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ETAPA HISPANO COLONIAL (1492 1810)

BOLILLA I

Conquista y ordenamiento institucional. Los Austrias.

*Concepcin poltica de los Austrias. Absolutismo y Monarquas nacionales.El descubrimiento de Amrica por Coln en 1492 es un acontecimiento de trascendencia en la historia de la humanidad. Los reyes catlicos inauguran una poca decisiva de la historia espaola sustituyendo el pluralismo poltico medieval por la monarqua hispnica moderna. Los Reyes, siguiendo la poltica unificadora expulsan a los judos, establecen la nueva Inquisicin, someten a la nobleza, municipios, Iglesia y cortes al poder real, codifican las leyes y reorganizan la economa, las fuerzas militares y la administracin de justicia. Las reformas tambin llegan al municipio: se otorga mayor realce a la accin de los corregidores en detrimento de las prerrogativas concejiles, respondiendo al sentido unificador de la monarqua. Los Reyes Catlicos persiguieron como objetivo la unidad de la raza y de la fe, y obligan a los no cristianos a abandonar el pas. El ejrcito sufre transformaciones fundamentales, se crean tropas profesionales y se movilizan milicias urbanas.

*La Dinasta de los Austrias: se instala en el trono espaol tras la ausencia de los Reyes Catlicos. Los Austrias representan en Espaa, el advenimiento de la monarqua absoluta. En la concepcin poltica de los Austrias, el monarca accede al poder por derecho divino, si bien el rey asume en su persona todos los poderes, en la prctica delega funciones en organismos de consulta y gobierno como los consejos, lo que determina la descentralizacin efectiva en el ejercicio del gobierno.

*Los mviles de la conquista: La empresa de la conquista impuesta por Espaa a partir del siglo XVI estuvo inicialmente determinada por la necesidad de compensar con nuevos mercados para el intercambio, la prdida de los mercados orientales, a partir de la expansin otomana. Este hecho, marc la necesidad de hallar nuevas rutas para el trfico comercial, lo cual adverta enormes expectativas de aprovechamiento, por un lado, la posibilidad de la expansin ultramarina para las nuevas naciones europeas. Y en el caso particular de Espaa, la conquista represent la posibilidad de solucionar los problemas que generaba en la Pennsula, el elevado crecimiento demogrfico, colocando en Amrica excedentes de poblacin. Por otra parte, se debe reconocer que la apropiacin de las riquezas y recursos naturales constituy el objetivo primordial de la conquista pero no debe olvidarse el carcter misional que la misma tuvo para los monarcas espaoles.

*Mercantilismo y monopolio: El descubrimiento de Amrica oblig a Espaa a adoptar medidas adecuadas para asegurarse el aprovechamiento econmico de las nuevas tierras. Por lo que Espaa adopta un sistema comercial restrictivo, el cual giraba alrededor del monopolio (comprador y vendedor nico) entre Espaa y las Indias, intentando excluir a las dems naciones de la participacin en ese comercio, asegurndose la captacin exclusiva de los beneficios del mismo por parte de Espaa. El monopolio ser la forma en que Espaa aplicar las ideas del mercantilismo en torno a la acumulacin de metales preciosos. Este ser aplicado durante toda la dominacin espaola en Amrica. Adems se ver relativizado en sus efectos a travs del contrabando por rutas no oficiales (por ej.: Bs As).

*Las rutas comerciales: La implementacin del monopolio se tradujo en un sistema comercial restrictivo, estructurado a partir de elementos bsicos: el rgimen del puerto nico y el sistema anual de flotas y galeones. El rgimen del puerto nico presupona de la existencia de un nmero reducido de puertos habilitados para el comercio reciproco entre Espaa y las Indias (Sevilla en Espaa, Portobelo en Panam y Veracruz en Mxico). El sistema anual de flotas y galeones fue puesto en prctica luego de 1588, el cual signific para Espaa la destruccin de su flota a manos de Inglaterra. Este sistema ideado por Espaa consista en el armado de grandes flotas anuales de navos destinados al comercio con las Indias, que zarpaban desde la pennsula y navegaban protegidos por los galeones en su viaje hacia las ferias de Veracruz y Portobelo.

*Las economas regionales: El monopolio estructur en toda Amrica hispana economas regionales cerradas. En el actual territorio argentino la regin de mayor desenvolvimiento econmico ser la del noroeste, por su vinculacin con el Potos, el mayor centro minero del Alto Per. En esta regin se desarroll la produccin agrcola a partir de la disponibilidad de mano de obra indgena organizada bajo el sistema de encomienda. Tambin logra el desarrollo del cultivo de algodn, la fabricacin de carretas y muebles, y la manufactura del cuero y el sebo. La regin del Cuyo alcanza desarrollo agrcola en la produccin de vid y frutales que exporta hasta Chile y el Litoral. En la regin del Centro tambin existe el desarrollo artesanal textil y del cuero y sebo, y es uno de los principales proveedores de animales de carga con destino a Potos. Bs As y la regin Litoral sern las regiones de menor desarrollo en forma rudimentaria y a travs de las vaqueras que disminuyeron las existencias de ganado en pie. El resto de las regiones de nuestro actual territorio (Chaco y la Patagonia) permanecen despobladas y en poder de indgenas.

*Instituciones del gobierno de Indias en Espaa y en Amrica: En concepcin poltica de los Austrias, sus posesiones americanas sern consideradas reinos y se los denominar oficialmente Reino de Indias. Jurdicamente eran tales, en la medida que eran posesiones de la Corona y no de la nacin espaola. Dentro del marco de descentralizacin efectiva para el ejercicio del poder que caracteriz la administracin de los Austrias, desarrollaron un mecanismo de equilibrio y contrapeso de poderes. Por entonces, no exista la clsica divisin de poderes que hoy conocemos de modo que las funciones del Estado estaban encargadas en distintos niveles a distintos rganos al mismo tiempo. Las principales instituciones y sus atribuciones entre los residentes en Espaa, tenemos el Consejo de Indias y la Casa de Contratacin.Durante gran parte de la dominacin espaola en Amrica, la atencin de los asuntos coloniales estuvo a cargo de un organismo especial llamado Real y Supremo Consejo de Indias. En 1524, se organiza con carcter independiente, era colegiado y resida en la corte. Fue dotado de amplias facultades: legislativas, administrativas, judiciales, eclesisticas, militares y navales. En 1503, se funda la Casa de Contratacin con asiento en Sevilla, a la cual se le van asignando sus funciones propias. Hasta esa fecha fue Cdiz el puerto de origen de las expediciones a Indias y en dicha ciudad se haba establecido una aduana. Pero se eligi a Sevilla como residencia de la Casa de Contratacin por su mayor importancia como ciudad y por su posicin estratgica en el interior de Castilla. Sus principales atribuciones eran: comerciales, fiscales, judiciales, cientficas y tcnicas. El adelantamiento es una institucin de origen medial, cuyas funciones son legisladas en las Partidas. Hay dos categoras de adelantados: a) los de corte, que residen junto al rey quien los adelanta para que juzguen los pleitos que llegan hasta la corte. B) los de comarcas o fronteras. Los primeros tienen funciones exclusivamente judiciales; los segundos, gubernativas, militares y judiciales. El rgimen de adelantados constituye la primera forma de autoridad en Amrica para el gobierno de las nuevas tierras. Esta institucin desaparece cuando se supera la etapa histrica de los descubrimientos y de la conquista americana y comienza la colonizacin con autorizaciones regulares y permanentes. La eleccin de los virreyes era atribucin reservada al soberano. El virrey est sometido a una serie de prohibiciones sociales, afectivas y econmicas, para asegurar la independencia en el desempeo del caro e impedir el enriquecimiento en forma ilcita. Constituye la ms alta autoridad en Amrica y la representacin directa del monarca. Sus atribuciones: polticas, legislativas, administrativas, judiciales, militares y religiosas. Los gobernadores pasan a ser funcionarios nombrados por el rey al frente de una provincia, con sueldo fijo, poderes limitados y cargo temporario. Sus funciones eran: gubernativas, militares y judiciales. El Cabildo era un rgano colegiado. Estaba integrado por alcaldes, regidores y funcionarios especiales. Para ocupar esos cargos se deba ser vecino de la ciudad. Se deben distinguir dos clases de Cabildos: cerrados y abiertos. Los primeros constituidos por alcaldes, regidores y diversos funcionarios. En casos especiales se celebraban cabildos abiertos, los requisitos eran: era necesaria la autorizacin del gobernante poltico, el Cabildo ordinario o cerrado formulaba las invitaciones y ese mismo presidia la reunin. Funciones de los Cabildos: electorales, registro de ttulos, gobierno comuna, funciones polticas, administracin de justicia, funciones financieras. IMPORTANCIA DE LOS CABILDOS: el cabildo fue el rgano de gobierno ms importante en la proteccin y defensa de los intereses locales y en la representacin de las opiniones de los vecinos. Adems, fue eficaz defensor de la produccin y del comercio dentro de las limitaciones establecidas por la legislacin y aun oponindose a ella. Constituy tambin a elevar el nivel de vida de la poblacin.

*Condicin social y jurdica de espaoles e indios: Una de las caractersticas fundamentales de la sociedad indiana ser la heterogeneidad racial. Espaoles, indios y esclavos negros tendrn un distinto tratamiento en el plano de la legislacin y en la organizacin social concreta. La polmica desatada en Espaa acerca de la licitud tica de la esclavitud t del sometimiento de los indgenas al rgimen de la encomienda incidir en el espritu de la legislacin de Indias. Este ser marcadamente humanista, puesto que consideraba a los indgenas, vasallos libres de la Corona y trata de promover su evangelizacin y adoctrinamiento en la fe cristiana. Pero la realidad estara lejos de los altos propsitos que inspiraban esta legislacin. Los indgenas seran sometidos al duro rgimen de la encomienda y constituyeron la mano de obra disponible en la estructura productiva de las Indias. Los malos tratos a que fueron sometidos determinaron una reclusin del nmero de indgenas. Adems de las numerosas rebeliones y levantamientos que los conquistadores debieron reprimir. Mejor, en cambio, fue el trato que recibieron los indios que vivan en las reducciones y misiones a cargo de ordenes religiosos, reciban instruccin y adoctrinamiento religioso, trabajaban en las tareas agrcolas e inclusive en construir sus propios cabildos integrados por ellos.La poblacin de raza blanca, descendiente de los conquistadores, ocupaba los lugares sociales de privilegio, participaban de los cargos polticos, militares y eclesisticos. Con el tiempo, dentro de este grupo racial se ir produciendo una discriminacin entre los individuos de raza blanca nacidos en Amrica (criollos) y los mestizos de blancos e india (el gaucho), tipo social que no encontrar insercin en la sociedad de la poca y que se dedicar a las tareas ganaderas. Otro de los tipos sociales relegados en la sociedad de la poca, seran aquellos que surgen del cruzamiento de razas (mulato, zambo). Los esclavos negros sern destinados a las tareas domsticas y artesanales por lo cual sus condiciones de vida sern mejores que las de los indios.

