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Guía de Referencia Contable y Tributaria año 2012 actualicese.com

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012

actualicese.comFundador y CEO: Jos Hernando Zuluaga M. Lder de Negocios: Juan Fernando Zuluaga C. Lder de Contenidos: Mara Cecilia Zuluaga C. Lder Logstica: Luz Stella Cardona G. Publicacin GUA DE CONSULTA Y REFERENCIA TRIBUTARIA PARA CONTADORES PBLICOS 2012 ISBN 78-958-98635-9-6 Editora actualicese.com LTDA Autor: Jos Hernando Zuluaga Marn Colaboradores: Diego H. Guevara, Miriam vila Q. Coordinacin Editorial: Mara Cecilia Zuluaga C. Diagramacin: Carlos Alejandro Fernandez Riva. Cartula: Gustavo Lopera Impresin: Feriva SUSCRIPCION ORO. VENTAS Y RENOVACIONES Lder de Suscripciones: Alex Bachenheimer M. Correo Electrnico: [email protected] Esta publicacin es una ms de las que prepara actualicese en la bsqueda del cumplimiento de su objetivo que es el de Elevar el nivel profesional del Contador Pblico actualicese.com/oro SERVICIO AL CLIENTE Contacto telefnico: P.B.X: (092) 4854646 Celulares: Movistar: 315 578 5668 / 315 579 6104 Comcel: 313 634 6468-3187943907 Tigo: 300 251 6123 Fijo: (092) 3169744-5551670 Fax: (092) 488 51 52 488 51 53 682 99 115551670 Correo Electrnico: [email protected] (CAS) Centro de Atencin al Suscriptor - Call Center: Carolina Barrera / Ivonne Liliana Patio / Nerihe Valderrama/Anglica Cisneros actualicese.com/corporativo/contactanos/ PAUTA Lder de Medios Publicitarios y Eventos Presenciales: Andrs Felipe Merchn. Correo Electrnico: [email protected] y [email protected] pauta.actualicese.com/pauta/ OFICINAS Unicentro, Cali Carrera 100 #5-169/331 Oasis de Unicentro Oficina 512C 512D Cali / Valle del Cauca / Colombia / Sur Amrica SUGERENCIAS Y/O COMENTARIOS Las sugerencias y/o comentarios a esta publicacin pueden ser enviados a [email protected] comunicados al (CAS) Centro de Atencin al Suscriptor. Se prohbe la reproduccin total o parcial de esta publicacin con fines comerciales. Esta publicacin se imprimi en Santiago de Cali en Enero de 2012

Nota del AutorLos cambios del ao 2011 no fueron solamente normativos sino que provienen de reglamentacin de las leyes 1430 y 1429 del 30 de Diciembre de 2010, adems nuevas normas de tipo tributario vinieron a afectar a los contribuyentes con la ley 1450 del 2011 plan de Desarrollo 2011 a 2014 leyes unas normas son procedimientales fueron aplicables en el 2011 y otras a partir del 1 de Enero de 2012; cabe sealar que el nuevo impuesto al patrimonio fue declarado en el 2011 y pagado en parte a partir de dicho ao y el saldo ser cancelado segn los plazos establecidos hasta el ao 2014, debiendo recordar que sus objetivos eran dobles parte para la seguridad social y la otra para atender la Emergencia Social, Econmica y Ecolgica decretada por el Gobierno en razn al crudo invierno que azot al pas en los ltimos meses del ao 2010. Fue ajustado el salario mnimo para el ao 2012 en un 5.8%, porcentaje superior a la inflacin del ao 2011. Que fue del 3.73%. El contenido de esta publicacin incluye los calendarios tributarios, listado de nuevos grandes contribuyentes, el decreto que da inicio a la aplicacin de las Normas Internacionales de Contabilidad e Informacin financiera y una serie de indicadores econmicos contables y tributarios de gran importancia profesional. Cn esta publicacin, Editora actualicese.com, busca facilitar el trabajo de Contadores Pblicos, Revisores Fiscales, Auditores Independientes, Consultores empresariales, Consultores Tributarios, Asesores, y todas aquellas personas que requieran tener a mano herramientas tiles que reflejen los nuevos cambios normativos para el cumplimiento oportuno de las obligaciones de declaraciones tributarias, casos que ilustren por ejemplo la liquidacin del impuesto de personas naturales o ganancias ocasionales as como para aplicar la retencin en la Fuente, modelos fiables como el informe de Gestin, de Conciliacin entre la renta contable y la fiscal, entreotros, adems de los formularios a utilizar en las diferentes obligaciones tributarias, incluyendo adems la normatividad tanto contable , de normas internacionales de informacin financiera y la fiscal de ms alto inters. De esta forma buscamos como siempre elevar el nivel de nuestros lectores mediante la actualizacin permanente apoyada en fuentes confiables y un anlisis pormenorizado de la informacin que nos atae directamente a nuestro oficio. Agradezco a los colaboradores de esta nueva edicin, especialmente al Dr. Diego H. Guevara y a Miriam vila Q., y a nuestros lectores la oportunidad que nos dan como siempre de acercarnos y hacer parte de su vida laboral y quehaceres de la profesin y desear que el ao 2012 resulte ser el mejor que tengamos en muchos aos.

Jos Hernando Zuluaga Marn CEO actualcese.com Cali,Enero de 2012

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012

ContenidoCalendario de Plazos 2011 - 2012 ....................................................................................................................................................................................................................... 3 Calendario de Plazos para la presentacin en 2012 de la Informacin Exgena Ao Gravable 2011 ...................................................................................... 6 Informacin Laboral a tener en cuenta a partir del 1 de Enero de 2012 .......................................................................................................................................... 9 Retencin en la Fuente aplicable en el ao 2012 ........................................................................................................................................................................................ 10 Detalle de la Retencin a ttulo del impuesto de Renta y Complementarios 2012 ........................................................................................................................ 12 Retencin a ttulo del impuesto de Renta y Complementarios 2012 .................................................................................................................................................. 16 Tasa de Cambio Representativa del Mercado (TRM) 2011 .................................................................................................................................................................... 19 IPC 3.63% para Ingresos Medios Certificado por el DANE para el perodo diciembre 2010 a diciembre de 2011 (Artculo 64, Decreto 2649 de 1.993) ........................................................................................................................................................................................................................................................................... 20 IPC general 3.73% para Ingresos Certificado por el DANE para el perodo diciembre 2010 a diciembre de 2011 - Histrico del Indice de Precios al Consumidor 2011 ............................................................................................................................................................................................................................... 22 IPC 3.65% para Ingresos Medios (base de la UVT)Certificado por el DANE para el perodo 1 de Octubre de 2010 a Octubre del 2011 (Artculo 868 del Estatuto Tributario) ............................................................................................................................................................................................................................... 23 Modelos de Dictmenes para el 2011.............................................................................................................................................................................................................. 24 Cmo queda el Rgimen Simplificado del IVA para el 2012 ................................................................................................................................................................... 27 Modelo de Taller de Conciliacin entre la Renta Contable y Fiscal ao gravable 2011 ............................................................................................................... 31 Certificados Tributarios y Contables que deben emitirse en el 2012 ................................................................................................................................................. 38 Modelo de Informe de Gestin ao 2011 ....................................................................................................................................................................................................... 47 Resumen Ejecutivo de Impuestos en Colombia para Entidades sin nimo de lucro 2011-2012 ............................................................................................ 49 Resumen Ejecutivo de Impuestos en Colombia 2011 -2012 ................................................................................................................................................................. 56 Renta Presuntiva del ao gravable 2011 ....................................................................................................................................................................................................... 64 Tablas Guas para la determinacin del impuesto de renta y de Ganancia Ocasional 2011 ...................................................................................................... 69 Indicadores Bsicos a tener en cuenta al finalizar 2011 e iniciar el 2012 ................................................................................................................................. 70 Estadstica de inters profesional para Contadores Pblicos ............................................................................................................................................................... 76 Salario Mnimo y Auxilio de Transporte 1990 -2011 ................................................................................................................................................................................ 77 Procedimientos Administrativos, Contables y Tributarios para tener en cuenta al final del perodo 2011 y al iniciar el ao 2012 ........................ 78 El Beneficio de Auditora aos gravables 2010, 2011, 2012 ................................................................................................................................................................. 93 Sntesis de Beneficios Tributarios para pequeas sociedades de la Ley 1429 del 2010............................................................................................................. 94 Clculo del Impuesto de Ganancia Ocasional por Venta de Activos Fijos 2011 .............................................................................................................................. 95 Lista de chequeo para el seguimiento del cumplimiento de obligaciones Legales especficas 2011 - 2012...................................................................... 98 ANEXO 1. NORMATIVIDAD ................................................................................................................................................................................................ 105 Decreto 4919 del 2011 Salario mnimo del 2011 se aument en un 5,8% y auxilio de transporte con Decreto 4963 de 2011 en un 6.6% .... 106 Decreto 4919 del 2011 Salario Mnimo legal 2012.................................................................................................................................................................................. 106 Decreto 4963 Auxilio de Transporte 2012 .................................................................................................................................................................................................. 107 Resolucin 435 del 2011 Tarifas para el 2012 de la Junta Central de Contadores ................................................................................................................... 108 Decreto 4907 del 2011 Lugares y Plazos para Declarar ........................................................................................................................................................................ 110 Decreto 4908 del 2011 Determinar la renta o ganancia ocasional- Reglamentacin de los Artculos 70 y 73 del E.T. ............................................... 127 Decreto 4904 del 2011 Reajuste para el 2012 de los Valores Absolutos del Impuesto sobre Vehculos Automotores .............................................. 129 Circular externa 115-000004 ao 2011. Solicitud de informacin financiera y de prcticas empresariales .................................................................. 130 Circular Externa No. 156-000005 del 2011 Sociedades admitidas a la promocin de un acuerdo de reestructuracion, de reorganizacin o que esten adelantando un proceso concordatario ............................................................................................................................................................................................ 136 Resolucin 2336 del 2011 Inters Bancario para la modalidad de crdito de consumo y ordinario .................................................................................. 139 DIAN actualiz la lista de Grandes Contribuyentes para el ao 2012 .............................................................................................................................................. 140 Resolucin 013483 de 2011 Nuevos Grandes Contribuyentes y se excluyen algunas sociedades y entidades de esta calificacin ....................... 143

