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EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS DE
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
PISCO S.A. - EMAPISCO S.A.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
DE EMAPISCO S.A.
PISCO, FEBRERO DEL 2013.
EMAPISCO S.A. Reglamento de Organización y Funciones
INTRODUCCION
. El Texto Único Ordenado de la Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley Nº 26338, define un nuevo marco legal al cual todas las entidades prestadoras de servicios de saneamiento deben adecuarse con miras a optimizar la prestación de los servicios de saneamiento y coadyuvar en la mejora de la calidad de vida de la población. EMAPISCO consciente del rol que le corresponde asumir en la etapa de reconstrucción de Pisco como consecuencia del trágico terremoto acontecido en el año 2007, cree conveniente realizar un proceso de reordenamiento organizacional interno con el objetivo de mejorar los estándares de prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado Bajo este nuevo marco legal y dentro de la etapa de reconstrucción de Pisco, EMAPISCO redefine sus estrategias institucionales con el objeto de optimizar sus recursos a fin de mejorar los servicios de saneamiento. Una de las estrategias adoptadas guarda relación con el ordenamiento organizacional interno de la Empresa. En ese contexto, surge la necesidad de formular el presente Reglamento de Organización y Funciones de EMAPISCO; formulación que se ha llevado a cabo buscando un diseño de estructura organizativa sencilla pero efectiva; asignando con claridad las atribuciones y competencias de cada uno de los órganos que conformarán esta Empresa. El presente Reglamento, después de su Estatuto Social, es la norma organizacional de mayor jerarquía en la Empresa, y contiene aspectos referidos al funcionamiento integral de la Empresa: su visión, misión, valores, naturaleza, finalidad, objetivos y funciones generales, las atribuciones de los titulares de las unidades orgánicas y sus relaciones. El presente Reglamento, como instrumento de gestión normativo en lo que a diseño funcional y organizacional se refiere, determina la adecuada separación de funciones según tipo o naturaleza, y también permite y facilita la agrupación de funciones hasta el tercer nivel organizacional por lo que se considera un documento fuente para la formulación de los Manuales de Funciones respectivos. El presente Reglamento se ha formulado en base a los aportes recogidos tanto de estamentos internos de la Empresa así como aquellos provenientes de la aplicación de Programas de Mejoramiento Institucional y Operativo de otras entidades prestadoras de servicios de saneamiento del país. Está estructurado en nueve Títulos; nueve Capítulos; noventa i seis Artículos; cinco Disposiciones Complementarias; dos Disposiciones Transitorias; y, tres Disposiciones Finales. El Título Primero, fija la Visión, Misión y Valores del a EPS; asimismo, señala la naturaleza, objetivos y funciones generales de la Empresa. El Título Segundo, establece la estructura orgánica, las facultades, atribuciones y responsabilidades,
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las funciones de los órganos de dirección, control, línea y apoyo al igual que la jerarquía de los cargos. El Titulo Tercero, señala las relaciones inter-institucionales. El Título Cuarto, enuncia el régimen laboral. El Título Quinto, establece el régimen económico. El Título Sexto, Séptimo y Octavo establecen las disposiciones complementarias, transitorias y finales respectivamente. El ámbito de aplicación del Reglamento comprende a todas las Gerencias, Oficinas y Equipos Funcionales de Trabajo de EMAPISCO S.A., en lo que les corresponde. Su permanente aplicación y actualización por parte de la Alta Dirección, Ejecutivos y Trabajadores de la Empresa, permitirá que la gestión empresarial se oriente a mantener una óptima productividad y calidad de los servicios que la Empresa.
REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA EMPRESA DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO MUNICIPAL DE
PISCO S.A. - EMAPISCO S.A.
INDICE Página
Antecedentes
1
TITULO PRIMERO Aspectos Generales
2
TITULO SEGUNDO
Visión, Misión, Valores, Naturaleza, Finalidad, Objetivo y Funciones Generales de EMAPISCO S.A.
6
TITULO TERCERO
De la Estructura Orgánica, Facultades, Atribuciones y Responsabilidades
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CAPITULO I
De la Estructura Orgánica de la Empresa EMAPISCO S.A.
11
CAPITULO II DEL ORGANO SUPREMO
De la Junta General de Accionistas
14
CAPITULO III DE LOS ORGANOS DE DIRECCION
15
Del Directorio
15
De la Gerencia General
17
CAPITULO IV
DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL De la Oficina de Auditoría Interna
19
19
CAPITULO V DEL ORGANO DE ASESORAMIENTO
21
De la Oficina de Asesoría Legal
21
De la Gerencia de Desarrollo e Investigación
23
Equipo de Planeamiento Operativo y Financiero 25
Equipo de Investigación y Estudios 26
Página
CAPITULO VI
DE LOS ORGANOS DE APOYO
28 De la Gerencia de Administración y Finanzas
28
Equipo de Recursos Humanos 30
Equipo de Contabilidad y Finanzas 31
Equipo de Logística y Servicios 32
Del Equipo de Imagen Institucional y Educación Sanitaria. 33 Del Equipo de Informática y Computación
35
De la Oficina de Control de Calidad
37
CAPITULO VII DE LOS ORGANOS DE LINEA
38
De la Gerencia de Operaciones
38
Equipo de Ingeniería 40
Equipo de Producción y Operaciones 40
Equipo de Mantenimiento 42
De la Gerencia Comercial
43
Equipo de Facturación y Cobranzas 44
Equipo de Catastro y Medición
45
CAPITULO VIII DE LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS
46
De las Oficinas Zonales
46
CAPITULO IX
DE LOS ORGANOS DE COORDINACION
47 Del Comité de Gerencia
47
Del Comité de Presupuesto
48
Del Comité de Tarifas
48
TITULO CUARTO
De las Relaciones Inter Institucionales
50
TITULO QUINTO
Del Régimen Laboral
51
TITULO SEXTO
Página
Del Régimen Económico
52
TITULO SÉPTIMO
De las Disposiciones Complementarias
53
TITULO OCTAVO
De las Disposiciones Transitorias
54
TITULO NOVENO
De las Disposiciones Finales
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ANEXO Organigrama Estructural
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EMAPISCO S.A. Reglamento de Organización y Funciones
1
ANTECEDENTES
La Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado PISCO S.A., es una Sociedad Anónima, de propiedad de la Municipalidad Provincial de PISCO y las Municipalidades Distritales de San Andrés y Túpac Amaru, con personería jurídica de derecho público, patrimonio propio, con autonomía funcional, económica, técnica, financiera y administrativa. Por Decreto Supremo Nº 029-91-PCM, se autorizó la transferencia de la Unidad Operativa SENAPA ICA a las respectivas Municipalidades Provinciales (Chincha, Nazca, Palpa y Pisco). Por Decreto Supremo Nº 007-92-PCM, del 21 de enero de 1992, se deroga el Decreto Supremo Nº 029-91-PCM, se transfieren a título gratuito la totalidad de bienes y acervo documentario que posee SENAPA en ICA, a los Municipios Provinciales de Chincha, Nazca, Palpa y Pisco, y en base a la Unidad Operativa transferida quedaron obligados a constituir una empresa autónoma que tenga a su cargo los servicios de la mismas.
Por efecto del Decreto Supremo Nº 020-94-PRES, las Municipalidades de Chincha, Nazca, Palpa y Pisco, quedaron obligados a adecuar las empresas que habían constituido para administrar los servicios de agua potable y alcantarillado de sus respectivas provincias, en concordancia con el Decreto Legislativo 601.
La Municipalidad Provincial de Pisco, por acuerdo del Consejo Nº 003-A-93-MPP, de fecha 14 de abril de 1993, aprobó y autorizó la creación y constitución de una Empresa Municipal de derecho privado bajo la modalidad de Sociedad Anónima, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de la Municipalidades, la Ley de Actividad Empresarial del Estado y la Ley General de Sociedades, con el nombre de Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Pisco S.A. (EMAPISCO S.A.)
La Escritura Pública de Constitución se formaliza en la ciudad de Pisco, con fecha 25 de mayo de 1993, ante el notario Dr. Raúl Camacho Camacho, cuya escritura contiene el Estatuto de la Empresa. La naturaleza jurídica de EMAPISCO S.A., es la de una Empresa Municipal de Derecho Privado.
La Empresa EMA PISCO S.A., establece su domicilio legal en la Av. Fermin Tanguis Nº 400, de la ciudad de Pisco, Provincia de Pisco, Región de Ica, pudiendo establecer agencias, sucursales, oficinas y representaciones en cualquier lugar de la provincia o distritos asociados, previo acuerdo del Directorio. El plazo de duración es indefinido.
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TITULO PRIMERO
ASPECTOS GENERALES Artículo 1º.- De la Finalidad del Reglamento de Organización y Funciones El Reglamento de Organización y Funciones (en adelante, ROF o Reglamento) de la EPS EMAPISCO S.A. (en adelante, EMAPISCO o EPS o Empresa), es el documento normativo que define y determina su modelo organizacional hasta el tercer nivel. Tiene por finalidad: a) Definir la estructura orgánica de la Empresa. b) Determinar los objetivos de cada una de sus unidades orgánicas. c) Definir la naturaleza y alcance funcional de sus unidades orgánicas. e) Precisar y describir las funciones generales y actividades de las unidades
orgánicas que conforman la estructura orgánica de la Empresa hasta el tercer nivel organizacional.
f) Precisar para cada unidad orgánica de la Empresa y de aquellas
comprendidas hasta el tercer nivel organizativo, su nivel jerárquico y las relaciones de autoridad y dependencia.
g) Servir de marco normativo para delimitar las funciones de los equipos
funcionales de procesos, así como las funciones específicas, responsabilidades y ubicación de los puestos de trabajo y su interrelación dentro de la estructura orgánica.
Artículo 2º.- De la Base Legal del Reglamento de Organización y Funciones El presente Reglamento se basa en las siguientes normas y disposiciones legales: Ley Nº 24948, Ley de la Actividad Empresarial del Estado y sus modificatorias. Ley Nº 26284, Ley General de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo 24-94-PRES; y sus respectivas modificatorias. La Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento y el TUO del Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA; y sus respectivas modificatorias aprobadas mediante los Decretos Supremos 010-2007-VIVIENDA y 002-2008-VIVIENDA; este último referido a las revisiones extraordinarias de las fórmulas tarifarías y del Plan Maestro Optimizado y sus metas de gestión.
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Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades. Ley Nº 27293, que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública y sus modificatorias y reglamentaciones. Ley Nº 27785, Ley del Sistema Nacional de Control. Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modificatorias. Ley Nº 28870, Ley para optimizar la gestión de las entidades prestadoras de servicios de saneamiento, del 12 de Agosto de 2006, que dispone entre otros temas, lo relacionado con la conformación del Directorio de las EPS. Estatuto Social de EMAPISCO S.A. Artículo 3º.- De la Base Técnica del Reglamento de Organización y Funciones El ROF con relación al modelo organizacional general:
Considera la Visión y la Misión de la Entidad bajo una concepción de desarrollo estratégico de la misma.
Considera los objetivos empresariales a cumplirse en el corto, mediano y largo plazo.
Destaca los valores de la Entidad. Con relación a la estructura orgánica:
Aplica la simplificación en la elaboración del diseño.
Establece niveles jerárquicos reducidos que faciliten la interacción directa entre quienes deciden, ejecutan, apoyan y/o asesoran.
Optimiza la división del trabajo con criterios integradores que faciliten la funcionalidad de la estructura y propicien adecuadas relaciones de coordinación horizontal directa.
Sustenta el un modelo organizacional en principios y normas de flexibilidad que le permitan sobre la definición de un esquema orgánico básico simplificado, responder y adaptarse rápidamente a los cambios que le plantee tanto su medio ambiente interno como externo.
En este sentido, el Modelo Organizacional se constituye en un medio facilitador para la adecuada gestión y cumplimiento de los objetivos de EMAPISCO.
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Principios que orientan la organización:
Control por resultados, Estilos de liderazgo participativos, Delegación efectiva en la toma de decisiones Trabajo en equipo, Desconcentración de funciones, División del trabajo, Interacción de objetivos y actividades, Enfoque simplificado de Sistemas.
La EPS EMAPISCO es un conjunto de elementos o componentes ordenados de acuerdo a la mecánica de sus grandes actividades técnicas, operacionales, administrativas, comerciales y de planeamiento, las cuales interactúan de manera interdependiente para obtener sus objetivos y propósitos Conceptualizada como un Sistema, en EMAPISCO se identifican objetivos, procesos, estructura de los procesos y dinámica, entendiéndose esta última como la interrelación de las partes entre sí y con su medio ambiente.
Una característica esencial de la visión sistémica de la EPS es su sentido de integridad corporativa que permite articular en un todo armónico, balanceado e interdependiente todos los elementos que conforman la organización.
El enfoque sistémico posibilita visualizar integralmente el accionar de EMAPISCO desde la perspectiva de un modelo integrador insumo - producto.
Enfoque de su estructura Orgánica y Funcional
El ámbito de actuación de las áreas se enmarca dentro del alcance de sus grandes objetivos y funciones generales. El dimensionamiento estructural de las áreas se determina en función directa a la cobertura y volumen de sus operaciones y/o actividades, situación de permanencia y estabilidad funcional, así como a la relativa importancia estratégica de cada una de ellas.