*La encomienda: Ser una institucin utilizada por los espaoles para organizar la mano de obra indgena disponible y afectarla a las tareas productivas. Por este sistema los indgenas eran puestos bajo el mando de un espaol, al cual servan trabajando para l, que tena a cambio de ello la obligacin de evangelizarlos. Esta institucin era la base de la estructura econmica de la poca. Hacia el siglo XVII la encomienda fue reemplazada por tributos personales de los indgenas a los espaoles.

*La legislacin indiana: El conjunto de las normas destinadas a regir los distintos aspectos relacionados con las Indias, se conocer como Leyes de Indias. Su carcter general ser su grado de flexibilidad ya que ms que leyes eran recomendaciones cuyo acatamiento quedaba librado al criterio de la autoridad de aplicacin, quien poda acatar pero no cumplir conforme la formula ritual utilizada. La legislacin reconoca los inconvenientes que poda presentar a Las Indias, presentar a la norma concebida desde Espaa permitiendo adoptarla para aplicarse con xito.

BOLILLA II

Las reformas borbnicas.

*Concepcin poltica de los borbones: Caractersticas del despotismo ilustrado: Durante los siglos XVI y XVII, mantuvo su vigencia la ordenacin constitucional de la monarqua hispnica impuesta por los Reyes Catlicos, aunque se introdujeron algunas reformas en las pocas de los 3 primeros Austrias encaminados a reforzar el absolutismo monrquico. A mediados del siglo XVII se operan en Espaa importantes cambios no solo de personas, sino tambin y sobre todo, en la vida institucional. Las nuevas ideas provienen de Francia y se imponen en Espaa a raz de la Casa de Borbn. La presencia de un Borbn en el trono de Madrid y la conjuncin del podero franco espaol q esto significaba, indign a Austria que se crea en derechos a la Corona espaola, preocup a Holanda, temerosa de las intenciones de Francia sobre los Pases Bajos y alarm a Inglaterra, enemiga del engrandecimiento de la Casa de Borbn.La monarqua borbnica es tan absolutista e imperialista, o ms, que los Austrias. Traslada a Espaa las ideas de Luis XIV y representa el absolutismo ilustrado, denominado tambin despotismo ilustrado. Los monarcas reciben el poder directamente de Dios, constituyndose en ungidos del Seor. El rey se convierte en la fuerza subordinante, en la clave de toda la estructura del Estado. Luis XIV sostiene que por orden divino y natural, la autoridad pertenece al rey. Todo el poder pertenece al monarca. La ideologa poltica de los borbones se basa en una legislacin autoritaria que acenta el absolutismo real, sostiene que el poder absoluto del rey debe ejercerse a favor del pueblo, o por lo menos de sus capas superiores, pero ni aqul ni stas participan en el gobierno. No acepta particularismos anteriores, cuerpos intermedios, ni divisin de poder. Podemos sintetizar la poltica borbnica en Espaa, en los siguientes puntos: a) absolutismo y burocracia centralista y absorbente, b) adhesin a los nuevos principios econmicos y a las doctrinas filosficas que llegan de Francia, c) sentido profundamente monrquico, d) unin de los reformistas con los defensores de la soberana ilimitada del monarca para imponerse al pueblo, e) la realizacin de la revolucin desde arriba, f) libertad de comercio y organizacin de correos martimos, g) creacin de compaas de navegacin, h) fomentos de sociedades econmicas, i) restauracin de la riqueza general, j) reconstruccin nacional, k) reformas tendientes al progreso de Espaa y Amrica, l) afianzamiento y prerrogativas reales frente a la autoridad pontificia.DESPOTISMO ILUSTRADO: proceso que se caracteriz por la absorbente concentracin de los poderes del Estado en la persona del monarca.

*Los nuevos virreinatos: Los cambios producidos por los borbones convierten a las secretarias o ministerios en los organismos ms importantes del poder central. La nueva dinasta llevar adelante en Espaa una serie de reformas polticas y econmicas a travs de las cuales replantea su relacin con sus dominios ultramarinos. Las reformas polticas tendern a una paulatina concentracin del poder en la persona del monarca y a una centralizacin del sistema poltico de administracin de los territorios americanos. Las principales reformas en este sentido sern la creacin de nuevos virreinatos y la aplicacin de la institucin de la Intendencia. En el caso particular de la creacin de nuevos virreinatos la medida obedece adems, a una necesidad de mejorar la posicin estratgica de Espaa en la defensa de sus colonias de Amrica, as como mejorar el sistema de administracin a travs de unidades poltico-territoriales ms pequeas. Los nuevos virreinatos sern el de Nueva Granada y el del Rio de la Plata (actuales territorios de Argentina, Uruguay, Paraguay, Bolivia, sur de Brasil y centro y sur de Chile).

*Causas de la creacin del Virreinato del Rio de la Plata: 1) las dificultades de gobierno originadas por la distancia entre las provincias sureas y la capital del Virreinato del Per, al cual estaban subordinadas. 2) resultaba muy dificultoso que desde esa ciudad tan lejana se adoptasen las medidas requeridas por las necesidades urgentes de las gobernaciones de las regiones australes del Virreinato del Per. 3) el entrecruzamiento de la poblacin, el desarrollo del comercio y de las industrias en las regiones australes. 4) el avance lusitano. Constituy la causa inmediata y decisiva para la creacin del virreinato rioplatense.5) la necesidad de defender las costas patagnicas.

*La real Ordenanza de Intendencias: en 1782 se introduce en Amrica la institucin de la Intendencia, en reemplazo de los gobernadores. La nueva institucin procura mejorar el sistema de administracin, los abusos y desordenes en el cobro de los impuestos reales y lograr una mayor centralizacin administrativa. Los intendentes tenan atribuciones judiciales, polticas, militares y de hacienda. La Real Ordenanza de 1782 dividi al Virreinato en siete intendencias: Paraguay, Crdoba de Tucumn, Salta de Tucumn, Charcas, Potos, Chacabamba y La Paz, y una superintendencia, Bs As con jurisdiccin sobre la Patagonia, luego eliminada. Cre adems gobernaciones militares en las regiones fronterizas y bajo la dependencia directa del virrey.

*Reglamento del Comercio Libre: La extraccin de metales preciosos en grandes cantidades de las minas americanas no depar prosperidad a la espaola. La afluencia ininterrumpida de metales durante todo el siglo XVI y XVII trajo como consecuencia el incremento de los medios de pago y el consecuente proceso inflacionario en la pennsula. Esto oblig a permitir la libre introduccin de artculos manufacturados extranjeros para abaratar el costo de los espaoles; y esta apertura le dio un golpe de muerte a la industria espaola. La crisis a su vez provoc el despoblamiento de Espaa y la emigracin en masa hacia las Indias. Esta situacin encontraron los Borbones al llegar al trono, por eso la nueva dinasta procurar adoptar una serie de medidas tendientes a establecer los lineamientos de una relacin con Amrica que respondiese ms a la estructura clsica de una vinculacin metrpoli-colonia. La metrpoli desarrolla produccin industrial de manufacturas que comercializa con las colonias a las cuales constituye en mercado consumidor y estos a su vez le proveen de materias primas, por lo cual la metrpoli tiende a impedir su desarrollo industrial. As los Borbones adoptan medidas para restringir el desarrollo de las industrias americanas paralelamente a la proteccin de las industrias Peninsulares. Tratan de suplir con los mercados americanos los mercados externos que otras potencias les han arrebatado. Paralelamente, se desarrolla en Amrica el conflicto entre los diferentes grupos de presin que tienen intereses econmicos similares. Por un lado los comerciantes de Sevilla y Cdiz y los del Puerto de Lima, beneficiarios del sistema monoplico y partidarios de mantenerlo en vigor y por el otro, los sectores comerciantes del puerto de Bs As, hasta entonces cerrado al comercio exterior y alejado de las rutas tradicionales. Estos conflictos de intereses y el marco de la situacin espaola, permiten comprender el sentido de las medidas econmicas implementadas por los Borbones, las cuales implican una transicin hacia un rgimen comercial de apertura y libre cambio, el cual solo se establecer definitivamente a partir de 1810. A travs de sus medidas, los Borbones tratarn de dar respuestas a los sectores reclamantes. Las reformas fracasarn y acelerarn el proceso de la independencia americana, puesto que mientras son resistidas por las regiones del interior de Amrica tambin lo son por los sectores portuarios de Bs As, que se beneficiarn con el libre cambio directo con Inglaterra y quieren prescindir de la intermediacin espaola. Principales medidas adoptadas: 1) La concesin a Inglaterra del permiso para comerciar con las colonias espaolas a travs del sistema de navos de registros. 2) la concesin a los ingleses en el mismo tratado del Tratado de Asiento de negros, para introducir esclavos en Amrica.3) la devolucin a Portugal de la Colonia de Sacramento, utilizada como base para el contrabando.4) la introduccin por el puerto de Bs As de productos destinados a Chile y Per.5) la sancin del reglamento de Libre Comercio en 1778, que habilita para el comercio 14 puertos en Espaa y 19 en Amrica, al mismo tiempo que suprime algunos aranceles aduaneros y simplifica el sistema impositivo. 6) la creacin de la Aduana del puerto de Bs As en 1779, principal fuente de ingreso para el estado a partir de entonces. 7) la libre introduccin en Amrica de esclavos negros8) la autorizacin para comerciar con otras colonias americanas los productos que no estaban destinados a Espaa, comercio intercolonial.9) la creacin del Consulado de Bs As en 1794, como tribunal de Comercio y Junta de Promocin Econmica. 10) autorizacin a las Colonias espaolas para el comercio con potencias neutrales cuando Espaa estaba en guerra.

*Consecuencias econmicas y sociales de la apertura del puerto de Bs As: Se rompe el equilibrio entre las distintas economas regionales, se acenta la vinculacin con Europa y la dependencia del comercio ultramarino. Entran en crisis las producciones artesanales del interior. Se expande notablemente la actividad ganadera en el Litoral. Aumentan las exportaciones de cueros y sebo, y se desarrolla la industria saladeril. Bs As progresa aceleradamente el influjo del puerto y de la aduana, y la ganadera desplaza tierras aptas a la agricultura. En lo social, se producen migraciones internas hacia el Litoral y Bs As, que incrementan su poblacin. Se produce una intensa movilidad social.

*La participacin de Inglaterra: pese a los esfuerzos de los Borbones por superar la postracin industrial espaola, no podrn competir con el creciente podero industrial y martimo de Inglaterra ya que es la principal potencia martima a partir de la destruccin de la Armada invencible y del desarrollo de su marina mercante y ser la principal potencia fabril a causa de la Revolucin Industrial. Este proceso se caracteriza por la acumulacin de los capitales generados por los excedentes del comercio ultramarino en el desarrollo industrial y la gran abundancia de hierro y carbn para apuntalar el maquinismo en las Islas Britnicas. Se desarrolla as la moderna empresa capitalista y los ingleses se lanzan a la bsqueda de nuevos mercados para la colocacin de sus excedentes de produccin que saturan el mercado interno. Acrecentar su inters por dirigir su comercio hacia las posesiones espaolas de Amrica y sus deseos se vern favorecidos por las medidas liberalizadoras y desindustrializadoras de los Borbones.