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012Seleccin de Temas y Normas Tributarias del Plan de Desarrollo Ley 1450 del 2011 ............................................................................................................ 162 Artculos con efectos tributarios que se encuentran en la Ley 1450 del 2011 ............................................................................................................................. 163 Modificadas varias normas del IVA por la Ley 1450 del 2011 ........................................................................................................................................................... 174 Modificaciones hechas por la Ley 1450 del 2011 a la Retencin en la Fuente para Trabajadores Independientes ...................................................... 175 Normas Derogadas por la Ley 1450 del 2011 .......................................................................................................................................................................................... 178 Anlisis de los Beneficios Tributarios por Donaciones e Inversin establecidos con Ley 1450 de junio 16 de 2011 ................................................. 179 Acuerdo 04 de 2011 que reglamenta la Deduccin por Ciencia Tecnologa e Investigacin establecida en artculos de la Ley 1450 de 2011183 DIAN emite nueva reglamentacin sobre obligados a declarar virtualmente a partir de marzo 1 de 2012..................................................................... 186 Demanda contra el artculo 7 de la Ley Anticorrupcin que afecta a los Revisores Fiscales ................................................................................................ 191 Norma que crea un Marco General para Libranza, retencin de pagos a Independientes y contratos de Leasing ........................................................ 195 Decreto 3590 del 2011 Aplicacin de la tabla de retencin para trabajadores independientes. .......................................................................................... 199 Decreto 2245 del 2011 Se establece el Rgimen Sancionatorio y el Procedimiento Administrativo Cambiario ............................................................ 201 Resolucin 012383 del 2011 Inscripcin en el Registro nico Tributario RUT, ante las Cmaras de Comercio. ....................................................... 216 Resolucin 12761 del 2011 Obligados a presentar declaraciones en forma virtual a travs de los Servicios Informticos Electrnicos ........... 219 Resolucin 011963 del 2011 Se fija el valor de la Unidad de Valor Tributario UVT aplicable para el ao 2012 ........................................................ 222 Decreto 3590 del 2011 Aplicacin de la tabla de retencin para trabajadores independientes. .......................................................................................... 223 Decreto 2915 del 2011 Descuento Tributario para los usuarios industriales beneficiarios del descuento y exencin tributarios........................ 225 Decreto 2820 de 2011. Cambios en la Formalizacin de la inscripcin en el RUT (Registro nico Tributario) ............................................................. 227 Decreto 2521 del 2011 Cambian la Retencin en la Fuente por servicios de licenciamiento o derecho de uso de software .................................... 230 Decreto 2321 del 2011 Obligacin de requerir previamente el pago o compensacin, antes de iniciar proceso penal contra retenedores y responsables del IVA. .......................................................................................................................................................................................................................................... 230 Decreto 2025 de 2011 Contratacin de personal a travs de cooperativas y precooperativas de trabajo asociado y terceros contratantes que infrinjan las prohibiciones.. .............................................................................................................................................................................................................................. 231 Decreto 2645/2011 Formalizacin de la inscripcin en el RUT (Registro nico Tributario)................................................................................................ 234 Ley 1468/2011 Norma sobre descanso remunerado en la poca del parto ................................................................................................................................. 239 Ley 1496 de 2011 cual se garantiza la igualdad salarial y de retribucin laboral entre mujeres y hombres, se establecen mecanismos para erradicar cualquier forma de discriminacin. ........................................................................................................................................................................................... 242 Decreto 4946 de 2011 Aplicacin voluntaria de las normas Internacionales de Contabilidad e Informacin Financiera NIIF ............................... 245 ANEXO 2. ARTCULOS Y DOCUMENTOS DE REFERENCIA ............................................................................................................................. 249 Gobierno modifica tarifas de Retencin en la fuente a ttulo de Renta para algunos Servicios ............................................................................................. 250 Las SAS que generen utilidades por el 2009 requerirn que un Contador dictamine sus Estados Financieros ............................................................. 251 Las SAS que califiquen como microempresas slo elaboran ............................................................................................................................................................... 252 Balance y Estado de Resultados ...................................................................................................................................................................................................................... 252 No existe sancin aplicable a quienes no lleven el libro fiscal de operaciones diarias ............................................................................................................. 253 Por cunto tiempo debe permanecer en el Rgimen Comn una Persona natural? ................................................................................................................ 255 Profesionales que llevan contabilidad voluntariamente: Se consideraran comerciantes obligados a practicar Retenciones en la fuente? .... 257 Definiciones normativas de Empresas vigentes de Colombia agrupadas por el Consejo Tcnico de la Contadura ..................................................... 258 ANEXO 3 FORMULARIOS DIAN 2012 ............................................................................................................................................................................... 260

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012

Calendario de Plazos 2011 - 2012Aportes para EPS y PensinTrabajador Salud Pensin Total 4% 4% 8% Empleador 8,5% 12% 20,5% Total 12,5% 16% 28,5%

Retencin en la Fuente perodos del 2012(Art. 23 Decreto 4907 de 2011)Ultimo dgito

Ene 2012Feb

Feb

Mar

Abr

May

Jun

Jul

Ago

Sep

Oct

Nov

Dic

Plazo para Consignar hasta el daMar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic Enero 2013

1 2 3 4 5 6 7 8 9 0

08 09 10 13 14 15 16 17 20 21

08 09 12 13 14 15 16 20 21 22

11 12 13 16 17 18 19 20 23 24

09 10 11 14 15 16 17 18 22 23

08 12 13 14 15 19 20 21 22 25

10 11 12 13 16 17 18 19 23 24

09 10 13 14 15 16 17 21 22 23

10 11 12 13 14 17 18 19 20 21

08 09 10 11 12 16 17 18 19 22

09 13 14 15 16 19 20 21 22 23

10 11 12 13 14 17 18 19 20 21

10 11 14 15 16 17 18 21 22 23

Declaraciones Bimestrales del Iva perodos del 2012(Art. 22 Decreto 4907 de 2011)Ultimo dgito

EneFeb Marzo 08 09 12 13 14 15 16 20 21 22

MarMayJulSepAbr Jun Ago Oct Plazo para Consignar hasta el da Mayo Julio Sept. Nov. 09 10 11 14 15 16 17 18 22 23 10 11 12 13 16 17 18 19 23 24 10 11 12 13 14 17 18 19 20 21 09 13 14 15 16 19 20 21 22 23

NovDic Enero 2013 10 11 14 15 16 17 18 21 22 23

Declaracin Individual y/o consolidada de Precios de Transferencia ao gravable 2011(Art. 21 Decreto 4907 de 2011)ltimo Dgito del NIT 1 2 3 4 5 Hasta el da 10 de Julio 11 de Julio 12 de Julio 13 de Julio 16 de Julio ltimo Dgito del NIT 6 7 8 9 0 Hasta el da 17 de Julio 18 de Julio 19 de Julio 23 de Julio 24 de Julio

1 2 3 4 5 6 7 8 9 0

Declaracin Informativa Consolidada de Precios de Transferencia ao gravable 2011(Art. 21 Decreto 4907 de 2011)ltimo Dgito del NIT 1, 2, 3, 4 5 Hasta el da 24 de Julio ltimo Dgito del NIT 6, 7, 8, 9, 0 Hasta el da 25 de Julio

Reajuste Fiscal y UVT Ao 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 Vr. UVT 20.000 20.973 22.054 23.763 24.555 25.132 26.049 % Reaj F 4,87% 5,15% 7,75% 3,33% 2.35% 3.65%

IPC 4,48% 5,69% 7,67% 2.00% 3,17% 3.73%

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012Contribuyentes No Obligados a presentar Declaracin de Renta Ao gravable 2011(Art.7 Decreto 4907 de 2011)Ingresos Brutos Patrimonio Bruto 113.094.000 113.094.000 113.094.000 Grandes Contribuyentes ltimo Dgito 3 4 5 6 7 Fecha 25 de Abril de 2012 26 de Abril de 2012 27 de Abril de 2012 30 de Abril de 2012 02 de Mayo de 2012 ltimo Dgito 8 9 0 1 2 Fecha 03 de Mayo de 2012 04 de Mayo de 2012 07 de Mayo de 2012 08 de Mayo de 2012 09 de Mayo de 2012

Informacin exgena Resolucin 11429 del 31 Octubre 2011- Personas naturales y asimiladas, jurdicas ydems entidades , literales a) b) c) d) e) f) g) h) i) y k). Modificada por Resolucin 013484 del 29 de Dic. de2011;Resolucin 00020 del 6 de Marzo de 2012

Menores Ingresos 35.185.000 Asalariados 80% 102.363.000 Trabajador 82.936.000 Independiente Otros Requisitos sin exceder de Consumos en Tarjeta Crdito Compras y consumos Consignaciones, dep, o inv.

70.370.000 70.370.000 113.094.000

Reportes a SupersociedadesCircular Externa 115-000004 de Noviembre 3 de 2011Envo de Informe de Prcticas Empresariales del ejercicio 2011 ltimos Envo de ltimos dos Envo de dos Dgitos Informacin Dgitos del NIT Informacin del NIT 01-05 22 de Mayo 51-55 07 de Mayo 06-10 18 de Mayo 56-60 04 de Mayo 11-15 17 de Mayo 61-65 03 de Mayo 16-20 16 de Mayo 66-70 02 de Mayo 21-25 15 de Mayo 71-75 30 de Abril 26-30 14 de Mayo 76-80 27 de Abril 31-35 11 de Mayo 81-85 26 de Abril 36-40 10 de Mayo 86-90 25 de Abril 41-45 09 de Mayo 91-95 24 de Abril 46-50 08 de Mayo 96-00 23 de Abril

Informacin Exgena Resolucin 11429 del 31 de Octubre - Personas Jurdicas y Asimiladas y Personas Naturales yotras entidades Modificada por Resolucin 013484 del 29 de Dic. de 2011ltimos Dgitos Fecha ltimos Dgitos Fecha

Reportes a SupersociedadesCircular Externa 115-000004 de Noviembre 3 de 2011Envo de Informes Financieros del Ejercicio 2011 ltimos Envo de ltimos dos Envo de dos Dgitos Informacin Dgitos del Informacin del NIT NIT 01-05 16 de Abril 51-55 26 de Marzo 06-10 13 de Abril 56-60 23 de Marzo 11-15 12 de Abril 61-65 22 de Marzo 16-20 11 de Abril 66-70 21 de Marzo 21-25 10 de Abril 71-75 20 de Marzo 26-30 09 de Abril 76-80 16 de Marzo 31-35 30 de Marzo 81-85 15 de Marzo 36-40 29 de Marzo 86-90 14 de Marzo 41-45 28 de Marzo 91-95 13 de Marzo 46-50 27 de Marzo 96-00 12 de Marzo

26 a 29 30 a 33 34 a 37 38 a 41 42 a 45 46 a 49 50 a 53 54 a 57 58 a 61 62 a 65 66 a 69 70 a 73 74 a 77

10 de Mayo 11 de Mayo 14 de Mayo 15 de Mayo 16 de Mayo 17 de Mayo 18 de Mayo 22 de Mayo 23 de Mayo 24 de Mayo 25 de Mayo 28 de Mayo 29 de Mayo

de 2012 de 2012 de 2012 de 2012 de 2012 de 2012 de 2012 de 2012 de 2012 de 2012 de 2012 de 2012 de 2012

78 a 81 82 a 85 86 a 89 90 a 93 94 a 97 98 a 01 02 a 05 06 a 09 10 a 13 14 a 17 18 a 21 22 a 25

30 de Mayo de 2012 31 de Mayo de 2012 01 de Junio de 2012 04 de Junio de 2012 05 de Junio de 2012 06 de Junio de 2012 07 de Junio de 2012 08 de Junio de 2012 12 de Junio de 2012 13 de Junio de 2012 14 de Junio de 2012 15 de Junio de 2012

Declaracin de Renta Personas Jurdicas y dems contribuyentes incluido el sector Cooperativo(Art.12 Decreto 4907 de 2011)Declaracin y Pago Primera Cuota ltimo Dgito Hasta el da del NIT 1 2 3 4 5 11 de Abril 12 de Abril 13 de Abril 16 de Abril 17 de Abril ltimo Dgito del NIT 6 7 8 9 0 Hasta el da 18 de Abril 19 de Abril 20 de Abril 23 de Abril 24 de Abril

Declaracin de Renta y Complementarios Grandes Contribuyentes ao Gravable 2011 (Art. 11 Decreto. 4907 de 2011) incluye declarantes de Ingresos y Patrimonio Pago Primera Cuotaltimo Dgito del NIT 1 2 3 4 5 Hasta el da 08 de Febrero 09 de Febrero 10 de Febrero 13 de Febrero 14 de Febrero ltimo Dgito del NIT 6 7 8 9 0 Hasta el da 15 de Febrero 16 de Febrero 17 de Febrero 20 de Febrero 21 de Febrero

