIMA

15 Prima Es el precio establecido para esta poacuteliza el cual se establece en la Oferta de Seguro seguacuten el rango de edad en que se ubique el Asegurado El pago de las primas es anticipado de forma anual sin embargo el Asegurado tiene la posibilidad de fraccionar el pago y realizarlo mensualmente para lo cual las primas deberaacuten ser pagadas dentro del periodo de gracia indicado en este contrato La frecuencia y el medio de pago de la presente poacuteliza es el que se detalla en la Oferta de Seguro Ajustes en las primas Cumplido el primer antildeo de poacuteliza y de previo a cada renovacioacuten la Compantildeiacutea tiene derecho a ajustar las primas para lo cual notificaraacute al asegurado las nuevas primas vigentes con al menos 30 diacuteas calendario de antelacioacuten a la fecha de renovacioacuten Dicho ajuste en la tabla de tarifas se realizaraacute con base en factores tales como la inflacioacuten las tasas de mortalidad entre otros factores

16 Prima Incorrecta Si la edad del Asegurado indicada en la Oferta de Seguro es erroacutenea se realizaraacute un ajuste equitativo de primas bajo la poacuteliza del seguro en caso de ser aplicable conforme a las tarifas estipuladas en la Oferta de Seguro En caso que el cambio de la edad no implique un aumento o disminucioacuten en la tarifa del Asegurado bajo esta poacuteliza no seraacute necesario realizar dicho ajuste

17 Periacuteodo de Gracia Se permitiraacute un periacuteodo de gracia de 60 diacuteas calendario para el pago de las primas vencidas durante el cual la poacuteliza se mantendraacute en pleno vigor

18 Recargos y Descuentos En la presente poacuteliza no aplican recargos de ninguacuten tipo Se contempla un descuento en caso de pago anual de la prima de la poacuteliza seguacuten el porcentaje que se indica en la Oferta de Seguro

SECCIOacuteN VIII ndash ATENCIOacuteN DE RECLAMOS Y VIGENCIA DE LA POacuteLIZA

19 Procesamiento de reclamos Al momento de ocurrir un siniestro el Asegurado yo sus Beneficiarios deberaacute notificar a la Compantildeiacutea por escrito enviando la misma de cualquiera de las siguientes maneras (i) fiacutesicamente a nuestras oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute (ii) al correo electroacutenico Reclamossagicorcom En cualquier momento puede tambieacuten contactar telefoacutenicamente a la Compantildeiacutea al teleacutefono 4080-5200 La Compantildeiacutea pagaraacute a los beneficiarios designados la suma o prestacioacuten respectiva conforme a la cobertura que se trate despueacutes de la provisioacuten de

- Solicitud de indemnizacioacuten del Asegurado o el (los) Beneficiario (s) en que expliacutecitamente el (los) mismo (s) de(n) la autorizacioacuten para la consulta de expediente meacutedico Dicho formulario estaacute disponible en el portal internet wwwsagicorcr en nuestras oficinas o podraacute ser solicitado al correo electroacutenico Reclamossagicorcom

Asimismo deberaacuten presentarse los siguientes documentos por parte del Asegurado o (los) Beneficiario (s) Para la Cobertura A Presentacioacuten de un informe escrito con el diagnoacutestico del meacutedico especialista que asistioacute al Asegurado que deberaacute incluir (i) estudios cliacutenicos (ii) estudios radioloacutegicos y (iii) estudios histoloacutegicos yo de laboratorio

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En caso de beneficios por Paraacutelisis Presentacioacuten de un informe escrito con el diagnoacutestico del meacutedico especialista que asistioacute al Asegurado que deberaacute incluir el detalle o descripcioacuten de la paraacutelisis sufrida Para la Cobertura B Certificado de Defuncioacuten donde se especifique la causa de la defuncioacuten Para la Cobertura C Constancia de la hospitalizacioacuten en la que se detalle el diagnoacutestico causa diacuteas que permanecioacute el (los) Asegurado(s) hospitalizado(s) debidamente firmada por el meacutedico tratante y refrendada por el hospital o cliacutenica En caso que alguno de los anteriores documentos sea presentado en un idioma distinto al espantildeol deberaacute acompantildearse de una traduccioacuten oficial a dicho idioma Asimismo si alguacuten documento oficial fuera emitido por una autoridad fuera de Costa Rica el documento deberaacute presentarse debidamente legalizado mediante el traacutemite consular aplicable La Compantildeiacutea se compromete a resolver todas las reclamaciones que sean presentadas en los plazos establecidos en la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

20 Inicio del Seguro y Fecha de vigencia El seguro entraraacute en vigencia en la fecha que se emita la poacuteliza siempre y cuando se realice el pago de la prima Esta poacuteliza se emite como un Seguro Anual Renovable Iniciaraacute seguacuten se indica en la Oferta de Seguro y seraacute renovado a su vencimiento salvo que el Asegurado brinde un aviso previo a la Compantildeiacutea con al menos 30 diacuteas de antelacioacuten al vencimiento todo sin perjuicio del derecho de la Compantildeiacutea de ajustar las tarifas de primas conforme antes indicado

21 Terminacioacuten de la poacuteliza En adicioacuten a los casos indicados por la Ley Reguladora del Contrato de Seguros esta poacuteliza finalizaraacute si se cumple alguna de las siguientes condiciones

a) Cancelacioacuten del seguro a solicitud del asegurado b) Finalizados los 365 diacuteas naturales a partir del

primer diagnoacutestico de la enfermedad grave c) Vencido el periodo de gracia y no se haya pagado

la prima d) La aseguradora compruebe declaraciones falsas e) Ante la muerte del Asegurado

Durante la vigencia de esta poacuteliza el Asegurado podraacute darla por terminada en forma anticipada sin responsabilidad dando aviso a la Compantildeiacutea con al menos un mes de anticipacioacuten a la fecha de eficacia del acto Salvo por lo especificado durante el plazo de retracto la Compantildeiacutea tendraacute derecho a conservar la prima devengada por el plazo transcurrido y deberaacute rembolsar la prima no devengada Cuando el seguro es pagado de forma mensual la prima que se haya pagado se da por devengada cuando el seguro es anual se devolveraacute la prima no devengada a la fecha de cancelacioacuten del seguro La terminacioacuten anticipada de la poacuteliza se efectuaraacute sin perjuicio del derecho del Asegurado a indemnizaciones por siniestros ocurridos con anterioridad a la fecha de terminacioacuten anticipada

SECCIOacuteN IX ndash CONDICIONES VARIAS

22 Derecho al Retracto El Asegurado contaraacute con un plazo maacuteximo de 5 diacuteas haacutebiles contados a partir de la emisioacuten del presente seguro y siempre y cuando no haya sucedido un evento amparado seguacuten los teacuterminos de esta poacuteliza para revocar unilateralmente este contrato amparado al derecho de retracto mediante comunicacioacuten formal dirigida a la Compantildeiacutea la cual entregaraacute directamente al operador de seguros autoexpedible correspondiente o en las oficinas

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de la Compantildeiacutea conforme indicadas en estas condiciones generales La revocacioacuten del seguro regiraacute a partir de la fecha de tal comunicacioacuten y la Compantildeiacutea dispondraacute de un plazo maacuteximo de 10 diacuteas haacutebiles contados a partir de la fecha de recibido de dicho documento para devolver al Asegurado el 100 del monto de la prima pagada al momento de que se expidiera el seguro sin penalizaciones o deducciones La Compantildeiacutea giraraacute un cheque o realizaraacute un depoacutesito en la cuenta cliente que indique el Asegurado

23 Requisitos de Suscripcioacuten

Para tomar la presente poacuteliza el Tomador deberaacute cumplir los siguientes requisitos

a) Contar con una tarjeta de creacutedito o deacutebito vigente

b) Completar el formulario Oferta de Seguro y declaracioacuten de salud

c) Ser mayor de 2 antildeos y en caso de ser menor de edad su Oferta de Seguro deberaacute ser completamente por quien ejerza patria potestad sobre el menor

24 Entrega de la Poacuteliza El Operador de Seguros Autoexpedibles deberaacute proporcionar al Asegurado la Oferta de Seguro y las Condiciones Generales de la misma conforme establecido por la Regulacioacuten y Normativa vigente

25 Confidencialidad de la Informacioacuten La informacioacuten que sea suministrada en virtud de suscripcioacuten de la presente poacuteliza queda tutelada por el derecho de intimidad y confidencialidad salvo manifestacioacuten expresa del Tomador yo Asegurado que indique lo contrario o por requerimiento de la autoridad judicial competente

26 Legislacioacuten Esta poacuteliza se rige por las disposiciones de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y de forma supletoria y en lo que resulte aplicable por el Coacutedigo de Comercio y el Coacutedigo Civil de la Repuacuteblica de Costa Rica

27 Prescripcioacuten Las obligaciones de La Compantildeiacutea prescriben en el plazo de cuatro (4) antildeos contabilizados desde que las mismas son exigibles

28 Indisputabilidad de la poacuteliza La validez de la poacuteliza y sus coberturas seraacute indisputable despueacutes de haber estado en vigor durante un periacuteodo de dos (2) antildeos excepto por falta de pago de la prima o en presencia de un fraude

29 Cesioacuten del contrato El presente contrato no podraacute ser cedido por el Tomador o Asegurado

30 Modificaciones a la Poacuteliza Las modificaciones de la Poacuteliza no seraacuten efectivas sin la firma del Representante Legal de la Compantildeiacutea El Asegurado podraacute solicitar las modificaciones de datos personales en el momento que lo desee mediante comunicacioacuten a la Compantildeiacutea

31 Moneda Todos los valores o indemnizaciones bajo esta Poacuteliza son liquidables en colones costarricenses

SECCIOacuteN X ndash INSTANCIAS DE SOLUCIOacuteN DE CONTROVERSIAS Y COMUNICACIONES

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32 Jurisdiccioacuten y arbitraje En caso de reclamos o disputas las partes se someten a la jurisdiccioacuten de los Tribunales de San Joseacute Costa Rica No obstante lo anterior las partes pueden optar por comuacuten acuerdo por resolver las mismas a traveacutes de arbitraje de forma voluntaria e incondicional El arbitraje seraacute de derecho y se realizaraacute seguacuten lo establecido en los reglamentos del Centro Internacional de Conciliacioacuten y Arbitraje de la Caacutemara Costarricense-Norteamericana de Comercio (CICA) De igual forma y por comuacuten acuerdo las partes podraacuten designar otro aacuterbitro o centro de arbitraje que consideren adecuado El aacuterbitro tendraacute la facultad de obtener la opinioacuten de los expertos que estime conveniente sobre cualquier asunto o cuestioacuten que se determine

33 Otras instancias de solucioacuten de controversias En adicioacuten a la jurisdiccioacuten comuacuten y arbitral antes indicada el consumidor de seguros de conformidad con la normativa vigente puede presentar sus reclamaciones o quejas en las oficinas de la Compantildeiacutea o bien dirigirse al Centro de Defensa del Asegurado cuyos datos de contacto pueden verificarse en la paacutegina web wwwsagicorcr Asimismo el consumidor de seguros cuenta con derecho de acudir como parte interesada a la Superintendencia General de Seguros o a la Comisioacuten Nacional de Consumidor conforme a las competencias especiacuteficas de dichas entidades que estipula la normativa vigente

34 Valoracioacuten por peritos Las partes podraacuten convenir que se practique una valoracioacuten o tasacioacuten si hubiera desacuerdo respecto del monto de la indemnizacioacuten o la validez del criterio meacutedico que dicte una causa de Muerte al momento de ocurrir el siniestro La valoracioacuten podraacute efectuarse por uno o maacutes peritos seguacuten lo convengan las partes siguiendo las condiciones estipuladas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

35 Notificaciones Las comunicaciones que se dirijan a la Compantildeiacutea deberaacuten realizarse por escrito directamente y enviadas a las oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute correo electroacutenico SCR_servicioalclientesagicorcom Cualquier notificacioacuten o aviso que la Compantildeiacutea deba hacer al Tomador yo al Asegurado se realizaraacute haraacute por cualquier medio escrito o electroacutenico tales como fax correo electroacutenico entrega personal o correo certificado estos uacuteltimos dirigidos a la direccioacuten fiacutesica consignada en la poacuteliza En caso de existir una modificacioacuten en el domicilio yo medio de notificacioacuten a ser utilizado el mismo deberaacute ser notificado por escrito a la Compantildeiacutea quien confirmaraacute la recepcioacuten de tal cambio y registraraacute el mismo en el sistema ya que de lo contrario toda notificacioacuten realizada en cualquiera de las direcciones consignadas en la Poacuteliza se tendraacute como vaacutelida

36 Registro ante la Superintendencia General de Seguros

La documentacioacuten contractual y la nota teacutecnica que integran este producto estaacuten registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artiacuteculo 29 inciso d) de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros Ley 8653 bajo el registro Nuacutemero P20-62-A12-541 de fecha 04 de Setiembre de 2014

__________________________ Fernando Viquez Pacheco

Representante Legal Aseguradora Sagicor de Costa Rica SA

Page 5: ENFERMEDADES - Promerica

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confirmadas en el diagnoacutestico meacutedico respectivo mediante resonancia magneacutetica u otras teacutecnicas de imagen utilizadas comuacutenmente en la profesioacuten meacutedica para diagnosticar la esclerosis muacuteltiple Incapacidad Total y Permanente La incapacidad total y permanente del Asegurado se produce como consecuencia de un Accidente que ocasione que el Asegurado sea completamente incapaz de participar en cualquier actividad lucrativa para la cual eacutel o ella es o se convirtiere en razonablemente adecuada por su educacioacuten capacitacioacuten o experiencia Tal incapacidad total y permanente deberaacute ser certificada por la Comisioacuten Calificadora del Estado de Invalidez de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) Infarto al Miocardio Se refiere a la muerte o necrosis de una parte del muacutesculo cardiacuteaco (miocardio) como resultado de una interrupcioacuten brusca del aporte sanguiacuteneo a la zona respectiva y cuyo diagnoacutestico debe ser confirmado simultaacuteneamente por los dos siguientes criterios (i) Cambios agudos en el electrocardiograma y (ii) Elevacioacuten de las enzimas cardiacuteacas Insuficiencia Renal Croacutenica Etapa de la insuficiencia renal en la que se presenta una insuficiencia croacutenica e irreversible de ambos rintildeones que exija la necesidad de iniciar un proceso de someterse regularmente a diaacutelisis peritoneal o hemodiaacutelisis yo trasplante renal Oferta de Seguro Parte integrante de la poacuteliza en el que se resumen las condiciones particulares de la misma una vez aceptada por el Tomador Operador de Seguro Autoexpedible Persona juriacutedica queacute mediante un contrato mercantil se compromete frente a la entidad aseguradora a realizar la distribucioacuten de los productos de seguro convenidos que se encuentren registrados ante la Superintendencia como seguros autoexpedibles Paraacutelisis Se refiere a la peacuterdida completa y permanente del uso de dos o maacutes extremidades por un periacuteodo

continuo de noventa diacuteas siguientes al acontecimiento desencadenante tiempo durante el cual no se presente ninguacuten signo de mejora Peacuterdida del habla (o mudez) Se refiere a la peacuterdida total e irreversible de la capacidad de hablar como resultado de una lesioacuten fiacutesica o enfermedad que debe establecerse por un periacuteodo continuo de por lo menos 180 diacuteas seguacuten confirmado por un otorrinolaringoacutelogo practicante con licencia para ejercer en dicha profesioacuten Quemaduras Mayores son quemaduras de tercer grado en adelante que cubren al menos el 20 de la superficie corporal con supervivencia de al menos 30 diacuteas Sordera Se refiere a la peacuterdida permanente de la audicioacuten en ambos oiacutedos con un umbral de audicioacuten de maacutes de 90 decibeles seguacuten confirmado por un otorrinolaringoacutelogo practicante con licencia para ejercer en dicha profesioacuten

2 Documentacioacuten contractual Integran esta poacuteliza autoexpedible las presentes Condiciones Generales y la Oferta de Seguro los cuales expresan los derechos y obligaciones del Asegurado y la Compantildeiacutea Las Condiciones Generales prevalecen sobre la Oferta de Seguro

