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TEMA 2: DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES DE LOSESPAÑOLES. (TITULO 1).

1. INTRODUCCIÓN

Los derechos y deberes fundamentales de la persona están recogidos en la parte dog-mática de nuestra Constitución (Título 1, desde el artículo 10 al 55), aunque la base de to-dos ellos se halla en el citado artículo 1 del texto constitucional, donde se dice que Españase constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valoressuperiores de su Ordenamiento jurídico, la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralis-mo político. Estos principios fundamelltales se concretan para el ciudadano en una seriede derechos frente al Estado y unos deberes hacia él.

La Doctrina científica clasifica los derechos o libertades en tres categorías:

* derechos o libertades civiles (derechos individuales).

* derechos económicos o socioeconómicos.

* derechos políticos.

Derechos o libertades civiles: derecho a la vida, a la integridad física, a la pro-pia imagen, la inviolabilidad del domicilio; el secreto de la correspondencia y otros me-dios de comunicación (teléfono, telegrama, etc.); libertad de residencia y circulación enel territorio nacional; protección contra detenciones ilegales, etc.

Derechos económicos o socioeconómicos: derecho al trabajo, a una remunera-ción digna, seguros sociales, libertad de elección de profesión; propiedad privada y he-rencia; libertad de contratación; derecho a la educación; derecho a fundar una familia,protección de los hijos, vivienda digna, etc.

. Derechos políticos: derecho de voto, derecho a ocupar cargos públicos; derechoo de petición. También se incluyen los derechos de huelga, reunión, asociación, etc:.; es-

tos últimos derechos son incluidos por algunos tratados dentro de los llamados socio-económicos.

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El título Primero de la Constitución comienza, en el artículo 10, con una declaracióngeneral que se considera el fundamento del orden político y la paz sodal, afirmando quela dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libredesarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son elfundamento del orden político y de la paz social.

~§ Q.Ofl!lasrelativas a los derech9s fundamentales y a las libertade~ que la Consti-tución reconoce se interpretarán de conformidad con la DeclaracióJ! Universal de los Dere-chos Humanos y los-fratados y -acuerdos internacionalessobre las mismas materiasratificados por-Espafta.

2. ESPAÑOLESY EXTRANJEROS.

El Capítulo Primero que lleva por rúbrica De los ~pañoles y los extranjeros,comprende los artículos 11 a 13, y declara que la nacionalldad_ espaijol.!\ se adquiere, seconserva y s~.nieI.de de acuerdo col1.10establecid9 pórTa T~y.yde -la que n() se podrá pri~ara ningún e~añol de origen; trata igualmente de la posibilidad por parte del EStado de con-certar tratados de doble nacionalidad con otros países y de los derechos de los extranje-ros en España, el1.tI:elos que destaca el ~chQ de asilo (regulado por la Ley 5/1984, de 26de marzo), la e~tradiciól) (entrega de un extranjero a las autoridades de otro país)3, J el de-recho de sufragio en elecciones munJcipales, siempre que se establezca por tratado o ley.

Los derechos y libertades de los extranjeros en España (a excepción de los que for-man parte de la Unión Europea), se ordenan fundamentalmente en la Ley Orgánica de Ex-tranjería 7/1985 y en el Reglamento aprobado por Real Decreto 155/1996 que da una nuevaregulación al control de entradas, visados, permisos de residencia, los permisos de trabajo,el contingente de mano de obra, etc.

La JJ!~yoría de edad de los ciudadanos españoles se ¡lja en los 18 años, segúnestablece el artículo 12.

3. DERECHOS Y LffiERTADES.

El Capítulo Segundo, que trata de los Derechos y libertades, se inicia con el ar-tículo 14, cuyo contenido es esencial, puesto que además de consagrar el principio de igual-Jad y no discriminación, va a servir como criterio interpretativo de todos los restantes dere-chos reconocidos por la Constitución. Este artículo reconoce en concreto el siguiente dere-cho:

3 De la que quedan excluidos los delitos políticos, no considerándose como tal el terrorismo.

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*Igualda.!i ante la ley. Todos los españoles son iguales ante la ley y no puede haberdIscriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión ni por ningunacircunstancia personal o social.