El Modelo está basado en principios de eficiencia, eficacia y productividad; evitando duplicidades, superposición, frondosidad y subjetividad, tanto en el aspecto estructural como funcional y jerárquico.
El Modelo contempla criterios de flexibilidad, desburocratización, horizontalidad, delegación y desconcentración.
El Modelo considera las relaciones funcionales intersistémicas que deben mantener las áreas entre sí.
Toma en cuenta los conceptos de manejo empresarial, comportamiento y cultura organizacional acorde con las tendencias de modernidad.
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Artículo 4º.- Del alcance del Reglamento de Organización y Funciones Las disposiciones establecidas en el presente Reglamento son de obligatorio cumplimiento y aplicación por parte de la Alta Dirección, Funcionarios, Ejecutivos, Empleados y Trabajadores de EMAPISCO S.A.
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TITULO SEGUNDO
VISIÓN, MISIÓN, VALORES, NATURALEZA, FINALIDAD,
OBJETIVOS Y FUNCIONES GENERALES, DE EMAPISCO S.A. 1. DE SU VISIÓN
EMAPISCO S.A., es una entidad prestadora de servicios de saneamiento caracterizada por brindar el mejor servicio de saneamiento en la Región Ica; desempeñándose con eficiencia y calidad, de manera autónoma y financieramente viable; satisfaciendo las necesidades de servicio de saneamiento de la población ubicada bajo su administración y, con ello, participando en la mejora de la calidad de vida de sus usuarios y preservando el medio ambiente. 2. DE SU MISIÓN EMAPISCO S.A. opera en el sector saneamiento en un proceso de mejoramiento continuo de los niveles de calidad; produciendo, distribuyendo y comercializando agua potable y brindando servicios de recolección y disposición final de aguas servidas contribuyendo al bienestar y mejora continua de la calidad de vida de los usuarios comprendidos en el ámbito de su administración; preservando el equilibrio del ecosistema, promoviendo el desarrollo y mejoramiento de la calidad de nivel de vida de sus trabajadores, estimulando su creatividad individual e identificación corporativa, alcanzando niveles de productividad y rentabilidad que permita su sostenibilidad.
Artículo 7º.- De sus Valores Los valores son el conjunto de conceptos básicos adoptados que dan un sentido noble y ético a nuestra actividad laboral. Estos valores constituyen auténticas reglas de conducta y su adopción obliga a ser puntualmente respetadas, divulgadas y practicadas en la vida cotidiana por todos los Directivos, Funcionarios, Ejecutivos y Trabajadores en general, sin excepción alguna. Los valores asumidos por la EPS EMAPISCO S.A., permiten actuar en coherencia con nuestra Visión y Misión, a efecto de alcanzarla plena identidad entre los trabajadores y su Empresa. EMAPISCO S.A. asume los siguientes valores: Conducta Ética: Actitud de respeto a las normas, principios y postulados que el ser humano práctica como barrera de contención de lo ilícito, compartimos la visión que ve en la ética la línea demarcatoria entre lo lícito y lo ilícito, lo correcto y lo incorrecto, lo aceptable y lo inaceptable. La trasgresión de estas normas debe ser materia de sanción.
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Responsabilidad: Valor que exige a los directores, gerentes, funcionarios y trabajadores responder por cada uno de sus actos y a cumplir con eficiencia y esmero las funciones y trabajos que se les encargue. Confiabilidad: Conducta de EMAPISCO y de todos sus trabajadores para desempeñar sus funciones de una manera prevista sin incidentes en un período de tiempo especificado y bajo las mismas condiciones y requisitos. Transparencia en la gestión: EMAPISCO S.A., asume como principio básico el hacer de conocimiento público la gestión empresarial con el ánimo de ser evaluados de manera pública. Artículo 8º.- De su Naturaleza La Empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Municipal de Pisco, es una empresa tipo Sociedad Anónima, de propiedad de la Municipalidad Provincial de Pisco y las Municipalidades Distritales de San Andrés y Túpac Amaru, con personería jurídica de derecho privado, patrimonio propio, con autonomía funcional, económica, técnica, financiera y administrativa; constituida para la producción, distribución y comercialización del agua potable, así como, brindar el servicio de alcantarillado sanitario y otras actividades afines, conexas y/o complementarias, en el ámbito de su jurisdicción. Se rige por la Ley General de Sociedades, Ley de Servicios de Saneamiento, su Reglamento y modificatorias, las disposiciones establecidas en su Estatuto, Ley Orgánica de Municipalidades, con sujeción a la Ley de Presupuesto Público y a las Directivas referentes a la formulación, programación, aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto, las Normas de Austeridad y de Endeudamiento. Asimismo se encuentra sujeta a las disposiciones de la Ley de Contracciones del Estado, su Reglamento, y al Sistema de Control de la Contraloría General de la República; y, otras leyes y normas cuyos alcances la comprenda. Artículo 9º.- De su Finalidad EMAPISCO tiene la finalidad de contribuir al mantenimiento de la calidad de vida de la población administrando eficientemente el recurso agua, la recolección y disposición final de las aguas servidas, controlando la preservación del medio ambiente. Artículo 10º.- De sus Objetivos Son objetivos de EMAPISCO S.A.: a) Brindar un eficiente servicio de agua potable en cantidad, calidad y continuidad
a la población de su ámbito jurisdiccional. b) Proporcionar un eficiente servicio de alcantarillado sanitario.
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c) Comercializar adecuadamente los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y servicios colaterales en su ámbito jurisdiccional, bajo los principios de eficiencia económica, viabilidad financiera, equidad social, simplicidad y transparencia.
d) Lograr el desarrollo integral y sostenido de la Empresa, mediante la gestión
eficiente de sus recursos, implementando para ello, tecnologías y procedimientos apropiados para la producción, distribución y comercialización del servicio.
Artículo 11º.- De las Funciones Generales Las funciones de EMAPISCO se ejercen teniendo en cuenta las disposiciones generales de la legislación sobre Saneamiento, el Estatuto Social de la Empresa, el Reglamento de Prestación de Servicios y normas vigentes relacionadas con la naturaleza de la Empresa. Son funciones Generales de la Empresa EMAPISCO: a) Captar, Conducir, Almacenar y utilizar racionalmente el recurso hídrico en su
estado natural para su posterior potabilización y distribución asegurando su racionalidad en cantidad, calidad y continuidad.
b) Recolectar y efectuar la disposición final de las aguas servidas. c) Programar y ejecutar obras civiles de infraestructura sanitaria para la
captación, producción, almacenamiento, y distribución del agua potable. d) Mantener, ampliar y renovar las unidades de captación, producción,
almacenamiento y distribución del agua potable, garantizando el óptimo funcionamiento de las redes de agua potable y alcantarillado.
e) Comercializar el servicio de agua potable y alcantarillado sanitario y servicios
colaterales con tarifas que garanticen su eficiente funcionamiento. f) Supervisar, controlar, asesorar, brindar asistencia y peritaje técnico en
aspectos de saneamiento en conformidad con el Estatuto de la Empresa y el Reglamento de Prestación del Servicio.
g) Planificar, organizar, dirigir y evaluar el desarrollo integral y sostenido de la
producción, distribución y comercialización, del agua potable, alcantarillado sanitario; y servicios colaterales.
Artículo 12º.- De las Responsabilidades Generales Comunes Además de las propias corresponde a las Gerencias, Oficinas y Equipos las siguientes responsabilidades comunes: a) Formular, promover, implementar y evaluar el plan estratégico de la Gerencia,
en lo que les atañe, en concordancia con el plan estratégico institucional.
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b) Formular, promover, implementar, ejecutar, controlar y evaluar las políticas,
normas, planes, presupuestos y programas de su competencia. c) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales y normativas vigentes. d) Formular y presentar oportunamente los planes operativos, indicadores de
gestión y la información y documentación a cargo de la unidad orgánica. e) Administrar, controlar y evaluar los recursos humanos, materiales y
financieros asignados. f) Aplicar los principios de productividad con calidad y del procedimiento
administrativo general. g) Desarrollar las acciones necesarias para asegurar la convocatoria oportuna y
el adecuado desarrollo de los procesos de selección comprendidos en el ámbito de su competencia.
h) Asegurar la disponibilidad de los expedientes técnicos requeridos para las
convocatorias de los procesos de selección, con la finalidad de que los Comités Especiales cumpla con las responsabilidades conferidas.
i) Verificar que el personal designado para integrar los Comités Especiales
cuenten con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y demás Modificatorias, que le permita asumir las responsabilidades señaladas en la Ley.
j) Ejecutar, en relación con los procedimientos internos en materia de procesos
de selección y ejecución de los contratos respectivos, las siguientes acciones:
1. Remisión a la Gerencia de Producción o Gerencia de Administración y Finanzas, y Gerencia de Desarrollo e Investigación, según corresponda copia de las Resoluciones, Cláusulas Adicionales y otros documentos que modifiquen el contrato.
2. Formulación y ejecución de liquidaciones de contratos de servicios u obras,
según correspondan, de acuerdo a los dispositivos legales y normativa vigente.
3. Registro detallado de los procesos de bienes, servicios u obras a su cargo,
así como de los contratos derivados de éstos. 4. Realizar un control estricto de todas las obligaciones contenidas en los
contratos suscritos y los documentos que conforman dichos contratos, derivados de los procesos de selección, así aplicar secciones (cuando corresponda) a los servicios de terceros contratos en el ámbito de su competencia.
5. Efectuar el debido seguimiento, control y liquidación de los procesos de
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adjudicación de bienes, suministros y equipos, servicios, consultarías, ejecución y supervisión de obras, solicitando cuando corresponda, el apoyo de las áreas de la Empresa que tiene bajo su responsabilidad la conformidad de asuntos requeridos para formular y aprobar el Expediente de Contratación (disponibilidad Presupuestal, declaraciones de viabilidad, expedientes técnicos, etc.).
k) Corresponde a las Gerencia u Órganos que tienen Proyectos de Inversión
Pública a su cargo:
1. Ser reconocidas como Unidades Formuladoras (Ufs) y/o Evaluadoras, una vez que la Dirección General de Programación Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economía y Finanzas, halla aceptada su registro como tal.
2. Elaborar estudios de Preinversión de los Proyectos de Inversión Pública
que se presentaran a la Gerencia de Desarrollo e Investigación para su evaluación de acuerdo a criterios y metodologías establecidos por el SNIP, previa aprobación del responsable de la Unidad Formuladora.
3. Solicitar la autorización para elaborar los estudios definitivos o expedientes
técnicos y ejecución de los proyectos, una vez obtenida la declaración de viabilidad y disponibilidad presupuestal, en calidad de Unidades Ejecutoras (UEs) al interior de EMAPISCO S.A.
l) Desempeñar las demás responsabilidades asignadas por su instancia
inmediata superior.
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TÍTULO TERCERO
DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, FACULTADES, ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES
CAPÍTULO I
DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA EMPRESA EMAPISCO S.A.
Artículo 13º.- De los Niveles Orgánicos La Estructura Orgánica de EMAPISCO S.A., se sustenta en tres (3) Niveles Orgánicos:
1er. Nivel : Gerencia General
2do. Nivel : Gerencia u Oficina
3er. Nivel : Equipo Funcional
Correspondiéndole estar presentada por los siguientes cargos:
1er. Nivel : Gerente General
2do. Nivel : Gerente y Jefe de Oficina
3er. Nivel : Jefe de Equipo Artículo 14º.- De la descripción de la Estructura Orgánica EMAPISCO S.A. tiene la Estructura Orgánica siguiente: 1.- Órgano Supremo
Junta General de Accionistas 2.- Órganos de Dirección
Directorio
Gerencia General 3.- Órgano de Control Institucional
Oficina de Control Institucional 4.- Órganos de Asesoramiento
Gerencia de Desarrollo e Investigación
Equipo de Planeamiento Operativo y Financiero
Equipo de Investigación y Estudios
Oficina de Asesoría Legal 5.- Órganos de Apoyo
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Gerencia de Administración y Finanzas
Equipo de Recursos Humanos
Equipo de Contabilidad y Finanzas
Equipo de Logística y Servicios
Equipo de Imagen Institucional y Educación Sanitaria.
