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Acta Adm. Núm. 010-^6^^Día: 17 de agosto de 2016Lugar: Sala de SesionesHora: 10:00 A.M.
ACTA ADMINISTRATIVA ORDINARIA NUM. 010-2016
En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de agosto del año dos dieciséis (2016), siendo las
diez de la mañana (10:00 A.M.), se reunió el Pleno del Tribunal Superior Electoral (TSE),
integrado por los magistrados, Mariano Américo Rodríguez Rijo, presidente; Mabel Ybelca
Féliz Báez, John Newton Guiliani Valenzuela, José Manuel Hernández Peguero, Fausto
Marino Mendoza Rodríguez, asistidos por Zeneida Severino Marte, secretaria general, en la
Sala de Sesiones, situada en el 5to. piso del edificio ubicado en la Av. Enrique Jiménez Moya,
Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo,
Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, para conocer y decidir los siguientes asuntos:
1. Informe del Presidente
2. Adenda de Contrato de Suministro de Bienes y Prestación de Servicio en relación a la
adquisición de los ascensores del Tribunal Superior Electoral, remitido por el Comité
de Compras y Contrataciones.
3. Solicitud patrocinio o contribución económica por un monto de cincuenta mil pesos
dominicanos (RD$50,000.00) a los fines de realizar actividades con motivo del Día
Nacional de los Alguaciles a efectuarse el 12 de septiembre del año 2016, suscrita por
los Licdos. Hipólito Girón Reyes y Alvaro Caamaño Díaz, presidente y director
ejecutivo de la Asociación Dominicana de Alguaciles, respectivamente, en la
comunicación de fecha 27 de julio de 2016.
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ActaAdm.Núm.OfO^e^J^'n^^^ 'Día: 17 de agosto de 20Lugar: Sala de SesionesHora: 10:00 A.M.
4. Reconsideración de la decisión adoptada por el pleno en fecha 2 de agosto de 2016,
relativa al informe sobre calendarización de cursos y talleres dirigidos al personal del
TSE, y que conllevan un costo adicional; el cual fue suscrito por la Licda. Ligia
Pardilla Pujols, directora de Recursos Humanos en fecha 1 de agosto de 2016,
comunicación RRHH-TI-0053-2016.
5. Reconsideración de la decisión adoptada por el pleno en fecha 2 de agosto de 2016,
relativa a la contratación por servicios prestado del Licdo. Oscar Andrés Concepción
Reyes, titular de la Cédula de Identidad y Electoral Núm. 402-2073807-0, como
abogado ayudante II, adscrito a la Dirección de Rectificación de Actas del Estado
Civil, para cubrir la licencia sin disfrute de sueldo del Licdo. Alfredo Yeger.
6. Acción de personal:
> Solicitud de designación interina del señor Ricardo Herrera Pérez, titular de
la Cédula de Identidad y Electoral Núm. 001-1415275-4, como como
seguridad personal, adscrito al despacho del magistrado Fausto Marino
Mendoza Rodríguez, en sustitución de Pedro Julio Hernández, con
efectividad al día 2 de agosto de 2016.
> Solicitud de nombramiento interino del señor Pedro Avelino, como seguridad
familiar adscrito al despacho del magistrado Fausto Marino Mendoza
Rodríguez, en sustitución de Pedro Julio Báez Paulino, con efectividad al día
2 de agosto de 2016, remitida en la comunicación de fecha 15 de agosto de
2016.
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/jActa Adm. Núm. 010-201S
Día: 17 de agosto de 2016Lugar: Sala de SesionesHora: 10:00 A.M.
7. Turno Libre
Comprobado el quorum el Magistrado Presidente declaró abierta la sesión iniciándose la reunión
con el primer punto de la agenda.
i. Informe del Presidente:
El magistrado presidente, Mariano Américo Rodríguez Rijo, comunicó que todos tos puntos
están contenidos en la agenda y que no tiene algo que informar y procedió a presentar el segundo
punto.
Z Adenda de Contrato de Suministro de Bienes y Prestación de Servido en relación a la
adquisición de los ascensores del Tribunal Superior Electoral, remitido por el Comité
de Compras v Contrataciones:
El magistrado presidente, Mariano Américo Rodríguez Rijo, presentó su comunicación P-TSE-
885-2016 de fecha 15 de agosto del presente año en la cual remite la última versión de la segunda
adenda del contrato de suministro de bienes y prestación de servicios del expediente TSE-CCC-
LPN-002-065-2014, adquisición de maquinarias (ascensores) TSE/INDRHI-TECNAS, EIRL,
remitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Tribunal Superior Electoral.
Después de revisar la referida adenda, el pleno que integran los jueces del Tribunal Superior
Electoral, a unanimidad de votos, decide lo siguiente:
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Acta Adm. Núm. 010-201¿rDía: 17 de agosto de 2016Lugar: Sala de SesionesHora: 10:00 A.M.
Primera Resolución:
Aprobar la última versión de la segunda adenda del contrato de suministro de bienes
y prestación de servicios del expediente TSE-CCC-LPN-002-065-2014, adquisición
de maquinarias (ascensores) TSE/INDRHI-TECNAS, EIRL, remitida por el Comité
de Compras y Contrataciones del Tribunal Superior Electoral, la cual establece lo
siguiente:
SNCC.C.02) - 024 Aclanda d* Contrato da Sumlnlatro da Btanea y Praaucion da SarvicloaExpadianta TSE-CCC-LPN-CK)2-0es-2014 - AdquIatclOn da Maqutnartaa (aacansoraa)TSE ' INORHI - TECNAS, EIRL
SEGUNDA ADENDA DE CONTRATO DE SUMINISTRO DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIQ
ENTRE.