CRISIS Y REVOLUCIONES DE INDEPENDENCIA (1810 1820)

BOLILLA III

*Antecedentes y fundamentos de la Revolucin de Mayo: En la segunda mitad del siglo XVIII, se desarroll en Europa el Iluminismo, que se opuso al absolutismo monrquico reclamando igualdad social, tolerancia religiosa y libertad de comercio. La Revolucin Francesa propuso la lucha por la libertad individual, la igualdad ante la ley y la supresin de los privilegios de algunas clases (clero y nobleza) a favor de los no privilegiados (burguesa, obreros y campesinos).La soberana resida en el pueblo, que lo delegaba en el soberano, y que, si ste abusaba de su poder, posibilitaba a que aqul reasumiera su soberana. El movimiento independista norteamericano iniciado en 1773 y que culmin en 1783 con el formal reconocimiento de Inglaterra de la independencia de EEUU, tuvo una definida influencia en los revolucionarios del Ro de la Plata y sera una fuente de inspiracin para la que se llevara a cabo en estas tierras. Hacia los inicios del siglo XVIII, Inglaterra se encuentra en pleno desarrollo del proceso de la Revolucin Industrial, que estuvo caracterizado por la mecanizacin (el uso creciente de maquinaria para realizar los procesos manufactureros ms eficientemente que el trabajo manual), la aplicacin de la ciencia, le uso de minerales (carbn y petrleo) como combustible y materia prima, y la integracin geogrfica. Las transformaciones ms profundas se produjeron en el sector textil. Los triunfos militares de Napolen en el continente europeo le posibilitaron cerrar los puertos al comercio ingls, y esto coloc a Inglaterra en la necesidad de hallar nuevos mercados donde colocar sus excedentes de produccin. Gran Bretaa qued en situacin comprometida porque su desarrollo industrial no poda detenerse, mas no encontraba lugar donde vender el excedente de su enorme produccin, por lo que deba necesariamente encontrar nuevos mercados para colocar sus excedentes, y fij sus ojos en la Amrica espaola, fundamentalmente en el Ro de la Plata. CONSECUENCIAS DE LAS INVASIONES INGLESAS: 1) el deterioro de la autoridad del virrey por el comportamiento poco digno de Sobremonte. 2) el antecedente que signific que por el mecanismo de Cabildo Abierto se destituyera al virrey Sobremonte cuando el funcionario fue depuesto de sus funciones militares y polticas. 3) la transferencia del poder militar de los espaoles peninsulares a los criollos. Con motivo de la primera invasin, se originaron las milicias criollas.

*El juntismo: este proceso de alzamiento fue fundado por los espaoles en la teora de la retroversin de la soberana y se efectiviz en la creacin de Juntas comunales, que luego se agrupaban en Juntas Provinciales, las que conformaron en Septiembre de 1808 una Junta Central, que gobernaba en nombre de Fernando VII. Las juntas fueron integradas con las ms diversas autoridades y su mayor esfuerzo estaba destinado a asegurar el alistamiento de los ciudadanos para organizar la fuerza militar que enfrentaba a los franceses.

*Grupos polticos y sociales en Bs As: podemos distinguir la existencia de tres grupos o sectores revolucionarios divergentes que coincidieron finalmente en un objetivo comn en mayo de 1810. Cabe sealar tambin la presencia de un cuarto grupo, el partido Metropolitano, opuesto al proceso de independencia e integrado por funcionarios adictos al rgimen imperante. Los tres grupos revolucionarios fueron encabezados respectivamente por Martn de lzaga (alcalde de primer voto), Juan Jos Castelli (abogado criollo y funcionario de la Real Audiencia) y Cornelio Saavedra (comandante del regimiento de Patricios).El grupo de lzaga pretenda conservar estas tierras para los espaoles, ante el peligro que significaba la invasin francesa a la metrpoli y el temor de que se extendiera a Amrica. Este sector estaba integrado por espaoles que desempeaban funciones en el Cabildo y el Consulado, jefes militares y oficiales de los regimientos espaoles existentes en Bs As, en su mayora eran comerciantes o estaban ntimamente ligados a los intereses de la plaza. El grupo de Castelli estaba constituido por hombres de ideologa afrancesada, liberal en lo poltico y librecambista en lo econmico.El grupo de Saavedra, denominado Reformista Renovador, porque sus miembros pretendan implantar reformas moderadas y razonables, sin renegar del pasado.

*El Cabildo Abierto del 22 de mayo: en mayo de 1810, llegan a Bs As las noticias de la cada de la Junta de Sevilla en manos de los franceses y la huida de algunos diputados a la isla de Len. Cisneros intenta impedir la difusin de estas noticias pero igual son conocidos y originan gran confusin.Crece la agitacin y comienza a cuestionarse la permanencia del virrey al haber cesado la autoridad que lo haba designado. Frente a esto se plantea la idea de un Cabildo Abierto, ante tumores crecientes de una insurreccin de los regimientos criollos y del pueblo de las orillas para tomar el fuerte y apresar al virrey. Cisneros convoca a una conferencia con los jefes militares, el 20 de mayo, y stos le manifiestan que debe cesar en el mando al haber cesado quien lo design. Al verse sin apoyo militar cede a las presiones y convoca a un Cabildo Abierto el 22 de mayo.Opiniones ms relevantes: (la cuestin a discutir es la continuidad o no de Cisneros en el mando por haber cado la Junta de Sevilla).1) Obispo Lu: sostena que por pertenecer estas tierras a Espaa mientras hubiese un espaol o un pedazo de tierra en Espaa en manos de espaoles, ese espaol o esa fraccin de territorio espaol tena derecho a mandar sobre estos territorios. 2) Castelli: refut al Obispo diciendo que en primer lugar estas tierras no pertenecan a Espaa sino a la Corona, como la propia Junta de Sevilla lo haba reconocido y por lo tanto, la soberana retrovena en el pueblo que la haba depositado en l y el pueblo era quien deba determinar los pasos a seguir.3) Fiscal Villota: dio la razn a Castelli en cuanto a que la soberana retrovena en el pueblo en ausencia de un monarca, pero plante la incompetencia del Cabildo Abierto para resolver por s el cese de Cisneros, diciendo que deba convocarse a un Congreso General de los pueblos del Virreinato para decidir el cese del virrey o su continuacin.4) Passo: sostiene que en este caso en particular y dado la urgencia de la situacin corresponde aplicar la teora de la gestin de negocios ajenos sin mandato, por lo que Bs As decide por s el cese del virrey, quedando su decisin sujeta a la ratificacin posterior de un Congreso a convocarse de los pueblos del Virreinato. 5) Saavedra: su postura es la ms votada. l plantea que debe cesar el virrey y debe reemplazarlo interinamente el Cabildo hasta que asuma una Junta compuesta del modo y forma que decida el Cabildo.

*El principio de la soberana popular: constituye sin lugar a dudas el primer principio poltico de nuestra historia independiente. Resuelta claramente expresando en la parte final del voto de Saavedra, cuando dice que no quedan dudas que es el pueblo el que confiere la autoridad o mando, es decir, el pueblo es depositario originario del poder y de la soberana.

*La Primera Junta, el plan poltico de la Revolucin: el 23 de mayo se constituye una junta en la que participan Saavedra y Castelli pero presidida por Cisneros. La reaccin se impone y queda constituida definitivamente el 25, la llamada luego Primera Junta de Gobierno Patrio con la presidencia de Saavedra y con Moreno como secretario. No puede decirse que haya habido un nico plan poltico de la Revolucin en la medida en que existan distintos grupos en el seno de la Junta, pero comienza a notarse la inferencia de Moreno y de sus ideas en el accionar del gobierno.

*Circular del 27 de mayo: en una de sus primeras medidas, la Primera Junta de Gobierno emite la llamada Circular del 27 de mayo, dirigida a los pueblos del interior, en la cual se informa sobre los sucesos acaecidos en Bs As, comunicndose la instalacin del nuevo gobierno y se ordena la eleccin de diputados por parte de las ciudades y villas del Virreinato para que se incorporen a la Junta de Gobierno a medida que vayan llegando a Bs As y hasta la realizacin de un Congreso General de los Pueblos del Virreinato, tal cual haba sido solicitado en el Cabildo Abierto del 22 de mayo. As mismo, se informa la remisin de una expedicin militar para garantizar la libre eleccin de diputados. Pero la existencia de focos contrarrevolucionarios, van determinando modificaciones en el sentido original de la Circular, en tanto se informa a las villas que no eran cabezas de partidos, que no enviaran sus diputados y, a requerimiento del Cabildo de Santa Fe, Moreno comunica que debe citarse a todos los vecinos existentes en la ciudad para la eleccin de aquellos. Por ltimo, se sostiene la idea de que los diputados son meros informantes de las necesidades de sus respectivos lugares ante la Junta. Como consecuencia de esto, los nuevos diputados elegidos por las ciudades del interior no son incorporados a la Primera Junta en calidad de integrantes del Gobierno Patrio y slo se les otorgan tareas parciales y secundarias a algunos de ellos. Pero los diputados del interior reclamaron en forma conjunta la incorporacin que les conceda la Circular. En efecto, la noche del 5 de diciembre, los oficiales del Regimiento de Patricios festejan la victoria de los ejrcitos criollos en la batalla de Suipacha, Atanasio Duarte saluda a Saavedra y a su esposa como futuros monarcas de Amrica. Este hecho disgust al Secretario de la Junta, que redact el llamado Decreto de Supresin de Honores, donde se modifican ciertas normas de protocolo existente en detrimento del Presidente de la Junta, establecindose que habra igualdad entre el mismo y los vocales. En base a esto, Saavedra se enfrenta con el Regimiento de Patricios y los diputados del Interior se presentan a la Junta el 18 de diciembre y solicitando su incorporacin a la misma. Los vocales de la Junta sostienen que la incorporacin no corresponde a derecho y que la Circular haba sido un rasgo de inexperiencia poltica; pero votan favorablemente por razones de conveniencia poltica. En consecuencia, al producirse la incorporacin de los diputados del interior, nace la denominada Junta Grande.

