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En el salón de usos múltiples del edificio A del Instituto Federal Electoral, siendo las 13:30 horas del día 26 de noviembre de 2007, se reunieron para celebrar sesión extraordinaria de la Junta General Ejecutiva los señores integrantes de la misma: Doctor Luis Carlos Ugalde Ramírez, Consejero Presidente del Consejo General del Instituto Federal Electoral y Presidente de la Junta General Ejecutiva; Licenciado Manuel López Bernal, Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva; Físico Joaquín Morales Bolio, Secretario Particular, en representación de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores; Maestro Fernando Agíss Bitar, Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos; Maestro Miguel Ángel Solís Rivas, Director Ejecutivo de Organización Electoral; Maestro Hugo Alejandro Concha Cantú, Director Ejecutivo de Capacitación Electoral y Educación Cívica; y Licenciado Gustavo Varela Ruiz, Director Ejecutivo de Administración. De la misma forma, concurrieron a la sesión el Licenciado Francisco Guerrero Piñera, Contralor Interno; Ciudadano Abelardo Martín Miranda, Coordinador Nacional de Comunicación Social; Licenciado Manuel Carrillo Poblano, Coordinador de la Unidad de Asuntos Internacionales; Licenciado Ernesto Ramos Mega, Director de Desarrollo Institucional, en representación de la Coordinación del Centro para el Desarrollo Democrático; Doctor Rolando De Lassé Cañas, Director Jurídico; Ingeniero René Miranda Jaimes, Coordinador de la Unidad Técnica de Servicios de Informática; Licenciado Antonio Horacio Gamboa Chabbán, encargado del Despacho de la Coordinación de la Unidad Técnica de Servicios de Información y Documentación; y el Licenciado Jorge Eduardo Lavoignet Vásquez, Director del Secretariado. El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor Luis Carlos Ugalde Ramírez: Hemos sido convocados para celebrar la sesión extraordinaria de la Junta General Ejecutiva, por lo que le solicito al Secretario verificar el quórum.

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Page 1: El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta ... · 2 El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado Manuel López Bernal: Hay quórum, Consejero

En el salón de usos múltiples del edificio A del Instituto Federal Electoral, siendo las 13:30 horas del día 26 de noviembre de 2007, se reunieron para celebrar sesión extraordinaria de la Junta General Ejecutiva los señores integrantes de la misma: Doctor Luis Carlos Ugalde Ramírez, Consejero Presidente del Consejo General del Instituto Federal Electoral y Presidente de la Junta General Ejecutiva; Licenciado Manuel López Bernal, Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva; Físico Joaquín Morales Bolio, Secretario Particular, en representación de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores; Maestro Fernando Agíss Bitar, Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos; Maestro Miguel Ángel Solís Rivas, Director Ejecutivo de Organización Electoral; Maestro Hugo Alejandro Concha Cantú, Director Ejecutivo de Capacitación Electoral y Educación Cívica; y Licenciado Gustavo Varela Ruiz, Director Ejecutivo de Administración. De la misma forma, concurrieron a la sesión el Licenciado Francisco Guerrero Piñera, Contralor Interno; Ciudadano Abelardo Martín Miranda, Coordinador Nacional de Comunicación Social; Licenciado Manuel Carrillo Poblano, Coordinador de la Unidad de Asuntos Internacionales; Licenciado Ernesto Ramos Mega, Director de Desarrollo Institucional, en representación de la Coordinación del Centro para el Desarrollo Democrático; Doctor Rolando De Lassé Cañas, Director Jurídico; Ingeniero René Miranda Jaimes, Coordinador de la Unidad Técnica de Servicios de Informática; Licenciado Antonio Horacio Gamboa Chabbán, encargado del Despacho de la Coordinación de la Unidad Técnica de Servicios de Información y Documentación; y el Licenciado Jorge Eduardo Lavoignet Vásquez, Director del Secretariado. El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor Luis Carlos Ugalde Ramírez: Hemos sido convocados para celebrar la sesión extraordinaria de la Junta General Ejecutiva, por lo que le solicito al Secretario verificar el quórum.

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El C. Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado Manuel López Bernal: Hay quórum, Consejero Presidente. El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor Luis Carlos Ugalde Ramírez: Someto a su consideración el orden del día. Quienes estén a favor sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Texto del orden del día aprobado) INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL JUNTA GENERAL EJECUTIVA SESIÓN EXTRAORDINARIA ORDEN DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DE 2007 13:30 HRS. 1.- Lectura y aprobación, en su caso, del Acta de la sesión ordinaria celebrada el 16 de noviembre de 2007. 2.- Dirección Ejecutiva de Administración. 2.1.- Proyecto de Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, por el cual se aprueba el otorgamiento de un estímulo por desempeño al personal técnico operativo, de enlace, mandos medios y superiores de plaza presupuestal y al personal de honorarios con funciones de carácter permanente del Instituto Federal Electoral por el año 2007. 2.2.- Proyecto de Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral por el cual se aprueban las modificaciones a los Lineamientos para la Autorización de Adecuaciones Presupuestarias para el Ejercicio 2007. El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor Luis Carlos Ugalde Ramírez: Pasamos al primer punto del orden del día, relativo a la lectura y aprobación, en su caso, del Acta de la sesión ordinaria celebrada el 16 de

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noviembre de 2007. Está a su consideración. Si no hay observaciones pasamos a su aprobación. Quienes estén a favor sírvanse manifestarlo. Aprobada. El siguiente punto del orden del día, son dos apartados a cargo de la Dirección Ejecutiva de Administración. Tiene la palabra el Licenciado Gustavo Varela. El C. Director Ejecutivo de Administración, Licenciado Gustavo Varela Ruiz: Gracias. El apartado 2.1 del orden del día, es un Proyecto de Acuerdo que se somete a la consideración de la Junta General Ejecutiva y consiste en aprobar el otorgamiento de un estímulo por desempeño al personal técnico operativo, de enlace, mandos medios y superiores de plaza presupuestal y al personal de honorarios en funciones de carácter permanente, para el ejercicio 2007. Como ha sido tradición en el Instituto Federal Electoral, se somete a la consideración de esta Junta a fin de que quede aprobado en términos similares como en ejercicios anteriores que se ha otorgado. El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor Luis Carlos Ugalde Ramírez: Muy bien. ¿Algún comentario? Si no lo hay, entonces someto a su aprobación el apartado 2.1 del orden del día, relativo al Proyecto de Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, por el cual se aprueba el otorgamiento de un estímulo por desempeño al personal técnico operativo, de enlace, mandos medios y superiores de plaza presupuestal y al personal de honorarios con funciones de carácter permanente del Instituto Federal Electoral por el año 2007. Quienes estén a favor sírvanse manifestarlo. Aprobado. (Texto del Acuerdo aprobado)

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JGE367/2007 Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, por el cual se aprueba el otorgamiento de un estímulo por desempeño al personal técnico operativo, de enlace, mandos medios y superiores de plaza presupuestal y al personal de honorarios con funciones de carácter permanente del Instituto Federal Electoral por el año 2007.

