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ECO-HEALTH IN THE AMERICAS LEGAL WORKING PAPER SERIES MOUNTAINS, HEALTH & MINERALS: APLICACIÓN DE LA NORMATIVA AMBIENTAL Y DE SALUD EN COMINAZA S. A., ÁREA MINERA GUAYSIMI, ECUADOR Por Óscar Betancourt, María Paucar & Milton Carrasco 2010 Americas Eco-Health Assessment Law Project www.cisdl.org/projects.html

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ECO-HEALTH

IN THE AMERICAS

LEGAL WORKING

PAPER SERIES

MOUNTAINS, HEALTH & MINERALS:

APLICACIÓN DE LA NORMATIVA

AMBIENTAL Y DE SALUD EN

COMINAZA S. A., ÁREA MINERA GUAYSIMI, ECUADOR

Por Óscar Betancourt,

María Paucar & Milton Carrasco

2010

Americas Eco-Health Assessment Law Project

www.cisdl.org/projects.html

2

MOUNTAINS, HEALTH & MINERALS: APLICACIÓN DE

LA NORMATIVA AMBIENTAL Y DE SALUD EN

COMINAZA S. A., ÁREA MINERA GUAYSIMI, ECUADOR

Por Óscar Betancourt, María Paucar & Milton Carrasco , FUNSAD

1. Área Minera Guaysimi, Empresa Cominaza S.A.

1.1 Historia

La concesión minera Guaysimi se localizan en la República del Ecuador,

provincia de Zamora Chinchipe sector Guaysimi Alto al Sureste del país. Las actividades mineras en Guaysimi Alto se iniciaron de una manera

informal por el año de 1982. En el año 1990 el Estado Ecuatoriano otorgó

el permiso de exploración a la Sociedad Minera Guaysimi; en 1992 se

obtuvo el título minero de explotación otorgado a los informales organizados en 19 núcleos a través de la Sociedad Minera Guaysimi. En

un proceso de compraventa COMINZASA logró adquirir todos los

derechos, siendo esta empresa en la actualidad la propietaria de los títulos mineros de explotación del área minera Guaysimi Alto.

Actualmente el proyecto se encuentra en la fase de explotación y beneficio. Para la operación minera poseen infraestructura básica, en la

cual se realizan labores de explotación y recuperación de oro primario. La

empresa viene realizando la explotación del yacimiento de skarn con un

método de explotación a cielo abierto, el material explotado es procesado en el mismo sitio, el procesamiento consiste en trituración, molienda,

cianuración, electrolísis y fundición.

En lo referente a obligaciones legales ambientales la empresa ha cumplido

con presentar los estudios de impacto ambiental, auditorias y programas

ambientales anuales, así como mantener vigente la garantía bancaria de

fiel cumplimiento, sin embargo y como se verá más adelante, hay una serie de faltas de cumplimiento de varias obligaciones.

Los trabajo in-situ de los programas ambientales contempladas en el plan de manejo ambiental y de las normas ambientales son bajas, en este

contexto, el Subsecretario de Protección Ambiental del Ministerio de

Minas y Petroleros1, basado en los informes de auditorias así como de las inspecciones que han realizado técnicos de la Delegación Regional de

Protección Ambiental de Zamora y de la Unidad Ambiental Minera, ha

exigido se realice las correcciones necesarias para prevenir, mitigar y

controlar los impacto ambientales que ocasiona el proyecto minero, cosa que solo se ha cumplido parcialmente.

1 Según el Decreto Ejecutivo No. 1415, publicado en el Registro Oficial 307, del 17 de abril del 2001, señala la competencia

administrativa para la evaluación y aprobación de estudios y planes de manejo, auditorias y presupuestos ambientales, a la

Unidad Ambiental Minera de la Subsecretaria Protección Ambiental del Ministerio de Energía y Minas.

3

La Subsecretaría de Protección Ambiental del Ministerio de Minas y

Petróleo estuvo encargada del control ambiental hasta el mes de marzo del 2009. Mediante Registro Oficial No.561 del 1 de abril del 2009, el

Presidente de la República, en el Art.1, transfiere al Ministerio del

Ambiente todas las competencias, atribuciones, funciones y delegaciones

en materia ambiental. Con estas atribuciones, la Subsecretaria de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente, en el año 2009 realizó dos vistas

de campo al área minera Guaysimi, de dicha acción, solicita mediante

comunicaciones oficiales la presentación de un Plan de Acción y un Plan de Rehabilitación, para corregir la gestión ambiental relacionada al manejo

de desechos, de relaves, de combustibles, de drenajes naturales, dotación

de equipos de protección personal y otras acciones. La empresa dando cumplimiento a los requerimientos de la Auditoria Ambiental entregó los

planes respectivos en la Subsecretaria de Protección Ambiental para el

análisis respectivo. Con ello, el área minera Guaysimi cuenta con la

Licencia Ambiental, otorgada por el Ministerio del Ambiente.

1.2 Ubicación geográfica del Área Guaysimi Alto

Las coordenadas UTM, del área minera son:

COORDENADAS UTM DEL AREA “GUAYSIMI ALTO”

El área de concesión se localiza en la cordillera de Nanguipa, 7 Km. al SE

de Nambija, en un perímetro de 198 Has. Mineras. Al proyecto se puede

llegar vía terrestre en 14 horas desde Quito, capital del Ecuador. La vía es: Quito - Loja – Zamora – Ramírez - San Carlos - Guaysimi Alto. Las

poblaciones más cercanas al proyecto son Tambo Viejo a 13,8 Km; San

Carlos de Minas a 18,1 Km; Namírez a 26,5 Km.

2. Metodología

Es un estudio basado en fuentes secundarias. Se revisó estudios

ambientales, auditorías ambientales, normas ambientales, informes remitidos por la autoridad ambiental, información de páginas WEB tantas

públicas y privadas y otras fuentes de información, esta información se

cita en el acápite de bibliografía. Esta información fue organizada de manera sistemática para recuperar los aspectos relevantes del objeto de

estudio. Luego de un complejo proceso de de selección y depuración de la

información y se hizo análisis de contenidos. Además se utilizaron fuentes

primarias, especialmente con entrevistas a profundidad a informantes

PUNTOS

COORDENADAS

X Y

PP 747.633 9’546.249

1 747.633 9’546.772

2 748.450 9’546.772

3 748.450 9’545.672

4 746.650 9’545.672

5 746.650 9’546.249

4

claves. La información obtenida de estas fuentes fue igualmente

condensada.

3. Marco Institucional y Legal

En la República del Ecuador hasta el año de 1996 no existía una secretaria de estado que regule la política ambiental del país. Existían

varias leyes desarticuladas que eran aplicadas por departamentos y

unidades de diversas instituciones del Estado, ante esta situación, el país

afrontó una situación crítica en materia de políticas ambientales, en especial, referente a la explotación inadecuada de los recursos naturales.

Mediante el Decreto Ejecutivo Nº 195-A, RO/ 40 del 4 de Octubre de 1996, se crea el Ministerio del Ambiente, en los tres primeros párrafos de este decreto cita: “Que la República del Ecuador afronta una situación cada vez más crítica en

materia de problemas ambientales, referidos a una inadecuada explotación de sus recursos naturales,

contaminación generalizada, deterioro físico y pérdida de biodiversidad, todo lo cual ocasiona

incremento de la pobreza, la emigración y el desempleo que afectan de modo crónico a la mayoría de

ecuatorianos” “ Que además de la dispersión legal en materia de Medio Ambiente por ausencia de

una ley única y actualizada sobre la materia, existen, como parte de la administración pública,

numerosos departamentos y unidades ministeriales, entidades autónomas y semiautónomas dedicadas

a políticas ambientales, las que actúan de modo desarticulado, con duplicación de programas, gastos y

esfuerzos” “Que es necesario la creación de una instancia con poder de decisión y ejecución para

establecer y aplicar normas de protección ecológica de todo hábitat nacional, sin perjuicio del respeto

debido a todas etnias y culturas integradas en nuestro país”2.

El Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria (TULAS) del Ministerio del Ambiente es promulgado el 31 de marzo de 2003 en la

Edición Especial No.2 y publicado en el Registro Oficial por Decreto

Presidencial No 3516. Este texto abarca leyes encaminadas a la prevención y control de la contaminación ambiental, la protección de los

recursos aire, agua, suelo, aire así como a conservación, mejoramiento y

restauración del ambiente, contenida en nueve libros con sus respectivos anexos.

3.1 Marco Institucional

El Marco Institucional del Ecuador, responsable del control de las

obligaciones ambientales del sector minero son los siguientes:

Ministerio de Recursos Naturales No Renovables3

El Ministerio de Recursos Naturales No Renovable es la secretaría de

estado encargada de normar la industria minera, en lo concerniente a la prospección, exploración, explotación, fundición y refinación en el ámbito

de su competencia. De manera resumida se puede decir que este

ministerio tiene las siguientes competencias:

2 Decreto Ejecutivo Nº 195-A, RO/ 40 del 4 de Octubre de 1996

3 Esta Cartera de Estado ha cambiado de nombre permanentemente, anteriormente se denominaba “Ministerio de Minas y

Petróleo”, desde el año anterior (2009) adquiere esta nueva nominación”.

5

- Ejercicio de la rectoría de las políticas públicas del área geológico-

minera, la expedición de los acuerdos y resoluciones administrativas que requerirá su gestión.

- Ejercer la representación del Estado en materia de política minera.

- Evaluar las políticas, planes y proyectos para el desarrollo,

administración, regulación y gestión del sector minero.

- Ejecutar de manera desconcentrada la política pública definida para el

desarrollo del sector.

- Promover en coordinación con instituciones públicas y/o privadas,

universidades y escuelas politécnicas, la investigación científica y

tecnológica en el sector minero.

- Definir, en coordinación con la entidad rectora de la planificación

nacional, el Plan Nacional de Desarrollo del sector minero.

- Supervisar el cumplimiento de los objetivos, las políticas las metas

definidas para el sector que ejecutan las personas naturales y jurídicas

públicas y/o privadas.

- Establecer los parámetros e indicadores para el seguimiento,

supervisión y evaluación de la gestión de empresas públicas e informar

al Ejecutivo sobre los resultados de tal ejecución y medición.

- Crear los consejos consultivos que permitan la participación ciudadana

para la toma de decisiones en las políticas - mineras.

- Otorgar, administrar y extinguir los derechos mineros4, etc.