BOLILLA IV

*Tentativas de organizacin Institucional y Guerra: con la Revolucin de Mayo se abre un perodo (1810 1820) de marcada inestabilidad poltica e institucional. La destitucin de la autoridad espaola en Bs As no adquiere carcter revolucionario pleno, sino que es el primer paso de un proceso que puede denominarse como el de la revolucin y guerra de independencia. En este perodo se desarrolla la idea de San Martn. Con avances y retrocesos, se va forjando la idea de Nacin, el sentido y sentimiento de pertenencia a una misma entidad. La actitud emancipadora aparece temporariamente en las severas medidas polticas de la Primera Junta. Pero junto a esta idea de emancipacin gana terreno el conflicto sobre la estructura de poder del nuevo gobierno, el enfrentamiento entre quienes tienen como cabeza visible a Mariano Moreno y quienes aglutinan tras Cornelio Saavedra.El grupo morenista ganado por la idea de una revolucin de lineamientos jacobinos, tiene una visin ilustrada de la realidad. Aspiran a la emancipacin inmediata, violenta si es preciso, pero al mismo tiempo tal impulso los lleva a resaltar excesivamente el poder de Bs As como centralizador ejecutivo de las decisiones polticas. Para ellos, solamente los hombres ilustrados en las nuevas ideas llegadas desde Francia son la nica conduccin vlida para llevar adelante la poltica.Los saavedristas tambin partidarios de la emancipacin, son ms prudentes y atentos a la realidad social y cultural en que viven. Desean una revolucin ms gradual, pero el mismo tiempo ms integral en cuanto a la participacin de las distintas regiones y provincias. Socialmente, son ms conservadores de las tradiciones hispanas y se apoyan en instituciones como la Iglesia y el ejrcito, antes que en la burguesa naciente en Bs As. En lo que quizs se parezcan ambos grupos es en su deseo de no llevar la revolucin a un plano social, desean desplazar a la burocracia espaola, terminar con los privilegios y las castas del sistema colonial, pero no desean alterar el orden social.Saavedristas y Morenistas son dos maneras de entender la revolucin, la lucha por la emancipacin, pero en ellos ya se preanuncia un enfrentamiento que se prolongar a lo largo de todo el siglo la idea unitaria o centralista y la idea federal.

*La Junta Grande y las Juntas Provinciales: la Junta Grande va a dictar el 10 de febrero de 1810 el Reglamento de Juntas Provinciales y Subalternas, que reorganiza el rgimen poltico vigente en el territorio del Virreinato,Por dicho Reglamento se crean Juntas Provinciales y Subalternas. Las primeras residirn en la ciudad capital de las Gobernaciones Intendencias, estando presididas por el Gobernador Intendente o por un Presidente designado por la Junta Grande, e integrada por cuatro vocales, en ella reside toda la autoridad del gobierno de la Gobernacin Intendencias, pero con entera subordinacin a la Junta Grande. Las Juntas Subalternas funcionaran en ciudades o villas que tuvieran derecho a designar diputados en Bs As, estando presididas por el Comandante de Armas o un Presidente designado desde Bs As e integradas por dos vocales. Tendran las mismas funciones que los subdelegados de la Real Hacienda del Rgimen Intendencial, estando subordinados a las Juntas Provinciales. Dicho Reglamento refuerza el sistema instaurado por la Ordenanza de Intendencias, ms all de que establece algunos avances en torno del voto masivo y obligatorio. El sistema establecido por el Reglamento es abiertamente centralista al establecer un rgido sistema piramidal, donde las Juntas Subalternas dependen de las Provinciales, y stas, de la existente en Bs As. Adems solo los vecinos de las capitales de las Gobernaciones Intendencias elegirn a los vocales que los representaran en las Juntas Provinciales. El Reglamento provoc reacciones en el interior, entre las que se destacan las de los Cabildos de Mendoza y Jujuy. Este ltimo reclama concretamente la autonoma de su pueblo, afirmando que el Rgimen Intendencial ha sido la intervencin ms desafortunada de nuestra metrpoli. Su diputado sostendra el principio de igualdad de derechos de todos los pueblos, proclamando el principio de la autonoma de cada ciudad y reclamando el reemplazo del Rgimen e Intendecial por una Confederacin de Ciudades. *Movimiento del 5 y 6 de abril de 1811: poco despus de la muerte de Moreno, su grupo se ver desplazado por la presin de saavedristas y hombres del interior. El 5 y 6 de abril de 1811, un movimiento en el que participan tropas leales a Saavedra, con el apoyo de contingentes de orilleros de la ciudad, y con la complacencia de los representantes del interior obligan a renunciar y alejarse del poder a los morenistas aglutinados en la llamada sociedad patritica. Los hombres del interior parecan ganar la partida momentneamente.

*El Primer Triunvirato: el 16 de septiembre el cabildo exige a la Junta la destitucin de Campana. Un da ms tarde, se exige Cabildo Abierto para designar diputados por Bs As al futuro Congreso, siendo los ms votados: Chiclana, Paso y Sarratea, a la par que se designa una Junta Consultiva. Esta obliga a la Junta Grande a dictar un decreto el 23 de septiembre de 1811 creando un Poder Ejecutivo de tres miembros, denominado Triunvirato, alegando razones de celeridad y energa, destinando para tales cargos a Chiclana, Paso y Sarratea. Los integrantes de la Junta Grande pasan a formar la Junta Conservadora de la soberana de Fernando VII, organismo ante el cual debe rendir cuentas el Triunvirato. En sntesis, la creacin del Triunvirato signific el traspaso del poder nacional que representaba la Junta Grande a la minora ilustrada de Bs As de la que aqul fue un mero comisionado.

*El Reglamento Orgnico del 22 de octubre: el 22 de octubre de 1811, la Junta Conservadora dicta el Reglamento Orgnico, que consta de un prembulo y 27 artculos. El mismo est dividido en tres secciones que se refieren respectivamente a las atribuciones y composicin de los rganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Cumpla con las siguientes caractersticas: 1) establece la triple divisin de poderes, aunque en forma imperfecta, con superposiciones y omisiones.2) el Poder Legislativo radica esencialmente en la Junta Grande, que pasa a llamarse Junta Conservadora, que puede declarar la guerra o la paz, celebrar tratados de lmites, acordar relaciones comerciales y crear nuevos impuestos. Es el rgano de mayor poder y sus diputados son de carcter inviolable en lo jurdico.3) el Poder Ejecutivo lo conforma un triunvirato compuesto por tres vocales y tres secretarios sin capacidad de voto. Los vocales duran un ao en sus cargos y sus funciones comprenden la defensa del Estado, el mantenimiento de la Libertad Civil, la recaudacin de fondos, el cumplimiento de las leyes y la seguridad de los ciudadanos. La Junta Conservadora, una vez sancionado el Reglamento Orgnico, lo enva al Triunvirato para que lo promulgue. Pero ste lo remite en Consulta al Cabildo de la Ciudad de Bs As, el que a su vez, solicita dictamen a la Junta Consultiva. Tanto el Cabildo como la Junta consultiva aconsejan rechazar el Reglamento Orgnico, actitud que adopta el Triunvirato, tras lo cual el 7 de noviembre de 1811 disuelve la Junta Conservadora y expulsa a los diputados del interior de Bs As. Po lo que Bs As se erigir en metrpoli y dictar leyes a su arbitrio a todas las provincias.

*El Estatuto Provisional del 22 de noviembre: el 22 de noviembre de 1811, el Primer Triunvirato dicta el llamado Estatuto Provisional del Gobierno Superior de las Provincias Unidas del Rio de la Plata a nombre de Fernando VII, el que reemplaza el Reglamento Orgnico y consta de un prembulo y 9 artculos. Sus caractersticas confirman el giro poltico que haca el centralismo (unitarios).1) el Poder Ejecutivo sigue siendo el Triunvirato, pero ahora con amplias facultades, incluso invadiendo atribuciones de otros poderes. Los vocales duran en sus funciones solamente 6 meses, en cambio los secretarios son de carcter inamovible. Este Poder Ejecutivo deba ser elegido por una Asamblea General, compuesta por el Cabildo de Bs As, un importante nmero de vecinos de Bs As y los representantes del Interior. 2) la Junta Conservadora queda disuelta e incluso algunos de los diputados son acusados de conspiracin.3) se disuelven las Juntas Provinciales y se designan gobernadores dependientes del Poder Ejecutivo de Bs As. 4) el Poder Judicial pierde en parte su independencia, por las facultades extraordinarias del Poder Ejecutivo.Como aspecto contradictorio con esta concentracin de poder, se crean decretos consagrando la libertad de imprenta y la seguridad individual frente a los abusos del Estado.La poltica del Triunvirato representa la primera expresin definida de una tendencia partidaria de la hegemona absorbente de Bs As que buscaba el neto dominio de los intereses comerciales por sobre el Interior.

*La Logia Lautaro: estaba integrada por prestigiosos jefes militares como San Martin, Alvear, y Zapiola. La Logia Lautaro era una entidad eminentemente poltica, que se haba propuesto entre sus fines llevar adelante el proceso independista en todo el continente sudamericano. Sus integrantes entendan que deba triunfar la revolucin en el plano militar para despus discutir las formas institucionales ms convenientes conforme al pronunciamiento popular del cual eran sumamente respetuosos. Para ello no existan diferencias entre los habitantes de las diversas regiones de la Amrica hispana, a los que consideraban paisanos y aliados en la causa comn.Ambos grupos reclaman la convocatoria a un Congreso que declare la Independencia y organice el pas. El Triunvirato convoca a una nueva Asamblea en octubre y designa nuevos Triunviros. El 8 de octubre, tropas del ejrcito, conducidos por San Martin, Alvear y Ocampo, ocupan la plaza, acompaados por los civiles de la Sociedad Patritica. Los revolucionarios exigen la renuncia de los miembros del Triunvirato, la entrega provisoria del mando al Cabildo, la suspensin de la Asamblea, la creacin de un Poder Ejecutivo integrado por personas dignas que consulten al pueblo y la convocatoria de una Asamblea extraordinaria que resuelva en forma definitiva la organizacin de la Nacin.El gobierno cede ante la presin, y el Cabildo de Bs As y el Gobernador Intendente designan como nuevos miembros del Triunvirato a Paso, Pea y Jonte, los que son ratificados por el voto de los vecinos. Nace as el llamado Segundo Triunvirato, bajo la inspiracin conjunta de la Logia Lautaro y la Sociedad Patritica. *El Segundo Triunvirato: el Segundo Triunvirato, mediante un decreto convoca a elecciones de diputados para integrar una Asamblea General. La convocatoria estableca que los poderes que se conferiran a los diputados deban ser sin limitacin alguna. La eleccin era pblica o indirecta. Bs As contara con cuatro diputados, las capitales provinciales con o y las ciudades subalternas un diputado cada una.El Triunvirato cumpla as con el mandato de la revolucin del 8 de octubre al convocar a una Asamblea que declara la independencia y dictara una Constitucin, como lo requeran los hombres de la Logia Lautaro y la Sociedad Patritica. En febrero de 1813, la Asamblea dicta el Estatuto del Supremo Poder Ejecutivo, reglamentando las funciones y composicin del Triunvirato. Lo reforma posteriormente en 1814, transformando al Poder Ejecutivo de colegiado en uno de carcter unipersonal, por tanto, el Triunvirato deja de tener existencia institucional en tal fecha.

*La Asamblea del ao XIII: con la representacin de todas las provincias se rene en 1813, en torno a dos grandes objetivos: declarar la independencia y dictar una constitucin. Aunque solo cumpli parcialmente con ellas dado que adopt decisiones propias de una Nacin independiente y organizo poderes del Estado, lo que es propio de una Carta Magna.Sin embargo, la Asamblea cobra trascendencia por una serie de medidas que toma, algunas de ellas de tono verdaderamente revolucionario:1) en primer trmino, se declara soberana.2) se procede al anlisis de cuatro proyectos constitucionales: a) proyecto de la Comisin Oficial designada por el Segundo Triunvirato.b) proyecto de la Sociedad Patritica (ex morenistas lideraos por Monteagudo)c) proyecto de la Comisin Interna de la Asamblea.d) proyecto atribuido a Felipe Cardozo, diputado del Banco Oriental.

