e factura 2009
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Factura Electrónica
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e - facturaNormativa Vigente Concepto CaracterísticasVentajas Sujetos AlcanzadosTipos de ComprobantesSistemas
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e - factura
La AFIP se ha fijado como objetivo establecer un régimen de emisión por medios electrónicos de los comprobantes respaldatorios de las operaciones comerciales que se
realizan, que permitan paulatinamente ir eliminando el papel como soporte de la documentación comercial de los contribuyentes; y además que el Fisco tenga más
información sobre las operaciones realizadas , permitiéndole una mayor posibilidad de fiscalización de los
responsables.
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Normativa Vigente
En primer lugar se emitió la R.G. Nº 1361 (B.O. 25/10/2002) estableciendo un régimen especial de emisión y almacenamiento de duplicados electrónicos de comprobantes de registración de operaciones.
Luego, la AFIP dictó la R.G. Nº 2177 (B.O. 27/12/2006) disponiendo un régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales (factura electrónica).
Esta norma fue sustituida por la R.G. Nº 2485 (B.O. 03/09/2008) siendo la normativa vigente.
Por último se publicó la R.G. Nº 2511 (B.O. 31/10/2008, modificatoria de la RG 2485.
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¿Qué es la e-factura?
Si decimos que una factura es básicamente el sustento documental que refleja intercambios de contenido económico,
podemos definir a la factura electrónica como la representación electrónica de un comprobante respaldatorio de determinadas operaciones comerciales, que un usuario genera, transmite y almacena electrónicamente, y que cuenta con plena validez fiscal.
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Características
Deben ser identificados con un punto de venta específico.
Deben tener correlatividad numérica.
Solo tendrá efectos fiscales frente a terceros, cuando el documento contenga el Código de Autorización Electrónico C.A.E. asignado por la AFIP.
Cada comprobante tendrá una fecha de vencimiento de 10 días corridos desde la asignación del C.A.E., para ser enviada en dicho plazo al comprador, locatario o prestatario.
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Ventajas
Disminución de los costos derivados de la utilización del papel.
Ahorro en los costos de envío de la documentación por el uso de nuevos canales de remisión como el e-mail o Internet.
Facilitar el aprovechamiento de nuevas tecnologías para: Eliminar las distancias geográficas. Ampliar el horario de atención para nuevas transacciones ya
que es posible automatizar aspectos de la relación comercial. Habilitar un nuevo canal de comunicación, dándole al
vendedor la posibilidad de prestar servicios adicionales. Ej.: acceso “on line” a la cta. cte. del cliente, acceso al stock, realizar pedidos “on line”, etc.
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¿Quiénes están obligados a emitir comprobantes electrónicos?
1) Servicios de planes de salud con abono de cuota mensual, sólo cuando corresponda emitir los comprobantes mencionados en los incisos a) y c) del artículo 3º a personas de existencia ideal.
2) Servicios de transmisión de televisión por cable y/ o vía satelital. 3) Servicios de acceso a “Internet” con abono mensual. 4) Servicios de telefonía móvil. 5) Servicios de transporte de caudales y/ u otros objetos de valor. 6) Servicios de seguridad. 7) Servicios de limpieza. 8) Prestación de servicios de publicidad. 9) Servicios de construcción, mejoras, reparación, conservación, ampliación,
remodelación, mantenimiento, administración y explotación de obras de infraestructura del transporte, cuya facturación se realice mediante cuentas corrientes y/ o por servicio de telepeaje, prestados en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
10) Servicios de informática y desarrolladores de “software” (incluye creación, diseño, desarrollo, producción e implementación y puesta a punto de los sistemas de “software” desarrollado y su documentación técnica asociada).
11) Servicios profesionales (montos de operaciones iguales o mayores a $ 600.000 anuales).
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Comprobantes alcanzados
a) Facturas o documentos equivalentes clase "A", "A" con la leyenda "Pago en C.B.U. Informada" y/o "M", de corresponder.
b) Facturas o documentos equivalentes clase "B".c) Notas de crédito y notas de débito clase "A", "A" con
la leyenda "Pago en C.B.U. Informada" y/o "M", de corresponder.
d) Notas de crédito y notas de débito clase "B".e) Facturas o documentos equivalentes clase "C".f) Notas de crédito y notas de débito clase "C".
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Sistemas
Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos (R.E.C.E.). Cuyas solicitudes podrán realizarse mediante el programa aplicativo “AFIP DGI – RECE – Régimen de emisión de comprobantes electrónicos”, “web service” o el servicio con clave fiscal “Comprobantes en línea”, este último siempre y cuando no superen los 100 comprobantes mensuales.
Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos en Línea (R.C.E.L.). Cuyas solicitudes deberán gestionarse mediante el servicio con clave fiscal denominado “Comprobantes en línea”, el cual hace las veces de un facturador en línea, emitiendo el comprobante en el momento para poder ser impreso y entregado al cliente.
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Alcance
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Cambio de Paradigma
Es que, hoy por hoy, no parece razonable que existan diferencias
entre el valor jurídico de un documento en papel y un documento
electrónico. La factura electrónica es un claro
ejemplo.Ésta, además de ser una apuesta en
favor del principio de no discriminación del medio digital, es un excelente instrumento para el
comercio electrónico.
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En España …
Desde febrero de 2003, ya cuentan con la factura digital, que es la e-factura, pero firmada digitalmente, lo que permite garantizar la integridad y autenticidad del documento. Desde entonces, las facturas firmadas digitalmente tienen en ese país total validez legal y sustituyen a todos los efectos el papel.En el año 2006, 4000 empresas ya utilizaban el sistema, emitiendo 2 millones de facturas por mes. Si la reducción de coste por factura es de 0,6/0,7 para el emisor, y 1,74/1,85 para el receptor, aproximadamente, se estimaba un ahorro de casi 5 millones de euros al mes, 60 millones al año.
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Que pasa en España …
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En Chile …
En Chile, a partir del 15 de abril de 2005, se dio un paso más adelante, al regular el otorgamiento de mérito ejecutivo a una copia de la factura electrónica, permitiendo a los contribuyentes contar con mejores herramientas para exigir su pago, al posibilitarse su cobro mediante juicio ejecutivo, facilitándose además que el saldo impago de factura pueda ser cedido si su emisor desea hacer caja antes de su vencimiento. A partir del 22 de septiembre de 2005, cuenta además con la factura de exportación electrónica.
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Sitios de Interés
Argentina:http://www.afip.gov.ar/eFactura/#a
España:www.aeat.es
Chile:http://www.sii.cl/factura_electronica/exper.htm