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Carpetazo judicial a un impuesto controvertido
claves
El llamado céntimo sanitario, ideado
para financiar costes de la sanidad
con un recargo sobre los
carburantes, entró en vigor en el
2002 y se recaudó hasta el 2012.
Ese año desapareció como tributo
separado y quedó integrado dentro
del impuesto sobre hidrocarburos,
tal y como había exigido la CE a
España desde el momento en el que
lo creó. Este vicio de origen es el
que sirvió para declarar nulo todo el
impuesto, primero, y permitir ahora
las reclamaciones de las cantidades
pagadas desde el primer momento.
1Un tributo creado
con polémica
A finales de febrero del 2014, el
Tribunal de Justicia de la Unión
Europea declaró ilegal el céntimo
sanitario y rechazó la petición del
Gobierno y de la Generalitat de limitar
los efectos temporales y las
consecuencias económicas de esa
declaración. El Gobierno se mostró
dispuesto a pagar solo por las
reclamaciones de los ejercicios del
2010 al 2012, por considerar
prescritos los años anteriores.
Muchos transportistas presentaron
recursos contra esta decisión y ahora
les han dado la razón.
2El primer fallo
europeo
El Estado
debe devolver
el ‘céntimo
sanitario’
MARGARITA BATALLAS
MADRID
El Estado tendrá que devol-ver lo cobrado a las perso-nas y empresas que recla-men lo que pagaron por el
llamado céntimo sanitario desde que empezó a recaudar este tributo. La Sala de lo Contencioso-Administra-tivo del Tribunal Supremo resolvió ayer estimar los primeros ocho re-cursos de reclamación de responsa-bilidad patrimonial del Estado por el impuesto sobre las ventas mino-ristas de determinados hidrocarbu-ros, popularmente conocido como céntimo sanitario.
El tributo lo aplicaron algunas comunidades autónomas entre el 2001 y el 2012 y sus ingresos se des-tinaban a financiar la sanidad. Estas reclamaciones tienen su origen en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que en fe-brero del 2014 declaró que la ley que autorizaba dicho impuesto era con-traria a la normativa europea, y, por consiguiente, el impuesto era nulo. El texto definitivo de las senten-cias se dará a conocer en los próxi-mos días cuando terminen de ser redactadas. El alto tribunal tiene
pendientes de resolver casi 4.000 re-clamaciones similares de afectados por el céntimo sanitario, especialmen-te transportistas, y ha dictaminado sobre estos ocho casos para aplicar la misma doctrina en el resto de de-mandas. El alto tribunal ha creado una sección especial para tramitar-las que cuenta con una secretaria ju-dicial y siete funcionarios. Los recursos se interpusieron contra decisiones del Consejo de Mi-nistros que a instancias del titular de Hacienda, Cristóbal Montoro, re-chazaron las miles de solicitudes de responsabilidad patrimonial del Es-tado. Los recursos buscan recuperar los pagos realizados en periodos ya prescritos de un tributo declarado ilegal por Bruselas.
PRIMERAS INDEMNIZACIONES / El Gobier-no de Mariano Rajoy rechazó indem-nizar a 1.395 afectados en un acuer-do en el que explicaba que «el Estado no actuó de mala fe» cuando implan-tó este impuesto. En su opinión «no era evidente que el tributo contradi-jera el derecho comunitario». Y es que el impuesto fue avalado por al-gunos tribunales y la UE cerró un proceso en el 2008 sobre esta cues-
El Supremo da la razón a los que exigen lo pagado desde el 2002
El tribunal tiene pendientes 4.000 reclamaciones de transportistas
ARCHIVO / DAVID CASTRO
Camiones en un control policial en la
N-2 en Azuqueca de Henares (Madrid)
27/01/2016Tirada:Difusión:Audiencia:
117.500 92.163 276.489
Categoría:Edición:Página:
Inf GeneralRegional22
AREA (cm2): 500,6 OCUPACIÓN: 39,8% V.PUB.: 8.511 FUNCION PUBLICA
Aunque los tribunales han anulado el
impuesto, cobrar lo pagado es difícil
porque hay que presentar
justificantes del gasto en carburante
durante esos años y pocos
particulares y empresas los
conservan. Durante su vigencia se
recaudaron 13.000 millones de
euros, pero el Estado solo estaba
dispuesto a devolver, si se lograban
documentar, 2.000 millones del
periodo 2010-2012. Ahora deberá
pagar todo lo que se le reclame
desde el 2002, siempre que se
pueda justificar.
3Dificultades para cobrar
tión tras conversaciones con las au-toridades españolas. El Consejo de Ministros sostu-vo en su acuerdo que cumplía con la sentencia de la UE si solo rein-tegraba «los ingresos indebidos» y que, en su opinión, eran los corres-pondientes al periodo 2010-12, ya que los anteriores habían prescri-to. Por ello, Hacienda estaba dis-puesta a reintegrar 2.000 de los 13.000 millones que ingresó por este tributo, pero se ha negado a re-conocer los perjuicios generados a los transportistas entre el 2002 y el 2010. A estos perjudicados solo les quedaba reclamar al Tribunal Su-premo, que les ha dado la razón. Además, algunos afectados no han podido presentar reclamacio-nes porque no conservan las factu-ras del pago de sus carburantes de los últimos 10 años.
Las reclamaciones proceden de la sentencia del TJUE que examinó la demanda presentada por Trans-portes Jordi Besora, del 27 de febre-ro del 2014, y anuló este tributo porque «no perseguía una finali-dad específica, ya que no tenía por objeto garantizar la salud o el me-dio ambiente».
SIN LÍMITE / El tribunal europeo dic-taminó además que no procedía li-mitar en el tiempo los efectos de es-ta sentencia, ya que el Gobierno es-pañol y la Generalitat «no obraron de buena fe al mantener este im-puesto en vigor más de 10 años». La compañía que inició el liti-gio solicitó que se le devolvieran los 45.000 euros que pagó por es-te impuesto alegando que era ile-gal. El caso acabó ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, que planteó una cuestión prejudi-cial ante el tribunal europeo. H
Hacienda aceptaba reintegrar lo recaudado solo en los dos últimos años y sostenía que el resto había prescrito
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