Según lo establecido en la nueva Ley Minera, recientemente aprobada

(2009), las actividades del sector minero estarán reguladas por una

estructura interinstitucional compuesta de la siguiente manera:

- El Ministerio Sectorial

- La Agencia de Regulación y Control Minero

- El Instituto Nacional de Investigación Geológico, Minero, Metalúrgico

- La Empresa Minera Nacional

- Las municipalidades en las competencias que les corresponda

4 Competencias del Ministerio de Recursos Naturales no Renovables establecidas en la Ley de Minería.

6

Ministerio del Ambiente

El Ministerio del Ambiente es la cartera del estado ecuatoriano encargado

de diseñar las políticas ambientales así como de coordinar las estrategias,

los proyectos y programas para el cuidado y conservación de los

ecosistemas y aprovechamiento de los recursos naturales en el país. Solo desde fines del año 2009 y con el gobierno actual, el Ministerio del

Ambiente es la autoridad ambiental nacional en el ámbito minero y debe

ejercer las siguientes atribuciones:

- Expedir de forma exclusiva a nivel nacional las normas administrativas,

técnicas, manuales y parámetros generales de protección ambiental para prevenir, controlar, mitigar, rehabilitar, remediar y compensar los efectos

que las actividades mineras puedan tener sobre el medio ambiente y la

participación social, de obligatorio cumplimiento en el ámbito nacional.

- Controlar y coordinar con el organismo competente de control ex post la

verificación del cumplimiento de las normas de calidad ambiental

referente al aire, agua, suelo, ruido, desechos y agentes contaminantes.

- Establecer un subsistema de control ex ante y concurrente para el

seguimiento del cumplimiento de las normas y parámetros establecidos y régimen de autorizaciones administrativas ambientales en general sobre la actividad minera en todas sus fases5.

Dirección Provincial del Ambiente de Zamora

La Dirección Provincial del Ambiente de Zamora, dependencia del

Ministerio de ambiente y situada en la ciudad de Zamora, asumió la competencia para ejecutar las actividades de control y seguimiento

ambiental de las actividades mineras y otras actividades en la región

donde se encuentra la empresa minera Guaysimi.

5 Competencias citadas en el Reglamento Ambiental para Actividades Mineras.

7

Estructura del Ministerio del Ambiente

8

3.2 Marco Legal

El cuerpo legal ambiental del Ecuador, relacionado con las actividades mineras es bastante amplio, a continuación se describen los más

relevantes:

- Ley de Minería6

Esta ley norma las relaciones del Estado con las personas naturales y

jurídicas, nacionales o extranjeras y las de éstas entre sí, respecto de la obtención de derechos y de la ejecución de actividades mineras. En lo

referente al capítulo correspondiente a la Preservación del Medio

Ambiente, la ley establece la obligación del presentar Estudios de Impacto Ambiental y Planes de Manejo Ambiental (EIAs y PMAs) para prevenir,

mitigar, controlar, rehabilitar y compensar los impactos ambientales y

sociales derivados de sus actividades, los mismos que deberán ser aprobados por el Ministerio del Ambiente.

En la Ley de Minería Art.78 se hace referencia a la Preservación del Medio

Ambiente, Estudios de Impacto Ambiental y Auditorias Ambientales en los siguientes términos: “Los titulares de concesiones mineras y plantas de

beneficio, fundición y refinación, previamente a la iniciación de las

actividades mineras en todas sus fases, deberá efectuar y presentar estudios de impactos en la fase de exploración inicial, estudio de impacto

ambiental definitivos y planes de manejo ambiental en la fase de

exploración avanzada y subsiguientes, para prevenir, mitigar, controlar y reparar los impactos ambientales y sociales derivados de sus actividades,

estudios que deberán ser aprobados por el Ministerio del Ambiente con el

otorgamiento de la respectiva Licencia Ambiental7”.

- Reglamento de la Ley de Minería8

Este reglamento describe procedimientos bajo las cuales se debe aplicar la Ley de Minería. No es este el espacio para describir los detalles de este

reglamento

- Reglamento de Seguridad Minera9

Las disposiciones de este reglamento son aplicables a las actividades

mineras y particularmente en las fases de exploración, explotación, beneficio, fundición y refinación. El objetivo es establecer normas para la

aplicación de la Ley de Minería, a fin de proteger la vida y salud del

recurso humano minero

- Reglamento Ambiental para Actividades Mineras10

6 Ley que fue publicada en el Registro Oficial No. 517, del 29 de enero 2009

7 Articulo citado en el Reglamento Ambiental para Actividades Mineras.

8 Reglamento fue publicada en el Registro Oficial No. 67, del 16 de noviembre de 2009

9 Reglamento fue publicada en el Registro Oficial No. 999, del 30 de julio de 1996.

10 Registro que fue publicada en el Registro Oficial No. 67 del 16 de noviembre de 2009

9

Este reglamento regula la gestión ambiental en las actividades mineras en

sus fases de exploración inicial y avanzada, explotación, beneficio, fundición, refinación y comercialización; así como en las actividades de

cierre de labores, con el fin de prevenir, controlar, mitigar, rehabilitar y

compensar los impactos ambientales negativos derivados de tales

actividades.

Tiene por objeto promover el desarrollo sustentable de la minería en el

Ecuador, a través del establecimiento de normas y procesos para prevenir, controlar, mitigar, rehabilitar y compensar los efectos que las

actividades mineras puedan tener sobre el medio ambiente y la sociedad.

El reglamento establece que todas las actividades mineras deben observar

las disposiciones relativas a la protección del ambiente, prevaleciendo el

mismo sobre cualquier otra regulación secundaria.

Como ejemplo de lo indicado se cita algunos artículos de este reglamento:

Art.4.- Titulares mineros.- “Para efectos de la aplicación de este reglamento, se entenderán como beneficiarios de derechos mineros a

aquellos titulares y autorizados, de acuerdo a la denominación y alcance

establecidos en la normativa legal y reglamentaria aplicables al sector minero”.

Art.5.- Responsabilidad de los titulares mineros y de sus contratistas.-

“Los titulares mineros serán responsables civil, penal y administrativas por las actividades y operaciones de sus contratistas ante el Estado

Ecuatoriano, el Ministerio del Ambiente y los ciudadanos en general; por

lo tanto será de su directa y exclusiva responsabilidad la aplicación de todos los subsistemas de naturaleza ambiental establecidos en la

normativa vigente y en particular las medidas de prevención, mitigación,

compensación, control, rehabilitación, reparación, cierres parciales, abandono de minas, sin perjuicio de la que solidariamente tengan los

contratistas”.

Art.6.- Coordinación Interinstitucional.- “El Ministerio del Ambiente, como Autoridad Ambiental Nacional rectora del Sistema Nacional

Descentralizado de Gestión Ambiental, tiene a su cargo la coordinación

con los organismos del Estado, gobiernos y organismos seccionales que tengan competencia en materia de protección ambiental, uso y manejo de

recursos naturales no renovables con el objetivo de verificar el

cumplimiento del régimen ambiental vigente en la República del Ecuador”.

- Reglamento al Articulo 28 de la Ley de Gestión Ambiental sobre

la Participación Ciudadana y Consulta Previa

Este reglamento tiene como objetivo contribuir a garantizar el respeto a

derecho colectivo de todo habitante a vivir en un ambiente sano,

ecológicamente equilibrado y libre de contaminación, a través del proceso de consulta y participación.

10

- Normas Técnicas Ambientales para la Prevención y Control de la

Contaminación Ambiental11

Estas normas están tomadas del Libro VI, De la Calidad Ambiental, del

Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria (TULAS), siendo

las más importantes las siguientes:

1. Norma de calidad ambiental y de descarga de efluentes: recurso

agua 2. Norma de calidad ambiental del recurso suelo y criterios de

remediación para suelos contaminados

3. Norma de emisiones al aire desde fuentes fijas de combustión 4. Norma de calidad del aire ambiente

5. Límites permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas

y fuentes móviles y para vibraciones

6. Norma de calidad ambiental para el manejo y disposición final de desechos sólidos no peligrosos

7. Listados nacionales de productos químicos peligrosos y de uso

severamente restringido que se utilicen

Existen otras normas para campos más específicos como la Ley de Aguas,

Ley de Caminos, Ley de Patrimonio Cultural, etc. No se incluyen aspectos relacionados con la salud humana.

4. Estudio de Impacto Ambiental, EIA y Plan de

Manejo Ambiental, PMA, del Proyecto Guaysimi

4.1 Metodología para realizar los EIAs y PMAs

Para ejecutar las labores mineras de la fase de exploración (inicial y avanzada), explotación y beneficio en las áreas concesionadas por el

estado ecuatoriano, los titulares mineros deben tener aprobado el estudio

de impacto ambiental12. Actualmente con las competencias asumidas por el Ministerio del Ambiente los proyectos mineros deben obtener la

Licencia Ambiental13 y los proyectos nuevos para su ejecución

primeramente deberán obtener la Licencia citada, caso contrario no puede

realizar ninguna actividad minera.

Los estudios de impacto ambiental del sector minero son realizados por

consultores especializados que se encuentren registrados en el Ministerio de Energía y Minas (actual Ministerio de Recursos Naturales No

Renovables), en la actualidad los consultores deben estar registrados en

el Ministerio del Ambiente.

Los consultores ambientales son los encargados de realizar los estudios

ambientales mineros, considerando la metodología citada en las guías

técnicas del instructivo para la preparación de estudios ambientales, 11

Norma que fue publicada en el Registro Oficial No. 990 del 31 de julio de 2002 12

Según lo dispuesto en el Reglamento Ambiental para Actividades Mineras, del año 1997. 13

Reglamento Ambiental para Actividades Mineras, publicado en el Registro Oficia, del 6 de noviembre del 2009.

11

elaborada por el Ministerio de Energía y Minas (Anexo No. 1). Actualmente

según el Reglamento Ambiental para Actividades Mineras emitida por el Ministerio del Ambiente, la metodología para realizar los estudios

ambientales es:

1 Elaboración de los términos de referencia.- Este documento indica las características bajo las cuales se elaboran el estudio de

impactos ambiental. Este documento debe ser aprobado por el

Ministerio del Ambiente.

2 Elaboración del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo

Ambiental.- Este documento puede elaborase una vez aprobado los términos de referencia. El estudio de impacto ambiental debe

contener la siguiente información:

Focalización de los términos de referencia Descripción del proyecto y definición de las áreas de influencia

sobre la base del impacto directo de la actividad minera

principal Descripción de la línea base

Identificación y evaluación de impacto socio-ambiental

Plan de manejo ambiental Plan de monitoreo.14

A más del estudio de impacto ambiental se deberá presentar el informe

del proceso de participación social realizado en los términos establecidos en la normativa pertinente15.Una vez aprobado el estudio ambiental puede

proseguir con la obtención de la licencia ambiental para ejecutar el

proyecto minero.