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Por otra parte, los derechos establecidos en los artículos 15 a 29 integran la Sección1a de este Capítulo Segundo bajo la rúbrica: De los derechos fundamentales y de las li-bertades públicas. Estos derechos van a ser objeto de una especial tutela por parte de laConstitución, ya que sólo van a poder ser desarrollados, respetando su contenido esencial,mediante leyes orgánicas (que requieren la mayoría absoluta de votos del Congreso)!. y suvulneración va a ser protegida por el Tribunal Constitucional con los denominados recursosde inconstitucionaiidad (si es la ley de desarrollo la que los vulnera), o de amparo (si escualquier poder público o cualquier otra persona), así como con un procedimiento preferen-te y sumario ante los Tribunales de Justicia. Los derechos fundamentales y libertades públi-cas son los siguientes:

* Derecho a la vida. Aparece unido al derecho a la integridad física de la persona. Seprohíben la torturau las ,penas o tratos inhumanos o degradantes y se suprime la penade muerte (art. 15)4.1~ ,,' .

* Derecho a la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y de las~omunidades. Nadie puede ser obligado a declárar su ideología, su religión o creen-cia. No habráIeligión oficial del Estado, ,aunque éste cooperará con la Igl~sia Cató-lica y las demás confesiones y tendrá en cuenta las creencias religiosas de la socie-dad española (art. 16).La libertad religiosa está desarrollada por Ley Orgánica7/1980, de 5 de julio. 7" ~

*J!Y-echo a la .~b!l"ta~ y la segurid~d. La protección del derecho a la libertad supo-ne una seguridad jurídica. Se regulan los casos de privación de. libertad. La deten-ción gubernativa durará como máximo setenta y dos horas! pasad~s las -cuafes élaeteniao será puesto en libertad o enviado al Juez. lil detenido tiene derecho a s~informado inmediatamente y de modo comprensible de sus derechos y de las razonesde ;u detenció~, así como a la presencia de su abogado para prestar declaración (tan'":to ante la Policía como ante el Juez). ~e regu~or ley (La Ley Orgánica 6/1984 delHabeas Corpus, aprobada el 24.05._~984),un procedimÍento de "habeas corpus" paraque -los d~~idos ileg.almente sean puestos Inmediatamente a disposición judicial(art. 17) .

* .Derecho al honor, la intimidad y la propia imagen, garantizado en el artículo18.1, ha sido desarrollado por la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de marzo. Igualmente,

4 La excepción al artículo 15 que manteofa la pena de muerte prevista en las leyes militares para tiempos deguerra, quedó suprimida mediante Ley Orgánica 11/1995, de 27 de noviembre (BOE 28.11.1995). No existe,pues, la pena de muerte en la legislación española.

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el artículo 18, en sus apartados 2 y 3 garantiza el derecho a la inviolabilidad del do-micilio y al secreto de las comunicaéiones (postales, telefónicas, telegráficas y decualquier otro tipo), que sólo podrán ser inteIVp.niQa~esolución judicial.-- ---- - - -

* Derecho a la libertad de residencia y a la libre circulación en el territorio españoly de salida y entrada en España (art. 19).

* Derecho a la libre expresión y difusión de pensamiento, ideas y opiniones por-paláfml, por escrito o cualquier otro medio; derecho a la producción y creación lite-raria, artística, científica y técnica; a la libertad de cátedra y derecho a comunicar "O-- -~ecibir libremente información. Los secuestros de publicaciones sólo se harán trasresolución judicial. No habrá censura previa (art. 20).-- - - -

*perecho de reunión y manifestación, que está desarrollado por Ley O!:&á-nica9/1983, de 15 de julio. La reunión pacífica y sin armas no necesita autorización pre-via. Si las reuniones sé celebran en lugares de tránsito o es una ~anifestación, sef..omunicará previamente a la autoridad, que sólo la podrá prohibir si hay peligropara personas o bienes o de alteración del orden público (cu1:.21).--

* .Derecho de asociación~ Las asociaciones se inscribirán en un registro a efectos deconocimiento y publicidad. Quedan prohibidas ias asociaciones p.aramilitares, secre-tas o delictivas. ~ólo podrán ser disuéltas por los jueces (art. 22).

*perecho a participar en los asuntos públicos, directamente, siendo elegidos a car-gos representativos o accediendo a cargos públicos e, indirectamente, estableciendoel derecho al sufragio, o derecho a elegir representantes libremente en eleccionesperiódicas por sufragio universal (art. 23). En relación con este derecho está el de

iniciativa legislativa POpulé\l:..(él[~.~?.3)' t;~\ J1 -AJiA:1" ~ '"'> ~, " '.. ~recho al acceso efectiyo a los Tribunales y .a .garantías procesales, sin que en .

ningún caso pueda producirse indefensión (art. 24). Esto lleva consigo los derechos:El derecho a Juez ordinario determinado por la ley.La defensa y asistencia de letrado.A ser informado de la acusación.

