el procedimiento administrativo sancionador y el procedimiento disciplinario 1dr. miguel angel salas...

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EL PROCEDIMIENTO EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR ADMINISTRATIVO SANCIONADOR Y EL PROCEDIMIENTO Y EL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO DISCIPLINARIO 1 Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello LAS SANCIONES EN LAS SANCIONES EN LA ADMINISTRACIÓN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PÚBLICA

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Page 1: EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR Y EL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO 1Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello LAS SANCIONES EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

EL PROCEDIMIENTO EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR ADMINISTRATIVO SANCIONADOR

Y EL PROCEDIMIENTO Y EL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIODISCIPLINARIO

1Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

LAS SANCIONES EN LA LAS SANCIONES EN LA ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA PÚBLICA

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Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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EL PROCEDIMIENTO EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ADMINISTRATIVO

SANCIONADORSANCIONADOR

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LA NECESIDAD DE REGULAR EL EJERCICIO LA NECESIDAD DE REGULAR EL EJERCICIO DE LA POTESTAD ADMINISTRATIVA DE LA POTESTAD ADMINISTRATIVA

SANCIONADORA SANCIONADORA

La potestad sancionadora constituye una La potestad sancionadora constituye una competencia de gestión necesaria, competencia de gestión necesaria, complementaria a la potestad de mando y complementaria a la potestad de mando y corrección para el adecuado cumplimiento corrección para el adecuado cumplimiento del orden administrativo establecido en del orden administrativo establecido en procura del interés público.procura del interés público.

3Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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El Procedimiento Sancionador y el El Procedimiento Sancionador y el Procedimiento InspectivoProcedimiento Inspectivo

La actuación inspectiva o de comprobación La actuación inspectiva o de comprobación administrativa es una función especial que administrativa es una función especial que tiene por objeto cautelar y/o constatar el tiene por objeto cautelar y/o constatar el cumplimiento de lo previsto en el cumplimiento de lo previsto en el ordenamiento legal vigente.ordenamiento legal vigente.

4Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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El Procedimiento Sancionador y el El Procedimiento Sancionador y el Procedimiento InspectivoProcedimiento Inspectivo

La constatación o verificación del La constatación o verificación del cumplimiento y/o sujeción al ordenamiento cumplimiento y/o sujeción al ordenamiento legal vigente, sirve a la defensa de los legal vigente, sirve a la defensa de los intereses Públicos y Privadosintereses Públicos y Privados

La constatación o verificación del La constatación o verificación del incumplimiento deriva en la potestad incumplimiento deriva en la potestad sancionadora. sancionadora.

5Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Necesidad del Procedimiento Necesidad del Procedimiento SancionadorSancionador

Si decimos que el procedimiento sancionador es el Si decimos que el procedimiento sancionador es el conjunto concatenado de actos que deben seguirse conjunto concatenado de actos que deben seguirse para imponerse una sanción administrativa, dicho para imponerse una sanción administrativa, dicho procedimiento tiende a cumplir dos objetivos.procedimiento tiende a cumplir dos objetivos.– Mecanismo de corrección, para comprobar la Mecanismo de corrección, para comprobar la

comisión de un ilícito.comisión de un ilícito.– Ejercicio del derecho de defensa del presunto Ejercicio del derecho de defensa del presunto

infractor infractor

6Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Necesidad del Procedimiento Necesidad del Procedimiento SancionadorSancionador

En consecuencia, la emisión de un acto En consecuencia, la emisión de un acto sancionador sin cumplir el procedimiento sancionador sin cumplir el procedimiento respectivo y fundamentalmente, sin respectivo y fundamentalmente, sin garantizar la participación activa del garantizar la participación activa del interesado, apareja su nulidad no siendo interesado, apareja su nulidad no siendo posible su conservación. posible su conservación.

7Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Naturaleza de las Normas del Naturaleza de las Normas del Procedimiento SancionadorProcedimiento Sancionador

Su objeto es regular los criterios a aplicar y Su objeto es regular los criterios a aplicar y las actuaciones administrativas que deben las actuaciones administrativas que deben cumplir todas las entidades para poder cumplir todas las entidades para poder ejercer la potestad sancionadora que se le ejercer la potestad sancionadora que se le confía.confía.

Los procedimientos especiales no podrán Los procedimientos especiales no podrán imponer condiciones menos favorables a los imponer condiciones menos favorables a los administrados, que las previstas en la Ley administrados, que las previstas en la Ley 27444. 27444.

8Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Naturaleza de las Normas del Naturaleza de las Normas del Procedimiento SancionadorProcedimiento Sancionador

Es un Acto de Gravamen. Determina un Es un Acto de Gravamen. Determina un menoscabo o privación, total o parcial, temporal menoscabo o privación, total o parcial, temporal o definitiva, de derechos o intereses, tales como:o definitiva, de derechos o intereses, tales como:– La suspensión, clausura o interdicción de ejercer La suspensión, clausura o interdicción de ejercer

determinadas actividades.determinadas actividades.– El comiso de bienes.El comiso de bienes.– La caducidad de derechosLa caducidad de derechos– La amonestación o apercibimientoLa amonestación o apercibimiento– La multa, entre otros.La multa, entre otros.

9Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Tendencias que Debilitan las Garantías Tendencias que Debilitan las Garantías IndividualesIndividuales

Tendencia a emplear normas reglamentarias para establecer o Tendencia a emplear normas reglamentarias para establecer o completar las infracciones y sanciones. completar las infracciones y sanciones. Debilita el principio Debilita el principio de legalidad.de legalidad.

Tendencia a estipular sanciones en función a tipos genéricos y Tendencia a estipular sanciones en función a tipos genéricos y abstractos de infracciones.abstractos de infracciones. Debilita el principio de tipicidad. Debilita el principio de tipicidad.

Tendencia a tornar mas rápido y eficiente el proceso Tendencia a tornar mas rápido y eficiente el proceso administrativo sancionador con cargo al control posterior. administrativo sancionador con cargo al control posterior. Debilita el principio del debido proceso.Debilita el principio del debido proceso.

Tendencia a permitir sanciones administrativas independientes Tendencia a permitir sanciones administrativas independientes de las judiciales. de las judiciales. Afecta el alcance del NON BIS IN ÍDEM.Afecta el alcance del NON BIS IN ÍDEM.

10Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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El procedimiento sancionador tiene por finalidad El procedimiento sancionador tiene por finalidad hacer posible que la Administración haga efectivas hacer posible que la Administración haga efectivas sanciones contra los administrados ante la comisión sanciones contra los administrados ante la comisión de infracciones calificadas como tales por la Ley. de infracciones calificadas como tales por la Ley.

Dichas sanciones se definen como situaciones Dichas sanciones se definen como situaciones gravosas o desventajosas impuestas al administrado gravosas o desventajosas impuestas al administrado como consecuencia de la comisión de una infracción. como consecuencia de la comisión de una infracción.