4.2 Metodología utilizada en los EIAs del área

minera Guaysimi

El contenido de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo en

esta área fueron elaborados en función de las directrices y guías citadas

por la auditoria ambiental reguladora16. El método de trabajo aplicado en la elaboración del estudio de impacto ambiental se basaba en trabajos de

información bibliográfica y trabajo de campo. Con la información de los

dos trabajos se estructura el contenido del estudio ambiental del proyecto

Guaysimi.

En lo referente a la evaluación de impactos ambientales se ha utilizado las

matrices de Leopol, donde se hace una interacción entre las acciones del proyecto y los potenciales factores ambientales a ser afectados. La acción

de causa- efecto ha permitido aplicar la metodología de interacción de las

14

Información citada en el Art.12, del Reglamento Ambiental para Actividades Mineras vigente. 15

Información citada en el Art.13, del Reglamento Ambiental para Actividades Mineras vigente, anteriormente se obligaba a los

titulares mineros ha realizar la difusión del proyecto de una forma muy general. 15

El proceso de participación se encuentra normado en el Reglamento al Articulo 28, de la Ley de Gestión Ambiental sobre la

Participación Ciudadana y Consulta Previa 16

El EIA, se presento ante el Ministerio de Energía y Minas

12

actividades mineras sobre los componentes ambientales de la zona, de

dicha evaluación se desprende los factores que se verían afectados por el desarrollo del proyecto minero. Así mismo se identifica las acciones que

generarían impactos hacia los factores ambientales.

4.2.1 Contenidos de los estudios de impacto y planes de manejo ambiental

Contenido del EIAs y PMA, año 1992, Guaysimi

Del archivo historial de Guaysimi que reposa en el Ministerio de Recursos

Naturales No Renovables y Ministerio del Ambiente, se desprende que la

empresa presentó un estudio de impacto ambiental que no fue aprobado

por vacíos en la información, en efecto la autoridad reguladora requirió la presentación de un alcance al EIA y PMA, donde se aborde todas las

observaciones realizadas en el informe del análisis (Memorando No.167-

93-DINAMA, del 20 de mayo de 1993, Ministerio de Energía y Minas). El alcance del EIA y PMA presentado contenía información aceptable, en

este contexto fue aprobado el estudio del proyecto Guaysimi (Oficio

No.148-94-DINAMA, del 23 de junio de 1994. A partir de la aprobación del estudio de impacto ambiental del proyecto Guaysimi en el año 1994

hasta el año 2000, la empresa no presente ante las autoridades ninguna

documentación ambiental en vista de la ausencia legal que exigiera su

presentación.

Mediante Decreto Ejecutivo No. 625. RO/ 151 de 12 de Septiembre de

1997, se promulga el Reglamento Ambiental para Actividades Mineras. Este reglamento tiene como objeto promover el desarrollo sustentable de

la minería en el Ecuador por medio del establecimiento de normas y

procesos, encaminados a prevenir, controlar, mitigar, rehabilitar y compensar los efectos que las actividades mineras puedan ocasionara al

ambiente y la sociedad, en dicha norma se citaba los procedimientos para

presentar las obligaciones ambientales como:

- Estudios de impacto ambiental

- Estudios de impacto ambiental ampliatorios

- Auditorías ambientales anuales -Programa y presupuesto ambiental

-Vigencia de garantías bancarias

La no presentación de las obligaciones ambientales por parte de la

empresa era sujeto de sanciones según correspondiera. De la

investigación realizada el titular minero del área Guaysimi presentó

oportunamente las obligaciones citadas, pero el cumplimiento ambiental in-situ era muy bajo, según los informes de las auditorias ambientales e

inspecciones realizadas por los técnicos de la entidad reguladora.

En conclusión el titular minero presentó el estudio de impacto ambiental

cuando ya realizaba las actividades mineras en la concesión, incumpliendo

de esta forma con lo establecido en la Ley de Minería, Art. ...- Manifiesto

13

de inicio de producción. En forma previa al comienzo de la producción

comercial, el concesionario informará a la Dirección Regional de Minería competente la fecha de su inicio mediante manifiesto escrito que tendrá el

carácter de declaración juramentada. El inicio de la producción

comercial estará peditado a la aprobación del estudio de

evaluación de impacto ambiental.

Contenido del EIAs y PMA, año 2000, empresa Cominaza, Proyecto

Guaysimi Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental17

(EIA)

Planes de Manejo Ambiental

(PMA)

-

- Descripción del Proyecto.- La explotación se realiza por el método a cielo abierto a un ritmo de extracción de 200 t/d. Con

un coeficiente de destape de 0.799 m3/t, las reservas están aseguradas en 10 cuerpos mineralizados de Skarn. El beneficio

se realizaría mediante las acciones de trituración, molienda, clasificación, cianuración, adsorción por carbón activado,

tratamiento de desechos previa la sedimentación en piscinas de colas o relaves.

- - El área minera poseía infraestructura para la mina, vías de

acceso interno y externo, campamentos, comunicaciones por radio, taller de la planta de cianuración, talleres, depósitos de

combustibles, depósito de agua y piscinas de relaves. -

- La planta de beneficio tenia una capacidad para procesar 200 t/d, existiendo secciones como la de adsorción de carbón con

capacidad de 300 t/d, la celda electrolítica de 500t/d y molienda con 300 t/d para proyección de ampliación futura en la mina. La

solución cianurante se alimenta desde un acondicionador hacia el molino (con 60%) y los tanques de cianuración (35% de

sólidos) más cal para regular el pH entre 10 y 10.5. -

- El agua para consumo humano y uso industrial fue tomada de diferentes fuentes y mediante desarenadotes se clarifica para los

usos respectivos -

- Línea Base.- El proyecto se encuentra en el piso zoogeográfico

subtrópico y temperado , y según la clasificación de Holdridge, se ubica dentro del Bosque Húmedo PreMontano y Bosque Húmedo

Monatano Bajo que corresponde a las regiones Muy Húmedo subtropical y Muy Húmeda temperada. El aspecto social ha sido

investigada en base a la fuente del ODEPLAN 1999 y fuente

primaria 8entevistas de campo), los indicadores estudiados son:

asentamientos humanos, actividades económicas, vivienda y educación.

- - Evaluación de Impactos.- La evaluación de impactos se

realizó mediante la matriz causa-efecto, entre las actividades del proyecto y los factores ambientales susceptibles a sufrir

impactos. Los factores que mayormente seria afectados son: el paisaje, la morfología, calidad del suelo, capa húmica, uso del

suelo, ruido, fauna terrestre, calidad del aire, valores culturales, calidad de agua.

-

El EIA y PMA, según el analista revisor cumple con las normas

ambientales establecido en el RAAM, en efecto se aprueba

(fuente: No.0718-DINAMI-UAM-2000 -1230, del 13 de noviembre

del 2000).

Plan de Manejo Ambiental.-

Contemplaba la implementación

y ejecución de las siguientes

actividades:

-Saneamiento básico de los

campamentos y baterías

sanitarias.

-Manejo de desechos sólidos

orgánico e inorgánico.

-Manejo de combustible

-Programa de capacitación

-Mantenimiento de taludes y

vías

-Programa de reforestación

-Manejo de suelo orgánico

-Manejo de relaves y escombros

-Control de polvo

-Sistema de Seguridad industrial

-Mediciones desconcentrado de

cianuro

-Programa de difusión ambiental

-Programa de restauración

- En lo referente a la salud de

trabajadores solo se considera

en dotar de equipos de

protección personal y

capacitación sobre seguridad

industrial.

17

El estudio de impacto ambiental fue realizado por la consultora ambiental Vilma Pazmiño (Ingeniería en Minas)

14

Contenido del EIAs y PMA, año 2002 empresa Cominaza, Proyecto

Guaysimi Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental18

(EIA)

Planes de Manejo

Ambiental

(PMA)

Descripción del proyecto.- El estudio de impacto ambiental fue

presentado para realizar actividades en el frete Banderas, se

planteo la extracción de 60.000 toneladas a partir de Octubre del

2002, con una producción de 200 toneladas. El material estéril

seria trasladado a la escombrera en el sector denominado

Guaysimi Central, la escombrera seria conformada en bancos

ascendentes de 6 m de altura, cuyo drenaje se dirigiría a la

quebrada El Rey.

Línea Base.- En el estudio ambiental no se presentó información

relacionada a: mapas de las áreas intervenidas, de asentamientos

humanos, áreas en proceso de reforestación, determinar si existen

áreas sensibles y protegidas que vayan a ser afectadas por el

proyecto.

Evaluación de Impactos.- La evaluación de impactos es muy

generalizada, la misma no permite conocer la severidad del

impacto.

-En vista de que el EIA y su PMA carecía de información relevante,

El Subsecretario de Protección Ambiental requiere del titular

minero un alcance al estudio respectivo, donde aborde las

observaciones citadas.(fuente: Oficio No. 1279-UAM-DINAMI –

SPA-2002, de 2 de septiembre del 2002).

El alcance del EIA y PMA se elaboró de manera satisfactoria y fue

aprobado por la autoridad ambiental, (Oficio No. SPA-DINAMI –

UAM-0303900, de 11 de abril del 2003)

El PMA, contempla acciones

de:

-Plan de prevención

-Manejo de desechos sólidos y

líquidos

- Programa de capacitación.

- Manejo de Relaves, etc

El técnico revisor del estudio

ambiental hace referencia a la

falta de información de:

-Medidas de prevención para

proteger ecosistemas sensibles

existentes

-Manejo de explosivos

-Plan de contingencias, a

potenciales que puede

presentarse en caso de

incendios, inundaciones y

deslaves.

Hace referencia también sobre

la nula información relacionada

a los planes de difusión e

información en el estudio de

impacto ambiental. .

Contenido del EIAs y PMA, año 2005 empresa Cominaza, Proyecto

Guaysimi

Estudio de Evaluación de Impacto

Ambiental19

(EIA)

Planes de Manejo Ambiental

(PMA)

Descripción del proyecto.- Las actividades del

proyecto están orientadas a la extracción de cuerpos

minerales tipo skarn con contenido de oro, mediante

un sistema de explotación a cielo abierto a través de

las fases de destape, extracción y transporte hacia la

planta concentradora.