Los cuatro proyectos coinciden en contemplar la formacin de un nuevo Estado integrado por todas las provincias que formaban el antiguo Virreinato. Coinciden adems en la divisin tripartita de poderes.LAS INSTRUCCIONES DE LOS PUEBLOS: de acuerdo con el decreto de convocatoria dictad por el Segundo Triunvirato, los pueblos podan otorgar instrucciones a sus representantes. Se conocen las otorgadas por los pueblos de la Banda Oriental, Jujuy, Crdoba, Tucumn, Bs As, La Rioja, San Luis, Potos y Charcas.Con motivo del conflicto existente en la Banda Oriental entre las fuerzas Orientales (Artigas) y los ejecitos porteos (en manos d los realistas). Artigas convoca al Congreso Pearol donde se plantea reconocer a la Asamblea por obediencia o por pacto, decidindose finalmente aceptarla bajo determinadas condiciones y designar seis diputados. El 19 de abril se emiten las citadas instrucciones, que reconocen y claman por el derecho de los pueblos. Las de Jujuy, sostienen la inoportunidad de declarar la independencia, si bien requieren que la Asamblea se declare soberana, a la par que se inclinan por un sistema federal que respete las autonomas provinciales. Las de Potos tambin mantienen el rgimen federal pero consideran oportuno declarar la independencia y establecer a la regin catlica como la del Estado. Esto ltimo tambin es sostenido por las instrucciones de Tucumn, las que consideran conveniente tener presente la Constitucin de los EEUU, adoptndola a nuestra situacin local y poltica.

*El Directorio: el cargo de Director Supremo fue una creacin de la Asamblea del Ao XIII. Tuvo vigencia entre 1814 y 1820. Fue una institucin que reafirm el centralismo porteo y gener fuertes resistencias en el interior. Fueron Directores Supremos: Gervasio de Posadas, Carlos Mara de Alvear, Ignacio lvarez Thomas, Antonio Balcarce, Martn de Pueyrredn y Jos Rondeau.

*Estatuto Provisional de 1815: cado el Director Supremo, Alvear, el poder es reasumido por el Cabildo de Bs As, que convoca al vecindario para designar 12 electores que definiran la forma de gobierno a adoptar, a un nuevo Director Supremo y, elegir una Junta de Observacin que dictara un Estatuto Provisional para regir a las Provincias Unidas.El Estatuto Provisional surge como una rara mezcla de principios doctrinarios, de formas procesales, de legislacin electoral y rgimen de milicias.Comienza con una consagracin de los derechos fundamentales de los individuos. Establece la divisin de poderes y menciona los deberes de los ciudadanos y funcionarios pblicos. Hay discusiones sobre el carcter de este Estatuto: algunos afirman que es de tendencia federal por cuanto reconoca a las provincias el derecho de elegir sus propios gobernadores. Por otra parte, se afirma que la Carta Magna surgida del congreso que por l se convoca es de neto contenido unitario.Este Estatuto tena por finalidad neutralizar el avance de Artigas, quien haba sido designado Protector de los Pueblos Libres y se opona al centralismo porteo.Lo destacable de este digesto legal es que impone al Director Supremo la convocatoria a un Congreso General para dictar una Constitucin, que debera reunirse en la ciudad de Tucumn, para lo que las ciudades y villas habran de designar sus diputados.

*El Congreso de Tucumn y la declaracin de la Independencia: uno de quienes incita fervientemente a la realizacin del Congreso es San Martin. No concurrieron a esta convocatoria las provincias litorales (Santa Fe, Entre Ros, Corrientes y la Banda Oriental). Tampoco envi representantes Paraguay.Una de las primeras medidas del Congreso es designar al Director Supremo (Pueyrredn) para luego establecer un plan de materias a las que se deberan ajustar las deliberaciones. Las vigencias mayores eran la declaracin de la independencia y la organizacin institucional del pas. Ello ocurri finalmente el 9 de julio, se declar la Independencia de las Provincias Unidas de Sud Amrica. Hecho esto, se entr a considerar la forma de gobierno que habra que adaptarse para organizar el nuevo Estado, en el Congreso primaba la idea de una monarqua constitucional (idea defendida por Belgrano y San Martin). Pero la mayora de los diputados dej de lado la idea de coronar a un Inca para inclinarse por entrar en tentativas con alguna casa reinante en Europa para hacer lo propio con un prncipe europeo. El nuevo Director Supremo, Pueyrredn, inici tratativas con el gobierno francs para la coronacin de Luis Felipe de Orlens. Luego, desestimado este intento, se intenta la coronacin de Carlos Luis de Borbn, prncipe de Luca.

*Reglamento Provisorio de 1817: mientras el Congreso que haba declarado la Independencia discuta la conveniencia de dictar una Constitucin de inmediato, sanciona el Reglamento Provisorio que habra de reemplazar al Estatuto Provisional de 1815. Este documento no innova mayormente lo establecido por aqul. Era de neto carcter unitario, toda vez que a las decisiones de gobernadores quedaban al arbitrio del Supremo Director del Estado de las listas de personas elegibles de dentro o fuera de las provincias. Estas eran simples entidades administrativas. Rigi provisoriamente hasta el dictado de la Constitucin de 1819.

*La Constitucin de 1819: el proyecto de Constitucin comenz a ser tratado el 31 de julio de 1818. Privaba all un espritu unitario, preparndose el camino para el establecimiento de una monarqua que era lo que se quera implantar. Pero esta fue hecha a espaldas de la mayora del pueblo de las provincias, el cual tajantemente la rechaz; esto origin un doloroso perodo de distenciones internas. Una ley es legtima en cuanto expresa y representa al conjunto de la sociedad, no a una minora ilustrada que legisla a espaldas de quienes tericamente dice representar.PRINCIPALES DISPOSICIONES: las que refieren al Poder Legislativo, al que divide en dos cmaras: una de Representantes y otra de Senadores. El Poder Ejecutivo es unipersonal y se denomina Director de Estado. Se crea por primera vez una Alta Corte Suprema de Justicia.Esta constitucin no adopta ningn sistema o forma de gobierno, con la finalidad de poder adaptar la Ley Fundamental ya sancionada a una monarqua constitucional. Tampoco dedica ninguna seccin o capitulo al tratamiento de las provincias (su organizacin, derechos y poderes) ni se les reconoce existencia como Estados particulares y entidades de derecho pblico. POSICION DEL INTERIOR ANTE LA CONSTITUCION: el rechazo que produjo esta Constitucin en las provincias argentinas, particularmente en las del Litoral, origin un levantamiento generalizado contra las autoridades nacionales.

PACTOS INTERPROVINCIALES Y PROYECTO RIVADAVIANO (1820 1831)

BOLILLA V

Cada del Poder Nacional y Autonomas Provinciales.

*El surgimiento de los caudillos y las realidades regionales: el federalismo fue una actitud defensiva del interior, ante el control de los ros, el monopolio del puerto nico, la confiscacin de la renta aduanera que entraba en Bs As y que perteneca a todas las Provincias Unidas y la libertad de comercio; prerrogativas que en el periodo colonial detentaba la Corona espaola. Antes de la gran revolucin no haba caudillos ni montaneras en el Plata. La guerra de Independencia los dio a luz. El realismo espaol fue el primero que llam caudillos a los jefes americanos en que no queran ver generales. Las montaneras se constituyeron en la herramienta de lucha del interior, ante los ejrcitos de lnea que envidiaba Bs As. Aparece as, en la escena histrica el gaucho como personaje central de la misma y se constituir en el grupo tnico fundamental del pas. Los gauchos eran los sectores populares de ese entonces y eran conducidos por los caudillos. Procedentes de sectores rurales no ilustrados y por ende, de la misma capa social que sus dirigidos, se destacaban por su valenta, audacia y destreza, sobre todo en el arte militar.Las masas tenan hacia su caudillo un gran sentido de solidaridad. Los caudillos desconfiaban en forma innata de los letrados que venan de Bs As. Tenan a la regin catlica como elemento fundamental, lo que les serva para diferenciase de los porteos. - el federalismo de Bs As: fue sostenido por los productores ganaderos de la provincia de Bs As. Vinculados por las caractersticas de su produccin con el puerto de Bs As, no queran perder los beneficios que les otorgaba el manejo de las rentas de la Aduana. Se diferenciaban del sector unitario, en tanto aquellos lucraban con la utilizacin del puerto.- el federalismo del Litoral: tena intereses coincidentes y, al mismo tiempo, contrapuestos con los de Bs As. De similares producciones, comparta con la provincia de Bs As el sistema de comercio exportador, pero se distaban el control de los ros, el monopolio del puerto nico y la distribucin de las rentas de la Aduana. El federalismo de las provincias litorales surgi como respuesta concreta al centralismo porteo.- el federalismo del interior: las provincias mediterrneas planteaban una poltica econmica que los protegiera de las manufacturas extranjeras. De all su enfrentamiento directo con la poltica portea de libre cambio.

En las coincidencias y disidencias de estas tres corrientes se asientan las posturas federales. Los puntos comunes que se transformaron en bandera fueron: 1) distribucin de las rentas de la Aduana.2) posibilidad de autodeterminacin provincial, dentro de un rgimen federativo.3) proteccin de las economas provinciales.4) unidad nacional, sin hegemona de Bs As.

*El federalismo como respuesta poltica y cultural: no podemos decir que el federalismo haya sido una expresin homognea en todas las regiones del pas, sino que bajo esta tendencia se agruparon disimiles sectores sociales que coincidan en los aspectos ms importantes en la perspectiva de pas que proponan.Algunos autores lo ubican como una tcnica gubernamental, copiada, fundamentalmente, de los EEUU. La posicin federal parta de considerar necesaria una organizacin descentralizada, donde conviviera armnicamente un gobierno central con los correspondientes a los locales de las provincias o estados. Dentro de la organizacin federativa exista una forma ms dbil de cohesin: la CONFEDERACION, en la cual la unin provena del acuerdo logrado por pactos o tratados y la autoridad del gobierno central era mucho ms limitada por carecer de imperium, sobre todo el territorio federal. En este caso, los gobiernos provinciales se reservaban la potestad de aplicar o no las decisiones de la autoridad central en sus territorios, y hasta podan separarse de tal confederacin. Esta corriente poltica sostendra como uno de sus pilares el control y la regulacin del poder estatal (sistema republicano de gobierno opuesto al monrquico), posibilitando que todo el espectro social se incorporase al cuerpo poltico de la Nacin. Cabe destacar que el movimiento federal tuvo una perspectiva ms favorable a la intervencin del pueblo en la poltica, no solo con la oposicin que realizaron a los sistemas electorales restrictivos usualmente propiciados por los sectores unitarios, sino auspiciando y convalidando formas de participacin de carcter directo. El sistema de agrupamiento que adopt el federalismo implicaba una forma poltica de participacin de los sectores populares en la seleccin de los mismos. Dentro del campo federal se plante una respuesta sobre las relaciones que deban existir entre Estado y sociedad que tenda a una intervencin de aqul en sta, cuyo objetivo era la equidad en las oportunidades econmicas para las provincias. Bajo la influencia del mercantilismo se entenda necesaria la intervencin estatal.