A un proceso público, con garantías y sin'dilaciones.A utilizar todos los medios de prueba en su defensa.A no declarar contra sí mismo, a no declararse culpable y a la presunción deinocencia. La ley establecerá cuando, por parentesco o secreto profesional,no se estará obligado a declarar sobre'hechos presuntamente delictivos.

*

En concreto, en el artículo 25 se desarrolla el principio de la irretroactividadde las normassancionadorasy los principiosorientadmesde las penas privativasde /

libertad: reeducación y reinserción social del delincuente, que seguirá gozando de---

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sus derechosfund ncia establezcalo contrario (art. 25),así como la prohibición de que la Administración . 1 imponga sanciones de priva-ción de libertad.

.~ n..~recho a la educación y libertad de enseñanza. Los padres tienen derecho a dara sus hijos la-educaciÓnreligiosa que esté de acuerdo con sus cree~cias. §e reconocel.a libertad de centros docentes y la autonomía de las universidades. La enseffiffiZabásica es obligatoria y gratuita (art. 27).

El derecho a la educación está regulado en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 deoctubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.Con el objeto de garantizar una enseñanza de calidad, se ha dictado la Ley Orgánica9/1995, de 20 de noviembre, de Participación, Evaluación y Gobierno de los Cen-tros Docentes. Con ella:

Se potencia y estimula la participación de padres, alumnos y profesores en elfuncionamiento de los centros docentes.

Se dota a los centros docentes públicos de aut9nomía en su gestión econó-mIca.

Se establecen las funciones de la inspección educativa.

*Derecho a sindicarse libr~mente, que supone la liber~d indicatos,¡ade afiliación (nadie puede ser óbligado a hacerlo), y el derecho de los sindicatos aformar confederaciones nacionales o afiliarse a las internacionales. La ley podr~ li:

" .. itar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas e instituto~os cue os some . os a Isciplina militarSy las peculiarIdades de la sindicación de~uncionarios6. S~ reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para defensade sus intereses (art.28).

*

Q.er.ech.ode petición, individual o colec~~s los españoles, por~cri~.os miembros de cuerpos someti~ a disCiplinamilitar podrán ejercer 'este derec o010 dp. forma individual, nunca de forma col~ (art. 29 de la Constitución y

arts. 199 a 205 de las Reales Ordenanzas).

La Sección 28 del Capítulo Segundo; que se denomina De los derechos y deberes

de los ciu~adanos, integra los artículos 30 a 38 y en ella se contemplan otra serie de dere--cho~ que, sienckr-objetoigualmente de tutela por la Constitución, tienen un sistema de pro-

tección inferior a los derechos anteriormente expuestos, ya que su desarrollo requiere d~ley- .

s Regulada por los arts. 1.3 de la Ley Orgánica 11/1985,de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y 18 Y 182 delas Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas, aprobadaspor la Ley 85/1978, de 28 de diciembre.

6.Reguladapor, la Ley 9/1987, de 12de junio sobre Órgano de representación, determinaciónde las condicio-nes de trabajo y participación del personal al servicio de las Administracionespúblicas.

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~r~iinaria _(e,stoes, mayoría simple de votos del Parlamento), y sJ!vulneración sólo conlleva-rá el recurso de inconstitucionalidad ero a no el de am aro o el rocedimiento referente

y sumario ante los Tribunales. Estos derechos y deberes son los siguientes: '0.(1 (tA. <.C\..~

* Derecho y deber de defender a España, que se refiere, entre otras, a las~

obligaciones militares y establece la objeción de conciencia (regulada por la Ley

22/1998, de 6 de julio), que, exce~lOnalmente,-auñque per~nece a esta Sección 2,

sí ESun derecho tutelable_enamparo ante el Tribunal ConstitucionalZ(art.30).

* Deber de contribuir al sostenimiento del gasto público, según su capacidad eco-

nómica, mediante un sistema tributario justo y esta ecido con arreglo a la Ley(art.31).

* Derecho a contraer matrimonio, con plena igualdad jurídica del hombre y la mu~

¡;r. Por ley se establecerán las formas de mathmonio,TóS derechos y deberes de los---.;ónyuges y las causas de separación y disolución (art. 32).