C o n s i d e r a n d o I. Que de conformidad con los artículos 41, base III, párrafo primero de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68, 69, párrafo 2 y 70, párrafo 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios, depositario de la autoridad electoral y responsable de la función estatal de organizar las elecciones federales para renovar a los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión. Dicha función estatal se rige por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

II. Que la Junta General Ejecutiva, de conformidad con el artículo 85, párrafo 1

del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, es presidida por el Presidente del Consejo y se integra por el Secretario Ejecutivo y con los Directores Ejecutivos del Registro Federal de Electores, de Prerrogativas y Partidos Políticos, de Organización Electoral, del Servicio Profesional Electoral, de Capacitación Electoral y Educación Cívica y de Administración.

III. Que en términos del artículo 86, párrafo 1, incisos b) y m) del Código

Electoral, es atribución de la Junta General Ejecutiva, fijar los procedimientos administrativos conforme a las políticas y programas generales del Instituto y las demás que le encomiende el Código, el Consejo General o su Presidente.

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IV. Que conforme a lo dispuesto por el artículo 87, párrafo 1 del Código Comicial, el Secretario Ejecutivo coordina la Junta General Ejecutiva, conduce la administración y supervisa el desarrollo adecuado de las actividades de los órganos ejecutivos y técnicos del Instituto Federal Electoral.

V. Que la Dirección Ejecutiva de Administración, quien de conformidad con el

artículo 97, párrafo 1, incisos a) y d) del Código, tiene la atribución de aplicar las políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos financieros y materiales del Instituto así como establecer y operar los sistemas administrativos para el ejercicio y control presupuestales. Así mismo, se informó a esta Junta General Ejecutiva que se cuentan con las previsiones presupuestales necesarias dado que el pago de este estímulo fue programado dentro del presupuesto del Instituto Federal Electoral para el año 2007.

VI. Que el Instituto ha venido otorgando a su personal en los anteriores

ejercicios presupuestales, estímulos por el desempeño que ha observado en el desarrollo de las tareas que tienen asignadas en la institución.

VII. Que el Instituto Federal Electoral, de conformidad con la normatividad

aplicable y para el debido desarrollo y cumplimiento de las actividades que tiene encomendadas, ha venido incorporando a prestadores de servicios profesionales mediante contratos celebrados de conformidad con la legislación federal civil, por lo que cuenta con las previsiones presupuestales necesarias para cubrir las obligaciones derivadas de los mismos, siendo factible el otorgamiento de un estímulo a este personal, dado que dicho pago fue programado dentro del presupuesto del Instituto Federal Electoral para el año 2007.

VIII. Que tomando en consideración la importancia que han tenido para el

desarrollo de las tareas institucionales los servicios profesionales que ha venido prestando el personal incorporado mediante contratos celebrados conforme a la legislación federal civil, por una razón de equidad se ha considerado procedente hacer extensivo el otorgamiento de un estímulo por desempeño al personal de honorarios con carácter permanente, en los términos del presente Acuerdo.

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De conformidad con los considerandos que anteceden y con fundamento en los artículos 41, base III, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68; 69, párrafo 2; 70 párrafo 1; 85, párrafo 1; 86, párrafo 1, incisos b) y m); 87, párrafo 1; 97, párrafo 1, incisos a) y d) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Junta General Ejecutiva emite el siguiente:

A c u e r d o Primero.- Se aprueba el otorgamiento del estímulo al desempeño por el año 2007, al personal técnico operativo, de enlace, mandos medios y superiores de plaza presupuestal del Instituto Federal Electoral, consistente en el pago de cuarenta y cinco días de percepción total mensual neta que reciben, efectuando la acumulación respectiva para efectos de determinar el Impuesto Sobre la Renta que corresponda al pago por dicho concepto, mismo que quedará con cargo a los servidores públicos del Instituto Federal Electoral, tomando como base las previsiones presupuestales del presente ejercicio. Segundo.- Se aprueba el otorgamiento del estímulo al desempeño por el año 2007, al personal de honorarios con funciones de carácter permanente del Instituto Federal Electoral, consistente en el pago de cuarenta y cinco días de los emolumentos por honorarios mensuales netos que reciben, efectuando la acumulación respectiva para efectos de determinar el Impuesto Sobre la Renta que corresponda al pago por dicho concepto, mismo que quedará con cargo a los prestadores de servicios del Instituto Federal Electoral, tomando como base las previsiones presupuestales del presente ejercicio. Tercero.- El estímulo a que se refiere el presente Acuerdo será cubierto durante el mes de diciembre del año en curso, en cada caso en proporción al tiempo en activo en el Instituto Federal Electoral durante el presente ejercicio, conforme a lo siguiente: a) En plaza presupuestal y honorarios con funciones de carácter permanente

se pagará de conformidad con el tiempo en activo y de acuerdo al nivel presupuestal con que cuente el personal al momento del pago.

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b) Para el personal que haya pasado de honorarios asimilados a salarios con funciones de carácter permanente a plaza presupuestal y viceversa, se computará tanto el tiempo en el régimen contractual como el laboral, en la inteligencia de que éste se cubrirá en forma proporcional con base en las percepciones y periodos laborados que correspondan para cada tipo de régimen.

c) Para el personal que haya pasado de honorarios asimilados a salarios con

funciones de carácter eventual a plaza presupuestal u honorarios con funciones permanentes, no se computará el tiempo de servicios prestados en honorarios de carácter eventual.

d) Queda excluido de este beneficio el personal que al momento del pago

ostente una plaza de honorarios asimilados a salarios con funciones de carácter eventual.

e) El personal con relación jurídico-laboral o contractual que haya causado baja

en la institución, previa solicitud por escrito de éste, misma que deberá ser presentada como máximo el 31 de diciembre de 2007, en el área de adscripción a la que pertenecían, se le pagará la parte proporcional que le corresponda en términos de los incisos a) y b).

f) Queda excluido de dicho estímulo el personal que deje de prestar sus

servicios a la institución por aplicación de sanción derivada de un procedimiento administrativo o de responsabilidad por parte de la Contraloría Interna o tenga entablada en contra del Instituto demanda judicial por despido.