En el área minera existe una planta de cianuración que

permite la lixiviación del oro para su recuperación, en la

que intervienen los circuitos de Stock de mineral,

trituración, molienda, clasificación, lixiviación,

adsorción de carbón, elusión, fundición, reactivación de

carbón, y laboratorio para el control del proceso. El

área minera cuenta con dormitorios, comedor, oficina,

servicios higiénicos, etc., sin especificar la capacidad de

Dentro del plan de manejo ambiental, se

prevé la ejecución de los siguientes

acciones:

-Plan de manejo de desechos sólidos

-Plan de manejo de desechos líquidos

-Plan de manejo de relaves

-Plan de seguridad y otros

- El analista del estudio ambiental cita en

su informe que el Plan de Manejo

Ambiental debe ser estructurado de tal

manera que permita constituirse en una

herramienta útil y cotidiana para el

18

El estudio de impacto ambiental fue realizado por la consultora ambiental Vilma Pazmiño (Ingeniera en Minas). 19

El estudio ambiental, fue realizado por la consultora ambiental TERRAMBIENTE.

15

alojamiento. El campamento (su traslado es motivo de

postergaciones) se encuentra junto a la planta de

beneficio. El desecho más importante por su volumen y

condiciones ambientales producto del sistema de

cianuración son las colas o relaves, aspecto que no ha

sido abordado con suficiente detalle sobre la selección

del sitio.

En la línea base.- Para determinar la calidad de aguas

no se ha considerado el análisis del cianuro que es un

elemento importante en proceso implementado en el

proyecto Guaysimi.

La flora se caracteriza por sus regiones bioclimáticas

bosque húmedo montano bajo (BhMB) y bosque

húmedo premontano (BhP) con bosque siempre verde

5%, bosque de neblina montano 10%, matorral

húmedo montano bajo 25%, bosque secundario 35%,

pastizales-cultivos- área de uso industrial 25%. La

fauna se ha evaluado mediante el método de

evaluación ecológica rápida en base a observaciones

directas, capturas, entrevistas a nativos del área. El

componente socio-económico ha estudio aspectos como

demografía, condiciones de vida, actividades

productivas, infraestructura, salud, vivienda,

alimentación, vías, transporte, deporte y seguridad.

La evaluación de impactos.- La identificación de

impactos se realizó mediante una matriz de interacción

causa-efecto, la valoración de impactos ambientales se

llevado a cabo a través de la metodología de “Criterios

Relevantes Integrados”, que incluye índices de impacto

ambiental en función de factores como: Tipo de acción,

carácter, intensidad, extensión, duración, riesgo y

reversibilidad del impacto.

Ante la omisión de información relevante en el EIA y

PMA, el SPA requirió al titular minero la presentación de

un alcance al estudio ambiental (Fuente: Oficio No.

SPA-DINAMI –UAM-2118, de 05 de noviembre del

2005). Posteriormente presentarían un alcance al

estudio para su aprobación respectiva. El último estudio

ambiental corresponde al año 2005

concesionario y definiendo los niveles de

responsabilidad para su ejecución.

Impactos al Ambiente

Paisaje20

Por las actividades que se realiza en el área minera Guaysimi el paisaje ha

sido altamente alterado, debido a que para explotar el oro retiraron

desmedidamente la capa vegetal, sin embargo el actual proyecto

continúa con esta alteración que debe ser sometida a rigurosas medidas de rehabilitación, este efecto es el de mayor rango, considerándose como

un impacto ambiental negativo potencial, acumulativo, permanente,

localizado, irreversible, recuperable con la aplicación de medidas ambientales.

20

Estudio de Impacto Ambiental del año 2005.

16

Geomorfología21

Los efectos causados sobre la morfología, son diversos. Es evidente el

cambio de cotas constantes, el nivel original de la cantera va reduciendo

su altura, el impactos que genera el proyecto minero es acumulativo localizado, irreversible, recuperable con la aplicación de medidas de

rehabilitación.

Suelo22

La calidad del suelo se ve afectada por todas las actividades de construcción, que requieren del retiro de la capa vegetal y el movimiento

de los primeros horizontes de suelo, provocando el cambio en la

estructura del mismo. Las escombreras hacen que el suelo vegetal

sea cubierto por material estéril, además los lixiviados que se generan desde las mismas contaminan esta capa de suelos y las inferiores,

pudiendo contener cianuro en pequeñas cantidades. El efecto sobre la

calidad del suelo es adverso, directo, acumulativo, localizado, es reversible en la mayoría de los casos, Siendo irreversible únicamente en

los sitios donde se construyen los campamentos por cuanto este suelo

sufre un cambio de uso permanente, son efectos en la fuente, la probabilidad de alteración es alta y su magnitud es moderada. Los efectos

que sufren los procesos de compactación y erosivos son: adversos,

directos, acumulativos, temporales, localizados, próximos a la fuente,

reversibles, recuperables, su probabilidad es mediana y su magnitud es baja.

Agua23

Las aguas superficiales de la zona sufren impactos negativos debido al uso

para abastecimiento de campamentos temporales, para aseo personal, lavado de vestimentas y artículos de cocina. Otra fuente contaminante

son las aguas de las piscinas de sedimentación, no son tratadas antes de

ser devueltas a su cauce, provocan problemas de sedimentación, cambio

de color y turbidez en el agua, acumulando material suspendido en algunos tramos de drenajes y que en términos de masa total contaminan

el agua, reducen la aptitud de algunos organismos para encontrar

alimento, reduce la fotosíntesis por plantas acuáticas, altera las redes alimentarías. Todos estos efectos son adversos, directos, temporales,

localizados, próximos a la fuente, reversibles y recuperables, de

probabilidad de ocurrencia baja, la magnitud sobre la calidad es baja,

sobre la sedimentación.

Aire24

La calidad del aire del área se ve afectada especialmente por el uso de

maquinaria de combustión que genera gases nocivos CO2. Debido a la

21

Estudio de Impacto Ambiental del año 2005. 22

Estudio de Impacto Ambiental del año 2005. 23

Estudio de Impacto Ambiental del año 2005. 24

Estudio de Impacto Ambiental del año 2005.

17

producción de desechos domésticos y biológicos existen malos olores e

incremento de vectores; el movimiento de tierras en la fase de construcción genera partículas en suspensión (nubes de polvo) que

alteran la visibilidad y podrían ocasionar alteraciones a la salud del

personal involucrado en el proyecto.

El uso de maquinaria y equipos motorizados como generadores,

compresores, bombas, son las que elevan los niveles de ruido. Estos

factores ambientales son adversos, directos, sinérgicos, temporales, localizados, próximos a la fuente, reversibles y recuperables, la

probabilidad de ocurrencia es media y baja.

Fauna25

Como consecuencia de la alteración del suelo, capa vegetal, hábitats

naturales, elevación en los niveles de ruido y procesos erosivos, la fauna terrestre se ve afectada. Las especies animales emigran de su hábitat

natural o nicho ecológico. Debido a la instalación y uso de campamentos

hay pérdida de la vegetación y daño causado a las cadenas tróficas o alimenticias, otras razones para la desaparición de algunas especies.

Estos impactos son adversos, directos, sinérgicos, temporales, localizados,

próximos a la fuente, reversibles, recuperables, de probabilidad alta y compatibles.

Flora26

Es uno de los factores más afectados dentro de los considerados

susceptibles, expresados en el retiro de la capa vegetal, con pérdida total

o parcial de especies vegetales. Las actividades que más lo alteran son la construcción de las plataformas, apertura de trochas. , Igualmente existe

invasión de especies depredadoras que son más resistentes y se adaptan

más fácilmente a los cambios de sus hábitats. Este impacto es adverso, directo, sinérgico, temporal, localizado, próximo a la fuente, reversible,

recuperable, de probabilidad alta y de magnitud moderada.

Calidad de vida y empleo27

La empresa afirma que en esta zona no existe ninguna fuente de trabajo

que genere ingresos económicos y la minería en la zona se convierte en una fuente de ingresos económicos y, consecuentemente, una

oportunidad para mejorar la calidad de vida de sus habitantes. Se afirma,

además, que con la minería surgen actividades complementarias al

proyecto como abastecimiento y movilización que generan empleo indirecto, se incrementa el flujo comercial de la zona, se consume

productos de la zona, que son también fuentes de ingreso para los

pobladores. Es un discurso muy conocido en este ámbito pero no se dice que sí existen otras formas de generar riqueza como la agricultura bien

manejada, el turismo, la producción artesanal. Tampoco se habla de los

impactos sociales de este tipo de actividades (prostitución, consumo de

25

Estudio de Impacto Ambiental del año 2005. 26

Estudio de Impacto Ambiental del año 2005. 27

Estudio de Impacto Ambiental del año 2005.

18

drogas, proliferación de enfermedades de transición sexual, alcoholismo,

etc.) que no han sido registradas ni reportadas en esa zona pero que sí hay datos evidencias en otras zonas mineras del Ecuador.

4.3 Metodología Auditorías Ambientales del área

minera Guaysimi

La metodología utilizada para la elaboración de las Auditorias

Ambientales (A.A.) del proyecto Guyasimi Alto se realizó considerando las

guías citadas en el Reglamento Ambiental para Actividades Mineras. La auditoria ambiental del proyecto Guaysimi ha seguido los siguientes

procedimientos:

1.1. a) Programa de planificación

Se define los principales contenidos del plan. En el caso de esta empresa

fueron los siguientes:

Programa de las actividades a desarrollarse Descripción a detalle de las actividades que se realizan en el

proyecto a auditarse

Propósito y clase de auditoria

Alcances y necesidades Protocolos

Selección del personal que participara en la A.A

Revisión de equipos a utilizarse en la A.A

1.2. b) Auditoria in situ

Entrevista al supervisor de campo

Revisión de documentos Revisión las instalaciones del proceso de la mina y planta de

beneficio

1.3. c) Elaboración del informe

La elaboración de la Auditoria Ambiental se realizan con los datos

recogidos en el campo y con el apoyo de información secundaria (normativas, fichas técnicas, etc.).

4.3.1 Contenidos de las Auditorías Ambientales En las tablas que siguen se incluirá de manera resumida los resultados de las principales auditorías realizadas a esta empresa, en el texto se incluye

análisis sobre los resultados de estas auditorías realizadas por consultores

contratados por la misma empresa. En la segunda columna se condensa algunas reflexiones sobre el nivel de cumplimiento.

Contenido de la Auditoría Ambiental, año 2002 empresa Cominaza, Proyecto Guaysimi

AUDITORÍA AMBIENTAL28

Nivel de Cumplimiento

del (PMA)

28

La auditoria ambiental fue elaborado por la consultora ambiental NovoAmbiente Consultora Ltda., contratada por la empresa

19

-Los molinos de la planta generan ruido de gran

magnitud, posiblemente esta acción esta

afectando a los trabajadores.

-Se señala que no existe una frecuencia de

voladuras importantes, no obstante su

aseveración no tiene ningún respaldo.

- Tienen un inadecuado manejo de desechos

sólidos

-La señalización es exigua.

- Los efluentes de los derrames de productos

químicos, aceites, combustible y grasas no van a

una planta de tratamiento.