Oe una pane A) El TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORAL. Organo constitucional de carácter aulónorrKi.con penKjnaiidad juridica e tndependencia funcional administrativa, presupuesiana y financiera, la cualconstituye una entidad de derecno público legalmente constituida conlorme a la Ley No 29-11 del veinte(20) de enero del ano dos mii once (2011 >. con Registro Nacional de Contribuyente (RNC> GubernamentalNo 430-11548-7, y con domicilio y asiento principal silo en la avenida Jiménez Moya esquina calle Juande Dios ventura Simú. Ceni'o de tos Héroes de Constanza. Maimón y Estero Hondo. Santo Domingo.Distrito Nacional, capital de ta República Dominicana, debidamente representado por su presidente,doctor MARIANO AMÉRICO RODRÍGUEZ RUO dominicano mayor de edad, titular de la Cédula deIdentidad y Electoral No 001-0105855-9 con domicilio y residencia en asta misma ciudad cte SantoDomingo, Distrito Nacional y B) El INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS HIDRAULICOS (INORHI)entidad autOiuima del Estado dominicano, creada y regiba mediante la Ley No 5 del 8 de septiembre delano1965 debidamente representada por su Director Ejecutivo, ingeniero OLGO FERNANDEZRODRÍGUEZ dominicano mayor de edad, casado, titular de la Cédula de identidad y Electoral No noi-0733315-5. domiciliado y residente en esta ciudad de Santo Domingo, con asiento social en (as oticmasprincipales del INORHI. silo en la avenida Jiménez Moya, esquina calle Juan de Dios Ventura Simó.Centro de los Heroes de Constanza. Maimón y Estero Hondo. Santo Domingo. Distrito Nacional, capital dela República Dominicana, instituciones publicas que para ios fines del presente contrato, actuando enconjunto, se denominarán como "LOS CONTRATANTES", por sus propias denominacionesinstitucionales o por sus siglas "TSE" e "INORHI"
Oe la otra parte la empresa TECNAS. EtRL, sociedad comercial organizada y existente de conformidadcon las leyes de la República Dominicana, con Registro Nacional de Contribuyente (RNC> No tOl-50142-1, y con M domicilio social y asiento principal en la calle G. esquina D Zona industrial de Herrera. SantoDomingo Oeste, provincia Santo Domingo. República Dominicana, debidamente representada, para iosfines del presente contrato, por su gerente-propietario, señor MIGUEL ÁNGEL ZE8ALLOS MAIORANO.dominicano, mayor de edad, casado, con domicilio y residencia en esta misma ciudad de Santo Domingo.Distnio Naoonei. titular de la Cédula de identidad y Electoral No 001-0976312-S. empresa que para losfines del presente contrato se denominará como "EL PROVEEDOR" o "LA PRESTADORA OESERVICIO" o por su propia razón social
Ad-PREAMBULO
POR CUANTO En tecfia veintisiete (27) del mes de agosto del arto dos mil quince (2015). LOSCONTRATANTES y EL PROVEEDOR firmaron el Contrato de Suministro de Bienes y Prestación deServicio paro el suministro e instalación de dos (2) ascensores con capacidad de doce (12) pasajerosincluyendo la desinstalación de los ascensores a sustituir, ubicados en el edificio que sirve a ambasinstituciones, alojado en la avenida Jiménez Moya, esquina calle Juan de Dios ventura SimO Centro delos Héroes de Constanza. Maimón y Estero Hondo. Santo Domingo. Distrito Nacional e.ipitai de laRepública Dominicana, cuya coniraiacion se descnbía nn síntesis de la manera siguiente (ver recuadro enpágina siguiente)
Para referirse a amtios se les denominará LAS PARTES-
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Acta Adm. Núm
Día: 17 de agostoLugar: Sala de SesionesHora: 10:00 A.M.
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SNCC.C.023 - 024 Adenda da Contrato da Suministro da Bíanas y Prestación de ServiciosExpediente TSE-CCC-LPN-002-065-2014 • Adquisición de Maquinarías (ascensores)TSE/INORHI-TECNAS, EIRL
Precio Unitario Total
Item Coúlgo Descripción Cant. Unidad
(ROS) (ROS)
1 Suministro de dos (2) Elevadores 2 Ud- 1,917,000.00 3,834,000.00
2 Instalación 2 Ud. 100,000.00 200.000.00
24101601
3 Desmantelamiento de equipos a sustituir 2 Ud. 3S.000.00 70,000.00
Sub-total 4,104,000.00
ITBlS(18%de losítems2y3| 48,600,00
Total a contratar 4,152.600.00
POR CUANTO: Los equipos contratados (ascensores) llegaron a puerto dominicano en fecha uno (1) delmes de enero del año dos mil dieciséis (2016), por lo que a continuación EL PROVEEDOR procedió a suretiro de aduanas y luego realizó todos los preparativos para instalar uno (1) de los equipos, en la primerafase, en el edificio que alo¡a las oficinas de LOS CONTRATANTES, conforme fue acordado y programadoentre LOS CONTRATANTES y EL PROVEEDOR
POR CUANTO: Dados esos pasos, a seguidas se procedió a la instalación del primer equipo (ascensor) yse culminó por completo dicha instalación en fecha 15 de junio de 2016, pasando EL PROVEEDOR a laetapa de entrega dei bien instalado, quedando entonces LOS CONTRATANTES en posición de recibirdicho equipo ya instalado, conforme al cronograma de actividades acordado, especificaciones técnicas,pliego de condiciones y demás requenmientos estipulados en la referida contratación,
POR CUANTO: En ese orden, y finalmente, al momento de LOS CONTRATANTES revisar y supervisar ,todos los elementos técnicos y administrativos requeridos, previo a la recepción del equipo instalado(ascensor), pudieron constatar que el mismo no se ajustaba exactamente a los parámetros contratados n/al pliego de condiciones que sustenta el proceso de compra y contratación de que se trata, en el sentidade que LOS CONTRATANTES estaban adquinendo dos (2) ascensores con capacidad para doce (12)personas y el equipo instalado tiene capacidad para diez (10) personas.