Pago Segunda Cuota ltimo Dgito Hasta el da del NIT 1 2 3 4 5 08 de Junio 12 de Junio 13de Junio 14 de Junio 15 de Junio

ltimo Dgito del NIT 6 7 8 9 0

Hasta el da 19 de Junio 20 de Junio 21 de Junio 22 de Junio 25 de Junio

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012

Declaracin de Renta y Complementarios Grandes Contribuyentes ao Gravable 2011 (Art. 11 Decreto. 4907 de 2011) Declaracin y PagoSegunda Cuota Pago Tercera Cuota Declaracin y Pago Segunda Cuota ltimo Dgito Hasta el da del NIT 1 11 de Abril 2 12 de Abril 3 13 de Abril 4 16 de Abril 5 17 de Abril Pago Tercera Cuota ltimo Dgito Hasta el da del NIT 1 08 de Junio 2 12 de Junio 3 13 de Junio 4 14 de Junio 5 15 de Junio 50% 50%

Declaracin de Renta ao gravable 2011 Personas Naturales y Sucesiones ilquidas Residentes en Colombia (Art. 14 Decreto 4097 de 2011)ltimos dos Dgitos del NIT Envo de Informacin ltimos dos Dgitos del NIT Envo de Informacin

ltimo Dgito del NIT 6 7 8 9 0

Hasta el da 18 de Abril 19 de Abril 20 de Abril 23 de Abril 24 de Abril

96 a 00 91 a 95 86 a 90 81 a 85 76 a 80 71 a 75 66 a 70 61 a 65 56 a 60 51 a 55

09 de Agosto 10 de Agosto 13 de Agosto 14 de Agosto 15 de Agosto 16de Agosto 17 de Agosto 21 de Agosto 22 de Agosto 23 de Agosto

46 a 50 41 a 45 36 a 40 31 a 35 26 a 30 21 a 25 16 a 20 11 a 15 06 a 10 01 a 05

24 de Agosto 27 de Agosto 28 de Agosto 29 de Agosto 30 de Agosto 31 de Agosto 03 de Septiembre 04 de Septiembre 05 de Septiembre 06 de Septiembre

ltimo Dgito del NIT 6 7 8 9 0

Hasta el da 19 de Junio 20 de Junio 21 de Junio 22 de Junio 25 de Junio

Declaracin de Renta ao gravable 2011 Personas Naturales y Sucesiones Ilquidas Residentes en el Exterior (pargrafo Art. 14 Dec. 4907 de 2011)- Presentacinltimo Dgito del NIT 1 2 3 4 5 Hasta el da 10 de Septiembre 11 de Septiembre 12 de Septiembre 13 de Septiembre 14 de Septiembre ltimo Dgito del NIT 6 7 8 9 0 Hasta el da 17 de Septiembre 18 de Septiembre 19 de Septiembre 20 de Septiembre 21 de Septiembre

Pago Impuesto al PatrimonioPago de la terceraltimo Dgito del NIT 1 2 3 4 5 (Art. 28 Decreto 4907 de 2011) cuota de ocho ltimo Dgito del NIT 6 7 8 9 0

Declaracin de Renta ao gravable 2011 Personas Naturales y Sucesiones Ilquidas Residentes en el Exterior (pargrafo Art. 14 Dec. 4907 de 2011)- Cancelacinltimo Dgito del NIT Hasta el da 08 de Octubre 09 de Octubre 10 de Octubre 11 de Octubre 12 de Octubre ltimo Dgito del NIT 6 7 8 9 0 Hasta el da 16 de Octubre 17 de Octubre 18 de Octubre 19 de Octubre 22 de Octubre

Hasta el da 09 de Mayo 10 de Mayo 11 de Mayo 14 de Mayo 15 de Mayo

Hasta el da 16 de Mayo 17 de Mayo 18 de Mayo 22 de Mayo 23 de Mayo

1 2 3 4 5

Pago cuarta cuota de ocho ltimos dos Dgitos del NIT 1 2 3 4 5 ltimos dos Dgitos del NIT 6 7 8 9 0

Retencin en la Fuente a ttulo de Renta aplicable durante el 2012 (algunos conceptos consus bases mnimas y tarifas)Hasta el da 17 de Septiembre 18 de Septiembre 19 de Septiembre 20 de Septiembre 21 de Septiembre Concepto Arriendo bien mueble Arriendo bien raz Aseo y Vigilancia Comisiones Compra productos Agrcolas Compras Compras de Caf Contratos de Construccin Fletes Honorarios Otros ingresos Tributarios Servicios Transporte de pasajeros Base 100% 703.000 104.000 100% 2.312.000 703.000 4.168.000 703.000 104.000 100% 703.000 104.000 703.000 % 4 3,5 2 10 11 1,5 3,5 0,5 1 1 10 11 3,5 64 3,5

Hasta el da 10 de Septiembre 11 de Septiembre 12 de Septiembre 13 de Septiembre 14 de Septiembre

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012

Calendario de Plazos para la presentacin en 2012 de la Informacin Exgena Ao Gravable 2011Resoluciones del 31 de Octubre de 2011 incluye nuevos plazos establecidos en la Resolucin 013484 del 29 de Diciembre de 2011, Resolucin 00020 del 6 de Marzo de 2012Resolucin Resolucin 11423 del 31 de Octubre de 2011 Artculos del E.T. 623, 623-1* y 623-2 (SIC) Reportan Los Bancos y dems entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, las Cooperativas de Ahorro y Crdito, los Organismos Cooperativos de grado superior, las Instituciones auxiliares del Cooperativismo, las Cooperativas Multiactivas e Integrales y los fondos de empleados que realicen actividades financieras. *Artculo 623-1 - 15 de Junio de 2012. Artculos 623 y 623-2 (sic) los plazos son los siguientes : Grandes Contribuyentes:ltimo Dgito 3 4 5 6 7 Fecha 25 de Abril de 2012 26 de Abril de 2012 27 de Abril de 2012 30 de Abril de 2012 02 de Mayo de 2012 ltimo Dgito 8 9 0 1 2 Fecha 03 de Mayo de 2012 04 de Mayo de 2012 07 de Mayo de 2012 08 de Mayo de 2012 09 de Mayo de 2012

Personas Jurdicas:ltimos Dgitos26 a 29 30 a 33 34 a 37 38 a 41 42 a 45 46 a 49 50 a 53 54 a 57 58 a 61 62 a 65 66 a 69 70 a 73 74 a 77

Fecha10 de Mayo de 2012 11de Mayo de 2012 14 de Mayo de 2012 15 de Mayo de 2012 16 de Mayo de 2012 17 de Mayo de 2012 18 de Mayo de 2012 22 de Mayo de 2012 23 de Mayo de 2012 24 de Mayo de 2012 25 de Mayo de 2012 28 de Mayo de 2012 29 de Mayo de 2012

ltimos Dgitos78 a 81 82 a 85 86 a 89 90 a 93 94 a 97 98 a 01 02 a 05 06 a 09 10 a 13 14 a 17 18 a 21 22 a 25

Fecha30 de Mayo de 2012 31 de Mayo de 2012 01 de Junio de 2012 04 de Junio de 2012 05 de Junio de 2012 06 de Junio de 2012 07 de Junio de 2012 08 de Junio de 2012 12 de Juno de 2012 13 de Junio de 2012 14 de Junio de 2012 15 de Junio de 2012

Resolucin 11424 del 31 de Octubre de 2011

624

Cmaras de Comercio Sociedades creadas o liquidadas y socios y accionistas. El plazo para la entrega de la informacin a que se refiere el artculo 624 ser el 15 de Junio de 2012.

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012Resolucin Resolucin 11425 del 31 de Octubre de 2011 Artculos del E.T. 625 y 628 Reportan La Bolsa Nacional de Valores de Colombia, Bolsa Nacional Agropecuaria y dems bolsas de valores. Tambin comisionistas de Bolsa *Artculo 625 15 de Junio de 2012. Artculo 628 los plazos para enviar la informacin son los siguientes : Grandes Contribuyentes:ltimo Dgito 3 4 5 6 7 Fecha 25 de Abril de 2012 26 de Abril de 2012 27 de Abril de 2012 30 de Abril de 2012 02 de Mayo de 2012 ltimo Dgito 8 9 0 1 2 Fecha 03 de Mayo de 2012 04 de Mayo de 2012 07 de Mayo de 2012 08 de Mayo de 2012 09 de Mayo de 2012

Personas Jurdicas:ltimos Dgitos26 a 29 30 a 33 34 a 37 38 a 41 42 a 45 46 a 49 50 a 53 54 a 57 58 a 61 62 a 65 66 a 69 70 a 73 74 a 77

Fecha10 de Mayo de 2012 11de Mayo de 2012 14 de Mayo de 2012 15 de Mayo de 2012 16 de Mayo de 2012 17 de Mayo de 2012 18 de Mayo de 2012 22 de Mayo de 2012 23 de Mayo de 2012 24 de Mayo de 2012 25 de Mayo de 2012 28 de Mayo de 2012 29 de Mayo de 2012

ltimos Dgitos78 a 81 82 a 85 86 a 89 90 a 93 94 a 97 98 a 01 02 a 05 06 a 09 10 a 13 14 a 17 18 a 21 22 a 25

Fecha30 de Mayo de 2012 31 de Mayo de 2012 01 de Junio de 2012 04 de Junio de 2012 05 de Junio de 2012 06 de Junio de 2012 07 de Junio de 2012 08 de Junio de 2012 12 de Juno de 2012 13 de Junio de 2012 14 de Junio de 2012 15 de Junio de 2012

Resolucion 11426 del 31 de Octubre de 2011 Resolucin 11427 del 31 de Octubre de 2011

627

Registradura Nacional del Estado Civil Cdulas de ciudadana de personas fallecidas en el 2011. 2 de Marzo de 2012.

629, 631-3, Informacin a suministrar por los Notarios Plazo:ltimos Dgitos26 a 29 30 a 33 34 a 37 38 a 41 42 a 45 46 a 49 50 a 53 54 a 57 58 a 61 62 a 65 66 a 69 70 a 73 74 a 77

Fecha10 de Mayo de 2012 11de Mayo de 2012 14 de Mayo de 2012 15 de Mayo de 2012 16 de Mayo de 2012 17 de Mayo de 2012 18 de Mayo de 2012 22 de Mayo de 2012 23 de Mayo de 2012 24 de Mayo de 2012 25 de Mayo de 2012 28 de Mayo de 2012 29 de Mayo de 2012

ltimos Dgitos78 a 81 82 a 85 86 a 89 90 a 93 94 a 97 98 a 01 02 a 05 06 a 09 10 a 13 14 a 17 18 a 21 22 a 25

Fecha30 de Mayo de 2012 31 de Mayo de 2012 01 de Junio de 2012 04 de Junio de 2012 05 de Junio de 2012 06 de Junio de 2012 07 de Junio de 2012 08 de Junio de 2012 12 de Juno de 2012 13 de Junio de 2012 14 de Junio de 2012 15 de Junio de 2012

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012Resolucin Resolucin 11428 del 31 de Octubre de 2011 Artculos del E.T. 629-1 Reportan

Las personas o empresas que elaboren facturas de venta o documentos equivalentes.ltimos Dgitos26 a 29 30 a 33 34 a 37 38 a 41 42 a 45 46 a 49 50 a 53 54 a 57 58 a 61 62 a 65 66 a 69 70 a 73 74 a 77

Fecha10 de Mayo de 2012 11de Mayo de 2012 14 de Mayo de 2012 15 de Mayo de 2012 16 de Mayo de 2012 17 de Mayo de 2012 18 de Mayo de 2012 22 de Mayo de 2012 23 de Mayo de 2012 24 de Mayo de 2012 25 de Mayo de 2012 28 de Mayo de 2012 29 de Mayo de 2012

ltimos Dgitos78 a 81 82 a 85 86 a 89 90 a 93 94 a 97 98 a 01 02 a 05 06 a 09 10 a 13 14 a 17 18 a 21 22 a 25