Equipo de Informática y Computación
Oficina de Control de Calidad 6.- Órganos de Línea
Gerencia de Operaciones
Equipo de Ingeniería
Equipo de Producción y Operaciones
Equipo de Mantenimiento
Gerencia Comercial
Equipo de Facturación y Cobranzas
Equipo de Catastro y Medición 7.- Órganos Desconcentrados
Oficinas Zonal de San Andrés
Oficina Zonal de Túpac Amaru Inca 8.- Órganos de Coordinación
Comité de Gerencia
Comité de Presupuesto
Comité de Tarifas Artículo 15º.- De sus Facultades Son facultades de la Empresa EMAPISCO S.A.: a) Suspender con aviso previo el servicio de agua potable cuando la Empresa
efectúe el mantenimiento de las unidades de producción, almacenamiento, redes de distribución y/o emergencias.
b) Aplicar tarifas de los servicios en general que brinda la Empresa, de
concordancia con la normatividad vigente, sustentado por los estudios técnicos y económicos pertinentes.
c) Cobrar los intereses por gastos derivados de las obligaciones no pagadas
dentro de los plazos de vencimiento y aplicar sanciones por infringir el Reglamento de Prestación de Servicio y/o términos del Contrato de prestación
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de servicios. d) Suspender y/o anular el servicio de agua potable y alcantarillado sanitario,
cuando los clientes incurran en acciones que prohíbe el Reglamento de Servicios y/o los términos del contrato con la Empresa.
e) Revertir el superávit del ejercicio en obras de infraestructura sanitaria y bienes
de capital en concordancia con la Disposiciones legales vigentes de la Empresa.
f) Ejercer la cobranza judicial a los clientes que incumplan con el pago por
servicios prestados en los plazos establecidos y pactados. g) Cobrar el costo de reparación de daños y desperfectos que el cliente ocasione
en las redes matrices, conexiones domiciliarias y medidores. h) Gestionar directamente los recursos económicos y financieros de cualquier
entidad privada nacional y//o extranjera, ciñéndose a la Ley y disposiciones vigentes.
i) Celebrar Convenios con entidades nacionales, internacionales, públicas y
privadas para garantizar la inversión y el crecimiento de la Empresa. Artículo 16º.- De sus Atribuciones
Son atribuciones de la Empresa EMAPISCO S.A.:
a) Fijar los objetivos, lineamientos de política de la Empresa, aprobar normas
internas para la prestación eficiente de los servicios que brinda. b) Conducir y evaluar el Plan Maestro y el Pan Estratégico, para la producción,
distribución y comercialización de los servicios que brinda en el mediano y largo plazo.
c) Aprobar los proyectos de agua potable y alcantarillado para la habilitación de
áreas, así como para las instalaciones sanitarias de edificaciones dentro de su jurisdicción y el control de la buena ejecución de las obras correspondientes.
e) Ejecutar el Programa de Inversión de la Empresa con proyectos de
mejoramiento, rehabilitación y ampliación de los servicios a través de sus órganos de línea y/o por terceros en su ámbito jurisdiccional.
f) Solicitar el financiamiento para proyecto de mejoramiento o ampliación y
rehabilitación de la infraestructura sanitaria. h) Coordinar con los organismos sectoriales responsables de la normatividad, en
los aspectos relacionados con el recurso hídrico y la preservación del ambiente.
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Artículo 17º.- De las Responsabilidades Son responsabilidades de la Empresa EMAPISCO S.A.: a) Brindar los servicios de agua potable a la población de su jurisdicción
respetando los parámetros permisibles para el consumo humano. b) Garantizar el servicio eficaz y eficiente de alcantarillado sanitario a los
usuarios de la EPS. c) Comercializar los servicios que brinda la Empresa, con eficiencia económica,
financiera, agilidad, simplicidad y transparencia.
CAPÍTULO II
DEL ORGANO SUPREMO
DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
Artículo 18º.- La Junta General de Accionistas, es el Órgano Supremo de la Sociedad, está conformado por los representantes legales de la Municipalidad Provincial de Pisco y las Municipalidades Distritales de San Andrés y Túpac Amaru, presidido por un miembro elegido por voto mayoritario de la Junta. Artículo 19º.- La Junta General de Accionistas tiene las atribuciones siguientes: a) Aprobar y desaprobar la gestión social y los resultados económicos del
ejercicio anterior expresados en los Estados Financieros y la Memoria Anual. b) Acordar y resolver sobre la aplicación de utilidades luego de cubrir las
necesidades de la Empresa, de acuerdo con lo dispuesto en su Estatuto. c) Aprobar la elección de los Miembros del Directorio, fijando su retribución a lo
dispuesto por las normas pertinentes. d) Designar o delegar en el Directorio la designación de los Auditores Externos
cuando corresponda. e) Tratar las cuestiones correspondientes a la Junta General de Accionistas que
se señala en el artículo que corresponde a la Presidencia del Directorio. g) Tratar cualquier otro asunto que algún integrante proponga y se acuerde tratar
por unanimidad cuando se encuentren presentes la totalidad e los miembros. h) Remover a los Miembros del Directorio y designar a sus reemplazantes. i) Modificar parcial o totalmente el Estatuto Social, con voto aprobatorio de las
dos terceras partes.
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j) Aumentar o reducir el Capital social. k) Acordar la transferencia y adjudicación de bienes que altere el activo no
negociable de la sociedad; así como acordar la enajenación en un solo acto, de activos cuyo valor contable exceda en cincuenta por ciento del capital de la Sociedad.
l) Disponer Investigaciones y Auditorias Especiales. m) Acordar la transformación, fusión, disolución y liquidación de la Sociedad. n) Declarar en reorganización o reestructuración de la Empresa de acuerdo a las
normas legales vigentes correspondientes. ñ) Resolver las cuestiones que propongan el Directorio, así como aquellas en las
que resulte comprometido algún interés social o cuando la Ley o el Estatuto disponga su intervención.
o) Determinar las Tarifas de acuerdo a las normas aplicables incluidas las tarifas
de servicios colaterales. q) Aprobar la incorporación de operadores privados en la Empresa, así como
celebración, modificación o extinción de contratos vinculados a dicha incorporación que se señalan en la Ley General de Servicios de Saneamiento y su Reglamento.
Artículo 20º.- Son atribuciones de la Presidencia de la Junta General de Accionistas: a) Examinar los acuerdos de Junta en los cuales se delegue la representación. b) Constatar las acciones representadas. c) Determinar el orden en que deberán tratarse las cuestiones. d) Decidir en el momento en que las cuestiones se sometan a voto. e) Dirigir el procedimiento Interno de la Junta, y suscribir los documentos
pertinentes. g) Cuidar que se dé cumplimiento a las disposiciones de los Estatutos.
CAPÍTULO III DE LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN
DEL DIRECTORIO
Artículo 21º.- El Directorio es el órgano colegiado, elegido por la Junta General,
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le corresponde la representación y administración de EMAPISCO, con las facultades que señala la Ley General de Sociedades y sus modificatorias, la Ley General de Servicio de Saneamiento su Reglamento y el Estatuto Social de la Empresa. Está conformado por cinco (05) miembros elegidos de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Sociedades, y de conformidad con el Artículo 2° de la Ley 28870. El cargo de Director es personal e indelegable. Los Directores son responsables de la gestión. El Directorio lo preside el Miembro que hubiera obtenido el mayor número de votos en la designación de los Miembros del Directorio. Los Directores pueden ser removidos en cualquier momento por la Junta General con las formalidades establecidas en el Estatuto de la Empresa. Artículo 22º.- Los miembros del Directorio de EMAPISCO S.A., serán designados por el periodo de tres años renovables. Artículo 23°.- El Directorio tiene las Atribuciones siguientes: a) Establecer y controlar la política general de la sociedad. b) Reglamentar su funcionamiento en el marco del Estatuto y de la Ley. c) Aprobar la Estructura Orgánica y el Reglamento y Manual de Organización y
Funciones de la Empresa. d) Designar al Gerente General, a los Gerentes y a los Funcionarios y
trabajadores de confianza; así como también, cesarlos, reemplazarlos y renovar sus facultades y poderes.
e) Aprobar la estructura Jerárquica y la clasificación de los cargos. f) Aprobar la estructura de remuneraciones y los incrementos respectivos y
disponer su aplicación una vez autorizado por los organismos competentes. g) Aprobar el Plan Maestro de la Sociedad de conformidad con lo establecido el
la Ley General de Servicios de Saneamiento y velar por su formulación, aplicación y actualización.
h) Proponer la aprobación de las tarifas por los servicios que presta la Empresa. I) Aprobar los lineamientos generales para licitaciones públicas y concursos con
arreglos a la normatividad que rige la Actividad Empresarial del Estado. j) Aprobar el presupuesto y aprobar y presentar a la Junta General la Memoria,
los Estados Financieros, y la propuesta de aplicación de utilidades. k) Proponer a la Junta General la modificación del Estatuto.
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l) Autorizar la adquisición de inmuebles necesarios para el desarrollo de las
actividades de la Empresa. m) Autorizar la celebración de transacciones judiciales y extrajudiciales en
salvaguarda de los intereses de la Empresa. n) Disponer, enajenar o gravar los bienes de la Sociedad, sean muebles o
inmuebles, con sujeción a las Normas Vigentes. o) Evaluar y controlar la Gestión del Gerente General, los demás Gerentes y la
administración general de la Empresa. p) Cualquier otra atribución necesaria para las actividades de la Sociedad, que la
Ley, el Estatuto le confieran o su naturaleza lo requiera.
DE LA GERENCIA GENERAL Artículo 24º.- La Gerencia General es el órgano de Dirección responsable de lograr la óptima administración de los Sistemas y Recursos que conforman la infraestructura técnica y la Estructura Orgánica y Operativa de EMAPISCO S.A. Artículo 25º.- El Gerente General es designado en el cargo por el Directorio, siendo su duración por tiempo indefinido pudiendo ser revocado, en el momento que el Directorio considere conveniente, depende jerárquicamente del Presidente del Directorio. Es responsable de lograr la optima administración de los sistemas y recursos que conforman la infraestructura técnica y la estructura orgánica y operativa de EMAPISCO S.A. Artículo 26º.- El Gerente General es el funcionario Ejecutivo de mayor jerarquía y ejerce la representación legal para la administración y gestión de la sociedad. Artículo 27º.- Son Facultades del Gerente General: a) Ejecutar las decisiones del Directorio. b) Participar en las Sesiones del Directorio con voz pero sin voto. c) Dirigir las actividades de la Empresa para el cumplimiento de sus fines,
objetivos y metas de acuerdo a la política General que dicte el Directorio. e) Proponer al Directorio la organización de EMAPISCO S.A. Así como los
manuales y Reglamentos. Es de su competencia aprobar los Manuales y procedimientos operativos para el cumplimiento de aquello.
f) Poner a consideración del Directorio los asuntos de competencia de este
Órgano, acompañando los informes y dictámenes de los funcionarios técnicos o asesores.
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g) Supervisar y fiscalizar a través de las Gerencias y Funcionarios que dependan
directamente de la Gerencia General, el desarrollo de las actividades operativas y administrativas.
h) Velar por la existencia, y veracidad de los sistemas de contabilidad y los libros
exigidos por la Ley. i) Establecer y mantener una estructura de control interno a fin de proveer una
seguridad razonable a los activos sociales y protegerlo de su uso no autorizado.
j) Contratar y remover a los trabajadores cuyo nombramiento no corresponda al
Directorio y proponer a dicho Órgano los candidatos para los nombramientos que les competen.
k) Celebrar todo tipo de contratos civiles y mercantiles, nominados o
innominados que sean materia del objeto social ordinario de la Empresa. l) Organizar el régimen interno de la sociedad, usar el sello de la misma, expedir
la correspondencia, cuidar que la contabilidad esté al día, verificar los libros, documentos y operaciones de la sociedad y dictar las disposiciones para el correcto funcionamiento.
m) Dar cuenta en cada Sesión del Directorio o Junta General de Accionistas,
cuando se les solicite del Estado y de la marcha de los negocios sociales. n) Supervisar la ejecución de los planes y presupuestos de acuerdo a las
normas legales. o) Vigilar la correcta aplicación de las normas técnicas y legales que rigen la
prestación de los servicios. p) Declarar la viabilidad de los proyectos de inversión pública que formule, y que
se marquen en las delegaciones otorgadas por los organismos correspondientes.
q) Autorizar el pase a la fase de inversión de los proyectos de inversión pública. r) Participar en la formulación del presupuesto de la empresa en el ámbito de su
competencia en coordinación con la Gerencia de Desarrollo e Investigación, t) Formula, ejecuta y evalúa su Plan Operativo r) Las demás establecidas por la Ley, acuerdo de la Junta General y al
Directorio. Artículo 28º.- La Gerencia General cuenta con el apoyo de una Secretaria, que le brindará asistencia en las acciones siguientes:
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1. Convocatoria de Sesiones, preparación de Agendas y Citación a Junta Empresarial y de Directorio.
2. Preparación y distribución de la documentación necesaria para el desarrollo
de las Sesiones de Junta Empresarial y de Directorio.
3. Redacción, suscripción, autenticación y archivos de Actas y Sesiones.
4. Custodia de la documentación original y sustentatoria respectiva.
5. Trascripción y notificación a las Áreas de la Empresa de los Encargos y Acuerdos, para su implementación.
6. Seguimiento, verificación y reporte de su cumplimiento.
b) Administrar la documentación de la alta dirección, considerando las siguientes
actividades: 1. Revisar de documentación interna, y externa que requiere del conocimiento
y aprobación de Gerencia General.
2. Atender y/o coordinar con las demás Áreas la oportuna y adecuada atención de la correspondencia oficial de la Gerencia General y del Directorio.
3. Canalizar de manera adecuada y en los plazos establecidos, la
documentación e información de la Alta Dirección para los organismos externos previstos por Ley o norma administrativa, dentro de los plazos establecidos.
4. Registrar y custodiar de los convenios suscritos con diversos organismos
públicos y entidades privadas. c) Actuar como Secretario del Directorio y fedataria de la Empresa.
