Transcript
Page 1: Trabajo Monográfico - TUPA

2011

Derecho Administrativo IIUniversidad César Vallejo

1

Caso Práctico – Licencia de Construcción

DERECHO CIVIL II – ACTO JURÍDICO

Escuela de Derecho

Universidad César Vallejo

Page 2: Trabajo Monográfico - TUPA

1

Caso Práctico – Licencia de Construcción

DERECHO CIVIL II – ACTO JURÍDICO

Carrera Profesional de Derecho.

UCV Universidad César Vallejo

Alumnos: Acosta del Castillo, Carlos Armando. Del Águila Bardales, Adith. Estrella Berrospi, Diana Carolina. Montilla Huamán, María Consuelo. Rodríguez Curi , Karen

Curso: Derecho Administrativo II.

Tema: Caso Práctico – Licencia de Construcción.

Profesora: Enith Ruiz Santillán.

Tarapoto — Perú

2010

Page 4: Trabajo Monográfico - TUPA

AgradecimientoExtendiendo un notable agradecimiento al ser por el cual nuestras vidas cobran sentido y está presente en cada momento, DIOS. A aquellos que con cada despertar pueden con una sonrisa bendecir nuestros días, nuestros padres, forjadores de los más notables valores; a nuestro docente por brindarnos instrucción de calidad y enfocarnos en la focalización de metas sólidas, además de todos aquellos que hicieron realidad el desarrollo de la obra monográfica que tienen entre sus manos; nuestra estima y total agradecimiento.

1

Caso Práctico – Licencia de Construcción

DERECHO CIVIL II – ACTO JURÍDICO

Page 5: Trabajo Monográfico - TUPA

1

Caso Práctico – Licencia de Construcción

DERECHO CIVIL II – ACTO JURÍDICO

AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DENTRO DEL ORGANIGRAMA DEL ESTADO

Para ubicar a la Autoridad administrativa en el caso práctico que tuvimos a bien realizar; primero debemos conocer la estructura de nuestro Estado y la ubicación del mismo, para luego determinar su actuación:

¿Qué es un Gobierno Local?

Es una entidad básica de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización.

Ubicación de la Autoridad Administrativa:

El Acto Administrativo que nos toco analizar esta intrínsecamente relacionado con el Gobierno Local puesto que el tema a tratar es sobre solicitud de licencia para construir local comercial, en tal motivo a la única área que le compete este tema es a la Municipalidad Provincial de San Martin con su respectiva oficina de Sub Gerencia de Planeamiento de Control Urbano y Catastro.

Es así que ubicamos a nuestro Acto Administrativo dentro de los Gobiernos Locales, estos son entes descentralizados del Estado los cuales se encuentran ubicados

Page 6: Trabajo Monográfico - TUPA

1

Caso Práctico – Licencia de Construcción

DERECHO CIVIL II – ACTO JURÍDICO

horizontalmente dentro de la estructura del Estado mas no están jerárquicamente subordinados.

Dentro de estos gobiernos podemos ubicar a las Municipalidades provinciales, distritales y centros poblados, los cuales contienen un consejo municipal y su respectiva alcaldía las cuales contienen empresas municipales.

En ese sentido nuestro Gobierno Local goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Organigrama:

LEY ORGÁNICA DE COMPETENCIA PARA EL CASO EN CUESTIÓN:

ARTÍCULO 73.- MATERIAS DE COMPETENCIA MUNICIPAL

(d) Emitir las normas técnicas generales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo así como sobre protección y conservación del ambiente.

1. Organización del espacio físico - Uso del suelo1.1. Zonificación.1.2. Catastro urbano y rural.1.3. Habilitación urbana.1.4. Saneamiento físico legal de asentamientos humanos.1.5. Acondicionamiento territorial.1.6. Renovación urbana.1.7. Infraestructura urbana o rural básica.1.8. Vialidad.1.9. Patrimonio histórico, cultural y paisajístico.

4. En materia de desarrollo y economía local4.2. Fomento de las inversiones privadas en proyectos de interés local.

CAPÍTULO IILAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES ESPECÍFICASARTÍCULO 79.- ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO FÍSICO Y USO DEL SUELO

1.4. Aprobar la regulación provincial respecto del otorgamiento de licencias y las labores de control y fiscalización de las municipalidades distritales en las materias

Page 7: Trabajo Monográfico - TUPA

1

Caso Práctico – Licencia de Construcción

DERECHO CIVIL II – ACTO JURÍDICO

reguladas por los planes antes mencionados, de acuerdo con las normas técnicas de la materia, sobre:

1.4.1. Otorgamiento de licencias de construcción, remodelación o demolición.1.4.2. Elaboración y mantenimiento del catastro urbano y rural.1.4.3. Reconocimiento, verificación, titulación y saneamiento físico legal de

asentamientos humanos.1.4.4. Autorizaciones para ubicación de anuncios y avisos publicitarios y

propaganda política.1.4.5. Nomenclatura de calles, parques y vías.1.4.6. Seguridad del Sistema de Defensa Civil.1.4.7. Estudios de Impacto Ambiental.