Finalidad del Procedimiento Finalidad del Procedimiento SancionadorSancionador

11Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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PRINCIPIOS DE LA POTESTAD PRINCIPIOS DE LA POTESTAD SANCIONADORASANCIONADORA

12Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Derivado del principio de legalidad administrativa, el Derivado del principio de legalidad administrativa, el principio de legalidad en el ámbito del derecho principio de legalidad en el ámbito del derecho administrativo sancionador implica que sólo por norma administrativo sancionador implica que sólo por norma con rango de ley cabe atribuir a las entidades la potestad con rango de ley cabe atribuir a las entidades la potestad sancionadora y la consiguiente previsión de las sancionadora y la consiguiente previsión de las consecuencias administrativas que a título de sanción consecuencias administrativas que a título de sanción son posibles de aplicar a un administrado, las que en son posibles de aplicar a un administrado, las que en ningún caso habilitarán a disponer la privación de ningún caso habilitarán a disponer la privación de libertad, facultad que compete únicamente al Juez y en el libertad, facultad que compete únicamente al Juez y en el contexto de la tramitación de un proceso penal. contexto de la tramitación de un proceso penal.

PRINCIPIO DE LEGALIDADPRINCIPIO DE LEGALIDAD

13Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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El debido procedimiento, en materia sancionadora, El debido procedimiento, en materia sancionadora, implica que las entidades aplicarán sanciones implica que las entidades aplicarán sanciones sujetándose al procedimiento establecido y sujetándose al procedimiento establecido y respetando las garantías del debido proceso. respetando las garantías del debido proceso.

Entonces, en el caso del procedimiento Entonces, en el caso del procedimiento administrativo sancionador, y dado que la resolución administrativo sancionador, y dado que la resolución que pueda emitirse tendrá un carácter gravoso, este que pueda emitirse tendrá un carácter gravoso, este principio deberá ser tomado en su acepción más principio deberá ser tomado en su acepción más amplia posible (Constitucional, Adjetiva o Procesal amplia posible (Constitucional, Adjetiva o Procesal y Sustantiva). y Sustantiva).

PRINCIPIO DE DEBIDO PRINCIPIO DE DEBIDO PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTO

14Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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PRINCIPIO DE RAZONABILIDADPRINCIPIO DE RAZONABILIDAD

Las autoridades deben prever que la comisión de la Las autoridades deben prever que la comisión de la conducta sancionable no resulte más ventajosa para conducta sancionable no resulte más ventajosa para el infractor que cumplir las normas infringidas o el infractor que cumplir las normas infringidas o asumir la sanción; así como que la determinación de asumir la sanción; así como que la determinación de la sanción considere criterios como la existencia o la sanción considere criterios como la existencia o no de intencionalidad, el perjuicio causado, las no de intencionalidad, el perjuicio causado, las circunstancias de la comisión de la infracción y la circunstancias de la comisión de la infracción y la repetición en la comisión de infracción. repetición en la comisión de infracción.

15Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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PRINCIPIO DE RAZONABILIDADPRINCIPIO DE RAZONABILIDAD

Las sanciones deberán ser proporcionales al Las sanciones deberán ser proporcionales al incumplimiento calificado como infracción, incumplimiento calificado como infracción, observando los siguientes criterios:observando los siguientes criterios:– Gravedad del daño al interés público.Gravedad del daño al interés público.– El perjuicio económico causado.El perjuicio económico causado.– La repetición o continuidad de la infracción.La repetición o continuidad de la infracción.– Las circunstancias de la comisión de la Las circunstancias de la comisión de la

infracción.infracción.

Se trata de evitar el exceso de puniciónSe trata de evitar el exceso de puniciónDr. Miguel Angel Salas

Macchiavello16

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PRINCIPIO DE TIPICIDADPRINCIPIO DE TIPICIDAD

Por el principio de Tipicidad, administrativamente solo Por el principio de Tipicidad, administrativamente solo constituyen conductas sancionables, las infracciones constituyen conductas sancionables, las infracciones previstas expresamente en normas con rango de ley previstas expresamente en normas con rango de ley mediante su tipificación como tales, sin admitir mediante su tipificación como tales, sin admitir interpretación extensiva o analogía. interpretación extensiva o analogía.

En tal sentido, este principio se asemeja a su equivalente a En tal sentido, este principio se asemeja a su equivalente a nivel del derecho penal, puesto que establece que solo la nivel del derecho penal, puesto que establece que solo la Ley puede establecer las infracciones y las sanciones Ley puede establecer las infracciones y las sanciones respectivas, sea cual fuese el ámbito jurídico en el cual las respectivas, sea cual fuese el ámbito jurídico en el cual las mismas se apliquen. mismas se apliquen.

17Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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PRINCIPIO DE PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDADIRRETROACTIVIDAD

Por el principio de irretroactividad son Por el principio de irretroactividad son aplicables las disposiciones sancionadoras aplicables las disposiciones sancionadoras vigentes en el momento de incurrir el vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta a sancionar. administrado en la conducta a sancionar.

18Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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PRINCIPIO DE CONCURSO DE PRINCIPIO DE CONCURSO DE INFRACCIONESINFRACCIONES

Cuando una misma conducta califique como más de una Cuando una misma conducta califique como más de una infracción se aplicará la sanción prevista para la infracción infracción se aplicará la sanción prevista para la infracción de mayor gravedad, sin perjuicio que puedan exigirse las de mayor gravedad, sin perjuicio que puedan exigirse las demás responsabilidades que establezcan las leyes. demás responsabilidades que establezcan las leyes.

Este principio se presenta similar a aquellos establecidos Este principio se presenta similar a aquellos establecidos en el ámbito penal respecto a los concursos de delitos, en el ámbito penal respecto a los concursos de delitos, sean estos ideales o reales.sean estos ideales o reales.

La sanción prevista para la infracción de menor gravedad La sanción prevista para la infracción de menor gravedad es absorbida por la sanción prevista para la infracción de es absorbida por la sanción prevista para la infracción de mayor gravedad. mayor gravedad.

19Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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PRINCIPIO DE CONTINUACIÓN PRINCIPIO DE CONTINUACIÓN DE INFRACCIONESDE INFRACCIONES

Para imponer sanciones por infracciones en las Para imponer sanciones por infracciones en las que el administrado incurra en forma continua, que el administrado incurra en forma continua, se requiere que hayan transcurrido por lo menos se requiere que hayan transcurrido por lo menos treinta (30) días hábiles desde la fecha de la treinta (30) días hábiles desde la fecha de la imposición de la última sanción y se acredite imposición de la última sanción y se acredite haber solicitado al administrado que demuestre haber solicitado al administrado que demuestre haber cesado la infracción dentro de dicho plazo.haber cesado la infracción dentro de dicho plazo.

