el aborto (1).docx

19
Universidad Católica del Este Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas Escuela de Contabilidad Materia: Fundamentos de Derecho Tema de Investigación: Analísis Sobre el Aborto Sustentante: Virginia A. Paulino 2014 - 4389 Asesor:

Upload: virginiaapaulino

Post on 11-Sep-2015

250 views

Category:

Documents


4 download

DESCRIPTION

Breve análisis sobre el aborto.

TRANSCRIPT

Universidad Catlica del Este

Facultad de Ciencias Econmicas y AdministrativasEscuela de Contabilidad

Materia:Fundamentos de Derecho

Tema de Investigacin:Analsis Sobre el Aborto

Sustentante:Virginia A. Paulino2014 - 4389

Asesor:Jos Mota

Municipio de Higey, Provincia La Altagracia, Repblica DominicanaMayo/Agosto del Ao 2015

Los conceptos expuestos en el presente trabajo de investigacin son dela exclusividad de los sustentantes del mismo

Introduccin

A la hora de debatir el tema del aborto, debemos formular y responder las siguientes preguntas: Cundo surge la vida humana? Se le debe acordar a la vida humana el mismo valor y dignidad en todas las etapas del desarrollo?

Ambas preguntas surgieron con motivo de un caso histrico de divorcio en el ao 1989 en el Estado de Tennessee, Estados Unidos. El tema central de discusin fue la determinacin de la calidad de persona de siete pequeos embriones humanos que pertenecan a la pareja que se estaba divorciando. La pareja haba creado los embriones y los haba puesto en reserva en siete tubos de ensayo en el congelador de un laboratorio mdico.

El doctor Jerome Lejeune se traslad desde Pars, Francia, para participar en el proceso como el perito ms destacado en el tema. En aquel tiempo, l era el genetista ms respetado a nivel mundial, habiendo descubierto la causa gentica del sndrome de Down. El describi la concepcin de un beb en el vientre como el encuentro entre un espermatozoide y un vulo, el cual produce un nuevo ser humano, porque su propia constitucin humana y personal est completamente definida. La fecundacin produce una constitucin personal que es enteramente tpica de este ser humano, la cual no ha ocurrido antes ni ocurrir jams. Yo debo decir que no hay dificultad en entender que en el principio de la vida la informacin gentica, la estructura molecular del huevo, el espritu, la materia, el alma y el cuerpo ya estn completamente unidos porque es el comienzo de una nueva maravilla que llamamos el ser huma-no. No hay duda de que es un ser humano, porque no es un ser chimpanc, por tanto, es un ser humano. El tribunal estuvo de acuerdo con l en que los siete embriones eran personas con derechos y no objetos de propiedad como si fueran juguetes de plstico.

El Aborto.

La palabraabortoproviene del latnabortus, que a su vez deriva del trminoaborior. Este concepto se utilizaba para referir a lo opuesto aorior, o sea,lo contrario a nacer. Por lo tanto, el aborto es lainterrupcin del desarrollo del feto durante el embarazo, cuando ste todava no haya llegado a las veinte semanas. Una vez pasado ese tiempo, la terminacin del embarazo antes del parto se denominaparto pre-trmino.

Es la interrupcin voluntaria o involuntaria del embarazo antes de que el embrin o el feto estn en condiciones de vivir fuera del vientre materno. El aborto es una manera de terminar un embarazo.

Algunas veces, un embrin o feto deja de desarrollarse y el cuerpo lo expulsa naturalmente, lo que se conoce como un aborto espontneo.

Una mujer tambin puede elegir poner fin a un embarazo mediante un aborto inducido. Para esto existen dos mtodos: el aborto quirrgico y el aborto mdico. En ambos mtodos debe haber supervisin mdica y la comprobacin de un embarazo. El trmino del embarazo es usualmente medido desde el primer da de la ltima menstruacin.

Aborto QuirrgicoEs uno de los procedimientos mdicos ms seguros que existen y en la mayora de las veces se realiza de forma ambulatoria con anestesia local, dura aproximadamente de 7 a 10 minutos. Existen varios procedimientos que pueden ser utilizados. Entre los ms conocidos se encuentran el de aspiracin manual, dilatacin y succin con curetaje y dilatacin, y evacuacin.

Aspiracin Manual:Se utiliza para abortos en una etapa temprana, entre 4 a 10 semanas. Mediante este procedimiento se vaca el tero con una jeringa manual a travs de una succin suave.