*Derecho a la propiedad privada y a la hereI!9a, que deberán cumplir una función

social. Nadie puede ser privado de s~s~enesy derechos, s~9ausa justificada~utilidad I'>tThlica-tT1ñtéiéssocialt de conformidad con las leyes y con la correspon-;;:;c ... _ J

diente ínaemñízacÍón (art.33).

* Derecho de fundación para fines de interés general que, como el derecho de

asociaciÓn:prohíbe las que tuvieran fines deiICtivos(art. 34t

* Derecho y deber de trabajar, núcleo fundamental de los derechos sociales, con-

'-~mpladoenel-artículo35,queloamplíaasí: - -- --Derecho a la libre elección de profesión u oficio.

A la promoción a través del trabajo.

A una remuneración suficiente para atender las necesidades familiares.

A la negociación colectiva laboral entre empresarios y representantes de los

trabajadores (art. 37) declarando la fuerza vinculante de los convenios.

7 Este epígrafedebe ser estudiadoen relacióncon la Ley Orgánica13/91,de 20 de diciembredelservicio militar, sus reglamentos y el reglamentode la prestación social sustitutoriade 1997, así como con la Ley17/1999, de 18 de"mayo, de Régimen de Personal Militar de las Fuerzas Armadas, que establece la finalizacióndel servicio militar obligatorio.

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A ad.optarmedidasde conflictocolecti:ropor trabajadoresy empresarios(art.37).

*

Derecho a ]a libertad de emDresa, ligado al de la propiedad en el marco de la eco-- ---

nomía de mercado, aunque se admite la planificación de la economía (art. 38).

Por último, el Capítulo Tercero de este TítuJo 1 lleva por rúbrica De los Principios

rectores de ]a política social y económica y comprende los artículos 39 a 52. En ellos no

se configuran ya derechos subjetivos de los ciudadanos, sino principios informadores de la

legislación, de la práctica judicial y de la actuación de los poderes públicos, concebidos co-

mo garantía de otros derechos de carácter económico y social. La consecuencia es que no...

pued!'t¡~er!'x' igos directamente e ¡"".T. . =aJes, sino ti~ n"tf~~ te- ra re.9Ue)OS~~nJ!::: :.:;;=WHIi' 1 jlJ¡J'1 nm~, ~fW~tall!~nre a' v~ e as eves... -"1" ._u ..- . .. de actuación son los sIgUientes.que los desarr~lan. Y tales pnncIplOs

* ~rot.ección ec.onónñca, social y jurídica de la faI11Üi sin hacer distinción de la

,-~,-~,-E::".~ ~ "-.""'...~"-"\""'......;.."-~~ ~"i:.~~~ ,,~~ ~~ '\..~ ~~~"\.~ ,,~,-. ~~). ~~ }>"\~\.~~'ti~ C:\)~~

niños y .8JJ.8 OtltChD.5.

*Promoción del progreso social y económic~ distribución equitativa de la renta ypolítica orientada al pleno empleo. Se fomentará una política de formación y re-..- ,-adaptación rofesionales, segundad e higiene en el' o. limi

j~l~boral y v~~;:¡cionesretribuidas. Fl Estad.Qvelar/...trab~jadores españoles en el extranjero (arts. 40 y 42).

*Los poderes públicos mantendrán un régimen público de ~2uridad Social. Se reco-noce el derecho a la protección a la salud (arts. 41 y 43).

*~otección y tutela del acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho, ,así comoa la investigación en beneficio del interés general (art. 44).

* Protección del medio ambiente (art. 45) y del patrimonio artístico, histórico v ,..--- "cuJtural de los pueblos de España (art. 46).

* Protección del derecho a una vivienda digna,; los poderes públicos establecerán- ...normas para hacer efectivo ese derecho, impidiendo la especulación del suelo(art.47).

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* Promoción de la participación de la juventud

político, socioeconómico y cultural (art. 48).

eficaz en el desarrollo

* Protección a los disminuidos y a la tercera edad a través de pensiones actualizadas

periódicamente y un sistema de servicios sociales de asistencia (arts. 49 Y50).

* Defensa de los consumidores. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los

consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguri-

dad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos. Asimismo promo-

verán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus

organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquellos, en los

términos que la ley establezca (art. 51)8.

