el desarrollo sostenible en la union europea
TRANSCRIPT
1
EL DESARROLLO SOSTENIBLEEL DESARROLLO SOSTENIBLEEN LA UNION EUROPEA
UNIVERSIDADCOMPLUTENSE DE MADRID
CURSO
“20 Años de desarrollo sostenible”
El Escorial, 11 de julio de 2008
por Hilario Domínguez Hernández
2
RESUMEN
Definición de desarrollo sostenible El desarrollo sostenible en el Tratado de Niza Evolución en la aplicación del concepto
3.1 El proceso de Lisboa (2000)
3.2 El proceso de Gotemburgo (1ª estrategia europea de desarrollo sostenible) (2001)
3.3 La actual estrategia de desarrollo sostenible para una Unión Europea ampliada ( Viena, Junio 2006)
4. El nuevo Tratado de Lisboa
3
Definición de Desarrollo Sostenible
El desarrollo sostenible es aquel que garantiza que se satisfacen las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer las propias
(“Nuestro Futuro común” – Informe a la Comisión Mundial de Medio Ambiente y Desarrollo de Naciones Unidas (1987))
El concepto no implica límites absolutos, sino limitaciones por:- el estado actual de la tecnología y de la organización social y- la capacidad de la biosfera de absorber los efectos de las actividades humanas
… como las necesidades, tecnología y la organización social pueden variar,
el desarrollo sostenible no es un proceso ESTÁTICO ni un estado FIJO
4
Definición de Desarrollo Sostenible
El concepto de desarrollo sostenible requiere la definición de dos elementos clave:
- ¿Cuáles son las necesidades esenciales o prioritarias?
- ¿Cuáles son las limitaciones impuestas por el estado de la tecnología, la organización social y la capacidad del medio ambiente para satisfacer las necesidades?
5
Definición de Desarrollo Sostenible
Si no hay crecimiento económico, no hay desarrollo
Si no beneficia justa y equitativa a toda la sociedad, ni hay desarrollo, ni es sostenible
Si compromete la capacidad del medio ambiente, para atender las necesidades actuales y futuras, no es sostenible
6
Definición de Desarrollo Sostenible
Desarrollosostenible
Crecimiento económico
Protección del Medio Ambiente
Desarrollo social equitativo
7
El Desarrollo Sostenible en el Tratado de NIZA (Vigente)
Articulo 2 del Tratado constitutivo de la Unión Europea
La Unión tendrá los siguientes objetivos:
“ Promover el progreso económico y social y un alto nivel de empleo y conseguir un desarrollo equilibrado y sostenible, principalmente mediante la creación de un espacio sin fronteras interiores, el fortalecimiento de la cohesión económica y social y el establecimiento de una unión económica y monetaria que implicará, en su momento, una moneda única, conforme a las disposiciones del presente Tratado…..”
8
El Desarrollo Sostenible en el Tratado de NIZA (Vigente)
ARTICULO 2 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea
“… La Comunidad tendrá por misión promover … el desarrolloarmonioso equilibrado y sostenible de las actividades económicas, un alto nivel de empleo y de protección social, la igualdad entre el hombre y la mujer, un crecimientososteniblesostenible no inflacionista, un alto grado de competitividad y de convergencia de los resultados económicos,… un alto nivel de protección y de mejora de la calidad del medio ambiente, la elevación del nivel de vida, la cohesión económica y social y la solidaridad entre los Estados miembros.”
9
El Desarrollo Sostenible en los Tratados – NIZA (Vigente)
¡¡¡CONFUSIÓN de ideas!!!
No es concebible un desarrollo sostenible que no tenga en cuenta todos los factores enumerados y quizás otros no citados. No es un objetivo distinto ni separado de los otros, sino que los engloba y es consecuencia de todos.
10
Acta Única (1987)
Artículo 130 R, relativo al medio ambiente, párrafo 2,, se decía:
y más adelante, en el párrafo 3 :
“Las exigencias de la protección del medio ambiente serán un componente de las demás políticas de la Comunidad”
“En la elaboración de su acción en relación con el medio ambiente, la Comunidad tendrá en cuenta:
…El desarrollo económico y social de la Comunidad en su conjunto y el desarrollo equilibrado de las regiones.”