SECCIOacuteN IV ndash AacuteMBITO DE COBERTURA

3 Cobertura A Baacutesica Primer Diagnoacutestico de Enfermedad Grave

Sujeto a los teacuterminos condiciones y exclusiones previstas esta poacuteliza cubre el diagnoacutestico realizado por primera vez al Asegurado de cualquier Enfermedad Grave conforme definida en este contrato Beneficio En caso de que el Asegurado sea diagnosticado con una Enfermedad Grave por primera vez y durante la vigencia de esta poacuteliza la Compantildeiacutea pagaraacute la suma asegurada de esta cobertura en un uacutenico pago a favor del Asegurado El mismo seraacute igual al a la suma asegurada que

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conste en la Oferta de Seguro En caso que el Asegurado fallezca previo al momento de presentacioacuten de la Solicitud de Indemnizacioacuten este Beneficio seraacute pagado en un uacutenico pago a favor de los Beneficiarios designados para la Cobertura de Muerte y Gastos Funerarios Deducible No hay

4 Cobertura B Baacutesica Muerte y Gastos Funerarios

Sujeto a los teacuterminos condiciones y exclusiones previstas esta poacuteliza cubre el fallecimiento del Asegurado como resultado directo de una Enfermedad Grave cubierta siempre y cuando dicho fallecimiento ocurra dentro de los 365 diacuteas naturales posteriores a la fecha del evento independientemente de que el plazo de vigencia de la poacuteliza hubiera terminado Para efectos aclaratorios se deja constancia que el o los diagnoacutesticos meacutedicos del Accidente y sus secuelas no deben contener estimaciones o pronoacutesticos sobre la expectativa de vida o sobrevivencia maacutexima del Asegurado Beneficio En caso de muerte del Asegurado a causa de un Accidente conforme a lo antes indicado se indemnizaraacute la suma asegurada bajo esta cobertura mediante un pago uacutenico a favor de los Beneficiarios designados por el Asegurado conforme al plan elegido por el Asegurado que conste en la Oferta de Seguro El pago de una indemnizacioacuten por muerte del Asegurado extingue la presente poacuteliza dando por devengada la totalidad de la prima Deducible No hay

5 Cobertura C Baacutesica Renta por Hospitalizacioacuten Sujeto a los teacuterminos condiciones y exclusiones previstas esta poacuteliza cubre la hospitalizacioacuten del Asegurado como resultado directo de una Enfermedad Grave cubierta siempre y cuando dicha hospitalizacioacuten ocurra dentro de

los 365 diacuteas naturales posteriores a la fecha del evento independientemente de que el plazo de vigencia de la poacuteliza hubiera terminado Beneficio En caso que el Asegurado sea hospitalizado a causa de riesgo amparado la Compantildeiacutea pagaraacute la suma asegurada de esta cobertura por diacutea de hospitalizacioacuten en un uacutenico pago a favor del Asegurado y una vez superado el deducible El mismo seraacute igual al a la suma asegurada que conste en la Oferta de Seguro En caso que el Asegurado fallezca previo al momento de presentacioacuten de la Solicitud de Indemnizacioacuten este Beneficio seraacute pagado en un uacutenico pago a favor de los Beneficiarios designados para la Cobertura de Muerte y Gastos Funerarios Esta cobertura opera por un maacuteximo de 45 diacuteas consecutivos por evento y hasta 90 diacuteas acumulados por Asegurado En Deducible 2 diacuteas de hospitalizacioacuten por evento

6 Exclusiones Generales Esta poacuteliza no cubre bajo ninguna circunstancia Para las Cobertura A B y C - Suicidio del Asegurado que ocurra durante los

primeros dos antildeos desde que inicia la cobertura para el Asegurado

- Muerte del Asegurado como resultado directo o indirecto de una Condicioacuten preexistente que surja o se manifieste dentro los primeros 12 meses de cobertura

- Muerte del Asegurado a causa de guerra invasioacuten motiacuten o disturbios civiles

- Muerte del Asegurado desde o al intentar realizar un vuelo aeacutereo de cualquier tipo excepto como pasajero y no como miembro de la tripulacioacuten del avioacuten ni teniendo ninguacuten deber en relacioacuten con el vuelo

- Muerte del Asegurado a causa de cometer o intentar cometer un delito

- Muerte del Asegurado causado por o como resultado de conducir o viajar como pasajero en un vehiacuteculo (tierra mar o aire) que participe en cualquier tipo de carrera prueba de velocidad prueba de resistencia o

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que dicho vehiacuteculo sea utilizado para acrobacias o trucos de conduccioacuten

- Muerte del Asegurado ocasionada con dolo por el coacutenyuge del Asegurado o cualquiera de sus parientes hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad

Adicionalmente para la Cobertura B se cuenta con las siguientes exclusiones - Muerte del Asegurado al estar bajo la influencia de

alcohol o cualquier droga o estupefaciente - Muerte del Asegurado que ocurra luego de

transcurridos 365 diacuteas naturales desde el momento del Accidente

- Muerte del Asegurado a causa de actividades peligrosas incluyendo carreras sobre ruedas o botes esquiacute acuaacutetico y similares paracaidismo alpinismo buceo bungee jumping vuelos en planeadores vuelos delta o similares boxeo lucha libre tiro tauromaquia

- Muerte ocurrida durante un asalto o robo o su tentativa durante rintildeas o por causa de violencia o actos de terceros

- Muerte por causa de infecciones bacterianas excepto infecciones pioacutegenas que son causadas por una herida accidental

7 Suma asegurada La suma asegurada seraacute la elegida por el Asegurado seguacuten las opciones de planes ofrecidos que constan en la Oferta de Seguro La sumatoria de los montos asegurados bajo cobertura de muerte por cualquier causa en poacutelizas autoexpedibles adquiridas por el Asegurado no podraacute exceder sesenta y cinco millones de colones Para controlar los montos asegurados la Compantildeiacutea cuenta con un sistema automatizado que llevaraacute el control de los montos asegurados de las poacutelizas autoexpedibles adquiridas por el Asegurado Si eventualmente se emitiera la poacuteliza se le informaraacute al Asegurado y se le devolveraacute el 100 de las primas pagadas en un plazo no mayor de diez (10) diacuteas haacutebiles

8 Periodo de cobertura El presente seguro establece su cobertura bajo la base de ocurrencia del siniestro de conformidad con la Ley Reguladora del Contrato de Seguro En consecuencia este seguro soacutelo cubriraacute reclamos por siniestros acaecidos durante la vigencia de la poacuteliza auacuten si el reclamo se presenta despueacutes de vencida la poacuteliza Todo sin perjuicio de los teacuterminos de cobertura pactados y los plazos legales de prescripcioacuten Para activar las coberturas B y C el siniestro debe ocurrir dentro de los 365 diacuteas posteriores al diagnoacutestico de la enfermedad grave independientemente de que el plazo de vigencia de esta poacuteliza hubiere terminado Para efectos aclaratorios se deja constancia que el diagnoacutestico meacutedico de la Enfermedad Grave no debe contener estimaciones o pronoacutesticos sobre la expectativa de vida o sobrevivencia maacutexima del Asegurado

9 Periacuteodo de Carencia Se establece un periacuteodo de carencia de tres (3) meses a partir de la emisioacuten de la poacuteliza plazos durante el cual las coberturas de la poacuteliza no operan si el Asegurado es diagnosticado muere o es hospitalizados a causa de una Enfermedad Grave

10 Delimitacioacuten geograacutefica Estaacute poacuteliza cubre las consecuencias de los eventos que ocurran en cualquier parte del mundo

SECCIOacuteN V ndash BENEFICIARIOS

11 Designacioacuten de Beneficiarios Los beneficiarios de esta poacuteliza deberaacuten ser determinados de forma especiacutefica o geneacuterica por el Asegurado hasta por los liacutemites que el mismo establezca y seraacuten sentildealados en la Oferta de Seguro

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Toda designacioacuten podraacute ser modificada por el Asegurado durante la vigencia de la poacuteliza mediante la presentacioacuten de nota debidamente firmada a la Compantildeiacutea El Asegurado determinaraacute en la Oferta de Seguro el o los beneficiarios de las Coberturas A y B de esta poacuteliza asignaacutendoles un derecho porcentual a la eventual indemnizacioacuten En el caso de la Cobertura C el Asegurado elegiraacute la cantidad especiacutefica de localidades que corresponderaacute a cada Beneficiario designado cantidad que podraacute no responder o ser distinta a los porcentajes indicados para la Cobertura A y B seguacuten determine el Asegurado Advertencia En el caso de que se desee nombrar beneficiarios a menores de edad no se debe sentildealar a un mayor de edad como representante de los menores para efecto de que en su representacioacuten cobre la indemnizacioacuten Lo anterior porque las legislaciones civiles previenen la forma en que debe designarse tutores albaceas representantes de herederos u otros cargos similares y no consideran al contrato de seguro como el instrumento adecuado para tales designaciones La designacioacuten que se hiciera de un mayor de edad como representante de menores beneficiarios durante la minoriacutea de edad de ellos legalmente puede implicar que se nombra beneficiario al mayor de edad quien en todo caso soacutelo tendriacutea una obligacioacuten moral pues la designacioacuten que se hace de beneficiarios en un contrato de seguro le concede el derecho incondicionado de disponer de la suma asegurada

SECCIOacuteN VI ndash OBLIGACIONES DEL ASEGURADO y BENEFICIARIOS

12 Obligaciones del Asegurado En adicioacuten a otras obligaciones indicadas en las presentes Condiciones Generales el Asegurado asume las siguientes obligaciones

a) Pago de Prima El Asegurado tendraacute la obligacioacuten de realizar el pago oportuno de la prima convenida

b) Proceso Indemnizatorio El Asegurado tendraacute la obligacioacuten de seguir y respetar el proceso indemnizatorio que se detalla en las presentes Condiciones Generales y notificar a la Compantildeiacutea de cualquier cambio en su direccioacuten de notificaciones

c) Finalmente deberaacute observar y cumplir sus obligaciones establecidas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y normativa conexa

13 Declaraciones falsas o fraudulentas Se extinguiraacute la obligacioacuten de indemnizar por parte de la Compantildeiacutea si se demuestran declaraciones falsas o fraudulentas realizadas por el Tomador con dolo o culpa grave cuando tal declaracioacuten le hubiera dado derecho a La Compantildeiacutea a excluir restringir o reducir esa obligacioacuten de conformidad con la Poacuteliza En caso de reticencia o falsedad por parte del Tomador en la declaracioacuten del riesgo se procederaacute conforme a lo estipulados en la Ley Reguladora del Contrato de Seguro

14 Obligaciones de los Beneficiarios A fin de optar por los beneficios que les concede esta poacuteliza los Beneficiarios deberaacuten seguir y respetar el proceso indemnizatorio que se detalla en las presentes Condiciones Generales Por tratarse de una poacuteliza que brinda cobertura uacutenicamente en relacioacuten con la vida del Asegurado seraacute obligacioacuten de los Beneficiarios demostrar la ocurrencia del evento que constituya siniestro Asimismo deberaacute colaborar con la Compantildeiacutea en la inspeccioacuten y demaacutes diligencias que requiera el procedimiento indemnizatorio

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SECCIOacuteN VII ndash PRIMA

15 Prima Es el precio establecido para esta poacuteliza el cual se establece en la Oferta de Seguro seguacuten el rango de edad en que se ubique el Asegurado El pago de las primas es anticipado de forma anual sin embargo el Asegurado tiene la posibilidad de fraccionar el pago y realizarlo mensualmente para lo cual las primas deberaacuten ser pagadas dentro del periodo de gracia indicado en este contrato La frecuencia y el medio de pago de la presente poacuteliza es el que se detalla en la Oferta de Seguro Ajustes en las primas Cumplido el primer antildeo de poacuteliza y de previo a cada renovacioacuten la Compantildeiacutea tiene derecho a ajustar las primas para lo cual notificaraacute al asegurado las nuevas primas vigentes con al menos 30 diacuteas calendario de antelacioacuten a la fecha de renovacioacuten Dicho ajuste en la tabla de tarifas se realizaraacute con base en factores tales como la inflacioacuten las tasas de mortalidad entre otros factores

16 Prima Incorrecta Si la edad del Asegurado indicada en la Oferta de Seguro es erroacutenea se realizaraacute un ajuste equitativo de primas bajo la poacuteliza del seguro en caso de ser aplicable conforme a las tarifas estipuladas en la Oferta de Seguro En caso que el cambio de la edad no implique un aumento o disminucioacuten en la tarifa del Asegurado bajo esta poacuteliza no seraacute necesario realizar dicho ajuste

17 Periacuteodo de Gracia Se permitiraacute un periacuteodo de gracia de 60 diacuteas calendario para el pago de las primas vencidas durante el cual la poacuteliza se mantendraacute en pleno vigor

18 Recargos y Descuentos En la presente poacuteliza no aplican recargos de ninguacuten tipo Se contempla un descuento en caso de pago anual de la prima de la poacuteliza seguacuten el porcentaje que se indica en la Oferta de Seguro

SECCIOacuteN VIII ndash ATENCIOacuteN DE RECLAMOS Y VIGENCIA DE LA POacuteLIZA

19 Procesamiento de reclamos Al momento de ocurrir un siniestro el Asegurado yo sus Beneficiarios deberaacute notificar a la Compantildeiacutea por escrito enviando la misma de cualquiera de las siguientes maneras (i) fiacutesicamente a nuestras oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute (ii) al correo electroacutenico Reclamossagicorcom En cualquier momento puede tambieacuten contactar telefoacutenicamente a la Compantildeiacutea al teleacutefono 4080-5200 La Compantildeiacutea pagaraacute a los beneficiarios designados la suma o prestacioacuten respectiva conforme a la cobertura que se trate despueacutes de la provisioacuten de

- Solicitud de indemnizacioacuten del Asegurado o el (los) Beneficiario (s) en que expliacutecitamente el (los) mismo (s) de(n) la autorizacioacuten para la consulta de expediente meacutedico Dicho formulario estaacute disponible en el portal internet wwwsagicorcr en nuestras oficinas o podraacute ser solicitado al correo electroacutenico Reclamossagicorcom

Asimismo deberaacuten presentarse los siguientes documentos por parte del Asegurado o (los) Beneficiario (s) Para la Cobertura A Presentacioacuten de un informe escrito con el diagnoacutestico del meacutedico especialista que asistioacute al Asegurado que deberaacute incluir (i) estudios cliacutenicos (ii) estudios radioloacutegicos y (iii) estudios histoloacutegicos yo de laboratorio

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En caso de beneficios por Paraacutelisis Presentacioacuten de un informe escrito con el diagnoacutestico del meacutedico especialista que asistioacute al Asegurado que deberaacute incluir el detalle o descripcioacuten de la paraacutelisis sufrida Para la Cobertura B Certificado de Defuncioacuten donde se especifique la causa de la defuncioacuten Para la Cobertura C Constancia de la hospitalizacioacuten en la que se detalle el diagnoacutestico causa diacuteas que permanecioacute el (los) Asegurado(s) hospitalizado(s) debidamente firmada por el meacutedico tratante y refrendada por el hospital o cliacutenica En caso que alguno de los anteriores documentos sea presentado en un idioma distinto al espantildeol deberaacute acompantildearse de una traduccioacuten oficial a dicho idioma Asimismo si alguacuten documento oficial fuera emitido por una autoridad fuera de Costa Rica el documento deberaacute presentarse debidamente legalizado mediante el traacutemite consular aplicable La Compantildeiacutea se compromete a resolver todas las reclamaciones que sean presentadas en los plazos establecidos en la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

20 Inicio del Seguro y Fecha de vigencia El seguro entraraacute en vigencia en la fecha que se emita la poacuteliza siempre y cuando se realice el pago de la prima Esta poacuteliza se emite como un Seguro Anual Renovable Iniciaraacute seguacuten se indica en la Oferta de Seguro y seraacute renovado a su vencimiento salvo que el Asegurado brinde un aviso previo a la Compantildeiacutea con al menos 30 diacuteas de antelacioacuten al vencimiento todo sin perjuicio del derecho de la Compantildeiacutea de ajustar las tarifas de primas conforme antes indicado

