Transcript
  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    1/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 1

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    UNIVERSIDAD TECNOLGICA DE LOS

    ANDES

    FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD

    REGL MENTO ESPECFICO

    DE GR DOS Y TTULOS

    ABANCAY- 2016

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    2/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 2

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    REGLAMENTO ESPECFICO DE GRADOS Y TTULOS

    TTULO

    GENERALIDADES

    Artculo 1. FINALIDAD: El Reglamento tiene por finalidad establecer las normas yprocedimientos generales que regulan la obtencin de los GradosAcadmicosde Bachiller y los Ttulos Profesionales a nombre de la Nacin en la Facultadde Ciencias de la Salud.

    Artculo 2. MARCO LEGAL: El Reglamento se basa en las siguientes normaslegales:2.1. Constitucin Poltica del Per2.2. Ley Universitaria N 302202.3. Ley N 27444 del Procedimiento Administrativo General.2.4. Estatuto de la Universidad Tecnolgica de los Andes.2.5. Reglamento General para optar el Grado y Ttulo Profesional en la

    Universidad Tecnolgica de los Andes, Res. CU-0591-2016-UTEA-CU.

    Artculo 3. ALCANCE: El presente Reglamento se aplica a los estudiantes que hanconcluido sus estudios profesionales de nivel de pregrado en la Facultad deCiencias Salud; Escuela Profesional de Estomatologa y Escuela Profesional deEnfermera de la Universidad Tecnolgica de los Andes, y deben realizar lostrmites para obtener el Grado Acadmico de Bachiller y el TtuloProfesional de Licenciadoo su equivalentecon denominacin propia.

    Artculo 4. La Universidad Tecnolgica de los Andes, de conformidad con la LeyUniversitaria N 30220, y el Estatuto Universitario de la UniversidadTecnolgica de los Andes 2014, confiere el Grado Acadmico de Bachilleryel Ttulo Profesionala nombre de la Nacin al estudiante que hayaconcluido

    satisfactoriamente los estudios universitarios de pregrado en las EscuelasProfesionales de Estomatologa y Enfermerade la Facultad de Ciencias de laSalud y cumplen con losrequisitosexigidos delpresente Reglamento.

    TTULO II

    DELGRADO ACADMICODE BACHILLER

    CAPTULO I

    DELTRMITE DE L GRADO ACADMICODE BACHILLER

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    3/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 3

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    Artculo 5. Los estudiantes que ingresaron a la Universidad Tecnolgica de los Andeshasta el semestre acadmico 2014-I, acceden al Grado Acadmico de

    Bachiller en forma automtica despus de haber aprobado en formasatisfactoria los estudios profesionales de pregrado que incluyen lasprcticas pre-profesionales o internado segn corresponda, conforme alplan de estudios de las Escuelas Profesionales de Enfermera yEstomatologa.

    Losestudiantes ingresantesa la Universidad a partir delciclo acadmico 2014-II,debern cumplir con el requisito de aprobacin de un trabajo deinvestigacin para obtener el grado acadmico de Bachiller.

    Artculo 6. Documentos conformantes del expediente de graduacin:El expediente para la obtencin del Grado Acadmico de Bachiller debercontener los siguientes documentos:

    6.1.

    Solicitud dirigida al Rector de la Universidad Tecnolgica de losAndes, solicitando revisin y aprobacin del expediente para optaral grado de Bachiller.

    6.2. Certificadosoriginales de estudios de pregrado.6.3. Constancia de egresado.6.4. Constancia de matrcula.6.5. Constanciade no adeudar por concepto a laUniversidad, con vigencia

    a la fecha de inicio del trmite.6.6. Fotocopia del documento nacional de identidad fedatado por la

    Universidad.6.7. Declaracin jurada de no tener antecedentes penales ni judiciales

    a nivel nacional, con vigencia a la fecha de inicio del trmite,segn formato valorado.

    6.8. Tresfotografastamao pasaporte a color, en fondo blanco, sin lentes,terno oscuro de reciente data.

    6.9. Recibos de pago de los derechos de grado o bachillerato y trmitedocumentario.

    6.10. Recibos de pago por rotulacin de diploma, medalla, solapero, alquiler de

    toga.6.11. Constancia de matrcula del total de estudios semestralizado.6.12. Certificado de conocimiento bsico de un idioma extranjero

    preferentemente ingls o lengua nativa.6.13. Otros documentos pertinentes que sean exigidos por el Reglamento

    Especial de Grados y Ttulos de la Escuela Profesional.6.14. Dictamende aprobacin del trabajo de investigacin.6.15. Fotocopiade partida de nacimiento, fedatado por el Secretario General.6.16. Trabajode Investigacin en fsico, empastado (para los ingresantes a la

    Universidad a partir del semestre acadmico 2014-II).

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    4/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 4

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    Artculo 7. El procedimiento para el desarrollo del Trabajo de Investigacin para optar elGrado Acadmico de Bachiller es el siguientes:7.1. Presentacin de solicitud de Asignacin de docente asesor.

    7.2.

    Presentacin del Proyecto de Trabajo de Investigacin.7.3. Presentacin de dictamen aprobatorio del trabajo de Investigacin.7.4. Inscripcin del proyecto de investigacin.7.5. Desarrollo supervisado del Trabajo de Investigacin.7.6. Presentacin de la solicitud requiriendo la expedicin de dictamen del

    Trabajo de Investigacin.7.7. Presentacin de solicitud requiriendo la programacin de fecha y hora

    para la sustentacin del Trabajo de investigacin7.8. Sustentacin del Trabajo de Investigacin.

    Artculo 8. Docente Asesor y Obligaciones.El docente Asesor del trabajo de investigacin deber ser de la especialidad deltema de la investigacin.

    El docente Asesor tendr las siguientes obligaciones:

    8.1. Orientar y supervisar la elaboracin del Trabajo de Investigacin, encuanto a la originalidad del tema, autora, diseo metodolgico y aspectosticos de la investigacin.

    8.2. Revisar y supervisor el avance progresivo y final del trabajo deinvestigacin.

    8.3. Emitir el Informe final.

    Artculo 9. Procedimiento para inscripcin del trabajo de Investigacin.9.1. El egresado presentar una solicitud requiriendo la inscripcin del Trabajo

    de Investigacin, adjuntando el Informe final del docente asesor.9.2. El Director de la Escuela Profesional derivar el trabajo de investigacin a

    la Comisin de Investigacin la cual emitir su dictamen en un plazo nomayor a siete (7) das hbiles, computados a partir de fecha de surecepcin.

    9.3. La Comisin de investigacin emitir el informe o dictamencorrespondiente, para ser elevada a la Decanatura.

    Artculo 10. Procedimiento para tramitacin del Expediente de Grado Acadmico deBachiller.10.1. Presentacin por el egresado en mesa de partes de la Universidad, de

    una solicitud dirigida al Rector peticionando la aprobacin de suexpediente completo que adjuntar, el que se derivar a la Comisin deGrados y Ttulos de la Escuela Profesional.

    10.2. La Comisin de Grados y Ttulos de la Escuela Profesional dentro delplazo mximo de cinco (05) das hbiles, revisar, evaluar y dictaminarel expediente y lo remitir al Director de la Escuela Professional.

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    5/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 5

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    10.3. El Director de la Escuela Profesional, dentro del plazo mximo de dos(02) das hbiles, firmar y emitir el expediente a la Oficina de Grados yTtulos para revisin.

    10.4.

    La Oficina de Grados y Ttulos revisar y registrar el expediente y loremitir a la Escuela Profesional si hubiere observaciones, de lo contrario,remitir al Decano de la Facultad, para que emita la resolucin deaprobacin y posterior envo a la Secretara General.

    10.5. La Secretara General elaborar la respectiva resolucin de ConsejoUniversitario de otorgamiento del grado acadmico de Bachiller y loremitir a la Oficina de Grados y Ttulos para su registro y elaboracin deldiploma correspondiente.