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PRINCIPIO DE CONTINUACIÓN DE PRINCIPIO DE CONTINUACIÓN DE INFRACCIONESINFRACCIONES

Presupuestos de la Infracción Continuada:Presupuestos de la Infracción Continuada:– Identidad subjetiva activaIdentidad subjetiva activa: identidad del sujeto responsable de las : identidad del sujeto responsable de las

acciones infractoras, con el administrad o presuntamente acciones infractoras, con el administrad o presuntamente infractor.infractor.

– Identidad subjetiva pasivaIdentidad subjetiva pasiva: Que la infracción afecta a la misma : Que la infracción afecta a la misma Entidad.Entidad.

– Pluralidad fácticaPluralidad fáctica: varios hechos o conductas que constituyan por : varios hechos o conductas que constituyan por sí solas infracción administrativamente sancionable.sí solas infracción administrativamente sancionable.

– Proximidad temporalProximidad temporal: Acciones sucesivas o intermitentes que : Acciones sucesivas o intermitentes que responden a una misma finalidad.responden a una misma finalidad.

– Identidad de los preceptos administrativos lesionadosIdentidad de los preceptos administrativos lesionados: Identidad : Identidad normativa de los preceptos lesionadosnormativa de los preceptos lesionados

Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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PRINCIPIO DE CAUSALIDADPRINCIPIO DE CAUSALIDAD

En el derecho administrativo sancionador – y en el En el derecho administrativo sancionador – y en el derecho sancionador en general - la responsabilidad debe derecho sancionador en general - la responsabilidad debe recaer en quien realiza la conducta omisiva o activa recaer en quien realiza la conducta omisiva o activa constitutiva de infracción sancionable. constitutiva de infracción sancionable.

Ahora bien, al igual que en el derecho penal, el criterio de Ahora bien, al igual que en el derecho penal, el criterio de causalidad a aplicar es el de la denominada causalidad causalidad a aplicar es el de la denominada causalidad adecuada.adecuada.

Por tanto no podrá ser sancionado por hechos cometidos Por tanto no podrá ser sancionado por hechos cometidos por otros, sino por los propios. Ej. El subordinadopor otros, sino por los propios. Ej. El subordinado, o el , o el colegiado que emitió su voto en discordia.colegiado que emitió su voto en discordia.

22Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE LICITUDPRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE LICITUD

Por el principio de presunción de licitud, las entidades Por el principio de presunción de licitud, las entidades deben presumir que los administrados han actuado deben presumir que los administrados han actuado apegados a sus deberes mientras no cuenten con apegados a sus deberes mientras no cuenten con evidencia en contrario. evidencia en contrario.

Este principio resulta ser equivalente en al ámbito Este principio resulta ser equivalente en al ámbito penal a la llamada presunción de inocencia contenida penal a la llamada presunción de inocencia contenida en nuestra Constitución.en nuestra Constitución.

Sin embargo no debe ser confundida con el principio Sin embargo no debe ser confundida con el principio de in dubio pro reo, que posee un origen y naturaleza de in dubio pro reo, que posee un origen y naturaleza distintos.distintos.

23Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE LICITUDPRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE LICITUD La presunción solo cederá si la entidad puede La presunción solo cederá si la entidad puede

acopiar evidencia suficiente sobre los hechos y su acopiar evidencia suficiente sobre los hechos y su autoría.autoría.

El administrado adquiere los siguientes atributos:El administrado adquiere los siguientes atributos:– A no ser sancionado sino en virtud de pruebas que A no ser sancionado sino en virtud de pruebas que

generen convicción sobre la responsabilidad del generen convicción sobre la responsabilidad del administrado y siempre que hayan sido obtenidas administrado y siempre que hayan sido obtenidas legítimamente.legítimamente.

– A que no se le imponga la carga de probar su propia A que no se le imponga la carga de probar su propia inocencia, y que corresponde la actividad probatoria a la inocencia, y que corresponde la actividad probatoria a la administración, quien tiene la carga de la prueba.administración, quien tiene la carga de la prueba.

Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE LICITUDPRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE LICITUD

El administrado adquiere los siguientes atributos:El administrado adquiere los siguientes atributos:– A ser tratado como inocente durante el procedimiento A ser tratado como inocente durante el procedimiento

sancionador, respetándose sus derechos subjetivos como: sancionador, respetándose sus derechos subjetivos como: El Honor, la Buena Reputación y la Dignidad.El Honor, la Buena Reputación y la Dignidad.

– A la absolución en caso de insuficiencia probatoria o A la absolución en caso de insuficiencia probatoria o duda razonable sobre su culpabilidad. La inexistencia de duda razonable sobre su culpabilidad. La inexistencia de pruebas necesarias para destruir la presunción de pruebas necesarias para destruir la presunción de inocencia obliga a la absolución del administrado.inocencia obliga a la absolución del administrado.

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PRINCIPIO DE NON BIS IN IDEMPRINCIPIO DE NON BIS IN IDEM

No se podrá imponer sucesiva o simultáneamente No se podrá imponer sucesiva o simultáneamente una pena y una sanción administrativa por el una pena y una sanción administrativa por el mismo hecho en los casos que se aprecie la mismo hecho en los casos que se aprecie la identidad del sujeto, hecho y fundamento. identidad del sujeto, hecho y fundamento.

Resulta obvio, en consecuencia, que tampoco Resulta obvio, en consecuencia, que tampoco pueden imponerse dos o más sanciones pueden imponerse dos o más sanciones administrativas a una misma infracción, tal como administrativas a una misma infracción, tal como lo hemos señalado en acápites anteriores.lo hemos señalado en acápites anteriores. 

26Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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PRINCIPIO DE NON BIS IN IDEMPRINCIPIO DE NON BIS IN IDEM Constituye un limite a la acción persecutoria y Constituye un limite a la acción persecutoria y

sancionadora propia del Estado, de modo que tenga sancionadora propia del Estado, de modo que tenga una sola oportunidad para que ejerza su IUS una sola oportunidad para que ejerza su IUS PUNENDI.PUNENDI.

Tres posibles escenarios:Tres posibles escenarios:– Acumulación de procesos en la entidad que ya proceso al Acumulación de procesos en la entidad que ya proceso al

infractor.infractor.– Acumulación de procesos en cualquiera de las entidades de Acumulación de procesos en cualquiera de las entidades de

la administración pública a nivel nacional.la administración pública a nivel nacional.– Acumulación de procesos entre la administración pública y Acumulación de procesos entre la administración pública y

la jurisdicción penal.la jurisdicción penal.

Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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1.1. Diferenciar en su estructura entre la autoridad Diferenciar en su estructura entre la autoridad que conduce la fase instructora y la que decide que conduce la fase instructora y la que decide la aplicación de la sanción, cuando la la aplicación de la sanción, cuando la organización de la entidad lo permita.organización de la entidad lo permita.