CAPÍTULO IV DEL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL
Artículo 29º.- La Oficina de Control Institucional es la Unidad Orgánica de Control Interno, encargada de supervisar la correcta, útil, eficiente, económica y transparente utilización de los bienes y recursos de la Empresa y el ejercicio de las funciones de los trabajadores, funcionarios, en relación con los resultados obtenidos y al cumplimiento de las normas técnicas del Sistema Nacional de Control. Artículo 30º.- La Oficina de Control Institucional, está a cargo de un Jefe quien depende directamente de la Presidencia del Directorio y mantiene una vinculación
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de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República. Artículo 31º.- Son funciones de la Oficina de Control Institucional a) Planificar, organizar, desarrollar, controlar y evaluar las actividades de control
posterior a las acciones operativas, técnicas, comerciales, económicas, financieras y administrativas que los órganos de la Empresa realicen.
b) Asesorar a la Alta Dirección en las políticas de control. c) Ejercer el control interno previo, concurrente y posterior a los actos y
operaciones, sobre la base de los lineamientos y cumplimientos del Plan Anual de Control, y de acuerdo a las disposiciones normadas por Contraloría General de la República,
d) Efectuar auditorías a los estados financieros y presupuestarios de la
empresa, así como a la gestión de la misma, de conformidad con las pautas que señale la Contraloría General de la República.
e) Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de
EMAPISCO S.A., que disponga la Contraloría General de la República, así como las que sean requeridas por el titular de la unidad.
f) Efectuar control preventivo sin carácter vinculante, al órgano de más alto
nivel de la entidad con el propósito de optimizar la supervisión y mejora de los procesos, prácticas e instrumentos de control interno. Sin que ello genere prejuzgamiento u opinión que comprometa el ejercicio de su función, vía el control posterior.
g) Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloría
General de la República, así como, al Titular de la entidad y el Sector cuando corresponde, conforme a las disposiciones legales y normativas vigentes sobre la materia.
h) Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones de la entidad, se
advierten indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al titular de la entidad para que adopte las medidas correctivas pertinentes.
i) Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios y servidores
públicos y ciudadanos, sobre actos y operaciones de EMAPISCO S.A. que revelen, por acción u omisión, la indebida, ilegal o ineficiencia gestión y/o utilización de recursos y bienes, incluyendo los relativos a la gestión ambiental, los recursos naturales y el patrimonio cultural.
j) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control debidamente aprobado
por la Contraloría General de la República, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para el efecto.
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k) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte la entidad, como resultado de las acciones y actividades de control, comprobando su implementación efectiva, conforme a los términos y plazos respectivos.
l) Apoyar a las comisiones que designe la Contraloría General de la República
para la ejecución de las acciones de control en el ámbito de EMAPISCO S.A. o externo que por razones operativas o de especialidad sean requeridos.
m) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna
aplicables a EMAPISCO S.A., por parte de las unidades orgánicas y personal respectivo.
n) Participar en la formulación del presupuesto de la empresa en el ámbito de su
competencia en coordinación con la Gerencia de Desarrollo e Investigación, o) Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo de las operaciones que se
realizan en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control
p) Formula, ejecuta y evalúa su Plan Operativo q) Otras que establezca la Contraloría General de la República.
CAPITULO V DE LOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
Artículo 32°.- Los Órganos de Asesoramiento de la Empresa son los encargados de brindar asesoramiento oportuno con eficiencia y calidad a la Alta Dirección, así como a los órganos de línea y de apoyo en asuntos de su competencia. Los Órgano de Asesoramiento de EMAPISCO S.A. son: La Oficina de Asesoría Legal y la Gerencia de Desarrollo e Investigación
DE LA OFICINA DE ASESORÍA LEGAL Artículo 33º.- La Oficina de Asesoría Legal es el órgano que le compete: programar, conducir y evaluar acciones de asesoría a la Alta Dirección y Órganos de la Entidad en los asuntos Jurídico - Legales de carácter Administrativo, Laboral, Civil, Penal y Comercial; así como, entablar la acción jurídica y atender la defensa de la Entidad en los procesos que se aperturen en su contra. Le corresponde, igualmente, garantizar a la Entidad que sus actividades y gestión se cumpla dentro de los marcos legales establecidos, según corresponda. Artículo 34º.- Las funciones generales de la Oficina de Asesoría Legal, son las siguientes: a) Formular y proponer a la Alta Dirección, los objetivos, lineamientos de
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políticas, estrategias, programas y el plan anual para el desarrollo de las actividades de su ámbito funcional.
b) Brindar asesoría a la Alta Dirección y órganos de la entidad, en los aspectos
jurídico y legal, administrativo, laboral, comercial, civil y penal que corresponde aplicar en el ámbito de la Dirección y Administración de EMAPISCO S.A., y sobre los asuntos que en la materia de su competencia le sean consultados, a fin de garantizar que la gestión se cumpla dentro de la normatividad vigente.
c) Entablar la acción legal y atender la defensa de la Entidad en los procesos
que se le aperturen. d) Estudiar, opinar y asesorar a las instancias pertinentes para garantizar la
correcta emisión de las Resoluciones y/o Acuerdos de la Junta General de Accionistas, Directorio, Gerencia General, Gerencias y Oficinas, relacionadas con los asuntos administrativos de su competencia y resolver los recursos que se presenten sobre estas Resoluciones y/o Acuerdos. Asimismo, estudiar y emitir conformidad sobre los contratos que se formalicen con la entidad.
e) Estudiar, opinar y asesorar sobre la adquisición, transferencia y/o
enajenaciones de bienes muebles e inmuebles, constitución de servidumbre y sobre las reglamentaciones de los servicios públicos que brinda la Entidad.
f) Coordinar con la Gerencia Administración y Finanzas sobre la asesoría
jurídica y legal que corresponda, en los asuntos relacionados con las Licitaciones y Contratos y sobre los procesos que se generen en relación con estos asuntos.
Asimismo estudiar y elaborar los contratos civiles y comerciales que se formalicen con la Entidad.
g) Recopilar, compendiar, sistematizar y brindar información a los responsables
de los órganos de la Entidad, sobre la legislación que compete aplicarse en sus respectivas áreas funcionales.
h) Proponer y/u opinar sobre la aplicación o modificación de normas legales
internas que se emitan en la Entidad. i) Interpretar la legislación relativa a los servicios de saneamiento. j) Coordinar con todos los órganos de la Entidad, en asuntos de su competencia
y normatividad legal de estricto cumplimiento. k) Efectuar el control previo y concurrente interno que corresponde a su Oficina,
creando sus pautas internas de control en base a las normas generales y reglamentarias vigentes que le sean aplicables en función de su propia organización.
l) Participar en la formulación del presupuesto de la empresa en el ámbito de su
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competencia en coordinación con la Gerencia de Desarrollo e Investigación, m) Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo de las operaciones que
se realizan en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control,
n) Formula, ejecuta y evalúa su Plan Operativo o) Otras funciones asignadas por la Gerencia General. Artículo 35º.- La Oficina de Asesoría Legal está a cargo de un Jefe de Oficina, depende del Gerente General y coordina con todos los órganos estructurales de la Entidad. Artículo 36º.- La Oficina de Asesoría Legal, no cuenta con dependencias orgánicas, la ejecución de sus acciones se realiza mediante la conformación de equipos funcionales.
DE LA GERENCIA DE DESARROLLO E INVESTIGACIÓN Artículo 37º.- La Gerencia de Desarrollo e Investigación es el órgano encargado de asesorar a la Gerencia General, Gerencias y Equipos en los aspectos especializados en el Planeamiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado, en el Planeamiento Institucional, Sistemas de Indicadores de Gestión, Investigación y Normalización de Tecnologías, Evaluación de Estudios de Inversión, Capacitación y Normalización. Es responsable del proceso de formulación de los Planes, Programas y Presupuestos, Información Empresarial, Evaluación y Control de la Gestión de la EPS. Artículo 38º.- La Gerencia de Desarrollo e Investigación está a cargo de un Gerente que depende jerárquicamente del Gerente General. La Gerencia de Desarrollo e Investigación está constituido por los Equipos:
Equipo de Planeamiento Operativo y Financiero.
Equipo de Investigación y Estudios. Artículo 39º.- Son funciones del Gerente de Desarrollo e Investigación: a) Formular y proponer a la Alta Dirección, los objetivos, lineamientos de
políticas, estrategias y programas, sobre la planificación integral, presupuesto, estadística, cooperación técnica, desarrollo organizacional, desarrollo empresarial y estudios económicos de la EPS.
b) Planificar, dirigir y evaluar el desarrollo de las acciones de formulación,
gestión, evaluación y actualización de los Planes de desarrollo institucionales, garantizando un equilibrio armónico de los órganos comprometidos en el cumplimiento de metas.
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c) Planear y diseñar la Estructura Organizacional de la Empresa, incluyendo los estudios de desarrollo de proyectos de racionalización administrativa comprendiendo: dimensionamiento de personal y otros recursos, estudios de procesos, comportamientos, rutinas, flujos y espacios físicos.
d) Participar en la formulación del Plan Maestro de la Entidad, de acuerdo con
las disposiciones de la Gerencia General y Directorio. e) Planificar dirigir y evaluar los estudios pertinentes para proponer la Estructura
Tarifaria en la Empresa, así como proyectar la situación económica-financiera de la gestión empresarial de mediano y largo plazo.
f) Formular, evaluar y controlar previa y concurrentemente, la ejecución del Plan
Operativo y Presupuesto de Operación e Inversión Anual de la Entidad en función de los objetivos, metas y estrategias fijadas por el Directorio. Asimismo, evaluar los resultados de la gestión de los órganos de la Entidad; proponer a la Gerencia General la reprogramación presupuestal, proponiendo correctivos a las desviaciones detectadas.
g) Dirigir, orientar, programar y evaluar las aplicaciones en materia de
investigación de procesos y tecnologías, aplicables al Sistema de Agua Potable y Alcantarillado.
h) Dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los estudios para la incorporación
de avances tecnológicos, normalización y estandarización técnica de los procesos, recursos y servicios de saneamiento.
i) Brindar asesoramientos la Gerencia General y Gerencias, en la formulación
de políticas, objetivos y metas institucionales. j) Dirigir y controlar y evaluar las acciones de identificación, gestión canalización
de la cooperación técnica nacional e internacional. k) Dirigir y controlar las acciones de planificación y requerimientos de los
proyectos de inversión de corto, mediano y a largo plazo, así como la programación y seguimiento correspondiente, en coordinación con la Gerencia de Administración y Finanzas.
l) Coordinar y supervisar la formulación de los presupuestos operativos y de
inversiones, en coordinación con la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia Comercial y Gerencia Operacional,
m) Establecer y mantener actualizado un sistema de información gerencial que
permita la toma de decisiones en todos los niveles de la organización con la calidad y oportunidad necesaria para la buena marcha de la Entidad.
n) Formular los Informes de Evaluación de la Gestión Empresarial y coordinar la
formulación de la Memoria Anual, desarrollando y aplicando modelos de evaluación y control de Planes, Programas, Presupuestos y Proyectos.
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ñ) Supervisar el cumplimiento de los compromisos derivados de los convenios de crédito internacional, en materia de su competencia.
o) Priorizar los proyectos de inversión publica contenidos en el Plan de
Inversiones de corto, mediano y largo plazo que tiene la empresa. p) Coordina la asistencia técnica al personal de las unidades formuladotas y
Evaluadoras, q) Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo de las operaciones que
se realizan en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control,
r) Formula, ejecuta y evalúa su Plan Operativo s) Otras funciones asignadas por la Gerencia General.
DEL EQUIPO DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y FINANCIERO Artículo 40°.- El Equipo de Planeamiento Operativo y Financiero, es el Órgano de Apoyo, de tercer nivel organizacional, cuya función principal es formular y conducir la Planificación y Desarrollo Empresarial, el Presupuesto y Programa de Inversiones, así como coordinar y conducir los procesos orientados al Control y Evaluación de la Gestión Empresarial, la administración del Sistema de Información Gerencial y la Cooperación Técnica. El Equipo de Planeamiento Operativo y Financiero está a cargo de un Jefe, quien depende jerárquicamente del Gerente de Desarrollo e Investigación. Artículo 41°.- Corresponde al Jefe del Equipo de Planeamiento Operativo y Financiero las funciones siguientes: a) Dirigir el proceso metodológico para desarrollar el diagnostico empresarial, y
los planes estratégicos y operacionales. b) Efectuar corporativamente el diagnostico integral, evaluando variables tales
como los resultados de la gestión económica- financiera de dirección general, clima organizacional y entorno.
c) Formular el Plan Estratégico proponiendo los objetivos, metas y políticas
generales. d) Formular los Programas y Presupuestos de Operación e Inversión; y, los
Planes Operativos de la Entidad en función de los objetivos, metas y estrategias fijadas por el Directorio; así como normar, dirigir y coordinar el proceso de formulación presupuestal.
e) Elaborar el Plan de Cooperación Técnica Internacional de la Empresa.
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f) Coordinar la retroalimentación a los planes, programas y presupuestos. g) Plantear la reprogramación presupuestal, proponiendo correctivos a las
desviaciones detectadas. h) Evaluar la gestión empresarial mediante un sistema de indicadores de
gestión; para lo cual, desarrollará, implantará y mantendrá actualizados los sistemas de información de la Entidad.
i) Coordinar y controlar las actividades de procesamientos de datos
estadísticos, priorizando los aspectos normativos y de información de la Entidad; promoviendo y divulgando los nuevos sistemas de información, orientación y enseñando su utilización.
j) Recolectar la información disponible, estableciendo y evaluando los
indicadores de gestión para permitir un conocimiento de la realidad de la Entidad; manteniendo actualizado un archivo de información disponible y de fácil acceso.
k) Elaborar datos estadísticos de las diferentes variables que inciden en la
gestión empresarial, analizando e interpretando los mismos. l) Elaborar informes con datos físicos y financieros sobre la ejecución de los
planes, programas y presupuestos de la Entidad. m) Diseñar e implementar sistemas de evaluación y control de la gestión
empresarial. n) Supervisar, controlar y evaluar el desarrollo de los planes, programas y
presupuestos establecidos; elaborando los informes de Gestión correspondientes.