    Artculo 11. Del Trabajo de Investigacin.La Comisin Acadmica de las Escuelas Profesionales verifica que el

    expedientecumplecon los requisitosenun plazo que no exceda los tres (03)

    dashbiles,emite su dictamen. Elexpediente que cumple los requisitos

    de graduacin es puesto en conocimiento del Consejo de Facultad

    para su aprobacin. En caso de que el expediente no rena todos los

    documentos exigidos, ser devuelto al interesado para que los

    subsane.

    Artculo 12. Aprobado elexpedientede grado de bachiller en el Consejo de Facultad,elDecano procede aexpedir laResolucinde aprobacin de expediente.Unacopia de la resolucin seadjuntaal expediente en trmite, el que ser elevadoal Rectorado en un plazo mx imo de tres (03) das hbiles para su correspondiente revisindocumental y de encontrarla conforme elevar alConsejo Universitario en un plazo mximo de tres (03) das hbiles.

    Artculo 13. El ConsejoUniversitario acuerda conferir el Grado Acadmico de Bachiller yautoriza se expida el diploma correspondiente, mediante resolucin. El

    Diploma a nombre de la Nacin deber ser refrendado con la firma delRector. El Decano de la Facultad y elSecretario General de la Universidad.ElSecretario Generalen calidad de Fedatario de la Universidad,hace constar enel reverso deldiploma,que fue expedido por laUniversidad Tecnolgica delos Andes.

    Artculo 14. El Bachiller recibir el dip loma a travs de la Secretara General de laUniversidad Tecnolgica de los Andes.

    TTULO III

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    6/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 6

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    OTORGAMIENTO DE TTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO EN ENFERMERA YCIRUJANO DENTISTA.

    CAPTULO I

    Artculo 15. MODALIDADES PARA EL OTORGAMIENTO DEL TTULO PROFESIONAL DELICENCIADO EN ENFERMERA Y CIRUJANO DENTISTA.

    Al Ttulo Profesional de Licenciado en Enfermera y Cirujano Dentista se puedeacceder mediante la aprobacin de una Tesis Profesional o la aprobacin de unTrabajo de Suficiencia Profesional:

    14.1.Aprobacin de una Tesis Profesional, la cual a su vez, puede realizarse

    mediante las siguientes sub modalidades.

    14.1.1. Elaboracin personal, aprobacin y Sustentacin deTesis.

    14.1.2. Ciclo Taller de Investigacin y sustentacin del Trabajode Investigacin.

    14.2.Aprobacin de un trabajo de Suficiencia Profesional, la cual a suvez, puede realizarse mediante las siguientes sub modalidades:14.2.1. Examen de Suficiencia Profesional.14.2.2.Aprobacin de Curso de Suficiencia Profesional para

    Titulacin con presentacin de Trabajo Acadmico.

    Artculo 15. REQUISITOS PARA OPTAR EL TTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO OCIRUJANO DENTISTA.

    Los requisitos para optar el ttulo profesional de licenciado o equivalentes son:15.1. Contar con el grado acadmico de Bachiller:15.2.Aprobar una tesis o Examen de suficiencia profesional.

    Artculo 16.

    DOCUMENTOS QUE CONFORMAN EL EXPEDIENTE PARA LA OBTENCINDEL TTULO PROFESIONAL

    El expediente para la obtencin del ttulo profesional de licenciado o susequivalentes deber contener los siguientes documentos:

    16.1. Solicitud dirigida al Rector de la Universidad, pidiendo revisin yaprobacin del expediente para optar el ttulo profesional.

    16.2. Fotocopia del grado acadmico de Bachiller fedatada por la Universidad.16.3. Constancia de no adeudar por concepto alguno a la Universidad con

    vigencia a la fecha de inicio del trmite.

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    7/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 7

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    16.4. Fotocopia de resolucin de reconocimiento de prcticas pre profesionales,o internado segn corresponda, fedatada por la Universidad.

    16.5. Fotocopia del documento nacional de identidad fedatada por la

    Universidad.16.6. Declaracin jurada de no tener antecedentes penales ni judiciales a nivel

    nacional, con vigencia a la fecha de inicio de trmite, segn formatovalorado de la Universidad.

    16.7. Tres fotografas de reciente data, tamao pasaporte, a color, en fondoblanco, y sin lentes y temo oscuro.

    16.8. Certificado de idioma extranjero a nivel intermedio.16.9. Certificado de ofimtica.16.10.Declaracin jurada sobre la modalidad de titulacin optada, cuya firma

    deber estar certificada por el fedatario de la Universidad.16.11.Informe del asesor y dictaminantes, dando conformidad al trabajo de

    investigacin de la tesis, cuando corresponda.16.12.Recibo de pago por derechos de titulacin en cualquiera de las

    modalidades, segn corresponda.16.13.Recibo de pago por rotulacin de diploma, medalla, solapero y alquiler de

    toga.16.14.Fotocopia fedatada de la partida de nacimiento por el Secretario General

    de la Universidad.16.15.Trabajo de Investigacin en fsico, empastado y en digital en formato PDF.

    (segn la modalidad).

    Artculo 17. OPORTUNIDAD PARA ORGANIZAR EL EXPEDIENTE PARA OPTAR ELTTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO

    El expediente para optar el Ttulo Profesional de Licenciado o sus equivalentesse organizara:17.1. Cuando haya dictamen aprobatorio, previo a la sustentacin, en el caso

    de La modalidad de sustentacin de Tesis.17.2.Al solicitar fecha y hora para el examen, en el caso de la modalidad de

    trabajo de suficiencia profesional.

    Artculo 18. PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DEL TTULO PROFESIONALDE LICENCIADO O EQUIVALENTES

    El procedimiento para el otorgamiento del ttulo profesional de licenciado o desus equivalentes es el siguiente:

    18.1. Presentacin por el bachiller en mesa de partes de la Universidad, de unasolicitud dirigida al Rector peticionando la aprobacin de su expediente

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    8/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 8

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    completo que adjuntar, expediente que ser derivado a la Comisin deGrados y Ttulos de la Escuela Profesional.

    18.2.

    La Comisin de Grados y Ttulos de la Escuela Profesional, dentro delplazo mximo de cinco (05) das hbiles, revisar, evaluar y dictaminarel expediente y lo remitir al Director de la Escuela Profesional.

    18.3. El Director de la Escuela Profesional, dentro del plazo mximo de dos (02)das hbiles, firmar y remitir el expediente a la Oficina de Grados yTtulos para revisin.

    18.4. La Oficina de Grados y Ttulos revisar y registrar el expediente y loremitir a la Escuela Profesional si hubiere observaciones, de lo contrario,emitir al Decano de la Facultad, para que emita la Resolucin de

    aprobacin y enviar a la Secretaria General.

    18.5. La Secretara General elaborar la respectiva resolucin de ConsejoUniversitario de otorgamiento del respectivo ttulo profesional y lo remitira la Oficina de Grados y Ttulos para su registro y elaboracin del diplomacorrespondiente.

    CAPTULO II

    MODALIDAD DE ELABORACIN PERSONAL, PRESENTACIN YSUSTENTACIN DE TESIS

    Artculo 19. DISPOSICIONES PARA LA MODALIDAD DE ELABORACIN PERSONAL,PRESENTACIN Y SUSTENTACIN DE TESIS

    Las disposiciones para la modalidad de tesis profesional son:

    19.1. Esta modalidad tiene como propsito fundamental de promover

    la investigacin cientfica y original.

    19.2.

    La ejecucin de la tesis para optar el ttulo profesional, puedeser monodisciplinaria, realizada por uno o dos bachilleres, si la

    complejidad del tema, lo amerite. La tesis

    multidisciplinaria puede ser realizada por dos o ms bachilleres

    de diferentes disciplinas, si la naturaleza del trabajo de

    investigacin, en cuanto a la amplitud o complejidad del

    problema objeto de estudio.