Cuarto.- En el caso del personal con plaza presupuestal, el estímulo se otorgará conforme al tabulador vigente en el Instituto Federal Electoral. Quinto.- En el caso del personal de honorarios con funciones permanentes, dicho estímulo se otorgará conforme a sus emolumentos por honorarios. Sexto.- La Junta General Ejecutiva, en uso de las atribuciones que le confiere el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales por conducto de la Dirección Ejecutiva de Administración realizará las adecuaciones presupuestarias correspondientes que se requieran para dar cumplimiento al presente Acuerdo. Séptimo.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

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El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva,

Doctor Luis Carlos Ugalde Ramírez: Tiene la palabra el Licenciado Gustavo

Varela.

El C. Director Ejecutivo de Administración, Licenciado Gustavo Varela Ruiz:

El apartado 2.2 del orden del día, se refiere al Proyecto de Acuerdo de la Junta

General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral por el cual se aprueban las

modificaciones a los Lineamientos para la Autorización de Adecuaciones

Presupuestarias para el Ejercicio 2007. Se trata de incorporar un punto número

tres a los Lineamientos de Adecuaciones Presupuestarias para incrementar la

partida 7801, que corresponde a Aportaciones a Fideicomisos Públicos,

relacionado con el Fondo para Atender el Pasivo Laboral del Instituto Federal

Electoral, que como ustedes saben fue constituido la semana anterior.

Estos Lineamientos, establecen que será autorización de la Secretaría Ejecutiva

transferir recursos al fideicomiso público para atender el pasivo laboral de acuerdo

a las siguientes reglas:

Uno, a través de asignaciones aprobadas por el Consejo General, en función del

techo presupuestal aprobado por la Cámara de Diputados.

Dos, a través de asignaciones adicionales, las cuales podrán ser hasta por un

monto igual al establecido en el punto anterior. Es decir, lo que haya aprobado el

Consejo General y cuando tengan el siguiente origen: economías y ahorros en el

ejercicio del capítulo 1000; otros capítulos de gasto, siempre y cuando deriven de

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ahorros una vez cumplidas las metas de los programas y proyectos, y por recursos

generados por productos y aprovechamientos.

Se prevé también otra posibilidad, si en el presupuesto aprobado del ejercicio de

que se trate no se hubieran asignado recursos para atender el pasivo laboral del

Instituto, y eventualmente se generen ahorros durante el año, la cantidad que

servirá de referencia para transferir recursos al Fondo se determinará

considerando la que resulte del estudio actuarial como costo del período, siempre

que no sea superior al último monto aprobado por el Consejo General para este

propósito.

Básicamente éstas son las modificaciones a las adecuaciones, y de merecer su

aprobación permitirían consecuentemente que a partir de este ejercicio se pudiera

incrementar el fondo, si se dieran las condiciones que aquí se señalan.

El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva,

Doctor Luis Carlos Ugalde Ramírez: ¿Algún comentario? Si no lo hay, someto a

su aprobación el apartado 2.2 del orden del día, relativo al Proyecto de Acuerdo

de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral por el cual se

aprueban las modificaciones a los Lineamientos para la Autorización de

Adecuaciones Presupuestarias para el Ejercicio 2007.

Quienes estén a favor sírvanse manifestarlo.

Aprobado.

(Texto del Acuerdo aprobado)

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JGE368/2007 Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral por el cual se aprueban las modificaciones a los Lineamientos para la Autorización de Adecuaciones Presupuestarias para el Ejercicio 2007.

A n t e c e d e n t e s 1. La Junta General Ejecutiva, mediante el Acuerdo JGE/61/99 de fecha 11 de octubre de 1999, aprobó los lineamientos y procedimientos para el pago de compensación por término de la relación laboral al personal que por renuncia deja de prestar sus servicios al IFE, mismos que se han venido aplicando, de manera regular, hasta la fecha del presente. 2. En la sesión ordinaria de fecha 30 de noviembre de 2006, el Consejo General emitió el Acuerdo CG198/2006 para la Aprobación del Anteproyecto de Presupuesto del Instituto Federal Electoral para el ejercicio fiscal 2007. 3. El 28 de diciembre del año 2006, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2007. 4. Durante el ejercicio fiscal de 2006 se realizó un Estudio Actuarial con la finalidad de conocer el monto de los recursos con que debería contar el IFE, para atender el pago de la compensación que refiere el numeral que antecede. Dicho monto resultó ser del orden de 124 millones de pesos para el ejercicio, cuya disponibilidad en un fondo de reserva evitaría comprometer, en el mediano y largo plazos, la viabilidad financiera del Instituto. 5. En sesión extraordinaria del 31 de enero del 2007, el Consejo General emitió el Acuerdo CG03/2007 por el que se aprueba el ajuste al Presupuesto del Instituto Federal Electoral para el Ejercicio Fiscal 2007, se establecen las obligaciones que

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se derivan del referido Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación y se aprueban las disposiciones en materia de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria que se derivan de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. 6. En sesión ordinaria del 29 de marzo del 2007, la Junta General Ejecutiva emitió el Acuerdo JGE072/2007 por el que se aprobaron los lineamientos para la autorización de adecuaciones presupuestarias para el ejercicio 2007. 7. El 22 de noviembre del 2007 el Instituto Federal Electoral se celebró el contrato de Fideicomiso de Inversión y Administración número F/10164 con Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C. que tiene por objeto constituir el Fondo para Atender el Pasivo Laboral del IFE.

C o n s i d e r a n d o s

I. Que el artículo 41, base V, párrafos primero y segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que la organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordena la ley, y que en el ejercicio de esa función estatal la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad serán principios rectores. II. Que el artículo 70, párrafos 1 y 2 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, dispone que el Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo, de carácter permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios; asimismo, determina que el patrimonio del Instituto, entre otros bienes, se integra con las partidas que anualmente se le asignan en el Presupuesto de Egresos de la