Fecha30 de Mayo de 2012 31 de Mayo de 2012 01 de Junio de 2012 04 de Junio de 2012 05 de Junio de 2012 06 de Junio de 2012 07 de Junio de 2012 08 de Junio de 2012 12 de Juno de 2012 13 de Junio de 2012 14 de Junio de 2012 15 de Junio de 2012

Resolucin 11429 del 31 de Octubre de 2011

631

Personas naturales, jurdicas y dems entidades literales a) b) c) d) e) f) g) h) i) y k) Grandes Contribuyentes:ltimo Dgito3 4 5 6 7

Fecha25 de Abril de 2012 26 de Abril de 2012 27 de Abril de 2012 30 de Abril de 2012 02 de Mayo de 2012

ltimo Dgito8 9 0 1 2

Fecha03 de Mayo de 2012 04 de Mayo de 2012 07 de Mayo de 2012 08 de Mayo de 2012 09 de Mayo de 2012

Personas Jurdicas:ltimos Dgitos26 a 29 30 a 33 34 a 37 38 a 41 42 a 45 46 a 49 50 a 53 54 a 57 58 a 61 62 a 65 66 a 69 70 a 73 74 a 77

Fecha10 de Mayo de 2012 11de Mayo de 2012 14 de Mayo de 2012 15 de Mayo de 2012 16 de Mayo de 2012 17 de Mayo de 2012 18 de Mayo de 2012 22 de Mayo de 2012 23 de Mayo de 2012 24 de Mayo de 2012 25 de Mayo de 2012 28 de Mayo de 2012 29 de Mayo de 2012

ltimos Dgitos78 a 81 82 a 85 86 a 89 90 a 93 94 a 97 98 a 01 02 a 05 06 a 09 10 a 13 14 a 17 18 a 21 22 a 25

Fecha30 de Mayo de 2012 31 de Mayo de 2012 01 de Junio de 2012 04 de Junio de 2012 05 de Junio de 2012 06 de Junio de 2012 07 de Junio de 2012 08 de Junio de 2012 12 de Juno de 2012 13 de Junio de 2012 14 de Junio de 2012 15 de Junio de 2012

Resolucin 11430 del 31 de Octubre de 2011 Resolucin 11431 del 31 de Octubre de 2011

631-1 58 L863/2003, Dc. 4660/2007

Grupos econmicos y/o empresariales. La informacin deber ser presentada a ms tardar 04 de julio de 2012. Entidades pblicas o privadas que celebren convenios de cooperacin y asistencia tcnica para el apoyo y ejecucin de sus programas o proyectos con organismos internacionales. Presentan informacin mensual con las caractersticas indicadas en esta Resolucin.

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Informacin Laboral a tener en cuenta a partir del 1 de Enero de 2012Concepto Salario Mnimo mensual Salario mnimo Diario Auxilio de transporte mensual (se reconoce slo a trabajadores que devenguen hasta 2 s.m.m.l.v., es decir,( $1.133.400) Auxilio de Transporte Diario Salario Integral (un salario podr ser pactado como integral cuando equivalga por lo menos a 10 salarios mnimos mensuales incrementados en un 30% de dicha cuanta como valor equivalente al factor prestacional. Por tanto, en la prctica, s e establece que un salario ser integral cuando sea igual o superior a 13 s.m.m.l.v. (10 x 1,30 = 13); vase Art.132 del Cdigo Sustantivo del Trabajo, modificado por el Art.18 de la ley 50/90) Monto mximo del ingreso base de cotizacin en la liquidacin de los aportes a seguridad social (salud, pensiones, ARP) 25 salarios mnimos Monto del salario mximo que puede llegar a devengar un trabajador para que los pagos hechos en alimentacin (para l o su familia), no le constituyan ingreso tributario a dicho trabajador sino que constituyan ingreso para el tercero con quien se contrat el servicio de alimentacin (ver Art.387-1 del E.T.).310 UVT Monto mximo del pago representado en alimentacin (del trabajador o su familia) que no constituira ingreso tributario para el trabajador (ver Art.387-1 del E.T.).41 UVT Dotacin: trabajadores que perciban hasta 2 s.m.m.l.v. es obligatorio que el empleador le de dotacin. (Vestido y Calzado para labores) (ART. 230 del Cdigo sustantivo del trabajo. Suministro de calzado y vestido de labor. Todo patrono que habitualmente ocupe uno (1) o ms trabajadores permanentes deber suministrar cada cuatro (4) meses, en forma gratuita, un (1) par de zapatos y un (1) vestido de labor al trabajador cuya remuneracin mensual sea hasta dos (2) veces el salario mnimo ms alto vigente. Tiene derecho a esta prestacin el trabajador que en las fechas de entrega de calzado y vestido haya cumplido ms de tres (3) meses al servicio del empleador. 2 SMLMV Monto mximo de salarios que puede llegar a devengar el trabajador para tener derecho al Subsidio familiar que entregan las cajas de compensacin; *si su cnyuge tambin trabaja, en ese caso el salario del trabajador mas el de su cnyuge no pueden exceder los 6 salarios mnimos mensuales vigentes (vase el Art.3 ley 789 de Dic. de 2002) 4 SMMLV Valor $ 566.700 $18.890 $67.800 $2.260 $7.367.100

$14.167.500

$8.075.190 $1.068.009

$1.133.400

$ 2.266.800

Pagos ParafiscalesSena Base salarial ICBF- Base salarial Cajas de Compensacin Familiar Base salarial 2% 3% 4%

Cargas Prestacionales Provisin mensual sobre salarios del trabajadorCesanta Prima Legal Vacaciones Intereses a las Cesantas 8.33% 8.33% 4.17% 1% mensual

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Retencin en la Fuente aplicable en el ao 2012(Valores en pesos $) UVT $ 26.049CONCEPTOS 1. 2. 3. 4. Ingresos originados en una relacin laboral o legal y reglamentaria a partir. Dems rendimientos financieros (intereses) Honorarios y Comisiones(Que hacen personas jurdicas, sociedades de hecho y naturales agentes de retencin a personas jurdicas) D.R. 260 / 2001 Honorarios y Comisiones(Que hacen personas jurdicas, sociedades de hecho y naturales agentes de retencin a personas naturales) D.R. 260 / 2001 Nota 1: Si ingresos del contrato superan en el 2012 3300 UVT = $ 85.962.000 Nota 2: A partir de la fecha en que excedan los pagos o abonos en cuenta en el 2.012 3300 UVT = $ 85.962.000 Contratos de consultora y administracin delegada que hacen personas jurdicas y naturales agentes de retencin a personas jurdicas D.R. 260 / 2001 Contratos de administracin delegada que hacen personas jurdicas, sociedades de hecho a contratistas personas jurdicas o asimiladas D.R. 260 / 2001 Contratos de administracin delegada que hacen personas jurdicas, sociedades de hecho a contratistas personas naturales D.R. 260/2001 y Art. 2 Decreto 1809/89 Nota 1: Si ingresos del contrato superan en el 2.012 3300 UVT = $ 85.962.000 Nota 2: A partir de la fecha en que excedan los pagos o abonos en cuenta en el 2.012 3300 UVT = $ 85.962.000 Contratos de consultora y administracin delegada POR OBRAS PUBLICAS Por emolumentos eclesisticos efectuados a personas naturales, y si la persona es "declarante de renta" Por emolumentos eclesisticos efectuados a personas naturales , y si la persona no es declarante de renta Servicios en general (aplicables a no obligados a presentar declaracin de renta) Servicios en general efectuadas por personas jurdicas, sociedades de hecho y naturales retenedores Servicios de transporte de carga Servicios de Transporte de pasajeros Nacional que hacen personas jurdicas, sociedades de hecho y personas naturales agentes retenedores Servicios temporales Los servicios integrales de salud que involucran servicios calificados y no calificados, prestados a un usuario por instituciones prestadoras de salud IPS, que comprenden hospitalizacin, radiologa, medicamentos, exmenes y anlisis de laboratorios clnicos Aseo y/o Vigilancia Arrendamiento de Bienes Muebles Arrendamiento de Bienes Races que hacen personas jurdicas, sociedades de hecho y personas naturales agentes retenedores Loteras, Rifas, Apuestas y similares Hoteles , Restaurantes y Hospedajes si el pago lo en forma directa personas jurdicas o sociedades de hecho 27 48 4 UVT 95 BASE $ 2.475.000 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% % TABLA 7% 11% 10% 11% 11% 11% 11%

5. 6.

7.

100% 100% 100% 100% 27 27 4 4 4 27 4 703.000 -o superior 703.000- o superior 104.000- o superior 104.000- o superior 104.000- o superior 703.000- o superior 104.000- o superior

10% 11% 11% 6% 4% 3,50% 6% 4% 1% 3.5% 1%

8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15.

16.

4

104.000- o superior

2%

17. 18. 19. 20. 21.

4

104.000- o superior 100% 703.000- o superior 1.250.000- o superior 104.000

2% 4% 3.5% 20% 3.5%

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012CONCEPTOS o personas natural agentes retenedor 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28 29 30 31 32 33 34 35 36 Enajenacin de Bienes Races Contratos de construccin y urbanizacin Compras y otros pagos que sean ingresos Tributarios para quien los reciba que hacen personas jurdicas, sociedades de hecho y personas naturales agentes retenedores Compra de bienes y productos Agrcolas o Pecuarios sin procesamiento industrial Compra de bienes y productos Agrcolas o Pecuarios con procesamiento industrial que hacen personas jurdicas, sociedades de hecho y personas naturales agentes retenedores Compra de Caf Pergamino o Cereza Servicios de licenciamiento o derecho de uso de software. Compra de Combustible Consultora en Obras Pblicas (Art. 35 Dec. 1522/83) Retencin en la Fuente del IVA (aplicable a Bienes) Retencin en la Fuente del Iva (Servicios Gravados) Retencin en la Fuente del Iva (aplicable a Operaciones con tarjetas dbito y crdito ) Retencin en colocacin independiente de juegos de suerte y azar Para artistas extranjeros que efecten presentaciones artsticas o culturales en Colombia (ver artculo 5. De la Ley 1493 del 26 de Diciembre de 2011) Sancin Mnima 27 4 27 92 27 160 4 100% 100% 703.000 - o superior 2.397.000 - o superior 703.000- o superior 4.168.000 - o superior 104.000- o superior 100% 100% 703.000 - o superior 104.000- o superior 5 No aplica 10 130.000- o superior $1 260.000 1% 1% 3.5% 1.5% 3.5% 0.5% 3.5% 0.1% 2% 50% del Iva 50% del Iva 10% del Iva 3% 8% UVT BASE %

QUIEN HACE LA RETENCION 1. 2. 3. Personas Jurdicas y otras entidades Notarios Personas Naturales comerciantes y que en el ao 2011 tuvieron ingresos o patrimonio bruto superiores a 30.000 UVT x $25.132, que equivalen a $753.960.000

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Detalle de la Retencin a ttulo del impuesto de Renta y Complementarios 20121. Cuando el beneficiario del pago sea considerado Residente en Colombia y el pago sea considerado como un "ingreso de fuente nacional"(Ver Art. 9,10, 24 y 25 del E.T. (Ver Art. 365 a 404-1 del E.T.) (Ver nota 1 al final)A partir de (cifras en trminos de UVT) 95 No aplica No aplica

No.