    19.3. El Bachiller tendr derecho a cambiar de modalidad de

    titulacin. La Escuela Profesional regula este derecho.

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    9/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 9

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    19.4. El bachiller que fuera desaprobado por segunda vez en una

    modalidad, para un siguiente examen deber necesariamente

    cambiar de modalidad.

    19.5.

    El estudiante de pregrado, a partir de su octavo ciclo de

    estudios, podr inscribir en la Direccin de su Escuela

    Profesional su proyecto de tesis, sobre el que tendr derecho de

    exclusividad.

    Artculo 20. PROCEDIMIENTO PARA OPTAR EL TTULO PROFESIONAL DELICENCIADO O EQUIVALENTES POR LA MODALIDAD DE ELABORACINPERSONAL, PRESENTACIN Y SUSTENTACIN DE TESIS

    El procedimiento para optar el ttulo profesional de licenciado o sus

    equivalentes por la modalidad de tesis, es:

    20.1. Presentacin de solicitud pidiendo la asignacin un docente

    asesor.

    20.2. Presentacin del proyecto de tesis.

    20.3. Elaboracin del dictamen del proyecto de tesis.

    20.4. Presentacin del dictamen aprobatorio del proyecto de tesis.

    20.5. Inscripcin del proyecto de tesis a la Direccin de la Escuela

    Profesional.

    20.6. Desarrollo supervisado del trabajo de tesis.

    20.7. Presentacin de la tesis para el dictamen.

    20.8. Elaboracin del dictamen de la tesis.

    20.9. Presentacin del dictamen aprobatorio de la tesis.

    20.10.Presentacin de solicitud requiriendo designacin del jurado y

    fijacin de fecha y hora para la sustentacin.

    20.11.Sustentacin de la tesis.

    Artculo 21. DOCENTE ASESOR Y OBLIGACIONES

    El trabajo de investigacin conducente al otorgamiento del ttulo profesionaldeber ser asesorado por un docente preferentemente de la especialidadvinculado con el tema de investigacin. El bachiller deber presentar unasolicitud dirigida al Rector de la Universidad, y pudiendo solicitar su cambio, pornica vez y por motivos justificados. La designacin del docente asesor esformalizada con resolucin del Decano de la Facultad.

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    10/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 10

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    Son obligaciones del docente asesor:21.1. Orientar y supervisar la elaboracin del proyecto de tesis y el desarrollo

    de la tesis, en cuanto a los aspectos de originalidad del tema, autora,diseo metodolgico y aspectos ticos de la investigacin.

    21.2. Revisar el avance progresivo y final del desarrollo de la tesis.21.3. Emitir informes parciales a requerimiento del Decano de la Facultad y un

    informe final del asesoramiento efectuado, cuya copia deber ser incluidoen su file personal.

    Artculo 22. PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIN DEL PROYECTO DEELABORACIN PERSONAL, PRESENTACIN Y SUSTENTACIN DE TESIS

    El procedimiento para la inscripcin del proyecto de tesis es:

    22.1. El bachiller deber solicitar al Director de la Escuela Profesional lainscripcin de su proyecto de tesis, adjuntando una carta de aceptacindel asesor y de su opinin favorable del proyecto de tesis.

    22.2. El Director de la Escuela Profesional derivar el proyecto de tesis a dosdocentes dictaminantes de la Facultad, de la especialidad del tema de latesis y designados con resolucin del Decano, quienes conformandocomisin, debern emitir su dictamen, dentro del plazo mximo de siete(07) das hbiles. S el tema de la tesis lo requiriera, uno de losdictaminantes podr ser un docente de otra Facultad.

    22.3. El proyecto de tesis aprobado, deber ser inscrito en el registro deproyectos de tesis de la Escuela Profesional. Si el proyecto de tesisdictaminado fuera observado, el bachiller deber levantar lasobservaciones y someterlo a nuevo dictamen. Si el proyecto de tesis fueradesestimado, deber presentar otro proyecto de tesis.

    Artculo 23. La tesis mono disciplinar puede ser realizada por uno o dos bachilleres deacuerdo a la complejidad del tema, dirigidos por un asesor. Si la tesis fueramultidisciplinar podr realizarse por ms de dos bachilleres de diferentes

    Facultades, siempre y cuando el grado de complejidad y lanaturaleza deltrabajo de investigacin lo amerite. En este caso podr haber varios asesoresde disciplinas diferentes de acuerdo al tema de investigacin y el de tesis deberser autorizado por el Vicerrectorado Acadmico.

    Artculo 24. El procedimientopara optar por la modalidadde Tesis es el siguiente:

    24.1. Solicituddirigida alDirector de la Escuela Profesional,a travs de Mesade Partes de la Universidad, de registro del Proyecto de Tesis ynombramiento del docente Asesor y/o coasesores de Tesis (si esinvestigacin monodisciplinariao de disciplinas afinesde la misma

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    11/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 11

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    Facultad segn corresponda, adjuntando el Proyecto de Tesis endos (02) ejemplares y la carta de aceptacin del asesor y/ocoasesores propuestos.

    24.2. Sorteode dos docentesordinarios o contratados de la especialidaddel tema de investigacin para su nombramiento por resolucincomo Dictaminantes; si el Tema de la tesis lo requiere, uno de losdictaminantes puede ser un docente de otro Departamento

    Acadmico. As mismo se proceder al nombramiento del docenteAsesor y/o coasesores de la Tesis mediante resolucin delDecano.

    24.3. Revisin del Proyecto de Tesis por docentes Dictaminantes ydictamen al Decano de la Facultad.

    24.4.

    Resolucin del Decano disponiendo la Inscripcin del Proyecto deTe s is en la Facu l tad , si elproyecto tuviera dictamen aprobatorio.

    24.5. Desarrollodel Proyecto de Tesis por el Bachiller supervisadopor el docente asesor.

    24.6. Presentacin del Borrador de Tesis concluida (02 ejemplares) alDecano de la Facultad .

    24.7. Revisin del borrador de la Tesis concluida por los docentesDictaminantes.

    24.8. Informeal Decano del Dictamen de l a Tesis si ste fuera aprobatorio.24.9. Solicitud al Decano de conformacin de Jurado de Tesis y

    sealamiento de f e c h a y hora de s us te n t ac i n .24.10.

    Sustentacin de tesis ante el Jurado y elaboracin de acta desustentacin.

    24.11.Levantamientode observaciones de sustentacin de tesis(si es quelas hubiera en el acto d e la sustentacin).

    24.12.Informe del Presidente del Jurado dando conformidad dellevantamientode observaciones de la tesis sustentada.

    Artculo 25. Despus de haber aprobado la asignatura de Seminario de Tesis del Plande estudios de su Escuela Profesional, el estudiante podr inscribir unproyecto de tesis en su Facultad, sobre el que tendr derecho de

    exclusividad.

    Artculo 26. El estudiante o Bachiller tiene derecho a proponer el nombre del docenteasesor o asesores, debiendo ser preferentemente un docente ordinario opodr ser un profesor contratado con especialidad en el tema de lainvestigacin, pudiendo solicitar su cambio por una sola vez por causas

    justificadas y con conocimiento del asesor nombrado previamente. Elnombramiento del docente asesor se formalizar por resolucin delDecano.

    .

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    12/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 12

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    A.- DEL DICTAMEN DEL PROYECTO DE TESIS

    Artculo 27. Cada Escuela Profesional define el diseo o esquema del proyecto de tesissegn las lneas de investigacin priorizadas.

    Artculo 28. El estudiante o bachiller presentarpor Mesa de Partesde laUniversidad elproyecto de tesis en dos (02) ejemplares espiralados, impreso en anversoy reverso de cada hoja, y de acuerdo al formato aprobado por la Facultad.

    Artculo 29. El Director derivar el Proyecto de Tesis a los docentesDictaminantes quede manera independiente o conformando comisin emitirn el dictamendel proyecto en formato nico aprobado por la Universidad, en el plazo

    mximo de siete (07)das hbiles desde la fecha de recepcin.