21 Terminacioacuten de la poacuteliza En adicioacuten a los casos indicados por la Ley Reguladora del Contrato de Seguros esta poacuteliza finalizaraacute si se cumple alguna de las siguientes condiciones

a) Cancelacioacuten del seguro a solicitud del asegurado b) Finalizados los 365 diacuteas naturales a partir del

primer diagnoacutestico de la enfermedad grave c) Vencido el periodo de gracia y no se haya pagado

la prima d) La aseguradora compruebe declaraciones falsas e) Ante la muerte del Asegurado

Durante la vigencia de esta poacuteliza el Asegurado podraacute darla por terminada en forma anticipada sin responsabilidad dando aviso a la Compantildeiacutea con al menos un mes de anticipacioacuten a la fecha de eficacia del acto Salvo por lo especificado durante el plazo de retracto la Compantildeiacutea tendraacute derecho a conservar la prima devengada por el plazo transcurrido y deberaacute rembolsar la prima no devengada Cuando el seguro es pagado de forma mensual la prima que se haya pagado se da por devengada cuando el seguro es anual se devolveraacute la prima no devengada a la fecha de cancelacioacuten del seguro La terminacioacuten anticipada de la poacuteliza se efectuaraacute sin perjuicio del derecho del Asegurado a indemnizaciones por siniestros ocurridos con anterioridad a la fecha de terminacioacuten anticipada

SECCIOacuteN IX ndash CONDICIONES VARIAS

22 Derecho al Retracto El Asegurado contaraacute con un plazo maacuteximo de 5 diacuteas haacutebiles contados a partir de la emisioacuten del presente seguro y siempre y cuando no haya sucedido un evento amparado seguacuten los teacuterminos de esta poacuteliza para revocar unilateralmente este contrato amparado al derecho de retracto mediante comunicacioacuten formal dirigida a la Compantildeiacutea la cual entregaraacute directamente al operador de seguros autoexpedible correspondiente o en las oficinas

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de la Compantildeiacutea conforme indicadas en estas condiciones generales La revocacioacuten del seguro regiraacute a partir de la fecha de tal comunicacioacuten y la Compantildeiacutea dispondraacute de un plazo maacuteximo de 10 diacuteas haacutebiles contados a partir de la fecha de recibido de dicho documento para devolver al Asegurado el 100 del monto de la prima pagada al momento de que se expidiera el seguro sin penalizaciones o deducciones La Compantildeiacutea giraraacute un cheque o realizaraacute un depoacutesito en la cuenta cliente que indique el Asegurado

23 Requisitos de Suscripcioacuten

Para tomar la presente poacuteliza el Tomador deberaacute cumplir los siguientes requisitos

a) Contar con una tarjeta de creacutedito o deacutebito vigente

b) Completar el formulario Oferta de Seguro y declaracioacuten de salud

c) Ser mayor de 2 antildeos y en caso de ser menor de edad su Oferta de Seguro deberaacute ser completamente por quien ejerza patria potestad sobre el menor

24 Entrega de la Poacuteliza El Operador de Seguros Autoexpedibles deberaacute proporcionar al Asegurado la Oferta de Seguro y las Condiciones Generales de la misma conforme establecido por la Regulacioacuten y Normativa vigente

25 Confidencialidad de la Informacioacuten La informacioacuten que sea suministrada en virtud de suscripcioacuten de la presente poacuteliza queda tutelada por el derecho de intimidad y confidencialidad salvo manifestacioacuten expresa del Tomador yo Asegurado que indique lo contrario o por requerimiento de la autoridad judicial competente

26 Legislacioacuten Esta poacuteliza se rige por las disposiciones de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y de forma supletoria y en lo que resulte aplicable por el Coacutedigo de Comercio y el Coacutedigo Civil de la Repuacuteblica de Costa Rica

27 Prescripcioacuten Las obligaciones de La Compantildeiacutea prescriben en el plazo de cuatro (4) antildeos contabilizados desde que las mismas son exigibles

28 Indisputabilidad de la poacuteliza La validez de la poacuteliza y sus coberturas seraacute indisputable despueacutes de haber estado en vigor durante un periacuteodo de dos (2) antildeos excepto por falta de pago de la prima o en presencia de un fraude

29 Cesioacuten del contrato El presente contrato no podraacute ser cedido por el Tomador o Asegurado

30 Modificaciones a la Poacuteliza Las modificaciones de la Poacuteliza no seraacuten efectivas sin la firma del Representante Legal de la Compantildeiacutea El Asegurado podraacute solicitar las modificaciones de datos personales en el momento que lo desee mediante comunicacioacuten a la Compantildeiacutea

31 Moneda Todos los valores o indemnizaciones bajo esta Poacuteliza son liquidables en colones costarricenses

SECCIOacuteN X ndash INSTANCIAS DE SOLUCIOacuteN DE CONTROVERSIAS Y COMUNICACIONES

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32 Jurisdiccioacuten y arbitraje En caso de reclamos o disputas las partes se someten a la jurisdiccioacuten de los Tribunales de San Joseacute Costa Rica No obstante lo anterior las partes pueden optar por comuacuten acuerdo por resolver las mismas a traveacutes de arbitraje de forma voluntaria e incondicional El arbitraje seraacute de derecho y se realizaraacute seguacuten lo establecido en los reglamentos del Centro Internacional de Conciliacioacuten y Arbitraje de la Caacutemara Costarricense-Norteamericana de Comercio (CICA) De igual forma y por comuacuten acuerdo las partes podraacuten designar otro aacuterbitro o centro de arbitraje que consideren adecuado El aacuterbitro tendraacute la facultad de obtener la opinioacuten de los expertos que estime conveniente sobre cualquier asunto o cuestioacuten que se determine

33 Otras instancias de solucioacuten de controversias En adicioacuten a la jurisdiccioacuten comuacuten y arbitral antes indicada el consumidor de seguros de conformidad con la normativa vigente puede presentar sus reclamaciones o quejas en las oficinas de la Compantildeiacutea o bien dirigirse al Centro de Defensa del Asegurado cuyos datos de contacto pueden verificarse en la paacutegina web wwwsagicorcr Asimismo el consumidor de seguros cuenta con derecho de acudir como parte interesada a la Superintendencia General de Seguros o a la Comisioacuten Nacional de Consumidor conforme a las competencias especiacuteficas de dichas entidades que estipula la normativa vigente

34 Valoracioacuten por peritos Las partes podraacuten convenir que se practique una valoracioacuten o tasacioacuten si hubiera desacuerdo respecto del monto de la indemnizacioacuten o la validez del criterio meacutedico que dicte una causa de Muerte al momento de ocurrir el siniestro La valoracioacuten podraacute efectuarse por uno o maacutes peritos seguacuten lo convengan las partes siguiendo las condiciones estipuladas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

35 Notificaciones Las comunicaciones que se dirijan a la Compantildeiacutea deberaacuten realizarse por escrito directamente y enviadas a las oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute correo electroacutenico SCR_servicioalclientesagicorcom Cualquier notificacioacuten o aviso que la Compantildeiacutea deba hacer al Tomador yo al Asegurado se realizaraacute haraacute por cualquier medio escrito o electroacutenico tales como fax correo electroacutenico entrega personal o correo certificado estos uacuteltimos dirigidos a la direccioacuten fiacutesica consignada en la poacuteliza En caso de existir una modificacioacuten en el domicilio yo medio de notificacioacuten a ser utilizado el mismo deberaacute ser notificado por escrito a la Compantildeiacutea quien confirmaraacute la recepcioacuten de tal cambio y registraraacute el mismo en el sistema ya que de lo contrario toda notificacioacuten realizada en cualquiera de las direcciones consignadas en la Poacuteliza se tendraacute como vaacutelida

36 Registro ante la Superintendencia General de Seguros

La documentacioacuten contractual y la nota teacutecnica que integran este producto estaacuten registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artiacuteculo 29 inciso d) de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros Ley 8653 bajo el registro Nuacutemero P20-62-A12-541 de fecha 04 de Setiembre de 2014

__________________________ Fernando Viquez Pacheco

Representante Legal Aseguradora Sagicor de Costa Rica SA

Page 6: ENFERMEDADES - Promerica

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conste en la Oferta de Seguro En caso que el Asegurado fallezca previo al momento de presentacioacuten de la Solicitud de Indemnizacioacuten este Beneficio seraacute pagado en un uacutenico pago a favor de los Beneficiarios designados para la Cobertura de Muerte y Gastos Funerarios Deducible No hay

4 Cobertura B Baacutesica Muerte y Gastos Funerarios

Sujeto a los teacuterminos condiciones y exclusiones previstas esta poacuteliza cubre el fallecimiento del Asegurado como resultado directo de una Enfermedad Grave cubierta siempre y cuando dicho fallecimiento ocurra dentro de los 365 diacuteas naturales posteriores a la fecha del evento independientemente de que el plazo de vigencia de la poacuteliza hubiera terminado Para efectos aclaratorios se deja constancia que el o los diagnoacutesticos meacutedicos del Accidente y sus secuelas no deben contener estimaciones o pronoacutesticos sobre la expectativa de vida o sobrevivencia maacutexima del Asegurado Beneficio En caso de muerte del Asegurado a causa de un Accidente conforme a lo antes indicado se indemnizaraacute la suma asegurada bajo esta cobertura mediante un pago uacutenico a favor de los Beneficiarios designados por el Asegurado conforme al plan elegido por el Asegurado que conste en la Oferta de Seguro El pago de una indemnizacioacuten por muerte del Asegurado extingue la presente poacuteliza dando por devengada la totalidad de la prima Deducible No hay

5 Cobertura C Baacutesica Renta por Hospitalizacioacuten Sujeto a los teacuterminos condiciones y exclusiones previstas esta poacuteliza cubre la hospitalizacioacuten del Asegurado como resultado directo de una Enfermedad Grave cubierta siempre y cuando dicha hospitalizacioacuten ocurra dentro de

los 365 diacuteas naturales posteriores a la fecha del evento independientemente de que el plazo de vigencia de la poacuteliza hubiera terminado Beneficio En caso que el Asegurado sea hospitalizado a causa de riesgo amparado la Compantildeiacutea pagaraacute la suma asegurada de esta cobertura por diacutea de hospitalizacioacuten en un uacutenico pago a favor del Asegurado y una vez superado el deducible El mismo seraacute igual al a la suma asegurada que conste en la Oferta de Seguro En caso que el Asegurado fallezca previo al momento de presentacioacuten de la Solicitud de Indemnizacioacuten este Beneficio seraacute pagado en un uacutenico pago a favor de los Beneficiarios designados para la Cobertura de Muerte y Gastos Funerarios Esta cobertura opera por un maacuteximo de 45 diacuteas consecutivos por evento y hasta 90 diacuteas acumulados por Asegurado En Deducible 2 diacuteas de hospitalizacioacuten por evento

6 Exclusiones Generales Esta poacuteliza no cubre bajo ninguna circunstancia Para las Cobertura A B y C - Suicidio del Asegurado que ocurra durante los

primeros dos antildeos desde que inicia la cobertura para el Asegurado

- Muerte del Asegurado como resultado directo o indirecto de una Condicioacuten preexistente que surja o se manifieste dentro los primeros 12 meses de cobertura

- Muerte del Asegurado a causa de guerra invasioacuten motiacuten o disturbios civiles

- Muerte del Asegurado desde o al intentar realizar un vuelo aeacutereo de cualquier tipo excepto como pasajero y no como miembro de la tripulacioacuten del avioacuten ni teniendo ninguacuten deber en relacioacuten con el vuelo

- Muerte del Asegurado a causa de cometer o intentar cometer un delito

- Muerte del Asegurado causado por o como resultado de conducir o viajar como pasajero en un vehiacuteculo (tierra mar o aire) que participe en cualquier tipo de carrera prueba de velocidad prueba de resistencia o

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que dicho vehiacuteculo sea utilizado para acrobacias o trucos de conduccioacuten

- Muerte del Asegurado ocasionada con dolo por el coacutenyuge del Asegurado o cualquiera de sus parientes hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad

Adicionalmente para la Cobertura B se cuenta con las siguientes exclusiones - Muerte del Asegurado al estar bajo la influencia de

alcohol o cualquier droga o estupefaciente - Muerte del Asegurado que ocurra luego de

transcurridos 365 diacuteas naturales desde el momento del Accidente

- Muerte del Asegurado a causa de actividades peligrosas incluyendo carreras sobre ruedas o botes esquiacute acuaacutetico y similares paracaidismo alpinismo buceo bungee jumping vuelos en planeadores vuelos delta o similares boxeo lucha libre tiro tauromaquia

- Muerte ocurrida durante un asalto o robo o su tentativa durante rintildeas o por causa de violencia o actos de terceros

- Muerte por causa de infecciones bacterianas excepto infecciones pioacutegenas que son causadas por una herida accidental

7 Suma asegurada La suma asegurada seraacute la elegida por el Asegurado seguacuten las opciones de planes ofrecidos que constan en la Oferta de Seguro La sumatoria de los montos asegurados bajo cobertura de muerte por cualquier causa en poacutelizas autoexpedibles adquiridas por el Asegurado no podraacute exceder sesenta y cinco millones de colones Para controlar los montos asegurados la Compantildeiacutea cuenta con un sistema automatizado que llevaraacute el control de los montos asegurados de las poacutelizas autoexpedibles adquiridas por el Asegurado Si eventualmente se emitiera la poacuteliza se le informaraacute al Asegurado y se le devolveraacute el 100 de las primas pagadas en un plazo no mayor de diez (10) diacuteas haacutebiles

8 Periodo de cobertura El presente seguro establece su cobertura bajo la base de ocurrencia del siniestro de conformidad con la Ley Reguladora del Contrato de Seguro En consecuencia este seguro soacutelo cubriraacute reclamos por siniestros acaecidos durante la vigencia de la poacuteliza auacuten si el reclamo se presenta despueacutes de vencida la poacuteliza Todo sin perjuicio de los teacuterminos de cobertura pactados y los plazos legales de prescripcioacuten Para activar las coberturas B y C el siniestro debe ocurrir dentro de los 365 diacuteas posteriores al diagnoacutestico de la enfermedad grave independientemente de que el plazo de vigencia de esta poacuteliza hubiere terminado Para efectos aclaratorios se deja constancia que el diagnoacutestico meacutedico de la Enfermedad Grave no debe contener estimaciones o pronoacutesticos sobre la expectativa de vida o sobrevivencia maacutexima del Asegurado

9 Periacuteodo de Carencia Se establece un periacuteodo de carencia de tres (3) meses a partir de la emisioacuten de la poacuteliza plazos durante el cual las coberturas de la poacuteliza no operan si el Asegurado es diagnosticado muere o es hospitalizados a causa de una Enfermedad Grave

10 Delimitacioacuten geograacutefica Estaacute poacuteliza cubre las consecuencias de los eventos que ocurran en cualquier parte del mundo

SECCIOacuteN V ndash BENEFICIARIOS

11 Designacioacuten de Beneficiarios Los beneficiarios de esta poacuteliza deberaacuten ser determinados de forma especiacutefica o geneacuterica por el Asegurado hasta por los liacutemites que el mismo establezca y seraacuten sentildealados en la Oferta de Seguro