- La bodega de químicos, materiales explosivos y

testigos ha sido instalada sin considerar normas

ambientales.

- En lo referente a la relavera se observa que la

pared que da frente a la quebrada Guaysimi esta

inestable, mientras que las otras piscinas de

relaves están sufriendo deslizamientos por efecto

de la lluvia y falta de mantenimiento.

- Los resultados del laboratorio de los análisis de

metales del suelo están dentro de los límites

permisibles, sin embargo no se justifica la perdida

de la vegetación. (fuente: Oficios No. 0709-UAM-

DINAMI-SPA-2002 del 10 de mayo de 2002)

La AA no determina el nivel de cumplimiento

del plan de manejo ambiental así como el

cumplimiento de las normas ambientales que

se aplicaba en las actividades de la mina y

planta de beneficio del área minera Guaysimi

Alto.

Contenido de la Auditoría Ambiental, año 2003 empresa Cominaza,

Proyecto Guaysimi

AUDITORÍA AMBIENTAL29

Nivel de Cumplimiento

del PMA

- En las áreas de trabajo de la concesión minera y de la

planta de beneficio no se han tomado muestras de la

concentración de gases como: amoniaco, gas cianhídrico y

metanol. Esta acción ha sido justificada en función de que

en el país no existen dispositivos especiales para

muestrear los gases citados.

-La Auditoría ambiental ha evaluado el cumplimiento de los

programas ambientales de los planes de manejo ambiental

citados en el estudio de impacto ambiental y el estudio de

impacto ambiental ampliatorio para la cantera denominada

Cerro Banderas así como de la planta de beneficio.

En recomendaciones el auditor sugiere implantar todas las

actividades tendientes a mejorar la gestión ambiental,

haciendo referencia aspectos como: Construcción de un

dispensario médico conforme lo cita el Art. 20 del

Reglamento de Seguridad Minera. Reubicación del

campamento por el ruido que sobrepasa los límites

permisibles, construcción de fosa séptica, mantenimiento

constante de vías, mejorar almacenamiento de

combustible, etc.

El Subsecretario de Protección Ambiental (SPA), aprueba la

Auditoría, sin embargo, no exige al concesionario las

- El cumplimiento del plan de manejo ambiental ha sido evaluado en función

del nivel de cumplimiento de las medidas ambientales así como la

aplicación de las normas ambientales en las operaciones de la mina y la

planta

-

- De la AA, se determina el nivel de cumplimiento de las actividades

auditadas en los siguientes términos: -

- - 10 actividades tienen un cumplimiento de 80% a 100%

- - - 5 actividades cumplen de 50 a 60%.

- -18 actividades tienen un nivel de cumplimiento regular o bajo de 40 a

10%. -

- -3 actividades no han sido cumplidas en absoluto 0%.

29

La auditoria ambiental fue elaborado por la consultora ambiental Vilma Pazmiño (Ing. Minas).

20

correcciones respectivas (fuente: Oficios No. SPA-DINAMI-

UAM-0307025, del 4 de junio de 2003)

Contenido de la Auditoría Ambiental, año 2004 AUDITORÍA AMBIENTAL30

Nivel de Cumplimiento

del PMA

- El campamento ha recibido el

mantenimiento sin embargo, los urinarios,

servicios higiénicos, duchas y lavabos,

comedor son insuficientes para el número de

trabajadores.

-Del monitoreo realizado en el campamento

(junto a la planta industrial) se desprende

que el nivel del ruido sobrepasa los limites

permisibles previsto en el TULAS.

- El agua de consumo humano no recibe

ningún tipo de tratamiento.

- Se detectan enfermedades gastro-

intestinales en 20 personas que trabajan en el

proyecto.

- Los productos químicos no cuentan con

fichas de seguridad y la bodega donde se

guarda no cuenta con extintor.

- El talud del frente de explotación se

encuentra muy inestable, el mismo ha sido

convertido en escombrera, por efecto de la

mala ubicación se esta deslizando a las

quebradas.

- No existe duchas y lavabos junto al tanque

de dosificación de cianuro.

- Las aguas del proceso de cianuración se

descargan a la quebrada Los Molinos y La

Colorada sin ningún tratamiento.

- Los desechos biodegradables y no

biodegradables son ubicados de forma

conjunta en un pozo.

- No se realiza el programa de monitoreo al

agua, suelo, aire, etc.

- El tanque de combustible se ha construido si

considerar normas ambientales.

El analista de la AA de la Unidad Ambiental del

Ministerio de Minas y Petróleos, señala que la

Auditoría no proporciona información sobre la

existencia de un Comité de Seguridad e

Higiene de Trabajo, como requiere el Art. 27 y

otros artículos del Reglamento de Seguridad

Minero. La AA, fue aprobada, exigiendo que el

titular minero aplique de manera inmediata

de las medidas correctivas citadas en un plazo

de 120 días. Se solicita la presentación de un

nuevo Programa y Presupuesto Ambiental,

donde se incluya los correctivos citados en el

El nivel de cumplimiento del PMA, es la siguiente:

-El cumplimiento en general de la estrategia

ambiental en el área minera es del 38%, lo cual

califica a la gestión del titular como aceptable,

siendo éste un referente muy bajo de la aplicación

de las medidas ambientales en los procesos de las

actividades de la mina y planta de beneficio.

El analista de la Unidad Ambiental de Minería,

UAM (sector estatal) considera a la gestión del

titular minero, como aceptable, sugiriendo la

aplicación del Plan de Acción propuesto por el

grupo consultor:-Estabilizar el talud inferior del

frente de explotación.- Canalizar todas las aguas

que salen de la planta hacia las piscinas de

grueso.-Limpiar e impermeabilizar las piscinas de

finos.- Realizar un control general y las mejoras

en el sistema de cableado eléctrico-conexiones-

interruptores y fusibles y evitar

electrocutamientos, etc.

Se resalta la visita de campo realizada en el tercer

trimestre del año 2003 por los técnicos de la UAM

y DEREPA-ZAMORA, momento en el cual ya se

advirtió sobre las falencias en la aplicación de la

gestión ambiental en el área Guayasamín Alto.

(Fuente: Oficio No. SPA-DINAMI-UAM-0408388,

del 24 de junio de 2004)

30

La auditoria ambiental fue elaborado por la consultora ambiental Vilma Pazmiño (Ing. Minas).

21

Plan de Acción (Fuente: Oficio No. SPA-

DINAMI-UAM-0408388, del 24 de junio de

2004).

Contenido de la Auditoría Ambiental, año 2005 empresa Cominaza,

Proyecto Guaysimi AUDITORÍA AMBIENTAL31

Nivel de Cumplimiento

del PMA

-Se realizó muestreo de agua, suelo y ruido.-

Los resultados del laboratorio de las muestras

de agua tomadas a 50 m aguas abajo de la

unión de las quebradas Los Molinos y

Guaysimi(muestra WQ3) tiene un contenido de

cianuro de 0.952 mg/l, valores que sobrepasan

los limites permisible determinado en el TULAS(

Libro V: de la Calidad Ambiental, Anexo 1(donde

cita 0.2 mg/l para aguas de uso agrícola, 0.1

mg/l para aguas de consumo humano), en este

contexto, se desprende que el agua vertida al

sistema hídrico de la quebrada Guaysimi desde

la planta de beneficio, contiene 4, 26 veces más

de cianuro del permitido para uso agrícola y 9.6

veces mas del permitido para aguas destinadas

para tratamiento convencional.

-Del monitoreo de ruido realizado en 35

puntos, se desprende que 23 sitios

pertenecientes al área industrial sobrepasan los

limites permisible ( en rangos de 17,2 a 21,9

dB en horario diurno y de 22.2 a 26.9 dB en

horario nocturno ) previsto en el TULAS

(Libro VI: de la Calidad del Ambiente, Limites

permisibles de niveles de ruido para fuentes

fijas, móviles y para vibraciones).

-Los Tanques de combustible que se encuentra

instalados en el área no cumplen con los

diseños técnicas ambientales.

- Señalización inadecuada.

- El personal de la planta de beneficio no

cuentan con los equipos de seguridad personal.

- Capacitación a los trabajadores (una vez al

año).

- El agua de consumo humano no recibe ningún

tratamiento y los tanque de reserva no recibe el

mantenimiento.

-Los desechos orgánicos no reciben un

tratamiento adecuado.

-Inestabilidad de los taludes del frente de

explotación.

-Las vías se encuentran en buen estado.

- Las bodegas se encuentran en buen estado.-

El campamento recibe el mantenimiento (posee

nuevos baños y el comedor esta en proceso de

ampliación).

-El nivel de cumplimiento del plan de manejo

ambiental así como de las normas ambientales

en las operaciones de la mina y la planta sigue

siendo bajas. Se encuentra 44 no conformidades

de carácter mayor (incumplimientos).

-En observaciones el analista de la UAM)

recomienda la aprobación de la AA que ha sido

abordada de manera correcta, así como la

aplicación de la normativa ambiental vigente,

respecto del deficiente manejo ambiental de la

empresa COMINZASA, titular minera, que pese a

las recomendaciones de las diversas Auditorías

anuales y de las consecuentes disposiciones de

las SPA, no ha sido mejorado, si no que al

contrario, se ha empeorado con el transcurso del

tiempo .(fuente: según Memorando-No.1407-

DINAMI,-UAM del 27 de septiembre del 2005)

-Las medidas compensatorias se circunscriben

solo a la donación a la comunidad de fundas de

caramelo en navidad, insignificante si se

considera la magnitud del proyecto y los

impactos en el ambiente.

31

La auditoria ambiental fue realizada por la consultora ambiental Terrambiente.

22

EL grupo auditor de la consultora ambiental

elabora un plan de acción para que la empresa

minera aplique acciones inmediata:-Reubicación

del campamento.-Revisión total del diseño de la

planta de beneficio.- Presencia permanente de

técnicos experimentados en metalurgia que

mejoren los procesos de la planta.- Monitoreo

permanente de los niveles de vapores de cianuro

presente en la planta de beneficio.- Estudio

exhaustivo para determinar las cusas cada vez

más frecuentes de enfermedades

gastrointestinales de personas, etc.

La autoridad ambiental aprueba la Auditoría del

año 2004, solicitando se aplique la

recomendaciones de AA, el cual sería controlado

por el técnico de la Regional de Zamora, la no

ejecución de lo requerido dará origen a la

aplicación de las sanciones contempladas en la

normativa ambiental vigente (Fuente: Oficio No.