2.2. Considerar que los hechos declarados probados Considerar que los hechos declarados probados por resoluciones judiciales firmes vinculan a por resoluciones judiciales firmes vinculan a las entidades en sus procedimientos las entidades en sus procedimientos sancionadores. sancionadores.

CARACTERES DEL CARACTERES DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADORPROCEDIMIENTO SANCIONADOR

28Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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3.3. Notificar a los administrados los hechos que se le Notificar a los administrados los hechos que se le imputen a título de cargo, así como la calificación de imputen a título de cargo, así como la calificación de las infracciones que tales hechos pueden construir y la las infracciones que tales hechos pueden construir y la expresión de las sanciones que, en su caso, se le expresión de las sanciones que, en su caso, se le pudiera imponer, así como la autoridad competente pudiera imponer, así como la autoridad competente para imponer la sanción y la norma que atribuya tal para imponer la sanción y la norma que atribuya tal competencia.competencia.

29Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

CARACTERES DEL PROCEDIMIENTO CARACTERES DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADORSANCIONADOR

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CARACTERES DEL PROCEDIMIENTO CARACTERES DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADORSANCIONADOR

4.4. Otorgar al administrado un plazo de cinco días Otorgar al administrado un plazo de cinco días para formular sus alegaciones y utilizar los para formular sus alegaciones y utilizar los medios de defensa admitidos por el ordenamiento medios de defensa admitidos por el ordenamiento jurídico, aportando pruebas y aduciendo jurídico, aportando pruebas y aduciendo alegaciones, sin que la abstención del ejercicio de alegaciones, sin que la abstención del ejercicio de este derecho pueda considerarse elemento de este derecho pueda considerarse elemento de juicio en contrario a su situación.juicio en contrario a su situación.

Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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REGLAS DEL PROCEDIMIENTO REGLAS DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADORSANCIONADOR

1.1. El procedimiento sancionador se inicia siempre de El procedimiento sancionador se inicia siempre de oficio por parte de la entidad instructora, bien por oficio por parte de la entidad instructora, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, petición motivada de otros órganos o superior, petición motivada de otros órganos o entidades, o a través de una denuncia.entidades, o a través de una denuncia.

2.2. Con anterioridad a la iniciación formal del Con anterioridad a la iniciación formal del procedimiento se podrán realizar actuaciones previas procedimiento se podrán realizar actuaciones previas de investigación, averiguación e inspección con el de investigación, averiguación e inspección con el objeto de determinar con carácter preliminar si objeto de determinar con carácter preliminar si concurren circunstancias que justifiquen su concurren circunstancias que justifiquen su iniciación.iniciación. 31Dr. Miguel Angel Salas

Macchiavello

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3.3. Decidida la iniciación del procedimiento Decidida la iniciación del procedimiento sancionador, la autoridad instructora del sancionador, la autoridad instructora del procedimiento formula la respectiva notificación procedimiento formula la respectiva notificación de cargo al posible sancionado, la que debe de cargo al posible sancionado, la que debe contener los datos a que se refiere el numeral 3 contener los datos a que se refiere el numeral 3 del artículo 234° de la Ley – al que hemos hecho del artículo 234° de la Ley – al que hemos hecho referencia en el acápite precedente – a fin que referencia en el acápite precedente – a fin que presente sus descargos por escrito en un plazo presente sus descargos por escrito en un plazo que no podrá ser inferior a cinco días hábiles que no podrá ser inferior a cinco días hábiles contados a partir de la fecha de notificación.contados a partir de la fecha de notificación.

32Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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4.4. Vencido el plazo concedido al administrado para Vencido el plazo concedido al administrado para la presentación de sus descargos, y aun si aquel no la presentación de sus descargos, y aun si aquel no hubiese cumplido con presentarlos, la autoridad hubiese cumplido con presentarlos, la autoridad que instruye el procedimiento realizará de oficio que instruye el procedimiento realizará de oficio todas las actuaciones necesarias para el examen de todas las actuaciones necesarias para el examen de los hechos, recabando los datos e informaciones los hechos, recabando los datos e informaciones que sean relevantes para determinar, en su caso, la que sean relevantes para determinar, en su caso, la existencia de responsabilidad susceptible de existencia de responsabilidad susceptible de sanción.sanción.

33Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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5.5. Concluida, de ser el caso, la recolección de Concluida, de ser el caso, la recolección de pruebas, la autoridad instructora del pruebas, la autoridad instructora del procedimiento resuelve la imposición de una procedimiento resuelve la imposición de una sanción o la inexistencia de infracción, en el caso sanción o la inexistencia de infracción, en el caso de que no exista diferenciación entre autoridad de que no exista diferenciación entre autoridad instructora y la que decide, situación que como instructora y la que decide, situación que como hemos indicado no es la ideal. hemos indicado no es la ideal.

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6.6. La resolución que aplique la sanción o la La resolución que aplique la sanción o la decisión de archivar el procedimiento será decisión de archivar el procedimiento será notificada tanto al administrado como al órgano notificada tanto al administrado como al órgano u entidad que formuló la solicitud o a quién u entidad que formuló la solicitud o a quién denunció la infracción, de ser el caso. Esta denunció la infracción, de ser el caso. Esta regla le da forma a la discusión respecto a la regla le da forma a la discusión respecto a la legitimidad de los denunciantes así como del legitimidad de los denunciantes así como del órgano o entidad que formuló la solicitud para órgano o entidad que formuló la solicitud para actuar dentro del procedimiento administrativo actuar dentro del procedimiento administrativo sancionador. sancionador.

35Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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En la resolución que ponga fin al procedimiento no se En la resolución que ponga fin al procedimiento no se podrán aceptar hechos distintos de los determinados en podrán aceptar hechos distintos de los determinados en el curso del procedimiento, con independencia de su el curso del procedimiento, con independencia de su diferente valoración jurídica, dada la especial naturaleza diferente valoración jurídica, dada la especial naturaleza del procedimiento sancionadordel procedimiento sancionador

Es necesario señalar que la resolución emitida en un Es necesario señalar que la resolución emitida en un proceso sancionador será ejecutiva únicamente cuando proceso sancionador será ejecutiva únicamente cuando ponga fin a la vía administrativa, ello sin perjuicio de las ponga fin a la vía administrativa, ello sin perjuicio de las medidas cautelares que puedan obtenerse en el eventual medidas cautelares que puedan obtenerse en el eventual proceso contencioso administrativo que se promueva.proceso contencioso administrativo que se promueva.