    Artculo 30. No podrn ser Dictaminantes el Decano, ni los parientes consanguneos opor afinidad delaspirante de acuerdo a lo establecido por Ley.

    Artculo 31. Si el dictamen del proyecto fuera favorable, el Decano emite la Resolucindispon iendo el registro del proyectode tesispor laSecretara Acadmica dela Facultad. En caso de presentar observaciones el estudianteo bachillerdeber previamente levantarlas para su aprobacin; s i fueradesestimado deber presentar otro proyecto.

    B.- DELDICTAMEN DE LA TESIS

    Artculo 32. Solamente los bachilleres pueden iniciar el trmite de autorizacin detitulacin por la modalidad de sustentacin y aprobacin de tesis y serequiere la presentacin de los siguientesdocumentos:

    32.1. Solicitud en formato por Mesa de Partes de la Universidad deautorizacin de la modalidad de titulacin mediante de sustentacin detesis.

    32.2. Fotocopia del diploma del grado de Bachiller fedatada por la

    Universidad.32.3. Recibode pago por trmite documentario.32.4. Recibo de pago por derecho evaluacin por la modalidad de

    titulacin elegida.32.5. Certificadode no tener antecedentespenales con una vigencia mnima

    de 30 das, a partir del iniciodel tr m ite .32.6.Adjuntar dos (02) informes finalesde la tesisanilladosy en borrador.

    Artculo 33. El expediente ser revisado por el Secretario Acadmico y si estuvieraconforme, el Decano emite la resolucin de autorizacin de titulacin por lamodalidad de sustentacin y aprobacin de tesis.A continuacin el Decano

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    13/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 13

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    enviar la versin final de la tesis o los docentes que dictaminaron elProyecto, quienes emitirneldictamen respectivoen un plazo no mayor dequince (15)das hbiles.

    Artculo 34. Se propone el siguiente modelo delInforme final de la Tesis, sin embargo sepodrn realizar modificaciones de acuerdo a las caractersticasde la cienciaque cultiva la Escuela profesional.

    A.- La PORTADA, con los siguientes datos: Universidad Tecnolgica de losAndes.

    Facultad de Ciencias de la Salud. .

    Escuela Profesionalde . . Logotipode la Universidad, y de la Facu ltad

    Ttulod e la tesis

    Nombre (s)y apellido (s) del autor o autores. Ttuloa op ta r : En fe rmera C i ru jano Dent i s ta .

    Nombrey apellidosdel asesor.

    Lugary ao.

    B.- CARTULA DE LA CONTRAPORTADA:

    Agradecimientos.

    Dedicatoria Nombresy apellidosdel jurado de la tesisy del asesor.

    El ndice (de contenidospor captulos y subcaptulos) Relacin de tablas.

    Relacinde grficos

    Resumen de la tesis en espaol e ingls con palabras claves:segn resolucin de la ANR: N 1562-06-ANR, que dice: "elresumen debe considerar aspectos metodolgico: Planteamientodel problema, objetivos, hiptesis, breve referencia al marco terico(esquema s inpt ico ) diseo metodolgico, resultados,conclusiones y bibliografa. Dicha do cu me nt ac i n sepresentar en formato A4 y en CD".

    C.- El CUERPO DE LA TESIS comprende los siguientesportes:

    Captulo I:Introduccin1.1.Planteamientodel problema1.2.Descripcindelproblema .1.3.Formulacin delproblema .1.4.Objetivos de la investigacin1.5. Objetivos(s) general (es)1.6. Objetivos especficos.1.7.Justificacindel problema.

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    14/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 14

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    1.8.Limitacionesde la investigacin.1.9.Aspectosticos.

    Captulo II:Marco Terico2.1.Antecedentes de la investigacin.2.2. Basestericas.2.3. Marco conceptual.2.4. Hiptesis.2.5. Variables e indicadores.

    Captulo III: Diseo Metodolgico3.1. Tipo de investigacin.3.2. Diseode la investigacin .3.3. Poblaciny muestra.

    3.4.

    Tcnicasde recoleccinde datos.3.5. Tcnicasde procesamiento dedatos .

    Captulo IV:Resultados de la investigacin4.1.

    Presentacin de los resultados en tablas y/ o grficos4.2.

    Anlisis y comentarios de tablasy grficos de losresultados.

    Captulo V:Discusin

    D.- CONCLUSIONES.Recomendacioneso sugerencias(opcional).E.- BIBLIOGRAFA: segn normas internacionales.

    Artculo 35. Siel dictamen de la tesis fuera favorable,el bachiller solicitaral Decano elnombramiento de jurado, la fecha, hora y lugar de sustentacinde la tesis.Enel caso que el informe fuera desfavorable u observada, e l t r aba jo serdevuelto al Bachiller para que subsane las deficiencias anotadasen elplazo mximo de quince (15) das. Los dictaminantes verificarn si lasobservaciones han sido levantadasdebiendo emitir nuevo informe en el plazomximo de (07) siete das hbiles bajo responsabilidad. Si hubiesendiscrepancias inamovibles entre los docentes dictmenes, el Decanonombrarmediante sorteo a un docente dictaminante dirimente, cuyo

    dictamen es inimpugnable; si el dictamen del docente dirimente fueradesfavorable, el Bachiller deber reformular la tesis y los dictaminantesiniciales permanecern como tales; si el dictamen del docentedirimente fuera favorable,el dictaminante con informe desfavorable essustituido por el docente dictaminante dirimente.

    En caso de que las observaciones no hayan sido levantadas por elbachiller en el plazo estipulado el trabajo ser desestimado . Y el interesadodeber presentar un nuevo proyecto.

    C.- DE LA SUSTENTACIN DE LA TESIS

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    15/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 15

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    Artculo 36. Dictaminada en forma favorable la tesis, el Bachiller deber solicitarnombramiento de Jurado de tesis con fecha, hora y lugar de sustentacin,

    adjuntando cuatro (04) ejemplares anillados de la tesis en borrador paralos miembros del jurado. En los casos de tesis multidisciplinarias con treso ms Bachilleres de disciplinas de diferentes Facultades, el Jurado de Tesises nombrado en diferentes disciplinas que estn involucradas en lainvestigacin;en este caso el acta de sustentacin ser elaborada en formaindividual por el Secretario Acadmico de cada Facultad de las disciplinasinvolucradas.

    Artculo 37. La sustentacin y defensa de la tesis, es un acto oral y pblico, por lotanto debe estar dirigida al Jurado y al pblico asistente y absolverlas preguntas deljurado .Lo sustentacin de la tesis no podr exceder

    de cuarenta y cinco (45)minutos; el Bachiller solo podr dar lecturaa lo introduccin y los conclusiones, no as al cuerpo de la tesis. Encaso de ser dos o ms Bachilleres, el tiempo de sustentacin noexceder de 60 minutos y se sortear el orden de los bachilleres queharn lo sustentacin. Durante la sustentacin y defensa de la tesis , elasesorpodr participar para aclarar algunos aspectos,con voz y sinvoto.

    Artculo 38. El Jurado de la sustentacin de tesis, estar integrado por dos docentesdictaminantes y dos docentes repl icantes . Lo presidencia estar acargo deldocente de mayor prelacin del Jurado (necesariamenteunprofesorordinario); la funcin de secretario de actos ser asumidapor el docente de menor prelacindel jurado. Los miembrosdel Juradodebern estar presentes o la hora fijado de la sustentacin contodo la formalidad que el caso requiere, portando lo cinta alcuello con la medalla oficial de lo Universidad .

    El jurado en pleno deber permanecer durante la sustentacin dela tesis.