ñ) Proponer los cambios de orientación respecto a las estrategias definidas,
evaluando las oportunidades de su aplicación, de acuerdo al comportamiento de las variables de gestión y el entorno,
o) Participar en la formulación del presupuesto de la empresa en el ámbito de su
competencia p) Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo de las operaciones que se
realizan en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control
q) Formula, ejecuta y evalúa su Plan Operativo
DEL EQUIPO DE INVESTIGACIÓN Y ESTUDIOS Artículo 42º.- El Equipo de Investigación y Estudios, es el Órgano de Apoyo, de tercer nivel organizacional, cuya función principal es el estudio y desarrollo de los
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procesos de Sostenibilidad Económica y Financiera, Planeamiento Organizacional, Racionalización Administrativa, Innovación Tecnológica Administrativa, Productividad Laboral, aplicados con criterios de lograr competitividad y calidad en todas las actividades de la Empresa. Se encarga de efectuar los Estudios Tarifarios. El Equipo de Investigación y Estudios está a cargo de un Jefe, quien depende jerárquicamente del Gerente de Desarrollo e Investigación. Artículo 43º.- Corresponde al Jefe del Equipo de Investigación y Estudios las funciones siguientes: a) Elaborar estudios para conocer la viabilidad económica -financiera de la EPS
y de sus proyectos. b) Determinar la tarifa para la factibilidad económico - financiera de la Empresa. c) Elaborar estudios de Mercado de los servicios que presta la Empresa. d) Formular e implementar políticas, estrategias y programas para orientar la
definición de la organización en su sentido estructural, funcional y normativo. e) Realizar estudios para diagnosticar la problemática de la estructura orgánica,
funcional y proponer los ajustes pertinentes y/o modelos organizacionales alternativos para optimizar la organización de la Entidad.
f) Desarrollar diseños de modelos organizacionales; elaborando, revisando y
manteniendo actualizados los manuales de organización y funciones, procedimientos, formularios y otros.
g) Diseñar y mantener actualizado el proceso de planeamiento de recursos
humanos. h) Diseñar la estructura general de puestos de la Entidad y mantener procesos
de análisis de puestos y los modelos de evaluación, categorización y clasificación de puestos.
i) Diseñar y mantener actualizado el Cuadro Orgánico de Puestos. j) Programar, desarrollar, orientar el proceso de racionalización administrativo
optimizando los aspectos estructurales, funcionales y normativos. k) Formular normas políticas, procedimientos, manuales y demás instrumentos
de normatividad interna, verificando y evaluando su aplicación y actualización sistemática.
l) Editar, concordar, actualizar y difundir los documentos de gestión institucional
a fin de garantizar su coherencia, armonía y formalidad. m) Realizar análisis de procesos y estudios para incrementar la productividad,
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n) Participar en la formulación del presupuesto de la empresa en el ámbito de su
competencia o) Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo de las operaciones que se
realizan en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control
q) Formula, ejecuta y evalúa su Plan Operativo
CAPITULO VI DE LOS ORGANOS DE APOYO
DE LA GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
Artículo 44º.- El Órgano de Apoyo tiene la responsabilidad de proporcionar a la Alta Dirección y Unidades Orgánicas de la Empresa, los recursos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, orientándolos de la mejor manera para el logro de las metas y objetivos previstos. La Gerencia de Administración y Finanzas es el órgano de apoyo de EMAPISCO S.A. Artículo 45º.- La Gerencia de Administración y Finanzas es el Órgano de Línea, de segundo nivel organizacional, encargado de administrar de manera eficiente los recursos humanos, materiales, económicos y financieros de la empresa. Asesora a la Alta Dirección en el ámbito de su competencia. La Gerencia de Administración y Finanzas, está a cargo de un Gerente, que depende jerárquicamente del Gerente General. Artículo 46º.- Corresponde al Gerente de Administración y Finanzas las funciones siguientes: a) Desarrollar acciones orientadas a dar, lograr y dar cumplimiento a los objetivos
y lineamientos de política de la Gerencia, respectivamente. b) Planificar, organizar, dirigir, desarrollar y evaluar las acciones del Sistemas de
Recursos Humanos, Contabilidad y Finanzas y Logística y Servicios, de acuerdo a las normas vigentes.
c) Implementar las políticas establecidas por el Directorio relacionadas con la
contratación, evaluación, selección, administración y remuneración del personal.
d) Participar, en coordinación con los Órganos de Línea, del proceso de
formulación y seguimiento del presupuesto institucional, encargándose de su ejecución.
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e) Programar y ejecutar el Presupuesto asignado a la Gerencia en cumplimiento
de las metas y objetivos propuestos y aprobados para el ejercicio presupuestal correspondiente.
f) Formular, desarrollar, controlar y evaluar el Plan Anual de Adquisiciones y
Contrataciones de Bienes y Servicios de la Empresa, de acuerdo a las Normas legales vigentes, directivas internas y documentos de gestión institucional para el caso, en coordinación con las Unidades Orgánicas.
g) Administrar adecuadamente la ejecución del gasto en concordancia al
presupuesto asignado en el ejercicio y las normas legales vigentes. h) Elaborar y proponer al Gerente General para su aprobación y aplicación el
Reglamento Interno de Trabajo, los Estados Financieros de la Empresa de acuerdo con las Normas de Control y Fiscalización del Estado, Directivas sobre Control Patrimonial y otras.
i) Velar por el saneamiento legal de los bienes de la Empresa. j) Velar por el cumplimiento de las legislación, normas, y procedimientos
aplicables a los procesos administrativos de su competencia, k) Programar, organizar, dirigir, formular, controlar, supervisar y evaluar los
procesos técnicos administrativos y normas internas de los Sistemas de Recursos Humanos, Contabilidad y Finanzas y Logística y Servicios.
l) Producir información contable y financiera en los plazos establecidos y en
concordancia a las normas de contabilidad, presupuesto y de control. m) Analizar, evaluar y proponer prioridades financieras según el Plan Operativo
Institucional y Presupuesto Operativo de Inversión. n) Definir las políticas y mecanismos financieros para la empresa. o) Estudiar y gestionar el financiamiento interno y externo de dinero fresco para
la ejecución de obras consideradas en el Presupuesto de Inversión. p) Proveer de los recursos financieros, y logísticos en apoyo a las diferentes
unidades orgánicas de la empresa para el adecuado cumplimiento de sus funciones
q) Asegurar la disponibilidad de recursos para el cumplimiento de las
obligaciones y presentar propuestas de racionalización de gastos, considerando el marco de las disposiciones presupuestarias vigentes,
7. Participar en la formulación del presupuesto de la empresa en el ámbito de su
competencia en coordinación con la Gerencia de Desarrollo e Investigación, s) Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo de las operaciones que se
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realizan en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control
a) Formula, ejecuta y evalúa el su Plan Operativo Artículo 47°.- La Gerencia de Administración y Finanzas, para el mejor cumplimiento de sus funciones, cuenta con las siguientes Equipos Funcionales:
Equipo de Recursos Humanos.
Equipo de Contabilidad y Finanzas.
Equipo de Logística y Servicios Generales.
DEL EQUIPO DE RECURSOS HUMANOS Artículo 48º.- El Equipo de Recursos Humanos, es el Órgano de Apoyo, de tercer nivel organizacional, cuya función principal es promover y desarrollar integralmente el potencial humano, contribuyendo el logro de los objetivos estratégicos de EMAPISCO S.A. , estimulando el talento y la creatividad individual, el trabajo en equipo y mejorando el nivel de vida de los trabajadores. El Equipo de Recursos Humanos, está a cargo de un Jefe, quien depende jerárquicamente del Gerente de Administración y Finanzas. Artículo 49º.- El Jefe del Equipo de Recursos Humanos tiene las siguientes funciones: a) Planificar, organizar, dirigir, controlar y evaluar las acciones orientadas al
desarrollo organizacional y normativo de la Empresa. b) Dirigir, controlar y evaluar las acciones de formulación y actualización del
Reglamento y Manual de Organización y Funciones y del Cuadro de Asignación del Personal de la Empresa.
c) Planificar, dirigir y evaluar las acciones comprendidas en los Procesos de
Personal, considerando las etapas de selección, contratación, inducción, registro y control, evaluación, capacitación y movimiento de personal.
d) Dirigir, controlar y evaluar la Estructura Salarial y el Programa de
Remuneraciones, Compensaciones y Beneficios del Personal de la Empresa. e) Dirigir, controlar y evaluar el desarrollo del Programa de Bienestar Social y de
servicio médico de la Empresa. f) Dirigir, controlar y evaluar el desarrollo del Programa de Capacitación del
Personal. g) Dirigir, controlar y evaluar los Programas de Seguridad e Higiene
Ocupacional.
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h) Dirigir, controlar y evaluar las acciones para estimular el talento y creatividad del Personal.
i) Dirigir y controlar las negociaciones colectivas de la Empresa, así como las
relaciones laborales y el mejoramiento del clima laboral en concordancia con los Lineamientos de Alta Dirección.
j) Dirigir, controlar y evaluar la operatividad y optimización del Sistema Integrado
de Gestión Administrativa, en lo que le corresponde. k) Dirigir y controlar las acciones de orientación y asistencia técnica a las
Unidades Orgánicas de la Empresa, en temas referidos a la Administración de Recursos Humanos.
l) Participar en la formulación del presupuesto de la empresa en el ámbito de su
competencia, m) Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo de las operaciones que
se realizan en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control,
n) Formula, ejecuta y evalúa su Plan Operativo
DEL EQUIPO DE CONTABILIDAD Y FINANZAS Artículo 50º.- El Equipo de Contabilidad y Finanzas, es el órgano de tercer nivel organizacional, cuya función principal es optimizar las acciones económicas, financieras presupuestales y contables de la Empresa, así como prever la necesidad de fondo y programar el uso y aplicación de los mismos para el normal funcionamiento de la Organización y formular políticas de cobranza a nivel Institucional. El Jefe del Equipo de Contabilidad y Finanzas depende jerárquicamente del Gerente de Administración y Finanzas. Artículo 51º.- Corresponde al Jefe del Equipo de Contabilidad y Finanzas, las funciones siguientes: a) Planificar, dirigir y evaluar las acciones de obtención de fuentes y líneas de
financiamiento; así como, el movimiento de sus transacciones; la administración de su recuperación y el control financiero del servicio de la deuda.
b) Planificar, dirigir y evaluar el desarrollo de las acciones orientadas a la eficaz
administración de los fondos de la Empresa, así como de los seguros, valores y garantías a su cargo.
c) Planificar, dirigir y evaluar el desarrollo del Sistema Contable de la Empresa,
así como formular y presentar los Estados Financieros.
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d) Planificar, dirigir y evaluar el desarrollo del Proceso de Registros de Bienes e
Inventarios de la Empresa, así como de mantenerlo actualizado e) Dirigir y controlar las acciones de investigación de mercados de capitales e
instituciones financieras, presentando los informes de resultados correspondientes.
f) Dirigir, controlar y evaluar la operatividad y optimización del Sistema Integrado
de Gestión Administrativa, en lo que corresponde, g) Dirigir y controlar las acciones de orientación de asistencia técnica a las
Unidades Orgánicas de la Empresa, en aspectos de Administración de Recursos Financieros.
h) Planificar, dirigir y evaluar el desarrollo de los procesos de control y de toma
de inventarios de los bienes del Activo Fijo de la empresa, i) Coordinaron las diferentes áreas el proceso de los enlaces intersistémicos
mecanizados para la transferencia de la información contable j) Prepara, sustenta y controla el pago de las obligaciones tributarias de la
empresa k) Participar en la formulación del presupuesto de la empresa en el ámbito de su
competencia l) Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo de las operaciones que se
realizan en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control
m) Formula, ejecuta y evalúa su Plan Operativo
DEL EQUIPO DE RECURSOS FINANCIEROS.
Artículo 52º El Equipo de Recursos Financieros es la encargada de emitir reportes
contables que permitan establecer la situación económica-financiera de la empresa así como formular los estados financieros en forma confiable y oportuna en concordancia a dispositivos, principios y normas de contabilidad generalmente aceptadas. Optimizar las acciones económicas financieras, presupuestales y contables de la empresa, así como prever la necesidad de fondos y programar el uso y aplicación de los mismos para el normal funcionamiento de la organización y formular las políticas de cobranza a nivel institucional.