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Toda designacioacuten podraacute ser modificada por el Asegurado durante la vigencia de la poacuteliza mediante la presentacioacuten de nota debidamente firmada a la Compantildeiacutea El Asegurado determinaraacute en la Oferta de Seguro el o los beneficiarios de las Coberturas A y B de esta poacuteliza asignaacutendoles un derecho porcentual a la eventual indemnizacioacuten En el caso de la Cobertura C el Asegurado elegiraacute la cantidad especiacutefica de localidades que corresponderaacute a cada Beneficiario designado cantidad que podraacute no responder o ser distinta a los porcentajes indicados para la Cobertura A y B seguacuten determine el Asegurado Advertencia En el caso de que se desee nombrar beneficiarios a menores de edad no se debe sentildealar a un mayor de edad como representante de los menores para efecto de que en su representacioacuten cobre la indemnizacioacuten Lo anterior porque las legislaciones civiles previenen la forma en que debe designarse tutores albaceas representantes de herederos u otros cargos similares y no consideran al contrato de seguro como el instrumento adecuado para tales designaciones La designacioacuten que se hiciera de un mayor de edad como representante de menores beneficiarios durante la minoriacutea de edad de ellos legalmente puede implicar que se nombra beneficiario al mayor de edad quien en todo caso soacutelo tendriacutea una obligacioacuten moral pues la designacioacuten que se hace de beneficiarios en un contrato de seguro le concede el derecho incondicionado de disponer de la suma asegurada

SECCIOacuteN VI ndash OBLIGACIONES DEL ASEGURADO y BENEFICIARIOS

12 Obligaciones del Asegurado En adicioacuten a otras obligaciones indicadas en las presentes Condiciones Generales el Asegurado asume las siguientes obligaciones

a) Pago de Prima El Asegurado tendraacute la obligacioacuten de realizar el pago oportuno de la prima convenida

b) Proceso Indemnizatorio El Asegurado tendraacute la obligacioacuten de seguir y respetar el proceso indemnizatorio que se detalla en las presentes Condiciones Generales y notificar a la Compantildeiacutea de cualquier cambio en su direccioacuten de notificaciones

c) Finalmente deberaacute observar y cumplir sus obligaciones establecidas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y normativa conexa

13 Declaraciones falsas o fraudulentas Se extinguiraacute la obligacioacuten de indemnizar por parte de la Compantildeiacutea si se demuestran declaraciones falsas o fraudulentas realizadas por el Tomador con dolo o culpa grave cuando tal declaracioacuten le hubiera dado derecho a La Compantildeiacutea a excluir restringir o reducir esa obligacioacuten de conformidad con la Poacuteliza En caso de reticencia o falsedad por parte del Tomador en la declaracioacuten del riesgo se procederaacute conforme a lo estipulados en la Ley Reguladora del Contrato de Seguro

14 Obligaciones de los Beneficiarios A fin de optar por los beneficios que les concede esta poacuteliza los Beneficiarios deberaacuten seguir y respetar el proceso indemnizatorio que se detalla en las presentes Condiciones Generales Por tratarse de una poacuteliza que brinda cobertura uacutenicamente en relacioacuten con la vida del Asegurado seraacute obligacioacuten de los Beneficiarios demostrar la ocurrencia del evento que constituya siniestro Asimismo deberaacute colaborar con la Compantildeiacutea en la inspeccioacuten y demaacutes diligencias que requiera el procedimiento indemnizatorio

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SECCIOacuteN VII ndash PRIMA

15 Prima Es el precio establecido para esta poacuteliza el cual se establece en la Oferta de Seguro seguacuten el rango de edad en que se ubique el Asegurado El pago de las primas es anticipado de forma anual sin embargo el Asegurado tiene la posibilidad de fraccionar el pago y realizarlo mensualmente para lo cual las primas deberaacuten ser pagadas dentro del periodo de gracia indicado en este contrato La frecuencia y el medio de pago de la presente poacuteliza es el que se detalla en la Oferta de Seguro Ajustes en las primas Cumplido el primer antildeo de poacuteliza y de previo a cada renovacioacuten la Compantildeiacutea tiene derecho a ajustar las primas para lo cual notificaraacute al asegurado las nuevas primas vigentes con al menos 30 diacuteas calendario de antelacioacuten a la fecha de renovacioacuten Dicho ajuste en la tabla de tarifas se realizaraacute con base en factores tales como la inflacioacuten las tasas de mortalidad entre otros factores

16 Prima Incorrecta Si la edad del Asegurado indicada en la Oferta de Seguro es erroacutenea se realizaraacute un ajuste equitativo de primas bajo la poacuteliza del seguro en caso de ser aplicable conforme a las tarifas estipuladas en la Oferta de Seguro En caso que el cambio de la edad no implique un aumento o disminucioacuten en la tarifa del Asegurado bajo esta poacuteliza no seraacute necesario realizar dicho ajuste

17 Periacuteodo de Gracia Se permitiraacute un periacuteodo de gracia de 60 diacuteas calendario para el pago de las primas vencidas durante el cual la poacuteliza se mantendraacute en pleno vigor

18 Recargos y Descuentos En la presente poacuteliza no aplican recargos de ninguacuten tipo Se contempla un descuento en caso de pago anual de la prima de la poacuteliza seguacuten el porcentaje que se indica en la Oferta de Seguro

SECCIOacuteN VIII ndash ATENCIOacuteN DE RECLAMOS Y VIGENCIA DE LA POacuteLIZA

19 Procesamiento de reclamos Al momento de ocurrir un siniestro el Asegurado yo sus Beneficiarios deberaacute notificar a la Compantildeiacutea por escrito enviando la misma de cualquiera de las siguientes maneras (i) fiacutesicamente a nuestras oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute (ii) al correo electroacutenico Reclamossagicorcom En cualquier momento puede tambieacuten contactar telefoacutenicamente a la Compantildeiacutea al teleacutefono 4080-5200 La Compantildeiacutea pagaraacute a los beneficiarios designados la suma o prestacioacuten respectiva conforme a la cobertura que se trate despueacutes de la provisioacuten de

- Solicitud de indemnizacioacuten del Asegurado o el (los) Beneficiario (s) en que expliacutecitamente el (los) mismo (s) de(n) la autorizacioacuten para la consulta de expediente meacutedico Dicho formulario estaacute disponible en el portal internet wwwsagicorcr en nuestras oficinas o podraacute ser solicitado al correo electroacutenico Reclamossagicorcom

Asimismo deberaacuten presentarse los siguientes documentos por parte del Asegurado o (los) Beneficiario (s) Para la Cobertura A Presentacioacuten de un informe escrito con el diagnoacutestico del meacutedico especialista que asistioacute al Asegurado que deberaacute incluir (i) estudios cliacutenicos (ii) estudios radioloacutegicos y (iii) estudios histoloacutegicos yo de laboratorio

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En caso de beneficios por Paraacutelisis Presentacioacuten de un informe escrito con el diagnoacutestico del meacutedico especialista que asistioacute al Asegurado que deberaacute incluir el detalle o descripcioacuten de la paraacutelisis sufrida Para la Cobertura B Certificado de Defuncioacuten donde se especifique la causa de la defuncioacuten Para la Cobertura C Constancia de la hospitalizacioacuten en la que se detalle el diagnoacutestico causa diacuteas que permanecioacute el (los) Asegurado(s) hospitalizado(s) debidamente firmada por el meacutedico tratante y refrendada por el hospital o cliacutenica En caso que alguno de los anteriores documentos sea presentado en un idioma distinto al espantildeol deberaacute acompantildearse de una traduccioacuten oficial a dicho idioma Asimismo si alguacuten documento oficial fuera emitido por una autoridad fuera de Costa Rica el documento deberaacute presentarse debidamente legalizado mediante el traacutemite consular aplicable La Compantildeiacutea se compromete a resolver todas las reclamaciones que sean presentadas en los plazos establecidos en la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

20 Inicio del Seguro y Fecha de vigencia El seguro entraraacute en vigencia en la fecha que se emita la poacuteliza siempre y cuando se realice el pago de la prima Esta poacuteliza se emite como un Seguro Anual Renovable Iniciaraacute seguacuten se indica en la Oferta de Seguro y seraacute renovado a su vencimiento salvo que el Asegurado brinde un aviso previo a la Compantildeiacutea con al menos 30 diacuteas de antelacioacuten al vencimiento todo sin perjuicio del derecho de la Compantildeiacutea de ajustar las tarifas de primas conforme antes indicado

21 Terminacioacuten de la poacuteliza En adicioacuten a los casos indicados por la Ley Reguladora del Contrato de Seguros esta poacuteliza finalizaraacute si se cumple alguna de las siguientes condiciones

a) Cancelacioacuten del seguro a solicitud del asegurado b) Finalizados los 365 diacuteas naturales a partir del

primer diagnoacutestico de la enfermedad grave c) Vencido el periodo de gracia y no se haya pagado

la prima d) La aseguradora compruebe declaraciones falsas e) Ante la muerte del Asegurado

Durante la vigencia de esta poacuteliza el Asegurado podraacute darla por terminada en forma anticipada sin responsabilidad dando aviso a la Compantildeiacutea con al menos un mes de anticipacioacuten a la fecha de eficacia del acto Salvo por lo especificado durante el plazo de retracto la Compantildeiacutea tendraacute derecho a conservar la prima devengada por el plazo transcurrido y deberaacute rembolsar la prima no devengada Cuando el seguro es pagado de forma mensual la prima que se haya pagado se da por devengada cuando el seguro es anual se devolveraacute la prima no devengada a la fecha de cancelacioacuten del seguro La terminacioacuten anticipada de la poacuteliza se efectuaraacute sin perjuicio del derecho del Asegurado a indemnizaciones por siniestros ocurridos con anterioridad a la fecha de terminacioacuten anticipada

SECCIOacuteN IX ndash CONDICIONES VARIAS

22 Derecho al Retracto El Asegurado contaraacute con un plazo maacuteximo de 5 diacuteas haacutebiles contados a partir de la emisioacuten del presente seguro y siempre y cuando no haya sucedido un evento amparado seguacuten los teacuterminos de esta poacuteliza para revocar unilateralmente este contrato amparado al derecho de retracto mediante comunicacioacuten formal dirigida a la Compantildeiacutea la cual entregaraacute directamente al operador de seguros autoexpedible correspondiente o en las oficinas

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de la Compantildeiacutea conforme indicadas en estas condiciones generales La revocacioacuten del seguro regiraacute a partir de la fecha de tal comunicacioacuten y la Compantildeiacutea dispondraacute de un plazo maacuteximo de 10 diacuteas haacutebiles contados a partir de la fecha de recibido de dicho documento para devolver al Asegurado el 100 del monto de la prima pagada al momento de que se expidiera el seguro sin penalizaciones o deducciones La Compantildeiacutea giraraacute un cheque o realizaraacute un depoacutesito en la cuenta cliente que indique el Asegurado

23 Requisitos de Suscripcioacuten

Para tomar la presente poacuteliza el Tomador deberaacute cumplir los siguientes requisitos

a) Contar con una tarjeta de creacutedito o deacutebito vigente

b) Completar el formulario Oferta de Seguro y declaracioacuten de salud

c) Ser mayor de 2 antildeos y en caso de ser menor de edad su Oferta de Seguro deberaacute ser completamente por quien ejerza patria potestad sobre el menor

24 Entrega de la Poacuteliza El Operador de Seguros Autoexpedibles deberaacute proporcionar al Asegurado la Oferta de Seguro y las Condiciones Generales de la misma conforme establecido por la Regulacioacuten y Normativa vigente

25 Confidencialidad de la Informacioacuten La informacioacuten que sea suministrada en virtud de suscripcioacuten de la presente poacuteliza queda tutelada por el derecho de intimidad y confidencialidad salvo manifestacioacuten expresa del Tomador yo Asegurado que indique lo contrario o por requerimiento de la autoridad judicial competente

26 Legislacioacuten Esta poacuteliza se rige por las disposiciones de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y de forma supletoria y en lo que resulte aplicable por el Coacutedigo de Comercio y el Coacutedigo Civil de la Repuacuteblica de Costa Rica

27 Prescripcioacuten Las obligaciones de La Compantildeiacutea prescriben en el plazo de cuatro (4) antildeos contabilizados desde que las mismas son exigibles

28 Indisputabilidad de la poacuteliza La validez de la poacuteliza y sus coberturas seraacute indisputable despueacutes de haber estado en vigor durante un periacuteodo de dos (2) antildeos excepto por falta de pago de la prima o en presencia de un fraude

29 Cesioacuten del contrato El presente contrato no podraacute ser cedido por el Tomador o Asegurado

30 Modificaciones a la Poacuteliza Las modificaciones de la Poacuteliza no seraacuten efectivas sin la firma del Representante Legal de la Compantildeiacutea El Asegurado podraacute solicitar las modificaciones de datos personales en el momento que lo desee mediante comunicacioacuten a la Compantildeiacutea

31 Moneda Todos los valores o indemnizaciones bajo esta Poacuteliza son liquidables en colones costarricenses

SECCIOacuteN X ndash INSTANCIAS DE SOLUCIOacuteN DE CONTROVERSIAS Y COMUNICACIONES

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32 Jurisdiccioacuten y arbitraje En caso de reclamos o disputas las partes se someten a la jurisdiccioacuten de los Tribunales de San Joseacute Costa Rica No obstante lo anterior las partes pueden optar por comuacuten acuerdo por resolver las mismas a traveacutes de arbitraje de forma voluntaria e incondicional El arbitraje seraacute de derecho y se realizaraacute seguacuten lo establecido en los reglamentos del Centro Internacional de Conciliacioacuten y Arbitraje de la Caacutemara Costarricense-Norteamericana de Comercio (CICA) De igual forma y por comuacuten acuerdo las partes podraacuten designar otro aacuterbitro o centro de arbitraje que consideren adecuado El aacuterbitro tendraacute la facultad de obtener la opinioacuten de los expertos que estime conveniente sobre cualquier asunto o cuestioacuten que se determine

33 Otras instancias de solucioacuten de controversias En adicioacuten a la jurisdiccioacuten comuacuten y arbitral antes indicada el consumidor de seguros de conformidad con la normativa vigente puede presentar sus reclamaciones o quejas en las oficinas de la Compantildeiacutea o bien dirigirse al Centro de Defensa del Asegurado cuyos datos de contacto pueden verificarse en la paacutegina web wwwsagicorcr Asimismo el consumidor de seguros cuenta con derecho de acudir como parte interesada a la Superintendencia General de Seguros o a la Comisioacuten Nacional de Consumidor conforme a las competencias especiacuteficas de dichas entidades que estipula la normativa vigente

34 Valoracioacuten por peritos Las partes podraacuten convenir que se practique una valoracioacuten o tasacioacuten si hubiera desacuerdo respecto del monto de la indemnizacioacuten o la validez del criterio meacutedico que dicte una causa de Muerte al momento de ocurrir el siniestro La valoracioacuten podraacute efectuarse por uno o maacutes peritos seguacuten lo convengan las partes siguiendo las condiciones estipuladas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

35 Notificaciones Las comunicaciones que se dirijan a la Compantildeiacutea deberaacuten realizarse por escrito directamente y enviadas a las oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute correo electroacutenico SCR_servicioalclientesagicorcom Cualquier notificacioacuten o aviso que la Compantildeiacutea deba hacer al Tomador yo al Asegurado se realizaraacute haraacute por cualquier medio escrito o electroacutenico tales como fax correo electroacutenico entrega personal o correo certificado estos uacuteltimos dirigidos a la direccioacuten fiacutesica consignada en la poacuteliza En caso de existir una modificacioacuten en el domicilio yo medio de notificacioacuten a ser utilizado el mismo deberaacute ser notificado por escrito a la Compantildeiacutea quien confirmaraacute la recepcioacuten de tal cambio y registraraacute el mismo en el sistema ya que de lo contrario toda notificacioacuten realizada en cualquiera de las direcciones consignadas en la Poacuteliza se tendraacute como vaacutelida

36 Registro ante la Superintendencia General de Seguros

La documentacioacuten contractual y la nota teacutecnica que integran este producto estaacuten registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artiacuteculo 29 inciso d) de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros Ley 8653 bajo el registro Nuacutemero P20-62-A12-541 de fecha 04 de Setiembre de 2014

__________________________ Fernando Viquez Pacheco

Representante Legal Aseguradora Sagicor de Costa Rica SA

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que dicho vehiacuteculo sea utilizado para acrobacias o trucos de conduccioacuten

- Muerte del Asegurado ocasionada con dolo por el coacutenyuge del Asegurado o cualquiera de sus parientes hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad

Adicionalmente para la Cobertura B se cuenta con las siguientes exclusiones - Muerte del Asegurado al estar bajo la influencia de

alcohol o cualquier droga o estupefaciente - Muerte del Asegurado que ocurra luego de

transcurridos 365 diacuteas naturales desde el momento del Accidente

- Muerte del Asegurado a causa de actividades peligrosas incluyendo carreras sobre ruedas o botes esquiacute acuaacutetico y similares paracaidismo alpinismo buceo bungee jumping vuelos en planeadores vuelos delta o similares boxeo lucha libre tiro tauromaquia

- Muerte ocurrida durante un asalto o robo o su tentativa durante rintildeas o por causa de violencia o actos de terceros

- Muerte por causa de infecciones bacterianas excepto infecciones pioacutegenas que son causadas por una herida accidental

7 Suma asegurada La suma asegurada seraacute la elegida por el Asegurado seguacuten las opciones de planes ofrecidos que constan en la Oferta de Seguro La sumatoria de los montos asegurados bajo cobertura de muerte por cualquier causa en poacutelizas autoexpedibles adquiridas por el Asegurado no podraacute exceder sesenta y cinco millones de colones Para controlar los montos asegurados la Compantildeiacutea cuenta con un sistema automatizado que llevaraacute el control de los montos asegurados de las poacutelizas autoexpedibles adquiridas por el Asegurado Si eventualmente se emitiera la poacuteliza se le informaraacute al Asegurado y se le devolveraacute el 100 de las primas pagadas en un plazo no mayor de diez (10) diacuteas haacutebiles

8 Periodo de cobertura El presente seguro establece su cobertura bajo la base de ocurrencia del siniestro de conformidad con la Ley Reguladora del Contrato de Seguro En consecuencia este seguro soacutelo cubriraacute reclamos por siniestros acaecidos durante la vigencia de la poacuteliza auacuten si el reclamo se presenta despueacutes de vencida la poacuteliza Todo sin perjuicio de los teacuterminos de cobertura pactados y los plazos legales de prescripcioacuten Para activar las coberturas B y C el siniestro debe ocurrir dentro de los 365 diacuteas posteriores al diagnoacutestico de la enfermedad grave independientemente de que el plazo de vigencia de esta poacuteliza hubiere terminado Para efectos aclaratorios se deja constancia que el diagnoacutestico meacutedico de la Enfermedad Grave no debe contener estimaciones o pronoacutesticos sobre la expectativa de vida o sobrevivencia maacutexima del Asegurado

9 Periacuteodo de Carencia Se establece un periacuteodo de carencia de tres (3) meses a partir de la emisioacuten de la poacuteliza plazos durante el cual las coberturas de la poacuteliza no operan si el Asegurado es diagnosticado muere o es hospitalizados a causa de una Enfermedad Grave

10 Delimitacioacuten geograacutefica Estaacute poacuteliza cubre las consecuencias de los eventos que ocurran en cualquier parte del mundo

SECCIOacuteN V ndash BENEFICIARIOS

11 Designacioacuten de Beneficiarios Los beneficiarios de esta poacuteliza deberaacuten ser determinados de forma especiacutefica o geneacuterica por el Asegurado hasta por los liacutemites que el mismo establezca y seraacuten sentildealados en la Oferta de Seguro

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Toda designacioacuten podraacute ser modificada por el Asegurado durante la vigencia de la poacuteliza mediante la presentacioacuten de nota debidamente firmada a la Compantildeiacutea El Asegurado determinaraacute en la Oferta de Seguro el o los beneficiarios de las Coberturas A y B de esta poacuteliza asignaacutendoles un derecho porcentual a la eventual indemnizacioacuten En el caso de la Cobertura C el Asegurado elegiraacute la cantidad especiacutefica de localidades que corresponderaacute a cada Beneficiario designado cantidad que podraacute no responder o ser distinta a los porcentajes indicados para la Cobertura A y B seguacuten determine el Asegurado Advertencia En el caso de que se desee nombrar beneficiarios a menores de edad no se debe sentildealar a un mayor de edad como representante de los menores para efecto de que en su representacioacuten cobre la indemnizacioacuten Lo anterior porque las legislaciones civiles previenen la forma en que debe designarse tutores albaceas representantes de herederos u otros cargos similares y no consideran al contrato de seguro como el instrumento adecuado para tales designaciones La designacioacuten que se hiciera de un mayor de edad como representante de menores beneficiarios durante la minoriacutea de edad de ellos legalmente puede implicar que se nombra beneficiario al mayor de edad quien en todo caso soacutelo tendriacutea una obligacioacuten moral pues la designacioacuten que se hace de beneficiarios en un contrato de seguro le concede el derecho incondicionado de disponer de la suma asegurada

SECCIOacuteN VI ndash OBLIGACIONES DEL ASEGURADO y BENEFICIARIOS

12 Obligaciones del Asegurado En adicioacuten a otras obligaciones indicadas en las presentes Condiciones Generales el Asegurado asume las siguientes obligaciones

a) Pago de Prima El Asegurado tendraacute la obligacioacuten de realizar el pago oportuno de la prima convenida

b) Proceso Indemnizatorio El Asegurado tendraacute la obligacioacuten de seguir y respetar el proceso indemnizatorio que se detalla en las presentes Condiciones Generales y notificar a la Compantildeiacutea de cualquier cambio en su direccioacuten de notificaciones

c) Finalmente deberaacute observar y cumplir sus obligaciones establecidas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y normativa conexa

13 Declaraciones falsas o fraudulentas Se extinguiraacute la obligacioacuten de indemnizar por parte de la Compantildeiacutea si se demuestran declaraciones falsas o fraudulentas realizadas por el Tomador con dolo o culpa grave cuando tal declaracioacuten le hubiera dado derecho a La Compantildeiacutea a excluir restringir o reducir esa obligacioacuten de conformidad con la Poacuteliza En caso de reticencia o falsedad por parte del Tomador en la declaracioacuten del riesgo se procederaacute conforme a lo estipulados en la Ley Reguladora del Contrato de Seguro

14 Obligaciones de los Beneficiarios A fin de optar por los beneficios que les concede esta poacuteliza los Beneficiarios deberaacuten seguir y respetar el proceso indemnizatorio que se detalla en las presentes Condiciones Generales Por tratarse de una poacuteliza que brinda cobertura uacutenicamente en relacioacuten con la vida del Asegurado seraacute obligacioacuten de los Beneficiarios demostrar la ocurrencia del evento que constituya siniestro Asimismo deberaacute colaborar con la Compantildeiacutea en la inspeccioacuten y demaacutes diligencias que requiera el procedimiento indemnizatorio

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SECCIOacuteN VII ndash PRIMA

15 Prima Es el precio establecido para esta poacuteliza el cual se establece en la Oferta de Seguro seguacuten el rango de edad en que se ubique el Asegurado El pago de las primas es anticipado de forma anual sin embargo el Asegurado tiene la posibilidad de fraccionar el pago y realizarlo mensualmente para lo cual las primas deberaacuten ser pagadas dentro del periodo de gracia indicado en este contrato La frecuencia y el medio de pago de la presente poacuteliza es el que se detalla en la Oferta de Seguro Ajustes en las primas Cumplido el primer antildeo de poacuteliza y de previo a cada renovacioacuten la Compantildeiacutea tiene derecho a ajustar las primas para lo cual notificaraacute al asegurado las nuevas primas vigentes con al menos 30 diacuteas calendario de antelacioacuten a la fecha de renovacioacuten Dicho ajuste en la tabla de tarifas se realizaraacute con base en factores tales como la inflacioacuten las tasas de mortalidad entre otros factores

16 Prima Incorrecta Si la edad del Asegurado indicada en la Oferta de Seguro es erroacutenea se realizaraacute un ajuste equitativo de primas bajo la poacuteliza del seguro en caso de ser aplicable conforme a las tarifas estipuladas en la Oferta de Seguro En caso que el cambio de la edad no implique un aumento o disminucioacuten en la tarifa del Asegurado bajo esta poacuteliza no seraacute necesario realizar dicho ajuste

17 Periacuteodo de Gracia Se permitiraacute un periacuteodo de gracia de 60 diacuteas calendario para el pago de las primas vencidas durante el cual la poacuteliza se mantendraacute en pleno vigor

18 Recargos y Descuentos En la presente poacuteliza no aplican recargos de ninguacuten tipo Se contempla un descuento en caso de pago anual de la prima de la poacuteliza seguacuten el porcentaje que se indica en la Oferta de Seguro

SECCIOacuteN VIII ndash ATENCIOacuteN DE RECLAMOS Y VIGENCIA DE LA POacuteLIZA

19 Procesamiento de reclamos Al momento de ocurrir un siniestro el Asegurado yo sus Beneficiarios deberaacute notificar a la Compantildeiacutea por escrito enviando la misma de cualquiera de las siguientes maneras (i) fiacutesicamente a nuestras oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute (ii) al correo electroacutenico Reclamossagicorcom En cualquier momento puede tambieacuten contactar telefoacutenicamente a la Compantildeiacutea al teleacutefono 4080-5200 La Compantildeiacutea pagaraacute a los beneficiarios designados la suma o prestacioacuten respectiva conforme a la cobertura que se trate despueacutes de la provisioacuten de

- Solicitud de indemnizacioacuten del Asegurado o el (los) Beneficiario (s) en que expliacutecitamente el (los) mismo (s) de(n) la autorizacioacuten para la consulta de expediente meacutedico Dicho formulario estaacute disponible en el portal internet wwwsagicorcr en nuestras oficinas o podraacute ser solicitado al correo electroacutenico Reclamossagicorcom

Asimismo deberaacuten presentarse los siguientes documentos por parte del Asegurado o (los) Beneficiario (s) Para la Cobertura A Presentacioacuten de un informe escrito con el diagnoacutestico del meacutedico especialista que asistioacute al Asegurado que deberaacute incluir (i) estudios cliacutenicos (ii) estudios radioloacutegicos y (iii) estudios histoloacutegicos yo de laboratorio

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En caso de beneficios por Paraacutelisis Presentacioacuten de un informe escrito con el diagnoacutestico del meacutedico especialista que asistioacute al Asegurado que deberaacute incluir el detalle o descripcioacuten de la paraacutelisis sufrida Para la Cobertura B Certificado de Defuncioacuten donde se especifique la causa de la defuncioacuten Para la Cobertura C Constancia de la hospitalizacioacuten en la que se detalle el diagnoacutestico causa diacuteas que permanecioacute el (los) Asegurado(s) hospitalizado(s) debidamente firmada por el meacutedico tratante y refrendada por el hospital o cliacutenica En caso que alguno de los anteriores documentos sea presentado en un idioma distinto al espantildeol deberaacute acompantildearse de una traduccioacuten oficial a dicho idioma Asimismo si alguacuten documento oficial fuera emitido por una autoridad fuera de Costa Rica el documento deberaacute presentarse debidamente legalizado mediante el traacutemite consular aplicable La Compantildeiacutea se compromete a resolver todas las reclamaciones que sean presentadas en los plazos establecidos en la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

20 Inicio del Seguro y Fecha de vigencia El seguro entraraacute en vigencia en la fecha que se emita la poacuteliza siempre y cuando se realice el pago de la prima Esta poacuteliza se emite como un Seguro Anual Renovable Iniciaraacute seguacuten se indica en la Oferta de Seguro y seraacute renovado a su vencimiento salvo que el Asegurado brinde un aviso previo a la Compantildeiacutea con al menos 30 diacuteas de antelacioacuten al vencimiento todo sin perjuicio del derecho de la Compantildeiacutea de ajustar las tarifas de primas conforme antes indicado

21 Terminacioacuten de la poacuteliza En adicioacuten a los casos indicados por la Ley Reguladora del Contrato de Seguros esta poacuteliza finalizaraacute si se cumple alguna de las siguientes condiciones

a) Cancelacioacuten del seguro a solicitud del asegurado b) Finalizados los 365 diacuteas naturales a partir del

primer diagnoacutestico de la enfermedad grave c) Vencido el periodo de gracia y no se haya pagado

la prima d) La aseguradora compruebe declaraciones falsas e) Ante la muerte del Asegurado

Durante la vigencia de esta poacuteliza el Asegurado podraacute darla por terminada en forma anticipada sin responsabilidad dando aviso a la Compantildeiacutea con al menos un mes de anticipacioacuten a la fecha de eficacia del acto Salvo por lo especificado durante el plazo de retracto la Compantildeiacutea tendraacute derecho a conservar la prima devengada por el plazo transcurrido y deberaacute rembolsar la prima no devengada Cuando el seguro es pagado de forma mensual la prima que se haya pagado se da por devengada cuando el seguro es anual se devolveraacute la prima no devengada a la fecha de cancelacioacuten del seguro La terminacioacuten anticipada de la poacuteliza se efectuaraacute sin perjuicio del derecho del Asegurado a indemnizaciones por siniestros ocurridos con anterioridad a la fecha de terminacioacuten anticipada

SECCIOacuteN IX ndash CONDICIONES VARIAS

22 Derecho al Retracto El Asegurado contaraacute con un plazo maacuteximo de 5 diacuteas haacutebiles contados a partir de la emisioacuten del presente seguro y siempre y cuando no haya sucedido un evento amparado seguacuten los teacuterminos de esta poacuteliza para revocar unilateralmente este contrato amparado al derecho de retracto mediante comunicacioacuten formal dirigida a la Compantildeiacutea la cual entregaraacute directamente al operador de seguros autoexpedible correspondiente o en las oficinas

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de la Compantildeiacutea conforme indicadas en estas condiciones generales La revocacioacuten del seguro regiraacute a partir de la fecha de tal comunicacioacuten y la Compantildeiacutea dispondraacute de un plazo maacuteximo de 10 diacuteas haacutebiles contados a partir de la fecha de recibido de dicho documento para devolver al Asegurado el 100 del monto de la prima pagada al momento de que se expidiera el seguro sin penalizaciones o deducciones La Compantildeiacutea giraraacute un cheque o realizaraacute un depoacutesito en la cuenta cliente que indique el Asegurado

23 Requisitos de Suscripcioacuten

Para tomar la presente poacuteliza el Tomador deberaacute cumplir los siguientes requisitos

a) Contar con una tarjeta de creacutedito o deacutebito vigente

b) Completar el formulario Oferta de Seguro y declaracioacuten de salud

c) Ser mayor de 2 antildeos y en caso de ser menor de edad su Oferta de Seguro deberaacute ser completamente por quien ejerza patria potestad sobre el menor

24 Entrega de la Poacuteliza El Operador de Seguros Autoexpedibles deberaacute proporcionar al Asegurado la Oferta de Seguro y las Condiciones Generales de la misma conforme establecido por la Regulacioacuten y Normativa vigente

25 Confidencialidad de la Informacioacuten La informacioacuten que sea suministrada en virtud de suscripcioacuten de la presente poacuteliza queda tutelada por el derecho de intimidad y confidencialidad salvo manifestacioacuten expresa del Tomador yo Asegurado que indique lo contrario o por requerimiento de la autoridad judicial competente

26 Legislacioacuten Esta poacuteliza se rige por las disposiciones de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y de forma supletoria y en lo que resulte aplicable por el Coacutedigo de Comercio y el Coacutedigo Civil de la Repuacuteblica de Costa Rica

27 Prescripcioacuten Las obligaciones de La Compantildeiacutea prescriben en el plazo de cuatro (4) antildeos contabilizados desde que las mismas son exigibles

28 Indisputabilidad de la poacuteliza La validez de la poacuteliza y sus coberturas seraacute indisputable despueacutes de haber estado en vigor durante un periacuteodo de dos (2) antildeos excepto por falta de pago de la prima o en presencia de un fraude

29 Cesioacuten del contrato El presente contrato no podraacute ser cedido por el Tomador o Asegurado

30 Modificaciones a la Poacuteliza Las modificaciones de la Poacuteliza no seraacuten efectivas sin la firma del Representante Legal de la Compantildeiacutea El Asegurado podraacute solicitar las modificaciones de datos personales en el momento que lo desee mediante comunicacioacuten a la Compantildeiacutea

31 Moneda Todos los valores o indemnizaciones bajo esta Poacuteliza son liquidables en colones costarricenses

SECCIOacuteN X ndash INSTANCIAS DE SOLUCIOacuteN DE CONTROVERSIAS Y COMUNICACIONES