SPA-DINAMI-UAM-511837, del 27 de septiembre

de 2005)

Contenido de la Auditoría Ambiental, año 2006 empresa Cominaza,

Proyecto Guaysimi AUDITORÍA AMBIENTAL32 Nivel de Cumplimiento

del PMA

-Material estéril (relaves) se arroja hacia las

quebradas Guaysimi y Las Moras, afectando la

calidad del agua y provocando procesos

erosivos.

- El ruido se ha incrementado en el nuevo

molino.

-El personal no utiliza los equipo de protección

personal

- El manejo de combustibles carece de cubeto-

trampas y se provocan derrames.

-No se ha realizado monitoreo de emisiones

atmosféricos.

- No disponen de registros de muestreo

sistemáticos.

- El manejo de desechos es defectuoso (sitio de

acopio saturado).

- No se monitorea la calidad del aire, suelo y

agua (se vierten las aguas de planta

directamente a la quebrada Guaysimi).

-Manejo de combustibles inadecuado (sito de

ubicación no cumple las normas ambientales

RAOHE y los tanque están muy deteriorados).

-Se prevé construir un consultorio para que se

atienda al personal de trabajo, se elaborara un

registro de la historia clínica.

- En relaciones comunitarias se citan las

-El nivel de cumplimiento del plan de manejo

ambiental es regular (40%), en función de esto,

se requiere la realización de las correcciones e

implementación de las medidas ambientales

como: Construcción del nuevo campamento

(actuales campamentos están propensos a altos

niveles de ruido).- Monitoreo de las aguas

(metales)que son conducidas a la quebrada

Gauysimi.- Mantenimiento de relaveras.- Se

implemente el programa de capacitación.-

Realizar las respectivas correcciones a los sitios

donde se almacenan los combustibles según lo

citado en el RAOHE.- Ejecución del programa de

desechos de forma adecuada, entre otros

aspectos.

32

La auditoria ambiental fue realizada por la consultora ambiental Vilma Pazmiño (Ing. Minas).

23

ayudas dadas a las comunidades

- La capacitación a los trabajadores no se ha

realizado.

- Las instalaciones eléctricas no son las

adecuadas.

- Los sitios para acumulación de relaves en la

concesión Guaysimi Alto son muy escasos y de

difícil conformación.

En la AA, se señala que no existe una

organización para la gestión ambiental del

proyecto.

-La AA, fue aprobada por el SPA, requiriendo de

la empresa la implementación de las medidas

correctoras citadas en la AA, considerando que

muchas de ellas son parte del que hacer diario

en la conducta ambiental del

concesionario.(Fuente: . Oficio No. 1754-SPA-

DINAMI-UAM-0608696, del 27 de junio de 2006

Contenido de la Auditoría Ambiental, año 2007 empresa Cominaza,

Proyecto Guaysimi AUDITORÍA AMBIENTAL

Nivel de Cumplimiento

del PMA

-El campamento se encuentra muy cerca de la

planta y el ruido sobrepasa la norma.

-Las instalaciones eléctricas están en malas

condiciones (falta las respectivas cajas de

protección y no hay señalización).

-En el área de molinos el ruido y las vibraciones

son muy altas

- La bodega de productos químicos no tienen

extintores ni señalización

- Manejo inadecuado de desechos orgánicos e

inorgánicos

- El mantenimiento de la bodega de los químicos

es pésimo

- Manejo de escombreras ha mejorado

-Las vías internas y externas se encuentran en

buen estado

-Falta de señalización en área minera

-No se realiza programas de capacitación así

como el monitoreo de la calidad de agua, suelo y

aire.

El analista (UAM) requiere que para revertir esta

situación se otorgue plazos de 30 días para las

“No Conformidades” y “Hallazgos ” de fácil

remediación y 90 días para el traslado del

campamento, comedores y áreas de descanso

para el personal, bajo prevención de que en el

evento que no se cumpla estas recomendaciones

en los plazos fijados el técnico de la Unidad

Ambiental Minera durante la inspección,, se

requerirá del Director Nacional de Minería la

inmediata suspensión de actividades y que se

inicie el proceso de aplicación del Art.67 de la

El PMA tiene un nivel de cumplimiento regular al

igual que los dos años anteriores. Son similares

las medidas ambientales que requieren que se

corrijan y se implementen para mejorar el

aspecto ambiental del área Minero.

Se requiere la implementación de acciones

como: -Realizar con urgencia el traslado del

campamento.-Reemplazo periódico del equipo

defectuoso o que ya ha cumplido su vida útil.-

Hacer análisis mensual del agua de las colas

para determinar el contenido de los metales

pesados.- Mantenimiento de las instalaciones

eléctricas.-Instalar extintores en toda la planta

de beneficio.-Buscar mecanismos para que los

trabajadores utilicen los equipos de protección

personal.-Realizar coherentemente el

tratamiento de los desechos orgánicos e

inorgánicos. Poner en práctica el programa de

capacitación así como del monitoreo del agua,

suelo y aire.

24

Ley de Minería.(fuente: Memorando-No.593-

DINAMI,-UAM del 17 de Octubre del 2007)

Aspectos Relevantes de Auditorías Ambientales

De las auditarías ambientales presentadas por el titular minero se

desprende:

- Bajo de cumplimiento de los planes de manejo ambiental así como la

aplicación de las normas ambientales en las operaciones de la mina y

planta de beneficio. - En el aspecto de salud se cita las afectaciones intestinales que sufren

los trabajadores por efecto del nivel alto de ruido que se genera en la

planta de beneficio, relación muy discutible si se considera las condiciones de higiene precarios en a empresa, sumado a la ausencia

de condiciones aceptables de los servicios básicos.

- El agua de consumo humano no recibe ningún tipo de tratamiento

- Los servicios higiénicos, lavabos y duchas eran defectuosos y limitados. - Las instalaciones de lo tanques de combustibles no cumplen con los

diseños técnicas ambientales

- Señalización inadecuada. - El personal de la planta de beneficio no cuentan con los equipos de

seguridad personal.

- La capacitación a los trabajadores es limitada - Los desechos orgánicos y no orgánicos no reciben un tratamiento

adecuado

- Inestabilidad de los taludes del frente de explotación.

- No se ha realizado monitoreo de emisiones atmosféricos - No se ha realizado el monitoreo de agua y suelo

- En el área de molinos el ruido y las vibraciones es muy alta.

- Manejo de escombreras ha mejorado - Las vías se encuentran en buen estado.

- Las bodegas se encuentran en buen estado

- El campamento no recibe el mantenimiento respectivo y el comedor es

pequeño - El relleno sanitario de los desechos orgánicos no se maneja de una

forma técnica.

- No se manejó registros para realizar el control y seguimiento ambiental de los programas ambientales y, el sistema de control por los

organismos estatales es ineficiente, es por ello que a pesar de

innumerables incumplimientos en el campo de la gestión ambiental, no se suspende la concesión a la empresa minera. No existe

documentación cuantitativa actualizada de la última auditoría.

4.3.2 INSPECCIONES DE LA AUTORIDAD AMBIENTAL

Con la propósito de conocer el nivel de aplicación de los programas

ambientales, los técnicos de la Unidad Ambiental Minera y de la

Delegación Regional de Protección Ambiental de Zamora (organismos del Estado) realizaron las inspecciones al área minera Guaysimi. Este tipo de

inspecciones, con la participación de funcionarios de una entidad estatal

25

de control supone que sería de alta calidad, neutral y con la finalidad de

controlar la contaminación ambiental y sus impactos en la salud, sin embargo, como se verá en las tablas siguientes, estos ideales no se

cumplen. A continuación se cita una reseña y análisis de los informes de

inspección

INSPECCIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL, EMPRESA COMINAZA, PROYECTO GUAYSIMI

INSPECIONES DEL AÑO 2002

Contenidos del informe de la inspección

Acciones tomadas por la

autoridad reguladora

*Las aguas servidas del campamento se depositan en la

quebrada Guaysimi.- Falta de señalización que indiquen zonas de

peligro y prohibiciones.-No existen duchas de emergencia en la

planta.-El personal que trabaja en la planta no utiliza ropa

impermeable así como implementaos para su protección física.-

No existe un lugar destinado a la atención de emergencia médica

y primeros auxilios.-No existen sistemas de alarma como se

indica en el PMA.-No hay clasificación de desechos biodegradable

no biodegradables.-La concentración de gases de cianuro en el

sector de los molinos es elevada.-El ruido en el sector de la

planta es alto.

El informe de inspección remitido por el DEREPA-Z, al

Coordinador de la (UAM), recomienda al titular minero la

implementación de las medidas ambientales respectivas.

(FUENTE: Memorando No.546-DIREMIZ-UCM-2002, del 17 de

diciembre del 2001)

- No existe evidencia, de algún

pronunciamiento oficial

realizado al titular minero, con

respecto al informe de

inspección del DEREPA-Z.

INSPECCIONES DEL AÑO 2005

Contenidos del informe de la inspección

Acciones tomadas por la

autoridad reguladora

Al momento de la inspección se evidenció el colapso que

sufrió la piscina de sedimentación, por efectos de una alta

precipitación en el sector y por el aumento del caudal de la

quebrada.- En la cantera no se realiza actividades.-

En recomendaciones el DEREPA-Z se insiste en la ejecución

del Plan de Manejo Ambiental del Estudio de Impacto

ambiental aprobado por el SPA (2003), además, se señala

que debe continuar programando las inspecciones técnicas

ambientales , con el propósito de realizar el control y

seguimiento al plan de manejo ambiental verificar su

cumplimiento. (Fuente: Memorando No. 00107-DIREMI-Z-

2005, del 01 de marzo de 2005)

Se requiere que el titular minero

presente el estudio de impacto

ambiental ampliatorio por la

construcción de la nueva piscina de

sedimentación.(Fuente:

Oficio No. SPA-DINAMI-UAM 050358,

del 21 de Marzo del 2005)

-El estudio ampliatorio fue presentado

el 5 de agosto del 2005. El período

de presentación del EIA sobrepasó el

plazo otorgado (45 días).

Contenidos del informe de la inspección

Acciones tomadas por la

autoridad reguladora

26

Este informe de inspección hace referencia a lo observado en los

recorridos por las instalaciones del área y por la planta de beneficio.

Se observo fuga de efluentes hacia la quebrada Guaysimi,

procedentes de una de las piscinas de sedimentación. Se exige la

inmediata corrección por la empresa.

Se exige el cumplimiento de los siguientes aspectos: Ejecución de los

planes de manejo propuesto en los estudios ambientales aprobados

por la SPA.-Tener cuidado con el plan de manejo de solución que

reposa en las piscinas de sedimentación, para que no se produzca la

fuga del mismo a los efluentes naturales, y el agua utilizada para el

proceso metalúrgico, sea tratada y desalojada a la quebrada, siempre

que cumpa con las características físico, químico y biológicos

naturales.- Realizar el monitoreo periódico del agua de la quebrada

Guaysimi.