Artículo 53º Corresponde al Equipo de Recursos Financieros las funciones siguientes:
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a) Planificar, dirigir y evaluar las acciones de obtención de fuentes y líneas de b) Planificar, dirigir y evaluar el desarrollo de las acciones orientadas a la eficaz
administración de los fondos de la Empresa, así como de los seguros, valores y garantías a su cargo.
c) Planificar, dirigir y evaluar el desarrollo del Sistema Contable de la Empresa, así como formular y presentar los Estados Financieros
d) Planificar, dirigir y evaluar el desarrollo del Proceso de Registros de Bienes e Inventarios de la Empresa, así como de mantenerlo actualizado
e) Planificar, dirigir, coordinar y controlar el desarrollo de las acciones orientadas a la formulación, monitoreo, seguimiento, evaluación y actualización de políticas sobre aspectos de cobranzas a nivel institucional
f) Dirigir y controlar las acciones de investigación de mercados de capitales e instituciones financieras, así como de presentar los informes de resultados correspondientes
g) Dirigir, controlar y evaluar la operatividad y optimización del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA), en lo que corresponde
h) Dirigir y controlar las acciones de orientación de asistencia técnica a las Unidades Orgánicas de la Empresa, en aspectos de Administración de Recursos Financieros.
i) Planificar y dirigir las operaciones en el Mercado de Capitales, así como controlar la representatividad de la Empresa en el Registro Público de Mercado de Valores
DEL EQUIPO DE LOGÍSTICA Y SERVICIOS Artículo 54º.- El Equipo de Logística y Servicios Generales, es el órgano de tercer nivel organizacional, cuya función principal es lograr el adecuado desarrollo de las políticas de administración de recursos materiales y de abastecimientos de bienes y servicios, considerando los estándares de calidad de los procesos y de los productos, para el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales. El Jefe del Equipo de Logística y Servicios depende jerárquicamente del Gerente de Administración y Finanzas. Artículo 55º.- El Jefe del Equipo de Logística y Servicios tiene las siguientes funciones: a) Planificar, dirigir y evaluar las acciones orientadas a la formulación,
mantenimiento y ejecución del Plan Anual de Adquisiciones y Contratación de la Empresa.
b) Dirigir y controlar las acciones de apertura y mantenimiento actualizado del
Registro de Procesos de Selección considerando lo estándares de selección; así como de los contratos derivados de éstos.
c) Planificar, dirigir y evaluar el desarrollo de los Procesos de Selección de
bienes, servicios y Consultorías de Servicios, en concordancia con la normatividad legal vigente.
d) Centralizar y remitir la información solicitada por el Organismo Supervisor de
Contrataciones del Estado y la Contraloría General de la República, en cumplimiento a las disposiciones legales vigentes.
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e e) Planificar, dirigir y evaluar la prestación de los servicios generales internos, en
función de las necesidades de las Unidades Orgánicas de la Empresa. f) Dirigir, controlar y evaluar las acciones de gestión y administración de los
Almacenes y de toma de inventario de la existencias de la Empresa. g) Planificar, dirigir y evaluar el desarrollo de las acciones de protección y
vigilancia de la Empresa. h) Dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de las acciones de Administración y
conservación de reservorios y cámaras. i) Dirigir, controlar y evaluar la operatividad y la optimización del Sistema
Integrado de Gestión Administrativa, en lo correspondiente a los aspectos logísticos y de servicio.
j) Dirigir y controlar las acciones de orientación y asistencia técnica a las
Unidades Orgánicas de la Empresa, en aspectos de administración de recursos logísticos,
k) Participar en la formulación del presupuesto de la empresa en el ámbito de su
competencia, l) Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo de las operaciones que
se realizan en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control,
m) Formula, ejecuta y evalúa su Plan Operativo
DEL EQUIPO DE IMAGEN INSTITUCIONAL Y EDUCACION SANITARIA.
Artículo 56º.- El Equipo de Imagen Institucional, es el órgano de apoyo de la Gerencia General, encargada de mantener la imagen institucional, velar por el prestigio, conducir y desarrollar las relaciones públicas, facilitar los mecanismos y nexos de comunicación de la Empresa con los usuarios y público en general. El Equipo de Imagen Institucional está a cargo de un Jefe de Equipo, quien depende jerárquicamente de la Gerencia General. Artículo 57º.- Corresponde al Equipo de Imagen Institucional las funciones siguientes: d) Informar, utilizando las técnicas de la publicidad, el Periodismo y la
Relaciones Públicas, a través de los medios de comunicación masivos u otros, los objetivos, políticas, planes, proyectos y acciones de la Empresa.
e) Proponer y efectuar la publicación de boletines, revistas y otros medios de
difusión, para informar y comprometer a organismos y autoridades en el desarrollo de planes, Programas y Actividades de la empresa, en beneficio de la comunidad.
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f) Supervisar el aspecto comunicacional de las campañas de publicidad
orientadas al mantenimiento de la imagen institucional y comunicaciones de la Empresa.
g) Desarrollar las acciones de protocolo y de eventos oficiales aprobados por la
Alta Dirección. h) Evaluar el comportamiento de la opinión pública hacia la Empresa, así como
proponer las medidas correctivas pertinentes. i) Participar en la formulación del presupuesto de la empresa en el ámbito de su
competencia i) Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo de las operaciones que
se realizan en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control
j) Planificar, dirigir, coordinar, implementar y evaluar los Programas de
Educación Sanitaria, k) Planificar, dirigir, coordinar, implementar, controlar y evaluar los Programas
de Atención al usuario l) Brinda orientación al cliente en cuanto a trámites, instancias de trámites,
plazos de solución y requisitos y otros. m) Efectúa el seguimiento del trámite de los documentos derivados de las
estaciones de atención al cliente, hacia las unidades orgánicas que solucionaran el reclamo y/o solicitud}
n) Desarrollar campañas de Educación Sanitaria para dar a conocer a la población
referente al valor económico y adecuada operación y mantenimiento de los servicios de agua potable y alcantarillado
o) Formula, ejecuta y evalúa su Plan Operativo .
DEL EQUIPO DE INFORMÁTICA Y COMPUTACIÓN Artículo 58º.- El Equipo de Informática y Computación es el Órgano de Apoyo encargado de programar, diseñar la automatización de los sistemas de información susceptibles de ello, del mantenimiento de los sistemas automatizados, de la operación de los sistemas implantados. Asume la administración del procesamiento del sistema de información centralizada, apoya
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y evalúa la producción informática en los órganos de la Empresa. El Equipo de Informática y Computación está a cargo de un Jefe de Equipo que depende del Gerente General. Tiene el Tercer nivel jerárquico y estructural. El Equipo de Informática y Computación no cuenta con dependencias orgánicas, la ejecución de sus acciones las realiza mediante la conformación de equipos funcionales. Artículo 59º.- Corresponde al Equipo de Informática y Computación, las funciones siguientes: a) Planificar, organizar, desarrollar controlar y evaluar los procesos de
automatización del sistema de información de la Empresa. b) Implantar, coordinar, dirigir y controlar un sistema de información integrado,
cuyas características sean compatibles con el grado de complejidad o tamaño de la empresa, verificando la máxima eficiencia de los equipos centrales y/o conectados a estos, teniendo como meta la continuidad, oportunidad y máximo nivel de servicio.
c) Entender y dar solución a los problemas relacionados a la automatización e
implantación de los sistemas automatizados, equipos y software en general, con eficiencia y calidad.
d) Planificar, dirigir y evaluar, en coordinación con la Gerencia de Desarrollo e
Investigación, el desarrollo de la Infraestructura informática de la Empresa, y del Sistema de Información Integral de Gestión Empresarial, para los niveles operativos, tácticos y estratégicos.
e) Programar y ejecutar el presupuesto asignado al Equipo en cumplimiento de
las metas y objetivos propuestos y aprobados para el ejercicio presupuestal correspondiente.
f) Administrar los equipos centrales, periféricos y redes de comunicación; y
asesorar a la Alta Dirección y unidades orgánicas en la aplicación y operación de los sistemas automatizados y el uso adecuado del software y equipos de cómputo de la Empresa.
g) Elaborar proyectos para el diseño, programación e implantación de nuevos
sistemas de información, aplicando metodología y técnicas de última generación.
h) Programar y desarrollar el mantenimiento de los sistemas de información,
equipos, dispositivos auxiliares a las unidades orgánicas. i) Asignar en forma racional y equitativa los equipos de cómputo, el software de
aplicación y dispositivos auxiliares a las unidades orgánicas. Se aplicará en el proceso de asignación, criterios que concuerden con los objetivos estratégicos y metas de la Empresa.
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j) Formular normas internas para el uso adecuado de la base de datos de los
sistemas automatizados, para el almacenamiento, resguardo y confidencialidad de los daros y programas implantados, como también de uso racional y adecuado de los equipos de cómputo.
k) Efectuar periódicamente el control de calidad de los sistemas automatizados
en funcionamiento. l) Programar, coordinar y desarrollar los eventos de capacitación en materia de
informática, computación, manejo de redes, telemática e internet. m) Emitir normas, metodologías y formularios que garanticen la obtención de
información homogénea, consistente, oportuna y confiable tomando en consideración las posibilidades y requerimientos de las unidades orgánicas.
n) Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo de las operaciones que
se realizan en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control
n) Formula, ejecuta y evalúa su Plan Operativo o) Efectuar periódicamente el mantenimiento de la página Webb p) Administrar la recopilación y envío de la información solicitada por SUNASS
con relación al SICAP, q) Desarrollar, actualizar y difundir el Plan de contingencias informático, r) Prestar el asesoramiento a la gestión Comercial r) Otras funciones asignadas por la Gerencia General.
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DE LA OFICINA DE CONTROL DE CALIDAD Artículo 60º.- La Oficina de Control de Calidad es el órgano de apoyo de la Gerencia General, cuya función principal consiste en planear, coordinar y evaluar el control de calidad de agua potable en concordancia con los índices sanitarios pertinentes, supervisando que se encuentren dentro de los estándares de calidad y dentro de los límites máximos permisibles para agua para consumo humano. Asimismo, supervisa y evalúa la aplicación de normas sobre control sanitario para el tratamiento de agua potable y de aguas servidas y residuales La Oficina de Control de Calidad está a cargo de un Jefe, quien depende jerárquicamente de la Gerencia General. Tiene el segundo nivel jerárquico y estructural. La Oficina de Control de Calidad no cuenta con dependencias orgánicas, la ejecución de sus acciones las realiza mediante la conformación de equipos funcionales. Artículo 61º.- Corresponde al Jefe de la Oficina de Control de Calidad, las funciones siguientes: a) Planear, dirigir, programar, coordinar y controlar el proceso de evaluación de
la calidad de agua y desagüe. b) Diseñar e implementar rutinas específicas de control para verificar el
cumplimiento de los parámetros físicos, químicos y bacteriológicos de calidad para el Control de Calidad de insumos, agua cruda, en proceso y tratada, así como de los desagües.
c) Supervisar y controlar la aplicación de las pruebas de calidad
pre-establecidas así como el cumplimiento de los estándares de calidad. d) Analizar, evaluar y/o recomendar ajustes, calibraciones y/o modificaciones en
los procesos de manera tal que se adecuen a los parámetros de calidad. e) Dirigir, coordinar, controlar y evaluar los planes de inspección. f) Formular, implementar y controlar normas y políticas para el control de calidad
de agua y desagüe. g) Planear, dirigir, programar, coordinar y controlar los programas de evaluación
aguas residuales. h) Dirigir, coordinar, supervisar la elaboración y aplicación de normas,
procedimientos y manuales para el control de calidad de agua y desagüe. i) Elaborar programas de desinfección. j) Formular y desarrollar modelos para la determinación de estándares de
calidad de agua y desagüe.
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k) Administrar un sistema de monitoreo que centralice la información de los
procesos y actividades del sub sistema de control de calidad de la Entidad. o) Efectuar investigaciones para determinar nuevos o mejores insumos y
productos que garanticen el cumplimiento de las especificaciones sanitarias en el agua producida y distribuida a los usuarios.
m) Participar en la formulación del presupuesto de la empresa en el ámbito de su
competencia n) Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo de las operaciones que se
realizan en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control
o) Formula, ejecuta y evalúa su Plan Operativo
CAPITULO VII DE LOS ORGANOS DE LINEA
Artículo 62º.- Los Órganos de Línea son responsables de la ejecución directa de la actividad fundamental de la Empresa en concordancia a su naturaleza, objetivos y fines. Los Órganos de Línea lo conforman: La Gerencia de Operaciones y la Gerencia Comercial.