POR CUANTO Al plantear LOS CONTRATANTES esta situación al PROVEEDOR, este último confirmó yadmitió la discrepancia entre ios ascensores licitados versus lo instalado, lo c.i".' rr-n^rmó por escrito,señalando, ante todo, que no hubo la intención de perjudicar a LOS CQ^üilHAj^ül Ut^xp'icando eninforme rendido a LOS CONTRATANTES las circunstancias técnicaserrores que provocaron la no observación exacta y estncta de lospresente ADENDA, en cuanto a la cantidad de pasajeros exigidaespecificaciones técnicas consignadas en la licitación
esion de
de la
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POR CUANTO: Al darse esta situación, LOS CONTRATANTESdiálogo directo, seno y franco sobre la problemática presentada, porentre ios eieculivos representantes de EL PROVEEDOR y los
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Acta Adm. Núm. 010-2015^Día: 17 de agosto de 2016Lugar; Sala de SesionesHora: 10:00 A.M.
SNCC.C.023 - 024 Adenda de Contrato de Suministro de Bienes y Prestación de ServiciosExpediente TSE-CCC-LPN-002-065-2014 • Adquisición de Maquinarias (ascensores)TSE/INDRHI-TECNAS. EIRL
CONTRATANTES, todos con calidad para tal finalidad, y se llegó a un acuerdo para subsanar de algúnmodo tal situación, tomando en consideración los aspectos legales, técnicos, administrativos einstitucionales que caracterizan a este caso, por lo cual se dispuso la elaboración y firma de la presenteADENDA con fines de dejar plasmado dicho acuerdo por escrito, como un elemento adicional al contratode origen suscrito entre las partes. Incluyéndose las modificaciones que se dan en relación a lacontratación de origen, asi como las nuevas obligaciones que en este caso adquiere EL PROVEEDOR.
POR CUANTO: LOS CONTRATANTES han pagado a la fectia, a favor de EL PROVEEDOR, el noventapor ciento (90) % del valor total estipulado en el contrato que da ongen a esta ADENDA, es decir, TRESMILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA PESOS CON 00/100
(RD$3,737.340.00), restando por pagarle un diez (10) por ciento, en base al referido contrato:
POR CUANTO: Queda acordado que el pago restante y final a favor de EL PROVEEDOR, que se acuerday regula en base a esta ADENDA, se le hará efectivo al mismo dentro de los treinta (30) dias posteriores ala entrega, verificada y aprobada, por LOS CONTRATANTES, de los bienes adquiridos (ascensores),debidamente instalados, verificación y aprobación que estarán avaladas por el Supervisor y laCoordinadora designados por LOS CONTRATANTES, a estos fines,
POR CUANTO: De igual modo, como parte de este acuerdo, las partes han convenido en que ELPROVEEDOR va a producir un descuento sobre el monto total original del contrato de origen, como partede las compensaciones que este reconoce a favor de LOS CONTI^TANTES dada la situación generada,explicada con antenoridad,
POR CUANTO En consecuencia del descuento indicado, el monto original de esta contratación y licitaciónpública es modificado, y la forma de pago por Igual, lo que se hará constar en lo adelante de estaADENDA.
POR CUANTO Esta nueva fase de ejecución de contrato, amparada en esta ADENDA, requiere de queEL PROVEEDOR suministre por escrito a LOS CONTRATANTES las adecuaciones a las especificacionestécnicas que conllevarán los cambios generados y los equipos a instalar, de acuerdo a la contrataciónonginal, las cuales deberán ser validadas y aprobadas previamente por LOS CONTRATANTES, a losfines de la ejecución de esta ADENDA, cuyas especificaciones técnicas forrirá;Sade;4|j^^ junto ,al Xronograma de Actividades" que también está a cargo de EL PROVEE^^^ERío^^^^
POR LO TANTO, y en el entendido de que el antenor preámbulo form^
LAS PARTES HAN CONVENIDO Y PACTADO
PRIMERO: En vista de la discrepancia descrita en el preámbulo degenerada al respecto, EL PROVEEDOR, al margen del cumplimi^
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Acta Adm. Núm.
Día: 17 de agosto de 2Lugar: Sala de Sesiones
Hora: 10:00 A.M.
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SNCC.C.023 - 024 Adenda de Contrato de Suministro de Bienes y Prestación de ServiciosExpediente TSE'CCC-LPN-002-06S*2014 • Adquisición de Maquinarias (ascensores)TSE/iNORHI-TECNAS. EiRL
Adjudicadas' que ha sido presentado por EL PROVEEDOR y que forma parte de ia presenteADENDA, quedando aprobado por LOS CONTRATANTES,
1.2 A suplir e instalar los dos (2) elevadores de doce (12) pasajeros en los huecos existentes (deledificio que aloja a las oficinas de LOS CONTRATANTES), según las nuevas especificacionestécnicas, aprobadas por LOS CONTRATANTES, y conforme al "Cronograma de Entrega deCantidades Adjudicadas", también aprobado por LOS CONTRATANTES. Para estos fines, elprimer paso seria montar e instalar uno de los nuevos ascensores, con las característicascorrectas y precisas, en sustitución del ascensor viejo, propiedad de LOS CONTRATANTES, y acontinuación, se desmontará el ascensor ya instalado, con la discrepancia presentada, según lacontratación a que se hace referencia en este Adenda, y en su lugar será instalado el ascensorcorrecto (de 12 pasajeros}, es decir, con las mismas características que han sido establecidas encontrato entre las partes, conforme a' señalado "Cronograma de Entrega de CantidadesAdjudicadas", quedando asi resuelta la diferencia y discrepancia ocumda.
1.3 Asi mismo, como demostración de la voluntad para una solución amigable y satisfactona del casoplanteado, por parte del PROVEEDOR, este asume el costo de instalación y desinstalación de losascensores según se ha descrito anteriormente, salvo los trabajos prepáratenos, civiles yeléctricos, necesarios para las instalaciones indicadas, cuyo costo y responsabilidad quedarían acargo del INDRHI
1.4 De igual forma. EL PROVEEDOR, como forma de compensación a favor de LOSCONTRATANTES, se compromete a dejar en funcionamiento el ascensor ya instalado en eledificio en que operan los mismos, durante el tiempo y hasta tanto sea sustituido por el nuevoascensor a ser instalado en su lugar, conforme a lo estipulado en la presente ADENDA.