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Federación, así como con los ingresos que reciba por cualquier concepto, derivados de la aplicación de las disposiciones del Código citado. III. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 del código comicial federal, los órganos centrales del Instituto Federal Electoral son: el Consejo General, la Presidencia del Consejo General, la Junta General Ejecutiva y la Secretaria Ejecutiva. IV. Que conforme a lo establecido en el artículo 85 del Código Federal Electoral, la Junta General Ejecutiva del Instituto será presidida por el Presidente del Consejo General y se integrará con el Secretario Ejecutivo y con los Directores Ejecutivos del Registro Federal de Electores, de Prerrogativas y Partidos Políticos, de Organización Electoral, del Servicio Profesional Electoral, de Capacitación Electoral y Educación Cívica y de Administración. V. Que en términos del artículo 86, párrafo 1, inciso b) del código de la materia, es atribución de la Junta General Ejecutiva fijar los procedimientos administrativos conforme a las políticas y programas generales del Instituto. VI. Que la coordinación de la Junta General Ejecutiva está a cargo del Secretario Ejecutivo, quien conduce, administra y supervisa el desarrollo adecuado de las actividades de los órganos ejecutivos y técnicos del Instituto, como lo establece el artículo 87 del citado Código. VII. Que el artículo 89, párrafo 1, incisos k) y q) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales establece como atribuciones del Secretario Ejecutivo, proveer a los órganos del Instituto de los elementos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como ejercer las partidas presupuestales aprobadas. VIII. Que de conformidad con el artículo 97 párrafo 1, incisos a), b), d) y f) del código comicial, son atribuciones de la Dirección Ejecutiva de Administración aplicar las políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos financieros y materiales del Instituto; organizar, dirigir y controlar la

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administración de los recursos materiales y financieros, así como la prestación de los servicios generales del Instituto; establecer y operar los sistemas administrativos para el ejercicio y control presupuestales, y atender las necesidades administrativas de los órganos del Instituto. IX. Que de conformidad con el artículo 76, párrafo 1, incisos, f) y k) del Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral, corresponde a la Contraloría Interna inspeccionar el ejercicio del gasto y administración del patrimonio del Instituto, así como revisar que el ejercicio del gasto se haya realizado conforme a las disposiciones legales, normas y lineamientos que regulan su ejercicio. X. Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece en su artículo 5, fracción I, inciso c), como una de las atribuciones de los entes autónomos en el marco de la autonomía presupuestaría, autorizar las adecuaciones a sus presupuestos sin requerir la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. XI. Que el artículo 20 de la Ley referida, establece que los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos podrán autorizar erogaciones adicionales a las aprobadas en sus respectivos presupuestos, con cargo a los ingresos excedentes que en su caso generen, siempre y cuando, se registren ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dichos ingresos en los conceptos correspondientes de la Ley de Ingresos, y se informen a la Secretaría sobre la obtención y la aplicación de dichos ingresos, para efectos de la integración de los informes trimestrales y la Cuenta Pública. XII. Que en esta misma Ley se establece en su artículo 60 que los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos, a través de sus respectivas unidades de administración, podrán autorizar adecuaciones a sus respectivos presupuestos siempre que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos de los programas a su cargo y deberán emitir las normas aplicables. Dichas adecuaciones, incluyendo aquéllas comprendidas en el artículo 20 de dicha Ley, debiendo ser informadas al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para efectos de la integración de los informes trimestrales y la Cuenta Pública.

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XIII. Que en esta misma Ley en su artículo 9, párrafo 1, establece como fideicomisos públicos aquellos que constituyan los entes autónomos a los que se asignen recursos del Presupuesto de Egresos a través de los ramos autónomos. XIV. Que el Consejo General mediante Acuerdo número CG03/2007, aprobó el ajuste al presupuesto del Instituto Federal Electoral para el Ejercicio Fiscal 2007, y en el punto de Acuerdo Cuatro, apartado I, numeral 5 se establece que corresponde a la Junta General Ejecutiva aprobar los lineamientos para la autorización de adecuaciones presupuestarias para dicho ejercicio, y actuar en correspondencia con los mismos. XV. Que en el punto de Acuerdo cuarto, apartado I, numeral 3 del citado, se establece que corresponde a la Junta General Ejecutiva autorizar las adecuaciones al presupuesto, en al ámbito de su competencia, incluidas las ampliaciones líquidas provenientes de ingresos excedentes, siempre que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos de los programas del Instituto, de conformidad con los lineamientos que para el efecto emita. De lo anterior, se informará al Consejo General en los informes trimestrales de la Junta General Ejecutiva y a la Comisión de Administración e Informática y al Ejecutivo Federal para efectos conducentes, de conformidad con lo previsto en el artículo 60 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. XVI. Que en el resolutivo cuarto, apartado II, numerales 4 y 8 del citado Acuerdo, se menciona que corresponde a la Secretaría Ejecutiva y a la Dirección Ejecutiva de Administración, autorizar las adecuaciones al presupuesto, en al ámbito de su competencia, incluidas las ampliaciones líquidas provenientes de ingresos excedentes, siempre que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos de los programas del Instituto, de conformidad con los lineamientos que para el efecto emita la Junta General Ejecutiva. Se informará de lo anterior al Consejo General en los informes trimestrales de la Junta General Ejecutiva, a la Comisión de Administración e Informática y al Ejecutivo Federal, para efectos de la integración de los informes trimestrales.

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XVII. Que el punto de Acuerdo Sexto del Acuerdo aludido, se establece que los ahorros presupuestales generados por la aplicación de las disposiciones señaladas en dicho Acuerdo, o por cualquier otro motivo derivado del ejercicio presupuestario, serán transferidos, con autorización del Secretario Ejecutivo, a los proyectos de modernización, especiales y de inversión. XVIII. Que en el resolutivo séptimo del multicitado Acuerdo, se establece que el destino de las ampliaciones líquidas por los ingresos adicionales a los recursos fiscales que obtenga el Instituto y que de acuerdo con el Presupuesto de Egresos de la Federación del año 2007, la Ley de Ingresos vigente y el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, sean susceptibles de incorporarse al gasto del Instituto, se definirá conforme a los lineamientos vigentes, aprobados por la Junta General Ejecutiva. Los ingresos provenientes de las actividades convenidas con Institutos Estatales Electorales se informarán trimestralmente al Consejo General, a la Comisión de Administración e Informática y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre la obtención y aplicación de estos ingresos. XIX. Que en el Acuerdo CG03/2007 se asignó una previsión para el proyecto una previsión por 40 millones de pesos bajo el concepto de Fondo para atender el pasivo laboral del Instituto, lo cual constituye una primera aportación para el fideicomiso creado para este fin. XX. Que la modificación a los lineamientos para la autorización de adecuaciones presupuestarias del Instituto Federal Electoral para el ejercicio 2007 se da como consecuencia de la celebración del el contrato de Fideicomiso de Inversión y Administración número F/10164 con Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C. que tiene por objeto constituir el Fondo para Atender el Pasivo Laboral del IFE. De conformidad con lo anteriormente expresado y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 41, base V, párrafos primero y segundo de la Constitución Política