(Fuete: Memorando No.00492-DIREMI-Z-2005, del 19 de octubre de

2005).

-No existe evidencia de

algún pronunciamiento

oficial con respecto al

informe de inspección

INSPECCIONES DEL AÑO 2007

Fecha: 31-agosto-2007

Contenidos del informe de la

inspección

Acciones tomadas por la autoridad

reguladora

En el aspecto ambiental, el informe hace

referencia a lo siguiente:.- Las medidas de

seguridad en el interior de la planta de beneficio

no son las adecuadas y no se han cumplido las

observaciones realizadas en las inspección

previas.-Deficientes instalaciones eléctrica

(cables dispuestos de manera anáquica).-

Señalización incorrecta de las diferentes áreas

de la planta.- -Eliminación de desechos

deficiente.

En la inspección de campo el DEREPA-Z, realizó

mediciones con el sonómetro, con lo cual se

concluye que los sectores monitoreados

(campamento, molino, planta de agitación)

tienen valores sobre los límites permisibles.

Se recomienda: Implantar un monitoreo básico

basado en observaciones directas de campo al

área minera”Guaysimi Alto” lo que permitirá

obtener un mejor criterio de la toma de

decisiones en los diferentes aspectos observados

y evolución ambiental del área. Realizar en

forma periódica y coordinada con el Delegada

Regional de Protección Ambiental de Zamora

Chinchipe análisis físico-químico de la calidad de

agua especialmente antes del ingreso al proceso

y posterior al mismo una vez que sean

descargadas a la quebrada Guaysimi. El objetivo

es determinar si cumplen con limites permisibles

de control ambiental libre de contaminantes

químicos, en particular, de metales pesados.-

La autoridad exige que el titular minero, aplique

las recomendaciones realizadas por el DEREPA-Z

en los plazos señalados en el informe

transcrito, en el evento de que no se cumpla ,

el Director Nacional de Minería ejecutará la

inmediata suspensión de actividades y se inicie el

proceso de aplicación del segundo inciso del

Art.67 de la ley de minería, esto es, “la retirada

inobservancia de los métodos y técnicas que se

refiere el inciso anterior, se considerará como

causal de caducidad de las concesiones” (Fuente:

Oficio No. 0453-SPA-DINAMI-UAM-702940)

27

Implementar simulacros de emergencia para el

personal en el caso de incendios, derrames de

reactivos y accidentes (Fuente: Memorando

No.047-DEREPA-Z-2007, del 31 de agosto de

2007).

Fecha: 10-octubre-2007

Contenidos del informe de la Inspección

Acciones tomadas por la

autoridad reguladora

- El informe de esta inspección se resume de la siguiente

manera:- Las medidas de seguridad en el interior de la planta de

beneficio son las adecuadas y se han cumplido las observaciones

realizadas en la inspección de control y seguimiento ambiental.-

Se ha colocado en los andenes barandas de protección.-

Corrección en los sistemas de instalación eléctrica.- Señalización

correcta en las áreas de la planta(trituración, molienda.-

Dotación adecuada del equipo de protección personal para cada

área.-, Colocación de extintores de fuego en la planta, El ruido

en el campamento temporal ha disminuido. Se ha iniciado la

remoción de tierra para la construcción de nuevo campamento. -

En la inspección se tomaron tres muestras de agua, a fin

determinar la calidad del agua así como de la concentración de

metales pesados

(Memorando No.047-DEREPA-Z-2007, del 31 de agosto de

2007).

- No existe evidencia de algún

pronunciamiento oficial con

respecto al informe de

inspección por parte del

Subsecretario del Protección

Ambiental

De las inspecciones realizadas por la entidad de control desde el año 2002 hasta agosto 2007 se desprende el bajo cumplimiento del PMA así como

de las normas ambientales en las operaciones de la mina y planta de

beneficio. El SPA en reiterada veces solicitaba la corrección y la

implementación respectiva, lo cual no era acatado por el titular minero. En agosto del 2007, el SPA comunica al titular minero que solicitará al

Director Nacional de Minería la extinción del titulo minero, conforme lo cita

el Art. 67 de la Ley de Minería. Ante este pronunciamiento recién el titular minero comienza a corregir e implementar algunos programas

ambientales.

4.3.3 DENUNCIAS DE LA COMUNIDAD, PROCESO Y

RESULTADOS

Las denuncia realizadas en contra de la empresa minera, por parte del alcalde del cantón Nangaritza (Coordinadora Cantonal de Defensa

Ambiental de Nangaritza), no eran atendidas de forma inmediato, el

pronunciamiento ante las denuncias quedaba en una simple comunicado que realizaba el SPA al titular minero, informándole sobre las denuncias

realizadas.

- La denuncia realizada por un líder comunitario local se resume así: el día martes 9 de Diciembre de 1997, a las 16H05 minutos de produjo un

28

deslizamiento de material pétreo o material estéril de la mina a través de

la quebrada Guaysimi, dicho deslizamiento acarreó serias consecuencias en el sector, produciendo la contaminación o degradación al medio

ambiente además del daño al sistema ecológico en todas las fincas

ubicadas en sector bajo de Guaysimi. El material pétreo ha inundado el

cauce normal de la quebrada que eral en la parte baja de dos y tres metros de profundidad, por lo que en la actualidad dicha quebrada se sale

del cauce normal con mucha facilidad perjudicando a las fincas aledañas

de la misma”. Fue inspeccionada por técnicos de la Dirección Regional de Minería de Zamora, pero no se comunicó a los técnicos de la Unidad

Ambiental Minera para que actúe en función de las competencia que les

correspondía. Dos años después del accidente (2009), los técnicos de la UAM realizaron una inspección para verificar los daños ambientales

ocurrido el 9 de diciembre del 1997, concluyen lo siguiente: “Que luego

de haberse realizado tal diligencia por parte de la Unidad Ambiental

minera, se ha determinado que a pesar de lo extratemporal de la denuncia, existen indicios de daños ambiéntales atribuidos a los

fenómenos naturales y posible contribución de materiales provenientes

de la actividad minera” “ la inspección se realizado dos años después del incidente que ha causado los daños, resulta difícil hacer una evaluación de

los daños, sin embargo, se torna indispensables que las autoridades

locales, dentro de un marco de respecto y conciencia ambiental, tomen las acciones mas convenientes para proteger la zona de riesgo de futuras

inundaciones”. (Fuente: (Memorando N0.007-DINAMI-UAM-2000). La

falta de coordinación entre la Unidad Ambiental Minera y La Dirección

Regional de Minería de Zamora hizo que después de 2 años de haber ocurrido el desastre el técnico de la UAM realice una inspección,

supuestamente para verificar los daños ambientales producidos.

5. Cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental, PMA, por la empresa minera33

El proyecto Guaysimi propone un PMA orientado a prevenir, mitigar,

controlar, restaurar y compensar los impactos ambientales provocados por la extracción y procesamiento del mineral, a través de programas

ambientales.

El plan de manejo de la empresa incluye los siguientes componentes: .-Saneamiento de campamentos.-Tratamiento de desechos biodegradables

y no biodegradables.- Construcción y mantenimiento del almacenamiento

de combustible.- Señalización, instalación y mantenimiento de extintores.- Instalación de una sala para emergencias médicas.-

Instalación y tratamiento de insumos químicos y explosivos.-

Capacitación.- Mantenimiento de vías y taludes.- Instalación y mantenimiento de escombreras, relaves y piscinas de sedimentación.-

Control de polvo, emisiones de gases y ruido.- Tratamiento de efluentes.-

Detección de fugas líquidas, sólidas y gaseosas.- Mediciones de

concentración de cianuro.- Plan de concientización ambiental.- Plan de medidas compensatorias.- Programa de restauración. Plan de

33

Análisis del estudio de impacto ambiental del año 2005.

29

contingencia.- Programa de monitoreo, control y seguimiento ambiental.-

Mantenimiento de instalaciones eléctricas. No se incluyó un programa de salud, tan solo se consideraba dotar de equipos de protección personal y

capitación para precautelar la salud e integridad física de los trabajadores.

Algunos de los contenidos del PMA no fueron ejecutados, según consta en los informes de las auditorías ambientales del año 2002 hasta 2007 y de

las inspecciones realizadas, señaladas en el acápite 4.3.2

De las inspecciones realizadas por la entidad de control desde el año 2002

hasta agosto 2007, se desprende el bajo cumplimiento del PMA así como

de las normas ambientales en las operaciones de la mina y planta de beneficio. El SPA en reiteradas ocasiones solicitaba la corrección y la

implementación de acciones correctivas que no se cumplían. En agosto del

2007 el SPA comunica al titular minero que solicitará al Director Nacional

de Minería la extinción del titulo minero, ante este advertencia y, como se dijo antes, el titular minero realiza algunas correcciones.

5.1 Cumplimiento de obligaciones ambientales

anuales presentadas a la Autoridad Reguladora

Ambiental por la empresa Cominzasa34

a) Auditoría ambiental

A partir del año 2003 y de manera periódica (anual) se han presentado

auditorías ambientales, conforme lo establece articulo Art.13 del RAAM35,

que de manera resumida dice lo siguiente: Los titulares de derechos mineros que realicen actividades de exploración, explotación, beneficio,

fundición y refinación, presentarán a la Subsecretaría de Protección

Ambiental del Ministerio de Energía y Minas, cada año a partir de la vigencia del título minero, y hasta su vencimiento, una auditoría

ambiental, con la finalidad de que esta dependencia conozca y analice el

cumplimiento del plan de manejo ambiental y de las obligaciones dispuestas en la normatividad vigente, para su correspondiente

aprobación u observación.

b) Programa y presupuesto ambiental

De acuerdo al artículo 8 del RAAM, el titular minero desde el 2002 debe

presentar anualmente programas y presupuestos para la gestión ambiental36. El programa ambiental presentado cada año por la empresa

era muy general, las medidas ambientales a ejecutarse no presentaban

el sustento de diseños, diagramas, planos y otras informaciones de soporte. El presupuesto sobre las actividades a ejecutarse no tenia un

valor real, por ejemplo, para las medidas compensatorias se fijó1000

USD e igual cantidad para el programa de restauración. Estos montos no 34

Titular del área minera Guaysimi. 35

Este reglamento fue derogado en abril del 2009. 36

Los titulares de derechos mineros deberán presentar a la Subsecretaría de Protección Ambiental del Ministerio de Energía y

Minas, para su aprobación, el programa anual de actividades referentes al plan de manejo ambiental, en la parte que

corresponda a cada etapa del proyecto y los respectivos presupuestos ambientales, hasta el 31 de enero de cada año

30

se corresponden con los cambios en la producción de la empresa. Recién

para el año 2006 el valor del presupuesto en esos acápites sube a 38.000 USD.

c) Vigencia de garantía bancaria de fiel cumplimiento

Igualmente, a partir del año 2002, la garantía bancaria de fiel

cumplimiento es otra de las obligaciones para la empresa, conforme

consta en el artículo 11 del RAAM37.El primer estudio de impacto ambiental del área minera Guaysimi fue aprobado en el año 1994, a partir

de este año hasta al 2000 no se presentaron las auditorías ambientales ni

otras obligaciones ambientales. Las consecuencias de no ejecutar acciones prevista en el PMA y aplicación de las normas ambientales en los procesos

operacionales detectaron a partir del año 2002.