1.5 EL PROVEEDOR presentaré un nuevo "Cronograma de Entrega de Cantidades Adjudicadas" quecomprendan las obligaciones a su cargo (del PROVEEDOR), tanto las que se derivan del contratode origen, como las consignadas en la presente ADENDA, asumiendo y detallando loscompromisos adquiridos, en los tiempos previstos, para la total entrega y ejecución de ios trabqjosa favor de LOS CONTRATANTES
1.6 De igual modo, EL PROVEEDOR ha renovado la garantía (fianza) para el fiel cumplimiento decontrato, a favor de LOS CONTRATANTES, que venda en fecha 31 de julio de 2016. cubnéndosede tal modo el piaro de extensión de esta ADENDA, mediante póliza emitida por la empresaMAPHRE BHD SEGUROS, S A., en fecha 25 de julio de 2016, quedando cumplido este requisito,indispensable para ia ejecución del contrato y de la presente ADENDA,
SEGUNDO NUEVO MONTO DEL CONTRATO Y SALDO PENDIENTE • CONFORME A LASMODIFICACIONES QUE SE APLICAN MEDÍANTE ESTA ADENDA.-
LAS PARTES convienen en que fruto de esta ADENDA. el nuevo monto total de pago por la adquisiciónde ios bienes indicados en el arliculo tres (3) de este contrato, junto a los serv ' "la suma de TRES MILLONES NOVECIENTOS DIECISEIS MIL SEISCIE" "CON 00/100 CENTAVOS (RD$3,916,600.00), por lo cual la descripcióneste modo.
sciende a
(VER CUADRO DESCRITO EN LA PÁGINA S
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Día: 17 de agosto de 20 t°BLugar: Sala de Sesiones
Hora: 10:00 A.M.
SNCC,C,023 - 024 Adenda de Contrato de Suministro de Bienes y Prestación de ServiciosExpediente TSE-CCC-LPN-002-065'2014 • Adquisición de Maquinarias (ascensores)TSE/INDRHl-TECNAS. EIRL
Item Código DescripciónI ¡ Unidad! Canti. de
Precio
UnÜiin/ITíBS
24101601
Adquisición de 2 Ascensor que írduyeAdquisición de Ascensores Troptcaiizadode Tiáisiío pasaos conc^dad para 12 personas, con 5paradas y entradas Queinduye1 • Sistema de velocidad 1.0 m/seg2- Sistema de veiobdad y irecuenoaVanóle con un voltaje oe 220 vOtíos. 3(ases
3- Luz de emergencia en catxna4- Camnas extenores e intenoms y puerta
de acero inoxidaóie.
5-VentiladoroecaDlna
6- Apertura de pu&tas latíales i metro.7- Iniercomunicador en cabina de 3 vías.8-Banda iMrarrc^a en Puertas
Observaciones. Dim&isiones de nueco
1.80metro x 235metros
Plaaforma Viene de fábncaconias
dimensiones que ya lueron sutranis^ada.inctiur' Servioo de desmonte y mont^.
ITBIS Total
Moneda Original
Desinstalabón ascensores segúndescnpcion de la presente ADENDA
ins'áacion de nuevos ascensores según
descnpción de la pr^te ADENDA (12pasajeros)
Menos monto pagado por LOSCOMRATANTESafavoroeELPROVEEDOR [a ta fecna de la presente
ADEND-: seguí a^r-jfaic de onge-:
SALDO TOTAL RESTANTE POR PAGARSEGÚN LA PRESENTE ADENDA
Ud R0$1.917.00000
EITSE y el INDRHípresentarán a laDGIi certiAcación de
exoneraaón de
ITBIS
üd. ROS35.00000
üd ' RDSOOO RDSO.OO
Total
Moneda Original1
RDS3,834.000 00(v^f CPT)
RD$6.300.00 RD$82.600.00
RDSO.OO
TERCERO: NUEVA FORMA Y CONDICIONES DE PAGO DEL MON^f ¡jP'
Queda convenido por las partes que et balance pendiente a favor
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O
Acta Adm. Núm. 010-2016
Día: 17 de agosto de 2016Lugar: Sala de SesionesHora: 10:00 A.M.
SNCC C 023 - 024 Adenda ds Contrato de Suministro de Bienes y Prestación de ServiciosEx;>ediente TSE-CCC-LPN-002-OS5-2014 • Adquisición de Maquinarias (ascensores)TSE/INDRHI-TECNAS, EIRL
CUARTO Las partes acuerdan, en adición, y en sintonía con el contrato de origen, lo siguienle'
4.1 Que los costos indicados anteriormente, en lo relativo al transporte y seguro de los bienes adquiridosmediante este contrato, consideran la modalidad CPT (transporte pagado por EL PROVEEDOR hastael lugar de destino convenido - edificio donde se ubican los contrates) Estos costos no incluyen losservicios de gestiones de aduana respecto de ios bienes adquindos (liberación aduanal de losequipos) los cuales serán asumidos por LOS CONTRATANTES
4.2 Que EL PROVEEDOR será el responsable de los costos de transporte de ios equipos desde puertodominicano hasta su descarga en obra de los mismos (en su lugar de destino), lo que implica quetambién es responsable por los riesgos y posibles daños que pudieren afectar a ios bienes adquiridosen esa fase de la operación comercial que se lleva a cabo mediante este contrato
4 3 Que los bienes a suministrar, al ser embarcados, deberán ser consignados, para fines del no pago delITBIS en las aduanas, a nombre del INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS HIDRÁULICOS(INDRHI)
4.4 Que queda convenido entre las partes que en caso de que la operación comercial que se realizamediante el presente contrato genere algún cargo por ITBIS adicional ai contemplado en la descripciónanterior, será asumido por LOS CONTRATANTES, siendo adicionado al precio total pactado en estecontrato.