11
Tratado de Niza de la CE (vigente)
En el artículo 6 del Tratado, se repite el concepto del 130 R del Acta Única, pero ya elevado a la categoría de los principios, y no dentro de la parte sectorial de medio ambiente, como aparecía en el Acta Única.
“Las exigencias de la protección del medio ambiente deberán integrarse en la definición y realización en las políticas y acciones de la Comunidad, …, con objeto de fomentar un desarrollo sostenible”
Artículo 174 de Niza, relativo a la política de medio ambiente, se repite textualmente el 130 R.3 del Acta Única.
“En la elaboración de su acción en relación con el medio ambiente, la Comunidad tendrá en cuenta:
… - El desarrollo económico y social de la Comunidad en su conjunto y el desarrollo equilibrado
de las regiones.” …
12
El Proceso de Lisboa (Primavera 2000)
El objetivo estratégico para la década 2000-2010 será:
El camino a seguir:
“convertirse en la economía basada en el conocimiento más competitiva y dinámica del mundo, capaz de crecer económicamente de manera sostenible con más y mejores empleos y con una mayor cohesión social”
“la creación de infraestructuras del conocimiento, fomento de la innovación, reforma económica y modernización de la seguridad social y de los sistemas educativos.”.
13
El proceso de Lisboa (Primavera 2000)
Preparación para economía competitiva basada en el conocimiento
El desarrollo del conocimiento, la investigación e innovación (PYMES en particular)Mejoras del mercado interiorMejoras para unos mercados financieros eficaces e integrados
Modernización del modelo social, mediante la inversión en capital humano
Educación y formación para la vida y el trabajoMás y mejores empleos para EuropaModernización de la protección social
A partir de esta fecha, los Consejos Europeos de Primavera harán un seguimiento y en su caso revisión de este proceso
14
El proceso de Lisboa (Primavera 2000)
Se refiere a una sostenibilidad desde el punto de vista de crecimiento económico y empleo, pero no desde un punto de vista de medio ambiente o de uso de los recursos naturales.
La confusión existente en el tratamiento y definición del concepto desarrollo sostenible en los Tratados, mencionada anteriormente, dio lugar a que cada sector buscara el concepto sostenibilidad “dentro de si mismo” y sin considerarse limitado por los demás.
15
El proceso de Gotemburgo (2001) (1ª estrategia europea de desarrollo sostenible)
Para restablecer el equilibrio y se adoptó una estrategia de desarrollo sostenible, para “añadir una tercera dimensión, la medioambiental, a la estrategia de Lisboa”
¿El pilar ambiental debe encuadrarse en la estrategia de Lisboa o es la estrategia de Lisboa la que debe encuadrarse en una estrategia más amplia de desarrollo sostenible y conservación de los recursos?
No es una discusión bizantina. De la respuesta depende los organismos que tendrán la competencia
16
El proceso de Gotemburgo (2001) (1ª estrategia europea de desarrollo sostenible)
“La Estrategia de Desarrollo Sostenible de la Unión se basará en el principio de que los impactos sociales, económicos, y medioambientales de todas las políticas deberán examinarse de forma coordinada y ser tenidos en cuenta en las tomas de decisión.
Obtener los precios ”reales”, que reflejen mejor a la sociedad los costes verdaderos de las diversas actividades, aportará un incentivo a los consumidores y a los fabricantes en las decisiones cotidianas de compra de bienes y servicios”.