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de los Estados Unidos Mexicanos; 70, párrafos 1 y 2; 72, 85, 86, párrafo 1, inciso b); 87; 89, párrafo 1, incisos k) y q); 97, párrafo 1, incisos a), b), d) y f) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, 76, párrafo 1, incisos f) y k) del Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral; Acuerdo número CG03/2007 del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se aprueba el ajuste al presupuesto del Instituto Federal Electoral para el Ejercicio Fiscal 2007 de fecha 31 de enero de 2007, este Órgano Colegiado emite el siguiente:

A c u e r d o Primero.- Se aprueba la modificación a los lineamientos para la autorización de adecuaciones presupuestarias del Instituto Federal Electoral para el ejercicio 2007, los cuales se anexan al presente y forman parte integrante del mismo. Segundo.- Corresponde a la Secretaria Ejecutiva y a la Dirección Ejecutiva de Administración la observancia y aplicación de los lineamientos aprobados por esta Junta General Ejecutiva. Tercero.- Corresponde a la Contraloría Interna del Instituto Federal Electoral verificar que las adecuaciones presupuestarias del Instituto se efectúen conforme a los presentes lineamientos. Cuarto.- La Dirección Ejecutiva de Administración informará trimestralmente al Consejo General a través de los informes de la Junta General Ejecutiva, a la Comisión de Administración e Informática y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sobre las adecuaciones autorizadas en el trimestre. Quinto.- Se faculta a la Dirección Ejecutiva de Administración para que durante el periodo de vigencia de estos lineamientos, pueda realizar ajustes y/o actualizaciones al procedimiento de operación que permitan garantizar el cumplimiento de los presentes lineamientos.

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Lineamientos para la autorización de adecuaciones presupuestarias para el ejercicio fiscal 2007

I. Definiciones 1. Adecuaciones presupuestarias: las modificaciones a las estructuras

funcional programática, administrativa, y económica, a los calendarios de presupuesto y las ampliaciones y reducciones al presupuesto aprobado por el Consejo General y/o al presupuesto modificado autorizado, siempre que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos de los programas a cargo de las Unidades Responsables.

2. Adecuaciones presupuestarias compensadas: incrementos y decrementos por el mismo monto en dos o más claves presupuestarias de la estructura programática vigente.

3. Adecuaciones presupuestarias de aviso: adecuaciones que autorizan las

Unidades Responsables, y que para hacerse validas solo tienen que ser informadas a la Dirección Ejecutiva de Administración.

4. Adecuaciones presupuestarias de autorización: adecuaciones que tendrán

que ser autorizadas por la autoridad competente de acuerdo a los presentes lineamientos.

5. Ahorro presupuestario: los remanentes de recursos del presupuesto

modificado una vez que se hayan cumplido las metas y objetivos establecidos.

6. Ampliaciones líquidas: ingresos excedentes que obtiene el Instituto y que de acuerdo con el Presupuesto de Egresos de la Federación y Ley de Ingresos vigentes, así como de la normatividad aplicable, sean susceptibles de incorporarse a su presupuesto.

7. Calendarización: es la asignación mensual del monto de los recursos

presupuestarios autorizados por clave presupuestal, mediante el cual las

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Unidades Responsables pueden cubrir sus obligaciones de pago, para el cumplimiento de sus objetivos y metas.

8. Categoría Presupuestal: agrupa de manera ordenada el presupuesto del

Instituto, y tiene como propósito identificar el destino de los recursos. Las categorías se clasifican primeramente en financiamiento público a partidos políticos y agrupaciones políticas nacionales (PP) y gasto de operación; este a su vez, se clasifica en Presupuesto Base (N000-PB) y Proyectos, los cuales se catalogan en: Proceso Electoral “PE” (solamente en año electoral), Especiales “PS”, Modernización “PM”, Inversión “PI” y Voto en el Extranjero “VE” (solamente en año electoral presidencial).

9. Clasificación administrativa: agrupa a las previsiones de gasto en Unidades Responsables.

10. Clasificación económica: agrupa a las previsiones de gasto en función de su naturaleza económica y objeto, en erogaciones corrientes, inversión física, inversión financiera, otras erogaciones de capital, ayudas.

11. Clasificación funcional programática: agrupa a las previsiones de gasto con base en las actividades que por disposición legal le corresponden a las Unidades Responsables y de acuerdo con los resultados que se proponen alcanzar, en términos de funciones, programas, proyectos, actividades, indicadores, objetivos y metas. Permitirá conocer y evaluar la productividad y los resultados del gasto institucional en cada una de las etapas del proceso presupuestario.

12. Economías: los remanentes de recursos no devengados del presupuesto

modificado. 13. Estructura ocupacional: el conjunto de puestos con actividades definidas,

delimitadas y concretas que permiten el cumplimiento de una función con base en las plantillas autorizadas, en los términos de las disposiciones aplicables.

14. Estructura organizacional: es la relación jerarquizada de puestos dentro de

cada Unidad Responsable del Instituto, autorizada en los términos de las disposiciones aplicables.

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15. Ingresos excedentes: los recursos que durante el ejercicio fiscal se obtienen en exceso de los aprobados en la Ley de Ingresos, o bien se deriven de la aplicación del COFIPE.

16. Presupuesto disponible: el saldo que resulta de restar al presupuesto

aprobado o modificado autorizado de las Unidades Responsables, el ejercido, el comprometido y, en su caso, las reservas por motivos de control presupuestario, más los reintegros al presupuesto del ejercicio en curso.

17. Presupuesto no regularizable: las erogaciones con cargo al Presupuesto de

Egresos que no implican un gasto permanente en subsecuentes ejercicios fiscales para el mismo rubro de gasto. En el Instituto se identifica con proyectos.

18. Presupuesto regularizable: las erogaciones que con cargo al presupuesto

modificado autorizado implican un gasto permanente en subsecuentes ejercicios fiscales para el mismo rubro de gasto, incluyendo, en materia de servicios personales, las percepciones ordinarias, prestaciones económicas, repercusiones por concepto de seguridad social, contribuciones y demás asignaciones derivadas de compromisos laborales, correspondientes a los servidores públicos del Instituto, e identificado como Presupuesto Base.

19. Reducciones líquidas: disminución del presupuesto modificado autorizado

del Instituto.

20. Subejercicio de gasto: las disponibilidades presupuestarias que resultan, con base en el calendario de presupuesto, sin cumplir las metas contenidas en los programas o sin contar con el compromiso formal de su ejecución.

21. Fideicomisos públicos: aquéllos que constituya el Instituto Federal Electoral como ente constitucional autónomo, con los recursos que se le asignen en el presupuesto de egresos a través de los ramos autónomos.

Los conceptos utilizados en el presente lineamiento que no se encuentren incluidos en este apartado, deberán ser consultados en el Acuerdo JGE54/2007, de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral por el cual se aprueban los Lineamientos Generales para el Ejercicio Presupuestal 2007.