4.5 Que los bienes y servicios que integran el objeto del presente contrato deberán reunir los requisitos decalidad y presentación establecidos en las especificaciones técnicas preestablecidas y conocidas porambas partes
4.6 Que EL PROVEEDOR deberá entregar la cantidad de bienes requeridos de conformidad con el"Cronograma de Entrega de Cantidades Adjudicadas'
QUINTO: Las parles acuerdan que los ascensores importados a la fecha por EL PROVEEDOR, los cualesingresaron ai pais exonerados a nombre del INDRHI, y que deben ser sustituidos, quedan en posesión deLOS CONTRATANTES hastá tanto sean importados los ascensores licitados (nuevos), estos lleguen alpaís y se micie su instalación, según se ha descrito en la presente ADENDA Por lo cual, LOSCONTRATANTES pondrán en posesión a EL PROVEEDOR de LOS ASCENSORES anteriores yefectuarán el descaigo a su favor, para lo cual deberá de tomarse en cuenta el pago de impuestosaduanales correspondientes
SEXTO: Mediante esta ADENDA, se extiende la total ejecución del contrato y su vigencia por diez (10)meses más, contados a partir de la firma de este documento, aplicando, para cualquier modificación oprórroga adicional de esta vigencia, los términos y condiciones pactados en dicho contrato onginal;
SÉPTIMO Las parles reconocen que todo aquello que no se modifica mediante la presente ADENDApermanece y se aplica conforme al contrato de origen del cual se deriva la misma.
HECHO Y FIRMADO en tres (3) originales de un mismo tenor, uno para cada una de LAS PARTES, en laciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a ios cinco (5) días ̂mes de agosto del año dos mil diecisés (2016)
y
Firmas y legalización noianal al dorso.
¡k TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORALREPÚBLICA DOMINICANA
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Acta Adm.
Día: 17 de agosto^íe-2(11.6Lugar: Sala de Sesiones
Hora: iO:OOA.M.
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Día: 17 de agosto de 2016Lugar: Sala de SesionesHora: 10:00 A.M.
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CABINA
BOTONERA DE CABINA
TECNAS. EIRL (TSE-CCC-LPN-002-065-201A ASCENSORES
PUERTAS DE PISOS
ILUSTRACIÓN DE MONTAJE
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&TRreUNAL SUPERIOR ELECTORALREPÚBLICA DOMINICANA
Acta Adm. Núm. 01
Dia: 17 de agosto de 2016
Lugar: Sala de SesionesHora: 10:00 A.M.
TECHAS E.I.ILL.
TERMtNOS Y CONDICiONES DE VENTA
Garantía: TECNAS EIRL garantiza el matenal y la mano de obra empleada en la manufactura del equipo
correspondiente a esta order> y se compromete a corregir cualquier defecto que no provenga de desgaste natural o
de uso inadecuado a falta de cuidado y que se presente dentro del término de bvs (03) años, contando a partir de su
instaiaaón
Queda entendido que nosotros comenzaremos la instalaoón tan pronto ixmo todos los trabajos preparatonos.descritos en las f>o)as adjuntas, estén tistos y conformes con los planos de instalación incluyendo la corriente
eíectnca adecuada disponible para nuestro uso sm ir^errupoOn. y que los matenaies de los Ascensrves hayan sido
transportados a la obra en buenas condicxines
Se acuerda que nuestros trabajadores tendrán un lugar seguro donde trabajar y nos reservamos el derecho desuspender el trabajo en el edificio cuando en nuestra opinión esta cláusula esté siendo violada. A menos que de otro
modo se acuerde, se entiende que el trabajo se hará durante nuestras horas regulares de trabajo de nuestros días
lat>orables regulares que resultará en que el equipo esté funoonando en aproximadamente 08 semanas de que
empiece la instalación
No seremos responsables por cualquier perdida daño o demora causados por embargos, actos de cualquier
gobiemo. escasez de materiales o de trabajadores, huelgas, actos fortuitos o de fuerza mayor, o pe»' cualquier causa
razonablemente fuera de nuestro control Sm algún daño ocurriese en el edificio, a nuestro matenal. herramientas o
trabajo por cualquiera de las causas menaonadas. el comprador deberá compensar por los daños sufndos. a menos
que éstos ocurran por omisiún o negligenoa de nuestros actos.
Si por cualquiera de dicfias causas no podemos instalar el equipo cubierto por el contrato, podemos a nuestra opdón
cancelar el mismo sm pago de perjuicios En cualquier forma, no seremos responsables por daños consecuentes.
Tecnas. EIRL ofrecerá entrenamiento básico al personal designado por ei TSE y el INDRHI al momento de ta entregafunoonando de los ascensores, como parte del protocolo de este proceso
TECNAS EIRL iTSfc-CC:-LPN-002--:)65-20iá ASCENSORES:
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TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORALREPÚBLICA DOMINICANA
Acta Adm. Núm. 010-2016
Día: 17 de agosto de 2016Lugar: Sala de SesionesHora: 10:00 A.M.
TECHAS E.I.R.U
LLEGADA DE MATERIALES
Lo* materiales tardarán 18 semana* a partir de las apreciaciones de plano, confirmación de energía de obra,
contrato y avance del comprador.
La instalación tomará 08 semanas a partir del arribo de los materiales al proyecto, siempre y cuando los
trabajos preparatonos hayan sido ejecutados para la instalación y la corriente final haya sido provista.
TRABAJO PREPARATORIO: EL COMPRADOR ACUERDA
Una vez llegado el equipo a obra debe existir en la misma un lugar seguro, bajo lecho con acceso restnngido
(depósito)
Es importante tener espeoal cuidado con elementos que puedan dafiar los equipos (humedad, elementos químicos,
plagas, altas temperaturas, exposición excesiva a luz solar, agua. etc.).
Suministrar hueco debidamente construido según las especificaaones de TECNAS EíRL
Hacer lodos los cortes de paredes, pisos o partiaones. junto con todas las reparaciones que sean necesarias por talescortes o cambios Suministrar e instalar las conexiones elóctncas entre el contador y los terminales de nuestro
controlador. incluyendo un interruptor prinopal con fusibles, convenientemente situado, para cada controiador.
Además suministrará e instalará todos los corta-circuitos, disyuntores, pararrayos o cualesquiera otros dispositivos que
sean necesanos para llenar los requisitos del propietario o autondades locales
Suministrar e instalar un toma-comente en el pozo para la conexión de la luz del carro el cual será situado de
conformidad con nuestro plano
Suministrar la fuerza elecinca apropiada, según descrita previamente en estas especifícaaones. incluyendo la
comente necesana para el arranque, prueba y ajuste de la maquinaria.