3.6. Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalización de:

3.6.1. Habilitaciones urbanas.3.6.2. Construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias

de fábrica.3.6.3. Ubicación de avisos publicitarios y propaganda política.3.6.4. Apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades

profesionales de acuerdo con la zonificación.3.6.5. Construcción de estaciones radioeléctricas y tendido de cables de

cualquier naturaleza.3.6.6. Las demás funciones específicas establecidas de acuerdo a los planes y

normas sobre la materia.

Comentario:

Dentro de la ley orgánica de municipalidades podemos encontrar los artículos en relación al tema del cual trata nuestro acto administrativo, referente a la emisión de licencias de construcción y como esto pertenece a la competencia de la municipalidad, lo resaltado en negrita son los incisos y las premisas de los artículos correspondientes al tema. Como se puede observar dentro del artículo 73º en el punto 1.1, 1.2, 1.3, 1.7 es específicamente sobre el tema en relación, la zonificación, catastro urbano y rural, habilitación urbana lo cual es directamente el otorgamiento de las licencias. El punto 4 del artículo 73º también lo agregamos porque pensamos pertinente agregar algo respecto a las inversiones privadas en relación a construcciones que puedan beneficiar a la sociedad.

Dentro del capítulo II de las competencias y funciones especificas de la municipalidad dentro del Artículo 79º sobre la organización del espacio físico y uso del suelo, abarca un aspecto más especifico sobre el tema de construcciones y otorgamiento de licencias, apreciable en el punto 1.4, 1.4.1 específicamente y dentro del punto 3.6.4 en relación a que en el acto administrativo que poseemos trata de una construcción de un centro comercial y es materia de tema porque este va a satisfacer necesidades básicas

Page 8: Trabajo Monográfico - TUPA

1

Caso Práctico – Licencia de Construcción

DERECHO CIVIL II – ACTO JURÍDICO

a desarrollarse por los ciudadanos con la presencia del edificio en circunscripción a su ubicación.

LEGISLACIÓN DE LA MATERIA CONTENIDA EN EL ACTO ADMINISTRATIVO:

CAPITULO IV

DE LAS MUNICIPALIDADES

Articulo 41º - Las Municipalidades son responsables de lo siguiente:

a) Contar con los instrumentos de planificación que definan los parámetros urbanísticos y edificatorios en caso de no tenerlos, deberán priorizar su elaboración y aprobación.

b) Poner a disposición de los propietarios de predios, de los profesionales responsables de los proyectos, y del público en general, por cualquier medio factible de comprobación, los instrumentos técnicos de planificación, edificación, y administrativos que correspondan a las habilitaciones Urbanas y Edificaciones.

c) Dar celeridad y simplificar administrativamente los tramites de consultas y autorizaciones de habilitaciones Urbanas y Edificaciones para lo que deberán contar con personal capacitado para ejercer las funciones técnicas y administrativas que correspondan, pudiendo delegar o tercerizar estas funciones.

d) Emitir los certificados de parámetros urbanísticos y edificatorios.e) Otorgar las autorizaciones para la ejecución de las obras de Habilitación

Urbana y Edificación, de acuerdo con lo que dictaminen las Comisiones Calificadoras de proyectos o de quien cumpla sus funciones.

f) Suspender las autorizaciones para la ejecución de las obras de Habilitación Urbana y de Edificación, únicamente en los casos en que se verifique plenamente que esta fue expedida contraviniendo disposiciones vigentes.

g) Fijar los requisitos a que deberán sujetarse las obras en lo referente al uso de la vía pública, horario de trabajo, instalaciones provisionales, ingreso y salida de materiales y condiciones para la protección del medio ambiente.

h) Ordenar la paralización de las obras que no estén ejecutando de acuerdo a los proyectos aprobados y licencias otorgadas y exigir las correcciones correspondientes.

i) Designar Inspectores Técnicos Municipales, los cuales se encargan de efectuar el Control Urbano.