CARACTERES DE LA RESOLUCIÓN QUE CARACTERES DE LA RESOLUCIÓN QUE PONGA FIN AL PROCEDIMIENTOPONGA FIN AL PROCEDIMIENTO

36Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Además de la suspensión de los efectos del Además de la suspensión de los efectos del acto impugnado, cuando el infractor acto impugnado, cuando el infractor sancionado recurra o impugne la resolución sancionado recurra o impugne la resolución adoptada, la resolución de los recursos que adoptada, la resolución de los recursos que interponga no podrá determinar la imposición interponga no podrá determinar la imposición de sanciones más graves para el sancionadode sanciones más graves para el sancionado

EFECTOS DE LA IMPUGNACIÓN DE LA EFECTOS DE LA IMPUGNACIÓN DE LA RESOLUCIÓN SANCIONADORARESOLUCIÓN SANCIONADORA

37Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

38

EL PROCEDIMIENTO EL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIODISCIPLINARIO

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RESPONSABILIDAD DE LOS RESPONSABILIDAD DE LOS FUNCIONARIOS EN LA FUNCIONARIOS EN LA

CONTRATACIONES PÚBLICASCONTRATACIONES PÚBLICAS

39Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Responsabilidades derivadas de las Responsabilidades derivadas de las contratacionescontrataciones

PLANIFICACIÓN Y ACTOS PREPARATORIOSPLANIFICACIÓN Y ACTOS PREPARATORIOS Plan Estratégico Inst.Plan Estratégico Inst.

Plan Operativo Inst.Plan Operativo Inst.

Determinación de necesidadesDeterminación de necesidades

Presupuesto InstitucionalPresupuesto Institucional

Plan Anual de ContratacionesPlan Anual de Contrataciones

Expediente de contrataciónExpediente de contratación

Designación del Comité EspecialDesignación del Comité Especial

Elaboración de las Bases.Elaboración de las Bases.

40Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Responsabilidades derivadas de las Responsabilidades derivadas de las contratacionescontrataciones

SELECCIÓNSELECCIÓN Convocatoria.Convocatoria.

Registro de participantesRegistro de participantes

ConsultasConsultas

ObservacionesObservaciones

Presentación de propuestasPresentación de propuestas

Evaluación y calificaciónEvaluación y calificación

Otorgamiento de la Buena ProOtorgamiento de la Buena Pro

41Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Responsabilidades derivadas de las Responsabilidades derivadas de las contratacionescontrataciones

EJECUCIÓN CONTRACTUALEJECUCIÓN CONTRACTUAL SuscripciónSuscripción

GarantíasGarantías

Adicionales y reduccionesAdicionales y reducciones

Ampliaciones y prórrogasAmpliaciones y prórrogas

SubcontrataciónSubcontratación

Intervención Econó-mica de ObraIntervención Econó-mica de Obra

ResoluciónResolución

PenalidadesPenalidades

Recepción y conformidadRecepción y conformidad

LiquidaciónLiquidación42Dr. Miguel Angel Salas

Macchiavello

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Función Pública Función Pública

Toda actividad temporal o permanente, Toda actividad temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una remunerada u honoraria, realizada por una persona natural en nombre del Estado o de persona natural en nombre del Estado o de sus entidades, en cualquiera de sus niveles sus entidades, en cualquiera de sus niveles jerárquicos. jerárquicos.

(Convención Interamericana contra la (Convención Interamericana contra la Corrupción D.S.Nº 012-97-RE (Pub.24. Corrupción D.S.Nº 012-97-RE (Pub.24. Mar.97)Mar.97)

43Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Función Pública Función Pública

Los fines de la función pública son:Los fines de la función pública son: El Servicio a la Nación, la obtención El Servicio a la Nación, la obtención

de mayores niveles de eficiencia del de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos.recursos públicos.

44Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Gestión PúblicaGestión Pública

Es el conjunto de acciones mediante Es el conjunto de acciones mediante las cuales las entidades tienden al logro las cuales las entidades tienden al logro de sus fines, objetivos y metas, los que de sus fines, objetivos y metas, los que están enmarcados por las políticas están enmarcados por las políticas gubernamentales establecidas por el gubernamentales establecidas por el Poder Ejecutivo.Poder Ejecutivo.

45Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Gerencia PúblicaGerencia Pública

Es el desempeño de la función ejecutiva en Es el desempeño de la función ejecutiva en el gobierno: tomar decisiones sobre el gobierno: tomar decisiones sobre propósitos y acciones en contextos propósitos y acciones en contextos específicos y satisfaciendo criterios de específicos y satisfaciendo criterios de razonabilidad, con impacto agregado en la razonabilidad, con impacto agregado en la política públicapolítica pública

46Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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FUNCIONARIO/SERVIDOR FUNCIONARIO/SERVIDOR PÚBLICOPÚBLICO

Servidor PúblicoServidor Público: ciudadano en ejercicio : ciudadano en ejercicio que presta servicio en entidades de la que presta servicio en entidades de la Administración Pública con nombramiento Administración Pública con nombramiento o contrato de autoridad competente, con las o contrato de autoridad competente, con las formalidades de Ley, en jornada legal y formalidades de Ley, en jornada legal y sujeto a retribución remunerativa sujeto a retribución remunerativa permanente en períodos regulares.permanente en períodos regulares.

47Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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FUNCIONARIO/SERVIDOR FUNCIONARIO/SERVIDOR PÚBLICOPÚBLICO

Funcionario PúblicoFuncionario Público: : ciudadano que es elegido ciudadano que es elegido o designado por autoridad competente, o designado por autoridad competente, conforme al ordenamiento legal, para conforme al ordenamiento legal, para desempeñar cargos del más alto nivel en los desempeñar cargos del más alto nivel en los poderes públicos y los organismos con poderes públicos y los organismos con autonomía. Los cargos políticos y de confianza autonomía. Los cargos políticos y de confianza son los determinados por Ley. (REGLAMENTO son los determinados por Ley. (REGLAMENTO DE LA LEY DE BASES DE LA CARRERA DE LA LEY DE BASES DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA)ADMINISTRATIVA)

48Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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FUNCIONARIO/SERVIDOR FUNCIONARIO/SERVIDOR PÚBLICOPÚBLICO

Servidor o Funcionario Público.- Es para Servidor o Funcionario Público.- Es para los efectos de esta Ley, todo aquel que los efectos de esta Ley, todo aquel que independientemente del régimen laboral en independientemente del régimen laboral en que se encuentra, mantiene vínculo laboral, que se encuentra, mantiene vínculo laboral, contractual o relación de cualquier contractual o relación de cualquier naturaleza con alguna de las entidades, y naturaleza con alguna de las entidades, y que en virtud de ello ejerce funciones en que en virtud de ello ejerce funciones en tales entidades (...).”tales entidades (...).”

49Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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RESPONSABILIDAD RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVAADMINISTRATIVA

Es aquella en la que incurren los servidores Es aquella en la que incurren los servidores y funcionarios: por haber contravenido el y funcionarios: por haber contravenido el ordenamiento jurídico administrativo y las ordenamiento jurídico administrativo y las normas internas de la entidad a la que normas internas de la entidad a la que pertenecen, se encuentre vigente o pertenecen, se encuentre vigente o extinguido el vínculo laboral o contractual extinguido el vínculo laboral o contractual al momento de su identificación durante el al momento de su identificación durante el desarrollo de la acción de control.desarrollo de la acción de control.

50Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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RESPONSABILIDAD RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVAADMINISTRATIVA

Incurren también en responsabilidad Incurren también en responsabilidad administrativa funcional los servidores y administrativa funcional los servidores y funcionarios públicos que en el ejercicio de sus funcionarios públicos que en el ejercicio de sus funciones, desarrollaron una gestión deficiente, funciones, desarrollaron una gestión deficiente, para cuya configuración se requiere la existencia, para cuya configuración se requiere la existencia, previa a la asunción de la función pública que previa a la asunción de la función pública que corresponda o durante el desempeño de la misma, corresponda o durante el desempeño de la misma, de mecanismos objetivos o indicadores de de mecanismos objetivos o indicadores de medición de eficiencia. medición de eficiencia.

Prescribe a los 4 añosPrescribe a los 4 años

51Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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RESPONSABILIDAD CIVILRESPONSABILIDAD CIVIL

Es aquella en la que incurren los servidores y Es aquella en la que incurren los servidores y funcionarios públicos, que por su acción u funcionarios públicos, que por su acción u omisión, en el ejercicio de sus funciones, hayan omisión, en el ejercicio de sus funciones, hayan ocasionado un daño económico a su Entidad o al ocasionado un daño económico a su Entidad o al Estado. Es necesario que el daño económico sea Estado. Es necesario que el daño económico sea ocasionado incumpliendo el funcionario o servidor ocasionado incumpliendo el funcionario o servidor publico sus funciones, por dolo o culpa, sea esta publico sus funciones, por dolo o culpa, sea esta inexcusable o leve. La obligación de inexcusable o leve. La obligación de resarcimiento a la Entidad o al Estado es de resarcimiento a la Entidad o al Estado es de carácter contractual y solidaria, y la acción carácter contractual y solidaria, y la acción correspondiente prescribe a los diez (10) años de correspondiente prescribe a los diez (10) años de ocurridos los hechos que generan el daño ocurridos los hechos que generan el daño económico. económico.

52Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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RESPONSABILIDAD PENALRESPONSABILIDAD PENAL

Es aquella en la que incurren los Es aquella en la que incurren los servidores y funcionarios públicos que servidores y funcionarios públicos que en ejercicio de sus funciones han en ejercicio de sus funciones han efectuado un acto u omisión tipificado efectuado un acto u omisión tipificado como delito. como delito.

53Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Determinación de la faltaDeterminación de la faltaadministrativaadministrativa

Denuncia externa o interna;Denuncia externa o interna;Acción de control a cargo de la OCI;Acción de control a cargo de la OCI;Comisión investigadora ad hoc;Comisión investigadora ad hoc;Comisión Permanente o Especial de ProcesosComisión Permanente o Especial de ProcesosAdministrativos Disciplinarios;Administrativos Disciplinarios;Superior jerárquico al infractor;Superior jerárquico al infractor;Órganos de supervisión o fiscalización Órganos de supervisión o fiscalización

especializados, internos o externos (áreas deespecializados, internos o externos (áreas de control preventivo, UIF).control preventivo, UIF).

54Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Criterios para la aplicación deCriterios para la aplicación desanciones administrativassanciones administrativas

Nivel jerárquico o de carrera;Nivel jerárquico o de carrera;Naturaleza de la infracción;Naturaleza de la infracción;Grado de participación;Grado de participación;Grado de negligencia;Grado de negligencia; Intencionalidad del infractor;Intencionalidad del infractor;Daño causado;Daño causado;Reiterancia;Reiterancia;Conducta procedimental (reconocimiento de la falta);Conducta procedimental (reconocimiento de la falta);Circunstancias de tiempo, lugar y modo (caso fortuito o Circunstancias de tiempo, lugar y modo (caso fortuito o

fuerza mayor); y,fuerza mayor); y,Condiciones y antecedentes del infractor.Condiciones y antecedentes del infractor.

55Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Reglas del procedimientoReglas del procedimientoadministrativoadministrativo

Decreto Legislativo Nº 276;Decreto Legislativo Nº 276; Decreto Legislativo Nº 728;Decreto Legislativo Nº 728; Ley Nº 27444; y,Ley Nº 27444; y, Ley Nº 27815, Ley del Código de ÉticaLey Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública y su Rgto.de la Función Pública y su Rgto.

56Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Artículo 4º de la Ley del Código de Ética de laArtículo 4º de la Ley del Código de Ética de la

Función Pública.Función Pública.

Aplicable a todo servidor público, entendiendoAplicable a todo servidor público, entendiendo

por este término a toda persona que realizapor este término a toda persona que realiza

actividades o funciones en nombre del servicioactividades o funciones en nombre del servicio

del Estado, sin importar el régimen contractualdel Estado, sin importar el régimen contractual

de la entidad y el tipo de contratación que éste de la entidad y el tipo de contratación que éste tiene.tiene.

Reglas del procedimientoReglas del procedimientoadministrativoadministrativo

57Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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SancionesSanciones

Amonestación verbal o escrita;Amonestación verbal o escrita; Suspensión sin goce de remuneraciones; Suspensión sin goce de remuneraciones;

y,y, Destitución.Destitución.

58Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Autoridades intervinientes enAutoridades intervinientes enel procedimiento sancionadorel procedimiento sancionador

Titular de la entidad;Titular de la entidad; Jefe inmediato superior;Jefe inmediato superior; Jefe de personal; y/o,Jefe de personal; y/o, Comisión Permanente o Especial de Comisión Permanente o Especial de

Procesos Administrativos Disciplinarios;Procesos Administrativos Disciplinarios;

59Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Medios impugnatorios de las Medios impugnatorios de las sanciones administrativassanciones administrativas

En sede administrativa: Recursos previstos En sede administrativa: Recursos previstos en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.Administrativo General.

Recurso de apelación ante el Tribunal del Recurso de apelación ante el Tribunal del Servicio Civil (Art.17º D. Legistativo 1023).Servicio Civil (Art.17º D. Legistativo 1023).

En sede judicial: Acción contenciosa En sede judicial: Acción contenciosa administrativa ante el Poder Judicial administrativa ante el Poder Judicial (demanda y notificación del admisorio).(demanda y notificación del admisorio).

60Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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61

ACCIONES DE CONTROL Y ACCIONES DE CONTROL Y DETERMINACIÓN DE DETERMINACIÓN DE

RESPONSABILIDADES EN LARESPONSABILIDADES EN LAGESTIÓN PÚBLICA GESTIÓN PÚBLICA

Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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ART. 39° CONSTITUCIÓNART. 39° CONSTITUCIÓN

““Todos los funcionarios y Todos los funcionarios y trabajadores públicos están al trabajadores públicos están al servicio de la Nación ...”servicio de la Nación ...”

62

LA FUNCIÓN PÚBLICALA FUNCIÓN PÚBLICA

Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Rendición de Cuentas - Rendición de Cuentas - RespondabilidadRespondabilidad

La obligación de los funcionarios y La obligación de los funcionarios y servidores públicos de dar cuenta ante las servidores públicos de dar cuenta ante las autoridades competentes y ante la autoridades competentes y ante la ciudadanía por el uso de los fondos y bienes ciudadanía por el uso de los fondos y bienes del Estado a su cargo y por la misión u del Estado a su cargo y por la misión u objetivo encomendado. objetivo encomendado.

63

Respondabilidad Financiera

ResponsabilidadGerencial

Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Ley Marco del Empleo Ley Marco del Empleo Público – Ley Nº 28175Público – Ley Nº 28175

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1. Funcionario público.- El que desarrolla funciones de preeminencia política, reconocida por norma expresa, que representan al Estado o a un sector de la población, desarrollan políticas del Estado y/o dirigen organismos o entidades públicas.

El Funcionario Público puede ser:a) De elección popular directa y universal o confianza política originaria.b) De nombramiento y remoción regulados.c) De libre nombramiento y remoción.

Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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65

Ley Marco del Empleo Ley Marco del Empleo Público – Ley Nº 28175Público – Ley Nº 28175

2. Empleado de confianza.- El que desempeña cargo de confianza técnico o político, distinto al del funcionario público. Se encuentra en el entorno de quien lo designa o remueve libremente y en ningún caso será mayor al 5% de los servidores públicos existentes en cada entidad. El Consejo Superior del Empleo Público podrá establecer límites inferiores para cada entidad. En el caso del Congreso de la República esta disposición se aplicará de acuerdo a su Reglamento.

Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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66

Ley Marco del Empleo Ley Marco del Empleo Público – Ley Nº 28175Público – Ley Nº 28175

3. Servidor público.- Se clasifica en:

a) Directivo superiorb) Ejecutivoc) Especialistad) De apoyo

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RESPONSABILIDADRESPONSABILIDAD

67Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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ACEPCIONES DEL TÉRMINO ACEPCIONES DEL TÉRMINO RESPONSABILIDADRESPONSABILIDAD

Capacidad o competencia para hacer algo.Capacidad o competencia para hacer algo.

Ejemplo: Ejemplo: El Sr. Juan Pérez es responsable del archivoEl Sr. Juan Pérez es responsable del archivo

68Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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ACEPCIONES DEL TÉRMINO ACEPCIONES DEL TÉRMINO RESPONSABILIDADRESPONSABILIDAD

Causa de Causa de Ejemplo:Ejemplo:

El Sr. Pedro Ruiz fue el responsable del El Sr. Pedro Ruiz fue el responsable del accidenteaccidente

69Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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ACEPCIONES DEL TÉRMINO ACEPCIONES DEL TÉRMINO RESPONSABILIDADRESPONSABILIDAD

Estado Mental Estado Mental Ejemplo:Ejemplo:

El Sr. Danilo Vargas es una persona El Sr. Danilo Vargas es una persona responsable en su laborresponsable en su labor

70Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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DEFINICIÓN DE DEFINICIÓN DE RESPONSABILIDADRESPONSABILIDAD

Consecuencia de las acciones u omisiones Consecuencia de las acciones u omisiones imputables a los agentes públicos, imputables a los agentes públicos, incurridas en el ejercicio de sus funciones, incurridas en el ejercicio de sus funciones, que infraccionan algún precepto que guía que infraccionan algún precepto que guía su gestión.su gestión.

71Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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1.- MORALIDAD.- Comportamiento ético que se espera del 1.- MORALIDAD.- Comportamiento ético que se espera del FF o SSPPFF o SSPP

2.- REPRESENTATIVIDAD.- FF o SS que representan 2.- REPRESENTATIVIDAD.- FF o SS que representan expectativas de ciudadanos asumiendo la obligación expectativas de ciudadanos asumiendo la obligación consciente de responder ante el ente administradorconsciente de responder ante el ente administrador y los usuarios; yy los usuarios; y

3.- AUTORIDAD.- Quien ejerce autoridad debe tener el poder 3.- AUTORIDAD.- Quien ejerce autoridad debe tener el poder para establecer directivas y disposiciones para el útil,para establecer directivas y disposiciones para el útil,

correcto, eficiente y eficaz cumplimiento de suscorrecto, eficiente y eficaz cumplimiento de sus fines fines

QUÉ CONCEPTOS SUPONE QUÉ CONCEPTOS SUPONE LA RESPONSABILIDADLA RESPONSABILIDAD

Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Se generan con las acciones u omisiones imputables a los auditados que en ejercicio de sus funciones infringen algún precepto que deben observar en el ejercicio de su función.

Esto, precisamente, será materia de los hallazgos de auditoria, por los hechos incurridos por los auditados, sea por acción o por omisión.

CÓMO SE GENERA CÓMO SE GENERA LA RESPONSABILIDADLA RESPONSABILIDAD

Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Rol del Control GubernamentalRol del Control Gubernamental

El Sistema Nacional de Control y la Contraloría El Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, tienen un rol General de la República, tienen un rol fundamental al ejercer como función fundamental al ejercer como función especializada, el control gubernamental, en el especializada, el control gubernamental, en el marco de lo establecido en el Artículo 82º de la marco de lo establecido en el Artículo 82º de la Constitución Política del Estado de 1993, así Constitución Política del Estado de 1993, así como de su Ley Orgánica, Ley Nº 27785.como de su Ley Orgánica, Ley Nº 27785.

74Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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•ENTIDAD

PREVIO CONCURRENTE POSTERIOR

•ENTIDAD

•SNC

Oportunidad en que seOportunidad en que se ejerce el controlejerce el control

POR EXCEPCIÓN:CGR

•ENTIDAD

Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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•ENTIDAD•SNC

PREVENCIÓN DETECCIÓN

•ENTIDAD •SNC

SANCIÓN

•ENTIDAD•PODER JUDICIAL•CSJM

Objetivo del ControlObjetivo del Control

Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Control Gubernamental Control Gubernamental (Art. 6º Ley 27785)(Art. 6º Ley 27785)

El Control Gubernamental, implica la supervisión, El Control Gubernamental, implica la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública, respecto del uso y destino de los la gestión pública, respecto del uso y destino de los recursos y bienes del Estado, atendiendo a:recursos y bienes del Estado, atendiendo a:

– eficiencia, eficacia, transparencia y economía eficiencia, eficacia, transparencia y economía

– cumplimiento de las normas legales cumplimiento de las normas legales

– Cumplimiento de los lineamientos de política y Cumplimiento de los lineamientos de política y planes de acción, planes de acción,

– Evaluación de los sistemas de administración, Evaluación de los sistemas de administración, gerencia y control, gerencia y control,

77Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Acción de Control (Art. 10°)Acción de Control (Art. 10°)

Desarrollada por:•Personal SNC•Contratado

•Aplicación de normas, procedimientos y principios que regulan el Control Gubernamental•Con sujeción al Plan Nacional de Control

ATRIBUCIONES DE LA LEY

Herramienta esencial del SistemaHerramienta esencial del Sistema

INFORME DE CONTROLINFORME DE CONTROLDr. Miguel Angel Salas

Macchiavello

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Es la derivación de la evaluación por la cual se procede a la identificación concreta de las responsabilidades incurridas, previo análisis razonado de los hechos constitutivos del daño o riesgo expuesto, deber incumplido y relación de causalidad con el auditado.

La Identificación de La Identificación de ResponsabilidadesResponsabilidades

Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Identificación de Identificación de ResponsabilidadesResponsabilidades

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Artículo 15°.- literal e)

Atribución de exigir responsabilidades:

Administrativa funcional

Civil

Penal

Definiciones: Novena Disposición Final Ley Nº 27785.

Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Identificación de Identificación de ResponsabilidadesResponsabilidades

81

Artículo 15°.- literal e)

Para la identificación de Responsabilidades se deberán tener en cuenta al menos las pautas de:

Identificación del deber incumplido

Reserva

Presunción de LicitudRelación Causal

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Informes Informes

ADMINISTRATIVO:ADMINISTRATIVO:– NAGU 4.40NAGU 4.40

ESPECIAL:ESPECIAL:– NAGU 4.50NAGU 4.50

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Recomendaciones de gestiónResponsabilidad Administrativa

Responsabilidad Civil

Perjuicio económico que no puede ser recuperado por la entidad auditada en la vía administrativa.

Responsabilidad Penal

Indicios de comisión de delito

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INFORME ESPECIALINFORME ESPECIAL

1) INDICIO DE COMISIÓN DE DELITO:

SIEMPRE SE EMITE INFORME ESPECIAL

2) PERJUICIO ECONÓMICO QUE ACARREA EXCLUSIVAMENTE RESPONSABILIDAD CIVIL:

SE EMITE INFORME ESPECIAL SOLO SI NO ES POSIBLE EFECTUAR EL RECUPERO EN LA VIA ADMINISTRATIVA

Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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1.- La responsabilidad administrativa, es independiente de la responsabilidad civil y/o penal2.- Las responsabilidades son individuales y no colectivas

CASOS* Un solo acto puede generar varias responsabilidades para el funcionario o servidor público (responsabilidad administrativa , civil y penal)* Un solo acto puede generar responsabilidades a más de un auditado* Un mismo auditado puede ser sujeto de responsabilidades por varios actos

AUTONOMIA DE LAS RESPONSABILIDADESAUTONOMIA DE LAS RESPONSABILIDADESEN AUDITORIA GUBERNAMENTALEN AUDITORIA GUBERNAMENTAL

Dr. Miguel Angel Salas Macchiavello

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Elementos de la DefiniciónElementos de la Definición

Imputar: adecuación del hecho humano y el Imputar: adecuación del hecho humano y el efecto ocasionado por éste.efecto ocasionado por éste.

Comisión por agente públicoComisión por agente público En ejercicio de sus funcionesEn ejercicio de sus funciones Se deriva de una acción u omisiónSe deriva de una acción u omisión Infracción a un preceptoInfracción a un precepto

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RESPONSABILIDAD RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA - FUNCIONALADMINISTRATIVA - FUNCIONAL

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1. Que no se hayan logrado resultados razonables1. Que no se hayan logrado resultados razonables en términos de eficiencia, eficacia o economíaen términos de eficiencia, eficacia o economía teniendo en cuenta los planes y programas teniendo en cuenta los planes y programas aprobados y su vinculación con las políticas del aprobados y su vinculación con las políticas del sector al que pertenecen.sector al que pertenecen.

2. Que no se realice una gestión transparente y no 2. Que no se realice una gestión transparente y no se haya vigilado que los sistemas operativos, se haya vigilado que los sistemas operativos, administrativos y de control, estén funcionando administrativos y de control, estén funcionando adecuadamente.adecuadamente.

3. Que no se respete la independencia del OCI3. Que no se respete la independencia del OCI

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4. Que no se agoten todas las acciones 4. Que no se agoten todas las acciones posibles para preservar los bienes y posibles para preservar los bienes y recursos de la entidad a la que pertenecen.recursos de la entidad a la que pertenecen.

5. Que se haya contravenido el ordenamiento 5. Que se haya contravenido el ordenamiento jurídico administrativo y las normas jurídico administrativo y las normas internas de la entidad a la que pertenecen.internas de la entidad a la que pertenecen.

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RESPONSABILIDAD CIVILRESPONSABILIDAD CIVIL Novena Disposición Final Ley N° 27785Novena Disposición Final Ley N° 27785

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Es aquella en la que incurren los servidores y funcionarios Es aquella en la que incurren los servidores y funcionarios públicos, que por su acción u omisión, en el ejercicio de sus públicos, que por su acción u omisión, en el ejercicio de sus funciones, hayan ocasionado un daño económico a su Entidad o funciones, hayan ocasionado un daño económico a su Entidad o al Estado. Es necesario que el daño económico sea ocasionado al Estado. Es necesario que el daño económico sea ocasionado incumpliendo el funcionario o servidor público sus funciones, por incumpliendo el funcionario o servidor público sus funciones, por dolo o culpa, sea ésta inexcusable o leve. La obligación de dolo o culpa, sea ésta inexcusable o leve. La obligación de resarcimiento a la Entidad o al Estado es de carácter contractual y resarcimiento a la Entidad o al Estado es de carácter contractual y solidaria, y la acción correspondiente prescribe a los diez (10) solidaria, y la acción correspondiente prescribe a los diez (10) años de ocurridos los hechos que generan el daño económico.años de ocurridos los hechos que generan el daño económico.

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Es aquella en la que incurren los servidores y Es aquella en la que incurren los servidores y funcionarios públicos que en ejercicio de sus funcionarios públicos que en ejercicio de sus funciones han efectuado un acto u omisión funciones han efectuado un acto u omisión tipificado como delito. tipificado como delito.

RESPONSABILIDAD PENALRESPONSABILIDAD PENALNovena Disposición Final Ley N° 27785

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