Dilatacin y Succin con Curetaje (D & C):En este procedimiento se vaca el tero suavemente con una mquina de succin y se utiliza una cureta (herramienta de metal delgada) para limpiar las paredes del tero.

Dilatacin y Evacuacin (D & E):Se realiza cuando el embarazo supera las 14 semanas y menor de las 23 semanas de gestacin. Este procedimiento puede tomar entre 10 a 30 minutos.

Aborto MdicoSe refiere al uso de un medicamento o una combinacin de medicamentos que se administran va oral, vaginal y/o intramuscular. Esto es un proceso paulatino que puede durar hasta 14 das. El aborto mdico ms comn se realiza utilizando misoprostol, medicamento que causa que el tero se contraiga y se vace. Cuando el medicamento se emplea hasta 9 semanas despus de la ltima menstruacin, tiene una efectividad entre 85 y 90 %. Esta alternativa solamente se puede utilizar bajo la supervisin mdica.

Aborto LegalSe considera aborto inducido legal cuando es realizado bajo las leyes despenalizadoras del pas donde se practica. En Espaa se considera aborto legal cuando es realizado con consentimiento de la mujer, en un centro acreditado para ello y bajo uno de los tres supuestos despenalizadores de la ley, es decir cuando hay peligro para la salud o la vida de la embarazada, por causa de violacin o por malformaciones fetales.

En otros pases existen leyes que permiten la realizacin del aborto bajo la ley de plazos de tal forma que una mujer puede interrumpir su embarazo solamente con la libre decisin de ella misma.

Aborto IlegalSe considera aborto ilegal o clandestino cuando es realizado en contra de alguna de las leyes del pas donde se practica.

Cuando el aborto est prohibido por la ley, las circunstancias hacen que muchas mujeres busquen a comadronas o a mdicos que se prestan a colaborar. Pero el aborto practicado en estas circunstancias es peligroso y mantiene unas estadsticas de mortalidad y morbilidad materna infinitamente superiores a las del aborto legal.

El aborto ilegal se practica generalmente en las peores condiciones higinicas y con las posibilidades escasas de recurrir con urgencia a un hospital.

El Aborto en la Repblica Dominicana.

Cdigo Penal de la Repblica DominicanaSECCIN III, DEL ABORTO

Art. 98 (221).-El que por medio de alimentos, brebajes, medicamentos, sondeos, tratamientos o de otro modo cualquiera, causare o cooperare directamente a causar el aborto de una mujer embarazada, aun cuando sta consienta en l, ser castigado con la pena de prisin mayor de cuatro (4) a diez (10) aos. La misma pena se impondr a la mujer que causare un aborto o que consintiere en hacer uso de las sustancias que con ese objeto se le indiquen o administreno en someterse a los medios abortivos, siempre que el aborto se haya efectuado. Se impondr la pena de prisin de seis (6) meses a dos (2) aos a las personas que hayan puesto en relacin o comunicacin una mujer embarazada con otra persona para que le produzca el aborto, siempre que el aborto se haya efectuado, aun cuando no haya cooperado directamente el aborto. Los mdicos, cirujanos, parteras, enfermeras, farmacuticos y otros profesionales mdicos, que, abusando de su profesin, causaren el aborto o cooperen a l, incurrirn en la pena de prisin mayor de cinco (5) a veinte (20) aos, si el aborto se efectuare.

El que causare a otro una enfermedad o imposibilidad de trabajo personal, administrndole voluntariamente, o de cualquier otra manera, sustancias nocivas a la salud, an cuando por su naturaleza no sea de aquellas que ocasionan la muerte, ser castigado con prisin de un (1) mes a dos (2) y multa de cuatro (4) a diez (10) salarios. Si la enfermedad o imposibilidad de trabajar personalmente ha durado ms de veinte das la pena ser de prisin mayor de cuatro (4) a diez (10) aos. Si los delitos de que tratan los dos prrafos anteriores se han cometido en la persona de uno de los ascendientes del culpable, la pena en el primer caso ser la de prisin mayor de cuatro (4) a diez (10) aos, y en el segundo caso la de prisin mayor de cinco (5) a veinte (20) aos.En todos los casos de este artculo, los reos de los delitos podrn ser condenados, adems de la pena principal, a la asesora de medidas de seguimiento socio-judicial por cinco (5) aos, sin perjuicio de las indemnizaciones que puedan resultar a favor de los agraviados.Art. 99 (221).-Cuando cualquiera de los hechos definidos en los artculos anteriores cause al feto una lesin o enfermedad que perjudique de forma grave su normal desarrollo, u origine en el mismo una severa tara fsica o psquica, se sanciona con las penas de dos (2) meses a tres (3) aos de prisin menor y multa de cuatro (4) a diez (10) salarios.Art. 100 (221).-Si en cualquiera de los casos de aborto mencionados en la presente seccin resultare la muerte de la mujer, el o los culpables sern castigados con la pena de seis (6) a treinta (30) aos de prisin mayor y multas de siete (7) a cuarenta (40) salarios mnimos.Art. 101 (221).-La tentativa de las infracciones menos graves definidas en esta seccin se sanciona con las penas del hecho consumado en cada caso.Art.102 (221).-El hecho de proveer a la mujer embarazada los medios materiales para que sta se practique o le practiquen una interrupcin del embarazo se sanciona con las penas de un (1) da a un (1) ao de prisin menor y multa de dos (2) a tres (3) salarios.