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32 Jurisdiccioacuten y arbitraje En caso de reclamos o disputas las partes se someten a la jurisdiccioacuten de los Tribunales de San Joseacute Costa Rica No obstante lo anterior las partes pueden optar por comuacuten acuerdo por resolver las mismas a traveacutes de arbitraje de forma voluntaria e incondicional El arbitraje seraacute de derecho y se realizaraacute seguacuten lo establecido en los reglamentos del Centro Internacional de Conciliacioacuten y Arbitraje de la Caacutemara Costarricense-Norteamericana de Comercio (CICA) De igual forma y por comuacuten acuerdo las partes podraacuten designar otro aacuterbitro o centro de arbitraje que consideren adecuado El aacuterbitro tendraacute la facultad de obtener la opinioacuten de los expertos que estime conveniente sobre cualquier asunto o cuestioacuten que se determine

33 Otras instancias de solucioacuten de controversias En adicioacuten a la jurisdiccioacuten comuacuten y arbitral antes indicada el consumidor de seguros de conformidad con la normativa vigente puede presentar sus reclamaciones o quejas en las oficinas de la Compantildeiacutea o bien dirigirse al Centro de Defensa del Asegurado cuyos datos de contacto pueden verificarse en la paacutegina web wwwsagicorcr Asimismo el consumidor de seguros cuenta con derecho de acudir como parte interesada a la Superintendencia General de Seguros o a la Comisioacuten Nacional de Consumidor conforme a las competencias especiacuteficas de dichas entidades que estipula la normativa vigente

34 Valoracioacuten por peritos Las partes podraacuten convenir que se practique una valoracioacuten o tasacioacuten si hubiera desacuerdo respecto del monto de la indemnizacioacuten o la validez del criterio meacutedico que dicte una causa de Muerte al momento de ocurrir el siniestro La valoracioacuten podraacute efectuarse por uno o maacutes peritos seguacuten lo convengan las partes siguiendo las condiciones estipuladas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

35 Notificaciones Las comunicaciones que se dirijan a la Compantildeiacutea deberaacuten realizarse por escrito directamente y enviadas a las oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute correo electroacutenico SCR_servicioalclientesagicorcom Cualquier notificacioacuten o aviso que la Compantildeiacutea deba hacer al Tomador yo al Asegurado se realizaraacute haraacute por cualquier medio escrito o electroacutenico tales como fax correo electroacutenico entrega personal o correo certificado estos uacuteltimos dirigidos a la direccioacuten fiacutesica consignada en la poacuteliza En caso de existir una modificacioacuten en el domicilio yo medio de notificacioacuten a ser utilizado el mismo deberaacute ser notificado por escrito a la Compantildeiacutea quien confirmaraacute la recepcioacuten de tal cambio y registraraacute el mismo en el sistema ya que de lo contrario toda notificacioacuten realizada en cualquiera de las direcciones consignadas en la Poacuteliza se tendraacute como vaacutelida

36 Registro ante la Superintendencia General de Seguros

La documentacioacuten contractual y la nota teacutecnica que integran este producto estaacuten registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artiacuteculo 29 inciso d) de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros Ley 8653 bajo el registro Nuacutemero P20-62-A12-541 de fecha 04 de Setiembre de 2014

__________________________ Fernando Viquez Pacheco

Representante Legal Aseguradora Sagicor de Costa Rica SA

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Toda designacioacuten podraacute ser modificada por el Asegurado durante la vigencia de la poacuteliza mediante la presentacioacuten de nota debidamente firmada a la Compantildeiacutea El Asegurado determinaraacute en la Oferta de Seguro el o los beneficiarios de las Coberturas A y B de esta poacuteliza asignaacutendoles un derecho porcentual a la eventual indemnizacioacuten En el caso de la Cobertura C el Asegurado elegiraacute la cantidad especiacutefica de localidades que corresponderaacute a cada Beneficiario designado cantidad que podraacute no responder o ser distinta a los porcentajes indicados para la Cobertura A y B seguacuten determine el Asegurado Advertencia En el caso de que se desee nombrar beneficiarios a menores de edad no se debe sentildealar a un mayor de edad como representante de los menores para efecto de que en su representacioacuten cobre la indemnizacioacuten Lo anterior porque las legislaciones civiles previenen la forma en que debe designarse tutores albaceas representantes de herederos u otros cargos similares y no consideran al contrato de seguro como el instrumento adecuado para tales designaciones La designacioacuten que se hiciera de un mayor de edad como representante de menores beneficiarios durante la minoriacutea de edad de ellos legalmente puede implicar que se nombra beneficiario al mayor de edad quien en todo caso soacutelo tendriacutea una obligacioacuten moral pues la designacioacuten que se hace de beneficiarios en un contrato de seguro le concede el derecho incondicionado de disponer de la suma asegurada

SECCIOacuteN VI ndash OBLIGACIONES DEL ASEGURADO y BENEFICIARIOS

12 Obligaciones del Asegurado En adicioacuten a otras obligaciones indicadas en las presentes Condiciones Generales el Asegurado asume las siguientes obligaciones

a) Pago de Prima El Asegurado tendraacute la obligacioacuten de realizar el pago oportuno de la prima convenida

b) Proceso Indemnizatorio El Asegurado tendraacute la obligacioacuten de seguir y respetar el proceso indemnizatorio que se detalla en las presentes Condiciones Generales y notificar a la Compantildeiacutea de cualquier cambio en su direccioacuten de notificaciones

c) Finalmente deberaacute observar y cumplir sus obligaciones establecidas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y normativa conexa

13 Declaraciones falsas o fraudulentas Se extinguiraacute la obligacioacuten de indemnizar por parte de la Compantildeiacutea si se demuestran declaraciones falsas o fraudulentas realizadas por el Tomador con dolo o culpa grave cuando tal declaracioacuten le hubiera dado derecho a La Compantildeiacutea a excluir restringir o reducir esa obligacioacuten de conformidad con la Poacuteliza En caso de reticencia o falsedad por parte del Tomador en la declaracioacuten del riesgo se procederaacute conforme a lo estipulados en la Ley Reguladora del Contrato de Seguro

14 Obligaciones de los Beneficiarios A fin de optar por los beneficios que les concede esta poacuteliza los Beneficiarios deberaacuten seguir y respetar el proceso indemnizatorio que se detalla en las presentes Condiciones Generales Por tratarse de una poacuteliza que brinda cobertura uacutenicamente en relacioacuten con la vida del Asegurado seraacute obligacioacuten de los Beneficiarios demostrar la ocurrencia del evento que constituya siniestro Asimismo deberaacute colaborar con la Compantildeiacutea en la inspeccioacuten y demaacutes diligencias que requiera el procedimiento indemnizatorio

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SECCIOacuteN VII ndash PRIMA

15 Prima Es el precio establecido para esta poacuteliza el cual se establece en la Oferta de Seguro seguacuten el rango de edad en que se ubique el Asegurado El pago de las primas es anticipado de forma anual sin embargo el Asegurado tiene la posibilidad de fraccionar el pago y realizarlo mensualmente para lo cual las primas deberaacuten ser pagadas dentro del periodo de gracia indicado en este contrato La frecuencia y el medio de pago de la presente poacuteliza es el que se detalla en la Oferta de Seguro Ajustes en las primas Cumplido el primer antildeo de poacuteliza y de previo a cada renovacioacuten la Compantildeiacutea tiene derecho a ajustar las primas para lo cual notificaraacute al asegurado las nuevas primas vigentes con al menos 30 diacuteas calendario de antelacioacuten a la fecha de renovacioacuten Dicho ajuste en la tabla de tarifas se realizaraacute con base en factores tales como la inflacioacuten las tasas de mortalidad entre otros factores

16 Prima Incorrecta Si la edad del Asegurado indicada en la Oferta de Seguro es erroacutenea se realizaraacute un ajuste equitativo de primas bajo la poacuteliza del seguro en caso de ser aplicable conforme a las tarifas estipuladas en la Oferta de Seguro En caso que el cambio de la edad no implique un aumento o disminucioacuten en la tarifa del Asegurado bajo esta poacuteliza no seraacute necesario realizar dicho ajuste

17 Periacuteodo de Gracia Se permitiraacute un periacuteodo de gracia de 60 diacuteas calendario para el pago de las primas vencidas durante el cual la poacuteliza se mantendraacute en pleno vigor

18 Recargos y Descuentos En la presente poacuteliza no aplican recargos de ninguacuten tipo Se contempla un descuento en caso de pago anual de la prima de la poacuteliza seguacuten el porcentaje que se indica en la Oferta de Seguro

SECCIOacuteN VIII ndash ATENCIOacuteN DE RECLAMOS Y VIGENCIA DE LA POacuteLIZA

19 Procesamiento de reclamos Al momento de ocurrir un siniestro el Asegurado yo sus Beneficiarios deberaacute notificar a la Compantildeiacutea por escrito enviando la misma de cualquiera de las siguientes maneras (i) fiacutesicamente a nuestras oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute (ii) al correo electroacutenico Reclamossagicorcom En cualquier momento puede tambieacuten contactar telefoacutenicamente a la Compantildeiacutea al teleacutefono 4080-5200 La Compantildeiacutea pagaraacute a los beneficiarios designados la suma o prestacioacuten respectiva conforme a la cobertura que se trate despueacutes de la provisioacuten de

- Solicitud de indemnizacioacuten del Asegurado o el (los) Beneficiario (s) en que expliacutecitamente el (los) mismo (s) de(n) la autorizacioacuten para la consulta de expediente meacutedico Dicho formulario estaacute disponible en el portal internet wwwsagicorcr en nuestras oficinas o podraacute ser solicitado al correo electroacutenico Reclamossagicorcom

Asimismo deberaacuten presentarse los siguientes documentos por parte del Asegurado o (los) Beneficiario (s) Para la Cobertura A Presentacioacuten de un informe escrito con el diagnoacutestico del meacutedico especialista que asistioacute al Asegurado que deberaacute incluir (i) estudios cliacutenicos (ii) estudios radioloacutegicos y (iii) estudios histoloacutegicos yo de laboratorio

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En caso de beneficios por Paraacutelisis Presentacioacuten de un informe escrito con el diagnoacutestico del meacutedico especialista que asistioacute al Asegurado que deberaacute incluir el detalle o descripcioacuten de la paraacutelisis sufrida Para la Cobertura B Certificado de Defuncioacuten donde se especifique la causa de la defuncioacuten Para la Cobertura C Constancia de la hospitalizacioacuten en la que se detalle el diagnoacutestico causa diacuteas que permanecioacute el (los) Asegurado(s) hospitalizado(s) debidamente firmada por el meacutedico tratante y refrendada por el hospital o cliacutenica En caso que alguno de los anteriores documentos sea presentado en un idioma distinto al espantildeol deberaacute acompantildearse de una traduccioacuten oficial a dicho idioma Asimismo si alguacuten documento oficial fuera emitido por una autoridad fuera de Costa Rica el documento deberaacute presentarse debidamente legalizado mediante el traacutemite consular aplicable La Compantildeiacutea se compromete a resolver todas las reclamaciones que sean presentadas en los plazos establecidos en la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

20 Inicio del Seguro y Fecha de vigencia El seguro entraraacute en vigencia en la fecha que se emita la poacuteliza siempre y cuando se realice el pago de la prima Esta poacuteliza se emite como un Seguro Anual Renovable Iniciaraacute seguacuten se indica en la Oferta de Seguro y seraacute renovado a su vencimiento salvo que el Asegurado brinde un aviso previo a la Compantildeiacutea con al menos 30 diacuteas de antelacioacuten al vencimiento todo sin perjuicio del derecho de la Compantildeiacutea de ajustar las tarifas de primas conforme antes indicado

21 Terminacioacuten de la poacuteliza En adicioacuten a los casos indicados por la Ley Reguladora del Contrato de Seguros esta poacuteliza finalizaraacute si se cumple alguna de las siguientes condiciones

a) Cancelacioacuten del seguro a solicitud del asegurado b) Finalizados los 365 diacuteas naturales a partir del

primer diagnoacutestico de la enfermedad grave c) Vencido el periodo de gracia y no se haya pagado

la prima d) La aseguradora compruebe declaraciones falsas e) Ante la muerte del Asegurado

Durante la vigencia de esta poacuteliza el Asegurado podraacute darla por terminada en forma anticipada sin responsabilidad dando aviso a la Compantildeiacutea con al menos un mes de anticipacioacuten a la fecha de eficacia del acto Salvo por lo especificado durante el plazo de retracto la Compantildeiacutea tendraacute derecho a conservar la prima devengada por el plazo transcurrido y deberaacute rembolsar la prima no devengada Cuando el seguro es pagado de forma mensual la prima que se haya pagado se da por devengada cuando el seguro es anual se devolveraacute la prima no devengada a la fecha de cancelacioacuten del seguro La terminacioacuten anticipada de la poacuteliza se efectuaraacute sin perjuicio del derecho del Asegurado a indemnizaciones por siniestros ocurridos con anterioridad a la fecha de terminacioacuten anticipada

SECCIOacuteN IX ndash CONDICIONES VARIAS

22 Derecho al Retracto El Asegurado contaraacute con un plazo maacuteximo de 5 diacuteas haacutebiles contados a partir de la emisioacuten del presente seguro y siempre y cuando no haya sucedido un evento amparado seguacuten los teacuterminos de esta poacuteliza para revocar unilateralmente este contrato amparado al derecho de retracto mediante comunicacioacuten formal dirigida a la Compantildeiacutea la cual entregaraacute directamente al operador de seguros autoexpedible correspondiente o en las oficinas

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de la Compantildeiacutea conforme indicadas en estas condiciones generales La revocacioacuten del seguro regiraacute a partir de la fecha de tal comunicacioacuten y la Compantildeiacutea dispondraacute de un plazo maacuteximo de 10 diacuteas haacutebiles contados a partir de la fecha de recibido de dicho documento para devolver al Asegurado el 100 del monto de la prima pagada al momento de que se expidiera el seguro sin penalizaciones o deducciones La Compantildeiacutea giraraacute un cheque o realizaraacute un depoacutesito en la cuenta cliente que indique el Asegurado

23 Requisitos de Suscripcioacuten

Para tomar la presente poacuteliza el Tomador deberaacute cumplir los siguientes requisitos

a) Contar con una tarjeta de creacutedito o deacutebito vigente

b) Completar el formulario Oferta de Seguro y declaracioacuten de salud

c) Ser mayor de 2 antildeos y en caso de ser menor de edad su Oferta de Seguro deberaacute ser completamente por quien ejerza patria potestad sobre el menor

24 Entrega de la Poacuteliza El Operador de Seguros Autoexpedibles deberaacute proporcionar al Asegurado la Oferta de Seguro y las Condiciones Generales de la misma conforme establecido por la Regulacioacuten y Normativa vigente

25 Confidencialidad de la Informacioacuten La informacioacuten que sea suministrada en virtud de suscripcioacuten de la presente poacuteliza queda tutelada por el derecho de intimidad y confidencialidad salvo manifestacioacuten expresa del Tomador yo Asegurado que indique lo contrario o por requerimiento de la autoridad judicial competente

26 Legislacioacuten Esta poacuteliza se rige por las disposiciones de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y de forma supletoria y en lo que resulte aplicable por el Coacutedigo de Comercio y el Coacutedigo Civil de la Repuacuteblica de Costa Rica

27 Prescripcioacuten Las obligaciones de La Compantildeiacutea prescriben en el plazo de cuatro (4) antildeos contabilizados desde que las mismas son exigibles

28 Indisputabilidad de la poacuteliza La validez de la poacuteliza y sus coberturas seraacute indisputable despueacutes de haber estado en vigor durante un periacuteodo de dos (2) antildeos excepto por falta de pago de la prima o en presencia de un fraude

29 Cesioacuten del contrato El presente contrato no podraacute ser cedido por el Tomador o Asegurado

30 Modificaciones a la Poacuteliza Las modificaciones de la Poacuteliza no seraacuten efectivas sin la firma del Representante Legal de la Compantildeiacutea El Asegurado podraacute solicitar las modificaciones de datos personales en el momento que lo desee mediante comunicacioacuten a la Compantildeiacutea