    Artculo 39. Los docentes replicantes sern designados por sorteo entre los

    docentes ordinarios o contratados del Departamento Acadmicoc o r r e s p o n d i e n t e . Cuando el caso lo amerite de acuerdo a laespecialidad del tema de la tesis, el Decano puede designar a undocente de otro Departamento Acadmico. No podrn serreplicantes, elDecano ni losparientes consanguneos o por a f i n i d ad del ba c h i l l e r ,de ac ue rd o a lo establecido por Ley.

    Artculo 40. En ausencia del Presidente del Jurado o de uno de los juradosreplicantes o ausencia de ms de uno de los miembros del jurado,se suspender el acto de sustentacin de tesis y el Secretorio

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    16/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 16

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    Acadmico informar el hecho al Decano de la Facultad para lasinvestigaciones y los medidos disciplinarios que correspondan.

    Artculo 41. El Bachiller podr recusar o uno o ms miembros del Juradopor causas debidamente justificados y debidamente probados, enel plazo de dos (02) das hbiles posterior a la fecha delnombramiento deljurado .

    Artculo 42. Terminado la sustentacin y defensa de la tesis, el presidente delJurado invitar al asesor de la tesis, al sustentante y al pblicoasistente a retirarse del saln, para poder deliberar y calificar lasustentacin de la tesis en estricto privado.

    Artculo 43. La evaluacin de la tesis ser cualitativa y cuantitativo utilizando el Sistemavigesimal de acuerdo a la escala siguientes:

    Desaprobado : Nota menos de 11puntos

    Aprobado : Nota entre 12 y 16 puntos

    Aprobado con distincin : Nota entre 17 y 18 puntos

    Aprobado con excelencia yfelicitacin pblica : Nota entre 19 y 20 puntos

    Artculo 44. Ordenados los calificaciones en forma ascendente, las calificaciones

    extremos que sean discordantes con lo prximo en cuatro o mspuntos no son tomados en cuenta para lo obtencin del promedioy sern eliminados. La nota final es el promedio aritmtico de lascalificaciones de los miembros del jurado. El medio punto seconsidera a favor del B a c h i l l e r.

    Artculo 45. Si la nota final fuera aprobatoria, de inmediato ser convocado elBachiller y pblicamente se dar lectura al acto de defensa,sustentacin y calificacin de lo tesis, procedindose luego a lasuscripcin de la misma por todos los miembros del Jurado, elBachiller o Bachilleres y el asesor o asesores de la Tesis que

    estuvieren presentes.

    Artculo 46. Si el Jurado hubiera realizado observaciones durante la sustentacin, elBachiller deber levantar los mismos en el plazo mximo d e siete (07)das hb iles El. Presidente emitir informe de confor midad en el plazomximo de ci nc o (05)das hbiles .

    Artculo 47. De resultar la calificacin desaprobatorio, elpostulante reformular elmismo trabajo, levantando las observaciones y deficiencias que hayandado lugar a la desaprobacin, luego de lo cual podr solicitar unanueva fecha y hora paro la sustentacin en un plazo no mayor de

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    17/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 17

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    noventa (90) das, adjuntandonuevo recibo por derechode sustentacin; sifuera nuevamente desaprobado (por segundo vez) deberpresentar un nuevo proyecto de tesis o cambiar de modalidad de

    titulacin.

    Artculo 48. La versin final de la tesis deber ser presentada en tres (03)ejemplares debidamente empastados de acuerdo al formato de laFacultad, adjuntos a la solicitud por mesa de partes de laUniversidad,de fecha y hora de entrego de diplomade ttulo profesional.

    CAPITULO III

    MODALIDAD DE C I C L O T A L L E R D E I N V E S T I G A C I N

    Artculo 49.El Ciclo Taller Investigacin y sustentacin del trabajo deInvestigacin, es el desarrollo de un conjunto de actividades queconlleva a la elaboracin del proyecto de tesis y la ejecucin yelaboracin de la tesis. La conduccin de su organizacin ydesarrollo est a cargo de un Coordinador designado por el Decano yratificado por el Consejo Universitario.

    Artculo 50. Para que funcione el Ciclo taller de tesis , el grupo deber tener

    como mnimo veinte ( 20 ) inscritos y mximo treinta (30), quienespagaran inscripcin y cuatro (04) cuotas. Podrn agruparseBachilleres de di fe re nt es EscuelasProfesionales de la mi sma Facultad.

    Artculo 51. Corresponde al Director de la Escuela Profesional y/o coordinador designadosupervisor la organizacin y desarrollo del Ciclo taller de Investigacin ysustentacin del trabajo de Investigacin y a su conclusin emitir lacorrespondiente resolucin a este respecto debiendo el Coordinadorpresentar al Decanato un informe final.

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    18/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 18

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    Artculo 52. El Coordinador deber elaborar la programacin y cronograma deactividades y el presupuesto del Ciclo Taller de investigacin ysustentacin del trabajo de Investigacin.

    DE LA INSCRIPCIN

    Artculo 53. Los requisitos para inscribirse en el Ciclo Taller de tesis , son lossiguientes:

    53.1 Solicitud Dirigida al Decano de la Facultad o travs de mesade partes de la Universidad,para ser aceptado a la modalidadde titulacinde Ciclo de Ta lle r de Tesi s .

    53.2 Fotocopia del diploma del grado de Bachiller, fedatada por laUniversidad, o constancia de trmite de aprobacin de expediente de

    Grado.53.3 Recibo de pago por concepto de inscripcin...53.4 Recibode pago de la primera cuota.

    Artculo 54. El proceso de inscripcin tendr una duracin no mayor de siete (07)dashbilesdel cronograma establecido para el taller de Tesis

    Artculo 55. El expediente de inscripcin ser revisado por Co misinAcadmic a de la Esc ue la Pro fe sional y si estuviera conforme, elDecano de la Facultad emite la resolucin de aceptacin olo modalidad de titulacin profesional por Ciclo de Taller deTesis, disponiendo su inscripcin.

    DELDESARROLLO DELTALLER DE TESIS

    Artculo 56. El ciclo taller de investigacin y sustentacin del trabajo de Investigacintendr una duracin de doce semanas que comprende la elaboracin delproyecto de investigacin y posterior sustentacin a la culminacin de esta.

    Artculo 57. Al inicio del taller los docentes entregarn al Coordinador del Taller de

    Investigacin y a los bachilleres el Plan de Trabajo del Ciclo. ElCoordinador verificar la pertinencia del plan de trabajo, dicho plande trabajo deber ser revisado y aprobado por el Director de laEscuela profesional.

    Artculo 58. El docente de Metodologa de Investigacin y los docentesasesores sern propuestos por el Coordinador al inicio delTaller, stos realizarn asesora de manera permanente duranteel desarrollo del taller, de acuerdo al avance que realice elasesorado y fuera del horario de labor lectiva.

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    19/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 19

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    Artculo 59.En lo que concierne a la revisin, dictamen y sustentacin de tesis sesiguen los mismos trmites de la modalidad de sustentacin de tesisque se establece en el presente reglamento, con la aclaracin que

    los plazos se optimizan conforme al cronograma aprobado para eltaller.

    Artculo 60. Procedimiento para la tramitacin del Expediente de Titulacin.

    El procedimiento para la tramitacin del expediente de titulacin y susustentacin es:

    60.1. El postulante deber presentar por mesa de partes de la Universidad, una

    solicitud dirigida al Rector, solicitando la aprobacin de su expediente de

    titulacin, adjuntando su expediente completo, el cual ser remitido al

    Director de la Escuela Profesional, quien a su vez, lo remitir de inmediato

    a la Comisin de Grados y Ttulos de la Escuela Profesional.

    Artculo 61. La Comisin de Grados y Ttulos de la Escuela Profesional, dentro del plazomximo siete das hbiles, deber revisar, evaluar y dictaminar el expediente ylo remitir al Director de la Escuela Profesional, quien firmar el expediente y loremitir al Decano de la Facultad. En caso de existir observaciones, el Directorde la Escuela Profesional devolver el expediente al bachiller para que lo

    subsane, quien luego lo volver a presentar debidamente subsanado.