Page 9: Trabajo Monográfico - TUPA

1

Caso Práctico – Licencia de Construcción

DERECHO CIVIL II – ACTO JURÍDICO

j) Inspeccionar las obras que se ejecuten en su jurisdicción, por medio de profesionales calificados, verificando el cumplimiento de los proyectos aprobados.

k) Comprobar, que el Proyecto ha sido ejecutado de acuerdo con los planos y especificaciones aprobados en la oportunidad en que fue otorgada la licencia de Habilitación Urbana o de Edificación, según corresponda. En caso de ser así, emitirá la Resolución de Recepción de obras de habilitación urbana o el Certificado de Finalización de obra.

l) Ordenar y ejecutar la demolición parcial o total de una obra en los casos en que exista discrepancia no subsanable con el Proyecto aprobado.

m) Dar mantenimiento a los espacios públicos y a las edificaciones que les corresponda administrar.

n) Supervisar el adecuado uso y mantenimiento de las edificaciones.o) Hacer cumplir las normas del presente Reglamento.

Comentario:

El Reglamento nacional de edificaciones comprende todo los aspectos tanto generales como específicos para que se pueda presentar la circunstancias de derecho dentro del acontecer del tema dentro el acto administrativo desde los planos de la construcción hasta las conexiones eléctricas y mecánicas de esta, los materiales que se van a emplear, la utilización del suelo, si es o no perteneciente al comercio. Dentro de los aspectos generales contenidas en el titulo 1º, el capítulo IV nos habla sobre las municipalidades y las responsabilidades que estas poseen en relación al tema de edificaciones y habilitaciones urbanas. El Articulo 41 contenido en el capitulo mencionado dentro de su inciso e) nos menciona sobre las autorizaciones o licencias que las municipalidades están encargadas de emitir para la ejecución de obras de habilitación urbana y edificación todo esto según un criterio evaluativo y para esto existe una comisión que se va a encargar de la evaluación para la post aprobación del proyecto. Y en su inciso k) también nos muestra un aspecto importante sobre la comprobación si todo lo que fue tramitado fue resuelto en cómo se especifico que se iba a realizar. En contraste general el RNE cubre todos los aspectos que van conformar la construcción o Habilitación urbana y la municipalidad cumple una función fiscalizadora tanto para la aprobación de la licencia e inicio de la Habilitación como después de la construcción si es que se realizo de la manera en como se reglamento hacer.

ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO REGULAR:

El procedimiento regular que corresponde a seguir con respecto a la solicitud de licencia para la construcción de local comercial lo encontramos en el TUPA (texto

Page 10: Trabajo Monográfico - TUPA

1

Caso Práctico – Licencia de Construcción

DERECHO CIVIL II – ACTO JURÍDICO

único de procedimientos administrativos) de la Municipalidad Provincial de San Martin el cual versa lo siguiente:

LICENCIA DE EDIFICACION: Modalidad "C"

Inciso e):Las edificaciones para locales comerciales, culturales, centros de diversión y salas de espectáculos, que individualmente o en conjunto cuenten con un máximo de 30, 000 m2 de área construida.

Los pasos a seguir son los siguientes:1. Formulario Único de Edificaciones (FUE). Consignando los datos requeridos en él.

2. Copia literal de dominio expedida por el registro de predios, con una anticipación no mayor a treinta (30) días naturales. Copia simple de la Escritura pública o minuta con firmas legalizadas ante un notario

3. En caso que el solicitante de la licencia de edificación no sea propietario del predio, se deberá presentar además de la documentación que acredite que cuenta con derecho a edificar.

4. Si el solicitante es una persona jurídica se acompañará vigencia de poder expedida por el Registro de Personas Jurídicas con una anticipación no mayor a treinta (30) días naturales.

5. Comprobante de pago por el derecho de trámite de verificación correspondiente.

6. Copia del Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios.

7. Certificados de Factibilidad de Servicios, para obra nueva de Vivienda Multifamiliar o fines diferentes al de vivienda.

8. Boleta de Habilitación de los profesionales que suscriben la documentación técnica.

9. Anteproyecto con dictamen conforme, según corresponda.

10. Documentación técnica indicada en la Modalidad "B".

Documentación técnica:

Documentación técnica suscrita por el titular y los profesionales responsables del proyecto, por duplicado, la misma que estará compuesta por:

Page 11: Trabajo Monográfico - TUPA

1

Caso Práctico – Licencia de Construcción

DERECHO CIVIL II – ACTO JURÍDICO

10.1) Plano de Ubicación y Localización, según formato.

10.2) Planos de Arquitectura, Estructuras, Instalaciones Sanitarias, Eléctrica, Electromecánicas y Gas, de ser el caso, firmados y sellados por los profesionales responsables del proyecto y por el propietario, acompañando las memorias justificativas por especialidad.