Conceptos Ingresos originados en una relacin laboral o legal y reglamentaria Ver Art.383 a 386 del E.T. Rendimientos financieros en general Ver Art.395 del E.T., Ver Art.396 del E.T., Decreto 3715 de 1986, Art.3 Honorarios y Comisiones en general (cuando el beneficiario del pago sea una persona jurdica o asimilada) Ver D.R. 260 de febrero 19 de 2001, Art.1 Honorarios y Comisiones en general (cuando el beneficiario del pago sea una persona natural (nota: la tarifa ser del 10% cuando el beneficiario del pago sea una persona natural que va a recibir de parte de un mismo pagador un monto de honorarios o comisiones que no excedan, dentro del mismo ao fiscal 2012, el valor de $ 85.962.000 (o 3.300 UVTS). Sin embargo, si del contrato firmado con tal persona natural se desprende que s va a recibir un valor superior al antes citado, la tarifa se aplica al 11% desde el comienzo de los pagos; igualmente, si no hay contrato, pero en algn momento dentro del ao 2011 la suma de los pagos acumulados llega a exceder el tope antes aludido, desde ese momento en adelante se cambia la tarifa del 10% al 11%;) Ver Dec. 260 de feb 19 de 2001, Art.1 (es el tem 87 en la nueva tabla del Art.868-1 del E.T.) Honorarios para quienes prestan Servicios de ssmica para el sector de hidrocarburos (si se cancelan a personas naturales o jurdicas declarantes de renta) Ver decreto 1140 de Abril de 2010 Ver nuestro editorial de abril de 2010: "Gobierno modifica tarifas de Rtfte a ttulo de renta para ciertos servicios"; si el pago se le realiza a una persona del rgimen simplificado del IVA, o que cumplan los topes y condiciones de este rgimen cuando no sean responsables del IVA, deben tomarse en cuenta lo que dijimos en los numerales 5 y 6 anteriores) Honorarios para quienes prestan Servicios de ssmica para el sector de hidrocarburos (si se cancelan a personas naturales no declarantes de renta) Ver decreto 1140 de Abril de 2010, Ver nuestro editorial de abril de 2010: "Gobierno modifica tarifas de Rtfte a ttulo de renta para ciertos servicios" en Anexos 2 Artculos y Documentos de Referencia; si el pago se le realiza a una persona del rgimen simplificado del IVA, o que cumplan los topes y condiciones de este rgimen cuando no sean responsables del IVA, deben tomarse en cuenta lo que dijimos en los numerales 5 y 6 anteriores)

A partir de (cifras en pesos) $ 2.475.001 $1 $1

Tarifas

1 2 3

Vase tabla del art.383 del ET 7% 11%

4

No aplica

$1

10%

7

No aplica

$1

6%

8

No aplica

$1

10%

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012A partir de (cifras en trminos de UVT) A partir de (cifras en pesos)

No.

Conceptos Honorarios por licenciamiento o uso de Software a personas jurdicas o naturales residentes en Colombia y declarantes de renta (Decreto 2521 del 13 de Julio de 2011; si el pago se hace a una persona natural no declarante de renta, las tarifas sern del 10% u 11% aplicando los mismos criterios del numeral 4 de este cuadro; adems si el pago se realiza a una persona del rgimen implificado del IVA, o que cumplan los topes y condiciones de este rgimen cuando no sean responsables del IVA, deben tomarse en cuenta lo que dijimos en los numerales 5 y 6 anteriores). Contratos de consultora en ingeniera de proyectos de infraestructura y edificaciones (sin importar si es para obras pblicas o privadas, es decir, sin importar si el que contrata es alguna Entidad del Estado o algn particular) y el contratista sea sea una persona jurdica o natural declarante de renta, Ver Dec. 1141 de Abril 12 de 2010 el cual derog el Decreto 1115 de abril de 2006, Ver nuestro editorial de abril de 2010: "Gobierno modifica tarifas de Rtfte a ttulo de renta para ciertos servicios" en Anexos 2 Artculos y Documentos de Referencia; si el pago se le realiza a una persona del rgimen simplificado del IVA, o que cumplan los topes y condiciones de este rgimen cuando no sean responsables del IVA, deben tomarse en cuenta lo que dijimos en los numerales 5 y 6 anteriores) Contratos de consultora en ingeniera de proyectos de infraestructura y edificaciones (sin importar si es para obras pblicas o privadas, es decir, sin importar si el que contrata es alguna Entidad del Estado o algn particular) y el contratista sea una persona natural no declarante de renta; esta tarifa del 10% pasar a ser del 6%, si el contrato a firmar durante el 2012 supera los $85.962.000 (o 3.300 UVTS) , o si en algn momento dentro del ao 2011 los pagos que le realice un mismo agente retenedor superen esa cifra) Ver Dec. 1141 de Abril 12 de 2010 el cual derog el Decreto 1115 de abril de 2006, Ver nuestro editorial de abril de 2010: "Gobierno modifica tarifas de Rtfte a titulo de renta para ciertos servicios" en Anexos 2 Artculos y Documentos de Referencia.; si el pago se le realiza a una persona del rgimen simplificado del IVA, o que cumplan los topes y condiciones de este rgimen cuando no sean responsables del IVA, deben tomarse en cuenta lo que dijimos en los numerales 5 y 6 anteriores) Contratos de administracin delegada (cuando el beneficiario es una persona jurdica; Ver DR. 260 de feb 19 de 2011; y si el beneficiario del pago es una persona natural, en ese caso se aplican los mismos criterios que antes citamos cuando el pago es por honorarios y comisiones; ver los numerales 4 a 6 ms arriba). Servicios en general(cuando el beneficiario sea una persona jurdica; aplica tambin si el beneficiario es una persona natural declarante de renta; en este ltimo caso, la persona natural ser declarante de renta solo si los pagos que le haga un mismo agente de retencin, durante el ao 2012, exceden los $85.962.000 (o 3.300 UVTS); si no exceden de tal tope, se aplica la tarifa del 6% Ver D.R. 3110 de sep 23 de 2004, Art. 1 (es el tem 88 de la tabla del Art.868-1 del E.T.) Ver Dec. 2775 de 1983 Art.6 (es el tem 77 en la tabla del Art.868-1 del E.T.); si el pago se le realiza a una persona del rgimen simplificado del IVA, o que cumplan los topes y condiciones de este rgimen cuando no sean responsables del IVA, deben tomarse en cuenta lo que dijimos en los numerales 5 y 6 anteriores) Servicios en general (personas naturales no declarantes de renta) (Nota: la persona natural ser no declarante de renta" cuando los pagos que le haga el mismo agente de retencin, dentro del ao 2012, no excedan los $85.962.000 o 3.300 UVTs) Ver D.R. 3110 de sep. 23 de 2004, Art. 1 (es el tem 88 e

Tarifas

9

No aplica

$1

3.5%

10

No aplica

$1

6%

11

No aplica

$1

10%

12

$1

10%

13

4

$ 104.000

4%

14

4

$ 104.000

6%

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012A partir de (cifras en trminos de UVT) A partir de (cifras en pesos)

No.

Conceptos la tabla del Art.868-1 del E.T.), Ver Decreto . 2775 de 1983 Art.6 (es el tem 77 en la tabla del Art.868-1 del E.T.); si el pago se le realiza a una persona del rgimen simplificado del IVA, o que cumplan los topes y condiciones de este rgimen cuando no sean responsables del IVA, deben tomarse en cuenta lo que dijimos en los numerales 5 y 6 anteriores) Servicios de transporte nacional de carga (terrestre, areo o martimo) Ver Dec. 2775 de 1983 Art.6 (es el tem 77 en la tabla del Art.868-1 del E.T.); si el pago se realiza a una persona del rgimen simplificado del IVA, o que cumplan los topes y condiciones de este rgimen cuando no sean responsables del IVA, deben tomarse en cuenta lo que dijimos en los numerales 5 y 6 anteriores) Servicios de Transporte nacional de pasajeros (terrestre) Ver Dec.1512 de 1985, Art 5 (es el tem 78 en la tabla del Art.868-1 del E.T.); si el pago se realiza a una persona del rgimen simplificado del IVA, o que cumplan los topes y condiciones de este rgimen cuando no sean responsables del IVA, deben tomarse en cuenta lo que dijimos en los numerales 5 y 6 anteriores) Servicio de transporte nacional de pasajeros (areo y martimo) Ver Dec. 2775 de 1983 Art.6 (es el tem 77 en la tabla del Art.868-1 del E.T.), Ver Dec. 399 de 1987, Art.2 ; si el pago se realiza a una persona del rgimen simplificado del IVA, o que cumplan los topes y condiciones de este rgimen cuando no sean responsables del IVA, deben tomarse en cuenta lo que dijimos en los numerales 5 y 6 anteriores) Servicios prestados por Empresas Temporales de Empleo Ver Dec. 2775 de 1983 Art.6 (es el tem 77 en la tabla del Art.868-1 del E.T.), Ver Dec.1626 de 2001, Art 2, inciso primero, el cual fue modificado con Dec.1300 de abril de 2005, Art 1. Servicios de vigilancia y aseo prestados por empresas de vigilancia y aseo Ver Dec.1626 de 2001, Art 2, inciso segundo, el cual fue modificado con Decreto 3770 del 21 de octubre de 2005, Ver Dec. 2775 de 1983 Art.6 (es el tem 77 en la tabla del Art.868-1 del E.T.); si el pago se realiza a una persona del rgimen simplificado del IVA, o que cumplan los topes y condiciones de este rgimen cuando no sean responsables del IVA, deben tomarse en cuenta lo que dijimos en los numerales 5 y 6 anteriores) Los servicios integrales de salud que involucran servicios calificados y no calificados, prestados a un usuario por instituciones prestadoras de salud IPS, que comprenden hospitalizacin, radiologa, medicamentos, exmenes y anlisis de laboratorios clnicos Ver ltimo inciso del Art.392 del E.T., modificado con Art.75 de la ley 1111/06Ver Dec. 2775 de 1983 Art.6 (es el tem 77 en la tabla del Art.868-1 del E.T.) Arrendamiento de Bienes Muebles Ver D.R. 2026 de 1983, Art 12 , Ver Dec.1626 de 2001, Art 2 , inciso segundo; Arrendamiento de Bienes Races Ver Art. 401 E.T., Ver Ley 633 de 2000, Art.18, ; Loteras, Rifas, Apuestas y similares Ver Art. 317 del E.T., Ver Art. 402 del E.T., Ver Art. 404-1 del E.T. (es el tem 16 en la tabla del Art.868-1 del E.T.) Ver Art. 306 del E.T.; Servicio de Hoteles, Restaurantes y Hospedajes Ver Dec. 2775 de 1983 Art.6 (es el tem 77 en la tabla del Art.868-1 del E.T.), Ver Dec 260 de 2001 , Art.5; si el pago se realiza a una persona del rgimen simplificado del IVA, o que cumplan los topes y condiciones de este rgimen cuando no sean responsables del IVA, deben tomarse en cuenta lo que dijimos en los numerales 5 y 6 anteriores)

Tarifas

15

4

$ 104.000

1%

16

27

$ 703.000

3,5%

17

4

$ 104.000

1%

18

4

$ 104.000

1%

19

4

$ 104.000

2%

20

4

$ 104.000

2%

21 22 23

No aplica 27 48

$1 $ 703.000 $ 1.250.000

4% 3,5% 20%

24

4

$ 104.000

3.5%

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012A partir de (cifras en trminos de UVT) A partir de (cifras en pesos)

No.