Suministrar en el pozo un circuito de luz eléctrica para nuestro uso en ta iluminación y suministro de fijerza eléctnca
para hen-amienias portátiles durante la erecaón del ascensoi
Cuidar y proteger el pozo durante el tiempo que el ascensor esté siendo instalado, que TECNAS E i.R L no seráresponsable, en todo o en parte, por cualquier gasto prorrateado por consumo de la comente eléctrica, m por gastos
de cualquier Indole relativos al resto del edifioo y al trabajo de otros contratistas, ni por la garantía del factor de fuerza
eiecfnca; ni por el pago de pnmas de cualquier t»no (a no ser que sea asi presento en estas especificacior>es). m por
cualquier otra iorma de seguro de los contratistas generales o propieianos (a no ser que sea asi presento en estas
especificaciones), indemnizar o librar TECNAS E.l R L de toda responsabilidad que resulte por la culpa del compradoren no llevar a efecto cualquiera de los acuerdos anteriormente estipulados
1)
"^ECNAS. .TSE-CCC-LPN-C02 r'55-20"«i ¿SCEN'SC^ES' ^ca •'
É¿TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORALREPÚBLICA DOMINICANA
Acta Adm. Núm. 010-2016
Día: 17 de agosto de 2016Lugar: Sala de SesionesHora: 10:00 A.M.
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TECNAS B.I.R.L.
MANTENIMIENTO
Servicio TECNAS de Mantenimiento será suministrado a cada ascensor amparado por esta propuesta, durante un
periodo de tres <03) meses comenzar>do en la fecha en que el equipo sea entregado para ser puesto en servicio.
El mantenimiento, soparte y asistencia consistrá en inspecoones penódicas y cualquier ajuste necesano y iubncación
del equipo por empleados competentes, bajo nuestra direcobn y supenrision. Se suministrarán las piezas y accesonos
necesarios, excepto aquellas piezas que puedan ser requendes debido a negligencia, mal uso o accidentes que nosean de nuestra causa inspecciones especiales serán hechas a solicilud del comprador, en caso de ocumr
interrupciones durante el intervalo entre inspecaones regulares, de cuyas interrupciones el Comprador se comprometea notificar prontamente Todo trabajo será realizado durante nuestras horas regulares en nuestros dias habituales delabor excepto para asistencia de emergencia que serán hechos 24/7 como también en horas de tiempo extra. Ningún
otro trabajo o servicio que los específicamente mencionados se incluye o considere
Queda convenido que no asumimos ni posesión, ni la responsabilidad de manejo de parte alguna del equipo, lo cual lacorresponde al DueAo o Arrendatano Aplicable únicamente a Modernizaciones de equipos no amparados bajo
contmnio de mantenimiento
No semmos responsables por cualquier perdida, dafio o demora debido a cualquier causa fuera de nuestro control
razonable, incluyendo pero no limitado u. actos de gobierno, huelgas, aerre de fábricas, fuego, explosión, robo,inundaaones. desorden, conmoción ovil, guerra, daho malicioso o actos de Dios. En cualquier caso, no seremosresponsables por los dahos consiguientes
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Expertos en Suministro. Instalación y Mantenimiento de Equipos de Trancóte Vertical
(Ascansora* • Eecalarae Electrloas • Montacargas • Cintas Transportadoras)
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TECNAS. EIRL íTSE-CCC-LPN-002-065-2014. ASCENSORES)
ñ¿TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORALREPÚBLICA DOMINICANA
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Acta Adm. Núm. 010-2016
Día; 17 de agosto de 2016Lugar: Sala de SesionesHora: 10:00 A.M.
ADENDA
TECNAS EIRL
Reoublica Oorninicana & Haití
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Expaitos en Suministro. Instalación y Mantenimiento de Equipo* de Transporte Vertical
(Aseonaeres • Escaleras Eléctricas • Montacargas • Cintas Transportadoras)
CENTRO DE OPERACIONES
Calle G. Esquina 0. Zonsindusinalde Herrara. Santo Domingo.809-530-34d8
PARA
ADQUISICION, INSTALACION. PUESTA EN FUNCIONAMIENTO.
DOS (02) ASCENSORES DE PASAJEROS
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A LA ORDEN DE
TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORAL Y EL INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS HIDRAULICOS
ATN; COMITÉ DE COMPRAS V CONTRATACIONES
OFERTA ECONÓMICA
EN
SANTO DOMINGO
REPÚBUCA DOMINICANA
AGOSTO 05. 2016
TECNAS EiRL íTSE-CCC-LPN-002-065-2014 ASCENSORES»
ERIO
&TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORALREPÚBLICA DOMINICANA
Acta Adm. Núm. 010-2fi^[J6íicaD>'^^Día: 17 de agosto de 2016
Lugar: Sala de SesionesHora: 10:00 A.M.
Julto29. 2016
DE: TECNAS E.I.R.L
A; TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORAL
Y EL INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS HIDRÁULICOS
ATN: COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DETALLE DE OFERTA ECONOMICA
CANTIDAD
Dos (02)
Dos (02)
DESCRIPCION DEL EQUIPO
Ascensores de Pasajeros Modelo S700LCapacidad 12 pasajeros y SOOkgVelocidad 1 OOm/sValor CPT
Mano de obra por concepto de
desmantelamiento
RDS35,000.00 UBIS por equipo
Mano de obra por concepto de instaisclón:RDS100.000.00 ♦ UBIS por equipo(Edificio N.02)A cuenta y cargo de Tecnas. EIRL
Menos
Monto pagado a la fecha por el TSE y elINORHI a favor de Tecnas EIRL
Saldo total restante a pagar por el TSE y elINORHI
PARADAS RECORRIDO
20 O m
PRECIO
RDS3,834.000.00
RDS82.600.00
RDSO.OO
RDS3.737.340.00
RD$179.260.00
TECNAS EIRL USE-CCC-LPN-002-065-2014. ASCENSORES) Paoina 2
s¿4 TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORAL^ REPÚBLICA DOMINICANA
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Acta Adm. Núm. 010-
Día: 17 de agosto de 2016Lugar: Sala de SesionesHora: 10:00 A.M.