LA GERENCIA DE OPERACIONES ARTÍCULO 63°.- La Gerencia de Operaciones es el Órgano Línea de segundo nivel organizacional encargado de asegurar la operatividad de las fuentes de captación y el uso racional del recurso, logrando la adecuada potabilización de las aguas captadas, garantizando la operación y mantenimiento de la infraestructura sanitaria y de los equipos electromecánicos de la Empresa, controlando los procesos de captación, conducción, almacenamiento y distribución del agua potable; así como de la recolección, tratamiento y disposición final de las aguas servidas El Gerente de Operaciones depende Jerárquicamente del Gerente General. La Gerencia de Operaciones está conformada:
Equipo de Ingeniería
Equipo de Producción y Operaciones
Equipo de Mantenimiento. Artículo 64º.- Son funciones del Gerente de Operaciones: a) Planificar, dirigir y evaluar el desarrollo de los procesos de captación y
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tratamiento de agua para el consumo humano, así como de los Programas de Operación y Mantenimiento de la Plantas del Tratamiento de Agua y Planta de Tratamiento de Aguas Residuales.
b) Planificar, dirigir y evaluar el desarrollo del programa de explotación de las
fuentes de agua; establecer programas de mantenimiento, rehabilitación de esta infraestructura.
c) Planificar, dirigir y evaluar el desarrollo del proceso de macro medición en el
Sistema de Agua, así como los Programas de Operación y Mantenimiento de dicho Sistema.
d) Planificar, dirigir y evaluar los Programas de Operación y Mantenimiento de
los Sistemas Primarios de Recolección Tratamiento Final de Desagües. e) Dirigir, controlar y evaluar las acciones de formulación, aprobación y ejecución
de estudios, proyectos y obras para el mejoramiento y/o ampliación de los servicios.
f) Dirigir y controlar y evaluar las acciones de apoyo tecnológico a los procesos
de la Gerencia, a través de sistema de supervisión y control adecuados y del Mantenimiento Productivo Total.
g) Dirigir y controlar acciones orientadas al mantenimiento y perfeccionamiento
del Sistema de Gestión de la Calidad h) Planificar, dirigir y evaluar el desarrollo de los procesos de operación,
seguridad y mantenimiento de los equipos electromecánicos de las estaciones de bombero, correspondientes a, cisternas, reservorios y cámaras de desagüe.
i) Dirigir, controlar y evaluar el proceso de control de pérdidas y detección de
fugas en las redes de agua. j) Dirigir, controlar y evaluar las acciones de Catastro de Redes Agua y
Alcantarillado, así como de la Sectorización del Sistema de Agua Potable. k) Participar en la formulación del presupuesto de la empresa en el ámbito de su
competencia k) Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo de las operaciones que
se realizan en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control
l) Planificar, dirigir y evaluar las acciones orientadas a la formulación, mantenimiento y ejecución del Plan Ambiental Empresarial.
l) Formula, ejecuta y evalúa su Plan Operativo
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DEL EQUIPO DE INGENIERÍA Artículo 65º.- El Equipo de Ingeniería es el órgano de línea de tercer nivel organizacional, cuya función principal es la elaboración de estudios y proyectos de inversión en infraestructura hidráulica y sanitaria, la ejecución de obras, las liquidaciones técnicas de las mismas, la administración del catastro técnico de redes y la instalación de nuevas conexiones domiciliarias. El Equipo de Ingeniería está a cargo de un Jefe que depende jerárquicamente del Gerente de Operaciones. Artículo 66º.- Corresponde al Jefe del Equipo de Ingeniería, las funciones siguientes: a) Planificar, organizar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar el proceso de
estudios, proyectos de inversión en infraestructura hidráulica y sanitaria, ejecución de obras y liquidación técnica de las mismas.
b) Mantener actualizado la información cartográfica de la infraestructura de
redes y elaborar aplicativos en el sistema según las necesidades. c) Elaborar los estudios de infraestructura sanitaria y de impacto ambiental. d) Elaborar los proyectos de inversión sanitaria a realizarse por administración
directa y por contrata. e) Controla la Ejecución de las obras de saneamiento, aprobadas en el
Programa de Inversiones para el ejercicio fiscal correspondiente. f) Efectuar la liquidación técnica de las obras concluidas y ejecutadas por
administración directa,. g) Efectuar las conexiones domiciliarias de agua potable de acuerdo a las
normas técnicas vigentes para el caso. h) Participar en la formulación del presupuesto de la empresa en el ámbito de su
competencia p) Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo de las operaciones que
se realizan en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control
q) Formula, ejecuta y evalúa su Plan Operativo
DEL EQUIPO DE PRODUCCIÓN Y OPERACIONES Artículo 67º.- El Equipo de Producción y Operaciones, es el órgano de línea de tercer nivel organizacional, cuya función principal es velar por el proceso de captación del agua superficial y subterránea, así como de su potabilización bajo
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parámetros de calidad para el consumo humano, así como de la distribución desde la Planta de Tratamiento y/o estaciones de Bombeo, hasta el domicilio del cliente, es de su competencia tabién el control de calidad del agua en redes y reservorios, el control de pérdidas y del servicio de alcantarillado sanitario. El Equipo de Producción y Operaciones está a cargo de un Jefe, quién depende jerárquicamente del Gerente Operaciones. Artículo 68º.- Corresponde al Jefe del Equipo de Producción y Operaciones, las siguientes funciones: a) Planificar, dirigir, controlar y evaluar el proceso de captación y producción
del agua potable para el consumo humano, dentro de los parámetros que estable los organismos e instituciones de salud.
b) Velar que el proceso de captación, conducción, almacenamiento y
potabilización del agua para el consumo humano, se realice dentro de los standares de calidad permisibles para el consumo humano,
d) Controlar la calidad del agua antes y después de su tratamiento, en
reservorios, redes de agua y conexiones domiciliarias. e) Mantener en perfecto estado de conservación y funcionamiento los sistemas
de captación y de conducción. f) Programar y controlar los volúmenes diarios de agua potable con destino a las
redes de distribución. g) Controlar con eficiencia y oportunidad la cantidad, continuidad y calidad del
agua potable en las redes de distribución. h) Mantener el balance hídrico en las redes de agua potable. i) Detectar y controlar la fuga de agua en los reservorios, redes de distribución
y conexiones domiciliarias. j) Efectuar, controlar y mantener la macro - medición del agua potable.
k) Controlar los procesos de recolección de aguas servidas, de su tratamiento
en las lagunas de oxidación y de la disposición final de las aguas residuales, l) Participar en la formulación del presupuesto de la empresa en el ámbito de su
competencia m) Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo de las operaciones que
se realizan en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control
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m) Formula, ejecuta y evalúa su Plan Operativo
DEL EQUIPO DE MANTENIMIENTO Artículo 69º.- El Equipo de Mantenimiento, es el órgano de línea de tercer nivel organizacional, cuya función principal es mantener en buen estado de funcionamiento y operatividad la infraestructura del Sistema de Producción y Distribución, así como los equipos mecánicos y eléctricos del Sistema de Producción y Distribución del agua potable, desde la Planta de Tratamiento y/o Estaciones de Bombeo, hasta los puntos de servicio de cada usuario, garantizando el buen estado de funcionamiento y conservación de la infraestructura y redes de todo el sistema. El Equipo de mantenimiento está a cargo de un Jefe, quién depende jerárquicamente del Gerente de Operaciones. Artículo 70º.- Corresponde al Jefe del Equipo de Mantenimiento las funciones siguientes: a) Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de la maquinaria y equipo
hidráulico de la Planta de Tratamiento y el Sistema Electromecánico de las Estaciones de Bombeo.
b) Diagnosticar el estado funcional y operativo de los equipos y máquinas del
Sistema de Producción. c) Proponer la Renovación y modernización de los equipos y maquinarias del
Sistema de Producción del agua potable. d) Garantizar el buen uso de los equipos y maquinarias de producción. e) Supervisar y controlar las acciones de mantenimiento de la infraestructura de
saneamiento de todo el ámbito de la empresa, reservorios, redes de agua potable, redes de alcantarillado sanitario.
f) Programar, ejecutar y evaluar los procesos de mantenimiento de los
reservorios y estaciones de bombeo. g) Establecer procedimientos estratégicos para el adecuado mantenimiento y
operatividad, la infraestructura y redes de agua potable y alcantarillado sanitario.
h) Desarrollar actividades orientadas al control y mantenimiento de los macro
medidores. i) Participar en la formulación del presupuesto de la empresa en el ámbito de su
competencia
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j) Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo de las operaciones que se realizan en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control
r) Formula, ejecuta y evalúa su Plan Operativo
DE LA GERENCIA COMERCIAL Artículo 71º.- La Gerencia Comercial es el Órgano de Línea de segundo nivel organizacional, encargado de comercializar óptimamente los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario, los servicios colaterales, gestionar la cobranza respectiva y dar atención al reclamo de los usuarios. La Gerencia Comercial, está a cargo de un Gerente quién depende jerárquicamente del Gerente General. La Gerencia Comercial está conformada por los siguientes Equipos:
Equipo de Facturación y Cobranza
Equipo de Catastro y Medición Artículo 72º.- Corresponde al Gerente Comercial las funciones siguientes: a) Planificar, dirigir y controlar el desarrollo de las acciones de formulación,
aplicación y evaluación de política, normas, planes y programas de los procesos comerciales.
b) Planificar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los procesos comerciales
desconcentrados, así como la formulación y evaluación de planes y programas de determinación de estándares e indicadores de gestión.
c) Dirigir, coordinar y asegurar las acciones de control, supervisión y auditorias
de gestión, orientadas al desarrollo de las actividades y procesos comerciales. d) Dirigir, coordinar y asegurar la elaboración, presentación y distribución de la
información estadística e indicadores de gestión comercial. e) Planificar, dirigir y evaluar el desarrollo de estudios e investigaciones de
mercado, orientados a una mejor atención al cliente. f) Planificar, dirigir y evaluar el desarrollo de programas y convenios de
cooperación técnica para el desarrollo de la gestión comercial. g) Planificar, dirigir y evaluar los estudios en temas referidos a catastro
comercial, sistemas de medición, perfiles de consumo, evaluación del comportamiento metereológico del parque de medidores instalados.
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h) Planificar, dirigir y evaluar estudios relacionados con el desarrollo de modelos de aseguramiento para los procesos de Micro medición y Catastro Comercial.
i) Planificar, dirigir y evaluar las acciones de registro y movimiento de medidores
en el Sistema Comercial. j) Planificar, dirigir y evaluar las acciones de aseguramiento y control de calidad
de los medidores nuevos, adquiridos e instalados vía terceros para la ampliación de la cobertura y el sostenimiento del parque instalado.
k) Dirigir, controlar y evaluar acciones de investigación tecnológica de medidores
y nuevos sistemas de medición. l) Dirigir, controlar y evaluar las acciones de administración, control y evaluación
de Clientes Especiales de la Red, Fuente Propia, corporativos y Clientes Preferentes.
m) Planificar, dirigir, coordinar y evaluar los Programas de Educación Sanitaria. n) Dirigir y controlar las acciones de asesoramiento y asistencia técnica a las
Unidades Orgánicas de la Empresa en aspectos comerciales, o) Coordinar con la Gerencia e Administración y Finanzas y el área de
Contabilidad los procesos de conciliación mensual de los saldos de las cuentas por cobrar comerciales, y su relación con los registros contables y el registro de ventas
p) Programar,.dirigir, implementar , controlar y evaluar los programas de
detección de conexiones clandestinas, y de recuperación de la deuda morosa,
q) Participar en la formulación del presupuesto de la empresa en el ámbito de su
competencia, r) Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo de las operaciones que
se realizan en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control,
s) Formula, ejecuta y evalúa su Plan Operativo
DEL EQUIPO DE FACTURACION Y COBRANZAS Artículo 73º.- El Equipo de Facturación y Cobranzas, es el Órgano de Línea de Tercer nivel organizacional, cuya función principal es desarrollar los procesos de facturación y cobranza por los servicios prestados por la empresa. Artículo 74.- Corresponde al Jefe del Equipo de Facturación y Cobranzas, las funciones siguientes:
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a) Formular y ejecutar el Plan de Captación de ingresos por la venta y
comercialización de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y servicios colaterales.
b) Ejecutar campañas de pago puntual y reducción de los índices de morosidad. c) Efectuar la facturación y cobranza por los servicios que brinda la empresa con
eficiencia y oportunidad. d) Efectuar la correcta aplicación de las normas tarifarías. e) Efectuar los cortes y reaperturas del servicio, según el reporte técnico de la
Gerencia Comercial. f) Participar en la formulación del presupuesto de la empresa en el ámbito de su
competencia g) Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo de las operaciones que
se realizan en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control ,
h) Formula, ejecuta y evalúa su Plan Operativo
DEL EQUIPO DE CATASTRO Y MEDICION Artículo 75º.- El Equipo de Catastro y Medición, es el Órgano de Línea de Tercer nivel organizacional, encargado de efectuar en forma eficiente y oportuna la micro medición y el registro adecuado del consumo del agua potable y el desarrollo y actualización del catastro de usuarios. El Equipo de Catastro y Medición está a cargo de un Jefe, quién depende jerárquicamente del Gerente Comercial. Artículo 76º.- Corresponde al Jefe de Catastro y Medición las funciones siguientes: a) Desarrollar y actualizar el catastro de usuarios en estricta compatibilidad con
las conexiones domiciliarias existentes. b) Efectuar la instalación de los medidores y el mantenimiento de los mismos. c) Efectuar los procesos de medición y control del consumo de agua potable, en
forma veraz y eficiente, fidedigna y oportuna y la emisión e informe del registro a las dependencias correspondientes,
d) Participar en la formulación del presupuesto de la empresa en el ámbito de su
competencia
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e) Diseñar y ejecutar procedimientos de control previo de las operaciones que se
realizan en el ámbito de su competencia, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control
f) Formula, ejecuta y evalúa su Plan Operativo
CAPITULO VIII DE LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS
DE LAS OFICINAS ZONALES
Artículo 77°.- Las Oficinas Zonales son los órganos Desconcentrados de EMAPISCO y están conformados por las siguientes Oficinas: Oficina Zonal de San Andrés Oficina Zonal Túpac Amaru Inca Les compete la programación, administración, ejecución y control de las actividades operativas comprendidas en los procesos de gestión, correspondientes a los subsistemas de Administración y Finanzas, Comercial y de Operaciones; dentro del ámbito de su competencia y de acuerdo al Manual de Desconcentración de funciones. Artículo 78º.- Las funciones generales de las Oficinas Zonales, son las siguientes: a) Elaborar en coordinación con las Gerencias y Oficinas de la Sede Central los
planes operativos, programas y presupuestos. b) Controlar la ejecución de los programas y presupuestos aprobados en base a
los cronogramas físicos y financieros establecidos. c) Proponer la realización de estudios y proyectos para la ampliación y
perfeccionamiento de los servicios, incluyendo proyectos de extensión de redes.
d) Proponer y supervisar la implantación de estudios de organización, métodos
y soporte informático para mejorar la eficiencia administrativa. e) Ejecutar, coordinar y controlar el desarrollo de actividades de operación,
mantenimiento, comerciales, administrativas y financieras en las localidades bajo su responsabilidad, asegurando el cumplimiento de las políticas, normas y procedimientos establecidos; así como, brindando la información oportuna y necesaria para un efectivo control de la Sede Central.
f) Ejecutar atribuciones dentro de los límites establecidos por el Directorio y por
el manual de desconcentración de funciones.