Conceptos Enajenacin de activos fijos por parte de una persona natural (si lo que enajena es un bien raz, el agente de retencin es el notario; si lo que enajena es un vehculo, el agente de retencin es la secretara de trnsito; si enajena otro tipo de activos fijos, el agente de retencin ser quien le hace el pago; Ver Art.398 del E.T., Ver Art. 399 del E.T. Contratos de construccin, urbanizacin y en general confeccin de obra material de bien inmueble Ver Dec.2509 de 1985, Art.8 Ver DR. 1512 de 1985, Art 5, inciso 2 (es el tem 78 en la tabla del Art.868-1 del E.T.) Compras y otros ingresos tributarios en general Ver Art.401 del E.T., Ver DR. 1512 de 1985, Art 5(es el tem 78 en la tabla del Art.868-1 del E.T.) Compra de bienes y productos Agrcolas o Pecuarios sin procesamiento industrial DR. 2595 de 1993, Art.1 (es el tem 82 en la tabla del Art.868-1 del E.T.) Compra de Caf Pergamino o cereza DR 1479 de 1996 Art.1 (es el tem 83 en la tabla del Art.868-1 del E.T.) Compra de Combustibles derivados del petrleo DR.3715 de 1986, Art.2 Exportaciones de hidrocarburos y dems productos mineros. El exportador se debe autorretener. (ver pargrafo 1 del art.366-1 y art.401 del E.T.; y los decreto 1505 de mayo de 2011 y 1512 de 1985 art. 5) Pagos a establecimientos comerciales que aceptan como medio de pago las tarjetas dbito o crdito (en estos casos, el agente de retencin es el banco emisor de la tarjeta dbito o crdito) Por emolumentos eclesisticos efectuados a personas naturales que sean "declarantes de renta "; si el pago se realiza a una persona del rgimen simplificado del IVA, o que cumplan los topes y condiciones de este rgimen cuando no sean responsables del IVA, deben tomarse en cuenta lo que dijimos en los numerales 5 y 6 anteriores) Por emolumentos eclesisticos efectuados a personas naturales que no sean declarantes de renta Decreto 886 de 27/03/2006; si el pago se realiza a una persona del rgimen simplificado del IVA, o que cumplan los topes y condiciones de este rgimen cuando no sean responsables del IVA, deben tomarse en cuenta lo que dijimos en los numerales 5 y 6 anteriores) Sobre dividendos gravables que se lleguen a distribuir despus de marzo 1 de 2007 (y sin importar el ao al que corresponda el dividendo; ver Dec.567 de marzo 1 de 2007)

Tarifas

25

No aplica

$1

1%

26

27

$ 703.000

1%

27 28 29 30

27 92 160 No aplica

$ 703.000 $ 2.397.000 $ 4.168.000 $1

3.5% 1.5% 0.5% 0.1%

31

27

703.000

1%

32

No aplica

$1

1,5%

33

27

$ 703.000

4%

34

27

$ 703.000

3,5%

35

No aplica

$1

20%, 33% segn el tipo de socio de que se trate

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012

Retencin a ttulo del impuesto de Renta y Complementarios 20122. Cuando el beneficiario del pago sea considerado No residente en Colombia y el pago sea considerado como un "ingreso de fuente nacional"(Ver Art.9, 10, 24 , 25, 319 a 328 y 406 a 419 del E.T. (Ver nota 1 y Nota 2 abajo)

No.

Conceptos

A partir de (cifras en trminos de UVT)

A partir de (cifras en pesos) $1 (pero de las utilidades que de haberse distribuido a un residente en Colombia hubieren estado "gravadas") $1

Tarifas

1

Dividendos y participaciones Ver. Art. 245 del E.T. Ver Art. 391 del E.T. Ver Art. 407 del E.T.

No aplica

33%

2

3

Intereses, comisiones, honorarios, regalas, arrendamientos, compensaciones por servicios personales, o explotacin de toda especie de propiedad industrial Art. 408 inci.1 del E.T. Consultoras, servicios tcnicos y de asistencia tcnica, bien sea que se presten en Colombia o desde el exterior Art.408 , incis.2 del E.T. Para artistas extranjeros que efecten presentaciones artsticas o culturales en Colombia (ver artculo 5. De la Ley 1493 del 26 de Diciembre de 2011) Pagos por intereses sobre nuevos prestamos en el exterior superiores a 1 ao, y los pagos sobre la parte correspondiente a financiacin en los cnones de leasing que se paguen sobre nuevos contratos de leasing en el exterior, firmados despus de diciembre 31 de 2010 (ver art. 408 del E.T. modificado con art. 47 y 65 ley 1430 de 2010)

No aplica

33% 10% como tarifa nica de renta 8% 14% (esta tarifa cambia al 1% si el contrato de Leasing es sobre aeronaves

No aplica

$1

4

No aplica

$1

5

No aplica

$1

Retencin a ttulo del Impuesto sobre las Ventas 2012(Art. 437-1 y 437-2 del E.T.) (Ver nota 3 abajo)A partir de (cifras en trminos de UVT) A partir de (cifras en pesos)

No.

Conceptos Por compras de bienes gravados con IVA (cuyo valor antes de IVA sea de $ 703.000 en adelante; 27 UVTS ) y servicios gravados con IVA (cuyo valor antes de IVA sea $104.000 en adelante; 4 UVTS), y sucediendo que el beneficiario del pago es residente en Colombia, y el pago se realiza por fuera del sistema de tarjetas dbito o crdito Ver Art. 437-1 Ver Art. 437-2 del E.T. Ver Dec. 380 de 1996 Ver Dec. 782 de 1996, Art.1 y 2 (es el tem 84 y 85 en la tabla del Art.868-1 del E.T.). Si el pago es por un servicio gravado a un responsable del IVA en el rgimen simplificado, y la sumatoria de los pagos mensuales es inferior a 100 UVT ($2.604.900), entonces no habra ni retencin de renta ni retencin de IVA (ver art. 13 de la Ley

Tarifas 50% del IVA (si quien realiza el pago o abono en cuenta no es un proveedor de las Sociedades de comercializacin internacional o si siendo un proveedor de las SCI sucede que es un Gran Contribuyente).

1

No aplica

La base es el 100% del valor del IVA facturado o terico (ver nota 4 abajo)

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012A partir de (cifras en trminos de UVT) A partir de (cifras en pesos)

No.

Conceptos xxx de 2011 y el artculo 1 del decreto 782 de 1996);

Tarifas Esta tarifa cambia al 75% si quien efecta el pago o abono en cuenta es un proveedor de una S.C.I y si al mismo tiempo sucede que quien hizo la venta gravada es alguien del rgimen comn (ver numeral 7 del art.437-2 del E.T. y el Decreto 493 de febrero de 2011 modificado con decreto 1919 de junio 1 de 2011)

2

3

Pagos a establecimientos comerciales que aceptan como medio de pago las tarjetas dbito o crdito (en estos casos, el agente de retencin es el banco emisor de la tarjeta dbito o crdito), y si la compra que se cancela es por bienes gravados con IVA (cuyo valor antes de IVA sea de $ 703.000 en adelante; 27 UVTS ) servicios gravados con IVA (cuyo valor antes de IVA sea $104.000 en adelante; 4 UVTS) Ver Dec. 782 de 1996, Art.1 y 2 (es el tem 84 y 85 en la tabla del Art.868-1 del E.T.) Ver DR.1626 de 2001, Art.1 Por el pago de servicios gravados con IVA (cuyo valor antes de IVA sea $104.000 en adelante; 4 UVTS), prestados en suelo colombiano, pero quien prest el servicio es un no residente en Colombia Ver pargrafo del Art.437-1 del E.T. Por compras de aviones (en este caso el agente de retencin es la Aeronutica Civil) Art.437-2, numeral 6 del E.T. A partir de julio 1 de 2007, Por compras de hojas tabaco (cuyo valor antes de IVA sea de $ 703.000 en adelante; 27 UVTS) Art.1 Dec.2286 de junio 20 de 2007 A partir de Octubre 27 de 2010, por compras de oro que realice el Banco de la Repblica a los productores o comercializadores de oro (cuyo valor antes de IVA sea de $ 703.000 en adelante; 27 UVTS) Art.1 Dec.3991de Octubre 27 de 2010

No aplica

La base es el 100% del valor del IVA facturado o terico (ver nota 4 abajo)

10% del Iva

No aplica

La base es el 100% del IVA terico (ver nota 4 abajo) La base es el 100% del IVA terico (ver nota 4 abajo) La base es el 100% del IVA terico (ver nota 4 abajo) La base es el 100% del IVA terico (ver nota 4 abajo)

100% del IVA

4

No aplica

100% del IVA

5

No aplica

75% del IVA

6

No aplica

75% del IVA

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012Notas: (1) Las personas naturales que efecten pagos, sin importar ninguna caracterstica en especial, son tambin agentes de retencin a ttulo de renta y complementarios nicamente por los conceptos de salarios (ver Art.383 del E.T.), e igualmente en todos los casos en los que el beneficiario sea un no residente en Colombia. De otra parte, para poder actuar durante el 2012 como agentes de retencin a ttulo del impuesto de renta y complementarios, cuando el beneficiario sea un residente en Colombia, y por los conceptos de honorarios, comisiones, servicios y arrendamientos (Art.392 del E.T.), rendimientos financieros (Art.395 del E.T.) y compras (Art.401 del E.T.), se exige que la persona natural que hace el pago cumpla con la totalidad de los siguientes dos requisitos (ver Art.368-2 del E.T.): a) Ser comerciante obligado a llevar libros de contabilidad. 1 b) Haber tenido a dic de 2011 un patrimonio bruto o unos ingresos brutos superiores a $753.960.000 (30.000 UVTS por el valor de la UVT a dic 31 de 2011, es decir, 30.000 x $25.132; ver art.868 modificado con art.50 de la ley 1111/06; ver tambin el tem 13 en la nueva tabla del Art.868-1 del E.T.) (2) La ley 1111 de dic. 27 de 2006 derog toda la normatividad que estaba relacionada con el impuesto complementario de remesas (ver Art.78 de la ley, el cual derog los artculos 319, 320, 321, 321-1, 322 y 328 del E.T.). En consecuencia, a partir del ao gravable 2007 ya no se debern practicar retenciones en la fuente a ttulo del impuesto de remesas. En concordancia con lo anterior, la misma ley 1111 de 2006, con sus artculos 24 y 78, derog la alusin que se haca a dicha retencin por remesas en los artculos 408, 418 y 419 del E.T. Igualmente, con el art.78 de la ley 1111 se derog el Art. 417 del E.T. (3) Solo cuando el valor de la compra antes de IVA da base para hacer retencin a titulo de renta, en ese caso se har tambin la retencin a titulo de IVA. Pero se hace sobre el valor del IVA liquidado (Ver DR 782/96 Art.1 y 2).1

(4) El IVA terico es el que tiene que calcular el comprador cuando hace la compra de bienes o servicios gravados a un vendedor persona natural del rgimen simplificado. (5) En los pagos o abonos que incorporen Impuestos, Tasas y Contribuciones, dichos valores sern descontados de la base sujeta a retencin. Igualmente se descontar de la base el valor de las propinas incluidas en la suma por pagar.