*Las primeras manifestaciones del federalismo: los primeros planteos federales se realizaron en el litoral. Quien primero aparece levantando las banderas del federalismo es Artigas. - el caudillo oriental: nacido en la Banda Oriental, de reconocida posicin social. Dedicado a las tareas rurales, trabaj como proveedor de cueros y productos pecuarios para los exportadores de Montevideo. Poseedor de una fuerte personalidad y gran prestigio. Defendi la campaa oriental de las depredaciones de vagos, ladrones, contrabandistas e indios charras y minuanos.

*Los conflictos en el Litoral. La autonoma de Santa Fe: desde comienzos de periodo revolucionario, Santa Fe fue considerada parte integrante de la jurisdiccin de Bs As. La situacin de dependencia absoluta tena su razn de ser en que Santa Fe era un puerto fundamental en el transporte de mercaderas entre Asuncin del Paraguay y las rutas del noroeste y oeste, as como de la regin litoralea.Proclamada Santa Fe como provincia libre e independiente del poder de Bs As, al poco tiempo ocurre lo mismo con Crdoba, la que, de esta manera tambin entra en la rbita artiguista. Bs As no habra de aceptar pacficamente esta situacin.

*Artigas y la Liga de los Pueblos Libres: las provincias de la rbita artiguista se renen en el llamado Congreso de Oriente, donde constituyen la la Liga de los Pueblos Libres, que reconoce al jefe oriental como Protector, como autoridad mxima.La liga resuelve, asimismo, no asistir al Congreso que se ha reunido en Tucumn.Entre 1815 1816 Artigas vive su mximo poder e influencia, dominando incluso a la misma ciudad de Montevideo. Las medidas que este dispone en este corto perodo denotan su deseo de establecer un orden social ms justo, ms acorde con la idea republicana: cada hombre es igual a los dems ante la ley.

*Estatuto Provisional de 1819 (de Santa Fe): luego de firmado el 12 de abril de 1919 el armisticio de San Lorenzo, el Brigadier General Estanislao Lpez, previendo un perodo de paz, se dispone a organizar institucionalmente la provincia. Es por ello que Lpez, en julio de 1819, encarga a la Junta Electoral la redaccin de un Estatuto Constitucional. Este Estatuto es de un valor singular, porque es el primer que se da en una provincia argentina.Aparece el Estatuto, proclamando un sistema republicano, y el principio de la soberana popular como esencial para la convivencia en esta provincia. En este texto se establece la divisin de poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El primero era ejercido por un gobernador. El cabildo mantena sus antiguas facultades y ejerca el gobierno, en caso de ausencia del gobernador.

*Alzamiento de 1820 y disolucin del poder centralista: no puede decirse que la crisis desatada en el ao 1820 (la cual origina la cada del Directorio y, por ende, de la autoridad nacional constituida) obedezca a una sola causa. La constitucin unitaria de 1819, el avasallamiento de las autonomas provinciales, los manejos polticos del Directorio Supremo y la noticia de los planes monrquicos son los motivos centrales que llevan a que los pueblos del Litoral se levanten en armas contra el gobierno nacional.El Ejrcito del Norte, al mando de Cruz, se haba puesto en marcha hacia Bs As, pero el 5 de enero de 1820, en la posta de Arequito, el general Bustos y los comandantes Heredia y Jos Mara Paz se sublevan y desean reservar el ejrcito para la guerra de la independencia. Rondeau toma el mando del Ejrcito.Las fuerzas de Rondeau y de Ramrez y Lpez se enfrentan en la caada de Cepeda, el 1 de febrero de 1820. Ramrez da una tregua de 8 das, a la espera de que Bs As se constituya como provincia federal.El 29 de enero de 1820 Artigas haba sufrido la derrota a manos de portugueses. Ante la derrota de Rondeau en Cepeda, el pnico se apodera de Bs As. Aguirre asume como Director y comienza a organizar la defensa de la ciudad, nombra a Soler al frente de las tropas. En tanto, Ramrez inicia su marcha hacia Bs As, sin encontrar resistencia. Dirige un Oficio al Cabildo, ofreciendo la paz a cambio de la disolucin del Congreso Constituyente, la separacin del Director Aguirre, la entrega de la escuadrilla que operaba en el Rio de Paran y del Pabelln que haba quedado en San Nicols, el suministro de 2000 fusiles, trabucos, sables y tercerolas, el pago de la suma de $250000 en efectivo. Ramrez hizo saber que llegado a Pilar, esperara la respuesta, la que, en caso de ser negativa, lo llevara a tomar la Capital por las armas.

- EL HORIZONTE POLITICO EN 1820: con la Batalla de Cepeda y la consecuente cada del Directorio, comienza un periodo de falta de un gobierno central que unifique a todas las provincias del antiguo Virreinato del Rio de la Plata y a la fuerte presencia de los caudillos federales.Perdida la esperanza del entendimiento pacfico con Bs As, las provincias interiores asumieron su autonoma y gobiernos propios. Los ganaderos y comerciantes de Bs As comenzaron a gozar de los beneficios de las rentas de la Aduana.Aparecieron en escena las montoneras como forma concreta de defender las autonomas provinciales, frente al centralismo porteo.

*Los pactos interprovinciales. Del Tratado de Pilar al Pacto Federal en 1831: disuelto el poder central y reasumida la autonoma por parte de cada una de las provincias, la forma poltica de expresin del pensamiento federal, fueron los pactos interprovinciales. El pacto se transform en la herramienta eficaz de unin entre las diversas regiones de nuestro pas. A travs de l, las provincias solucionaban sus conflictos y ponan fin a sus controversias, o bien establecan alianzas definitivas ante posibles ataques extraos.La mayora de los pactos trascienden la intencin de consolidar una organizacin nacional definitiva, la cual finalmente se plasm en la Constitucin Nacional sancionada en 1853.- PRINCIPALES PACTOS INTERPROVINCIALES:TRATADO DE PILAR: fue firmado el 23 de febrero de 1820, en la Capilla del Pilar, por Sarratea, Ramrez y Lpez, como gobernadores de la provincia de Bs As, Entre Ros y Santa Fe. Fue firmado con el fin de terminar la guerra suscitada entre dichas provincias, proveer a la seguridad ulterior de ellas y concentrar sus fuerzas y recursos en un gobierno Federal. Proclama la FEDERACION como forma de gobierno. Establece el libre cambio de armas y municiones y el canje de prisioneros entre las provincias as federadas. La firma de este tratado signific la ruptura y el posterior enfrentamiento entre Ramrez y Artigas, hecho que culmin con la derrota de ste ltimo y su exilio en el Paraguay.En los aos siguientes a la firma de este tratad, los conflictos vuelven a estallar al predominar ocasionalmente en la gobernacin de Bs As, la faccin centralista. Se firman nuevos acuerdos, el TRATADO DE BENEGAS entre Santa Fe y Bs As, que reitera los acuerdos bsicos del de Pilar pero previendo un Congreso Constituyente en Crdoba, por influencia del Caudillo Bustos. EL TRATADO DE CUADRILATERO: entre Entre Ros y Corrientes, Bs As y Santa Fe, confirman los dos anteriores y convocan a un nuevo Congreso, al no poder reunirse el previsto antes.El Congreso se rene en Bs As y dos hechos precipitan un nuevo fracaso. La fraccin centralista con Rivadavia controla el poder y sanciona una nueva Constitucin unitaria (en 1826), a ello se suma la guerra con Brasil. Tras la experiencia Rivadaviana y la guerra, Bs As, Santa Fe y Entre Ros, a las que luego se suma Corrientes, firman el PACTO FEDERAL DE 1831. All se establece un nuevo equilibrio destinando a perdurar hasta 1852. El mismo: 1) reafirma la idea del sistema federal.2) alianza ofensivo defensiva. 3) libre trnsito y comercio fluvial. 4) se invita a las dems provincias a integrarse al pacto atendindose a sus condiciones.5) se dispone la creacin de una Comisin Representativa. Tambin convocar a un Congreso Constituyente para concluir con la organizacin del sistema Federal, la cuestin econmica, el comercio, etc.La firma del PACTO FEDERAL servir de base para el afianzamiento de la Confederacin Rosista.

BOLILLA VI

*El ascenso de Rivadavia y el Unitarismo: tras la crisis de 1820 y el surgimiento de Bs As como una provincia con instituciones propias, ocupa la gobernacin el estanciero Martn Rodrguez. A partir de ese momento retorna a la escena poltica Rivadavia, que se desempea como Ministro de Gobierno de Rodrguez y en 1826, llegar a ser proclamado como Presidente. Rivadavia, es la cabeza saliente de un grupo que podra definirse como el de la burguesa comercial portea, al que se suman intelectuales y algunos estancieros de la provincia. Ideolgicamente tiene influencias de varias de las corrientes del pensamiento liberal. Por el liberalismo econmico de Adam Smith, cree en las leyes naturales que regulan el mercado, que equilibran la oferta y la demanda en un plano de competencia perfecta, por lo que apoya toda iniciativa que incorpore al Rio de la Plata el mercado mundial. Cae en una exagerada libertad de comercio y de inversin. Tambin est influenciado por el llamado utilitarismo, que plantea lo til como la mxima aspiracin humana, ya que es todo lo que lleva al progreso.Desea organizar un Estado Moderno de estructura liberal, pero de participacin poltica restringida a la elite ilustrada. Margina a los sectores populares y limita el poder a las instituciones tradicionales. *El proyecto del grupo rivadaviano: centralismo, liberalismo y modernizacin. La sociedad de Bs As. La ciudad y la campaa: Rivadavia fue el poltico que mejor interpret a los sectores sociales que postulan el pensamiento unitario. El problema central reside en la poltica centralista llevada a cabo por el grupo rivadaviano que apuntaba a asegurar el dominio britnico en la economa nacional. Para ello, era preciso un gobierno centralizado, unitario, que pudiera disponer del potencial geogrfico del pas entero y que asegurara el libre cambio a fin de que los productos de la industria inglesa coparan el mercado consumidor.Esta centralizacin estaba dada prcticamente por el manejo y la administracin de las provincias por parte de Bs As, que pretenda, incluso, elegir a sus gobernantes.

-LOS UNITARIOS: exista en Bs As una minora ilustrada y liberal, de fuerte sentido europeizante, duea de una fuerza considerable. Haba logrado su desarrollo asentada en el comercio y las profesiones liberales. La libertad de comercio permiti su rpida y precisa vinculacin con las casas mayoristas inglesas y francesas, a las que representaron en Bs As. Creci as el nmero de intermediarios, consignatarios, acopiadores, importadores, transportadores y prestamistas, que constituiran la base de esta burguesa comercial.El unitarismo se volvi autoritario y aristocrtico; autoritario, porque el partido unitario impuso su programa econmico a pesar de la creciente resistencia popular de las provincias del interior; aristocrtico, porque el unitarismo se diriga principalmente a los estratos ms altos de la sociedad argentina, a los comerciantes e intelectuales y no trataba de crear una amplia masa partidaria popular.

