el derecho corporativo (1)

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  • 8/16/2019 El Derecho Corporativo (1)

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    UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES

    CHIMBOTE

    FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y

    ADMINISTRATIVAS

    ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD

    EL DERECHO CORPORATIVO Y LAS FUENTES DEL DERECHO

    COMERCIAL 

    RURUSH ROSAS ALFONSO ROSSELL TINOC CORPUS ZINNIA MEDALIT 

    HUARAZ  –  PERÚ

    2015

  • 8/16/2019 El Derecho Corporativo (1)

    2/22

     

    UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES

    CHIMBOTE

    FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y

    ADMINISTRATIVAS

    ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD

    DERECHO COMERCIAL I

    EL DERECHO CORPORATIVO Y LAS FUENTES DEL DERECHOCOMERCIAL 

    TAREA GRUPAL I UNIDAD AUTORES:

    -  RURUSH ROSAS ALFONSO ROSSELL -  TINOCO CORPUS ZINNIA MEDALIT (RESPONSABLE) 

    CICLO:

    II CICLO

    UNIDAD:

    I UNIDAD 

    DOCENTE:

    ROSALES LEÓN SERAPIO PETERSON

    HUARAZ  –  PERÚ

    2015

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    ÍNDICE

    CAPÍTULO I EL DERECHO CORPORATIVO .................................................... 6

    1. ¿QUÉ ES EL DERECHO? ....................................................................... 6

    2. ¿QUÉ ES UNA EMPRESA? ..................................................................... 6

    3. LA EMPRESA Y EL DERECHO. .............................................................. 7

    4. DERECHO CORPORATIVO. ...................................................................... 8

    4.1. DERECHO ECONÓMICO. ................................................................. 9

    4.2. DERECHO MERCANTIL. .................................................................. 9

    4.3. DERECHO BANCARIO. .................................................................. 10

    4.4. DERECHO FISCAL. ........................................................................ 10

    4.5. DERECHO PENAL. ......................................................................... 10

    4.6. DERECHO LABORAL...................................................................... 11

    4.7. DERECHO ADMINISTRATIVO. ....................................................... 11

    CAPÍTULO II FUENTES DEL DERECHO COMERCIAL .................................. 13

    1. FUENTES FORMALES .......................................................................... 13

    1.1. LEY MERCANTIL ................................................................................ 13

    2. FUENTES HISTÓRICAS ........................................................................ 15

    3. FUENTES MATERIALES ....................................................................... 15

    BIBLIOGRAFÍA  ............................................................................................... 17

    ANEXOS  .......................................................................................................... 18

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    INTRODUCCIÓN

    La globalización ha generado cambios rápidos y constantes, un cambio importante en este

    contexto, es la eliminación de las barrearas comerciales, la interdependencia y la

    celebración de tratados, esto implica que más personas intervengan en el intercambio

    comercial de bienes y servicios, como consecuencia se ve la incursión de muchos

     particulares en la actividad comercial. Debido a este fenómeno, en estos años se crea una

    legislación al respecto, como el derecho corporativo y el derecho mercantil que regulan

    estas actividades comerciales. El interés que se tiene en el tema obedece principalmente

    a conocer generalidades acerca de estas ramas del derecho antes mencionadas, para dar

    un marco general acerca de lo que trata cada uno de ellos y con ese conocimiento

     posteriormente ahondar más en estos conocimientos.

    Por lo anteriormente expresado el enunciado del problema de investigación es el

    siguiente: ¿Qué es el derecho corporativo y cuáles son las fuentes del derecho comercial?

    Para dar respuesta a este problema se plantea el siguiente objetivo general: Determinar

    que es el derecho corporativo y las fuentes del derecho comercial.

    Esta investigación se justifica porque permite tener un panorama general acerca de estas

    dos grandes ramas del derecho, nos permite ampliar nuestro conocimiento legal, a través

    del esclarecimiento de términos y conceptos que se tratarán a lo largo de la investigación.

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    CAPÍTULO IEL DERECHO CORPORATIVO

    (Derecho, empresa, la empresa y el derecho, derecho corporativo)

    1. ¿QUÉ ES EL DERECHO?

    La palabra derecho viene del vocablo latín directus, cuyo significado es no

    apartarse del buen camino, seguir el sendero de la ley, lo que se dirige o es

    bien dirigido. En general se entiende por derecho al conjunto de normas

     jurídicas, que son creadas por el estado para regular la conducta externa del

    hombre y en el caso de incumplimiento esté prevista una sanción judicial.1 

    “El derecho es el conjunto de normas que imponen deberes y normas que

    confieren facultades, que establecen las bases de convivencia social y cuyo

    fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad,

    certeza, igualdad, libertad y justicia"2 

    2. ¿QUÉ ES UNA EMPRESA?