Sobre este punto, recomendamos ver nuestro editorial de Octubre de 2010 : "Profesionales que llevan contabilidad voluntariamente: Se consideraran comerciantes obligados a practicar Retenciones en la fuente? en Anexos 2 Artculos y Documentos de Referencia

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Tasa de Cambio Representativa del Mercado (TRM) 2011

Da

Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012

actualicese.com1846,97 1,50%

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31

Enero 1.913,98 1.913,98 1.913,98 1.902,71 1.899,86 1.894,82 1.869,94 1.859,97 1.859,97 1.859,97 1.859,97 1.856,79 1.855,46 1.864,36 1.872,46 1.872,46 1.872,46 1.872,46 1.864,64 1.841,90 1.849,59 1.838,94 1.838,94 1.838,94 1.842,43 1.853,71 1.862,05 1.858,70 1.857,98 1.857,98 1.857,98

Febrero 1.867,82 1.853,33 1.852,67 1.863,03 1.872,01 1.872,01 1.872,01 1.871,81 1.875,32 1.891,54 1.889,10 1.880,37 1.880,37 1.880,37 1.891,84 1.902,01 1.907,69 1.893,46 1.879,15 1.879,15 1.879,15 1.879,15 1.889,69 1.898,28 1.898,39 1.895,56 1.895,56 1.895,56

Marzo 1.907,37 1.913,21 1.916,05 1.904,73 1.890,23 1.890,23 1.890,23 1.893,17 1.889,85 1.879,49 1.871,97 1.866,20 1.866,20 1.866,20 1.876,29 1.887,67 1.892,62 1.876,78 1.874,79 1.874,79 1.874,79 1.874,79 1.866,34 1.867,74 1.865,11 1.871,37 1.871,37 1.871,37 1.877,84 1.888,00 1.879,47

Abril 1.870,60 1.858,95 1.858,95 1.858,95 1.846,78 1.838,29 1.826,97 1.825,09 1.817,35 1.817,35 1.817,35 1.815,79 1.818,14 1.818,91 1.811,10 1.800,63 1.800,63 1.800,63 1.799,79 1.790,54 1.782,59 1.782,59 1.782,59 1.782,59 1.782,59 1.781,56 1.787,88 1.784,11 1.767,54 1.768,19

Mayo 1.768,19 1.768,19 1.768,37 1.767,05 1.763,45 1.769,46 1.763,12 1.763,12 1.763,12 1.779,70 1.791,72 1.798,66 1.807,86 1.805,37 1.805,37 1.805,37 1.814,98 1.826,03 1.824,62 1.814,99 1.819,86 1.819,86 1.819,86 1.828,12 1.828,64 1.831,58 1.829,75 1.817,34 1.817,34 1.817,34 1.817,34

Junio 1.797,83 1.789,41 1.784,12 1.785,05 1.785,05 1.785,05 1.785,05 1.770,13 1.769,83 1.772,59 1.774,94 1.774,94 1.774,94 1.777,64 1.774,24 1.781,40 1.793,92 1.787,80 1.787,80 1.787,80 1.789,47 1.780,48 1.779,10 1.788,11 1.787,80 1.787,80 1.787,80 1.787,80 1.786,73 1.780,16

Julio 1.772,32 1.762,59 1.762,59 1.762,59 1.762,59 1.766,57 1.767,47 1.759,38 1.759,41 1.759,41 1.759,41 1.768,42 1.765,32 1.758,25 1.748,41 1.750,90 1.750,90 1.750,90 1.758,99 1.757,49 1.757,49 1.756,38 1.757,35 1.757,35 1.757,35 1.768,02 1.759,88 1.764,89 1.771,15 1.777,82 1.777,82

Agosto 1.777,82 1.771,81 1.765,53 1.772,52 1.781,33 1.792,68 1.792,68 1.792,68 1.811,18 1.811,68 1.800,97 1.793,47 1.783,35 1.783,35 1.783,35 1.783,35 1.776,66 1.767,29 1.775,84 1.779,05 1.779,05 1.779,05 1.779,86 1.781,91 1.791,61 1.791,05 1.794,02 1.794,02 1.794,02 1.787,52 1.783,66

Septiembre 1.780,26 1.778,51 1.782,80 1.782,80 1.782,80 1.782,80 1.791,89 1.789,30 1.789,90 1.796,58 1.796,58 1.796,58 1.811,34 1.813,42 1.824,15 1.822,04 1.820,29 1.820,29 1.820,29 1.843,26 1.854,96 1.882,23 1.915,63 1.902,45 1.902,45 1.902,45 1.903,31 1.887,38 1.907,75 1.915,10

Octubre 1.929,01 1.929,01 1.929,01 1.943,80 1.972,76 1.967,56 1.952,09 1.931,64 1.931,64 1.931,64 1.931,64 1.913,60 1.896,72 1.909,12 1.895,33 1.895,33 1.895,33 1.895,33 1.902,47 1.900,10 1.905,95 1.897,45 1.897,45 1.897,45 1.878,78 1.875,55 1.878,10 1.862,84 1.863,06 1.863,06 1.863,06

Noviembre 1.871,49 1.891,38 1.889,66 1.905,38 1.915,72 1.915,72 1.915,72 1.915,72 1.908,71 1.917,69 1.913,65 1.913,65 1.913,65 1.913,65 1.913,65 1.915,41 1.912,20 1.910,83 1.917,45 1.917,45 1.917,45 1.928,47 1.925,39 1.932,63 1.932,63 1.948,48 1.948,48 1.948,48 1.946,28 1.967,18

Diciembre 1.948,51 1.949,56 1.938,83 1.938,83 1.938,83 1.936,29 1.936,11 1.930,57 1.930,57 1.927,10 1.927,10 1.927,10 1.932,30 1.929,01 1.937,60 1.935,96 1.935,64 1.935,64 1.935,64 1.939,39 1.932,08 1.935,72 1.927,71 1.920,93 1.920,93 1.920,93 1.920,93 1.920,16 1.938,52 1.942,70 1.942,70

Promedio Devaluacion

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012

IPC 3.63% para Ingresos Medios Certificado por el DANE para el perodo diciembre 2010 a diciembre de 2011(Artculo 64, Decreto 2649 de 1.993)

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012

IPC general 3.73% para Ingresos Certificado por el DANE para el perodo diciembre 2010 a diciembre de 2011

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221998 1,79 3,28 2,60 2,90 1,56 1,22 0,47 0,03 0,29 0,35 0,17 0,91 16,70 1999 2,21 1,70 0,94 0,78 0,48 0,28 0,31 0,50 0,33 0,35 0,48 0,53 9,23 2000 1,29 2,30 1,71 1,00 0,52 -0,02 -0,04 0,32 0,43 0,15 0,33 0,46 8,75 2001 1,05 1,89 1,48 1,15 0,42 0,04 0,11 0,26 0,37 0,19 0,12 0,34 7,65 2002 0,80 1,26 0,71 0,92 0,60 0,43 0,02 0,09 0,36 0,56 0,78 0,27 6,99 2003 1,17 1,11 1,05 1,15 0,49 -0,05 -0,14 0,31 0,22 0,06 0,35 0,61 6,49 2004 0,89 1,20 0,98 0,46 0,38 0,60 -0,03 0,03 0,30 -0,01 0,28 0,30 5,50 2005 0,82 1,02 0,77 0,44 0,41 0,40 0,05 0,00 0,43 0,23 0,11 0,07 4,85 2006 0,54 0,66 0,70 0,45 0,33 0,30 0,41 0,39 0,29 -0,14 0,24 0,23 4,48 2007 0,77 1,17 1,21 0,90 0,30 0,12 0,17 -0,13 0,08 0,01 0,47 0,49 5,69 Base Diciembre de 2008 = 100,00 2011 2010 2009 2008 0,91 0,69 0,59 1,06 0,60 0,83 0,84 1,51 0,27 0,25 0,50 0,81 0,12 0,46 0,32 0,71 0,28 0,10 0,01 0,93 0,32 0,11 -0,06 0,86 0,14 -0,04 -0,04 0,48 -0,03 0,11 0,04 0,19 0,31 -0,14 -0,11 -0,19 0,19 -0,09 -0,13 0,35 0,14 0,19 -0,07 0,28 0,42 0,65 0,08 0,44 3,73 3,17 2,00 7,67

Colombia, Indice de Precios al Consumidor (IPC) (variaciones porcentuales) 1996 - 2011

Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012

Histrico del Indice de Precios al Consumidor 2011

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AO 2011, MES 12 Mes Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre En ao corrido

1996 2,51 4,01 2,10 1,97 1,55 1,14 1,51 1,10 1,19 1,15 0,80 0,72 21,63

1997 1,65 3,11 1,55 1,62 1,62 1,20 0,83 1,14 1,26 0,96 0,81 0,61 17,68

* Entre octubre de 2006 y septiembre de 2007 se realiz la Encuesta de Ingresos y Gastos en el macro de la Gran Encuesta Integrada de Hogares, teniendo una cobertura de 42733 hogares para las 24 principales ciudades del pas, lo cual permiti determinar cambios en los hbitos de consumo y la estructura del gasto de la poblacin colombiana. Con los resultados de esta encuesta, bajo el trabajo de un grupo interdisciplinario de especialistas y la asesora de la entidad estadstica del Canad, se desarrollo una nueva metodologa para calcular el IPC, que es aplicada a partir de enero de 2009. Se cre una nueva canasta con una estructura de dos niveles, uno fijo y uno flexible, que permite actualizar la canasta de bienes y servicios, por cambios en el consumo final en un periodo relativamente. Adems de la ampliacin de la canasta, el nuevo IPC-08 ampli su cobertura geogrfica a 24 ciudades.

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IPC 3.65% para Ingresos Medios (base de la UVT)Certificado por el DANE para el perodo 1 de Octubre de 2010 a Octubre del 2011(Artculo 868 del Estatuto Tributario)

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Modelos de Dictmenes para el 2011Modelo de dictamen sin salvedades que la Revisora Fiscal prepara para microempresas por el 2012A continuacin se presenta un modelo de dictamen limpio osin salvedades que los Revisores Fiscales expediran por el ao 2012 a las sociedades comerciales que sean microempresas, modelo en el cual se dara cumplimiento a lo dispuesto por el decreto 1878 de mayo de 2008 y la circular 11500011 de Octubre de 2008, numeral 6, expedida por Supersociedades. Hay que recordar que el Decreto 1878 de mayo de 2008 estableci que las microempresas y entes no comerciales ya no quedan obligadas a elaborar el Estado de Cambios en el Patrimonio, ni el Estado de Cambios en la situacin Financiera ni el Estado de flujos de efectivo. Solamente debern elaborar el Balance General y el Estado de Resultados junto con sus notas e informes de gestin de los administradores. Este modelo aplica en los casos en que un mismo Revisor Fiscal haya examinado los Estados financieros del ejercicio 2011 y los del 2012. Si se da el caso de que solo examin los del ejercicio 2012 pero no los del 2011, en ese caso se deber indicar tal situacin y mencionar el tipo de dictamen que emiti el anterior Revisor.

Dictamen del revisor fiscal, en cumplimiento a lo dispuesto por el decreto 1878 de mayo de 2008 y la circular 115-00011 de Octubre de 2008, numeral 6, expedida por Superintendencia de Sociedades.A los seores Asociados (socios, accionistas.) de la Compaa XXX. He auditado los balances generales de la Compaa XXX al 31 de diciembre de 2011 y 2010 y los correspondientes Estados de Resultados por los aos terminados en esas fechas y el resumen de las polticas contables ms significativas. La administracin es responsable de la preparacin y la adecuada presentacin de los estados financieros de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia. Esta responsabilidad incluye: disear, implementar y mantener el control interno relevante a la preparacin y presentacin de los estados financieros que estn libres de errores de importancia relativa, ya sea debidas a fraude o error; seleccionando y aplicando polticas contables apropiadas, y haciendo estimaciones contables que sean razonables en las circunstancias. M responsabilidad es expresar una opinin sobre los estados financieros con base en m auditora. Obtuve las informaciones necesarias para cumplir mis funciones de revisora fiscal y llev a cabo mi trabajo de acuerdo con normas de auditora generalmente aceptadas en Colombia. Una auditora incluye realizar procedimientos para obtener evidencia de auditora sobre los montos y revelaciones en los estados financieros, dichas normas requieren que se planee y practique la auditora para obtener seguridad razonable sobre si los estados financieros estn libres de representacin errnea de importancia relativa. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluyendo la evaluacin del riesgo de errores materiales en stos. En el proceso de realizar esta evaluacin de riesgo, el auditor debe considerar los controles internos relevantes para que la entidad prepare y presente adecuadamente los estados financieros, para luego poder disear procedimientos de auditora que sean adecuados en las circunstancias. Una auditora tambin incluye la

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012evaluacin del uso apropiado de las polticas contables y la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la administracin, as como la presentacin completa de los estados financieros. En mi opinin, los citados estados financieros auditados por m fueron fielmente tomados de los libros, presentan razonablemente la situacin financiera de la Compaa XXX. al 31 de diciembre de 2011 y 2010 y los resultados de sus operaciones por los aos terminados en esas fechas, de conformidad con principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia, los cuales fueron uniformemente aplicados. Con base en el desarrollo de mis dems labores de revisora fiscal, concepto tambin que durante los aos 2011 y 2010 la contabilidad de la Compaa XXX se llev de conformidad con las normas legales y la tcnica contable; las operaciones registradas en los libros y los actos de los administradores se ajustaron a los estatutos y a las decisiones del Mximo rgano Social y de la Junta Directiva; la correspondencia, los comprobantes de las cuentas y los libros de actas y de registro de accionistas se llevaron y conservaron debidamente; se observaron medidas adecuadas de control interno y de conservacin y custodia de los bienes de la Compaa y de terceros en su poder; se liquidaron en forma correcta y se pagaron en forma oportuna los aportes al sistema de seguridad social integral; y existe la debida concordancia entre la informacin contable incluida en el informe de gestin de los administradores y la incluida en los estados financieros adjuntos.