-RIVADAVIA Y EL PROGRESO: Rivadavia se encarg de hacer fracasar el Congreso Constituyente. La provincia de Bs As estaba libre y entregada al espritu de progreso en todo sentido.Es por esta accin que se ha ensalzado la obra de Rivadavia, tildndola de liberal, democrtica, moderna y progresista.ALGUNAS MEDIDAS TOMADAS POR RIVADAVIA: 1) de orden econmico financiero:-Contratacin de un emprstito con la firma inglesa Baring Brothers para construir el puerto de Bs As, la creacin del servicio de aguas corrientes y la fundacin de pueblos nuevos en la provincia.-reorganizacin de la administracin y las finanzas.-creacin de la primera institucin de crdito en 1822 (Banco de Descuentos, reemplazado en 1826 por el Banco Nacional).-primeras ordenaciones presupuestarias de la provincia.-reforma agraria conocida como Ley de Enfiteusis (1822), estimulando la agricultura y ganadera mediante la concesin de primas a la produccin.-creacin de mercados de abasto en los centros urbanos.

2) de orden poltico social:-establecimiento del sufragio universal y directo para todos los ciudadanos mayores de 20 aos (1821).-eliminacin de los Cabildos de la provincia de Bs As (1821)-convocatoria al Congreso de 1824 que habra de dictar la Constitucin de 1826.-sancin de la inviolabilidad de la propiedad privada y de la seguridad individual.-organizacin del servicio de postas y correos.-reorganizacin del ejrcito (1822)

3) de orden religioso:-abolicin del fuero eclesistico y sometimiento de los sacerdotes a los tribunales ordinarios (1822)-supresin del diezmo.-secularizacin de cementerios.-reforma del clero regular.

4) de orden educativo y cultural:-creacin de escuelas primarias.-implantacin del sistema lancasteriano de enseanza y organizacin escolar.-institucin de escuelas para adultos y la obligacin de impartir educacin e instruccin a todo nio.-establecimiento de la vacunacin obligatoria.-creacin de la Universidad de Bs As.-fomento de la edificacin escolar.-instauracin de la Sociedad Literaria editora de peridicos.-fundacin de la Sociedad de Damas de Beneficencia para que se hicieran cargo de la educacin e instruccin de mujeres (1823).

*Congreso de 1824: en 1824 Bs As convoca a un Congreso General para tratar asuntos de alcance interprovincial, y aunque no es convocado como constituyente era obvio que su labor desembocara en una Constitucin.Reunido el Congreso se procedi al dictado de la llamada Leu Fundamental, que toma las siguientes medidas:1) declara al Congreso en carcter de Constituyente.2) establece que hasta la sancin de una Constitucin, las provincias se regirn por sus propias y vigentes constituciones. Se reconoce de este modo la autonoma provincial.3) hasta tanto se nombre Poder Ejecutivo Nacional, se dispone que el Gobierno de Bs As, se hiciera cargo de las relaciones exteriores y de ejecutar las decisiones emanadas del Congreso.

* La Guerra con Brasil: el motivo desencadenante de esta guerra fue la invasin a la Banda Oriental de los Treinta y Tres Orientales al mando de Lavalleja, hecho que conmovi a las Provincias Unidas y despert la solidaridad de ellas.Lavalleja y los hermanos Oribe habran formado en Bs As un centro de resistencia oriental a la ocupacin brasilea; con esta expedicin iniciaron una campaa militar que los llevara a poner sitio a Montevideo.El 14 de julio de 1825 se instal en La Florida el primer gobierno oriental. Reunido en Asamblea el 25 de agosto, declaraba disueltos los vnculos que la unan con el Imperio brasileo y proclamaba la independencia de la provincia para confederarse con las Provincias Unidas del Rio de la Plata. Al aceptar el Congreso Argentino esa incorporacin (el 24 de octubre) el Brasil declar la guerra (el 10 de diciembre de 1825). El desarrollo de la misma fue favorable a las armas argentinas. El Almirante Guillermo Brown, logr conformar una armada que infligi duros golpes a la Imperial.Mientras se desarrollaba el conflicto, haba llegado a Bs As Lord Ponsomby, plenipotenciario britnico. A Inglaterra no le convena que la Banda Oriental perteneciera a alguno de los grandes pases sudamericanos. Quien la detentara tendra un gran poder sobre todo el estuario del Rio de la Plata.Los esfuerzos del Foreing Office estaban destinados a crear un pas independiente en el Rio de la Plata, que no fuera ni brasileo ni argentino, sobre el cual pudiera ejercer su influencia. La creacin de un Gibraltar era lo que convena al Imperio: quera tener la llave de ingreso al interior sudamericano. Esta misin se le encomend a Lord Ponsomby, quien la cumpli a la perfeccin.Siendo Rivadavia presidente, destac como Ministro plenipotenciario a Garca, para negociar la paz ante la Corte Imperial de Rio de Janeiro. Esta accin no haca sino responder a los manejos britnicos. Este hecho hizo que el Imperio impusiera condiciones exorbitantes para la firma de la paz: plante la exigencia de retener a la Banda Oriental, la neutralizacin de la Isla San Martin Garca, la indemnizacin a Brasil por los gastos de guerra y la peticin a Inglaterra de que por 15 aos garantizara la libre navegacin del Plata. El enviado argentino Garca acept estas condiciones y firm el Tratado el 24 de mayo de 1827.Ello responda con fidelidad a la decisin poltica del gobierno rivadaviano que estaba dispuesto a concreta la paz a cualquier precio, an a costo del honor de la Nacin.

* Ley de Presidencia: el 6 de febrero de 1826, el Congreso crea el Poder Ejecutivo Nacional, designando al da siguiente a Rivadavia como Presidente de las Provincias Unidas del Rio de la Plata y sanciona la ley de Ministros, estableciendo cinco: de Gobierno, de Negocios Extranjeros, de Guerra, de Marina y de Hacienda.El argumento central que justifica su dictado era el estado de guerra con el Brasil y la necesidad de contar con un ejrcito nacional y suficientes recursos para hacerle frente. Esta Ley de Presidencia acta en contra de lo establecido por la Ley Fundamental ya que no habiendo Constitucin no poda haber presidente y por ser un Congreso Constituyente no poda elegir a un mandatario de una Repblica que no estaba constituida. Esta violacin a todos los principios constituyentes y an establecidos por la propia Asamblea, marcan a fuego el carcter antidemocrtico y faccioso de la fraccin Rivadaviana. La sancin de esta ley origin una fuerte reaccin de las provincias que advirtieron que no era posible una convivencia pacfica con el grupo porteo.

* Ley de Capitalizacin: el 4 de marzo de 1826 es sancionada por el Congreso, la norma que establece que la ciudad de Bs As ser la capital del Estado y dispone que con el resto del territorio se organice la provincia de Bs As.Esta idea Rivadaviana la enemist con los sectores poderosos de su propia provincia al ver cortada su conexin con el puerto y ver nacionalizada las rentas aduaneras.

* Constitucin de 1826: a mediados del ao 1826, el Congreso sanciona finalmente una Constitucin que establece la forma republicana y unitaria. Caractersticas:1) la nueva Constitucin de 1826 toma la estructura de la anterior (1819) pero despojndola de las caractersticas monrquicas.2) establece triple divisin de poderes. El Poder Legislativo se organizaba en dos cmaras: una, de Representantes, y otra, de Senadores. El Poder Ejecutivo era unipersonal y lo ejerca el Presidente de la Repblica Argentina; duraba solo 5 aos en el cargo y no poda ser reelecto. El Poder Judicial era ejercido por una Alta Corte de Justicia integrada por 9 jueces y 2 fiscales, quienes eran designados por el Presidente de la Repblica con acuerdo del Senado.Esta propuesta fue terminantemente rechazada por las provincias las cuales lo consideraron una afrenta, por cuanto desconoca sus derechos polticos y los reduca a ser simples agentes el poder central. En resistencia a esta Constitucin y al grupo unitario de Bs As, creca a nivel nacional la figura de Quiroga.La poltica unitaria pona a la Nacin al borde de una guerra civil.

LA CAIDA DE RIVADAVIA: la firma del Tratado de Paz con Brasil fue el detonante que motiv su renuncia, pero no es la nica razn. La poltica centralista llevada adelante por el grupo rivadaviano haba originado una fuerte resistencia en todo el interior. La guerra civil se haba desencadenado y los caudillos federales levantaban sus lanzas frente a los ejrcitos porteos. El Congreso, denominado por la fraccin unitaria, haba dictado la Ley de Presidencia y elegido a Rivadavia, violando abiertamente la Ley Fundamental, que era un triunfo poltico de las provincias. Al dictar la Ley de Capitalizacin, Rivadavia se gan la enemistad del grupo de ganaderos bonaerenses, el cual lo haba apoyado, permitiendo su llegada al poder.La Constitucin de 1826 fue rechazada por todo el interior, que rpidamente se arm para defender sus prerrogativas, desconociendo al Presidente y al Congreso. El 28 de junio de 1827, Rivadavia present su renuncia, la cual fue aceptada.

* Ley del 3 de julio de 1827: el 3 de julio del 1827 el Congreso dict una ley proponiendo designacin de un presidente interino, hasta la convocatoria de un nuevo Congreso, el cual decidir la aceptacin o el rechazo de la Constitucin de 1826, al tiempo que se restitua la autonoma de Bs As. Finalmente el 12 de agosto de 1827 fue elegido Gobernador de la provincia el Coronel Manuel Dorrego.

LA CONFEDERACIN ROSISTA (1831 1852)

BOLILLA VII

* Conformacin de un gobierno provincial de alcance Nacional: tras la renuncia de Rivadavia y la disolucin de poder de alcance nacional, ocupa la ciudad de Bs As el federal Dorrego. En su afn de regularizar la situacin con las provincias interiores, decide el 29 de agosto, enviar comisionados para cortar con todo motivo de conflicto y obtener como resultado la cooperacin simultnea que elevara al pas al grado de respetabilidad y convocatoria tan necesaria para constituirlo tranquilamente. Producto de esta iniciativa se suscribe un pacto interprovincial entre Bs As y Crdoba mediante el cual estas provincias se comprometan a contribuir a la formacin de la Nacin y a cooperar a la Guerra contra el emperador de Brasil, para lo que concurriran a una convencin a celebrarse en la provincia de Santa Fe. Similares acuerdos se firmaron con Santa Fe, Entre Ros y Corrientes. Por stos, se autorizaba al gobierno de Dorrego a dirigir la guerra con Brasil y mantener las relaciones exteriores hasta tanto se reuniera la convencin. La cual empieza a sancionarse efectivamente con la llegada a Bs As del Convenio Preliminar que pona fin a la guerra con Brasil.