17
El proceso de Gotemburgo (2001) (1ª estrategia europea de desarrollo sostenible)
Los Estados miembros deberán establecer sus propias estrategias nacionales de desarrollo sostenible y mediante procesos de alta participación pública
El Consejo Europeo en su reunión de primavera hará un seguimiento y dará orientaciones políticas para la Estrategia de desarrollo sostenible
La Comisión hará una valoración anual de la aplicación de la Estrategia, mediante el uso de ciertos indicadores
18
El proceso de Gotemburgo (2001) (1ª estrategia europea de desarrollo sostenible)
Indicadores
• Desarrollo económico (Lisboa)
• Pobreza y exclusión social (Plan de Aplicación – Johannesburgo)
• Envejecimiento de población• Salud pública• Cambio climático y energía• Patrones de producción y consumo• Gestión de recursos naturales• Transporte• Buena gobernanza (Plan de Aplicación – Johannesburgo)
• Asociación universal (Global Partnership - Johannesburgo)
19
La 2ª estrategia de desarrollo sostenible para una Unión Europea ampliada (Junio 2006)
La nueva Estrategia sigue manteniendo las mismas prioridades que la anterior
Matiza e incluso incluye algunos elementos horizontales nuevos, como por ejemplo la fiscalidad ambiental y un proceso de “gobernanza” mejor que el actual
Aclara, de una vez por todas, la relación con la estrategia de Lisboa, señalando que la Estrategia de desarrollo sostenible es el marco general en el que se inscribe la primera
Los destinatarios de la Estrategia no es sólo la Comunidad Europea, sino también los Estados miembros
La Comisión presentará cada dos años, empezando el primero en septiembre de 2007, un informe de los progresos alcanzados (Ya presentado: Com (2007)642 final)
20
La 2ª estrategia de desarrollo sostenible para una Unión Europea ampliada (Junio 2006)
Áreas Prioritarias
Cambio climático y energía limpia Transporte sostenible Consumo y producción sostenible Conservación y gestión de recursos naturales Salud pública Integración social, demografía y flujos migratorios Pobreza en el mundo y retos del desarrollo
sostenible
21
El nuevo Tratado de Lisboa
Artículo 3.3 del Tratado constitutivo de la Unión Europea
“ 3. La Unión …, obrará en pro del desarrollo sostenible de Europa basado en un crecimiento económico equilibrado y en la estabilidad de los precios, en una economía social de mercado altamente competitiva, tendente al pleno empleo y al progreso social, y en un nivel elevado de protección y mejora de la calidad del medio ambiente…”
22
El nuevo Tratado de Lisboa
“La Unión definirá y ejecutará políticas y acciones y se esforzará por lograr un alto grado de cooperación en todos los ámbitos de las relaciones internacionales con el fin de: …“d) Apoyar el desarrollo sostenible en los planos económico, social y medioambiental de los países en desarrollo, con el objetivo fundamental de erradicar la pobreza”
“f) Contribuir a elaborar medidas internacionales de protección y mejora de la calidad del Medio Ambiente y de la gestión sostenible de los recursos naturales mundiales, para lograr el desarrollo sostenible”…
Articulo 10 A. 2 del Tratado constitutivo de la Unión Europea: (Acción exterior de la Unión)
23
El nuevo Tratado de Lisboa
Tratado de funcionamiento de la Unión Europea
Disposiciones generalesArt. 11, : retoma el artículo 6 del Tratado de Niza
“Las exigencias de la protección del medio ambiente deberán integrarse en la definición y realización en las políticas y acciones de la Comunidad, con objeto de fomentar un desarrollo sostenible”
Medio ambienteArtículo 174, volverá a retomar textualmente el artículo 174 de Niza (y con el
130R.3 del Acta Única )
“En la elaboración de su acción en relación con el medio ambiente, la Comunidad tendrá en cuenta:
… - El desarrollo económico y social de la Comunidad en su conjunto y el desarrollo equilibrado de
las regiones.”
24
RESUMEN
Definición de desarrollo sostenible El desarrollo sostenible en el Tratado de Niza Evolución en la aplicación del concepto
3.1 El proceso de Lisboa (2000)
3.2 El proceso de Gotemburgo (1ª estrategia europea de desarrollo sostenible) (2001)
3.3 La actual estrategia de desarrollo sostenible para una Unión Europea ampliada ( Viena, Junio 2006)
4. El nuevo Tratado de Lisboa
25
¡ GRACIAS POR SU ATENCIÓN !