31 Moneda Todos los valores o indemnizaciones bajo esta Poacuteliza son liquidables en colones costarricenses

SECCIOacuteN X ndash INSTANCIAS DE SOLUCIOacuteN DE CONTROVERSIAS Y COMUNICACIONES

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32 Jurisdiccioacuten y arbitraje En caso de reclamos o disputas las partes se someten a la jurisdiccioacuten de los Tribunales de San Joseacute Costa Rica No obstante lo anterior las partes pueden optar por comuacuten acuerdo por resolver las mismas a traveacutes de arbitraje de forma voluntaria e incondicional El arbitraje seraacute de derecho y se realizaraacute seguacuten lo establecido en los reglamentos del Centro Internacional de Conciliacioacuten y Arbitraje de la Caacutemara Costarricense-Norteamericana de Comercio (CICA) De igual forma y por comuacuten acuerdo las partes podraacuten designar otro aacuterbitro o centro de arbitraje que consideren adecuado El aacuterbitro tendraacute la facultad de obtener la opinioacuten de los expertos que estime conveniente sobre cualquier asunto o cuestioacuten que se determine

33 Otras instancias de solucioacuten de controversias En adicioacuten a la jurisdiccioacuten comuacuten y arbitral antes indicada el consumidor de seguros de conformidad con la normativa vigente puede presentar sus reclamaciones o quejas en las oficinas de la Compantildeiacutea o bien dirigirse al Centro de Defensa del Asegurado cuyos datos de contacto pueden verificarse en la paacutegina web wwwsagicorcr Asimismo el consumidor de seguros cuenta con derecho de acudir como parte interesada a la Superintendencia General de Seguros o a la Comisioacuten Nacional de Consumidor conforme a las competencias especiacuteficas de dichas entidades que estipula la normativa vigente

34 Valoracioacuten por peritos Las partes podraacuten convenir que se practique una valoracioacuten o tasacioacuten si hubiera desacuerdo respecto del monto de la indemnizacioacuten o la validez del criterio meacutedico que dicte una causa de Muerte al momento de ocurrir el siniestro La valoracioacuten podraacute efectuarse por uno o maacutes peritos seguacuten lo convengan las partes siguiendo las condiciones estipuladas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

35 Notificaciones Las comunicaciones que se dirijan a la Compantildeiacutea deberaacuten realizarse por escrito directamente y enviadas a las oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute correo electroacutenico SCR_servicioalclientesagicorcom Cualquier notificacioacuten o aviso que la Compantildeiacutea deba hacer al Tomador yo al Asegurado se realizaraacute haraacute por cualquier medio escrito o electroacutenico tales como fax correo electroacutenico entrega personal o correo certificado estos uacuteltimos dirigidos a la direccioacuten fiacutesica consignada en la poacuteliza En caso de existir una modificacioacuten en el domicilio yo medio de notificacioacuten a ser utilizado el mismo deberaacute ser notificado por escrito a la Compantildeiacutea quien confirmaraacute la recepcioacuten de tal cambio y registraraacute el mismo en el sistema ya que de lo contrario toda notificacioacuten realizada en cualquiera de las direcciones consignadas en la Poacuteliza se tendraacute como vaacutelida

36 Registro ante la Superintendencia General de Seguros

La documentacioacuten contractual y la nota teacutecnica que integran este producto estaacuten registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artiacuteculo 29 inciso d) de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros Ley 8653 bajo el registro Nuacutemero P20-62-A12-541 de fecha 04 de Setiembre de 2014

__________________________ Fernando Viquez Pacheco

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SECCIOacuteN VII ndash PRIMA

15 Prima Es el precio establecido para esta poacuteliza el cual se establece en la Oferta de Seguro seguacuten el rango de edad en que se ubique el Asegurado El pago de las primas es anticipado de forma anual sin embargo el Asegurado tiene la posibilidad de fraccionar el pago y realizarlo mensualmente para lo cual las primas deberaacuten ser pagadas dentro del periodo de gracia indicado en este contrato La frecuencia y el medio de pago de la presente poacuteliza es el que se detalla en la Oferta de Seguro Ajustes en las primas Cumplido el primer antildeo de poacuteliza y de previo a cada renovacioacuten la Compantildeiacutea tiene derecho a ajustar las primas para lo cual notificaraacute al asegurado las nuevas primas vigentes con al menos 30 diacuteas calendario de antelacioacuten a la fecha de renovacioacuten Dicho ajuste en la tabla de tarifas se realizaraacute con base en factores tales como la inflacioacuten las tasas de mortalidad entre otros factores

16 Prima Incorrecta Si la edad del Asegurado indicada en la Oferta de Seguro es erroacutenea se realizaraacute un ajuste equitativo de primas bajo la poacuteliza del seguro en caso de ser aplicable conforme a las tarifas estipuladas en la Oferta de Seguro En caso que el cambio de la edad no implique un aumento o disminucioacuten en la tarifa del Asegurado bajo esta poacuteliza no seraacute necesario realizar dicho ajuste

17 Periacuteodo de Gracia Se permitiraacute un periacuteodo de gracia de 60 diacuteas calendario para el pago de las primas vencidas durante el cual la poacuteliza se mantendraacute en pleno vigor

18 Recargos y Descuentos En la presente poacuteliza no aplican recargos de ninguacuten tipo Se contempla un descuento en caso de pago anual de la prima de la poacuteliza seguacuten el porcentaje que se indica en la Oferta de Seguro

SECCIOacuteN VIII ndash ATENCIOacuteN DE RECLAMOS Y VIGENCIA DE LA POacuteLIZA

19 Procesamiento de reclamos Al momento de ocurrir un siniestro el Asegurado yo sus Beneficiarios deberaacute notificar a la Compantildeiacutea por escrito enviando la misma de cualquiera de las siguientes maneras (i) fiacutesicamente a nuestras oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute (ii) al correo electroacutenico Reclamossagicorcom En cualquier momento puede tambieacuten contactar telefoacutenicamente a la Compantildeiacutea al teleacutefono 4080-5200 La Compantildeiacutea pagaraacute a los beneficiarios designados la suma o prestacioacuten respectiva conforme a la cobertura que se trate despueacutes de la provisioacuten de

- Solicitud de indemnizacioacuten del Asegurado o el (los) Beneficiario (s) en que expliacutecitamente el (los) mismo (s) de(n) la autorizacioacuten para la consulta de expediente meacutedico Dicho formulario estaacute disponible en el portal internet wwwsagicorcr en nuestras oficinas o podraacute ser solicitado al correo electroacutenico Reclamossagicorcom

Asimismo deberaacuten presentarse los siguientes documentos por parte del Asegurado o (los) Beneficiario (s) Para la Cobertura A Presentacioacuten de un informe escrito con el diagnoacutestico del meacutedico especialista que asistioacute al Asegurado que deberaacute incluir (i) estudios cliacutenicos (ii) estudios radioloacutegicos y (iii) estudios histoloacutegicos yo de laboratorio

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En caso de beneficios por Paraacutelisis Presentacioacuten de un informe escrito con el diagnoacutestico del meacutedico especialista que asistioacute al Asegurado que deberaacute incluir el detalle o descripcioacuten de la paraacutelisis sufrida Para la Cobertura B Certificado de Defuncioacuten donde se especifique la causa de la defuncioacuten Para la Cobertura C Constancia de la hospitalizacioacuten en la que se detalle el diagnoacutestico causa diacuteas que permanecioacute el (los) Asegurado(s) hospitalizado(s) debidamente firmada por el meacutedico tratante y refrendada por el hospital o cliacutenica En caso que alguno de los anteriores documentos sea presentado en un idioma distinto al espantildeol deberaacute acompantildearse de una traduccioacuten oficial a dicho idioma Asimismo si alguacuten documento oficial fuera emitido por una autoridad fuera de Costa Rica el documento deberaacute presentarse debidamente legalizado mediante el traacutemite consular aplicable La Compantildeiacutea se compromete a resolver todas las reclamaciones que sean presentadas en los plazos establecidos en la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

20 Inicio del Seguro y Fecha de vigencia El seguro entraraacute en vigencia en la fecha que se emita la poacuteliza siempre y cuando se realice el pago de la prima Esta poacuteliza se emite como un Seguro Anual Renovable Iniciaraacute seguacuten se indica en la Oferta de Seguro y seraacute renovado a su vencimiento salvo que el Asegurado brinde un aviso previo a la Compantildeiacutea con al menos 30 diacuteas de antelacioacuten al vencimiento todo sin perjuicio del derecho de la Compantildeiacutea de ajustar las tarifas de primas conforme antes indicado

21 Terminacioacuten de la poacuteliza En adicioacuten a los casos indicados por la Ley Reguladora del Contrato de Seguros esta poacuteliza finalizaraacute si se cumple alguna de las siguientes condiciones

a) Cancelacioacuten del seguro a solicitud del asegurado b) Finalizados los 365 diacuteas naturales a partir del

primer diagnoacutestico de la enfermedad grave c) Vencido el periodo de gracia y no se haya pagado

la prima d) La aseguradora compruebe declaraciones falsas e) Ante la muerte del Asegurado

Durante la vigencia de esta poacuteliza el Asegurado podraacute darla por terminada en forma anticipada sin responsabilidad dando aviso a la Compantildeiacutea con al menos un mes de anticipacioacuten a la fecha de eficacia del acto Salvo por lo especificado durante el plazo de retracto la Compantildeiacutea tendraacute derecho a conservar la prima devengada por el plazo transcurrido y deberaacute rembolsar la prima no devengada Cuando el seguro es pagado de forma mensual la prima que se haya pagado se da por devengada cuando el seguro es anual se devolveraacute la prima no devengada a la fecha de cancelacioacuten del seguro La terminacioacuten anticipada de la poacuteliza se efectuaraacute sin perjuicio del derecho del Asegurado a indemnizaciones por siniestros ocurridos con anterioridad a la fecha de terminacioacuten anticipada

SECCIOacuteN IX ndash CONDICIONES VARIAS

22 Derecho al Retracto El Asegurado contaraacute con un plazo maacuteximo de 5 diacuteas haacutebiles contados a partir de la emisioacuten del presente seguro y siempre y cuando no haya sucedido un evento amparado seguacuten los teacuterminos de esta poacuteliza para revocar unilateralmente este contrato amparado al derecho de retracto mediante comunicacioacuten formal dirigida a la Compantildeiacutea la cual entregaraacute directamente al operador de seguros autoexpedible correspondiente o en las oficinas

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de la Compantildeiacutea conforme indicadas en estas condiciones generales La revocacioacuten del seguro regiraacute a partir de la fecha de tal comunicacioacuten y la Compantildeiacutea dispondraacute de un plazo maacuteximo de 10 diacuteas haacutebiles contados a partir de la fecha de recibido de dicho documento para devolver al Asegurado el 100 del monto de la prima pagada al momento de que se expidiera el seguro sin penalizaciones o deducciones La Compantildeiacutea giraraacute un cheque o realizaraacute un depoacutesito en la cuenta cliente que indique el Asegurado

23 Requisitos de Suscripcioacuten

Para tomar la presente poacuteliza el Tomador deberaacute cumplir los siguientes requisitos

a) Contar con una tarjeta de creacutedito o deacutebito vigente

b) Completar el formulario Oferta de Seguro y declaracioacuten de salud

c) Ser mayor de 2 antildeos y en caso de ser menor de edad su Oferta de Seguro deberaacute ser completamente por quien ejerza patria potestad sobre el menor

24 Entrega de la Poacuteliza El Operador de Seguros Autoexpedibles deberaacute proporcionar al Asegurado la Oferta de Seguro y las Condiciones Generales de la misma conforme establecido por la Regulacioacuten y Normativa vigente

25 Confidencialidad de la Informacioacuten La informacioacuten que sea suministrada en virtud de suscripcioacuten de la presente poacuteliza queda tutelada por el derecho de intimidad y confidencialidad salvo manifestacioacuten expresa del Tomador yo Asegurado que indique lo contrario o por requerimiento de la autoridad judicial competente

26 Legislacioacuten Esta poacuteliza se rige por las disposiciones de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y de forma supletoria y en lo que resulte aplicable por el Coacutedigo de Comercio y el Coacutedigo Civil de la Repuacuteblica de Costa Rica

27 Prescripcioacuten Las obligaciones de La Compantildeiacutea prescriben en el plazo de cuatro (4) antildeos contabilizados desde que las mismas son exigibles

28 Indisputabilidad de la poacuteliza La validez de la poacuteliza y sus coberturas seraacute indisputable despueacutes de haber estado en vigor durante un periacuteodo de dos (2) antildeos excepto por falta de pago de la prima o en presencia de un fraude

29 Cesioacuten del contrato El presente contrato no podraacute ser cedido por el Tomador o Asegurado

30 Modificaciones a la Poacuteliza Las modificaciones de la Poacuteliza no seraacuten efectivas sin la firma del Representante Legal de la Compantildeiacutea El Asegurado podraacute solicitar las modificaciones de datos personales en el momento que lo desee mediante comunicacioacuten a la Compantildeiacutea

31 Moneda Todos los valores o indemnizaciones bajo esta Poacuteliza son liquidables en colones costarricenses

SECCIOacuteN X ndash INSTANCIAS DE SOLUCIOacuteN DE CONTROVERSIAS Y COMUNICACIONES

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Avenida Escazuacute Edificio 102 Torre 2 Oficina 405San Rafael de Escazuacute San Joseacute Costa Rica Teleacutefono +506 40805200 Whatsapp +506 60600776 FacebookcomSagicorSeguros Web sagicorcr

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32 Jurisdiccioacuten y arbitraje En caso de reclamos o disputas las partes se someten a la jurisdiccioacuten de los Tribunales de San Joseacute Costa Rica No obstante lo anterior las partes pueden optar por comuacuten acuerdo por resolver las mismas a traveacutes de arbitraje de forma voluntaria e incondicional El arbitraje seraacute de derecho y se realizaraacute seguacuten lo establecido en los reglamentos del Centro Internacional de Conciliacioacuten y Arbitraje de la Caacutemara Costarricense-Norteamericana de Comercio (CICA) De igual forma y por comuacuten acuerdo las partes podraacuten designar otro aacuterbitro o centro de arbitraje que consideren adecuado El aacuterbitro tendraacute la facultad de obtener la opinioacuten de los expertos que estime conveniente sobre cualquier asunto o cuestioacuten que se determine

33 Otras instancias de solucioacuten de controversias En adicioacuten a la jurisdiccioacuten comuacuten y arbitral antes indicada el consumidor de seguros de conformidad con la normativa vigente puede presentar sus reclamaciones o quejas en las oficinas de la Compantildeiacutea o bien dirigirse al Centro de Defensa del Asegurado cuyos datos de contacto pueden verificarse en la paacutegina web wwwsagicorcr Asimismo el consumidor de seguros cuenta con derecho de acudir como parte interesada a la Superintendencia General de Seguros o a la Comisioacuten Nacional de Consumidor conforme a las competencias especiacuteficas de dichas entidades que estipula la normativa vigente

34 Valoracioacuten por peritos Las partes podraacuten convenir que se practique una valoracioacuten o tasacioacuten si hubiera desacuerdo respecto del monto de la indemnizacioacuten o la validez del criterio meacutedico que dicte una causa de Muerte al momento de ocurrir el siniestro La valoracioacuten podraacute efectuarse por uno o maacutes peritos seguacuten lo convengan las partes siguiendo las condiciones estipuladas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

35 Notificaciones Las comunicaciones que se dirijan a la Compantildeiacutea deberaacuten realizarse por escrito directamente y enviadas a las oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute correo electroacutenico SCR_servicioalclientesagicorcom Cualquier notificacioacuten o aviso que la Compantildeiacutea deba hacer al Tomador yo al Asegurado se realizaraacute haraacute por cualquier medio escrito o electroacutenico tales como fax correo electroacutenico entrega personal o correo certificado estos uacuteltimos dirigidos a la direccioacuten fiacutesica consignada en la poacuteliza En caso de existir una modificacioacuten en el domicilio yo medio de notificacioacuten a ser utilizado el mismo deberaacute ser notificado por escrito a la Compantildeiacutea quien confirmaraacute la recepcioacuten de tal cambio y registraraacute el mismo en el sistema ya que de lo contrario toda notificacioacuten realizada en cualquiera de las direcciones consignadas en la Poacuteliza se tendraacute como vaacutelida