GOBIERNO DE DORREGO: su gobierno se vio limitado por las duras condiciones econmicas en que se tuvo que desenvolver. Por ello, debi reducir sus gastos a lo indispensable, estableciendo un severo control en los precios de los artculos de consumo, al tiempo que suspendi las levas de paisanos, restableci el voto popular y termin con las medidas antirreligiosas y confiscatorias que haban llevado adelante lo unitarios.El grupo unitario, los especuladores, los negociantes del comercio exterior y los hacendados, estaban en contra del gobierno por lo que el clima poltico que se viva en Bs As no era pacfico. Ejercan sus disconformidades a travs de la prensa. Por otra parte los diputados reunidos en Santa Fe reclamaban la creacin de un fondo nacional con el producto de las rentas aduaneras que monopolizaba Bs As.Dorrego se ve obligado a negociar la paz bajo las condiciones del imperio Britnico. La Principal de ellas era la renuncia de Brasil y Argentina a la provincia de Montevideo.El 4 de noviembre de 1828, con la retirada de los diputados orientales, se aprueba el Convenio Preliminar de Paz con el Brasil que haba firmado Dorrego, hecho que signific la independencia de la Banda Oriental.

* Guerra entre unitarios y federales: la firma de este Convenio Preliminar origina la desmovilizacin de los ejrcitos que haban combatido en el frente. El 1 de diciembre de 1828, las tropas provenientes de Brasil, al mando de LAVALLE se sublevan. Lavalle haba sido influenciado por unitarios, quienes incentivaron el disgusto del guerrero por la paz firmada con el Imperio, haciendo recaer tal responsabilidad en Dorrego. ste, carente de fuerzas militares, abandona la capital y se dirige hacia el interior de la provincia, buscando el apoyo de ROSAS. Lavalle se apodera de la ciudad y se hace designar gobernador. Dorrego decide enfrentarlo el 9 de diciembre, pero es fcilmente derrotado y tomado prisionero. Rosas logra huir y busca ayuda del gobernador santafesino, LOPEZ. Lavalle fusila a Dorrego, en Navarro, el 13 de diciembre. Luego de eso desata la dursima represin contra los integrantes del partido federal y los sectores populares. Esta actitud, origina el rechazo de las provincias y alzamientos en toda la campaa bonaerense; lo que obliga a Lavalle a retroceder a Bs As. Finalmente, los ejrcitos federales al mando de Lpez lo vencen el 26 de abril de 1829.Apremiado por la presencia de JOSE MARIA PAZ en Crdoba, Lpez regresa con sus fuerzas y las entrerrianas a Santa Fe y deja a Rosas al frente de las tratativas de paz con Lavalle.

* Pactos de Cauelas y Barracas: el 24 de junio de 1829 Lavalle y Rosas dispusieron en Cauelas el cese de hostilidades, estipulndose que en breve se elegira una nueva Junta de Representantes, que designara al futuro gobernador. Se convino presentar una nica lista de candidatos a representantes, integrada por ambos partidos. Se acordaron los nombres de los ministros y que el gobernador sera lzaga. Se convoc a elecciones para el 26 de julio, pero al llegar a Bs As la noticia del triunfo de Paz sobre QUIROGA en la Tablada, el grupo unitario se present con una lista propia que triunf en la capital.Lavalle retom el control de la situacin en la ciudad y el 20 de agosto se reuni con Rosas en Barracas, donde decidieron designar como gobernador provisorio a Viamonte, quien asumi el 26 de agosto.El 1 de diciembre Viamonte restituy a sus funciones a la legislatura constituida durante la gobernacin de Dorrego, sta eligi, el 6 de diciembre, a Rosas como gobernador.

* Bases sociales de Rosas: Rosas comprendi que el orden y la paz eran valores requeridos por la sociedad del momento, por lo que sus gobiernos tendieron a efectivizar tales valores, a partir del afianzamiento de lo institucional, de la restauracin del orden desaparecido. Cont con la confianza de la burguesa comercial portea. No distribuy las rentas de la Aduana, ni alter mayormente la libertad de comercio con Inglaterra y Francia. Rosas represent el acceso al poder de ganaderos de la provincia de Bs As, en sus sectores ms dinmicos. Las exportaciones de pieles, carne salada y sebo se duplicaron entre 1837 1852. En cuanto al sistema de propiedad agraria, distribuy las tierras obtenidas de su expedicin al desierto de 1832 entre las que participaron de ella. * Proyecto poltico de Rosas: Rosas representaba los intereses ganaderos. A diferencia de los comerciantes de Bs As, a los hacendados bonaerenses no les interesaba conquistar el mercado interior, puesto que lo que ellos necesitaban era mantener el dominio del puerto para poder embarcar sus productos a los mercados compradores de Centroamrica y EEUU. De all que Rosas renunciara totalmente a las intervenciones armadas en el interior para dominarlo y declara el manejo de tales situaciones a los caudillos lugareos. Privilegi la salida transaccional antes que el caos que supondra la guerra civil. Se asegur la fidelidad de algunos caudillos mediante el manejo de subsidios a provincias que lo necesitaban. Ahora bien, tales convenios no implicaban de ninguna manera ceder el manejo de las rentas de la Aduana, abrir los ros a la libre navegacin o imponer restricciones al manejo del comercio exterior. De all que demora la organizacin constitucional del pas.

* El ejercicio del poder durante el perodo Rosista: Rosas asumi el poder el 8 de diciembre de 1829. Las luchas civiles, los graves disensos polticos y la difcil situacin econmica por la que se atravesaba haban provocado una situacin de caos y descontento generalizado. Para enfrentar tal situacin, la Legislatura portea otorg a Rosas el ejercicio de las FACULTADES EXTRAORDINARIAS, que consistan en concederle poderes especiales para regularizar la administracin de la provincia, mantener su libertad e independencia, desbaratar los ataques de los unitarios y asegurar la tranquilidad y el orden pblico. Su primer gobierno se extendera hasta el 5 de diciembre de 1832, fecha que fue elegido nuevamente gobernador, pero no acept el cargo por cuanto no le otorgaron facultades extraordinarias.El 7 de marzo de 1835, se nombr otra vez a Rosas como gobernador, otorgndosele en este caso la SUMA DEL PODER PBLICO, sin ms restricciones que la obligacin de defender la Religin Catlica y sostener la causa Nacional de la Federacin. De esta manera, se concentraba en su persona el manejo de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Comienza una poltica de sometimiento y persecucin a sus opositores, al tiempo que se exalta su figura y la causa de la federacin buscando en la religin catlica una identificacin de la nacionalidad. Con ello pretenda vincular la conciencia nacional a la religin. Apoyaba esta poltica la Sociedad Popular Restauradora, organizacin parapolicial encargada de identificar y separar a los unitarios del cuerpo de la Repblica. Su fuerza de choque era la Mazorca, que realizaba intimidaciones y los asesinatos polticos ordenados por aquella Sociedad. Este ejercicio era utilizado en tiempos de crisis poltica o militar.Con el ejercicio de la suma del poder pblico, el manejo de las relaciones exteriores de la Confederacin, el mantenimiento del Puerto nico y la administracin de las Rentas de la Aduana, y el acuerdo con los caudillos provinciales, Rosas estructur su particular visin de lo que era la Confederacin.

-LA ECONOMA DE LA EPOCA DE ROSAS: Durante los primeros aos de su gobierno. Rosas no logr una recuperacin econmica, pero consigui detener la ruina financiera estableciendo el valor del papel moneda.Entre 1830 y 1852, Bs As apresur su expansin del territorio utilizado y la efectiva apropiacin del mismo. Asimismo, comenz la cra de ganado ovino.Al hacer referencia al Pacto Federal de 1831, se explicaron las posturas que sobre proteccionismo y librecambio fueron mantenidas por parte de los diferentes delegados. Los ms violentos defensores del librecambio eran los grandes comerciantes, los hacendados y los productores de carne, en tanto los artesanos, labradores y elaboradores de vino y licores del interior reclamaban la proteccin de sus producciones. El 18 de diciembre de 1835 se sanciona la Ley de Aduanas, por la cual se prohiba la introduccin de productos de manufactura extranjera que se podan fabricar en el pas, se establecan fuertes impuestos a otras mercaderas por ser superfluas o porque podan sustituirse con nacionales, se aplicaba un menor arancel a aquellas cuya produccin era escasa en el pas y se gravaban las exportaciones con un 4%, el cual no se aplicaba si el producto sala del pas en buque argentino.Esta ley no cambi el sistema comercial vigente, en tanto mantuvo el rgimen de puerto nico, los ros interiores siguieron cerrados y las provincias quedaron sujetas a la marcha econmica de Bs As.Esta norma tuvo una duracin relativamente limitada, en 1841, el gobierno orden se permitiera la importacin de artculos cuya entrada al pas no estaba autorizada por la ley de 1835.

-LA ORGANIZACIN CONSTITUCIONAL DEL PAS: el 30 de agosto el General Jos Mara Paz, celebr un pacto de unin con nueve provincias interiores, lo que dara origen a la Liga Unitaria, cuya expresa finalidad era la de enfrentar a los gobiernos litorales. Ante ello, Rosas se ve obligado a firmar el pacto con Santa Fe y Entre Ros el 4 de enero de 1831. La primera decisin de la Comisin Representativa fue nombrar a Estanislao Lpez como Jefe del Ejrcito Aliado. El 10 de mayo de 1831 prcticamente se dio fin a la guerra entre las ligas unitaria y federal.Pero el problema de la organizacin no estaba resuelto. Rosas resisti con mil argumentos todo intento en este sentido. Hasta que finalmente en diciembre de 1834 dio su versin ms explcita de las razones que lo llevaban a negar la organizacin Constitucional: - era necesario que los pueblos se ocupen de sus Constituciones particulares, para que luego de promulgadas, se entre a trabajar en los cimientos de la Gran Carta Nacional.- seala que la situacin de ese momento de la Repblica alejaba esa posibilidad.La estrategia bonaerense consista en lograr la disolucin de la Comisin Representativa, postergar indefinidamente el Congreso Constituyente y otorgar al Pacto Federal el Estatuto Confederal. Independientemente de lo pactado en enero de 1831, fuese un mero pacto o un organismo confederal, Bs As logr con l un mnimo de unin indispensable para influir sobre todo el territorio rioplatense. En definitiva, un Congreso Constituyente pondra en cuestin puntos esenciales que hacan a la organizacin nacional (aduana, puerto, navegacin de ros) sobre los que Rosas no estaba dispuesto a afrontar.

BOLILLA VIII

* Las disidencias en la Confederacin Rosista: Guerra entre unitarios y federales. El conflicto o tensin regional se plantea entre el Bs As de Rosas y el Litoral fluvial. El Litoral reclama econmicamente:-el fin del sistema del puerto nico, es decir la apertura de los ros al comercio internacional. Reclaman la posibilidad de comerciar con naves inglesas o francesas en forma directa, sin la intermediacin arancelaria de Bs As.-reparto de las rentas aduaneras que genera el puerto de Bs As. -Corrientes en particular y otras provincias del interior no fluvial, reclaman tambin de Bs As el PROTECCIONISMO aduanero, la fijacin de tarifas altas para aquellos


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