4. GARANTÍASDE LAS LffiERTADESy DERECHOS FUNDAMENTALES.

En consecuencia con la distinta graduación de los derechos y libertades establecidos

en los tres capítulos anteriores, el Capítulo Cuarto del Título 1 presta especial atención a

las garantías de tales libertades y derechos:

Declarando que las libertades v derechos de los españoles reconocidos en el Capítulo

Segundo de la Constitución vinculan a todos los poderes públicos y sólo podrá re-

guiarse su ejercicio por una ley que respetará su contenido; su adecuación a lo dis-

puesto en la Constitución será además controlada por el Tribunal

mediante el recurso de inconstitucionalidad (art.53.1).--- ". 'jJI' .

Los derechos y libertad~~¿~dOS ~n el ~ículo 14 y en la Sección 1a del Capí-~tulo Segundo (derechOsrundamentales y libertades públicas), ~n exigibles ante los

.ribun~~s ordinarios.por un procedimiento ~iaI,_ referebte sumar>' ~egula-do en la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, y en el Capítulo 1deliítlJttJVOela Ley

29/1998, de 13 de julio), x-~te el Tribunal Constituciopal mediante el recurso deamparo. Este último recurso también se aplica al derecho a la objeción de con---

.;&:-

ciencia del artículo 30 ~. 53.2).-(,t

) .s El citado artículo 51 de la Constitución ha sido desarrollado por la Ley General para la Defensa de los

Consumidores y Usuarios, de 19de julio de 1984.

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i..Los principios reconocidos en el Capítulo Tercero (principios rectores de la políticasocial y económica) inspirarán la legislación y la actuación de jueces y poderes

. públicos y sólo podrán ser alegados ante los Tribunales de acuerdo con lo que dis-~ - -

pongan las leyes que los aesarrollen (art. 53.3).

Además, se prevé la existencia del Defensor del Pueblo (regulado por la Ley Orgá-- -nica 3/1981 y designado por las Cortes), con el fin de defender los derechos de los-- -- -

~pañoles y con poder para supervisar las actividades de la Administración (art. 5~(Ver además Tema VII). ~

5. SUSPENSIÓNDE DERECHOS Y LffiERTADES.

La suspensión de los derechos y libertades la regula el Capítulo Quinto y último delTítulo 1 en un sólo artículo, el 55.

_Podrán ser suspendidos determinados derechos cuando se declaren los estados dt:.

~xcepción o de sitio,) q!le serán regulados por u~ orgáñica (la Ley Orgánica 4/1981, de1 de junio, de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio). Estas situaciones se declaran:

El estado de excepción, por el Gobierno mediante Decreto acordado en el

Consejo de Ministros, prevIa autorización del Congreso de los DiDutad

El estado de sitio, por la mavoría

p~opuestaexclusiva del Gobierno~

reso de los Di

En ambos casos se puede suspender temporalmente los siguientes derechos y liber-tades:

E~ plazo de setenta y dos horas para la detención 1!ubernativadé la privación de libertad (art. 17, entero).

La inviolabilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones (art. 18,

apartados 2 y 3).

La libertad de residencia y circulación (art. 19).

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El derecho a expresar libremente 1~~ideas. el de comunicar o recibir libre-mente información y el secuestro de publicaciones (art. 20, apartados 1, a),1, d) Y5).

El derecho de reunión V manifestación (art.21):

pl4erecho a la huelga (art. 28, apartado 2) de los trabajadores y el de adop-tar medidas de conflicto colectivo por parte de éstos y de los empresarios(art. 37, apartado 2).

~ero si se trata sólo de estado de .excepción (y no de sitio), seguirá vigente, sin quese pueda suspender, el párrafo 3 del artículo 17, ue señala el derecho del detenido a serinformado inmediatamente de forma comprensible de sus derechos y de las razones de sudetención ante la Policía y el Juez.

Se prevé también la posibilidad de que una ley orgánica fije los casos en que,_deforQla individual y con intervención del Juez y control parlamentario, algunos derechos pue-dan ser suspendidos para personas determinadas, en relación con acciones de bandas ar-madas o terrorismo9, pero, como una garantía ~ás de estos derechos frente a un posible

... abuso de la Administración,la Constituciónseñalaque los abusosde las facultadesque re-conozca esa ley pueden producir responsabilidad -penal, como violación de derechos y li-bertades reconocidas por las leyes.

6. EXIGffiILIDADDE LOS DERECHOS.

Como ya se ha visto, no se pueden equiparar validamente los derechos fundamen-tales clásicos recogidosen el núcleode la Constitución(fundamentalmente,la Sección 1a

del Capítulo Segundo del Título 1) y los llamados derechos de segunda generación (dedu-cidos de los "principios rectores de la política social y económica" de ese mismo Título),porque tal equiparación es equivoca.