    El término empresa se deriva del italiano impresa, que indica: Acción ardua y

    dificultosa que valerosamente se comienza; intento o designio de hacer

    alguna cosa; casa o sociedad mercantil o industrial fundada para emprender

    o llevar a cabo construcciones, negocios o proyectos de importancia. Obra o

    designio llevado a efecto en especial cuando en él intervienen varias

    personas; entidad integrada por el capital y el trabajo como factores de la

    producción y dedicada a actividades industriales, mercantiles o de prestación

    de servicios, generalmente con fines lucrativos y con la consiguiente

    responsabilidad.3 

    1

     (González & Moreno, 1986)2 (Leonel & Ledesma, s.a)3 (Real Academia Española, 1992)

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    De lo anterior se desprende que la actividad emprendedora, en el sentido

    económico, implica una actitud estratégica en la que se combinan

    conocimientos, habilidades y destrezas para hacer frente a los retos que se

    presentan en el mundo económico.

    3. LA EMPRESA Y EL DERECHO.

    La diversidad de relaciones que surgen al intercambiar bienes y servicios,

    que constituyen la parte fundamental de la actividad económica, implica la

    necesidad de que se realicen en un marco de orden, igualdad y seguridad

     jurídica.

    El orden jurídico es el sometimiento de una actividad a un conjunto o sistema

    de normas por los miembros del grupo social, incluidas las autoridades, con

    el fin de alcanzar la paz y el bienestar social.

    La igualdad jurídica significa que el sistema de normas otorgue sin exclusión

    el mismo trato (deberes y derechos) a todas las personas a las que se dirige.

    En cuanto a la seguridad jurídica, consiste en la certeza que tiene el individuo

    de que el ordenamiento jurídico sea aplicado en cualquier situación prevista

    en la norma.

    Por lo que se requiere de las normas y disposiciones jurídicas que permitan

    realizar la actividad empresarial bajo el principio de legalidad: “la autoridad

    sólo puede hacer aquello que está facultado por la ley y legalmente

    permitido”, y el particular “puede hacer todo lo que no está prohibido”. 

    Conviene tener presente que las disposiciones jurídicas aplicables a la

    empresa no se localizan en un solo texto legal, el régimen jurídico de la

    empresa se encuentra en multitud de leyes y ordenamientos de índole civil,

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    mercantil, laboral, fiscal, administrativo, bancario, internacional, además de

    que la jurisprudencia contiene tesis aplicables a la empresa y sus elementos.

    Como se puede observar, el sustento jurídico de la actividad empresarial se

    nutre de teorías, instituciones, principios, textos normativos de distintas

    ramas del derecho, las cuales configuran al derecho corporativo. El esquema

    de esta fuente es:

    -  Derecho público: constitucional, administrativo, fiscal, penal, procesal,

    internacional público. 

    -  Derecho privado: civil, mercantil, internacional privado. 

    -  Derecho social: económico, laboral, agrario, seguridad social ambiental,

    cultural 

    4. DERECHO CORPORATIVO.

    El derecho corporativo estudia las normas relativas a la empresa y su

    actividad empresarial, o dicho en términos jurídicos a la Sociedad y sus

    actividades (intercambio de bienes), dentro de ella la más común e

    importante: El Lucro.

    Dicho de otro modo, podemos decir que dicha rama jurídica de Derecho

    Privado, guarda estrecha vinculación con el derecho de las empresas, o como

    reguladora de la economía organizada.4 

    La empresa como institución no ha sido definida unánimemente, y las normas

    del derecho contemporáneo en sus definiciones tradicionales asimilan el

    concepto al de sociedad mercantil.

    La sociedad mercantil en su noción tradicional es sujeto de derecho, es

    considerada una universalidad de derechos y cuenta con patrimonio

    4 (Montoya, 2004)

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    separado al de los socios, y generalmente reconocida por una ficción jurídica

    como una entidad o persona moral.

    El derecho corporativo no existe como una rama del derecho; no obstante,

    las diversas actividades que se realizan en la empresa implican una

    multiplicidad de ordenamientos jurídicos para su regulación, lo que hace

    necesario establecer un contexto legal para el desempeño de las actividades

    económicas.

    Es importante mencionar que la plataforma de la actividad empresarial se

    compone de elementos de las siguientes ramas del derecho:

    4.1. DERECHO ECONÓMICO.

    Es el conjunto de valores, principios, normas y procedimientos jurídicos

    tendientes a requerir, posibilitar y controlar la intervención directa o

    indirecta e interactiva del Estado en todos los aspectos macro y

    microscópicos de la economía por medio de medidas y actividades

    coactivas y persuasivas, estimulantes y disuasivas, a fin de proporcionar

    y garantizar las condiciones y los objetivos de implantación,

    estructuración, funcionamiento, reproducción, crecimiento y desarrollo de

    dicha economía y, por lo tanto, la producción, distribución y uso o

    consumo de bienes, servicios e ingresos.5 

    4.2. DERECHO MERCANTIL.

    Es la rama del derecho privado que regula la actividad de los

    comerciantes y los actos de comercio, así como las sociedades

    mercantiles, que son las personas morales en que se apoya el

    comerciante para realizar la actividad empresarial.