Ley No. 550-14 que establece el CDIGO PENAL DE LA REPBLICA DOMINICANA.

Artculo 107.- Aborto. Salvo lo previsto en el Artculo 110, quien mediante alimentos, brebajes, medicamentos, sondeos, tratamientos o por cualquier otro medio cause la interrupcin del embarazo de una mujer o coopera con dicho propsito, aun cuando esta lo consienta, ser sancionado con dos a tres aos de prisin menor.

Prrafo I: La misma pena se impondr a la mujer que se provoque un aborto o que consienta en hacer uso de las sustancias que con ese objeto se le indiquen o administren, o que consienta en someterse a los medios abortivos antes indicados, siempre que el aborto se haya efectuado.

Prrafo II: Si no se produce el aborto pero se causa al feto una lesin o enfermedad que perjudique de forma grave su normal desarrollo u origine en l una severa tara fsica o squica, el autor ser sancionado con uno a dos aos de prisin menor.

Artculo 108.- Penas a profesionales mdicos o parteras. Los mdicos, enfermeras, farmacuticos y otros profesionales de la medicina, as como las parteras, que, abusando de su profesin u oficio, causen o ayuden a causar el aborto sern sancionados con cuatro a diez aos de prisin mayor.

Artculo 109.- Penas por muerte de la mujer. Si los hechos incriminados en los artculos 107 y 108 de este cdigo causan la muerte de la mujer, el culpable ser sancionado con diez a veinte aos de prisin mayor.

Artculo 110.- Eximentes. La interrupcin del embarazo practicado por personal mdico especializado en establecimiento de salud, pblicos o privados, no es punible si se agotan todos los medios cientficos y tcnicos disponibles para salvar las dos vidas, hasta donde sea posible. Prrafo. La interrupcin del embarazo por causa de violacin, incesto, o el originado en malformaciones del embrin incompatible con la vida clnicamente comprobada, estarn sujetos a los requisitos y protocolos que se establezcan mediante ley especial.

La Repblica Dominicana es uno de slo 5 pases en Amrica Latina, mantienen la prohibicin del aborto bajo cualquier circunstancia, (Hait, El Salvador, Honduras y Nicaragua), por esa razn los abortos provocados ilegalmente estn a la orden del da. Esto se vive de espaldas a una realidad social que muestra que la prctica ilegal de los abortos es algo que tiene que ver con el bienestar de una parte importante de la sociedad dominicana.

Los hospitales pblicos y las clnicas privadas reciben a diario cientos de pacientes que han iniciado un proceso abortivo provocado por las mismas pacientes, sobre todo con la toma deCytotec,elcual si es tomado durante el embarazo, produce un dolor en el bajo vientre y la aparicin de un sangrado y que por el ende provoca el aborto, esto sin contar las consecuencias que podra acarrear el aborto, tanto a la madre como al feyo, pues est demostrada la posibilidad de malformaciones fetales que puede producir dicho medicamento en caso de que fracase como abortivo y el embarazo prosiga su curso no deseado .

La aprobacin del aborto teraputico genera preocupaciones en cuanto a su potencial impacto sobre la mortalidad materna: Primero, porque el temor a consecuencias judiciales por parte de los mdicos y los establecimientos de salud, estos se nieguen a realizar procedimientos teraputicos cuando estos son necesarios para preservar la salud o la vida de mujeres embarazadas y segundo, porque por las mismas razones antes expuestas en el primer caso se puedan ver afectados los tratamientos de los abortos incompletos y complicados que llegan a los establecimientos de salud.

Con relacin al segundo caso muchas mujeres dominicanas, de bajos ingresos, inician el proceso por sus propios medios, para luego acudir a un hospital pblico para que le practiquen un legrado, ya sea para completar el aborto o para atender complicaciones resultantes de la auto-induccin o de procedimientos mdicos inadecuados realizados por mdicos irresponsables.