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TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORALREPÚBLICA DOMINICANA
Acta Adm. Núm. 0f&>-20l^
Día: 17 de agosto de 2016Lugar: Sala de SesionesHora: 10:00 A.M.
3. Solicitud patrocinio o contribución económica por un monto de cincuenta mil pesos
dominicanos (RDS50,000.00) a los fines de realizar actividades con motivo del Día
Nacional de los Alsuaciles a efectuarse el 12 de septiembre del año 2016, suscrita por
los Licdos. Hipólito Girón Reyes y Alvaro Caamaño Diaz, presidente y director
ejecutivo de la Asociación Dominicana de Al2uaciles, respectivamente, en la
comunicación de fecha 27 de julio de 2016:
El magistrado presidente, Mariano Américo Rodríguez Rijo, mostró la solicitud de patrocinio o
contribución económica por un monto de cincuenta mil pesos dominicanos (RD$50,000.00), a los
fines de realizar actividades con motivo del Día Nacional de los Alguaciles a efectuarse el 12 de
septiembre del año 2016, suscrita por los Licdos. Hipólito Girón Reyes y Alvaro Caamaño Díaz,
presidente y director ejecutivo de la Asociación Dominicana de Alguaciles, respectivamente,
formulada mediante comunicación de fecha 27 de julio de 2016.
Después de revisar y ponderar la indicada solicitud, el pleno que integran los jueces del Tribunal
Superior Electoral, a unanimidad de votos, decide lo siguiente:
Sesunda Resolución:
Rechazar por insuficiencia de fondos presupuestarios la solicitud de patrocinio o
contribución económica por un monto de cincuenta mil pesos dominicanos
(RD$50,000.00) a los fines de realizar actividades con motivo del Día Nacional
de los Alguaciles a efectuarse el ¡2 de septiembre del año 2016, suscrita por los
Licdos. Hipólito Girón Reyes y Alvaro Caamaño Diaz, presidente y director
ejecutivo de la Asociación Dominicana de Alguaciles,
comunicación de fecha 27 de julio de 2016.
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TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORALREPÚBLICA DOMINICANA
Acta Adm. Núm. 010-2ul
Día: 17 de agosto de 2016Lugar: Sala de SesionesHora: 10:00 A.M.
4. Reconsideración de la decisión adoptada por el pleno en fecha 2 de asosto de 2016,
relativa al informe sobre calendarización de cursos y talleres dirisidos al personal del
TSE, V que conllevan un costo adicional: el cual fue suscrito por la Licda, Lisia
Pardilla Puiols, directora de Recursos Humanos en fecha 1 de aeosto de 2016,
comunicación RRHH-TI-0053-20Í6:
El magistrado presidente, Mariano Américo Rodríguez Rijo, expresó que en la sesión
administrativa ordinaria realizada el dos (2) de agosto del año 2016 se tomó la decisión de
aprobar el pago para la realización de los cursos de mayor prioridad contenidos en el Plan de
Capacitación y Desarrollo del TSE, remitido por la Licda. Ligia Pardilla Pujols, directora de
Recursos Humanos, mediante la comunicación RRHH-TI-0053-2016 de fecha 1 de agosto del
2016 y que él decidió someter dicha decisión para que sea revisada por el pleno porque ha sido
uso y costumbre que la capacitación programada por la Dirección de Recursos Humanos es
colectiva, en las cuales son beneficiados una parte del personal conforme a la naturaleza de las
funciones y el taller o curso de que se trata; sin embargo, la capacitación individual siempre ha
sido sometida a la consideración del pleno directamente por el solicitante.
En ese sentido, propuso que se aprobaran los cursos de Introducción a la Archivística y Gestión
de Valores contenidos en los puntos uno y dos del Plan de Capacitación y Desarrollo del TSE-
2016, remitidos en la comunicación RRHH-TI-053-2016 de fecha 1 de agosto del presente año,
por la Licda. Ligia Pardilla Pujols, directora de Recursos Humanos.
Después de revisar y ponderar la indicada reconsideración, el pleno que integran los jueces del
Tribunal Superior Electoral, a unanimidad de votos, decide lo sigui ERlQj^
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TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORALREPÚBLICA DOMINICANA
Acta Adm. Núm. 010-
Dia: 17 de agosto de 2016Lugar: Sala de SesionesHora: 10:00 A.M.
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Tercera Resolución:
Revocar la decisión adoptada en la Sesión Administrativa Ordinaria, celebrada el
martes dos (2) de agosto del año 2016, a saber: Aprobar el pago para la realización
de los cursos de mayor prioridad contenidos en el Plan de Capacitación y
Desarrollo del TSE, remitido por la Licda. Ligia Pardilla Pujols, directora de
Recursos Humanos, en la comunicación RRHH-TI-0053-2016 de fecha I de agosto
del 2016.
Aprobar la realización de los cursos Introducción a la Archivistica y Gestión de
Valores contenidos en los puntos uno y dos del Plan de Capacitación y Desarrollo
del TSE-2016, remitidos en la comunicación RRHH-Tl-053-2016 de fecha 1 de
agosto del presente año, por la Licda. Ligia Pardilla Pujols, directora de Recursos
Humanos.