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g) Representar a la Entidad ante los clientes y las autoridades locales. h) Supervisar e inspeccionar la implantación de nuevos servicios, verificando el
óptimo funcionamiento de sus actividades operativas de mantenimiento y comerciales, procurando el apoyo administrativo necesario de modo de garantizar un funcionamiento eficiente.
i) Coordinar con los órganos centrales de la Entidad, la ejecución y supervisión
de las obras que desarrolla la Empresa o que son efectuadas por terceros. j) Otras funciones asignadas por la Gerencia General. Artículo 79º.- Las Oficinas Zonales, están a cargo de un Jefe Zonal y dependen del Gerente General. Artículo 80º.- Las Oficinas Zonales tienen la siguiente desagregación estructural (al Tercer Nivel Organizacional): Equipo Comercial. Equipo Administrativo - Financiero. Equipo de Operaciones.
CAPITULO IX
DE LOS ORGANOS DE COORDINACION
DEL COMITE DE GERENCIA Artículo 81º.- Es un órgano de coordinación de acciones y decisiones sobre aspectos rutinarios e importantes de la Gestión Empresarial, es presidido por el Gerente General y con la facultad que le asiste delegar su representación en uno de sus miembros, está conformado por los Gerentes Centrales y Jefes de Oficinas. Artículo 82º.- Corresponde al Comité de Gerencia las facultades y atribuciones siguientes: a) Establecer, evaluar y actualizar los objetivos y políticas de gestión empresarial
en concordancia a los planes de mediano y largo plazo. b) Aprobar las políticas de gestión de los diferentes órganos de la Empresa. c) Tratar y absolver en forma corporativa aspectos importantes de la gestión. d) Analizar y acordar asuntos relacionados con el buen funcionamiento de la
Empresa.
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e) Fijar los lineamientos de política sobre racionalización, rotación y otros de
personal. f) Aprobar la remoción de personal, las licencias por capacitación de acuerdo a
las Normas legales vigentes.
DEL COMITE DE PRESUPUESTO Artículo 83º.- Es el Órgano de Coordinación y de determinación en primer nivel de la programación, formulación, aprobación, control y evaluación del presupuesto institucional, está conformado por los: Gerente de Administración y Finanzas, Gerente Producción, Gerente Comercial, Gerente de Investigación y Desarrollo; y el Jefe del Equipo de Contabilidad y Finanzas, el Jefe de Logística y el Jefe de Recursos Humanos, lo preside el Gerente General. Artículo 84º.- Corresponde al Comité de Presupuesto, las atribuciones siguientes: a) Definir los objetivos y metas presupuestales del ejercicio, en concordancia
con los objetivos y lineamientos de política empresarial, la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las directivas para la Programación del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el ejercicio correspondiente y Directivas internas.
b) Determinar los ingresos y egresos a programarse en el correspondiente
ejercicio presupuestal sobre la propuesta de la Gerencia Comercial referente a los ingresos y de la Gerencia de Administración y Finanzas referente a los Egresos.
c) Dirigir y evaluar el proceso de programación y formulación del presupuesto
institucional. d) Aprobar en primera instancia los indicadores de gestión a propuesta de las
unidades orgánicas involucradas en el proceso.
DEL COMITÉ DE TARIFAS ARTÍCULO 85°.- Es el Órgano de Coordinación encargado de la evaluación, fijación y actualización de las Tarifas a cobrar por los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y servicios colaterales. Está conformado por el Gerente Comercial, Gerente de Producción, el Gerente de Administración y Finanzas, Gerente de Desarrollo e Investigación; es presidido por el Gerente General. ARTÍCULO 86°.- Corresponde al Comité de tarifas las atribuciones siguientes:
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a) Evaluar los estudios de costos de producción del agua potable, de los servicios de alcantarillado sanitario y de los servicios colaterales.
b) Evaluar la Estructura Tarifaria propuesta por la Gerencia de Desarrollo e
Investigación para el cobro de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario, y servicios colaterales, teniendo en consideración los principios de eficiencia económica, viabilidad financiera, equidad social, simplicidad y transparencia.
c) Evaluar y actualizar las Tarifas de acuerdo al incremento del costo de
producción de los servicios que brinda la empresa.
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TITULO CUARTO
DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Artículo 87°.- Con la finalidad de lograr los objetivos, EMAPISCO S.A., tiene la facultad de mantener relaciones inter - institucionales siguientes: a) Instituciones Nacionales: Dirección Nacional de Presupuesto, Contaduría
Pública de la Nación Público, Dirección General de Programación Multianual del Ministerio de Economía Y Finanzas, Contraloría General de la República, Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, Ministerio de Vivienda y Construcción, Instituto Nacional de Estadística e Informática, entre otras.
b) Instituciones del Gobierno Regional. c) Instituciones Locales: Municipalidad Provincial de PISCO y municipalidades
distritales de San Andrés y Túpac Amaru. d) Organismos nacionales e internacionales, personas naturales y jurídicas cuyos
objetivos sean concurrentes o complementarios a los fines que persigue la Empresa.
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TITULO QUINTO
DEL REGIMEN LABORAL Artículo 88°.- Los funcionarios, profesionales, técnicos, auxiliares y obreros de la Empresa EMAPISCO S.A., están comprendidos en el Régimen Laboral de la Actividad Privada, son aplicables el D.S. Nº 002-97-TR, Ley de Formación y Promoción Laboral, D.S. Nº 003-97-TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Fomento del Empleo, el D.S. Nº 001-97-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, Decreto Legislativo Nº 650, Decreto Legislativo Nº 713 y su Norma Reglamentaria aprobado por D.S. Nº 012-92-TR, el Texto Único Ordenado de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Horario en Sobretiempo, Decreto Legislativo Nº 854 y su modificatoria, Ley Nº 27671 aprobado por D.S. Nº 007-2002-TR y su Norma Reglamentaria aprobado por D.S. Nº 008-2002-TR y otras normas de carácter laboral en vigencia. Lo dispuesto en este artículo no autoriza a los trabajadores de la Empresa a recibir simultáneamente otras remuneraciones o pensiones a cargo del Estado o de Empresas del Estado, excepto por el ejercicio de la docencia educativa como lo señala la Constitución del Estado. Artículo 89°.- El Reglamento Interno de Trabajo, se aprueba por Resolución de Directorio, se actualiza y/o modifica a solicitud o propuesta de la Gerencia de Administración y Finanzas. Artículo 90°.- Constituye personal de confianza: El Gerente General, Jefe de, los Gerentes de Apoyo, Asesoramiento y Línea. Artículo 91°.- De las prohibiciones al Personal Realizar en forma eventual o permanente, por sí o por medio de terceros, actividades que de algún modo estén vinculadas a las funciones y operaciones de la Empresa. Artículo 92°.- Utilizar en beneficio propio o de terceros, los bienes de la empresa así como la información a que tenga acceso, o proporcionar información reservada. La trasgresión de las disposiciones de los dos artículos del presente Reglamento, serán consideradas faltas graves y el personal que las infringiera será pasible de las sanciones previstas en la normatividad vigente. Artículo 93°.- El personal de la Empresa que haya sido condenado por actos dolosos y/o sancionados como consecuencia de un proceso administrativo disciplinario y/o proceso de determinación de responsabilidades, cometido en el ejercicio de sus funciones, no podrá reingresar a prestar servicios en la Empresa, bajo ninguna forma o modalidad sea remunerada o ad-honorem.
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TITULO SEXTO
DEL REGIMEN ECONOMICO Artículo 94°.- Constituye recursos económicos de EMAPISCO S.A., los siguientes: a) Los bienes muebles e inmuebles que se le transfirieron y los que adquiere por
cualquier título. b) Los activos provenientes de las inversiones efectuadas. c) El producto de las ventas de bienes y servicios que realiza. d) Los empréstitos que con arreglo a los dispositivos vigentes, se conciertan para
financiar proyectos de inversión. Artículo 95°.- La programación, formulación, ejecución, control y evaluación del presupuesto y estados financieros de la Empresa, están regidos por la Ley Nº 28411 – Ley del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 27293 – Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y su Reglamento, el Estatuto Social de la Empresa y otras normas vigentes. Artículo 96°.- Corresponde al Presidente del Directorio la aprobación del Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Empresa. Artículo 97°.- El ejercicio económico de la Empresa se inicia el primero de enero y termina el 31 de diciembre de cada año. Se formularán, presentaran y aprobaran los Estados Financieros dentro de los 60 días contados a partir del cierre del ejercicio. Artículo 98°.- La Empresa EMAPISCO S.A., es sujeto de crédito para obtener directamente recursos económicos, financieros de cualquier entidad privada, pública, nacional o extranjera, en concordancia a la normatividad legal vigente.
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TITULO SÉPTIMO
DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera El presente Reglamento de Organización y Funciones de EMAPISCO S.A., debe ser aprobado por el Directorio y refrendado mediante Resolución de Directorio. Segunda Para los fines que disponen las normas legales y otras que dicten los organismos del Estado, las responsabilidades en el ámbito administrativo financiero de la Entidad, serán asumidas por la Gerencia General. Tercera Con fines de actualización y adecuación a la legislación que se emita, en los casos que fuera necesario, los articulados del presente Reglamento, serán modificados por disposición del Directorio, a propuesta de Gerencia General, previo Informe Técnico de la Gerencia de Desarrollo e Investigación. Cuarta El Directorio dispondrá la modificación integral del presente Reglamento cuando apruebe o modifique una disposición que afecte directa o indirectamente los objetivos, la naturaleza de las funciones básicas, atribuciones y alcance de la Empresa. Asimismo, de ser el caso, se adecuará su contenido para lograr concordancia con la Ley General de Servicios de Saneamiento, su Reglamento y los lineamientos que establezcan la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento y otras normas legales vigentes. Quinta EMAPISCO de acuerdo a Ley, está facultada para incorporar en forma progresiva a su seno administrativo los servicios de agua potable y alcantarillado de otras localidades ubicadas dentro del ámbito jurisdiccional de la Empresa, en cuyo caso se ampliará y/o modificará de ser necesario la organización administrativa.
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TITULO OCTAVO
DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera La Gerencia General deberá disponer la elaboración de Reglamentos y Manuales complementarios, con el objeto de instrumentalizar el presente Reglamento en la actividad diaria con máxima eficiencia técnica, operativa y administrativa. Segunda El Manual de Organización y Funciones de la Empresa, será aprobado mediante Resolución de Directorio, en el plazo de 60 días naturales a partir de la aprobación del presente Reglamento.
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TITULO NOVENO
DE LAS DISPOSICIONES FINALES Primera La Gerencia de Investigación y Desarrollo o de quien haga sus veces, en coordinación con los órganos de Dirección, queda encargada bajo responsabilidad de la actualización del presente Reglamento de Organización y Funciones, de acuerdo a las necesidades requeridas o cuando las autoridades deliberativas o los órganos de Dirección lo dispongan. Asimismo, queda encargada de elaborar el Manual de Desconcentración de Funciones a la que se hace referencia en el Artículo N° 76° del presente Reglamento. Segunda El presente Reglamento de Organización y Funciones de EMAPISCO S.A. será aprobado por Acuerdo de Directorio, dándose cuenta a la Junta General de Accionistas y entidades de Gobierno que corresponda. Tercera Déjese sin efecto todas las disposiciones que se opongan al presente Reglamento.
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ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE EMAPISCO S.A.
Oficina Zonal de Túpac Amaru Inca.
Junta General de Accionistas
Gerencia de Administración y Finanzas
Equipo de Mantenimiento Equipo de Producción y Operaciones
Equipo de Ingeniería
Gerencia Comercial
Equipo de Contabilidad.
Equipo de Logística y Servicios
Equipo de Catastro y Medición
Comité de Gerencia
Gerencia de Operaciones.
Comité de Presupuesto
Equipo de Facturación y Cobranza
Equipo de Recursos Humanos
Comité de Tarifas
Oficina de Auditoría Interna
Gerencia General
Directorio
Equipo de Imagen Institucional
Equipo de Informática y Computación Oficina de Control de Calidad
Equipo de Planeamiento Operativo y Financiero
Equipo de Investigación y Estudios
Gerencia de Desarrollo e Investigación
Oficina Zonal San Andrés.
Oficina de Asesoría Legal
Educación Sanitaria.
Equipo de Recursos Financieros.
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Equipo de Catastro y Medición Equipo de Facturación y
Cobranza