    61.1. El Director de la Escuela Profesional dentro del plazo mximo de cinco

    das hbiles, deber emitir un Decreto Directoral aprobando el expediente

    y declarando apto al bachiller para la sustentacin oral y pblica de su

    tesis. Los documentos contenidos en el expediente de titulacin,

    permanecern vigentes por un ao, con excepcin de la constancia de no

    adeudar por concepto alguno a la Universidad.

    61.2.

    El bachiller, al concluir su tesis deber presentar por mesa de partes de launiversidad, una solicitud dirigida al Director de la Escuela Profesional

    pidiendo se le expida el dictamen de su tesis, adjuntando la versin final

    de sta, en dos ejemplares empastados.

    61.3. El Director de la Escuela Profesional deber remitir los ejemplares de la

    versin final de la tesis a los docentes que dictaminaron el proyecto de

    tesis, quienes dentro del plazo mximo de quince das hbiles, debern

    dictaminar la tesis. No podrn ser dictaminadores el Director de la Escuela

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    20/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 20

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    Profesional, ni los parientes consanguneos hasta el cuarto grado de

    consanguinidad o segundo de afinidad, as como por razn de matrimonio

    del bachiller aspirante. Si el dictamen fuera desfavorable, la tesis deber

    ser devuelta al bachiller aspirante para que dentro del plazo mximo de

    quince das hbiles, lo vuelva a presentar con la subsanacin de las

    observaciones.

    61.4. En el caso de que hubiera discrepancia en los dictmenes, el Director de

    la Escuela Profesional, designar como dictaminador dirimente a un

    docente ordinario de la especialidad, cuya opinin es inimpugnable. Si la

    opinin de ste fuera aprobatoria de la tesis, este dictamen sustituir al

    dictamen desaprobatorio, mientras que si la opinin fuera desfavorable, el

    estudiante deber sujetarse a ste, permaneciendo como tales los

    dictmenes iniciales.

    61.5. El bachiller aspirante deber presentar por mesa de partes de la

    Universidad, una solicitud dirigida al Director de la Escuela Profesional

    pidiendo se le fije fecha, hora y lugar para la sustentacin de su tesis,

    adjuntando cuatro ejemplares de ste corregidos y empastados.

    Artculo 62. Disposiciones Especficas para la Sustentacin de Tesis.

    Las disposiciones especficas para la sustentacin de la tesis son:

    62.1. La sustentacin y defensa de la tesis, es un acto oral y pblico, debiendo

    estar dirigida al jurado y a los asistentes y absolver las preguntas del

    Jurado. Dicho acto deber llevarse a cabo dentro del plazo mximo de

    siete (7) das hbiles desde la presentacin de la solicitud.

    62.2.

    La sustentacin de tesis no podr exceder de cuarenta y cinco (45)minutos, el bachiller aspirante solo podr dar lectura a la introduccin y a

    las conclusiones, no as al cuerpo del trabajo. En caso de ser dos los

    postulantes, el tiempo de sustentacin no deber exceder de sesenta (60)

    minutos y se deber sortear quien de los sustentantes inicia la

    sustentacin. Los miembros del Jurado debern asistir con terno y portar

    la medalla de la Universidad.

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    21/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 21

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    62.3. El jurado de la sustentacin de tesis, estar conformado por tres

    miembros: el Director o su representante que lo preside e integrado por un

    dictaminante y un replicante. El Secretario de docente o en su defecto el

    docente de menor prelacin en el jurado de tesis, asumir las funciones

    de Secretario del jurado.

    62.4. Los docentes dictaminantes y replicantes debern ser designados entre

    los docentes ordinarios o contratados de la respectiva Escuela

    Profesional. De ameritarlo por razn de la especialidad del tema de

    investigacin, el Director de la Escuela Profesional podr designar a un

    docente de otra Escuela Profesional de la Facultad o de otras Facultades.

    62.5. La presidencia del jurado ser asumida por el Director de Escuela

    Profesional o en su defecto la presidencia del jurado ser asumida por el

    docente de mayor prelacin, quien actuara por delegacin expresa, lo cual

    ser sealado en la resolucin de designacin del jurado.

    62.6. No podrn ser replicantes, el Decano de la Facultad, el Director de la

    Escuela Profesional y los parientes del tesista hasta el cuarto grado de

    consanguinidad o segundo de afinidad y por razn de matrimonio.

    62.7. La ausencia del presidente del jurado y/o de uno o ms de los miembros

    del jurado designados, es causal para suspender el acto de sustentacin

    de tesis. El Secretario docente informar dicha inasistencia al Director de

    la Escuela Profesional para los fines consiguientes.

    62.8. El tesista podr recusar a uno o ms miembros del jurado por motivos

    justificados, fundamentados y acreditados, dentro del plazo mximo de

    dos (2) das hbiles de haber sido designados.

    62.9. Durante la sustentacin y defensa de la tesis, el Docente Asesor podr

    participar para aclarar los aspectos que considere necesarios, teniendo

    voz, pero no voto.

    62.10.Los miembros del jurado y el Secretario Docente, debern estar presentes

    en la fecha, hora y lugar fijado para la sustentacin, guardando la

    formalidad del caso.

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    22/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 22

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    62.11.El Secretario o el miembro del jurado de menor prelacin, es el encargado

    de levantar el acta de exposicin, sustentacin y deliberacin del acto

    acadmico de sustentacin de la tesis.

    62.12.Terminada la sustentacin y defensa de la tesis, el Presidente del Jurado

    invitar a retirarse al Docente Asesor, al sustentante y al pblico asistente

    y en privado deliberarn y calificarn la sustentacin de la tesis.

    62.13.La evaluacin de la tesis deber ser cualitativa y cuantitativa y su

    calificacin se realizar utilizando el sistema vigesimal, de acuerdo a la

    escala siguiente:

    NOTA(Puntos)

    RESULTADO

    00 a 10 Desaprobado

    11 a 13 Aprobado (Regular)

    14 a 16 Aprobado (Bueno)

    1718 Aprobado (MuyBueno)

    1920 Aprobado

    (Excelente)

    62.14.La nota final ser el promedio de las calificaciones de los miembros del

    jurado. En caso de dos sustentaciones con un solo trabajo, las

    calificaciones sern individuales en un solo acto. El medio punto es a

    favor del sustentante.

    62.15.Si una de las calificaciones es discordante de la prxima en cuatro o ms

    puntos, tanto en forma ascendente como descendente, esta no se tomara

    en cuenta para la obtencin del promedio, quedando eliminada.

    62.16.Si la calificacin es aprobatoria, inmediata y pblica, el Presidente y los

    miembros del Jurado de Tesis darn a conocer la calificacin al tesista,

    dndose lectura al acta levantada y firmada.

    62.17.De obtener calificacin desaprobatoria, el tesista reformular su tesis,

    levantando las observaciones y deficiencias anotadas por el jurado y que

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    23/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 23

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    hayan dado lugar a tal desaprobacin, pudiendo el tesista, dentro del

    plazo no menor a noventa (90) das hbiles ni mayor a ciento veinte (120)

    das hbiles, solicitar nueva fecha y hora para la sustentacin de sus

    tesis, adjuntando un nuevo recibo de pago del derecho de sustentacin y

    si esta segunda vez fuera desaprobado, deber presentar una nueva

    tesis, despus de haber transcurrido seis (6) meses, siguiendo el mismo

    procedimiento de aprobacin y sustentacin de la anterior tesis. Si el

    tesista desaprobara la sustentacin de esta nueva tesis, ya no tendr

    derecho a otra oportunidad por esta modalidad.

    62.18.El Tesista aprobado, deber presentar por mesa de partes de la

    Universidad, tres (3) ejemplares empastados de la versin final de su tesis

    (destinndose a la Escuela Profesional, Biblioteca Central y Archivo

    Central). Estas debern presentarse por mesa de partes de la Universidad

    adjuntas a la solicitud de remisin de expediente para la ceremonia de

    juramentacin del Ttulo profesional.