    5 (Kaplan, 2002)

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    Este derecho constituye un orden jurídico de carácter general que se

    aplica a: a) los actos de comercio (relación mercantil); b) a las personas

    que lo realizan (sujetos de la relación mercantil); c) a las cosas o bienes

    materia de los actos de comercio (objeto de la relación mercantil); d) a

    los procedimientos judiciales o administrativos (juicios mercantiles,

    concursos mercantiles), etcétera.6 

    4.3. DERECHO BANCARIO.

    La empresa, para funcionar desde el punto de vista económico, requiere

    un patrimonio cuya administración, manejo e incremento tiene relación

    con las instituciones de banca y crédito, por lo que el derecho bancario

    es un factor importante para la realización de inversiones, obtención de

    créditos, transferencias monetarias y todo tipo de intermediación

    cambiaria.

    4.4. DERECHO FISCAL.

    Es la rama del derecho público que regula las relaciones entre los

    contribuyentes y el Estado, contiene disposiciones cuyo conocimiento y

    observancia son indispensables para que la empresa funcione en

    términos de la ley correspondiente. Por materia fiscal debe entenderse lo

    relativo a la determinación, liquidación, pago, devolución, exención,

    prescripción o control de los créditos fiscales o lo referente a las

    sanciones que se impongan por motivo de infringir las leyes tributarias.

    4.5. DERECHO PENAL.

    Es la rama del derecho público que define los delitos, sanciones y

    medidas de seguridad; por lo que es necesario conocer las

    6 (Adriano, s.a.)

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    consecuencias de los hechos ilícitos en que puede incurrir un empresario

    y sus subordinados, principalmente en los delitos patrimoniales, como

    robo, fraude, abuso de confianza, lavado de dinero, entre otros; habida

    cuenta de los delitos fiscales contemplados en la ley respectiva.

    4.6. DERECHO LABORAL.

    Estudia las normas que regulan las relaciones que directa e

    indirectamente derivan de la prestación libre, subordinada y remunerada

    de servicios personales, cuya función es producir el equilibrio de los

    factores en juego, mediante la realización de la justicia social, que implica

    la regulación de las relaciones entre obreros y patrones, por ejemplo: la

    contratación individual y colectiva, las jornadas laborales y salarios,

    accidentes de trabajo, vacaciones, prestaciones, capacitación y

    seguridad social en lo que toca a pensiones, jubilaciones, invalidez y

    vejez.7 

    4.7. DERECHO ADMINISTRATIVO.

    Se compone del conjunto de normas jurídicas que regulan la actividad

    administrativa de los órganos del Estado. Los principales tópicos de esta

    disciplina que tienen relación con el funcionamiento de la empresa son

    procedimientos administrativos para la obtención de licencias, permisos,

    concesiones y autorizaciones, con el objeto de prestar servicios o

    dedicarse a actividades productivas; regulación de la competencia

    económica, legislación del comercio exterior e inversión extranjera,

    régimen de propiedad del Estado y de los particulares, propiedad

    intelectual y derecho de autor, además del juicio de nulidad en materia

    7 (De Buen, 2005)

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    administrativa, que persigue dejar sin efecto los actos de autoridad

    administrativa que vulneren el principio de legalidad.

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    CAPÍTULO IIFUENTES DEL DERECHO COMERCIAL

    (Fuentes formales, Fuentes históricas, Fuentes materiales.) 

    1. FUENTES FORMALES

    García (1977), sostiene que las fuentes formales son: “los procesos de

    creación de las normas jurídicas que comprenden los procedimientos,

    métodos o modos de carácter formal por medio de los cuales se producen

    normas jurídicas”. Dentro de las fuentes formales podemos encontrar a: 

    1.1. LEY MERCANTIL

    En los países en los cuales el Derecho es escrito, la legislación es la más

    importante de las fuentes; es decir, la ley o conjuntos de leyes en vigor

    que regulan en forma sistemática materias afines o ramas del Derecho.