_____________________ Juan Carlos Prez Ruiz T.P. No. xxxx Cali, Marzo 31 de 2012 Domicilio: Centro Comercial Unicentro, oficina 313

Dictamen de Contador Pblico Independiente para SASModelo de Dictamen de Contador Pblico Independiente para los Estados Financieros 2011 de una S.A.S. que arroj utilidades por dicho ejercicio y que NO califica como Microempresa (ver Artculo 28 de la Ley 1258 del 5 de Diciembre de 2008; pargrafo del artculo 22 Decreto 2649 de 1993 y nuestro editorial: Las S.A.S. que generen utilidades requieren que un Contador dictamine sus Estados Financieros en Anexos 2 Artculos y Documentos de Referencia) Estados Financieros fueron preparados bajo la responsabilidad de la administracin. Mi responsabilidad es la de expresar una opinin sobre los mismos con base en mi auditora. Realic mi auditora de acuerdo con normas de auditora generalmente aceptadas en Colombia. Esas normas requieren que una auditora se planifique y se lleve a cabo de tal manera que se obtenga una seguridad razonable en cuanto a si los Estados Financieros estn exentos de errores importantes en su contenido. Una auditora incluye el examen, sobre una base selectiva, de la evidencia que respalda las cifras y las notas informativas en los Estados Financieros. Incluye tambin la evaluacin de las normas y principios contables utilizados y de las principales estimaciones efectuadas por la administracin, as como la evaluacin de la presentacin global de los Estados Financieros. Considero que mi auditora proporciona una base razonable para expresar mi opinin. En mi opinin, los Estados financieros arriba mencionados presentan razonablemente, en todotransformacin que no se justific debido a la Sentencia C 831 de Octubre de 2010, ni por la ley 1430 y el Decreto 4825 del 2010 que las obliga a pagar aunque se hayan transformado

Al (los) Accionista(s) de Compaa XXXXX S.A.S He auditado el Balance General de la Compaa XXXXX S.A.S al 31 de diciembre de 2011, y los correspondientes Estados de Resultados, de Cambios en el Patrimonio, de Cambios en la Situacin Financiera y de Flujos de Efectivo por el perodo xxxx2 a diciembre 31 de 2011. Dichos2

Hasta la fecha de esta publicacin se han constituido cerca de 45.000 SAS en Colombia, algunas de ellas fruto de conversin de Sociedades Annimas para evitar tener Revisor Fiscal , otras para buscar reducir el pago del Impuesto al Patrimonio 2011 a 2014 ,

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012aspecto significativo, la situacin financiera de la Compaa XXXXX S.A.S al 31 de Diciembre de 2011, los resultados de las operaciones, los cambios en el patrimonio, los cambios en su situacin financiera y los flujos de efectivo por el periodo XXX a Diciembre 31 de 2011, de conformidad con Principios de Contabilidad generalmente aceptados en Colombia, aplicados uniformemente. Se firma en (Ciudad), a los 31 das del mes de Marzo de 2012. Nombre Firma Tarjeta Profesional

Modelo de Dictamen de Contador Pblico Independiente para los Estados Financieros 2011 de una S.A.S. que arroj utilidades por dicho ejercicio y que S califica como Microempresa(ver Artculo 28 de la Ley 1258 del 5 de Diciembre de 2008; pargrafo del artculo 22 Decreto 2649 de 1993 y nuestros editoriales: Las S.A.S. que generen utilidades requieren que un Contador dictamine sus Estados Financieros y Las SAS que califiquen como Microempresas solo elaboran el Balance General y el Estado de Resultados en Anexos 2 Artculos y Documentos de Referencia). Al(los) Accionista(s) de Compaa XXXXX S.A.S He auditado el Balance General de la Compaa XXXXX S.A.S al 31 de diciembre de 2011, y su correspondiente Estado de Resultados por el perodo xxxx 3a diciembre 31 de 2011. Dichos Estados Financieros fueron preparados bajo la responsabilidad de la administracin. Mi responsabilidad es la de expresar una opinin sobre los mismos con base en mi auditora. Realic mi auditora de acuerdo con normas de auditora generalmente aceptadas en Colombia. Esas normas requieren que una auditora se planifique y se lleve a cabo de tal manera que se obtenga una seguridad razonable en cuanto a si los Estados Financieros estn exentos de errores importantes en su contenido. Una auditora incluye el examen, sobre una base selectiva, de la evidencia que respalda las cifras y las notas informativas en los Estados Financieros. Incluye tambin la evaluacin de las normas y principios contables utilizados y de3

las principales estimaciones efectuadas por la administracin, as como la evaluacin de la presentacin global de los Estados Financieros. Considero que mi auditora proporciona una base razonable para expresar mi opinin. En mi opinin, los Estados financieros arriba mencionados presentan razonablemente, en todo aspecto significativo, la situacin financiera de la Compaa XXXXX S.A.S al 31 de Diciembre de 2011 al igual que los resultados de las operaciones por perodo xxxx a diciembre 31 de 2011, de conformidad con Principios de Contabilidad generalmente aceptados en Colombia, aplicados uniformemente. Se firma en (Ciudad), a los 31 das del mes de Marzo de 2012 Nombre Firma Tarjeta Profesional

Si la SAS , fue constituida en el ao 2009, los Estados Financieros del 2010 deben ser preparados en forma comparativa como lo establece la Ley 222 de 1.995 y en el Dictamen hacer mencin.El Dictamen implica la responsabilidad de haber revisado la informacin y fundamentado en los criterios que sobre el tema indican las NIAS , Normas Internacionales de Auditora

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012

Cmo queda el Rgimen Simplificado del IVA para el 2012Nuevamente son 8 los requisitos que se deben cumplir en su totalidad durante el 2012 por parte de las Personas Naturales que pretendan operar bajo este rgimen. Entre dichos requisitos figura el de no haber obtenido ingresos operacionales gravados durante el 2011 superiores a los $ 100.528.000 (4 .000 UVT). Las personas naturales que durante el ao 2012 pretendan seguir ejerciendo actividades gravadas con IVA, al igual que aquellas que tengan pensado iniciar ese tipo de actividades durante dicho ao, podrn hacerlo bajo el Rgimen simplificado del IVA solo si renen la totalidad de los requisitos que para ello se exigen en el artculo 499 del Estatuto Tributario (Nota: las actividades gravadas con IVA involucran venta de mercancas, o prestacin de servicios o realizacin de juegos de azar distintos de Loteras; Ver Artculo 420 del Estatuto Tributario). Se debe empezar aclarando que durante el ao 2012 las condiciones para poder pertenecer al Rgimen Simplificado del IVA sern las mismas que rigieron durante el pasado ao 2011 pues en lo transcurrido del ao 2011 no se produjeron reformas tributarias ni fallos de constitucionalidad que afectaran en su aplicacin para el ao 2012 a los artculos 499, 502, 505, 506 y 508-2 del Estatuto Tributario que son las principales normas que aplican a quienes desean funcionar bajo este Rgimen. Lo nico que s se deber tomar en cuenta es la actualizacin de las cifras que en trminos de UVT estn contenidas dentro de los numerales del Artculo 499 del Estatuto Tributario, pues varias de esas cifras aplican en referencia al ao fiscal CORRIENTE (para nuestro caso el 2012), mientras que otras hacen referencia a valores del ao fiscal inmediatamente ANTERIOR (para nuestro caso, el ao fiscal 2011). En consecuencia, cuando se trate de cifras referidas al ao fiscal corriente, las UVT mencionadas en el artculo 499 del Estatuto Tributario deben actualizarse con el valor oficial de la UVT para el 2012 (que fue definido en $26.049). Y si la cifra en UVT se entiende referida a valores del ao anterior, tales UVT se calcularn con el UVT que rigi hasta Diciembre 31 de 2011 ($25.132).

Se debern cumplir 8 requisitos.Aclarado lo anterior, podemos establecer que durante el ao 2012 podrn seguir perteneciendo al rgimen simplificado del IVA (o podrn inscribirse por primera vez en dicho rgimen si es que apenas durante el 2012 piensan iniciar alguna actividad que las convierta en responsables del IVA) las Personas Naturales que cumplan con la totalidad de los siguientes requisitos:

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Gua de Referencia Contable y Tributaria ao 2012Requisito 1. En al ao anterior, es decir, en el ao 2011 , sus ingresos BRUTOS fiscales, provenientes de su actividad operacional gravada (es decir, los provenientes de la venta de bienes corporales muebles gravados, o de prestacin de servicios gravados o de ejecucin de juegos de suerte y azar, pero sin incluir ingresos por operaciones excluidas o los ingresos extraordinarios tales como ventas de activos fijos, o herencias, o loteras, o dividendos, o salarios, etc; ver el Concepto Unificado del IVA 001 de Junio de 2003 de la DIAN, Ttulo IX, Capitulo II, numeral 2.3 ), no pudieron haber excedido los .. 2. Durante el 2012, sus establecimientos de comercio, oficinas, locales o sedes de negocio no pueden exceder de. 3. Durante el 2012, en su establecimiento de comercio, oficina, sede o local le est prohibido desarrollar negocios bajo la modalidad de. 4. Durante el 2012 no puede llegar a efectuar operaciones que lo conviertan en usuario aduanero, es decir, no puede. Lmite (o restriccin) $ 100.528.000 (4.000 UVTs x $25.132)

Mximo uno Franquicia, concesin, regala, autorizacin o cualquier otro sistema que implique la explotacin de intangibles Intervenir directa o indirectamente en las operaciones de importacin y/o exportacin de bienes y/o servicios y/o de trnsito aduanero (consltese nuestra herramienta Tabla resumen para diligenciar en el RUT el cdigo de Usuario Aduanero en nuestra seccin

Modelos y Formatos).5. Durante el 2011 no pudo haber celebrado contratos de venta de bienes o prestacin de servicios gravados con IVA por cuanta individual y superior a . 6. Durante el 2012 no puede llegar a celebrar contratos de venta de bienes o prestacin de servicios gravados con IVA por cuanta individual y superior a . (Nota: Si durante el 2012 pretende llegar a firmar un contrato para vender bienes gravados o prestar servicios gravados, y la cuanta del contrato va a superar la cifra aqu reseada, en ese caso deber inscribirse en el Rgimen Comn antes de la celebracin del contrato; ver pargrafo 1 del artculo 499) 7. Durante el 2011 sus consignaciones bancarias (en todo el sistema bancario, ya sea en Colombia o en el exterior, y sin importar