Los hospitales y clnicas reciben adems otros casos en los cuales un mdico de forma clandestina, realiza, con pobres resultados, un proceso abortivo incompleto, lo cual conlleva la presencia de sangrados, dolores, infecciones y por supuesto, un severo trauma psicolgico para la paciente.

Conclusin

Mi opinin personal es en contra del aborto. Creo que desde que el ovulo es fecundado, ya hay una vida. El feto no es una "cosa" sobre cuyo valor puede decidir otro de acuerdo a su estado de nimo. Por otro lado, el que una mujer no est contenta con su embarazo durante los primeros meses no quiere decir que esta misma mujer no vaya a cambiar de opinin ms adelante y a amar a su beb una vez nacido.

El aborto provocado despus de una violacin no va a quitar ningn dolor fsico o psicolgico producido por dicha violacin, al contrario, le va a agregar ms complicaciones a las complicaciones fsicas y psquicas que ya de por s tiene la violacin. Por otro lado, el fruto de este acto brutal es un nio inocente, que no tienen que ver nada con las acciones que pudo cometer su padre gentico.

Con relacin al aborto teraputico, se ha demostrado que no hay diferencia entre las personas normales y anormales en lo que concierne a satisfaccin de la vida, actitud hacia el futuro y vulnerabilidad a la frustracin. Incluso son numerosos los testimonios de los padres de nios disminuidos fsica o mentalmente que manifiestan el amor y la alegra que esos hijos les han prodigado. Quin puede afirmar que los minusvlidos no desean vivir? Una de las manifestaciones contra el aborto ms impresionantes en el estado norteamericano de California fue la realizada por un numeroso grupo de minusvlidos reunidos bajo un gran cartel que deca: "Gracias mam porque no me abortaste".

Por otra parte se ha podido comprobar que en los pases donde el aborto est legalizado, se incrementa la violencia de los padres sobre los hijos, especialmente la de la madre sobre sus hijos, aun cuando estos hayan sido planificados y esperados. Cuando la mujer violenta su naturaleza y aborta, aumenta su potencialidad de violencia haca el prjimo y contagia sta a la sociedad, la cual se va haciendo insensible al amor, al dolor y a la ternura.

Bibliografa

http://definicion.de/aborto/#ixzz3e7Arch7H http://elnacional.com.do/el-aborto-enrepublica-dominicana/ http://www.abortos.com/tipos_aborto.htm http://www.gacetajudicial.com.do/aborto-crimen-o-derecho.html http://www.google.com.do/imgres?imgurl=http://images.slideplayer.es/8/2359535/slides/slide_11.jpg&imgrefurl=http://slideplayer.es/slide/2359535/&h=720&w=1280&tbnid=sypfxA62S2yoNM:&zoom=1&docid=6hF24QA_5Zx4UM&ei=G5mNVZaxCIv4-AH2ioDoBQ&tbm=isch&ved=0CDMQMygDMAM http://www.google.com.do/imgres?imgurl=http://www.drjuancarlosvegamalek.com/wp-content/uploads/2014/05/papanicolau-549x370.jpg&imgrefurl=http://www.drjuancarlosvegamalek.com/nosotros/&h=370&w=549&tbnid=hLmIujuGrxaZkM:&zoom=1&docid=HxbAeJInz3GDOM&ei=l5iNVbL4KYOs-QG0j4CQCg&tbm=isch&ved=0CG4QMyhAMEA http://www.google.com.do/imgres?imgurl=http://www.priestsforlife.org/resources/medical/despanish.jpg&imgrefurl=http://www.priestsforlife.org/resources/medical/deexplanation-spanish.htm&h=400&w=550&tbnid=Z47ZA0ZxexyC4M:&zoom=1&docid=ra869BBRfu345M&ei=G5mNVZaxCIv4-AH2ioDoBQ&tbm=isch&ved=0CDIQMygCMAI http://www.profamiliapr.org/index.php?option=com_content&view=article&id=52:que-es-el-aborto&catid=38:clinica-iella&Itemid=61 http://www.senado.gov.do/masterlex/MLX/docs/1C/2/12/20/207/142F.htm https://sites.google.com/site/josellibre2/elabortoprovocadoenrepublicadominicana https://voces.intec.edu.do/wp-content/uploads/2014/10/251865974-Ley-No-550-14-Que-establece-el-Codigo-Penal-de-La-Republica-Dominicana.pdf

2