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II. Lineamientos A. Ampliaciones líquidas De conformidad al artículo 20 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría, el IFE podrán autorizar erogaciones adicionales a las aprobadas en su presupuesto, con cargo a los ingresos excedentes que en su caso generen, siempre y cuando:

I. Registren ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dichos ingresos en los conceptos correspondientes de la Ley de Ingresos, y

II. Informen a la Secretaría sobre la obtención y la aplicación de dichos ingresos, para efectos de la integración de los informes trimestrales y la Cuenta Pública.

Su operación será conforme al acuerdo de la Junta General Ejecutiva JGE39/2005 en el cual se aprobaron los “Lineamientos que regulan el origen y destino de ingresos por concepto de productos y aprovechamientos y reintegros presupuestales”. Dichos Lineamientos establecen los ingresos que por su operación genera el Instituto Federal Electoral y que son susceptibles de incorporarse a su presupuesto, para lo cual será necesario contar con la autorización expresa del Secretario Ejecutivo. En el caso de ingresos no previstos en los lineamientos señalados anteriormente, estos deberán someterse a la autorización del Secretario Ejecutivo, quien en su caso, aprobará su incorporación al presupuesto del Instituto. Solamente en el caso de ingresos provenientes de convenios de apoyo y colaboración con Institutos Estatales Electorales, estos podrán destinarse al capítulo 1000, siempre y cuando haya sido establecido en el anexo técnico del convenio. B. Reducciones Líquidas Para su operación, será necesario contar con la autorización expresa del Secretario Ejecutivo, previa justificación correspondiente que elabore la Dirección Ejecutiva de Administración.

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C. Adecuaciones presupuestarias compensadas Se sujetarán a las siguientes disposiciones:

1. Adecuaciones presupuestarias del capítulo 1000

Invariablemente deberán de ser tramitadas a través de la Dirección de Personal de la Dirección Ejecutiva de Administración, la cual emitirá el dictamen respectivo (anexo 1), en el caso de las adecuaciones que corresponda su autorización a la Junta General Ejecutiva, sin excepción deberán ser acompañadas por el acuerdo de autorización del Secretario Ejecutivo (anexo 2). Todas estas adecuaciones deberán de respetar la siguiente premisa: la asignación global original del presupuesto de servicios personales no se podrá incrementar. Lo anterior de conformidad a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría. 1.1. Adecuaciones que autoriza la Junta General Ejecutiva

1.1.1. Que modifiquen la estructura organizacional y signifiquen

incrementos en la asignación del capítulo 1000 de la Unidad Responsable

1.2. Adecuaciones que autoriza la Secretaría Ejecutiva

1.2.1. Que modifiquen la estructura organizacional, y no signifiquen

incrementos en la asignación del capítulo 1000 de la Unidad Responsable

1.2.2. Que no modifiquen la estructura organizacional u ocupacional y representen un decremento en el capítulo 1000

1.2.3. Reintegro total o parcial de recursos al capítulo 1000, por decrementos generados por las adecuaciones presupuestarias establecidas en el numeral anterior

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1.3. Adecuaciones que autoriza la Dirección Ejecutiva de

Administración 1.3.1. Que modifiquen la estructura ocupacional, sin incrementar la

asignación del capítulo 1000 de la unidad responsable

1.3.2. Que modifiquen la estructura ocupacional, y se trate de movimientos compensados de plazas y/o recursos entre unidades responsables

1.3.3. Movimientos entre partidas del capítulo 1000 y que no representen modificaciones a las estructuras organizacional u ocupacional

2. Adecuaciones presupuestarias de los capítulos 2000 al 7000

2.1. Adecuaciones que autoriza la Secretaría Ejecutiva 2.1.1. Entre programas o unidades responsables, deberán de contar

con la opinión de la Dirección Ejecutiva de Administración y las áreas involucradas, a excepción de las consideradas en los puntos 2.3.1., 2.3.2. y 2.3.3. de estos lineamientos

2.2. Adecuaciones que autoriza la Dirección Ejecutiva de Administración 2.2.1. De un mismo programa y misma unidad responsables y

diferentes capítulos de gasto, a excepción de las consideradas en el punto 2.3.4. de estos lineamientos

2.3. Adecuaciones que autorizan directamente las Unidades

Responsables, llamadas adecuaciones de aviso 2.3.1. De un mismo programa y entre unidades responsables. Aplica

únicamente para la asignación y radicación de recursos hacia los órganos delegacionales de las siguientes unidades

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responsables: Coordinación Nacional de Comunicación Social, Unidad de Servicios de Informática, Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, Dirección Ejecutiva de Organización Electoral, Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica y de la Dirección Ejecutiva de Administración

2.3.2. De un mismo programa y entre órganos delegacionales. Aplica únicamente para transferencia de recursos entre una Junta Local y sus respectivas Juntas Distritales

2.3.3. Entre unidades y el mismo proyecto. Aplica exclusivamente

para los proyectos: “PB01 Partidas centralizadas de oficinas centrales” y “PB02 Prestaciones al personal”

2.3.4. De un mismo programa y misma unidad responsable entre los

capítulos 2000 y 3000

2.3.5. De un mismo programa y misma unidad responsable y mismo capítulo, entre partidas de gasto

3. Adecuaciones Presupuestarias para incrementar la partida 7801 “Aportaciones a fideicomisos públicos”, relacionada con el fondo para atender el pasivo laboral del Instituto Federal Electoral

3.1. Autorización de la Secretaría Ejecutiva

3.1.1. El Instituto Federal Electoral podrá transferir recursos al

fideicomiso público para atender su pasivo laboral, considerando lo siguiente:

I. A través de las asignaciones aprobadas por el Consejo General en función del techo presupuestal aprobado por la H. Cámara de Diputados, para determinado ejercicio; y

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II. A través de asignaciones adicionales, las cuales podrán ser hasta por un monto igual al establecido en el punto anterior, siempre y cuando tengan el siguiente origen presupuestal:

a. Economías y ahorros en el ejercicio del capítulo 1000;

b. Otros capítulos del gasto, siempre y cuando deriven de ahorros una vez cumplidas las metas de los programas y/o proyectos; y

c. Recursos generados por concepto de productos y aprovechamientos.

III. Si en el Presupuesto aprobado del ejercicio de que se trate, no se hubieren asignado recursos para atender el pasivo laboral del Instituto y eventualmente se generen ahorros durante el año, la cantidad que servirá de referencia para transferir recursos al Fondo, se determinará considerando la que resulte del estudio actuarial como costo del período, siempre que no sea superior al último monto aprobado por el Consejo General para este propósito.