6. Integración del componente salud en el estudio

de impacto ambiental

El componente salud en los estudio de impacto ambiental estaba sujeto al análisis de la infraestructura de salud existente de la parroquia Guaysimi,

información que constaba en el capítulo de línea base. En el plan de

manejo ambiental no existe un programa de salud para los trabajadores

de la empresa, peor aún para saber los impactos de la contaminación ambiental en la salud de la población aledaña o de programas de

prevención en este campo. La empresa no tiene historias clínicas de sus

trabajadores. Los aspectos de seguridad industrial estaban enfocados a dotar los equipos de protección personal a los operarios de la empresa,

programas de capacitación para contrarrestar algún evento natural o

artificial.

7. Proceso de coordinación institucional Como se dijo en el capítulo de la estructura institucional, el Ministerio del

Ambiente del Ecuador es la autoridad ambiental minera38. Este “coordina y

colabora con el ministerio sectorial en la formulación de criterios

ambientales que deben ser incorporados en la elaboración de sus políticas, en los proceso de planificación y en la ejecución de las correspondientes

37

Art. 11.Garantías.- La garantía deberá presentarse por el monto del programa y presupuesto ambiental anual, calificado

previamente por la Subsecretaría de Protección Ambiental, mediante una garantía bancaria o póliza de seguros incondicional,

irrevocable, de cobro inmediato y renovable con la sola solicitud del Ministerio de Energía y Minas a favor de este Portafolio,

de acuerdo a los términos previstos en el artículo 9 del Reglamento Ambiental para Actividades Mineras (RAAM). Únicamente

para la primera presentación de una garantía ambiental, en función de un estudio de impacto ambiental, la garantía se podrá

presentar por un plazo que incluya el primer año más los meses faltantes hasta el 31 de enero subsiguiente 38

La Subsecretaría de Protección Ambiental del Ministerio de Energía y Minas hasta abril del 2009 era la autoridad ambiental

minera, entidad que se encargaba de la coordinación con los organismos del Estado y los gobiernos seccionales que tengan

relación con la protección ambiental en la actividad minera y, de manera especial, con el Instituto Ecuatoriano Forestal de Áreas

Naturales y Vida Silvestre INEFAN y el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural INPC, en la formulación y ejecución de

políticas, resoluciones o convenios, referentes al control ambiental de las actividades mineras que se desarrollen en zonas del

Patrimonio Forestal del Estado y Bosques y Vegetación Protectores y zonas de interés para el Patrimonio Cultural,

respectivamente.

31

fases mineras, en estos casos, el ministerio sectorial contará con la

opinión previa escrita de la autoridad ambiental sobre la adecuación del instrumento a la normativa ambiental”.

Esto significa que este ministerio debe coordinar con el actual Ministerio

de Recursos Naturales no Renovables. Claro, existen muchas otras instituciones que no se incluyen en las relaciones.

8. Procesos de participación El proceso de participación ciudadana estaba relacionado a la información

del estudio de impacto ambiental39 a las autoridades de las poblaciones

del área de influencia. El titular minero realizaba una convocatoria a las

autoridades locales así como a la autoridad ambiental, para que asista a la difusión del estudio ambiental por parte de la consultora ambienta.

Actualmente el proceso de participación ciudadano ha sido norma de

forma especifica a través del Reglamento de Participación Ciudadana, esta norma legal permite que la población participe de mejor forma en los

proceso de difusión de los proyectos mineros. En la práctica, y de manera

particular en este sector, no se ha hecho nada para aplicar el principio de la consulta a las comunidades aledañas a los proyectos mineros

9. Conclusiones

La relación de los EIA´s y PMA´s del área minera Guaysimi Alto,

ejecutados por la empresa Cominzasa han sido frágiles y carentes

de información relevante (conforme se cita en el análisis de los EIA y PMA realizado anteriormente). En efecto, la autoridad ambiental en

reiteradas veces solicita la presentación de un alcance al estudio

ambiental, que incluya la información faltante. La calidad del estudio ambiental era responsabilidad de la consultora ambiental, el estudio tenía

un nivel bajo de conocimiento sobre las guías técnicas para elaborar

estudios ambientales así como del marco legal ambiental que debía aplicar para elaborar el EIA y PMA del sector minero.

En el estudio de impacto ambiental, en línea base, referente a salud

describían las características de los centros de salud existentes en la parroquia y cantón (donde se encuentra el proyecto minero), no existe un

análisis de los servicios de salud que realice la empresa minera a los

trabajadores que laboraban en el área. En el plan de manejo ambiental referente a salud, se contempla realizar acciones de dotación de los

equipos de protección personal así como los programas de capacitación

(seguridad industrial), no existía un programa de salud tendiente a prevenir las afectaciones a los trabajadores del proyecto minero, tampoco

de la comunidad circundante.

De las auditorías ambientales presentadas por el titular minero se desprende un nivel bajo de cumplimiento de los planes de manejo

39 Acción que era realzad conforme los citaba el Art.15,”Programa de Difusión”, del Reglamento Ambiental para Actividades Mineras, este reglamento fue derogado en abril del 2009.

32

ambiental así como la aplicación de las normas ambientales en las

operaciones de la mina y planta de beneficio. En lo referente a salud solo se cita los trastornos intestinales que sufren los trabajadores de la

empresa, señalando que el agua de consumo humano no recibe ningún

tipo de tratamiento. Se indica que los servicios higiénicos, lavabos y

duchas son defectuosos y limitados.

De las inspecciones realizadas por la entidad de control desde el año 2002

hasta agosto 2007, se desprende el bajo cumplimiento del PMA así como de las normas ambientales en las operaciones de la mina y planta de

beneficio. El SPA en reiteradas ocasiones solicitaba las correcciones en la

gestión ambiental que no han sido cumplidas por el titular minero.

Las medidas ambientales de implementación y correcciones requeridas

en las auditorías ambientales no eran consideradas en las inspecciones

técnicas ambientales que realizaba el DEREPA-Z (el funcionario inspeccionaba solo algunas acciones del PMA, conforme se puede

verificar en los informes de inspección). Es notoria la falta de coordinación

en los trabajos que realizaba el DEREPA-Z (organismo estatal regional) y los técnicos de la UAM (organismo estatal nacional).

Los logros conseguidos por la autoridad ambiental son muy bajos, eso se nota en el hecho que, a pesar del control y seguimiento ambiental

realizada, el titular minero no corrige ni implemente los programas

ambientes tendientes a prevenir, controlar y mitigar los impactos

ambientales.

El cargo de Delegado Regional de Protección Ambiental de Zamora

(organismo estatal regional) es de libre remoción, hace que el seguimiento y control ambiental al área minera no sea permanente, de

forma que se pueda verificar el cumplimiento de las acciones que se

requiere después de las inspecciones que realiza.

El titular minero carece de conocimientos sobre la importancia de cuidar

y preservar la calidad ambiental del entorno y sobre la responsabilidad

que tienen con el estado ecuatoriano.

Las limitaciones que tiene la autoridad ambiental minera para aplicar

coherentemente la gestión ambiental minera se deduce de la falta de infraestructura, tecnología y personal así como el apoyo decido para

fortalecer a la Subsecretaria de Protección Ambiental por parte del

ministro del ramo.

Los consultorías ambientales, contratadas por la empresa son de baja

calidad técnica.

La autoridad ambiental minera debe cambiar la política de trámite que

viene llevando a cabo, actuando mas enérgicamente en función de las

atribuciones que establece la normativa ambiental vigente, con los titulares mineros que no ejecuten las actividades del plan de manejo

ambiental y no aplican las normas ambientales.

33

El titular minero debe tener mayor responsabilidad en el cumplimiento de

los programas ambientales, a fin de conservar y mantener la calidad del ambiente de la zona donde realiza las actividades mineras. Así mismo

debe dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en las nuevas

normas ambientales que tiene el Ecuador

34

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35

International Development Law Organization (IDLO)

IDLO is an intergovernmental organization that promotes legal, regulatory and institutional reform to advance economic and social development in transitional and developing countries.

Founded in 1983 and one of the leaders in rule of law assistance, IDLO's comprehensive approach achieves enduring results by mobilizing stakeholders at all levels of society to drive institutional change. Because IDLO wields no political agenda and has deep expertise in different legal systems and emerging global issues, people and interest groups of diverse backgrounds trust IDLO. It has direct access to government leaders, institutions and multilateral organizations in developing countries, including lawyers, jurists, policymakers, advocates, academics and civil society representatives.

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Centre for International Sustainable Development Law (CISDL) The Centre for International Sustainable Development Law (CISDL) is an independent legal research institute that aims to promote sustainable societies and the protection of ecosystems by advancing the understanding, development and implementation of international sustainable development law. As a charitable foundation with an international Board of Governors, CISDL is led by 2 Directors, and 9 Lead Counsel guiding cutting-edge legal research programs in a fellowship of 120 legal researchers from over 60 developing and developed countries. As a result of its ongoing legal scholarship and research, the CISDL publishes books, articles, working papers and legal briefs in English, Spanish and French. The CISDL hosts academic symposia, workshops, dialogues, and seminar series, including legal expert panels parallel to international treaty negotiations, to further its legal research agenda. It provides instructors, lecturers and capacity-building materials for developed and developing country governments, universities, legal communities and international organisations on national and international law in the field of sustainable development. CISDL members include learned judges, jurists and scholars from all regions of the world and a diversity of legal traditions. With the International Law Association (ILA) and the International Development Law Organization (IDLO), under the auspices of the United Nations Commission on Sustainable Development (UN CSD), CISDL chairs a Partnership on ‘International Law for Sustainable Development’ that was launched in Johannesburg, South Africa at the 2002 World Summit for Sustainable Development to build knowledge, analysis and capacity about international law on sustainable development. Leading CISDL members also serve as expert delegates on the International Law Association Committee on International Law on Sustainable Development. For further details see www.cisdl.org.