    Artculo 63. Procedimiento para tramitar la Aprobacin del Otorgamiento del TtuloProfesional.

    El procedimiento para tramitar la aprobacin del otorgamiento del ttulo

    profesional es:

    El Decano de la Facultad aadir al expediente de titulacin los siguientes

    documentos:

    63.1. Informe del Presidente del Jurado acerca del levantamiento de

    observaciones, de haberlas habido.

    63.2. Resolucin del Consejo de Facultad de aprobacin del otorgamiento del

    ttulo profesional.

    63.3.Acta de sustentacin de la tesis.

    63.4. El Decano de la Facultad remitir el expediente del Ttulo profesional a la

    Secretara General, para fines de su tratamiento y aprobacin en sesin

    del Consejo Universitario.

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    24/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 24

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    CAPITULO IV

    MODALIDAD DE TITULACIN MEDIANTE SUFICIENCIA PROFESIONAL

    Artculo 64.Disposiciones especficas y el procedimiento para la tramitacin delExpediente de Titulacin por Modalidad de trabajo de SuficienciaProfesional son .64.1. La titulacin por la modalidad de Trabajo de suficiencia profesional, es el

    proceso por el cual el bachiller aspirante opta el ttulo profesionalmediante la aprobacin de un Examen Terico Prctico de suficienciaprofesional.

    64.2. El bachiller aspirante deber presentar por mesa de partes de laUniversidad, su expediente de titulacin segn lo sealado en estereglamento y en lo que sea aplicable, el cual deber ser remitido a laEscuela Profesional para proseguir el trmite correspondiente.

    64.3. El Director de la Escuela Profesional proceder a sortear los miembrosque conformarn el jurado, cuyo nmero ser determinado por cada

    Escuela Profesional, recayendo en docentes ordinarios a tiempo completoy/o parcial y, a falta de stos o por sobrecarga acadmica de los mismos,podrn ser docentes contratados. Dicho acto ser presidido por el Directory, en caso de la ausencia de ste y por delegacin, asumir la presidenciael docente de mayor categora, antigedad y grado.

    64.4. En el caso de examen escrito, se deber rendir en un cuadernillomembretado expedido por la Escuela Profesional, sobre temas de suespecialidad, planteadas dos (2) horas antes del examen de un balotariode cinco cursos de su especialidad.

    64.5.

    El examen de Sustentacin del Trabajo de Suficiencia Profesional sobredos casos tendr lugar en da laborable y dentro de las (72) horashaberse realizarlo el sorteo de balotas.

    64.6. Los dos exmenes ser promediados para el resultado final.

    64.7. Los alumnos postulantes a esta modalidad de titulacin debernpertenecer al tercio superior de la Escuela Profesional.

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    25/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 25

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    64.8. El tiempo de duracin de los dos tipos de evaluacin escrita u oral serdeterminado por cada Escuela Profesional, segn la naturaleza y amplituddel tema.

    64.9. La evaluacin del examen deber ser cualitativa y cuantitativa y sucalificacin se realizar utilizando el sistema vigesimal, de acuerdo a laescala siguiente:

    NOTA(Puntos)

    RESULTADO

    00 a 10 Desaprobado

    11 a 13 Aprobado (Regular)14 a 16 Aprobado (Bueno)

    1718 Aprobado (MuyBueno)

    1920 Aprobado(Excelente)

    64.10.El bachiller aspirante que fuera desaprobado, despus de transcurridostreinta (30) das, podr solicitar nueva fecha para rendir otro Examen desuficiencia profesional y en caso de ser desaprobado por segunda vez,podr solicitarlo despus de transcurridos sesenta (60) das, debiendo eneste caso, volver a pagar los derechos que correspondan.

    CAPITULOIV

    DE LA MODALIDAD DE TITULACIN MEDIANTE APROBACIN DE CURSO SUFICIENCIAPROFESIONAL

    CAPITULO IV

    Artculo 65. La Titulacin por Suficiencia Profesional mediante Arrobacin de Curso desuficiencia Profesional con presentacin de Trabajo Acadmico se refiere al

    Artculo 11.2.2,del presente reglamento.

    Esta modalidad Titulacin mediante Aprobacin de Curso de SuficienciaProfesional consiste en la aprobacin con una calificacin aprobatoria cada unode los cursos ms la presentacin y aprobacin de un monografa tcnica,relacionada con los temas del rea de su especialidad o de su preferenciadenominada Trabajo acadmico .

    PROCEDIMIENTO

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    26/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 26

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    Artculo 66. El procedimiento para la autorizacin de titulacin por la modalidad deA p r o b a c i n d e C u r s o de Suficiencia Profesional, se iniciamediante la presentacin de lossiguientes documentos:

    66.1.

    Solicitud en formato oficial por mesa de partes de laUniversidad de autorizacin pa ra pa rt ic ip ar de la modalidadde titulacin mediante A pr o ba ci n d e C ur s o deSuficiencia Profesional.

    66.2.

    Fotocopia del diploma del grado de Bachiller fedatada por laUniversidado constancia de Tramite de Bachiller.

    66.3.Recibo de pago por t r m i t e documentario.

    66.4.

    Recibo de pago por derecho de la modalidad de ti tulacin e l e g i d a .

    66.5.

    Copia fedatada de DNI.

    66.6.

    Certificado no tener antecedentes penales.

    Artculo 67. El expediente ser revisado por l a C o m i s i n A c a d m i c a d ec a d a E s c u e l a P r o f e s i o n a l p a r a para determinar si tiene ladocumentacin completa, si fuera as, el Decano de la Facultadexpide la resolucin declarando apto al Bachiller para participar enCurso Especial de Suficiencia Profesional..

    Artculo 68. El Director de la Escuela Profesional Enfermera y Estomatologa serencargado de llevar a cabo este proceso a travs del desarrollo de 04cursos avanzados de la especialidad con una duracin de 240 horaslectivas en un periodos no menor de dos meses .Los cursos sern dictadospor profesores de la facultad con amplia experiencia acadmica y depreferencia con estudios de especialidad excepcionalmente , podrn participarprofesionales invitados de reconocida y destacada trayectoria.

    Artculo 69. La administracin y ejecucin del Curso Especial de Titulacin porSuficiencia estar a cargo de una Comisin Especial integrada por elDirector de Escuela y dos profesores de la Comisin Acadmica.

    La Comisin tiene las siguientes funciones y atribuciones.69.1. Preparar y proponer para aprobacin por las autoridades del Ciclo deSuficiencia Profesional que incluir la programacin de cursos yprofesores.

    69.2. Elaborar y supervisor el presupuesto y elevarla a las autoridades.69.3. Resolver en ltima instancia, los problemas que se presenten en el

    desarrollo del Curso en el marco de las disposiciones vigentes.

    Artculo 70. El Curso de Titulacin por Suficiencia se autofinancia con los pagos dematrcula y mensualidad que realizan los beneficiarios tendr un costo de3200.00 nuevos soles.

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    27/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 27

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    .Artculo 71. Los participantes que aprueben satisfactoriamente el Ciclo de Suficiencia

    Profesional se les expedir un Certificado en el que se har constar los

    cursos llevados y la Calificacin correspondiente.

    Artculo 72. En candidato culminado el desarrollo terico y luego de haber aprobado elcontenido terico, solicitar a la Comisin especial la Asignacin de un Temapara el desarrollo de Trabajo Acadmico que se encontrar dentro de loslineamientos de Investigacin priorizados en cada Escuela Profesional el cualpresentar a partir del diez (10) das de su entrega y un plazo mximo de seis(06) meses contados a partir de la asignacin de tema.

    Artculo 73.El candidato ante la Comisin Especial, sustentaren forma oral el desarrollodel trabajo Acadmico asignado. La exposicin de cada uno de los temas porreas tendr una duracin mxima de t r e in ta minutos (30), nodebiendo exceder este tie mpo .