36 Registro ante la Superintendencia General de Seguros

La documentacioacuten contractual y la nota teacutecnica que integran este producto estaacuten registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artiacuteculo 29 inciso d) de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros Ley 8653 bajo el registro Nuacutemero P20-62-A12-541 de fecha 04 de Setiembre de 2014

__________________________ Fernando Viquez Pacheco

Representante Legal Aseguradora Sagicor de Costa Rica SA

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En caso de beneficios por Paraacutelisis Presentacioacuten de un informe escrito con el diagnoacutestico del meacutedico especialista que asistioacute al Asegurado que deberaacute incluir el detalle o descripcioacuten de la paraacutelisis sufrida Para la Cobertura B Certificado de Defuncioacuten donde se especifique la causa de la defuncioacuten Para la Cobertura C Constancia de la hospitalizacioacuten en la que se detalle el diagnoacutestico causa diacuteas que permanecioacute el (los) Asegurado(s) hospitalizado(s) debidamente firmada por el meacutedico tratante y refrendada por el hospital o cliacutenica En caso que alguno de los anteriores documentos sea presentado en un idioma distinto al espantildeol deberaacute acompantildearse de una traduccioacuten oficial a dicho idioma Asimismo si alguacuten documento oficial fuera emitido por una autoridad fuera de Costa Rica el documento deberaacute presentarse debidamente legalizado mediante el traacutemite consular aplicable La Compantildeiacutea se compromete a resolver todas las reclamaciones que sean presentadas en los plazos establecidos en la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

20 Inicio del Seguro y Fecha de vigencia El seguro entraraacute en vigencia en la fecha que se emita la poacuteliza siempre y cuando se realice el pago de la prima Esta poacuteliza se emite como un Seguro Anual Renovable Iniciaraacute seguacuten se indica en la Oferta de Seguro y seraacute renovado a su vencimiento salvo que el Asegurado brinde un aviso previo a la Compantildeiacutea con al menos 30 diacuteas de antelacioacuten al vencimiento todo sin perjuicio del derecho de la Compantildeiacutea de ajustar las tarifas de primas conforme antes indicado

21 Terminacioacuten de la poacuteliza En adicioacuten a los casos indicados por la Ley Reguladora del Contrato de Seguros esta poacuteliza finalizaraacute si se cumple alguna de las siguientes condiciones

a) Cancelacioacuten del seguro a solicitud del asegurado b) Finalizados los 365 diacuteas naturales a partir del

primer diagnoacutestico de la enfermedad grave c) Vencido el periodo de gracia y no se haya pagado

la prima d) La aseguradora compruebe declaraciones falsas e) Ante la muerte del Asegurado

Durante la vigencia de esta poacuteliza el Asegurado podraacute darla por terminada en forma anticipada sin responsabilidad dando aviso a la Compantildeiacutea con al menos un mes de anticipacioacuten a la fecha de eficacia del acto Salvo por lo especificado durante el plazo de retracto la Compantildeiacutea tendraacute derecho a conservar la prima devengada por el plazo transcurrido y deberaacute rembolsar la prima no devengada Cuando el seguro es pagado de forma mensual la prima que se haya pagado se da por devengada cuando el seguro es anual se devolveraacute la prima no devengada a la fecha de cancelacioacuten del seguro La terminacioacuten anticipada de la poacuteliza se efectuaraacute sin perjuicio del derecho del Asegurado a indemnizaciones por siniestros ocurridos con anterioridad a la fecha de terminacioacuten anticipada

SECCIOacuteN IX ndash CONDICIONES VARIAS

22 Derecho al Retracto El Asegurado contaraacute con un plazo maacuteximo de 5 diacuteas haacutebiles contados a partir de la emisioacuten del presente seguro y siempre y cuando no haya sucedido un evento amparado seguacuten los teacuterminos de esta poacuteliza para revocar unilateralmente este contrato amparado al derecho de retracto mediante comunicacioacuten formal dirigida a la Compantildeiacutea la cual entregaraacute directamente al operador de seguros autoexpedible correspondiente o en las oficinas

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de la Compantildeiacutea conforme indicadas en estas condiciones generales La revocacioacuten del seguro regiraacute a partir de la fecha de tal comunicacioacuten y la Compantildeiacutea dispondraacute de un plazo maacuteximo de 10 diacuteas haacutebiles contados a partir de la fecha de recibido de dicho documento para devolver al Asegurado el 100 del monto de la prima pagada al momento de que se expidiera el seguro sin penalizaciones o deducciones La Compantildeiacutea giraraacute un cheque o realizaraacute un depoacutesito en la cuenta cliente que indique el Asegurado

23 Requisitos de Suscripcioacuten

Para tomar la presente poacuteliza el Tomador deberaacute cumplir los siguientes requisitos

a) Contar con una tarjeta de creacutedito o deacutebito vigente

b) Completar el formulario Oferta de Seguro y declaracioacuten de salud

c) Ser mayor de 2 antildeos y en caso de ser menor de edad su Oferta de Seguro deberaacute ser completamente por quien ejerza patria potestad sobre el menor

24 Entrega de la Poacuteliza El Operador de Seguros Autoexpedibles deberaacute proporcionar al Asegurado la Oferta de Seguro y las Condiciones Generales de la misma conforme establecido por la Regulacioacuten y Normativa vigente

25 Confidencialidad de la Informacioacuten La informacioacuten que sea suministrada en virtud de suscripcioacuten de la presente poacuteliza queda tutelada por el derecho de intimidad y confidencialidad salvo manifestacioacuten expresa del Tomador yo Asegurado que indique lo contrario o por requerimiento de la autoridad judicial competente

26 Legislacioacuten Esta poacuteliza se rige por las disposiciones de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y de forma supletoria y en lo que resulte aplicable por el Coacutedigo de Comercio y el Coacutedigo Civil de la Repuacuteblica de Costa Rica

27 Prescripcioacuten Las obligaciones de La Compantildeiacutea prescriben en el plazo de cuatro (4) antildeos contabilizados desde que las mismas son exigibles

28 Indisputabilidad de la poacuteliza La validez de la poacuteliza y sus coberturas seraacute indisputable despueacutes de haber estado en vigor durante un periacuteodo de dos (2) antildeos excepto por falta de pago de la prima o en presencia de un fraude

29 Cesioacuten del contrato El presente contrato no podraacute ser cedido por el Tomador o Asegurado

30 Modificaciones a la Poacuteliza Las modificaciones de la Poacuteliza no seraacuten efectivas sin la firma del Representante Legal de la Compantildeiacutea El Asegurado podraacute solicitar las modificaciones de datos personales en el momento que lo desee mediante comunicacioacuten a la Compantildeiacutea

31 Moneda Todos los valores o indemnizaciones bajo esta Poacuteliza son liquidables en colones costarricenses

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32 Jurisdiccioacuten y arbitraje En caso de reclamos o disputas las partes se someten a la jurisdiccioacuten de los Tribunales de San Joseacute Costa Rica No obstante lo anterior las partes pueden optar por comuacuten acuerdo por resolver las mismas a traveacutes de arbitraje de forma voluntaria e incondicional El arbitraje seraacute de derecho y se realizaraacute seguacuten lo establecido en los reglamentos del Centro Internacional de Conciliacioacuten y Arbitraje de la Caacutemara Costarricense-Norteamericana de Comercio (CICA) De igual forma y por comuacuten acuerdo las partes podraacuten designar otro aacuterbitro o centro de arbitraje que consideren adecuado El aacuterbitro tendraacute la facultad de obtener la opinioacuten de los expertos que estime conveniente sobre cualquier asunto o cuestioacuten que se determine

33 Otras instancias de solucioacuten de controversias En adicioacuten a la jurisdiccioacuten comuacuten y arbitral antes indicada el consumidor de seguros de conformidad con la normativa vigente puede presentar sus reclamaciones o quejas en las oficinas de la Compantildeiacutea o bien dirigirse al Centro de Defensa del Asegurado cuyos datos de contacto pueden verificarse en la paacutegina web wwwsagicorcr Asimismo el consumidor de seguros cuenta con derecho de acudir como parte interesada a la Superintendencia General de Seguros o a la Comisioacuten Nacional de Consumidor conforme a las competencias especiacuteficas de dichas entidades que estipula la normativa vigente

34 Valoracioacuten por peritos Las partes podraacuten convenir que se practique una valoracioacuten o tasacioacuten si hubiera desacuerdo respecto del monto de la indemnizacioacuten o la validez del criterio meacutedico que dicte una causa de Muerte al momento de ocurrir el siniestro La valoracioacuten podraacute efectuarse por uno o maacutes peritos seguacuten lo convengan las partes siguiendo las condiciones estipuladas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

35 Notificaciones Las comunicaciones que se dirijan a la Compantildeiacutea deberaacuten realizarse por escrito directamente y enviadas a las oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute correo electroacutenico SCR_servicioalclientesagicorcom Cualquier notificacioacuten o aviso que la Compantildeiacutea deba hacer al Tomador yo al Asegurado se realizaraacute haraacute por cualquier medio escrito o electroacutenico tales como fax correo electroacutenico entrega personal o correo certificado estos uacuteltimos dirigidos a la direccioacuten fiacutesica consignada en la poacuteliza En caso de existir una modificacioacuten en el domicilio yo medio de notificacioacuten a ser utilizado el mismo deberaacute ser notificado por escrito a la Compantildeiacutea quien confirmaraacute la recepcioacuten de tal cambio y registraraacute el mismo en el sistema ya que de lo contrario toda notificacioacuten realizada en cualquiera de las direcciones consignadas en la Poacuteliza se tendraacute como vaacutelida

36 Registro ante la Superintendencia General de Seguros

La documentacioacuten contractual y la nota teacutecnica que integran este producto estaacuten registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artiacuteculo 29 inciso d) de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros Ley 8653 bajo el registro Nuacutemero P20-62-A12-541 de fecha 04 de Setiembre de 2014

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23 Requisitos de Suscripcioacuten

Para tomar la presente poacuteliza el Tomador deberaacute cumplir los siguientes requisitos

a) Contar con una tarjeta de creacutedito o deacutebito vigente

b) Completar el formulario Oferta de Seguro y declaracioacuten de salud

c) Ser mayor de 2 antildeos y en caso de ser menor de edad su Oferta de Seguro deberaacute ser completamente por quien ejerza patria potestad sobre el menor

24 Entrega de la Poacuteliza El Operador de Seguros Autoexpedibles deberaacute proporcionar al Asegurado la Oferta de Seguro y las Condiciones Generales de la misma conforme establecido por la Regulacioacuten y Normativa vigente

25 Confidencialidad de la Informacioacuten La informacioacuten que sea suministrada en virtud de suscripcioacuten de la presente poacuteliza queda tutelada por el derecho de intimidad y confidencialidad salvo manifestacioacuten expresa del Tomador yo Asegurado que indique lo contrario o por requerimiento de la autoridad judicial competente

26 Legislacioacuten Esta poacuteliza se rige por las disposiciones de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros y la Ley Reguladora del Mercado de Seguros y de forma supletoria y en lo que resulte aplicable por el Coacutedigo de Comercio y el Coacutedigo Civil de la Repuacuteblica de Costa Rica

27 Prescripcioacuten Las obligaciones de La Compantildeiacutea prescriben en el plazo de cuatro (4) antildeos contabilizados desde que las mismas son exigibles

28 Indisputabilidad de la poacuteliza La validez de la poacuteliza y sus coberturas seraacute indisputable despueacutes de haber estado en vigor durante un periacuteodo de dos (2) antildeos excepto por falta de pago de la prima o en presencia de un fraude

29 Cesioacuten del contrato El presente contrato no podraacute ser cedido por el Tomador o Asegurado

30 Modificaciones a la Poacuteliza Las modificaciones de la Poacuteliza no seraacuten efectivas sin la firma del Representante Legal de la Compantildeiacutea El Asegurado podraacute solicitar las modificaciones de datos personales en el momento que lo desee mediante comunicacioacuten a la Compantildeiacutea

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33 Otras instancias de solucioacuten de controversias En adicioacuten a la jurisdiccioacuten comuacuten y arbitral antes indicada el consumidor de seguros de conformidad con la normativa vigente puede presentar sus reclamaciones o quejas en las oficinas de la Compantildeiacutea o bien dirigirse al Centro de Defensa del Asegurado cuyos datos de contacto pueden verificarse en la paacutegina web wwwsagicorcr Asimismo el consumidor de seguros cuenta con derecho de acudir como parte interesada a la Superintendencia General de Seguros o a la Comisioacuten Nacional de Consumidor conforme a las competencias especiacuteficas de dichas entidades que estipula la normativa vigente

34 Valoracioacuten por peritos Las partes podraacuten convenir que se practique una valoracioacuten o tasacioacuten si hubiera desacuerdo respecto del monto de la indemnizacioacuten o la validez del criterio meacutedico que dicte una causa de Muerte al momento de ocurrir el siniestro La valoracioacuten podraacute efectuarse por uno o maacutes peritos seguacuten lo convengan las partes siguiendo las condiciones estipuladas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

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36 Registro ante la Superintendencia General de Seguros

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33 Otras instancias de solucioacuten de controversias En adicioacuten a la jurisdiccioacuten comuacuten y arbitral antes indicada el consumidor de seguros de conformidad con la normativa vigente puede presentar sus reclamaciones o quejas en las oficinas de la Compantildeiacutea o bien dirigirse al Centro de Defensa del Asegurado cuyos datos de contacto pueden verificarse en la paacutegina web wwwsagicorcr Asimismo el consumidor de seguros cuenta con derecho de acudir como parte interesada a la Superintendencia General de Seguros o a la Comisioacuten Nacional de Consumidor conforme a las competencias especiacuteficas de dichas entidades que estipula la normativa vigente

34 Valoracioacuten por peritos Las partes podraacuten convenir que se practique una valoracioacuten o tasacioacuten si hubiera desacuerdo respecto del monto de la indemnizacioacuten o la validez del criterio meacutedico que dicte una causa de Muerte al momento de ocurrir el siniestro La valoracioacuten podraacute efectuarse por uno o maacutes peritos seguacuten lo convengan las partes siguiendo las condiciones estipuladas en la Ley Reguladora del Contrato de Seguros

35 Notificaciones Las comunicaciones que se dirijan a la Compantildeiacutea deberaacuten realizarse por escrito directamente y enviadas a las oficinas ubicadas en 102 Avenida Escazuacute Torre 2 Suite 405 en San Rafael de Escazuacute San Joseacute correo electroacutenico SCR_servicioalclientesagicorcom Cualquier notificacioacuten o aviso que la Compantildeiacutea deba hacer al Tomador yo al Asegurado se realizaraacute haraacute por cualquier medio escrito o electroacutenico tales como fax correo electroacutenico entrega personal o correo certificado estos uacuteltimos dirigidos a la direccioacuten fiacutesica consignada en la poacuteliza En caso de existir una modificacioacuten en el domicilio yo medio de notificacioacuten a ser utilizado el mismo deberaacute ser notificado por escrito a la Compantildeiacutea quien confirmaraacute la recepcioacuten de tal cambio y registraraacute el mismo en el sistema ya que de lo contrario toda notificacioacuten realizada en cualquiera de las direcciones consignadas en la Poacuteliza se tendraacute como vaacutelida

36 Registro ante la Superintendencia General de Seguros

La documentacioacuten contractual y la nota teacutecnica que integran este producto estaacuten registrados ante la Superintendencia General de Seguros de conformidad con lo dispuesto por el artiacuteculo 29 inciso d) de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros Ley 8653 bajo el registro Nuacutemero P20-62-A12-541 de fecha 04 de Setiembre de 2014

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