D. Nuevos proyectos Es facultad de la Junta General Ejecutiva la aprobación de nuevos proyectos. Para ello se requiere que la Unidad Responsable que lo solicite precise lo siguiente:

• Nombre del proyecto • Categoría presupuestal a la que corresponde • Objetivo • Presupuesto requerido, y • Origen de los recursos

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III. Procedimiento

1. Para la aplicación e instrumentación de las adecuaciones presupuestarias, la Unidad Responsable deberá requisitar el formato denominado solicitud de adecuación presupuestaria (anexo 3), en el cual se deberá incluir la justificación que sustente las ampliaciones y reducciones a su presupuesto. Cuando se trate de adecuaciones que involucren variaciones en el presupuesto asignado a proyectos, se deberá precisar el impacto que tendrá dicha variación en sus metas y objetivos.

2. Para las ampliaciones líquidas se deberá anexar la siguiente documentación, que ampare el importe total de la misma. Copia del oficio de la Subsecretaría de Ingresos de la SHCP, en el cual informe sobre el registro de dichos ingresos, y copia de los recibos de ingreso.

3. En el caso de las reducciones líquidas, se deberá anexar copia del acuerdo de autorización del Secretario Ejecutivo.

4. Las adecuaciones presupuestarias de autorización deberán de ser solicitadas durante los primeros quince días de cada mes, para que de ser aprobadas sean registradas en el Sistema Integral para la Administración de Recursos (SIAR) durante el mismo mes.

5. Las adecuaciones presupuestarias de aviso, deberán de ser informadas por las Unidades Responsables a la Dirección Ejecutiva de Administración durante los primeros quince días de cada mes, para que puedan ser registradas en el Sistema Integral para la Administración de Recursos (SIAR) durante el mismo mes.

6. Las adecuaciones presupuestarias siempre que se soliciten con toda oportunidad, y de resultar procedentes, las tramitará la Dirección Ejecutiva de Administración, turnándolas cuando corresponda, a las instancias facultadas para su autorización, de manera tal, que el ejercicio de los recursos en cuestión se efectúe una vez aprobada la adecuación respectiva.

7. Solo se podrán tramitar las adecuaciones presupuestarias que cuenten con el presupuesto disponible en las claves presupuestarias a reducir.

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8. Las Unidades Responsables deberán de respetar la calendarización, para su ejercicio.

9. Las adecuaciones que soliciten las Juntas Distritales se tramitarán y consolidarán a través de la Junta Local Ejecutiva correspondiente.

10. Como en ejercicios anteriores, se emitirán fechas límite que garanticen un adecuado ejercicio y cierre presupuestarios. Estas fechas están contenidas en los “Lineamientos Generales para el Ejercicio del Gasto 2007”, las cuales serán ratificadas en su momento.

IV. Reportes La Dirección Ejecutiva de Administración elaborará en forma trimestral los informes correspondientes a las adecuaciones aprobadas e informara a: el Consejo General, la Junta General Ejecutiva, la Comisión de Administración e Informática, y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con el acuerdo del Consejo General CG03/2007. V. Estado del Ejercicio La Dirección de Recursos Financieros, a través de la Subdirección de Presupuesto, pondrá a disposición de las Unidades Responsables de oficinas centrales durante los primeros diez días hábiles del mes, el estado del ejercicio presupuestal del mes inmediato anterior, a excepción del primer trimestre del año, para que en su caso, se promuevan las adecuaciones presupuestarias requeridas. Para los órganos delegacionales se realizará a través del reporte “control de presupuesto ministrado”. En el caso de que el Estado del Ejercicio muestre saldos negativos a nivel de clave presupuestaria, las Unidades Responsables deberán de tramitar las adecuaciones presupuestarias pertinentes para solventar esta situación durante el mismo mes que se informe.

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Anexo 1

DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN

DIRECCIÓN DE PERSONAL

<fecha>

Dictamen

Deberá de contener los siguientes elementos: • Fundamento normativo • Unidad Responsable • Asunto • Número de plazas (cuando corresponda) • Importe • Periodo (cuando corresponda) • Procedencia de los recursos a transferir • Indicar si será con carácter regularizable para los siguientes ejercicios

fiscales

<nombre y firma> Director de Personal

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Anexo 1 - Ejemplo

DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN

DIRECCIÓN DE PERSONAL

México, D.F. a 1 de marzo de 2007

Dictamen

Con fundamento en la fracción II, inciso C, numeral 1.3.1 de los lineamientos para la autorización de adecuaciones presupuestarias para el ejercicio 2007 y con base en la solicitud de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores mediante oficio CA/0001/2007, se considera procedente la adecuación presupuestaria por un importe de $4’105,988.41 (cuatro millones ciento cinco mil novecientos ochenta y ocho pesos 41/100 M.N.), para dar suficiencia al costo de 417 plazas de honorarios que realizarán actividades en los Módulos de Atención Ciudadana en los Estados de México, Tamaulipas y Yucatán, por el periodo del 1 de noviembre al 31 de diciembre del 2007. Esta adecuación se cubrirá con recursos de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, afectando el proyecto N000 Presupuesto Base.

Mtro. Miguel Campuzano Medina Director de Personal

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Anexo 2

DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN

<fecha>

Asunto

Deberá de contener los siguientes elementos: • Unidad Responsable • Descripción del asunto • Número de plazas (cuando corresponda) • Importe • Periodo (cuando corresponda)

Acuerdo

Con los siguientes elementos: • Fundamento normativo • Autorización • Importe • Procedencia de los recursos a transferir • Indicar si será con carácter regularizable para los siguientes ejercicios

fiscales

Solicita

<nombre y firma> Director Ejecutivo de Administración

Autoriza

<nombre y firma> Secretario Ejecutivo

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Anexo 2 - Ejemplo

DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN

México, D.F. a 1 de marzo de 2007

Asunto

La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores mediante oficio CA/0002/2007, solicita adecuación presupuestaria que modifica su estructura organización y ocupacional, por un importe de $4’105,988.41 (cuatro millones ciento cinco mil novecientos ochenta y ocho pesos 41/100 M.N.), para dar suficiencia al costo de 417 plazas de honorarios que realizarán actividades en los Módulos de Atención Ciudadana en los Estados de México, Tamaulipas y Yucatán, por el periodo del 1 de noviembre al 31 de diciembre del 2007.