    DE LA EVALUACIN

    Artculo 74. La evaluacin del examen deber ser cualitativa y cuantitativa y su calificacinse realizar utilizando el sistema vigesimal, de acuerdo a la escala siguiente lanota final es promedio aritmtico de las calificaciones el medio punto seconsidera a favor del bachiller.

    NOTA(Puntos) RESULTADO

    00 a 10 Desaprobado

    11 a 13 Aprobado (Regular)

    14 a 16 Aprobado (Bueno)

    1718 Aprobado (MuyBueno)

    1920 Aprobado(Excelente)

    Artculo 75. El Bachiller desaprobado podr iniciar un nuevo trmite, solicitandonuevo Jurado y fecha de examen dos meses despus del ltimoexamen o cambiar de modalidad de titulacin. En cada caso deberpagar los derechos correspondientes.

    CAPITULO VI

    TITULO IVDOCUMENTOS CONFORMANTES DEL EXPEDIENTE DE TITULACIN

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    28/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 28

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    Artculo 76. El expediente para la obtencin de Ttulo Profesional por cualquierade los modalidades de titulacin, si lo nota final es aprobatorio el

    bachiller deber presentar en Mesa de p a rtes de la Universidad, elexpediente de titulacin con los documentos pertinentes .

    Artculo 77. El expediente para la obtencin del ttulo profesional de licenciado enEnfermera y Cirujano Dentista deber contener los siguientes documentos:

    77.1. Solicitud dirigida al Rector de la Universidad, pidiendo revisin yaprobacin del expediente para optar el ttulo profesional.

    77.2. Fotocopia del grado acadmico de Bachiller fedatada por la Universidad.

    77.3. Certificados originales de estudios.

    77.4. Constancia de no adeudar por concepto alguno a la Universidad convigencia a la fecha de inicio del trmite.

    77.5. Constancia de egresado (requisito SUNEDU).

    77.6. Constancia de matrcula (requisito SUNEDU).

    77.7. Fotocopia de resolucin de reconocimiento de prcticas pre profesionales,internado, fedatada por la Universidad.

    77.8. Fotocopia del documento nacional de identidad fedatada por laUniversidad.

    77.9. Declaracin jurada de no tener antecedentes penales ni judiciales a nivelnacional, con vigencia a la fecha de inicio de trmite, segn formatovalorado de la Universidad.

    77.10.Tres fotografas de reciente data, tamao pasaporte, a color, en fondo

    blanco, y sin lentes y terno oscuro.

    77.11.Certificado de idioma extranjero a nivel intermedio.

    77.12.Certificado de ofimtica.

    77.13.Declaracin jurada sobre la modalidad de titulacin optada, cuya firmadeber estar certificada por el fedatario de la Universidad.

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    29/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 29

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    77.14.Informe del asesor y dictaminantes, dando conformidad al trabajo deinvestigacin de la tesis, cuando corresponda.

    77.15.

    Recibo de pago por derechos de titulacin en cualquiera de lasmodalidades, segn corresponda.

    77.16.Recibo de pago por rotulacin de diploma, medalla, solapero y alquiler detoga.

    77.17.Fotocopia de la partida de nacimiento, fedatada por el Secretario Generalde la Universidad.

    77.18.Trabajo de Investigacin o Trabajo Acadmico en fsico, empastado y en

    digital en formato PUF.(segn la modalidad)

    Artculo 78. Procedimiento para Otorgamiento del Ttulo Profesional.

    El procedimiento para el otorgamiento del Ttulo Profesional de licenciado enEnfermera y Cirujano Dentista.

    78.1. Presentacin por el bachiller en mesa de partes de la Universidad, de una

    solicitud dirigida al Rector peticionando la aprobacin de su expediente

    completo que adjuntar, expediente que ser derivado a la Comisin de

    Grados y Ttulos de la Escuela Profesional.

    78.2. La Comisin de Grados y Ttulos de la Escuela Profesional, dentro del

    plazo mximo de cinco das hbiles, revisar, evaluar y dictaminar el

    expediente y lo remitir al Director de la Escuela Profesional.

    78.3. El Director de la Escuela Profesional, dentro del plazo mximo de dos

    das hbiles, firmara y remitir el expediente a la Oficina de grados y

    Ttulos para revisin.

    78.4.

    La Oficina de Grados y Ttulos revisar y registrar el expediente y lo

    remitir a la Escuela Profesional si hubiere observaciones, de lo contrario,

    remitir al Decano de la Facultad, para que emita la Resolucin de

    aprobacin y enviara a Secretaria General.

    78.5. La Secretara General elaborar la respectiva resolucin de Consejo

    Universitario de otorgamiento del respectivo ttulo profesional y lo remitir

    a la Oficina de Grados y Ttulos para su registro y elaboracin del diploma

    correspondiente.

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    30/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 30

    Elaborado por: Facultad de Ciencias de la Salud Revisado por:: Aprobado por: Resolucin Decanal N 2016-

    UTEA-FCS y por Consejo Universitario con Resolucin

    N ..

    CAPTULO II

    DE LA COLACIN DE LOS TTULOS PROFESIONALES

    Artculo 79.Las disposiciones especficas y procedimiento para la ceremonia degraduacin y/o titulacin son.79.1.La ceremonia de graduacin y/o titulacin ser presidida por el

    Rector y con asistencia de los Vicerrectores y los Decanos.79.2. En la ceremonia de graduacin, el Rector entregara al

    bachiller el diploma que lo acreditara como tal.79.3. El Secretario General levantara el acta de juramentacin la

    cual ser firmada por Rector , el Secretario General y Nuevobachiller.

    79.4.En la ceremonia de titulacin , el Rector portando la medalla

    de la Universidad en nombre de la nacin conferir albachiller el titulo profesional correspondiente .

    79.5.El titulado har el juramento o promesa de honor y enseguida el Rector le entregara el diploma que lo acreditaracomo tal .

    79.6. El Secretario General levantara al acta de juramentacinLa cual ser firmara por el Rector , el Secretario General y elNuevo profesional .

    DISPOSICIONESFINALES

    Primera.- Los plazos de todos los trmites que se regulan en el presente reglamento,son establecidos en concordancia con la Ley N 27444 del ProcedimientoAdmin istrativo General. Si el administrado, estando bajo su responsabilidad,no impulse el trmite durante tres (03)meses calendario (sincontar periodovacacional), se considera abandono de trmite transitorio; para continuarcon el procedimiento deber solicitar el desarchivamiento delexpediente actualizando los documentos pertinentes.Si el periodo seextiende hasta dos aos calendario se considera abandono deltrmite definitivo, debiendo iniciar el trmite nuevamente con la

    presentacin de nuevo expediente; se aplica tambin para loscasos de levantamiento de observaciones, trmites del grado deBachiller, dictamen y sustentacin de tesis, as como para los trmitesrespectivos de las otras modalidades de titulacin.

    Segunda.- Los aspectos no contemplados en el presente reglamento sernresueltos en primera instancia por el seor Decano, en segundainstancia por el Vicerrector Acadmico y en ltima instancia por elConsejo Universitario.

  • 7/26/2019 Reglamento Especifico de Grados y Titulos - Final

    31/31

    Universidad Tecnolgica de los ndes

    Facultad Ciencias de la Salud

    Reglamento Especfico de Grados y Ttulos:

    Versin: 01

    Cdigo:Pgina 31

    Tercera.- Los alumnos que han participado en los Cursos de Actualizacin tendrnun plazo de 90 das para acogerse a la modalidad de Aprobacin deCurso de Suficiencia Profesional , debiendo desarrollar el trabajo

    Acadmico.

    Cuarto. .- El presente Reglamento entra en vigencia al da siguiente de suaprobacin por el Consejo Universitario y slo puede ser modificado por estergano colegiado de gobierno.

    Quinto- Djense sin efecto las normas que se opongan al presente Reglamento Marco.


Top Related