Los derechos incondicionalmente exigibles (a la vida, a la libertad, a la seguridad, ala intimidad) se diferencian por su naturaleza jurídico-constitucional de los derechos socialesy económicos de prestación (a la salud, a la vivienda, al empleo); mientras la protecciónlegal de los primeros corresponde a los tribunales, la satisfacción material de los segundosdepende de la disponibilidad de recursos suficientes por la sociedad y el Estado.

9 En el arto 520 bis) de la Ley de EnjuiciamientoCriminal se establece que a]as personas integradas o relacio-nadas con bandas annadas, individuos terroristas o rebeldes se les puede prolongar la detención por razones denecesidad investig~dora48 horas más de ]as 72 comunes; pero siempre que tal prórroga sea solicitada al juez, deforma .motivada, dentro de ]as primeras 48 horas desde la detención y sea autorizada por aquel en las 24 horassiguierltes.,Tanto la autorización como la denegaciónde la prórroga se adoptarán en resolución motivada.

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DERECHOS FUNDAMENTALES RECONOCIDOS EN EL TITULO l.

Art. 14.

Art. 15.

Art. 16.

Art. 17.

Art. 18.

Art. 19.

Art. 20.

Art. 21.

Art. 22.

Art. 23.

Art. 27.

Art.28.

Art. 29.

IGUALDAD ANTE LA LEY: No se puede discriminar a nadie en razónde su nacimiento, raza, sexo, religión y opinión.

DERECHO A LA VIDA Y A LA INTEGRIDAD FÍSICA Y MORAL:

Prohíbe la tortura y el trato inhumano. Abolición de la pena de muerte.

LIBERTAD DE CREENCIAS: Políticas o religiosas, prohibiendo laimposición a declarar sobre ello.

DERECHO A LA LIBERTAD Y SEGURIDAD PERSONALES: Nadie

puede ser privado de su libertad salvo previsión por la ley. Detenciónpreventiva máxima de 72 horas. Toda persona detenida debe ser informa-da de sus derechos y las razones de su detención. Procedimiento de Ha-beas Corpus. .

DERECHO AL HONOR Y A LA INTIMIDAD: Inviolabilidad del domi-cilio y secreto de comunicaciones.

LIBERTAD DE RESIDENCIA Y LIBRE CIRCULACIÓN por el territo-rio nacional y de salida y entrada al mismo.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN, DE CÁTEDRA Y DE INFORMACIÓN.Prohibición de censura previa. Límites de estos derechos.

DERECHO DE REUNIÓN pacífica y sin armas. En lugares públicos sedará comunicación previa.'- - -

LIBERTADDE ASOCIACIÓN,a excepciónde las secretas, paramilita-res y las que persiganfineso utilicenmediosdelictivos.

DERECHO DE PARTICIPACIÓN EN ASUNTOS PÚBLICOS: Sufragioactivo y pasivo.

DERECHO A LA EDUCACIÓN. Libertad de enseñanza y de creaciónde centros. Autonomía de Universidades.

DERECHO DE SINDICACIÓN. Derecho a la huelga.

DERECHO DE PETICIÓN.

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GARANTÍAS CONSTITUCIONALES DE ESTOS DERECHOS.

Art. 24.

Art. 53.

DERECHO A OBTENER LA TUTELA EFECTIVA DE LOS JUECES

Y TRIBUNALES: en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos sinque pueda producirse indefensión. Derecho al Juez ordinario predetermi-nado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informadosde la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilacio-nes indebidas y con todas. las garantías, a utilizar los medios de pruebapertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confe-sarse culpables y a la presunción de inocencia.

LEGALIDAD EN LA REGULACIÓN DE LOS DERECHOS: Respeto asu contenido esencial. Recurso de inconstit~cionalidad. Tutela de dere-chos fundamentales ante Tribunales por procedimiento preferente y suma-rio. Recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, extensivo a laobjeción de conciencia.

PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDAD.

Art. 25. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que enel momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción ad-ministrativa, según la legislación vigente en aquel momento.

LIMITACIONES A LOS DERECHOS Y LffiERTADES FUNDAMENTALES

Art. 55. Declaración del ESTADO DE EXCEPCIÓN O SITIO. Limitación total o

parcial de los derechos recogidos en los artículos 17, 18, 19, 20 y 21.

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