Acuerdo

Con fundamento en la fracción II, inciso C, numeral 1.2.1 de los lineamientos para la autorización de adecuaciones presupuestarias para el ejercicio 2007 y con base en el dictamen de la Dirección de Personal, se autoriza la adecuación presupuestaria por un importe de $4’105,988.41 (cuatro millones ciento cinco mil novecientos ochenta y ocho pesos 41/100 M.N.), manifestada en el asunto que antecede. Esta adecuación se cubrirá con recursos de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, afectando el proyecto N000 Presupuesto Base.

Solicita

Lic. Gustavo Varela Ruiz Director Ejecutivo de Administración

Autoriza

Lic. Manuel López Bernal Secretario Ejecutivo

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Anexo 3

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Anexo 3

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Anexo 3

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DE LA

SOLICITUD DE ADECUACIÓN PRESUPUESTARIA 1. Este se refiere al número consecutivo que deberá llevar cada Unidad

Responsable de las solicitudes de adecuación que haga a su presupuesto aprobado, por ejemplo: No. 1, No. 2, etc.

2. Se refiere al número total de hojas que contenga cada una de las solicitudes de adecuación presupuestaria que realice cada Unidad Responsable, por ejemplo: hoja 1 de 1, hoja 2 de 5, etc., según corresponda

3. Fecha de la elaboración de la solicitud de adecuación presupuestaria

4 al 9. En estos espacios se deberá anotar las Claves de la Estructura Programática aprobada para el ejercicio fiscal 2007 de la Unidad Responsable solicitante, como a continuación se detalla:

ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA AI AP UR SP PY OG

Actividad Institucional

Actividad Prioritaria

Unidad Responsable Subprograma Proyecto

Deberá anotar la partida de gasto conforme al

Clasificador por Objeto del Gasto para el ejercicio

fiscal 2007 del IFE

Ejemplo para oficinas centrales

ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA

AI AP UR SP PY OG 003 R001 104 007 N000 2301

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Ejemplo para órganos delegacionales

ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA

AI AP UR SP PY OG 003 R003 AG00 043 N000 3811

Anexo 3 Nota Importante: En caso de solicitar una reducción a una clave presupuestaria y que la misma implique dos o más ampliaciones a claves presupuestarias diferentes, deberá anotarse el importe total de la reducción en un solo renglón y no repetirse la clave para cada ampliación; por ejemplo: Forma correcta de solicitar los movimientos

ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA

AI AP UR SP PY OG Reducciones Ampliaciones Mes

002 A001 116 041 N000 2101 1200.00 Febrero 002 A001 116 041 N000 2106 800.00 Febrero

002 A001 116 041 N000 2301 400.00 Febrero

Forma errónea de solicitar los movimientos

ESTRUCTURA PROGRAMÁTICA

AI AP UR SP PY OG Reducciones Ampliaciones Mes

002 A001 116 041 N000 2101 800.00 Enero 002 A001 116 041 N000 2106 800.00 Enero

002 A001 116 041 N000 2101 400.00 Febrero

002 A001 116 041 N000 2301 400.00 Febrero

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10. En esta columna anotarán el importe total de la cantidad a reducir por cada

clave presupuestaria

11. En esta columna anotarán el importe total de la cantidad a ampliar por cada clave presupuestaria

12. En esta columna se deberá anotar el mes del calendario del presupuesto

autorizado hasta el cual se desea adecuar el presupuesto; es decir, las adecuaciones se podrán hacer de forma acumulada hasta el mes que la Unidad Responsable considere pertinente; cuidando en todo momento que los movimientos solicitados estén compensados; por ejemplo: no podrán efectuarse movimientos que reduzcan al mes de enero y la ampliación sea en mayo, sino que tiene que compensarse de enero a enero

13. Renglón que deberá mostrar el total de las reducciones solicitadas, en el caso de las adecuaciones presupuestarias compensadas invariablemente deberá ser igual al total de las ampliaciones

Anexo 3

14. Renglón que deberá mostrar el total de las ampliaciones solicitadas, en el

caso de las adecuaciones presupuestarias compensadas invariablemente deberá ser igual al total de las reducciones

15. Nombre, puesto y firma autógrafa del Coordinador Administrativo de la

Unidad Responsable o bien de la persona a quien él faculte para solicitar adecuaciones presupuestarias

16. Nombre, puesto y firma autógrafa del Titular de la Unidad Responsable o

bien de la persona a quien él faculte para autorizar adecuaciones presupuestarias

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Anexo 3

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DE LA JUSTIFICACIÓN DE LA ADECUACIÓN PRESUPUESTARIA

1. Deberá anotar la suma total de las reducciones a afectar, el cual será igual

al que aparece en el formato “Solicitud de Adecuación Presupuestaria”

2. Deberá anotar el importe total de las ampliaciones que necesiten suficiencia presupuestaria para cumplir o satisfacer las necesidades de la Unidad Responsable, el cual será igual al que aparece en el formato “Solicitud de Adecuación Presupuestaria”

3. Deberá anotar el número consecutivo que corresponda a la “Solicitud de Adecuación Presupuestaria” para su Unidad Responsable

4. El número de hoja(s) que requiera y que justifique los movimientos de cada una de las claves presupuestarias que solicite afectar

5. La misma fecha de la “Solicitud de Adecuación Presupuestaria”

6. Anotar en forma clara, concisa y precisa, las actividades y/o acciones que no se realizarán debido a la reducción solicitada. Estas deberán corresponder con lo proyectado con la actividad prioritaria, subprogramas y proyectos autorizados, para su Unidad Responsable. Cuando se trate de disminuciones a uno o varios proyectos deberán de precisar el impacto que tendrá en sus metas y objetivos

7. Deberá anotar el impacto en las actividades y/o acciones que se realizarán con el importe de la ampliación presupuestaria, relacionado con la actividad prioritaria, subprogramas y proyectos autorizados a su Unidad Responsable. Cuando se trate de incrementos a uno o varios proyectos deberán de precisar el impacto que tendrá en sus metas y objetivos

8. Nombre, puesto y firma autógrafa del Coordinador Administrativo de la Unidad Responsable o bien de la persona a quien él faculte para solicitar adecuaciones presupuestarias

9. Nombre, puesto y firma autógrafa del Titular de la Unidad Responsable o bien de la persona a quien él faculte para autorizar adecuaciones presupuestarias

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El C. Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor Luis Carlos Ugalde Ramírez: Se han agotado los puntos del orden del día, gracias por su presencia. Buenas tardes. No habiendo otro asunto que tratar, se levanta la sesión a las 14:10 horas.

EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL Y PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA

DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL

DR. LUIS CARLOS UGALDE RAMÍREZ

EL SECRETARIO EJECUTIVO Y SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL

INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL

LIC. MANUEL LÓPEZ BERNAL