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1 Derecho penal Unidad 1. Generalidades del Derecho Penal 1.3.2. Proceso de creación (legislativo) Cuadro sinóptico Proceso de creación (legislativo) Iniciativa de Ley o Decreto El Derecho de iniciar leyes compete a: Ellos pueden formular y proponer una: El presidente de la República. Diputados y Senadores del Congreso de la Unión. Las Legislaturas de los estados. Las diputaciones federales de cada entidad. La Asamblea de Representantes del Distrito Federal. Cámara de Origen Se denomina Cámara de origen aquella ante la que se presenta una iniciativa. Recibe la Iniciativa y su Mesa Directiva informa al Pleno de la Asamblea y ordena su turno para estudio y dictamen en: Comisión o Comisiones Desarrollan las siguientes actividades: Reunión de trabajo. Recopilación de información y antecedentes legales. Celebración de reuniones de trabajo con expertos en la materia, especialistas, representantes de órganos de gobierno. Celebración de conferencias con Comisiones homólogas de la otra cámara. Integración de la Subcomisión de Redacción. Formulación del Proyecto de Dictamen. Presentación y explicación del Proyecto de dictamen a los miembros de la Comisión. Análisis y discusión colegiada en Comisión o comisiones conjuntas. y del dictamen por la mayoría de los miembros de la Comisión. Desarrollan las siguientes actividades: Aprobado el dictamen se a la mesa directiva de la Cámara sobre los resultados de los trabajos y la conclusión de la elaboración del dictamen para su inclusión en la orden del día y su presentación al Pleno de la Asamblea. Sesión de Pleno: 1ª lectura Se da lectura por los secretarios de la mesa. Universidad Abierta y a Distancia de México Ciencias Sociales y Administrativas

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DERECHO

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  • 1Derecho penalUnidad 1. Generalidades del Derecho Penal 1.3.2. Proceso de creacin (legislativo)

    Cuadro sinptico

    Proceso de creacin (legislativo)

    Iniciativa de Ley o Decreto

    El Derecho de iniciar leyes compete a:

    Ellos pueden formular y proponer una:

    El presidente de la Repblica. Diputados y Senadores del Congreso de

    la Unin. Las Legislaturas de los estados.

    Las diputaciones federales de cada entidad.

    La Asamblea de Representantes del Distrito Federal.

    Cmara de Origen

    Se denomina Cmara de origen aquella ante la que se presenta una iniciativa. Recibe la Iniciativa y su Mesa Directiva informa al Pleno de la Asamblea y ordena su turno para

    estudio y dictamen en:

    Comisin o Comisiones

    Desarrollan las siguientes actividades:

    Reunin de trabajo. Recopilacin de informacin y antecedentes legales. Celebracin de reuniones de trabajo con expertos en la materia, especialistas, representantes de

    rganos de gobierno. Celebracin de conferencias con Comisiones homlogas de la otra cmara. Integracin de la Subcomisin de Redaccin. Formulacin del Proyecto de Dictamen. Presentacin y explicacin del Proyecto de dictamen a los miembros de la Comisin. Anlisis y discusin colegiada en Comisin o comisiones conjuntas. y del dictamen por la mayora de los miembros de la Comisin.

    Desarrollan las siguientes actividades:

    Aprobado el dictamen se a la mesa directiva de la Cmara sobre los resultados de los trabajos y la conclusin de la elaboracin del dictamen para su inclusin en la orden del da y su presentacin al Pleno de la Asamblea.

    Sesin de Pleno:

    1 lecturaSe da lectura por los secretarios de la mesa.

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  • 2Derecho penalUnidad 1. Generalidades del Derecho Penal 1.3.2. Proceso de creacin (legislativo)

    Discusin

    Se procede a la Discusin de la iniciativa, primero en lo general y luego en particular cada uno de sus artculos.

    Agotado el orden de oradores, la Asamblea, mediante votacin econmica, determina si esta lo discutido en lo general.

    Si as lo determina procede a la valoracin nominal del Dictamen en lo General.

    Votacin en lo General

    Cada legislador se pone de pie y emite su voto. El presidente de la mesa proclama el resultado de la votacin.

    Votacin en lo particular

    Se procede a la discusin en particular. Acabada la discusin se procese a la votacin nominal.

    Aprobacin

    Concluida la votacin en lo general y en lo particular, el Presidente de la mesa proclama el resultado de la misma, declara aprobado el proyecto de Ley o decreto y lo enva a la Cmara Revisora.

    2 lecturaSe lee ante el pleno y un miembro de la Comisin lo fundamenta. Cada Grupo Parlamentario expone su posicin.

    Cmara Revisora

    Recibe de la Cmara de origen la minuta del dictamen con proyecto de decreto de la iniciativa y se somete internamente al mismo procedimiento.

    Aprobada la Iniciativa por la Cmara Revisora, el presidente de la Mesa Directiva acuerda su envo al Poder Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

    Poder Ejecutivo

    Si el titular del Ejecutivo no tuviera observaciones que hacer, lo publica en el Diario de la Federacin.

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