    La legislación mercantil está constituida tanto por leyes de contenido

    mercantil, como por reglamentos administrativos, decretos e inclusive

    tratados internacionales ratificados por las autoridades legislativas y

    ejecutivas. Las fuentes formales son el conjunto de procesos de creación

    de las normas jurídicas.

    a. Costumbre y los usos mercantiles 

    La segunda fuente formal del Derecho Mercantil, es la costumbre y

    los usos mercantiles. Históricamente, debemos entender que la

    costumbre fue anterior a la obra del legislador; no obstante, cabe

    mencionar que, en la mayoría de los estados modernos, la

    formulación del Derecho es casi exclusivamente obra del legislador,

    aunque existen casos como Inglaterra, en que predomina todavía el

    uso de la costumbre. En términos generales, podemos definir la

    costumbre como: “un uso existente en un grupo social, que expresa

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    un sentimiento jurídico de los individuos que componen dicho grupo”.

    Para el maestro García Máynez, el Derecho consuetudinario (es decir,

    aquel basado en la costumbre) tiene dos características:

    1. Está integrado por un conjunto de reglas sociales derivadas de un

    uso más o menos largo.

    2. Dichas reglas, cuando los individuos que las practican les

    reconocen obligatoriedad, se trasforman en Derecho Positivo,

    como si se tratase de ley.

     Ahora bien, para la teoría romano-canónica, la costumbre tiene dos

    elementos:

    1. Subjetivo. El uso en cuestión es jurídicamente obligatorio y debe,

    por tanto, aplicarse.

    2. Objetivo. Es la práctica suficientemente prolongada de un

    determinado proceder. 

    Con relación al Derecho Mercantil se ha dicho que “la costumbre es

    un producto espontáneo de las necesidades del comercio”. Podemos

    reafirmar, de acuerdo con lo antes dicho, que efectivamente la

    costumbre desde sus inicios ha sido producto de las necesidades de

    los comerciantes y el cambio en el tipo de negociaciones. El maestro

    Barrera Graf señala que no se puede negar que la costumbre sea

    fuente del Derecho debido a las siguientes razones: 

    1. El carácter consuetudinario del Derecho Mercantil. 

    2. La invocación legal de los usos mercantiles hace que existan y se

    apliquen.

    3. La invocación legal de los usos particulares (los encontramos en

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    las disposiciones de Derecho marítimo y bursátil). 

    b. Jurisprudencia 

    La jurisprudencia no es otra cosa que la interpretación que de las

    leyes Mercantiles hacen las cortes y juzgados, repetida en cinco

    ocasiones en un mismo sentido. La Corte suprema, como integrante

    del Poder Judicial de la Federación, es quien hace esta interpretación

    de las leyes mercantiles.

    2. FUENTES HISTÓRICAS

    Podemos señalar como fuentes históricas todas aquellas legislaciones que

    muestran la situación legal de pueblos y civilizaciones antiguas, así como la

    evolución del Derecho y las figuras jurídicas que aún en nuestros días tienen

    gran influencia, como, por ejemplo, el Código de Napoleón, el Digesto, etc. 

    3. FUENTES MATERIALES

     Algunos autores denominan las fuentes materiales, fuentes reales. Podemos

    establecer que las fuentes materiales del Derecho Mercantil son todos

    aquellos factores y elementos que determinan el contenido de las normas

     jurídicas. Podemos afirmar que las fuentes materiales o reales “comprenden

    todas las condiciones de vida que vive una sociedad, como su problemática

    económica, política y social; su religión, sus costumbres, sus tradiciones, su

    moral, su cultura, su idioma, su idiosincrasia, su grado de desarrollo, su

    historia, hasta su clima y su ubicación geográfica, entre muchas otras cosas”.

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    CONCLUSIÓN 

     A partir del estudio realizado podemos concluir que el derecho corporativo es la

    rama del derecho que se centra en las empresas y todo lo relacionado con ellas,

    desde un punto de vista legal. Así también podemos concluir que las fuentes del

    derecho comercial son los modos y las formas por medio de las cuales se

    establecen las normas jurídicas que regulan la actividad comercial; y que dichas

    las fuentes pueden ser clasificadas en: fuentes formales, fuentes históricas y

    fuentes materiales.

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    BIBLIOGRAFÍA

     Adriano, E. (s.a.). Derecho Mercantil. México: UNAM .

    De Buen, N. (2005). Diccionario Jurídico. Mexico: UNAM.

    González, F., & Moreno, G. (1986). Nociones del derecho positivo.  México:

    Porrua.

    Kaplan, M. (2002). Derecho económico. México: UNAM.

    Leonel, P., & Ledesma, A. (s.a). Introducción al estudio del Derecho.  México:

    Harla.

    Montoya, U. (2004). Derecho comercial. Lima: Grijley.

    Real Academia Española. (1992). Diccionario de la lengua española. Madrid:

    Real Academia Española.

    Sanromán, R., & Cruz, A. (2008). Derecho corporativo y la empresa. Santa Fe:

    Cengage.

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    ANEXOS

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