10.3) Plano de sostenimiento de excavaciones, de ser el caso y de acuerdo con lo establecido en el Art. 33º de la Norma E.050 del RNE, acompañado de Memoria Descriptiva en la que se precise las características de las excavaciones y las edificaciones colindantes, con indicación expresa del número de pisos y sótanos; la memoria deberá complementarse con fotos.

11. Recibo de pago por derechos.

Esta es la única instancia a la que se recurre para solicitar la licencia de construcción por lo cual los etapas o pasos ya mencionados son los únicos que se debe de seguir para poder llegar a la autorización de dicha licencia, ya que esta es la autoridad competente para realizar estos trámites.

APRECIACIONES FINALES:

AUTORIDAD COMPETENTE:

En el presente trabajo realizado por nosotros mismos, podemos corroborar con todo lo expuesto, que tratándose de la materia de otorgamiento de licencia de edificación para la construcción de un local comercial, fue sin duda alguna la autoridad competente que actuando bajo las normas y lo establecido por el Texto Único de Procedimientos Administrativos otorgó la licencia que contaba con todos los requisitos establecidos por la ley.

1) Formulario único de Edificaciones (FUE)2) Copia literal de dominio expedida por el registro de predios, con una

anticipación no mayor a 30 días naturales.3) copia simple de la escritura pública o minuta con firma legalizada ante

un notario.4) En caso que el solicitante de la licencia de de edificación no sea

propietario del predio, se deberá presentar además de la documentación que acredite que cuenta con derecho de edificar.

5) Si el solicitante es una persona jurídica se acompañara la vigencia de poder expedida por el registro de, con una anticipación de 30 días naturales.

Page 12: Trabajo Monográfico - TUPA

1

Caso Práctico – Licencia de Construcción

DERECHO CIVIL II – ACTO JURÍDICO

6) Comprobante de pago por el derecho de trámite de verificación correspondiente.

7) Copia de certificado de parámetros urbanísticos y edificatorios.8) Certificado de factibilidad de servicios para obra nueva de vivienda

multifamiliar o con fines diferentes al de la vivienda. Por tanto, todo lo actuado fue procedido bajo las normas favoreciendo a los administrados por su actuación en referencia al órgano competente.

MOTIVACIÓN:

El acto administrativo debe estar debidamente motivado en proporción al contenido y conforme al ordenamiento jurídico, esto responde al porqué del acto, a circunstancias de hecho y de derecho.La resolución sub gerencial Nº 1040-2010, se encuentra debidamente motivada ya que responde a los requisitos, contando con una circunstancia de hecho con la edificación del local comercial que servirá a la comunidad ya que de alguna forma estará cubriendo alguna necesidad de la misma, del mismo modo se presenta la circunstancia de derecho al hecho de construir o edificar de acuerdo y actuando bajo lo establecido por el ordenamiento jurídico, las normas así como también contando con participación de la autoridad competente, en este caso la resolución esta alimentada de las ley de municipalidades, del reglamento de la ley de edificaciones, del reglamento de zonificación de uso del suelo de la ciudad de Tarapoto, todo a través de la Municipalidad Provincial y su área de Sub Gerencia de Control Urbano y Catastro.

FINALIDAD PÚBLICA:

El contenido de cada actuación pública debe perseguir aquellas finalidades general y específica que le corresponden dirigidas al interés general, la presente resolución al tratarse de la licencia de construcción de un local comercial, como tal ofrecerá a la sociedad un bienestar ya que se estará ofreciendo al público en general cubrir una necesidad básica.

CONCLUSIONES:

Page 13: Trabajo Monográfico - TUPA

1

Caso Práctico – Licencia de Construcción

DERECHO CIVIL II – ACTO JURÍDICO

Al término del presente trabajo, podemos todos entender el funcionamiento y la importancia que tiene la administración pública para actos realizados por nosotros mismos, convirtiéndonos así en administrados para de ese modo cumplir con los deberes que el ordenamiento jurídico nos indica, sin dejar en segundo lugar a los derechos que protege la misma para cada persona o administrado.

Con el acto administrativo presentado corroboramos que los derechos y deberes de los congéneres que formamos la sociedad se ven cuidados y velados por las autoridades correspondientes y el Estado mismo con las leyes, reglamentos que ayudan a la buena formación de la sociedad.

Page 14: Trabajo Monográfico - TUPA

1

Caso Práctico – Licencia de Construcción

DERECHO CIVIL II – ACTO JURÍDICO

ANEXOS


Top Related