5. Reconsideración de la decisión adoptada por el pleno en fecha 2 de asosto de 2016,
relativa a la contratación por servicios prestado del Licdo. Oscar Andrés Concepción
Reyes, titular de la Cédula de Identidad v Electoral Núm. 402'2073807-0, como
abosado ayudante II, adscrito a la Dirección de Rectificación de Actas del Estado Civil,
para cubrir la licencia sin disfrute de sueldo del Licdo. Alfredo Yeser:
El magistrado presidente, Mariano Américo Rodríguez Rijo, comunicó que en la Sesión
Administrativa Ordinaria, celebrada el martes dos (2) de agosto del presente año, el pleno aprobó
la contratación por servicios prestado del Licdo. Oscar Andrés Concepción Reyes, titular de la
Cédula de Identidad y Electoral Núm. 402-2073807-0, como abogado
Dirección de Rectificación de Actas del Estado Civil, para cubrir la
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II, adscrito a la
de sueldo
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TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORALREPÚBLICA DOMINICANA
Acta Adm. Núm. 010^^Día: 17 de agosto de 2016Lugar: Sala de SesionesHora; 10:00 A.M.
del Licdo. Alfredo Yeger, por un año, y que la indicada decisión tiene que ser revisada los fines y1
de tomar en consideración que el artículo 25 de la Ley No. 41-08 de Función Pública, en su
párrafo II, dispone que: "El nombramiento de personal temporal se extenderá por un plazo
máximo de hasta seis (6) meses, durante el cual deberá procederse a la cobertura legalmente '
establecida. Si transcurrido dicho plazo el puesto no ha sido objeto de convocatoria para su
provisión no podrá seguir siendo desempeñado, conforme a la opinión remitida por el Consultor
Jurídico mediante comunicación CJ-TSE-049-2016 de fecha 15 de agosto del año en curso.
Después de revisar y ponderar la referida reconsideración, el pleno que integran los jueces del
Tribunal Superior Electoral, a unanimidad de votos, decide lo siguiente:
Cuarta Resolución:
Revocar la decisión adoptada en la Sesión Administrativa Ordinaria, celebrada el
martes dos (2) de agosto del año 2016, a saber. Aprobar la contratación por
servicios prestado del Licdo. Oscar Andrés Concepción Reyes, titular de la Cédula
de Identidad y Electoral Núm. 402-2073807-0, como abogado ayudante II, adscrito
a la Dirección de Rectificación de Actas del Estado Civil, quien cubrirá la licencia,
sin disfhite de sueldo, del Licdo. Alfredo Yeger.
Aprobar la designación del Licdo. Oscar Andrés Concepción Reyes, titular de la
Cédula de Identidad y Electoral Núm. 402-2073807-0, como abogado ayudante II,
adscrito a la Dirección de Rectificación de Actas del Estado Civil, con efectividad al
día nueve (9) de agosto del año 2016.
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ñ¿I TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORALREPÚBLICA DOMINICANA
fí %■Acta Adm. Num. OWí^^éH "Día: 17 de agosto de 2^&-*Lugar: Sala de SesionesHora; 10:00 A.M.
6. Acción de personal:
> SoUcitud de desisnación interina del señor Ricardo Herrera Pérez, titular de la Cédula
de identidad y Electoral Núm. 001-1415275-4. como como sesuridad personal adscrito
al despacho del ma2Ístrado Fausto Marino Mendoza Rodríeuez* en sustitución de
Pedro Julio Hernández, con efectividad al día 2 de aeosto de 2016, enviada en la misiva
de fecha 9 de a20s1o de 2016:
El magistrado presidente, Mariano Américo Rodríguez Rijo, presentó la solicitud de
designación interina del señor Ricardo Herrera Pérez, titular de la Cédula de Identidad y Electoral
Núm. 001-1415275-4, como como seguridad personal, adscrito al despacho del magistrado
Fausto Marino Mendoza Rodríguez, en sustitución de Pedro Julio Hernández, con efectividad
al día 2 de agosto de 2016, enviada en la misiva de fecha 9 de agosto de 2016.
Después de ponderar la solicitud en referencia, el pleno que integran los jueces del Tribimal
Superior Electoral, a unanimidad de votos, decide lo siguiente:
Quinta Resolución:
Designar de manera interina al señor Ricardo Herrera Pérez, titular de la Cédula
de Identidad y Electoral Núm. 001-1415275-4, como seguridad personal en
sustitución del señor Pedro Julio Hernández, adscrito al despacho del magistrado
Fausto Marino Mendoza Rodríguez, con efectividad al día dosüJ^^M^sto delaño 2016.
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ñ¿TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORALREPÚBLICA DOMINICANA
Acta Adm. Núm.
Día: 17 de agosto de 20Lugar: Sala de SesionesHora: 10:00 A.M.
> Petición de desi2nación interina del señor Pedro Avelino, como sesuridad familiar
adscrito al despacho del magistrado Fausto Marino Mendoza Rodrísuez, en sustitución
de Pedro Julio Báez Paulino, con efectividad al día 2 de asosto de 2016, remitida en la
comunicación de fecha 15 de asosto de 2016:
El magistrado presidente, Mariano Américo Rodríguez Rijo, mostró la solicitud de_designación
interina del señor Pedro Avelino, como seguridad familiar adscrito al despacho del magistrado
Fausto Marino Mendoza Rodríguez, en sustitución de Pedro Julio Báez Paulino, con
efectividad al día 2 de agosto de 2016, remitida en la comunicación de fecha 15 de agosto de
2016.
Después de ponderar la indicada petición, el pleno que integran los jueces del Tribunal Superior
Electoral, a unanimidad de votos, decide lo siguiente:
Sexta Resolución:
Designar de manera interina al señor Pedro Avelino, titular de la Cédula de
Identidad y Electoral Núm. 068-0001960-3, como seguridad familiar, en el lugar de
Pedro Julio Báez Paulino, adscrito al despacho del magistrado Fausto Marino
Mendoza Rodríguez, con efectividad al día dos (2) de agosto del año 2016.
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TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORALREPÚBLICA DOMINICANA
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«•V./Acta Adm. Núm. 010-^
Día: 17 de agosto de 2016Lugar: Sala de SesionesHora: 10:00 A.M.
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Siendo las once y cincuenta minutos de la mañana (11:50 A. M.) y sin ningún tema que tratar en el
tumo libre, el Presidente declaró cerrada la Sesión, en fe de lo cual se levanta la presente Acta en
la fecha y lugar indicados, la cual firma el Presidente y los demás Jueces presentes junto con la
Secretaria.
iano America^o^iguez RijoPresidente
eliz Baez
Juez Titular
John Newton Onilinní Y^nenzuelft—nez Titvflar
ecretana Cie
José Nlanuel Hernández^egueroI Juez Titular
e^d^za^Rodríguezitular
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